{"id":12654,"date":"2020-12-23T12:38:26","date_gmt":"2020-12-23T12:38:26","guid":{"rendered":"https:\/\/normativamunicipal.com\/uncategorized\/presupuestos-de-la-generalitat-de-valencia-para-el-ejercicio-2017\/"},"modified":"2020-12-24T11:28:59","modified_gmt":"2020-12-24T11:28:59","slug":"presupuestos-de-la-generalitat-de-valencia-para-el-ejercicio-2017","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=12654","title":{"rendered":"Presupuestos de la Generalitat de Valencia para el ejercicio 2017"},"content":{"rendered":"<p><strong>Ley 14\/2016, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2017.<\/strong><!--more--><\/p>\n<p><strong>[sc name=\u00bbControl y Fiscalizaci\u00f3n del Presupuesto Municipal\u00bb ]<\/strong><\/p>\n<p>BOE de 9 de febrero de 2017<\/p>\n<p><strong>Textos originales:<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>DE CONFORMIDAD con el Estatuto aprobado por Ley Org\u00e1nica 5\/1982, de 1 de julio<\/li>\n<li>CITA Ley 1\/2015, de 6 de febrero<\/li>\n<\/ul>\n<p>TEXTO<\/p>\n<p>Sea notorio y manifiesto a todos los ciudadanos y todas las ciudadanas que Les Corts han aprobado y yo, de acuerdo con lo establecido por la Constituci\u00f3n y el Estatuto de Autonom\u00eda, en nombre del rey, promulgo la siguiente Ley.<\/p>\n<p>PRE\u00c1MBULO<\/p>\n<p>La elaboraci\u00f3n de los presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2017 est\u00e1 condicionada por dos circunstancias de relevancia Por un lado la incertidumbre que genera que por la Administraci\u00f3n General del Estado no se haya podido poner en marcha el procedimiento para la elaboraci\u00f3n de los Presupuestos Generales del Estado para 2017, y por otro la situaci\u00f3n de infrafinanciaci\u00f3n cr\u00f3nica que padece nuestra Comunitat.<\/p>\n<p>De acuerdo con la primera de las circunstancias, las comunidades aut\u00f3nomas carecen de un marco financiero-presupuestario lo suficientemente estable y transparente para poder proyectar sus presupuestos.<\/p>\n<p>Por lo que se refiere a la segunda, nuestra Comunitat, tal y como ha quedado contrastado en los diferentes informes econ\u00f3micos, emitidos tanto por instituciones p\u00fablicas como privadas, para alcanzar el gasto promedio por habitante de las comunidades aut\u00f3nomas necesitar\u00eda disponer de ingresos adicionales.<\/p>\n<p>A pesar de estas incertidumbres, la Generalitat considera necesario dotarse de un marco adecuado y estable para el desarrollo de sus competencias Por ello se ha elaborado esta Ley de Presupuestos para 2017.<\/p>\n<p>Conscientes de la urgente necesidad de la aprobaci\u00f3n de un nuevo modelo de financiaci\u00f3n de las comunidades aut\u00f3nomas que dote a la Comunitat Valenciana de un marco de suficiencia financiera para el desarrollo de sus competencias, y que el Gobierno de la naci\u00f3n ha manifestado reiteradamente que considera una prioridad su aprobaci\u00f3n, al tiempo que reconoce la infrafinanciaci\u00f3n de la Comunitat Valenciana, el presupuesto para\u00a02017 recoge una partida prudente, pero necesaria, para poder acercarse al gasto promedio per c\u00e1pita y satisfaga un nivel de suficiencia financiera imprescindible para el desarrollo de sus competencias Partida que no significa que la Generalitat renuncie al cambio urgente del modelo de financiaci\u00f3n que d\u00e9 cumplimiento al principio de suficiencia financiera establecido en la Ley Org\u00e1nica 8\/1980, de 22 de septiembre, de financiaci\u00f3n de las comunidades aut\u00f3nomas, y que asegure el principio de autonom\u00eda financiera.<\/p>\n<p>El presupuesto para 2017 consolida y profundiza en las pol\u00edticas acordadas en el \u00abPacte del Bot\u00e0nic\u00bb que quedaron reflejadas en el presupuesto para 2016. Apuesta por mejorar los servicios p\u00fablicos fundamentales, los sectores productivos y el empleo, y, en este sentido, este presupuesto mejora su dotaci\u00f3n, con el fin de coadyuvar a la recuperaci\u00f3n de la econom\u00eda valenciana.<\/p>\n<p>Por lo que se refiere propiamente a la Ley de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio de 2017, cabe destacar, tal y como se apuntaba m\u00e1s arriba, que el proceso de elaboraci\u00f3n ha estado condicionado por la circunstancia de que hasta la fecha, por parte de la Administraci\u00f3n General del Estado, no se han instrumentado las medidas que en materia de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera determina la Ley Org\u00e1nica 2\/2012, de 27 de abril, ni se ha dictado norma alguna que articule la pr\u00f3rroga presupuestaria.<\/p>\n<p>En este marco, y por lo que se refiere fundamentalmente a las cuestiones vinculadas a los gastos de personal, el documento presupuestario ha optado por mantener las retribuciones de los empleados p\u00fablicos en los mismos t\u00e9rminos y condiciones que en el ejercicio 2016, y, en cuanto a la tasa de reposici\u00f3n de efectivos, por mantener los criterios, que con el car\u00e1cter de b\u00e1sicos, recog\u00eda la normativa presupuestaria estatal para 2016 Dichas normas se completan con una disposici\u00f3n transitoria, donde se habilita al Consell a adoptar las medidas necesarias que permitan adecuar, tanto las retribuciones como la oferta de empleo p\u00fablico, a la normativa que, en su caso y con el car\u00e1cter de b\u00e1sica, pudiera promover el Gobierno del Estado.<\/p>\n<p>En lo que se refiere al contenido concreto del articulado, cabe destacar que, de acuerdo con lo previsto en el Estatut, y en la legislaci\u00f3n financiera b\u00e1sica, los presupuestos de la Generalitat est\u00e1n sujetos a los mismos l\u00edmites materiales que los del Estado, y en tal sentido, la Ley de Presupuestos de la Generalitat para el 2017, un a\u00f1o m\u00e1s, y de acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, distingue dos tipos de preceptos: en primer lugar los que responden a lo que podr\u00eda considerarse el contenido m\u00ednimo, necesario e indisponible de la misma y, por otro, los que conforman lo que se ha denominado como el contenido eventual, en la medida que se trata de materias que guardan relaci\u00f3n directa con las previsiones de ingresos o habilitaciones de gastos.<\/p>\n<p>La Ley de Presupuestos de la Generalitat para el 2017 consta de cincuenta y tres art\u00edculos, agrupados en siete t\u00edtulos, treinta y dos disposiciones adicionales, cinco transitorias y tres finales.<\/p>\n<p>El t\u00edtulo I, \u00abDe la aprobaci\u00f3n de los presupuestos\u00bb, conforma la parte principal del contenido calificado como esencial, en la medida que el mismo incluye los importes relativos a la totalidad de los gastos e ingresos de la Generalitat, distinguiendo al efecto los relativos a la Administraci\u00f3n de la Generalitat de los vinculados a su sector p\u00fablico instrumental, de acuerdo con la clasificaci\u00f3n establecida en el art\u00edculo 3 de la Ley 1\/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat. Por otra parte, se recogen en este mismo t\u00edtulo los importes relativos a los beneficios fiscales que afectan a los tributos propios y aquellos cuyo rendimiento se cede por el Estado, incluy\u00e9ndose detalle diferenciado del impacto de los beneficios en unos y otros.<\/p>\n<p>El t\u00edtulo II, \u00abDe la gesti\u00f3n presupuestaria de los gastos\u00bb, consta de cinco cap\u00edtulos El primero de ellos recoge las normas generales de gesti\u00f3n, y el segundo hace referencia a las normas para la gesti\u00f3n de los presupuestos docentes no universitarios, e incluye por un lado, las normas para los centros p\u00fablicos y, por otro, las que regulan los m\u00f3dulos econ\u00f3micos de distribuci\u00f3n de fondos p\u00fablicos para el sostenimiento de los centros concertados, el cual se ha visto actualizado puntualmente El tercero de los cap\u00edtulos recoge las normas fundamentales para la financiaci\u00f3n del sistema universitario valenciano, incluyendo toda una serie de preceptos dirigidos a establecer el marco jur\u00eddico b\u00e1sico aplicable a las actuaciones financieras de la Generalitat en el sector de la educaci\u00f3n universitaria El cuarto, que supone una novedad respecto de ejercicios anteriores, incluye cuatro preceptos de diferente alcance y contenido, el primero de ellos referido a la reordenaci\u00f3n operada en los cap\u00edtulos IV y VII tras la aprobaci\u00f3n de la Ley 1\/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, el segundo y el tercero contemplan dos especialidades en el r\u00e9gimen de los compromisos de gastos de car\u00e1cter plurianual, que afectan a los gastos de car\u00e1cter financiero asociados a operaciones de arrendamiento financiero con opci\u00f3n de compra y a los gastos cofinanciados El \u00faltimo de los preceptos viene referido al procedimiento de regularizaci\u00f3n contable de las recuperaciones por pago delegado de la Seguridad Social, correspondientes a las bajas por incapacidad temporal.<\/p>\n<p>El cap\u00edtulo quinto concreta, para el ejercicio 2017, la normativa que en materia de modificaciones presupuestarias se recoge en la Ley 1\/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, y el mismo incorpora como principal novedad una concreci\u00f3n del r\u00e9gimen de autorizaci\u00f3n de las ampliaciones de cr\u00e9dito.<\/p>\n<p>El t\u00edtulo III, \u00abDe los gastos de personal\u00bb, se ordena en dos cap\u00edtulos, en los que se recogen fundamentalmente las normas relativas al r\u00e9gimen de las retribuciones del personal al servicio de la Generalitat, distinguiendo seg\u00fan sea laboral, funcionario o personal estatutario. El contenido de este t\u00edtulo est\u00e1 condicionado, tal y como se ha apuntado, por la ausencia de normativa b\u00e1sica estatal, y su contenido y alcance se completa mediante toda una serie de disposiciones adicionales.<\/p>\n<p>Para el ejercicio 2017, este t\u00edtulo apenas se modifica, puesto que si bien incorpora un nuevo cap\u00edtulo, con seis art\u00edculos, cinco de ellos hasta la fecha ven\u00edan incluy\u00e9ndose en el texto articulado en calidad de disposiciones adicionales A tal efecto razones de t\u00e9cnica normativa y sistem\u00e1tica han aconsejado su inclusi\u00f3n en el articulado de la ley En tal sentido las novedades en el texto vienen referidas fundamentalmente a concretos ajustes en orden a mejorar los procedimientos de autorizaci\u00f3n, tanto de la masa salarial, la contrataci\u00f3n temporal y la modificaci\u00f3n de las condiciones retributivas del personal laboral, e incorporando, como principal novedad, las bases para la implantaci\u00f3n de la carrera profesional del personal funcionario de carrera y laboral fijo de administraci\u00f3n y servicios de las universidades p\u00fablicas de la Comunitat.<\/p>\n<p>El t\u00edtulo IV, \u00abGesti\u00f3n de las subvenciones corrientes y de capital\u00bb, incluye una serie de excepciones al r\u00e9gimen general de libramiento de las subvenciones previsto en el art\u00edculo\u00a0171 de la Ley 1\/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat.<\/p>\n<p>El t\u00edtulo V, \u00abDe las operaciones financieras\u00bb, se estructura en un \u00fanico cap\u00edtulo, y en \u00e9l se recoge fundamentalmente la autorizaci\u00f3n para el endeudamiento anual de la Generalitat, y el l\u00edmite de las operaciones de cr\u00e9dito a concertar por el Institut Valenci\u00e0 de Finances Adem\u00e1s, el texto recoge el importe m\u00e1ximo de los avales a prestar por la Generalitat durante el 2017.<\/p>\n<p>El t\u00edtulo VI, \u00abDe las normas tributarias\u00bb, se compone de dos cap\u00edtulos El primero establece la tarifa aplicable al Canon de Saneamiento, y el segundo se refiere a los tipos aplicables a las tasas propias y otros ingresos de la Generalitat En ambos casos, para el presente ejercicio, no se incrementan las cuotas.<\/p>\n<p>El t\u00edtulo VII, \u00abDe la informaci\u00f3n a Les Corts\u00bb, incluye un \u00fanico art\u00edculo que detalla un conjunto de supuestos, vinculados al \u00e1mbito econ\u00f3mico-presupuestario, sobre los que la Conselleria de Hacienda y Modelo Econ\u00f3mico tiene que dar cuenta peri\u00f3dicamente a Les Corts, en el marco de las previsiones que al efecto recoge la mencionada Ley 1\/2015.<\/p>\n<p>El contenido de la ley de presupuestos se completa con diversas disposiciones adicionales, transitorias y finales, en las que se recogen preceptos de \u00edndole variada.<\/p>\n<p>T\u00cdTULO I<\/p>\n<p><strong>De la aprobaci\u00f3n de los Presupuestos<\/strong><\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO I<\/p>\n<p><strong>Contenido y cr\u00e9ditos iniciales<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 1. Contenido.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Los Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2017 constituyen la expresi\u00f3n cifrada, conjunta y sistem\u00e1tica de:<\/li>\n<li>a) Las obligaciones que, como m\u00e1ximo, pueden reconocer la Administraci\u00f3n de la Generalitat y sus organismos aut\u00f3nomos, as\u00ed como los derechos que se prev\u00e9 liquidar durante el ejercicio.<\/li>\n<li>b) Las estimaciones de gastos e ingresos a realizar por las sociedades mercantiles de la Generalitat.<\/li>\n<li>c) La totalidad de los gastos e ingresos de las entidades p\u00fablicas empresariales de la Generalitat y de otras entidades de derecho p\u00fablico distintas de las anteriores.<\/li>\n<li>d) Las estimaciones de gastos e ingresos a realizar por las fundaciones del sector p\u00fablico de la Generalitat.<\/li>\n<li>e) Las obligaciones que, como m\u00e1ximo, pueden reconocer los consorcios adscritos a la Generalitat, siempre que sus actos est\u00e9n sujetos directa o indirectamente al poder de decisi\u00f3n de la misma, as\u00ed como los derechos que se prev\u00e9 liquidar durante el ejercicio.<\/li>\n<li>En consecuencia, los Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2017 son el resultado de la integraci\u00f3n de los siguientes presupuestos:<\/li>\n<li>a) El de la Administraci\u00f3n de la Generalitat.<\/li>\n<li>b) Los de los organismos aut\u00f3nomos de la Generalitat.<\/li>\n<li>c) Los de los consorcios adscritos a la Generalitat, siempre que sus actos est\u00e9n sujetos directa o indirectamente al poder de decisi\u00f3n de la misma.<\/li>\n<li>d) Los de las entidades p\u00fablicas empresariales de la Generalitat y otras entidades de derecho p\u00fablico distintas de las anteriores.<\/li>\n<li>e) Los de las sociedades mercantiles de la Generalitat.<\/li>\n<li>f) Los de las fundaciones del sector p\u00fablico de la Generalitat.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Art\u00edculo 2. Cr\u00e9ditos iniciales.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Para la ejecuci\u00f3n de los programas integrados en el estado de gastos del Presupuesto de la Administraci\u00f3n de la Generalitat, se aprueban cr\u00e9ditos por importe de\u00a017.724.974.080,00 euros, cuya distribuci\u00f3n por Grupos Funcionales es la siguiente:<\/li>\n<\/ol>\n<table>\n<thead>\n<tr>\n<td><\/td>\n<td><strong>Euros<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<\/thead>\n<tbody>\n<tr>\n<td>0. Deuda P\u00fablica<\/td>\n<td>3.833.264.280,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>1. Servicios de Car\u00e1cter General<\/td>\n<td>580.448.300,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>2. Defensa, Protecci\u00f3n Civil y Seguridad Ciudadana<\/td>\n<td>99.363.480,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>3. Seguridad, Protecci\u00f3n y Promoci\u00f3n Social<\/td>\n<td>1.225.790.420,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>4. Producci\u00f3n de Bienes P\u00fablicos de Car\u00e1cter Social<\/td>\n<td>10.817.111.600,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>5. Producci\u00f3n de Bienes P\u00fablicos de Car\u00e1cter Econ\u00f3mico<\/td>\n<td>378.469.640,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>6. Regulaci\u00f3n Econ\u00f3mica de Car\u00e1cter General<\/td>\n<td>358.024.770,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>7. Regulaci\u00f3n Econ\u00f3mica de los Sectores Productivos<\/td>\n<td>432.501.590,00<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<ol start=\"2\">\n<li>Las dotaciones de gastos aprobadas para el cumplimiento de los fines de los distintos organismos aut\u00f3nomos de la Generalitat, consignan cr\u00e9ditos por importe de\u00a0664.805,98 miles de euros, que se distribuyen de la siguiente forma:<\/li>\n<\/ol>\n<table>\n<thead>\n<tr>\n<td><\/td>\n<td><strong>Miles de euros<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<\/thead>\n<tbody>\n<tr>\n<td>Instituto Valenciano de la Juventud<\/td>\n<td>13.661,02<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Instituto Valenciano de Investigaciones Agrarias<\/td>\n<td>13.596,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Servicio Valenciano de Empleo y Formaci\u00f3n<\/td>\n<td>319.752,24<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Instituto Cartogr\u00e1fico Valenciano<\/td>\n<td>2.266,82<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Instituto Valenciano de Seguridad y Salud en el Trabajo<\/td>\n<td>10.910,30<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Agencia Valenciana de Fomento y Garant\u00eda Agraria<\/td>\n<td>259.619,60<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Instituto Valenciano de Administraci\u00f3n Tributaria<\/td>\n<td>45.000,00<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<ol start=\"3\">\n<li>Las dotaciones de gastos aprobadas para el cumplimiento de los fines de los distintos consorcios adscritos a la Generalitat, siempre que sus actos est\u00e9n sujetos directa o indirectamente al poder de decisi\u00f3n de la misma, consignan cr\u00e9ditos por importe de\u00a0357.183,95 miles de euros, que se distribuyen de la siguiente forma:<\/li>\n<\/ol>\n<table>\n<thead>\n<tr>\n<td><\/td>\n<td><strong>Miles de euros<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<\/thead>\n<tbody>\n<tr>\n<td>Consorcio de Museos de la Comunitat Valenciana<\/td>\n<td>2.432,20<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Consorcio Hospitalario Provincial de Castell\u00f3n<\/td>\n<td>88.925,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Consorcio Gesti\u00f3n del Centro de Artesan\u00eda de la C.V.<\/td>\n<td>633,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Consorcio Hospital General Universitario de Valencia<\/td>\n<td>264.578,75<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Consorcio Espacial Valenciano, Val Space Consortium<\/td>\n<td>615,00<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<ol start=\"4\">\n<li>Para las entidades p\u00fablicas empresariales de la Generalitat y otras entidades de derecho p\u00fablico distintas de las anteriores, la estimaci\u00f3n de gastos aprobada alcanza un importe de 729.642,65 miles de euros, cuya distribuci\u00f3n es la siguiente:<\/li>\n<\/ol>\n<table>\n<thead>\n<tr>\n<td><\/td>\n<td><strong>Miles de euros<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<\/thead>\n<tbody>\n<tr>\n<td>Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana<\/td>\n<td>144.462,91<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Institut Valenci\u00e0 de Finances<\/td>\n<td>87.054,06<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Entidad de Infraestructuras de la Generalitat<\/td>\n<td>34.389,22<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial<\/td>\n<td>108.954,04<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Radiotelevisi\u00f3n Valenciana<\/td>\n<td>519,44<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Culturarts Generalitat<\/td>\n<td>32.350,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Instituto Valenciano de Arte Moderno<\/td>\n<td>6.661,41<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Ag\u00e8ncia Valenciana del Turisme<\/td>\n<td>44.841,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Entidad P\u00fablica Saneamiento Aguas Residuales de la C.V.<\/td>\n<td>231.342,81<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Patronat del Misteri d\u2019Elx<\/td>\n<td>298,10<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Instituto Valenciano de Acci\u00f3n Social<\/td>\n<td>37.821,69<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Ag\u00e8ncia Valenciana d\u2019Avaluaci\u00f3 i Prospectiva<\/td>\n<td>947,97<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<ol start=\"5\">\n<li>Se aprueban las estimaciones de gastos de las sociedades mercantiles de la Generalitat por un importe de 256.446,12 miles de euros, distribuidas de la siguiente forma:<\/li>\n<\/ol>\n<table>\n<thead>\n<tr>\n<td><\/td>\n<td><strong>Miles de euros<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<\/thead>\n<tbody>\n<tr>\n<td>Radio Televisi\u00f3n Valenciana, SA<\/td>\n<td>11.230,56<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Valenciana de Aprovechamiento Energ\u00e9tico de Residuos, SA<\/td>\n<td>45.696,24<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Ciudad de las Artes y de las Ciencias, SA<\/td>\n<td>111.239,57<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Sociedad Proyectos Tem\u00e1ticos de la Comunidad Valenciana, SA<\/td>\n<td>31.896,40<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Circuito del Motor y Promoci\u00f3n Deportiva, SA<\/td>\n<td>30.466,72<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Construcciones e Infraestructuras Educativas de la Generalitat Valenciana, SA<\/td>\n<td>14.429,10<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Ciudad de la Luz, SAU.<\/td>\n<td>3.002,47<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Aeropuerto de Castell\u00f3n, SL<\/td>\n<td>8.485,06<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<ol start=\"6\">\n<li>Para las fundaciones del sector p\u00fablico de la Generalitat, la estimaci\u00f3n de gastos aprobada alcanza un importe de 73.825,46 miles de euros, cuya distribuci\u00f3n es la siguiente:<\/li>\n<\/ol>\n<table>\n<thead>\n<tr>\n<td><\/td>\n<td><strong>Miles de euros<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<\/thead>\n<tbody>\n<tr>\n<td>Fundaci\u00f3n de la Comunitat Valenciana Centro de Estudios Ambientales del Mediterr\u00e1neo<\/td>\n<td>2.245,20<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Fundaci\u00f3n Instituto Portuario de Estudios y Cooperaci\u00f3n de la C.V.<\/td>\n<td>500,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Fundaci\u00f3n de la C.V Jaume II el Just<\/td>\n<td>300,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Fundaci\u00f3n para el Desarrollo e Innovaci\u00f3n de la C.V.<\/td>\n<td>4.900,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Fundaci\u00f3n de la Comunitat Valenciana Atenci\u00f3n a las V\u00edctimas del Delito<\/td>\n<td>1.300,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Fundaci\u00f3n de la C.V para la Investigaci\u00f3n Biom\u00e9dica, la Docencia y la Cooperaci\u00f3n Internacional y para el Desarrollo, del Hospital Cl\u00ednico Universitario de Valencia<\/td>\n<td>8.945,88<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Fundaci\u00f3n de la C.V para el Fomento de los Estudios Superiores<\/td>\n<td>635,70<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Fundaci\u00f3n de la Comunidad Valenciana-Regi\u00f3n Europea<\/td>\n<td>579,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Fundaci\u00f3n para el Fomento de la Investigaci\u00f3n Sanitaria y Biom\u00e9dica de la C.V.<\/td>\n<td>19.843,61<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Fundaci\u00f3n de la C.V Palau de les Arts Reina Sof\u00eda<\/td>\n<td>22.885,38<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Fundaci\u00f3n de la C.V para la Investigaci\u00f3n Agroalimentaria<\/td>\n<td>607,69<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Fundaci\u00f3n para la Investigaci\u00f3n del Hospital Universitario de la Fe de la C.V.<\/td>\n<td>11.083,00<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<ol start=\"7\">\n<li>Como resultado de las consignaciones de cr\u00e9ditos aprobados, que se detallan en los apartados anteriores, el presupuesto consolidado de la Generalitat para el ejercicio\u00a02017 asciende a 18.916.335.680 euros.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Art\u00edculo 3. Financiaci\u00f3n de los cr\u00e9ditos iniciales.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Los cr\u00e9ditos aprobados en el apartado 1 del art\u00edculo anterior se financiar\u00e1n:<\/li>\n<li>a) Con los derechos econ\u00f3micos que se prev\u00e9n liquidar durante el ejercicio, cuyo importe estimado es de 13.586.138.200 euros.<\/li>\n<li>b) Con el endeudamiento bruto resultante de las operaciones reguladas en el art\u00edculo\u00a046 de esta ley.<\/li>\n<li>Los cr\u00e9ditos aprobados para dotar los gastos de los distintos sujetos que conforman el sector p\u00fablico instrumental de la Generalitat, a que se refieren los apartados\u00a02, 3, 4, 5 y 6 del art\u00edculo anterior, se financiar\u00e1n con los cr\u00e9ditos consignados a estos fines en el estado de gastos del Presupuesto de la Administraci\u00f3n de la Generalitat y con las respectivas previsiones de ingresos por operaciones propias de la actividad de cada uno de estos sujetos.<\/li>\n<\/ol>\n<p>CAP\u00cdTULO II<\/p>\n<p><strong>Beneficios fiscales<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 4. Beneficios fiscales.<\/strong><\/p>\n<p>Los beneficios fiscales que afectan a los tributos propios y a aquellos cuyo rendimiento se cede por el Estado a la Generalitat se estiman en 3.537.926.379 euros, de acuerdo con el siguiente detalle:<\/p>\n<table>\n<thead>\n<tr>\n<td rowspan=\"2\"><\/td>\n<td colspan=\"3\"><strong>Euros<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><strong>Comunitat<\/strong><\/td>\n<td><strong>Estado<\/strong><\/td>\n<td><strong>Total<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<\/thead>\n<tbody>\n<tr>\n<td>Impuesto sobre Sucesiones<\/td>\n<td>261.866.288<\/td>\n<td>95.819.085<\/td>\n<td>357.685.373<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Impuesto sobre Donaciones<\/td>\n<td>50.952.727<\/td>\n<td>12.039.984<\/td>\n<td>62.992.711<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas<\/td>\n<td>4.330.432<\/td>\n<td>142.648.321<\/td>\n<td>146.978.753<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Impuesto sobre la Renta de las Personas F\u00edsicas (tramo auton\u00f3mico)<\/td>\n<td>31.839.000<\/td>\n<td>178.407.882<\/td>\n<td>210.246.882<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Actos Jur\u00eddicos Documentados<\/td>\n<td>5.846.531<\/td>\n<td>170.897.923<\/td>\n<td>176.744.453<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Tributos sobre el Juego<\/td>\n<td>0<\/td>\n<td>2.250<\/td>\n<td>2.250<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Patrimonio<\/td>\n<td>38.890.344<\/td>\n<td>82.479.397<\/td>\n<td>121.369.741<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Operaciones Societarias<\/td>\n<td>0<\/td>\n<td>29.948.612<\/td>\n<td>29.948.612<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Canon de Saneamiento<\/td>\n<td>10.231.000<\/td>\n<td>0<\/td>\n<td>10.231.000<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Impuesto sobre actividades que inciden en el medio ambiente<\/td>\n<td>66.932<\/td>\n<td>0<\/td>\n<td>66.932<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Impuesto sobre eliminaci\u00f3n de residuos en vertederos<\/td>\n<td>3.179.671<\/td>\n<td>0<\/td>\n<td>3.179.671<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>IVA<\/td>\n<td>0<\/td>\n<td>2.288.410.000<\/td>\n<td>2.288.410.000<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Impuesto especial sobre Alcohol y Bebidas Derivadas<\/td>\n<td>0<\/td>\n<td>6.420.000<\/td>\n<td>6.420.000<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Impuesto especial sobre Hidrocarburos: Tipo general<\/td>\n<td>0<\/td>\n<td>123.650.000<\/td>\n<td>123.650.000<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Total beneficios fiscales<\/td>\n<td>407.202.925<\/td>\n<td>3.130.723.454<\/td>\n<td>3.537.926.379<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>T\u00cdTULO II<\/p>\n<p><strong>De la gesti\u00f3n presupuestaria de los gastos<\/strong><\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO I<\/p>\n<p><strong>Normas generales de la gesti\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 5. Cr\u00e9ditos en funci\u00f3n de objetivos y programas.<\/strong><\/p>\n<p>Los cr\u00e9ditos del estado de gastos de los presupuestos de la Administraci\u00f3n de la Generalitat y del resto de sujetos que conforman su sector p\u00fablico instrumental, financiar\u00e1n la ejecuci\u00f3n de las actuaciones incluidas en los programas presupuestarios La contracci\u00f3n de obligaciones con cargo a aquellos se realizar\u00e1 con el fin de alcanzar el cumplimiento de los objetivos se\u00f1alados en los citados programas.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 6. Principios de gesti\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>En el marco de lo previsto en el art\u00edculo 25 de la Ley 1\/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, la gesti\u00f3n y ejecuci\u00f3n de los presupuestos de gastos de la Administraci\u00f3n de la Generalitat, sus organismos aut\u00f3nomos, y del resto de entidades integrantes del sector p\u00fablico de la Generalitat con presupuesto limitativo, deber\u00e1 sujetarse a los siguientes principios:<\/p>\n<ol>\n<li>a) La gesti\u00f3n contable-presupuestaria estar\u00e1 condicionada a que se hayan producido las actuaciones administrativas previas que reglamentariamente se determinen y que garanticen la inmediata disposici\u00f3n de gastos y\/o contracci\u00f3n de obligaciones.<\/li>\n<li>b) No podr\u00e1n adquirirse compromisos de gasto en cuant\u00eda superior al importe de los cr\u00e9ditos autorizados, siendo nulos de pleno derecho los acuerdos, resoluciones y cualquier otro acto administrativo, as\u00ed como las disposiciones generales con rango inferior a ley, que infrinjan esta norma, sin perjuicio de la responsabilidad a que haya lugar.<\/li>\n<li>c) El cumplimiento de las limitaciones expresadas en la letra anterior deber\u00e1 verificarse al nivel de vinculaci\u00f3n que esta ley establece para los distintos casos.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Art\u00edculo 7. Car\u00e1cter limitativo de los cr\u00e9ditos.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Los cr\u00e9ditos para gastos se destinar\u00e1n, exclusivamente, a la finalidad espec\u00edfica para la que hayan sido autorizados por esta ley o por las modificaciones presupuestarias autorizadas conforme a la legislaci\u00f3n vigente.<\/li>\n<li>En el \u00e1mbito de la Administraci\u00f3n de la Generalitat y de los organismos aut\u00f3nomos de la Generalitat, el cr\u00e9dito presupuestario se determina, atendiendo a la clasificaci\u00f3n org\u00e1nica, de acuerdo a su naturaleza econ\u00f3mica y funcional, de la forma siguiente:<\/li>\n<li>a) Para los gastos de personal, en bienes corrientes y de servicios, financieros y de inversiones reales: consignaci\u00f3n por cap\u00edtulo econ\u00f3mico y programa presupuestario.<\/li>\n<li>b) Para los gastos de transferencias, corrientes y de capital: consignaci\u00f3n por l\u00ednea, ya sea de subvenci\u00f3n o transferencia, cap\u00edtulo econ\u00f3mico y programa presupuestario.<\/li>\n<li>c) Para los gastos de activos y pasivos financieros: consignaci\u00f3n por proyecto financiero, cap\u00edtulo econ\u00f3mico y programa presupuestario.<\/li>\n<li>No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, el Consell, en aquellos supuestos que estime necesarios, podr\u00e1 establecer vinculaciones con un mayor nivel de desagregaci\u00f3n.<\/li>\n<li>As\u00ed mismo, complementariamente al nivel de vinculaci\u00f3n establecido en el apartado segundo, la gesti\u00f3n de los gastos del cap\u00edtulo I \u00abGastos de personal\u00bb se instrumentar\u00e1 mediante su desagregaci\u00f3n en art\u00edculos presupuestarios y, en su caso, conceptos, con el fin de adecuarla a los principios y criterios de control, seguimiento y racionalizaci\u00f3n de los gastos de personal previstos en la normativa vigente.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Art\u00edculo 8. Gesti\u00f3n integrada y su contabilizaci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>La vinculaci\u00f3n de los cr\u00e9ditos y su car\u00e1cter limitativo que dispone la presente ley no excusa, en ning\u00fan supuesto, la contabilizaci\u00f3n del gasto en el nivel que se determina para cada caso:<\/li>\n<li>a) Para los gastos de personal, en bienes corrientes y de servicios y los financieros: subconcepto econ\u00f3mico.<\/li>\n<li>b) Para las transferencias, corrientes y de capital: subconcepto econ\u00f3mico y subl\u00ednea.<\/li>\n<li>c) Para las inversiones reales, activos y pasivos financieros: subconcepto econ\u00f3mico y subproyecto.<\/li>\n<li>Adicionalmente a lo dispuesto en el apartado anterior, los gastos relativos a los programas 411.10 \u00abDirecci\u00f3n y Servicios Generales\u00bb, 412.10 \u00abCentros integrados de Salud P\u00fablica\u00bb y 412.2 \u00abAsistencia Sanitaria y Prestaciones Farmac\u00e9uticas\u00bb, de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud P\u00fablica, se contabilizar\u00e1n por \u00abCentro de gesti\u00f3n\u00bb Lo anterior ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n en cada uno de los \u00abSubprogramas\u00bb en que se desagregan los programas de asistencia sanitaria y prestaciones farmac\u00e9uticas. En consecuencia, y a fin de posibilitar el citado grado de desagregaci\u00f3n contable, el presupuesto se determinar\u00e1 por \u00abCentro de Gesti\u00f3n\u00bb y programa, en los programas\u00a0411.10 y 412.10, y por subprograma y \u00abCentro de gesti\u00f3n\u00bb en el programa 412.2. En tal sentido, los ajustes presupuestarios derivados del citado nivel de desagregaci\u00f3n, se realizar\u00e1n por la conselleria que tenga asignadas las competencias en materia de sanidad, a trav\u00e9s de la conselleria que tenga asignadas las competencias en materia de hacienda.<\/li>\n<li>Los cr\u00e9ditos para gastos del Servicio Valenciano de Empleo y Formaci\u00f3n constituir\u00e1n funcionalmente un \u00fanico programa, el 322.50 \u00abServicio Valenciano de Empleo y Formaci\u00f3n\u00bb, consign\u00e1ndose desagregados en subprogramas presupuestarios en el presupuesto de la propia entidad.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Art\u00edculo 9. Del Fondo de Contingencia.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>La cuant\u00eda para el presente ejercicio en concepto de Fondo de Contingencia ascender\u00e1 a 9.000.000 euros.<\/li>\n<li>Las condiciones de funcionamiento del Fondo de Contingencia se ajustar\u00e1n al r\u00e9gimen general previsto para las modificaciones presupuestarias en los art\u00edculos 44 y siguientes de la Ley 1\/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, y en la presente ley.<\/li>\n<\/ol>\n<p>CAP\u00cdTULO II<\/p>\n<p><strong>Gesti\u00f3n de los presupuestos docentes no universitarios<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 10. Gesti\u00f3n econ\u00f3mica en los centros docentes p\u00fablicos no universitarios.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Los centros docentes p\u00fablicos no universitarios dispondr\u00e1n de autonom\u00eda en su gesti\u00f3n econ\u00f3mica, en los t\u00e9rminos que se establecen en los puntos siguientes:<\/li>\n<li>a) Constituir\u00e1n ingresos de estos centros, que deber\u00e1n ser aplicados a gastos de funcionamiento:<\/li>\n<\/ol>\n<p>1.\u00ba Los fondos que, con esta finalidad, se les libre, a propuesta de la conselleria que tenga asignadas las competencias en materia de educaci\u00f3n, mediante \u00f3rdenes de pago en firme y con cargo al presupuesto anual de \u00e9sta.<\/p>\n<p>2.\u00ba Los derivados de la venta de bienes y prestaci\u00f3n de servicios distintos de los gravados por las tasas y los precios p\u00fablicos.<\/p>\n<p>3.\u00ba Los producidos por legados, donaciones o cualquier otra forma admisible en derecho.<\/p>\n<ol>\n<li>b) Los gastos en bienes corrientes y de servicios que tengan su origen en los ingresos citados en el punto anterior, se justificar\u00e1n mediante la rendici\u00f3n de una \u00fanica cuenta de gesti\u00f3n anual por la persona titular de la direcci\u00f3n del centro, previa aprobaci\u00f3n de la misma por el respectivo consejo escolar.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Los centros pondr\u00e1n a disposici\u00f3n de la administraci\u00f3n educativa las cuentas de gesti\u00f3n anual que les sean requeridas.<\/p>\n<ol>\n<li>c) La documentaci\u00f3n que corresponda elaborar al centro, relativa a su presupuesto y a sus cuentas de gesti\u00f3n, deber\u00e1 ajustarse, en cualquiera de los conceptos de gasto a que venga referida, a la clasificaci\u00f3n econ\u00f3mica del estado de gastos que se aplica en la presente ley.<\/li>\n<\/ol>\n<p>A tal efecto, los gastos en bienes corrientes y de servicios incluir\u00e1n, adem\u00e1s de los contenidos en el cap\u00edtulo II de la vigente clasificaci\u00f3n econ\u00f3mica del estado de gastos de la Generalitat, los destinados a la adquisici\u00f3n de mobiliario y equipos did\u00e1cticos del propio centro, que se corresponden con los siguientes art\u00edculos de gasto, de acuerdo con la citada clasificaci\u00f3n econ\u00f3mica del estado de gastos de la Generalitat:<\/p>\n<p>1.\u00ba 6.2 Inversi\u00f3n nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios.<\/p>\n<p>2.\u00ba 6.3 Inversi\u00f3n de reposici\u00f3n asociada al funcionamiento operativo de los servicios.<\/p>\n<ol start=\"2\">\n<li>Los gastos destinados a reparaciones, que excedan del mero mantenimiento de los centros y los destinados a la adquisici\u00f3n de mobiliario y equipos did\u00e1cticos del propio centro, podr\u00e1n efectuarse siempre que \u00e9stos y aquellos no sobrepasen la cantidad resultante de multiplicar 1.000 euros por el n\u00famero de unidades escolares de cada centro, hasta un m\u00e1ximo de 27.000 euros, y que quede suficientemente acreditado que se cubren previamente el resto de las obligaciones ordinarias del mismo.<\/li>\n<\/ol>\n<p>No obstante lo anterior, en el caso de centros docentes en los que el n\u00famero de personas matriculadas supere las 1.500, o en el supuesto de centros que imparten ense\u00f1anzas de r\u00e9gimen especial, los gastos de funcionamiento dedicados anualmente a reparaciones, que excedan del mero mantenimiento de los centros, y a la adquisici\u00f3n de mobiliario y equipos did\u00e1cticos, podr\u00e1n sobrepasar lo indicado en el p\u00e1rrafo anterior hasta el l\u00edmite m\u00e1ximo de 50.000 euros por ambos conceptos.<\/p>\n<p>Las direcciones territoriales de la conselleria competente en materia de educaci\u00f3n excepcionalmente podr\u00e1n autorizar, en los centros docentes a los que se refiere el p\u00e1rrafo anterior, gastos que tengan por objeto obras de reparaci\u00f3n, hasta un l\u00edmite m\u00e1ximo de\u00a030.000 euros anuales, adicionales a lo establecido en el p\u00e1rrafo anterior, siempre que quede acreditado que el centro cubre previamente el resto de sus obligaciones ordinarias.<\/p>\n<ol start=\"3\">\n<li>Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior la gesti\u00f3n econ\u00f3mica de los centros integrados p\u00fablicos de formaci\u00f3n profesional y de los centros adscritos en el Instituto Superior de Ense\u00f1anzas Art\u00edsticas de la Comunitat Valenciana se regir\u00e1 por una normativa espec\u00edfica.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Art\u00edculo 11. M\u00f3dulos econ\u00f3micos de distribuci\u00f3n de fondos p\u00fablicos para el sostenimiento de centros concertados.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>De acuerdo con lo establecido en los apartados primero y segundo del art\u00edculo 117 de la Ley Org\u00e1nica 2\/2006, de 3 de mayo, de Educaci\u00f3n, el importe del m\u00f3dulo econ\u00f3mico por unidad escolar, a efectos de distribuci\u00f3n de la cuant\u00eda global de los fondos p\u00fablicos destinados al sostenimiento de los centros concertados para el a\u00f1o 2017, es el fijado en el anexo I de esta ley.<\/li>\n<li>Las retribuciones del personal docente tendr\u00e1n efectividad el 1 de enero de 2017, sin perjuicio de la fecha en que se firmen los respectivos convenios colectivos de empresas de ense\u00f1anza privada sostenidas total o parcialmente con fondos p\u00fablicos, aplicables a cada nivel educativo en los centros concertados, pudiendo la Administraci\u00f3n aceptar pagos a cuenta, previa solicitud expresa y coincidente de todas las organizaciones empresariales y sindicales negociadoras de los citados convenios colectivos, hasta el momento de la firma del correspondiente convenio.<\/li>\n<\/ol>\n<p>En ning\u00fan caso podr\u00e1 la Administraci\u00f3n aceptar el abono de retribuciones al profesorado de los centros concertados que supere en c\u00f3mputo anual a la cuant\u00eda a abonar al profesorado hom\u00f3logo de centros p\u00fablicos, tomando en consideraci\u00f3n el salario base, el complemento de destino y el complemento espec\u00edfico.<\/p>\n<p>La Administraci\u00f3n no asumir\u00e1 los incrementos retributivos, las reducciones horarias o cualquier otra circunstancia que conduzca a superar lo previsto en los m\u00f3dulos econ\u00f3micos del anexo I de esta ley.<\/p>\n<p>Asimismo, la Administraci\u00f3n no asumir\u00e1 los incrementos retributivos, fijados en convenio colectivo, que supongan un porcentaje superior al establecido con car\u00e1cter general en el art\u00edculo 28 de esta ley.<\/p>\n<p>El componente del m\u00f3dulo destinado a \u00abOtros Gastos\u00bb y el de \u00abPersonal Complementario\u00bb surtir\u00e1n efecto a partir del 1 de enero de 2017 y se abonar\u00e1n mensualmente a los centros que justificar\u00e1n su aplicaci\u00f3n en los plazos que establezca la normativa al efecto En el caso de que la titularidad del centro sea una sociedad cooperativa y haya solicitado acogerse a su r\u00e9gimen espec\u00edfico de financiaci\u00f3n, las cantidades que, en concepto de salarios y cargas sociales correspondan al profesorado cooperativista que presta sus servicios en los niveles concertados, se abonar\u00e1n as\u00ed mismo mensualmente.<\/p>\n<p>Los ciclos de Formaci\u00f3n Profesional B\u00e1sica se financiar\u00e1n conforme al m\u00f3dulo econ\u00f3mico establecido en el anexo I Los conciertos de los ciclos de Formaci\u00f3n Profesional B\u00e1sica tendr\u00e1n car\u00e1cter general, conforme establece el art\u00edculo 116.6 de la Ley Org\u00e1nica\u00a02\/2006, de\u00a03 de mayo.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de lo establecido, en los centros cuyo concierto educativo est\u00e9 por debajo de las cuatro unidades y dicho concierto se refiera tanto a Educaci\u00f3n Primaria como al primer y segundo curso de Educaci\u00f3n Secundaria Obligatoria, se mantendr\u00e1 la dotaci\u00f3n del profesorado necesario con la titulaci\u00f3n adecuada, de modo que ello permita la correcta impartici\u00f3n de la ense\u00f1anza, hasta la extinci\u00f3n total de las unidades objeto de concierto En el supuesto de que alg\u00fan centro de Educaci\u00f3n Primaria contara con menos de tres unidades en el conjunto de niveles concertados, la dotaci\u00f3n en concepto de \u00abOtros gastos\u00bb ser\u00e1 la equivalente a tres unidades de Educaci\u00f3n Primaria, previa solicitud al respecto del titular del centro.<\/p>\n<ol start=\"3\">\n<li>Las cantidades a percibir de las personas matriculadas, en concepto de financiaci\u00f3n complementaria a la proveniente de los fondos p\u00fablicos, que se asignen al r\u00e9gimen de conciertos singulares, suscritos para ense\u00f1anzas de etapas educativas no obligatorias, y en concepto exclusivo de ense\u00f1anza reglada, al amparo de las Leyes Org\u00e1nicas 8\/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educaci\u00f3n, y 2\/2006, de 3 de mayo, son las que se establecen a continuaci\u00f3n:<\/li>\n<li>a) Bachillerato: 25,70 euros por persona matriculada\/mes, durante diez meses, en el per\u00edodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017.<\/li>\n<li>b) Ciclos formativos de grado medio y ciclos formativos de grado superior:<\/li>\n<\/ol>\n<p>1.\u00ba En los primeros cursos de cada ciclo: 25,70 euros por persona matriculada\/mes, durante diez meses, en el per\u00edodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017.<\/p>\n<p>2.\u00ba En los segundos cursos de cada ciclo:<\/p>\n<p>\u2013 Ninguna cantidad en los ciclos en cuyo segundo curso solo se realiza la formaci\u00f3n en centros de trabajo.<\/p>\n<p>\u2013 25,70 euros por persona matriculada\/mes, en los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2017, en los ciclos cuyo segundo curso consta de 11 semanas de ense\u00f1anza presencial en el centro.<\/p>\n<p>\u2013 25,70 euros por persona matriculada\/mes, en los meses de enero, febrero, marzo, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2017, en los ciclos cuyo segundo curso consta de 20 semanas o m\u00e1s de ense\u00f1anza presencial en el centro.<\/p>\n<p>No podr\u00e1 percibirse el importe de cada mensualidad con antelaci\u00f3n al d\u00eda 1 del mes al que corresponda el cobro, ni podr\u00e1 requerirse mensualidad alguna en los meses de julio y agosto.<\/p>\n<p>La financiaci\u00f3n obtenida por los centros, consecuencia del cobro al alumnado de estas cantidades, tendr\u00e1 el car\u00e1cter de complementaria de la percibida directamente de la Administraci\u00f3n, de tal modo que la financiaci\u00f3n total de dicho componente por unidad concertada no supere, en ning\u00fan caso, lo establecido en el m\u00f3dulo econ\u00f3mico fijado en la presente ley para los respectivos niveles de ense\u00f1anza.<\/p>\n<ol start=\"4\">\n<li>Se faculta a la conselleria que tenga asignadas las competencias en materia de educaci\u00f3n, para fijar las relaciones profesorado\/unidad concertada, suficientes para impartir el plan de estudios vigente en cada etapa educativa objeto de concierto, calculadas en base a jornadas de veinticinco horas lectivas semanales para el profesorado, no pudiendo la citada conselleria asumir los incrementos retributivos, reducciones horarias, o cualquier otra circunstancia que conduzca a superar lo previsto en los m\u00f3dulos econ\u00f3micos del anexo I de esta ley A este respecto, en los ciclos formativos de grado medio y de grado superior que se hallen concertados, el n\u00famero de horas de profesora o profesor en los primeros cursos ser\u00e1 de un m\u00e1ximo de 30 semanales y, en los segundos cursos, de 35 \u00f3 de 5, seg\u00fan si el ciclo formativo es de 2.000 horas o inferior En los ciclos formativos de Formaci\u00f3n Profesional B\u00e1sica, el n\u00famero de horas de profesora o profesor ser\u00e1 de 30 semanales en cada curso.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Los centros que dispongan de concierto en ciclos formativos de grado medio o superior y en los supuestos en que est\u00e9 previsto desdoble en los m\u00f3dulos correspondientes, podr\u00e1n hacer uso de las horas que correspondan por este concepto solo cuando se acredite que el ciclo formativo tiene matriculadas un m\u00ednimo de 20 personas con asistencia efectiva en el m\u00f3dulo en cuesti\u00f3n Estas horas se sumar\u00e1n a las contenidas en el m\u00f3dulo econ\u00f3mico, y que est\u00e1n indicadas en el p\u00e1rrafo anterior En el caso de que un centro tenga concertadas varias unidades del mismo ciclo en un mismo curso y cumplida la normativa en materia de ratios alumnado\/unidad, podr\u00e1n desdoblar el m\u00ednimo de unidades posible.<\/p>\n<p>En el caso de las cooperativas que est\u00e9n acogidas al r\u00e9gimen espec\u00edfico de financiaci\u00f3n, la conselleria competente en materia de educaci\u00f3n establecer\u00e1 el m\u00f3dulo m\u00e1ximo a percibir por los centros, seg\u00fan las horas previstas en cada ciclo formativo en concepto de desdoble de acuerdo con los criterios establecidos en el p\u00e1rrafo anterior.<\/p>\n<ol start=\"5\">\n<li>Los centros que impartan la Educaci\u00f3n Secundaria Obligatoria completa contar\u00e1n con una persona que preste los servicios de orientaci\u00f3n, que se incluir\u00e1 en la n\u00f3mina de pago delegado del centro Los costes correspondientes a las horas de orientaci\u00f3n vienen recogidos en los m\u00f3dulos econ\u00f3micos por unidad escolar de la Educaci\u00f3n Secundaria Obligatoria.<\/li>\n<li>Los centros concertados que desarrollen un Plan de Actuaci\u00f3n para la Mejora, un Programa autorizado de Acogida al sistema educativo (aulas PASE), u otros programas espec\u00edficos de atenci\u00f3n a la diversidad del alumnado, regulados por norma b\u00e1sica o auton\u00f3mica, dispondr\u00e1n del profesorado que se determine en la resoluci\u00f3n correspondiente, profesorado que ser\u00e1 objeto de inclusi\u00f3n en la n\u00f3mina de pago delegado del respectivo centro.<\/li>\n<li>A los centros concertados en la etapa de Bachillerato que tengan concertada alguna unidad mixta les corresponder\u00e1n 58 horas por cada unidad del primer curso y 56 horas por cada unidad de segundo curso Se entender\u00e1 por unidad mixta aquella que agrupe alumnado de m\u00e1s de una modalidad de Bachillerato en las asignaturas troncales y que se podr\u00e1 desdoblar en las asignaturas correspondientes de cada modalidad.<\/li>\n<li>Los centros que dispongan de proyectos de Formaci\u00f3n Profesional Dual aprobados y en funcionamiento, podr\u00e1n disponer de hasta 6 horas adicionales de profesorado a las contenidas con car\u00e1cter general en los m\u00f3dulos econ\u00f3micos del anexo I de esta ley, en el ciclo formativo de grado medio o de grado superior objeto de esta modalidad, conforme a lo establecido en el art\u00edculo 30 de la\u00a0Orden 2\/2014, de 13 de enero, de la Conseller\u00eda de Educaci\u00f3n, Cultura y Deporte, por la que se regulan determinados aspectos de la ordenaci\u00f3n de la Formaci\u00f3n Profesional Dual del sistema educativo en la Comunitat Valenciana El coste de las horas de profesorado que se determinen en las resoluciones correspondientes, se abonar\u00e1 al centro previa justificaci\u00f3n del gasto realizado.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Art\u00edculo 12. Indemnizaciones del profesorado afectado por la modificaci\u00f3n de conciertos.<\/strong><\/p>\n<p>Se autoriza a la conselleria que tenga asignadas las competencias en materia de educaci\u00f3n a asumir, dentro de las l\u00edneas de subvenci\u00f3n previstas para ejecutar las obligaciones derivadas de los conciertos educativos, el abono de las indemnizaciones del profesorado afectado por la modificaci\u00f3n de conciertos o por la no renovaci\u00f3n total o parcial de los mismos, siempre que no se opte por la recolocaci\u00f3n en otro centro.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 13. Control financiero de los centros docentes p\u00fablicos no universitarios.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>La direcci\u00f3n de cada centro rendir\u00e1 a la Intervenci\u00f3n General de la Generalitat, por mediaci\u00f3n de la Intervenci\u00f3n Delegada en la conselleria con competencias en materia de educaci\u00f3n, copia de la cuenta anual en la que conste la diligencia de aprobaci\u00f3n por el consejo escolar, antes del 31 de marzo del siguiente ejercicio.<\/li>\n<li>Los centros se sujetar\u00e1n al control financiero que se establece en el cap\u00edtulo III del t\u00edtulo VI de la Ley 1\/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat.<\/li>\n<\/ol>\n<p>CAP\u00cdTULO III<\/p>\n<p><strong>Gesti\u00f3n de los presupuestos universitarios<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 14. Del presupuesto de las universidades p\u00fablicas dependientes de la Generalitat.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Las universidades p\u00fablicas valencianas aprobar\u00e1n sus presupuestos antes del primer d\u00eda del ejercicio econ\u00f3mico correspondiente y los remitir\u00e1n, junto con los de sus entidades dependientes, a la conselleria con competencias en materia de universidades en el plazo de un mes desde su aprobaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Los presupuestos de las universidades p\u00fablicas valencianas y los de sus entidades dependientes clasificadas dentro del sector de Administraci\u00f3n P\u00fablica de la Comunidad Aut\u00f3noma, incluir\u00e1n una referencia expresa al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda p\u00fablica, e incorporar\u00e1n informaci\u00f3n suficiente y adecuada que permita relacionar el saldo resultante de los ingresos y gastos del presupuesto con la capacidad o necesidad de financiaci\u00f3n, calculada conforme a las normas del Sistema Europeo de Cuentas, as\u00ed como la coherencia con el l\u00edmite de gasto no financiero, aprobado de conformidad con lo previsto en el art\u00edculo 81.2 de la Ley Org\u00e1nica 6\/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.<\/p>\n<ol start=\"2\">\n<li>En el ejercicio 2017, de conformidad con lo dispuesto en el art\u00edculo 81.4 de la Ley Org\u00e1nica 6\/2001, de 21 de diciembre, el coste autorizado por todos los conceptos retributivos del personal docente funcionario y contratado, y del personal no docente, ser\u00e1 fijado, para cada una de las universidades p\u00fablicas valencianas, por el Consell con anterioridad al 31 de marzo de 2017, en el marco de la normativa b\u00e1sica sobre oferta de empleo p\u00fablico y de acuerdo con la dotaci\u00f3n que, para la financiaci\u00f3n de las universidades, contemple la correspondiente ley de presupuestos.<\/li>\n<\/ol>\n<p>La dotaci\u00f3n que cada universidad fije en sus presupuestos de 2017 para la cobertura de las plazas y puestos del personal funcionario y contratado docente e investigador y del personal de administraci\u00f3n y servicios, deber\u00e1 adecuarse al coste autorizado que se establezca por el Consell Cualquier incremento de los costes de personal sobre las cuant\u00edas autorizadas para cada a\u00f1o, o con incidencia en ejercicios futuros, requerir\u00e1 la autorizaci\u00f3n del Consell, previa presentaci\u00f3n de una memoria justificativa del citado incremento, en la que se contemplen las medidas previstas para financiarlo.<\/p>\n<p>Respecto del nombramiento de personal funcionario interino y la contrataci\u00f3n de personal laboral temporal, las universidades deber\u00e1n respetar la normativa que con el car\u00e1cter de b\u00e1sico rija en la materia.<\/p>\n<ol start=\"3\">\n<li>La aportaci\u00f3n dineraria de la Generalitat para los gastos vinculados al desarrollo de sus actividades, que corresponde a cada universidad, ser\u00e1 la establecida en el anexo\u00a0II de esta ley, y se abonar\u00e1 a las universidades en pagos mensuales. Por acuerdo del Consell, podr\u00e1 modificarse el importe de la aportaci\u00f3n que corresponda a cada universidad.<\/li>\n<li>La financiaci\u00f3n de la inversi\u00f3n material aprobada por el Consell en las universidades p\u00fablicas de la Comunitat, podr\u00e1 realizarse mediante la inversi\u00f3n directa de la Administraci\u00f3n o de cualquiera de los sujetos que integran su sector p\u00fablico instrumental, l\u00edneas de transferencia de capital a favor de las universidades, operaciones de cr\u00e9dito de las universidades autorizadas por el \u00f3rgano competente y cualquier otra f\u00f3rmula financiera de cooperaci\u00f3n p\u00fablico-privada.<\/li>\n<li>Las operaciones de cr\u00e9dito de las universidades, a que se refiere el apartado anterior, se financiar\u00e1n con cargo a la correspondiente aportaci\u00f3n dineraria recogida como transferencia por el presupuesto de la Generalitat, que incluir\u00e1 el importe de la carga financiera correspondiente, la amortizaci\u00f3n del capital y los gastos de las operaciones de cr\u00e9dito que en su caso devengaran en la anualidad 2017.<\/li>\n<li>El Consell, a propuesta de las personas que tengan asignada la titularidad de las consellerias con competencias en materia de hacienda y en materia de universidades, puede determinar la modificaci\u00f3n, la nueva financiaci\u00f3n y la sustituci\u00f3n de las operaciones de cr\u00e9dito de las universidades autorizadas para financiar inversiones.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Art\u00edculo 15. De la liquidaci\u00f3n de los presupuestos de las universidades p\u00fablicas dependientes de la Generalitat.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Las universidades y sus entidades dependientes deber\u00e1n confeccionar la liquidaci\u00f3n de su presupuesto antes del 1 de marzo del ejercicio siguiente y remitirla, debidamente aprobada por los \u00f3rganos de la universidad a los que estatutariamente corresponda, a la conselleria que tenga asignadas las competencias en materia de universidades, antes del 30 de abril A tal efecto y de conformidad con el art\u00edculo 81.2 de la Ley Org\u00e1nica 6\/2001, de 21 de diciembre, la liquidaci\u00f3n del presupuesto deber\u00e1 incluir una referencia expresa al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda p\u00fablica, incorporando informaci\u00f3n suficiente y adecuada que permita relacionar el saldo resultante de los ingresos y gastos del presupuesto con la capacidad o necesidad de financiaci\u00f3n, calculada conforme a las normas del Sistema Europeo de Cuentas.<\/li>\n<li>En el caso de que las universidades liquiden los presupuestos con remanente de tesorer\u00eda negativo, el Consejo Social deber\u00e1 proceder en la primera sesi\u00f3n que celebre a la reducci\u00f3n de gastos del nuevo presupuesto por cuant\u00eda igual al d\u00e9ficit producido, debiendo en todo caso, la universidad, remitir dicho acuerdo junto con la liquidaci\u00f3n del presupuesto a la conselleria con competencias en materia de universidades antes del 30 de abril La revocaci\u00f3n de dicho acuerdo exigir\u00e1 previa autorizaci\u00f3n de la conselleria con competencias en materia de hacienda, en los t\u00e9rminos establecidos en el art\u00edculo 81.5 de la Ley Org\u00e1nica 6\/2001, de 21 de diciembre.<\/li>\n<\/ol>\n<p>No ser\u00e1 necesaria la adopci\u00f3n del mencionado acuerdo si la universidad acredita que el remanente de tesorer\u00eda negativo tiene su causa directa e inmediata en la deuda pendiente de ejercicios anteriores reconocida por la Generalitat a trav\u00e9s del correspondiente convenio, y siempre que este incluya un plan de pago aplazado de la misma.<\/p>\n<p>En este caso, la universidad deber\u00e1 remitir, adicionalmente y antes del 30 de abril, a la conselleria con competencias en materia de universidades, la documentaci\u00f3n que justifique tanto la no necesidad de adopci\u00f3n del acuerdo de reducci\u00f3n de gastos, como que la universidad, en la \u00faltima liquidaci\u00f3n confeccionada y en el \u00faltimo presupuesto aprobado, cumple con los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.<\/p>\n<ol start=\"3\">\n<li>La conselleria con competencias en materia de hacienda podr\u00e1 adoptar, en el marco de la Ley org\u00e1nica 6\/2001, de 21 de diciembre, las medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y la sostenibilidad financiera de la universidad, en los siguientes supuestos:<\/li>\n<li>a) Falta de remisi\u00f3n de la liquidaci\u00f3n del presupuesto.<\/li>\n<li>b) Falta de adopci\u00f3n del acuerdo previsto de reducci\u00f3n de gastos del nuevo presupuesto, en el caso de liquidaci\u00f3n con remanente de tesorer\u00eda negativo, salvo que este no se hubiese adoptado en cumplimiento del apartado 2 de este art\u00edculo.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Art\u00edculo 16. Rendici\u00f3n de cuentas y control financiero en el \u00e1mbito de las universidades p\u00fablicas dependientes de la Generalitat.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>El control financiero de las universidades p\u00fablicas dependientes de la Generalitat se efectuar\u00e1 mediante auditor\u00edas anuales bajo la direcci\u00f3n de la Intervenci\u00f3n General de la Generalitat Dicho control tendr\u00e1 por objeto evaluar que la actividad y los procedimientos se realizan de acuerdo con los principios de buena gesti\u00f3n financiera y, en especial, con los previstos en la Ley Org\u00e1nica 2\/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.<\/li>\n<li>Sin perjuicio de lo establecido en el apartado anterior, y a propuesta de la conselleria que tenga asignadas las competencias en materia de universidades, se podr\u00e1n realizar durante 2017, a trav\u00e9s de la Intervenci\u00f3n General de la Generalitat, las auditor\u00edas que se estimen necesarias para el seguimiento de la aplicaci\u00f3n por las universidades de la aportaci\u00f3n dineraria para la financiaci\u00f3n de sus actividades, incluidas sus inversiones.<\/li>\n<\/ol>\n<p>CAP\u00cdTULO IV<\/p>\n<p><strong>Otras normas de gesti\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 17. De la clasificaci\u00f3n de los cr\u00e9ditos comprendidos en los cap\u00edtulos IV y VII en l\u00edneas de transferencias o de subvenci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>La clasificaci\u00f3n de los cr\u00e9ditos comprendidos en los cap\u00edtulos IV y VII en l\u00edneas de transferencias o de subvenci\u00f3n, incluida en la presente ley, no modificar\u00e1 la naturaleza de los negocios jur\u00eddicos afectados por las mismas.<\/li>\n<li>En consecuencia, dicha clasificaci\u00f3n se realiza \u00fanicamente a los efectos de lo previsto en el cap\u00edtulo I del t\u00edtulo preliminar, tanto de la Ley 38\/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, como del Real Decreto 887\/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38\/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y con el fin de que la actividad financiera de la Generalitat en la modalidad de gasto subvencional logre una mejor y m\u00e1s eficiente asignaci\u00f3n de los recursos p\u00fablicos, y un tratamiento homog\u00e9neo de la relaci\u00f3n jur\u00eddica subvencional en el \u00e1mbito de la Generalitat respecto del resto de administraciones p\u00fablicas.<\/li>\n<li>De acuerdo con lo anterior, y con el fin de asegurar que las mencionadas clasificaciones contenidas en la ley se ajustan al objetivo descrito en el apartado anterior, todos los ajustes o correcciones que tengan por objeto adecuar la concreta clasificaci\u00f3n asignada inicialmente a una l\u00ednea en la presente ley, se tramitar\u00e1n a propuesta de la conselleria interesada, y se autorizar\u00e1n por el conseller competente en materia de hacienda, y deber\u00e1n incorporar, un informe espec\u00edfico de la Abogac\u00eda de la Generalitat relativo a la adecuaci\u00f3n de la nueva clasificaci\u00f3n a las exigencias de la normativa b\u00e1sica en materia de subvenciones.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Art\u00edculo 18. De los gastos plurianuales de car\u00e1cter financiero.<\/strong><\/p>\n<p>Durante 2107, los gastos financieros vinculados a operaciones de arrendamiento financiero con opci\u00f3n de compra se asimilar\u00e1n, a efectos de la aplicaci\u00f3n de los l\u00edmites y requisitos en materia de gastos plurianuales, al r\u00e9gimen propio de los gastos para inversi\u00f3n de los que traigan causa.<\/p>\n<p>A tal efecto, en aquellos supuestos en que la operaci\u00f3n no requiera la modificaci\u00f3n de los porcentajes o el incremento del n\u00famero de anualidades a efectos de los gastos de inversi\u00f3n, la Intervenci\u00f3n General ser\u00e1 el \u00f3rgano responsable de actualizar los escenarios de compromisos plurianuales por los importes necesarios para reflejar adecuadamente los compromisos financieros derivados de la operaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 19. De los gastos cofinanciados.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Durante 2017, las limitaciones previstas en el art\u00edculo 40.3 de la Ley 1\/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat no ser\u00e1n de aplicaci\u00f3n a aquellos compromisos de gastos de car\u00e1cter plurianual relativos a gastos financiados o cofinanciados con fondos del Estado o con fondos procedentes de la Uni\u00f3n Europea.<\/li>\n<\/ol>\n<p>A tal efecto, las anualidades y porcentajes a que pueden extenderse vendr\u00e1n determinados por las normas establecidas por la administraci\u00f3n financiadora o cofinanciadora, siempre que las mismas tengan car\u00e1cter imperativo.<\/p>\n<ol start=\"2\">\n<li>En consecuencia, los cr\u00e9ditos que den cobertura a este tipo de compromisos de gastos de car\u00e1cter plurianual no computar\u00e1n, a ning\u00fan efecto, para el c\u00e1lculo de los l\u00edmites y anualidades a que se refiere el mencionado art\u00edculo 40.3.<\/li>\n<li>Al objeto de un adecuado control y seguimiento de los compromisos de gastos plurianuales, mensualmente los \u00f3rganos responsables de la gesti\u00f3n econ\u00f3mico-presupuestaria remitir\u00e1n a la correspondiente Intervenci\u00f3n Delegada una relaci\u00f3n justificada, actualizada y detallada por cap\u00edtulos, de los cr\u00e9ditos afectados por el presente art\u00edculo.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Art\u00edculo 20. De las regularizaciones derivadas de reintegros vinculados a la gesti\u00f3n delegada de las prestaciones por Incapacidad Temporal.<\/strong><\/p>\n<p>En el \u00e1mbito de la Administraci\u00f3n de la Generalitat, corresponde al conseller que tenga atribuidas las competencias en materia de hacienda, la formalizaci\u00f3n de los ajustes presupuestarios necesarios para la regularizaci\u00f3n contable de las recuperaciones por pago delegado de la Seguridad Social, correspondientes a las bajas por incapacidad temporal, en los t\u00e9rminos y condiciones que se determinen reglamentariamente.<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO V<\/p>\n<p><strong>Normas para la modificaci\u00f3n de los presupuestos<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 21. Principios generales.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Los l\u00edmites establecidos para la modificaci\u00f3n de los cr\u00e9ditos, en los art\u00edculos 44 y siguientes de la Ley 1\/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, se aplicar\u00e1n a los presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2017, con las especificaciones contenidas en los art\u00edculos del presente cap\u00edtulo.<\/li>\n<li>Toda modificaci\u00f3n presupuestaria deber\u00e1 indicar expresamente los programas, servicios y cr\u00e9ditos presupuestarios afectados por la misma, y ser\u00e1 publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.<\/li>\n<li>Constituyen modificaciones presupuestarias:<\/li>\n<li>a) Las de las consignaciones de los cr\u00e9ditos de los respectivos programas del presupuesto.<\/li>\n<li>b) Las producidas en la relaci\u00f3n de objetivos de los programas aprobados en el presupuesto.<\/li>\n<li>c) La inclusi\u00f3n o supresi\u00f3n de l\u00edneas de subvenci\u00f3n o transferencias, as\u00ed como la variaci\u00f3n de sus importes previstos y los datos esenciales de las mismas.<\/li>\n<li>d) La inclusi\u00f3n o supresi\u00f3n de proyectos en el anexo de inversiones reales y en los de activos y pasivos financieros.<\/li>\n<li>e) La variaci\u00f3n de los importes previstos en los proyectos de operaciones financieras.<\/li>\n<li>Todas las modificaciones presupuestarias ser\u00e1n informadas por las intervenciones delegadas y, en su caso, por la Intervenci\u00f3n General de la Generalitat.<\/li>\n<li>En el \u00e1mbito de la Administraci\u00f3n de la Generalitat la ejecuci\u00f3n de las modificaciones presupuestarias corresponder\u00e1, en todo caso al \u00f3rgano de nivel directivo que tenga asignadas las competencias en materia de presupuestos de la Generalitat, a los efectos de instrumentar su ejecuci\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Art\u00edculo 22. De las ampliaciones de cr\u00e9dito.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>A efectos de lo dispuesto en el art\u00edculo 48 de la Ley 1\/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, tendr\u00e1n la condici\u00f3n de ampliables los cr\u00e9ditos que se relacionan a continuaci\u00f3n:<\/li>\n<li>a) Las cuotas de la Seguridad Social y las prestaciones familiares, de acuerdo con los preceptos en vigor, as\u00ed como las aportaciones de la Generalitat al r\u00e9gimen de previsi\u00f3n social del funcionariado y otras prestaciones sociales.<\/li>\n<li>b) Los trienios derivados del c\u00f3mputo del tiempo de servicio realmente prestado en la administraci\u00f3n.<\/li>\n<li>c) Los cr\u00e9ditos destinados al pago del personal, en cuanto precisen ser incrementados como consecuencia de elevaciones salariales dispuestas durante el ejercicio o en ejercicios anteriores, por modificaci\u00f3n del salario m\u00ednimo interprofesional, o que se deriven de la normativa vigente.<\/li>\n<li>d) Los que se destinen al pago de intereses o a la amortizaci\u00f3n del principal y los gastos derivados de las operaciones financieras, as\u00ed como las obligaciones derivadas de quebrantos en operaciones de cr\u00e9dito avaladas por la Generalitat.<\/li>\n<li>e) Los destinados a satisfacer el pago de las pensiones por vejez o enfermedad y las ayudas a personas con discapacidad, en la medida que aumenten las personas que reuniesen los requisitos establecidos en la normativa vigente.