{"id":12909,"date":"2020-12-23T12:40:52","date_gmt":"2020-12-23T12:40:52","guid":{"rendered":"https:\/\/normativamunicipal.com\/uncategorized\/estructura-organica-basica-del-ministerio-del-interior\/"},"modified":"2020-12-24T11:28:42","modified_gmt":"2020-12-24T11:28:42","slug":"estructura-organica-basica-del-ministerio-del-interior","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=12909","title":{"rendered":"Estructura org\u00e1nica b\u00e1sica del Ministerio del Interior"},"content":{"rendered":"<p><strong>Real Decreto 770\/2017, de 28 de julio, por el que se desarrolla la estructura org\u00e1nica b\u00e1sica del Ministerio del Interior.<\/strong><!--more-->[sc name=\u00bbSeguridad P\u00fablica\u00bb ]<\/p>\n<p>BOE de 29 de julio de 2017<\/p>\n<p>TEXTO<\/p>\n<p>El Real Decreto 415\/2016, de 3 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, dispone en su art\u00edculo 6 que corresponde al Ministerio del Interior la propuesta y ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica del Gobierno en materia de seguridad ciudadana, tr\u00e1fico y seguridad vial, la promoci\u00f3n de las condiciones para el ejercicio de los derechos fundamentales, el ejercicio del mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, y las dem\u00e1s competencias que le confiere el ordenamiento jur\u00eddico.<\/p>\n<p>Posteriormente, el Real Decreto 424\/2016, de 11 de noviembre, por el que se establece la estructura org\u00e1nica b\u00e1sica de los departamentos ministeriales, determina en su art\u00edculo 5 los \u00f3rganos superiores y directivos en que se estructura el Ministerio del Interior, manteniendo su n\u00famero y denominaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Este real decreto da cumplimiento a lo establecido en la disposici\u00f3n final segunda del Real Decreto 424\/2016, de 11 de noviembre, desarrollando la estructura org\u00e1nica b\u00e1sica de los \u00f3rganos superiores y directivos del Ministerio del Interior.<\/p>\n<p>Transcurridos m\u00e1s de cinco a\u00f1os desde la aprobaci\u00f3n del Real Decreto 400\/2012, de 17 de febrero, por el que se desarrolla la estructura org\u00e1nica b\u00e1sica del Ministerio del Interior, razones de racionalidad y eficiencia aconsejan proceder a una revisi\u00f3n de las atribuciones asignadas a sus diferentes \u00f3rganos. Por otra parte, tambi\u00e9n es necesario efectuar las oportunas modificaciones derivadas de las competencias atribuidas a distintos \u00f3rganos administrativos por la Ley 19\/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica y buen gobierno, y por la Ley 40\/2015, de 1 de octubre, de R\u00e9gimen Jur\u00eddico del Sector P\u00fablico.<\/p>\n<p>En cuanto a las principales novedades en el \u00e1mbito de la Secretar\u00eda de Estado de Seguridad, se actualizan las funciones del titular de este \u00f3rgano superior en materia, entre otras, de tratamiento de los datos del Sistema de Registro de Pasajeros (PNR); la direcci\u00f3n y coordinaci\u00f3n de las pol\u00edticas de ciberseguridad, en el \u00e1mbito de las competencias del Departamento; las relacionadas con el Sistema de Seguimiento Integral de los casos de Violencia de G\u00e9nero, o las relacionadas con las actuaciones del Ministerio en materia de crimen organizado y trata de seres humanos. Por lo que afecta a la Direcci\u00f3n General de la Polic\u00eda, se redistribuyen las funciones entre los \u00f3rganos directivos de ella dependientes, que pasan a denominarse Jefaturas Centrales. Igualmente, en la Direcci\u00f3n General de la Guardia Civil, cambia la denominaci\u00f3n tradicional de sus Subdirecciones Generales por la de Mandos.