{"id":12714,"date":"2020-12-23T12:38:56","date_gmt":"2020-12-23T12:38:56","guid":{"rendered":"https:\/\/normativamunicipal.com\/uncategorized\/subvenciones-a-entidades-de-iniciativa-social-en-navarra\/"},"modified":"2020-12-24T11:23:58","modified_gmt":"2020-12-24T11:23:58","slug":"subvenciones-a-entidades-de-iniciativa-social-en-navarra","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=12714","title":{"rendered":"Subvenciones a entidades de iniciativa social en Navarra"},"content":{"rendered":"<p><strong>ORDEN FORAL 12E\/2017, de 3 de marzo, del Consejero del Departamento de Derechos Sociales, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a entidades de iniciativa social del \u00e1rea de personas con discapacidad para el a\u00f1o 2017.<\/strong><!--more--><\/p>\n<p><strong>[sc name=\u00bbsecretario\u00bb ]<\/strong><\/p>\n<p>La Ley Foral 15\/2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales, establece en su art\u00edculo 2 que las actuaciones de los poderes p\u00fablicos en materia de servicios sociales tendr\u00e1 como objetivos esenciales, entre otros, mejorar la calidad de vida y promover la normalizaci\u00f3n, participaci\u00f3n e integraci\u00f3n social, pol\u00edtica, econ\u00f3mica, laboral, cultural y educativa de todas las personas, promover la autonom\u00eda personal, familiar y de los grupos, fomentar la cohesi\u00f3n social y la solidaridad, prevenir y atender las situaciones de exclusi\u00f3n de las personas y de los grupos, as\u00ed como atender las necesidades derivadas de la dependencia y de la carencia de recursos b\u00e1sicos, disponiendo que el instrumento en el que se establecer\u00e1n las prestaciones del sistema p\u00fablico de servicios sociales ser\u00e1 la Cartera de Servicios Sociales.<\/p>\n<p>Dicho precepto, dictado en virtud de la competencia exclusiva que ostenta la Comunidad Foral de Navarra en materia de asistencia social a tenor de lo dispuesto en el art\u00edculo 44.17 de la Ley Org\u00e1nica 13\/1982, de 10 de agosto, de Reintegraci\u00f3n y Amejoramiento del R\u00e9gimen Foral de Navarra, ha de ponerse en relaci\u00f3n con el art\u00edculo 49 de la Constituci\u00f3n Espa\u00f1ola, seg\u00fan el cual los poderes p\u00fablicos realizar\u00e1n una pol\u00edtica de previsi\u00f3n, tratamiento, rehabilitaci\u00f3n e integraci\u00f3n de los disminuidos f\u00edsicos, sensoriales y ps\u00edquicos.<\/p>\n<p>El Decreto Foral 69\/2008, de 17 de junio, aprob\u00f3 la Cartera de Servicios Sociales de \u00c1mbito General. En el apartado B), punto 14, de su Anexo II, \u201cPrestaciones no garantizadas\u201d, establece las subvenciones a entidades de servicios sociales en el \u00e1rea de personas con discapacidad, disponiendo que el objeto del recurso es potenciar el desarrollo de programas destinados a la promoci\u00f3n de la autonom\u00eda personal y prevenci\u00f3n de la dependencia de las personas con discapacidad y fomentar el asociacionismo en entidades sin \u00e1nimo de lucro que los desarrollan.<\/p>\n<p>La Ley Foral 11\/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, establece el r\u00e9gimen jur\u00eddico general aplicable a \u00e9stas cuando sean otorgadas con cargo a los Presupuestos Generales de Navarra para el fomento de actividades de utilidad p\u00fablica o de inter\u00e9s social. El art\u00edculo 17 de esta norma se ocupa de establecer el r\u00e9gimen de concurrencia competitiva, definiendo como tal aquel en el cual la concesi\u00f3n de las subvenciones se realiza mediante la comparaci\u00f3n de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelaci\u00f3n entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoraci\u00f3n previamente fijados en las bases reguladoras y en la convocatoria, y adjudicar, con el l\u00edmite fijado en la convocatoria dentro del cr\u00e9dito disponible, aquellas que hayan obtenido mayor valoraci\u00f3n en aplicaci\u00f3n de los citados criterios. Excepcionalmente, siempre que as\u00ed se prevea en las bases reguladoras, la propuesta llevar\u00e1 aparejada el prorrateo entre los beneficiarios de la subvenci\u00f3n del importe global m\u00e1ximo destinado a las subvenciones.<\/p>\n<p>Por Decreto Foral 172\/2015, de 3 de septiembre, se aprobaron los Estatutos de la Agencia Navarra de Autonom\u00eda y Desarrollo de las Personas, otorg\u00e1ndosele a este organismo funciones sobre la materia a que afecta la presente convocatoria.<\/p>\n<p>Vistos los informes t\u00e9cnicos y jur\u00eddicos obrantes en el expediente, que ponen de manifiesto la oportunidad e inter\u00e9s p\u00fablico de la aprobaci\u00f3n de la presente convocatoria, as\u00ed como la legalidad de la misma y sus correspondientes bases reguladoras.<\/p>\n<p>En consecuencia, en virtud de las atribuciones que me han sido conferidas por la Ley Foral 14\/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente y por el Decreto Foral 128\/2015, de 28 de agosto, por el que se establece la estructura org\u00e1nica del Departamento de Derechos Sociales.<\/p>\n<p>ORDENO:<\/p>\n<ol>\n<li>Aprobar las bases de la convocatoria de subvenciones a entidades de iniciativa social en el \u00e1rea de personas con discapacidad en el a\u00f1o 2017, que figuran como Anexos I, II y III a esta Orden Foral.<\/li>\n<li>Autorizar un gasto con cargo a las siguientes partidas del presupuesto de gasto de 2017 \u00f3 an\u00e1logas que se habiliten al efecto:<\/li>\n<\/ol>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td><strong>PARTIDA PRESUPUESTARIA<\/strong><\/td>\n<td><strong>EJERCICIO<\/strong><\/td>\n<td><strong>IMPORTE<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>920005 93100 4819 231B11: Fondo 0,7% IRPF. Entidades del \u00e1rea de personas con discapacidad. Subvenciones al funcionamiento<\/td>\n<td>2017<\/td>\n<td>857.034<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>920005 93100 4819 231B10: Entidades del \u00e1rea de personas con discapacidad. Subvenciones programa<\/td>\n<td>2017<\/td>\n<td>1.238.408<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>De conformidad con el art\u00edculo 58.2 del Real Decreto 887\/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Subvenciones, en caso de que existiera disponibilidad presupuestaria en la referida partida, con anterioridad a la resoluci\u00f3n de concesi\u00f3n de la convocatoria, podr\u00e1 incorporarse a la inicialmente prevista.<\/p>\n<ol start=\"3\">\n<li>Publicar esta Orden Foral y sus Anexos en el Bolet\u00edn Oficial de Navarra.<\/li>\n<li>Trasladar esta Orden Foral a la Secci\u00f3n de Programas y Gesti\u00f3n de Subvenciones, al Centro Contable de la Secci\u00f3n de Gesti\u00f3n Econ\u00f3mica y Presupuestaria y al Negociado de Asuntos Administrativos de la Secretar\u00eda General T\u00e9cnica, as\u00ed como a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, a los efectos oportunos.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Pamplona, 3 de marzo de 2017.\u2013El Consejero del Departamento de Derechos Sociales, Miguel Laparra Navarro.<\/p>\n<p><strong>BASES NORMATIVA GENERAL<\/strong><\/p>\n<p><strong>ANEXO I<\/strong><\/p>\n<p><strong><em>Bases de la convocatoria de subvenciones a entidades de iniciativa social del \u00e1rea de personas con discapacidad para el desarrollo de programas de promoci\u00f3n de la autonom\u00eda y prevenci\u00f3n de la dependencia y para el fomento del asociacionismo, en el a\u00f1o 2017<\/em><\/strong><\/p>\n<p>1.\u2013Objeto y modalidades.<\/p>\n<p>1.1. Objeto.<\/p>\n<p>La presente convocatoria tiene por objeto establecer el r\u00e9gimen de concesi\u00f3n de subvenciones a entidades de iniciativa social del \u00e1rea de personas con discapacidad, potenciando el desarrollo de programas destinados a la promoci\u00f3n de la autonom\u00eda personal y prevenci\u00f3n de la dependencia de las personas con discapacidad y fomentar el asociacionismo en las entidades sin \u00e1nimo de lucro que los desarrollan, para el ejercicio 2017.<\/p>\n<p>1.2. Modalidades.<\/p>\n<p>A efectos de esta convocatoria, se entiende por Proyecto el conjunto de modalidades para las que cada entidad solicita subvenci\u00f3n, estableci\u00e9ndose dos modalidades de subvenci\u00f3n, complementarias y compatibles entre s\u00ed:<\/p>\n<ol>\n<li>a) \u201cFomento del asociacionismo\u201d.<\/li>\n<li>b) \u201cDesarrollo de Programas\u201d.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>2.\u2013Entidades Beneficiarias.<\/strong><\/p>\n<p>Podr\u00e1n ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades que, careciendo de \u00e1nimo de lucro y estando domiciliadas en la Comunidad Foral de Navarra, intervengan exclusivamente en el \u00e1rea de personas con discapacidad y sus familias, potenciando el desarrollo de programas destinados a la promoci\u00f3n de la autonom\u00eda personal y prevenci\u00f3n de la dependencia de las personas con discapacidad y fomentar el asociacionismo en el \u00e1mbito de servicios sociales<\/p>\n<p>Se entender\u00e1 por entidades, a efectos de esta Orden Foral:<\/p>\n<ol>\n<li>a) Las entidades de personas con discapacidad: entidades cuyo fin espec\u00edfico, seg\u00fan sus estatutos, sea trabajar en el \u00e1rea de personas con discapacidad y\/o sus familias.<\/li>\n<li>b) Las federaciones: uni\u00f3n de entidades de personas con discapacidad federadas o unidas mediante similar figura jur\u00eddica.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>3.\u2013Requisitos generales de las entidades solicitantes.<\/strong><\/p>\n<p>Las entidades que concurran en cualquiera de las dos modalidades previstas deber\u00e1n reunir los siguientes requisitos:<\/p>\n<ol>\n<li>a) Ser persona jur\u00eddica, legalmente constituida e inscrita en el Registro correspondiente.<\/li>\n<li>b) Tener su domicilio social en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra, o contar con Delegaci\u00f3n permanente en este territorio. En este \u00faltimo supuesto, la antig\u00fcedad minima ser\u00e1 de 3 a\u00f1os en la Comunidad Foral de Navarra y habr\u00e1n de contar con estructura y organizaci\u00f3n suficientes que les permita tomar decisiones y gestionar aut\u00f3nomamente los proyectos presentados a esta convocatoria.<\/li>\n<li>c) Carecer de fines de lucro.<\/li>\n<li>d) Tener como fines institucionales, seg\u00fan sus propios estatutos, la realizaci\u00f3n de actividades relacionadas y dirigidas a personas con discapacidad y\/o sus familias.<\/li>\n<li>e) Contar con financiaci\u00f3n procedente de fondos propios y\/o de otras subvenciones p\u00fablicas o privadas.<\/li>\n<li>f) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administraci\u00f3n de la Comunidad Foral de Navarra o sus Organismos Aut\u00f3nomos, o en su caso haber llegado a un acuerdo con las citadas entidades para el pago aplazado o fraccionado.<\/li>\n<li>g) No estar incursas en el resto de prohibiciones que, para obtener la condici\u00f3n de beneficiario de subvenciones, se establecen en el art\u00edculo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral de Subvenciones.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Todos los requisitos se\u00f1alados deber\u00e1n cumplirse en la fecha en que expire el plazo de presentaci\u00f3n de solicitudes y mantenerse durante todo el periodo de ejecuci\u00f3n de la actividad subvencionada.<\/p>\n<p><strong>4.\u2013Presentaci\u00f3n de solicitudes.<\/strong><\/p>\n<p>4.1. Plazo y lugar de presentaci\u00f3n de solicitudes.<\/p>\n<p>Las entidades interesadas habr\u00e1n de presentar una solicitud conforme a los modelos elaborados a tal fin que estar\u00e1n a disposici\u00f3n de las mismas en las oficinas centrales de la Agencia Navarra de Autonom\u00eda y Desarrollo de las Personas (calle Gonz\u00e1lez Tablas 7), as\u00ed como en la p\u00e1gina web del mismo organismo.<\/p>\n<p>La solicitud deber\u00e1 presentarse en el plazo de 30 d\u00edas naturales a contar desde el d\u00eda siguiente al de la publicaci\u00f3n de la presente convocatoria en el Bolet\u00edn Oficial de Navarra.