<\/li>\n<li>f) Los derivados de aquellas obligaciones generadas por los intereses de demora previstos en el art\u00edculo 22 de la Ley 1\/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat.<\/li>\n<li>g) Los derivados, en su caso, de la devoluci\u00f3n de ingresos indebidos.<\/li>\n<li>h) Los destinados a la cobertura del programa de gratuidad de libros de texto y otro material curricular.<\/li>\n<li>i) Los derivados de sentencias judiciales firmes.<\/li>\n<li>j) Los destinados al pago de productos farmac\u00e9uticos procedentes de recetas m\u00e9dicas.<\/li>\n<li>k) Los cr\u00e9ditos destinados a dar cobertura al apoyo a la suscripci\u00f3n de seguros agrarios, que se contemplan en la l\u00ednea de subvenci\u00f3n S3092 \u00abApoyo a la suscripci\u00f3n de seguros agrarios\u00bb, incluida en el anexo de transferencias corrientes del programa presupuestario 714.20.<\/li>\n<li>l) Los cr\u00e9ditos destinados a la cobertura y reparaci\u00f3n de los da\u00f1os en las explotaciones agrarias y ganaderas, derivados de inclemencias meteorol\u00f3gicas, en los t\u00e9rminos que el Consell establezca para cada supuesto, y que se recoge en la l\u00ednea de subvenci\u00f3n S1698 \u00abProtecci\u00f3n de la renta de los agricultores ante da\u00f1os no cubiertos por el seguro agrario\u00bb incluida en el anexo de transferencias corrientes del programa presupuestario 714.20.<\/li>\n<li>m) Los cr\u00e9ditos afectados a la cobertura de los programas de imputaci\u00f3n presupuestaria aprobados por el Consell.<\/li>\n<li>n) Los cr\u00e9ditos necesarios para la cobertura de gastos que se deriven de las liquidaciones anuales de los contratos suscritos en el \u00e1mbito sanitario para la gesti\u00f3n de servicios p\u00fablicos por concesi\u00f3n.<\/li>\n<li>o) Los cr\u00e9ditos destinados a la cobertura de necesidades de todo orden motivadas por siniestros, cat\u00e1strofes u otras de reconocida urgencia.<\/li>\n<li>p) Los cr\u00e9ditos destinados a satisfacer el pago de las prestaciones econ\u00f3micas reguladas en la Ley 9\/2007, de 12 de marzo, de la Generalitat, de Renta Garantizada de Ciudadan\u00eda de la Comunitat Valenciana.<\/li>\n<li>q) Los cr\u00e9ditos destinados al reconocimiento de las prestaciones econ\u00f3micas de dependencia, previstas en la Ley 39\/2006, de 14 de diciembre, de Promoci\u00f3n de la Autonom\u00eda Personal y Atenci\u00f3n a las Personas en situaci\u00f3n de Dependencia.<\/li>\n<li>r) Los cr\u00e9ditos destinados a satisfacer el pago de las prestaciones econ\u00f3micas por acogimiento familiar, previstas en el art\u00edculo 121.2 de la Ley 12\/2008, de 3 de julio, de la Generalitat, de Protecci\u00f3n Integral de la Infancia y la Adolescencia de la Comunitat Valenciana.<\/li>\n<li>s) Los cr\u00e9ditos destinados a satisfacer la ayuda econ\u00f3mica a favor de las v\u00edctimas de violencia de g\u00e9nero establecida en el art\u00edculo 27 de la Ley Org\u00e1nica 1\/2004 de 28 de diciembre, de Medidas de Protecci\u00f3n Integral contra la Violencia de G\u00e9nero, y desarrollada en la Orden de 3 de mayo de 2007, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se regula la ayuda econ\u00f3mica a favor de las v\u00edctimas de la violencia de g\u00e9nero, establecida en el art\u00edculo 27 de la Ley Org\u00e1nica 1\/2004 de 28 de diciembre, de Medidas de Protecci\u00f3n Integral contra la Violencia de G\u00e9nero.<\/li>\n<li>t) Los cr\u00e9ditos destinados a satisfacer el reconocimiento del derecho a la indemnizaci\u00f3n por causa de muerte, en caso de v\u00edctima mortal de violencia sobre la mujer, establecido en el art\u00edculo 16 de la Ley 7\/2012, de 23 de noviembre, de la Generalitat, Integral contra la Violencia sobre la Mujer en el \u00c1mbito de la Comunitat Valenciana, y regulado en el Decreto\u00a063\/2014, de 25 de abril, del Consell, por el que se aprueba el reglamento para el reconocimiento de las indemnizaciones y las ayudas econ\u00f3micas a las v\u00edctimas de violencia sobre la mujer, previstas en la Ley 7\/2012, de 23 de noviembre, de la Generalitat, Integral contra la Violencia sobre la Mujer en el \u00c1mbito de la Comunitat Valenciana.<\/li>\n<li>u) Los cr\u00e9ditos destinados a sufragar acciones solidarias de ayuda humanitaria y de emergencia que se puedan producir durante el ejercicio 2017 en cualquier parte del mundo, derivadas de cat\u00e1strofes naturales o producidas por la acci\u00f3n humana, en el marco de lo previsto en el plan director vigente.<\/li>\n<li>Cuando la dotaci\u00f3n prevista para los gastos relacionados en el apartado anterior resulte insuficiente, la cuant\u00eda de los cr\u00e9ditos podr\u00e1 ser incrementadas hasta el importe que alcancen las respectivas obligaciones de acuerdo con el siguiente procedimiento:<\/li>\n<li>a) Si la ampliaci\u00f3n se financia con cargo a bajas en otros cr\u00e9ditos del presupuesto no financiero, se tramitar\u00e1 como transferencia de cr\u00e9dito, a la que no le ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n la limitaci\u00f3n prevista en el art\u00edculo 49.1.c) de la Ley 1\/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat<\/li>\n<li>b) Si la ampliaci\u00f3n se financia con cargo al Fondo de Contingencia, se tramitar\u00e1 de acuerdo con las reglas generales que rigen su utilizaci\u00f3n.<\/li>\n<li>c) Si la ampliaci\u00f3n se financia con cargo a la previsi\u00f3n del resultado del ejercicio corriente, la conselleria con competencias en materia de hacienda proceder\u00e1 a su ampliaci\u00f3n, hasta una suma igual a las obligaciones cuyo reconocimiento sea preceptivo.<\/li>\n<\/ol>\n<p>A tal efecto, el Consell ser\u00e1 el \u00f3rgano competente para autorizar la financiaci\u00f3n de las ampliaciones citadas en el p\u00e1rrafo anterior.<\/p>\n<ol start=\"3\">\n<li>En todo caso, la ampliaci\u00f3n de los cr\u00e9ditos a que se refiere el presente art\u00edculo, deber\u00e1 tener su correspondiente contrapartida presupuestaria con anterioridad al 31 de diciembre de 2017.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Art\u00edculo 23. Competencias del Consell para autorizar modificaciones presupuestarias.<\/strong><\/p>\n<p>Corresponde al Consell, a propuesta de la conselleria que tenga asignadas las competencias en materia de hacienda, la autorizaci\u00f3n de las siguientes modificaciones presupuestarias:<\/p>\n<ol>\n<li>a) Las transferencias y habilitaciones entre cr\u00e9ditos de diferentes programas, con las limitaciones que recogen los art\u00edculos 46, 47 y 49 de la Ley 1\/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat.<\/li>\n<li>b) Las modificaciones en la relaci\u00f3n de objetivos de los programas.<\/li>\n<li>c) La inclusi\u00f3n y supresi\u00f3n de l\u00edneas de subvenci\u00f3n o de transferencias, no contemplados en planes o programas sectoriales previamente aprobados por el Consell, as\u00ed como la variaci\u00f3n de los datos esenciales de las mismas.<\/li>\n<\/ol>\n<p>En ning\u00fan caso podr\u00e1 dotarse o incrementarse cr\u00e9dito destinado a l\u00edneas sujetas al procedimiento de concesi\u00f3n directa previsto en el art\u00edculo 168.1.a) de la mencionada ley 1\/2015.<\/p>\n<ol start=\"168\">\n<li>d) La minoraci\u00f3n total o parcial de las l\u00edneas de subvenci\u00f3n sujetas al procedimiento de concesi\u00f3n directa previsto en los apartados A y C del art\u00edculo 168.1 de la Ley 1\/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, y en la disposici\u00f3n adicional quinta de esta ley, siempre que haya deca\u00eddo el derecho a su percepci\u00f3n.<\/li>\n<li>e) La variaci\u00f3n de los importes previstos en las l\u00edneas de transferencia para las aportaciones dinerarias a los distintos sujetos que integran el sector p\u00fablico instrumental de la Generalitat con las limitaciones y condiciones establecidos en el art\u00edculo 47 de la Ley\u00a01\/2015, 6 de febrero, de la Generalitat.<\/li>\n<li>f) La inclusi\u00f3n y supresi\u00f3n de proyectos de operaciones financieras, sin perjuicio de lo dispuesto en el art\u00edculo 24.e) de esta ley, as\u00ed como la variaci\u00f3n de los importes consignados en los mismos.<\/li>\n<li>g) Las transferencias por traspaso a la secci\u00f3n y programa \u00abGastos diversos\u00bb, consecuencia de la aplicaci\u00f3n de lo previsto en los art\u00edculos 56 y 57 de la Ley 1\/2015, de\u00a06 de febrero, de la Generalitat, y las transferencias que se realicen en orden a su reasignaci\u00f3n a otros cr\u00e9ditos del presupuesto.<\/li>\n<li>h) Las transferencias para la aplicaci\u00f3n del Fondo de Contingencia.<\/li>\n<li>i) La incorporaci\u00f3n de los remanentes de cr\u00e9dito regulada en el art\u00edculo 45.2 de la Ley 1\/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, siempre que afecten al presupuesto de la Administraci\u00f3n de la Generalitat y se financien mediante bajas en el Fondo de Contingencia o bajas en otros cr\u00e9ditos de operaciones no financieras.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Todos los acuerdos adoptados por el Consell, conforme a lo dispuesto en el presente art\u00edculo, habr\u00e1n de remitirse a Les Corts en el plazo m\u00e1ximo de quince d\u00edas h\u00e1biles desde su aprobaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 24. Competencias de la Conselleria de Hacienda y Modelo Econ\u00f3mico para autorizar modificaciones presupuestarias.<\/strong><\/p>\n<p>Corresponde a la conselleria que tenga asignadas las competencias en materia de hacienda a propuesta, en su caso de las consellerias interesadas, la autorizaci\u00f3n de las siguientes modificaciones presupuestarias:<\/p>\n<ol>\n<li>a) Las habilitaciones y transferencias de cr\u00e9dito, con las limitaciones que recogen los art\u00edculos 46 y 49 de la Ley 1\/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, siempre que los cr\u00e9ditos afectados pertenezcan a un mismo programa.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Como excepci\u00f3n a lo anterior podr\u00e1 autorizar habilitaciones y transferencias, incluso entre diferentes programas presupuestarios, cuando tengan por objeto:<\/p>\n<p>\u2013 Reasignar los cr\u00e9ditos vinculados al Fondo de Compensaci\u00f3n Interterritorial y a los Fondos Estructurales de la Uni\u00f3n Europea, en este \u00faltimo caso de acuerdo con el correspondiente Programa Operativo,<\/p>\n<p>\u2013 Adaptar la distribuci\u00f3n de los cr\u00e9ditos del presupuesto a las variaciones org\u00e1nicas y competenciales, en los t\u00e9rminos y con las limitaciones previstas en el art\u00edculo 44.4 de la Ley 1\/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat.<\/p>\n<ol>\n<li>b) Las generaciones y anulaciones, conforme a lo previsto en el art\u00edculo 50 de la Ley\u00a01\/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de las cuales se dar\u00e1 cuenta a Les Corts en el plazo m\u00e1ximo de quince d\u00edas h\u00e1biles desde su aprobaci\u00f3n.<\/li>\n<li>c) Las que tengan por objeto la correcta imputaci\u00f3n contable de los cr\u00e9ditos contemplados en el presupuesto, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 5 del art\u00edculo\u00a049 de la mencionada Ley 1\/2015.<\/li>\n<li>d) La incorporaci\u00f3n de los remanentes de cr\u00e9dito regulada en el art\u00edculo 45 de la Ley\u00a01\/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, que afecten al presupuesto de la Administraci\u00f3n de la Generalitat y se financien con cargo a remanentes de tesorer\u00eda afectado.<\/li>\n<li>e) La inclusi\u00f3n o supresi\u00f3n de l\u00edneas, de transferencias y de subvenci\u00f3n, y proyectos de operaciones financieras, cuando:<\/li>\n<\/ol>\n<p>\u2013 Se deriven directamente de planes o programas sectoriales previamente aprobados por el Consell.<\/p>\n<p>\u2013 Tengan su origen en generaciones y anulaciones de fondos finalistas y por objeto el cumplimiento de las actuaciones espec\u00edficas que originan la financiaci\u00f3n.<\/p>\n<p>\u2013 Tengan por finalidad la agregaci\u00f3n y\/o desagregaci\u00f3n de l\u00edneas ya existentes en un mismo cap\u00edtulo y programa, atendiendo a la coincidencia en su objeto y naturaleza.<\/p>\n<p>\u2013 Suponga la inclusi\u00f3n de l\u00edneas de subvenci\u00f3n para dar cobertura al procedimiento excepcional previsto en el art\u00edculo 168.1.C de la Ley 1\/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat.<\/p>\n<p>\u2013 Derive de manera directa y necesaria de sentencia firme, cuando no haya cr\u00e9dito equivalente en el presupuesto en vigor.<\/p>\n<ol start=\"168\">\n<li>f) La variaci\u00f3n en los importes previstos en las l\u00edneas de subvenci\u00f3n, excepto en las l\u00edneas sujetas al procedimiento de concesi\u00f3n previsto en el apartado A del art\u00edculo 168.1 de la Ley 1\/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat.<\/li>\n<li>g) La variaci\u00f3n en los importes previstos en las l\u00edneas de transferencias, sin perjuicio de lo dispuesto en el art\u00edculo 23.e) de esta ley y en la normativa espec\u00edfica aplicable a cada una de ellas.<\/li>\n<li>h) La variaci\u00f3n de los datos descriptivos de las l\u00edneas de subvenci\u00f3n que no alteren los datos esenciales ni la finalidad de la misma.<\/li>\n<li>i) Las transferencias de cr\u00e9ditos de cap\u00edtulo I, entre programas de una misma conselleria.<\/li>\n<li>j) La inclusi\u00f3n o supresi\u00f3n de proyectos de inversi\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Art\u00edculo 25. Competencias de las consellerias para autorizar modificaciones presupuestarias.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Corresponde a las personas que tengan asignada la titularidad de las consellerias respectivas autorizar, previo informe favorable de la Intervenci\u00f3n Delegada correspondiente, las siguientes modificaciones presupuestarias:<\/li>\n<li>a) Transferencias de cr\u00e9dito entre los cap\u00edtulos II del presupuesto de gastos de los diferentes programas adscritos a la conselleria de que fuesen titulares, incluso entre programas pertenecientes a grupos funcionales distintos.<\/li>\n<li>b) Reapertura de l\u00edneas de subvenci\u00f3n o de transferencia y de proyectos de inversi\u00f3n existentes en ejercicios anteriores que tengan por objeto la imputaci\u00f3n de las obligaciones a que hace referencia el apartado 5 del art\u00edculo 39 de la Ley 1\/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat y en los t\u00e9rminos previstos en el mismo, siempre que se financien mediante ajustes dentro del mismo cap\u00edtulo y programa presupuestario<\/li>\n<li>En caso de discrepancia de la Intervenci\u00f3n Delegada, el \u00f3rgano competente para resolver ser\u00e1 la persona que tenga asignada la titularidad de la conselleria con competencias en materia de hacienda.<\/li>\n<li>Autorizadas las modificaciones presupuestarias a que se refiere el presente art\u00edculo, se remitir\u00e1n al \u00f3rgano de nivel directivo que tenga asignadas las competencias en materia de presupuestos de la Generalitat, a los efectos de instrumentar su ejecuci\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Art\u00edculo 26. De las modificaciones presupuestarias en el \u00e1mbito del sector p\u00fablico instrumental.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Durante 2017, las modificaciones presupuestarias en los presupuestos de los organismos aut\u00f3nomos de la Generalitat, atendiendo a lo dispuesto al respecto en los art\u00edculos 44, 45, 47, 49 y 50 de la Ley 1\/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, se autorizar\u00e1n por:<\/li>\n<li>a) La persona que ostente la direcci\u00f3n del organismo, aquellas que en el \u00e1mbito de la Administraci\u00f3n de la Generalitat la competencia est\u00e1 atribuida a las respectivas consellerias.<\/li>\n<li>b) La persona responsable de la conselleria a la que est\u00e9n adscritos, aquellas que en el \u00e1mbito de la Administraci\u00f3n de la Generalitat la competencia est\u00e1 atribuida a la Conselleria de Hacienda y Modelo Econ\u00f3mico.<\/li>\n<li>c) La Conselleria de Hacienda y Modelo Econ\u00f3mico, aquellas que en el \u00e1mbito de la Administraci\u00f3n de la Generalitat la competencia est\u00e1 atribuida al Consell, a excepci\u00f3n de las previstas en el art\u00edculo 23.e).<\/li>\n<\/ol>\n<p>Cuando las modificaciones afecten a gastos de personal requerir\u00e1n, en todo caso, informe preceptivo y vinculante de la conselleria con competencias en materia de hacienda.<\/p>\n<p>En el supuesto de informe negativo de la Intervenci\u00f3n Delegada, las modificaciones previstas en las letras a y b del presente apartado, se remitir\u00e1n en discrepancia a la conselleria con competencias en materia de hacienda, la cual autorizar\u00e1 o denegar\u00e1 las mismas.<\/p>\n<ol start=\"2\">\n<li>Durante 2017, la autorizaci\u00f3n de las modificaciones en el presupuesto de las entidades de derecho p\u00fablico integradas en el sector p\u00fablico administrativo con presupuesto limitativo corresponder\u00e1:<\/li>\n<li>a) Al Consell cuando var\u00ede la cuant\u00eda global del presupuesto mediante aportaci\u00f3n de la Generalitat, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado e del art\u00edculo 23 de esta ley y en el apartado tercero de este art\u00edculo.<\/li>\n<li>b) A la persona responsable de la conselleria a la que est\u00e9n adscritas, o de las que dependan funcionalmente, cuando las modificaciones afecten a gastos de personal, o a subvenciones sujetas al procedimiento de concesi\u00f3n directa previsto en el apartado A del art\u00edculo 168.1 de la Ley 1\/2015, de 6 febrero, de la Generalitat, y requerir\u00e1n informe preceptivo y vinculante de la conselleria con competencias en materia de hacienda.<\/li>\n<li>c) A la persona que ostente la direcci\u00f3n de la entidad, las variaciones en la cuant\u00eda global del presupuesto, cuando las mismas tengan su origen en ingresos finalistas o ingresos de derecho p\u00fablico o privado que legalmente est\u00e9n autorizados a percibir, sin perjuicio de lo dispuesto en el art\u00edculo 50.1.b) de la mencionada Ley 1\/2015, debiendo hacerse constar en la resoluci\u00f3n que la modificaci\u00f3n no afecta negativamente al equilibrio presupuestario de la entidad, e incorporar al expediente una memoria econ\u00f3mica detallada.<\/li>\n<li>En todo caso en el supuesto de que la financiaci\u00f3n propuesta para modificar el presupuesto de los organismos o entidades a que se refiere el presente art\u00edculo exija la modificaci\u00f3n del presupuesto de gastos de la Administraci\u00f3n de la Generalitat, ambas modificaciones se tramitar\u00e1n y acordar\u00e1n conjuntamente mediante el procedimiento que le sea de aplicaci\u00f3n a la Administraci\u00f3n de la Generalitat.<\/li>\n<li>Durante 2017, las modificaciones presupuestarias en los presupuestos de las entidades del sector p\u00fablico empresarial y fundacional de la Generalitat, se autorizar\u00e1n por:<\/li>\n<li>a) Si la modificaci\u00f3n viniera afectada por aportaciones de la Administraci\u00f3n de la Generalitat o de otras entidades integradas en su sector p\u00fablico instrumental, la competencia corresponder\u00e1 a quien de acuerdo con lo establecido en la Ley 1\/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, la tenga atribuida en el \u00e1mbito de la Generalitat, por lo que ambas modificaciones se tramitar\u00e1n y acordar\u00e1n conjuntamente mediante el procedimiento que le sea de aplicaci\u00f3n.<\/li>\n<li>b) A la persona responsable de la conselleria a la que est\u00e9n adscritas, o de las que dependan funcionalmente, cuando las modificaciones afecten a gastos de personal, previo informe favorable de la conselleria competente en materia de hacienda, debiendo hacerse constar en la resoluci\u00f3n que la modificaci\u00f3n no afecta negativamente al equilibrio presupuestario de la entidad, y contener una memoria econ\u00f3mica detallada.<\/li>\n<li>c) A la persona que ostente la direcci\u00f3n de la entidad, las variaciones en la cuant\u00eda global del presupuesto, cuando las mismas tengan su origen en ingresos finalistas o ingresos de derecho p\u00fablico o privado que legalmente est\u00e9n autorizados a percibir, sin perjuicio de dispuesto en el art\u00edculo 50.1.b) de la mencionada Ley 1\/2015, debiendo hacerse constar en la resoluci\u00f3n que la modificaci\u00f3n no afecta negativamente al equilibrio presupuestario de la entidad, e incorporar al expediente una memoria econ\u00f3mica detallada.<\/li>\n<\/ol>\n<p>T\u00cdTULO III<\/p>\n<p><strong>De los gastos de personal<\/strong><\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO I<\/p>\n<p><strong>Delimitaci\u00f3n del \u00e1mbito subjetivo y r\u00e9gimen retributivo de aplicaci\u00f3n al mismo<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 27. Delimitaci\u00f3n del \u00e1mbito subjetivo.<\/strong><\/p>\n<p>Lo dispuesto en el presente t\u00edtulo ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n, en los t\u00e9rminos y con el alcance previsto en cada caso, a los siguientes sujetos:<\/p>\n<ol start=\"20\">\n<li>a) Las Instituciones a que se refiere el art\u00edculo 20.3 de l\u2019Estatut d\u2019Autonomia de la Comunitat.<\/li>\n<li>b) La Administraci\u00f3n de la Generalitat y sus organismos aut\u00f3nomos.<\/li>\n<li>c) Las sociedades mercantiles de la Generalitat.<\/li>\n<li>d) Las entidades p\u00fablicas empresariales de la Generalitat y otras entidades de derecho p\u00fablico distintas de las anteriores.<\/li>\n<li>e) Las fundaciones del sector p\u00fablico de la Generalitat y los consorcios adscritos a la Generalitat siempre que sus actos est\u00e9n sujetos directa o indirectamente al poder de decisi\u00f3n de dicha administraci\u00f3n.<\/li>\n<li>f) Las universidades p\u00fablicas y centros universitarios dependientes de la Generalitat, as\u00ed como sus entidades dependientes que hayan sido clasificadas dentro del sector de Administraci\u00f3n P\u00fablica de la Generalitat, de acuerdo con las normas del Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Art\u00edculo 28. De los gastos del personal incluido en el \u00e1mbito subjetivo del presente t\u00edtulo.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>En el a\u00f1o 2017, las retribuciones del personal al servicio de las distintas entidades o sujetos a que se refiere el art\u00edculo 27 de esta ley no podr\u00e1n experimentar ning\u00fan incremento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2016, en t\u00e9rminos de homogeneidad para los dos periodos de comparaci\u00f3n, tanto por lo que respecta a efectivos de personal como a la antig\u00fcedad del mismo.<\/li>\n<li>Durante el ejercicio 2017 las personas jur\u00eddicas, incluidas dentro del \u00e1mbito del presente t\u00edtulo, no podr\u00e1n:<\/li>\n<li>a) realizar aportaciones a planes de pensiones, de empleo, o contratos de seguro colectivos que incluyan la cobertura de la contingencia de jubilaci\u00f3n,<\/li>\n<li>b) convocar y\/o conceder cualquier ayuda en concepto de acci\u00f3n social, as\u00ed como cualquier otra que tenga la misma naturaleza y finalidad, sin perjuicio de la contrataci\u00f3n de p\u00f3lizas de seguro para la cobertura de contingencias por accidentes de los empleados y empleadas.<\/li>\n<li>Lo dispuesto en el apartado 1 de este art\u00edculo debe entenderse sin perjuicio de las adecuaciones retributivas que, con car\u00e1cter singular y excepcional, resulten imprescindibles por el contenido de los puestos de trabajo, por la variaci\u00f3n del n\u00famero de efectivos asignados a cada programa o por el grado de consecuci\u00f3n de los objetivos fijados al mismo.<\/li>\n<li>Los acuerdos, convenios o pactos que impliquen crecimientos retributivos superiores a los fijados en el apartado 1 deber\u00e1n experimentar la oportuna adecuaci\u00f3n, deviniendo inaplicables las cl\u00e1usulas que se opongan al mismo.<\/li>\n<li>Los complementos personales y transitorios, y dem\u00e1s retribuciones que tengan an\u00e1logo car\u00e1cter, siempre que no sean de car\u00e1cter general y obedezcan a situaciones concretas de una o m\u00e1s personas al servicio de las entidades y sujetos incluidos en el \u00e1mbito subjetivo del presente t\u00edtulo, as\u00ed como las indemnizaciones por raz\u00f3n de servicio y gratificaciones por servicios extraordinarios, se regir\u00e1n por su normativa espec\u00edfica, y por lo dispuesto en la presente ley.<\/li>\n<li>Las referencias relativas a retribuciones contenidas en esta ley se entienden siempre hechas a retribuciones \u00edntegras.<\/li>\n<li>El personal al servicio de las entidades y sujetos incluidos en el \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n subjetivo del presente t\u00edtulo, con excepci\u00f3n de aquel sometido al r\u00e9gimen de arancel, no podr\u00e1 percibir participaci\u00f3n alguna de los tributos, comisiones y otros ingresos como contraprestaci\u00f3n de cualquier servicio o jurisdicci\u00f3n, ni participaci\u00f3n o premio en multas impuestas, a\u00fan cuando estuviesen normativamente atribuidas al mismo, debiendo percibir \u00fanicamente las remuneraciones del correspondiente r\u00e9gimen retributivo, sin perjuicio de las que resulten de la aplicaci\u00f3n del r\u00e9gimen de incompatibilidades.<\/li>\n<li>Todos los acuerdos, convenios, pactos o instrumentos similares, as\u00ed como las medidas que se adopten en su cumplimiento o desarrollo, adoptados en el \u00e1mbito de la Administraci\u00f3n de la Generalitat y de su sector p\u00fablico instrumental, de los que deriven incrementos, directa o indirectamente, de gasto p\u00fablico en materia de gastos de personal, requerir\u00e1n con car\u00e1cter preceptivo y para su plena efectividad, el informe previo y favorable de la conselleria que tenga asignadas las competencias en materia de hacienda, siendo nulos de pleno derecho los que se alcancen sin dicho informe.<\/li>\n<li>Los l\u00edmites establecidos en el presente art\u00edculo ser\u00e1n de aplicaci\u00f3n a las retribuciones de los contratos mercantiles del personal al servicio de las entidades y sujetos incluidos en el \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n subjetivo del presente t\u00edtulo.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Art\u00edculo 29. R\u00e9gimen retributivo del personal al servicio de las entidades y sujetos incluidos en el \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n subjetivo del presente t\u00edtulo, sometidos a r\u00e9gimen administrativo y estatutario.<\/strong><\/p>\n<p>Con efectos de 1 de enero de 2017, las cuant\u00edas de los componentes de las retribuciones del personal al servicio de las entidades y sujetos incluidos en el \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n subjetivo del presente t\u00edtulo, sometido a r\u00e9gimen administrativo y estatutario ser\u00e1n las derivadas de la aplicaci\u00f3n de las siguientes normas:<\/p>\n<ol start=\"28\">\n<li>a) El sueldo y los trienios de dicho personal no podr\u00e1 experimentar incremento alguno respecto a los vigentes a 31 de diciembre de 2016, de acuerdo con lo previsto en el art\u00edculo 28.1, y por las cuant\u00edas reflejadas en el art\u00edculo 31.1.a) de esta ley.<\/li>\n<li>b) Las retribuciones complementarias de car\u00e1cter fijo y peri\u00f3dico asignadas a los puestos de trabajo que desempe\u00f1e, ser\u00e1n las vigentes a 31 de diciembre de 2016.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Lo dispuesto en el p\u00e1rrafo anterior, no impedir\u00e1 la adecuaci\u00f3n de dichas retribuciones cuando sea necesaria para asegurar que las asignadas a cada puesto de trabajo guarden la relaci\u00f3n procedente con el contenido de especial dificultad t\u00e9cnica, dedicaci\u00f3n, responsabilidad, peligrosidad o penosidad del mismo.<\/p>\n<ol start=\"31\">\n<li>c) Las pagas extraordinarias del personal incluido en el \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n de este art\u00edculo ser\u00e1n dos al a\u00f1o, una en el mes de junio y otra en el de diciembre. Cada una de dichas pagas incluir\u00e1 las cuant\u00edas de sueldo y trienios fijadas en el art\u00edculo 31.1.b) de esta ley y del complemento de destino o concepto retributivo equivalente mensual que se perciba.<\/li>\n<li>d) El conjunto de las restantes retribuciones complementarias ser\u00e1n las vigentes a 31 de diciembre de 2016, sin perjuicio de lo dispuesto en los art\u00edculos 31.1.e) y 40, y en la disposici\u00f3n adicional vig\u00e9sima cuarta de esta ley.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Lo dispuesto en el p\u00e1rrafo anterior debe entenderse sin perjuicio de las adecuaciones retributivas que, con car\u00e1cter singular resulten imprescindibles por el contenido de los puestos de trabajo, por la variaci\u00f3n del n\u00famero de efectivos asignados a cada programa, o por el grado de consecuci\u00f3n de los objetivos fijados al mismo.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 30. Retribuciones de las personas que ocupen puestos de altos cargos del Consell y de la Administraci\u00f3n de la Generalitat, as\u00ed como del personal directivo del sector p\u00fablico instrumental de la Generalitat.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Durante el ejercicio 2017 las retribuciones del personal a que se refiere el presente art\u00edculo no experimentar\u00e1n incremento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2016.<\/li>\n<li>A tal efecto, las retribuciones de las personas que componen el Consell y el nivel de \u00f3rganos superiores de las consellerias se fijan en las siguientes cuant\u00edas, referidas a doce mensualidades, sin derecho a pagas extraordinarias:<\/li>\n<\/ol>\n<table>\n<thead>\n<tr>\n<td><\/td>\n<td><strong>Euros<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<\/thead>\n<tbody>\n<tr>\n<td>Presidenta o presidente de la Generalitat<\/td>\n<td>68.292,12<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Vicepresidenta o Vicepresidente<\/td>\n<td>58.175,76<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Consellera o Conseller<\/td>\n<td>58.175,76<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Secretaria auton\u00f3mica o Secretario auton\u00f3mico<\/td>\n<td>58.162,44<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<ol start=\"3\">\n<li>Las retribuciones de las personas que integran el nivel directivo de las consellerias y asimilados, se fijan en las siguientes cuant\u00edas de sueldo base, complemento de destino y complemento espec\u00edfico, referidas a doce mensualidades:<\/li>\n<\/ol>\n<table>\n<thead>\n<tr>\n<td><\/td>\n<td><strong>Sueldo base<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u2013<\/strong><\/p>\n<p><strong>Euros<\/strong><\/td>\n<td><strong>Complemento<\/strong><\/p>\n<p><strong>de destino<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u2013<\/strong><\/p>\n<p><strong>Euros<\/strong><\/td>\n<td><strong>Complemento espec\u00edfico<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u2013<\/strong><\/p>\n<p><strong>Euros<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<\/thead>\n<tbody>\n<tr>\n<td>Subsecretario o subsecretaria<\/td>\n<td>12.519,48<\/td>\n<td>10.993,32<\/td>\n<td>32.052,84<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Director o directora general<\/td>\n<td>12.657,12<\/td>\n<td>11.114,04<\/td>\n<td>30.064,44<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>Las pagas extraordinarias ser\u00e1n dos al a\u00f1o, una en el mes de junio y otra en el de diciembre, por un importe cada una de ellas de una mensualidad del sueldo base indicado en el cuadro anterior y los trienios que, en su caso, le correspondan.<\/p>\n<ol start=\"4\">\n<li>Las retribuciones del personal directivo de las entidades del sector p\u00fablico instrumental, siempre que no desempe\u00f1e un puesto de alto cargo de la Administraci\u00f3n de la Generalitat, se sujetar\u00e1n a lo dispuesto en el Decreto 95\/2016, de 29 de julio, del Consell, de regulaci\u00f3n, limitaci\u00f3n y transparencia del r\u00e9gimen del personal directivo del sector p\u00fablico instrumental de la Generalitat.<\/li>\n<\/ol>\n<p>A los efectos de lo previsto en el art\u00edculo 34 de esta ley, las citadas retribuciones no se integrar\u00e1n en la masa salarial de sus respectivas entidades.<\/p>\n<p>El establecimiento o modificaci\u00f3n de las retribuciones del personal directivo de los entes que integren el sector p\u00fablico instrumental requerir\u00e1 informe favorable de las consellerias que tengan asignadas las competencias en materia de hacienda y de sector p\u00fablico.<\/p>\n<ol start=\"5\">\n<li>Conforme a lo establecido en el art\u00edculo 124 de la Ley 10\/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de Ordenaci\u00f3n y Gesti\u00f3n de la Funci\u00f3n P\u00fablica Valenciana, el personal funcionario declarado en servicios especiales por ser miembro del Consell, o alto cargo de la Administraci\u00f3n de la Generalitat, tendr\u00e1 derecho a la percepci\u00f3n, referida a catorce mensualidades, de los trienios que pudiera tener reconocido como personal funcionario, los cuales se abonar\u00e1n con cargo a los cr\u00e9ditos que se incluyen al efecto en los estados de gastos.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Art\u00edculo 31. Retribuciones de los funcionarios de la Generalitat incluidos en el \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n de la Ley 10\/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de Ordenaci\u00f3n y Gesti\u00f3n de la Funci\u00f3n P\u00fablica Valenciana.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>De conformidad con lo establecido en el art\u00edculo 28 de esta ley, y de acuerdo con lo previsto en la disposici\u00f3n final tercera de la Ley 10\/2010, de 9 de julio, las retribuciones a percibir en el a\u00f1o 2017 por los funcionarios incluidos en el \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n del presente art\u00edculo, ser\u00e1n las siguientes:<\/li>\n<li>a) El sueldo y los trienios, que correspondan al grupo o subgrupo de clasificaci\u00f3n profesional de pertenencia del personal a que se refiere el presente art\u00edculo, de acuerdo con las siguientes cuant\u00edas referidas a doce mensualidades, a percibir en las n\u00f3minas ordinarias de enero a diciembre de 2017:<\/li>\n<\/ol>\n<table>\n<thead>\n<tr>\n<td><strong>Grupo\/Subgrupo<\/strong><\/td>\n<td><strong>Grupo Ley 30\/1984<\/strong><\/td>\n<td><strong>Sueldo<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u2013<\/strong><\/p>\n<p><strong>Euros<\/strong><\/td>\n<td><strong>Trienios <\/strong><\/p>\n<p><strong>\u2013<\/strong><\/p>\n<p><strong>Euros<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<\/thead>\n<tbody>\n<tr>\n<td>A1<\/td>\n<td>A<\/td>\n<td>13.441,80<\/td>\n<td>516,96<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>A2<\/td>\n<td>B<\/td>\n<td>11.622,84<\/td>\n<td>421,44<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>B<\/td>\n<td>\u2013<\/td>\n<td>10.159,92<\/td>\n<td>369,96<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>C1<\/td>\n<td>C<\/td>\n<td>8.726,76<\/td>\n<td>318,96<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>C2<\/td>\n<td>D<\/td>\n<td>7.263,00<\/td>\n<td>216,96<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Agrupaciones profesionales<\/td>\n<td>E<\/td>\n<td>6.647,52<\/td>\n<td>163,32<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<ol start=\"29\">\n<li>b) Las pagas extraordinarias, que se percibir\u00e1n conforme a lo dispuesto en el art\u00edculo\u00a029.c) de esta ley, se ajustar\u00e1n cada una de ellas a las siguientes cuant\u00edas:<\/li>\n<\/ol>\n<p>\u2013 En concepto de sueldo y trienios:<\/p>\n<table>\n<thead>\n<tr>\n<td><strong>Grupo\/Subgrupo<\/strong><\/td>\n<td><strong>Grupo Ley 30\/1984<\/strong><\/td>\n<td><strong>Sueldo<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u2013<\/strong><\/p>\n<p><strong>Euros<\/strong><\/td>\n<td><strong>Trienios<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u2013<\/strong><\/p>\n<p><strong>Euros<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<\/thead>\n<tbody>\n<tr>\n<td>A1<\/td>\n<td>A<\/td>\n<td>691,21<\/td>\n<td>26,58<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>A2<\/td>\n<td>B<\/td>\n<td>706,38<\/td>\n<td>25,61<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>B<\/td>\n<td>\u2013<\/td>\n<td>731,75<\/td>\n<td>26,65<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>C1<\/td>\n<td>C<\/td>\n<td>628,53<\/td>\n<td>22,96<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>C2<\/td>\n<td>D<\/td>\n<td>599,73<\/td>\n<td>17,91<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Agrupaciones profesionales<\/td>\n<td>E<\/td>\n<td>553,96<\/td>\n<td>13,61<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>\u2013 En concepto de complemento de destino o concepto retributivo equivalente, la correspondiente a una mensualidad.<\/p>\n<ol>\n<li>c) El complemento de destino ser\u00e1 el correspondiente al nivel del puesto de trabajo desempe\u00f1ado, de acuerdo con las siguientes cuant\u00edas referidas a doce mensualidades:<\/li>\n<\/ol>\n<table>\n<thead>\n<tr>\n<td><strong>Nivel<\/strong><\/td>\n<td><strong>Importe en euros<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<\/thead>\n<tbody>\n<tr>\n<td>30<\/td>\n<td>11.741,28<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>29<\/td>\n<td>10.531,44<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>28<\/td>\n<td>10.088,76<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>27<\/td>\n<td>9.645,72<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>26<\/td>\n<td>8.462,28<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>25<\/td>\n<td>7.508,04<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>24<\/td>\n<td>7.065,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>23<\/td>\n<td>6.622,56<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>22<\/td>\n<td>6.179,28<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>21<\/td>\n<td>5.737,08<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>20<\/td>\n<td>5.329,20<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>19<\/td>\n<td>5.057,16<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>18<\/td>\n<td>4.784,88<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>17<\/td>\n<td>4.512,72<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>16<\/td>\n<td>4.241,16<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>15<\/td>\n<td>3.968,64<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>14<\/td>\n<td>3.696,84<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>13<\/td>\n<td>3.424,32<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>12<\/td>\n<td>3.152,16<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>11<\/td>\n<td>2.880,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>10<\/td>\n<td>2.608,20<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>9<\/td>\n<td>2.472,12<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>8<\/td>\n<td>2.335,68<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>7<\/td>\n<td>2.199,84<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>6<\/td>\n<td>2.063,76<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>5<\/td>\n<td>1.927,68<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>4<\/td>\n<td>1.723,68<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>3<\/td>\n<td>1.520,16<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>2<\/td>\n<td>1.315,92<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>1<\/td>\n<td>1.112,04<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<ol start=\"2016\">\n<li>d) Los complementos espec\u00edficos o conceptos an\u00e1logos asignados a los puestos de trabajo desempe\u00f1ados por el personal a que se refiere el presente art\u00edculo, cuya cuant\u00eda anual no experimentar\u00e1 incremento respecto a la vigente a 31 de diciembre de 2016.<\/li>\n<\/ol>\n<p>El complemento espec\u00edfico anual, se percibir\u00e1 en 14 pagas iguales, de las que doce ser\u00e1n de percibo mensual y dos adicionales, del mismo importe que una mensual, una en el mes de junio y otra en diciembre, respectivamente, sin perjuicio de lo dispuesto en el art\u00edculo 40 de esta ley.<\/p>\n<ol>\n<li>e) El complemento de carrera profesional horizontal, de acuerdo con lo previsto en la disposici\u00f3n adicional vig\u00e9sima cuarta de esta ley.<\/li>\n<li>f) Durante el ejercicio 2017 la cuant\u00eda destinada al complemento de productividad, dentro de cada secci\u00f3n presupuestaria o equivalente, no experimentar\u00e1 incremento respecto a la vigente a 31 de diciembre de 2016.<\/li>\n<\/ol>\n<p>El complemento de productividad, se aplicar\u00e1, en su caso, con los criterios que establezca el Consell, a propuesta de la conselleria que tenga asignadas las competencias en materia de hacienda, y para su aplicaci\u00f3n se estar\u00e1, en todo caso, a lo previsto en el art\u00edculo 55.2.b del texto refundido de la Ley de la Funci\u00f3n P\u00fablica Valenciana, aprobado por Decreto Legislativo de 24 de octubre de 1995, del Consell. A tal efecto, se autoriza a la citada conselleria para dotar, en su caso, los cr\u00e9ditos globales destinados a atender el mencionado complemento, una vez hayan sido fijados los criterios por el Consell.<\/p>\n<p>En ning\u00fan caso, las cuant\u00edas asignadas por complemento de productividad durante un per\u00edodo de tiempo originar\u00e1n derecho individual alguno respecto a las valoraciones o apreciaciones correspondientes a per\u00edodos sucesivos.<\/p>\n<p>La conselleria que tenga asignadas las competencias en materia de hacienda, podr\u00e1 modificar la cuant\u00eda de los cr\u00e9ditos globales destinados a atender el complemento de productividad para adecuarla al n\u00famero de efectivos asignados a cada programa y al grado de consecuci\u00f3n de los objetivos fijados al mismo.<\/p>\n<ol>\n<li>g) La concesi\u00f3n de gratificaciones por servicios extraordinarios ser\u00e1 competencia del Consell, a propuesta de la conselleria que resulte afectada, previo informe favorable de la conselleria que tenga asignadas las competencias en materia de hacienda.<\/li>\n<li>h) Lo dispuesto en los apartados anteriores debe entenderse sin perjuicio de la adecuaci\u00f3n de las retribuciones complementarias, de car\u00e1cter fijo y peri\u00f3dico, cuando sea necesario, para asegurar que las asignadas a cada puesto de trabajo guarden la relaci\u00f3n procedente con el contenido de especial dificultad t\u00e9cnica, dedicaci\u00f3n, responsabilidad, peligrosidad o penosidad del mismo.<\/li>\n<li>i) Los complementos personales de garant\u00eda y los transitorios se mantendr\u00e1n en las mismas cuant\u00edas que a 31 de diciembre de 2016, siendo absorbidos por las mejoras que puedan derivarse del cambio de grupo o subgrupo, nivel, puesto de trabajo, la promoci\u00f3n profesional, el reconocimiento o progresi\u00f3n del grado de carrera profesional o desarrollo profesional o cualquier otro incremento retributivo, incluido, en su caso, el de car\u00e1cter general, que afecte al puesto de trabajo o grupo o subgrupo de pertenencia En ning\u00fan caso, se considerar\u00e1n los trienios, el complemento de productividad, las gratificaciones extraordinarias ni las indemnizaciones por raz\u00f3n de servicio.<\/li>\n<\/ol>\n<p>\u00danicamente se proceder\u00e1 al reconocimiento de nuevos complementos personales, que en todo caso tendr\u00e1n el car\u00e1cter de transitorios, para el mantenimiento de las retribuciones calculadas en c\u00f3mputo anual, en los supuestos de clasificaci\u00f3n inicial en la Generalitat como consecuencia de transferencias de competencias, as\u00ed como los que se puedan reconocer en aplicaci\u00f3n de un plan de ordenaci\u00f3n del personal.<\/p>\n<ol start=\"24\">\n<li>j) No obstante lo dispuesto en los apartados anteriores, y en lo que se refiere a los complementos de destino y espec\u00edfico del personal del grupo E\/agrupaciones profesionales de la Ley 10\/2010, de 9 de julio, se mantendr\u00e1n las mismas cuant\u00edas que a 31 de diciembre de 2016, atendiendo a las condiciones retributivas previstas en el art\u00edculo 24.1.B.d de la Ley 13\/2009, de 29 de diciembre.<\/li>\n<li>A los efectos de lo dispuesto en el art\u00edculo 28.8 de esta ley, con car\u00e1cter previo a cualquier negociaci\u00f3n que implique modificaci\u00f3n de condiciones retributivas, y con independencia de que conlleve o no crecimiento real del cap\u00edtulo I, y de la naturaleza consolidable o no del gasto afectado por la misma, deber\u00e1 solicitarse de la conselleria que tenga asignadas las competencias en materia de hacienda la oportuna autorizaci\u00f3n, que deber\u00e1 contemplar, en todo caso, las disponibilidades presupuestarias existentes en el programa presupuestario al que se encuentre adscrito el puesto o puestos de trabajo cuyas retribuciones se pretende modificar.<\/li>\n<li>Los cr\u00e9ditos de personal, presupuestariamente consignados, no implicar\u00e1n necesariamente reconocimiento de derechos ni modificaciones de plantillas presupuestarias.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Art\u00edculo 32. Retribuciones del personal al servicio de las instituciones sanitarias.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>El personal incluido en el \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n de la Ley 55\/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud, percibir\u00e1 las retribuciones b\u00e1sicas y el complemento de destino en las cuant\u00edas se\u00f1aladas a dichos conceptos en los art\u00edculos 29 y 31 de esta ley.<\/li>\n<li>La cuant\u00eda anual de las retribuciones correspondientes a los complementos espec\u00edficos que est\u00e9n asignados a dicho personal, no experimentar\u00e1 incremento respecto a la vigente a 31 de diciembre de 2016, sin perjuicio, en su caso, de lo previsto en el art\u00edculo 31.1.h y en el art\u00edculo 40 de esta ley.<\/li>\n<li>La cuant\u00eda anual de las retribuciones correspondientes a los complementos de carrera profesional y desarrollo profesional que tengan reconocidos el personal que ostenta la condici\u00f3n de personal sanitario conforme a lo dispuesto en el Decreto 71\/1989, de 15 de mayo, del Consell de la Generalitat, no experimentar\u00e1 incremento respecto a la vigente a 31 de diciembre de 2016 Solo tendr\u00e1 derecho a la percepci\u00f3n de los citados complementos retributivos el personal sanitario que ostente la condici\u00f3n de estatutario fijo o funcionario de carrera Por consiguiente, cualquier otro personal que tenga reconocido o est\u00e9 percibiendo alguno de dichos complementos retributivos sin cumplir las condiciones anteriormente indicadas perder\u00e1 el derecho a la percepci\u00f3n de los mismos.<\/li>\n<li>Las restantes retribuciones complementarias que, en su caso, pudiera percibir el personal a que se refiere el presente art\u00edculo, igualmente no experimentar\u00e1n ning\u00fan incremento respecto de las vigentes a 31 de diciembre de 2016.<\/li>\n<li>De acuerdo con las dotaciones presupuestarias que se prevean anualmente, el personal sanitario a que se refiere el apartado 1, y que preste servicios en los centros e instituciones sanitarias dependientes de la conselleria que tenga asignadas las competencias en materia de sanidad, podr\u00e1 percibir una productividad variable, que responder\u00e1 a la ponderaci\u00f3n de los siguientes par\u00e1metros: uso eficiente de los recursos, calidad asistencial, accesibilidad y grado de implicaci\u00f3n en actividades propias de la organizaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<p>En todo caso, las cantidades que perciba cada persona por este concepto ser\u00e1n de conocimiento p\u00fablico del personal de la instituci\u00f3n sanitaria donde preste servicios, as\u00ed como de quienes tengan la representaci\u00f3n sindical del citado personal. La cuantificaci\u00f3n de los par\u00e1metros, fijaci\u00f3n de los criterios de distribuci\u00f3n y, en su caso, la modificaci\u00f3n de los mismos, se establecer\u00e1 mediante acuerdo del Consell. La cuant\u00eda individual del complemento de productividad se fijar\u00e1 mediante resoluci\u00f3n de la persona que tenga asignada la titularidad de la conselleria con competencias en materia de sanidad.<\/p>\n<p>El cr\u00e9dito total asignado a este concepto retributivo no experimentar\u00e1 ning\u00fan incremento, en t\u00e9rminos anuales, respecto del establecido a 31 de diciembre de 2016, en los t\u00e9rminos y condiciones previstos en el apartado 1.f) del art\u00edculo 31 de esta ley.<\/p>\n<ol start=\"6\">\n<li>Los complementos personales de garant\u00eda, los transitorios y todos aquellos complementos que no obedezcan a retribuciones de car\u00e1cter general, incluido el complemento de productividad compensatoria, que pudiera tener reconocidos el personal sanitario a que se refiere el apartado 3 de este art\u00edculo, se regular\u00e1n en cuanto al incremento anual aplicable por lo previsto en el art\u00edculo 28.5 de esta ley, y en cuanto al r\u00e9gimen de absorci\u00f3n por lo previsto en el art\u00edculo 31.1.i) de esta ley. A tal efecto, el complemento de productividad compensatoria ser\u00e1 absorbido en c\u00f3mputo anual, por un importe equivalente al 100 por ciento del incremento retributivo, cuando sea como consecuencia del cambio de grupo o subgrupo, nivel, puesto de trabajo, carrera profesional, desarrollo profesional o cualquier otro incremento retributivo que afecte al puesto de trabajo, grupo o subgrupo de pertenencia, o al grado de carrera o desarrollo profesional.<\/li>\n<li>El personal licenciado o diplomado en alguna de las titulaciones recogidas en los art\u00edculos 6 y 7 de la Ley 44\/2003, de 21 de noviembre, de Ordenaci\u00f3n de las Profesiones Sanitarias, que ocupen puestos en la Administraci\u00f3n de la Generalitat adscritos a la conselleria que tenga asignadas las competencias en materia de sanidad, para los que se incluya como requisito el estar en posesi\u00f3n de alguna de dichas titulaciones, tendr\u00e1 la consideraci\u00f3n de personal sanitario conforme a lo dispuesto en el Decreto 71\/1989, de 15 de mayo, del Consell de la Generalitat.<\/li>\n<li>Las retribuciones del personal en formaci\u00f3n, personal de cupo y zona y personal de cuerpos sanitarios locales al servicio de las instituciones sanitarias, de acuerdo con lo dispuesto en el art\u00edculo 28.1 de esta ley, no experimentar\u00e1n ning\u00fan incremento respecto a las cuant\u00edas vigentes a 31 de diciembre de 2016.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Art\u00edculo 33. Retribuciones del personal eventual.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Durante el ejercicio 2017 las retribuciones del personal a que se refiere el presente art\u00edculo no experimentar\u00e1n incremento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2016.<\/li>\n<li>Conforme a lo establecido en el art\u00edculo 124 de la Ley 10\/2010, de 9 de julio, el personal funcionario declarado en servicios especiales por ser nombrado en un puesto de naturaleza eventual en la Generalitat tendr\u00e1 derecho a la percepci\u00f3n, referida a catorce mensualidades, de los trienios que pudiera tener reconocido como personal funcionario, los cuales se abonar\u00e1n con cargo a los cr\u00e9ditos que se incluyen al efecto en los estados de gastos.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Art\u00edculo 34. R\u00e9gimen retributivo del personal laboral al servicio de las entidades y sujetos incluidos en \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n del presente t\u00edtulo.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>La masa salarial del personal laboral al servicio de las entidades y sujetos incluidos en el \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n subjetivo del presente t\u00edtulo, que no experimentar\u00e1 incremento alguno en 2017, est\u00e1 integrada, al efecto de esta ley, por el conjunto de las retribuciones salariales y extrasalariales devengadas durante el ejercicio 2016 por el citado personal, con el l\u00edmite, para el personal de la administraci\u00f3n de la Generalitat y de su sector p\u00fablico instrumental, de las cuant\u00edas informadas favorablemente por la conselleria que tenga asignadas las competencias en materia de hacienda para este ejercicio presupuestario.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Se except\u00faan en todo caso:<\/p>\n<ol>\n<li>a) Las prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social.<\/li>\n<li>b) Las cotizaciones al sistema de la Seguridad Social a cargo de la entidad ocupadora.<\/li>\n<li>c) Las indemnizaciones correspondientes a traslados, suspensiones o despidos.<\/li>\n<li>d) Las indemnizaciones o los suplidos por gastos que hubiera realizado la persona empleada.<\/li>\n<\/ol>\n<p>La limitaci\u00f3n del incremento a que se refiere el p\u00e1rrafo primero operar\u00e1 sin perjuicio de lo que pudiera derivarse de la modificaci\u00f3n de los sistemas de organizaci\u00f3n de trabajo o clasificaci\u00f3n profesional y de la consecuci\u00f3n de los objetivos asignados en cada conselleria mediante el incremento de la productividad.<\/p>\n<ol start=\"2\">\n<li>Las variaciones de la masa salarial bruta se calcular\u00e1n en t\u00e9rminos de homogeneidad para los dos per\u00edodos objeto de la comparaci\u00f3n, tanto en lo que respecta a los efectivos de personal y su antig\u00fcedad como al r\u00e9gimen privativo de trabajo, jornada, horas extraordinarias efectuadas y otras condiciones laborales, comput\u00e1ndose por separado las cantidades que correspondan a las variaciones en tales conceptos.<\/li>\n<li>Lo previsto en los apartados anteriores representa el l\u00edmite m\u00e1ximo de masa salarial, cuya distribuci\u00f3n y aplicaci\u00f3n individual se producir\u00e1 a trav\u00e9s de la negociaci\u00f3n colectiva.<\/li>\n<\/ol>\n<p>En el \u00e1mbito de la Administraci\u00f3n de la Generalitat y de su sector p\u00fablico instrumental, la autorizaci\u00f3n de la masa salarial ser\u00e1 requisito previo para el comienzo de las negociaciones de convenios o acuerdos colectivos que se celebren en el a\u00f1o 2017, y con cargo a ella deber\u00e1n satisfacerse la totalidad de las retribuciones del personal laboral derivadas del correspondiente acuerdo y todas las que se devenguen a lo largo del expresado a\u00f1o.<\/p>\n<ol start=\"4\">\n<li>Con anterioridad al 1 de marzo de 2017, los distintos \u00f3rganos de la Administraci\u00f3n de la Generalitat con competencias en materia de personal, y los responsables de los distintos sujetos que conforman el sector p\u00fablico instrumental de la Generalitat, deber\u00e1n solicitar a la conselleria que tenga asignadas las competencias en materia de hacienda, la correspondiente autorizaci\u00f3n de masa salarial, aportando al efecto la certificaci\u00f3n de las retribuciones salariales satisfechas y devengadas en 2016 La masa salarial autorizada se tendr\u00e1 en cuenta para determinar, en t\u00e9rminos de homogeneidad, los cr\u00e9ditos o dotaciones correspondientes a las retribuciones del personal laboral afectado.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Las entidades que conforman el sector p\u00fablico de la Generalitat deber\u00e1n remitir a la conselleria que tenga asignadas las competencias en materia de hacienda, junto a la solicitud de autorizaci\u00f3n de la masa salarial, informaci\u00f3n relativa a la contrataci\u00f3n temporal realizada en el ejercicio anterior, detallando el n\u00famero de jornadas anualizadas y el coste de las mismas, as\u00ed como cualquier otra informaci\u00f3n relativa a los costes de personal asumidos durante el ejercicio anterior.<\/p>\n<p>Mediante orden de la conselleria competente en materia de hacienda, se establecer\u00e1n los requisitos de la informaci\u00f3n a suministrar por las entidades mencionadas en el p\u00e1rrafo anterior, y el procedimiento para la autorizaci\u00f3n de la masa salarial.<\/p>\n<ol start=\"5\">\n<li>Cuando se trate de personal no sujeto a convenio colectivo, cuyas retribuciones vengan determinadas en todo o en parte mediante contrato laboral, deber\u00e1n comunicarse a la conselleria que tenga asignadas las competencias en materia de hacienda las retribuciones satisfechas y devengadas durante 2016.<\/li>\n<li>Las indemnizaciones, complementos personales de garant\u00eda y dem\u00e1s retribuciones de car\u00e1cter an\u00e1logo del personal laboral no podr\u00e1n experimentar crecimiento respecto a 2016.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Art\u00edculo 35. Requisitos para la determinaci\u00f3n o modificaci\u00f3n de retribuciones del personal laboral y no funcionario al servicio de la Administraci\u00f3n de la Generalitat y de su sector p\u00fablico instrumental.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Durante el a\u00f1o 2017, para proceder a determinar o modificar las condiciones retributivas del personal laboral y no funcionario al servicio de la Administraci\u00f3n de la Generalitat y de su sector p\u00fablico instrumental, ser\u00e1n preceptivos los siguientes informes favorables:<\/li>\n<li>a) Para el personal al servicio de la Administraci\u00f3n de la Generalitat y de los organismos aut\u00f3nomos adscritos a la misma, los correspondientes a las consellerias competentes en materia de hacienda y funci\u00f3n p\u00fablica.<\/li>\n<li>b) Para el personal al servicio de los consorcios hospitalarios a los que se refiere el apartado 3 del art\u00edculo 2 de la presente ley, los correspondientes a las consellerias competentes en materia de hacienda y sanidad.<\/li>\n<li>c) Para el personal al servicio del resto de sujetos que conforman el sector p\u00fablico instrumental de la Generalitat, los correspondientes a las consellerias competentes en materia de hacienda y sector p\u00fablico.<\/li>\n<li>A los efectos de este art\u00edculo, se entender\u00e1 por determinaci\u00f3n o modificaci\u00f3n de condiciones retributivas del personal laboral y no funcionario las siguientes actuaciones:<\/li>\n<li>a) Determinaci\u00f3n de las retribuciones para puestos de nueva creaci\u00f3n, o modificaci\u00f3n de las correspondientes a puestos ya existentes en la relaci\u00f3n de puestos de trabajo de la entidad u organismo.<\/li>\n<li>b) Firmas de convenios colectivos, acuerdos o instrumentos similares suscritos por cualquiera de los sujetos que integran el sector p\u00fablico instrumental de la Generalitat, as\u00ed como sus revisiones, adhesiones o extensiones a los mismos.<\/li>\n<li>c) Aplicaci\u00f3n del vigente Convenio colectivo del personal laboral al servicio de la Administraci\u00f3n de la Generalitat y de los convenios colectivos de \u00e1mbito sectorial, as\u00ed como sus revisiones y las adhesiones o extensiones de los mismos.<\/li>\n<li>d) Fijaci\u00f3n de las retribuciones mediante contrato individual, ya se trate de personal fijo o contratado por tiempo determinado, cuando no vengan reflejadas en todo o en parte mediante convenio colectivo, con excepci\u00f3n del personal temporal sujeto a la relaci\u00f3n laboral de car\u00e1cter especial regulada en el art\u00edculo 2, apartado 1, letra a, del Real Decreto Legislativo 2\/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores No obstante, se deber\u00e1 facilitar informaci\u00f3n de las retribuciones de este \u00faltimo personal a la consellerias competentes para la emisi\u00f3n de los informes mencionados en el apartado 1 del presente art\u00edculo.<\/li>\n<li>e) Otorgamiento de cualquier clase de mejoras salariales de tipo unilateral, con car\u00e1cter individual o colectivo, aunque se deriven de la aplicaci\u00f3n extensiva del r\u00e9gimen retributivo del personal sometido a r\u00e9gimen administrativo al servicio del sector p\u00fablico de la Generalitat.<\/li>\n<li>La determinaci\u00f3n o modificaci\u00f3n de las retribuciones se sujetar\u00e1 al siguiente procedimiento:<\/li>\n<li>a) La propuesta o proyecto, con car\u00e1cter previo a su acuerdo o firma, se remitir\u00e1 a las consellerias competentes a los efectos de la emisi\u00f3n de los informes previstos en el apartado primero, acompa\u00f1ado de una memoria econ\u00f3mica que incluya una valoraci\u00f3n de su coste, as\u00ed como de los efectos en los estados de ingresos y gastos de los programas presupuestarios de la Generalitat y de las entidades con contabilidad presupuestaria, y en los estados de recursos y dotaciones del resto de personas jur\u00eddicas afectadas En todo caso, la propuesta deber\u00e1 venir debidamente motivada.<\/li>\n<li>b) Los mencionados informes ser\u00e1n evacuados en el plazo m\u00e1ximo de 20 d\u00edas, a contar desde la fecha de recepci\u00f3n del proyecto y de su valoraci\u00f3n, y versar\u00e1n sobre:<\/li>\n<\/ol>\n<p>\u2013 El correspondiente a la conselleria competente en materia de hacienda, sobre todos aquellos extremos de los que se deriven consecuencias directas o indirectas en materia de gasto p\u00fablico, tanto para el a\u00f1o 2017 como para ejercicios futuros, y, especialmente, en lo que se refiere a la determinaci\u00f3n de la masa salarial y al control de su crecimiento,<\/p>\n<p>\u2013 El correspondiente a la conselleria competente en materia de funci\u00f3n p\u00fablica, sobre las repercusiones respecto de las relaciones de puestos de trabajo y, en general, su adecuaci\u00f3n a la pol\u00edtica de recursos humanos de la Generalitat,<\/p>\n<p>\u2013 El correspondiente a la conselleria competente en materia de sanidad, sobre las repercusiones relativas a la calidad asistencial hospitalaria y la adecuaci\u00f3n a las pol\u00edticas retributivas del personal de instituciones sanitarias,<\/p>\n<p>\u2013 El correspondiente a la conselleria competente en materia de sector p\u00fablico, sobre las repercusiones respecto de la relaci\u00f3n de puestos de trabajo de la entidad y, en general, sobre su coherencia respecto de la pol\u00edtica retributiva y los procesos de reestructuraci\u00f3n y racionalizaci\u00f3n del sector p\u00fablico instrumental.<\/p>\n<p>De no emitirse, cualquiera de los mencionados informes, en el plazo se\u00f1alado, se entender\u00e1 que el mismo es desfavorable.<\/p>\n<ol start=\"4\">\n<li>Ser\u00e1n nulos de pleno derecho los acuerdos adoptados en esta materia con omisi\u00f3n del tr\u00e1mite de informe o en contra de un informe desfavorable, considerado de acuerdo con el apartado anterior, as\u00ed como los pactos que impliquen crecimientos salariales para ejercicios sucesivos contrarios a lo que determinen las futuras leyes de presupuestos.<\/li>\n<li>Durante el 2017 el personal laboral y no funcionario que preste sus servicios en cualquiera de los distintos sujetos que integran el sector p\u00fablico instrumental de la Generalitat, no podr\u00e1 devengar, ni, en consecuencia percibir, retribuci\u00f3n alguna en concepto de productividad En tal sentido, durante 2017 las citadas personas jur\u00eddicas no podr\u00e1n aplicar el concepto de productividad.<\/li>\n<li>No podr\u00e1n autorizarse gastos derivados de la determinaci\u00f3n o modificaci\u00f3n de las retribuciones del personal incluido en el presente art\u00edculo, sin el cumplimiento de los requisitos establecidos en el mismo.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Art\u00edculo 36. De la oferta de empleo p\u00fablico u otro instrumento similar de gesti\u00f3n de la provisi\u00f3n de necesidades de personal.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>A lo largo del ejercicio 2017 \u00fanicamente se podr\u00e1 proceder, en el \u00e1mbito subjetivo delimitado en el art\u00edculo 27 de esta ley, a excepci\u00f3n de las sociedades mercantiles de la Generalitat, entidades p\u00fablicas empresariales de la Generalitat, las fundaciones del sector p\u00fablico de la Generalitat y consorcios adscritos a la Generalitat siempre que sus actos est\u00e9n sujetos directa o indirectamente al poder de decisi\u00f3n de aquella, que se regir\u00e1n por lo dispuesto en la disposici\u00f3n adicional vig\u00e9sima de esta ley, y de las instituciones a que se refiere el art\u00edculo 20.3 del Estatut d\u00b4Autonomia de la Comunitat Valenciana, a la incorporaci\u00f3n de nuevo personal con sujeci\u00f3n a los l\u00edmites y requisitos establecidos en los apartados siguientes, salvo la que pueda derivarse de la ejecuci\u00f3n de procesos selectivos correspondientes a ofertas de empleo p\u00fablico de ejercicios anteriores Esta limitaci\u00f3n alcanza a las plazas incursas en los procesos de consolidaci\u00f3n de empleo p\u00fablico previstos en la disposici\u00f3n transitoria cuarta del Estatuto B\u00e1sico del Empleado P\u00fablico.<\/li>\n<li>Respetando, en todo caso, las disponibilidades presupuestarias del cap\u00edtulo I de los correspondientes presupuestos de gastos, en los siguientes sectores o funciones la tasa de reposici\u00f3n se fijar\u00e1 hasta un m\u00e1ximo del 100 por ciento:<\/li>\n<li>a) Administraci\u00f3n educativa, en materia de educaci\u00f3n no universitaria, en relaci\u00f3n con la determinaci\u00f3n del n\u00famero de plazas para el acceso a los cuerpos de funcionarios docentes.<\/li>\n<li>b) Administraci\u00f3n Sanitaria, respecto de las plazas de hospitales y centros de salud del Sistema Nacional de Salud.<\/li>\n<li>c) Puestos de trabajo cuyas funciones est\u00e9n vinculadas al control y lucha contra el fraude fiscal, laboral, de subvenciones p\u00fablicas y del control de la asignaci\u00f3n eficiente de los recursos p\u00fablicos.<\/li>\n<li>d) Puestos de trabajo cuyas funciones est\u00e9n vinculadas al asesoramiento jur\u00eddico y a la gesti\u00f3n de los recursos p\u00fablicos.<\/li>\n<li>e) Puestos de trabajo cuyas funciones est\u00e9n vinculadas a los servicios de prevenci\u00f3n y extinci\u00f3n de incendios.<\/li>\n<li>f) Plazas de personal investigador doctor adscritas a organismos p\u00fablicos de investigaci\u00f3n definidos en la Ley 14\/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnolog\u00eda y la Innovaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Igualmente, con el l\u00edmite m\u00e1ximo del 100 por ciento de la tasa de reposici\u00f3n, se autoriza a los organismos p\u00fablicos de investigaci\u00f3n para la contrataci\u00f3n de personal investigador doctor que haya superado una evaluaci\u00f3n equivalente al certificado I3, en la modalidad de investigador distinguido, como personal laboral fijo en dichos organismos, previa acreditaci\u00f3n de que la oferta de empleo p\u00fablico de estas plazas no afecta a los l\u00edmites fijados en la Ley Org\u00e1nica 2\/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.<\/p>\n<ol>\n<li>g) A las plazas de los cuerpos de catedr\u00e1ticos de universidad y de profesores titulares de universidad y a las plazas de personal de administraci\u00f3n y servicios de las universidades p\u00fablicas de la Generalitat y centros universitarios dependientes, en los t\u00e9rminos y condiciones establecidos en la legislaci\u00f3n b\u00e1sica en materia de oferta p\u00fablica de empleo.<\/li>\n<li>h) A las plazas correspondientes a la seguridad a\u00e9rea, respecto del personal que realiza actuaciones de inspecci\u00f3n y supervisi\u00f3n de la seguridad a\u00e9rea, las operaciones de vuelo y operaciones aeroportuarias y actuaciones relacionadas con las mismas, y a las plazas de personal en relaci\u00f3n con la seguridad mar\u00edtima, que realiza tareas de salvamento mar\u00edtimo y prevenci\u00f3n y lucha contra la contaminaci\u00f3n marina, as\u00ed como a las plazas de personal en relaci\u00f3n con la seguridad ferroviaria y las operaciones ferroviarias.<\/li>\n<li>i) A las plazas de personal que presta asistencia directa a los usuarios de servicios sociales.<\/li>\n<li>j) A las plazas de personal que realiza la gesti\u00f3n de prestaciones y pol\u00edticas activas en materia de empleo.<\/li>\n<li>En los sectores no recogidos en el apartado anterior, la tasa de reposici\u00f3n se fijar\u00e1 hasta un m\u00e1ximo del 50 por ciento.<\/li>\n<li>Las consellerias con competencias en materia de hacienda y de funci\u00f3n p\u00fablica, podr\u00e1n proponer, a los efectos de la oferta de empleo p\u00fablico de los sectores y funciones se\u00f1alados en el apartado segundo, la acumulaci\u00f3n de las plazas resultantes de la aplicaci\u00f3n de la tasa de reposici\u00f3n correspondiente a cada sector o funci\u00f3n, en aquellos puestos de trabajo cuya cobertura se considere prioritaria o que afecten al funcionamiento de los servicios p\u00fablicos esenciales En todos los casos ser\u00e1 necesaria la previa valoraci\u00f3n e informe sobre su repercusi\u00f3n en los costes de personal, y que en todo caso la acumulaci\u00f3n venga referida a puestos de trabajo susceptibles de incluirse en alguno de los sectores o funciones recogidos en dicho apartado segundo.<\/li>\n<li>A los efectos de lo previsto en los apartados anteriores, tanto para el c\u00e1lculo de la tasa de reposici\u00f3n de efectivos como para la aprobaci\u00f3n y publicaci\u00f3n de la oferta de empleo p\u00fablico, y de las consiguientes convocatorias de plazas que se efect\u00faen, se estar\u00e1 igualmente a lo establecido en la normativa b\u00e1sica.<\/li>\n<li>Durante el a\u00f1o 2017, no se proceder\u00e1 a la contrataci\u00f3n de personal laboral temporal, ni al nombramiento de personal estatutario temporal o de funcionarios interinos, en el \u00e1mbito de la administraci\u00f3n de la Generalitat y de su sector p\u00fablico instrumental, excepto en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables que se restringir\u00e1n a los sectores o funciones que se consideren prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios p\u00fablicos esenciales.