<\/p>\n<p>En otro orden de cosas, el objetivo que persiguen las reformas de este real decreto en cuanto a la estructura de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad es permitir una direcci\u00f3n m\u00e1s horizontal de las mismas, con mayor claridad en las funciones de sus \u00f3rganos operativos para lograr as\u00ed una mayor eficiencia en la garant\u00eda de la seguridad en el territorio y, sobre todo, de las personas. En esa l\u00ednea se introducen nuevas herramientas de coordinaci\u00f3n territorial y operativa dentro de cada uno de los cuerpos, entre ambos y de \u00e9stos con los operadores de seguridad internacionales. Otro de los objetivos es una mejor adaptaci\u00f3n para combatir m\u00e1s eficazmente las nuevas formas de delincuencia, empleando la innovaci\u00f3n como elemento fundamental de fortalecimiento de la seguridad, y apostando por una mejora en la formaci\u00f3n permanente de los miembros de la Polic\u00eda Nacional y de la Guardia Civil, compatible con su acervo centenario y sus magn\u00edficos resultados en la prevenci\u00f3n y represi\u00f3n de la delincuencia, en particular del crimen organizado y del terrorismo. La seguridad f\u00edsica en Espa\u00f1a se encuentra entre las de mayor calidad de los pa\u00edses avanzados, pero la evoluci\u00f3n de la delincuencia hacia entornos digitales obliga a realizar los ajustes necesarios para garantizar que tambi\u00e9n frente a los nuevos delitos electr\u00f3nicos se pueda ofrecer a los espa\u00f1oles mayores garant\u00edas de seguridad. Igualmente persiguen estos cambios alcanzar la misma eficacia frente al terrorismo jihadista que el que se ha acreditado durante d\u00e9cadas en la lucha contra la banda terrorista ETA. Siendo la misma manifestaci\u00f3n del terror y de la amenaza a la seguridad y a la dignidad de las personas, el nuevo terrorismo presenta patrones y m\u00e9todos radicalmente diferentes, por lo que tambi\u00e9n en ese aspecto es preciso mostrar capacidad de reacci\u00f3n para garantizar la misma eficacia, sobre la idea fuerza de que todos los miembros de la Polic\u00eda Nacional y de la Guardia Civil son piezas fundamentales en la prevenci\u00f3n y erradicaci\u00f3n del terrorismo. Ese trabajo conjunto, desde cada una de sus unidades, ha permitido derrotar a ETA y debe ayudar a defender a Espa\u00f1a frente a las nuevas manifestaciones del terror.<\/p>\n<p>En cuanto a las novedades que afectan a la Subsecretar\u00eda, se reubican las funciones relativas a la inspecci\u00f3n de servicios, adecu\u00e1ndose as\u00ed a lo previsto en la normativa que regula estas inspecciones, asumi\u00e9ndolas la nueva Subdirecci\u00f3n General de Calidad de los Servicios e Innovaci\u00f3n, a trav\u00e9s de la que se ejercer\u00e1n tambi\u00e9n funciones de planificaci\u00f3n y racionalizaci\u00f3n horizontal de los servicios del Departamento, particularmente en lo que a la implantaci\u00f3n de la administraci\u00f3n electr\u00f3nica y tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n se refiere. Se suprime correlativamente la anterior Subdirecci\u00f3n General de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones, parte de cuyas funciones las asume la Subdirecci\u00f3n General de Sistemas de Informaci\u00f3n y Comunicaciones para la Seguridad, bajo la dependencia funcional del Subsecretario. La Secretar\u00eda General T\u00e9cnica, como \u00f3rgano horizontal de asesoramiento e informaci\u00f3n departamental, pasa a ejercer las funciones en materia de informaci\u00f3n y atenci\u00f3n al ciudadano, que hasta ahora eran estaban atribuidas a la Direcci\u00f3n General de Apoyo a V\u00edctimas del Terrorismo. En la Direcci\u00f3n General de Tr\u00e1fico se lleva a cabo una actualizaci\u00f3n de sus funciones, que se refleja en la nueva denominaci\u00f3n de tres de sus subdirecciones generales. Asimismo se adecuan las competencias de la Direcci\u00f3n General de Protecci\u00f3n Civil y Emergencias a las importantes novedades introducidas por la Ley 17\/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protecci\u00f3n Civil.