{"id":12619,"date":"2020-12-23T12:38:19","date_gmt":"2020-12-23T12:38:19","guid":{"rendered":"https:\/\/normativamunicipal.com\/uncategorized\/programa-de-formacion-continua-del-deporte\/"},"modified":"2020-12-23T12:38:19","modified_gmt":"2020-12-23T12:38:19","slug":"programa-de-formacion-continua-del-deporte","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=12619","title":{"rendered":"Programa de Formaci\u00f3n Continua del Deporte"},"content":{"rendered":"<p><strong>Resoluci\u00f3n de 22 de diciembre de 2016, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se modifica la de 19 de septiembre de 2014, por la que se regula el Programa de Formaci\u00f3n Continua del Deporte del Consejo Superior de Deportes para el periodo 2015- 2017 y se establecen las condiciones de incorporaci\u00f3n de las Actividades de Formaci\u00f3n Continua organizadas por las Federaciones Deportivas Espa\u00f1olas.<\/strong><\/p>\n<p>BOE de 7 de enero de 2017<\/p>\n<p>TEXTO<\/p>\n<p>Con fecha 19 de septiembre de 2014, la Presidencia del Consejo Superior de Deportes regul\u00f3, mediante Resoluci\u00f3n, el Programa de Formaci\u00f3n Continua del Deporte (FOCO) del Consejo Superior de Deportes para el periodo 2015- 2017, cuyo objetivo es estimular y organizar la formaci\u00f3n continua de los t\u00e9cnicos vinculados al sistema deportivo. Para ello, la citada Resoluci\u00f3n establec\u00eda los requisitos m\u00ednimos, las condiciones de realizaci\u00f3n y los procedimientos de incorporaci\u00f3n al Programa de las actividades de formaci\u00f3n continua organizadas por las Federaciones Deportivas Espa\u00f1olas y el propio Consejo Superior de Deportes. Asimismo, la Resoluci\u00f3n determinaba los procedimientos de acreditaci\u00f3n y registro de las actividades de formaci\u00f3n continua de los t\u00e9cnicos deportivos.<\/p>\n<p>De acuerdo con esa Resoluci\u00f3n, el Programa FOCO 2015-2017 se extiende desde el 1 de octubre de 2014 hasta el 31 de enero de 2017. Durante este periodo han participado en el Programa un total de 20 federaciones deportivas espa\u00f1olas (en adelante FFDDEE) que han desarrollado hasta 126 tipos de actividades de formaci\u00f3n continua (en adelante AFC).<\/p>\n<p>Dados los resultados objetivos, que trasladan el elevado inter\u00e9s en su desarrollo y participaci\u00f3n, parece adecuado mantener la vigencia de este programa que proporciona un apoyo decidido del CSD a las FFDDEE, refuerza la formaci\u00f3n de t\u00e9cnicos en materias de gran actualidad e inter\u00e9s y permite que las FFDDEE completen sus programas deportivos de formaci\u00f3n inicial de los t\u00e9cnicos, con programas o actividades de actualizaci\u00f3n y formaci\u00f3n continua. De esta manera se promueve el traslado de los conocimientos adquiridos en el alto rendimiento a los niveles de formaci\u00f3n deportiva, as\u00ed como la actualizaci\u00f3n del instrumental metodol\u00f3gico de los entrenadores.<\/p>\n<p>Ante la proximidad de la finalizaci\u00f3n del Programa, y teniendo en cuenta el volumen, complejidad y variedad de las actividades realizadas, se observa la necesidad de ampliar la duraci\u00f3n del actual Programa FOCO hasta noviembre de 2017, con el fin de dotarle de continuidad hasta la aprobaci\u00f3n de un nuevo periodo de programaci\u00f3n. Adem\u00e1s, se incorporan ligeras mejoras t\u00e9cnicas permitiendo que puedan participar nuevas entidades organizadoras de las actividades de formaci\u00f3n as\u00ed como posibles destinatarios. Este periodo ampliado servir\u00e1 para abordar un an\u00e1lisis profundo de los resultados obtenidos, que pueda ser contrastado con las FFDDEE participantes, para as\u00ed plantear las mejoras que se determinen en el desarrollo de un nuevo Programa.