{"id":12554,"date":"2020-12-23T12:37:52","date_gmt":"2020-12-23T12:37:52","guid":{"rendered":"https:\/\/normativamunicipal.com\/uncategorized\/premio-comunidades-andaluzas-2016\/"},"modified":"2020-12-23T12:37:52","modified_gmt":"2020-12-23T12:37:52","slug":"premio-comunidades-andaluzas-2016","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=12554","title":{"rendered":"Premio Comunidades Andaluzas 2016"},"content":{"rendered":"<p><strong>Orden de 9 de noviembre de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesi\u00f3n del Premio Comunidades Andaluzas, en r\u00e9gimen de concurrencia competitiva, y se convoca el correspondiente al a\u00f1o 2016.<\/strong><!--more--><\/p>\n<p><strong>[sc name=\u00bbsecretario\u00bb ]<\/strong><\/p>\n<p>El Decreto de la Presidenta 12\/2015, de 17 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuraci\u00f3n de Consejer\u00edas, crea la Vicepresidencia de la Junta de Andaluc\u00eda y establece una nueva ordenaci\u00f3n de las competencias que corresponden a las distintas Consejer\u00edas. En su art\u00edculo 3 establece las competencias de la Consejer\u00eda de la Presidencia y Administraci\u00f3n Local, que han sido desarrolladas por el Decreto 204\/2015, de 14 de julio, por el que se establece su estructura org\u00e1nica, cuyo art\u00edculo 8.j) atribuye a la Secretar\u00eda General de Acci\u00f3n Exterior el ejercicio de las competencias de coordinaci\u00f3n de las pol\u00edticas relacionadas con los andaluces y andaluzas en el exterior y la ciudadan\u00eda andaluza retornada.<\/p>\n<p>El Premio Comunidades Andaluzas tiene una doble finalidad: de un lado, otorgar p\u00fablico reconocimiento a la labor de car\u00e1cter social y cultural desarrollada por las Comunidades Andaluzas, Coordinadoras, Federaciones de Comunidades Andaluzas y Colectivos Andaluces de Personas Retornadas, tanto a nivel general como a nivel espec\u00edfico en materia de g\u00e9nero o de juventud; de otro, destacar la actuaci\u00f3n a t\u00edtulo individual de aquellas personas consideradas por la Ley 8\/2006, de 24 de octubre, del Estatuto de los Andaluces en el Mundo, como personas andaluzas en el mundo o personas andaluzas retornadas.<\/p>\n<p>Corresponde a la Consejer\u00eda de la Presidencia y Administraci\u00f3n Local la promoci\u00f3n de la poblaci\u00f3n andaluza en el exterior, mediante el reconocimiento de la excelencia de determinadas iniciativas desarrolladas por los andaluces y andaluzas en el exterior y la ciudadan\u00eda andaluza retornada. En este sentido, los premios, en sus cinco modalidades, potencian la imagen, mediante el reconocimiento de la eminencia de determinadas iniciativas desarrolladas por los mismos. El fin \u00faltimo de estos premios consiste en potenciar la imagen y el conocimiento de Andaluc\u00eda.<\/p>\n<p>En la elaboraci\u00f3n de esta Orden se ha tomado en consideraci\u00f3n el principio de transversalidad de la igualdad de g\u00e9nero, establecido en el art\u00edculo 5 de la Ley 12\/2007, de 26 de noviembre, para la promoci\u00f3n de la igualdad de g\u00e9nero de Andaluc\u00eda.<\/p>\n<p>Con esta Orden se establecen las bases reguladoras y se convoca el Premio para el a\u00f1o 2016, determinando los requisitos de participaci\u00f3n y el procedimiento administrativo, constituyendo una adaptaci\u00f3n a lo previsto en el Decreto 282\/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesi\u00f3n de Subvenciones de la Administraci\u00f3n de la Junta de Andaluc\u00eda, y la Orden de 5 de octubre de 2015, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administraci\u00f3n de la Junta de Andaluc\u00eda para la concesi\u00f3n de subvenciones en r\u00e9gimen de concurrencia competitiva.