<\/p>\n<p>En su virtud, a iniciativa del Ministro del Interior, con la conformidad de la Ministra de Defensa en lo referido a la Guardia Civil, a propuesta del Ministro de Hacienda y Funci\u00f3n P\u00fablica y previa deliberaci\u00f3n del Consejo de Ministros en su reuni\u00f3n del d\u00eda 28 de julio de\u00a02017,<\/p>\n<p>DISPONGO:<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 1. Organizaci\u00f3n general del Departamento.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Corresponde al Ministerio del Interior la propuesta y ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica del Gobierno en materia de seguridad ciudadana; la promoci\u00f3n de las condiciones para el ejercicio de los derechos fundamentales, en particular la libertad y seguridad personal, en los t\u00e9rminos establecidos en la Constituci\u00f3n Espa\u00f1ola y en las leyes que los desarrollen; el mando superior, y la direcci\u00f3n y coordinaci\u00f3n de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado; las competencias que le encomienda la legislaci\u00f3n sobre seguridad privada; asimismo las competencias que le atribuye la legislaci\u00f3n en materia de extranjer\u00eda; el r\u00e9gimen de protecci\u00f3n internacional de refugiados, r\u00e9gimen de ap\u00e1tridas y protecci\u00f3n a desplazados; la administraci\u00f3n y r\u00e9gimen de las instituciones penitenciarias; la realizaci\u00f3n de las actuaciones necesarias para el desarrollo de los procesos electorales; el ejercicio de las competencias legalmente atribuidas sobre protecci\u00f3n civil; as\u00ed como las atribuidas en materia de tr\u00e1fico, seguridad vial y movilidad sostenible.<\/li>\n<li>Al Ministro del Interior, como titular del Departamento, corresponde la direcci\u00f3n de todos los servicios del Ministerio, el mando superior de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, y las dem\u00e1s funciones se\u00f1aladas en el art\u00edculo 61 de la Ley 40\/2015, de 1 de octubre, de R\u00e9gimen Jur\u00eddico del Sector P\u00fablico, as\u00ed como las que le sean atribuidas por otras leyes o normas especiales.<\/li>\n<li>Como \u00f3rgano de asistencia inmediata al Ministro, existe un Gabinete, con nivel org\u00e1nico de direcci\u00f3n general, con la estructura que se establece en el art\u00edculo 14.2 del Real Decreto 424\/2016, de 11 de noviembre, por el que se establece la estructura org\u00e1nica b\u00e1sica de los departamentos ministeriales. Su titular se encargar\u00e1 de la supervisi\u00f3n de los servicios de protocolo y de la programaci\u00f3n de las relaciones institucionales e internacionales, cuando haya de intervenir directamente el Ministro del Interior.<\/li>\n<li>Depende directamente del Ministro el Director de la Oficina de Comunicaci\u00f3n, con nivel de subdirecci\u00f3n general, a cuyo titular, como responsable de la comunicaci\u00f3n oficial del Departamento, corresponde dirigir y mantener las relaciones informativas y de publicidad institucional con los medios de comunicaci\u00f3n social y difundir la informaci\u00f3n de car\u00e1cter general del Departamento. Coordinar\u00e1 las relaciones informativas de los distintos servicios del Ministerio y las unidades de comunicaci\u00f3n de los centros directivos, en particular las campa\u00f1as institucionales de publicidad y de comunicaci\u00f3n que pretendan desarrollar en su respectivo \u00e1mbito de competencia. Le corresponde definir y coordinar los contenidos de la p\u00e1gina web del Ministerio.