<\/p>\n<p>Por todo ello, en virtud de las facultades que confiere a la Presidencia del Consejo Superior de Deportes el art\u00edculo 5.2.d) del Real Decreto 460\/2015, de 5 de junio, por el que aprueba el Estatuto del Consejo Superior de Deportes, dispongo:<\/p>\n<p><strong>Primero.<\/strong><\/p>\n<p>El apartado segundo, punto 1, de la Resoluci\u00f3n de 19 de septiembre de 2014, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se regula el Programa de Formaci\u00f3n Continua del Deporte para el periodo 2015-2017 y se establecen las condiciones de incorporaci\u00f3n de las Actividades de Formaci\u00f3n Continua organizadas por las Federaciones Deportivas Espa\u00f1olas queda redactado del modo siguiente:<\/p>\n<p>\u00ab1. El Programa FOCO se iniciar\u00e1 con la publicaci\u00f3n en el \u2018\u2018Bolet\u00edn Oficial del Estado\u2019\u2019 (BOE) de la presente Resoluci\u00f3n, finalizando, en esta edici\u00f3n, el 30 de noviembre de 2017.\u00bb<\/p>\n<p><strong>Segundo.<\/strong><\/p>\n<p>El apartado tercero, los puntos 2 y 3 de la citada Resoluci\u00f3n de 19 de septiembre de\u00a02014 quedan redactados del modo siguiente:<\/p>\n<p>\u00ab2. Las AFC aqu\u00ed reguladas, ser\u00e1n organizadas directamente por las FFDDEE o por los \u00f3rganos legalmente autorizados por disposici\u00f3n estatutaria de la respectiva federaci\u00f3n. Asimismo, podr\u00e1n organizar las AFC las Asociaciones de Federaciones reconocidas por el CSD y la Agencia Espa\u00f1ola de Protecci\u00f3n de la Salud en el Deporte.\u00bb<\/p>\n<p>\u00ab3. El CSD directamente o a trav\u00e9s del Centro Superior de Ense\u00f1anzas Deportivas, podr\u00e1 organizar AFC que tengan relaci\u00f3n con los objetivos del Programa FOCO.\u00bb<\/p>\n<p><strong>Tercero.<\/strong><\/p>\n<p>Las letras b) y f) del apartado quinto, punto 3 de la citada Resoluci\u00f3n de 19 de septiembre de 2014 quedan redactadas del modo siguiente:<\/p>\n<p>\u00abb) Acreditar cualquier t\u00edtulo universitario oficial relacionado con la salud, cualquier t\u00edtulo oficial o certificado de profesionalidad de los relacionados con la actividad f\u00edsica y el deporte, o su equivalencia profesional.\u00bb<\/p>\n<p>\u00abf) Acreditar experiencia profesional o deportiva en la modalidad o especialidad deportiva o en el \u00e1mbito de la discapacidad:\u00bb<\/p>\n<p><strong>Cuarto.<\/strong><\/p>\n<p>El apartado s\u00e9ptimo, punto 2 de la citada Resoluci\u00f3n de 19 de septiembre de 2014 queda redactado del modo siguiente:<\/p>\n<p>\u00abExisten cuatro plazos de presentaci\u00f3n de solicitudes, as\u00ed como del resto de documentaci\u00f3n que sea exigible:\u00bb<\/p>\n<p>Se a\u00f1ade una nueva letra d) con la siguiente redacci\u00f3n:<\/p>\n<p>\u00abd) Desde el 16 de enero al 8 de febrero de 2017.\u00bb<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n final. Entrada en vigor.<\/strong><\/p>\n<p>La presente Resoluci\u00f3n entrar\u00e1 en vigor el d\u00eda siguiente de su publicaci\u00f3n en el \u00abBolet\u00edn Oficial del Estado\u00bb.<\/p>\n<p>Madrid, 22 de diciembre de 2016.\u2013El Presidente del Consejo Superior de Deportes, P.S. (Real Decreto 460\/2015, de 5 de junio), el Director General de Deportes, Jaime Gonz\u00e1lez Casta\u00f1o.