<\/p>\n<p>En su virtud, en cumplimiento de lo dispuesto por el art\u00edculo 118.1 del Texto Refundido de la Ley General de Hacienda P\u00fablica de la Junta de Andaluc\u00eda, aprobado mediante Decreto Legislativo 1\/2010, de 2 de marzo, de acuerdo a lo establecido en el art\u00edculo 4.6 del Decreto 282\/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesi\u00f3n de Subvenciones de la Administraci\u00f3n de la Junta de Andaluc\u00eda, y de conformidad con lo dispuesto en el art\u00edculo 46.4 de la Ley 6\/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Aut\u00f3noma de Andaluc\u00eda,<\/p>\n<p>DISPONGO<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1. Objeto.<\/p>\n<p>Es objeto de la presente Orden regular el Premio Comunidades Andaluzas que concede la Consejer\u00eda de la Presidencia y Administraci\u00f3n Local, en las siguientes modalidades:<\/p>\n<ol>\n<li>a) Comunidad Andaluza en el exterior.<\/li>\n<li>b) Comunidad Andaluza en el exterior, proyectos innovadores en materia de juventud.<\/li>\n<li>c) Comunidad Andaluza en el exterior, proyectos innovadores en materia de g\u00e9nero.<\/li>\n<li>d) Persona andaluza en el exterior.<\/li>\n<li>e) Persona andaluza retornada.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Art\u00edculo 2. R\u00e9gimen jur\u00eddico.<\/p>\n<ol>\n<li>Los premios a los que se refiere esta Orden, adem\u00e1s de por lo previsto en la misma, se regir\u00e1n por las disposiciones que sobre procedimientos de concesi\u00f3n y gesti\u00f3n de subvenciones rijan para la Administraci\u00f3n de la Junta de Andaluc\u00eda, en concreto:<\/li>\n<li>a) Decreto Legislativo 1\/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda P\u00fablica de la Junta de Andaluc\u00eda.<\/li>\n<li>b) Ley 38\/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887\/2006, de 21 de julio, en cuanto a sus preceptos b\u00e1sicos.<\/li>\n<li>c) Decreto 282\/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesi\u00f3n de Subvenciones de la Administraci\u00f3n de la Junta de Andaluc\u00eda, as\u00ed como el resto de normativa que fuera de aplicaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<p>La presentaci\u00f3n de candidaturas del Premio Comunidades Andaluzas supone la plena aceptaci\u00f3n por parte de las personas solicitantes de las presentes bases reguladoras.<\/p>\n<ol start=\"2\">\n<li>El Premio se otorgar\u00e1 con arreglo tanto a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminaci\u00f3n, como al resto de aquellos otros contemplados en el art\u00edculo 8.3 de la Ley 38\/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.<\/li>\n<li>El Premio ser\u00e1 compatible con otras subvenciones o ayudas otorgadas para la misma finalidad procedentes de cualesquiera Administraciones o entes p\u00fablicos o privados, nacionales, de la Uni\u00f3n Europea o de organismos internacionales, sin perjuicio de lo previsto en la presente Orden.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Art\u00edculo 3. Contenido de las modalidades del Premio y requisitos para ser beneficiarios.<\/p>\n<ol>\n<li>El contenido de las distintas modalidades del Premio y sus personas y entidades beneficiarias ser\u00e1n los siguientes:<\/li>\n<li>a) Comunidad Andaluza en el exterior. Se valora y premia la trayectoria y programaci\u00f3n de actividades de car\u00e1cter social y cultural, realizadas por las Comunidades Andaluzas, Coordinadoras y Federaciones de Comunidades Andaluzas, durante los dos a\u00f1os anteriores a la fecha de publicaci\u00f3n oficial de la correspondiente convocatoria. A la entidad premiada, se le entregar\u00e1 un galard\u00f3n y un diploma acreditativo.