<\/li>\n<li>El Ministerio del Interior se estructura en los siguientes \u00f3rganos:<\/li>\n<li>a) La Secretar\u00eda de Estado de Seguridad, \u00f3rgano superior del que dependen los siguientes \u00f3rganos directivos:<\/li>\n<\/ol>\n<p>1.\u00ba La Direcci\u00f3n General de la Polic\u00eda.<\/p>\n<p>2.\u00ba La Direcci\u00f3n General de la Guardia Civil.<\/p>\n<p>3.\u00ba La Secretar\u00eda General de Instituciones Penitenciarias.<\/p>\n<p>4.\u00ba La Direcci\u00f3n General de Relaciones Internacionales y Extranjer\u00eda.<\/p>\n<ol>\n<li>b) La Subsecretar\u00eda del Interior, de la que depender\u00e1n los siguientes \u00f3rganos directivos:<\/li>\n<\/ol>\n<p>1.\u00ba La Secretar\u00eda General T\u00e9cnica.<\/p>\n<p>2.\u00ba La Direcci\u00f3n General de Pol\u00edtica Interior.<\/p>\n<p>3.\u00ba La Direcci\u00f3n General de Tr\u00e1fico.<\/p>\n<p>4.\u00ba La Direcci\u00f3n General de Protecci\u00f3n Civil y Emergencias.<\/p>\n<p>5.\u00ba La Direcci\u00f3n General de Apoyo a V\u00edctimas del Terrorismo.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 2. Secretar\u00eda de Estado de Seguridad.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Corresponde al Secretario de Estado de Seguridad el ejercicio de las funciones a las que se refiere el art\u00edculo 62 de la Ley 40\/2015, de 1 de octubre, y en particular, la direcci\u00f3n, coordinaci\u00f3n y supervisi\u00f3n de los \u00f3rganos directivos dependientes de la Secretar\u00eda de Estado, bajo la inmediata autoridad del Ministro del Interior, para el ejercicio de las siguientes funciones:<\/li>\n<li>a) La promoci\u00f3n de las condiciones para el ejercicio de los derechos fundamentales, en los t\u00e9rminos establecidos en la Constituci\u00f3n Espa\u00f1ola y en las leyes que los desarrollen, especialmente en relaci\u00f3n con la libertad y seguridad personal, la inviolabilidad del domicilio y de las comunicaciones y la libertad de residencia y circulaci\u00f3n.<\/li>\n<li>b) El ejercicio del mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, la coordinaci\u00f3n y la supervisi\u00f3n de los servicios y misiones que les corresponden.<\/li>\n<li>c) las competencias que le encomienda la legislaci\u00f3n sobre seguridad privada.<\/li>\n<li>d) La direcci\u00f3n y coordinaci\u00f3n de la cooperaci\u00f3n policial internacional, especialmente con EUROPOL, INTERPOL, SIRENE, los Sistemas de Informaci\u00f3n de Schengen y los Centros de Cooperaci\u00f3n Policial y Aduanera.<\/li>\n<li>e) La representaci\u00f3n del Departamento en los supuestos en que as\u00ed se lo encomiende el Ministro.<\/li>\n<li>f) La direcci\u00f3n, impulso y coordinaci\u00f3n de las actuaciones del Departamento en materia de crimen organizado, terrorismo, trata de seres humanos, tr\u00e1fico de drogas, blanqueo de capitales relacionado con dicho tr\u00e1fico y delitos conexos.<\/li>\n<li>g) La planificaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n de las pol\u00edticas de infraestructuras y material en el \u00e1mbito de la seguridad.<\/li>\n<li>h) La aprobaci\u00f3n de los planes y programas de infraestructuras y material en el \u00e1mbito de la seguridad.<\/li>\n<li>i) La direcci\u00f3n de las competencias del Ministerio del Interior en materia de Administraci\u00f3n Penitenciaria.