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Resoluci\u00f3n de 22 de diciembre de 2016, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se modifica la de 19 de septiembre de 2014, por la que se regula el Programa de Formaci\u00f3n Continua del Deporte del Consejo Superior de Deportes para el periodo 2015- 2017 y se establecen las condiciones de incorporaci\u00f3n de las Actividades de Formaci\u00f3n Continua organizadas por las Federaciones Deportivas Espa\u00f1olas. BOE de 7 de enero de 2017 TEXTO Con fecha 19 de septiembre de 2014, la Presidencia del Consejo Superior de Deportes regul\u00f3, mediante Resoluci\u00f3n, el Programa de Formaci\u00f3n Continua del Deporte (FOCO) del Consejo Superior de Deportes para el periodo 2015- 2017, cuyo objetivo es estimular y organizar la formaci\u00f3n continua de los t\u00e9cnicos vinculados al sistema deportivo. Para ello, la citada Resoluci\u00f3n establec\u00eda los requisitos m\u00ednimos, las condiciones de realizaci\u00f3n y los procedimientos de incorporaci\u00f3n al Programa de las actividades de formaci\u00f3n continua organizadas por las Federaciones Deportivas Espa\u00f1olas y el propio Consejo Superior de Deportes. Asimismo, la Resoluci\u00f3n determinaba los procedimientos de acreditaci\u00f3n y registro de las actividades de formaci\u00f3n continua de los t\u00e9cnicos deportivos. De acuerdo con esa Resoluci\u00f3n, el Programa FOCO 2015-2017 se extiende desde el 1 de octubre de 2014 hasta el 31 de enero de 2017. Durante este periodo han participado en el Programa un total de 20 federaciones deportivas espa\u00f1olas (en adelante FFDDEE) que han desarrollado hasta 126 tipos de actividades de formaci\u00f3n continua (en adelante AFC). Dados los resultados objetivos, que trasladan el elevado inter\u00e9s en su desarrollo y participaci\u00f3n, parece adecuado mantener la vigencia de este programa que proporciona un apoyo decidido del CSD a las FFDDEE, refuerza la formaci\u00f3n de t\u00e9cnicos en materias de gran actualidad e inter\u00e9s y permite que las FFDDEE completen sus programas deportivos de formaci\u00f3n inicial de los t\u00e9cnicos, con programas o actividades de actualizaci\u00f3n y formaci\u00f3n continua. 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El Programa FOCO se iniciar\u00e1 con la publicaci\u00f3n en el \u2018\u2018Bolet\u00edn Oficial del Estado\u2019\u2019 (BOE) de la presente Resoluci\u00f3n, finalizando, en esta edici\u00f3n, el 30 de noviembre de 2017.\u00bb Segundo. El apartado tercero, los puntos 2 y 3 de la citada Resoluci\u00f3n de 19 de septiembre de\u00a02014 quedan redactados del modo siguiente: \u00ab2. Las AFC aqu\u00ed reguladas, ser\u00e1n organizadas directamente por las FFDDEE o por los \u00f3rganos legalmente autorizados por disposici\u00f3n estatutaria de la respectiva federaci\u00f3n. Asimismo, podr\u00e1n organizar las AFC las Asociaciones de Federaciones reconocidas por el CSD y la Agencia Espa\u00f1ola de Protecci\u00f3n de la Salud en el Deporte.\u00bb \u00ab3. El CSD directamente o a trav\u00e9s del Centro Superior de Ense\u00f1anzas Deportivas, podr\u00e1 organizar AFC que tengan relaci\u00f3n con los objetivos del Programa FOCO.\u00bb Tercero. Las letras b) y f) del apartado quinto, punto 3 de la citada Resoluci\u00f3n de 19 de septiembre de 2014 quedan redactadas del modo siguiente: \u00abb) Acreditar cualquier t\u00edtulo universitario oficial relacionado con la salud, cualquier t\u00edtulo oficial o certificado de profesionalidad de los relacionados con la actividad f\u00edsica y el deporte, o su equivalencia profesional.\u00bb \u00abf) Acreditar experiencia profesional o deportiva en la modalidad o especialidad deportiva o en el \u00e1mbito de la discapacidad:\u00bb Cuarto. El apartado s\u00e9ptimo, punto 2 de la citada Resoluci\u00f3n de 19 de septiembre de 2014 queda redactado del modo siguiente: \u00abExisten cuatro plazos de presentaci\u00f3n de solicitudes, as\u00ed como del resto de documentaci\u00f3n que sea exigible:\u00bb Se a\u00f1ade una nueva letra d) con la siguiente redacci\u00f3n: \u00abd) Desde el 16 de enero al 8 de febrero de 2017.\u00bb Disposici\u00f3n final. Entrada en vigor. 