<\/li>\n<li>b) Comunidad Andaluza en el exterior, proyectos innovadores en materia de juventud. Se valora y premia la trayectoria y programaci\u00f3n de actividades llevadas a cabo por las \u00e1reas o vocal\u00edas de la juventud de las Comunidades Andaluzas, Coordinadoras y Federaciones de Comunidades Andaluzas, durante los dos a\u00f1os anteriores a la fecha de publicaci\u00f3n oficial de la correspondiente convocatoria. A la entidad premiada, se le entregar\u00e1 un galard\u00f3n y un diploma acreditativo.<\/li>\n<li>c) Comunidad Andaluza en el exterior, proyectos innovadores en materia de g\u00e9nero. Se valora y premia la trayectoria y programaci\u00f3n de actividades en materia de g\u00e9nero, realizadas por las Comunidades Andaluzas, Coordinadoras y Federaciones de Comunidades Andaluzas, durante los dos a\u00f1os anteriores a la fecha de publicaci\u00f3n oficial de la correspondiente convocatoria. A la entidad premiada, se le entregar\u00e1 un galard\u00f3n y un diploma acreditativo.<\/li>\n<li>d) Persona andaluza en el exterior. Premio que se entrega en reconocimiento a aquella persona cuyos m\u00e9ritos y labores desarrolladas en aras de promocionar la cultura andaluza, en las comunidades andaluzas o en otros \u00e1mbitos socioculturales, hayan sido relevantes. A la persona premiada se le entregar\u00e1 un galard\u00f3n y un diploma acreditativo.<\/li>\n<li>e) Persona andaluza retornada. Premio que se entrega en reconocimiento a aquella persona cuyos m\u00e9ritos y labor desarrollada para facilitar la integraci\u00f3n de las personas andaluzas retornadas hayan sido relevantes. A la persona premiada se le entregar\u00e1 un galard\u00f3n y un diploma acreditativo.<\/li>\n<li>La modalidades del Premio podr\u00e1n ser declaradas desiertas y s\u00f3lo con car\u00e1cter excepcional el Jurado podr\u00e1 proponer, en supuestos especiales, la concesi\u00f3n de una menci\u00f3n honor\u00edfica, en reconocimiento a la calidad de las actividades culturales, sociales y de los proyectos innovadores en materia de juventud y g\u00e9nero desarrollados por las Comunidades Andaluzas, Coordinadoras y Federaciones de Comunidades Andaluzas, que hayan presentado su candidatura a los premios o a aquellas personas que a t\u00edtulo individual opten a las modalidades de Persona Andaluza en el Exterior o Retornada. La entidad o persona a la que se conceda dicha menci\u00f3n, recibir\u00e1 un diploma.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Art\u00edculo 4. Procedimiento de concesi\u00f3n.<\/p>\n<p>El procedimiento de concesi\u00f3n del Premio Comunidades Andaluzas en sus cinco modalidades se iniciar\u00e1 de oficio, y se tramitar\u00e1 y resolver\u00e1 conforme al r\u00e9gimen de concurrencia competitiva.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5. Convocatoria, presentaci\u00f3n de candidaturas y subsanaci\u00f3n.<\/p>\n<ol>\n<li>De manera bianual se convocar\u00e1 el Premio en sus cinco modalidades, y se establecer\u00e1 el plazo de presentaci\u00f3n de candidaturas.<\/li>\n<li>Las candidaturas al Premio, en las modalidades a), b) y c), deber\u00e1n ser presentadas por las Comunidades Andaluzas, Coordinadora o Federaci\u00f3n de Comunidades Andaluzas y suscritas por la persona que tenga la representaci\u00f3n legal de las mismas. Ir\u00e1n acompa\u00f1adas de la siguiente documentaci\u00f3n, en original o copia autenticada:<\/li>\n<li>a) Datos identificativos de la Comunidad Andaluza, Coordinadora o Federaci\u00f3n de Comunidades Andaluzas propuesta o propuestas.