<\/p>\n<p>La presentaci\u00f3n de solicitudes se efectuar\u00e1 en el Registro de la Agencia Navarra de Autonom\u00eda y Desarrollo de las Personas (calle Gonz\u00e1lez Tablas, 7, 31005 Pamplona), en el Registro General del Gobierno de Navarra, a trav\u00e9s de las oficinas de correos, en cualquiera de los lugares previstos en la normativa de procedimiento administrativo com\u00fan o de forma telem\u00e1tica a trav\u00e9s del Registro General Electr\u00f3nico del Gobierno de Navarra, dirigido a la unidad administrativa que gestione la subvenci\u00f3n.<\/p>\n<p>La solicitud de subvenci\u00f3n supone la aceptaci\u00f3n de las bases que rigen la presente convocatoria.<\/p>\n<p>4.2. Documentaci\u00f3n general a presentar por las entidades solicitantes independientemente de la modalidad a la que se presente.<\/p>\n<ol>\n<li>a) Copia de los estatutos de la asociaci\u00f3n o entidad debidamente inscritos en el registro correspondiente.<\/li>\n<li>b) Declaraci\u00f3n de haber efectuado la inscripci\u00f3n en el Registro correspondiente.<\/li>\n<li>c) Documento que acredite la representaci\u00f3n de quien firma la solicitud de subvenci\u00f3n, as\u00ed como documento nacional de identidad de dicha persona.<\/li>\n<li>d) Tarjeta de identificaci\u00f3n fiscal de la entidad.<\/li>\n<li>e) Solicitud de abono por transferencia.<\/li>\n<li>f) Declaraci\u00f3n responsable, otorgada por quien ostenta la representaci\u00f3n de la entidad, haciendo constar que ni \u00e9sta, ni quien la administra o representa, se encuentran incursos en las prohibiciones para obtener la condici\u00f3n de beneficiario de subvenciones, previstas en el art\u00edculo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral de Subvenciones.<\/li>\n<li>g) Declaraci\u00f3n de la necesidad de provisi\u00f3n anticipada de fondos para el cumplimiento de los fines de la subvenci\u00f3n, en los t\u00e9rminos indicados en el apartado 10 de esta convocatoria.<\/li>\n<li>h) Certificado expedido por la Tesorer\u00eda General de la Seguridad Social, acreditativo de hallarse al corriente en el pago de las obligaciones de la Seguridad Social que le imponen las disposiciones vigentes, expedido con una antelaci\u00f3n no superior a tres meses.<\/li>\n<li>i) Solicitud de subvenci\u00f3n<\/li>\n<li>j) Memoria t\u00e9cnica de la entidad, explicando el Proyecto realizado en el a\u00f1o anterior a la solicitud.<\/li>\n<li>k) Cuenta de resultados (ingresos y gastos) de la entidad del a\u00f1o anterior a la solicitud.<\/li>\n<li>l) Proyecto t\u00e9cnico de la entidad.<\/li>\n<li>m) Presupuesto de ingresos y gastos de la entidad para el a\u00f1o en curso.<\/li>\n<li>n) Con car\u00e1cter voluntario, las entidades solicitantes podr\u00e1n presentar, junto con la solicitud de subvenci\u00f3n, la informaci\u00f3n requerida para dar cumplimiento a la obligaci\u00f3n de transparencia regulada en la base decimotercera del presente Anexo I. En caso de no optar por presentar la referida informaci\u00f3n junto con la solicitud, las entidades que resulten beneficiarias de la subvenci\u00f3n proceder\u00e1n seg\u00fan lo dispuesto en la citada base, debiendo presentar la informaci\u00f3n en el plazo de un mes contado desde la notificaci\u00f3n o, en su caso, fecha de publicaci\u00f3n de la resoluci\u00f3n de concesi\u00f3n de la subvenci\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<p>De conformidad con lo dispuesto en el art\u00edculo 28 de la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas, no ser\u00e1 necesario presentar los documentos que hayan sido elaborados por cualquier administraci\u00f3n, siempre que el interesado haya expresado su consentimiento a que sean consultados o recabados.<\/p>\n<p>Por otro lado, no ser\u00e1 necesario presentar los documentos exigidos en las letras j), k) y n) en el caso de que ya obren en poder de la administraci\u00f3n y siempre que no se haya producido modificaci\u00f3n en los mismos.<\/p>\n<p>4.3. Subsanaci\u00f3n de la solicitud.<\/p>\n<p>Si a la solicitud no se adjuntaran los documentos preceptivos, o estos estuviesen incompletos, por parte del \u00f3rgano instructor se requerir\u00e1 a la entidad interesada para que la subsane en el plazo m\u00e1ximo de 10 d\u00edas h\u00e1biles, indic\u00e1ndole que si no lo hiciera se le tendr\u00e1 por desistida de su solicitud, dict\u00e1ndose y notific\u00e1ndose en tal caso resoluci\u00f3n de archivo del expediente, en los t\u00e9rminos previstos en la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas.<\/p>\n<p>As\u00ed mismo, el \u00f3rgano instructor podr\u00e1 recabar en cualquier momento la documentaci\u00f3n o informaci\u00f3n complementaria que considere necesaria para la resoluci\u00f3n de la convocatoria y, en su caso, para acreditar el exacto cumplimiento de las condiciones exigidas en estas bases<\/p>\n<p><strong>5.\u2013Ordenaci\u00f3n, instrucci\u00f3n y resoluci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>A los efectos previstos en la presente convocatoria se atribuyen a la Secci\u00f3n de Programas y Gesti\u00f3n de Subvenciones, las funciones de ordenaci\u00f3n e instrucci\u00f3n del procedimiento de concesi\u00f3n de las subvenciones.<\/p>\n<p>Es competente para la resoluci\u00f3n del procedimiento de concesi\u00f3n la Directora Gerente de la Agencia Navarra de Autonom\u00eda y Desarrollo de las Personas.<\/p>\n<p><strong>6.\u2013Normas generales: procedimiento de concesi\u00f3n, prioridades y valoraci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>6.1. Procedimiento de concesi\u00f3n.<\/p>\n<p>El procedimiento de concesi\u00f3n de las subvenciones previstas en esta convocatoria se tramitar\u00e1 en r\u00e9gimen de concurrencia competitiva, mediante la comparaci\u00f3n de las solicitudes presentadas, de conformidad con lo dispuesto en el art\u00edculo 17.1 de la Ley Foral de Subvenciones.<\/p>\n<p>Cada modalidad se valorar\u00e1 y resolver\u00e1 de manera independiente seg\u00fan los criterios de valoraci\u00f3n especificados en los anexos correspondientes, estableci\u00e9ndose las siguientes prioridades en el procedimiento de valoraci\u00f3n de solicitudes y concesi\u00f3n de subvenciones:<\/p>\n<p>6.2. Prioridades.<\/p>\n<p>Tendr\u00e1n prioridad en la valoraci\u00f3n y resoluci\u00f3n, en primer lugar, las solicitudes para la modalidad a) \u201cFomento del Asociacionismo\u201d y en segundo lugar, las solicitudes para la modalidad b) \u201cDesarrollo de programas\u201d.<\/p>\n<p>6.3. Valoraci\u00f3n de la entidad como responsable del proyecto.<\/p>\n<p>En primer lugar, se valora a la entidad como responsable del proyecto para el cual solicita subvenci\u00f3n, es decir su potencial capacidad para desarrollarlo, utilizando los criterios y puntuaciones se\u00f1alados a continuaci\u00f3n, con una puntuaci\u00f3n m\u00e1xima de 100.<\/p>\n<p>La entidad deber\u00e1 alcanzar un m\u00ednimo de 60 puntos para poder valorar cualquiera de las modalidades para las que solicite subvenci\u00f3n, de acuerdo con los criterios de valoraci\u00f3n siguientes:<\/p>\n<p>\u2013Criterio 1. Calidad t\u00e9cnica del proyecto: Hasta 50 puntos.<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td colspan=\"2\"><strong>CONCEPTO<\/strong><\/td>\n<td><strong>PUNTUACI\u00d3N<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"3\">1.1.\u2013Infraestructura (hasta 5 puntos)<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">1.1.1. La entidad cuenta con los recursos materiales necesarios para el desarrollo de sus programas: locales adecuados, accesibles, adaptados<\/td>\n<td>1<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">1.1.2. La entidad cuenta con los medios t\u00e9cnicos generales y espec\u00edficos necesarios para el desarrollo de sus programas<\/td>\n<td>2<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">1.1.3. La entidad cuenta con recursos humanos suficientes, profesionales con competencias diferenciadas y perfiles profesionales adecuados, as\u00ed como personal voluntario, que trabajan de forma coordinada para la consecuci\u00f3n de los objetivos previstos<\/td>\n<td>2<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"3\">1.2.\u2013Estructura y organizaci\u00f3n interna (hasta 7 puntos)<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">1.2.1. La entidad desarrolla su proyecto mediante comisiones de trabajo (Hasta 2 puntos)<\/td>\n<td><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td rowspan=\"2\"><\/td>\n<td>Existencia comisiones de trabajo<\/td>\n<td>1<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Representaci\u00f3n personas beneficiarias socias en las comisiones<\/td>\n<td>2<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">1.2.2. Los programas de la entidad se desarrollan con base en unos protocolos de actuaci\u00f3n previamente establecidos para su ejecuci\u00f3n<\/td>\n<td>2<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">1.2.3. \u00c1mbito territorial de influencia de la entidad (Hasta 3 puntos)<\/td>\n<td><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td rowspan=\"3\"><\/td>\n<td>Local<\/td>\n<td>1<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Comarcal<\/td>\n<td>2<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Comunidad Foral<\/td>\n<td>3<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"3\">1.3.\u2013Experiencia previa en el \u00e1mbito de la discapacidad (hasta 8 puntos)<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">1.3.1. Antig\u00fcedad de la entidad (Hasta 3 puntos)<\/td>\n<td><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td rowspan=\"3\"><\/td>\n<td>Reci\u00e9n constituida<\/td>\n<td>0<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Menos de tres a\u00f1os<\/td>\n<td>2<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Tres o m\u00e1s a\u00f1os<\/td>\n<td>3<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">1.3.2. La entidad acredita experiencia previas en el \u00e1mbito de la discapacidad y\/o servicios sociales, que garanticen la viabilidad en la ejecuci\u00f3n de sus proyectos (Hasta 4 puntos):<\/td>\n<td>4<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><\/td>\n<td>La entidad realiza exclusivamente programas dirigidos a personas con discapacidad y sus familias<\/td>\n<td>2<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td rowspan=\"2\"><\/td>\n<td>La entidad realiza habitualmente programas dirigidos a personas con discapacidad y sus familias<\/td>\n<td>1<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>La entidad realiza espor\u00e1dicamente programas dirigidos a personas con discapacidad y sus familias<\/td>\n<td><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">1.3.3. La entidad realiza otros programas, en el \u00e1mbito de la discapacidad, sin solicitud de subvenci\u00f3n<\/td>\n<td>1<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"3\">1.4.\u2013Solvencia t\u00e9cnica y econ\u00f3mica (hasta 30 puntos)<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">1.4.1. Capacidad para justificar la necesidad del proyecto (Hasta 5 puntos)<\/td>\n<td><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td rowspan=\"3\"><\/td>\n<td>Fundamentaci\u00f3n clara sobre la necesidad del proyecto<\/td>\n<td>5<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Aporta informaci\u00f3n incompleta<\/td>\n<td>1<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>No aporta descripci\u00f3n alguna<\/td>\n<td>0<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">1.4.2. Capacidad para programar (Hasta 15 puntos)<\/td>\n<td><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td rowspan=\"3\"><\/td>\n<td>Objetivos generales claros y fundamentados<\/td>\n<td>5<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Correcta adecuaci\u00f3n entre los objetivos propuestos y las acciones propuestas para alcanzarlos<\/td>\n<td>5<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Presupuesto de ejecuci\u00f3n de la entidad razonado y equilibrado en relaci\u00f3n con los objetivos que se pretenden alcanzar<\/td>\n<td>5<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">1.4.3. Capacidad para ejecutar (Hasta 7 puntos)<\/td>\n<td><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td rowspan=\"2\"><\/td>\n<td>Exactitud y rigor en la ejecuci\u00f3n t\u00e9cnica y econ\u00f3mica del proyecto presentado<\/td>\n<td>5<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Efectividad en la justificaci\u00f3n t\u00e9cnica y econ\u00f3mica del proyecto de la entidad<\/td>\n<td>2<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">1.4.4. Capacidad para evaluar los proyectos (3 puntos)<\/td>\n<td><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><\/td>\n<td>La entidad acredita sistemas y\/o proyectos de evaluaci\u00f3n y calidad<\/td>\n<td>3<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>\u2013Criterio 2. Coherencia interna: Hasta 20 puntos.