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BOE de 7 de enero de 2017 TEXTO Con fecha 19 de septiembre de 2014, la Presidencia del Consejo Superior de Deportes regul\u00f3, mediante Resoluci\u00f3n, el Programa de Formaci\u00f3n Continua del Deporte (FOCO) del Consejo Superior de Deportes para el periodo 2015- 2017, cuyo objetivo es estimular y organizar la formaci\u00f3n continua de los t\u00e9cnicos vinculados al sistema deportivo. Para ello, la citada Resoluci\u00f3n establec\u00eda los requisitos m\u00ednimos, las condiciones de realizaci\u00f3n y los procedimientos de incorporaci\u00f3n al Programa de las actividades de formaci\u00f3n continua organizadas por las Federaciones Deportivas Espa\u00f1olas y el propio Consejo Superior de Deportes. Asimismo, la Resoluci\u00f3n determinaba los procedimientos de acreditaci\u00f3n y registro de las actividades de formaci\u00f3n continua de los t\u00e9cnicos deportivos. De acuerdo con esa Resoluci\u00f3n, el Programa FOCO 2015-2017 se extiende desde el 1 de octubre de 2014 hasta el 31 de enero de 2017. Durante este periodo han participado en el Programa un total de 20 federaciones deportivas espa\u00f1olas (en adelante FFDDEE) que han desarrollado hasta 126 tipos de actividades de formaci\u00f3n continua (en adelante AFC). Dados los resultados objetivos, que trasladan el elevado inter\u00e9s en su desarrollo y participaci\u00f3n, parece adecuado mantener la vigencia de este programa que proporciona un apoyo decidido del CSD a las FFDDEE, refuerza la formaci\u00f3n de t\u00e9cnicos en materias de gran actualidad e inter\u00e9s y permite que las FFDDEE completen sus programas deportivos de formaci\u00f3n inicial de los t\u00e9cnicos, con programas o actividades de actualizaci\u00f3n y formaci\u00f3n continua. De esta manera se promueve el traslado de los conocimientos adquiridos en el alto rendimiento a los niveles de formaci\u00f3n deportiva, as\u00ed como la actualizaci\u00f3n del instrumental metodol\u00f3gico de los entrenadores. Ante la proximidad de la finalizaci\u00f3n del Programa, y teniendo en cuenta el volumen, complejidad y variedad de las actividades realizadas, se observa la necesidad de ampliar la duraci\u00f3n del actual Programa FOCO hasta noviembre de 2017, con el fin de dotarle de continuidad hasta la aprobaci\u00f3n de un nuevo periodo de programaci\u00f3n. Adem\u00e1s, se incorporan ligeras mejoras t\u00e9cnicas permitiendo que puedan participar nuevas entidades organizadoras de las actividades de formaci\u00f3n as\u00ed como posibles destinatarios. Este periodo ampliado servir\u00e1 para abordar un an\u00e1lisis profundo de los resultados obtenidos, que pueda ser contrastado con las FFDDEE participantes, para as\u00ed plantear las mejoras que se determinen en el desarrollo de un nuevo Programa. Por todo ello, en virtud de las facultades que confiere a la Presidencia del Consejo Superior de Deportes el art\u00edculo 5.2.d) del Real Decreto 460\/2015, de 5 de junio, por el que aprueba el Estatuto del Consejo Superior de Deportes, dispongo: Primero. El apartado segundo, punto 1, de la Resoluci\u00f3n de 19 de septiembre de 2014, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se regula el Programa de Formaci\u00f3n Continua del Deporte para el periodo 2015-2017 y se establecen las condiciones de incorporaci\u00f3n de las Actividades de Formaci\u00f3n Continua organizadas por las Federaciones Deportivas Espa\u00f1olas queda redactado del modo siguiente: \u00ab1. El Programa FOCO se iniciar\u00e1 con la publicaci\u00f3n en el \u2018\u2018Bolet\u00edn Oficial del Estado\u2019\u2019 (BOE) de la presente Resoluci\u00f3n, finalizando, en esta edici\u00f3n, el 30 de noviembre de 2017.