<\/li>\n<\/ol>\n<p>A tal efecto ser\u00e1 el Consell el \u00f3rgano competente para, mediante acuerdo, concretar los citados sectores o funciones.<\/p>\n<p>La contrataci\u00f3n de personal laboral temporal, el nombramiento de personal funcionario interino y de personal estatutario temporal, en las condiciones establecidas en el p\u00e1rrafo primero, requerir\u00e1 la autorizaci\u00f3n previa de las consellerias que tengan asignadas las competencias en materia de hacienda y en materia de funci\u00f3n p\u00fablica.<\/p>\n<p>No obstante lo anterior, no se requerir\u00e1 la autorizaci\u00f3n de la conselleria que tenga asignadas las competencias en materia de funci\u00f3n p\u00fablica y, en consecuencia, nada m\u00e1s ser\u00e1 necesaria la autorizaci\u00f3n de la conselleria que tenga asignadas las competencias en materia de hacienda, para la contrataci\u00f3n de personal laboral temporal o el nombramiento de personal estatutario temporal o funcionario interino en los siguientes supuestos:<\/p>\n<ol>\n<li>a) En el \u00e1mbito de las entidades de derecho p\u00fablico de la Generalitat, entidades p\u00fablicas empresariales de la Generalitat, sociedades mercantiles de la Generalitat, de las fundaciones del sector p\u00fablico de la Generalitat y de los consorcios adscritos a la Generalitat siempre que sus actos est\u00e9n sujetos directamente o indirectamente al poder de decisi\u00f3n de esta administraci\u00f3n.<\/li>\n<li>b) En el \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n de la Ley 55\/2003, de 16 de diciembre.<\/li>\n<li>c) Para el personal docente.<\/li>\n<li>d) Para el personal al servicio de la administraci\u00f3n de justicia, competencia de la comunidad aut\u00f3noma.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Mediante orden de la conselleria competente en materia de hacienda, se fijar\u00e1n las condiciones, los criterios y las limitaciones de la autorizaci\u00f3n a que se refiere este apartado, que para determinados supuestos podr\u00e1 articularse mediante un sistema de cupos.<\/p>\n<ol start=\"7\">\n<li>La celebraci\u00f3n de contratos de puesta a disposici\u00f3n con empresas de trabajo temporal solo podr\u00e1 formalizarse en las condiciones del apartado anterior, y, a tal efecto, requerir\u00e1, en todo caso, la previa autorizaci\u00f3n de la conselleria con competencias en materia de hacienda.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Art\u00edculo 37. De la contrataci\u00f3n de personal temporal con cargo a los cr\u00e9ditos para inversiones.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Las distintas consellerias y los organismos aut\u00f3nomos de la Generalitat podr\u00e1n formalizar durante 2017, con cargo a los respectivos cr\u00e9ditos de inversiones, contratos laborales de car\u00e1cter temporal para la realizaci\u00f3n de obras o servicios, siempre que se d\u00e9 la concurrencia de los siguientes requisitos:<\/li>\n<li>a) Que la contrataci\u00f3n tenga por objeto la ejecuci\u00f3n de obras por administraci\u00f3n directa y con aplicaci\u00f3n de la legislaci\u00f3n de contratos del Estado, o la realizaci\u00f3n de servicios que tengan la naturaleza de inversiones.<\/li>\n<li>b) Que tales obras o servicios correspondan a inversiones previstas y aprobadas en los Presupuestos de la Generalitat vigentes.<\/li>\n<li>c) Que las obras o servicios no puedan ser ejecutados con el personal fijo de plantilla y no exista disponibilidad suficiente en el cr\u00e9dito presupuestario destinado a la contrataci\u00f3n de personal.<\/li>\n<li>A los efectos de lo previsto en el art\u00edculo 38 de esta ley, en los contratos a los que se refiere el presente art\u00edculo se har\u00e1 constar la obra o servicio para cuya realizaci\u00f3n se formaliza el contrato y el tiempo de duraci\u00f3n, as\u00ed como el resto de las formalidades que impone la legislaci\u00f3n sobre contratos laborales, eventuales o temporales En todo caso, deber\u00e1 evitarse la asignaci\u00f3n de personal contratado para funciones distintas de las determinadas en los contratos, de las que pudieran derivarse derechos de permanencia para el personal contratado.<\/li>\n<\/ol>\n<p>La informaci\u00f3n a los representantes de los trabajadores se realizar\u00e1 de conformidad con lo establecido en el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.<\/p>\n<ol start=\"3\">\n<li>La contrataci\u00f3n podr\u00e1 exceder del ejercicio presupuestario cuando se trate de obras o servicios que hayan de exceder de dicho per\u00edodo y correspondan a proyectos de inversi\u00f3n de car\u00e1cter plurianual que cumplan los requisitos que para estos se prev\u00e9n en el art\u00edculo 40 de la Ley 1\/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat.<\/li>\n<li>La realizaci\u00f3n de los contratos regulados en el presente art\u00edculo ser\u00e1 objeto de fiscalizaci\u00f3n previa en todo caso A estos efectos, los cr\u00e9ditos de inversiones se entender\u00e1n adecuados para la formalizaci\u00f3n de contratos laborales de car\u00e1cter temporal si no existe cr\u00e9dito suficiente para ello en el concepto presupuestario destinado espec\u00edficamente a la contrataci\u00f3n laboral temporal.<\/li>\n<li>Durante el ejercicio 2017, con car\u00e1cter excepcional, y en el marco de lo previsto en el art\u00edculo 16.2.c) de la Ley 10\/2010, de 9 de julio, podr\u00e1 autorizarse el nombramiento de personal interino, para la ejecuci\u00f3n de programas de car\u00e1cter temporal y de duraci\u00f3n determinada, y que respondan a necesidades no permanentes de la administraci\u00f3n, con cargo a cr\u00e9ditos para inversiones.<\/li>\n<\/ol>\n<p>CAP\u00cdTULO II<\/p>\n<p><strong>Otras normas en materia de gastos personal<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 38. Responsabilidad en la gesti\u00f3n de la contrataci\u00f3n laboral temporal.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Los contratos habr\u00e1n de formalizarse siguiendo las prescripciones de los art\u00edculos\u00a015 y 17 del texto refundido del Estatuto de los Trabajadores, y respetando lo dispuesto en la Ley 53\/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones P\u00fablicas.<\/li>\n<li>Los \u00f3rganos competentes en materia de personal de los departamentos de la Administraci\u00f3n de la Generalitat y de las entidades que conforman su Sector P\u00fablico Instrumental ser\u00e1n responsables del cumplimiento de la citada normativa, a fin de evitar cualquier tipo de irregularidad en la contrataci\u00f3n laboral temporal y, en especial, la que pueda dar lugar a la conversi\u00f3n de los citados contratos en indefinidos.<\/li>\n<li>La condici\u00f3n de indefinido, en todo caso, solamente puede alcanzarse por sentencia firme, sin que en ning\u00fan caso la entidad empleadora pueda reconocerlo por s\u00ed misma.<\/li>\n<li>Las actuaciones irregulares en la presente materia dar\u00e1n lugar a la exigencia de responsabilidades a los \u00f3rganos referidos en el apartado segundo, de conformidad con lo dispuesto en las disposiciones contenidas en el t\u00edtulo VIII de la Ley 1\/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Art\u00edculo 39. Indemnizaciones por extinci\u00f3n de contratos mercantiles y de alta direcci\u00f3n y por despido del personal laboral del sector p\u00fablico de la Generalitat.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>La extinci\u00f3n, por desistimiento del empresario, de los contratos mercantiles y de alta direcci\u00f3n, cualquiera que sea la fecha de su celebraci\u00f3n, del personal que preste servicios en el sector p\u00fablico instrumental de la Generalitat, \u00fanicamente dar\u00e1 lugar a una indemnizaci\u00f3n no superior a siete d\u00edas por a\u00f1o de servicio de la retribuci\u00f3n anual en met\u00e1lico, con un m\u00e1ximo de seis mensualidades.<\/li>\n<\/ol>\n<p>El c\u00e1lculo de la indemnizaci\u00f3n se har\u00e1 teniendo en cuenta la retribuci\u00f3n anual en met\u00e1lico que en el momento de la extinci\u00f3n se estuviera percibiendo como retribuci\u00f3n fija \u00edntegra y total, excluidos los incentivos o complementos variables si los hubiere.<\/p>\n<p>No se tendr\u00e1 derecho a indemnizaci\u00f3n alguna cuando la persona, cuyo contrato mercantil o de alta direcci\u00f3n se extinga, por desistimiento del empresario, ostente la condici\u00f3n de funcionario de carrera del Estado, de las comunidades aut\u00f3nomas o de las entidades locales, o sea empleado de entidad integrante del sector p\u00fablico estatal, auton\u00f3mico o local con reserva de puesto de trabajo.<\/p>\n<p>El desistimiento deber\u00e1 ser comunicado por escrito, con un plazo m\u00ednimo de antelaci\u00f3n de quince d\u00edas naturales En caso de incumplimiento del preaviso mencionado, la entidad deber\u00e1 indemnizar con una cuant\u00eda equivalente a la retribuci\u00f3n correspondiente al periodo de preaviso incumplido.<\/p>\n<p>Ser\u00e1n nulas de pleno derecho las cl\u00e1usulas de los contratos mercantiles o de alta direcci\u00f3n a que se refiere este art\u00edculo que se opongan a lo establecido en el mismo.<\/p>\n<ol start=\"2\">\n<li>Las indemnizaciones por despido, cese o extinci\u00f3n del personal laboral del sector p\u00fablico de la Generalitat que no sea personal directivo, no podr\u00e1n ser superiores a las establecidas por disposici\u00f3n legal de derecho necesario. Ser\u00e1n nulos de pleno derecho los pactos, acuerdos o convenios que reconozcan indemnizaciones o compensaciones econ\u00f3micas superiores a las mencionadas. Excepcionalmente, mediante resoluci\u00f3n motivada, la conselleria que tenga competencias en materia de hacienda podr\u00e1 autorizar importes superiores a los indicados.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Art\u00edculo 40. Paga adicional o equivalente del personal al servicio de la Generalitat.<\/strong><\/p>\n<p>Las pagas adicionales o equivalentes del complemento espec\u00edfico percibidas junto a las pagas extraordinarias de junio y diciembre no podr\u00e1n incluir, en ning\u00fan caso, los siguientes conceptos retributivos:<\/p>\n<p>\u2013 Componente compensatorio del complemento espec\u00edfico, regulado por Decreto\u00a034\/2006, de 24 de marzo, del Consell de la Generalitat.<\/p>\n<p>\u2013 Complementos de festividad, nocturnidad y turnicidad, creados por Decreto 99\/1995, de 16 de mayo, del Gobierno Valenciano.<\/p>\n<p>\u2013 Componente singular del complemento espec\u00edfico por el desempe\u00f1o de \u00f3rganos unipersonales de gobierno, de puestos de trabajo docentes singulares o por inspecci\u00f3n educativa.<\/p>\n<p>\u2013 Componente retributivo relacionado con la formaci\u00f3n permanente del profesorado y la realizaci\u00f3n de otras actividades para la mejora de la calidad de la ense\u00f1anza, regulado en el Decreto 99\/2014, de 27 de junio del Consell.<\/p>\n<p>\u2013 Cualquier otro concepto que retribuya el grado de inter\u00e9s, iniciativa o esfuerzo con el que el empleado desempe\u00f1a su trabajo y el rendimiento o resultados obtenidos, as\u00ed como los servicios extraordinarios prestados fuera de la jornada normal de trabajo.<\/p>\n<p>El personal al servicio de la Generalitat que est\u00e9 percibiendo alguno de dichos complementos retributivos en las pagas adicionales o equivalentes del complemento espec\u00edfico percibidas junto a las pagas extraordinarias de junio y diciembre, perder\u00e1 el derecho a la percepci\u00f3n del mismo.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 41. Retribuciones del personal al servicio de la Administraci\u00f3n de Justicia, competencia de la Generalitat.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>En el a\u00f1o 2017, de acuerdo con lo dispuesto en el art\u00edculo 28.1 de esta ley, las retribuciones del personal al servicio de la Administraci\u00f3n de Justicia, perteneciente a los cuerpos y escalas de m\u00e9dicos forenses, de secretarios de juzgados de paz, de gesti\u00f3n procesal y administrativa, de tramitaci\u00f3n procesal y administrativa y de auxilio judicial, competencia de la Generalitat, ser\u00e1n las siguientes:<\/li>\n<li>a) Las retribuciones b\u00e1sicas y el complemento general del puesto o concepto an\u00e1logo ser\u00e1n las establecidas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el a\u00f1o 2016, sin perjuicio de lo dispuesto en la disposici\u00f3n transitoria tercera de esta ley.<\/li>\n<li>b) Las restantes retribuciones complementarias que, en su caso, pudiera percibir el personal a que se refiere el presente art\u00edculo, no experimentar\u00e1n ning\u00fan incremento respecto de las vigentes a 31 de diciembre de 2016, sin perjuicio de las adaptaciones que deriven del establecimiento de las nuevas relaciones de puestos de trabajo de dicho personal, as\u00ed como de los programas concretos de actuaci\u00f3n que pudieran implantarse a lo largo del ejercicio.<\/li>\n<li>Durante el ejercicio 2017, de acuerdo con el art\u00edculo 519.3 de la Ley Org\u00e1nica\u00a06\/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, por parte de la conselleria competente en materia de justicia se fijar\u00e1n las cuant\u00edas individualizadas del complemento espec\u00edfico de aquellos funcionarios al servicio de la Administraci\u00f3n de Justicia destinados en la Comunitat Valenciana que se integren en alguna de las relaciones de puestos de trabajo que se aprueben conforme a lo dispuesto en la citada Ley Org\u00e1nica.<\/li>\n<\/ol>\n<p>En cumplimiento del citado precepto, en ning\u00fan caso podr\u00e1 asignarse m\u00e1s de un complemento espec\u00edfico a un puesto de trabajo Su percepci\u00f3n ser\u00e1 incompatible con la de los siguientes complementos retributivos:<\/p>\n<p>\u2013 Complemento auton\u00f3mico transitorio.<\/p>\n<p>\u2013 Complemento de penosidad.<\/p>\n<p>As\u00ed mismo, la percepci\u00f3n de dicho complemento espec\u00edfico dar\u00e1 lugar a la finalizaci\u00f3n del derecho a percibir la productividad lineal establecida en el acuerdo de la Conselleria de Justicia y Administraciones P\u00fablicas y las organizaciones sindicales de fecha 28 de septiembre de 2004.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 42. Otras medidas de control de los gastos de personal.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Durante el ejercicio 2017, los cr\u00e9ditos m\u00e1ximos destinados, dentro de cada programa presupuestario, a satisfacer los gastos de personal que no sean de car\u00e1cter fijo y peri\u00f3dico no podr\u00e1n experimentar incremento alguno respecto de las abonadas por estos conceptos durante el ejercicio 2016, en t\u00e9rminos anuales y de homogeneidad.<\/li>\n<li>A los efectos del apartado anterior, se entender\u00e1n por gastos de personal que no sean de car\u00e1cter fijo y peri\u00f3dico los siguientes:<\/li>\n<li>a) Pagos en conceptos de guardias, festividad, nocturnidad, turnicidad y atenci\u00f3n continuada.<\/li>\n<li>b) Los derivados de sustituciones de personal por vacaciones, permisos y licencias, por incapacidad transitoria, licencias por maternidad y cualquier otro supuesto legalmente reconocido.<\/li>\n<li>Con car\u00e1cter excepcional, la conselleria que tenga atribuidas las competencias en materia de hacienda podr\u00e1 autorizar la modificaci\u00f3n de los cr\u00e9ditos m\u00e1ximos se\u00f1alados en el primer apartado, previa solicitud motivada del \u00f3rgano competente en materia de personal de cada conselleria.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Art\u00edculo 43. De los acuerdos y pactos.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Con efectos de 1 de enero de 2017 se suspenden parcialmente todos los acuerdos y pactos sindicales firmados en el \u00e1mbito del personal funcionario y estatutario, y del laboral, al servicio de las entidades y sujetos incluidos en el \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n subjetivo del t\u00edtulo\u00a0III de la presente ley, en los t\u00e9rminos necesarios para la correcta aplicaci\u00f3n de esta ley, y en concreto, las medidas de car\u00e1cter econ\u00f3mico. A tal efecto, y para hacer efectivo el mandato previsto en el apartado 2.b del art\u00edculo 28 de esta ley, de acuerdo con lo dispuesto en los art\u00edculos 32.2 y 38.10 del texto refundido de la Ley del Estatuto B\u00e1sico del Empleado P\u00fablico, aprobada por Real Decreto legislativo 5\/2015, de 30 de octubre, se suspenden las previsiones de los convenios, pactos y acuerdos contrarias a dicho mandato.<\/li>\n<li>Las autorizaciones de la masa salarial por la conselleria competente en materia de hacienda a que se refiere el art\u00edculo 34 de esta ley, se har\u00e1 teniendo en cuenta la minoraci\u00f3n del concepto de acci\u00f3n social y la de los conceptos vinculados a aportaciones a planes de pensiones de empleo o contratos de seguro colectivos que incluyan la cobertura de la contingencia de jubilaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<p>T\u00cdTULO IV<\/p>\n<p><strong>Gesti\u00f3n de las l\u00edneas de subvenci\u00f3n y de transferencias<\/strong><\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO \u00daNICO<\/p>\n<p><strong>De las subvenciones y las transferencias<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 44. Subvenciones corrientes y de capital excepcionadas del r\u00e9gimen de pago anticipado.<\/strong><\/p>\n<p>Durante el ejercicio 2017, quedan exceptuadas del r\u00e9gimen de pago anticipado de subvenciones previsto en el art\u00edculo 171 de la Ley 1\/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat las siguientes:<\/p>\n<ol>\n<li>En el \u00e1rea de los servicios sociales, las subvenciones de naturaleza corriente:<\/li>\n<li>a) Las subvenciones destinadas a paliar situaciones de primera necesidad, de emergencia, o de subsistencia, debidamente justificadas, de personas individuales o unidades familiares, as\u00ed como las prestaciones econ\u00f3micas individualizadas por acogimientos familiares y las subvenciones para la financiaci\u00f3n de gastos extraordinarios por acogimiento familiar, de las que podr\u00e1 librarse de inmediato, una vez concedidas, hasta el 100 por ciento de su importe. Igualmente podr\u00e1n librarse inmediatamente despu\u00e9s de su concesi\u00f3n, hasta el 100 por ciento de su importe, los fondos transferidos a las corporaciones locales, que act\u00faen como entidades colaboradoras, para las prestaciones econ\u00f3micas de acogimientos familiares.<\/li>\n<li>b) Las partidas de subvenciones dirigidas a \u00e1mbitos de emergencia social, pobreza y colectivos de especial vulnerabilidad en que podr\u00e1 librarse inmediatamente, una vez concedidas hasta el 70 por ciento de su importe y el 30 por ciento restante se librar\u00e1 despu\u00e9s de la aportaci\u00f3n y comprobaci\u00f3n de la documentaci\u00f3n justificativa de la efectiva y correcta aplicaci\u00f3n del importe inicialmente anticipado.<\/li>\n<li>c) En el marco de las actuaciones del programa 313.10 \u00abServicios Sociales\u00bb, las destinadas a financiar los gastos de personal, servicios y programas desarrollados por las Entidades Locales, incluidos en la l\u00ednea de subvenci\u00f3n S0228: podr\u00e1 librarse inmediatamente, una vez concedidas, hasta el 70 por ciento del importe y el 30 por ciento restante se librar\u00e1 despu\u00e9s de la aportaci\u00f3n y comprobaci\u00f3n de la documentaci\u00f3n justificativa de la efectiva y correcta aplicaci\u00f3n del importe inicialmente anticipado.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Los porcentajes, dentro de los l\u00edmites a que se refiere el apartado anterior, podr\u00e1n ser fraccionados, en caso de ser preciso, en un n\u00famero mayor de pagos anticipados, hasta contemplar el se\u00f1alado l\u00edmite de porcentaje m\u00e1ximo, manteniendo el resto de condiciones para el seguimiento y control de los objetivos de la subvenci\u00f3n.<\/p>\n<ol>\n<li>d) Las subvenciones destinadas a los servicios sociales especializados:<\/li>\n<\/ol>\n<p>1.\u00ba Cuando vayan dirigidas al mantenimiento de los centros, siempre que se trate de entidades p\u00fablicas, cooperativas o entidades sin fines de lucro, podr\u00e1n librarse de inmediato una vez concedidas, hasta el 65 por ciento de su importe, el 35 por ciento restante se librar\u00e1 tras la aportaci\u00f3n y comprobaci\u00f3n de la documentaci\u00f3n justificativa de la efectiva y correcta aplicaci\u00f3n de, al menos, el 75 por ciento del importe inicialmente anticipado.<\/p>\n<p>2.\u00ba Cuando vayan dirigidas a la financiaci\u00f3n de programas de actuaci\u00f3n y actividades de servicios sociales especializados, incluidos los programas relativos a la ejecuci\u00f3n de medidas judiciales podr\u00e1 librarse de inmediato una vez concedidas, hasta el 65 por ciento de su importe, el 35 por ciento restante se librar\u00e1 tras la aportaci\u00f3n y comprobaci\u00f3n de la documentaci\u00f3n justificativa de la efectiva y correcta aplicaci\u00f3n del importe inicialmente anticipado.<\/p>\n<p>Los porcentajes, dentro de los l\u00edmites a que se refieren los apartados 1.\u00ba y 2.\u00ba precedentes, podr\u00e1n ser fraccionados, en caso de ser preciso, en un n\u00famero mayor de pagos anticipados, hasta contemplar el se\u00f1alado l\u00edmite de porcentaje m\u00e1ximo, manteniendo el resto de condiciones para el seguimiento y control de los objetivos de la subvenci\u00f3n.<\/p>\n<p>En cualquier caso, las personas que resulten beneficiarias de las transferencias corrientes recogidas en los apartados anteriores, durante el mes de enero del ejercicio siguiente, deber\u00e1n justificar la totalidad del gasto anual objeto de la subvenci\u00f3n, momento a partir del cual se proceder\u00e1 a la liquidaci\u00f3n de la misma, de la que podr\u00e1 derivarse una regularizaci\u00f3n, que implicar\u00e1 la exigencia del reintegro de los importes indebidamente percibidos, caso de que la justificaci\u00f3n fuera insuficiente.<\/p>\n<ol>\n<li>e) Las subvenciones personales para financiar estancias en residencias para personas mayores y personas con diversidad funcional y centros de d\u00eda.<\/li>\n<\/ol>\n<p>El pago de las subvenciones para financiar estancias en residencias para personas mayores y personas con diversidad funcional y centros de d\u00eda se librar\u00e1 a mes vencido, tras la presentaci\u00f3n de la correspondiente factura justificada con la relaci\u00f3n nominal de los residentes acogidos durante el mes inmediatamente anterior a la justificaci\u00f3n, excepto la liquidaci\u00f3n correspondiente al mes de diciembre, la cual se librar\u00e1 justificada con la relaci\u00f3n nominal de los beneficiarios atendidos en el centro a 1 de diciembre La justificaci\u00f3n de las subvenciones efectivamente prestadas se efectuar\u00e1 hasta el d\u00eda 15 de enero del a\u00f1o siguiente, procedi\u00e9ndose en ese momento a la liquidaci\u00f3n de las mismas, de la que podr\u00e1 derivarse una regularizaci\u00f3n que implicar\u00e1 la exigencia de reintegro de los importes indebidamente percibidos junto con el inter\u00e9s de demora correspondiente, caso de que la justificaci\u00f3n fuera insuficiente.<\/p>\n<ol start=\"2\">\n<li>En el \u00e1rea de educaci\u00f3n las subvenciones siguientes:<\/li>\n<li>a) Las subvenciones de naturaleza corriente concedidas en el marco de las actuaciones del programa presupuestario 422.20 \u00abEnse\u00f1anza Primaria\u00bb, destinadas a financiar la Educaci\u00f3n Infantil: el 100 por ciento podr\u00e1 librarse de inmediato, una vez concedida.<\/li>\n<\/ol>\n<p>La justificaci\u00f3n de la subvenci\u00f3n al primer ciclo de Educaci\u00f3n Infantil se realizar\u00e1 mediante la aportaci\u00f3n a la Administraci\u00f3n, por parte de los centros, de los bonos entregados mensualmente por los padres como parte del pago de la escolarizaci\u00f3n.<\/p>\n<ol start=\"422\">\n<li>b) Las subvenciones de naturaleza corriente concedidas en el marco de las actuaciones del programa 422.20 \u00abEnse\u00f1anza Primaria\u00bb, destinadas a financiar los servicios complementarios de transporte y comedor del alumnado de centros espec\u00edficos de Educaci\u00f3n Especial, incluidos en la l\u00ednea de subvenci\u00f3n S1572: hasta el 50 por ciento podr\u00e1 librarse de inmediato, una vez concedida. Justificado el importe anticipado, el resto de la subvenci\u00f3n, hasta el m\u00e1ximo del 100 por ciento del importe concedido, se abonar\u00e1 previa comprobaci\u00f3n de la documentaci\u00f3n justificativa presentada, en los t\u00e9rminos que establezcan las bases reguladoras de la subvenci\u00f3n.<\/li>\n<li>c) Las subvenciones de naturaleza corriente concedidas en el marco de las actuaciones del programa 422.20 \u00abEnse\u00f1anza Primaria\u00bb, destinadas a financiar los servicios complementarios de transporte y comedor del centro de educaci\u00f3n especial Cruz Roja, de Valencia, incluido en la l\u00ednea de subvenci\u00f3n S2049: podr\u00e1 librarse de inmediato, una vez concedida, hasta el 50 por ciento de su importe. El resto de la subvenci\u00f3n, se librar\u00e1 una vez comprobada la documentaci\u00f3n justificativa del total del gasto realizado.<\/li>\n<li>d) Las subvenciones de naturaleza corriente concedidas en el marco de las actuaciones de los programas 422.20 \u00abEnse\u00f1anza Primaria\u00bb y 422.30 \u00abEducaci\u00f3n Secundaria\u00bb destinadas a financiar las subvenciones individuales para el servicio de transporte escolar, l\u00edneas de subvenci\u00f3n S0827 y S7893 se har\u00e1n efectivas al 100 por ciento una vez resuelta la convocatoria y con car\u00e1cter previo a la justificaci\u00f3n. A efectos de justificaci\u00f3n las secretar\u00edas de los centros, una vez concluido el periodo lectivo del curso escolar, comprobar\u00e1n que los alumnos han cumplido la finalidad para la que se les concede la subvenci\u00f3n A estos efectos se entender\u00e1 que no han cumplido dicha finalidad los alumnos que los d\u00edas de no asistencia a clase supongan m\u00e1s del 20 por ciento del total de d\u00edas lectivos del curso escolar. Las secretar\u00edas de los centros remitir\u00e1n, en el plazo de\u00a015 d\u00edas desde la finalizaci\u00f3n del periodo lectivo, a la direcci\u00f3n territorial correspondiente, un certificado donde conste la relaci\u00f3n de alumnos que han cumplido la finalidad para la que se les concede la subvenci\u00f3n y aquellos que no la cumplen, al objeto de que se instruya el procedimiento de reintegro correspondiente.<\/li>\n<li>e) Las subvenciones de naturaleza corriente concedidas en el marco de las actuaciones para hacer efectivo el programa de gratuidad de libros de texto dirigido al alumnado que curse ense\u00f1anzas obligatorias y formaci\u00f3n profesional b\u00e1sica en los centros p\u00fablicos y privados concertados de la Comunitat Valenciana: hasta el 100 por ciento de la subvenci\u00f3n podr\u00e1 librarse de inmediato una vez concedida y con car\u00e1cter previo a la justificaci\u00f3n.<\/li>\n<li>f) Las subvenciones de naturaleza corriente concedidas en el marco de las actuaciones del programa 422.20 \u00abEnse\u00f1anza Primaria\u00bb, destinadas a financiar los servicios complementarios de transporte y comedor del centro de Educaci\u00f3n Especial Cruz Roja, de Valencia, incluido en la l\u00ednea de subvenci\u00f3n S2049, podr\u00e1 librarse de inmediato, una vez concedida, hasta el 50 por ciento de su importe. El resto de la subvenci\u00f3n se librar\u00e1 una vez comprobada la documentaci\u00f3n justificativa del total del gasto realizado.<\/li>\n<li>g) Las subvenciones de naturaleza corriente o de capital concedidas en el marco de las actuaciones del programa presupuestario 542.50 \u00abInvestigaci\u00f3n, Desarrollo Tecnol\u00f3gico e Innovaci\u00f3n (I+D+i)\u00bb, destinadas a financiar la I+D+i podr\u00e1n librarse anticipadamente a los organismos y centros de investigaci\u00f3n, as\u00ed como a las personas beneficiarias, hasta un\u00a0100 por ciento correspondiente a cada anualidad, una vez concedida.<\/li>\n<li>h) Las subvenciones destinadas a clubes o entidades deportivas sin \u00e1nimo de lucro dedicadas al fomento del deporte de base saludable y a h\u00e1bitos de desarrollo social sostenible, hasta el 50 por ciento de su importe.<\/li>\n<li>En el \u00e1rea de empleo las subvenciones de naturaleza corriente concedidas por la conselleria que tenga asignadas las competencias en materia de empleo, a trav\u00e9s del Servicio Valenciano de Empleo y Formaci\u00f3n, destinadas a atender los gastos salariales del personal fijo con discapacidad o diversidad funcional as\u00ed como los gastos salariales y de Seguridad Social del personal integrante de las unidades de apoyo a la actividad profesional en los centros especiales de empleo, podr\u00e1n hacerse efectivas por el sistema que a continuaci\u00f3n se establece:<\/li>\n<\/ol>\n<p>1.\u00ba La subvenci\u00f3n se har\u00e1 efectiva en dos pagos, equivalentes cada uno al 50 por\u00a0ciento del total El primero de ellos se har\u00e1 efectivo una vez concedida la misma y el pago restante se librar\u00e1 al inicio del segundo semestre natural con car\u00e1cter igualmente anticipado, y previa justificaci\u00f3n por la persona beneficiaria del pago correspondiente al semestre anterior El importe del pago ser\u00e1 minorado en el supuesto de que la justificaci\u00f3n correspondiente al anticipo del primer semestre sea inferior a la cantidad librada.<\/p>\n<p>2.\u00ba La justificaci\u00f3n correspondiente a la cantidad anticipada del \u00faltimo semestre del a\u00f1o se realizar\u00e1 al inicio del ejercicio presupuestario siguiente, quedando condicionado el pago de la subvenci\u00f3n que le pudiera corresponder en ese ejercicio a la correcta justificaci\u00f3n de las cantidades anticipadas.<\/p>\n<ol start=\"4\">\n<li>En materia de formaci\u00f3n profesional para el empleo el r\u00e9gimen aplicable ser\u00e1 el previsto en la Ley 30\/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formaci\u00f3n Profesional para el empleo en el \u00e1mbito laboral.<\/li>\n<li>En el \u00e1rea de innovaci\u00f3n empresarial, las subvenciones de naturaleza corriente o de capital concedidas en el marco de las actuaciones vinculadas directamente a programas y convenios en materia de investigaci\u00f3n, desarrollo tecnol\u00f3gico e innovaci\u00f3n empresarial, podr\u00e1n hacerse efectivas en los siguientes t\u00e9rminos: En subvenciones para la realizaci\u00f3n de proyectos de I+D+I, adquisici\u00f3n, renovaci\u00f3n o mejora de infraestructuras de investigaci\u00f3n cient\u00edfica y t\u00e9cnica, difusi\u00f3n de congresos, jornadas y reuniones de car\u00e1cter cient\u00edfico, tecnol\u00f3gico, human\u00edstico o art\u00edstico, realizaci\u00f3n de acciones especiales, complementarias para proyectos de investigaci\u00f3n, grupos y redes de investigaci\u00f3n y transferencia de tecnolog\u00eda, as\u00ed como otras actuaciones en materia de I+D+I llevadas a cabo por institutos tecnol\u00f3gicos de la Red de Institutos Tecnol\u00f3gicos de la Comunitat Valenciana, por institutos superiores de investigaci\u00f3n cooperativa y en los parques cient\u00edficos de la Comunitat Valenciana, podr\u00e1 librarse anticipadamente hasta un 100 por ciento de la subvenci\u00f3n correspondiente a cada anualidad, una vez concedida.<\/li>\n<li>En las subvenciones concedidas a los Centros Europeos de Empresas e Innovaci\u00f3n de la Comunitat Valenciana (CEEI) que ostenten la etiqueta European Community Business &amp; Innovation Center concedida por EBN (European and Business Innovation Centre Network) en el marco de las actuaciones dirigidas a lograr un ecosistema valenciano del emprendimiento innovador diversificado y eficiente, podr\u00e1 librarse anticipadamente hasta un 100 por ciento de la subvenci\u00f3n correspondiente a cada anualidad una vez concedida.<\/li>\n<li>En el \u00e1rea de sanidad, las subvenciones de naturaleza corriente concedidas en el marco de las actuaciones del programa presupuestario 313.20 \u00abDrogodependencias y otras adicciones\u00bb, y del subprograma 412.28 \u00abSalud mental y atenci\u00f3n sanitaria de media y larga estancia\u00bb, destinadas a financiar a entidades p\u00fablicas, entidades sin \u00e1nimo de lucro, asociaciones y organizaciones no gubernamentales podr\u00e1n librarse inmediatamente, una vez concedida, hasta el 60 por ciento del importe, y el 40 por ciento restante se librar\u00e1 despu\u00e9s de la aportaci\u00f3n y comprobaci\u00f3n de la documentaci\u00f3n justificativa.<\/li>\n<li>Sin perjuicio de lo previsto en el apartado 5 del art\u00edculo 171 de la Ley 1\/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, los beneficiarios de las subvenciones que a continuaci\u00f3n se detallan estar\u00e1n exentos de la obligaci\u00f3n de prestar las garant\u00edas previstas para el pago anticipado en el apartado 2 del citado art\u00edculo 171, en los t\u00e9rminos definidos para cada supuesto, expresamente, en el correspondiente instrumento jur\u00eddico de concesi\u00f3n:<\/li>\n<li>a) Los beneficiarios de las subvenciones de naturaleza corriente concedidas en el marco de las actuaciones del programa 422.20 \u00abEnse\u00f1anza Primaria\u00bb, destinadas a financiar la Educaci\u00f3n Infantil.<\/li>\n<li>b) Los beneficiarios de las subvenciones destinadas a financiar los servicios complementarios de transporte y comedor del alumnado de centros espec\u00edficos de Educaci\u00f3n Especial incluidos en la l\u00ednea de subvenci\u00f3n S1572.<\/li>\n<li>c) Los beneficiarios de las subvenciones concedidas en el marco de las actuaciones para hacer efectivo el programa de gratuidad de libros de texto dirigido al alumnado que curse ense\u00f1anzas obligatorias y formaci\u00f3n profesional b\u00e1sica en los centros p\u00fablicos y privados concertados de la Comunitat Valenciana<\/li>\n<li>d) La entidad Cruz Roja, titular del CEE Par\u00e1lisis Cerebral Infantil Cruz Roja, de Valencia, cuando se trate de subvenciones destinadas a financiar los servicios complementarios de transporte y comedor del citado centro, articuladas a trav\u00e9s de la l\u00ednea de subvenci\u00f3n S2049.<\/li>\n<li>e) Los titulares de los Centros Especiales de Empleo, calificados e inscritos en el registro administrativo de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad Valenciana, en relaci\u00f3n con las subvenciones de naturaleza corriente en materia de fomento de empleo destinadas a financiar los costes laborales de los trabajadores con discapacidad o diversidad funcional y contrato indefinido para el mantenimiento de puestos y los costes laborales de su personal de apoyo.<\/li>\n<\/ol>\n<p>En ambos supuestos, el \u00f3rgano competente para resolver podr\u00e1 requerir al beneficiario para que constituya y acredite el correspondiente aval cuando ello resulte justificado por las circunstancias objetivas concurrentes.<\/p>\n<ol>\n<li>f) Personas beneficiarias de las prestaciones econ\u00f3micas para gastos de manutenci\u00f3n de los menores acogidos y subvenciones para la financiaci\u00f3n de gastos extraordinarios por acogimientos familiares.<\/li>\n<li>g) Los beneficiarios de becas concedidas por el Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE).<\/li>\n<li>h) Los beneficiarios de las subvenciones de naturaleza corriente concedidas en el marco de las actuaciones del programa presupuestario 313.20 \u00abDrogodependencias y otras adicciones\u00bb, y del subprograma 412.28 \u00abSalud mental y atenci\u00f3n sanitaria de media y larga estancia\u00bb, destinadas a financiar a entidades p\u00fablicas, entidades sin \u00e1nimo de lucro, asociaciones y organizaciones no gubernamentales.<\/li>\n<li>i) Las convocatorias de las subvenciones a que se refiere el apartado 5 del presente art\u00edculo podr\u00e1n exonerar de la obligaci\u00f3n de presentar garant\u00edas a los institutos tecnol\u00f3gicos inscritos como centros de innovaci\u00f3n y tecnolog\u00eda en el registro regulado por el Real Decreto 2.093\/2008, de 19 de diciembre, si bien podr\u00e1 exigirse la presentaci\u00f3n de un informe de auditor\u00eda elaborado por auditor o empresa auditora externa inscrita en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas.<\/li>\n<li>j) Las convocatorias o convenios de colaboraci\u00f3n que ordenen las subvenciones a las que se refiere el apartado 6 del presente art\u00edculo, podr\u00e1n exonerar a los beneficiarios de la obligaci\u00f3n de presentar garant\u00edas, si bien podr\u00e1 exigirse la presentaci\u00f3n de un informe de auditor\u00eda elaborado por auditor o empresa auditora externa inscrita en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Art\u00edculo 45. Del libramiento de las l\u00edneas de transferencias.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Durante 2017 los fondos transferidos a las corporaciones locales, que act\u00faen como entidades colaboradoras, para las prestaciones econ\u00f3micas de renta garantizada de ciudadan\u00eda, podr\u00e1n librarse inmediatamente despu\u00e9s de su concesi\u00f3n hasta el 100 por ciento de su importe.<\/li>\n<li>El libramiento de las l\u00edneas de transferencias corrientes destinadas a prestaciones de dependencia se realizar\u00e1n mensualmente, con anterioridad a la finalizaci\u00f3n del mes de devengo al que corresponda, acompa\u00f1ado de una relaci\u00f3n nominal de las personas atendidas a d\u00eda 15 de cada mes conformada por el \u00f3rgano competente, y sin perjuicio de las regularizaciones correspondientes que se efectuar\u00e1n y que implicar\u00e1n la exigencia, en su caso, de reintegro de los importes indebidamente percibidos.<\/li>\n<\/ol>\n<p>T\u00cdTULO V<\/p>\n<p><strong>De las operaciones financieras<\/strong><\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO \u00daNICO<\/p>\n<p><strong>Deuda p\u00fablica, operaciones de tesorer\u00eda y avales de la Generalitat<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 46. De la Deuda p\u00fablica.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Se autoriza al Consell para que, a propuesta de la persona titular de la conselleria competente en materia de hacienda, incremente la deuda de la Generalitat con la limitaci\u00f3n de que su saldo vivo a 31 de diciembre de 2017 no supere el correspondiente saldo a 1 de enero de 2017 en m\u00e1s de 736.725.290 euros.<\/li>\n<li>Este l\u00edmite ser\u00e1 efectivo al t\u00e9rmino del ejercicio, pudiendo ser sobrepasado en el curso del mismo, y quedar\u00e1 autom\u00e1ticamente revisado:<\/li>\n<li>a) Por el importe de la variaci\u00f3n neta de activos financieros destinados a financiar gastos de inversi\u00f3n.<\/li>\n<li>b) Por las desviaciones entre las previsiones de ingresos contenidas en la presente ley y la evoluci\u00f3n real de los mismos.<\/li>\n<li>c) Por los anticipos reintegrables o pr\u00e9stamos concertados con otras administraciones p\u00fablicas, para la financiaci\u00f3n de inversiones incluidas en planes o programas conjuntos.<\/li>\n<li>d) Por los importes que se deriven de los programas vigentes o que se aprueben en aplicaci\u00f3n de la normativa en materia de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.<\/li>\n<li>e) Con vigencia exclusiva para el ejercicio 2017, por el importe derivado de la adhesi\u00f3n de la Comunitat Valenciana a cualquier mecanismo de liquidez que se implante o prorrogue durante el ejercicio, al objeto de permitir a las comunidades aut\u00f3nomas atender sus necesidades financieras, en los t\u00e9rminos y condiciones que se establezcan al efecto.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Las citadas revisiones incrementar\u00e1n o reducir\u00e1n el l\u00edmite se\u00f1alado en el apartado anterior seg\u00fan supongan un aumento o una disminuci\u00f3n, respectivamente, de las necesidades de financiaci\u00f3n de la Generalitat.<\/p>\n<ol start=\"3\">\n<li>Asimismo, el l\u00edmite se\u00f1alado anteriormente podr\u00e1 ampliarse en los siguientes t\u00e9rminos:<\/li>\n<li>a) Por la cuant\u00eda del endeudamiento autorizado por la Ley de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2016 que no haya sido utilizado, como consecuencia de variaciones en la periodificaci\u00f3n de las necesidades de financiaci\u00f3n de la Generalitat.<\/li>\n<li>b) Por el importe necesario para financiar aquellos gastos de inversi\u00f3n que ser\u00edan objeto de minoraci\u00f3n para atender las obligaciones econ\u00f3micas ineludibles adquiridas, como consecuencia de las operaciones de tesorer\u00eda necesarias para compensar las necesidades de liquidez derivadas de los retrasos en los libramientos de fondos procedentes de la Administraci\u00f3n del Estado y los previstos en el Acuerdo 6\/2009, de 15 de julio, para la reforma del sistema de financiaci\u00f3n de las comunidades aut\u00f3nomas de r\u00e9gimen com\u00fan y ciudades con Estatuto de Autonom\u00eda, aprobado por el Consejo de Pol\u00edtica Fiscal y Financiera y\/o en la normativa de desarrollo del mismo.<\/li>\n<li>c) Por los importes procedentes de la disminuci\u00f3n del saldo neto de deuda viva de aquellas entidades que se clasifiquen en el sector administraciones p\u00fablicas y su endeudamiento consolide con el de la Comunitat Valenciana de acuerdo con la definici\u00f3n y delimitaci\u00f3n del Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales.<\/li>\n<li>d) En su caso, por el aumento de la deuda p\u00fablica a corto plazo que se produzca en el ejercicio 2017 para atender necesidades de tesorer\u00eda derivadas de diferencias en el vencimiento de sus cobros y pagos contemplados en el art\u00edculo 75 de la Ley 1\/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, y en el art\u00edculo 47 de esta ley.<\/li>\n<li>e) Por los importes de la disminuci\u00f3n de los cr\u00e9ditos comerciales computados por el Banco de Espa\u00f1a como deuda seg\u00fan el Protocolo de D\u00e9ficit Excesivo.<\/li>\n<li>No obstante lo dispuesto en los apartados anteriores, si durante el ejercicio surgiesen necesidades inversoras, cuya ejecuci\u00f3n no convenga demorar, el endeudamiento previsto podr\u00e1 ser incrementado en la cantidad suficiente para hacer frente a ellas, previa autorizaci\u00f3n del Ministerio de Hacienda y Administraciones P\u00fablicas, y sin rebasar, en todo caso, los l\u00edmites del art\u00edculo 81.1.b) de la Ley 1\/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, todo ello sin perjuicio del r\u00e9gimen excepcional de endeudamiento previsto en la disposici\u00f3n transitoria tercera de la Ley Org\u00e1nica 2\/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.<\/li>\n<li>En aquellas operaciones de cr\u00e9dito que financien proyectos de inversi\u00f3n de car\u00e1cter plurianual, \u00fanicamente se computar\u00e1 como endeudamiento para el ejercicio corriente el importe de la anualidad de los citados proyectos para dicho ejercicio.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Art\u00edculo 47. De la deuda p\u00fablica a corto plazo.<\/strong><\/p>\n<p>La persona que tenga asignada la titularidad de la conselleria con competencias en materia de hacienda, ser\u00e1 el \u00f3rgano competente para autorizar las operaciones de endeudamiento por plazo igual o inferior a un a\u00f1o, destinadas a atender las necesidades de tesorer\u00eda derivadas de diferencias en el vencimiento de sus ingresos y pagos, con el l\u00edmite del 30 por ciento de los cr\u00e9ditos consignados Este l\u00edmite deber\u00e1 entenderse referido, en todo caso, al volumen vivo.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 48. De los avales.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>La Generalitat, en los t\u00e9rminos previstos en los art\u00edculos 89 y siguientes de la Ley\u00a01\/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, podr\u00e1 prestar avales durante el ejercicio\u00a02017 para las operaciones que concierten las entidades o empresas p\u00fablicas, instituciones feriales de la Comunitat Valenciana, y sociedades que tengan por objeto facilitar la financiaci\u00f3n o la promoci\u00f3n de empresas no financieras, hasta un l\u00edmite de 100 millones de euros.<\/li>\n<li>La cuant\u00eda a que se refiere el apartado 1 de este art\u00edculo podr\u00e1 ser alterada en funci\u00f3n de los avales que puedan amortizarse durante el ejercicio.<\/li>\n<li>Los importes de las operaciones de productos derivados, avaladas y vinculadas a operaciones de cr\u00e9dito, no computar\u00e1n en el l\u00edmite m\u00e1ximo por avales a que se refiere el apartado 1 del presente art\u00edculo.<\/li>\n<li>A los efectos de lo que prev\u00e9n los apartados anteriores ser\u00e1 el Consell, a propuesta de la persona titular de la conselleria competente en materia de hacienda, el \u00f3rgano que deber\u00e1 autorizar los avales, en los t\u00e9rminos previstos en los art\u00edculos 89 y 90 de la Ley\u00a01\/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat.<\/li>\n<li>El Institut Valenci\u00e0 de Finances podr\u00e1 prestar avales, cauciones u otro tipo de garant\u00edas durante el ejercicio 2017, en los t\u00e9rminos previstos en su reglamento, por un importe m\u00e1ximo que no podr\u00e1 superar los 600 millones de euros de volumen vivo a 31 de diciembre de 2017.<\/li>\n<\/ol>\n<p>No obstante, se autoriza al Consell a modificar el citado l\u00edmite, si se considera conveniente por razones de una mayor operatividad en el \u00e1mbito crediticio.<\/p>\n<ol start=\"6\">\n<li>Durante 2017 todas las operaciones de avales a conceder por la Administraci\u00f3n de la Generalitat o por cualquiera de las personas jur\u00eddicas que integran su sector p\u00fablico estar\u00e1n sujetas a las condiciones de prudencia financiera establecidas en la Ley Org\u00e1nica\u00a08\/1980, de 22 de septiembre, de financiaci\u00f3n de las comunidades aut\u00f3nomas, en la Ley Org\u00e1nica 2\/2012, de 27 de abril y dem\u00e1s normativa de desarrollo.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Art\u00edculo 49. Asunci\u00f3n por la Generalitat de la carga de la deuda para 2017 de Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>La Generalitat asume la carga de la deuda de Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana correspondiente a 2017 El importe de la deuda amortizada en virtud de lo dispuesto en el p\u00e1rrafo anterior se constituye en aportaci\u00f3n de la Generalitat para incrementar el fondo patrimonial de Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana.<\/li>\n<li>La persona que tenga asignada la titularidad de la conselleria con competencias en materia de hacienda autorizar\u00e1 las operaciones de tesorer\u00eda y adoptar\u00e1 las medidas necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente art\u00edculo.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Art\u00edculo 50. De las operaciones de cr\u00e9dito del sector p\u00fablico.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>A propuesta de la persona titular de la conselleria competente en materia de hacienda, la Comisi\u00f3n Delegada del Consell de Hacienda y Asuntos Econ\u00f3micos, establecer\u00e1, para el ejercicio 2017, el l\u00edmite m\u00e1ximo de endeudamiento de las personas jur\u00eddicas que se clasifican en el sector Administraciones P\u00fablicas de la Comunitat Valenciana o en el sector Sociedades no financieras, de acuerdo con la definici\u00f3n y delimitaci\u00f3n del Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales. Quedar\u00e1n excluidas del c\u00f3mputo de este l\u00edmite m\u00e1ximo de endeudamiento las operaciones de \u00abconfirming\u00bb que instrumente la Tesorer\u00eda de la Generalitat como forma de pago a las personas jur\u00eddicas citadas.<\/li>\n<\/ol>\n<p>El volumen m\u00e1ximo de operaciones deber\u00e1 respetar los l\u00edmites que garanticen el cumplimiento de lo dispuesto en la normativa en materia de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.<\/p>\n<ol start=\"2\">\n<li>El acuerdo en que se establece dicho l\u00edmite, fijar\u00e1 el importe m\u00e1ximo de deuda susceptible de contratarse por cada una de las personas jur\u00eddicas a que se refiere el apartado anterior durante 2017, distinguiendo las que provengan de la refinanciaci\u00f3n de vencimientos, de las que sean nuevo endeudamiento.<\/li>\n<li>El acuerdo podr\u00e1 ser objeto de las revisiones y actualizaciones necesarias, siempre que los nuevos l\u00edmites de endeudamiento garanticen el cumplimiento de lo dispuesto en la normativa de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.<\/li>\n<li>Anualmente el Institut Valenci\u00e0 de Finances deber\u00e1 comunicar a la Comisi\u00f3n Delegada del Consell de Hacienda y Asuntos Econ\u00f3micos, detalle de todas y cada una de las operaciones que hubieran suscrito las personas jur\u00eddicas mencionadas en el apartado\u00a01 anterior, que deber\u00e1n, en todo caso, respetar los l\u00edmites de endeudamiento m\u00e1ximos por entidad establecidos por la citada comisi\u00f3n.<\/li>\n<li>Las operaciones a corto y largo plazo que, en su caso, pudiera suscribir el Institut Valenci\u00e0 de Finances a lo largo del presente a\u00f1o no se sujetar\u00e1n a lo previsto en los apartados anteriores.<\/li>\n<li>Sin perjuicio de lo previsto en el art\u00edculo 14.4 del Decreto Ley 1\/2011, de 30 de septiembre, del Consell, de Medidas Urgentes de R\u00e9gimen Econ\u00f3mico-financiero del Sector P\u00fablico Empresarial y Fundacional, adoptado el acuerdo, no podr\u00e1 suscribirse operaci\u00f3n de cr\u00e9dito alguna que por su naturaleza o importe no se ajuste a los requisitos y condiciones del mismo. En cualquier caso, durante el ejercicio 2017 no podr\u00e1 suscribirse operaci\u00f3n de endeudamiento alguna en el \u00e1mbito de sector p\u00fablico auton\u00f3mico, sin que previamente la Comisi\u00f3n Delegada del Consell de Hacienda y Asuntos Econ\u00f3micos haya establecido el l\u00edmite a que se refiere el apartado primero del presente art\u00edculo.<\/li>\n<li>El Institut Valenci\u00e0 de Finances, durante el a\u00f1o 2017, podr\u00e1 realizar operaciones de endeudamiento siempre que no rebase los 900 millones de euros de volumen vivo a 31 de diciembre de 2017.<\/li>\n<\/ol>\n<p>No obstante, se autoriza al Consell a modificar el citado l\u00edmite, si se considera conveniente por razones de una mayor operatividad en el \u00e1mbito crediticio.<\/p>\n<p>El acuerdo que se adopte se publicar\u00e1 en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.<\/p>\n<p>T\u00cdTULO VI<\/p>\n<p><strong>De las normas tributarias<\/strong><\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO I<\/p>\n<p><strong>De los impuestos indirectos<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 51. Canon de Saneamiento.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Con efectos a partir del d\u00eda 1 de enero de 2017, las tarifas del Canon de Saneamiento ser\u00e1n las siguientes:<\/li>\n<li>a) Usos dom\u00e9sticos: de acuerdo con los siguientes tramos de poblaci\u00f3n, determinados seg\u00fan el \u00faltimo censo:<\/li>\n<\/ol>\n<table>\n<thead>\n<tr>\n<td><strong>Poblaci\u00f3n municipio<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u2013<\/strong><\/p>\n<p><strong>(N\u00famero de habitantes)<\/strong><\/td>\n<td><strong>Cuota <\/strong><\/p>\n<p><strong>de consumo<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u2013<\/strong><\/p>\n<p><strong>(Euros\/m<sup>3<\/sup>)<\/strong><\/td>\n<td><strong>Cuota <\/strong><\/p>\n<p><strong>de servicio<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u2013<\/strong><\/p>\n<p><strong>(Euros\/a\u00f1o)<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<\/thead>\n<tbody>\n<tr>\n<td>Entre 500\/3.000<\/td>\n<td>0,321<\/td>\n<td>32,43<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Entre 3.001\/10.000<\/td>\n<td>0,376<\/td>\n<td>39,75<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Entre 10.001\/50.000<\/td>\n<td>0,412<\/td>\n<td>43,81<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Superior a 50.000<\/td>\n<td>0,441<\/td>\n<td>44,83<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<ol start=\"3\">\n<li>b) Usos industriales (no dom\u00e9sticos) con consumos de agua de hasta 3.000 metros c\u00fabicos por a\u00f1o, que no tengan aprobado un coeficiente corrector: la tarifa del Canon ser\u00e1 la establecida para usos dom\u00e9sticos en el municipio en el que se ubique la empresa, local o establecimiento correspondiente Para ello, se utilizar\u00e1 siempre como referencia el consumo producido en el a\u00f1o anterior En el momento en que se apruebe un coeficiente corrector, le ser\u00e1n de aplicaci\u00f3n las tarifas previstas en el p\u00e1rrafo siguiente.<\/li>\n<li>c) Usos industriales (no dom\u00e9sticos) con consumos de agua superiores a 3.000 metros c\u00fabicos por a\u00f1o:<\/li>\n<\/ol>\n<p>c.1) Cuota de consumo: 0,570 euros\/m<sup>3<\/sup>.<\/p>\n<p>c.2) Cuota de servicio:<\/p>\n<table>\n<thead>\n<tr>\n<td><strong>Calibre del contador<\/strong><\/td>\n<td><strong>Cuota de servicio<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u2013<\/strong><\/p>\n<p><strong>(Euros\/a\u00f1o)<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<\/thead>\n<tbody>\n<tr>\n<td>Hasta 13 mm<\/td>\n<td>116,39<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Hasta 15 mm<\/td>\n<td>174,48<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Hasta 20 mm<\/td>\n<td>290,65<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Hasta 25 mm<\/td>\n<td>407,05<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Hasta 30 mm<\/td>\n<td>581,67<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Hasta 40 mm<\/td>\n<td>1.163,34<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Hasta 50 mm<\/td>\n<td>1.745,02<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Hasta 65 mm<\/td>\n<td>2.326,47<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Hasta 80 mm<\/td>\n<td>2.908,34<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Mayor de 80 mm<\/td>\n<td>4.071,50<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<ol start=\"2\">\n<li>A efectos de lo establecido en la Ley 2\/1992, de 26 de marzo, de Saneamiento de Aguas Residuales de la Comunitat Valenciana, las cuotas de consumo y de servicio para usos industriales podr\u00e1n ser incrementadas o disminuidas en funci\u00f3n de los coeficientes correctores que se establezcan en consideraci\u00f3n a los criterios establecidos en dicha ley.<\/li>\n<li>Cuando se produzcan facturaciones del agua cuyo per\u00edodo de consumo abarque diferentes a\u00f1os, se imputar\u00e1 a cada uno de ellos la parte de la cuota total de consumo que proporcionalmente corresponda a la fracci\u00f3n de dicho per\u00edodo comprendida en los mismos.<\/li>\n<\/ol>\n<p>CAP\u00cdTULO II<\/p>\n<p><strong>De las tasas y otros ingresos<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 52. Tasas propias y otros ingresos de derecho p\u00fablico.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Se mantienen para el a\u00f1o 2017 los tipos de cuant\u00eda fija de las tasas y restantes ingresos de derecho p\u00fablico no tributarios de la Hacienda de la Generalitat, en el importe exigible durante el a\u00f1o 2016, con excepci\u00f3n de los precios p\u00fablicos, cuyas cuant\u00edas se fijar\u00e1n, en su caso, por su normativa espec\u00edfica.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Se consideran tipos de cuant\u00eda fija aquellos que no se determinan por un porcentaje de la base o \u00e9sta no se valora en unidades monetarias.<\/p>\n<ol start=\"2\">\n<li>Lo dispuesto en el apartado anterior no ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n a los siguientes ingresos:<\/li>\n<li>a) A la tasa que grava los juegos de suerte, envite o azar, que se exigir\u00e1 de acuerdo con lo dispuesto en el art\u00edculo quince de la Ley 13\/1997, de 23 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, por la que se regula el tramo auton\u00f3mico del Impuesto sobre la Renta de las Personas F\u00edsicas y restantes tributos cedidos.<\/li>\n<li>b) A las tasas que se crean o cuya cuant\u00eda se modifica por la Ley de Medidas Fiscales, de Gesti\u00f3n Administrativa y Financiera y de Organizaci\u00f3n de la Generalitat para el a\u00f1o 2017, que se exigir\u00e1n por los importes establecidos en la citada ley.<\/li>\n<li>c) A la Tasa por servicios acad\u00e9micos universitarios, que se exigir\u00e1 de acuerdo con lo previsto en los art\u00edculos 81.3.b) de la Ley Org\u00e1nica 6\/2001, de 21 de diciembre, y 150.dos del texto refundido de la Ley de Tasas de la Generalitat Valenciana, aprobado mediante Decreto Legislativo 1\/2005, de 25 de febrero, del Consell de la Generalitat.<\/li>\n<li>Cuando de la recaudaci\u00f3n de tasas y otros ingresos de derecho p\u00fablico, a lo largo de 2017, se pueda estimar un rendimiento inferior o superior al previsto, se podr\u00e1n modificar los cr\u00e9ditos del estado de gastos financiados con dicha fuente de recursos.<\/li>\n<\/ol>\n<p>T\u00cdTULO VII<\/p>\n<p><strong>De la informaci\u00f3n a Les Corts<\/strong><\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO \u00daNICO<\/p>\n<p><strong>De la informaci\u00f3n a las comisiones de Les Corts<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 53. De la informaci\u00f3n de la Conselleria de Hacienda y Modelo Econ\u00f3mico.<\/strong><\/p>\n<p>Sin perjuicio de lo dispuesto en los art\u00edculos 47.2, 57.2, 89.5, 91.4 y 139 de la Ley\u00a01\/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, y en los distintos art\u00edculos de la presente ley, la persona que tenga asignada la titularidad de la conselleria competente en materia de hacienda dar\u00e1 cuenta a la comisi\u00f3n correspondiente de Les Corts, de los siguientes aspectos del desarrollo presupuestario:<\/p>\n<ol>\n<li>a) En el plazo de los quince d\u00edas siguientes a la liquidaci\u00f3n del presupuesto del ejercicio anterior, de los remanentes de cr\u00e9ditos que, procedentes del ejercicio liquidado, se incorporan al ejercicio corriente.<\/li>\n<li>b) Trimestralmente, del grado de ejecuci\u00f3n del Programa de Inversiones de la Generalitat.<\/li>\n<li>c) Anualmente, de la distribuci\u00f3n de la participaci\u00f3n de las entidades locales en los ingresos generales del Estado.<\/li>\n<li>d) Mensualmente, el estado de ejecuci\u00f3n del presupuesto de los organismos aut\u00f3nomos.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional primera. De los presupuestos de Les Corts, la Sindicatura de Comptes, el Consell Valenci\u00e0 de Cultura, el S\u00edndic de Greuges, el Consell Jur\u00eddic Consultiu, l\u2019Acad\u00e8mia Valenciana de la Llengua y el Comit\u00e9 Econ\u00f2mic i Social.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Les Corts, la Sindicatura de Comptes, el Consell Valenci\u00e0 de Cultura, el S\u00edndic de Greuges, el Consell Jur\u00eddic Consultiu, l\u2019Acad\u00e8mia Valenciana de la Llengua y el Comit\u00e9 Econ\u00f2mic i Social podr\u00e1n incorporar los remanentes de presupuestos anteriores a los mismos cap\u00edtulos presupuestarios en que estuvieran consignados en 2016.<\/li>\n<li>Las dotaciones presupuestarias de las secciones de Les Corts, la Sindicatura de Comptes, el Consell Valenci\u00e0 de Cultura, el S\u00edndic de Greuges, el Consell Jur\u00eddic Consultiu, L\u2019Acad\u00e8mia Valenciana de la Llengua y el Comit\u00e9 Econ\u00f2mic i Social se librar\u00e1n mensualmente, por doceavas partes, a nombre de las mismas y no estar\u00e1n sujetas a justificaci\u00f3n, sin perjuicio de lo previsto en el apartado tercero de la presente disposici\u00f3n adicional.<\/li>\n<li>Les Corts, la Sindicatura de Comptes, el Consell Valenci\u00e0 de Cultura, el Sindic de Greuges, el Consell Jur\u00eddic Consultiu, L\u2019Acad\u00e8mia Valenciana de la Llengua y el Comit\u00e9 Econ\u00f2mic i Social, con anterioridad al 30 de marzo de 2017, deber\u00e1n reintegrar a la Generalitat la totalidad de los remanentes de tesorer\u00eda, excepto aquellos que queden vinculados por la aplicaci\u00f3n de lo previsto en el primer apartado de la presente disposici\u00f3n adicional.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional segunda. De las agricultoras y agricultores que se encuentren en situaci\u00f3n de jubilaci\u00f3n y sean titulares de explotaciones agrarias.<\/strong><\/p>\n<p>Las agricultoras y agricultores que se encuentren en situaci\u00f3n de jubilaci\u00f3n y sean titulares de explotaciones agrarias, en el supuesto de que resulten sujetos beneficiarios de ayudas p\u00fablicas por adversidades meteorol\u00f3gicas de cuant\u00edas inferiores a 1.202,02 euros, no tendr\u00e1n la obligaci\u00f3n de acreditar su alta en el r\u00e9gimen general de la Seguridad Social.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional tercera. De las operaciones de capital.<\/strong><\/p>\n<p>Las actividades de industrializaci\u00f3n, investigaci\u00f3n, desarrollo e innovaci\u00f3n y de formaci\u00f3n de capital humano, tendr\u00e1n la consideraci\u00f3n de operaciones de capital teniendo especialmente en cuenta su impacto plurianual y su vinculaci\u00f3n a la reactivaci\u00f3n econ\u00f3mica.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional cuarta. De la estructura de la contabilidad presupuestaria.<\/strong><\/p>\n<p>Sin perjuicio de las peculiaridades recogidas en las respectivas leyes de creaci\u00f3n, los organismos aut\u00f3nomos de la Generalitat as\u00ed como las entidades de derecho p\u00fablico a que se refiere el art\u00edculo 2.3.a).3.\u00ba de la Ley 1\/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, se ajustar\u00e1n a la estructura de contabilidad presupuestaria de \u00e9sta, tanto en la presentaci\u00f3n de sus estados de gastos e ingresos iniciales, como en el reflejo de su gesti\u00f3n econ\u00f3mica.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional quinta. Concesi\u00f3n directa de subvenciones por razones de inter\u00e9s p\u00fablico, social, econ\u00f3mico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria p\u00fablica.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Durante el a\u00f1o 2017, la aprobaci\u00f3n de las bases reguladoras para la concesi\u00f3n directa de subvenciones por razones de inter\u00e9s p\u00fablico, social, econ\u00f3mico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria p\u00fablica, cuando las mismas no superen los 18.000 euros por beneficiario o beneficiaria, as\u00ed como la apreciaci\u00f3n de la concurrencia de dichas circunstancias y su otorgamiento, corresponder\u00e1 al president o a la presidenta y, en su caso, a la persona titular de la conselleria en su respectivo \u00e1mbito competencial.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Cuando concurran y se acrediten id\u00e9nticas razones, la persona titular de la conselleria competente en materia de hacienda, previa propuesta del president o de la presidenta o de la persona titular de la conselleria que se encargue de la gesti\u00f3n de la subvenci\u00f3n, podr\u00e1 aprobar las correspondientes bases reguladoras y conceder directamente subvenciones cuando la cuant\u00eda de las mismas por beneficiario o beneficiaria sea superior a 18.000 euros pero no exceda de 100.000 euros. En estos casos, deber\u00e1 mediar la previa propuesta del president o de la presidenta o, en su caso,\u00a0de las personas titulares de las consellerias cuyos cr\u00e9ditos financien las mismas, siendo necesaria la existencia de una l\u00ednea de subvenci\u00f3n en los correspondientes programas presupuestarios de la presidencia y del resto de consellerias cuya finalidad sea la de atender a estas eventualidades.<\/p>\n<ol start=\"2\">\n<li>Las bases reguladoras de la concesi\u00f3n de estas subvenciones no tendr\u00e1n la consideraci\u00f3n de disposiciones de car\u00e1cter general, ser\u00e1n aprobadas por decreto del president o de la presidenta o por orden de las personas titulares de las consellerias que las establezcan o, en su caso, por la persona titular de la conselleria competente en materia de hacienda, y se publicar\u00e1n en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. Dichas bases contendr\u00e1n como m\u00ednimo los siguientes extremos:<\/li>\n<li>a) Deber\u00e1 constar el car\u00e1cter singular de la subvenci\u00f3n y las razones que acreditan el inter\u00e9s p\u00fablico, social, econ\u00f3mico o humanitario, as\u00ed como aqu\u00e9llas que justifican la dificultad de su convocatoria p\u00fablica. A tal efecto, el expediente incluir\u00e1 necesariamente una memoria del \u00f3rgano gestor de la subvenci\u00f3n competente por raz\u00f3n de la materia en la que deber\u00e1n quedar debidamente justificadas dichas circunstancias.<\/li>\n<li>b) Definici\u00f3n del objeto de la subvenci\u00f3n y el r\u00e9gimen jur\u00eddico aplicable.<\/li>\n<li>c) Personas beneficiarias y modalidades de subvenci\u00f3n.<\/li>\n<li>d) Procedimiento de concesi\u00f3n y r\u00e9gimen de justificaci\u00f3n de la aplicaci\u00f3n dada a las subvenciones por las personas beneficiarias y, en su caso, entidades colaboradoras.<\/li>\n<li>Si la cuant\u00eda de estas subvenciones por beneficiario superase los 100.000 euros, se estar\u00e1 a lo dispuesto en los art\u00edculos 160.1.a y 168.1.C de la Ley 1\/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional sexta. Del Instituto Superior de Ense\u00f1anzas Art\u00edsticas de la Comunitat Valenciana.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Durante el ejercicio presupuestario de 2017, la gesti\u00f3n econ\u00f3mico-presupuestaria del Instituto Superior de Ense\u00f1anzas Art\u00edsticas de la Comunitat Valenciana se instrumentar\u00e1 a trav\u00e9s del programa presupuestario 422.80 integrado en el Centro Gestor 03 \u00abDirecci\u00f3n General de Universidad, Investigaci\u00f3n y Ciencia\u00bb del Sevicio 02. \u00abSecretar\u00eda Auton\u00f3mica de Educaci\u00f3n e Investigaci\u00f3n\u00bb de la Secci\u00f3n 09 \u00abConselleria de Educaci\u00f3n, Investigaci\u00f3n, Cultura y Deporte\u00bb.<\/li>\n<li>De acuerdo con lo anterior, se autoriza a las personas que tengan asignada la titularidad de las consellerias con competencias en materia de hacienda y de universidades, para que adopten las medidas necesarias para que la instrumentaci\u00f3n de la citada gesti\u00f3n se adecue a la naturaleza y r\u00e9gimen jur\u00eddico-presupuestario de la entidad.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional s\u00e9ptima. De las aportaciones patrimoniales con cargo a los presupuestos de la Generalitat.<\/strong><\/p>\n<p>Ser\u00e1 preceptivo el informe de la Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Hacienda para la realizaci\u00f3n de aportaciones patrimoniales, con cargo a los presupuestos de la Generalitat, a las sociedades mercantiles de la Generalitat as\u00ed como a las entidades p\u00fablicas empresariales de la Generalitat.<\/p>\n<p>El citado informe tendr\u00e1 por objeto la valoraci\u00f3n de las necesidades de financiaci\u00f3n de las sociedades y entidades, as\u00ed como el examen de los efectos que la aportaci\u00f3n pretendida pudiera tener en el cumplimiento de los principios establecidos en la Ley Org\u00e1nica 2\/2012, de 27 de abril.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional octava. De las entidades financieras.<\/strong><\/p>\n<p>A fin de garantizar la coordinaci\u00f3n y la adecuada relaci\u00f3n entre las entidades financieras y la Generalitat, incluyendo al efecto la Administraci\u00f3n de la Generalitat y su sector p\u00fablico instrumental, la conselleria que tenga asignadas las competencias en materia de hacienda informar\u00e1, con car\u00e1cter preceptivo y vinculante, los instrumentos y dem\u00e1s acuerdos de colaboraci\u00f3n que tenga que suscribir cualquier \u00f3rgano o persona jur\u00eddica de la Generalitat y una entidad financiera.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional novena. Adaptaci\u00f3n de las medidas de reestructuraci\u00f3n del Sector P\u00fablico Empresarial y Fundacional de la Generalitat.<\/strong><\/p>\n<p>En el marco del proceso de reestructuraci\u00f3n del sector p\u00fablico, durante 2017, se autoriza a la persona que tenga asignada la titularidad de la conselleria con competencias en materia de hacienda a que adopte las medidas necesarias en orden a asegurar que las consignaciones y dotaciones presupuestarias reflejan adecuadamente la estructura jur\u00eddico-organizativa resultante del citado proceso.<\/p>\n<p>En todo caso, el conjunto de medidas que pudieran adoptarse en el marco de la anterior autorizaci\u00f3n, no podr\u00e1n suponer incremento de gasto en el presupuesto consolidado de la Generalitat.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional d\u00e9cima. De la tramitaci\u00f3n anticipada de subvenciones y becas de I+D+i.<\/strong><\/p>\n<p>Sin perjuicio de lo previsto en el art\u00edculo 41 de la Ley 1\/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, y en atenci\u00f3n a las particulares circunstancias que concurren en la tramitaci\u00f3n de subvenciones y becas de Investigaci\u00f3n, Desarrollo e innovaci\u00f3n, las consellerias con competencias en la materia podr\u00e1n iniciar la tramitaci\u00f3n anticipada de las mismas a partir del 1 de marzo de 2017.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional und\u00e9cima. Del pago aplazado.