<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td colspan=\"2\"><strong>SUBCRITERIOS<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">2.1. La entidad contempla la difusi\u00f3n de su proyecto ante la opini\u00f3n p\u00fablica, contribuyendo de este modo a la labor de sensibilizaci\u00f3n tanto al respecto de las necesidades como de las potencialidades del colectivo<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">2.2. La Entidad responde a las necesidades e intereses de los destinatarios de su acci\u00f3n asociativa: realiza encuestas de sondeo de inter\u00e9s, de satisfacci\u00f3n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">2.3. Compromiso organizativo: Disponibilidad de la entidad para fomentar la accesibilidad de las personas con discapacidad, socias, a la participaci\u00f3n real y efectiva en el desarrollo de los proyectos<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">2.4. La entidad cuenta con personal contratado con discapacidad<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">2.5. La entidad realiza estrategias y\/o actividades concretas de captaci\u00f3n dirigidos a posibles beneficiarios posibilitando as\u00ed el acceso al mayor n\u00famero de personas, socias o no socias<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">2.6. Repercusi\u00f3n social: la entidad realiza actuaciones abiertas a toda la poblaci\u00f3n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">2.7. El presupuesto inicial y el balance final del a\u00f1o anterior son coherentes<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">2.8. Balance de ingresos y gastos coherente con el presupuesto de ingresos y gastos para el a\u00f1o objeto de la solicitud<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">2.9. La entidad tiene en cuenta el factor de g\u00e9nero como parte de la efectividad de sus programas<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">2.10. Corresponsabilidad en la financiaci\u00f3n: la entidad realiza acciones internas y\/o externas para garantizar su sostenibilidad y fortalecer su independencia<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">2.11. La entidad potencia el uso de las nuevas tecnolog\u00edas y de ayudas t\u00e9cnicas novedosas<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><strong>CONCEPTO<\/strong><\/td>\n<td><strong>PUNTUACI\u00d3N<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>CONCUERDA CON MENOS DE DOS SUBCRITERIOS<\/td>\n<td>0,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>CONCUERDA CON TRES SUBCRITERIOS<\/td>\n<td>2,85<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>CONCUERDA CON CUATRO SUBCRITERIOS<\/td>\n<td>5,70<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>CONCUERDA CON CINCO SUBCRITERIOS<\/td>\n<td>8,55<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>CONCUERDA CON SEIS SUBCRITERIOS<\/td>\n<td>11,40<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>CONCUERDA CON SIETE SUBCRITERIOS<\/td>\n<td>14,25<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>CONCUERDA CON OCHO SUBCRITERIOS<\/td>\n<td>17,10<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>CONCUERDA CON NUEVE O MAS SUBCRITERIOS<\/td>\n<td>20,00<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>\u2013Criterio 3. Coordinaci\u00f3n de Entidades y\/o Asociaciones: Hasta 10 puntos.<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td><strong>CONCEPTO<\/strong><\/td>\n<td><strong>PUNTUACI\u00d3N<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>3.1. Capacidad para establecer comunicaci\u00f3n con otras entidades del \u00e1mbito de Servicios Sociales, para facilitar el intercambio de conocimientos y experiencias<\/td>\n<td>1<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>3.2. Capacidad para formalizar propuestas conjuntas, compromisos &#8230; sobre intereses comunes con otras entidades diferenciadas en el \u00e1mbito de Servicios Sociales, en beneficio de las personas beneficiarias<\/td>\n<td>1<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>3.3. Posibilitar el acceso a actividades concretas a personas de otras entidades diferenciadas del \u00e1mbito de la discapacidad, socias o no<\/td>\n<td>1<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>3.4. Coordinarse y compartir los recursos necesarios para el desarrollo de actividades\/programas concretas entre entidades diferenciadas, del \u00e1mbito de la discapacidad<\/td>\n<td>3<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>3.5. Agrupaci\u00f3n de asociaciones: uni\u00f3n de diferentes entidades del \u00e1mbito de la discapacidad, para desarrollar programas y\/o actividades de forma conjunta con un inter\u00e9s compartido<\/td>\n<td>4<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>\u2013Criterio 4. Cofinanciaci\u00f3n: Hasta 20 puntos.<\/p>\n<p>Se entiende por cofinanciaci\u00f3n la existencia de ingresos por parte de la entidad, compar\u00e1ndolos con la cuant\u00eda solicitada al Departamento de Derechos Sociales.<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td><strong>CONCEPTO<\/strong><\/td>\n<td><strong>PUNTUACI\u00d3N<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>COFINANCIACI\u00d3N NULA (0 AL 9%)<\/td>\n<td>0,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>COFINANCIACI\u00d3N M\u00cdNIMA (10 AL 19%)<\/td>\n<td>2,90<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>COFINANCIACI\u00d3N EXCASA (20 AL 29%<\/td>\n<td>5,75<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>COFINANCIACI\u00d3N MODERADA (30 AL 39%)<\/td>\n<td>8,60<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>COFINANCIACI\u00d3N ACEPTABLE (40 AL 49%)<\/td>\n<td>11,45<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>COFINANCIACI\u00d3N BUENA (50 AL 59%)<\/td>\n<td>14,30<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>COFINANCIACI\u00d3N MUY BUENA (60 AL 69%)<\/td>\n<td>17,15<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>COFINANCIACI\u00d3N INMEJORABLE (70% O MAS)<\/td>\n<td>20,00<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p><strong>7.\u2013Asignaci\u00f3n de la cuant\u00eda de la subvenci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>La asignaci\u00f3n de la cuant\u00eda de la subvenci\u00f3n se har\u00e1 de manera independiente para cada modalidad en funci\u00f3n de la puntuaci\u00f3n obtenida y del cr\u00e9dito presupuestario disponible, respetando las prioridades establecidas en la base anterior. Para ello, se seguir\u00e1n las reglas establecidas en los correspondientes anexos, teniendo siempre presente que la asignaci\u00f3n de la modalidad a) \u201cFomento del asociacionismo\u201d tendr\u00e1 car\u00e1cter definitivo y se realizar\u00e1 con car\u00e1cter previo a la asignaci\u00f3n de la modalidad b) \u201cDesarrollo de programas\u201d.<\/p>\n<p>La asignaci\u00f3n de la cuant\u00eda de la subvenci\u00f3n se har\u00e1 en funci\u00f3n de la subvenci\u00f3n m\u00e1xima prevista en cada una de las modalidades y la solicitud de subvenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Cuando la cantidad total resultante de la valoraci\u00f3n econ\u00f3mica sea superior a la consignaci\u00f3n presupuestaria disponible, se efectuar\u00e1, en ambas modalidades, un reparto proporcional o prorrateo sobre las cuant\u00edas resultantes de la aplicaci\u00f3n del baremo correspondiente.<\/p>\n<p><strong>8.\u2013Resoluci\u00f3n del procedimiento, notificaci\u00f3n, publicidad y recursos.<\/strong><\/p>\n<p>Una vez evaluadas las solicitudes, se adjudicar\u00e1 una puntuaci\u00f3n que determinar\u00e1 una valoraci\u00f3n definitiva, tras la cual se fija la cuant\u00eda de la subvenci\u00f3n.<\/p>\n<p>A la vista de las correspondientes propuestas de resoluci\u00f3n formuladas por el \u00f3rgano instructor, la Directora Gerente de la Agencia Navarra de Autonom\u00eda y Desarrollo de las Personas resolver\u00e1 la concesi\u00f3n de las subvenciones.<\/p>\n<p>Las resoluciones se notificar\u00e1n a las entidades interesadas y har\u00e1n constar los fundamentos en virtud de los cuales se adopten, la relaci\u00f3n de solicitantes a los que se concede la subvenci\u00f3n y, en su caso, la desestimaci\u00f3n del resto de las solicitudes. En el caso de concesi\u00f3n figurar\u00e1 la finalidad, importe, forma de abono, modo y plazo de justificaci\u00f3n de la subvenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Sin perjuicio de lo anterior, las resoluciones de concesi\u00f3n se publicar\u00e1n en el tabl\u00f3n de anuncios de la Agencia Navarra de Autonom\u00eda y Desarrollo de las Personas (calle Gonz\u00e1lez Tablas 7, Pamplona) y en la web del Gobierno de Navarra. En la publicaci\u00f3n se expresar\u00e1 la convocatoria y cr\u00e9dito presupuestario al que se imputen las subvenciones, entidades beneficiarias, cantidad concedida y finalidad de la subvenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Las resoluciones se dictar\u00e1n y notificar\u00e1n en el plazo m\u00e1ximo previsto legalmente en el art\u00edculo 17.4 de la Ley Foral de Subvenciones. Transcurrido dicho plazo, las entidades interesadas podr\u00e1n entender desestimadas sus solicitudes, sin perjuicio de la subsistencia de la obligaci\u00f3n de resolver por parte de la Administraci\u00f3n.<\/p>\n<p>Frente a la resoluci\u00f3n, expresa o presunta, cabr\u00e1 interponer recurso de alzada ante el Consejero de Derechos Sociales, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Foral 15\/2004, de 3 de diciembre, de la Administraci\u00f3n de la Comunidad Foral de Navarra y en la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas.<\/p>\n<p><strong>9.\u2013Compatibilidad.<\/strong><\/p>\n<p>La concesi\u00f3n de las subvenciones previstas en esta convocatoria ser\u00e1 compatible con cualquier otro tipo de subvenci\u00f3n o ayuda concedida para la misma finalidad. Sin embargo, el importe de aqu\u00e9llas no podr\u00e1 ser en ning\u00fan caso de tal cuant\u00eda que, aislada o conjuntamente con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos propios de la actividad objeto de subvenci\u00f3n supere el coste de la actividad a desarrollar por la entidad beneficiaria.<\/p>\n<p><strong>10.\u2013Abono de la subvenci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>En todos los casos, el abono de la subvenci\u00f3n se realizar\u00e1 previo cumplimiento del Decreto Foral 59\/2013, de 11 de septiembre, por el que se regulan las obligaciones de transparencia de los beneficiarios de subvenciones con cargo a los presupuestos generales de Navarra.<\/p>\n<p>Con car\u00e1cter general, el pago de la subvenci\u00f3n se har\u00e1 conforme a lo establecido por el art\u00edculo 32 de la Ley Foral 11\/2005, de 9 de noviembre de Subvenciones, previa justificaci\u00f3n de la realizaci\u00f3n de la actividad conforme a lo se\u00f1alado en la base 11 de este anexo.<\/p>\n<p>De acuerdo con lo dispuesto en el art\u00edculo 33 de la Ley Foral 11\/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, se prev\u00e9 la posibilidad de conceder anticipos de pago sobre la subvenci\u00f3n concedida para lo cual deber\u00e1 cumplirse la siguiente condici\u00f3n:<\/p>\n<p>Que la entidad haya solicitado la necesidad de pago anticipado. A tal efecto, juntamente con la documentaci\u00f3n a presentar con la solicitud, la Entidad deber\u00e1 presentar la documentaci\u00f3n justificativa de la necesidad de provisi\u00f3n de fondos, aportando un informe justificativo de dicha necesidad, un certificado de quien la represente donde manifieste el n\u00famero de cuentas bancarias de las que la Entidad sea titular, un certificado bancario del saldo actual de las cuentas bancarias admiti\u00e9ndose tambi\u00e9n los obtenidos a trav\u00e9s de la banca electr\u00f3nica, y una previsi\u00f3n mensual de los flujos de tesorer\u00eda detallando los conceptos de cobros, pagos, pr\u00e9stamos &#8230; etc.; o cualquier otra acreditaci\u00f3n que justifique la necesidad de provisi\u00f3n de fondos para el cumplimiento de los fines de la subvenci\u00f3n.