<\/li>\n<li>j) La direcci\u00f3n y coordinaci\u00f3n de las relaciones del Departamento con el Comit\u00e9 Europeo para la prevenci\u00f3n de la tortura y de las penas y tratos inhumanos o degradantes.<\/li>\n<li>k) La gesti\u00f3n de las competencias del Departamento en relaci\u00f3n con la protecci\u00f3n y garant\u00eda del ejercicio de los derechos fundamentales de reuni\u00f3n y de manifestaci\u00f3n.<\/li>\n<li>l) La coordinaci\u00f3n del ejercicio de las competencias de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno en materia de seguridad ciudadana.<\/li>\n<li>m) La direcci\u00f3n y coordinaci\u00f3n de las actuaciones relacionadas con los precursores de drogas, precursores de explosivos y el tratamiento de los datos del Sistema de Registro de Pasajeros (PNR).<\/li>\n<li>n) La direcci\u00f3n del Sistema Nacional de Protecci\u00f3n de Infraestructuras Cr\u00edticas.<\/li>\n<\/ol>\n<p>\u00f1) La direcci\u00f3n y coordinaci\u00f3n de las pol\u00edticas de ciberseguridad, en el \u00e1mbito de las competencias del Ministerio del Interior.<\/p>\n<ol start=\"2\">\n<li>Como \u00f3rgano de asistencia inmediata al Secretario de Estado existe un Gabinete, con nivel org\u00e1nico de subdirecci\u00f3n general, con la estructura que se establece en el art\u00edculo 14.3 del Real Decreto 424\/2016, de 11 de noviembre<em>.<\/em><\/li>\n<\/ol>\n<p>Asimismo, coordinar\u00e1, siguiendo instrucciones del Secretario de Estado, las Subdirecciones Generales de Planificaci\u00f3n y Gesti\u00f3n de Infraestructuras y Medios para la Seguridad, y de Sistemas de Informaci\u00f3n y Comunicaciones para la Seguridad.<\/p>\n<ol start=\"3\">\n<li>Dependen del Secretario de Estado los siguientes \u00f3rganos de coordinaci\u00f3n:<\/li>\n<li>a) El Gabinete de Coordinaci\u00f3n y Estudios, con nivel org\u00e1nico de subdirecci\u00f3n general. Es el \u00f3rgano de apoyo y asesoramiento a trav\u00e9s del cual el Secretario de Estado ejerce su funci\u00f3n de coordinaci\u00f3n y supervisi\u00f3n de la actuaci\u00f3n de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y de colaboraci\u00f3n con las Polic\u00edas Auton\u00f3micas y Polic\u00edas Locales. Es el encargado de confeccionar las instrucciones y los planes directores y operativos de la Secretar\u00eda de Estado en materia de seguridad ciudadana, supervisando su ejecuci\u00f3n, de elaborar peri\u00f3dicamente los datos estad\u00edsticos de criminalidad, de dise\u00f1ar y desarrollar acciones formativas comunes para los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, de coordinar y evaluar acciones y sistemas comunes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad encaminados a la protecci\u00f3n de colectivos vulnerables, y de auxiliar al Secretario de Estado en su funci\u00f3n como responsable superior del Sistema Nacional de Protecci\u00f3n de las Infraestructuras Cr\u00edticas y como coordinador de las pol\u00edticas de ciberseguridad encomendadas al Ministerio.<\/li>\n<\/ol>\n<p>En concreto, le corresponder\u00e1n los siguientes cometidos:<\/p>\n<p>1.\u00ba Desarrollar estrategias espec\u00edficas de lucha contra la criminalidad y elaborar las instrucciones y los planes directores y operativos de la Secretar\u00eda de Estado de Seguridad en materia de seguridad ciudadana, coordinando la actuaci\u00f3n de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en este \u00e1mbito, as\u00ed como de \u00e9stos con las Polic\u00edas Auton\u00f3micas y Polic\u00edas Locales.<\/p>\n<p>2.\u00ba Desarrollar, implantar y gestionar la Estad\u00edstica Nacional de Criminalidad, integrando todos los datos procedentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, Polic\u00edas Auton\u00f3micas y Polic\u00edas Locales.