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Con vigencia exclusiva para el a\u00f1o 2017 el Consell, mediante acuerdo, y a propuesta de la conselleria competente por raz\u00f3n de la materia, podr\u00e1 autorizar la modificaci\u00f3n de todos aquellos contratos en vigor que incluyan cl\u00e1usulas de precio aplazado, con el fin de que el aplazamiento previsto pueda ser objeto de pr\u00f3rroga.<\/li>\n<\/ol>\n<p>La autorizaci\u00f3n a que se refiere el apartado anterior estar\u00e1 condicionada a:<\/p>\n<p>\u2013 La existencia de un informe preceptivo y vinculante de la conselleria con competencias en materia de hacienda,<\/p>\n<p>\u2013 La existencia de un informe del Institut Valenci\u00e0 de Finances sobre, en su caso, la idoneidad de las condiciones financieras derivadas de la pr\u00f3rroga y su adecuaci\u00f3n al principio de prudencia financiera,<\/p>\n<p>\u2013 Que el tiempo total del aplazamiento, incluyendo al efecto el que se propone como de pr\u00f3rroga, no supere el de diez anualidades posteriores a aquella en que se finalice la correspondiente obra,<\/p>\n<p>\u2013 Que as\u00ed lo permitan los pliegos del contrato objeto de pr\u00f3rroga,<\/p>\n<p>\u2013 Que la modificaci\u00f3n se apruebe antes del 31 de diciembre de 2017.<\/p>\n<ol start=\"2\">\n<li>Sin perjuicio de los requisitos establecidos en la normativa en vigor, la inclusi\u00f3n de cl\u00e1usulas de pago aplazado del precio en los contratos de la Administraci\u00f3n de la Generalitat o de cualquier persona jur\u00eddica integrante del sector p\u00fablico instrumental de la Generalitat, cualquiera que sea su naturaleza jur\u00eddica, exigir\u00e1, en todo caso, informe preceptivo y vinculante de la conselleria que tenga asignadas las competencias en materia de hacienda.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional duod\u00e9cima. Otras medidas de control de los gastos corrientes.<\/strong><\/p>\n<p>Durante el ejercicio 2017, se sujetar\u00e1n a autorizaci\u00f3n previa de la Comisi\u00f3n Delegada del Consell de Hacienda y Asuntos Econ\u00f3micos, aquellos contratos de servicios a suscribir en el \u00e1mbito de la Administraci\u00f3n de la Generalitat y de su sector p\u00fablico instrumental, cuyo importe sea igual o superior a los 100.000 euros, calculado conforme a lo dispuesto en el art\u00edculo 88 del Real Decreto Legislativo 3\/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector P\u00fablico, siempre que se comprendan en alguna de las categor\u00edas que se indican a continuaci\u00f3n:<\/p>\n<ol>\n<li>a) Servicios conexos en materia de inform\u00e1tica.<\/li>\n<li>b) Servicios de investigaci\u00f3n y desarrollo.<\/li>\n<li>c) Servicios de contabilidad, auditoria y tenedur\u00eda de libros.<\/li>\n<li>d) Servicios de investigaci\u00f3n de estudios y encuestas de la opini\u00f3n p\u00fablica.<\/li>\n<li>e) Servicios de consultores de direcci\u00f3n y servicios conexos.<\/li>\n<li>f) Servicios de colocaci\u00f3n y suministro de personal.<\/li>\n<\/ol>\n<p>En la solicitud de autorizaci\u00f3n deber\u00e1 incorporarse un informe en el que se justifique que dichos servicios no pueden ser atendidos por personal propio y que responden a necesidades urgentes e inaplazables.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional decimotercera. De la informaci\u00f3n en materia de estabilidad y sostenibilidad.<\/strong><\/p>\n<p>La conselleria con competencias en materia de hacienda ser\u00e1 el \u00f3rgano responsable del seguimiento mensual de los datos de ejecuci\u00f3n del presupuesto a los efectos de lo previsto en el art\u00edculo 18 de la Ley Org\u00e1nica 2\/2012, de 27 de abril.<\/p>\n<p>A tal efecto, en el marco de la normativa vigente en materia de modificaciones presupuestarias, impulsar\u00e1 los ajustes necesarios para garantizar que al cierre del ejercicio no se incumple el objetivo de estabilidad presupuestaria asignado.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional decimocuarta. De los fondos vinculados a la dependencia y de la tasa por prestaci\u00f3n de servicios de atenci\u00f3n social.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Durante 2017 todas las aportaciones, ya sean del Estado o de cualquier otro sujeto, p\u00fablico o privado, para financiar las prestaciones de la Ley 39\/2006, de 14 de diciembre, de Promoci\u00f3n de la Autonom\u00eda Personal y Atenci\u00f3n a las Personas en Situaci\u00f3n de Dependencia, quedar\u00e1n afectadas al cumplimiento de la misma. A tal efecto en el supuesto de tratarse de mayores ingresos no previstos vinculados en origen a la materia, as\u00ed como cualquier mayor aportaci\u00f3n de ingresos de acuerdo con la financiaci\u00f3n del Sistema de Atenci\u00f3n a la Dependencia prevista en el cap\u00edtulo V de la Ley 39\/2006, de 14 de diciembre, y, especialmente en la obligaci\u00f3n prevista en el art\u00edculo 32.3 en cuanto al nivel acordado, deber\u00e1 tramitarse, en el marco de la legislaci\u00f3n vigente la correspondiente generaci\u00f3n de cr\u00e9ditos, en orden a formalizar la mencionada afectaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Durante 2017, si en aplicaci\u00f3n de la tasa por prestaci\u00f3n de servicios de atenci\u00f3n social se reconocieran mayores ingresos que los inicialmente previstos por este concepto en el presupuesto, el importe del exceso reconocido quedar\u00e1 directamente afectado a la financiaci\u00f3n de los servicios de atenci\u00f3n social, previa la tramitaci\u00f3n del correspondiente expediente de generaci\u00f3n de cr\u00e9dito.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional decimoquinta. De los cr\u00e9ditos afectados por tasas y otros ingresos.<\/strong><\/p>\n<p>Con cargo a los cr\u00e9ditos que figuren en los estados de gastos de los distintos sujetos que integran el sector p\u00fablico administrativo de la Generalitat, correspondientes a servicios cuyo volumen de gastos tenga correlaci\u00f3n con el importe de tasas, c\u00e1nones y precios p\u00fablicos liquidados por los mismos, o que por su naturaleza o normativa aplicable deban financiarse total o parcialmente con unos ingresos espec\u00edficos o predeterminados, tales como los provenientes de transferencias y otros ingresos finalistas, subvenciones gestionadas o convenios con otras administraciones, solo podr\u00e1n gestionarse gastos en la medida que vaya asegur\u00e1ndose su financiaci\u00f3n.<\/p>\n<p>A tal efecto la Conselleria de Hacienda y Modelo Econ\u00f3mico, determinar\u00e1 los cr\u00e9ditos presupuestarios y el procedimiento de afectaci\u00f3n en cada caso.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional decimosexta. Costes unitarios de las tasas por prestaci\u00f3n de servicios sociales relativas a residencia y vivienda tutelada.<\/strong><\/p>\n<p>En 2017, los costes unitarios de referencia de los servicios relativos a residencia y vivienda tutelada, a los que se refiere el cap\u00edtulo II del t\u00edtulo XI del texto refundido de la Ley de Tasas de la Generalitat, aprobado por Decreto Legislativo 1\/2005, de 25 de febrero, del Consell ser\u00e1n los siguientes:<\/p>\n<ol>\n<li>a) Servicio de atenci\u00f3n residencial:<\/li>\n<\/ol>\n<p>1.\u00ba Personas mayores: 1.500 euros mensuales\/18.000 euros anuales.<\/p>\n<p>2.\u00ba Personas con discapacidad: 2.100 euros mensuales\/25.200 euros anuales.<\/p>\n<ol>\n<li>b) Servicio de vivienda tutelada:<\/li>\n<\/ol>\n<p>1.\u00ba Vivienda tutelada de atenci\u00f3n residencial: 2.100 euros mensuales\/25.200 euros anuales.<\/p>\n<p>2.\u00ba Vivienda tutelada de atenci\u00f3n supervisada o asistida: 810 euros mensuales\/9.720 euros anuales.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional decimos\u00e9ptima. De los activos financieros.<\/strong><\/p>\n<p>La Secretaria Auton\u00f3mica de Hacienda es el \u00f3rgano responsable del cumplimiento de las condiciones de prudencia financiera en relaci\u00f3n con la variaci\u00f3n neta de activos financieros en el \u00e1mbito de las entidades incluidas en el sector administraciones p\u00fablicas, subsector comunidades aut\u00f3nomas o en el subsector sociedades no financieras, de acuerdo con la definici\u00f3n y delimitaci\u00f3n del Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales.<\/p>\n<p>A tal efecto y sin perjuicio de lo dispuesto en la legislaci\u00f3n b\u00e1sica en la materia, durante\u00a02017, con car\u00e1cter previo a la formalizaci\u00f3n de este tipo de operaciones, siempre que su contrapartida sea un pasivo o cuenta de patrimonio neto de personas f\u00edsicas o jur\u00eddicas distintas de las recogidas en el \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n del art\u00edculo 2.1.b de la Ley Org\u00e1nica 2\/2012, de 27 de abril, los distintos sujetos o entidades incluidos en el \u00e1mbito subjetivo definido en el p\u00e1rrafo anterior, deber\u00e1n solicitar de la mencionada Secretar\u00eda Auton\u00f3mica la correspondiente autorizaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional decimoctava. Del incumplimiento de obligaciones frente a otras administraciones p\u00fablicas.<\/strong><\/p>\n<p>La minoraci\u00f3n de ingresos como consecuencia de compensaciones de deudas o deducciones sobre transferencias con cargo a las obligaciones de pago no atendidas a su vencimiento, efectuadas por otras administraciones p\u00fablicas o entidades dependientes de la mismas, en virtud de cualquier concepto, ser\u00e1 imputada antes del fin del ejercicio que se produzca, al presupuesto de gastos de la conselleria o entidad del sector p\u00fablico administrativo que dio origen a la compensaci\u00f3n.<\/p>\n<p>La Conselleria de Hacienda y Modelo Econ\u00f3mico, ser\u00e1 el \u00f3rgano competente para adoptar las medidas necesarias en orden a instrumentar la regularizaci\u00f3n contable de los respectivos gastos e ingresos.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional decimonovena. De la publicaci\u00f3n de las tablas retributivas.<\/strong><\/p>\n<p>Dentro del primer trimestre de 2017 el Consell acordar\u00e1 la publicaci\u00f3n en el \u00abDiari Oficial de la Generalitat Valenciana\u00bb, de las tablas retributivas vigentes del personal al servicio de la Administraci\u00f3n de la Generalitat y de sus organismos aut\u00f3nomos.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional vig\u00e9sima. Contrataci\u00f3n de personal de las sociedades mercantiles de la Generalitat, de las entidades p\u00fablicas empresariales de la Generalitat, de las fundaciones del sector p\u00fablico de la Generalitat y de los consorcios adscritos a la Generalitat siempre que sus actos est\u00e9n sujetos directa o indirectamente al poder de decisi\u00f3n de la Generalitat en 2017.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Durante 2017 las sociedades mercantiles de la Generalitat, las entidades p\u00fablicas empresariales de la Generalitat, las fundaciones del sector p\u00fablico de la Generalitat y los consorcios adscritos a la Generalitat siempre que sus actos est\u00e9n sujetos directa o indirectamente al poder de decisi\u00f3n de la Generalitat podr\u00e1n proceder a la contrataci\u00f3n de nuevo personal con los requisitos y limitaciones establecidos en este art\u00edculo.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Estas limitaciones no ser\u00e1n de aplicaci\u00f3n, en el supuesto de sociedades mercantiles de la Generalitat, entidades p\u00fablicas empresariales de la Generalitat y fundaciones del sector p\u00fablico de la Generalitat, cuando se trate de contrataci\u00f3n de personal, funcionario o laboral, con una relaci\u00f3n preexistente de car\u00e1cter fijo e indefinida en el sector p\u00fablico de la Generalitat A tal efecto, los contratos celebrados al amparo de lo establecido en este apartado generar\u00e1n derecho a seguir percibiendo, desde la fecha de su celebraci\u00f3n, el complemento de antig\u00fcedad que se viniera percibiendo en la misma cuant\u00eda.<\/p>\n<p>As\u00ed mismo, las sociedades mercantiles de la Generalitat y las entidades p\u00fablicas empresariales que hayan tenido beneficios en dos de los \u00faltimos tres ejercicios podr\u00e1n realizar contratos indefinidos con un l\u00edmite del 100 por ciento de su tasa de reposici\u00f3n, calculada conforme a las reglas del art\u00edculo 36.5 de esta ley.<\/p>\n<p>Las sociedades mercantiles y las entidades p\u00fablicas empresariales distintas de las comprendidas en el p\u00e1rrafo anterior podr\u00e1n realizar contratos indefinidos con un l\u00edmite del\u00a060 por ciento de su tasa de reposici\u00f3n, calculada conforme a las reglas del art\u00edculo\u00a036.5 de esta ley Adicionalmente podr\u00e1n realizar, exclusivamente para procesos de consolidaci\u00f3n de empleo temporal, contratos indefinidos con un l\u00edmite del 15 por ciento de su tasa de reposici\u00f3n, calculada conforme a las reglas del art\u00edculo 36.5 de esta ley No obstante lo anterior, si se trata de sociedades mercantiles p\u00fablicas o entidades p\u00fablicas empresariales que gestionen servicios p\u00fablicos esenciales para cuyo disfrute este subvencionado el ciudadano y hayan visto disminuida su plantilla de trabajadores fijos en los dos \u00faltimos ejercicios, los l\u00edmites del 60 y 15 por ciento de la tasa de reposici\u00f3n anteriormente referidos se computar\u00e1n sobre los dos \u00faltimos ejercicios presupuestarios.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, las fundaciones del sector p\u00fablico de la Generalitat y los consorcios adscritos a la Generalitat siempre que sus actos est\u00e9n sujetos directa o indirectamente al poder de decisi\u00f3n de la misma, que tengan la condici\u00f3n de agentes de ejecuci\u00f3n del Sistema Espa\u00f1ol de Ciencia, Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n, con arreglo a la Ley 14\/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnolog\u00eda e Innovaci\u00f3n, las fundaciones sanitarias del sector p\u00fablico de la Generalitat y los consorcios sanitarios adscritos a la Generalitat, podr\u00e1n realizar contratos indefinidos con un l\u00edmite del 100 por ciento de su tasa de reposici\u00f3n, calculada conforme a las reglas del art\u00edculo 36.5 de esta ley.<\/p>\n<p>El resto de fundaciones del sector p\u00fablico de la Generalitat y consorcios adscritos a la Generalitat siempre que sus actos est\u00e9n sujetos directa o indirectamente al poder de decisi\u00f3n de la misma, podr\u00e1n realizar contratos indefinidos con un l\u00edmite del 50 por ciento de su tasa de reposici\u00f3n calculada conforme a las reglas del art\u00edculo 36.5 de esta ley.<\/p>\n<ol start=\"2\">\n<li>En caso de que las contrataciones al hecho que se refiere el apartado 1 de la presente disposici\u00f3n adicional vengan referidas a plazas de personal con relaci\u00f3n a la seguridad ferroviaria y las operaciones ferroviarias, la tasa de reposici\u00f3n tendr\u00e1, en todo caso, como l\u00edmite el 100 por ciento.<\/li>\n<li>Las contrataciones de personal, a que se refiere el apartado anterior, requerir\u00e1n, en todo caso, informe favorable de la conselleria con competencias en materia de hacienda.<\/li>\n<li>Las contrataciones temporales de los distintos sujetos incluidos en el \u00e1mbito subjetivo de la presente disposici\u00f3n solo podr\u00e1n realizarse en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables, y deber\u00e1n en todo caso ajustarse a lo previsto en el art\u00edculo 36.6 de esta ley.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional vig\u00e9sima primera. Del c\u00e1lculo de la prestaci\u00f3n econ\u00f3mica en los supuestos de incapacidad temporal.<\/strong><\/p>\n<p>El c\u00e1lculo del complemento retributivo a que se refiere el art\u00edculo 6 del Decreto Ley\u00a06\/2012, de 28 de septiembre, del Consell, de desarrollo y aplicaci\u00f3n de las disposiciones incluidas en el t\u00edtulo I y disposiciones concordantes del Real decreto-ley\u00a020\/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, se soportar\u00e1 sobre las retribuciones que se vengan percibiendo en el mes anterior al de causarse la incapacidad, quedando excluidos, en todo caso, los conceptos retributivos que a continuaci\u00f3n se detallan: los atrasos de cualquier concepto retributivo, las gratificaciones o indemnizaciones, la productividad variable, as\u00ed como las pagas extraordinarias y el componente compensatorio del complemento espec\u00edfico.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional vig\u00e9sima segunda. Del r\u00e9gimen en materia del componente retributivo relacionado con la formaci\u00f3n permanente de los funcionarios de los diferentes cuerpos docentes y del complemento espec\u00edfico singular para determinados puestos docentes.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Con efectos 1 de enero de 2017, las cuant\u00edas del componente retributivo relacionado con la formaci\u00f3n permanente de los funcionarios de los diferentes cuerpos docentes, ser\u00e1n las establecidas en el anexo III de la presente ley, referidas en c\u00f3mputo anual.<\/li>\n<li>Tendr\u00e1 derecho a la percepci\u00f3n del componente retributivo relacionado con la formaci\u00f3n permanente y la realizaci\u00f3n de otras actividades para la mejora de la calidad de la ense\u00f1anza el personal docente que ostente la condici\u00f3n de funcionario.<\/li>\n<li>De conformidad con el Decreto 126\/2015, de 31 de julio, del Consell, por el que se regulan los puestos de trabajo de car\u00e1cter docente para la realizaci\u00f3n de funciones espec\u00edficas de asesoramiento y coordinaci\u00f3n-asesoramiento t\u00e9cnico docente en el \u00e1mbito de la conselleria competente en materia de educaci\u00f3n de la Generalitat, los importes retributivos que percibir\u00e1n los ocupantes de los puestos de trabajo de coordinador asesor t\u00e9cnico docente y asesor t\u00e9cnico docente, quedan equiparados a los importes retributivos de los complementos espec\u00edficos por ejercicio de puestos de trabajo docente singular, asignados a los puestos de coordinador t\u00e9cnico y asesor t\u00e9cnico de programas de reforma de los ense\u00f1anzas, respectivamente.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional vig\u00e9sima tercera. Del r\u00e9gimen en materia de carrera profesional y desarrollo profesional del personal al servicio de las instituciones sanitarias.<\/strong><\/p>\n<p>Con efectos 1 de enero de 2017, las cuant\u00edas de los complementos de carrera profesional y desarrollo profesional que percibe determinado personal que desarrolla su actividad en el marco de la estructura org\u00e1nica y funcional de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud P\u00fablica y de las personas jur\u00eddicas que formando parte del sector p\u00fablico instrumental de la Generalitat dependen de la citada conselleria, ser\u00e1n las establecidas en el anexo IV de la presente ley, referidas en c\u00f3mputo anual.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional vig\u00e9sima cuarta. Del r\u00e9gimen de la carrera profesional horizontal del personal funcionario de carrera de la Administraci\u00f3n de la Generalitat.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Con efectos 1 de enero de 2017, y de acuerdo con lo previsto en el Decreto\u00a0186\/2014, de 7 de noviembre, del Consell, el importe del complemento de carrera profesional horizontal que corresponda a cada funcionaria o funcionario de carrera se determinar\u00e1 mediante la aplicaci\u00f3n de los siguientes porcentajes a las cuant\u00edas establecidas en el anexo IV de esta ley, referidas en c\u00f3mputo anual:<\/li>\n<\/ol>\n<p>\u2013 Personal de las agrupaciones profesionales funcionariales: El 100 % del complemento.<\/p>\n<p>\u2013 Personal del subgrupo C2: El 100 % del complemento.<\/p>\n<p>\u2013 Personal del subgrupo C1 y B: El 100 % del complemento.<\/p>\n<p>\u2013 Personal de los subgrupos A2 y A1: El 100 % del complemento.<\/p>\n<ol start=\"2\">\n<li>Solo tendr\u00e1 derecho a la percepci\u00f3n del complemento de carrera profesional horizontal a que se refiere la presente disposici\u00f3n adicional, el personal que ostente la condici\u00f3n de funcionario de carrera de la Administraci\u00f3n de la Generalitat.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional vig\u00e9sima quinta. Del r\u00e9gimen de la carrera profesional horizontal del personal laboral fijo de la Administraci\u00f3n de la Generalitat.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Con efectos 1 de enero de 2017, el importe del complemento de carrera profesional horizontal del personal laboral fijo de la Administraci\u00f3n de la Generalitat, se determinar\u00e1 en los mismos t\u00e9rminos y condiciones previstos en la disposici\u00f3n adicional vig\u00e9sima cuarta para el personal funcionario de carrera, de conformidad con lo que establezca en el correspondiente Acuerdo de la Comisi\u00f3n Paritaria del II Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Generalitat.<\/li>\n<\/ol>\n<p>El importe que corresponda al personal laboral fijo de la Administraci\u00f3n de la Generalitat consecuencia de lo previsto en el p\u00e1rrafo anterior vendr\u00e1 referido en c\u00f3mputo anual.<\/p>\n<ol start=\"2\">\n<li>S\u00f3lo tendr\u00e1 derecho a la percepci\u00f3n del complemento de carrera profesional horizontal a que se refiere la presente disposici\u00f3n adicional, el personal que ostente la condici\u00f3n de personal laboral fijo de la Administraci\u00f3n de la Generalitat.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional vig\u00e9sima sexta. Del r\u00e9gimen de la carrera profesional horizontal del personal funcionario de carrera y laboral fijo de administraci\u00f3n y servicios de las universidades p\u00fablicas de la Comunitat Valenciana.<\/strong><\/p>\n<p>Con efectos 1 de enero de 2017, se iniciar\u00e1 el proceso de implantaci\u00f3n progresiva del complemento de carrera profesional del personal funcionario de carrera y laboral fijo de administraci\u00f3n y servicios de las universidades p\u00fablicas de la Comunitat Valenciana.<\/p>\n<p>Dicho proceso se ajustar\u00e1 a los criterios y condiciones establecidos en el Decreto\u00a0186\/2014, de 7 de noviembre, del Consell, por el que se regula el sistema de carrera profesional horizontal y la evaluaci\u00f3n del desempe\u00f1o, del personal funcionario de carrera de la Administraci\u00f3n de la Generalitat, y en tal sentido los importes correspondientes a cada uno de los grupos, y sus correspondientes grados, ser\u00e1n equivalentes a los reconocidos para el personal funcionario de carrera de la Administraci\u00f3n de la Generalitat.<\/p>\n<p>Se establece un periodo transitorio de implantaci\u00f3n progresiva del sistema que tendr\u00e1 una duraci\u00f3n de tres ejercicios presupuestarios a contar desde el 1 de enero de 2017. La aplicaci\u00f3n del mismo se realizar\u00e1 con car\u00e1cter homog\u00e9neo para el conjunto de las universidades p\u00fablicas valencianas, y conforme a las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio econ\u00f3mico, y en todo caso, previo informe favorable de las consellerias con competencias en materia de universidades y hacienda.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional vig\u00e9sima s\u00e9ptima. De los ingresos vinculados a la cooperaci\u00f3n al desarrollo.<\/strong><\/p>\n<p>Durante 2017, en materia de cooperaci\u00f3n internacional al desarrollo, los ingresos obtenidos de recuperaci\u00f3n de activos, seg\u00fan sentencias judiciales firmes, ordenando el reintegro de fondos p\u00fablicos indebidamente dispuestos, generar\u00e1n cr\u00e9dito en el presupuesto de la conselleria competente en materia de cooperaci\u00f3n al desarrollo, afectado al cumplimiento de fines del Programa de Cooperaci\u00f3n Internacional al Desarrollo.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional vig\u00e9sima octava. Autorizaci\u00f3n de unidades escolares en centros privados sostenidos con fondos p\u00fablicos para el curso escolar 2017-2018.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>El Consell autorizar\u00e1 el n\u00famero m\u00e1ximo de unidades a concertar para el curso escolar 2017-2018 Dicha autorizaci\u00f3n, que tendr\u00e1 car\u00e1cter global, se tramitar\u00e1 a propuesta de la conselleria con competencias en materia de educaci\u00f3n, y previo informe, de car\u00e1cter preceptivo y vinculante, de la conselleria con competencias en materia de hacienda.<\/li>\n<li>La conselleria con competencias en materia de educaci\u00f3n \u00fanicamente podr\u00e1 autorizar permutas, del concierto de ciclos formativos de grado medio y grado superior en un centro, que no impliquen incremento de gasto En caso de que por razones justificadas y excepcionales, se proponga una permuta que implique incremento de gasto, deber\u00e1 ser autorizada por el Consell mediante el procedimiento indicado en el apartado anterior, excepto en aquellos supuestos en que las permutas sean consecuencia de modificaciones derivadas de la normativa b\u00e1sica.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional vig\u00e9sima novena. Prestaciones por acogimiento familiar.<\/strong><\/p>\n<p>De acuerdo con lo establecido en el apartado tercero del art\u00edculo 121 de la Ley\u00a012\/2008, de 3 de julio, de la Generalitat, de Protecci\u00f3n Integral de la Infancia y la Adolescencia de la Comunitat Valenciana, durante 2017 el importe de las prestaciones por acogimiento familiar se determinar\u00e1 en funci\u00f3n de las cuant\u00edas o el m\u00f3dulo por d\u00eda de acogimiento que se recogen en el anexo V de esta ley.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional trig\u00e9sima. De la contabilidad aplicable a determinadas entidades del sector p\u00fablico administrativo de la Generalitat.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Durante el ejercicio 2017 el control interno de los organismos aut\u00f3nomos Instituto Cartogr\u00e1fico Valenciano, Instituto Valenciano de Investigaciones Agrarias, Instituto Valenciano de la Juventud y Agencia Valenciana de Fomento y Garant\u00eda Agraria se ejercer\u00e1 exclusivamente mediante la modalidad de auditor\u00eda p\u00fablica.<\/li>\n<li>En tanto que no se apruebe la adaptaci\u00f3n del plan general de contabilidad p\u00fablica de la Generalitat a que se refiere la disposici\u00f3n transitoria segunda de la Ley 1\/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda P\u00fablica, del Sector P\u00fablico Instrumental y de Subvenciones, las entidades de derecho p\u00fablico integradas en el sector p\u00fablico administrativo a que se refiere el art\u00edculo 3.1.c de la citada ley continuar\u00e1n aplicando los principios y normas de contabilidad recogidos en el C\u00f3digo de Comercio y el plan general de contabilidad de la empresa espa\u00f1ola.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional trig\u00e9sima primera. Del personal de los consorcios adscritos a la Generalitat.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>En aplicaci\u00f3n de lo dispuesto en el art\u00edculo 121 de la Ley 40\/2015, de 1 de octubre, de R\u00e9gimen Jur\u00eddico del Sector P\u00fablico, el r\u00e9gimen jur\u00eddico del personal al servicio de los consorcios adscritos a la Generalitat ser\u00e1 el aplicable al personal dependiente de \u00e9sta \u00faltima, y sus retribuciones en ning\u00fan caso podr\u00e1n superar las establecidas para puestos de trabajo equivalentes en aquella.<\/li>\n<\/ol>\n<p>A tal efecto el sistema retributivo del personal de los consorcios, tanto en lo que se refiere a las retribuciones b\u00e1sicas como a las complementarias, y con independencia del tipo de jornada que tenga asignado, debe articularse sobre la base de cuant\u00edas unitarias o equivalentes respecto de las percibidas por el personal al servicio de la Generalitat. En consecuencia, las retribuciones del personal que preste sus servicios en los distintos consorcios adscritos a la Generalitat no podr\u00e1n sobrepasar, para cada categor\u00eda profesional, las establecidas en las Tablas Retributivas aplicables, durante 2017, al personal incluido en el \u00e1mbito subjetivo del art\u00edculo 27 de la presente ley.<\/p>\n<ol start=\"2\">\n<li>Las diferencias por exceso que pudieran resultar por aplicaci\u00f3n de lo previsto en la presente disposici\u00f3n a los contratos preexistentes, se computar\u00e1n mediante un complemento personal de garant\u00eda, de car\u00e1cter transitorio y absorbible con cargo a futuros incrementos retributivos, para cuyo c\u00e1lculo se estar\u00e1 a lo dispuesto en el art\u00edculo 31.1.i de la presente ley.<\/li>\n<li>Las distintas consellerias competentes por raz\u00f3n de la materia, ser\u00e1n las responsables de impulsar la aplicaci\u00f3n de lo previsto en la presente disposici\u00f3n adicional, y a tal efecto deber\u00e1n asegurar su efectiva implementaci\u00f3n y puesta en marcha, dentro de los seis primeros meses de 2017, con efectos, en todo caso, desde la entrada en vigor de la presente ley.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional trig\u00e9sima segunda. De las retribuciones del personal laboral adscrito a las entidades que conforman el sector p\u00fablico instrumental.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Las retribuciones del personal laboral al servicio de las distintas entidades que componen en sector p\u00fablico instrumental de la Generalitat no podr\u00e1n sobrepasar bajo ning\u00fan concepto las que se determinan en la presente ley para un puesto de trabajo de categor\u00eda A1, complemento de destino 30 y complemento espec\u00edfico E050.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Las diferencias por exceso que pudieran resultar por aplicaci\u00f3n de lo previsto en el presente apartado a los contratos preexistentes, se computar\u00e1n mediante un complemento personal de garant\u00eda, de car\u00e1cter transitorio y absorbible con cargo a futuros incrementos retributivos para cuyo c\u00e1lculo se estar\u00e1 a lo dispuesto en el art\u00edculo 31.1.i de la presente ley.<\/p>\n<ol start=\"2\">\n<li>Excepcionalmente, por causas debidamente justificadas y vinculadas a la especial cualificaci\u00f3n requerida para el puesto de trabajo, podr\u00e1 autorizarse una retribuci\u00f3n por encima de la indicada en el apartado anterior, en funci\u00f3n de las circunstancias concurrentes en cada caso Dicha autorizaci\u00f3n corresponder\u00e1 al Consell mediante acuerdo motivado, a propuesta de la conselleria de adscripci\u00f3n de la entidad que as\u00ed lo requiera, la cual deber\u00e1 acompa\u00f1ar a su petici\u00f3n una memoria econ\u00f3mica y un informe motivado, suscritos por el m\u00e1ximo responsable de la entidad.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Con car\u00e1cter previo a la adopci\u00f3n del acuerdo por parte del Consell, deber\u00e1 recabarse informe preceptivo y vinculante de las consellerias con competencias en materia de hacienda y sector p\u00fablico.<\/p>\n<ol start=\"3\">\n<li>Lo dispuesto en la presente disposici\u00f3n no ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n:<\/li>\n<li>a) A las retribuciones correspondientes al personal directivo del sector p\u00fablico instrumental, que en todo caso se regir\u00e1n por lo previsto en el Decreto 95\/2016, de 29 de julio, del Consell.<\/li>\n<li>b) A las retribuciones del personal al servicio de los consorcios adscritos a la Generalitat, para los que se estar\u00e1 a lo dispuesto en el art\u00edculo 121 de la Ley 40\/2015, de\u00a01 de octubre.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional trig\u00e9sima tercera. Complemento espec\u00edfico B para jefes de servicio y secci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Los puestos de jefatura de servicio o secci\u00f3n de personal estatutario facultativo del sistema sanitario p\u00fablico de la Comunitat Valenciana, o que est\u00e9n expresamente considerados equivalentes a estos, tendr\u00e1n asignada la modalidad B de complemento espec\u00edfico, por lo que conllevar\u00e1n dedicaci\u00f3n exclusiva.<\/li>\n<\/ol>\n<p>El r\u00e9gimen de transitoriedad hacia esta modalidad de dedicaci\u00f3n se desarrollar\u00e1 reglamentariamente Hasta entonces continuar\u00e1 siendo aplicable para tales puestos la regulaci\u00f3n contenida en los art\u00edculos 53 a 56 de la Ley 11\/2000, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gesti\u00f3n Administrativa y Financiera y de Organizaci\u00f3n de la Generalitat.<\/p>\n<ol start=\"2\">\n<li>Una vez haya tenido efecto en un determinado puesto el complemento espec\u00edfico\u00a0B seg\u00fan lo dispuesto en el punto anterior y, posteriormente, el personal cese en dicha jefatura y vuelva a desempe\u00f1ar el puesto b\u00e1sico reservado, podr\u00e1 optar entre mantener el r\u00e9gimen de dedicaci\u00f3n exclusiva o acogerse a alguna de las otras dos modalidades de complemento espec\u00edfico previstas para el personal facultativo.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Esta opci\u00f3n podr\u00e1 llevarse a cabo por una sola vez, en el momento de la toma de posesi\u00f3n del puesto b\u00e1sico reservado, aplic\u00e1ndose a continuaci\u00f3n el r\u00e9gimen general de regulaci\u00f3n del complemento espec\u00edfico de personal facultativo, citado en el p\u00e1rrafo segundo del punto anterior.<\/p>\n<ol start=\"3\">\n<li>Hasta que se apruebe el nuevo reglamento de selecci\u00f3n y provisi\u00f3n del personal sanitario gestionado por la Conselleria de Sanidad Universal y Salud P\u00fablica, la vigencia de los nombramientos provisionales contemplados en el art\u00edculo 51 del actual reglamento aprobado por el Decreto 7\/2003, de 28 de enero, del Consell de la Generalitat, se extender\u00e1 hasta la provisi\u00f3n definitiva de la plaza, ya fuera por concurso o por libre designaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Disposici\u00f3n transitoria primera. De la ampliaci\u00f3n de los plazos previstos en las disposiciones transitorias tercera, cuarta y quinta de la Ley 1\/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Se ampl\u00eda hasta el 31 de diciembre de 2017 el plazo establecido en la disposici\u00f3n transitoria tercera de la Ley 1\/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat.<\/li>\n<\/ol>\n<p>La ampliaci\u00f3n del plazo establecida en el p\u00e1rrafo anterior no eximir\u00e1 a los organismos aut\u00f3nomos afectados, de la obligaci\u00f3n de elaborar sus presupuestos para el ejercicio de\u00a02018 de acuerdo con el r\u00e9gimen jur\u00eddico y econ\u00f3mico-financiero previsto en la mencionada ley para este tipo de entes.<\/p>\n<ol start=\"2\">\n<li>Se ampl\u00eda hasta el 31 de diciembre de 2017 el plazo establecido en la disposici\u00f3n transitoria cuarta de la Ley 1\/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat.<\/li>\n<\/ol>\n<p>En todo caso, las entidades afectadas por la citada disposici\u00f3n transitoria elaborar\u00e1n sus presupuestos para el ejercicio de 2018 de acuerdo con el r\u00e9gimen jur\u00eddico y econ\u00f3mico-financiero previsto en la mencionada ley para este tipo de entidades.<\/p>\n<ol start=\"3\">\n<li>Se ampl\u00eda hasta el 31 de diciembre de 2017 el plazo establecido en la disposici\u00f3n transitoria quinta de la Ley 1\/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat.<\/li>\n<\/ol>\n<p>En todo caso, las entidades afectadas por la citada disposici\u00f3n transitoria elaboraran sus presupuestos para el ejercicio de 2018 de acuerdo con las previsiones recogidas en el correspondiente contrato plurianual de gesti\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n transitoria segunda. De las retribuciones del personal laboral.<\/strong><\/p>\n<p>En tanto no se formalice el convenio o convenios a los que se refiere el art\u00edculo 34 de la presente ley, las retribuciones del personal laboral se sujetar\u00e1n a lo previsto en el art\u00edculo 28 de la presente ley, sin perjuicio, en su caso, de ulteriores regularizaciones.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n transitoria tercera. De la adecuaci\u00f3n a la normativa b\u00e1sica en materia de personal.<\/strong><\/p>\n<p>Las previsiones recogidas en la presente ley relativas al r\u00e9gimen y condiciones retributivas del personal al servicio de la Generalitat y de su sector p\u00fablico, y a la Oferta de Empleo P\u00fablico para el 2017, deber\u00e1n adecuarse a las normas que con el car\u00e1cter de b\u00e1sico se incluyan en la disposici\u00f3n que, en su caso, articule la correspondiente pr\u00f3rroga de los Presupuestos Generales del Estado y, en todo caso, en Ley de Presupuestos Generales del Estado para el 2017.<\/p>\n<p>A tal efecto, se autoriza al Consell, una vez aprobada la correspondiente norma, a que adopte las medidas necesarias para asegurar el cumplimiento de lo previsto en el p\u00e1rrafo anterior.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n transitoria cuarta. Del sector p\u00fablico instrumental de la Generalitat.<\/strong><\/p>\n<p>Durante 2017, se autoriza al Consell para que, mediante acuerdo, apruebe el presupuesto de los entes del sector p\u00fablico instrumental que inicien su actividad a lo largo del mismo.<\/p>\n<p>Dicha aprobaci\u00f3n deber\u00e1 acordarse con anterioridad a la efectiva puesta en marcha de las entidades u organismos, y su contenido vendr\u00e1 delimitado por lo previsto al efecto en la Orden 4\/2016, de 17 de junio, de la Conselleria de Hacienda y Modelo Econ\u00f3mico, por la que se dictan las normas para la elaboraci\u00f3n del presupuesto de la Generalitat para el ejercicio 2017.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n transitoria quinta. Autorizaci\u00f3n de los gastos de personal de las universidades p\u00fablicas para 2018.<\/strong><\/p>\n<p>Las universidades p\u00fablicas elaborar\u00e1n una propuesta de anteproyecto de gastos de personal para el ejercicio 2018 en la que se justifiquen los costes salariales reales brutos a\u00a030 de junio de 2017, as\u00ed como las dotaciones necesarias para la cobertura presupuestaria de los puestos vacantes, todo ello en c\u00f3mputo anual, diferenciando los mismos para el personal docente e investigador y para el personal de administraci\u00f3n y servicios, y detallando, dentro de cada uno de dichos sectores, los correspondientes al personal fijo y al temporal Acompa\u00f1ando a dicha informaci\u00f3n elaborar\u00e1n una estimaci\u00f3n de necesidades adicionales en materia de gastos de personal para 2018, que deber\u00e1 ser suficientemente motivada.<\/p>\n<p>La citada propuesta deber\u00e1 remitirse con anterioridad al 1 de septiembre de 2017, a la conselleria competente en materia de universidades, que la analizar\u00e1 y valorar\u00e1, remitiendo sus conclusiones a la conselleria competente en materia de hacienda para la inclusi\u00f3n de la autorizaci\u00f3n prevista en el art\u00edculo 81.4 de la Ley Org\u00e1nica 6\/2001, de 21 de diciembre, en el articulado de la Ley de Presupuestos de la Generalitat para 2018.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n transitoria sexta.<\/strong><\/p>\n<p>Durante 2017, y respecto de las aportaciones dinerarias no aplicadas a sus finalidades al cierre del ejercicio 2016, no ser\u00e1n de aplicaci\u00f3n a la Corporaci\u00f3n Valenciana de Medios de Comunicaci\u00f3n las previsiones sobre reintegro de transferencias concedidas a entes del sector p\u00fablico instrumental de la Generalitat, previstas en el Decreto 204\/1990, de 26 de diciembre, del Consell de la Generalitat Valenciana, sobre reintegro de transferencias corrientes y de capital.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n final primera. De la coordinaci\u00f3n con diputaciones.<\/strong><\/p>\n<p>De acuerdo con lo dispuesto en el art\u00edculo 7 de la Ley 2\/1983, de 4 de octubre, por la que se declaran de inter\u00e9s general para la Comunitat Valenciana determinadas funciones propias de las diputaciones provinciales, se unir\u00e1n, como anexo al Presupuesto de la Generalitat para el ejercicio 2017, los presupuestos aprobados por las diputaciones provinciales de Alicante, Castell\u00f3n y Valencia, para ese mismo a\u00f1o, que ser\u00e1n publicados en el \u00abDiari Oficial de la Generalitat Valenciana\u00bb.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n final segunda. Del desarrollo y ejecuci\u00f3n de la presente ley.<\/strong><\/p>\n<p>Se autoriza al Consell para que, a propuesta de la persona que tenga asignada la titularidad de la conselleria con competencias en materia de hacienda, dicte las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecuci\u00f3n de lo dispuesto en esta ley.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n final tercera. Entrada en vigor.<\/strong><\/p>\n<p>La presente ley entrar\u00e1 en vigor el d\u00eda 1 de enero de 2017.<\/p>\n<p>Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos y todas las ciudadanas, tribunales, autoridades y poderes p\u00fablicos a los que corresponda, observen y hagan cumplir esta Ley.<\/p>\n<p>Valencia, 30 de diciembre de 2016.\u2013El President de la Generalitat, Ximo Puig i Ferrer.<\/p>\n<p><strong>ANEXO I<\/strong><\/p>\n<p><strong>M\u00f3dulos econ\u00f3micos de distribuci\u00f3n de fondos p\u00fablicos para el sostenimiento de centros concertados<\/strong><\/p>\n<p><strong>ANEXO II<\/strong><\/p>\n<p><strong>Distribuci\u00f3n de las subvenciones para la financiaci\u00f3n de las actividades entre las universidades p\u00fablicas competencia de la Generalitat<\/strong><\/p>\n<p><em>A\u00f1o 2017<\/em><\/p>\n<table>\n<thead>\n<tr>\n<td><\/td>\n<td><strong>Importe l\u00ednea<\/strong><\/p>\n<p><strong>T0097000<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<\/thead>\n<tbody>\n<tr>\n<td>Universitat de Val\u00e8ncia-Estudi General<\/td>\n<td>228.027.840,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Universitat Polit\u00e8cnica de Val\u00e8ncia<\/td>\n<td>201.984.430,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Universitat d\u2019Alacant<\/td>\n<td>121.579.170,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Universitat Jaume I<\/td>\n<td>61.754.860,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Universitat Miguel Hern\u00e1ndez<\/td>\n<td>58.163.800,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><\/td>\n<td>671.510.100,00<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p><strong>ANEXO III<\/strong><\/p>\n<p><strong>Importes correspondientes al componente retributivo relacionado con la formaci\u00f3n permanente de los funcionarios de carrera de los diferentes cuerpos docentes<\/strong><\/p>\n<p><em>A\u00f1o 2017<\/em><\/p>\n<table>\n<thead>\n<tr>\n<td><strong>Sexenio<\/strong><\/td>\n<td><strong>Importe mensual<\/strong><\/td>\n<td><strong>Importe acumulado<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<\/thead>\n<tbody>\n<tr>\n<td>Primero<\/td>\n<td>103,64<\/td>\n<td>103,64<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Segundo<\/td>\n<td>109,77<\/td>\n<td>213,41<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Tercero<\/td>\n<td>125,57<\/td>\n<td>338,98<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Cuarto<\/td>\n<td>136,68<\/td>\n<td>475,66<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Quinto<\/td>\n<td>79,44<\/td>\n<td>555,10<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p><strong>ANEXO IV<\/strong><\/p>\n<p><strong>Importes correspondientes a los sistemas de carrera profesional vigentes en la Generalitat<\/strong><\/p>\n<p><em>A\u00f1o 2017<\/em><\/p>\n<ol>\n<li>Complemento de carrera profesional:<\/li>\n<\/ol>\n<table>\n<thead>\n<tr>\n<td><\/td>\n<td><strong>Euros\/a\u00f1o<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<\/thead>\n<tbody>\n<tr>\n<td>Grupo A1<\/td>\n<td><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Grado 1<\/td>\n<td>3.122,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Grado 2<\/td>\n<td>6.243,86.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Grado 3<\/td>\n<td>9.365,72.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Grado 4<\/td>\n<td>12.487,72.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Grupo A2<\/td>\n<td><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Grado 1<\/td>\n<td>2.029,30.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Grado 2<\/td>\n<td>4.058,60.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Grado 3<\/td>\n<td>6.087,76.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Grado 4<\/td>\n<td>8.117,06.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Grupo C1<\/td>\n<td><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Grado 1<\/td>\n<td>1.300,88.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Grado 2<\/td>\n<td>2.601,62.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Grado 3<\/td>\n<td>3.902,50.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Grado 4<\/td>\n<td>5.203,24.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Grupo C2<\/td>\n<td><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Grado 1<\/td>\n<td>1.040,76.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Grado 2<\/td>\n<td>2.081,38.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Grado 3<\/td>\n<td>3.122,00.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Grado 4<\/td>\n<td>4.162,62.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Agrupaciones profesionales<\/td>\n<td>:<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Grado 1<\/td>\n<td>780,50.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Grado 2<\/td>\n<td>1.561,00.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Grado 3<\/td>\n<td>2.341,50.<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Grado 4<\/td>\n<td>3.122,00.<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<ol start=\"2\">\n<li>Complemento de desarrollo profesional del personal al servicio de las instituciones sanitarias:<\/li>\n<\/ol>\n<table>\n<thead>\n<tr>\n<td><\/td>\n<td><strong>Euros\/a\u00f1o<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<\/thead>\n<tbody>\n<tr>\n<td>Grupo A1<\/td>\n<td><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Grado 1<\/td>\n<td>3.060,82<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Grado 2<\/td>\n<td>6.121,50<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Grado 3<\/td>\n<td>9.182,18<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Grado 4<\/td>\n<td>12.242,86<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Grupo A2<\/td>\n<td><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Grado 1<\/td>\n<td>1.989,54<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Grado 2<\/td>\n<td>3.978,94<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Grado 3<\/td>\n<td>5.968,48<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Grado 4<\/td>\n<td>7.957,88<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Grupo C1<\/td>\n<td><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Grado 1<\/td>\n<td>1.275,40<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Grado 2<\/td>\n<td>2.550,66<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Grado 3<\/td>\n<td>3.825,92<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Grado 4<\/td>\n<td>5.101,18<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Grupo C2<\/td>\n<td><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Grado 1<\/td>\n<td>1.020,32<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Grado 2<\/td>\n<td>2.040,50<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Grado 3<\/td>\n<td>3.060,82<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Grado 4<\/td>\n<td>4.081,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Agrupaciones profesionales<\/td>\n<td><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Grado 1<\/td>\n<td>765,24<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Grado 2<\/td>\n<td>1.530,48<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Grado 3<\/td>\n<td>2.295,58<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Grado 4<\/td>\n<td>3.060,82<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p><strong>ANEXO V<\/strong><\/p>\n<p><strong>M\u00f3dulos y cuant\u00edas para determinar el importe de las prestaciones por acogimiento familiar<\/strong><\/p>\n<p><em>A\u00f1o 2017<\/em><\/p>\n<table>\n<thead>\n<tr>\n<td><strong>Modalidad de acogimiento<\/strong><\/td>\n<td><strong>M\u00f3dulo por d\u00eda <\/strong><\/p>\n<p><strong>\u2013<\/strong><\/p>\n<p><strong>Euros<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<\/thead>\n<tbody>\n<tr>\n<td>1. Acogimientos familiares en familia extensa:<\/td>\n<td><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>a) Por cada menor acogido<\/td>\n<td>12,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>2. Acogimientos familiares con familia educadora:<\/td>\n<td><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>a) Por cada menor acogido sin necesidades especiales<\/td>\n<td>12,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>b) Por cada menor acogido con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %<\/td>\n<td>13,50<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>c) Por cada menor acogido en acogimiento especializado<\/td>\n<td>30,00<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<table>\n<thead>\n<tr>\n<td><strong>Modalidad de acogimiento<\/strong><\/td>\n<td><strong>Cuant\u00eda anual<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u2013<\/strong><\/p>\n<p><strong>Euros<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<\/thead>\n<tbody>\n<tr>\n<td>Acogimientos en familia educadora de urgencia-diagn\u00f3stico:<\/td>\n<td><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>a) Familias disponibles para acoger un menor<\/td>\n<td>9.150,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>b) Familias disponibles para acoger hasta dos menores simult\u00e1neamente<\/td>\n<td>18.300,00<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p><strong>ANEXO<\/strong><\/p>\n<p><strong>RELACI\u00d3N DE ENMIENDAS APROBADAS POR LES CORTS AL PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS DE LA GENERALITAT PARA EL EJERCICIO 2017<\/strong><\/p>\n<p>De la secci\u00f3n 03 Consell Valenci\u00e0 de Cultura.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Programa 111.30 Asesoramiento cultural.<\/p>\n<p>Ficha FP1.<\/p>\n<p>C\u00f3digo de l\u00ednea S1103000 Cap\u00edtulo 4.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n de la l\u00ednea: premios, publicaci\u00f3n y concurso de ilustraci\u00f3n sobre igualdad de g\u00e9nero.<\/p>\n<p>Descripci\u00f3n y finalidad.<\/p>\n<p>Donde dice: Fomento de las actividades para sensibilizar al alumnado de ESO, bachillerato y centros docentes sobre igualdad de g\u00e9nero,<\/p>\n<p>Debe a\u00f1adirse: y violencias machistas.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Programa 111.30 Asesoramiento cultural.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>C\u00f3digo l\u00ednea S1103000 Cap\u00edtulo 4.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n de la l\u00ednea: premios, publicaci\u00f3n y concurso de ilustraci\u00f3n sobre igualdad de g\u00e9nero y violencias machistas.<\/p>\n<p>Descripci\u00f3n y finalidad: fomento de las actividades para sensibilizar al alumnado de ESO, bachillerato y centros docentes sobre igualdad de g\u00e9nero.<\/p>\n<p>Aumenta en 7,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Programa 111.30 Asesoramiento cultural.<\/p>\n<p>Ficha FP2.<\/p>\n<p>Aplicaci\u00f3n econ\u00f3mica 226 Gastos diversos.<\/p>\n<p>Disminuye en 7,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Programa 111.30 Asesoramiento cultural.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>C\u00f3digo l\u00ednea S7159000 Cap\u00edtulo 4.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n de la l\u00ednea: premios y concurso literario sobre igualdad de g\u00e9nero.<\/p>\n<p>Aumenta: 7,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Programa 111.30 Asesoramiento cultural.<\/p>\n<p>Ficha FP2.<\/p>\n<p>Aplicaci\u00f3n econ\u00f3mica 226 Gastos diversos.<\/p>\n<p>Disminuye en 7,00 euros.<\/p>\n<p>Programa 111.30 Asesoramiento cultural.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>C\u00f3digo l\u00ednea S7159000 Cap\u00edtulo 4.<\/p>\n<p>Descripci\u00f3n y finalidad.<\/p>\n<p>Donde dice: Fomento de las actividades para sensibilizar al alumnado de ESO, bachillerato y centros docentes sobre igualdad de g\u00e9nero,<\/p>\n<p>Debe decir: Fomento de las actividades para sensibilizar al alumnado de ESO, bachillerato y centros docentes sobre igualdad de g\u00e9nero y violencias machistas.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Programa 111.30 Asesoramiento cultural.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n de la l\u00ednea: concurso de investigaci\u00f3n y publicaci\u00f3n sobre gastronom\u00eda, saberes populares y paisajes de las tierras valencianas.<\/p>\n<p>Beneficiarios previstos: instituciones sin \u00e1nimo de lucro.<\/p>\n<p>Descripci\u00f3n y finalidad: fomento de las actividades para sensibilizar al alumnado de ESO y bachillerato y centros docentes sobre los saberes populares, la riqueza del paisaje y la variedad de gastronom\u00eda de nuestro territorio.<\/p>\n<p>Concurrencia competitiva.<\/p>\n<p>10,00 euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Programa 111.30 Asesoramiento cultural.<\/p>\n<p>Ficha FP2.<\/p>\n<p>Aplicaci\u00f3n econ\u00f3mica 226 Gastos diversos.<\/p>\n<p>Disminuye 10,00 euros.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Programa 111.30 Asesoramiento cultural.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una l\u00ednea nueva.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n de la l\u00ednea: redacci\u00f3n de mapa de bienes de inter\u00e9s cultural de la Comunitat Valenciana.<\/p>\n<p>Beneficiarios previstos: investigadores e investigadoras de disciplinas art\u00edsticas de las universidades p\u00fablicas valencianas.<\/p>\n<p>Descripci\u00f3n y finalidad: Establecer la relaci\u00f3n de bienes de inter\u00e9s cultural de la Comunitat Valenciana para facilitar el acceso a la informaci\u00f3n a la ciudadan\u00eda a estudiantes y al sector tur\u00edstico con el fin de estimular el conocimiento de nuestro patrimonio protegido y su difusi\u00f3n<\/p>\n<p>Concurrencia competitiva.<\/p>\n<p>10,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Programa 111.30 Asesoramiento cultural.<\/p>\n<p>Ficha FP2.<\/p>\n<p>Aplicaci\u00f3n econ\u00f3mica 226 Gastos diversos.<\/p>\n<p>Disminuye en 10,00 miles de euros.<\/p>\n<p>De la secci\u00f3n 05 Presidencia de la Generalitat.<\/p>\n<p>Enmienda t\u00e9cnica para la correcci\u00f3n de un error terminol\u00f3gico advertido en el texto de la ley:<\/p>\n<p>Donde dice:<\/p>\n<p>Secci\u00f3n 05.<\/p>\n<p>Programa AVT Agencia Valenciana del Turismo.<\/p>\n<p>L\u00ednea S0000814 Planes territoriales de dinamizaci\u00f3n tur\u00edstica.<\/p>\n<p>Relaci\u00f3n de beneficiarios: Mancomunidad Ribera Baja.<\/p>\n<p>Debe decir:<\/p>\n<p>Secci\u00f3n 05.<\/p>\n<p>Programa AVT Agencia Valenciana del Turismo.<\/p>\n<p>L\u00ednea S0000814 Planes territoriales de dinamizaci\u00f3n tur\u00edstica.<\/p>\n<p>Relaci\u00f3n de beneficiarios: Consorcio de La Ribera.<\/p>\n<p>Servicio 05 Agencia de Seguridad y Respuesta a las Emergencias.<\/p>\n<p>Programa 221.10 Emergencias, protecci\u00f3n civil y extinci\u00f3n de incendios.<\/p>\n<p>FP 4.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir la siguiente l\u00ednea:<\/p>\n<p>2.1.7 Colaboraci\u00f3n en la investigaci\u00f3n de causas y motivos de los incendios forestales.<\/p>\n<p>Servicio 05 Agencia de Seguridad y Respuesta a las Emergencias<\/p>\n<p>Programa 221.10 Emergencias, protecci\u00f3n civil y extinci\u00f3n de incendios.<\/p>\n<p>FP 4.<\/p>\n<p>Objetivo 2.1.<\/p>\n<p>Indicador: 3 brigadas de extinci\u00f3n terrestres y helitransportadas.<\/p>\n<p>Unidad de medida: N\u00famero de brigadas, valor 62.<\/p>\n<p>Donde dice: Reuniones coordinaci\u00f3n 12,<\/p>\n<p>Debe decir: Brigadas 62.<\/p>\n<p>Programa 111.70.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>En Centro gestor.<\/p>\n<p>Donde dice: 00 Gabinete del Presidente,<\/p>\n<p>Debe decir: 01 DG An\u00e1lisis, Pol\u00edticas P\u00fablicas y Coordinaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Programa 111.70.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n l\u00ednea: Colaboraci\u00f3n en el funcionamiento del Consejo Valenciano de la Innovaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Beneficiarios previstos: Universitat de Val\u00e8ncia\u2013Estudi General.<\/p>\n<p>Descripci\u00f3n y finalidad: Suscripci\u00f3n de un convenio de colaboraci\u00f3n con la Universitat de Val\u00e8ncia-Estudi General, para el mejor funcionamiento del Consejo Valenciano de la Innovaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Importe: 15,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Programa 111.70.<\/p>\n<p>Ficha FP7<\/p>\n<p>C\u00f3digo l\u00ednea T7055000 Aportaci\u00f3n de la Generalitat Valenciana a estudios prospectivos y an\u00e1lisis servicios p\u00fablicos.<\/p>\n<p>Se disminuyen 15,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Programa 112.20.<\/p>\n<p>En denominaci\u00f3n del programa.<\/p>\n<p>Donde dice: 112.20 Secretariado del Consell,<\/p>\n<p>Debe decir: 112.20 Relaciones con las Cortes.<\/p>\n<p>Programa 112.20.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Problem\u00e1tica sobre la que se act\u00faa.<\/p>\n<p>Objetivo b\u00e1sico.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que modificar el punto 1 por el siguiente texto:<\/p>\n<ol>\n<li>Gesti\u00f3n de los registros de convenios y \u00f3rganos colegiados de la Generalitat.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Programa 112.20.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Objetivo b\u00e1sico.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir un objetivo nuevo:<\/p>\n<p>1.3 Preparaci\u00f3n y seguimiento de la planificaci\u00f3n normativa del Consell.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>1.3.1 Propuestas normativas incorporadas a la planificaci\u00f3n anual Unidad de medida: disposiciones normativas.<\/p>\n<p>Valor: 200.<\/p>\n<p>Programa 221.10.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores<\/p>\n<p>Donde dice: 1.1.1 Elaboraci\u00f3n [..] protecci\u00f3n civil,<\/p>\n<p>Debe decir: 1.1.1 Elaboraci\u00f3n y programaci\u00f3n de cursos para bomberos, brigadas, t\u00e9cnicos de protecci\u00f3n civil, voluntariado de protecci\u00f3n civil y otro personal de los servicios de emergencia.<\/p>\n<p>Donde dice: 2.1.1 Coordinaci\u00f3n [&#8230;] de incendios,<\/p>\n<p>Debe decir: 2.1.1 Coordinaci\u00f3n de los consorcios provinciales de prevenci\u00f3n, extinci\u00f3n de incendios y salvamento.<\/p>\n<p>Programa 221.10.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Indicadores por objetivos.<\/p>\n<p>Objetivo 2.1.<\/p>\n<p>En Indicador 1 Coordinaci\u00f3n consorcios<\/p>\n<p>Donde dice: Valor 6,<\/p>\n<p>Debe decir: Valor 3<\/p>\n<p>En Indicador 3 Brigadas de extinci\u00f3n terrestres y helitransportadas.<\/p>\n<p>Donde dice: Unidad de medida: Reuniones coordinaci\u00f3n valor 12,<\/p>\n<p>Debe decir: Unidad de medida: N\u00famero de brigadas valor 62.<\/p>\n<p>Programa 221.10.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Indicadores por objetivos.<\/p>\n<p>Objetivo 2.1.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir un indicador nuevo:<\/p>\n<p>Indicador 7.<\/p>\n<p>Descripci\u00f3n: Reuniones de coordinaci\u00f3n de medios de extinci\u00f3n de incendios forestales.<\/p>\n<p>Unidad de medida: N\u00famero de reuniones de coordinaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Valor 12.<\/p>\n<p>Programa 221.10<\/p>\n<p>Ficha FP7<\/p>\n<p>C\u00f3digo l\u00ednea S1436000<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n l\u00ednea: Seguros de personal voluntario de protecci\u00f3n civil<\/p>\n<p>Beneficiarios previstos: Donde dice: Ayuntamientos [&#8230;] protecci\u00f3n civil, debe decir: Asociaciones y ayuntamientos con agrupaci\u00f3n de voluntarios de protecci\u00f3n civil.<\/p>\n<p>Programa 221.10<\/p>\n<p>Ficha FP7<\/p>\n<p>C\u00f3digo l\u00ednea S7041000.<\/p>\n<p>En denominaci\u00f3n l\u00ednea.<\/p>\n<p>Donde dice: Convenio Universitat de Val\u00e8ncia sobre vigilancia radiol\u00f3gica,<\/p>\n<p>Debe decir: Convenio Universitat de Val\u00e8ncia sobre vigilancia radiol\u00f3gica en emergencias.<\/p>\n<p>Programa 221.10.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>C\u00f3digo l\u00ednea S7042000.<\/p>\n<p>En denominaci\u00f3n l\u00ednea: Donde dice: Convenio Universitat Polit\u00e8cnica de Val\u00e8ncia sobre vigilancia radiol\u00f3gica, debe decir: Convenio Universitat Polit\u00e8cnica de Val\u00e8ncia sobre vigilancia radiol\u00f3gica en emergencias.<\/p>\n<p>Programa 221.10.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>C\u00f3digo l\u00ednea S7916000.<\/p>\n<p>En denominaci\u00f3n l\u00ednea.<\/p>\n<p>Donde dice: Equipamiento por agrupaciones de voluntarios PCCV,<\/p>\n<p>Debe decir: Equipamiento por asociaciones y agrupaciones de voluntarios de protecci\u00f3n civil.<\/p>\n<p>Beneficiarios previstos.<\/p>\n<p>Donde dice: Ayuntamientos que disponen de agrupaci\u00f3n de voluntarios de protecci\u00f3n civil,<\/p>\n<p>Debe decir: Asociaciones y ayuntamientos con agrupaci\u00f3n de voluntarios de protecci\u00f3n civil.<\/p>\n<p>Programa 751.10.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>C\u00f3digo l\u00ednea X0153000.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n l\u00ednea: Financiaci\u00f3n operaciones corrientes Agencia Valenciana del Turismo<\/p>\n<p>En aportaci\u00f3n condicionada Generalitat.<\/p>\n<p>Donde dice: 0,00 euros,<\/p>\n<p>Debe decir: 1.818.620,00 euros.<\/p>\n<p>En aportaci\u00f3n Generalitat no condicionada.<\/p>\n<p>Donde dice: 29.084.000,00 euros,<\/p>\n<p>Debe decir: 27.265.380,00 euros.<\/p>\n<p>Programa 222.10.<\/p>\n<p>Ficha FP1.<\/p>\n<p>En Cap\u00edtulo G1 Gastos de personal.<\/p>\n<p>En presupuesto inicial 2017<\/p>\n<p>Donde dice: 4.010.710,00 miles de euros,<\/p>\n<p>Debe decir: 4.610.710,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Servicio: 05 Agencia de Seguridad y Respuesta a las Emergencias.<\/p>\n<p>Centro gestor: 01 Agencia de Seguridad y Respuesta a las Emergencias.<\/p>\n<p>Programa 222.10 Seguridad p\u00fablica: polic\u00eda de la Generalitat y polic\u00eda local.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: II Compra de bienes corrientes y gastos de funcionamiento.<\/p>\n<p>Concepto econ\u00f3mico: G23300: Otras indemnizaciones.<\/p>\n<p>Importe: 600.000,00 euros.<\/p>\n<p>Baja \u2013600.000,00 euros.<\/p>\n<p>Programa 112.40 Relaciones externas.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>1.1.7 Participaci\u00f3n proactiva en el Comit\u00e9 de las Regiones y las comisiones ECON y COTER y conseguir liderar ponencias sobre temas de inter\u00e9s regional.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>1.1.4 Incremento de los medios personales con los que cuenta la FCVRE.<\/p>\n<p>Programa 462.10 Relaciones informativas.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>L\u00ednea S0592000 Becas pr\u00e1cticas profesionales:<\/p>\n<p>Donde dice: Beneficiarios previstos: Personas licenciadas en ciencias de la informaci\u00f3n, ramas en periodismo, imagen y sonido y comunicaci\u00f3n audiovisual,<\/p>\n<p>Debe decir: Beneficiarios previstos: Personas licenciadas o graduadas en ciencias de la informaci\u00f3n, ramas en periodismo, imagen y sonido y comunicaci\u00f3n audiovisual.<\/p>\n<p>De la Agencia Valenciana de Turismo.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>C\u00f3digo l\u00ednea S0000823.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n l\u00ednea.<\/p>\n<p>Donde dice: Marketing colaborador Ashotur,<\/p>\n<p>Debe decir: Marketing colaborador acciones de promoci\u00f3n.<\/p>\n<p>Beneficiarios previstos.<\/p>\n<p>Despu\u00e9s de Castell\u00f3n (Ashotur).<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir: e Introducing Castell\u00f3n.<\/p>\n<p>Descripci\u00f3n y finalidad.<\/p>\n<p>Donde dice: hotelera de la provincia de Castell\u00f3n,<\/p>\n<p>Debe decir: tur\u00edstica de la provincia de Castell\u00f3n.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>C\u00f3digo l\u00ednea S0000908.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n l\u00ednea: Actuaciones de marketing colaborador para la promoci\u00f3n de las fiestas de relevante inter\u00e9s tur\u00edstico.<\/p>\n<p>Anexo.<\/p>\n<p>Donde dice: Patronato Municipal de Fiestas de Castell\u00f3n de la Plana,<\/p>\n<p>Debe decir: Federaci\u00f3n Gestora de Gaiatas.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo 4.<\/p>\n<p>L\u00ednea S0000835 Impulso al marketing de producto tur\u00edstico de la Comunitat Valenciana.<\/p>\n<p>Importe:<\/p>\n<p>Donde dice: 250.000,00 euros,<\/p>\n<p>Debe decir: 263.000,00 euros.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo 4.<\/p>\n<p>L\u00ednea S0000902 marketing colaborativo Federaci\u00f3n de Camping de la Comunitat Valenciana.<\/p>\n<p>Importe:<\/p>\n<p>Donde dice: 60.000,00 euros,<\/p>\n<p>Debe decir: 77.000,00 euros.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo 4<\/p>\n<p>L\u00ednea S0000800 Fomento de la innovaci\u00f3n tur\u00edstica y transferencia de conocimientos al sector tur\u00edstico de la Comunitat Valenciana.<\/p>\n<p>Importe:<\/p>\n<p>Donde dice: 400.000,00 euros,<\/p>\n<p>Debe decir: 410.000,00 euros.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo 4<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n de la l\u00ednea: Apoyo al sector de la nueva ruta de la seda: una ruta de Paz<\/p>\n<p>Beneficiarios previstos: Nexos-Alianza.<\/p>\n<p>Descripci\u00f3n y finalidad: colaboraci\u00f3n en la promoci\u00f3n del patrimonio cultural de la Comunitat Valenciana.<\/p>\n<p>Modo de concesi\u00f3n: concesi\u00f3n directa, art\u00edculo 168.a).<\/p>\n<p>Aportaci\u00f3n Generalitat no condicionada: 20,00.<\/p>\n<p>Importe: 20.000,00 euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Entidad 22 Agencia Valenciana de Turismo.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo 4.<\/p>\n<p>L\u00ednea S0000805 promoci\u00f3n y marketing ruta occidental de la seda.<\/p>\n<p>Importe:<\/p>\n<p>Donde dice: 160.000,00 euros,<\/p>\n<p>Debe decir: 100.000,00 euros.<\/p>\n<p>Total bajas: 60.000,00 euros.<\/p>\n<p>Ficha FP3.<\/p>\n<p>C\u00f3digo ing 43006 De la conselleria a que est\u00e1 adscrito FSE Programa operativo 2014-2020.<\/p>\n<p>Eje 1.PI 8.1 El acceso al empleo [\u2026] movilidad laboral.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo:<\/p>\n<p>Debe decir: Cap\u00edtulo 2.<\/p>\n<p>L\u00ednea:<\/p>\n<p>Debe decir: L\u00ednea NA.<\/p>\n<p>C\u00f3digo ing 43006 De la conselleria a que est\u00e1 adscrito FSE programa operativo 2014-2020.<\/p>\n<p>Eje 1 PI 8.5 La adaptaci\u00f3n [\u2026] al cambio.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo:<\/p>\n<p>Debe decir: Cap\u00edtulo 2.<\/p>\n<p>L\u00ednea.<\/p>\n<p>Debe decir: L\u00ednea NA.<\/p>\n<p>C\u00f3digo ing 43008 de la conselleria a que est\u00e1 adscrito FSE\u2013YEI programa operativo juvenil 2014-2020.<\/p>\n<p>Eje 5 PI 8.2 La integraci\u00f3n sostenible en el mercado de los j\u00f3venes [\u2026]<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo:<\/p>\n<p>Debe decir: Cap\u00edtulo 2.<\/p>\n<p>L\u00ednea:<\/p>\n<p>Debe decir: L\u00ednea NA.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para conseguir el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>5.1.1 Potenciaci\u00f3n y promoci\u00f3n de la Comunitat Valenciana, tanto a nivel nacional como internacional, como destino id\u00f3neo para la celebraci\u00f3n de ferias y congresos.<\/p>\n<p>De la secci\u00f3n 16 Vicepresidencia e Igualdad y Pol\u00edticas Inclusivas.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea de actuaci\u00f3n:<\/p>\n<p>2.1.8 Requerimiento de m\u00e1s fondos de compensaci\u00f3n al gobierno de Espa\u00f1a para aumentar la partida S6383000, Ayudas para mujeres v\u00edctimas de violencia de g\u00e9nero.<\/p>\n<p>En Objetivo b\u00e1sico:<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>2.3 Establecer una red local en la Comunitat Valenciana de centros especializados de atenci\u00f3n a mayores (CEAM) dirigida al fomento del envejecimiento activo.<\/p>\n<p>En Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>2.3.1 Estudio y dise\u00f1o de un mapa de necesidades de centros especializados de atenci\u00f3n a mayores (CEAM) en los municipios de la Comunitat Valenciana, que permita una adecuada atenci\u00f3n a los mayores para fomentar el envejecimiento activo (municipios como Sant Vicent del Raspeig, Sant Mateu, Mislata&#8230;).<\/p>\n<p>En Problem\u00e1tica sobre la que se act\u00faa.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<ol start=\"7\">\n<li>Promoci\u00f3n de los derechos de las menores de edad y lucha contra la violencia machista.<\/li>\n<\/ol>\n<p>En Objetivo b\u00e1sico.<\/p>\n<p>1.4 Fomentar el respeto a la libertad de conciencia y a la diversidad religiosa y cultural.<\/p>\n<p>Programa 313.80 Igualdad en la diversidad.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Problem\u00e1tica sobre la que se act\u00faa.<\/p>\n<p>Debe decir:<\/p>\n<ol>\n<li>Programaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de acciones que tengan por objeto promover la igualdad del colectivo de lesbianas, gais, transexuales y bisexuales; la igualdad y la inclusi\u00f3n del pueblo gitano; el reconocimiento de la libertad de conciencia y la diversidad religiosa, as\u00ed como el respeto y la igualdad a otras manifestaciones de la diversidad sexual, \u00e9tnica y cultural.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Programa 313.80 Igualdad en la diversidad.