<\/p>\n<p>En el caso de que concurra la condici\u00f3n establecida en el apartado anterior, los anticipos se abonar\u00e1n del siguiente modo:<\/p>\n<ol start=\"60\">\n<li>a) Si la subvenci\u00f3n concedida fuera igual o inferior a 60.000 euros, se abonar\u00e1 en un \u00fanico pago a la firma de la resoluci\u00f3n de concesi\u00f3n.<\/li>\n<li>b) Si la subvenci\u00f3n concedida fuera superior a 60.000 euros, el abono de la misma se realizar\u00e1 al menos en dos partes, la primera de ellas a la firma de la resoluci\u00f3n de concesi\u00f3n y la siguiente o siguientes previa justificaci\u00f3n econ\u00f3mica documental de la ejecuci\u00f3n correspondiente a la cuant\u00eda abonada previamente.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>11.\u2013Justificaci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>11.1. Justificaciones parciales.<\/p>\n<p>Las entidades a las que se abone la subvenci\u00f3n previa justificaci\u00f3n de los gastos, independientemente de que se abonen mediante pago \u00fanico o pagos fraccionados, deber\u00e1n presentar la \u00faltima justificaci\u00f3n de los mismos con fecha l\u00edmite 15 de diciembre del a\u00f1o en curso.<\/p>\n<p>Las entidades a las que se abone la subvenci\u00f3n mediante pago \u00fanico anticipado, presentar\u00e1n una justificaci\u00f3n parcial antes del 30 de septiembre del a\u00f1o en curso.<\/p>\n<p>Las entidades a las que se abone la subvenci\u00f3n mediante pagos fraccionados anticipados presentar\u00e1n una justificaci\u00f3n parcial cada vez que justifiquen el gasto de un pago. La primera justificaci\u00f3n parcial deber\u00e1 presentarse antes del 30 de septiembre del a\u00f1o en curso. Con el fin de poder proceder al abono del \u00faltimo pago, la justificaci\u00f3n previa deber\u00e1 presentarse con fecha l\u00edmite 15 de diciembre del a\u00f1o en curso.<\/p>\n<p>Para las justificaciones parciales, se requerir\u00e1 la presentaci\u00f3n de la siguiente documentaci\u00f3n:<\/p>\n<ol>\n<li>a) Breve informe intermedio narrativo de la marcha del proyecto.<\/li>\n<li>b) Relaci\u00f3n de los ingresos y gastos imputables a los conceptos subvencionados, ejecutados hasta la fecha de presentaci\u00f3n.<\/li>\n<li>c) Listado de gastos aplicados a la subvenci\u00f3n recibida para cada concepto, especificando el n\u00famero de documento, concepto, emisor, fecha y cuant\u00eda. Este listado deber\u00e1 estar respaldado por sus comprobantes correspondientes, facturas y justificantes de pago. A tal efecto, la entidad beneficiaria aportar\u00e1 originales y fotocopias. S\u00f3lo ser\u00e1n admitidos como comprobantes documentos tales como extractos bancarios, recibos y facturas, que deber\u00e1n tener constancia de los datos del emisor, receptor, fecha, concepto y precio, ajust\u00e1ndose a lo dispuesto en el Decreto Foral 23\/2013, de 10 de abril, que aprueba el reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturaci\u00f3n. Las facturas originales ser\u00e1n selladas como presentadas ante la Agencia Navarra de Autonom\u00eda y Desarrollo de las Personas.<\/li>\n<\/ol>\n<p>11.2. Justificaci\u00f3n final.<\/p>\n<p>En el mes de enero del a\u00f1o 2018 la entidad beneficiaria presentar\u00e1 la siguiente documentaci\u00f3n justificativa de la ejecuci\u00f3n de la actividad:<\/p>\n<ol start=\"11\">\n<li>a) En caso de no haberlo realizado con anterioridad, y con el fin de justificar el \u00faltimo pago, listado de gastos aplicados a la subvenci\u00f3n recibida para cada concepto elaborado en los mismos t\u00e9rminos expuestos antes en el punto 11.1 c) de esta base.<\/li>\n<li>b) Memoria t\u00e9cnica de la entidad.<\/li>\n<li>c) Cuenta de resultados (ingresos y gastos) de la entidad.<\/li>\n<\/ol>\n<p>En el cap\u00edtulo de gastos se incluir\u00e1n todos los gastos agrupados del siguiente modo:<\/p>\n<p>\u2013Personal.<\/p>\n<p>\u2013Actividades.<\/p>\n<p>\u2013Funcionamiento<\/p>\n<ol>\n<li>d) Memoria t\u00e9cnica sobre la ejecuci\u00f3n de las actuaciones b\u00e1sicas y\/o de los programas subvencionados.<\/li>\n<li>e) Listado de personas usuarias, por g\u00e9nero, de cada programa subvencionado.<\/li>\n<li>f) Cuenta de resultados (ingresos y gastos) de los programas subvencionados.<\/li>\n<\/ol>\n<p>En el cap\u00edtulo de ingresos, la entidad deber\u00e1 reflejar los ingresos recibidos para financiar la actividad subvencionada, indicando el importe y procedencia de estos fondos, incluidas las subvenciones compatibles con la concedida por la Agencia Navarra de Autonom\u00eda y Desarrollo de las Personas, de forma que la totalidad de ingresos no sobrepasen los costes de la realizaci\u00f3n de la actividad subvencionada.<\/p>\n<p>En el cap\u00edtulo de gastos se incluir\u00e1n todos los gastos agrupados del siguiente modo:<\/p>\n<p>\u2013Personal.<\/p>\n<p>\u2013Actividades.<\/p>\n<ol>\n<li>g) Listado del gasto total de fomento (funcionamiento y personal) y\/o programas subvencionados en soporte inform\u00e1tico.<\/li>\n<\/ol>\n<p>As\u00ed mismo, la entidad pondr\u00e1 las facturas originales a disposici\u00f3n del \u00f3rgano instructor.<\/p>\n<p>Cualquier otra documentaci\u00f3n escrita o gr\u00e1fica que se desee aportar voluntariamente, que avale la buena marcha o ejecuci\u00f3n de los servicios de la entidad.<\/p>\n<p><strong>12.\u2013Obligaciones de las entidades beneficiarias.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>a) Ejecutar el proyecto en cualquiera de las modalidades, en los t\u00e9rminos descritos por la entidad en la solicitud y en las condiciones de concesi\u00f3n de la subvenci\u00f3n.<\/li>\n<li>b) Presentar los documentos justificativos, intermedios y finales, referidos en la base 11 del presente anexo.<\/li>\n<li>c) Todas las actuaciones informativas, divulgativas y publicitarias relativas a programas o actividades financiadas con cargo a esta convocatoria, deber\u00e1n cumplir con lo dispuesto en la Orden Foral 212\/2010, de 2 de julio.<\/li>\n<li>d) Someterse a las actuaciones de comprobaci\u00f3n a efectuar por el \u00f3rgano concedente y por los dem\u00e1s que, de acuerdo con el ordenamiento jur\u00eddico vigente, resulten competentes.<\/li>\n<li>e) Conservar los documentos justificativos relacionados con la actividad subvencionada, incluidos los documentos electr\u00f3nicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobaci\u00f3n y control.<\/li>\n<li>f) Comunicar al \u00f3rgano concedente la obtenci\u00f3n de otras ayudas, ingresos o recursos que financien la actividad subvencionada. Tal comunicaci\u00f3n deber\u00e1 efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificaci\u00f3n de la aplicaci\u00f3n dada a los fondos percibidos.<\/li>\n<li>g) Cumplir las obligaciones contables que, de conformidad con la naturaleza de la entidad, sean exigibles.<\/li>\n<li>h) Proceder al reintegro de los fondos percibidos, en los supuestos previstos en esta convocatoria y en la legislaci\u00f3n de aplicaci\u00f3n.<\/li>\n<li>i) Las restantes obligaciones impuestas por la Ley Foral de Subvenciones a los beneficiarios de las mismas.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>13.\u2013Transparencia.<\/strong><\/p>\n<p>Las entidades a que hace referencia el art\u00edculo 2 del Decreto Foral 59\/2013, por el que se regulan las obligaciones de transparencia de los beneficiarios de subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de Navarra, estar\u00e1n sujetas a la obligaci\u00f3n de transparencia establecida en la disposici\u00f3n adicional novena de la Ley Foral 11\/2012, de 21 de junio, de la Transparencia y del Gobierno Abierto, cuando perciban subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de Navarra y concurran estas dos circunstancias:<\/p>\n<ol start=\"20\">\n<li>a) Que el importe de la subvenci\u00f3n concedida supere los 20.000 euros anuales.<\/li>\n<li>b) Que el importe concedido supere el 20 por ciento de la cifra de negocio o del presupuesto anual de la entidad beneficiaria.<\/li>\n<\/ol>\n<p>A los efectos de considerar si se superan los l\u00edmites cuantitativos establecidos en el apartado anterior, se sumar\u00e1n las cuant\u00edas de todas las subvenciones concedidas por la Administraci\u00f3n de la Comunidad Foral de Navarra o sus organismos p\u00fablicos en el a\u00f1o natural. En el caso de subvenciones cuyo pago se haga en diferentes anualidades, se computar\u00e1 a estos efectos la cantidad concedida en cada ejercicio presupuestario y no la suma total. La cifra de negocio o presupuesto anual de referencia, ser\u00e1 la que tenga menor importe entre las siguientes magnitudes:<\/p>\n<ol>\n<li>a) La cifra de negocio o presupuesto ejecutado del a\u00f1o anterior.<\/li>\n<li>b) En su caso, la cifra de negocio o presupuesto aprobado por el \u00f3rgano competente de la entidad en el ejercicio de concesi\u00f3n de la subvenci\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Las entidades receptoras de subvenciones que se encuentren sujetas a la obligaci\u00f3n de transparencia al concurrir los supuestos previstos, deber\u00e1n comunicar la informaci\u00f3n que se relaciona a continuaci\u00f3n:<\/p>\n<ol>\n<li>a) Composici\u00f3n de los \u00f3rganos de gobierno, administraci\u00f3n y direcci\u00f3n de la entidad.<\/li>\n<li>b) Relaci\u00f3n de los cargos que integran dichos \u00f3rganos.<\/li>\n<li>c) Las retribuciones brutas y dem\u00e1s compensaciones econ\u00f3micas, percibidas de la entidad en el a\u00f1o anterior por cada uno de los cargos, desglosadas por conceptos. En el caso de entidades de nueva creaci\u00f3n la informaci\u00f3n ser\u00e1 de las que figuren en sus presupuestos o plan econ\u00f3mico-financiero.<\/li>\n<li>d) El r\u00e9gimen de dedicaci\u00f3n a las funciones de gobierno, administraci\u00f3n y direcci\u00f3n, de cada uno de sus cargos.<\/li>\n<li>e) Una copia de las \u00faltimas cuentas anuales de la entidad beneficiaria.<\/li>\n<\/ol>\n<p>La informaci\u00f3n referida se presentar\u00e1 firmada por el o la representante legal de la entidad beneficiaria de forma telem\u00e1tica a trav\u00e9s del Registro General Electr\u00f3nico del Gobierno de Navarra y se dirigir\u00e1 a la unidad administrativa que gestiona la subvenci\u00f3n. El plazo para la remisi\u00f3n de la informaci\u00f3n ser\u00e1 de un mes contado desde la notificaci\u00f3n o, en su caso, fecha de publicaci\u00f3n de la resoluci\u00f3n de concesi\u00f3n de la subvenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Dicha informaci\u00f3n ser\u00e1 accesible durante 1 a\u00f1o desde su publicaci\u00f3n en el Portal de Gobierno Abierto de Navarra, con el l\u00edmite de 15 meses desde su entrada en el \u00f3rgano gestor de la informaci\u00f3n. Transcurrido dicho plazo, la unidad responsable de su publicaci\u00f3n la retirar\u00e1 de oficio, y si no lo hiciera, la entidad beneficiaria podr\u00e1 solicitar su retirada, que deber\u00e1 producirse en el plazo m\u00e1ximo de un mes desde la solicitud.<\/p>\n<p>En el caso de que la entidad no se encuentre sujeta a la obligaci\u00f3n de transparencia al no darse los supuestos previstos deber\u00e1 presentar una declaraci\u00f3n en tal sentido.<\/p>\n<p>En el caso de que la entidad sea beneficiaria de sucesivas subvenciones en el mismo ejercicio, no ser\u00e1 preciso reiterar la informaci\u00f3n con ocasi\u00f3n de cada subvenci\u00f3n, salvo que hayan cambiado los datos que se facilitaron inicialmente.<\/p>\n<p>Sin perjuicio de las eventuales consecuencias sancionadoras que se pudieran derivar del incumplimiento de las obligaciones de informaci\u00f3n por el beneficiario, este incumplimiento impedir\u00e1 el abono de la subvenci\u00f3n concedida, incluidos los anticipos y conllevar\u00e1, en su caso, el reintegro de las cantidades percibidas, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 35.1 c) de la Ley Foral de Subvenciones.