<\/p>\n<p>3.\u00ba Elaborar peri\u00f3dicamente informes estad\u00edsticos sobre la situaci\u00f3n y evoluci\u00f3n de la criminalidad.<\/p>\n<p>4.\u00ba Realizar investigaciones, estudios, an\u00e1lisis e informes sobre aspectos relacionados con la pol\u00edtica de seguridad, el modelo policial y la seguridad ciudadana.<\/p>\n<p>5.\u00ba Promover y desarrollar acciones formativas conjuntas para miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, Polic\u00edas Auton\u00f3micas y Polic\u00edas Locales.<\/p>\n<p>6.\u00ba Fomentar la participaci\u00f3n y colaboraci\u00f3n de la Universidad, de otras entidades o instituciones p\u00fablicas y privadas, y de personalidades investigadoras o del \u00e1mbito acad\u00e9mico, en el desarrollo de las actividades y funciones que le corresponden.<\/p>\n<p>7.\u00ba Informar los proyectos de disposiciones generales en el \u00e1mbito de sus competencias.<\/p>\n<p>8.\u00ba Elaborar las resoluciones, instrucciones y circulares para su posterior elevaci\u00f3n al Secretario de Estado.<\/p>\n<p>9.\u00ba Actuar como Unidad Nacional de la Agencia de la Uni\u00f3n Europea para la Formaci\u00f3n Policial (CEPOL).<\/p>\n<p>10.\u00ba Establecer, en el \u00e1mbito de sus competencias, las relaciones correspondientes con otros Centros o Unidades similares de la Uni\u00f3n europea, de sus Estados Miembros o de terceros pa\u00edses.<\/p>\n<p>11.\u00ba Impulsar, coordinar y supervisar, a trav\u00e9s del Centro Nacional de Protecci\u00f3n de Infraestructuras y Ciberseguridad (CNPIC), todas las actividades que tiene encomendadas la Secretar\u00eda de Estado en relaci\u00f3n con la protecci\u00f3n de las infraestructuras cr\u00edticas en el territorio nacional, en colaboraci\u00f3n con otros departamentos ministeriales.<\/p>\n<p>12.\u00ba Constituirse como Servicio Central de Violencia de G\u00e9nero para la direcci\u00f3n, definici\u00f3n y operaci\u00f3n del Sistema de Seguimiento Integral de los casos de Violencia de G\u00e9nero.<\/p>\n<p>13.\u00ba Dirigir la Oficina Nacional de lucha contra los delitos de odio.<\/p>\n<p>14.\u00ba Actuar como Centro Nacional de Desaparecidos.<\/p>\n<p>15.\u00ba Ejercer, a trav\u00e9s de la Oficina de Coordinaci\u00f3n Cibern\u00e9tica, las funciones de punto de contacto nacional de coordinaci\u00f3n operativa para el intercambio de informaci\u00f3n con la Comisi\u00f3n Europea y los Estados miembros, en el marco de lo establecido por la Directiva 2013\/40\/UE, de 12 de agosto de 2013, relativa a los ataques contra los sistemas de informaci\u00f3n, y ejercer como canal espec\u00edfico de comunicaci\u00f3n entre los Centros de Respuesta a Incidentes Cibern\u00e9ticos (CSIRT) nacionales de referencia y la Secretar\u00eda de Estado de Seguridad, desempe\u00f1ando la coordinaci\u00f3n t\u00e9cnica en materia de ciberseguridad entre dicha Secretar\u00eda de Estado y sus organismos dependientes, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros Ministerios.<\/p>\n<p>16.\u00ba Ejercer la coordinaci\u00f3n de los Centros de Cooperaci\u00f3n Policial y Aduanera.<\/p>\n<p>17.\u00ba Centralizar, a trav\u00e9s del Centro Permanente de Informaci\u00f3n y Coordinaci\u00f3n\u00a0(CEPIC), la recepci\u00f3n, clasificaci\u00f3n y distribuci\u00f3n de sucesos, noticias e informaciones generadas por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y cualesquiera otras instituciones p\u00fablicas o entidades privadas, cuya actividad tenga relaci\u00f3n con la seguridad p\u00fablica y los planes operativos o estrat\u00e9gicos que establezca la Secretar\u00eda de Estado.