<\/li>\n<li>b) Memoria justificativa en la que se recojan tanto las acciones que se consideren acreedoras del premio al que se opta, as\u00ed como los m\u00e9ritos y las razones que han motivado su presentaci\u00f3n, junto con una memoria de actuaciones relacionadas con la modalidad realizadas durante los dos a\u00f1os anteriores a la fecha de publicaci\u00f3n oficial de la correspondiente convocatoria.<\/li>\n<li>c) Certificaci\u00f3n acreditativa del acuerdo adoptado por la Junta Directiva u \u00f3rgano competente en el que se decida la presentaci\u00f3n de la candidatura, de conformidad con las normas estatutarias o de r\u00e9gimen jur\u00eddico interno por el que se rija la correspondiente comunidad andaluza.<\/li>\n<li>d) Declaraci\u00f3n expresa, firmada por la persona que legalmente represente a la entidad, de aceptaci\u00f3n de las normas de la convocatoria, que se incluir\u00e1 en el propio Anexo de presentaci\u00f3n de candidaturas.<\/li>\n<li>Las candidaturas al premio en las modalidades recogidas en los apartados d) y e) podr\u00e1n ser presentadas:<\/li>\n<li>a) Por el \u00f3rgano competente de la Comunidad Andaluza, Coordinadora, Federaci\u00f3n de Comunidades Andaluzas o Colectivo Andaluz de Personas Retornadas, a la que se encuentre vinculada la persona andaluza en el exterior o la persona andaluza retornada;<\/li>\n<li>b) Por alguna de las vocal\u00edas del Consejo de Comunidades Andaluzas;<\/li>\n<li>c) Por cualquier otra persona f\u00edsica o jur\u00eddica relacionada con las Comunidades Andaluzas o colectivos andaluces de personas retornadas.<\/li>\n<li>Las propuestas deber\u00e1n acompa\u00f1arse de la siguiente documentaci\u00f3n, en original o copia autenticada:<\/li>\n<li>a) Datos identificativos de la persona candidata, as\u00ed como memoria justificativa de los m\u00e9ritos que concurren en ella y las razones que motivan su presentaci\u00f3n.<\/li>\n<li>b) Certificado acreditativo del acuerdo adoptado por el \u00f3rgano directivo de la Comunidad Andaluza, Coordinadora, Federaci\u00f3n de Comunidades Andaluzas o Colectivo Andaluz de Personas Retornadas, de conformidad con las normas estatutarias o de r\u00e9gimen jur\u00eddico por el que se rija la entidad o, en su caso, informe de la vocal\u00eda del Consejo de Comunidades Andaluzas o informe de la persona proponente.<\/li>\n<li>c) Declaraci\u00f3n expresa, de la persona cuya candidatura se presenta, de aceptaci\u00f3n de las normas de la convocatoria, que se incluir\u00e1 en el propio Anexo de presentaci\u00f3n de candidaturas.<\/li>\n<li>En la Orden de convocatoria del Premio se podr\u00e1 requerir cualquier otra documentaci\u00f3n, adem\u00e1s de la establecida en los apartados anteriores, no siendo necesario aportar la que ya se haya presentado con anterioridad, debiendo en este caso indicar la persona o entidad interesada, el \u00f3rgano administrativo ante el que fue presentada, la fecha y el procedimiento al que correspondieron, de conformidad con lo establecido en el art\u00edculo 20 del Decreto 204\/1995, de 19 de abril, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atenci\u00f3n directa a los ciudadanos.<\/li>\n<li>Las candidaturas ser\u00e1n presentadas, debidamente cumplimentadas y firmadas, junto al Anexo de presentaci\u00f3n de candidaturas, a trav\u00e9s de alguno de los siguientes medios:<\/li>\n<li>a) A trav\u00e9s del Registro General de la Consejer\u00eda de la Presidencia y Administraci\u00f3n Local, adem\u00e1s de por el resto de medios previstos en el art\u00edculo 16.4 de la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas, y el art\u00edculo 82.2 de la Ley 9\/2007, de 22 de octubre, de la Administraci\u00f3n de la Junta de Andaluc\u00eda.