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Objetivo b\u00e1sico.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>1.3 Coordinar e impulsar proyectos y actuaciones que fomenten la igualdad y la inclusi\u00f3n del pueblo gitano, con especial preferencia en aquellos que trabajen la igualdad de las mujeres.<\/p>\n<p>Programa 313.80 Igualdad en la diversidad.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Objetivo b\u00e1sico.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>1.2.3 Apoyar a las asociaciones LGTBI en el desarrollo de programas espec\u00edficos y campa\u00f1as que realicen, especialmente en el \u00e1mbito de las personas mayores.<\/p>\n<p>Programa 313.80 Igualdad en la diversidad.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir en Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo y los indicadores:<\/p>\n<p>1.3.2 Financiaci\u00f3n de programas que desarrollen acciones por la igualdad y la inclusi\u00f3n del pueblo gitano, que fomenten la igualdad de las mujeres gitanas y visibilicen y pongan en valor la cultura gitana.<\/p>\n<p>Programa 313.30 Infancia y adolescencia.<\/p>\n<p>FP 4.<\/p>\n<p>En Objetivo b\u00e1sico.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>7.1 Favorecer la igualdad entre las y los menores de edad y establecer l\u00edneas de actuaci\u00f3n contra las violencias machistas.<\/p>\n<p>Programa 313.30 Infancia y adolescencia.<\/p>\n<p>FP 4.<\/p>\n<p>En Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar objetivos e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>7.1.1 Promover programas que fomenten entre las y los menores de edad la igualdad de g\u00e9nero y la lucha contra violencias machistas.<\/p>\n<p>Programa 313.50 Inclusi\u00f3n social.<\/p>\n<p>Ficha FP7 Anexo.<\/p>\n<p>En el cuadro de relaci\u00f3n de beneficiarios de l\u00ednea nominativa:<\/p>\n<p>C\u00f3digo l\u00ednea S6736000 Convenios entidades locales para la integraci\u00f3n de las personas migrantes.<\/p>\n<p>Debe decir:<\/p>\n<p>Beneficiarios:<\/p>\n<p>Ayuntamiento de Valencia 150.000,00.<\/p>\n<p>Ayuntamiento de Alicante 35.000,00.<\/p>\n<p>Ayuntamiento de Castell\u00f3n 35.000,00.<\/p>\n<p>Programa 313.80 Igualdad en la diversidad.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>C\u00f3digo l\u00ednea S6735000.<\/p>\n<p>Donde dice:<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n l\u00ednea: Programa igualdad de trato y contra los delitos de odio.<\/p>\n<p>Descripci\u00f3n y finalidad: Dar apoyo a los programas y actuaciones dirigidos a la igualdad de trato y no discriminaci\u00f3n de los colectivos de la diversidad, as\u00ed como la lucha contra los delitos de odio y atenci\u00f3n a las v\u00edctimas, especialmente aquellas vinculadas en las prioridades establecidas en la estrategia valenciana por la igualdad de trato y contra los delitos de odio,<\/p>\n<p>Debe decir:<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n l\u00ednea: Programa de igualdad de trato y no discriminaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Descripci\u00f3n y finalidad: Dar apoyo a los programas y actuaciones dirigidos a la igualdad de trato y no discriminaci\u00f3n de los colectivos de la diversidad, as\u00ed como a la lucha contra los delitos de odio y atenci\u00f3n a las v\u00edctimas.<\/p>\n<p>Programa 313.50 Inclusi\u00f3n social.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>C\u00f3digo l\u00ednea S1827000.<\/p>\n<p>Donde dice:<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n l\u00ednea: Programas de acci\u00f3n comunitaria y planes locales de inclusi\u00f3n social,<\/p>\n<p>Debe decir:<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n l\u00ednea: Programas de acci\u00f3n comunitaria.<\/p>\n<p>Programa 313.10 Servicios sociales.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>C\u00f3digo l\u00ednea S5172000.<\/p>\n<p>Donde dice:<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n l\u00ednea: Universitat de Val\u00e8ncia Estudi General.<\/p>\n<p>Beneficiarios previstos: Universitat de Val\u00e8ncia Estudi General.<\/p>\n<p>Descripci\u00f3n y finalidad: Subvencionar a la Universitat de Val\u00e8ncia Estudi General para realizar un estudio b\u00e1sico del sistema de informaci\u00f3n multiterritorial de la Comunitat Valenciana,<\/p>\n<p>Debe decir:<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n L\u00ednea: Instituto de Desarrollo Local.<\/p>\n<p>Beneficiarios previstos: Instituto de Desarrollo Local.<\/p>\n<p>Descripci\u00f3n y finalidad: Subvencionar al Instituto de Desarrollo Local para realizar un estudio b\u00e1sico del sistema de informaci\u00f3n multiterritorial de la Comunitat Valenciana.<\/p>\n<p>Servicio 03 Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Servicios Sociales y Autonom\u00eda Personal.<\/p>\n<p>Centro gestor 02 DG de Servicios Sociales y Personas en Situaci\u00f3n de Dependencia.<\/p>\n<p>Programa 313.60 Gesti\u00f3n de centros de personas mayores.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>En Problem\u00e1tica sobre la que se act\u00faa:<\/p>\n<p>Donde dice: 1 Gestionar, coordinar y supervisar los centros especializados, centros de d\u00eda y de atenci\u00f3n residencial para personas mayores en la Comunitat Valenciana,<\/p>\n<p>Debe decir: 1 Construir, gestionar, coordinar y supervisar los centros especializados, centros de d\u00eda y de atenci\u00f3n residencial para personas mayores en la Comunitat Valenciana.<\/p>\n<p>Servicio 03 Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Servicios Sociales y Autonom\u00eda Personal.<\/p>\n<p>Centro gestor 02 DG de Servicios Sociales y Personas en Situaci\u00f3n de Dependencia.<\/p>\n<p>Programa 313.60 Gesti\u00f3n de centros de personas mayores.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>En Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n, hay que a\u00f1adir un punto nuevo:<\/p>\n<p>1.1.6 Construcci\u00f3n de nuevos centros de d\u00eda y de atenci\u00f3n especializada a mayores.<\/p>\n<p>Servicio 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Inclusi\u00f3n y de la Agencia Valenciana de la Igualdad.<\/p>\n<p>Centro gestor: 03 Direcci\u00f3n General de Infancia y Adolescencia.<\/p>\n<p>Programa: 313.30 Infancia y adolescencia.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Problem\u00e1tica sobre la que se act\u00faa:<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir un nuevo punto:<\/p>\n<ol start=\"7\">\n<li>Seguir trabajando con familias en situaci\u00f3n de privaci\u00f3n material severa con menores a cargo, con dificultades de atenci\u00f3n de los mismos y de cobertura de necesidades b\u00e1sicas en per\u00edodo estival.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Servicio 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Inclusi\u00f3n y de la Agencia Valenciana de la Igualdad.<\/p>\n<p>Centro gestor: 03 Direcci\u00f3n General de Infancia y Adolescencia.<\/p>\n<p>Programa: 313.30 Infancia y adolescencia.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Objetivos b\u00e1sicos.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir un nuevo punto:<\/p>\n<p>7.1 Garantizar en per\u00edodo estival la atenci\u00f3n a menores pertenecientes a familias o unidades de convivencia en situaci\u00f3n de privaci\u00f3n material.<\/p>\n<p>Servicio 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Inclusi\u00f3n y de la Agencia Valenciana de la Igualdad.<\/p>\n<p>Centro gestor: 03 Direcci\u00f3n General de Infancia y Adolescencia.<\/p>\n<p>Programa: 313.30 Infancia y adolescencia.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir un nuevo punto:<\/p>\n<p>7.1.1 Seguir con la financiaci\u00f3n de programas que favorezcan en per\u00edodo estival la apertura de escuelas, campamentos y lugares de atenci\u00f3n a menores pertenecientes a familias o unidades de convivencia en situaci\u00f3n de privaci\u00f3n material, que a\u00fanen la atenci\u00f3n de necesidades b\u00e1sicas de alimentaci\u00f3n con actividades de ocio y tiempo libre, y se contribuya a facilitar la conciliaci\u00f3n laboral o proporcionar a la familia tiempo de b\u00fasqueda de ocupaci\u00f3n en actividades formativas y ocupacionales.<\/p>\n<p>Sevicio 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Inclusi\u00f3n y de la Agencia Valenciana de la Igualdad.<\/p>\n<p>Centro gestor: 03 Direcci\u00f3n General de Infancia y Adolescencia.<\/p>\n<p>Programa: 313.30 Infancia y adolescencia.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir un punto:<\/p>\n<p>8.1.1 Desarrollar las acciones impulsadas desde Les Corts por los diferentes grupos parlamentarios en la elaboraci\u00f3n del pacto auton\u00f3mico por la infancia.<\/p>\n<p>Servicio: Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Inclusi\u00f3n y de la Agencia Valenciana de la Igualdad.<\/p>\n<p>Centro gestor: Direcci\u00f3n General del Instituto Valenciano de las Mujeres y por la Igualdad de G\u00e9nero.<\/p>\n<p>Programa 323.10 Igualdad de g\u00e9nero.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Objetivo b\u00e1sico.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir el siguiente punto:<\/p>\n<p>1.3.3 Impulsar la atenci\u00f3n a mujeres gestantes y madres mediante medidas y acciones dirigidas a garantizar y proteger el derecho de las mujeres en situaci\u00f3n o riesgo de exclusi\u00f3n social.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Sevicio 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Inclusi\u00f3n y de la Agencia Valenciana de la Igualdad.<\/p>\n<p>Centro gestor: 03 Direcci\u00f3n General del Instituto Valenciano de las Mujeres y por la Igualdad de G\u00e9nero.<\/p>\n<p>Programa 323.10 Igualdad de g\u00e9nero.<\/p>\n<p>Ficha FP2.<\/p>\n<p>Aplicaci\u00f3n econ\u00f3mica 227 Trabajos realizados por otras empresas y profesionales.<\/p>\n<p>Importe: 11.654.000,40 euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>25.000 euros.<\/p>\n<p>Total: 11.629.000,4 euros.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Sevicio 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Inclusi\u00f3n y de la Agencia Valenciana de la Igualdad.<\/p>\n<p>Centro gestor: 03 Direcci\u00f3n General del Instituto Valenciano de las Mujeres y por la Igualdad de G\u00e9nero.<\/p>\n<p>Programa 323.10 Igualdad de g\u00e9nero.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>L\u00ednea S5340000 Programa de prevenci\u00f3n y atenci\u00f3n a la exclusi\u00f3n social.<\/p>\n<p>Importe: 425.000 euros.<\/p>\n<p>Alta: 25.000 euros.<\/p>\n<p>Total: 450.000 euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Sevicio 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Inclusi\u00f3n y de la Agencia Valenciana de la Igualdad.<\/p>\n<p>Centro gestor: 02 Direcci\u00f3n General de Inclusi\u00f3n Social.<\/p>\n<p>Programa 313.50 Inclusi\u00f3n social.<\/p>\n<p>Ficha FP2.<\/p>\n<p>Aplicaci\u00f3n econ\u00f3mica 227 Trabajos realizados por otras empresas y profesionales.<\/p>\n<p>Importe: 740,02 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>125,00 euros miles de euros.<\/p>\n<p>Total: 615,02 miles de euros.<\/p>\n<p>Alta.<\/p>\n<p>Sevicio 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Inclusi\u00f3n y de la Agencia Valenciana de la Igualdad.<\/p>\n<p>Centro gestor: 02 Direcci\u00f3n General de Inclusi\u00f3n Social.<\/p>\n<p>Programa 313.50 Inclusi\u00f3n social.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>L\u00ednea S6727000 Ayudas a organizaciones empresariales agrarias para la integraci\u00f3n de personas migrantes temporeras.<\/p>\n<p>Importe: 250,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Alta: 125,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Total: 375,00 miles de euros<\/p>\n<p>Servicio: 02 Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Inclusi\u00f3n y de la Agencia Valenciana de la Igualdad.<\/p>\n<p>Centro gestor: 02 DG de Inclusi\u00f3n Social.<\/p>\n<p>Programa: 313.50 Inclusi\u00f3n social.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: IV Transferencias corrientes.<\/p>\n<p>L\u00ednea: S7677000 Apoyo al funcionamiento de oficinas de atenci\u00f3n a personas migrantes, programas acci\u00f3n comunitaria y planes locales de inclusi\u00f3n social.<\/p>\n<p>Donde dice: Relaci\u00f3n de beneficiarios de la l\u00ednea nominativa S7677000: Ayuntamiento de Gata de Gorgos,<\/p>\n<p>Debe decir: Relaci\u00f3n de beneficiarios de la l\u00ednea nominativa S7677000: Ayuntamiento de Guardamar de Segura.<\/p>\n<p>Alta.<\/p>\n<p>Servicio: 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Inclusi\u00f3n y de la Agencia Valenciana de la Igualdad.<\/p>\n<p>Centro gestor: 04 DG de la Agencia Valenciana de Igualdad en la Diversidad.<\/p>\n<p>Programa: 313.80 Igualdad en la diversidad.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: II Compra bienes corrientes y gastos de funcionamiento.<\/p>\n<p>Aplicaci\u00f3n econ\u00f3mica: G22600 Gastos diversas.<\/p>\n<p>Importe: 70.000,00.<\/p>\n<p>Alta: 30.000,00.<\/p>\n<p>Total: 100.000,00.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Servicio: 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Inclusi\u00f3n y de la Agencia Valenciana de la Igualdad.<\/p>\n<p>Centro gestor: 04 DG de la Agencia Valenciana de Igualdad en la Diversidad.<\/p>\n<p>Programa: 313.80 Igualdad en la diversidad<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: II Compra bienes corrientes y gastos de funcionamiento.<\/p>\n<p>Aplicaci\u00f3n econ\u00f3mica: G22700 Trabajos realizados por otras empresas y profesionales<\/p>\n<p>Importe: 210.080,00.<\/p>\n<p>Alta: 61.000,00.<\/p>\n<p>Total: 271.080,00.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Servicio: 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Inclusi\u00f3n y de la Agencia Valenciana de la Igualdad.<\/p>\n<p>Centro gestor: 04 DG de la Agencia Valenciana de Igualdad en la Diversidad.<\/p>\n<p>Programa: 313.80 Igualdad en la diversidad.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: II Compra bienes corrientes y gastos de funcionamiento.<\/p>\n<p>Aplicaci\u00f3n econ\u00f3mica: G22000 Material de oficina.<\/p>\n<p>Importe: 40.000,00.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>\u201334.000,00.<\/p>\n<p>Total: 6.000,00-<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Servicio: 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Inclusi\u00f3n y de la Agencia Valenciana de la Igualdad.<\/p>\n<p>Centro gestor: 04 DG de la Agencia Valenciana de Igualdad en la Diversidad.<\/p>\n<p>Programa: 313.80 Igualdad en la diversidad.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: II Compra bienes corrientes y gastos de funcionamiento.<\/p>\n<p>Aplicaci\u00f3n econ\u00f3mica: G22100 Suministros.<\/p>\n<p>Importe: 8.000,00.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>\u20132.000,00.<\/p>\n<p>Total: 6.000,00.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Servicio: 02 Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Inclusi\u00f3n y de la Agencia Valenciana de la Igualdad.<\/p>\n<p>Centro gestor: 04 DG de la Agencia Valenciana de Igualdad en la Diversidad.<\/p>\n<p>Programa: 313.80 Igualdad en la diversidad.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: II Compra bienes corrientes y gastos de funcionamiento.<\/p>\n<p>Aplicaci\u00f3n econ\u00f3mica: G22200 Comunicaciones.<\/p>\n<p>Importe: 9.000,00.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>\u20133.000,00.<\/p>\n<p>Total: 6.000,00.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Servicio: 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Inclusi\u00f3n y de la Agencia Valenciana de la Igualdad.<\/p>\n<p>Centro gestor: 04 DG de la Agencia Valenciana de Igualdad en la Diversidad.<\/p>\n<p>Programa: 313.80 Igualdad en la diversidad.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: II Compra bienes corrientes y gastos de funcionamiento.<\/p>\n<p>Aplicaci\u00f3n econ\u00f3mica: G23000 Dietas.<\/p>\n<p>Importe: 28.000,00.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>\u201322.000,00.<\/p>\n<p>Total: 6.000,00.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Servicio: 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Inclusi\u00f3n y de la Agencia Valenciana de la Igualdad.<\/p>\n<p>Centro gestor: 04 DG de la Agencia Valenciana de Igualdad en la Diversidad.<\/p>\n<p>Programa: 313.80 Igualdad en la diversidad.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: II Compra bienes corrientes y gastos de funcionamiento.<\/p>\n<p>Aplicaci\u00f3n econ\u00f3mica: G23100 Locomoci\u00f3n.<\/p>\n<p>Importe: 36.000,00.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>\u201330.000,00.<\/p>\n<p>Total: 6.000,00.<\/p>\n<p>Total altas: 91.000,00.<\/p>\n<p>Total bajas: \u201391.000,00.<\/p>\n<p>Total: 0,00.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Sevicio 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Inclusi\u00f3n y de la Agencia Valenciana de la Igualdad.<\/p>\n<p>Centro gestor 02 DG de Inclusi\u00f3n Social.<\/p>\n<p>Programa 313.50 Inclusi\u00f3n social.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo IV Transferencias corrientes.<\/p>\n<p>L\u00ednea S7677000 Apoyo al funcionamiento de oficinas de atenci\u00f3n a personas migrantes (AMICS).<\/p>\n<p>Importe: 1.800.000,00.<\/p>\n<p>Alta: 33.300,00.<\/p>\n<p>Total: 1.833.300,00.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Sevicio 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Inclusi\u00f3n y de la Agencia Valenciana de la Igualdad.<\/p>\n<p>Centro gestor 02 DG de Inclusi\u00f3n Social.<\/p>\n<p>Programa 313.50 Inclusi\u00f3n social.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo IV Transferencias corrientes.<\/p>\n<p>L\u00ednea S6582000 Becas de colaboraci\u00f3n en mediaci\u00f3n intercultural.<\/p>\n<p>Importe: 75.000,00.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>\u201333.300,00.<\/p>\n<p>Total: 41.700,00.<\/p>\n<p>Total altas: 33.300,00.<\/p>\n<p>Total bajas: \u201333.000,00.<\/p>\n<p>Total: 0,00.<\/p>\n<p>Sevicio 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Inclusi\u00f3n y de la Agencia Valenciana de la Igualdad.<\/p>\n<p>Centro gestor 02 DG de Inclusi\u00f3n Social.<\/p>\n<p>Programa 313.50 Inclusi\u00f3n social.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo IV Transferencias corrientes.<\/p>\n<p>L\u00ednea S1827000 Programas acci\u00f3n comunitaria y planes locales de inclusi\u00f3n social.<\/p>\n<p>Donde dice: Denominaci\u00f3n l\u00ednea: S1827000 Programas acci\u00f3n comunitaria y planes locales de inclusi\u00f3n social,<\/p>\n<p>Debe decir: Denominaci\u00f3n l\u00ednea: S1827000 Programas acci\u00f3n comunitaria.<\/p>\n<p>Donde dice: Beneficiarios previstos Entidades locales y entidades sin \u00e1nimo de lucro,<\/p>\n<p>Debe decir: Beneficiarios previstos Entidades sin \u00e1nimo de lucro.<\/p>\n<p>Donde dice: Descripci\u00f3n y finalidad: Subvencionar a entidades locales por la realizaci\u00f3n de planes de inclusi\u00f3n social y a entidades sin \u00e1nimo de lucro por la realizaci\u00f3n de proyectos dirigidos a la inclusi\u00f3n social de personas o unidades familiares en situaci\u00f3n de vulnerabilidad,<\/p>\n<p>Debe decir: Descripci\u00f3n y finalidad: Subvencionar a entidades sin \u00e1nimo de lucro por la realizaci\u00f3n de proyectos dirigidos a la inclusi\u00f3n social de personas o unidades familiares en situaci\u00f3n de vulnerabilidad.<\/p>\n<p>Sevicio 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Inclusi\u00f3n y de la Agencia Valenciana de la Igualdad.<\/p>\n<p>Centro gestor 03 DG de Infancia y Adolescencia.<\/p>\n<p>Programa 313.30 Infancia y adolescencia.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo IV Transferencias corrientes.<\/p>\n<p>L\u00ednea S3099000 Servicios especializados de atenci\u00f3n a menores en situaci\u00f3n de riesgo o con medidas jur\u00eddicas de protecci\u00f3n y a sus familias (SEAFI).<\/p>\n<p>Donde dice: Denominaci\u00f3n l\u00ednea S3099000 Servicios especializados de atenci\u00f3n a menores en situaci\u00f3n de riesgo o con medidas jur\u00eddicas de protecci\u00f3n y a sus familias (SEAFI),<\/p>\n<p>Debe decir: Denominaci\u00f3n l\u00ednea S3099000 Servicio espec\u00edfico de atenci\u00f3n a las familias y a la infancia (SEAFI).<\/p>\n<p>Donde dice: Relaci\u00f3n de beneficiarios de la l\u00ednea nominativa S3099000: Instituto de Servicios Sociales de Elda,<\/p>\n<p>Debe decir: Relaci\u00f3n de beneficiarios de la l\u00ednea nominativa S3099000: Instituto Municipal de Servicios Sociales de Elda.<\/p>\n<p>Sevicio 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Inclusi\u00f3n y de la Agencia Valenciana de la Igualdad.<\/p>\n<p>Centro gestor 03 DG de Infancia y Adolescencia.<\/p>\n<p>Programa 313.30 Infancia y adolescencia.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo IV Transferencias corrientes.<\/p>\n<p>L\u00ednea S3099000 Servicios especializados de atenci\u00f3n a menores en situaci\u00f3n de riesgo o con medidas jur\u00eddicas de protecci\u00f3n y a sus familias (SEAFI).<\/p>\n<p>Relaci\u00f3n de beneficiarios de la l\u00ednea S3099000.<\/p>\n<p>Servicios especializados de atenci\u00f3n a menores en situaci\u00f3n de riesgo o con medidas jur\u00eddicas de protecci\u00f3n y a sus familias (SEAFI).<\/p>\n<p>Donde dice: Ayuntamiento Tavernes de la Valldigna 30.580,00,<\/p>\n<p>Debe decir: Mancomunidad de municipios de la Safor 30.580,00.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Sevicio 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Inclusi\u00f3n y de la Agencia Valenciana de la Igualdad.<\/p>\n<p>Centro gestor 02 DG del Instituto Valenciano de las Mujeres y de la Agencia Valenciana de la Igualdad.<\/p>\n<p>Programa 323.10 Igualdad de g\u00e9nero.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo II Compra bienes corrientes y gastos de funcionamiento.<\/p>\n<p>Importe: 11.909.750,00.<\/p>\n<p>Alta: 200.000,00.<\/p>\n<p>Total: 12.109.750,00.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Sevicio 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Inclusi\u00f3n y de la Agencia Valenciana de la Igualdad.<\/p>\n<p>Centro gestor 03 DG de Infancia y Adolescencia.<\/p>\n<p>Programa 313.30 Infancia y adolescencia.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo II Compra bienes corrientes y gastos de funcionamiento.<\/p>\n<p>Importe: 75.043.600,00.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>\u2013200.000,00.<\/p>\n<p>Total: 74.843.600,00.<\/p>\n<p>Total altas: 200.000,00.<\/p>\n<p>Total bajas: 200.000,00.<\/p>\n<p>Total: 0,00.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Sevicio 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Inclusi\u00f3n y de la Agencia Valenciana de la Igualdad.<\/p>\n<p>Centro gestor 03 DG de la Agencia Valenciana de Igualdad en la Diversidad.<\/p>\n<p>Programa 313.80 Igualdad en la diversidad.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo II Compra bienes corrientes y gastos de funcionamiento.<\/p>\n<p>L\u00ednea G22700 Trabajos realizados por otras empresas y profesionales.<\/p>\n<p>Importe: 210.080,00.<\/p>\n<p>Alta: 1.575,00.<\/p>\n<p>Total: 211.655,00.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Sevicio 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Inclusi\u00f3n y de la Agencia Valenciana de la Igualdad.<\/p>\n<p>Centro gestor 03 DG de la Agencia Valenciana de Igualdad en la Diversidad.<\/p>\n<p>Programa 313.80 Igualdad en la diversidad.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo IV Transferencias corrientes.<\/p>\n<p>L\u00ednea S5169000 Convenio Fundaci\u00f3n Secretariado Gitano.<\/p>\n<p>Importe: 150.000,00.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>\u20131.575,00.<\/p>\n<p>Total: 148.425,00.<\/p>\n<p>Total altas: 1.575,00.<\/p>\n<p>Total bajas: \u20131.575,00.<\/p>\n<p>Total: 0,00.<\/p>\n<p>Sevicio 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Inclusi\u00f3n y de la Agencia Valenciana de la Igualdad.<\/p>\n<p>Centro gestor 01 DG del Instituto Valenciano de las Mujeres y por la Igualdad de G\u00e9nero.<\/p>\n<p>Programa 323.10 Igualdad de g\u00e9nero.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo 01 DG del Instituto Valenciano de las Mujeres y por la Igualdad de G\u00e9nero<\/p>\n<p>L\u00ednea nominativa S5159000 Red Agentes Igualdad.<\/p>\n<p>Donde dice: Ayuntamiento de Novelda 25.000,00,<\/p>\n<p>Debe decir: Ayuntamiento de Mon\u00f3var 25.000,00.<\/p>\n<p>Donde dice:<\/p>\n<p>FP4: Problem\u00e1tica sobre la que se act\u00faa:<\/p>\n<ol start=\"3\">\n<li>Infraestructura administrativa en las reuniones del Consell,<\/li>\n<\/ol>\n<p>Debe decir:<\/p>\n<p>FP4: Problem\u00e1tica sobre la que se act\u00faa:<\/p>\n<ol start=\"3\">\n<li>Apoyo t\u00e9cnico-administrativo del Consell y de la Comisi\u00f3n de Personas Titulares de la Secretar\u00edas Auton\u00f3micas y Subsecretar\u00edas.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Donde dice:<\/p>\n<p>FP4: Objetivo b\u00e1sico:<\/p>\n<p>1.1 Asistencia y asesoramiento de los \u00f3rganos directivos, facilitando el cumplimiento de los objetivos del resto de los programas adscritos a la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Pol\u00edticas Inclusivas.<\/p>\n<p>1.2 Conseguir su mayor nivel de eficiencia en la gesti\u00f3n, asistencia t\u00e9cnica, econ\u00f3mico y administrativo de los programas y pol\u00edticas desarrolladas por las distintas direcciones generales, y mejora de los procedimientos internos de tramitaci\u00f3n y gesti\u00f3n.<\/p>\n<p>2.1 Impulso y colaboraci\u00f3n en los planes y proyectos de actuaci\u00f3n de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Pol\u00edticas Inclusivas.<\/p>\n<p>2.2 Asesoramiento de los \u00f3rganos directivos sobre pol\u00edticas relativas al funcionamiento de los centros y servicios de su competencia.<\/p>\n<p>3.1 Incrementar la eficiencia en la ordenaci\u00f3n, seguimiento y control de recursos de acci\u00f3n social.<\/p>\n<p>4.1 Mejora continua de la calidad de los servicios en materia de competencia de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Pol\u00edticas Inclusivas.<\/p>\n<p>4.2 Fomento de la supresi\u00f3n de barreras arquitect\u00f3nicas.<\/p>\n<p>4.3 Mejorar la formaci\u00f3n de los profesionales del \u00e1mbito de competencias de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Pol\u00edticas Inclusivas,<\/p>\n<p>Debe decir:<\/p>\n<p>FP4: Objetivo b\u00e1sico:<\/p>\n<p>1.1 Asistencia y asesoramiento de los \u00f3rganos directivos, facilitando el cumplimiento de los objetivos del resto de los programas adscritos a la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Pol\u00edticas Inclusivas.<\/p>\n<p>1.2 Conseguir su mayor nivel de eficiencia en la gesti\u00f3n, asistencia t\u00e9cnica, econ\u00f3mico y administrativo de los programas y pol\u00edticas desarrolladas por las distintas direcciones generales, y mejora de los procedimientos internos de tramitaci\u00f3n y gesti\u00f3n.<\/p>\n<p>2.1 Asesoramiento de los \u00f3rganos directivos sobre pol\u00edticas relativas al funcionamiento de los centros y servicios de su competencia.<\/p>\n<p>3.1 Gesti\u00f3n de los asuntos a tratar por el Consell y la Comisi\u00f3n de Personas Titulares de la Secretar\u00edas Auton\u00f3micas y Subsecretar\u00edas.<\/p>\n<p>4.1 Impulso y colaboraci\u00f3n en los planes y proyectos de actuaci\u00f3n de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Pol\u00edticas Inclusivas.<\/p>\n<p>5.1 Incrementar la eficiencia en la ordenaci\u00f3n, seguimiento y control de recursos de acci\u00f3n social.<\/p>\n<p>6.1 Mejora continua de la calidad de los servicios en materia de competencia de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Pol\u00edticas Inclusivas.<\/p>\n<p>6.2 Fomento de la supresi\u00f3n de barreras arquitect\u00f3nicas.<\/p>\n<p>6.3 Mejorar la formaci\u00f3n de los profesionales del \u00e1mbito de competencias de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Pol\u00edticas Inclusivas.<\/p>\n<p>Donde dice:<\/p>\n<p>FP4: Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores<\/p>\n<p>1.1.1 Apoyo directo a la vicepresidenta en todas las \u00e1reas pol\u00edticas y administrativas.<\/p>\n<p>1.1.2 Apoyo administrativo en las reuniones del Consell.<\/p>\n<p>1.1.3 Asesoramiento y asistencia t\u00e9cnica a los \u00f3rganos de direcci\u00f3n de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Pol\u00edticas Inclusivas.<\/p>\n<p>1.1.4 Impulso, coordinaci\u00f3n y seguimiento de la programaci\u00f3n y gesti\u00f3n de proyectos y fondos europeos de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Pol\u00edticas Inclusivas.<\/p>\n<p>1.2.1 Control y agilizaci\u00f3n de la ejecuci\u00f3n presupuestaria para optimizar la gesti\u00f3n de los recursos.<\/p>\n<p>1.2.2 Proporcionar apoyo jur\u00eddico a los distintos \u00f3rganos de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Pol\u00edticas Inclusivas.<\/p>\n<p>1.2.3 Agilizar la gesti\u00f3n en materia de personal y asuntos generales.<\/p>\n<p>1.2.4 Elaboraci\u00f3n, control y seguimiento de las inversiones en obras ejecutadas por la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Pol\u00edticas Inclusivas.<\/p>\n<p>2.1.1 Impulso de planes estrat\u00e9gicos.<\/p>\n<p>2.1.2 Revisi\u00f3n del marco normativo.<\/p>\n<p>2.1.3 Estudio de los recursos de acci\u00f3n social y su distribuci\u00f3n.<\/p>\n<p>2.2.1 Colaboraci\u00f3n en estudios y proyectos en relaci\u00f3n a las competencias atribuidas a los \u00f3rganos directivos.<\/p>\n<p>2.2.2 Estudio de las necesidades por sectores de actuaci\u00f3n.<\/p>\n<p>3.1.1 Gesti\u00f3n del registro de entidades y centros de acci\u00f3n social.<\/p>\n<p>3.1.2 Colaborar en la tramitaci\u00f3n de procedimientos de autorizaci\u00f3n de centros de atenci\u00f3n social.<\/p>\n<p>4.1.1 Promover la implantaci\u00f3n de sistemas de gesti\u00f3n de calidad en los centros de atenci\u00f3n social.<\/p>\n<p>4.1.2 Revisi\u00f3n de protocolos de la actividad inspectora.<\/p>\n<p>4.1.3 Actuaciones inspectoras sobre los servicios sociales.<\/p>\n<p>4.2.1 Actuaciones de difusi\u00f3n en materia de accesibilidad.<\/p>\n<p>4.2.2 Fomento en materia de accesibilidad.<\/p>\n<p>4.3.1 Dise\u00f1ar planes formativos sobre las materias propias de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Pol\u00edticas Inclusivas,<\/p>\n<p>Debe decir:<\/p>\n<p>FP4: Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores<\/p>\n<p>1.1.1 Apoyo directo a la vicepresidenta en todas las \u00e1reas pol\u00edticas y administrativas.<\/p>\n<p>1.1.2 Asesoramiento y asistencia t\u00e9cnica a los \u00f3rganos de direcci\u00f3n de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Pol\u00edticas Inclusivas.<\/p>\n<p>1.1.3 Impulso, coordinaci\u00f3n y seguimiento de la programaci\u00f3n y gesti\u00f3n de proyectos y fondos europeos de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Pol\u00edticas Inclusivas.<\/p>\n<p>1.2.1 Control y agilizaci\u00f3n de la ejecuci\u00f3n presupuestaria para optimizar la gesti\u00f3n de los recursos.<\/p>\n<p>1.2.2 Agilizar la gesti\u00f3n en materia de personal y asuntos generales.<\/p>\n<p>1.2.3 Elaboraci\u00f3n, control y seguimiento de las inversiones en obras ejecutadas por la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Pol\u00edticas Inclusivas.<\/p>\n<p>2.1.1 Proporcionar apoyo jur\u00eddico a los distintos \u00f3rganos de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Pol\u00edticas Inclusivas.<\/p>\n<p>3.1.1 Gesti\u00f3n y, en su caso, ordenaci\u00f3n de la publicaci\u00f3n o difusi\u00f3n de los asuntos tratados por el Consell y la comisi\u00f3n.<\/p>\n<p>3.1.2 Dise\u00f1o funcional y modernizaci\u00f3n de los procesos de gesti\u00f3n de los asuntos a tratar por el Consell y la comisi\u00f3n.<\/p>\n<p>4.1.1 Impulso de planes estrat\u00e9gicos.<\/p>\n<p>4.1.2 Revisi\u00f3n del marco normativo.<\/p>\n<p>4.1.3 Estudio de los recursos de acci\u00f3n social y su distribuci\u00f3n.<\/p>\n<p>4.1.4 Colaboraci\u00f3n en estudios y proyectos en relaci\u00f3n a las competencias atribuidas a los \u00f3rganos directivos.<\/p>\n<p>4.1.5 Estudio de las necesidades por sectores de actuaci\u00f3n.<\/p>\n<p>5.1.1 Gesti\u00f3n del registro de entidades y centros de acci\u00f3n social.<\/p>\n<p>5.1.2 Colaborar en la tramitaci\u00f3n de procedimientos de autorizaci\u00f3n de centros de atenci\u00f3n social.<\/p>\n<p>5.1.3 Revisi\u00f3n de protocolos de la actividad inspectora.<\/p>\n<p>5.1.4 Actuaciones inspectoras sobre los servicios sociales.<\/p>\n<p>6.1.1 Promover la implantaci\u00f3n de sistemas de gesti\u00f3n de calidad en los centros de atenci\u00f3n social.<\/p>\n<p>6.2.1 Actuaciones de difusi\u00f3n en materia de accesibilidad.<\/p>\n<p>6.2.2 Fomento en materia de accesibilidad.<\/p>\n<p>6.3.1 Dise\u00f1ar planes formativos sobre las materias propias de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Pol\u00edticas Inclusivas.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Servicio 01 Subsecretar\u00eda.<\/p>\n<p>Centro gestor 01 Subsecretar\u00eda.<\/p>\n<p>Programa 311.10 Direcci\u00f3n y servicios generales.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo IV Transferencias corrientes.<\/p>\n<p>L\u00ednea S5165000 Becas programa planificaci\u00f3n de servicios sociales.<\/p>\n<p>Importe: 52.000,00.<\/p>\n<p>Alta: 16.714,40.<\/p>\n<p>Total: 68.714,40.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Servicio 01 Subsecretar\u00eda.<\/p>\n<p>Centro gestor 01 Subsecretar\u00eda.<\/p>\n<p>Programa 311.10 Direcci\u00f3n y servicios generales.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo II Gastos de funcionamiento.<\/p>\n<p>L\u00ednea.<\/p>\n<p>Importe: 1.727.690,00.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>\u201316.714,40.<\/p>\n<p>Total: 1.710.975,60.<\/p>\n<p>Total altas: 16.714,40.<\/p>\n<p>Total bajas: \u201316.714,40.<\/p>\n<p>Total: 0,00.<\/p>\n<p>Servicio 3.<\/p>\n<p>Centro gestor 2.<\/p>\n<p>Programa 313.10.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo 4.<\/p>\n<p>L\u00ednea S0228000.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Anexo:<\/p>\n<p>Relaci\u00f3n de beneficiarios de la l\u00ednea nominativa: Financiaci\u00f3n entidades locales Servicios sociales.<\/p>\n<p>La Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Pol\u00edticas Inclusivas, a trav\u00e9s de la Direcci\u00f3n General de Servicios Sociales y Personas en Situaci\u00f3n de Dependencia, comunicar\u00e1, una vez aprobados los presupuestos, a cada entidad que figure en la relaci\u00f3n de beneficiarios del anexo correspondiente al programa 313.10 L\u00ednea S0228000 Financiaci\u00f3n entidades locales Servicios sociales, la distribuci\u00f3n de la cuant\u00eda subvencionada en el apartado de equipo de servicios sociales de base, con el objeto de facilitar y agilizar la gesti\u00f3n de las entidades beneficiarias, sin perjuicio de la posterior resoluci\u00f3n de la l\u00ednea nominativa.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Servicio 03 Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Servicios Sociales y Autonom\u00eda Personal.<\/p>\n<p>Centro gestor 01 DG de Diversidad Funcional.<\/p>\n<p>Programa 313.40 Diversidad funcional.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo IV Transferencias corrientes.<\/p>\n<p>L\u00ednea S6738 Servicios sociales especializados para personas con diversidad funcional.<\/p>\n<p>Importe: 93.301.300,00.<\/p>\n<p>Alta: 423.860,00.<\/p>\n<p>Total: 93.725.160,00.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Servicio 03 Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Servicios Sociales y Autonom\u00eda Personal.<\/p>\n<p>Centro gestor 01 DG de Diversidad Funcional.<\/p>\n<p>Programa 313.40 Diversidad funcional.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo IV Transferencias corrientes.<\/p>\n<p>L\u00ednea S6587 Financiaci\u00f3n entidades locales-atenci\u00f3n personas con diversidad funcional.<\/p>\n<p>Importe: 23.477.310,00.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>\u2013423.860,00.<\/p>\n<p>Total: 23.053.450,00.<\/p>\n<p>Total altas: 423.860,00.<\/p>\n<p>Total bajas: \u2013423.860,00.<\/p>\n<p>Total: 0,00.<\/p>\n<p>Relaci\u00f3n de beneficiarios de la l\u00ednea nominativa S6587:<\/p>\n<p>Ayuntamiento de Elche.<\/p>\n<p>Donde dice: 847.520,00,<\/p>\n<p>Debe decir: 423.660,00.<\/p>\n<p>Programa: 311.10 Direcci\u00f3n y servicios generales<\/p>\n<p>Ficha FP4<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>1.3 Realizaci\u00f3n de campa\u00f1as de publicidad institucional en materia de pol\u00edtica social, sobre la posibilidad de todo ciudadano de realizar donaciones \u00ednter vivos u otorgar testamento solidario en favor de entidades del tercer sector radicadas o con programas de actuaci\u00f3n en territorio de la Comunitat Valenciana.<\/p>\n<p>Programa: 313.50 Inclusi\u00f3n social.<\/p>\n<p>Ficha FP4<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Objetivo b\u00e1sico<\/p>\n<p>3.2 Informar a la ciudadan\u00eda de la situaci\u00f3n legal respecto de las donaciones \u00ednter vivos y la realizaci\u00f3n de testamentos solidarios en favor de entidades sin \u00e1nimo de lucro.<\/p>\n<p>Programa: 313.50 Inclusi\u00f3n social<\/p>\n<p>Ficha FP4<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores<\/p>\n<p>5.1.3 Puesta en marcha de HABITAT El programa Housing first para personas sin hogar.<\/p>\n<p>Alta.<\/p>\n<p>Programa: 313.40 Diversidad funcional<\/p>\n<p>Ficha FP7<\/p>\n<p>L\u00ednea S0229000 Mejora condiciones accesibilidad al medio f\u00edsico.<\/p>\n<p>Se aumenta 60,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Programa: 313.40 Diversidad funcional<\/p>\n<p>Ficha FP2<\/p>\n<p>Aplicaci\u00f3n econ\u00f3mica 226 Gastos diversos<\/p>\n<p>Se disminuye 60,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Programa: 313.50 Inclusi\u00f3n social<\/p>\n<p>Ficha FP7<\/p>\n<p>L\u00ednea S6594000 Lucha contra el empobrecimiento infantil.<\/p>\n<p>Se aumenta 200,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Programa: 313.50 Inclusi\u00f3n social<\/p>\n<p>Ficha FP2<\/p>\n<p>Aplicaci\u00f3n econ\u00f3mica 221 Suministros.<\/p>\n<p>Se disminuye 100,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Programa: 313.50 Inclusi\u00f3n social<\/p>\n<p>Ficha FP2<\/p>\n<p>Aplicaci\u00f3n econ\u00f3mica 227 Trabajos realizados por otras empresas y profesionales.<\/p>\n<p>Se disminuye 100,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Programa: 313.10 Servicios sociales<\/p>\n<p>Ficha FP4<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Objetivo b\u00e1sico.<\/p>\n<p>2.3 Realizar un estudio de los distintos tel\u00e9fonos existentes para la atenci\u00f3n de situaciones de desamparo o abandono a los que pueden acudir las ciudadanas y ciudadanos, con la finalidad de racionalizar los recursos p\u00fablicos y garantizar su atenci\u00f3n 24 horas al d\u00eda, los 365 d\u00edas del a\u00f1o, mediante un tel\u00e9fono gratuito, especialmente dirigido a personas mayores, personas con diversidad funcional y personas en situaci\u00f3n de vulnerabilidad.<\/p>\n<p>2.4 Dise\u00f1ar un protocolo de actuaci\u00f3n ante la detecci\u00f3n, atenci\u00f3n y asesoramiento de malos tratos y para la tramitaci\u00f3n de las denuncias, que se activar\u00e1 a iniciativa de los servicios sociales generales de la administraci\u00f3n, facilitando los tr\u00e1mites y atendiendo a la necesaria coordinaci\u00f3n entre administraciones p\u00fablicas competentes y, en su caso, facilitando a la fiscal\u00eda la informaci\u00f3n necesaria, para garantizar la efectiva protecci\u00f3n de las personas denunciantes de una situaci\u00f3n de malos tratos, abuso o delito generado contra otra persona.<\/p>\n<p>Del Instituto Valenciano de la Juventud (IVAJ)<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir como Objetivo b\u00e1sico un punto nuevo en la FP4:<\/p>\n<p>5.2.4 Programa de intercambios internacionales de grupos de j\u00f3venes.<\/p>\n<p>De la secci\u00f3n 06 Hacienda y Modelo Econ\u00f3mico<\/p>\n<p>Servicio 03 Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Modelo Econ\u00f3mico y Financiaci\u00f3n<\/p>\n<p>Centro gestor 02 DG Financiaci\u00f3n y Fondos Europeos<\/p>\n<p>Programa 612.10 Financiaci\u00f3n y fondos europeos<\/p>\n<p>FP4<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir las siguientes l\u00edneas:<\/p>\n<p>6.1.1 Elaboraci\u00f3n y difusi\u00f3n de un informe anual sobre los fondos europeos recibidos, el destino asignado a los mismos y el grado de cumplimiento de la normativa que los regula.<\/p>\n<p>6.1.2 Trimestralmente dar cuenta a la Comisi\u00f3n de Econom\u00eda, Presupuestos y Hacienda de les Corts de la ejecuci\u00f3n, destino de los fondos recibidos, as\u00ed como aquellas otras cantidades no previstas presupuestariamente y que se hayan recibido.<\/p>\n<p>Del Instituto Valenciano de Finanzas.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo gasto 2 Compra de bienes corrientes y gastos de funcionamiento.<\/p>\n<p>Cuenta A 4 a consumo de mercader\u00edas.<\/p>\n<p>Importe: \u20133.257,75 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja: 320,88 miles de euros.<\/p>\n<p>Importe final: \u20132.936,87 miles de euros.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo gasto 1 Gastos de personal.<\/p>\n<p>Cuenta A 6 a sueldos y salarios.<\/p>\n<p>Importe: \u20132.061,37 miles de euros.<\/p>\n<p>Alta: \u2013320,88 miles de euros.<\/p>\n<p>Importe final: \u20132.382,25 miles de euros.<\/p>\n<p>De la secci\u00f3n 07 Justicia, Administraci\u00f3n P\u00fablica, Reformas Democr\u00e1ticas y Libertades P\u00fablicas.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Programa 141.10 Administraci\u00f3n de justicia.<\/p>\n<p>Ficha FP4<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir un nuevo punto:<\/p>\n<p>3.4.1 Creaci\u00f3n de un servicio de orientaci\u00f3n en mediaci\u00f3n intrajudicial en las provincias de Valencia, Alicante y Castell\u00f3n.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Programa 141.10 Administraci\u00f3n de justicia.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir dos nuevos puntos:<\/p>\n<p>2.2.2 Creaci\u00f3n de gabinetes psicosociales comarcales de apoyo a los juzgados.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Programa 141.10 Administraci\u00f3n de justicia.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir, al final de la l\u00ednea 3.1.1 Subvenci\u00f3n a colegios de abogados y procuradores para el funcionamiento del Servicio de Orientaci\u00f3n Jur\u00eddica (SOJ) y Asistencia Jur\u00eddica Gratuita, el siguiente texto: de conformidad con los m\u00f3dulos de compensaci\u00f3n econ\u00f3mica aplicables.<\/p>\n<p>Programa 141.10 Administraci\u00f3n de justicia.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Problem\u00e1tica sobre la que se act\u00faa, punto 2.<\/p>\n<p>Donde dice: 2 Gesti\u00f3n y formaci\u00f3n del personal al servicio de la Administraci\u00f3n de justicia (gesti\u00f3n procesal, tramitaci\u00f3n procesal, auxilio judicial y m\u00e9dicos forenses,<\/p>\n<p>Debe decir: 2 Gesti\u00f3n, formaci\u00f3n y refuerzo del personal al servicio de la Administraci\u00f3n de justicia (gesti\u00f3n procesal, tramitaci\u00f3n procesal, auxilio judicial y m\u00e9dicos forenses.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Programa 141.10 Administraci\u00f3n de justicia.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo 1.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Creaci\u00f3n de gabinetes psicosociales comarcales y apoyo a los juzgados.<\/p>\n<p>1.000,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Programa 141.10 Administraci\u00f3n de justicia.<\/p>\n<p>Ficha FP2.<\/p>\n<p>Aplicaci\u00f3n econ\u00f3mica 227 Trabajos realizados por otras empresas y profesionales<\/p>\n<p>1.000,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Programa 141.10 Administraci\u00f3n de justicia.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>Hay que crear una l\u00ednea nueva con el siguiente texto:<\/p>\n<p>Descripci\u00f3n y finalidad: Subvenci\u00f3n a colegios de abogados para el funcionamiento del Servicio de Orientaci\u00f3n Jur\u00eddica (SOJ) y Asistencia Jur\u00eddica Gratuita, de conformidad con los m\u00f3dulos de compensaci\u00f3n econ\u00f3mica aplicables.<\/p>\n<p>Beneficiarios previstos: Colegios de abogados.<\/p>\n<p>Modo de concesi\u00f3n: directa.<\/p>\n<p>800,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Programa 141.10 Administraci\u00f3n de justicia.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>Hay que crear una l\u00ednea nueva con el siguiente texto:<\/p>\n<p>Descripci\u00f3n y finalidad: Subvenci\u00f3n a colegios de procuradores para el funcionamiento del Servicio de Orientaci\u00f3n Jur\u00eddica (SOJ) y Asistencia Jur\u00eddica Gratuita, de conformidad con los m\u00f3dulos de compensaci\u00f3n econ\u00f3mica aplicables.<\/p>\n<p>Beneficiarios previstos: Colegios de procuradores.<\/p>\n<p>Modo de concesi\u00f3n: directa.<\/p>\n<p>200,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Programa 141.10 Administraci\u00f3n de justicia.<\/p>\n<p>Ficha FP2.<\/p>\n<p>Aplicaci\u00f3n econ\u00f3mica 227 Trabajos realizados por otras empresas y profesionales<\/p>\n<p>Disminuye en 1.000,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Programa 141.10 Administraci\u00f3n de justicia.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>Nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>Dotar el convenio entre el Consejo General del Poder Judicial, la Fiscal\u00eda General del Estado y la Generalitat en materia de auxilio, colaboraci\u00f3n y apoyo mutuo en aquellos procedimientos de investigaci\u00f3n penal relacionados con el r\u00e9gimen econ\u00f3mico\u2013financiero del sector p\u00fablico de la Generalitat.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Programa 141.10 Administraci\u00f3n de justicia.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo 1.<\/p>\n<p>Creaci\u00f3n de un servicio de orientaci\u00f3n en mediaci\u00f3n intrajudicial en las provincias de Valencia, Alicante y Castell\u00f3n.<\/p>\n<p>Importe: 121,44 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Programa 141.10 Administraci\u00f3n de justicia.<\/p>\n<p>Ficha FP2.<\/p>\n<p>Aplicaci\u00f3n econ\u00f3mica 227 Trabajos realizados por otras empresas y profesionales<\/p>\n<p>Disminuye en 121,44 miles de euros.<\/p>\n<p>Servicio 01 Subsecretar\u00eda.<\/p>\n<p>Centro gestor 01 Subsecretar\u00eda.<\/p>\n<p>Programa 141.20 Direcci\u00f3n y servicios generales.<\/p>\n<p>Ficha FP Memoria de actuaciones.<\/p>\n<p>En Objetivo b\u00e1sico, donde dice \u00abguardar\u00bb, debe decir \u00abgraduar\u00bb, de modo que el punto quede as\u00ed:<\/p>\n<p>1.5 Impulso, coordinaci\u00f3n y seguimiento de las memorias e informes de detalle que permitan conocer, graduar y actuar sobre la situaci\u00f3n y necesidades de las pol\u00edticas sectoriales que son competencia de esta conselleria.<\/p>\n<p>Sevicio 02..<\/p>\n<p>Centro gestor 01 Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Justicia, Administraci\u00f3n P\u00fablica, Reformas de Direcci\u00f3n General de Justicia.<\/p>\n<p>Programa 141.10 Administraci\u00f3n de justicia.<\/p>\n<p>Ficha FP4 Memoria de actuaciones.<\/p>\n<p>Problem\u00e1tica sobre la que se act\u00faa.<\/p>\n<p>L\u00ednea 6.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir lo siguiente:<\/p>\n<ol start=\"6\">\n<li>Digitalizaci\u00f3n, implantaci\u00f3n efectiva del expediente electr\u00f3nico y coordinaci\u00f3n tecnol\u00f3gica.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Sevicio 02..<\/p>\n<p>Centro gestor 01 Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Justicia, Administraci\u00f3n P\u00fablica, Reformas de Direcci\u00f3n General de Justicia.<\/p>\n<p>Programa 141.10 Administraci\u00f3n de justicia.<\/p>\n<p>Ficha FP4 Memoria de actuaciones.<\/p>\n<p>Problem\u00e1tica sobre la que se act\u00faa.<\/p>\n<p>Hay que modificar lo siguiente:<\/p>\n<p>Respecto a la l\u00ednea 8, hay sustituir el texto que se propone de \u00abmediaci\u00f3n judicial\u00bb por \u00abmediaci\u00f3n, judicial o extrajudicial, y potenciaci\u00f3n de otros m\u00e9todos alternativos de resoluci\u00f3n de conflictos\u00bb.<\/p>\n<p>Sevicio 02..<\/p>\n<p>Centro gestor 01 Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Justicia, Administraci\u00f3n P\u00fablica, Reformas de Direcci\u00f3n General de Justicia<\/p>\n<p>Programa 141.10 Administraci\u00f3n de justicia.<\/p>\n<p>Ficha FP4 Memoria de actuaciones.<\/p>\n<p>Objetivo b\u00e1sico 6.1.<\/p>\n<p>Hay que sustituirlo por el siguiente texto:<\/p>\n<p>6.1 Dotar a las oficinas judiciales, fiscales e institutos de medicina legal de los sistemas de informaci\u00f3n precisos para implantar efectivamente el expediente judicial electr\u00f3nico y conseguir la coordinaci\u00f3n tecnol\u00f3gica entre \u00f3rganos de la Administraci\u00f3n de justicia de la Comunitat Valencia, de otras instancias territoriales, con otras instituciones y con los operadores jur\u00eddicos.<\/p>\n<p>Sevicio 02..<\/p>\n<p>Centro gestor 01 Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Justicia, Administraci\u00f3n P\u00fablica, Reformas de Direcci\u00f3n General de Justicia.<\/p>\n<p>Programa 141.10 Administraci\u00f3n de justicia.<\/p>\n<p>Ficha FP4 Memoria de actuaciones.<\/p>\n<p>Objetivo b\u00e1sico.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir la siguiente l\u00ednea:<\/p>\n<p>11.2 Estudio y actuaciones para la redistribuci\u00f3n adecuada de la carga de trabajo en juzgados y tribunales de la Comunitat Valenciana.<\/p>\n<p>Sevicio 02..<\/p>\n<p>Centro gestor 01 Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Justicia, Administraci\u00f3n P\u00fablica, Reformas de Direcci\u00f3n General de Justicia.<\/p>\n<p>Programa 141.10 Administraci\u00f3n de justicia.<\/p>\n<p>Ficha FP4 Memoria de actuaciones.<\/p>\n<p>Objetivo b\u00e1sico.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir la siguiente l\u00ednea:<\/p>\n<p>11.4 Adopci\u00f3n de medidas efectivas para mejorar la calidad en el \u00e1mbito de la Administraci\u00f3n de justicia de la Comunitat Valenciana, priorizando la vertiente de servicio p\u00fablico, y derecho fundamental, a la de poder judicial.<\/p>\n<p>Sevicio 02..<\/p>\n<p>Centro gestor 01 Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Justicia, Administraci\u00f3n P\u00fablica, Reformas de Direcci\u00f3n General de Justicia.<\/p>\n<p>Programa 141.10 Administraci\u00f3n de justicia.<\/p>\n<p>Ficha FP4 Memoria de actuaciones.<\/p>\n<p>Objetivo b\u00e1sico<\/p>\n<p>Hay que modificar lo siguiente:<\/p>\n<p>Respecto al 1.7, hay sustituir lo propuesto por lo siguiente: protecci\u00f3n de la salud y la seguridad de los usuarios, personal y dem\u00e1s operadores de los servicios de la Administraci\u00f3n de justicia.<\/p>\n<p>Sevicio 02..<\/p>\n<p>Centro gestor 01 Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Justicia, Administraci\u00f3n P\u00fablica, Reformas de Direcci\u00f3n General de Justicia.<\/p>\n<p>Programa 141.10 Administraci\u00f3n de justicia.<\/p>\n<p>Ficha FP4 Memoria de actuaciones.<\/p>\n<p>Objetivo b\u00e1sico.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir como objetivo 8.5:<\/p>\n<p>Creaci\u00f3n y apoyo al funcionamiento de centros de mediaci\u00f3n, judicial o extrajudicial, y otros medios alternativos de resoluci\u00f3n de conflictos.<\/p>\n<p>Sevicio 02..<\/p>\n<p>Centro gestor 01 Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Justicia, Administraci\u00f3n P\u00fablica, Reformas de Direcci\u00f3n General de Justicia.<\/p>\n<p>Programa 141.10 Administraci\u00f3n de justicia.<\/p>\n<p>Ficha FP4 Memoria de actuaciones.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir la siguiente l\u00ednea:<\/p>\n<p>1.5.2 Modernizaci\u00f3n y reorganizaci\u00f3n de archivos judiciales.<\/p>\n<p>Sevicio 02..<\/p>\n<p>Centro gestor 01 Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Justicia, Administraci\u00f3n P\u00fablica, Reformas de Direcci\u00f3n General de Justicia.<\/p>\n<p>Programa 141.10 Administraci\u00f3n de justicia.<\/p>\n<p>Ficha FP4 Memoria de actuaciones.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir la siguiente l\u00ednea:<\/p>\n<p>1.7.2 Adopci\u00f3n de medidas generales y singularizadas para la protecci\u00f3n de la salud y la seguridad de los usuarios, personal y dem\u00e1s operadores de la Administraci\u00f3n de justicia en cada centro judicial.<\/p>\n<p>Sevicio 02..<\/p>\n<p>Centro gestor 01 Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Justicia, Administraci\u00f3n P\u00fablica, Reformas Democr\u00e1ticas y Libertades P\u00fablicas.<\/p>\n<p>Direcci\u00f3n General de Justicia.<\/p>\n<p>Programa 141.10 Administraci\u00f3n de justicia.<\/p>\n<p>Ficha FP4 Memoria de actuaciones.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir la siguiente l\u00ednea:<\/p>\n<p>4.2.2 Realizar memoria de necesidades materiales y personales en los juzgados, tribunales y fiscal\u00edas de la Administraci\u00f3n de justicia de la Comunitat Valenciana.<\/p>\n<p>Sevicio 02..<\/p>\n<p>Centro gestor 01 Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Justicia, Administraci\u00f3n P\u00fablica, Reformas Democr\u00e1ticas y Libertades P\u00fablicas.<\/p>\n<p>Direcci\u00f3n General de Justicia.<\/p>\n<p>Programa 141.10 Administraci\u00f3n de justicia.<\/p>\n<p>Ficha FP4 Memoria de actuaciones.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir la siguiente l\u00ednea:<\/p>\n<p>8.1.3 Apoyar otros medios alternativos a la resoluci\u00f3n de conflictos, tales como conciliaci\u00f3n o arbitraje.<\/p>\n<p>Sevicio 02..<\/p>\n<p>Centro gestor 01 Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Justicia, Administraci\u00f3n P\u00fablica, Reformas Democr\u00e1ticas y Libertades P\u00fablicas.<\/p>\n<p>Direcci\u00f3n General de Justicia.<\/p>\n<p>Programa 141.10 Administraci\u00f3n de justicia.<\/p>\n<p>Ficha FP4 Memoria de actuaciones.<\/p>\n<p>En Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores<\/p>\n<p>En la l\u00ednea 9.1.1.<\/p>\n<p>Donde dice: Racionalizaci\u00f3n,<\/p>\n<p>Debe decir: Potenciaci\u00f3n, refuerzo, coordinaci\u00f3n y proximidad.<\/p>\n<p>Sevicio 02.<\/p>\n<p>Centro gestor 01 Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Justicia, Administraci\u00f3n P\u00fablica, Reformas Democr\u00e1ticas y Libertades P\u00fablicas.<\/p>\n<p>Direcci\u00f3n General de Justicia.<\/p>\n<p>Programa 141.10 Administraci\u00f3n de justicia.<\/p>\n<p>Ficha FP4 Memoria de actuaciones.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir la siguiente l\u00ednea:<\/p>\n<p>9.1.4 Adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento \u00edntegro, efectivo y coordinado de la Ley 4\/2015 de 27 de abril, del Estatuto de la V\u00edctima del Delito, que requiere proximidad a la v\u00edctima y coordinaci\u00f3n centralizada en las OAVD.<\/p>\n<p>Sevicio 02.<\/p>\n<p>Centro gestor 01 Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Justicia, Administraci\u00f3n P\u00fablica, Reformas Democr\u00e1ticas y Libertades P\u00fablicas.<\/p>\n<p>Direcci\u00f3n General de Justicia.<\/p>\n<p>Programa 141.10 Administraci\u00f3n de justicia.<\/p>\n<p>Ficha FP4 Memoria de actuaciones.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir la siguiente l\u00ednea:<\/p>\n<p>7.1.5 Intensificar las campa\u00f1as de sensibilizaci\u00f3n, prevenci\u00f3n y protecci\u00f3n de las v\u00edctimas del delito, muy especialmente las de g\u00e9nero, los afectantes a menores y los que tienen como perjudicadas a personas mayores.<\/p>\n<p>Sevicio 02.<\/p>\n<p>Centro gestor 01 Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Justicia, Administraci\u00f3n P\u00fablica, Reformas de Direcci\u00f3n General de Justicia.<\/p>\n<p>Programa 141.10 Administraci\u00f3n de justicia.<\/p>\n<p>Ficha FP4 Memoria de actuaciones.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir la siguiente l\u00ednea:<\/p>\n<p>7.1.8 Garantizar la separaci\u00f3n entre v\u00edctimas y agresores para que no coincidan en las sedes de la Administraci\u00f3n de justicia.<\/p>\n<p>Sevicio 02.<\/p>\n<p>Centro gestor 01 Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Justicia, Administraci\u00f3n P\u00fablica, Reformas de Direcci\u00f3n General de Justicia.<\/p>\n<p>Programa 141.10 Administraci\u00f3n de justicia..<\/p>\n<p>Ficha FP4 Memoria de actuaciones.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir la siguiente l\u00ednea:<\/p>\n<p>6.1.4 Implementar las actuaciones necesarias para conseguir el objetivo papel cero y la completa modernizaci\u00f3n tecnol\u00f3gica de las sedes judiciales y fiscales de la Administraci\u00f3n de justicia en la Comunitat Valenciana.<\/p>\n<p>Sevicio 02.<\/p>\n<p>Centro gestor 01 Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Justicia, Administraci\u00f3n P\u00fablica, Reformas de Direcci\u00f3n General de Justicia<\/p>\n<p>Programa 141.10 Administraci\u00f3n de justicia.<\/p>\n<p>Ficha FP4 Memoria de actuaciones.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir la siguiente l\u00ednea:<\/p>\n<p>11.1.3 Eliminar todas las barreras arquitect\u00f3nicas que existan en las sedes judiciales.<\/p>\n<p>Sevicio 02.<\/p>\n<p>Centro gestor 01 Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Justicia, Administraci\u00f3n P\u00fablica, Reformas de Direcci\u00f3n General de Justicia<\/p>\n<p>Programa 141.10 Administraci\u00f3n de justicia.<\/p>\n<p>Ficha FP4 Memoria de actuaciones.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir la siguiente l\u00ednea:<\/p>\n<p>1.1.6 Dotar con m\u00e1s medios tanto humanos como materiales los gabinetes psicosociales adscritos a los juzgados, y reestructurarlos, extendi\u00e9ndolos progresivamente a todos los partidos judiciales de la Comunitat Valenciana, de modo que este servicio pueda llegar a todas las sedes.<\/p>\n<p>Sevicio 02.<\/p>\n<p>Centro gestor 03 DG Funci\u00f3n P\u00fablica.<\/p>\n<p>Programa 121.40 Funci\u00f3n p\u00fablica.<\/p>\n<p>Ficha FP4 Memoria de actuaciones.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir la siguiente l\u00ednea:<\/p>\n<p>6.1.3 Solventar la precarizaci\u00f3n de los puestos de trabajo interinos en la administraci\u00f3n p\u00fablica valenciana, reduciendo en todo caso la temporalidad.<\/p>\n<p>Sevicio 02.<\/p>\n<p>Centro gestor 03 DG Funci\u00f3n P\u00fablica.<\/p>\n<p>Programa 121.40 Funci\u00f3n P\u00fablica.<\/p>\n<p>Ficha FP4 Memoria de actuaciones.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir la siguiente l\u00ednea:<\/p>\n<p>2.1.2 Reducir los puestos de libre designaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Programa: 141.10 Administraci\u00f3n de Justicia.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para conseguir el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>9.1.3 Desarrollo de campa\u00f1as de difusi\u00f3n sobre la existencia y la forma de acceso a la atenci\u00f3n de las oficinas de atenci\u00f3n a las v\u00edctimas del delito.<\/p>\n<p>De la secci\u00f3n 09 Educaci\u00f3n, Investigaci\u00f3n, Cultura y Deporte.<\/p>\n<p>Programa 421.50 Evaluaci\u00f3n, innovaci\u00f3n y calidad educativa.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Cal afegir: 2.5.4 Consolidar la implementaci\u00f3n y la difusi\u00f3n de protocolos de prevenci\u00f3n y actuaci\u00f3n en caso de violencia machista y acoso sexual o por identidad y expresi\u00f3n de g\u00e9nero.<\/p>\n<p>Programa 421.50 Evaluaci\u00f3n, innovaci\u00f3n y calidad educativa.<\/p>\n<p>Objetivo b\u00e1sico.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>2.6 Asegurar la prevenci\u00f3n y actuaci\u00f3n, en todos los niveles y en todos los centros sostenidos con fondos p\u00fablicos, en caso de violencia de g\u00e9nero y en caso de acoso sexual o por raz\u00f3n de orientaci\u00f3n sexual o identidad de g\u00e9nero.<\/p>\n<p>Programa 421.50 Evaluaci\u00f3n, innovaci\u00f3n y calidad educativa.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>2.6.1 Asegurar la implantaci\u00f3n y realizar un seguimiento de los protocolos de prevenci\u00f3n y actuaci\u00f3n en caso de violencia de g\u00e9nero y en caso de acoso sexual o por identidad y expresi\u00f3n de g\u00e9nero 2.6.2 Actualizar la normativa sobre los planes de convivencia e igualdad para incluir c\u00f3mo actuar ante situaciones de acoso por homofobia i transfobia.<\/p>\n<p>Programa 421.60 Formaci\u00f3n del profesorado.<\/p>\n<p>Objetivo b\u00e1sico.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>3.5 Promover la formaci\u00f3n del profesorado para prevenir y detener los casos de violencia de g\u00e9nero, as\u00ed como para evitar el acoso y la discriminaci\u00f3n por razones de identidad de g\u00e9nero, o por orientaci\u00f3n sexual.<\/p>\n<p>Programa 422.80 Instituto Superior de Ense\u00f1anzas Art\u00edsticas de la Comunitat Valenciana.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Donde dice:<\/p>\n<p>2.1.3 Garantizar la implementaci\u00f3n y realizar un seguimiento de protocolos de prevenci\u00f3n y actuaci\u00f3n en caso de urgencia y en caso de acoso por raz\u00f3n de sexo, sexuales, por orientaci\u00f3n sexual o por identidad de g\u00e9nero, Debe decir: 2.1.3 Asegurar la implementaci\u00f3n y realizar un seguimiento de protocolos de prevenci\u00f3n y actuaci\u00f3n en casos de violencia de g\u00e9nero y en caso de acoso sexual, o por raz\u00f3n de orientaci\u00f3n sexual o identidad de g\u00e9nero.<\/p>\n<p>Programa 457.10 Fomento de la actividad deportiva.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Problem\u00e1tica sobre la que se act\u00faa:<\/p>\n<p>Donde dice: 2 Fomento de la pr\u00e1ctica del deporte y de la actividad f\u00edsica entre la ciudadan\u00eda en los diferentes \u00e1mbitos y niveles adaptados a la diversidad,<\/p>\n<p>Debe decir: 2 Fomento de la pr\u00e1ctica del deporte y de la actividad f\u00edsica no discriminatorios entre la ciudadan\u00eda en los diferentes \u00e1mbitos y niveles adaptados a la diversidad.<\/p>\n<p>Programa 457.10 Fomento actividad deportiva.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores:<\/p>\n<p>Donde dice: 2.1.1.3 Facilitar la pr\u00e1ctica del deporte y la actividad f\u00edsica,<\/p>\n<p>Debe decir: 2.1.1.3 Facilitar la pr\u00e1ctica del deporte y la actividad f\u00edsica no discriminatoria.<\/p>\n<p>Programa 457.10 Fomento actividad deportiva.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Problem\u00e1tica sobre la que se act\u00faa:<\/p>\n<p>Donde dice: 2. Fomento de la pr\u00e1ctica del deporte y de la actividad f\u00edsica entre la ciudadan\u00eda en los diferentes \u00e1mbitos y niveles adaptados a la diversidad,<\/p>\n<p>Debe decir: 2. Fomento de la pr\u00e1ctica del deporte y de la actividad f\u00edsica no discriminatorios entre la ciudadan\u00eda en los diferentes \u00e1mbitos y niveles adaptados a la diversidad.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Secci\u00f3n 09 Educaci\u00f3n, investigaci\u00f3n, cultura y deporte.<\/p>\n<p>Programa 452.10 Libro, archivos y bibliotecas.<\/p>\n<p>FP7.<\/p>\n<p>L\u00ednea S8112000 Ayudas a bibliotecas municipales para actividades de fomento a la lectura Se aumenta: 50.000 euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Secci\u00f3n 09 Educaci\u00f3n, investigaci\u00f3n, cultura y deporte.<\/p>\n<p>Programa 454.10 Promoci\u00f3n cultural, patrimonio art\u00edstico y museos.<\/p>\n<p>FP6.<\/p>\n<p>Proyecto ER330000 Reformas edificios hist\u00f3rico-art\u00edsticos.<\/p>\n<p>Se disminuye: 50.000 euros.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Secci\u00f3n 09 Educaci\u00f3n, investigaci\u00f3n, cultura y deporte.<\/p>\n<p>Programa 452.10 Libro, archivos y bibliotecas.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>L\u00ednea S2613000 Adquisici\u00f3n de material bibliogr\u00e1fico para bibliotecas y agencias de la red de la Generalitat.<\/p>\n<p>Se aumenta: 200.000 euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Secci\u00f3n 09 Educaci\u00f3n, investigaci\u00f3n, cultura y deporte.<\/p>\n<p>Programa 454.10 Promoci\u00f3n cultural, patrimonio art\u00edstico y museos.<\/p>\n<p>FP6.<\/p>\n<p>Proyecto ER330 Reformas edificios hist\u00f3rico-art\u00edsticos.<\/p>\n<p>Se disminuye: 200.000 euros.<\/p>\n<p>Programa 421.50 Evaluaci\u00f3n, innovaci\u00f3n y calidad educativa.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar los objetivos e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>1.2.4 Evaluaci\u00f3n del proyecto de formaci\u00f3n en centro.<\/p>\n<p>Programa 421.50 Evaluaci\u00f3n, innovaci\u00f3n y calidad educativa.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar los objetivos e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>1.2.5 Evaluaci\u00f3n y an\u00e1lisis de metodolog\u00edas empleadas en el proceso de ense\u00f1anza-aprendizaje.<\/p>\n<p>Programa 422.20 Ense\u00f1anza primaria.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar los objetivos e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>2.2.4 Elaboraci\u00f3n de informes t\u00e9cnicos sobre revisi\u00f3n y nivel de adecuaci\u00f3n de los centros educativos a la normativa actual sobre edificaci\u00f3n y urbanismo y sobre requisitos m\u00ednimos Revisi\u00f3n del estado de las competencias compartidas con la administraci\u00f3n local.<\/p>\n<p>Programa 422.30 Ense\u00f1anza secundaria.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar los objetivos e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>2.2.3 Elaboraci\u00f3n de informes t\u00e9cnicos sobre revisi\u00f3n y nivel de adecuaci\u00f3n de los centros educativos a la normativa actual sobre edificaci\u00f3n y urbanismo y sobre requisitos m\u00ednimos Revisi\u00f3n del estado de las competencias compartidas con la administraci\u00f3n local.<\/p>\n<p>En programa 421.60 Formaci\u00f3n del profesorado.<\/p>\n<p>En Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>3.5.1 Desarrollar formaciones continuas del profesorado para adquirir y compartir experiencias y material did\u00e1ctico sobre prevenci\u00f3n y actuaci\u00f3n en casos de violencia de g\u00e9nero y acoso por raz\u00f3n de sexo, por orientaci\u00f3n sexual o por identidad de g\u00e9nero.<\/p>\n<p>Programa 421.50 Evaluaci\u00f3n, innovaci\u00f3n y calidad educativa.<\/p>\n<p>Ficha: FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir en Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar los objetivos e indicadores:<\/p>\n<p>1.2.6 Evaluaci\u00f3n del plan de actuaci\u00f3n para la mejora.<\/p>\n<p>Programa 421.50 Evaluaci\u00f3n, innovaci\u00f3n y calidad educativa.<\/p>\n<p>Ficha: FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir en Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar los objetivos e indicadores:<\/p>\n<p>1.2.7 Evaluaci\u00f3n del nivel de participaci\u00f3n real de las familias en los \u00f3rganos colegiados de los centros educativos.<\/p>\n<p>Programa 421.50 Evaluaci\u00f3n, innovaci\u00f3n y calidad educativa Ficha: FP4 Hay que a\u00f1adir en Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar los objetivos e indicadores: 1.2.8 Autoevaluaci\u00f3n del profesorado para la mejora de la funci\u00f3n docente.<\/p>\n<p>Programa 421.50 Evaluaci\u00f3n, innovaci\u00f3n y calidad educativa.<\/p>\n<p>Ficha: FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir en Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar los objetivos e indicadores:<\/p>\n<p>1.2.9 Evaluaci\u00f3n del sistema educativo por parte del alumnado.<\/p>\n<p>Programa 421.50 Evaluaci\u00f3n, innovaci\u00f3n y calidad educativa.<\/p>\n<p>Ficha: FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir en Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar los objetivos e indicadores:<\/p>\n<p>1.2.10 Percepciones, proyecciones y valoraciones de los padres sobre el sistema educativo por parte de las familias, para poder disponer de datos con los que se indiquen la autopercepci\u00f3n que tienen las familias de la educaci\u00f3n y de la escuela: c\u00f3mo se sienten tratados, cu\u00e1l es su nivel de participaci\u00f3n, cu\u00e1l es su grado de integraci\u00f3n, etc.<\/p>\n<p>Programa 421.50 Evaluaci\u00f3n, innovaci\u00f3n y calidad educativa.<\/p>\n<p>Ficha: FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir en Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar los objetivos e indicadores:<\/p>\n<p>1.2.11 Percepciones, proyecciones y valoraciones del alumnado sobre el sistema educativo por parte de las familias, para poder disponer de datos con los que se indiquen la autopercepci\u00f3n que tienen las familias de la educaci\u00f3n y de la escuela: c\u00f3mo se sienten tratados, cu\u00e1l es su nivel de participaci\u00f3n, cu\u00e1l es su grado de integraci\u00f3n, etc.<\/p>\n<p>Programa 421.50 Evaluaci\u00f3n, innovaci\u00f3n y calidad educativa.<\/p>\n<p>Ficha: FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir en Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar los objetivos e indicadores:<\/p>\n<p>1.2.12 Percepciones, proyecciones y valoraciones del profesorado sobre el sistema educativo por parte de las familias, para poder disponer de datos con los que se indiquen la autopercepci\u00f3n que tienen las familias de la educaci\u00f3n y de la escuela: c\u00f3mo se sienten tratados, cu\u00e1l es su nivel de participaci\u00f3n, cu\u00e1l es su grado de integraci\u00f3n, etc.<\/p>\n<p>Programa 421.50 Evaluaci\u00f3n, innovaci\u00f3n y calidad educativa.<\/p>\n<p>Ficha: FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir en Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar los objetivos e indicadores:<\/p>\n<p>1.2.13 Evaluaci\u00f3n del grado de interrelaci\u00f3n de la escuela en su entorno.<\/p>\n<p>Programa 421.50 Evaluaci\u00f3n, innovaci\u00f3n y calidad educativa.