<\/p>\n<ol>\n<li>b) La Inspecci\u00f3n de Personal y Servicios de Seguridad, con nivel org\u00e1nico de Subdirecci\u00f3n General, encargada de la inspecci\u00f3n, comprobaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n del desarrollo de los servicios, centros y unidades, centrales y perif\u00e9ricos, de las Direcciones Generales de la Polic\u00eda y de la Guardia Civil, as\u00ed como de las actuaciones realizadas por los miembros de los respectivos Cuerpos en el cumplimiento de sus competencias.<\/li>\n<\/ol>\n<p>En este \u00e1mbito, en particular, le corresponden las siguientes funciones:<\/p>\n<p>1.\u00ba Elaborar y proponer al Secretario de Estado la planificaci\u00f3n de la actividad inspectora.<\/p>\n<p>2.\u00ba Analizar y comprobar el estado, adecuaci\u00f3n, suficiencia y utilizaci\u00f3n de los recursos humanos, materiales e infraestructuras sobre los que ejerce la funci\u00f3n inspectora, con objeto de optimizarlos y proponer, en su caso, las medidas que procedan.<\/p>\n<p>3.\u00ba Realizar el control y seguimiento de los planes y objetivos de actuaci\u00f3n, en relaci\u00f3n a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, establecidos por la Secretar\u00eda de Estado de Seguridad y las Direcciones Generales de la Polic\u00eda y de la Guardia Civil.<\/p>\n<p>4.\u00ba Ejercer las competencias en materia de prevenci\u00f3n de riesgos laborales que le otorgan los Reales Decretos 179\/2005, de 18 de febrero, sobre prevenci\u00f3n de riesgos laborales en la Guardia Civil, y 2\/2006, de 16 de enero, por el que se establecen normas sobre prevenci\u00f3n de riesgos laborales en la actividad de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Polic\u00eda.<\/p>\n<p>5.\u00ba Llevar a cabo, en el \u00e1mbito de sus funciones, el seguimiento de los programas de calidad establecidos en el Real Decreto 951\/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administraci\u00f3n General del Estado y, especialmente, el de las quejas y sugerencias formuladas por los ciudadanos, en el \u00e1mbito de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.<\/p>\n<p>6.\u00ba Promover actuaciones que favorezcan la integridad profesional y deontol\u00f3gica de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.<\/p>\n<ol>\n<li>c) El Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y el Crimen Organizado (CITCO), con nivel org\u00e1nico de subdirecci\u00f3n general, al que corresponde la recepci\u00f3n, integraci\u00f3n y an\u00e1lisis de la informaci\u00f3n estrat\u00e9gica disponible en la lucha contra todo tipo de delincuencia organizada o grave, terrorismo y radicalismo violento, el dise\u00f1o de estrategias espec\u00edficas contra estas amenazas y su financiaci\u00f3n, as\u00ed como, en su caso, el establecimiento de criterios de actuaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n operativa de los organismos actuantes en los supuestos de coincidencia o concurrencia en las investigaciones, y en particular, sobre estas materias:<\/li>\n<\/ol>\n<p>1.\u00ba Recibir, integrar y analizar informaciones y an\u00e1lisis operativos que sean relevantes o necesarios para elaborar la correspondiente inteligencia criminal estrat\u00e9gica y de prospectiva, tanto en su proyecci\u00f3n nacional como internacional, integrando y canalizando a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado toda la informaci\u00f3n operativa que reciba o capte.<\/p>\n<p>2.