\u00bb Segundo. El apartado tercero, los puntos 2 y 3 de la citada Resoluci\u00f3n de 19 de septiembre de\u00a02014 quedan redactados del modo siguiente: \u00ab2. Las AFC aqu\u00ed reguladas, ser\u00e1n organizadas directamente por las FFDDEE o por los \u00f3rganos legalmente autorizados por disposici\u00f3n estatutaria de la respectiva federaci\u00f3n. Asimismo, podr\u00e1n organizar las AFC las Asociaciones de Federaciones reconocidas por el CSD y la Agencia Espa\u00f1ola de Protecci\u00f3n de la Salud en el Deporte.\u00bb \u00ab3. El CSD directamente o a trav\u00e9s del Centro Superior de Ense\u00f1anzas Deportivas, podr\u00e1 organizar AFC que tengan relaci\u00f3n con los objetivos del Programa FOCO.\u00bb Tercero. Las letras b) y f) del apartado quinto, punto 3 de la citada Resoluci\u00f3n de 19 de septiembre de 2014 quedan redactadas del modo siguiente: \u00abb) Acreditar cualquier t\u00edtulo universitario oficial relacionado con la salud, cualquier t\u00edtulo oficial o certificado de profesionalidad de los relacionados con la actividad f\u00edsica y el deporte, o su equivalencia profesional.\u00bb \u00abf) Acreditar experiencia profesional o deportiva en la modalidad o especialidad deportiva o en el \u00e1mbito de la discapacidad:\u00bb Cuarto. El apartado s\u00e9ptimo, punto 2 de la citada Resoluci\u00f3n de 19 de septiembre de 2014 queda redactado del modo siguiente: \u00abExisten cuatro plazos de presentaci\u00f3n de solicitudes, as\u00ed como del resto de documentaci\u00f3n que sea exigible:\u00bb Se a\u00f1ade una nueva letra d) con la siguiente redacci\u00f3n: \u00abd) Desde el 16 de enero al 8 de febrero de 2017.\u00bb Disposici\u00f3n final. Entrada en vigor. 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BOE de 7 de enero de 2017 TEXTO Con fecha 19 de septiembre de 2014, la Presidencia del Consejo Superior de Deportes regul\u00f3, mediante Resoluci\u00f3n, el Programa de Formaci\u00f3n Continua del Deporte (FOCO) del Consejo Superior de Deportes para el periodo 2015- 2017, cuyo objetivo es estimular y organizar la formaci\u00f3n continua de los t\u00e9cnicos vinculados al sistema deportivo. Para ello, la citada Resoluci\u00f3n establec\u00eda los requisitos m\u00ednimos, las condiciones de realizaci\u00f3n y los procedimientos de incorporaci\u00f3n al Programa de las actividades de formaci\u00f3n continua organizadas por las Federaciones Deportivas Espa\u00f1olas y el propio Consejo Superior de Deportes. Asimismo, la Resoluci\u00f3n determinaba los procedimientos de acreditaci\u00f3n y registro de las actividades de formaci\u00f3n continua de los t\u00e9cnicos deportivos. De acuerdo con esa Resoluci\u00f3n, el Programa FOCO 2015-2017 se extiende desde el 1 de octubre de 2014 hasta el 31 de enero de 2017. Durante este periodo han participado en el Programa un total de 20 federaciones deportivas espa\u00f1olas (en adelante FFDDEE) que han desarrollado hasta 126 tipos de actividades de formaci\u00f3n continua (en adelante AFC). Dados los resultados objetivos, que trasladan el elevado inter\u00e9s en su desarrollo y participaci\u00f3n, parece adecuado mantener la vigencia de este programa que proporciona un apoyo decidido del CSD a las FFDDEE, refuerza la formaci\u00f3n de t\u00e9cnicos en materias de gran actualidad e inter\u00e9s y permite que las FFDDEE completen sus programas deportivos de formaci\u00f3n inicial de los t\u00e9cnicos, con programas o actividades de actualizaci\u00f3n y formaci\u00f3n continua. De esta manera se promueve el traslado de los conocimientos adquiridos en el alto rendimiento a los niveles de formaci\u00f3n deportiva, as\u00ed como la actualizaci\u00f3n del instrumental metodol\u00f3gico