<\/p>\n<p><strong>14.\u2013Subcontrataci\u00f3n y contrataci\u00f3n de proveedores.<\/strong><\/p>\n<p>14.1. Subcontrataci\u00f3n.<\/p>\n<p>A los efectos previstos en esta convocatoria, est\u00e1 permitida la subcontrataci\u00f3n, entendiendo por \u00e9sta la concertaci\u00f3n con terceros de la ejecuci\u00f3n parcial de la actividad que constituye el objeto de la subvenci\u00f3n. Queda fuera de este concepto la contrataci\u00f3n de aquellos gastos en que tenga que incurrir el beneficiario para la realizaci\u00f3n por s\u00ed mismo de la actividad subvencionada.<\/p>\n<p>Las entidades podr\u00e1n subcontratar hasta un l\u00edmite m\u00e1ximo del 50% del importe de la actividad subvencionada. Cuando la actividad concertada con terceros exceda del 20% del importe de la subvenci\u00f3n y dicho importe sea superior a 60.000 euros, la subcontrataci\u00f3n estar\u00e1 sometida a la celebraci\u00f3n por escrito del contrato.<\/p>\n<p>14.2. Contrataci\u00f3n de proveedores.<\/p>\n<p>De acuerdo con lo previsto en el art\u00edculo 28.3 de la Ley Foral de Subvenciones, cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuant\u00eda de 12.000 euros en el supuesto de prestaci\u00f3n de servicios por empresas de consultor\u00eda o asistencia, la entidad beneficiaria deber\u00e1 acreditar ante el \u00f3rgano concedente que la elecci\u00f3n del proveedor se ha realizado con criterios de eficiencia y econom\u00eda.<\/p>\n<p>En tales supuestos la entidad beneficiaria deber\u00e1 consultar y negociar los t\u00e9rminos del contrato con, al menos, tres empresas capacitadas para la realizaci\u00f3n del objeto, perfeccionando el mismo con la que presente la oferta m\u00e1s ventajosa. El citado tr\u00e1mite de consulta y las correspondientes ofertas deber\u00e1n ser conservados por la entidad beneficiaria, acreditando los referidos extremos documentalmente ante el \u00f3rgano concedente de la subvenci\u00f3n, tan pronto como se haya perfeccionado el contrato. Juntamente con dichos documentos se aportar\u00e1 un breve informe justificativo de la selecci\u00f3n efectuada.<\/p>\n<p>La obligaci\u00f3n de consulta a varias empresas quedar\u00e1 exceptuada en los casos en que, por las especiales caracter\u00edsticas de los gastos subvencionables, no exista en el mercado suficiente n\u00famero de entidades que presten el suministro o servicio.<\/p>\n<p><strong>15.\u2013Alteraci\u00f3n de condiciones.<\/strong><\/p>\n<p>Las entidades beneficiarias deber\u00e1n comunicar a la Agencia Navarra para la Autonom\u00eda y Desarrollo de las Personas, adem\u00e1s de la obtenci\u00f3n de subvenciones, ayudas u otros ingresos concurrentes, cuantas alteraciones se produzcan en las condiciones tenidas en cuenta para la concesi\u00f3n de la subvenci\u00f3n y la determinaci\u00f3n de su cuant\u00eda.<\/p>\n<p>Las entidades subvencionadas deber\u00e1n solicitar, con car\u00e1cter excepcional, la modificaci\u00f3n del contenido de las actuaciones b\u00e1sicas o programas subvencionados, as\u00ed como la forma y plazos de su ejecuci\u00f3n, cuando:<\/p>\n<ol>\n<li>a) Aparezcan circunstancias que alteren o dificulten el desarrollo de las actuaciones b\u00e1sicas o del programa.<\/li>\n<li>b) Cuando por una utilizaci\u00f3n eficiente de los recursos existan remanentes no aplicados a la actividad subvencionada y se quieran utilizar dichos remanentes, para una ampliaci\u00f3n de actividades del proyecto subvencionado.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Las solicitudes de modificaci\u00f3n deber\u00e1n fundamentar suficientemente dicha alteraci\u00f3n o dificultad y deber\u00e1n formularse con car\u00e1cter inmediato a la aparici\u00f3n de las circunstancias que las justifiquen y, en todo caso, con anterioridad al momento en que finalice el plazo de ejecuci\u00f3n de las actuaciones b\u00e1sicas o programas subvencionados.<\/p>\n<p>Toda alteraci\u00f3n de las condiciones tenidas en cuenta para la concesi\u00f3n de la subvenci\u00f3n, con independencia de que sea admitida por la Agencia Navarra para la Autonom\u00eda y Desarrollo de las Personas, podr\u00e1 dar lugar a la modificaci\u00f3n de la resoluci\u00f3n de concesi\u00f3n o, en su caso, al reintegro de la cuant\u00eda que corresponda.<\/p>\n<p><strong>16.\u2013Reintegro.<\/strong><\/p>\n<p>La no ejecuci\u00f3n o el incumplimiento de las condiciones impuestas con motivo de la concesi\u00f3n de la subvenci\u00f3n, as\u00ed como la concurrencia de las dem\u00e1s causas previstas en el art\u00edculo 35 de la Ley Foral de Subvenciones o el incumplimiento de las obligaciones espec\u00edficamente se\u00f1aladas en esta convocatoria, generar\u00e1n la obligaci\u00f3n de reintegrar, total o parcialmente, la cuant\u00eda recibida. En los casos legalmente previstos, proceder\u00e1, adem\u00e1s, la exigencia del inter\u00e9s de demora correspondiente, devengado desde la fecha del pago de la subvenci\u00f3n hasta aquella en que se dicte la resoluci\u00f3n de reintegro.<\/p>\n<p>El procedimiento para exigir el reintegro se regir\u00e1 por lo dispuesto en el citado art\u00edculo, debiendo ser resuelto en el plazo de doce meses desde su inicio.<\/p>\n<p>No obstante, la entidad podr\u00e1 solicitar voluntariamente el reintegro de la cuant\u00eda de subvenci\u00f3n no justificada, debiendo presentar un justificante de ingreso a favor del Departamento de Derechos Sociales por la diferencia entre la cuant\u00eda anticipada y la justificada. En este supuesto, no se aplicar\u00e1 inter\u00e9s de demora y supondr\u00e1 la renuncia expresa de la entidad al importe devuelto.<\/p>\n<p>As\u00ed mismo, cuando el cumplimiento por la entidad beneficiaria se aproxime de modo significativo al cumplimiento total y se acredite por \u00e9sta una actuaci\u00f3n inequ\u00edvocamente tendente a la satisfacci\u00f3n de sus compromisos, la cantidad a reintegrar vendr\u00e1 determinada, respondiendo al criterio de proporcionalidad, por el volumen y grado de incumplimiento de las condiciones impuestas con motivo de la concesi\u00f3n de la subvenci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>17.\u2013Infracciones y sanciones<\/strong><\/p>\n<p>Las entidades beneficiarias de las subvenciones previstas en esta convocatoria quedan sometidas a las responsabilidades y r\u00e9gimen sancionador que sobre infracciones administrativas en materia de subvenciones establecen los art\u00edculos 42 y siguientes de la Ley Foral de Subvenciones.<\/p>\n<p>La imposici\u00f3n de las sanciones en materia de subvenciones se efectuar\u00e1 mediante el procedimiento que se establezca reglamentariamente y, en su defecto, conforme a lo dispuesto en el T\u00edtulo V de la Ley Foral 15\/2004, de 3 de diciembre, de la Administraci\u00f3n de la Comunidad Foral de Navarra.<\/p>\n<p><strong>18.\u2013Recursos administrativos procedentes contra la convocatoria y sus bases reguladores.<\/strong><\/p>\n<p>Contra la presente convocatoria y sus bases reguladoras cabe interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes contado a partir del d\u00eda siguiente al de su publicaci\u00f3n, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Foral 15\/2004, de 3 de diciembre, de la Administraci\u00f3n de la Comunidad Foral de Navarra y en la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas.<\/p>\n<p><strong>19.\u2013Normativa aplicable.<\/strong><\/p>\n<p>Adem\u00e1s de lo previsto en las presentes bases reguladoras son de aplicaci\u00f3n las disposiciones contenidas en la Ley Foral 11\/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.<\/p>\n<p><strong>ANEXO II<\/strong><\/p>\n<p><strong>BASES ESPEC\u00cdFICAS DE LA MODALIDAD A): FOMENTO DEL ASOCIACIONISMO<\/strong><\/p>\n<p><strong><em>Bases de la convocatoria de subvenciones de fomento del asociacionismo a entidades de iniciativa social del \u00e1rea de personas con discapacidad en el a\u00f1o 2017<\/em><\/strong><\/p>\n<p>1.\u2013Objeto.<\/p>\n<p>Esta Orden Foral tiene por objeto regular las subvenciones en concepto de actuaciones b\u00e1sicas del asociacionismo para las entidades de iniciativa social del \u00e1rea de personas con discapacidad, que recibieron subvenci\u00f3n en la modalidad de \u201cDesarrollo de Programas\u201d en la convocatoria del a\u00f1o anterior.<\/p>\n<p>1.1. Se entiende como actuaciones b\u00e1sicas aquellas actividades dirigidas tanto a la sociedad en general, como a las personas con discapacidad y a sus familias, tales como:<\/p>\n<ol>\n<li>a) Acogida.<\/li>\n<li>b) Informaci\u00f3n y orientaci\u00f3n.<\/li>\n<li>c) Divulgaci\u00f3n.<\/li>\n<li>d) Sensibilizaci\u00f3n.<\/li>\n<li>e) Grupos informales de apoyo mutuo.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>2.\u2013Disponibilidad presupuestaria.<\/strong><\/p>\n<p>La cuant\u00eda destinada a tales fines ser\u00e1 de 857.034,00 euros, con cargo a la partida 920005 93100 4819 231B11 denominada \u201cFondo 0,7% IRPF. Entidades del \u00e1rea de personas con discapacidad. Subvenciones funcionamiento\u201d del presupuesto de gasto de 2017.<\/p>\n<p><strong>3.\u2013Documentaci\u00f3n espec\u00edfica.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>a) Memoria t\u00e9cnica, explicando las actuaciones b\u00e1sicas del asociacionismo realizadas en el a\u00f1o anterior a la solicitud.<\/li>\n<\/ol>\n<p>La documentaci\u00f3n referente al a\u00f1o anterior de la solicitud es v\u00e1lida para todas las convocatorias del a\u00f1o en curso. No es necesario presentarla si ya se ha hecho en el plazo establecido para la justificaci\u00f3n de la subvenci\u00f3n del ejercicio anterior, o en una convocatoria del a\u00f1o en curso previa a esta.<\/p>\n<ol>\n<li>b) Proyecto de las actuaciones b\u00e1sicas que se han previsto desarrollar en el a\u00f1o de la solicitud.<\/li>\n<\/ol>\n<p>En la descripci\u00f3n de las actuaciones b\u00e1sicas deber\u00e1 detallarse:<\/p>\n<p>\u2013Denominaci\u00f3n.<\/p>\n<p>\u2013Objetivos.<\/p>\n<p>\u2013Actividades a desarrollar.<\/p>\n<p>\u2013Previsi\u00f3n evaluativa (indicadores, etc.).<\/p>\n<ol>\n<li>c) Relaci\u00f3n del personal contratado o respecto del que est\u00e9 prevista su contrataci\u00f3n por la entidad para el a\u00f1o en curso y presupuesto.<\/li>\n<li>d) Datos de los locales de la entidad.<\/li>\n<li>e) Presupuesto de los gastos de funcionamiento en el ejercicio para el que se solicita la subvenci\u00f3n.<\/li>\n<li>f) Declaraci\u00f3n jurada, emitida por la persona que ostenta la representaci\u00f3n de la entidad, del n\u00famero de personas afectadas socias de la entidad a fecha 31 de diciembre del a\u00f1o anterior a la solicitud.<\/li>\n<\/ol>\n<p>En caso de federaciones, relaci\u00f3n de las entidades federadas y el n\u00famero de personas afectadas que son socias de cada entidad.<\/p>\n<p><strong>4.\u2013Criterios de valoraci\u00f3n de las actuaciones b\u00e1sicas.<\/strong><\/p>\n<p>Se otorgar\u00e1 puntuaci\u00f3n en funci\u00f3n de los siguientes criterios:<\/p>\n<p>\u2013Criterio 1. Representatividad de las personas socias afectadas de la entidad (Hasta 6 puntos).<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">CONCEPTO<\/td>\n<td>PUNTUACI\u00d3N<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"3\">1.1.\u2013N\u00famero total de socios afectados de pleno derecho (al corriente de pago de sus cuotas)<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td rowspan=\"4\"><\/td>\n<td>Menos del 50% socios<\/td>\n<td>0<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Del 51% al 70% de socios<\/td>\n<td>1<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Del 71% al 90% socios<\/td>\n<td>2<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Superior al 90%<\/td>\n<td>3<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"3\">1.2.\u2013Importes cuota socios\/a\u00f1o<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td rowspan=\"4\"><\/td>\n<td>Sin especificar<\/td>\n<td>0<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Hasta 39 euros<\/td>\n<td>1<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>De 40 euros a 59 euros<\/td>\n<td>2<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>60 euros o m\u00e1s<\/td>\n<td>3<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>\u2013Criterio 2. Programa de actuaciones b\u00e1sicas (Hasta 34 puntos).