<\/li>\n<li>b) Por medios telem\u00e1ticos, en el Registro Telem\u00e1tico \u00danico de la Administraci\u00f3n de la Junta de Andaluc\u00eda, de la plataforma de relaciones con la ciudadan\u00eda, para lo cual las personas interesadas podr\u00e1n utilizar los sistemas de firma electr\u00f3nica incorporados al Documento Nacional de Identidad, o por un certificado reconocido que les habilite para utilizar una firma electr\u00f3nica avanzada, expedido por la F\u00e1brica Nacional de Moneda y Timbre o por otra entidad prestadora del servicio de certificaci\u00f3n y expedici\u00f3n de firma electr\u00f3nica avanzada, conforme a lo establecido en el art\u00edculo 83 de la Ley 9\/2007, de 22 de octubre, de la Administraci\u00f3n de la Junta de Andaluc\u00eda, y en el Decreto 183\/2003, de 24 de junio, por el que se regula la informaci\u00f3n y atenci\u00f3n al ciudadano y la tramitaci\u00f3n de procedimientos administrativos por medios electr\u00f3nicos.<\/li>\n<\/ol>\n<p>La documentaci\u00f3n presentada ser\u00e1 original, copia aut\u00e9ntica, copia autenticada, copia digitalizada o documentos p\u00fablicos firmados electr\u00f3nicamente.<\/p>\n<ol start=\"7\">\n<li>Las actuaciones de instrucci\u00f3n corresponder\u00e1n a la persona titular del Centro Directivo con competencias en materia de andaluces y andaluzas en el mundo y ciudadan\u00eda andaluza retornada, conforme al art\u00edculo 24 de la Ley 38\/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.<\/li>\n<li>Si en la presentaci\u00f3n de candidaturas no se hubieran cumplimentado todos los extremos anteriormente descritos, el \u00f3rgano instructor del procedimiento requerir\u00e1 a las personas o entidades interesadas para que en el plazo de diez d\u00edas h\u00e1biles procedan a su subsanaci\u00f3n, con la indicaci\u00f3n de que, si as\u00ed no lo hicieran, se les tendr\u00e1 por desistidas de su solicitud de acuerdo con lo dispuesto en la normativa aplicable sobre el procedimiento administrativo. Este plazo podr\u00e1 ser ampliado en cinco d\u00edas h\u00e1biles cuando afecte a personas o entidades residentes fuera de Espa\u00f1a.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Los escritos mediante los que las personas o entidades interesadas efect\u00faen la subsanaci\u00f3n podr\u00e1n presentarse en los lugares y registros indicados en el art\u00edculo 5.6 de las presentes Bases Reguladoras.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6. Criterios objetivos de valoraci\u00f3n.<\/p>\n<ol>\n<li>Para la concesi\u00f3n del Premio en cada una de sus modalidades, se valorar\u00e1n las actuaciones de las candidaturas que se hayan distinguido por la promoci\u00f3n de Andaluc\u00eda en \u00e1mbitos culturales, sociales, hist\u00f3ricos, o cualesquiera otros que potencien la imagen de Andaluc\u00eda, la igualdad de derechos, la protecci\u00f3n del medio ambiente, o cualquier otra \u00e1rea de actuaci\u00f3n de inter\u00e9s general que est\u00e9 relacionada con las prioridades contenidas en la Ley 8\/2006, de 24 de octubre, del Estatuto de los Andaluces en el Mundo. Esta valoraci\u00f3n se llevar\u00e1 a cabo de una manera objetiva de acuerdo con los siguientes criterios de valoraci\u00f3n:<\/li>\n<li>a) El n\u00famero de actividades y labores desarrolladas.<\/li>\n<li>b) La calidad en la programaci\u00f3n de las actividades y de los m\u00e9ritos reconocidos a nivel individual.<\/li>\n<li>c) La repercusi\u00f3n social de las actividades, proyectos y labores realizadas y efectos positivos en la promoci\u00f3n de la cultura andaluza.