<\/p>\n<p>Ficha: FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir en Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar los objetivos e indicadores:<\/p>\n<p>3.2.3 Ayudas a centros y entidades que impulsen programas sobre programas de implicaci\u00f3n social.<\/p>\n<p>Programa 421.50 Evaluaci\u00f3n, innovaci\u00f3n y calidad educativa.<\/p>\n<p>Ficha: FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir en Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar los objetivos e indicadores:<\/p>\n<p>3.2.4 Ayudas a centros y entidades que impulsen programas sobre el fomento de la solidaridad.<\/p>\n<p>Programa 421.50 Evaluaci\u00f3n, innovaci\u00f3n y calidad educativa.<\/p>\n<p>Ficha: FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir en Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar los objetivos e indicadores:<\/p>\n<p>3.2.5 Ayudas a centros y entidades que impulsen programas sobre el fomento del asociacionismo y la participaci\u00f3n en los centros escolares.<\/p>\n<p>Programa 421.50 Evaluaci\u00f3n, innovaci\u00f3n y calidad educativa.<\/p>\n<p>Ficha: FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir en Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar los objetivos e indicadores:<\/p>\n<p>3.2.6 Ayudas a centros y entidades que impulsen programas sobre la coeducaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Programa 421.50 Evaluaci\u00f3n, innovaci\u00f3n y calidad educativa.<\/p>\n<p>Ficha: FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir en Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar los objetivos e indicadores:<\/p>\n<p>3.2.7 Ayudas a centros y entidades que impulsen programas sobre nuevas tecnolog\u00edas.<\/p>\n<p>Programa 421.50 Evaluaci\u00f3n, innovaci\u00f3n y calidad educativa Ficha: FP4 Hay que a\u00f1adir en Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar los objetivos e indicadores:<\/p>\n<p>3.2.8 Ayudas a centros y entidades que impulsen programas sobre la utilizaci\u00f3n de los recursos p\u00fablicos.<\/p>\n<p>Programa 421.50 Evaluaci\u00f3n, innovaci\u00f3n y calidad educativa.<\/p>\n<p>Ficha: FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir en Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar los objetivos e indicadores:<\/p>\n<p>3.2.9 Ayudas a centros y entidades que impulsen programas sobre abandono escolar.<\/p>\n<p>Programa 421.50 Evaluaci\u00f3n, innovaci\u00f3n y calidad educativa,<\/p>\n<p>Ficha: FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir en Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar los objetivos e indicadores:<\/p>\n<p>3.2.10 Ayudas a centros y entidades que impulsen programas sobre absentismo.<\/p>\n<p>Programa 421.50 Evaluaci\u00f3n, innovaci\u00f3n y calidad educativa.<\/p>\n<p>Ficha: FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir en Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar los objetivos e indicadores:<\/p>\n<p>3.2.11 Ayudas a centros y entidades que impulsen programas sobre fracaso escolar.<\/p>\n<p>Programa 421.50 Evaluaci\u00f3n, innovaci\u00f3n y calidad educativa.<\/p>\n<p>Ficha: FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir en Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar los objetivos e indicadores:<\/p>\n<p>3.2.12 Ayudas a centros y entidades que impulsen programas sobre la multiculturalidad.<\/p>\n<p>Programa 421.50 Evaluaci\u00f3n, innovaci\u00f3n y calidad educativa.<\/p>\n<p>Ficha: FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir en Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar los objetivos e indicadores:<\/p>\n<p>3.2.13 Ayudas a centros y entidades que impulsen programas sobre la educaci\u00f3n intercultural.<\/p>\n<p>Programa 421.60 Formaci\u00f3n del profesorado.<\/p>\n<p>Ficha: FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir en Objetivo b\u00e1sico.<\/p>\n<p>3.5 Promover el papel de la escuela como herramienta de transformaci\u00f3n social.<\/p>\n<p>Programa 421.60 Formaci\u00f3n del profesorado.<\/p>\n<p>Ficha: FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir en Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar los objetivos e indicadores:<\/p>\n<p>3.5.1 Formaci\u00f3n al profesorado sobre el papel de la escuela como herramienta de transformaci\u00f3n social.<\/p>\n<p>Programa 421.60 Formaci\u00f3n del profesorado.<\/p>\n<p>Ficha: FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir en objetivo b\u00e1sico.<\/p>\n<p>3.6 Promover la formaci\u00f3n de evaluaci\u00f3n y autoevaluaci\u00f3n en los centros.<\/p>\n<p>Programa 421.60 Formaci\u00f3n del profesorado.<\/p>\n<p>Ficha: FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir en Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar los objetivos e indicadores:<\/p>\n<p>3.6.1 Formaci\u00f3n del profesorado y equipos directivos en los propios centros sobre la evaluaci\u00f3n y autoevaluaci\u00f3n de sus centros.<\/p>\n<p>Programa 421.60 Formaci\u00f3n del profesorado.<\/p>\n<p>Ficha: FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir en objetivo b\u00e1sico.<\/p>\n<p>3.7 Promover la elaboraci\u00f3n del material curricular propio.<\/p>\n<p>Programa 421.60 Formaci\u00f3n del profesorado.<\/p>\n<p>Ficha: FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir en Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar los objetivos e indicadores:<\/p>\n<p>3.7.1 Formaci\u00f3n del profesorado sobre el aprendizaje y la elaboraci\u00f3n de material curricular propio.<\/p>\n<p>Programa 421.60 Formaci\u00f3n del profesorado.<\/p>\n<p>Ficha: FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir en objetivo b\u00e1sico.<\/p>\n<p>3.8 Promover la formaci\u00f3n del profesorado sobre la creaci\u00f3n de material curricular propio.<\/p>\n<p>Programa 421.60 Formaci\u00f3n del profesorado.<\/p>\n<p>Ficha: FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir en Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar los objetivos e indicadores:<\/p>\n<p>3.8.2 Formaci\u00f3n de profesorado sobre material curricular propio creado por el mismo con objetivo de que pueda ser compartido y de su explicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Programa 421.60 Formaci\u00f3n del profesorado.<\/p>\n<p>Ficha: FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir en Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar los objetivos e indicadores:<\/p>\n<p>4.2.2 Creaci\u00f3n de redes virtuales p\u00fablicas para compartir el material curricular propio creado por el profesorado para todo usuario interesado.<\/p>\n<p>Programa 421.50 Evaluaci\u00f3n, innovaci\u00f3n y calidad educativa.<\/p>\n<p>Ficha: FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir en Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar los objetivos e indicadores:<\/p>\n<p>2.4.2 Fomentar las bibliotecas de aula como objetivo de fomento de la lectura.<\/p>\n<p>Programa 421.50 Evaluaci\u00f3n, innovaci\u00f3n y calidad educativa.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir en Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar los objetivos e indicadores:<\/p>\n<p>2.4.3 Dotar los centros educativos de un c\u00f3mputo horario docente suficiente que permita atender la gesti\u00f3n de las bibliotecas escolares.<\/p>\n<p>Programa 421.50 Evaluaci\u00f3n, innovaci\u00f3n y calidad educativa.<\/p>\n<p>Ficha: FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir en Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar los objetivos e indicadores:<\/p>\n<p>1.1.10 Ayudas al fomento de la participaci\u00f3n y el asociacionismo de formaci\u00f3n de personas adultas.<\/p>\n<p>Programa 422.30 Secundaria.<\/p>\n<p>Ficha: FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir en Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar los objetivos e indicadores:<\/p>\n<p>1.2.3 Elaboraci\u00f3n de un mapa de necesidades de aprendizaje de idiomas y de las escuelas oficiales de idiomas necesarias.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Programa: 421.50.<\/p>\n<p>Ficha: FP4.<\/p>\n<p>Nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>Descripci\u00f3n y finalidad: Fomento, participaci\u00f3n y asociaci\u00f3n de alumnos de formaci\u00f3n de personas adultas.<\/p>\n<p>Beneficiarios previstos: Asociaciones de alumnos de FPA.<\/p>\n<p>Modo de concesi\u00f3n: Concurrencia competitiva Se aumenta 60,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Programa: 422.40.<\/p>\n<p>Ficha: FP2.<\/p>\n<p>Aplicaci\u00f3n econ\u00f3mica 227.<\/p>\n<p>Se disminuye 50,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Programa: 421.30.<\/p>\n<p>Ficha: FP2.<\/p>\n<p>Aplicaci\u00f3n econ\u00f3mica 227.<\/p>\n<p>Se disminuye 10,00\u00a0miles de euros.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Programa T422.60 Universidad y estudios superiores.<\/p>\n<p>FP7.<\/p>\n<p>C\u00f3digo l\u00ednea 8219000 Mejora condiciones laborales personal universidades.<\/p>\n<p>Aumenta en 2.000,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Programa 421.50 Evaluaci\u00f3n, innovaci\u00f3n y calidad educativa.<\/p>\n<p>FP2.<\/p>\n<p>Aplicaci\u00f3n econ\u00f3mica 226 Gastos diversos.<\/p>\n<p>Disminuye en 1.300,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Programa 542.50 Investigaci\u00f3n, desarrollo tecnol\u00f3gico e innovaci\u00f3n (I+D+i).<\/p>\n<p>FP7.<\/p>\n<p>L\u00ednea S0104000.<\/p>\n<p>Disminuye en 600,00 miles de euros<\/p>\n<p>Programa 422.40.<\/p>\n<p>Ficha FP2.<\/p>\n<p>Aplicaci\u00f3n econ\u00f3mica 227 Externalizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Disminuye en 100,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Entidad 00025 Culturarts Generalitat.<\/p>\n<p>FP7.<\/p>\n<p>C\u00f3digo l\u00ednea: S7272000.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n: Campa\u00f1a de conciertos de intercambio entre agrupaciones art\u00edsticas de la FSMCV, FECOCOVA, Federaci\u00f3 de Folklore de la CV y la Federaci\u00f3 Valenciana de dol\u00e7ainers i tabaleters.<\/p>\n<p>Se aumentan 1.100,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Programa 542.50 Investigaci\u00f3n, desarrollo tecnol\u00f3gico e innovaci\u00f3n (I+D+i).<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>C\u00f3digo l\u00ednea: S0104000.<\/p>\n<p>Se disminuyen 1.100,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Servicio: 02.<\/p>\n<p>Centro gestor: 06.<\/p>\n<p>Programa 422.50.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>L\u00ednea S7877000.<\/p>\n<p>Importe: 3.000,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja:150,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Total: 2.850,00 miles de euros<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Servicio: Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Educaci\u00f3n e Investigaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Centro gestor: Direcci\u00f3n General de Centros y Personal Docente.<\/p>\n<p>Programa 422.20.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>L\u00ednea S0063000.<\/p>\n<p>Importe: 2.314,35 en miles de euros.<\/p>\n<p>Alta: 150,00 en miles de euros.<\/p>\n<p>Total: 2.164,35 en miles de euros.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Programa 422.30 Ense\u00f1anza secundaria.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>En Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores Hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>Revisi\u00f3n y adecuaci\u00f3n de los centros en los que se detecte la existencia de fibrocemento.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Programa 422.20 Ense\u00f1anza primaria.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>En el objetivo 2.2 Mejorar las infraestructuras educativas en centros de titularidad de la Generalitat,<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir un nuevo indicador que diga:<\/p>\n<p>Revisi\u00f3n y adecuaci\u00f3n de los centros en los que se detecte la existencia de fibrocemento.<\/p>\n<p>Servicio: Secretaria Auton\u00f3mica de Educaci\u00f3n e Investigaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Centro gestor: 03 DG de Universidad, Investigaci\u00f3n y Ciencia.<\/p>\n<p>Programa: 422.60 Universidad y estudios superiores.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: VII Transferencias de capital.<\/p>\n<p>L\u00ednea T577000 Amortizaci\u00f3n capital plan de inversiones.<\/p>\n<p>Importe: 99.181.300,00.<\/p>\n<p>Total: 99.181.300,00.<\/p>\n<p>Donde dice: Beneficiarios previstos: universidades p\u00fablicas de la Comunitat Valenciana (seg\u00fan anexo),<\/p>\n<p>Debe decir: Beneficiarios previstos: universidades p\u00fablicas de la Comunitat Valenciana (seg\u00fan anexo).<\/p>\n<p>Anexo: Relaci\u00f3n de beneficiarios de la l\u00ednea nominativa.<\/p>\n<p>T577000 Amortizaci\u00f3n capital plan de inversiones.<\/p>\n<table>\n<thead>\n<tr>\n<td><strong>Beneficiarios<\/strong><\/td>\n<td><strong>Importe<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<\/thead>\n<tbody>\n<tr>\n<td>Universidad Miguel Hern\u00e1ndez<\/td>\n<td>6.598.900,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Universidad Jaume I<\/td>\n<td>29.476.100,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Universitat d\u2019Alacant<\/td>\n<td>63.106.300,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Total.<\/td>\n<td>99.181.300,00<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Servicio: 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Educaci\u00f3n e Investigaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Centro gestor: 01 DG de Centros y Personal Docente.<\/p>\n<p>Programa: 422.20 Ense\u00f1anza primaria.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: IV Transferencias corrientes.<\/p>\n<p>L\u00ednea: S7413000 Convenios financiaci\u00f3n educaci\u00f3n de personas adultas.<\/p>\n<p>Importe: 690.000,00.<\/p>\n<p>Alta 276.000,00.<\/p>\n<p>Total: 966.000,00.<\/p>\n<p>Donde dice: Anexo: Relaci\u00f3n de beneficiarios de la l\u00ednea nominativa S7413000 Convenios financiaci\u00f3n educaci\u00f3n de personas adultas.<\/p>\n<table>\n<thead>\n<tr>\n<td><strong>Beneficiarios<\/strong><\/td>\n<td><strong>Importe<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<\/thead>\n<tbody>\n<tr>\n<td>Ayuntamiento de Paiporta<\/td>\n<td>138.000,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Ayuntamiento de Alfafar<\/td>\n<td>138.000,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Ayuntamiento de Cullera<\/td>\n<td>138.000,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Ayuntamiento de Alboraya<\/td>\n<td>138.000,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Ayuntamiento de Altea<\/td>\n<td>138.000,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Total<\/td>\n<td>690.000,00<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>Debe decir: Anexo: Relaci\u00f3n de beneficiarios de la l\u00ednea nominativa S7413000 Convenios financiaci\u00f3n educaci\u00f3n de personas adultas.<\/p>\n<table>\n<thead>\n<tr>\n<td><strong>Beneficiarios<\/strong><\/td>\n<td><strong>Importe<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<\/thead>\n<tbody>\n<tr>\n<td>Ayuntamiento de Paiporta<\/td>\n<td>138.000,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Ayuntamiento de Alfafar<\/td>\n<td>138.000,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Ayuntamiento de Cullera<\/td>\n<td>138.000,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Ayuntamiento de Alboraya<\/td>\n<td>138.000,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Ayuntamiento de Altea<\/td>\n<td>138.000,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Ayuntamiento de Burjassot<\/td>\n<td>138.000,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Ayuntamiento de Catarroja<\/td>\n<td>138.000,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Total<\/td>\n<td>966.000,00<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Servicio: 02.<\/p>\n<p>Centro gestor: 01.<\/p>\n<p>Programa: 422.20.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: II Gastos de funcionamiento.<\/p>\n<p>Importe: 98.916,73.<\/p>\n<p>Baja: \u2013276,00.<\/p>\n<p>Total: 98.640,73.<\/p>\n<p>Total altas 276.000,00.<\/p>\n<p>Total bajas \u2013276.000,00.<\/p>\n<p>Total 0,00.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Servicio: 03 Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Cultura y Deporte.<\/p>\n<p>Centro gestor: 02 DG del Deporte.<\/p>\n<p>Programa: 457.10 Fomento de la actividad deportiva.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: VII Transferencias de capital.<\/p>\n<p>L\u00ednea: S8260000 Plan de renovaci\u00f3n y mejora de infraestructuras deportivas municipales.<\/p>\n<p>Importe: 1.200.000,00.<\/p>\n<p>Alta 1.000.000,00.<\/p>\n<p>Total: 2.200.000,00<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Servicio: 03. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Cultura y Deporte.<\/p>\n<p>Centro gestor: 02 DG del Deporte.<\/p>\n<p>Programa: 457.10 Fomento de la actividad deportiva.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: VII Transferencias de capital.<\/p>\n<p>L\u00ednea: S8223000 Plan de construcci\u00f3n, renovaci\u00f3n y mejora de infraestructuras deportivas municipales Importe: 1.000.000,00.<\/p>\n<p>Baja: \u20131.000.000,00.<\/p>\n<p>Total: 0,00.<\/p>\n<p>Donde dice: beneficiarios previstos: entidades locales,<\/p>\n<p>Debe decir: beneficiarios previstos: ayuntamientos.<\/p>\n<p>Donde dice: descripci\u00f3n y finalidad: plan de inversi\u00f3n en instalaciones deportivas municipales: a) inversiones en municipios menores de 2.500 habitantes; b) renovaci\u00f3n y mejoras en trinquetes,<\/p>\n<p>Debe decir: descripci\u00f3n y finalidad: plan de inversi\u00f3n en instalaciones deportivas municipales: a) inversiones en municipios hasta 5.000 habitantes; b) renovaci\u00f3n y mejoras de trinquetes y frontones.<\/p>\n<p>Total altas 1.000.000,00.<\/p>\n<p>Total bajas \u20131.000.000,00.<\/p>\n<p>Total 0,00.<\/p>\n<p>Servicio: 03. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Cultura y Deporte.<\/p>\n<p>Centro gestor: 02 DG del Deporte.<\/p>\n<p>Programa: 457.10 Fomento de la actividad deportiva.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: IV Transferencias corrientes.<\/p>\n<p>L\u00ednea: S8138000 Promoci\u00f3n de la integraci\u00f3n.<\/p>\n<p>Donde dice: Beneficiarios previstos: ayuntamientos de la CV y entidades sin \u00e1nimo de lucro,<\/p>\n<p>Debe decir: Beneficiarios previstos: entidades locales y entidades sin \u00e1nimo de lucro.<\/p>\n<p>Servicio: 03. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Cultura y Deporte.<\/p>\n<p>Centro gestor: 02 DG del Deporte.<\/p>\n<p>Programa: 457.10 Fomento de la actividad deportiva<\/p>\n<p>FP4: Memoria de actuaciones.<\/p>\n<p>Donde dice: Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n por conseguir el objetivo e indicadores:<\/p>\n<p>4.1.4 Plan para la renovaci\u00f3n y mejora de infraestructuras deportivas en municipios de menos de 2.500 habitantes y mejora de trinquetes y frontones municipales de pelota valenciana,<\/p>\n<p>Debe decir: Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n por conseguir el objetivo e indicadores:<\/p>\n<p>4.1.4 Plan a) para la renovaci\u00f3n y mejora de infraestructuras deportivas en municipios hasta 5.000 habitantes: b) mejora de trinquetes y frontones de pelota valenciana.<\/p>\n<p>Servicio: 03. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Cultura y Deporte.<\/p>\n<p>Centro gestor: 02 DG del Deporte.<\/p>\n<p>Programa: 457.10 Fomento de la actividad deportiva.<\/p>\n<p>FP4: Memoria de actuaciones.<\/p>\n<p>Donde dice: Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para conseguir el objetivo e indicadores:<\/p>\n<p>4.1.5 Plan de ayudas para la construcci\u00f3n de circuitos en medio natural: circuitos de marcha y carreras a pie y circuitos de bicicletas,<\/p>\n<p>Debe decir: Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n por conseguir el objetivo e indicadores:<\/p>\n<p>4.1.5 Plan de ayudas para la construcci\u00f3n, ampliaci\u00f3n, mejora o reparaci\u00f3n de circuitos pedestres.<\/p>\n<p>Servicio: 03. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Cultura y Deporte.<\/p>\n<p>Centro gestor: 02 DG del Deporte.<\/p>\n<p>Programa: 457.10 Fomento de la actividad deportiva.<\/p>\n<p>Anexo objetivos: Objetivo 4.1 Apoyar la construcci\u00f3n de instalaciones deportivas, desarrollo herramientas para optimizar su gesti\u00f3n, mejorar la eficacia y rentabilizar la inversi\u00f3n realizada.<\/p>\n<p>Donde dice: Indicador 3: Plan para la renovaci\u00f3n y mejora de infraestructuras deportivas en municipios de menos de 2.500 habitantes y mejora de trinquetes y frontones,<\/p>\n<p>Debe decir: Indicador 3: Plan a) para la renovaci\u00f3n y mejora de infraestructuras deportivas en municipios hasta 5.000 habitantes: b) mejora de trinquetes y frontones.<\/p>\n<p>Servicio: 03. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Cultura y Deporte.<\/p>\n<p>Centro gestor: 02 DG del Deporte.<\/p>\n<p>Programa: 457.10 Fomento de la actividad deportiva.<\/p>\n<p>Anexo objetivos: Objetivo 4.1 Apoyar la construcci\u00f3n de instalaciones deportivas, desarrollo herramientas para optimizar su gesti\u00f3n, mejorar la eficacia y rentabilizar la inversi\u00f3n realizada.<\/p>\n<p>Donde dice: Indicador 4: Plan de ayudas para la construcci\u00f3n de circuitos en medio natural: circuitos de marcha y carreras a pie y circuitos de bicicletas,<\/p>\n<p>Debe decir: Indicador 4: Plan de ayudas para la construcci\u00f3n, ampliaci\u00f3n, mejora o reparaci\u00f3n de circuitos pedestres.<\/p>\n<p>Servicio: 03. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Cultura y Deporte.<\/p>\n<p>Centro gestor: 02 DG del Deporte.<\/p>\n<p>Programa: 457.10 Fomento de la actividad deportiva.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: VII. Transferencias de capital.<\/p>\n<p>L\u00ednea: S211000 Ayudas en ayuntamientos para la construcci\u00f3n de circuitos.<\/p>\n<p>Donde dice: Beneficiarios previstos: entidades locales,<\/p>\n<p>Debe decir: Beneficiarios previstos: mancomunidades y ayuntamientos de la CV.<\/p>\n<p>Donde dice: Descripci\u00f3n y finalidad: Ayudas en ayuntamientos para la construcci\u00f3n de circuitos urbanos: carriles para bicicletas y circuitos urbanos para corredores,<\/p>\n<p>Debe decir: Descripci\u00f3n y finalidad: Ayudas en mancomunidades y ayuntamientos para la construcci\u00f3n, la ampliaci\u00f3n, la mejora o la reparaci\u00f3n de circuitos pedestres.<\/p>\n<p>Servicio: 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Educaci\u00f3n e Investigaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Centro gestor: 06 DG de Pol\u00edtica Ling\u00fc\u00edstica y Gesti\u00f3n del Multiling\u00fcismo.<\/p>\n<p>Programa: 422.50 Promoci\u00f3n del valenciano y gesti\u00f3n del multiling\u00fcismo.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: IV. Transferencias corrientes.<\/p>\n<p>L\u00ednea: S0091000 Ayudas a la promoci\u00f3n del valenciano y a proyectos singulares de fomento del multiling\u00fcismo en el \u00e1mbito social.<\/p>\n<p>Donde dice: Descripci\u00f3n y finalidad: Subvenciones a las asociaciones c\u00edvicas sin finalidad lucrativa, sindicatos, asociaciones profesionales y otras entidades sin \u00e1nimo de lucro, entidades del exterior de la Comunitat Valenciana y para las personas jur\u00eddicas, p\u00fablicas y privadas que realicen proyectos singulares de fomento del multiling\u00fcismo en el \u00e1mbito social,<\/p>\n<p>Debe decir: Descripci\u00f3n y finalidad: Subvenciones a las asociaciones c\u00edvicas sin finalidad lucrativa, sindicatos, asociaciones profesionales, universidades, redes universitarias y otras entidades sin \u00e1nimo de lucro, entidades del exterior de la Comunitat Valenciana y para las personas jur\u00eddicas, p\u00fablicas y privadas que realicen proyectos singulares de fomento del multiling\u00fcismo en el \u00e1mbito social.<\/p>\n<p>Servicio: 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Educaci\u00f3n e Investigaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Centro gestor: 06 DG de Pol\u00edtica Ling\u00fc\u00edstica y Gesti\u00f3n del Multiling\u00fcismo.<\/p>\n<p>Programa: 422.50 Promoci\u00f3n del valenciano y gesti\u00f3n del multiling\u00fcismo.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: IV. Transferencias corrientes.<\/p>\n<p>L\u00ednea: S6954000 Formaci\u00f3n en ling\u00fc\u00edstica aplicada.<\/p>\n<p>Donde dice: Descripci\u00f3n y finalidad: Completar la formaci\u00f3n pr\u00e1ctica y la especializaci\u00f3n profesional de licenciados en filolog\u00eda, traducci\u00f3n e interpretaci\u00f3n derecho y ciencias pol\u00edticas,<\/p>\n<p>Debe decir: Descripci\u00f3n y finalidad: Completar la formaci\u00f3n pr\u00e1ctica y la especializaci\u00f3n profesional en el campo de la filolog\u00eda, la traducci\u00f3n, el derecho, las ciencias pol\u00edticas, la sociolog\u00eda, la documentaci\u00f3n, la comunicaci\u00f3n audiovisual y la publicidad.<\/p>\n<p>Servicio: 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Educaci\u00f3n e Investigaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Centro gestor: 03 DG de Universidad, Investigaci\u00f3n y Ciencia.<\/p>\n<p>Programa: 422.60 Universidad y estudios superiores.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: IV. Transferencias corrientes.<\/p>\n<p>L\u00ednea: S8218000 Ayudas realizaci\u00f3n m\u00e1ster universitario en el marco del PO empleo juvenil.<\/p>\n<p>Donde dice: Descripci\u00f3n y finalidad: Ayudas para la realizaci\u00f3n de m\u00e1ster en las universidades p\u00fablicas valencianas como acceso al mercado laboral, para las personas j\u00f3venes inscritas en el sistema de garant\u00eda juvenil, con carencia de recursos econ\u00f3micos, para reforzar la empleabilidad y las competencias profesionales PO FSE-CV 2014-2020,<\/p>\n<p>Debe decir: Descripci\u00f3n y finalidad: Ayudas para la realizaci\u00f3n de m\u00e1ster en las universidades p\u00fablicas valencianas como acceso al mercado laboral, para personas j\u00f3venes inscritas en el sistema de garant\u00eda juvenil, con falta de recursos econ\u00f3micos, por reforzar la empleabilidad y competencias profesionales. PO empleo juvenil.<\/p>\n<p>Servicio: 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Educaci\u00f3n e Investigaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Centro gestor: 03 DG de Universidad, Investigaci\u00f3n y Ciencia.<\/p>\n<p>Programa: 422.60 Universidad y estudios superiores.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: IV. Transferencias corrientes.<\/p>\n<p>L\u00ednea: T8219000 Mejora condiciones laborales personal universidades.<\/p>\n<p>Donde dice: Beneficiarios previstos: universidades p\u00fablicas de la Comunitat Valenciana (seg\u00fan anexo),<\/p>\n<p>Debe decir: Beneficiarios previstos: universidades p\u00fablicas de la Comunitat Valenciana.<\/p>\n<p>Donde dice: Modo de concesi\u00f3n,<\/p>\n<p>Debe decir: Modo de concesi\u00f3n: concesi\u00f3n directa, art\u00edculo 168.a).<\/p>\n<p>Servicio: 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Educaci\u00f3n e Investigaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Centro gestor: 03 DG de Universidad, Investigaci\u00f3n y Ciencia.<\/p>\n<p>Programa: 542.50 Investigaci\u00f3n, desarrollo tecnol\u00f3gico e innovaci\u00f3n (I+D+I).<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: VII. Transferencias de capital.<\/p>\n<p>L\u00ednea: S0104000 Financiaci\u00f3n infraestructuras y equipamiento cient\u00edfico.<\/p>\n<p>Donde dice: Beneficiarios previstos: universidades del sistema universitario valenciano y otros centros p\u00fablicos,<\/p>\n<p>Debe decir: Beneficiarios previstos: universidades p\u00fablicas valencianas as\u00ed como los consorcios p\u00fablicos de investigaci\u00f3n adscritos a la Generalitat no pertenecientes al sector sanitario.<\/p>\n<p>Donde dice: Descripci\u00f3n y finalidad: Financiaci\u00f3n de las inversiones en infraestructuras y equipamiento de las universidades del sistema universitario valenciano y otros centros p\u00fablicos para la investigaci\u00f3n, el desarrollo tecnol\u00f3gico y la innovaci\u00f3n,<\/p>\n<p>Debe decir: Descripci\u00f3n y finalidad: Financiaci\u00f3n de las inversiones en infraestructuras y equipamiento de las universidades p\u00fablicas del sistema universitario valenciano y otros centros p\u00fablicos para la investigaci\u00f3n, el desarrollo tecnol\u00f3gico y la innovaci\u00f3n. PO FEDER CV 2014-2020.<\/p>\n<p>Servicio: 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Educaci\u00f3n y Investigaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Centro gestor: 03 DG de Universidad, Investigaci\u00f3n y Ciencia.<\/p>\n<p>Programa: 542.50 Investigaci\u00f3n, desarrollo tecnol\u00f3gico e innovaci\u00f3n (I+D+I).<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: VII Transferencias de capital.<\/p>\n<p>L\u00ednea: S4015000 Ayudas fomento y apoyo a la I+D+I.<\/p>\n<p>Donde dice: Descripci\u00f3n y finalidad: Fomento de la actividad investigadora, de desarrollo tecnol\u00f3gico e innovaci\u00f3n, como tambi\u00e9n de la transferencia de tecnolog\u00eda a realizar por el personal investigador, de asistencia t\u00e9cnica y grupos de investigaci\u00f3n,<\/p>\n<p>Debe decir: Descripci\u00f3n y finalidad: Incrementar los recursos y el potencial del sistema valenciano de I+D+I, facilitando la formaci\u00f3n, el perfeccionamiento, as\u00ed como la movilidad del personal investigador, y la atracci\u00f3n de talento; el nivel de excelencia y el fortalecimiento de los grupos e instituciones de b\u00fasqueda de la Comunitat; el desarrollo de tecnolog\u00edas y su transferencia al tejido productivo valenciano; y la internacionalizaci\u00f3n de la b\u00fasqueda y la difusi\u00f3n de los resultados de la investigaci\u00f3n. PO FSE CV 2014-2020.<\/p>\n<p>Servicio: 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Educaci\u00f3n y Investigaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Centro gestor: 03 DG de Universidad, Investigaci\u00f3n y Ciencia.<\/p>\n<p>Programa: 542.50 Investigaci\u00f3n, desarrollo tecnol\u00f3gico e innovaci\u00f3n (I+D+I).<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: IV. Transferencias corrientes.<\/p>\n<p>L\u00ednea: S8233000 Formaci\u00f3n t\u00e9cnica y de gesti\u00f3n R+D+I. PO Empleo juvenil.<\/p>\n<p>Donde dice: Descripci\u00f3n y finalidad: Concesi\u00f3n de subvenciones para facilitar a los j\u00f3venes titulados el acceso al primer empleo mediante la adquisici\u00f3n de capacidades y el aprendizaje permanente, favoreciendo el acceso al mercado laboral de los titulados superiores con m\u00e1s dificultades, al mismo tiempo que se proporcionen recursos humanos calificados de apoyo al desarrollo y gesti\u00f3n de proyectos reforzando las actividades de investigaci\u00f3n de los mismos PO empleo juvenil,<\/p>\n<p>Debe decir: Descripci\u00f3n y finalidad: Concesi\u00f3n de subvenciones para facilitar a los j\u00f3venes titulados superiores con m\u00e1s dificultades el acceso al primer trabajo mediante la adquisici\u00f3n de capacidades y el aprendizaje permanente, al mismo tiempo que se proporcionen recursos humanos calificados de apoyo a la gesti\u00f3n de proyectos de I+D+I. PO empleo juvenil.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Servicio: 03. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Cultura y Deporte.<\/p>\n<p>Centro gestor: 01 DG de Cultura y Patrimonio.<\/p>\n<p>Programa: 454.10 Promoci\u00f3n cultural, patrimonio art\u00edstico y museos.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: II Compra bienes corrientes y gastos de funcionamiento.<\/p>\n<p>Importe: 2.014.620,00.<\/p>\n<p>Alta 430.000,00.<\/p>\n<p>Total: 2.444.620,00.<\/p>\n<p>Total altas: 430.000,00.<\/p>\n<p>Total bajas: \u2013 430.000,00,<\/p>\n<p>Total 0,00.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Servicio: 03. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Cultura y Deporte.<\/p>\n<p>Centro gestor: 01 DG de Cultura y Patrimonio.<\/p>\n<p>Programa: 454.10 Promoci\u00f3n cultural, patrimonio art\u00edstico y museos.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: IV. Transferencias corrientes.<\/p>\n<p>L\u00ednea S5992000 Congresos y cursos postgrado en el \u00e1mbito cultural.<\/p>\n<p>Importe: 20.000,00.<\/p>\n<p>Baja: \u2013 20.000,00.<\/p>\n<p>Total: 0,00.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Servicio: 03. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Cultura y Deporte.<\/p>\n<p>Centro gestor: 01 DG de Cultura y Patrimonio.<\/p>\n<p>Programa: 454.10 Promoci\u00f3n cultural, patrimonio art\u00edstico y museos.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: IV. Transferencias corrientes.<\/p>\n<p>L\u00ednea S8204000 Ayuda al m\u00e1ster de conservaci\u00f3n del patrimonio arquitect\u00f3nico.<\/p>\n<p>Importe: 36.000,00.<\/p>\n<p>Baja: \u201330.000,00.<\/p>\n<p>Total: 6.000,00.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Servicio: 03. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Cultura y Deporte.<\/p>\n<p>Centro gestor: 01 DG de Cultura y Patrimonio.<\/p>\n<p>Programa: 454.10 Promoci\u00f3n cultural, patrimonio art\u00edstico y museos,<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: VII. Transferencias de capital.<\/p>\n<p>L\u00ednea S6618000 Infraestructuras culturales de Vila-real.<\/p>\n<p>Importe: 380.000,00.<\/p>\n<p>Baja: \u2013 380.000,00.<\/p>\n<p>Total: 0,00.<\/p>\n<p>Servicio: 03. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Cultura y Deporte.<\/p>\n<p>Centro gestor: 01 DG de Cultura y Patrimonio.<\/p>\n<p>Programa: 454.10 Promoci\u00f3n cultural, patrimonio art\u00edstico y museos.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: VII.Transferencias de capital.<\/p>\n<p>L\u00ednea: S4478000 Ayudas museos, colecciones museogr\u00e1ficas permanentes reconocidos y bienes muebles de la CV.<\/p>\n<p>Donde dice: Beneficiarios previstos: Museos, colecciones museogr\u00e1ficas permanentes reconocidas, ayuntamientos, fundaciones y asociaciones sin \u00e1nimo de lucro de la CV,<\/p>\n<p>Debe decir: Beneficiarios previstos: Museos, colecciones museogr\u00e1ficas permanentes reconocidas, entidades locales, fundaciones y asociaciones sin \u00e1nimo de lucro de la CV.<\/p>\n<p>Servicio: 03. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Cultura y Deporte.<\/p>\n<p>Centro gestor: 01 DG de Cultura y Patrimonio.<\/p>\n<p>Programa: 454.10 Promoci\u00f3n cultural, patrimonio art\u00edstico y museos.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: VII. Transferencias de capital.<\/p>\n<p>L\u00ednea: S8228000 Ayudas para la redacci\u00f3n de cat\u00e1logos y plan director.<\/p>\n<p>Donde dice: Beneficiarios previstos: Ayuntamientos, asociaciones y entidades sin \u00e1nimo de lucro,<\/p>\n<p>Debe decir: Beneficiarios previstos: Ayuntamientos.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Servicio: 03. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Cultura y Deporte.<\/p>\n<p>Centro gestor: 01 DG de Cultura y Patrimonio.<\/p>\n<p>Programa: 452.10 Libro, archivos y bibliotecas.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: IV. Transferencias corrientes.<\/p>\n<p>L\u00ednea: S2613000 Adquisici\u00f3n de material bibliogr\u00e1fico para las bibliotecas y agencias de lectura de la red de la Generalitat.<\/p>\n<p>Importe: 350.000,00.<\/p>\n<p>Alta: 24.040,00.<\/p>\n<p>Total: 374.040,00.<\/p>\n<p>Total altas: 24.040,00.<\/p>\n<p>Total bajas: 24.040,00.<\/p>\n<p>Total 0,00.<\/p>\n<p>Donde dice: Anexo T0313000 Distinci\u00f3n de la Generalitat al m\u00e9rito cultural<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td>Santiago Grisol\u00eda Garc\u00eda<\/td>\n<td>12.020,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Manuel Vald\u00e9s Blasco<\/td>\n<td>12.020,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Mar\u00eda Consuelo Reyna Dom\u00e9nech<\/td>\n<td>12.020,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Antonio Mestre Sanchis<\/td>\n<td>12.020,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Joaqu\u00edn Michavila Asensi<\/td>\n<td>12.020,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Jos\u00e9 Bernabeu Alberola<\/td>\n<td>12.020,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Miquel Navarro Navarro<\/td>\n<td>12.020,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Mar\u00eda Desamparados Conejos G\u00f3mez<\/td>\n<td>12.020,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Federico Garc\u00eda Moliner<\/td>\n<td>12.020,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Mar\u00eda Luz Terrada Ferrandis<\/td>\n<td>12.020,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Vicente Luna Cerver\u00f3<\/td>\n<td>12.020,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Francisco Brines Ba\u00f1\u00f3<\/td>\n<td>12.020,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Juan Garc\u00eda Ripoll\u00e9s<\/td>\n<td>12.020,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Alberto Gonz\u00e1lez Vergel<\/td>\n<td>12.020,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Ignacio Bayarri Lluch<\/td>\n<td>12.020,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Francisco Cano Lorenza<\/td>\n<td>12.020,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Total<\/td>\n<td>192.320,00,<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>Debe decir: Anexo T0313000 Distinci\u00f3n de la Generalitat al m\u00e9rito cultural<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td>Santiago Grisol\u00eda Garc\u00eda<\/td>\n<td>12.020,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Manuel Vald\u00e9s Blasco<\/td>\n<td>12.020,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Mar\u00eda Consuelo Reyna Dom\u00e9nech<\/td>\n<td>12.020,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Antonio Mestre Sanchis<\/td>\n<td>12.020,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Jos\u00e9 Bernabeu Alberola<\/td>\n<td>12.020,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Miquel Navarro Navarro<\/td>\n<td>12.020,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Mar\u00eda Desamparados Conejos G\u00f3mez<\/td>\n<td>12.020,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Federico Garc\u00eda Moliner<\/td>\n<td>12.020,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Mar\u00eda Luz Terrada Ferrandis<\/td>\n<td>12.020,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Vicente Luna Cerver\u00f3<\/td>\n<td>12.020,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Francisco Brines Ba\u00f1\u00f3<\/td>\n<td>12.020,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Juan Garc\u00eda Ripoll\u00e9s<\/td>\n<td>12.020,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Alberto Gonz\u00e1lez Vergel<\/td>\n<td>12.020,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Ignacio Bayarri Lluch<\/td>\n<td>12.020,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Total<\/td>\n<td>168.280,00<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Servicio: 03. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Cultura y Deporte.<\/p>\n<p>Centro gestor: 01 DG de Cultura y Patrimonio.<\/p>\n<p>Programa: 452.10 Libro, archivos y bibliotecas.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: IV. Transferencias corrientes.<\/p>\n<p>L\u00ednea: T0313000 Distinci\u00f3n de la Generalitat al m\u00e9rito cultural.<\/p>\n<p>Importe: 192.320,00.<\/p>\n<p>Baja: \u2013 24.040,00.<\/p>\n<p>Total: 168.280,00.<\/p>\n<p>Donde dice: Beneficiarios previstos: personas f\u00edsicas y jur\u00eddicas premiadas (seg\u00fan anexo),<\/p>\n<p>Debe decir: Beneficiarios previstos: Personas f\u00edsicas y jur\u00eddicas premiadas (seg\u00fan anexo).<\/p>\n<p>Servicio: 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Educaci\u00f3n e Investigaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Centro gestor: 03 DG de Universidad, Investigaci\u00f3n y Ciencia.<\/p>\n<p>Programa 422.60 Universidad y estudios superiores.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo IV Transferencias corrientes.<\/p>\n<p>L\u00ednea S8235000 Convenio UNED.<\/p>\n<p>Donde dice: Denominaci\u00f3n l\u00ednea Convenio UNED,<\/p>\n<p>Debe decir: Denominaci\u00f3n l\u00ednea convenio centro Alzira-Valencia Francisco Tom\u00e1s y Valiente de la UNED.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Servicio: 03. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Cultura y Deporte.<\/p>\n<p>Centro gestor: 01 DG de Cultura y Patrimonio.<\/p>\n<p>Programa: 454.10 Promoci\u00f3n cultural, patrimonio art\u00edstico y museos.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: VI. Inversiones reales.<\/p>\n<p>Proyecto: ER330 Reforma edificios hist\u00f3rico-art\u00edsticos.<\/p>\n<p>Importe: 2.841.930,00.<\/p>\n<p>Baja: \u2013200.000,00.<\/p>\n<p>Total: 2.641.930,00.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Servicio: 03. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Cultura y Deporte.<\/p>\n<p>Centro gestor: 01 DG de Cultura y Patrimonio.<\/p>\n<p>Programa: 453.40 Artes pl\u00e1sticas y esc\u00e9nicas.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: IV. Transferencias corrientes.<\/p>\n<p>L\u00ednea C1855000 Consorcio Museos CV.<\/p>\n<p>Importe: 1.826.800,00.<\/p>\n<p>Alta: 200.000,00.<\/p>\n<p>Total: 2.026.800,00.<\/p>\n<p>Total altas: 200.000,00.<\/p>\n<p>Total bajas: \u2013 200.000,00<\/p>\n<p>Total 0,00.<\/p>\n<p>Entidad: 000115 Consorcio de Museos de la Comunitat Valenciana.<\/p>\n<p>Capitulo: II. Gastos de funcionamiento.<\/p>\n<p>Donde dice: 1.624.070,00,<\/p>\n<p>Debe decir: 1.824.070,00.<\/p>\n<p>FP3.<\/p>\n<p>Donde dice: 43000 de la conselleria a la que est\u00e1 adscrito Importe 1.826.800,<\/p>\n<p>Debe decir: 43000 la conselleria a la que est\u00e1 adscrito Importe 2.026.800.<\/p>\n<p>Servicio: 02 Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Educaci\u00f3n e Investigaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Centro gestor: 01 DG Centros y Personal Docente.<\/p>\n<p>Programa: 422.30 Ense\u00f1anza secundaria.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: 4 L\u00ednea S8232 Denominaci\u00f3n l\u00ednea: Versi\u00f3n: valenciano.<\/p>\n<p>Donde dice: Conciertos de r\u00e9gimen general: AIX\u00d2 y CFFPB,<\/p>\n<p>Debe decir: Conciertos de r\u00e9gimen general: ESO y CFFPB Beneficiarios.<\/p>\n<p>Donde dice: Alumnado de centros concertados que imparten AIX\u00d2 y CFFPB,<\/p>\n<p>Debe decir: Alumnado de centros concertados que imparten ESO y CFFPB.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Programa: 422.50 Promoci\u00f3n del valenciano y gesti\u00f3n del multiling\u00fcismo.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>L\u00ednea S3166000 Promoci\u00f3n del valenciano en el \u00e1mbito festivo.<\/p>\n<p>Se aumentan 30,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Descripci\u00f3n y finalidad: Ayudas a las comisiones o juntas de fiestas para la edici\u00f3n de los libretos o programas de fiestas en valenciano.Libretos fiestas Fallas: 60,00 miles de euros; libretos fiestas Magdalena: 35,00 miles de euros; libretos fiestas Hogueras: 45,00 miles de euros; libretos fiestas Moros y Cristianos: 60,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Programa: 422.50 Promoci\u00f3n del valenciano y gesti\u00f3n del multiling\u00fcismo.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>L\u00ednea S3167000 Promoci\u00f3n del valenciano en el \u00e1mbito local.<\/p>\n<p>Se disminuye 30,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Programa: 422.20 Ense\u00f1anza primaria.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>3.1.X Comienzo de las obras en infraestructuras educativas en todos aquellos centros previstos en el primer y segundo semestre de 2016 que no se hab\u00edan iniciado durante el a\u00f1o 2016.<\/p>\n<p>Programa 422.20 Ense\u00f1anza primaria.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Problem\u00e1tica sobre la que se act\u00faa.<\/p>\n<p>Donde dice: 3 Los barracones, a lo largo de nuestra comunidad, donde se imparten clases,<\/p>\n<p>Debe decir: 3 Los barracones, donde se imparte docencia, a lo largo de la Comunitat Valenciana.<\/p>\n<p>Programa 422.20 Ense\u00f1anza primaria.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Donde dice: 2.2 Mejorar las infraestructuras educativas en centros titularidad de la Generalitat,<\/p>\n<p>Debe decir: 2.2 Mejorar las infraestructuras educativas y la dotaci\u00f3n del equipamiento escolar en centros titularidad de la Generalitat.<\/p>\n<p>Programa 422.30 Ense\u00f1anza secundaria.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Donde dice: 2.3 Mejorar la dotaci\u00f3n del equipamiento escolar en los centros titularidad de la Generalitat,<\/p>\n<p>Debe decir: 2.3 Mejorar las infraestructuras educativas y la dotaci\u00f3n del equipamiento escolar en centros titularidad de la Generalitat.<\/p>\n<p>Programa 422.20 Ense\u00f1anza primaria.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir: Problem\u00e1tica sobre la que se act\u00faa.<\/p>\n<p>5 La convivencia escolar. Objetivo b\u00e1sico.<\/p>\n<p>5.1 Reducci\u00f3n del acoso escolar y violencia de g\u00e9nero. Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>5.1.1 Implementar protocolos de prevenci\u00f3n y actuaci\u00f3n en casos de violencia de g\u00e9nero y acoso escolar, garantizando la intervenci\u00f3n de personal especializado y pol\u00edticas coeducativas.<\/p>\n<p>5.1.2 Desarrollo de programas dirigidos a mejorar la convivencia escolar.<\/p>\n<p>Programa 422.20 Ense\u00f1anza primaria.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir: Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>1.1.X Fomentar la elaboraci\u00f3n de materiales did\u00e1cticos basados en las nuevas tecnolog\u00edas innovadoras y crear espacios y plataformas con el objetivo de que puedan ser compartidos y utilizados por los docentes.<\/p>\n<p>Programa 422.30 Ense\u00f1anza secundaria.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir: Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>2.1.X Fomentar la elaboraci\u00f3n de materiales did\u00e1cticos basados en las nuevas tecnolog\u00edas innovadoras y crear espacios y plataformas con el objetivo de que puedan ser compartidos y utilizados por los docentes.<\/p>\n<p>Programa 422.20 Ense\u00f1anza primaria.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>3.1.X Comienzo de las obras en infraestructuras educativas en todos aquellos centros previstos en el primer y segundo semestre de 2017.<\/p>\n<p>Programa 421.30 Ordenaci\u00f3n educativa.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>5.2.4 Desarrollar programas para trabajar la competencia socioemocional del alumnado.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Programa 421.30 Ordenaci\u00f3n educativa.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>L\u00ednea S3154000 Subvenciones actividades integraci\u00f3n del alumnado de centros de educaci\u00f3n especial.<\/p>\n<p>Se aumenta 30,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja.<\/p>\n<p>Programa 421.30 Ordenaci\u00f3n educativa.<\/p>\n<p>Ficha FP2.<\/p>\n<p>Aplicaci\u00f3n econ\u00f3mica 227 Trabajos realizados por otras empresas y profesionales.<\/p>\n<p>Se disminuye 30,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Programa 454.10 Promoci\u00f3n cultural, patrimonio art\u00edstico y museos.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>2.2.1 Conservaci\u00f3n, restauraci\u00f3n, protecci\u00f3n y divulgaci\u00f3n del arte rupestre del arco mediterr\u00e1neo.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Programa 422.50 Promoci\u00f3n del valenciano y gesti\u00f3n del multiling\u00fcismo.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>L\u00ednea S8101000 Fomento del multiling\u00fcismo en el \u00e1mbito social.<\/p>\n<p>Se aumenta 60,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Se modifica el anexo de la l\u00ednea S8101000.<\/p>\n<p>Cruz Roja: 50.000,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Fesord: 30.000 miles de euros.<\/p>\n<p>Federaci\u00f3n Valenciana de Municipios y Provincias: 30.000 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Programa 422.50 Promoci\u00f3n del valenciano en el \u00e1mbito local.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>L\u00ednea S0091000.<\/p>\n<p>Se disminuye 60,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Programa 422.20.<\/p>\n<p>Ficha FP6.<\/p>\n<p>L\u00ednea QR010005 Equipamiento material no modulado para alumnos con necesidades educativas especiales en centros o unidades de educaci\u00f3n especial.<\/p>\n<p>Se aumenta 250,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Programa 454.10.<\/p>\n<p>Ficha FP2.<\/p>\n<p>Aplicaci\u00f3n econ\u00f3mica 227 Trabajos realizados por otras empresas y profesionales.<\/p>\n<p>Se disminuye 200,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Programa 453.50.<\/p>\n<p>FP2.<\/p>\n<p>Aplicaci\u00f3n econ\u00f3mica 227 Trabajos realizados por otras empresas y profesionales.<\/p>\n<p>Se disminuye 50,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Programa 422.30 Ense\u00f1anza secundaria.<\/p>\n<p>Ficha FP6.<\/p>\n<p>L\u00ednea QR020004 Equipamiento material no modulado para alumnos con necesidades educativas especiales.<\/p>\n<p>Se aumenta 150,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Programa 453.50.<\/p>\n<p>FP2.<\/p>\n<p>Aplicaci\u00f3n econ\u00f3mica 227 Trabajos realizados por otras empresas y profesionales.<\/p>\n<p>Se disminuye 150,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Programa 421.60 Formaci\u00f3n del profesorado.<\/p>\n<p>FP2 Aplicaci\u00f3n econ\u00f3mica: Trabajos realizados por otras empresas y profesionales.<\/p>\n<p>Se incrementa 600,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Programa 421.30 Ordenaci\u00f3n educativa.<\/p>\n<p>FP2.<\/p>\n<p>Aplicaci\u00f3n econ\u00f3mica 227 Trabajos realizados por otras empresas y profesionales.<\/p>\n<p>Se disminuye 400,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Programa 422.50 Promoci\u00f3n del valenciano y gesti\u00f3n del multiling\u00fcismo.<\/p>\n<p>FP2.<\/p>\n<p>Gastos diversos 226.<\/p>\n<p>Se disminuye 100,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Programa 421.50 Evaluaci\u00f3n, innovaci\u00f3n y calidad educativa.<\/p>\n<p>FP2.<\/p>\n<p>Gastos diversos 226.<\/p>\n<p>Se disminuye 100,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Programa 421.60 Formaci\u00f3n del profesorado.<\/p>\n<p>FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir: A\u00f1adir a las principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores:<\/p>\n<p>1.4.2 Promoci\u00f3n y desarrollo de estancias en el extranjero para la mejora y actualizaci\u00f3n de la formaci\u00f3n del profesorado no universitario en lenguas extranjeras.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir el siguiente indicador al anexo objetivos (FP4):<\/p>\n<p>Objetivo 1.4 Dise\u00f1ar y promocionar estancias formativas del profesorado en el extranjero.<\/p>\n<p>Indicador 2 Estancias en el extranjero para la mejora y actualizaci\u00f3n del profesorado en lenguas extranjeras.<\/p>\n<p>Unidad de medida: Participantes.<\/p>\n<p>Valor 500.<\/p>\n<p>Programa 422.80 Instituto Superior de Ense\u00f1anzas Art\u00edsticas de la Comunitat Valenciana.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir: Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>2.1.4 Garantizar medidas de atenci\u00f3n a la diversidad.<\/p>\n<p>Programa 422.50 Promoci\u00f3n del valenciano y gesti\u00f3n del multiling\u00fcismo.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>S6954000 Formaci\u00f3n ling\u00fc\u00edstica aplicada.<\/p>\n<p>Donde dice: \u00abCompletar la formaci\u00f3n pr\u00e1ctica y la especializaci\u00f3n profesional de licenciados en filolog\u00eda, traducci\u00f3n e interpretaci\u00f3n, derecho y ciencias pol\u00edticas\u00bb,<\/p>\n<p>Debe decir: \u00abCompletar la formaci\u00f3n pr\u00e1ctica y la especializaci\u00f3n profesional en el campo de la filolog\u00eda, la traducci\u00f3n, el derecho, las ciencias pol\u00edticas, la sociolog\u00eda, la documentaci\u00f3n, la comunicaci\u00f3n audiovisual y la publicidad\u00bb.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Programa 421.50 Evaluaci\u00f3n, innovaci\u00f3n y calidad educativa.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>L\u00ednea S7857000 Programa de colaboraci\u00f3n para la reducci\u00f3n del abandono escolar.<\/p>\n<p>Se aumenta 30,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Programa 422.50 Promoci\u00f3n del valenciano en el \u00e1mbito local.<\/p>\n<p>Ficha FP2.<\/p>\n<p>Aplicaci\u00f3n 227<\/p>\n<p>Se disminuye 30,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Programa 422.60 Universidades y estudios superiores.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>C\u00f3digo proyecto S5784000 Acciones de promoci\u00f3n y dinamizaci\u00f3n docente y convergencia europea.<\/p>\n<p>Se aumenta 10,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Programa 422.50 Promoci\u00f3n del valenciano y gesti\u00f3n del multiling\u00fcismo.<\/p>\n<p>Ficha FP2.<\/p>\n<p>Aplicaci\u00f3n 227 Trabajos realizados por otras empresas y profesionales.<\/p>\n<p>Se disminuye 10,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Programa 422.40 Formaci\u00f3n profesional y ense\u00f1anzas de r\u00e9gimen especial.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>S7875000 Ayudas a programas formativos de calificaci\u00f3n b\u00e1sica para los alumnos y las alumnas con necesidades educativas especiales y colectivos con necesidades espec\u00edficas.<\/p>\n<p>Se aumenta 40,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Programa 457.10 Fomento de la actividad deportiva.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>S8211.<\/p>\n<p>Se disminuye 40,00 miles de euros.<\/p>\n<p>De CulturArts Generalitat.<\/p>\n<p>FP4.<\/p>\n<p>Objetivo b\u00e1sico.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>2.2 Garantizar la presencia de la programaci\u00f3n y producci\u00f3n en todos los espacios, teatros y museos del territorio de la comunidad, gestionados por CulturArts.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Donde dice: 1.3.4 Encargo de obras a creadores valencianos,<\/p>\n<p>Debe decir: 1.3.4 Encargo de obras a creadores valencianos y creadoras valencianas.<\/p>\n<p>De la secci\u00f3n 10. Sanidad y Salud P\u00fablica.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Servicio 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Salud P\u00fablica y del Sistema Sanitario.<\/p>\n<p>Programa 412.22 Asistencia sanitaria.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>En principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea con el siguiente texto:<\/p>\n<p>1.2.1.3 Unificaci\u00f3n del modelo de UHD de todos los departamentos de salud de la Comunitat y completar e igualar la cartera de servicios.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Servicio 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Salud P\u00fablica y del Sistema Sanitario.<\/p>\n<p>Programa 412.22 Asistencia sanitaria.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>En principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea con el siguiente texto:<\/p>\n<p>3.2.1.2 Cursos EVES para la mejora de competencias en gesti\u00f3n en los equipos directivos.<\/p>\n<p>Servicio 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Salud P\u00fablica y del Sistema Sanitario.<\/p>\n<p>Programa 412.22 Asistencia sanitaria.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>En principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea con el siguiente texto:<\/p>\n<p>16.1.3 Implantaci\u00f3n del programa Paciente activo, en la totalidad de los departamentos de salud de la Comunitat Valenciana, ampliando las patolog\u00edas cr\u00f3nicas que actualmente est\u00e1n incluidas en el programa.<\/p>\n<p>Servicio 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Salud P\u00fablica y del Sistema Sanitario.<\/p>\n<p>Programa 412.22 Asistencia sanitaria.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>En Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea con el siguiente texto:<\/p>\n<p>16.1.4 Incluir en el programa Paciente activo a las personas que reciben tratamiento de anticoagulaci\u00f3n Llevar a cabo educaci\u00f3n para la salud, formaci\u00f3n de profesionales, atenci\u00f3n 24 h y una alerta en sistema inform\u00e1tico.<\/p>\n<p>Sevicio 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Salud P\u00fablica y del Sistema Sanitario.<\/p>\n<p>Programa 412.26 Personal sanitario residente.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>En Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea con el siguiente texto:<\/p>\n<p>1.1.3 Creaci\u00f3n de la unidad docente de geriatr\u00eda.<\/p>\n<p>Servicio 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Salud P\u00fablica y del Sistema Sanitario.<\/p>\n<p>Programa 411.30 Administraci\u00f3n de recursos humanos.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>En principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea con el siguiente texto:<\/p>\n<p>1.1.7 Aumento del n\u00famero de psic\u00f3logos cl\u00ednicos en el sistema sanitario p\u00fablico valenciano.<\/p>\n<p>Servicio 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Salud P\u00fablica y del Sistema Sanitario.<\/p>\n<p>Programa 411.60 An\u00e1lisis y evaluaci\u00f3n de la atenci\u00f3n al paciente e investigaci\u00f3n en ciencias de la salud.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>En Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea con el siguiente texto:<\/p>\n<p>5.1.2 Difundir resultados SAIP a todos los profesionales de la sanidad como herramienta de retroalimentaci\u00f3n y mejora continua de la calidad de la atenci\u00f3n que se presta.<\/p>\n<p>Servicio 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Salud P\u00fablica y del Sistema Sanitario.<\/p>\n<p>Programa 412.10 Centros integrados de salud p\u00fablica.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>En objetivo b\u00e1sico hay que a\u00f1adir un nuevo objetivo con el siguiente texto:<\/p>\n<p>2.2 Coordinar actuaciones con la atenci\u00f3n primaria y la hospitalaria de programas de prevenci\u00f3n y h\u00e1bitos de vida saludables.<\/p>\n<p>3.3 Realizar programas y campa\u00f1as de prevenci\u00f3n en coordinaci\u00f3n con la atenci\u00f3n primaria y la hospitalaria.<\/p>\n<p>Servicio 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Salud P\u00fablica y del Sistema Sanitario.<\/p>\n<p>Programa 412.10 Centros integrados de salud p\u00fablica.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>En Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea con el siguiente texto:<\/p>\n<p>2.1.5 Gestionar y coordinar campa\u00f1as de promoci\u00f3n de h\u00e1bitos de vida saludables y prevenci\u00f3n de enfermedades, con entidades locales.<\/p>\n<p>2.2.1 Coordinar, con atenci\u00f3n primaria y atenci\u00f3n hospitalaria, programas y campa\u00f1as de promoci\u00f3n de la salud y prevenci\u00f3n de la enfermedad.<\/p>\n<p>3.1.3 Gestionar programas preventivos de enfermedades cr\u00f3nicas.<\/p>\n<p>Servicio 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Salud P\u00fablica y del Sistema Sanitario.<\/p>\n<p>Programa 412.25 Servicios generales de la secretar\u00eda auton\u00f3mica.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Problem\u00e1tica sobre la que act\u00faa.<\/p>\n<p>Donde dice: 3. Orientaci\u00f3n del sistema sanitario al paciente, la paciente y la poblaci\u00f3n,<\/p>\n<p>Debe decir: 3. Orientaci\u00f3n del sistema sanitario a los ciudadanos en sus procesos de salud y de enfermedad en todas las etapas de la vida.<\/p>\n<p>Servicio 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Salud P\u00fablica y del Sistema Sanitario.<\/p>\n<p>Programa 412.27 Prestaciones externas complementarias.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>En principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea con el siguiente texto:<\/p>\n<p>2.1.1.1 Reintegro de gastos de micropigmentaci\u00f3n mamaria tras reconstrucci\u00f3n de pecho por mastectom\u00eda a consecuencia de un c\u00e1ncer de mama.<\/p>\n<p>Sevicio 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Salud P\u00fablica y del Sistema Sanitario.<\/p>\n<p>Programa 412.28 Salud mental y atenci\u00f3n socio\u2013sanitaria de media y larga estancia.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>En Objetivo b\u00e1sico hay que a\u00f1adir un nuevo objetivo con el siguiente texto:<\/p>\n<p>22.1 Garantizar el n\u00famero adecuado de USM y USMI a las necesidades actuales en todos los departamentos de salud.<\/p>\n<p>22.2 Garantizar la unidad hospitalizaci\u00f3n salud mental en los hospitales de agudos de todos los departamentos de salud.<\/p>\n<p>22.3 Garantizar el n\u00famero de centros socio-sanitarios y del n\u00famero de plazas en los centros socio\u2013sanitarios de referencia actuales.<\/p>\n<p>Servicio 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Salud P\u00fablica y del Sistema Sanitario.<\/p>\n<p>Programa 412.28 Salud mental y atenci\u00f3n socio\u2013sanitaria de media y larga estancia.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>En Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea con el siguiente texto:<\/p>\n<p>23.1.1 Incorporar y aumentar el n\u00famero de geriatras en los hospitales de media y larga estancia con el fin de conseguir la necesidad de atenci\u00f3n del paciente cr\u00f3nico adapt\u00e1ndose a la estrategia de cronicidad de la Comunitat Valenciana.<\/p>\n<p>Servicio 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Salud P\u00fablica y del Sistema Sanitario.<\/p>\n<p>Programa 412.28 Salud mental y atenci\u00f3n socio\u2013sanitaria de media y larga estancia.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>En Objetivo b\u00e1sico hay que a\u00f1adir un nuevo objetivo con el siguiente texto:<\/p>\n<p>23.1 Atender al paciente cr\u00f3nico con equipos multidisciplinares especializados, adapt\u00e1ndose a la estrategia de cronicidad de la Comunitat Valenciana.<\/p>\n<p>Servicio 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Salud P\u00fablica y del Sistema Sanitario.<\/p>\n<p>Programa 412.28 Salud mental y atenci\u00f3n socio\u2013sanitaria de media y larga estancia.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>En Problem\u00e1tica sobre la que se act\u00faa hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea con el siguiente texto:<\/p>\n<p>23 Necesidad de atenci\u00f3n al paciente cr\u00f3nico adapt\u00e1ndose a la estrategia de cronicidad de la Comunitat Valenciana.<\/p>\n<p>Servicio 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Salud P\u00fablica y del Sistema Sanitario.<\/p>\n<p>Programa 412.29 Informaci\u00f3n para la salud.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>En Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea con el siguiente texto:<\/p>\n<p>1.4.1 Desarrollo e implantaci\u00f3n sistema inform\u00e1tico en hospitales de media y larga estancia y centros socio-sanitarios para adaptar la historia cl\u00ednica y la gesti\u00f3n farmac\u00e9utica con el fin de que se pueda utilizar de forma coordinada y eficaz, as\u00ed como facilitar el trabajo de los profesionales sanitarios para evitar duplicidad, p\u00e9rdida o retraso en la informaci\u00f3n, atenci\u00f3n y cuidados especializados.<\/p>\n<p>Servicio 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Salud P\u00fablica y del Sistema Sanitario.<\/p>\n<p>Programa 412.29. Informaci\u00f3n para la salud.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>En Objetivo b\u00e1sico hay que a\u00f1adir un nuevo objetivo con el siguiente texto:<\/p>\n<p>1.4 Soporte sistema inform\u00e1tico socio-sanitario.<\/p>\n<p>Servicio 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Salud P\u00fablica y del Sistema Sanitario.<\/p>\n<p>Programa 412.22 Asistencia sanitaria.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Donde dice:<\/p>\n<p>1.2.4 Adecuar la plantilla enfermer\u00eda a las necesidades de los centros de educaci\u00f3n especial en aplicaci\u00f3n de la Ley de Salud de la Comunitat Valenciana,<\/p>\n<p>Debe decir:<\/p>\n<p>1.2.4 Implantaci\u00f3n enfermera escolar a tiempo completo en todos los centros p\u00fablicos de educaci\u00f3n especial de la Comunitat Valenciana.<\/p>\n<p>Servicio 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Salud P\u00fablica y del Sistema Sanitario.<\/p>\n<p>Programa 412.22 Asistencia sanitaria.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Donde dice: 2.1.1 Potenciar el liderazgo del jefe de zona b\u00e1sica,<\/p>\n<p>Debe decir: 2.1.1 Potenciar el liderazgo del jefe o jefa y del coordinador o coordinadora de zona b\u00e1sica en atenci\u00f3n primaria.<\/p>\n<p>Servicio 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Salud P\u00fablica y del Sistema Sanitario.<\/p>\n<p>Programa 412.22 Asistencia sanitaria.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Objetivo b\u00e1sico.<\/p>\n<p>Donde dice: 14.1 Desarrollo del plan oncol\u00f3gico,<\/p>\n<p>Debe decir: 14.1 Revisi\u00f3n y actualizaci\u00f3n del plan oncol\u00f3gico.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>En Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una l\u00ednea nueva:<\/p>\n<p>33.1.4 Realizar un estudio y planificaci\u00f3n de las reformas estructurales y funcionales necesarias para la reorganizaci\u00f3n de la asistencia sanitaria en el centro Torrehermosa de Vila-real.<\/p>\n<p>Servicio 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Salud P\u00fablica y del Sistema Sanitario.<\/p>\n<p>Programa 412.10 Centros integrados de salud p\u00fablica.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Donde dice: 7.2.2 Difundir la informaci\u00f3n epidemiol\u00f3gica,<\/p>\n<p>Debe decir: 7.2.2 Difundir la informaci\u00f3n epidemiol\u00f3gica a profesionales de la salud y poblaci\u00f3n en general.<\/p>\n<p>Servicio 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Salud P\u00fablica y del Sistema Sanitario.<\/p>\n<p>Programa 412.28 Salud mental y atenci\u00f3n sanitaria de media y larga estancia.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Donde dice: 16.1.2 Crear una mesa para la lucha contra el estigma,<\/p>\n<p>Debe decir: 16.1.2 Crear una mesa auton\u00f3mica para la lucha contra el estigma.<\/p>\n<p>Servicio 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Salud P\u00fablica y del Sistema Sanitario.<\/p>\n<p>Programa 412.24 Asistencia sanitaria.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>En Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea con el siguiente texto:<\/p>\n<p>4.1.1.2 Implantar unidades del dolor en todos los departamentos de salud, que sean homog\u00e9neas en organizaci\u00f3n, en cartera de servicios, en los profesionales que las integren, adaptadas al nivel de complejidad y a los documentos y recomendaciones est\u00e1ndares.<\/p>\n<p>Programa 411.30 Administraci\u00f3n de recursos humanos.<\/p>\n<p>FP4.<\/p>\n<p>Objetivo b\u00e1sico.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>6.1 Incorporaci\u00f3n, durante el ejercicio 2017, al calendario de negociaci\u00f3n de la Mesa Sectorial de Sanidad, del estudio y planificaci\u00f3n de acciones para que se reconozca el derecho del personal temporal que presta servicio en instituciones sanitarias a la carrera y al desarrollo profesional.<\/p>\n<p>Programa 411.30 Administraci\u00f3n de recursos humanos.<\/p>\n<p>FP4.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>6.1.1 Reuniones con los sindicatos para estudiar y emprender acciones a ra\u00edz de la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo que han avalado el principio de no discriminaci\u00f3n del personal temporal respecto al fijo en las instituciones sanitarias.<\/p>\n<p>Programa 411.30 Administraci\u00f3n de recursos humanos.<\/p>\n<p>FP4.<\/p>\n<p>Problem\u00e1tica sobre la que se act\u00faa.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>6 Estudio y an\u00e1lisis de los complementos retributivos del personal estatutario interino.<\/p>\n<p>Programa 412.10 Centros integrados de salud p\u00fablica.<\/p>\n<p>FP4.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>10.3.1 Integrar el equipo de salud p\u00fablica en cada departamento de salud, para conocer, valorar, difundir y actuar sobre las desigualdades sociales debido a factores ambientales, laborales, culturales, as\u00ed como de g\u00e9nero en salud.<\/p>\n<p>Programa 412.10 Centros integrados de salud p\u00fablica.<\/p>\n<p>FP4.<\/p>\n<p>Objetivo b\u00e1sico.<\/p>\n<p>10.3 Incorporar e integrar el equipo de salud p\u00fablica en cada departamento de salud.<\/p>\n<p>Programa 412.22 Asistencia sanitaria.<\/p>\n<p>FP4.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>1.5.1 Realizaci\u00f3n de reuniones de trabajo con asociaci\u00f3n de trabajo social y salud y los colegios profesionales de trabajo social de la Comunitat Valenciana para acordar los tiempos recomendables de sus distintas intervenciones.<\/p>\n<p>Programa 412.28 Salud mental y atenci\u00f3n sanitaria de media y larga estancia.<\/p>\n<p>FP4.<\/p>\n<p>Anexo objetivos.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir unas nuevas l\u00edneas: de indicadores en HACLES.<\/p>\n<p>Indicador Descripci\u00f3n Unidad de medida Valor.<\/p>\n<p>Objetivos 5.2 HACLES servicios de UDC.<\/p>\n<p>Indicador 1 Retraso para ingresar en hospitales HACLES definidos como d\u00edas de ingresos en hospitales de agudos m\u00e9dicamente no necesario, a partir de la fecha de solicitud del traslado hasta su ingreso en dicho centro HACLE, o hasta el alta del hospital de agudos, en las unidades de da\u00f1o cerebral del PALET Reuniones interhospitalarias entre servicios involucrados 3.