<\/p>\n<table>\n<thead>\n<tr>\n<td colspan=\"2\"><strong>CONCEPTO<\/strong><\/td>\n<td><strong>PUNTUACI\u00d3N<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<\/thead>\n<tbody>\n<tr>\n<td colspan=\"3\">2.1.\u2013Programa t\u00e9cnicamente completo, fundamentado con estructura interna clara, coherente y s\u00f3lida: Hasta 7 puntos<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td rowspan=\"3\"><\/td>\n<td>Precisi\u00f3n en la definici\u00f3n de las actuaciones b\u00e1sicas<\/td>\n<td>1<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Objetivos expresados con concreci\u00f3n<\/td>\n<td>3<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Las actividades previstas responden a los objetivos propuestos<\/td>\n<td>3<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"3\">2.2.\u2013Precisi\u00f3n en la definici\u00f3n de las actividades previstas, cronograma, metodolog\u00eda de intervenci\u00f3n a desarrollar para alcanzar el cumplimiento de los objetivos: Hasta 8 puntos<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td rowspan=\"3\"><\/td>\n<td>Descripci\u00f3n detallada y precisa de las actividades propuestas<\/td>\n<td>5<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Descripci\u00f3n de la metodolog\u00eda<\/td>\n<td>2<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Cronograma<\/td>\n<td>1<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"3\">2.3.\u2013Repercusi\u00f3n: Hasta 5 puntos<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">2.3.1. Repercusi\u00f3n territorial<\/td>\n<td><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><\/td>\n<td>Se valora la capacidad para desarrollar las actuaciones en distintas localidades de la Comunidad Foral<\/td>\n<td>2<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">2.3.2. Repercusi\u00f3n social<\/td>\n<td><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td rowspan=\"3\"><\/td>\n<td>Actuaciones solo para socios<\/td>\n<td>1<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Actuaciones semi-abiertas (plazas limitadas)<\/td>\n<td>1,5<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Actuaciones abiertas a toda la poblaci\u00f3n<\/td>\n<td>3<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"3\">2.4.\u2013El contenido del programa que contempla aspectos innovadores: 1 punto<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"3\">2.5.\u2013La evaluaci\u00f3n del programa se realiza con base en indicadores de calidad y variables de verificaci\u00f3n previamente establecidos: Hasta 4 puntos<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td rowspan=\"3\"><\/td>\n<td>No se fijan indicadores de calidad y variables<\/td>\n<td>0<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Fijan indicadores de calidad y variables<\/td>\n<td>1<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Evaluaci\u00f3n se lleva a cabo en funci\u00f3n de los indicadores de calidad y variables de verificaci\u00f3n previamente establecidos<\/td>\n<td>4<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"3\">2.6.\u2013Exactitud y rigor en la ejecuci\u00f3n t\u00e9cnica de las actuaciones b\u00e1sicas. Hasta 9 puntos<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">2.6.1. Actividades realizadas y cumplidas<\/td>\n<td><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td rowspan=\"4\"><\/td>\n<td>Menos del 25%<\/td>\n<td>0<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Entre el 26 y el 50%<\/td>\n<td>0,5<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Entre el 51 y el 75%<\/td>\n<td>3<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>M\u00e1s del 75%<\/td>\n<td>5<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">2.6.2. N.\u00ba de participantes<\/td>\n<td><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td rowspan=\"2\"><\/td>\n<td>De 1 a 60<\/td>\n<td>1<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>M\u00e1s de 60<\/td>\n<td>2<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">2.6.3. Efectividad en la justificaci\u00f3n<\/td>\n<td><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><\/td>\n<td>Correcta justificaci\u00f3n t\u00e9cnica y econ\u00f3mica<\/td>\n<td>2<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"3\">Para percibir subvenci\u00f3n las Entidades deber\u00e1n obtener un m\u00ednimo de 25 puntos.<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p><strong>5.\u2013Conceptos y cuant\u00edas m\u00e1ximas subvencionables.<\/strong><\/p>\n<p>Las entidades que cumplan los requisitos establecidos en esta Orden Foral podr\u00e1n percibir subvenciones en concepto de personal y funcionamiento.<\/p>\n<p>5.1. Personal.<\/p>\n<p>En primer lugar, se establece un importe m\u00e1ximo por este concepto, en funci\u00f3n del n\u00famero de personas afectadas socias de la entidad a 31 de diciembre del a\u00f1o anterior a la solicitud y de la tipolog\u00eda de las entidades anteriormente descrita, seg\u00fan las tablas expuestas a continuaci\u00f3n:<\/p>\n<ol>\n<li>a) Entidades de Personas con Discapacidad.<\/li>\n<\/ol>\n<p>\u2013De 7 a 25 personas socias afectadas: el importe m\u00e1ximo a subvencionar ser\u00e1 hasta 10.790,77 euros.<\/p>\n<p>\u2013De 26 a 75 personas socias afectadas: el importe m\u00e1ximo a subvencionar ser\u00e1 hasta 18.662,62.<\/p>\n<p>\u2013De 76 a 160 personas socias afectadas: el importe m\u00e1ximo a subvencionar ser\u00e1 hasta 37.325,31 euros.<\/p>\n<p>\u2013De 161 a 300 personas socias afectadas: el importe m\u00e1ximo a subvencionar ser\u00e1 hasta 44.447,21 euros.<\/p>\n<p>\u2013De 301 a 600 personas socias afectadas: el importe m\u00e1ximo a subvencionar ser\u00e1 hasta 55.987,96 euros.<\/p>\n<p>\u2013De 601 a 900 personas socias afectadas: el importe m\u00e1ximo a subvencionar ser\u00e1 hasta 65.319,28 euros.<\/p>\n<p>\u2013De 901 a 1.500 personas socias afectadas: el importe m\u00e1ximo a subvencionar ser\u00e1 hasta 69.255,23 euros.<\/p>\n<p>\u2013M\u00e1s de 1.500 personas socias afectadas: el importe m\u00e1ximo a subvencionar ser\u00e1 hasta 74.650,61 euros.<\/p>\n<p>Las entidades que en la convocatoria de \u201cDesarrollo de programas\u201d del a\u00f1o anterior hayan percibido subvenci\u00f3n en la modalidad de \u201cPrograma global\u201d, con independencia del n\u00famero de personas socias afectadas, obtendr\u00e1n una subvenci\u00f3n por importe m\u00e1ximo de 7.871,88 \u00f3 10.790,77 euros, en funci\u00f3n de la categor\u00eda profesional del personal que la Entidad tenga adscrito al cumplimiento de la actuaci\u00f3n subvencionada (administrativo o diplomado).<\/p>\n<ol>\n<li>b) Federaciones de Personas con Discapacidad.<\/li>\n<\/ol>\n<p>La subvenci\u00f3n en concepto de personal se ajustar\u00e1 a las siguientes tablas:<\/p>\n<p>\u2013De 4 a 8 entidades federadas: el importe m\u00e1ximo a subvencionar ser\u00e1 hasta 26.534,54 euros.<\/p>\n<p>\u2013De 9 a 17 entidades federadas: el importe m\u00e1ximo a subvencionar ser\u00e1 hasta 30.131,46 euros.<\/p>\n<p>\u2013De 18 a 30 entidades federadas: el importe m\u00e1ximo a subvencionar ser\u00e1 hasta 37.325,31 euros.<\/p>\n<p>En segundo lugar, una vez establecida la puntuaci\u00f3n del programa de actuaciones b\u00e1sicas, con arreglo a los criterios de valoraci\u00f3n, establecidos en el punto 4 de este anexo II, se aplicar\u00e1n, al importe m\u00e1ximo correspondiente, en funci\u00f3n del n\u00famero de socios del apartado 5.1 a), los siguientes porcentajes de subvenci\u00f3n conforme a los siguientes tramos:<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td><strong>PUNTUACI\u00d3N POR CRITERIOS<\/strong><\/td>\n<td><strong>PORCENTAJE SUBVENCI\u00d3N M\u00c1XIMA<\/strong><\/td>\n<td><strong>CUANT\u00cdA<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Entre 25 y 30<\/td>\n<td><\/td>\n<td>10.790,77<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>31<\/td>\n<td>73%<\/td>\n<td><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>32<\/td>\n<td>76%<\/td>\n<td><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>33<\/td>\n<td>79%<\/td>\n<td><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>34<\/td>\n<td>82%<\/td>\n<td><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>35<\/td>\n<td>85%<\/td>\n<td><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>36<\/td>\n<td>88%<\/td>\n<td><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>37<\/td>\n<td>91%<\/td>\n<td><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>38<\/td>\n<td>94%<\/td>\n<td><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>39<\/td>\n<td>97%<\/td>\n<td><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>40<\/td>\n<td>100%<\/td>\n<td><\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>En ning\u00fan caso y por la aplicaci\u00f3n de estos porcentajes la subvenci\u00f3n ser\u00e1 inferior a la cuant\u00eda de 10.790,77 euros.<\/p>\n<p>Para la justificaci\u00f3n de la subvenci\u00f3n concedida en este apartado, s\u00f3lo se admitir\u00e1 el personal presentado por la Entidad como adscrito a fomento del asociacionismo y aceptado por el \u00f3rgano instructor.<\/p>\n<p>5.2. Funcionamiento.<\/p>\n<p>Para todas aquellas entidades que hayan obtenido 25 \u00f3 m\u00e1s puntos, de conformidad con los criterios establecidos en la base cuarta de este anexo, y con car\u00e1cter general, se les conceder\u00e1 una subvenci\u00f3n del 25% del gasto de funcionamiento admitido a la entidad durante el a\u00f1o anterior, actualizado con el IPC correspondiente.<\/p>\n<p>Ser\u00e1n admitidos como gastos de funcionamiento los siguientes conceptos con los importes m\u00e1ximos que se indican a continuaci\u00f3n.<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td><strong>CONCEPTOS ADMITIDOS<\/strong><\/td>\n<td><strong>IMPORTES M\u00c1XIMOS ADMITIDOS<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">GASTOS CORRIENTES DERIVADOS DEL LOCAL<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Electricidad<\/td>\n<td>11.500,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Agua y residuos<\/td>\n<td>3.000,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Tel\u00e9fono, ADSL<\/td>\n<td>15.000,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Impuestos<\/td>\n<td>1.000,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Seguros de responsabilidad civil, salud laboral y de veh\u00edculos<\/td>\n<td>6.600,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Gas<\/td>\n<td>5.500,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Gastos Comunidad<\/td>\n<td>1.000,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Limpieza<\/td>\n<td>12.000,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">GASTOS CONSERVACI\u00d3N DEL LOCAL Y DEL EQUIPAMIENTO (que no tengan concepto de inventariable)<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Local<\/td>\n<td>4.000,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Equipamiento: Amortizaciones<\/td>\n<td>4.000,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">ADQUISICI\u00d3N DE SUMINISTROS<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Material fungible de oficina y limpieza<\/td>\n<td>8.000,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">OTROS GASTOS<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Asesor\u00eda laboral y\/o contable<\/td>\n<td>6.000,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Cuotas de organizaciones relacionadas con su discapacidad<\/td>\n<td>1.000,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Suscripciones<\/td>\n<td>1.000,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Correos y mensajer\u00edas<\/td>\n<td>4.000,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Desplazamientos y dietas<\/td>\n<td>5.000,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Comisiones bancarias producidas por el abono de los gastos de funcionamiento admitidos en esta Orden Foral y gastos de cuentas de cr\u00e9dito que se correspondan con la actividad subvencionada.