<\/li>\n<li>d) La originalidad en los contenidos desarrollados y el grado de compromiso medioambiental de las actividades, proyectos y labores.<\/li>\n<li>e) El car\u00e1cter integrador de la juventud y de la mujer en las actividades, proyectos y labores, as\u00ed como el cumplimiento de lo establecido en el Plan Integral de Juventud y en el Plan Estrat\u00e9gico para la Igualdad de Mujeres y Hombres en Andaluc\u00eda.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Se valorar\u00e1 hasta un m\u00e1ximo de un 20 por ciento de la puntuaci\u00f3n total para cada uno de los apartados, siendo la puntuaci\u00f3n m\u00e1xima un 10 y requiri\u00e9ndose al menos un 6 para poder tener la consideraci\u00f3n de entidades o personas premiadas.<\/p>\n<ol start=\"2\">\n<li>Se declarar\u00e1 desierta la modalidad del Premio correspondiente, en el supuesto de que el Jurado no proponga que se conceda a ninguna de las candidaturas que se hubiesen presentado.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Art\u00edculo 7. Jurado.<\/p>\n<ol>\n<li>Las candidaturas que se presenten al Premio, en sus cinco modalidades, ser\u00e1n evaluadas por un Jurado designado por la persona titular de la Consejer\u00eda de la Presidencia y Administraci\u00f3n Local u \u00f3rgano que asuma sus competencias, a propuesta de la persona titular del Centro Directivo con competencias en materia de andaluces y andaluzas en el exterior y ciudadan\u00eda andaluza retornada, atendiendo a una representaci\u00f3n equilibrada de mujeres y hombres en su composici\u00f3n. La designaci\u00f3n del Jurado se anunciar\u00e1 en la p\u00e1gina web de la Junta de Andaluc\u00eda, coincidiendo con la publicaci\u00f3n de la Orden de convocatoria correspondiente. El jurado se compondr\u00e1 de la siguiente manera:<\/li>\n<li>a) Presidencia: La persona titular del Centro Directivo con competencias asignadas en materia de andaluces y andaluzas en el exterior y ciudadan\u00eda andaluza retornada.<\/li>\n<li>b) Secretar\u00eda: Una persona funcionaria, adscrita al Centro Directivo con competencias en materia de andaluces y andaluzas en el exterior y ciudadan\u00eda andaluza retornada. En el caso de resultar necesario, esta persona podr\u00e1 ser sustituida por otra con la misma cualificaci\u00f3n y que cumpla los mismos requisitos que la persona titular.<\/li>\n<li>c) Vocal\u00edas:<\/li>\n<\/ol>\n<p>1.\u00aa Dos personas en representaci\u00f3n de las Comunidades Andaluzas, que sean vocales del Consejo de Comunidades Andaluzas.<\/p>\n<p>2.\u00aa Una persona en representaci\u00f3n de la Secretar\u00eda General de Acci\u00f3n Exterior, de la Consejer\u00eda de la Presidencia y Administraci\u00f3n local, u \u00f3rgano que asuma sus competencias.<\/p>\n<p>3.\u00aa Una persona en representaci\u00f3n de la Secretar\u00eda General de Servicios Sociales, de la Consejer\u00eda de Igualdad y Pol\u00edticas Sociales, u \u00f3rgano que asuma sus competencias.<\/p>\n<p>4.\u00aa Una persona en representaci\u00f3n del Instituto Andaluz de la Juventud, de la Consejer\u00eda de Igualdad y Pol\u00edticas Sociales, u \u00f3rgano que asuma sus competencias.<\/p>\n<p>5.\u00aa Una persona en representaci\u00f3n del Instituto Andaluz de la Mujer, de la Consejer\u00eda de Igualdad y Pol\u00edticas Sociales, u \u00f3rgano que asuma sus competencias.<\/p>\n<p>6.\u00aa Una persona en representaci\u00f3n de las organizaciones empresariales de car\u00e1cter intersectorial m\u00e1s representativas en Andaluc\u00eda, que forme parte como vocal del Consejo de Comunidades Andaluzas.<\/p>\n<p>7.