<\/p>\n<p>Indicador 1 Retraso para ingresar en hospitales HACLES definidos como d\u00edas de ingresos en hospitales de agudos medicamente no necesario, a partir de la fecha de solicitud del traslado hasta su ingreso las unidades PALET Reuniones interhospitalarias entre servicios involucrados 3.<\/p>\n<p>Programa 411.40 Escuela valenciana de estudios para la salud.<\/p>\n<p>FP4.<\/p>\n<p>Objetivo b\u00e1sico.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>1.6 Garantizar la accesibilidad a los cursos de formaci\u00f3n continuada dentro del horario de trabajo con implantaci\u00f3n progresiva y planificada.<\/p>\n<p>Programa 411.40 Escuela valenciana de estudios para la salud.<\/p>\n<p>FP4.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>1.6.1 Ajustar anualmente el acceso a la formaci\u00f3n dentro del horario de trabajo, con planes de actuaci\u00f3n acordados a nivel de departamentos de salud pr\u00f3ximos entre s\u00ed.<\/p>\n<p>Programa 411.70 Inspecci\u00f3n.<\/p>\n<p>FP4.<\/p>\n<p>Objetivo b\u00e1sico.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>6.1 Seguir desarrollando las actuaciones para determinar incumplimientos manifiestos graves y objetivos en el plan de inversiones, calidad asistencial y equidad en los distintos departamentos gestionados en r\u00e9gimen de concesi\u00f3n.<\/p>\n<p>Programa 411.70 Inspecci\u00f3n.<\/p>\n<p>FP4.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>6.1.1 Convocar la comisi\u00f3n de auditor\u00eda del departamento de salud de D\u00e9nia, en los t\u00e9rminos aprobados en Les Corts, que elaborar\u00e1 un reglamento de funcionamiento y un calendario de actuaciones, a los tres meses de su constituci\u00f3n, para presentar a los 6 meses el informe final a presentar en la comisi\u00f3n de sanidad.<\/p>\n<p>Programa 411.70 Inspecci\u00f3n.<\/p>\n<p>FP4.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>6.1.3 La comisi\u00f3n de auditor\u00eda estar\u00e1 formada por los siguientes representantes, de acuerdo con lo aprobado en moci\u00f3n 5\/IX de Les Corts en la sesi\u00f3n del d\u00eda 26 de noviembre de 2016: Conselleria de Sanidad Universal y Salud P\u00fablica, trabajadoras y profesionales del departamento de salud por medio del comit\u00e9 de empresa y junta de personal, de los ayuntamientos, as\u00ed como de la Plataforma en Defensa de la Sanidad P\u00fablica y de una persona experta nombrada por cada grupo parlamentario de Les Corts.<\/p>\n<p>Programa 411.70 Inspecci\u00f3n.<\/p>\n<p>FP4.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>2.1.7 Desarrollar la implementaci\u00f3n del plan de protecci\u00f3n espec\u00edfico para los y las trabajadoras de centros sanitarios que manipulan medicamentos biol\u00f3gicamente peligrosos, que incluya los medios adecuados e incorpore cabinas espec\u00edficas en farmacia.<\/p>\n<p>Programa 411.20 Administraci\u00f3n econ\u00f3mico\u2013financiera.<\/p>\n<p>FP4.<\/p>\n<p>Objetivo b\u00e1sico 6.1.<\/p>\n<p>Debe decir: 6.1 Actualizar las liquidaciones pendientes de ejercicios anteriores con las concesiones sanitarias.<\/p>\n<p>Programa 412 22 Asistencia sanitaria.<\/p>\n<p>FP4.<\/p>\n<p>Objetivo b\u00e1sico.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>1.5 Adoptar las medidas necesarias para que las consultas de las trabajadoras y los trabajadores sociales tengan un tiempo suficiente para garantizar la calidad del servicio.<\/p>\n<p>Programa 411.70 Inspecci\u00f3n.<\/p>\n<p>FP4.<\/p>\n<p>Anexo objetivos.<\/p>\n<p>Objetivo 2.2 Desarrollar el plan de prevenci\u00f3n de riesgos laborales manipulaci\u00f3n medicamentos biol\u00f3gicamente peligrosos.<\/p>\n<p>Indicador: N\u00famero de departamentos que han aplicado el plan de protecci\u00f3n espec\u00edfico de manipulaci\u00f3n de medicamentos biol\u00f3gicamente peligrosos.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>Indicador Descripci\u00f3n Unidad de medida Valor.<\/p>\n<p>Indicador 2.2 N\u00famero de departamentos que han aplicado el plan de protecci\u00f3n espec\u00edfico de manipulaci\u00f3n de medicamentos biol\u00f3gicamente peligrosos. Dicot\u00f3mica. S\u00ed\/No.<\/p>\n<p>Programa 412.22 Asistencia sanitaria.<\/p>\n<p>FP4.<\/p>\n<p>Anexo objetivos.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>Indicador Descripci\u00f3n Unidad de medida Valor.<\/p>\n<p>Objetivo 1.5 Tiempos recomendables de consulta trabajadora social.<\/p>\n<p>Indicador 1 Reuniones de trabajo desarrolladas entre conselleria y colegio y asociaci\u00f3n trabajador social actuaciones 2.<\/p>\n<p>Programa 412.22 Asistencia sanitaria.<\/p>\n<p>FP4.<\/p>\n<p>Objetivo b\u00e1sico 2.1.<\/p>\n<p>Debe decir: 2.1 Desarrollo de la atenci\u00f3n primaria como pieza fundamental del sistema sanitario p\u00fablico, incrementando su consignaci\u00f3n presupuestaria hasta conseguir el objetivo que esta partida represente el 20 % del gasto sanitario total, al menos, con un incremento anual del 1%. Con el compromiso de publicarlo en la memoria anual de gesti\u00f3n.<\/p>\n<p>Programa 412.22 Asistencia sanitaria.<\/p>\n<p>FP4.<\/p>\n<p>Objetivo b\u00e1sico.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>10.5 Extender la atenci\u00f3n psicol\u00f3gica y social desde la atenci\u00f3n primaria.<\/p>\n<p>Programa 412.22 Asistencia sanitaria.<\/p>\n<p>FP4<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>10.5.1 Establecer protocolos y circuitos asistenciales para mejorar la atenci\u00f3n psicol\u00f3gica y social reforzando la relaci\u00f3n entre atenci\u00f3n primaria y atenci\u00f3n de salud mental.<\/p>\n<p>Programa 412.22 Asistencia sanitaria.<\/p>\n<p>FP4<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>4.1.2 Poner en marcha un proyecto que, a partir del conjunto de sistemas de informaci\u00f3n corporativos integrados en el SIP (tarjeta sanitaria), permita identificar de forma exhaustiva (poblacional, no muestral, lo que incluye a menores) las situaciones de riesgo de exclusi\u00f3n social y vulnerabilidad que puedan influir en el estado de salud y su evoluci\u00f3n, y permitir que los profesionales y equipos puedan realizar intervenciones espec\u00edficas de atenci\u00f3n y apoyo social, psicol\u00f3gico y biol\u00f3gico a personas y familias afectadas.<\/p>\n<p>Programa 412.22 Asistencia sanitaria.<\/p>\n<p>FP4<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>3.1.1.2 Acordar plan para integrar y hacer compatibles las historias cl\u00ednicas electr\u00f3nicas y sistema de gesti\u00f3n administrativas del Hospital Provincial de Castell\u00f3n con la red de centros sanitarios de gesti\u00f3n p\u00fablica.<\/p>\n<p>Programa 412.22 Asistencia sanitaria.<\/p>\n<p>FP4<\/p>\n<p>Problem\u00e1tica sobre la que se act\u00faa.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>38 Necesidad de reforzar el compromiso de los responsables de servicios y secciones con el sistema sanitario p\u00fablico y evitar potenciales conflictos de inter\u00e9s.<\/p>\n<p>Programa 412.22 Asistencia sanitaria.<\/p>\n<p>FP4<\/p>\n<p>Objetivo b\u00e1sico.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>38.1 Establecer la dedicaci\u00f3n exclusiva de responsable de las jefaturas de servicio y secciones para mejorar el funcionamiento del sistema sanitario p\u00fablico.<\/p>\n<p>Programa 412.22 Asistencia sanitaria.<\/p>\n<p>FP4<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>38.1.1 En la renovaci\u00f3n de las jefaturas de servicio y de secci\u00f3n, incorporar la dedicaci\u00f3n exclusiva aplicando el complemento espec\u00edfico B, por compromiso con el sistema sanitario p\u00fablico.<\/p>\n<p>Programa 412.22 Asistencia sanitaria.<\/p>\n<p>FP4<\/p>\n<p>Problem\u00e1tica sobre la que se act\u00faa.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>39 Necesidad de incorporar la alta tecnolog\u00eda, en especial las t\u00e9cnicas de imagen mediante resonancia magn\u00e9tica, a la sanidad p\u00fablica de gesti\u00f3n directa.<\/p>\n<p>Programa 412.22 Asistencia sanitaria.<\/p>\n<p>FP4<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>39.1.1 Continuar con el plan de recuperaci\u00f3n de las resonancias magn\u00e9ticas que se est\u00e1 llevando a cabo en coordinaci\u00f3n con la Sociedad de Radiolog\u00eda de la Comunitat Valenciana, con el objetivo que estas t\u00e9cnicas sean de propiedad y gesti\u00f3n directa por la Conselleria de Sanidad Universal y Salud P\u00fablica una vez finalice el contrato vigente.<\/p>\n<p>Programa 412.22 Asistencia sanitaria.<\/p>\n<p>FP4<\/p>\n<p>Anexo objetivos.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea Objetivo 1.4: Indicador.<\/p>\n<p>Indicador Descripci\u00f3n Unidad de medida Valor.<\/p>\n<p>Objetivo 1.4 Tiempos recomendables de consulta.<\/p>\n<p>Indicador 1 Reuniones de trabajo desarrolladas entre conselleria y sociedades cient\u00edficas Actuaciones 30.<\/p>\n<p>Programa 412.22 Asistencia sanitaria.<\/p>\n<p>FP4<\/p>\n<p>Anexo objetivos.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir nuevas l\u00edneas:<\/p>\n<p>Indicador Descripci\u00f3n Unidad de medida Valor.<\/p>\n<p>Objetivo 39.1 Recuperaci\u00f3n de resonancia magn\u00e9tica.<\/p>\n<p>Indicador 1 N\u00famero de departamentos que implantan el modelo C para asumir con recursos propios los informes de resonancia magn\u00e9tica dicot\u00f3mica s\u00ed\/no.<\/p>\n<p>Indicador 2 N\u00famero de pruebas de resonancia magn\u00e9tica que se realizan con el modelo C exploraciones 75.000.<\/p>\n<p>Indicador 3 Porcentaje de resonancias magn\u00e9ticas, que se realizan con el modelo C, en cada departamento de salud, sobre total de pruebas realizadas porcentaje 50.<\/p>\n<p>Programa 412.22 Asistencia sanitaria.<\/p>\n<p>FP6.<\/p>\n<p>Construcci\u00f3n de centros de salud de atenci\u00f3n primaria.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>EC 120 xxxxx \u2013 Centro de salud de Vinar\u00f2s 2.<\/p>\n<p>Coste total estimado (miles de euros): 3.156.000 euros<\/p>\n<p>Estimaci\u00f3n de anualidades (miles de euros): 100 (2017), 500 (2018) y 2.306 (2019)<\/p>\n<p>Baja.<\/p>\n<p>Construcci\u00f3n de otros centros de salud.<\/p>\n<p>EC 120212.<\/p>\n<p>Se detraen (miles de euros): 100.<\/p>\n<p>Programa 412.28 Salud mental y atenci\u00f3n sanitaria de media y larga estancia<\/p>\n<p>FP4<\/p>\n<p>Objetivo b\u00e1sico.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>8.3 Incorporar a la Memoria anual de gesti\u00f3n de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud P\u00fablica el gasto realizado durante el ejercicio, espec\u00edficamente en el \u00e1rea de salud mental, de manera desagregada.<\/p>\n<p>Programa 412.28 Salud mental y atenci\u00f3n sanitaria de media y larga estancia<\/p>\n<p>FP4<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>8.3.1 Para una correcta implementaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de la Estrategia Auton\u00f3mica de Salud Mental 2016\u20132020, en relaci\u00f3n a las necesidades detectadas y los objetivos fijados, la Memoria de gesti\u00f3n de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud P\u00fablica incorporar\u00e1 el gasto realizado durante el ejercicio, espec\u00edficamente en el \u00e1rea de salud mental, de manera desagregada.<\/p>\n<p>Programa 412.28 Salud mental y atenci\u00f3n sanitaria de media y larga estancia<\/p>\n<p>FP4<\/p>\n<p>Objetivo b\u00e1sico.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>13.3 Reclamar la competencia de atenci\u00f3n sanitaria a las personas enfermas de salud mental internadas en centros psiqui\u00e1tricos penitenciarios, reclamando los recursos econ\u00f3micos necesarios por parte del Ministerio del Interior.<\/p>\n<p>Programa 412.28 Salud mental y atenci\u00f3n sanitaria de media y larga estancia<\/p>\n<p>FP4<\/p>\n<p>Objetivo b\u00e1sico.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>9.2 Asegurar la atenci\u00f3n integral, social y sanitaria, a personas con trastorno mental grave con el objetivo de asegurar los derechos sociales y sanitarios que le son propios, con la vista puesta en la plena inclusi\u00f3n en la comunidad.<\/p>\n<p>Programa 412.28 Salud mental y atenci\u00f3n sanitaria de media y larga estancia<\/p>\n<p>FP4<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>9.2.1 Establecer la coordinaci\u00f3n necesaria con atenci\u00f3n primaria, servicios sociales, los pisos tutelados y los CRIS para asegurar la integraci\u00f3n de las personas con trastorno mental grave y su plena inclusi\u00f3n en la comunidad.<\/p>\n<p>Programa 412.28 Salud mental y atenci\u00f3n sanitaria de media y larga estancia<\/p>\n<p>FP4<\/p>\n<p>Objetivo b\u00e1sico.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>5.2 Incrementar los recursos en camas y atenci\u00f3n ambulatoria para cubrir las necesidades asistenciales de unidades de da\u00f1o cerebral, favoreciendo la equidad y calidad asistencial en todo el territorio valenciano.<\/p>\n<p>Programa 412.25 Prestaciones farmac\u00e9uticas.<\/p>\n<p>FP4<\/p>\n<p>Objetivo b\u00e1sico 1.3.<\/p>\n<p>Debe decir:<\/p>\n<p>1.3 Garantizar la equidad f\u00e1rmaco\u2013terap\u00e9utica combatiendo la pobreza farmacol\u00f3gica.<\/p>\n<p>Programa 412.23 Prestaciones farmac\u00e9uticas.<\/p>\n<p>FP4<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>1.3.4 Extender los beneficios de subvenciones para el tratamiento farmacol\u00f3gico, con el objetivo de mejorar la adhesi\u00f3n al tratamiento m\u00e9dicamente necesario y disminuir las desigualdades en salud que evite la pobreza farmacol\u00f3gica a los menores de edad con TSI 003.<\/p>\n<p>Programa 412.23 Prestaciones farmac\u00e9uticas.<\/p>\n<p>FP4<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>1.3.5 Desarrollar estudio f\u00e1rmaco-epidemiol\u00f3gico de la falta de adhesi\u00f3n al tratamiento, valorando el impacto del copago y definiendo perfiles de riesgos.<\/p>\n<p>Programa 412.28 Salud mental y atenci\u00f3n sanitaria de media y larga estancia.<\/p>\n<p>FP4.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>5.2.1 Valorar la demanda de asistencia a los hospitales HACLE, trasladados desde los hospitales agudos y UHD, que pudieran provocar d\u00edas de estancia m\u00e9dicamente no necesaria Hacer seguimiento de los rechazos y retrasos asistenciales.<\/p>\n<p>Programa 412.25 Servicios generales de la secretar\u00eda auton\u00f3mica.<\/p>\n<p>FP4.<\/p>\n<p>Objetivo b\u00e1sico.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>3.3 Democratizar el sistema sanitario p\u00fablico potenciando la participaci\u00f3n ciudadana a trav\u00e9s de los consejos de salud de zonas b\u00e1sicas.<\/p>\n<p>Programa 412.25 Servicios generales de la secretar\u00eda auton\u00f3mica.<\/p>\n<p>FP4.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>3.3 Crear los consejos de salud de zona b\u00e1sica elaborando la ley de participaci\u00f3n en salud.<\/p>\n<p>Programa 412.25 Servicios generales de la secretar\u00eda auton\u00f3mica.<\/p>\n<p>FP4.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>3.3.1.1 Establecer los consejos de salud en cada zona b\u00e1sica de salud, que asegure la participaci\u00f3n de los usuarios a trav\u00e9s de los cauces establecidos, para asegurar la participaci\u00f3n de los usuarios con capacidad de decisi\u00f3n en temas de planificaci\u00f3n, priorizaci\u00f3n y funcionamiento del centro de salud.<\/p>\n<p>Programa 412.25 Servicios generales de la secretar\u00eda auton\u00f3mica.<\/p>\n<p>FP4.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>3.3.1.2 Los consejos de zona b\u00e1sica de salud deben tener acceso a la informaci\u00f3n epidemiol\u00f3gica, a los determinantes de salud que afectan a su municipio.<\/p>\n<p>Programa 411.60 An\u00e1lisis y evaluaci\u00f3n de la atenci\u00f3n al paciente e investigaci\u00f3n en ciencias de la salud.<\/p>\n<p>FP4.<\/p>\n<p>Objetivo b\u00e1sico 9.3.<\/p>\n<p>Debe decir: 9.3 Impulsar la realizaci\u00f3n de estudios epidemiol\u00f3gicos relacionados con la seguridad de la asistencia sanitaria, contando en dise\u00f1o, realizaci\u00f3n, valoraci\u00f3n y evaluaci\u00f3n con los profesionales implicados.<\/p>\n<p>Programa 411.60 An\u00e1lisis y evaluaci\u00f3n de la atenci\u00f3n al paciente e investigaci\u00f3n en ciencias de la salud.<\/p>\n<p>FP4.<\/p>\n<p>Objetivo b\u00e1sico.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>15 Identificar y poner en marcha acciones de mejora del an\u00e1lisis de encuestas de opini\u00f3n a los profesionales y trabajadores sanitarios.<\/p>\n<p>Programa 411.60 An\u00e1lisis y evaluaci\u00f3n de la atenci\u00f3n al paciente e investigaci\u00f3n en ciencias de la salud.<\/p>\n<p>FP4.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>15.1 Realizar encuestas de opini\u00f3n a las y los profesionales y trabajadores sanitarios para conocer y mejorar el funcionamiento de los servicios sanitarios.<\/p>\n<p>Programa 412.29 Informaci\u00f3n para la salud.<\/p>\n<p>FP4.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores, 6.6.1.<\/p>\n<p>Debe decir: 6.6.1 Adaptar la historia electr\u00f3nica para que se pueda utilizar de forma eficaz en todos los departamentos de salud, incluyendo los de concesi\u00f3n administrativa, as\u00ed como el Hospital Provincial de Castell\u00f3n y as\u00ed facilitar el trabajo a los profesionales sanitarios y evitar la p\u00e9rdida de informaci\u00f3n o retrasos.<\/p>\n<p>Programa 412.22 Asistencia sanitaria.<\/p>\n<p>FP4.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>4.1.1.2 Para mantener la equidad de la asistencia sanitaria, la Conselleria de Sanidad Universal y Salud P\u00fablica determinar\u00e1 la ratio de recursos humanos necesaria en cada departamento de salud, incluyendo los departamentos con concesi\u00f3n administrativa, atendiendo las caracter\u00edsticas de cada uno de ellos y a las necesidades de la poblaci\u00f3n asistida.<\/p>\n<p>Programa 412.22 Asistencia sanitaria.<\/p>\n<p>FP4.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>25.2.2 Recuperar la sanidad universal a colectivos y personas todav\u00eda excluidos de la sanidad p\u00fablica como consecuencia del RDL 16 \/2012, que no hayan alcanzado, todav\u00eda, los beneficios del Decreto 3\/2015, mediante acciones formativas dirigidas al personal sanitario y no sanitario de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud P\u00fablica junto a una campa\u00f1a de informaci\u00f3n dirigido a estos colectivos vulnerables.<\/p>\n<p>Programa 412.22 Asistencia sanitaria.<\/p>\n<p>FP4.<\/p>\n<p>Anexo objetivos.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>Indicador Descripci\u00f3n Unidad de medida Valor.<\/p>\n<p>Objetivo 25.2 Garantizar la accesibilidad de todos los ciudadanos a los servicios sanitarios.<\/p>\n<p>Indicador 1 N\u00famero de cursos y personas, tanto personal sanitario y no sanitario, que han participado en cursos sobre universalidad de asistencia sanitaria.<\/p>\n<p>Informe 25.<\/p>\n<p>Programa 412.22 Asistencia sanitaria.<\/p>\n<p>FP4.<\/p>\n<p>Objetivo b\u00e1sico.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>39.1 Recuperar las resonancias magn\u00e9ticas a la red sanitaria p\u00fablica para mejorar la eficiencia y eficacia, as\u00ed como reintegrarlas a los servicios de radiolog\u00eda.<\/p>\n<p>Programa 412.25 Servicios generales de la secretar\u00eda auton\u00f3mica.<\/p>\n<p>FP7.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Nuevo c\u00f3digo de l\u00ednea.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir un nuevo c\u00f3digo l\u00ednea nueva:<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n l\u00ednea: Ayudas a colectivos especialmente vulnerables, menores de edad, a ampliar en pr\u00f3ximos ejercicios presupuestarios.<\/p>\n<p>Beneficiarios previstos: Menores de edad con TSI 003.<\/p>\n<p>2017: 8.000,00 (miles de euros).<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Secci\u00f3n 10.<\/p>\n<p>Sevicio 02.<\/p>\n<p>Centro gestor 95.<\/p>\n<p>Programa 412.23 Prestaciones farmac\u00e9uticas.<\/p>\n<p>Ficha FP2.<\/p>\n<p>Aplicaci\u00f3n econ\u00f3mica 221 Suministros.<\/p>\n<p>Importe: 8.000,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Donde dice: 67.034,18,<\/p>\n<p>Debe decir: 59.034,18.<\/p>\n<p>Programa 411.20 Administraci\u00f3n econ\u00f3mico-financiera.<\/p>\n<p>FP4.<\/p>\n<p>Objetivo b\u00e1sico.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>7.1 Prever los procedimientos presupuestarios oportunos para dotar en su caso el correspondiente proyecto de inversi\u00f3n para la reversi\u00f3n de la concesi\u00f3n de Denia.<\/p>\n<p>Programa 411.70. Inspecci\u00f3n.<\/p>\n<p>FP4.<\/p>\n<p>Problem\u00e1tica sobre la que se act\u00faa.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>6 Recuperar concesiones administrativas: Continuar avanzando en 2017 en las iniciativas para recuperar la gesti\u00f3n directa del departamento de salud de Marina Alta Denia.<\/p>\n<p>Programa 411.20 Administraci\u00f3n econ\u00f3mico\u2013financiera.<\/p>\n<p>FP4.<\/p>\n<p>Problem\u00e1tica sobre la que se act\u00faa.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>7 Recuperaci\u00f3n de la concesi\u00f3n administrativa del departamento de salud de Denia mediante resoluci\u00f3n del contrato si se demuestra incumplimiento de sus cl\u00e1usulas.<\/p>\n<p>Programa 412.22 Asistencia sanitaria.<\/p>\n<p>FP4.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>4.1.2 Reclamar las competencias a la Conselleria de Sanidad Universal y Salud P\u00fablica para asumir la sanidad penitenciaria mediante las negociaciones pertinentes, requiriendo los recursos econ\u00f3micos necesarios por parte del Ministerio del Interior.<\/p>\n<p>Programa 412.22.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>En Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir nuevas l\u00edneas:<\/p>\n<p>33.1.2 Instar desde la Conselleria de Sanidad Universal y Salud P\u00fablica al departamento de salud de D\u00e9nia a realizar el nuevo centro de salud de Pedreguer.<\/p>\n<p>33.1.3 Instar desde la Conselleria de Sanidad Universal y Salud P\u00fablica al departamento de salud de Manises, gestionado por Sanitas, a realizar el centro de salud integrado CSI de la Hoya de Bu\u00f1ol.<\/p>\n<p>Programa 412.22.<\/p>\n<p>Ficha FP6.<\/p>\n<p>C\u00f3digo EC120.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del proyecto: Construcci\u00f3n centros salud atenci\u00f3n primaria.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir un subproyecto nuevo:<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del subproyecto: Construcci\u00f3n nuevo centro de salud Oliva II\u2013Sant Francesc<\/p>\n<p>Importe: 120,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Disminuci\u00f3n.<\/p>\n<p>Programa 412.22.<\/p>\n<p>Ficha FP6.<\/p>\n<p>C\u00f3digo EC120212.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del proyecto: Construcci\u00f3n de otros centros de salud.<\/p>\n<p>Se disminuyen 120,00 euros.<\/p>\n<p>Programa 412.22.<\/p>\n<p>Ficha FP6.<\/p>\n<p>C\u00f3digo QR150467.<\/p>\n<p>En Denominaci\u00f3n del proyecto.<\/p>\n<p>Donde dice: Equipamiento reposici\u00f3n centros hospitalarios consorcio provincial de Valencia,<\/p>\n<p>Debe decir: Equipamiento reposici\u00f3n centros hospitalarios.Adquisici\u00f3n del PET-TAC para el departamento de salud de Sant Joan d\u2019Alacant.<\/p>\n<p>Programa 412.29.<\/p>\n<p>Ficha FP1.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo G1. Gastos de personal.<\/p>\n<p>En presupuesto inicial 2017.<\/p>\n<p>Donde dice: 3.143,52 miles de euros,<\/p>\n<p>Debe decir: 3.943,52 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Programa 412.29.<\/p>\n<p>Ficha FP6.<\/p>\n<p>C\u00f3digo QI000807.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del proyecto: Sociedad de la informaci\u00f3n.<\/p>\n<p>En coste total estimado y estimaci\u00f3n anualidad 201.<\/p>\n<p>Donde dice: 19.670,00 miles de euros,<\/p>\n<p>Debe decir: 18.870,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Programa 412.22 Asistencia sanitaria.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>7.1.X Incorporar un servicio de SAMU con sede permanente en la localidad de Morella.<\/p>\n<p>Programa 412.22 Asistencia sanitaria.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>7.1.X Ampliar el horario de SAMU de Villafranca del Cid a las 24 horas del d\u00eda.<\/p>\n<p>Programa 412.22 Asistencia sanitaria.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>25.2.X Poner en marcha las medidas necesarias para que todos los hospitales p\u00fablicos de la Comunitat Valenciana dispongan de, al menos, una litera de exploraci\u00f3n ginecol\u00f3gica de dise\u00f1o especial para facilitar la exploraci\u00f3n a mujeres con diversidad funcional.<\/p>\n<p>Programa 412.22 Asistencia sanitaria.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>25.2.X Poner en marcha las medidas necesarias para que todos los hospitales p\u00fablicos de la Comunitat Valenciana aseguren espacio suficiente a la sala de consulta para el desplazamiento con bastones o con una silla de ruedas, incluidos los espacios reservados para vestirse o desvestirse.<\/p>\n<p>Programa 412.22 Asistencia sanitaria.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>25.2.X Poner en marcha las medidas necesarias para que todos los hospitales p\u00fablicos de la Comunitat Valenciana dispongan de auxiliares sanitarios que asistan a personas con movilidad reducida no solo durante la consulta m\u00e9dica, sino tambi\u00e9n durante la permanencia de estas en el centro.<\/p>\n<p>Programa 412.22 Asistencia sanitaria.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>25.2.X Poner en marcha las medidas necesarias en todos los hospitales p\u00fablicos para que dispongan de aparatos diagn\u00f3sticos (como por ejemplo, resonancia magn\u00e9tica) para personas con diversidad funcional.<\/p>\n<p>Programa 412.22 Asistencia sanitaria.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>3.5 Promover la formaci\u00f3n espec\u00edfica en la atenci\u00f3n a la diversidad funcional, para conocer y aplicar los protocolos adecuados y mejorar as\u00ed la atenci\u00f3n especializada que necesitan.<\/p>\n<p>Programa 412.22 Asistencia sanitaria.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>25.2.X Dotar a las ambulancias de camillas para personas con obesidad m\u00f3rbida.<\/p>\n<p>Programa 412.28 Salud mental y atenci\u00f3n sanitaria de media y larga distancia.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>14.1.3 Elaborar un protocolo de colaboraci\u00f3n con los colegios de m\u00e9dicos y otros colegios profesionales de la Comunitat Valenciana para potenciar el Programa de atenci\u00f3n integral al m\u00e9dico enfermo (PAIME).<\/p>\n<p>Programa 412.28 Salud mental y atenci\u00f3n sanitaria de media y larga distancia.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>8.1.3 Recuperar e integrar todas las competencias relativas a salud mental en la Conselleria de Sanidad Universal y Salud P\u00fablica terminando con la separaci\u00f3n artificiosa de las competencias en diferentes consellerias.<\/p>\n<p>8.1.4 Asegurar la equidad en la prestaci\u00f3n de la asistencia sanitaria dotando de unidades de hospitalizaci\u00f3n psiqui\u00e1trica a aquellos departamentos sanitarios que, a fecha de hoy, a\u00fan carecen de ella.<\/p>\n<p>8.1.5 Asegurar la equidad en la prestaci\u00f3n de la asistencia sanitaria dotando de atenci\u00f3n psiqui\u00e1trica urgente (presencial o localizada) a los servicios de urgencias hospitalarios de todos los departamentos sanitarios que, a fecha de hoy, a\u00fan carecen de ellas.<\/p>\n<p>8.1.6 Asegurar la equidad en la prestaci\u00f3n de la asistencia sanitaria dotando de unidades de hospitalizaci\u00f3n psiqui\u00e1trica para adolescentes a aquellos departamentos sanitarios que, a fecha de hoy, a\u00fan carecen de ellas.<\/p>\n<p>8.1.7 Asegurar la equidad en la prestaci\u00f3n de la asistencia sanitaria dotando de camas de hospitalizaci\u00f3n psiqui\u00e1trica para pacientes pedi\u00e1tricos a aquellos departamentos sanitarios que, a fecha de hoy, a\u00fan carecen de ellas.<\/p>\n<p>Programa 413.10 Salud.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>3.1.XX Protocolo de atenci\u00f3n sanitaria en centros educativos no universitarios de formaci\u00f3n b\u00e1sica en primeros auxilios para el alumnado.<\/p>\n<p>Programa 413.10 Salud.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>3.1.XX Planificar y desarrollar programas de prevenci\u00f3n de consumo de alcohol en menores debido a su gran importancia sociosanitaria.<\/p>\n<p>Programa 413.10 Salud.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Objetivo b\u00e1sico.<\/p>\n<p>2.2 Evaluar y actualizar los programas de prevenci\u00f3n y tratamiento del sobrepeso y la obesidad infantil desarrollados en la Comunitat Valenciana.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>2.2.1 La incorporaci\u00f3n de campa\u00f1as informativas destinadas a concienciar sobre la importancia del deporte y la dieta como forma de prevenir, desde la infancia, el surgimiento de enfermedades cardiovasculares.<\/p>\n<p>2.2.2 Promover una educaci\u00f3n alimentaria en el ambiente escolar, familiar y de la comunidad en general para que, a trav\u00e9s de la sensibilizaci\u00f3n e informaci\u00f3n de sus miembros, estos conozcan el impacto positivo que tiene para la salud una alimentaci\u00f3n sana.<\/p>\n<p>2.2.3 Incluir en el curr\u00edculo, de forma transversal, formaci\u00f3n en promoci\u00f3n de estilos de vida saludables relacionados con la nutrici\u00f3n, los h\u00e1bitos alimentarios y la educaci\u00f3n f\u00edsica.<\/p>\n<p>2.2.4 Seguir implantando medidas destinadas a incentivar el consumo de productos saludables y reducir el consumo de alimentos y bebidas azucaradas en centros escolares.<\/p>\n<p>2.2.5 Acreditar la calidad de los men\u00fas escolares como saludables, en base a los criterios determinados por la OMS.<\/p>\n<p>2.2.6 Promover una escuela saludable donde se restrinja el marketing de alimentos ricos en energ\u00eda, grasas saturadas, grasas transformadas, sal y az\u00facares.<\/p>\n<p>2.2.7 Promover los desayunos saludables que tengan como objetivo sensibilizar a la comunidad escolar (alumnado, profesorado y familiares) sobre la importancia de realizar un desayuno completo y fomentar h\u00e1bitos saludables que contribuyan a mejorar la situaci\u00f3n nutricional de esta poblaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Programa 412.10 Centros integrados de salud p\u00fablica.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>5.1.7 Desarrollar otros programas de vigilancia y control de riesgos ambientales, haciendo especial hincapi\u00e9 en actuaciones de control de ruido ambiental como factor de riesgo para la salud en zonas residenciales.<\/p>\n<p>Programa 411.60 An\u00e1lisis y evaluaci\u00f3n de la atenci\u00f3n al paciente e investigaci\u00f3n en ciencias de la salud.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>11.1.2 Potenciaci\u00f3n de las encuestas de opini\u00f3n al paciente y familiares.<\/p>\n<p>Programa 411.60 An\u00e1lisis y evaluaci\u00f3n de la atenci\u00f3n al paciente e investigaci\u00f3n en ciencias de la salud.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>9.9.3 Establecer un espacio colaborativo basado en la creaci\u00f3n de una plataforma en l\u00ednea, para favorecer y facilitar el intercambio de conocimientos entre los facultativos, de forma f\u00e1cil, r\u00e1pida y eficaz, segura e interregional.<\/p>\n<p>Programa 411.60 An\u00e1lisis y evaluaci\u00f3n de la atenci\u00f3n al paciente e investigaci\u00f3n en ciencias de la salud.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>6.2.2 Realizaci\u00f3n de una jornada de difusi\u00f3n, informaci\u00f3n y puesta en conocimiento de las asociaciones y entidades de voluntariado pertenecientes al cat\u00e1logo auton\u00f3mico de entidades en salud de la Comunitat Valenciana.<\/p>\n<p>Programa 411.60 An\u00e1lisis y evaluaci\u00f3n de la atenci\u00f3n al paciente e investigaci\u00f3n en ciencias de la salud.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>4.1.2 Establecer personal encargado de comprobar que se cumplen de forma adecuada las medidas correctoras en los diferentes departamentos que se hayan decidido tras el an\u00e1lisis de las quejas.<\/p>\n<p>4.1.3 Realizaci\u00f3n de un informe por parte de cada departamento donde se reflejen las medidas de mejora que hayan realizado tras analizar las sugerencias.<\/p>\n<p>Programa 411.60 An\u00e1lisis y evaluaci\u00f3n de la atenci\u00f3n al paciente e investigaci\u00f3n en ciencias de la salud.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>2.1.2 Suministro de datos al Registro General de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, con una periodicidad de actualizaci\u00f3n bimensual.<\/p>\n<p>Programa 412.27 Prestaciones externas complementarias.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>1.1.7 Inclusi\u00f3n de la prescripci\u00f3n exoprot\u00e9sica en el historial cl\u00ednico del paciente, para la visualizaci\u00f3n de todos los profesionales de la salud.<\/p>\n<p>1.1.8 Velar por la mayor transparencia en la distribuci\u00f3n de los productos exoprot\u00e9sicos.<\/p>\n<p>Programa 412.23 Prestaciones farmac\u00e9uticas.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>1.6.10 Desarrollo, evaluaci\u00f3n y mejora de programas espec\u00edficos relacionados con la informaci\u00f3n de medicamentos y productos sanitarios que englobe a todos los profesionales de la salud.<\/p>\n<p>Programa 412.25 Servicios generales de la secretar\u00eda auton\u00f3mica.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>2.2.1 Especificando a qu\u00e9 otra conselleria hace referencia el objetivo cuando habla de elaborar un acuerdo marco estrat\u00e9gico entre ambas consellerias que marque las l\u00edneas estrat\u00e9gicas de coordinaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Programa 412.25 Servicios generales de la secretar\u00eda auton\u00f3mica.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Donde dice: 1.2.2 Potenciar la estructura de gesti\u00f3n de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud P\u00fablica,<\/p>\n<p>Debe decir: 1.2.2 Potenciar la estructura de gesti\u00f3n de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud P\u00fablica estableciendo una frecuencia m\u00ednima de reuniones con los equipos directivos de los departamentos.<\/p>\n<p>Programa 412.25 Servicios generales de la secretar\u00eda auton\u00f3mica.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>1.1.3 Elaboraci\u00f3n de un documento por cada departamento de concreci\u00f3n de la estrategia de atenci\u00f3n al paciente cr\u00f3nico en la Comunitat Valenciana que defina: an\u00e1lisis de situaci\u00f3n, medidas a implantar, cronograma e indicadores de evaluaci\u00f3n (n\u00famero documento con la hoja de ruta para la implantaci\u00f3n de la estrategia de la cronicidad en cada departamento).<\/p>\n<p>Programa 411.10 Direcci\u00f3n y servicios generales.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Objetivo b\u00e1sico.<\/p>\n<p>4.3 Recuperar la gesti\u00f3n p\u00fablica de aquellos aparcamientos de hospitales que hayan sido privatizados, siempre que se detecten irregularidades injustificables o desviaciones en el contrato de concesi\u00f3n que desvirt\u00faen la naturaleza de la concesi\u00f3n.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>4.3.1 Evaluaci\u00f3n y an\u00e1lisis de los contratos con los gestores de los aparcamientos de hospitales privatizados.<\/p>\n<p>4.3.2 Comprobar que las cl\u00e1usulas contractuales se corresponden con la actividad que se est\u00e1 realizando, as\u00ed como detectar las irregularidades consideradas injustificables o desviaciones respecto a los t\u00e9rminos del contrato.<\/p>\n<p>Programa 411.10 Direcci\u00f3n y servicios generales.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Donde dice: 4.2.1 Contrataci\u00f3n y o pr\u00f3rroga del seguro,<\/p>\n<p>Debe decir: 4.2.1 Teniendo presente la cobertura y el coste del seguro vigente, solicitar presupuestos a distintas aseguradoras de probada solvencia, con el objetivo de mejorar prestaciones y costes, mediante concurso de proveedores.<\/p>\n<p>Programa 411.40 Escuela Valenciana de Estudios para la Salud.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Objetivo b\u00e1sico.<\/p>\n<p>1.6 Prevenci\u00f3n del contagio de enfermedades v\u00edricas tropicales de alta letalidad.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>1.6.1 Dise\u00f1o, planificaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de los planes de formaci\u00f3n para la prevenci\u00f3n del contagio de enfermedades v\u00edricas tropicales de alta letalidad.<\/p>\n<p>Programa 411.40 Escuela Valenciana de Estudios para la Salud.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Objetivo b\u00e1sico.<\/p>\n<p>1.7 Garantizar la accesibilidad a los cursos de formaci\u00f3n continuada dentro del horario de trabajo, con implantaci\u00f3n progresiva y planificada.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>1.7.1 Ajustar anualmente el acceso a la formaci\u00f3n dentro del horario de trabajo, con planes de actuaci\u00f3n acordados a nivel de varios departamentos de salud.<\/p>\n<p>Programa 411.40 Escuela Valenciana de Estudios para la Salud.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Objetivo b\u00e1sico.<\/p>\n<p>6.1 Impulsar cursos dedicados a programas preventivos espec\u00edficos del h\u00e1bito tab\u00e1quico en centros de trabajo.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>6.1.1 Desarrollo de programas preventivos espec\u00edficos del h\u00e1bito tab\u00e1quico en centros de trabajo.<\/p>\n<p>Programa 411.40 Escuela Valenciana de Estudios para la Salud.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>5.1.2 Aumentar la asignaci\u00f3n presupuestaria para dotar a los profesionales que realizan los cursos de formaci\u00f3n de recursos inform\u00e1ticos eficaces, productivos, \u00fatiles y manejables de forma que se facilite el aprendizaje mediante plataformas virtuales, ahorrando en impresi\u00f3n, papel y dem\u00e1s desgaste de recursos tradicionales.<\/p>\n<p>Programa 411.20 Administraci\u00f3n econ\u00f3mico\u2013financiera.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>6.1.2 Puesta en funcionamiento de todos los recursos materiales y humanos que sean necesarios para acabar con la demora de cuatro a\u00f1os en las liquidaciones.<\/p>\n<p>Programa 411.20 Administraci\u00f3n econ\u00f3mico\u2013financiera.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>6.1.3 Establecer un sistema de garant\u00eda que permita que las liquidaciones sean realmente anuales, en el tiempo y en la forma correspondiente a cada ejercicio.<\/p>\n<p>Programa 411.30 Administraci\u00f3n de recursos humanos.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Objetivo b\u00e1sico.<\/p>\n<p>6.1 Profesionalizaci\u00f3n de la gesti\u00f3n.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>6.1.1 Profesionalizaci\u00f3n de los equipos directivos, subdirectores, gerencias, coordinadores y dem\u00e1s personal responsable de la gesti\u00f3n.<\/p>\n<p>Programa 313.30 Drogodependencia y otras adicciones.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>3.1.5 Dise\u00f1o de un modelo de asistencia protocolizado de atenci\u00f3n a la ludopat\u00eda para su implementaci\u00f3n en las unidades de conductas adictivas.<\/p>\n<p>Programa 313.30 Drogodependencia y otras adicciones.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>4.1.3 Dise\u00f1o y puesta en marcha de programas formativos sobre la ludopat\u00eda dirigidos a los profesionales de la prevenci\u00f3n.<\/p>\n<p>4.1.4 Dise\u00f1o y puesta en marcha de programas formativos sobre la ludopat\u00eda a los profesionales de asistencia y reinserci\u00f3n social.<\/p>\n<p>4.1.5 Elaboraci\u00f3n de una gu\u00eda de buenas pr\u00e1cticas cl\u00ednicas sobre la ludopat\u00eda.<\/p>\n<p>4.1.6 Dise\u00f1o y puesta en marcha de programas formativos sobre el abuso y dependencia de las nuevas drogas sint\u00e9ticas dirigidos a los profesionales de la prevenci\u00f3n.<\/p>\n<p>4.1.7 Dise\u00f1o y puesta en marcha de programas formativos sobre el abuso y dependencia de las nuevas drogas sint\u00e9ticas a los profesionales de asistencia y reinserci\u00f3n social.<\/p>\n<p>4.1.8 Elaboraci\u00f3n de una gu\u00eda de buenas pr\u00e1cticas cl\u00ednicas sobre el abuso y dependencia de las nuevas drogas sint\u00e9ticas.<\/p>\n<p>Programa 313.30 Drogodependencia y otras adicciones.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>5.1.7 Fomentar la coordinaci\u00f3n con los colegios de m\u00e9dicos y otros colegios profesionales de la Comunitat Valenciana dirigida a consolidar el programa de atenci\u00f3n integral al m\u00e9dico enfermo.<\/p>\n<p>Programa 412.22 Asistencia sanitaria.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>30.1.2 Auspiciar la colaboraci\u00f3n de la asistencia primaria y especializada en la gesti\u00f3n de protocolos y de par\u00e1metros de control consensuados en pacientes que, una vez diagnosticados y tratados, no necesiten la asistencia prioritaria del especialista.<\/p>\n<p>Programa 412.22 Asistencia sanitaria.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>2.6.4 Compatibilizar los distintos sistemas inform\u00e1ticos (Abucasis, Orion Clinic, Mizar).<\/p>\n<p>Programa 412.22 Asistencia sanitaria.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>5.2.2 N\u00famero de intervenciones programadas de cirug\u00eda mayor en horario de tarde Incrementar progresivamente el n\u00famero de las intervenciones que se realizan en horario de tarde.<\/p>\n<p>Programa 412.22 Asistencia sanitaria.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>9.1.2.3 Mejorar la sincronizaci\u00f3n de los sistemas de informaci\u00f3n de gesti\u00f3n asistencial entre Abucasis y Orion para que la historia cl\u00ednica de atenci\u00f3n primaria se pueda ver en hospitalaria y viceversa, dando mayor seguridad a los profesionales, y evitar duplicidades en pruebas complementarias.<\/p>\n<p>Programa 412.22 Asistencia sanitaria.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>10.3.1.3 Adecuar los recursos humanos a las necesidades actuales por el envejecimiento de la poblaci\u00f3n que necesita m\u00e1s servicios Concretamente, la plantilla de enfermer\u00eda a las necesidades actuales crecientes.<\/p>\n<p>Programa 412.22 Asistencia sanitaria.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>11.1.2 Facilitar informaci\u00f3n y acceso a la poblaci\u00f3n para que pueda utilizar los documentos de \u00faltimas voluntades y donaci\u00f3n de \u00f3rganos.<\/p>\n<p>De forma que la poblaci\u00f3n conozca d\u00f3nde puede realizar sus \u00faltimas voluntades y donar \u00f3rganos en los centros de salud y hospitales.<\/p>\n<p>Programa 412.22 Asistencia sanitaria.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Donde dice:<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>15.2.1 Potenciar las actividades de rehabilitaci\u00f3n en pacientes adultos cr\u00f3nicos, destacando aquellas dirigidas a los pacientes con ictus, infarto de miocardio, EPOC, etc.,<\/p>\n<p>Debe decir:<\/p>\n<p>15.2.1 Potenciar las actividades de rehabilitaci\u00f3n en pacientes adultos cr\u00f3nicos, destacando aquellas dirigidas a los pacientes con ictus, infarto de miocardio, EPOC, esclerosis m\u00faltiple, etc.<\/p>\n<p>Programa 412.22 Asistencia sanitaria.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>16.4.2 Formaci\u00f3n del personal sanitario en la detecci\u00f3n y manejo del paciente geri\u00e1trico fr\u00e1gil tanto en atenci\u00f3n primaria como en hospitales.<\/p>\n<p>Programa 412.22 Asistencia sanitaria.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>16.4.3 Elaborar el protocolo de atenci\u00f3n a pacientes con enfermedad de Alzheimer y participar en el despliegue de la estrategia de enfermedades neurodegenerativas del Sistema Nacional de Salud.<\/p>\n<p>Programa 412.22 Asistencia sanitaria.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>2.1.2 Creaci\u00f3n de la figura del psic\u00f3logo cl\u00ednico de un modo transversal en todos los departamentos de la asistencia sanitaria pertenecientes a la Conselleria de Sanidad Universal y Salud P\u00fablica.<\/p>\n<p>Programa 412.24 Prestaciones externas.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Donde dice:<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>3.2.1 Adopci\u00f3n de medidas para eliminar las listas de espera de procedimientos diagn\u00f3sticos y terap\u00e9uticos no quir\u00fargicos con medios ajenos en la medida en que no sean asumidos por el sistema sanitario p\u00fablico,<\/p>\n<p>Debe decir:<\/p>\n<p>3.2.1 Mecanismos de agilizaci\u00f3n y planificaci\u00f3n, para disminuir las listas de espera en los procedimientos diagn\u00f3sticos y terap\u00e9uticos no quir\u00fargicos con medios ajenos en la medida en que no sean asumidos por el sistema sanitario p\u00fablico.<\/p>\n<p>Programa 412.24 Prestaciones externas.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>3.1.2 Nuevas planificaciones quir\u00fargicas con aumento de personal, horarios, etc. Con el fin de reducir las listas de espera dentro del marco de recursos asistenciales ofrecidos por la Conselleria de Sanidad Universal y Salud P\u00fablica.<\/p>\n<p>Programa 412.28 Salud mental y atenci\u00f3n sanitaria de media y larga estancia.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Objetivo b\u00e1sico.<\/p>\n<p>10.2 Mantener conciertos con las instituciones p\u00fablicas y privadas que presten asistencia especializada a ni\u00f1os con TEA.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>10.2.1 Evaluaci\u00f3n de los centros asistenciales concertados de asistencia privada para control de la calidad y eficacia asistencia en los ni\u00f1os con TEA.<\/p>\n<p>Del Consorcio Hospitalario Provincial de Castell\u00f3n.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Entidad 00116 Consorcio Hospitalario de Castell\u00f3n.<\/p>\n<p>Se crea un nuevo programa 482 Programa de becas.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n l\u00ednea: Premios becas, estudios e investigaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Descripci\u00f3n y finalidad: Apoyo a los estudios de post\u2013grado e investigaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Modo de concesi\u00f3n: Concurrencia competitiva.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo IV.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>Importe: 10.00 (miles euros)<\/p>\n<p>Baja.<\/p>\n<p>Entidad 00116 Consorcio Hospitalario de Castell\u00f3n.<\/p>\n<p>Ficha FP2.<\/p>\n<p>Aplicaci\u00f3n econ\u00f3mica 230 Dietas.<\/p>\n<p>Se disminuyen 10,00 (miles euros).<\/p>\n<p>De la secci\u00f3n 11. Econom\u00eda Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.<\/p>\n<p>Programa 121.60 Sistemas de informaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Objetivo b\u00e1sico: 1.6 Mejora de la administraci\u00f3n electr\u00f3nica del registro de cooperativas y sociedades laborales.<\/p>\n<p>L\u00ednea de actuaci\u00f3n: Implementaci\u00f3n de la tramitaci\u00f3n DUE en el Registro de Cooperativas de la Comunitat Valenciana y en el Registro Administrativo de Sociedades Laborales, en coordinaci\u00f3n con la administraci\u00f3n estatal.<\/p>\n<p>Programa 322.55 Promoci\u00f3n de emprendedores, cooperativismo y econom\u00eda social.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>C\u00f3digo 7.3.4 Apoyo al funcionamiento del Consejo Valenciano del Cooperativismo.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Secci\u00f3n: 11. Econom\u00eda sostenible, sectores productivos, comercio y trabajo.<\/p>\n<p>Programa: 322.55 Promoci\u00f3n de emprendedores, cooperativismo y econom\u00eda social.<\/p>\n<p>Ficha: FP7.<\/p>\n<p>C\u00f3digo: S2242000.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n: Inversi\u00f3n en entidades de econom\u00eda social.<\/p>\n<p>Se aumentan: 300,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Secci\u00f3n: 11. Econom\u00eda sostenible, sectores productivos, comercio y trabajo.<\/p>\n<p>Programa: 615.10 Planificaci\u00f3n y previsi\u00f3n econ\u00f3mica.<\/p>\n<p>Ficha: FP7.<\/p>\n<p>C\u00f3digo: S8083000.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n: Promoci\u00f3n de la econom\u00eda sostenible.<\/p>\n<p>Se disminuyen: 300,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir: Una nueva l\u00ednea nominativa para la Federaci\u00f3n Valenciana de Empresas Cooperativas de Trabajo Asociado (FEVECTA).<\/p>\n<p>Programa: 322.55 Promoci\u00f3n de emprendedores, cooperativismo y econom\u00eda social.<\/p>\n<p>Ficha: FP7.<\/p>\n<p>C\u00f3digo: XXXXXX.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n: Ayuda para los gastos de las actividades de fomento del cooperativismo en todo el territorio de la CV.<\/p>\n<p>Importe: 200,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Programa: 322.55 Promoci\u00f3n de emprendedores, cooperativismo y econom\u00eda social.<\/p>\n<p>Ficha: FP7.<\/p>\n<p>C\u00f3digo: S5266000.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n: Programa de apoyo a la econom\u00eda social.<\/p>\n<p>Se disminuyen: 200,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Programa: 322.55 Promoci\u00f3n de emprendedores, cooperativismo y econom\u00eda social.<\/p>\n<p>Ficha: FP7.<\/p>\n<p>C\u00f3digo: S7370000.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n: Subvenci\u00f3n Confederaci\u00f3n de Cooperativas.<\/p>\n<p>Se aumentan: 74,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Programa: 615.10 Planificaci\u00f3n y previsi\u00f3n econ\u00f3mica.<\/p>\n<p>Ficha: FP7.<\/p>\n<p>C\u00f3digo: S8083000.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n: Promoci\u00f3n de la econom\u00eda sostenible.<\/p>\n<p>Se disminuyen: 74,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Programa: 322.55 Promoci\u00f3n de emprendedores, cooperativismo y econom\u00eda social.<\/p>\n<p>Ficha: FP6.<\/p>\n<p>C\u00f3digo: AT000.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n: Investigaci\u00f3n y asistencias t\u00e9cnicas.<\/p>\n<p>Se aumentan: 200,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Programa: 615.10 Planificaci\u00f3n y previsi\u00f3n econ\u00f3mica.<\/p>\n<p>Ficha: FP7.<\/p>\n<p>C\u00f3digo: S8083000.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n: Promoci\u00f3n de la econom\u00eda sostenible.<\/p>\n<p>Se disminuyen: 200,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Programa: 722.20 Pol\u00edtica industrial.<\/p>\n<p>Ficha: FP7.<\/p>\n<p>C\u00f3digo: S4633000.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n: REDIT.<\/p>\n<p>Se aumentan: 46,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Programa: 722.20 Pol\u00edtica industrial.<\/p>\n<p>Ficha: FP7.<\/p>\n<p>C\u00f3digo: S5782000.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n: Planes de acci\u00f3n en materia de industria.<\/p>\n<p>Se disminuyen: 46,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Alta.<\/p>\n<p>Programa:761.10 Ordenaci\u00f3n y promoci\u00f3n comercial.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>S4627000.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n: Convenio COVACO.<\/p>\n<p>Se aumentan: 65,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja.<\/p>\n<p>Programa 761.10 Ordenaci\u00f3n y promoci\u00f3n comercial.<\/p>\n<p>Ficha FP2.<\/p>\n<p>S5799000 Acciones de mejora de la cualidad en el comercio, emprendedur\u00eda y continuidad empresarial<\/p>\n<p>Se disminuyen: 65,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Programa: 761.10 Ordenaci\u00f3n y promoci\u00f3n comercial.<\/p>\n<p>Ficha: FP7.<\/p>\n<p>C\u00f3digo: S6914000.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n: Convenio CECOVAL.<\/p>\n<p>Se aumentan: 15,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Programa: 761.10 Ordenaci\u00f3n y promoci\u00f3n comercial.<\/p>\n<p>Ficha: FP2.<\/p>\n<p>Aplicaci\u00f3n econ\u00f3mica: 231 Locomoci\u00f3n.<\/p>\n<p>Se disminuyen: 15,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Programa: 761.10 Ordenaci\u00f3n y promoci\u00f3n comercial.<\/p>\n<p>Ficha: FP7.<\/p>\n<p>C\u00f3digo: XXXXXX.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n: Convenio Uni\u00f3n Gremial Federaci\u00f3n de Gremios y Asociaciones del Comercio Valenciano.<\/p>\n<p>Se aumentan: 20,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Programa: 761.10 Ordenaci\u00f3n y promoci\u00f3n comercial.<\/p>\n<p>Ficha: FP2.<\/p>\n<p>Aplicaci\u00f3n econ\u00f3mica: 233 Otras indemnizaciones.<\/p>\n<p>Se disminuyen: 20,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Servicio 03 Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Empleo.<\/p>\n<p>Centro gestor 02 DG Trabajo y Bienestar Social.<\/p>\n<p>Donde dice: Centro gestor 02 DG Trabajo y Bienestar Social,<\/p>\n<p>Debe decir: Centro gestor 02 DG Trabajo y Bienestar Laboral.<\/p>\n<p>Programa 721.10 Direcci\u00f3n y servicios generales.<\/p>\n<p>Ficha FP6.<\/p>\n<p>QR270010.<\/p>\n<p>Donde dice: Servicios centrales c\u00f3digo territorial: VLC,<\/p>\n<p>Debe decir: Equipamiento y reposici\u00f3n edificios administrativos c\u00f3digo territorial: CMVL.<\/p>\n<p>Programa 322.55 Promoci\u00f3n de emprendedores, cooperativismo y econom\u00eda social.<\/p>\n<p>Ficha FP6.<\/p>\n<p>AT000C46.<\/p>\n<p>Donde dice: web Consejo Valenciano Cooperativismo,<\/p>\n<p>Debe decir: Plataforma de acceso \u00fanico a emprendedores.<\/p>\n<p>Programa 322.55 Promoci\u00f3n de emprendedores, cooperativismo y econom\u00eda social.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>S6938000.<\/p>\n<p>Donde dice: Denominaci\u00f3n l\u00ednea: Apoyo a la realizaci\u00f3n de planes de negocio y al intraemprendimiento empresarial.<\/p>\n<p>Descripci\u00f3n y finalidad: Apoyo acciones de sensibilizaci\u00f3n, divulgaci\u00f3n y formaci\u00f3n para la realizaci\u00f3n de planes de negocio y el fomento del intraemprendimiento empresarial a trav\u00e9s del convenio con el Consejo de C\u00e1maras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegaci\u00f3n de la Comunitat Valenciana. Podr\u00e1 delegar su ejecuci\u00f3n en las c\u00e1maras integradas en el consejo,<\/p>\n<p>Debe decir: Denominaci\u00f3n l\u00ednea: Apoyo a la consolidaci\u00f3n y crecimiento empresarial.<\/p>\n<p>Descripci\u00f3n y finalidad: Apoyo acciones de asesoramiento y formaci\u00f3n para la consolidaci\u00f3n y el crecimiento empresarial a trav\u00e9s del convenio con el Consejo de C\u00e1maras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegaci\u00f3n de la Comunitat Valenciana Podr\u00e1 delegar su ejecuci\u00f3n en las c\u00e1maras integradas en el consejo.<\/p>\n<p>Programa 615.10 Planificaci\u00f3n y previsi\u00f3n econ\u00f3mica.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>Nueva l\u00ednea.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo 4.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n: II Workshop de Econom\u00eda Valenciana.<\/p>\n<p>Beneficiario previsto: Fundaci\u00f3n Nexe de la Comunitat Valenciana.<\/p>\n<p>Descripci\u00f3n y finalidad: Subvenci\u00f3n a la Fundaci\u00f3n Nexe para la organizaci\u00f3n del II Workshop de Econom\u00eda Valenciana.<\/p>\n<p>Normativa reguladora: Concesi\u00f3n directa, art\u00edculo 168.a).<\/p>\n<p>Hay que publicar datos: S\u00ed.<\/p>\n<p>Se aumentan 20 miles de euros.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Programa 615.10 Planificaci\u00f3n y previsi\u00f3n econ\u00f3mica.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>Nueva l\u00ednea.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo 4.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n: C\u00e1tedra Econom\u00eda Feminista.<\/p>\n<p>Beneficiario previsto: Universitat de Val\u00e8ncia\u2013Estudi General.<\/p>\n<p>Descripci\u00f3n y finalidad: Colaborar con la Universitat de Val\u00e8ncia en la creaci\u00f3n y funcionamiento de una c\u00e1tedra orientada hacia el conocimiento y difusi\u00f3n de la econom\u00eda feminista, a trav\u00e9s de actividades formativas, culturales y de investigaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Normativa reguladora: Concesi\u00f3n directa, art\u00edculo 168.a.<\/p>\n<p>Hay que publicar datos: S\u00ed.<\/p>\n<p>Se aumentan 30 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Programa 615.10 Planificaci\u00f3n y previsi\u00f3n econ\u00f3mica.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>S8083000 Promoci\u00f3n de la econom\u00eda sostenible.<\/p>\n<p>Se disminuyen 50 miles de euros.<\/p>\n<p>Programa 443.10 Protecci\u00f3n consumidores y calidad de bienes y servicios.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>S4636000.<\/p>\n<p>Donde dice: Beneficiarios previstos: Licenciados universitarios,<\/p>\n<p>Debe decir: Beneficiarios previstos: Titulados y tituladas universitarias.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Programa 761.10 Ordenaci\u00f3n y promoci\u00f3n comercial.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>S6917000.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n: Convenio Consejo de C\u00e1maras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegaci\u00f3n de la Comunitat Valenciana.<\/p>\n<p>Se aumentan 30 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Programa 761.10 Ordenaci\u00f3n y promoci\u00f3n comercial.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>S6533000.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n: Convenio Consejo de C\u00e1maras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegaci\u00f3n de la Comunitat Valenciana.<\/p>\n<p>Se disminuyen 30 miles de euros.<\/p>\n<p>Programa 761.10 Ordenaci\u00f3n y promoci\u00f3n comercial.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>S6917000.<\/p>\n<p>Donde dice: Descripci\u00f3n y finalidad: Mantenimiento de la estructura de personal y gastos de funcionamiento,<\/p>\n<p>Debe decir: Descripci\u00f3n y finalidad: Mantenimiento de la estructura de personal y gastos de funcionamiento, as\u00ed como la oficina t\u00e9cnica del Plan de acci\u00f3n territorial del sector del comercio de la Comunitat Valenciana (Patsecova).<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Programa 761.10 Ordenaci\u00f3n y promoci\u00f3n comercial.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>S7510000.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n: Convenio Federaci\u00f3n Valenciana de Municipios y Provincias.<\/p>\n<p>Se aumentan 14 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Programa 761.10 Ordenaci\u00f3n y promoci\u00f3n comercial.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>S8085000.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n: Planes de acci\u00f3n comercial de los municipios de la Comunitat Valenciana.<\/p>\n<p>Se disminuyen 14 miles de euros.<\/p>\n<p>Programa 722.20 Pol\u00edtica industrial.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>S0335000.<\/p>\n<p>Donde dice: CAP: 4,<\/p>\n<p>Debe decir: CAP: 7.<\/p>\n<p>Donde dice: Beneficiarios previstos: Asociaciones y empresas,<\/p>\n<p>Debe decir: Beneficiarios previstos: Asociaciones, otras entidades sin \u00e1nimo de lucro y empresas.<\/p>\n<p>S0336000.<\/p>\n<p>Donde dice: CAP: 4,<\/p>\n<p>Debe decir: CAP: 7.<\/p>\n<p>Donde dice: Beneficiarios previstos: Asociaciones y empresas,<\/p>\n<p>Debe decir: Beneficiarios previstos: Asociaciones, otras entidades sin \u00e1nimo de lucro y empresas.<\/p>\n<p>S0337000.<\/p>\n<p>Donde dice: CAP: 4,<\/p>\n<p>Debe decir: CAP: 7.<\/p>\n<p>Donde dice: Beneficiarios previstos: Asociaciones y empresas,<\/p>\n<p>Debe decir: Beneficiarios previstos: Asociaciones, otras entidades sin \u00e1nimo de lucro y empresas.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Programa 722.20 Pol\u00edtica industrial.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>Nueva l\u00ednea.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo 7.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n: Plan de ayudas al sector textil.<\/p>\n<p>Beneficiario previsto: Asociaciones, otras entidades sin \u00e1nimo de lucro y empresas del sector.<\/p>\n<p>Descripci\u00f3n y finalidad: Mejorar la competitividad y la sostenibilidad econ\u00f3mica, social y medioambiental de las empresas del sector textil de la Comunitat Valenciana.<\/p>\n<p>Modo de concesi\u00f3n: Concurrencia competitiva.<\/p>\n<p>Hay que publicar datos: S\u00ed.<\/p>\n<p>Se aumentan 1.450 miles de euros.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Programa 722.20 Pol\u00edtica industrial.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>Nueva l\u00ednea.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo 7.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n: Plan de ayudas al sector del juguete.<\/p>\n<p>Beneficiario previsto: Asociaciones, otras entidades sin \u00e1nimo de lucro y empresas del sector.<\/p>\n<p>Descripci\u00f3n y finalidad: Mejorar la competitividad y la sostenibilidad econ\u00f3mica, social y medioambiental de las empresas del sector del juguete de la Comunitat Valenciana.<\/p>\n<p>Modo de concesi\u00f3n: Concurrencia competitiva.<\/p>\n<p>Hay que publicar datos: S\u00ed.<\/p>\n<p>Se aumentan 1.450 miles de euros.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Programa 722.20 Pol\u00edtica industrial.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>Nueva l\u00ednea.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo 7.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n: Plan de ayudas al sector del m\u00e1rmol.<\/p>\n<p>Beneficiario previsto: Asociaciones, otras entidades sin \u00e1nimo de lucro y empresas del sector.<\/p>\n<p>Descripci\u00f3n y finalidad: Mejorar la competitividad y la sostenibilidad econ\u00f3mica, social y medioambiental de las empresas del sector del m\u00e1rmol de la Comunitat Valenciana.<\/p>\n<p>Modo de concesi\u00f3n: Concurrencia competitiva.<\/p>\n<p>Hay que publicar datos: S\u00ed.<\/p>\n<p>Se aumentan 1.450 miles de euros.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Programa 722.20 Pol\u00edtica industrial.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>Nueva l\u00ednea.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo 7.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n: Plan de ayudas al sector del mueble.<\/p>\n<p>Beneficiario previsto: Asociaciones, otras entidades sin \u00e1nimo de lucro y empresas del sector.<\/p>\n<p>Descripci\u00f3n y finalidad: Mejorar la competitividad y la sostenibilidad econ\u00f3mica, social y medioambiental de las empresas del sector del mueble de la Comunitat Valenciana.<\/p>\n<p>Modo de concesi\u00f3n: Concurrencia competitiva.<\/p>\n<p>Hay que publicar datos: S\u00ed.<\/p>\n<p>Se aumentan 1.450 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Programa 722.20 Pol\u00edtica industrial.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>S0345000 Plan de ayudas a los sectores industriales.<\/p>\n<p>Se disminuyen 800 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Programa 722.20 Pol\u00edtica industrial.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>S0344000 Plan de modernizaci\u00f3n industrial.<\/p>\n<p>Se disminuyen 2.500 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Programa 722.20 Pol\u00edtica industrial.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>S5782000 Planes de acci\u00f3n en materia de industria.<\/p>\n<p>Se disminuyen 1.500 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Programa 731.10 Energ\u00eda.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>S8082000 Planes de acci\u00f3n en materia de ahorro y eficiencia.<\/p>\n<p>Se disminuyen 1.000 miles de euros.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Servicio 03. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Empleo.<\/p>\n<p>Centro gestor 01 Direcci\u00f3n general del Servicio Valenciano de Empleo y Formaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Programa 322.50 Servicio Valenciano de Empleo y Formaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: 4.<\/p>\n<p>L\u00ednea: X443700 Financiaci\u00f3n operaciones corrientes del Servef.<\/p>\n<p>Importe: 129.766.640 euros.<\/p>\n<p>Alta 2.000.000 euros.<\/p>\n<p>Total: 131.766.640 euros.<\/p>\n<p>Donde dice: Aportaci\u00f3n Generalitat no condicionada: 67.517.340 euros,<\/p>\n<p>Debe decir: Aportaci\u00f3n Generalitat no condicionada: 69.517340 euros.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Servicio 03. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Empleo.<\/p>\n<p>Centro gestor 01 Direcci\u00f3n General del Servicio Valenciano de Empleo y Formaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Programa 322.50 Servicio Valenciano de Empleo y Formaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: 7.<\/p>\n<p>L\u00ednea: X4438000 Financiaci\u00f3n operaciones de capital del Servef.<\/p>\n<p>Importe: 2.984.000 euros.<\/p>\n<p>Alta 90.200 m euros.<\/p>\n<p>Donde dice: Aportaci\u00f3n Generalitat no condicionada: 2.984.000 euros,<\/p>\n<p>Debe decir: Aportaci\u00f3n Generalitat no condicionada: 3.074.200 euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Servicio 03. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Empleo.<\/p>\n<p>Centro gestor 02 Direcci\u00f3n General de Trabajo y Bienestar Social.<\/p>\n<p>Programa 315.10 Condiciones de trabajo y administraci\u00f3n de las relaciones laborales.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: 4.<\/p>\n<p>L\u00ednea: F7976000 Subvenci\u00f3n centro \u00e1rea de formaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Importe: 2.000.000 euros.<\/p>\n<p>Baja 2.000.000 euros.<\/p>\n<p>Total: 0,00 euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Servicio 03. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Empleo.<\/p>\n<p>Centro gestor 02 Direcci\u00f3n General de Trabajo y Bienestar Social.<\/p>\n<p>Programa 315.10 Condiciones de trabajo y administraci\u00f3n de las relaciones laborales.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: 7.<\/p>\n<p>L\u00ednea: F7977000 Subvenci\u00f3n centro \u00e1rea de formaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Importe: 90.200 euros.<\/p>\n<p>Baja \u201390.200 euros.<\/p>\n<p>Total: 0,00.<\/p>\n<p>Total altas: 2.090.200 euros.<\/p>\n<p>Total bajas: \u20132.090.200 euros.<\/p>\n<p>Total: 0,00 euros.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Servicio: 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Econom\u00eda Sostenible, Sectores Productivos y Comercio.<\/p>\n<p>Centro gestor: DG de Industria y Energ\u00eda.<\/p>\n<p>Programa: 731.10 Energ\u00eda.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: 7.<\/p>\n<p>L\u00ednea X4661000.<\/p>\n<p>Importe: 5.947.260,00.<\/p>\n<p>Alta: 1.150.000,00.<\/p>\n<p>Total: 7.097.260,00.<\/p>\n<p>Donde dice: Aportaci\u00f3n Generalitat no condicionada 1.318,11 (miles de euros),<\/p>\n<p>Debe decir: Aportaci\u00f3n Generalitat no condicionada 2.468,11 (miles de euros).<\/p>\n<p>Total altas: 1.150.000.<\/p>\n<p>Total bajas: \u20131.150.000.<\/p>\n<p>Total: 0,00.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Servicio: 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Econom\u00eda Sostenible, Sectores Productivos y Comercio.<\/p>\n<p>Centro gestor: DG de Industria y Energ\u00eda.<\/p>\n<p>Programa: 722.20 Pol\u00edtica industrial.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: 7.<\/p>\n<p>L\u00ednea X0137000.<\/p>\n<p>Importe: 69.208.990,00.<\/p>\n<p>Baja: \u2013 1.150.000,00.<\/p>\n<p>Total: 68.058.990,00.<\/p>\n<p>Donde dice: Aportaci\u00f3n Generalitat no condicionada 25.674,37 (miles de euros),<\/p>\n<p>Debe decir: Aportaci\u00f3n Generalitat no condicionada 24.524,37 (miles de euros).<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Programa 322.55 Promoci\u00f3n de emprendimiento, cooperativismo y econom\u00eda social.<\/p>\n<p>Ficha: FP7.<\/p>\n<p>L\u00ednea nueva.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo 4.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n: Ayuda para los gastos de las actividades de fomento de la econom\u00eda social en todo el territorio de la Comunitat Valenciana.<\/p>\n<p>Beneficiario: Federaci\u00f3n de Empresas Valencianas de Econom\u00eda Social (FEVES).<\/p>\n<p>Se aumentan: 100 (miles de euros).<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Programa: 615.10 Planificaci\u00f3n y previsi\u00f3n econ\u00f3mica.<\/p>\n<p>Ficha: FP7.<\/p>\n<p>C\u00f3digo: S8083000.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n: Promoci\u00f3n de la econom\u00eda sostenible.<\/p>\n<p>Se disminuyen: 100 (miles de euros).<\/p>\n<p>Entidad 00027 Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>1.3.XX Colaboraci\u00f3n en la definici\u00f3n y el an\u00e1lisis de viabilidad para la creaci\u00f3n de un Instituto Tecnol\u00f3gico de la Cosm\u00e9tica y, en el caso de ser viable, que se promueva su creaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Entidad: 00027 Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial.<\/p>\n<p>Ficha: FP7.<\/p>\n<p>C\u00f3digo: S8021000.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n: Centros tecnol\u00f3gicos de la Comunitat Valenciana Apoyo por objetivos.<\/p>\n<p>Se aumentan: 2.000,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Programa: 722.20 Pol\u00edtica industrial.<\/p>\n<p>Ficha: FP7.<\/p>\n<p>C\u00f3digo: S5032000.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n: Convenio Ford Espa\u00f1a.<\/p>\n<p>Se disminuyen: 995,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Entidad: 00027 Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial.<\/p>\n<p>Ficha: FP7.<\/p>\n<p>C\u00f3digo: S0339000.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n: Ayudas industrializaci\u00f3n para las comarcas dels Ports y Alto Maestrazgo.<\/p>\n<p>Se disminuyen: 335,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Entidad: 00027 Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial.<\/p>\n<p>Ficha: FP7.<\/p>\n<p>C\u00f3digo: S0340000.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n: Ayudas industrializaci\u00f3n comarca la Safor.<\/p>\n<p>Se disminuyen: 335,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Entidad: 00027 Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial.<\/p>\n<p>Ficha: FP7.<\/p>\n<p>C\u00f3digo: S0341000.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n: Ayudas industrializaci\u00f3n para la comarca de la Vega Baja.<\/p>\n<p>Se disminuyen: 335,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Nueva l\u00ednea.<\/p>\n<p>Entidad 00027 Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n: Ayudas a infraestructuras y equipamiento de los centros tecnol\u00f3gicos.<\/p>\n<p>Importe: 500,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Entidad 00027 Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>S6722000 Investigaci\u00f3n, desarrollo e innovaci\u00f3n empresarial.<\/p>\n<p>Se disminuyen: 200,00 miles de euros.<\/p>\n<p>S0339000 Ayudas industrializaci\u00f3n para las comarcas de Els Ports y Alto Maestrazgo.<\/p>\n<p>Se disminuyen: 100,00 miles de euros.<\/p>\n<p>S0340000 Ayudas industrializaci\u00f3n comarca la Safor.<\/p>\n<p>Se disminuyen: 100,00 miles de euros.<\/p>\n<p>S0341000 Ayudas industrializaci\u00f3n para la comarca de la Vega Baja.<\/p>\n<p>Se disminuyen: 100,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: 7.<\/p>\n<p>L\u00ednea: S0349000 Apoyo a proyectos de inversi\u00f3n de empresas sociales.<\/p>\n<p>Donde dice: Beneficiarios previstos: Entidades sin \u00e1nimo de lucro,<\/p>\n<p>Debe decir: Beneficiarios previstos: Empresas y entidades sin \u00e1nimo de lucro.<\/p>\n<p>Centro gestor: 00027 IVACE.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: 7.<\/p>\n<p>L\u00ednea: S0342000 Consorcio de las Comarcas Centrales Valencianas.<\/p>\n<p>Donde dice: Consorcio de las Comarcas Centrales Valencianas,<\/p>\n<p>Debe decir: Ayudas industrializaci\u00f3n comarcas l\u2019Alcoi\u00e0, el Comtat y la Vall d\u2019Albaida.<\/p>\n<p>Centro gestor: 00027 IVACE.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: 7.<\/p>\n<p>L\u00ednea: S0342000 Ayudas industrializaci\u00f3n comarcas l\u2019Alcoi\u00e0, el Comtat y la Vall d\u2019Albaida.<\/p>\n<p>Donde dice: Concesi\u00f3n directa, art\u00edculo 168.a).<\/p>\n<p>Debe decir: Concurrencia competitiva.<\/p>\n<p>Ficha FP3.<\/p>\n<p>Entidad: 00027 Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial.<\/p>\n<p>Donde dice:<\/p>\n<p>43000 De la conselleria a la que est\u00e1 adscrito 12.516,82.<\/p>\n<p>43008 De la conselleria a la que est\u00e1 adscrito. FSE-YEI. Programa operativo empleo juvenil 2014-2020.<\/p>\n<p>Eje 5. PI 8.2. La integraci\u00f3n sostenible en el mercado de los j\u00f3venes [\u2026] 161,07,<\/p>\n<p>Debe decir: 43000 De la conselleria a la que est\u00e1 adscrito 12.661,96.<\/p>\n<p>43008 De la conselleria a la que est\u00e1 adscrito. FSE-YEI. Programa operativo empleo juvenil 2014\u20132020.<\/p>\n<p>Eje 5. PI 8.2. La integraci\u00f3n sostenible en el mercado de los j\u00f3venes [\u2026] 15,93.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>C\u00f3digo l\u00ednea S0339000<\/p>\n<p>Donde dice: Ayudas industrializaci\u00f3n para las comarcas Els Ports y Alt Maestrat,<\/p>\n<p>Debe decir: Ayudas industrializaci\u00f3n para las comarcas Els Ports, Alt Maestrat y Baix Maestrat.<\/p>\n<p>Programa 322.52 Formaci\u00f3n y calificaci\u00f3n profesional.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: 4.<\/p>\n<p>L\u00ednea: W7976000.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n: Subvenci\u00f3n centro \u00e1rea de formaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Beneficiarios previstos: Fundaci\u00f3n para el Desarrollo y la Innovaci\u00f3n CV.<\/p>\n<p>Modo de concesi\u00f3n: Concesi\u00f3n directa, art\u00edculo 168.a.<\/p>\n<p>Descripci\u00f3n y finalidad: Gastos de funcionamiento y actividades formativas del \u00e1rea de formaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Importe: 0,00 euros.<\/p>\n<p>Alta 2.000.000 de euros.<\/p>\n<p>Total: 2.000.000 de euros.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Entidad 00031 Servicio Valenciano de Empleo y Formaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Programa 322.52 Formaci\u00f3n y calificaci\u00f3n profesional.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: 7.<\/p>\n<p>L\u00ednea: W7977000.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n: Subvenci\u00f3n centro \u00e1rea de formaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Beneficiarios previstos: Fundaci\u00f3n para el Desarrollo y la Innovaci\u00f3n CV.<\/p>\n<p>Modo de concesi\u00f3n: Concesi\u00f3n directa, art\u00edculo 168.a.<\/p>\n<p>Descripci\u00f3n y finalidad: Gastos de inversi\u00f3n en inmovilizado equipamiento, programas inform\u00e1ticos, instalaciones, etc. \u00c1rea de formaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Importe: 0,00 euros.<\/p>\n<p>Alta 90.200 euros.<\/p>\n<p>Total: 90.200 euros.<\/p>\n<p>Total altas gastos: 2.090.200 euros.<\/p>\n<p>Modificaci\u00f3n FP3.<\/p>\n<p>Entidad: 00031 Servicio Valenciano de Empleo y Formaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Programa 322.52 Formaci\u00f3n y calificaci\u00f3n profesional.<\/p>\n<p>C\u00f3digo ingreso 43000 De la conselleria a la que est\u00e1 adscrito transferencias corrientes de la Generalitat.<\/p>\n<p>Importe: 24.555.200 euros.<\/p>\n<p>Alta 2.000.000 euros.<\/p>\n<p>Total: 26.555.200 euros.<\/p>\n<p>Modificaci\u00f3n FP3.<\/p>\n<p>Entidad 00031 Servicio Valenciano de Empleo y Formaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Programa 322.52 Formaci\u00f3n y calificaci\u00f3n profesional.<\/p>\n<p>C\u00f3digo ingreso 73000 De la conselleria a la que est\u00e1 adscrito transferencias de capital de la Generalitat.<\/p>\n<p>Importe: 1.959.000 euros.<\/p>\n<p>Alta 90.200 euros.<\/p>\n<p>Total: 2.049.200 euros.<\/p>\n<p>Total alta ingresos: 2.090.200 euros.<\/p>\n<p>Programa 322.51 Fomento de la ocupaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: 4.<\/p>\n<p>L\u00ednea: S2240000 Ocupaci\u00f3n de personas con discapacidad e inclusi\u00f3n social.<\/p>\n<p>Donde dice: Denominaci\u00f3n l\u00ednea: Ocupaci\u00f3n de personas con discapacidad e inclusi\u00f3n social,<\/p>\n<p>Debe decir: Denominaci\u00f3n l\u00ednea: Ocupaci\u00f3n de personas con diversidad funcional, enfermos mentales e inclusi\u00f3n social.<\/p>\n<p>Donde dice: Descripci\u00f3n y finalidad: Ayudas en centros especializados de empleo, ocupaci\u00f3n con apoyo, ayudas a entidades ocupadoras para la contrataci\u00f3n de trabajadores con diversidad funcional y en situaci\u00f3n o riesgo de exclusi\u00f3n social, ayudas al mantenimiento o inserci\u00f3n laboral de personas con diversidad funcional,<\/p>\n<p>Debe decir: Descripci\u00f3n y finalidad: Ayudas en centros especializados de empleo y a empresas de inserci\u00f3n, ocupaci\u00f3n con apoyo para trabajadores con diversidad funcional y enfermos mentales, ayudas a entidades ocupadoras para la contrataci\u00f3n temporal e indefinida, inicial o conversi\u00f3n, de trabajadores con diversidad funcional, enfermos mentales y en situaci\u00f3n o riesgo de exclusi\u00f3n social.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Servicio: 00031 Servicio Valenciano de Empleo y Formaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Programa: 322.52.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: 4.<\/p>\n<p>L\u00ednea: S7983.<\/p>\n<p>Importe: 30.000 euros.<\/p>\n<p>Alta: 10.000 euros.<\/p>\n<p>Total: 40.000 euros.<\/p>\n<p>Baja.<\/p>\n<p>Servicio: 00031 Servicio Valenciano de Empleo y Formaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Programa: 322.52.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: 4.<\/p>\n<p>L\u00ednea: S0933.<\/p>\n<p>Importe: 568.000 euros.<\/p>\n<p>Baja: \u201310.000 euros.<\/p>\n<p>Total: 558.000 euros.<\/p>\n<p>Total altas: 10.000 euros.<\/p>\n<p>Total bajas: \u201310.000 euros.<\/p>\n<p>Total: 00 euros.<\/p>\n<p>Donde dice: Entidad: 00031 Servicio Valenciano de Empleo y Formaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Programa: 322.54 Inserci\u00f3n laboral.<\/p>\n<p>I43008 De la conselleria a la que est\u00e1 adscrito. FSE-YEI.<\/p>\n<p>Programa operativo empleo juvenil 2014-2020.<\/p>\n<p>C\u00f3digo ingreso: Eje 1. PI 8.2. La integraci\u00f3n sostenible en el mercado de los j\u00f3venes.<\/p>\n<p>Importe: 789,3 miles de euros,<\/p>\n<p>Debe decir: Entidad: 00031 Servicio Valenciano de Empleo y Formaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Programa: 322.54 Inserci\u00f3n laboral.<\/p>\n<p>I43008 De la conselleria a la que est\u00e1 adscrito. FSE-YEI.<\/p>\n<p>Programa operativo empleo juvenil 2014-2020.<\/p>\n<p>C\u00f3digo ingreso: Eje 5. PI 8. La integraci\u00f3n sostenible en el mercado de los j\u00f3venes.<\/p>\n<p>Importe: 789,3 miles de euros.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Entidad 00031 Servicio Valenciano de Empleo y Formaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Programa 322.51 Fomento de empleo.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>L\u00ednea nueva.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n: Ayudas por afectados en ERE y procesos de deslocalizaci\u00f3n y reindustrializaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Beneficiario previsto: Empleadores.<\/p>\n<p>Descripci\u00f3n y finalidad: Ayudas a la inserci\u00f3n laboral de trabajadores y trabajadoras afectados en ERE y procesos de deslocalizaci\u00f3n y reindustrializaci\u00f3n mediante apoyo a la contrataci\u00f3n.<\/p>\n<p>Cap: 4.<\/p>\n<p>Normativa reguladora: Concesi\u00f3n directa, art\u00edculo 168, a.<\/p>\n<p>Publicar datos: S\u00ed.<\/p>\n<p>Se aumentan 200,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Entidad 00031 Servicio Valenciano de Empleo y Formaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Programa 322.51 Fomento de empleo.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>S07979000 Ocupaci\u00f3n de calidad con perspectiva de g\u00e9nero.<\/p>\n<p>Se disminuyen 200,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Entidad 00031 Servicio Valenciano de Empleo y Formaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Programa 322.51 Fomento de empleo.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>1.1.3 Apoyar la contrataci\u00f3n de personas desempleadas por parte de mujeres aut\u00f3nomas embarazadas o en proceso de adopci\u00f3n antes de coger la baja maternal, con el objetivo de dar a la persona contratada la formaci\u00f3n oportuna para que pueda realizar la sustituci\u00f3n en condiciones adecuadas.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Entidad 00031 Servicio Valenciano de Empleo y Formaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Programa: 322.52 Formaci\u00f3n y cualificaci\u00f3n profesional.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>Nueva l\u00ednea.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n l\u00ednea: Ayuda FEVES teleformaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Beneficiarios previstos: Federaci\u00f3n de empresas valencianas (FEVES FESAL PV)<\/p>\n<p>Descripci\u00f3n y finalidad: Actividades teleformaci\u00f3n FEVES.<\/p>\n<p>Modo de concesi\u00f3n: directa.<\/p>\n<p>Se aumenta: 100,00 miles de euros<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Programa 322.59 Administraci\u00f3n y coordinaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>S7988000 Financiaci\u00f3n de proyectos de innovaci\u00f3n social vinculados al mercado laboral, la cualificaci\u00f3n profesional y el empleo, en general.<\/p>\n<p>Se disminuye: 50,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Programa 322.59 Administraci\u00f3n y coordinaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>S7986000 Ayudas para cofinanciar la ejecuci\u00f3n de proyectos europeos en materia de empleo y formaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Se disminuye: 50,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Programa: 322.54 Inserci\u00f3n laboral.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Donde dice:<\/p>\n<p>2.1.1 Utilizar la dotaci\u00f3n de fondos externos, tanto estatales como comunitarios, para desarrollar programas de orientaci\u00f3n profesional, tanto en los centros Servef de empleo como con entidades colaboradoras, dirigidos a personas j\u00f3venes, como a personas desempleadas en general, y colectivos espec\u00edficos,<\/p>\n<p>Debe decir:<\/p>\n<p>2.1.1 Utilizar la dotaci\u00f3n de fondos de la conselleria y fondos externos, tanto estatales como comunitarios, para desarrollar programas de orientaci\u00f3n profesional, tanto en los centros Servef de empleo como con entidades colaboradoras, dirigidos a personas j\u00f3venes, como a personas desempleadas en general, y colectivos espec\u00edficos.<\/p>\n<p>Programa: 322.52 Formaci\u00f3n y cualificaci\u00f3n profesional.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>1.3.2 Difusi\u00f3n continua a los desempleados de los programas de formaci\u00f3n disponibles a su alcance para mejorar su empleabilidad.<\/p>\n<p>Programa: 322.52 Formaci\u00f3n y cualificaci\u00f3n profesional.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Donde dice:<\/p>\n<p>1.3 Facilitar la asistencia de los alumnos a las acciones formativas,<\/p>\n<p>Debe decir:<\/p>\n<p>1.3 Facilitar y promover la asistencia de los alumnos a las acciones formativas.<\/p>\n<p>Del Instituto Valenciano de Seguridad y Salud en el Trabajo.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Entidad: 00059 Instituto Valenciano de Seguridad y Salud en el Trabajo.<\/p>\n<p>C\u00f3digo ingreso: 49400 Feder Interreg III C.<\/p>\n<p>Interreg Europe 2014-2020.<\/p>\n<p>Cap 1.<\/p>\n<p>L\u00ednea NA Importe: 0,00.<\/p>\n<p>Alta: 12,48 miles de euros.<\/p>\n<p>Total: 12,48 miles de euros.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Entidad: 00059 Instituto Valenciano de Seguridad y Salud en el Trabajo.<\/p>\n<p>C\u00f3digo ingreso: 49400 Feder Interreg III C.<\/p>\n<p>Interreg Europe 2014-2020.<\/p>\n<p>Cap 2.<\/p>\n<p>L\u00ednea NA.<\/p>\n<p>Importe: 0,00.<\/p>\n<p>Alta: 7,75 miles de euros.<\/p>\n<p>Total: 7,75 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja.<\/p>\n<p>FP3.<\/p>\n<p>Entidad: 00059 Instituto Valenciano de Seguridad y Salud en el Trabajo.<\/p>\n<p>C\u00f3digo ingreso: 79008 Feder Interreg III C.<\/p>\n<p>Interreg Europe 2014-2020.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: 7 Transferencias de capital.<\/p>\n<p>Importe: 20,23 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja: \u201320,23 miles de euros.<\/p>\n<p>Total: 0,00.<\/p>\n<p>Total altas: 20,23 miles de euros.<\/p>\n<p>Total bajas: 20,23 miles de euros.<\/p>\n<p>Total: 0,00.<\/p>\n<p>De la Fundaci\u00f3n para el Desarrollo y la Innovaci\u00f3n de la CV.<\/p>\n<p>Donde dice: I43000 De la conselleria a la que est\u00e1 adscrito.<\/p>\n<p>Transferencias corrientes de la Generalitat 2.000.000.<\/p>\n<p>I73000 De la conselleria a la que est\u00e1 adscrito.<\/p>\n<p>Transferencias de capital de la Generalitat 2.100.000,<\/p>\n<p>Debe decir: I43000 De la conselleria a la que est\u00e1 adscrito.<\/p>\n<p>Transferencias corrientes de la Generalitat 0.<\/p>\n<p>I73000 De la conselleria a la que est\u00e1 adscrito.<\/p>\n<p>Transferencias de capital de la Generalitat 2.009.800.<\/p>\n<p>I44099 De entes y empresas p\u00fablicas de la Generalitat.<\/p>\n<p>Transferencias corrientes del Servef 2.000.000.<\/p>\n<p>I74099 De entes y empresas p\u00fablicas de la Generalitat.<\/p>\n<p>Transferencias corrientes del Servef 90.200.<\/p>\n<p>De la secci\u00f3n 12. Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Clim\u00e1tico i Desarrollo Rural.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Programa 442.50 Cambio clim\u00e1tico y calidad ambiental.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>Implementaci\u00f3n de un contrato de gesti\u00f3n para una asistencia a los servicios t\u00e9cnicos de la Generalitat Valenciana entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2017 para analizar la viabilidad t\u00e9cnica de la implementaci\u00f3n de una oficina valenciana de cambio clim\u00e1tico.<\/p>\n<p>Descripci\u00f3n y finalidad: analizar la viabilidad jur\u00eddica de la implementaci\u00f3n de una oficina valenciana del cambio clim\u00e1tico y los procedimientos administrativos a seguir, en todos los casos, y analizar la estructura de personal necesario, adem\u00e1s de las modificaciones legislativas en normas ya existentes y su viabilidad y operatividad, en su implementaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Importe: 45,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Servicio 03.<\/p>\n<p>Centro gestor: 02.<\/p>\n<p>Programa 442.50.<\/p>\n<p>Ficha FP6.<\/p>\n<p>C\u00f3digo: AT000 Investigaci\u00f3n y asistencias t\u00e9cnicas.<\/p>\n<p>Importe: 45,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Programa 442.40 Medio natural y evaluaci\u00f3n ambiental.<\/p>\n<p>Ficha FP6.<\/p>\n<p>En el c\u00f3digo FM71010 Actuaciones medioambientales en espacios naturales.<\/p>\n<p>Donde dice: Coste anualidad 2017 2.676,89 miles de euros,<\/p>\n<p>Debe decir: Coste anualidad 2017 2.712,78 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>00015 Valenciana de Aprovechamiento Energ\u00e9tico de Residuos, SA.<\/p>\n<p>En su ficha de presupuestos.<\/p>\n<p>Del cap\u00edtulo de gasto 2 Compra de bienes corrientes y gastos funcionamiento.<\/p>\n<p>Disminuye 35,89 miles de euros.<\/p>\n<p>Programa 442.50 Cambio clim\u00e1tico i calidad ambiental.<\/p>\n<p>FP6.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>C\u00f3digo FN91000 Actuaciones en materia de recogida de residuos.<\/p>\n<p>273.880 euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>C\u00f3digo FN74000 Descontaminaci\u00f3n de suelos, eliminaci\u00f3n de neum\u00e1ticos y sellado de vertederos.<\/p>\n<p>173.880 euros.<\/p>\n<p>C\u00f3digo FN900020 Actuaciones en materia de contaminaci\u00f3n atmosf\u00e9rica.<\/p>\n<p>100.000 euros.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Programa 542.20 Calidad, producci\u00f3n ecol\u00f3gica, I+D+i.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>En la l\u00ednea S8173000.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n l\u00ednea: Fomento de la innovaci\u00f3n tecnol\u00f3gica: fincas colaboradoras y fincas piloto y singulares.<\/p>\n<p>Se aumenta en 165,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Programa 542.20 Calidad, producci\u00f3n ecol\u00f3gica, I+D+i.<\/p>\n<p>FP7.<\/p>\n<p>En la l\u00ednea F6129000.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n l\u00ednea: I+D+i: Fundaci\u00f3n Agroalimed.<\/p>\n<p>Se disminuye en 65,00 miles de euros.<\/p>\n<p>En la l\u00ednea F477400.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n l\u00ednea: Apoyo a la comercializaci\u00f3n de productos.<\/p>\n<p>Se disminuye en 100,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Alta.<\/p>\n<p>Programa 542.20 Calidad, producci\u00f3n ecol\u00f3gica, I+D+I.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>L\u00ednea S7294000.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n l\u00ednea: Estrategias agroecol\u00f3gicas de dinamizaci\u00f3n para emprendedores en el mundo rural.<\/p>\n<p>Aumenta en 50,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Programa 542.20 Calidad, producci\u00f3n ecol\u00f3gica, I+D+I.<\/p>\n<p>FP7.<\/p>\n<p>L\u00ednea S6141000.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n l\u00ednea: Estrategias agroecol\u00f3gicas de dinamizaci\u00f3n para emprendedores en el mundo rural.<\/p>\n<p>Disminuye en 50,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Organismo 00010 Entidad P\u00fablica de Saneamiento de Aguas Residuales de la Comunitat Valenciana.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir: En el anexo de memoria de actividades Objetivo 2.1 Ejecutar aquellas obras que le sean encomendadas por la Generalitat o por entidades locales.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea 2.1.1.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n l\u00ednea: Construcci\u00f3n de estaciones depuradoras de aguas residuales en pedan\u00edas Campo Arc\u00eds, Rambla Albosa y Casas del R\u00edo Requena.<\/p>\n<p>Beneficiarios previstos: Campo Arc\u00eds, Los Duques, Casas de Eufemia, Los Isidros, Los Cojos, Pen\u00e9n de Albosa, Casas del R\u00edo arriba y Casas del R\u00edo abajo.<\/p>\n<p>Descripci\u00f3n y finalidad: Paliar la carencia de instalaciones de tratamiento de aguas residuales.<\/p>\n<p>Importe fase 1 en 2017: 1.528,75 miles de euros.<\/p>\n<p>Importe fase 2 en 2018: 2.060,04 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Secci\u00f3n 12.<\/p>\n<p>Programa 512.10 Gesti\u00f3n e infraestructuras de recursos hidr\u00e1ulicos, saneamiento y depuraci\u00f3n de aguas.<\/p>\n<p>Ficha FP2.<\/p>\n<p>Aplicaci\u00f3n econ\u00f3mica 227 Trabajos realizados por otras empresas o profesionales.<\/p>\n<p>Disminuye 1.000,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Secci\u00f3n 12.<\/p>\n<p>Programa 711.10 Direcci\u00f3n y servicios generales.<\/p>\n<p>Ficha FP2.<\/p>\n<p>Aplicaci\u00f3n econ\u00f3mica 227 Trabajos realizados por otras empresas o profesionales.<\/p>\n<p>Disminuye 528,75 miles de euros.<\/p>\n<p>Programa 442.50 Cambio clim\u00e1tico y calidad ambiental.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Objetivo b\u00e1sico.<\/p>\n<p>8.3 Fomento de instrumentos de informaci\u00f3n, participaci\u00f3n y concienciaci\u00f3n de la ciudadan\u00eda sobre el cambio clim\u00e1tico.<\/p>\n<p>Programa 442.50 Cambio clim\u00e1tico y calidad ambiental.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>8.3.1 Desarrollar un instrumento para la divulgaci\u00f3n y formaci\u00f3n sobre cambio clim\u00e1tico.<\/p>\n<p>Programa 542.20 FP 4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir al final del punto 8 de la Problem\u00e1tica sobre la que se act\u00faa el siguiente inciso: luchando contra los abusos en la cadena alimentaria.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir como objetivo b\u00e1sico:<\/p>\n<p>21.1 Luchar contra los abusos en la cadena alimentaria.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir a las Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores:<\/p>\n<p>21.1 Promover actuaciones para evitar los abusos en la cadena alimentaria, en especial, las promociones que supongan un envilecimiento de los precios en detrimento de los rendimientos que obtiene el productor.<\/p>\n<p>Servicio 03. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Medio Ambiente y Cambio Clim\u00e1tico.<\/p>\n<p>Centro gestor: 01. Direcci\u00f3n General del Medio Natural y de Evaluaci\u00f3n Ambiental.<\/p>\n<p>Programa 442.40 Medio natural y evaluaci\u00f3n ambiental.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Se a\u00f1ade:<\/p>\n<p>2.1.6 Apoyo a las actividades agropecuarias tradicionales que contribuyen a la limpieza y el mantenimiento de los bosques y las monta\u00f1as.<\/p>\n<p>2.1.7 Aprobaci\u00f3n de programas de gesti\u00f3n y mejora forestal de los bosques y monta\u00f1as de utilidad p\u00fablica.<\/p>\n<p>2.1.9 Creaci\u00f3n de mecanismos de composici\u00f3n econ\u00f3micos para los municipios rurales<\/p>\n<p>3.1.3 Elaboraci\u00f3n de los PRUG y los PORN pendientes, as\u00ed como revisi\u00f3n de aquellos que est\u00e9n vigentes.<\/p>\n<p>3.2.4 Promover la creaci\u00f3n de puestos de trabajo en el \u00e1mbito rural a trav\u00e9s del aprovechamiento sostenible de los recursos forestales.<\/p>\n<p>4.1.5 Establecimiento de programas especiales de gesti\u00f3n de caza, cuando la proliferaci\u00f3n de determinadas especies provoquen da\u00f1os a los cultivos.<\/p>\n<p>8.1.1 Actuaciones de protecci\u00f3n de espacios naturales para poder prever los efectos de la desertizaci\u00f3n y recuperaci\u00f3n de su flora y fauna.<\/p>\n<p>9.1.1 Establecer actuaciones de mantenimiento y se\u00f1alizaci\u00f3n de las v\u00edas pecuarias de acuerdo con su normativa espec\u00edfica.<\/p>\n<p>9.2.1 Mejora de los instrumentos cartogr\u00e1ficos que facilitan informaci\u00f3n sobre las v\u00edas pecuarias Mejora de la difusi\u00f3n de esta informaci\u00f3n a trav\u00e9s de los medios m\u00e1s adecuados y accesibles.<\/p>\n<p>Servicio 03. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Medio Ambiente y Cambio Clim\u00e1tico.<\/p>\n<p>Centro gestor: 01 Direcci\u00f3n General del Medio Natural y de Evaluaci\u00f3n Ambiental.<\/p>\n<p>Programa 442.40 Medio natural y evaluaci\u00f3n ambiental.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Problem\u00e1tica sobre la que se act\u00faa.<\/p>\n<p>Se a\u00f1ade:<\/p>\n<p>8 Necesidad de incrementar los recursos destinados a la lucha contra la desertizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>9 Conservaci\u00f3n de las v\u00edas pecuarias en aplicaci\u00f3n de su normativa espec\u00edfica.<\/p>\n<p>Servicio: 03. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Medio Ambiente y Cambio Clim\u00e1tico.<\/p>\n<p>Centro gestor: 04 Direcci\u00f3n General de Prevenci\u00f3n de Incendios Forestales.<\/p>\n<p>Programa 442.90, Prevenci\u00f3n incendios forestales.<\/p>\n<p>Ficha: FP4 e indicadores.<\/p>\n<p>Donde dice: 3.3.2 Impulsar la labor del CEACV como responsable del \u00e1rea de educaci\u00f3n para la sostenibilidad en la conselleria,<\/p>\n<p>Debe decir: 3.2.2 Impulsar la labor del CEACV como responsable del \u00e1rea de educaci\u00f3n para la sostenibilidad en la conselleria.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir indicador nuevo:<\/p>\n<p>Objetivo 1.1 Disminuir el n\u00famero de incendios forestales por causas humanas.<\/p>\n<p>Indicador 9 Participantes de las tablas de concertaci\u00f3n postincendio forestal participantes 100.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una l\u00ednea nueva:<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>1.1.6 Puesta en marcha de las tablas de concertaci\u00f3n postincendio y fomento de la custodia del territorio en la prevenci\u00f3n de incendios forestales.<\/p>\n<p>Servicio: 03.Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Medio Ambiente y Cambio Clim\u00e1tico.<\/p>\n<p>Centro gestor: 02 Direcci\u00f3n General del Cambio Clim\u00e1tico y Calidad Ambiental.<\/p>\n<p>Programa 442.50 Cambio clim\u00e1tico y calidad ambiental.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: VII Transferencias de capital.<\/p>\n<p>L\u00ednea: T8162000 Participaci\u00f3n en los consorcios para inversiones destinadas a mejoras de instalaciones de gesti\u00f3n de residuos.<\/p>\n<p>Donde dice: C\u00f3digo l\u00ednea T8162000,<\/p>\n<p>Debe decir: C\u00f3digo l\u00ednea S8162000.<\/p>\n<p>Donde dice: Modo de concesi\u00f3n: Transferencia,<\/p>\n<p>Debe decir: Modo de concesi\u00f3n: Concesi\u00f3n directa, art\u00edculo 168, a.<\/p>\n<p>Donde dice: Descripci\u00f3n y finalidad: Inversiones destinadas a mejoras en red de ecoparques, ecoparques m\u00f3viles, recogida selectiva y en gesti\u00f3n ambiental de las instalaciones de tratamiento de residuos,<\/p>\n<p>Debe decir: Descripci\u00f3n y finalidad: Inversiones destinadas a mejoras en red de ecoparques, ecoparques m\u00f3viles, recogida selectiva y en gesti\u00f3n ambiental de las instalaciones de tratamiento de residuos, mediante gesti\u00f3n directa o indirecta.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Servicio: 02.Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Agricultura y Desarrollo Rural.<\/p>\n<p>Centro gestor: 01 Direcci\u00f3n General de Agricultura, Ganader\u00eda y Pesca.<\/p>\n<p>Programa 531.10 Estructuras agrarias<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: VII Transferencias de capital.<\/p>\n<p>L\u00ednea: S1366000 Mejora de las estructuras de las cooperativas: fusi\u00f3n e integraci\u00f3n.<\/p>\n<p>Importe: 200.000,00 euros.<\/p>\n<p>Alta: 445.000,00 euros.<\/p>\n<p>Total: 645.000,00 euros.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Servicio: 02.Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Agricultura y Desarrollo Rural.<\/p>\n<p>Centro gestor: 01 Direcci\u00f3n General de Agricultura, Ganader\u00eda y Pesca.<\/p>\n<p>Programa 531.10 Estructuras agrarias.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: VII Transferencias de capital.<\/p>\n<p>L\u00ednea: S8159000 Infraestructuras hidr\u00e1ulicas de Godelleta.<\/p>\n<p>Beneficiarios previstos: Comunitat de Usuarios y Regantes de Godelleta.<\/p>\n<p>Normativa reguladora. Concesi\u00f3n directa, art\u00edculo 168, a.<\/p>\n<p>Descripci\u00f3n y finalidades: Colaboraci\u00f3n financiera por medio de convenio para la ejecuci\u00f3n de infraestructuras hidr\u00e1ulicas.<\/p>\n<p>Publicar datos: S\u00ed.<\/p>\n<p>Importe: 0,00 euros.<\/p>\n<p>Alta: 110.000,00 euros.<\/p>\n<p>Total: 110.000,00 euros.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Servicio: 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Agricultura y Desarrollo Rural.<\/p>\n<p>Centro gestor: 01 Direcci\u00f3n General de Agricultura, Ganader\u00eda y Pesca.<\/p>\n<p>Programa 531.10 Estructuras agrarias.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: VII Transferencias de capital.<\/p>\n<p>L\u00ednea: (S nueva) Infraestructuras hidr\u00e1ulicas de Chiva.<\/p>\n<p>Beneficiarios previstos: Comunitat de Regantes de Chiva.<\/p>\n<p>Normativa reguladora Concesi\u00f3n directa, art\u00edculo 168, a.<\/p>\n<p>Descripci\u00f3n y finalidades: Colaboraci\u00f3n financiera por medio de convenio para la ejecuci\u00f3n de infraestructuras hidr\u00e1ulicas.<\/p>\n<p>Publicar datos: S\u00ed.<\/p>\n<p>Importe: 0,00 euros.<\/p>\n<p>Alta: 60.000,00 euros.<\/p>\n<p>Total: 60.000,00 euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Servicio: 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Agricultura y Desarrollo Rural.<\/p>\n<p>Centro gestor: 01 Direcci\u00f3n General de Agricultura, Ganader\u00eda y Pesca.<\/p>\n<p>Programa 531.10 Estructuras agrarias.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: G3 Gastos financieros.<\/p>\n<p>Importe: 1,733.980,00 euros.<\/p>\n<p>Baja: \u2013 615.000,00 euros.<\/p>\n<p>Total: 1.118.980,00 euros.<\/p>\n<p>Total altas: 615.000,00 euros.<\/p>\n<p>Total bajas: \u2013 615.000 00 euros.<\/p>\n<p>Total: 0,00 euros.<\/p>\n<p>Servicio: 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Agricultura y Desarrollo Rural.<\/p>\n<p>Centro gestor: 01 Direcci\u00f3n General de Agricultura, Ganader\u00eda y Pesca.<\/p>\n<p>Programa 714.80 Agricultura y ganader\u00eda.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: IV Transferencias corrientes.<\/p>\n<p>L\u00ednea: S8157000 Convenios para el desarrollo de mataderos y la mejora de explotaciones ganaderas de interior.<\/p>\n<p>Donde dice: Denominaci\u00f3n l\u00ednea: Convenios para el desarrollo de mataderos y mejora de explotaciones ganaderas de interior,<\/p>\n<p>Debe decir: Denominaci\u00f3n l\u00ednea: Ayudas a proyectos de desarrollo y estudios de viabilidad de la integraci\u00f3n productiva y ecol\u00f3gica de las explotaciones ganaderas y de los mataderos de la Comunitat Valenciana.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Servicio: 02.Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Agricultura y Desarrollo Rural.<\/p>\n<p>Centro gestor: 01 Direcci\u00f3n General de Agricultura, Ganader\u00eda y Pesca.<\/p>\n<p>Programa 714.10 Ordenaci\u00f3n y mejora de la producci\u00f3n pesquera.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: VI. Inversiones reales.<\/p>\n<p>Proyecto: EM200 Ampliaci\u00f3n\/reforma centros formaci\u00f3n profesional.<\/p>\n<p>Subproyecto: EM200000 Ampliaci\u00f3n\/reforma centros formaci\u00f3n profesional.<\/p>\n<p>Importe: 150.000,00 euros.<\/p>\n<p>Alta: 100.000,00 euros.<\/p>\n<p>Total: 250.000,00 euros.<\/p>\n<p>Ficha presupuestaria: FP3.<\/p>\n<p>Donde dice: C\u00f3digo ing.: 796.02 FEMP.<\/p>\n<p>Ayudas estructurales al sector de las pesca y la acuicultura FEMP.<\/p>\n<p>Aportaci\u00f3n condicionada.<\/p>\n<p>Debe decir: Ficha: C\u00f3digo ing.: 796.02 FEMP.<\/p>\n<p>Ayudas estructurales al sector de la pesca y la acuicultura FEMP cap\u00edtulo VI l\u00ednea EM200000 Importe: 75.000 euros.<\/p>\n<p>Aportaci\u00f3n condicionada: 25.000 euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Servicio: 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Agricultura y Desarrollo Rural.<\/p>\n<p>Centro gestor: 01 Direcci\u00f3n General de Agricultura, Ganader\u00eda y Pesca.<\/p>\n<p>Programa 714.10 Ordenaci\u00f3n y mejora de la producci\u00f3n pesquera.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: VI. Inversiones reales.<\/p>\n<p>Proyecto: AT000 Investigaci\u00f3n y asistencia t\u00e9cnica.<\/p>\n<p>Subproyecto: AT000000 Investigaci\u00f3n y asistencia t\u00e9cnica.<\/p>\n<p>Importe: 270.000,00 euros.<\/p>\n<p>Baja: \u2013100.000,00 euros.<\/p>\n<p>Total: 170.000,00 euros.<\/p>\n<p>Ficha presupuestaria: FP3.<\/p>\n<p>Donde dice: Cod. ing.: 796.02 FEMP.<\/p>\n<p>Ayudas estructurales al sector de la pesca y la acuicultura FEMP cap\u00edtulo VI l\u00ednea AT000000 Importe: 202.500 euros.<\/p>\n<p>Aportaci\u00f3n condicionada: 67.500 euros,<\/p>\n<p>Debe decir: Ficha: C\u00f3digo ing.: 796.02 FEMP.<\/p>\n<p>Ayudas estructurales al sector de la pesca y la acuicultura. FEMP cap\u00edtulo VI l\u00ednea AT000000 Importe: 127.500 euros.<\/p>\n<p>Aportaci\u00f3n condicionada: 42.500 euros.<\/p>\n<p>Total altas: 100.000,00 euros.<\/p>\n<p>Total bajas: \u2013100.000,00 euros.<\/p>\n<p>Total: 0,00 euros.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Servicio: 03. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Agricultura y Desarrollo Rural.<\/p>\n<p>Centro gestor: 01, Direcci\u00f3n General de Agricultura, Ganader\u00eda y Pesca.<\/p>\n<p>Programa 714.10 Ordenaci\u00f3n y mejora de la producci\u00f3n pesquera.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: IV. Transferencias corrientes.<\/p>\n<p>L\u00ednea: S (nueva) Ayuda gastos de funcionamiento GALP.<\/p>\n<p>Beneficiarios: Grupos acci\u00f3n local pesqueros.<\/p>\n<p>Modo de concesi\u00f3n: Concurrencia competitiva.<\/p>\n<p>Publicar datos: S\u00ed.<\/p>\n<p>Importe: 0,00 euros.<\/p>\n<p>Alta: 200.640,00 euros.<\/p>\n<p>Total: 200.640,00 euros.<\/p>\n<p>Ficha presupuestaria: FP3.<\/p>\n<p>Donde dice: C\u00f3digo ing.: 796.02 FEMP.<\/p>\n<p>Ayudas estructurales al sector de la pesca y la acuicultura. FEMP aportaci\u00f3n condicionada,<\/p>\n<p>Debe decir: Ficha: C\u00f3digo ing.: 796.02 FEMP.<\/p>\n<p>Ayudas estructurales al sector de la pesca y la acuicultura FEMP cap\u00edtulo IV l\u00ednea S NUEVA.<\/p>\n<p>Importe: 170,54 miles de euros.<\/p>\n<p>Aportaci\u00f3n condicionada: 30,10 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Servicio: 02.Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Agricultura y Desarrollo Rural.<\/p>\n<p>Centro gestor: 01 Direcci\u00f3n General de Agricultura, Ganader\u00eda y Pesca.<\/p>\n<p>Programa 714.10 Ordenaci\u00f3n y mejora de la producci\u00f3n pesquera.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: VII. Transferencias de capital.<\/p>\n<p>L\u00ednea: S7747000 Ayudas inversiones GALP.<\/p>\n<p>Importe: 1.003.200,00 euros.<\/p>\n<p>Baja: \u2013200.640,00 euros.<\/p>\n<p>Total: 802.560,00 euros.<\/p>\n<p>Ficha presupuestaria: FP3.<\/p>\n<p>Donde dice: C\u00f3digo ing.: 796.02 FEMP.<\/p>\n<p>Ayudas estructurales al sector de la pesca y la acuicultura FEMP cap\u00edtulo IV l\u00ednea S7747000 Importe: 852.720 euros.<\/p>\n<p>Aportaci\u00f3n condicionada: 150.480 euros,<\/p>\n<p>Debe decir: Ficha: C\u00f3digo ing.: 796.02 FEMP.<\/p>\n<p>Ayudas estructurales al sector de la pesca y la acuicultura FEMP cap\u00edtulo 7 l\u00ednea S7747000 Importe: 682,18 miles de euros.<\/p>\n<p>Aportaci\u00f3n condicionada: 120,30 miles de euros.<\/p>\n<p>Total altas: 200.640,00 euros.<\/p>\n<p>Total bajas: \u2013200.640,00 euros.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Servicio: 03.Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Medio Ambiente y Cambio Clim\u00e1tico.<\/p>\n<p>Centro gestor: 03 DG del Agua.<\/p>\n<p>Programa 512.20 Gesti\u00f3n e infraestructuras de recursos hidr\u00e1ulicos, saneamiento y depuraci\u00f3n de aguas.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: VI. Inversiones reales.<\/p>\n<p>C\u00f3digo Proyecto: FN580.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n proyecto: Nuevas infraestructuras canalizaci\u00f3n ramblas y barrancos.<\/p>\n<p>C\u00f3digo subproyecto: Creaci\u00f3n nuevo subproyecto.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n subproyecto: Evacuaci\u00f3n de aguas pluviales y prevenci\u00f3n de inundaciones a la playa de Tavernes, Tavernes de la Valldigna.<\/p>\n<p>Importe: 0 euros.<\/p>\n<p>Alta: 20.000,00 euros.<\/p>\n<p>Importe: 20.000,00 euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Servicio: 03.Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Medio Ambiente y Cambio clim\u00e1tico.<\/p>\n<p>Centro gestor: 03 DG del Agua.<\/p>\n<p>Programa 512.20 Gesti\u00f3n e infraestructuras de recursos hidr\u00e1ulicos, saneamiento y depuraci\u00f3n de aguas.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: VI. Inversiones reales.<\/p>\n<p>C\u00f3digo Proyecto: FN580.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n proyecto: Nuevas infraestructuras canalizaci\u00f3n ramblas y barrancos.<\/p>\n<p>C\u00f3digo: FN580150<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n: Canalizaci\u00f3n barranco Pu\u00e7ol tramo final barranco: El Puig.<\/p>\n<p>Importe: 1.500.000,00 euros.<\/p>\n<p>Baja: \u201310.000,00 euros.<\/p>\n<p>Total: 1.490.000, 00 euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Servicio: 03. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Medio Ambiente y Cambio Clim\u00e1tico.<\/p>\n<p>Centro gestor: 03 DG del Agua.<\/p>\n<p>Programa 512.20 Gesti\u00f3n e infraestructuras de recursos hidr\u00e1ulicos, saneamiento y depuraci\u00f3n de aguas.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: VI. Inversiones reales.<\/p>\n<p>C\u00f3digo Proyecto: FN580.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n proyecto: Nuevas infraestructuras canalizaci\u00f3n ramblas y barrancos.<\/p>\n<p>C\u00f3digo subproyecto: FN580310<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n subproyecto: Colector drenaje urbano Silla.<\/p>\n<p>Importe: 1.600.120,00 euros.<\/p>\n<p>Baja: \u201310.000,00 euros.<\/p>\n<p>Total: 1.590.120,00 euros.<\/p>\n<p>Total altas: 20.000 euros.<\/p>\n<p>Total bajas: \u201320.000 euros.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Servicio: 03. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Medio Ambiente y Cambio Clim\u00e1tico.<\/p>\n<p>Centro gestor: 03 DG del Agua.<\/p>\n<p>Programa 512.20 Gesti\u00f3n e infraestructuras de recursos hidr\u00e1ulicos, saneamiento y depuraci\u00f3n de aguas.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: VI. Inversiones reales.<\/p>\n<p>C\u00f3digo proyecto: AT000.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del proyecto: Investigaci\u00f3n y asistencias t\u00e9cnicas.<\/p>\n<p>C\u00f3digo subproyecto: Creaci\u00f3n subproyecto nuevo.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del subproyecto: Plan director de infraestructuras hidr\u00e1ulicas para los municipios abastecidos por el ETAP de Alzira.<\/p>\n<p>Importe: 0 euros.<\/p>\n<p>Alta: 150.000 euros.<\/p>\n<p>Total: 150.000 euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Servicio: 03. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Medio Ambiente y Cambio Clim\u00e1tico.<\/p>\n<p>Centro gestor: 03. DG del Agua.<\/p>\n<p>Programa 512.20 Gesti\u00f3n e infraestructuras de recursos hidr\u00e1ulicos, saneamiento y depuraci\u00f3n de aguas.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo: II Compra de bienes corrientes y gastos de funcionamiento.<\/p>\n<p>Aplicaci\u00f3n: 227 Trabajos realizados por otras empresas y profesionales.<\/p>\n<p>Importe: 2.012.680 euros.<\/p>\n<p>Baja: \u2013150.000 euros.<\/p>\n<p>Total: 1.862.680 euros.<\/p>\n<p>Total altas: 150.000 euros.<\/p>\n<p>Total bajas: \u2013150.000 euros.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Programa 442.50 Cambio clim\u00e1tico y calidad ambiental.<\/p>\n<p>FP4.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>1.3.3 Impulsar estrategias preventivas y de minimizaci\u00f3n de envases en la gesti\u00f3n de residuos, actuando sobre el \u00e1mbito de la producci\u00f3n y la comercializaci\u00f3n de productos.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Programa 442.50 Cambio clim\u00e1tico y calidad ambiental.<\/p>\n<p>FP4.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>1.3.4 Auditar el grado de cumplimiento de los objetivos contractuales de las plantas de valorizaci\u00f3n de residuos s\u00f3lidos urbanos.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Programa 442.40 Medio natural y evaluaci\u00f3n ambiental.<\/p>\n<p>FP4.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>1.1.2 Ejecuci\u00f3n y desarrollo de los planes de ordenaci\u00f3n de los recursos forestales PORF de las demarcaciones forestales de Segorbe, Chelva, Ll\u00edria, Requena, Enguera, Alcoy y Crevillent.<\/p>\n<p>Programa 442.90 Prevenci\u00f3n de incendios forestales.<\/p>\n<p>FP4.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>1.1.6 Impulsar la colaboraci\u00f3n de las distintas administraciones competentes en una planificaci\u00f3n, programaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de trabajos necesarios para la limpieza de cauces hidr\u00e1ulicos del exceso de combustible vegetal con una adecuada restauraci\u00f3n de los h\u00e1bitats de ribera.<\/p>\n<p>Programa 442.40 Medio natural y evaluaci\u00f3n ambiental.<\/p>\n<p>FP4.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>2.1.6 Impulsar y desarrollar actuaciones de vigilancia, inspecci\u00f3n, control y sanci\u00f3n, para verificar el efectivo cumplimiento de los planes de restauraci\u00f3n paisaj\u00edstica y medioambiental de las canteras y explotaciones mineras autorizadas en espacios forestales de la Comunitat Valenciana.<\/p>\n<p>De la Entidad P\u00fablica de Saneamiento de Aguas Residuales de la Comunitat Valenciana.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>010 Entidad P\u00fablica de Saneamiento de Aguas Residuales de la CV.<\/p>\n<p>Presupuesto de ingresos y gastos.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo de gasto.<\/p>\n<p>1 Gastos de personal.<\/p>\n<p>Importe: 2.326.900,00 euros.<\/p>\n<p>Alta: 500.000,00 euros.<\/p>\n<p>Total: 2.826.900,00 euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>010 Entidad P\u00fablica de Saneamiento de Aguas Residuales de la CV.<\/p>\n<p>Presupuesto de ingresos y gastos.<\/p>\n<p>Variaci\u00f3n del fondo de maniobra (+).<\/p>\n<p>Importe: 42.630.590,00 euros.<\/p>\n<p>Baja: \u2013 500.000,00 euros.<\/p>\n<p>Total: 42.130.590,00 euros.<\/p>\n<p>De la secci\u00f3n 08. Vivienda, Obras P\u00fablicas y Vertebraci\u00f3n del Territorio.<\/p>\n<p>Programa 431.10 Arquitectura, vivienda y proyectos urbanos.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para conseguir el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Donde dice<\/p>\n<p>7.1.1 Ayudas para la regeneraci\u00f3n urbana de las \u00e1reas m\u00e1s degradadas f\u00edsicamente y socioecon\u00f3micamente.<\/p>\n<p>7.1.2 Elaboraci\u00f3n del plan estrat\u00e9gico de regeneraci\u00f3n urbana y redacci\u00f3n de la Agenda Urbana Valenciana, como hoja de ruta para la planificaci\u00f3n y el dise\u00f1o de futuras intervenciones en los municipios valencianos,<\/p>\n<p>Debe decir.<\/p>\n<p>7.1.1 Ayudas para la regeneraci\u00f3n urbana de las \u00e1reas m\u00e1s degradadas f\u00edsicamente y socioecon\u00f3micamente, para asegurar el acceso igualitario de todas las personas a viviendas y servicios sociales adecuados, seguros y asequibles.<\/p>\n<p>7.1.2 Elaboraci\u00f3n del plan estrat\u00e9gico de regeneraci\u00f3n urbana y redacci\u00f3n de la Agenda Urbana Valenciana, como hoja de ruta para la planificaci\u00f3n y el dise\u00f1o de futuras intervenciones en los municipios valencianos, con el objetivo de aumentar la urbanizaci\u00f3n inclusiva y sostenible, y la capacidad para una planificaci\u00f3n y gesti\u00f3n participativas, integradas y sostenibles de los asentamientos humanos.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Programa 513.10 Infraestructuras p\u00fablicas.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para conseguir el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una l\u00ednea nueva de actuaci\u00f3n.<\/p>\n<p>3.1.4 Desarrollar infraestructuras de transporte sostenibles, resilientes y de calidad, para dar apoyo al desarrollo eco-n\u00f3mico y el bienestar humano, con especial \u00e9nfasis en el acceso equitativo y asequible por todo el mundo.<\/p>\n<p>Programa 431.10 Arquitectura, vivienda y proyectos urbanos.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Objetivo b\u00e1sico.<\/p>\n<p>Donde dice.<\/p>\n<p>7.1 Mejorar las \u00e1reas urbanas degradadas con una regeneraci\u00f3n urbana integrada y promover espacios p\u00fablicos de calidad,<\/p>\n<p>Debe decir.<\/p>\n<p>7.1 Mejorar las \u00e1reas urbanas degradadas con una regeneraci\u00f3n urbana integrada y promover espacios p\u00fablicos de calidad, para conseguir que las ciudades y los asentamientos humanos sean inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles.<\/p>\n<p>Programa 513.10 Infraestructuras p\u00fablicas.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Objetivo b\u00e1sico.<\/p>\n<p>Donde dice.<\/p>\n<p>3.1 Infraestructuras y usuarias o usuarios m\u00e1s seguros,<\/p>\n<p>Debe decir.<\/p>\n<p>3.1 Infraestructuras resilientes y m\u00e1s seguras para las usuarias o usuarios.<\/p>\n<p>Programa 431.10.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir un c\u00f3digo l\u00ednea nuevo:<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n l\u00ednea: Ampliaci\u00f3n capital Sociedad Plan Cabanyal-Canyamelar.<\/p>\n<p>Beneficiarios previstos: EIGE.<\/p>\n<p>Normativa reguladora: Transferencia a organismos y entidades de la Generalitat.<\/p>\n<p>Descripci\u00f3n y finalidad: Subvenci\u00f3n a EIGE por ampliaci\u00f3n de capital de la sociedad gestora Sociedad Plan Cabanyal-Canyamelar.<\/p>\n<p>Publicar datos: S\u00ed.<\/p>\n<p>Importe (miles de euros): 500,00<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Secci\u00f3n 08.<\/p>\n<p>Servicio 01 Subsecretar\u00eda.<\/p>\n<p>Centro gestor: 01.<\/p>\n<p>Programa 511.10 Direcci\u00f3n y servicios generales.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo II Compra de bienes corrientes y gastos de funcionamiento.<\/p>\n<p>Concepto econ\u00f3mico: G22100 Suministros.<\/p>\n<p>Minoraci\u00f3n (miles de euros): 70,00.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Secci\u00f3n 08.<\/p>\n<p>Sevicio 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Vivienda, Obras P\u00fablicas y Vertebraci\u00f3n del Territorio.<\/p>\n<p>Centro gestor: 03 Direcci\u00f3n General de Ordenaci\u00f3n del Territorio, Urbanismo y Paisaje<\/p>\n<p>Programa 432.20 Urbanismo.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo II Compra de bienes corrientes y gastos de funcionamiento.<\/p>\n<p>Concepto econ\u00f3mico: G22700 Trabajos realizados por otras empresas y profesionales.<\/p>\n<p>Minoraci\u00f3n (miles de euros): 50,00.<\/p>\n<p>Baja.<\/p>\n<p>Secci\u00f3n 08.<\/p>\n<p>Sevicio 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Vivienda, Obras P\u00fablicas y Vertebraci\u00f3n del Territorio.<\/p>\n<p>Centro gestor: 03 Direcci\u00f3n General de Ordenaci\u00f3n del Territorio, Urbanismo y Paisaje<\/p>\n<p>Programa 422.70 Ordenaci\u00f3n del territorio y paisaje.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo VI Inversiones reales.<\/p>\n<p>Proyecto: AT000000 Investigaci\u00f3n y asistencias t\u00e9cnicas.<\/p>\n<p>Minoraci\u00f3n (miles de euros): 130,00.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Secci\u00f3n 08.<\/p>\n<p>Sevicio 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Vivienda, Obras P\u00fablicas y Vertebraci\u00f3n del Territorio.<\/p>\n<p>Centro gestor: 01 Direcci\u00f3n General de Vivienda, Rehabilitaci\u00f3n y Regeneraci\u00f3n Urbana<\/p>\n<p>Programa 431.10 Arquitectura, vivienda y proyectos urbanos.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo VII Transferencias de capital.<\/p>\n<p>L\u00ednea: S7834000 Plan estatal de fomento para el alquiler, rehabilitaci\u00f3n y renovaci\u00f3n urbana 2013-2016.<\/p>\n<p>Minoraci\u00f3n (miles de euros): 250,00.<\/p>\n<p>Sevicio 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Vivienda, Obras P\u00fablicas y Vertebraci\u00f3n del Territorio.<\/p>\n<p>Centro gestor: 02 Direcci\u00f3n General de Obras P\u00fablicas, Transportes y Movilidad.<\/p>\n<p>Programa 513.10.<\/p>\n<p>Ficha FP4 e indicadores.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir una nueva l\u00ednea:<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>2.1.1 Elaboraci\u00f3n e impulso de planes de movilidad supramunicipales, municipales, de elementos singulares y de empresas, estudiando, entre otros aspectos, la mejora de frecuencias en las l\u00edneas de metro.<\/p>\n<p>Programa 511.10.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>C\u00f3digo l\u00ednea S8269000.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n l\u00ednea: Fomento de la investigaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Beneficiarios previstos.<\/p>\n<p>Donde dice: Instituciones y organismos sin \u00e1nimo de lucro,<\/p>\n<p>Debe decir: Instituciones y organismos sin \u00e1nimo de lucro seg\u00fan anexo.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Programa 513.10 Infraestructuras p\u00fablicas.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>2.1.X Colaboraci\u00f3n entre las administraciones p\u00fablicas para la mejora del tren Alcoy-X\u00e0tiva.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Ferrocarriles de la Generalitat Valenciana.<\/p>\n<p>Memoria de actuaciones.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores:<\/p>\n<p>1.1.XX Mejora gradual de las frecuencias de paso entre Paterna y Ll\u00edria hasta llegar a una frecuencia de 15 minutos.<\/p>\n<p>Programa 513.10 Infraestructuras p\u00fablicas.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>2.1.X Colaboraci\u00f3n entre todas las administraciones p\u00fablicas para la realizaci\u00f3n del denominado tren de la costa.<\/p>\n<p>Programa 431.10 Arquitectura, vivienda y proyectos urbanos.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir en Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores:<\/p>\n<p>4.XX Cumplimiento de toda la normativa de rehabilitaci\u00f3n y eficiencia energ\u00e9tica.<\/p>\n<p>Programa 431.10 Arquitectura, vivienda y proyectos urbanos.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir en Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores:<\/p>\n<p>4.X Intentar que se utilicen materiales respetuosos con el medio ambiente en la rehabilitaci\u00f3n de viviendas .<\/p>\n<p>Programa 431.10 Arquitectura, vivienda y proyectos urbanos.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir en Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores:<\/p>\n<p>10.1.XX Impulsar la construcci\u00f3n sostenible, fomentando el uso de materiales y t\u00e9cnicas ecol\u00f3gicas.<\/p>\n<p>Programa 432.20 Urbanismo.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir en Problem\u00e1tica sobre la cual se act\u00faa:<\/p>\n<p>1.1.3 Seguimiento del cumplimiento de la implantaci\u00f3n de la nueva normativa.<\/p>\n<p>Programa 432.20 Urbanismo.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>3.1.2 Colaborar con las diputaciones provinciales en formar a los t\u00e9cnicos profesionales para la realizaci\u00f3n de una planificaci\u00f3n urban\u00edstica responsable con el medio ambiente en los municipios de la Comunitat Valenciana.<\/p>\n<p>Programa 432.20 Urbanismo.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir<\/p>\n<p>1.1.X Medidas de protecci\u00f3n y vigilancia en el territorio y paisaje de la Comunitat Valenciana, evitando su degradaci\u00f3n.<\/p>\n<p>1.1.X Dotaci\u00f3n de recursos humanos y materiales para la vigilancia en la ordenaci\u00f3n de territorio y paisaje, conforme a la lesgislaci\u00f3n vigente.<\/p>\n<p>Programa 513.10 Infraestructuras p\u00fablicas.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir:<\/p>\n<p>1.1.2 Mantenimiento y conservaci\u00f3n de la red de infraestructuras p\u00fablicas del transporte que incluya su integraci\u00f3n paisaj\u00edstica y medioambiental en el conjunto de las infraestructuras p\u00fablicas, cumpliendo con la normativa vigente.<\/p>\n<p>Programa 513.10 Infraestructuras p\u00fablicas.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Hay que a\u00f1adir en Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores:<\/p>\n<p>3.2.5 Estudiar y fomentar la implantaci\u00f3n de medidas de mejora de la calidad ac\u00fastica en infraestructuras, de acuerdo con las directivas de la Uni\u00f3n Europea y con la normativa sobre el ruido.<\/p>\n<p>De la Entidad de Infraestructuras de la Generalitat (EIGE).<\/p>\n<p>Entidad 00057 Entidad de Infraestructuras de la Generalitat.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo ingreso VII Transferencias de capital.<\/p>\n<p>Cuenta A-3 I 1a Subvenciones de capital de la Generalitat en el ejercicio corriente.<\/p>\n<p>Importe: 0,00 Euros.<\/p>\n<p>Alta ingreso: 500.000,00 euros.<\/p>\n<p>Total ingreso: 500.000,00 euros.<\/p>\n<p>Secci\u00f3n 08 Infraestructuras, territorio y medio ambiente.<\/p>\n<p>Entidad 00057 Entidad de Infraestructuras de la Generalitat.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo gasto VIII Activos financieros.<\/p>\n<p>Cuenta A IV Inversiones en empresas del grupo y asociadas a largo plazo.<\/p>\n<p>1 Instrumentos de patrimonio.<\/p>\n<p>Saldo: 8.750.000,00 euros.<\/p>\n<p>Alta: 500.000,00 euros.<\/p>\n<p>Total saldo: 9.250.000,00 euros.<\/p>\n<p>De la secci\u00f3n 17. Acad\u00e8mia Valenciana de la Llengua.<\/p>\n<p>Programa 541.10 Investigaci\u00f3n y normalizaci\u00f3n ling\u00fc\u00edstica del idioma valenciano.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>L\u00ednea S5403000 Becas para la realizaci\u00f3n de pr\u00e1cticas de formaci\u00f3n<\/p>\n<p>Donde dice: Completar la formaci\u00f3n pr\u00e1ctica y la especializaci\u00f3n profesional de licenciados y diplomados en las \u00e1reas relacionadas con las actividades propias de la AVL,<\/p>\n<p>Debe decir: Completar la formaci\u00f3n pr\u00e1ctica y la especializaci\u00f3n profesional de licenciados, graduados y diplomados en las \u00e1reas relacionadas con las actividades propias de la AVL.<\/p>\n<p>A la secci\u00f3n 19. Servicio de la Deuda.<\/p>\n<p>No hay enmiendas presentadas.<\/p>\n<p>De la secci\u00f3n 22. Transparencia, Responsabilidad Social, Participaci\u00f3n y Cooperaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Centro gestor 02.<\/p>\n<p>Programa 121.10.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Programa 134.10 Cooperaci\u00f3n internacional para el desarrollo.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>C\u00f3digo l\u00ednea: S8054 Subvenciones para atenci\u00f3n de emergencias ante fen\u00f3menos naturales o cat\u00e1strofes humanitarias (CAHE)<\/p>\n<p>Importe: 50,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Programa 134.10 Cooperaci\u00f3n internacional para el desarrollo.<\/p>\n<p>Ficha FP2.<\/p>\n<p>C\u00f3digo l\u00ednea: 226 Gastos diversos.<\/p>\n<p>Importe: 50,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Servicio 02.<\/p>\n<p>Centro gestor 02.<\/p>\n<p>Programa 111.80 Responsabilidad social y fomento del autogobierno.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo 4.<\/p>\n<p>L\u00ednea: S8306000.<\/p>\n<p>Beneficiarios previstos: Universidad de Alicante.<\/p>\n<p>Modo de concesi\u00f3n: Concesi\u00f3n directa, art\u00edculo 168.a).<\/p>\n<p>Descripci\u00f3n y finalidad: Convenio para la realizaci\u00f3n de actuaciones relacionadas con la creaci\u00f3n y funcionamiento de una c\u00e1tedra de responsabilidad social, que promueva la investigaci\u00f3n, formaci\u00f3n y difusi\u00f3n de la materia, en consonancia con la s\u00f3lida trayectoria de la Universitat d\u2019Alacant en materia de RS y las l\u00edneas de investigaci\u00f3n existentes.<\/p>\n<p>Programa 121.10 Atenci\u00f3n al ciudadano, calidad e inspecci\u00f3n de servicios.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>C\u00f3digo l\u00ednea S8310000.<\/p>\n<p>Donde dice: Denominaci\u00f3n de l\u00ednea: Convenio con entidades sin \u00e1nimo de lucro especializadas en prevenci\u00f3n del fraude y mejora de la transparencia en la gesti\u00f3n p\u00fablica.<\/p>\n<p>Importe: 60,00.<\/p>\n<p>Beneficiarios previstos: Fundaci\u00f3n Internacional Baltasar Garz\u00f3n: 35 miles de euros Transparencia Internacional Espa\u00f1a: 25 miles de euros.<\/p>\n<p>Modo de concesi\u00f3n: Concesi\u00f3n directa, art\u00edculo 168a,<\/p>\n<p>Debe decir: Denominaci\u00f3n de l\u00ednea: Ayuda a entidades sin \u00e1nimo de lucro especializadas en prevenci\u00f3n del fraude y mejora de la transparencia en la gesti\u00f3n p\u00fablica.<\/p>\n<p>Importe: 60,00.<\/p>\n<p>Beneficiarios previstos: Entidades sin \u00e1nimo de lucro especializadas en prevenci\u00f3n del fraude y mejora de la transparencia en la gesti\u00f3n p\u00fablica.<\/p>\n<p>Modo de concesi\u00f3n: Concurrencia competitiva.<\/p>\n<p>Servicio 02.<\/p>\n<p>Centro gestor 01.<\/p>\n<p>Programa 112.90 Transparencia en la actividad p\u00fablica y participaci\u00f3n ciudadana.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo 4.<\/p>\n<p>C\u00f3digo l\u00ednea: S8301000.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n l\u00ednea: Convenio con la Uni\u00f3n de Periodistas Valencianos para la celebraci\u00f3n del Internet Freedom Festival.<\/p>\n<p>Descripci\u00f3n y finalidad: Colaborar econ\u00f3micamente en las actividades del nternet Freedom Festival que organiza la Uni\u00f3n de Periodistas Valencianos y que se celebrar\u00e1 en Valencia del 6 al 10 de marzo de 2017, que entra en la pol\u00edtica de la conselleria de fomentar el intercambio de experiencias y la creaci\u00f3n de redes de colaboraci\u00f3n en materia de transparencia con otros gobiernos, entidades y organizaciones internacionales de diferentes \u00e1mbitos.<\/p>\n<p>Alta:<\/p>\n<p>Servicio: 02 Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Transparencia, Responsabilidad Social, Participaci\u00f3n y Cooperaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Centro gestor: 01 DG Transparencia y Participaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Programa: 112.80 Consejo de transparencia, acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica y buen gobierno.<\/p>\n<p>FP1.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo 2.<\/p>\n<p>Se aumentan: 30,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Baja:<\/p>\n<p>Programa: 112.90 Transparencia en la actividad p\u00fablica y participaci\u00f3n ciudadana.<\/p>\n<p>FP1.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo 2.<\/p>\n<p>Se disminuyen: 30,00 miles de euros.<\/p>\n<p>Sevicio 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Transparencia, Responsabilidad Social, Participaci\u00f3n y Cooperaci\u00f3n<\/p>\n<p>Centro gestor 03 DG Cooperaci\u00f3n y Solidaridad.<\/p>\n<p>Programa 134.10 Cooperaci\u00f3n internacional al desarrollo.<\/p>\n<p>Ficha FP4.<\/p>\n<p>Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores.<\/p>\n<p>Donde dice: 1.13.2 Facilitar que funcionarios y funcionarias especialmente cualificados en los diferentes sectores se desplacen a pa\u00edses situados en las zonas geogr\u00e1ficas de actuaci\u00f3n de la cooperaci\u00f3n descentralizada valenciana al desarrollo, para realizar tareas t\u00e9cnicas de supervisi\u00f3n y control de la ejecuci\u00f3n de los proyectos,<\/p>\n<p>Debe decir: 1.13.2 Facilitar que funcionarios y funcionarias especialmente cualificados en los diferentes sectores se desplacen a pa\u00edses situados en las zonas geogr\u00e1ficas de actuaci\u00f3n de la cooperaci\u00f3n descentralizada valenciana al desarrollo, para realizar tareas t\u00e9cnicas de supervisi\u00f3n y control de la ejecuci\u00f3n de los proyectos, dando cuenta de ello en Les Corts el conseller de Transparencia, Responsabilidad Social, Participaci\u00f3n y Cooperaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Servicio 01. Subsecretar\u00eda.<\/p>\n<p>Centro gestor 01 Subsecretar\u00eda.<\/p>\n<p>Programa 121.10 Atenci\u00f3n al ciudadano, calidad e inspecci\u00f3n de servicios.<\/p>\n<p>FP4.<\/p>\n<p>En Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores hay que a\u00f1adir la siguiente l\u00ednea:<\/p>\n<p>2.1.4 Mejorar las condiciones laborales del personal de las oficinas PROP.<\/p>\n<p>Servicio 01. Subsecretar\u00eda.<\/p>\n<p>Centro gestor 01 Subsecretar\u00eda.<\/p>\n<p>Programa 121.10 Atenci\u00f3n al ciudadano, calidad e inspecci\u00f3n de servicios.<\/p>\n<p>FP4.<\/p>\n<p>En Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores hay que a\u00f1adir la siguiente l\u00ednea:<\/p>\n<p>2.1.5 Mejora de las condiciones laborales del personal que atiende el servicio 012 de la Generalitat mediante la inclusi\u00f3n de criterios de responsabilidad social en el pliego de contrataci\u00f3n de la prestaci\u00f3n de este servicio.<\/p>\n<p>Servicio 01. Subsecretar\u00eda.<\/p>\n<p>Centro gestor 01 Subsecretar\u00eda.<\/p>\n<p>Programa 121.10 Atenci\u00f3n al ciudadano, calidad e inspecci\u00f3n de servicios.<\/p>\n<p>FP4.<\/p>\n<p>En Principales l\u00edneas de actuaci\u00f3n para alcanzar el objetivo e indicadores hay que a\u00f1adir la siguiente l\u00ednea:<\/p>\n<p>2.1.6 Mejora de las condiciones laborales del personal que atiende el chat 012 de la Generalitat mediante la inclusi\u00f3n de criterios de responsabilidad social en el pliego de contrataci\u00f3n de la prestaci\u00f3n de este servicio.<\/p>\n<p>Servicio 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Transparencia, Responsabilidad Social, Participaci\u00f3n y Cooperaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Centro gestor 02 DG de Responsabilidad Social y Fomento del Autogobierno.<\/p>\n<p>Programa 111.80 Responsabilidad Social y Fomento del Autogobierno.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo IV. Transferencias corrientes.<\/p>\n<p>L\u00ednea S7255000 Becas para trabajos y estudios de investigaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Donde dice: Beneficiarios previstos: Espa\u00f1oles o nacionales de la Uni\u00f3n Europea residentes en la Comunitat Valenciana, titulados universitarios superiores o medios,<\/p>\n<p>Debe decir: Beneficiarios previstos: Poseedores de licenciatura o grado en derecho o gesti\u00f3n y administraci\u00f3n p\u00fablica.<\/p>\n<p>Servicio 02. Secretar\u00eda Auton\u00f3mica de Transparencia, Responsabilidad Social, Participaci\u00f3n y Cooperaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Centro gestor 01 DG de Transparencia y Participaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Programa 112.90 Transparencia en la actividad p\u00fablica y participaci\u00f3n ciudadana.<\/p>\n<p>Anexo objetivos: Objetivos 7.3: Ejecuci\u00f3n y desarrollo del programa palacios y otras instituciones transparentes.<\/p>\n<p>Donde dice: Objetivo 7.3: Ejecuci\u00f3n y desarrollo del programa palacios y otras instituciones transparentes,<\/p>\n<p>Debe decir: Objetivo 7.3: Ejecuci\u00f3n y desarrollo del programa palacios transparentes.<\/p>\n<p>Anexo l\u00edneas de actuaci\u00f3n:<\/p>\n<p>Donde dice: L\u00ednea 7.3.1 Inicio del programa palacios y otras instituciones transparentes, consistente en la visita en edificios p\u00fablicos de la Generalitat y otros,<\/p>\n<p>Debe decir: L\u00ednea 7.3.1 Inicio del programa palacios transparentes, consistente en la visita en edificios p\u00fablicos de la Generalitat y otros.<\/p>\n<p>Donde dice: L\u00ednea 7.3.2 Adquisici\u00f3n de los materiales necesarios y desarrollo de una campa\u00f1a de informaci\u00f3n publicitaria del programa palacios y otras instituciones transparentes,<\/p>\n<p>Debe decir: L\u00ednea 7.3.2 Adquisici\u00f3n de los materiales necesarios y desarrollo de una campa\u00f1a de informaci\u00f3n publicitaria del programa palacios transparentes.<\/p>\n<p>Servicio 01. Subsecretar\u00eda.<\/p>\n<p>Centro gestor 01 Subsecretar\u00eda.<\/p>\n<p>Programa 121.10 Atenci\u00f3n al ciudadano, calidad e inspecci\u00f3n de servicios.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo 7.<\/p>\n<p>L\u00ednea S8311000.<\/p>\n<p>Donde dice: Descripci\u00f3n y finalidad: Desarrollo de proyectos para la generaci\u00f3n de conocimientos en el \u00e1mbito de la lucha contra las malas pr\u00e1cticas en la gesti\u00f3n p\u00fablica,<\/p>\n<p>Debe decir: Descripci\u00f3n y finalidad: Fomento del desarrollo de proyectos y de aplicaciones y nuevas tecnolog\u00edas relacionadas con las pol\u00edticas de transparencia y de prevenci\u00f3n de las malas pr\u00e1cticas administrativas en la gesti\u00f3n p\u00fablica de la Generalitat y de su sector p\u00fablico, que incorporar\u00e1n herramientas derivadas de experiencias y modelos internacionales y estar\u00e1n vinculadas al fomento de las innovaciones conveniadas con las universidades p\u00fablicas valencianas en el \u00e1mbito de las competencias de la inspecci\u00f3n general de servicios.<\/p>\n<p>Programa 111.80 Responsabilidad social y fomento del autogobierno.<\/p>\n<p>Ficha: FP4.<\/p>\n<p>Donde dice: 2.1 Impulsar la recuperaci\u00f3n y desarrollo del derecho foral civil valenciano, as\u00ed como todas aquellas iniciativas relacionadas con su investigaci\u00f3n, divulgaci\u00f3n, promoci\u00f3n, consolidaci\u00f3n e implantaci\u00f3n en la sociedad,<\/p>\n<p>Debe decir: 2.1 Impulsar la recuperaci\u00f3n y desarrollo del derecho civil foral valenciano por todas las v\u00edas posibles, incluyendo el estudio de actuaciones dirigidas a cambios constitucionales para garantizarlo, y impulsar todas aquellas iniciativas relacionadas con su investigaci\u00f3n, divulgaci\u00f3n, promoci\u00f3n, consolidaci\u00f3n e implantaci\u00f3n en la sociedad.<\/p>\n<p>Programa 111.80 Responsabilidad social y fomento del autogobierno.<\/p>\n<p>Ficha: FP4.<\/p>\n<p>Donde dice: 2.1.1 Dirigir y coordinar todas las actuaciones encaminadas a la recuperaci\u00f3n, desarrollo, impulso, potenciaci\u00f3n y divulgaci\u00f3n del derecho foral civil valenciano,<\/p>\n<p>Debe decir: 2.1.1 Dirigir y coordinar todas las actuaciones encaminadas tanto al estudio y la investigaci\u00f3n como a la recuperaci\u00f3n, desarrollo, impulso, potenciaci\u00f3n y divulgaci\u00f3n del derecho civil foral valenciano por todas las v\u00edas posibles, incluyendo el estudio de actuaciones dirigidas a cambios constitucionales para garantizarlo.<\/p>\n<p>Programa 111.80 Responsabilidad social y fomento del autogobierno.<\/p>\n<p>Ficha: FP4.<\/p>\n<p>Donde dice: 2.1.2 Promover convenios de colaboraci\u00f3n destinados a la investigaci\u00f3n, promoci\u00f3n y divulgaci\u00f3n del derecho foral civil valenciano y Estatuto de Autonom\u00eda,<\/p>\n<p>Debe decir: 2.1.2 Promover convenios de colaboraci\u00f3n destinados a la investigaci\u00f3n, promoci\u00f3n, divulgaci\u00f3n, estudio y desarrollo del derecho foral civil valenciano y del Estatuto de Autonom\u00eda, as\u00ed como las v\u00edas constitucionales para su impulso.<\/p>\n<p>De la secci\u00f3n 24 Comit\u00e8 Econ\u00f2mic i Social de la Comunitat Valenciana.<\/p>\n<p>Programa 111.90.<\/p>\n<p>Ficha FP7.<\/p>\n<p>C\u00f3digo l\u00ednea T7751000.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n l\u00ednea.<\/p>\n<p>Donde dice: Subvenci\u00f3n miembros CES,<\/p>\n<p>Debe decir: Subvenci\u00f3n miembros CES y organizaciones representadas en CES.<\/p>\n<p>En beneficiarios previstos.<\/p>\n<p>Donde dice: Miembros CES,<\/p>\n<p>Debe decir: Miembros CES y organizaciones representadas en CES.<\/p>\n<p>Descripci\u00f3n y finalidad.<\/p>\n<p>Donde dice: Compensaci\u00f3n [\u2026] Consultivo,<\/p>\n<p>Debe decir: Compensaci\u00f3n econ\u00f3mica por su participaci\u00f3n, asistencia y desplazamientos.<\/p>\n<p><em>(Publicada en el \u00abDiario Oficial de la Generalitat Valenciana\u00bb n\u00famero 7.948, de 31 de diciembre de 2016)<\/em><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Ley 14\/2016, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2017.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[2814,2813,4,2816,2812,2815,2817],"tags":[896],"class_list":["post-12654","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-contratacion","category-funcionarios-de-carrera-con-habilitacion-nacional","category-novedades-normativas","category-policia-local","category-presupuestos","category-retribuciones-personal-publico","category-seguridad-vial","tag-generalitat-valenciapresupuestos-2017"],"acf":[],"yoast_head":"<!-- This site is optimized with the Yoast SEO plugin v28.6 - 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