<\/td>\n<td>3.000,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Certificado y Auditor\u00eda de Calidad<\/td>\n<td>1.000,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Protecci\u00f3n de datos<\/td>\n<td>2.000,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Actuaciones de sensibilizaci\u00f3n, divulgaci\u00f3n y comunicaci\u00f3n<\/td>\n<td>4.000,00<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>Como excepci\u00f3n a esta norma general se subvencionar\u00e1 con el 40% el coste de los alquileres. En todo caso, el presupuesto de alquiler aceptado por el \u00f3rgano instructor para este concepto no ser\u00e1 superior a 10.800 euros anuales.<\/p>\n<p><strong>ANEXO III<\/strong><\/p>\n<p><strong>BASES ESPEC\u00cdFICAS DE LA MODALIDAD B): DESARROLLO DE PROGRAMAS<\/strong><\/p>\n<p><strong><em>Bases de la convocatoria de subvenciones a entidades de iniciativa social del \u00e1rea de personas con discapacidad para el desarrollo de programas de promoci\u00f3n de la autonom\u00eda y prevenci\u00f3n de la dependencia en el a\u00f1o 2017<\/em><\/strong><\/p>\n<p>1.\u2013Objeto y Modalidades<\/p>\n<p>1.1. Objeto.<\/p>\n<p>Esta Orden Foral tiene por objeto establecer el r\u00e9gimen de concesi\u00f3n de subvenciones a entidades de iniciativa social del \u00e1rea de personas con discapacidad, potenciando el desarrollo de programas de promoci\u00f3n de la autonom\u00eda y prevenci\u00f3n de la dependencia para el ejercicio 2017.<\/p>\n<p>Se entiende por servicios de promoci\u00f3n de la autonom\u00eda personal aquellos cuya finalidad sea desarrollar y mantener las habilidades personales que permitan controlar, afrontar y tomar decisiones acerca de c\u00f3mo vivir de acuerdo con las normas y preferencias propias, y posibiliten la ejecuci\u00f3n de las actividades b\u00e1sicas de la vida diaria, las relaciones sociales, as\u00ed como los programas dirigidos al apoyo de familias de las personas con discapacidad.<\/p>\n<p>Mediante la concesi\u00f3n de las citadas subvenciones se persigue potenciar el programa de dichas entidades, promoviendo el desarrollo de acciones dirigidas a satisfacer las necesidades espec\u00edficas de las personas con discapacidad, as\u00ed como la promoci\u00f3n de la vida independiente y la prevenci\u00f3n de la dependencia de las mismas.<\/p>\n<p>1.2. Modalidades.<\/p>\n<ol>\n<li>a) Solicitud estructurada en programas, con un m\u00e1ximo de 6 programas subvencionables.<\/li>\n<li>b) Solicitud estructurada como programa global, agrupando todas las actividades de la entidad en un solo programa.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Las solicitudes para estas modalidades son incompatibles entre s\u00ed.<\/p>\n<p>1.3. Tipolog\u00eda de los programas.<\/p>\n<p>Los programas presentados, as\u00ed como las actividades del \u201cPrograma global\u201d, se orientar\u00e1n hacia la promoci\u00f3n de la autonom\u00eda personal y la prevenci\u00f3n de la dependencia de las personas con discapacidad en el \u00e1mbito de los servicios sociales y estar\u00e1n condicionados a que las personas usuarias de los mismos no acudan a ning\u00fan recurso garantizado por la ANADP.<\/p>\n<p>Se encuadrar\u00e1n en las siguientes tipolog\u00edas:<\/p>\n<p>\u2013Atenci\u00f3n individualizada a las personas con discapacidad y a su familia.<\/p>\n<p>\u2013Transporte adaptado.<\/p>\n<p>\u2013Ocio y tiempo libre.<\/p>\n<p>\u2013Respiro familiar: Se refiere a los programas de respiro familiar que tienen por objeto el descanso de las familias que tienen a su cargo a personas con discapacidad. Se admitir\u00e1n un m\u00e1ximo de cuatro respiros familiares al a\u00f1o, siempre que la duraci\u00f3n de la estancia sea como m\u00e1ximo, de dos noches.<\/p>\n<p>\u2013Habilitaci\u00f3n y terapia ocupacional.<\/p>\n<p>\u2013Estimulaci\u00f3n cognitiva.<\/p>\n<p>\u2013Promoci\u00f3n, mantenimiento y recuperaci\u00f3n de la autonom\u00eda funcional.<\/p>\n<p>\u2013Habilitaci\u00f3n psicosocial para personas con enfermedad mental o discapacidad intelectual.<\/p>\n<p>No ser\u00e1n objeto de subvenci\u00f3n todos aquellos programas dirigidos exclusivamente a la prevenci\u00f3n y promoci\u00f3n de la salud, as\u00ed como a la Atenci\u00f3n Temprana de 0 a 6 a\u00f1os.<\/p>\n<p><strong>2.\u2013Disponibilidad presupuestaria.<\/strong><\/p>\n<p>La cuant\u00eda destinada a tales fines ser\u00e1 de 1.238.408 euros con cargo a la partida 920005-93100-4819-231B10 denominada \u201cEntidades del \u00e1rea de personas con discapacidad. Subvenciones Programas\u201d del presupuesto de gastos de 2017.<\/p>\n<p><strong>3.\u2013Requisitos de los programas para los que se solicita subvenci\u00f3n:<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>a) La solicitud de cada entidad podr\u00e1 ser desglosada en un m\u00e1ximo de 6 programas.<\/li>\n<li>b) Contar con financiaci\u00f3n procedente de fondos propios y\/o de otras subvenciones p\u00fablicas o privadas.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>4.\u2013Documentaci\u00f3n espec\u00edfica de los programas a presentar por la entidad:<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>a) Memoria t\u00e9cnica de cada programa subvencionado.<\/li>\n<li>b) Cuenta de resultados (ingresos y gastos) de cada programa subvencionado.<\/li>\n<\/ol>\n<p>La documentaci\u00f3n referente al a\u00f1o anterior de la solicitud requerida en los puntos a) y b) es v\u00e1lida para todas las convocatorias del a\u00f1o en curso. No es necesario presentarla si ya se ha hecho en el plazo establecido para la justificaci\u00f3n de la subvenci\u00f3n del ejercicio anterior, o en una convocatoria del a\u00f1o en curso previa a \u00e9sta.<\/p>\n<ol>\n<li>c) Descripci\u00f3n t\u00e9cnica de cada uno de los programas para los que se solicita subvenci\u00f3n.<\/li>\n<li>d) Presupuesto de ingresos y gastos de cada uno de los programas para los que se solicita subvenci\u00f3n.<\/li>\n<li>e) Declaraci\u00f3n jurada, emitida por la persona que ostenta la representaci\u00f3n de la entidad, de que los usuarios de cada programa con solicitud de subvenci\u00f3n no acuden a ning\u00fan recurso garantizado por la ANADP.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>5.\u2013Conceptos y cuant\u00edas m\u00e1ximas subvencionables.<\/strong><\/p>\n<p>5.1. Conceptos subvencionables.<\/p>\n<p>Ser\u00e1n subvencionables los gastos de personal y de actividades espec\u00edficos para el desarrollo de cada programa presentado.<\/p>\n<p>5.2. Cuant\u00edas m\u00e1ximas subvencionables.<\/p>\n<p>Proyectos estructurados como programa global:<\/p>\n<p>El importe m\u00e1ximo de la subvenci\u00f3n ser\u00e1 de 8.500 euros.<\/p>\n<p>Proyecto estructurado como programas.<\/p>\n<p>El importe m\u00e1ximo de la subvenci\u00f3n ser\u00e1 el 80% del presupuesto de cada programa, aceptado por el \u00f3rgano instructor.<\/p>\n<p>En ambas modalidades, para establecer el presupuesto admitido correspondiente a cada programa, se realizar\u00e1 una evaluaci\u00f3n de los costes econ\u00f3micos incluidos en el mismo. En el caso de que se aprecie que los costes previstos est\u00e9n sobrevalorados, se realizar\u00e1 una valoraci\u00f3n econ\u00f3mica del programa a precios ajustados a los reales, con car\u00e1cter previo a la asignaci\u00f3n de la subvenci\u00f3n. En todo caso, el presupuesto admitido no podr\u00e1 incrementarse m\u00e1s de un 5% respecto del gasto efectuado el a\u00f1o anterior para el mismo programa, salvo que de manera excepcional en el expediente quede absolutamente justificada la necesidad de un incremento superior y as\u00ed lo valore el \u00f3rgano instructor.<\/p>\n<p><strong>6.\u2013Valoraci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>6.1. Entidades que presentan un \u201cProyecto estructurado como programa global\u201d<\/p>\n<p>La valoraci\u00f3n tendr\u00e1 una \u00fanica fase, en la que se valorar\u00e1 el proyecto y la capacidad de la entidad responsable para desarrollarlo.<\/p>\n<p>Esta fase ser\u00e1 eliminatoria, debiendo alcanzar la entidad para superarla un m\u00ednimo de 60 puntos.<\/p>\n<p>6.2. Entidades que presentan un \u201cProyecto estructurado en programas\u201d<\/p>\n<p>La valoraci\u00f3n se efectuar\u00e1 en dos fases: en la primera, se valorar\u00e1 a la entidad como responsable del proyecto para el cual solicita subvenci\u00f3n, es decir, su potencial capacidad para desarrollar programas; en la segunda, se valorar\u00e1 el programa presentado.<\/p>\n<p>Cada fase se valorar\u00e1 de manera independiente, utilizando los criterios y puntuaciones se\u00f1alados en el apartado 6.3 \u201cValoraci\u00f3n de la entidad como responsable del proyecto\u201d, del anexo I, y en la base 7.\u201dCriterios de Valoraci\u00f3n de los programas\u201d de este anexo III, con una puntuaci\u00f3n m\u00e1xima de 100 puntos en cada fase.<\/p>\n<p>Ambas fases son eliminatorias, de forma que para superarlas las entidades deber\u00e1n alcanzar, en cada una de ellas, un m\u00ednimo de 60 puntos. Por lo tanto, para percibir subvenci\u00f3n el sumatorio m\u00ednimo de cada programa presentado entre las dos fases ser\u00e1 de 120 puntos.<\/p>\n<p><strong>7.\u2013Criterios de valoraci\u00f3n de los programas presentados (\u00danicamente para proyectos estructurados en la modalidad de programas).<\/strong><\/p>\n<p>\u2013Criterio 1. Calidad t\u00e9cnica del programa: Hasta 55 puntos.<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td colspan=\"2\"><strong>CONCEPTO<\/strong><\/td>\n<td><strong>PUNTUACI\u00d3N<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"3\">1.1.\u2013Programa t\u00e9cnicamente completo, fundamentado, con estructura interna clara, coherente y s\u00f3lida. Adecuaci\u00f3n entre objetivos, actividades, recursos humanos, materiales y t\u00e9cnicos y presupuesto: Hasta 18 puntos<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">Fundamentaci\u00f3n clara y precisa sobre la necesidad de realizar el programa respondiendo a las necesidades y demandas de los usuarios<\/td>\n<td>5<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">Objetivos expresados con concreci\u00f3n y relacionados con las necesidades detectadas.<\/td>\n<td>3,5<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">Las actividades previstas responden a los objetivos propuestos.<\/td>\n<td>3,5<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">Recursos humanos, t\u00e9cnicos y materiales acordes a los objetivos y actividades planteados.<\/td>\n<td>3<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">Presupuesto de ejecuci\u00f3n razonado y equilibrado en relaci\u00f3n con los objetivos propuestos<\/td>\n<td>3<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"3\">1.2.\u2013Precisi\u00f3n en la definici\u00f3n de las actividades previstas, cronograma, metodolog\u00eda de intervenci\u00f3n a desarrollar para alcanzar el cumplimiento de los objetivos: Hasta 8 puntos<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">Descripci\u00f3n detallada y precisa de las actividades propuestas<\/td>\n<td>5<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">Descripci\u00f3n de la metodolog\u00eda<\/td>\n<td>2<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">Cronograma<\/td>\n<td>1<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"3\">1.3.\u2013Se valora la capacidad para desarrollar las actuaciones en distintas localidades de la Comunidad Foral: Hasta 3 puntos<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">Desarrollan la actividad solo en su localidad<\/td>\n<td>1<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">Desarrollan la actividad en dos localidades<\/td>\n<td>2<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">Desarrollan la actividad en tres o m\u00e1s localidades<\/td>\n<td>3<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"3\">1.4.\u2013El contenido del programa contempla aspectos innovadores: 1 punto<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">Se contemplan aspectos innovadores para desarrollar el programa.<\/td>\n<td>1<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"3\">1.5.