\u00aa Una persona en representaci\u00f3n de las organizaciones sindicales m\u00e1s representativas de Andaluc\u00eda y que forme parte como vocal del Consejo de Comunidades Andaluzas.<\/p>\n<p>8.\u00aa Una persona en representaci\u00f3n de la Federaci\u00f3n Andaluza de Emigrantes Retornados.<\/p>\n<p>9.\u00aa Una persona de reconocido prestigio en el \u00e1mbito de los movimientos migratorios.<\/p>\n<ol start=\"2\">\n<li>El Jurado en sus actuaciones, se regir\u00e1 por las normas que sobre funcionamiento de \u00f3rganos colegiados establecen las disposiciones de la Secci\u00f3n 1.\u00aa del Cap\u00edtulo II del T\u00edtulo IV de la Ley 9\/2007, de 22 de octubre, de las Administraci\u00f3n de la Junta de Andaluc\u00eda.<\/li>\n<li>Los acuerdos y decisiones se adoptar\u00e1n por mayor\u00eda simple de sus miembros.<\/li>\n<li>A tenor de los establecido en el art\u00edculo 91.3 de la Ley 9\/2007, de 22 de octubre, las sesiones del Jurado podr\u00e1n celebrarse mediante la asistencia de sus miembros utilizando redes de comunicaci\u00f3n a distancia, estableciendo previamente a las mismas las medidas adecuadas para garantizar la identidad de las personas y la autenticidad de la informaci\u00f3n que se transmita.<\/li>\n<li>El Jurado podr\u00e1 realizar cuantas actuaciones estime necesarias para la determinaci\u00f3n, conocimiento y comprobaci\u00f3n de los datos en virtud de los cuales efectuar\u00e1 su evaluaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Las personas ajenas a la Administraci\u00f3n de la Junta de Andaluc\u00eda designadas como vocales no recibir\u00e1n retribuci\u00f3n alguna por su participaci\u00f3n en el Jurado, sin perjuicio de las indemnizaciones a que pudieran tener derecho por su asistencia a las sesiones, con los l\u00edmites establecidos en el Decreto 54\/1989, de 21 de marzo, sobre indemnizaciones por raz\u00f3n del servicio de la Junta de Andaluc\u00eda.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Art\u00edculo 8. Tramitaci\u00f3n y resoluci\u00f3n.<\/p>\n<ol>\n<li>Con posterioridad al cumplimiento de la fase de subsanaci\u00f3n a la que se refiere el art\u00edculo 5, apartado 8, de la presente Orden, el tr\u00e1mite de evaluaci\u00f3n llevado a cabo por el Jurado, dar\u00e1 lugar a que la persona que ostente la titularidad del Centro Directivo con competencias en materia de andaluces y andaluzas en el exterior y ciudadan\u00eda andaluza retornada, por delegaci\u00f3n de la persona titular de la Consejer\u00eda a la que est\u00e9 adscrito, emita la propuesta provisional de resoluci\u00f3n. Dicha propuesta provisional de resoluci\u00f3n contendr\u00e1:<\/li>\n<li>a) La relaci\u00f3n de personas o entidades interesadas que han obtenido la puntuaci\u00f3n suficiente para tener la consideraci\u00f3n de premiadas provisionales.<\/li>\n<li>b) La relaci\u00f3n de personas o entidades interesadas que no han obtenido la puntuaci\u00f3n suficiente para tener la consideraci\u00f3n de premiados provisionales, por orden de puntuaci\u00f3n. Estas personas o entidades tendr\u00e1n la consideraci\u00f3n de personas o entidades premiadas suplentes.<\/li>\n<li>El \u00f3rgano instructor, tras haberse dictado la propuesta provisional de resoluci\u00f3n, conceder\u00e1 un plazo de diez d\u00edas h\u00e1biles para que las personas o entidades premiadas provisionales y suplentes puedan:<\/li>\n<li>a) Alegar lo que estimen pertinente.<\/li>\n<li>b) Comunicar su aceptaci\u00f3n del premio en la modalidad propuesta.