de los entrenadores. Ante la proximidad de la finalizaci\u00f3n del Programa, y teniendo en cuenta el volumen, complejidad y variedad de las actividades realizadas, se observa la necesidad de ampliar la duraci\u00f3n del actual Programa FOCO hasta noviembre de 2017, con el fin de dotarle de continuidad hasta la aprobaci\u00f3n de un nuevo periodo de programaci\u00f3n. Adem\u00e1s, se incorporan ligeras mejoras t\u00e9cnicas permitiendo que puedan participar nuevas entidades organizadoras de las actividades de formaci\u00f3n as\u00ed como posibles destinatarios. Este periodo ampliado servir\u00e1 para abordar un an\u00e1lisis profundo de los resultados obtenidos, que pueda ser contrastado con las FFDDEE participantes, para as\u00ed plantear las mejoras que se determinen en el desarrollo de un nuevo Programa. Por todo ello, en virtud de las facultades que confiere a la Presidencia del Consejo Superior de Deportes el art\u00edculo 5.2.d) del Real Decreto 460\/2015, de 5 de junio, por el que aprueba el Estatuto del Consejo Superior de Deportes, dispongo: Primero. El apartado segundo, punto 1, de la Resoluci\u00f3n de 19 de septiembre de 2014, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se regula el Programa de Formaci\u00f3n Continua del Deporte para el periodo 2015-2017 y se establecen las condiciones de incorporaci\u00f3n de las Actividades de Formaci\u00f3n Continua organizadas por las Federaciones Deportivas Espa\u00f1olas queda redactado del modo siguiente: \u00ab1. El Programa FOCO se iniciar\u00e1 con la publicaci\u00f3n en el \u2018\u2018Bolet\u00edn Oficial del Estado\u2019\u2019 (BOE) de la presente Resoluci\u00f3n, finalizando, en esta edici\u00f3n, el 30 de noviembre de 2017.\u00bb Segundo. El apartado tercero, los puntos 2 y 3 de la citada Resoluci\u00f3n de 19 de septiembre de\u00a02014 quedan redactados del modo siguiente: \u00ab2. Las AFC aqu\u00ed reguladas, ser\u00e1n organizadas directamente por las FFDDEE o por los \u00f3rganos legalmente autorizados por disposici\u00f3n estatutaria de la respectiva federaci\u00f3n. Asimismo, podr\u00e1n organizar las AFC las Asociaciones de Federaciones reconocidas por el CSD y la Agencia Espa\u00f1ola de Protecci\u00f3n de la Salud en el Deporte.\u00bb \u00ab3. El CSD directamente o a trav\u00e9s del Centro Superior de Ense\u00f1anzas Deportivas, podr\u00e1 organizar AFC que tengan relaci\u00f3n con los objetivos del Programa FOCO.\u00bb Tercero. Las letras b) y f) del apartado quinto, punto 3 de la citada Resoluci\u00f3n de 19 de septiembre de 2014 quedan redactadas del modo siguiente: \u00abb) Acreditar cualquier t\u00edtulo universitario oficial relacionado con la salud, cualquier t\u00edtulo oficial o certificado de profesionalidad de los relacionados con la actividad f\u00edsica y el deporte, o su equivalencia profesional.\u00bb \u00abf) Acreditar experiencia profesional o deportiva en la modalidad o especialidad deportiva o en el \u00e1mbito de la discapacidad:\u00bb Cuarto. El apartado s\u00e9ptimo, punto 2 de la citada Resoluci\u00f3n de 19 de septiembre de 2014 queda redactado del modo siguiente: \u00abExisten cuatro plazos de presentaci\u00f3n de solicitudes, as\u00ed como del resto de documentaci\u00f3n que sea exigible:\u00bb Se a\u00f1ade una nueva letra d) con la siguiente redacci\u00f3n: \u00abd) Desde el 16 de enero al 8 de febrero de 2017.\u00bb Disposici\u00f3n final. Entrada en vigor. La presente Resoluci\u00f3n entrar\u00e1 en vigor el d\u00eda siguiente de su publicaci\u00f3n en el \u00abBolet\u00edn Oficial del Estado\u00bb. Madrid, 22 de diciembre de 2016.\u2013El Presidente del Consejo Superior de Deportes, P.S. 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