\u2013Exactitud y rigor en la ejecuci\u00f3n t\u00e9cnica del programa: Hasta 17 puntos<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">1.5.1. Eficacia del programa: resultados esperados y obtenido: Hasta 5 puntos<\/td>\n<td><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td rowspan=\"5\"><\/td>\n<td>Menos del 25%<\/td>\n<td>0<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Entre el 26 y el 50%<\/td>\n<td>2<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Entre el 51 y el 75%<\/td>\n<td>3<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Entre el 76% y 89%<\/td>\n<td>4<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>M\u00e1s del 90%<\/td>\n<td>5<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">1.5.2. Incidencia del programa: participaci\u00f3n esperada y obtenida: Hasta 5 puntos<\/td>\n<td><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td rowspan=\"5\"><\/td>\n<td>Menos del 25% de participantes<\/td>\n<td>0<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Entre el 26 y el 50%<\/td>\n<td>1<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Entre el 51 y el 75%<\/td>\n<td>2<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Entre el 76% y 89%<\/td>\n<td>4<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>M\u00e1s del 90%<\/td>\n<td>5<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">1.5.3. Repercusi\u00f3n social: Hasta 5 puntos<\/td>\n<td><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td rowspan=\"2\"><\/td>\n<td>El programa realiza estrategias y o actividades de captaci\u00f3n dirigidos a posibles beneficiarios, socios y no socios<\/td>\n<td>2<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Programa al que acuden personas no socias a las actividades previstas.<\/td>\n<td>3<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">1.5.4. Efectividad en la justificaci\u00f3n: 2 puntos<\/td>\n<td><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><\/td>\n<td>Correcta justificaci\u00f3n t\u00e9cnica y econ\u00f3mica de la ejecuci\u00f3n del programa<\/td>\n<td>2<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"3\">1.6.\u2013Seguimiento y evaluaci\u00f3n del programa: Hasta 8 puntos<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">1.6.1. Seguimiento del programa.<\/td>\n<td><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><\/td>\n<td>Seguimiento continuo y permanente de la ejecuci\u00f3n del programa<\/td>\n<td>3<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">1.6.2. Evaluaci\u00f3n del programa<\/td>\n<td><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td rowspan=\"3\"><\/td>\n<td>No se fijan indicadores de calidad y variables de verificaci\u00f3n que posibiliten la evaluaci\u00f3n del programa<\/td>\n<td>0<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Fijan indicadores de calidad y variables de verificaci\u00f3n que posibilitan la evaluaci\u00f3n del programa<\/td>\n<td>2<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>La evaluaci\u00f3n se lleva a cabo en funci\u00f3n de indicadores de calidad y variables de verificaci\u00f3n, previamente establecidos, que favorezca la formulaci\u00f3n de conclusiones y viabilidad del programa<\/td>\n<td>5<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>\u2013Criterio 2. Coherencia del programa: 25 puntos.<\/p>\n<table>\n<thead>\n<tr>\n<td colspan=\"2\"><strong>SUBCRITERIOS<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<\/thead>\n<tbody>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">2.1. El programa responde a las necesidades y demandas de las personas usuarias<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">2.2. Las personas beneficiarias participan de forma activa y directa a lo largo de todo el proceso de planificaci\u00f3n y desarrollo del programa: dise\u00f1o, puesta en marcha, seguimiento y evaluaci\u00f3n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">2.3. Las personas beneficiarias participan de forma activa y directa en el dise\u00f1o del programa<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">2.4. Las personas beneficiarias participan en la organizaci\u00f3n de actividades concretas del programa<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">2.5. La entidad ha mostrado capacidad para desarrollar el programa conforme a los objetivos t\u00e9cnicos y econ\u00f3micos inicialmente planteados o de reformular t\u00e9cnica y\/o econ\u00f3micamente para adaptarlo a las necesidades que se planteen<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">2.6. El programa plantea la ejecuci\u00f3n de actividades concretas de forma conjunta con otras entidades diferenciadas, del \u00e1mbito de la discapacidad, que favorezcan una intervenci\u00f3n integral<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">2.7. Coordinaci\u00f3n y complementariedad con otras entidades diferenciadas para facilitar el desarrollo del programa<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">2.8. Programa que complementa un programa del Departamento<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">2.9. Programa que complementa a otros programas en el \u00e1mbito de la Comunidad Foral<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">2.10. El presupuesto inicial y\/o reformulado del programa y su balance final son coherentes<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">2.11. El gasto real del a\u00f1o anterior y el presupuesto presentado para el a\u00f1o en curso son coherentes<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td><strong>CONCEPTO<\/strong><\/td>\n<td><strong>PUNTUACI\u00d3N<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>CONCUERDA CON MENOS DE DOS SUBCRITERIOS<\/td>\n<td>0,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>CONCUERDA CON TRES SUBCRITERIOS<\/td>\n<td>3,57<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>CONCUERDA CON CUATRO SUBCRITERIOS<\/td>\n<td>7,14<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>CONCUERDA CON CINCO SUBCRITERIOS<\/td>\n<td>10,71<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>CONCUERDA CON SEIS SUBCRITERIOS<\/td>\n<td>14,28<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>CONCUERDA CON SIETE SUBCRITERIOS<\/td>\n<td>17,82<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>CONCUERDA CON OCHO SUBCRITERIOS<\/td>\n<td>21,39<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>CONCUERDA CON NUEVE SUBCRITERIOS O M\u00c1S<\/td>\n<td>25,00<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>\u2013Criterio 3. Cofinanciaci\u00f3n: 20 puntos.<\/p>\n<p>Se valora la capacidad para realizar un programa a medida de los recursos reales disponibles.<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td><strong>CONCEPTO<\/strong><\/td>\n<td><strong>PUNTUACI\u00d3N<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>COFINANCIACI\u00d3N M\u00cdNIMA (1 AL 9%)<\/td>\n<td>0,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>COFINANCIACI\u00d3N MODERADA (10 AL 19%)<\/td>\n<td>5,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>COFINANCIACI\u00d3N ACEPTABLE (20 AL 39%)<\/td>\n<td>10,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>COFINANCIACI\u00d3N BUENA (40 AL 59%)<\/td>\n<td>15,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>COFINANCIACI\u00d3N MUY BUENA (60 AL 69%)<\/td>\n<td>17,15<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>COFINANCIACI\u00d3N INMEJORABLE (70% O M\u00c1S)<\/td>\n<td>20,00<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>El porcentaje de cofinanciaci\u00f3n se redondear\u00e1 al alza o a la baja, seg\u00fan corresponda.<\/p>\n<p><strong>8.\u2013Asignaci\u00f3n de la cuant\u00eda de la subvenci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>La asignaci\u00f3n de la cuant\u00eda de subvenci\u00f3n se har\u00e1 en funci\u00f3n de la puntuaci\u00f3n obtenida, de la solicitud de subvenci\u00f3n y del cr\u00e9dito presupuestario disponible.<\/p>\n<p>8.1. Proyectos estructurados como programa global:<\/p>\n<p>El importe m\u00e1ximo de la subvenci\u00f3n se cifrar\u00e1 en 8.500 euros.<\/p>\n<p>La asignaci\u00f3n de la cuant\u00eda de la subvenci\u00f3n se har\u00e1 en funci\u00f3n de la puntuaci\u00f3n obtenida seg\u00fan la base 6.3 \u201cValoraci\u00f3n de la entidad como responsable del proyecto\u201d del anexo I, estableci\u00e9ndose los siguientes tramos porcentuales sobre el importe m\u00e1ximo de subvenci\u00f3n establecido.<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td><strong>TRAMOS<\/strong><\/td>\n<td><strong>CUANT\u00cdA<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Menos de 60 puntos<\/td>\n<td>0,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Entre 60 y 65<\/td>\n<td>1.625,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Entre 66 y 67<\/td>\n<td>2.400,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Entre 68 y 69<\/td>\n<td>3.125,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Entre 70 y 71<\/td>\n<td>3.903,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Entre 72 y 73<\/td>\n<td>4.848,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Entre 74 y 75<\/td>\n<td>5.792,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Entre 76 y 77<\/td>\n<td>6.737,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Entre 78 y 79<\/td>\n<td>7.681,00<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>80 y m\u00e1s<\/td>\n<td>8.500,00<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>8.2. Proyectos estructurados en Programas:<\/p>\n<p>En cada programa, la asignaci\u00f3n de la cuant\u00eda de la subvenci\u00f3n se har\u00e1 en funci\u00f3n de la puntuaci\u00f3n obtenida seg\u00fan las bases 6.3. \u201cValoraci\u00f3n de la entidad como responsable del proyecto\u201d del anexo I y 7 \u201cCriterios de valoraci\u00f3n de los programas presentados\u201d del presente anexo, y de la solicitud de subvenci\u00f3n, estableci\u00e9ndose como subvenci\u00f3n m\u00e1xima los siguientes porcentajes sobre el presupuesto admitido del programa, teniendo en cuenta lo previsto por la base 5 \u201cconceptos y cuant\u00edas m\u00e1ximas subvencionables\u201d de este anexo.<\/p>\n<p>Tabla de porcentaje de subvenci\u00f3n m\u00e1xima:<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td><strong>PUNTUACI\u00d3N<\/strong><\/td>\n<td><strong>PORCENTAJE SUBVENCI\u00d3N SOBRE PRESUPUESTO (%)<\/strong><\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Menos de 120<\/td>\n<td>0%<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Entre 120 y 200<\/td>\n<td>(Puntuaci\u00f3n obtenida &#8211; 120) = porcentaje a aplicar<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>8.3. En ambas modalidades y en el caso de que el importe de la subvenci\u00f3n sea inferior al que figura en la solicitud presentada, la entidad solicitante podr\u00e1 llevar a cabo la reformulaci\u00f3n de la solicitud, con car\u00e1cter inmediato a la aparici\u00f3n de las circunstancias que las justifiquen, y en todo caso, con anterioridad al momento en que finalice el plazo de ejecuci\u00f3n del programa subvencionado, debiendo quedar garantizado en todo caso, que el programa reformulado respete el mismo objeto y caracter\u00edsticas del programa original.<\/p>\n<p>Asimismo, el presupuesto de la reformulaci\u00f3n no deber\u00e1 ser inferior a la suma de la cuant\u00eda de subvenci\u00f3n propuesta m\u00e1s la de cofinanciaci\u00f3n prevista inicialmente, en t\u00e9rminos globales, salvo que se ajuste al presupuesto admitido por el \u00f3rgano instructor<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>ORDEN FORAL 12E\/2017, de 3 de marzo, del Consejero del Departamento de Derechos Sociales, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a entidades de iniciativa social del \u00e1rea de personas con discapacidad para el a\u00f1o 2017.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[2814,4,2812,2815],"tags":[948],"class_list":["post-12714","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-contratacion","category-novedades-normativas","category-presupuestos","category-retribuciones-personal-publico","tag-navarrasubvenciones-iniciativa-social"],"acf":[],"yoast_head":"<!-- This site is optimized with the Yoast SEO plugin v28.6 - 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