<\/li>\n<li>El Centro Directivo con competencias en materia de andaluces y andaluzas en el exterior y ciudadan\u00eda andaluza retornada, por delegaci\u00f3n de la persona titular de la Consejer\u00eda a la que est\u00e9 adscrito, analizar\u00e1 las alegaciones presentadas durante el tr\u00e1mite de audiencia y formular\u00e1 la propuesta definitiva de resoluci\u00f3n que habr\u00e1 de dar lugar a una resoluci\u00f3n definitiva en el plazo m\u00e1ximo de seis meses a contar a partir del d\u00eda siguiente al de la finalizaci\u00f3n del plazo para la presentaci\u00f3n de solicitudes.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Art\u00edculo 9. Notificaciones.<\/p>\n<p>Siempre que las personas interesadas hayan se\u00f1alado o consentido expresamente el medio de notificaci\u00f3n electr\u00f3nico, las notificaciones que deban cursarse personalmente a las mismas se practicar\u00e1n por ese medio en la sede electr\u00f3nica que la Administraci\u00f3n de la Junta de Andaluc\u00eda o las agencias les hayan asignado a tal efecto, de conformidad con la normativa aplicable.<\/p>\n<p>Disposici\u00f3n adicional primera. Delegaci\u00f3n de competencias.<\/p>\n<p>Se delega en la persona titular del Centro Directivo con competencias en materia de andaluces y andaluzas en el exterior y ciudadan\u00eda andaluza retornada la competencia para convocar, mediante resoluci\u00f3n, las subvenciones reguladas en la presente Orden, as\u00ed como para aprobar los formularios de solicitud.<\/p>\n<p>Disposici\u00f3n adicional segunda. Convocatoria a\u00f1o 2016.<\/p>\n<p>Se convoca el Premio Comunidades Andaluzas, correspondiente al ejercicio 2016, siendo el plazo de presentaci\u00f3n de candidaturas de un mes a contar a partir del d\u00eda siguiente a la entrada en vigor de la presente Orden. La presentaci\u00f3n de candidaturas, se realizar\u00e1 conforme al Anexo que se incluye en la presente Orden y conllevar\u00e1 la aceptaci\u00f3n de lo establecido en esta Orden de Bases Reguladoras.<\/p>\n<p>Las modalidades convocadas son las indicadas en el art\u00edculo 1 de la presente Orden.<\/p>\n<p>Disposici\u00f3n derogatoria \u00fanica. Derogaci\u00f3n normativa.<\/p>\n<p>Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente Orden y, en particular, la Orden de 18 de noviembre de 2011, por la que se regula la concesi\u00f3n del Premio Comunidades Andaluzas, y se convoca el correspondiente al a\u00f1o 2011.<\/p>\n<p>Disposici\u00f3n final primera. Habilitaci\u00f3n normativa.<\/p>\n<p>Se faculta al Centro Directivo competente en materia de andaluces y andaluzas en el exterior para dictar cuantos actos sean necesarios en orden a la ejecuci\u00f3n o aplicaci\u00f3n de la presente Orden.<\/p>\n<p>Disposici\u00f3n final segunda. Entrada en vigor.<\/p>\n<p>La presente Orden entrar\u00e1 en vigor el d\u00eda siguiente al de su publicaci\u00f3n en el Bolet\u00edn Oficial de la Junta de Andaluc\u00eda.<\/p>\n<p>Sevilla, 9 de noviembre de 2016<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td><\/td>\n<td>MANUEL JIM\u00c9NEZ BARRIOS<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><\/td>\n<td>Vicepresidente de la Junta de Andaluc\u00eda y Consejero de la Presidencia y Administraci\u00f3n Local<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Orden de 9 de noviembre de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesi\u00f3n del Premio Comunidades Andaluzas, en r\u00e9gimen de concurrencia competitiva, y se convoca el correspondiente al a\u00f1o 2016.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[4],"tags":[805],"class_list":["post-12554","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-novedades-normativas","tag-comunidades-andaluzaspremio"],"acf":[],"yoast_head":"<!-- This site is optimized with the Yoast SEO plugin v28.6 - 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