\u00ba Dictar, determinar y establecer, en los supuestos de intervenci\u00f3n conjunta o concurrente, los criterios de coordinaci\u00f3n y de actuaci\u00f3n de las unidades operativas de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, y la de \u00e9stos con otros organismos intervinientes, en funci\u00f3n de sus competencias propias o de apoyo a la intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>3.\u00ba Elaborar informes anuales, as\u00ed como una evaluaci\u00f3n peri\u00f3dica de la amenaza.<\/p>\n<p>4.\u00ba Elaborar, en coordinaci\u00f3n con el Gabinete de Coordinaci\u00f3n y Estudios, las informaciones estad\u00edsticas no clasificadas relacionadas con estas materias, en especial la estad\u00edstica oficial sobre drogas.<\/p>\n<p>5.\u00ba Proponer, en el \u00e1mbito de sus competencias, las estrategias nacionales y actualizarlas de forma permanente, coordinando y verificando su desarrollo y ejecuci\u00f3n.<\/p>\n<p>6.\u00ba Establecer, en el \u00e1mbito de sus competencias, las relaciones correspondientes con otros centros o unidades similares de la Uni\u00f3n Europea, sus Estados miembros o terceros pa\u00edses.<\/p>\n<p>Del CITCO depender\u00e1n la Oficina Nacional de Informaci\u00f3n sobre Pasajeros (ONIP), que act\u00faa como Unidad de Informaci\u00f3n sobre pasajeros (PIU) nacional, prevista en la normativa europea y la Unidad de Polic\u00eda Judicial para delitos de terrorismo (TEPOL). Asimismo desarrollar\u00e1 las funciones encomendadas al Subregistro Principal OTAN-UE para los \u00f3rganos centrales del Ministerio del Interior.<\/p>\n<ol start=\"4\">\n<li>Est\u00e1 adscrita al Ministerio del Interior, a trav\u00e9s de la Secretar\u00eda de Estado y como \u00f3rgano estrat\u00e9gico de coordinaci\u00f3n ejecutiva de \u00e9sta, la Comisi\u00f3n Ejecutiva de Coordinaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Asimismo dependen del Secretario de Estado las siguientes subdirecciones generales:<\/li>\n<li>a) La Subdirecci\u00f3n General de Planificaci\u00f3n y Gesti\u00f3n de Infraestructuras y Medios para la Seguridad, a la que corresponde, sin perjuicio de las competencias legalmente atribuidas al Organismo Aut\u00f3nomo Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado, el desarrollo de las siguientes funciones:<\/li>\n<\/ol>\n<p>1.\u00ba Planificar las inversiones en infraestructuras de seguridad, teniendo en cuenta las propuestas de las Direcciones Generales de la Polic\u00eda y de la Guardia Civil.<\/p>\n<p>2.\u00ba Proponer proyectos y obras; elaborar y coordinar estudios y propuestas para la mejor utilizaci\u00f3n, estandarizaci\u00f3n y homologaci\u00f3n de infraestructuras y material en el \u00e1mbito de la seguridad, y proponer al Secretario de Estado planes y programas de infraestructuras y material, coordinarlos, supervisar su ejecuci\u00f3n, evaluarlos y analizar sus costes.<\/p>\n<p>3.\u00ba Proponer al Secretario de Estado la adquisici\u00f3n de infraestructuras y medios materiales para la seguridad, as\u00ed como revisar y coordinar otros proyectos promovidos por unidades u \u00f3rganos dependientes de aquel cuando se financien total o parcialmente con cr\u00e9ditos de la Secretar\u00eda de Estado.<\/p>\n<p>4.\u00ba Controlar y coordinar la ejecuci\u00f3n de los programas y proyectos derivados de compromisos contra\u00eddos por Espa\u00f1a con otros pa\u00edses u organismos internacionales, en las materias propias de su competencia.<\/p>\n<p>5.\u00ba Gestionar y ejecutar los programas y proyectos derivados de la financiaci\u00f3n procedente de Fondos Europeos en el \u00e1mbito de la Secretar\u00eda de Estado, en particular cuando se trate de programas en r\u00e9gimen de gesti\u00f3n compartida con la Comisi\u00f3n Europea, cuando as\u00ed se lo encomiende su titular.<\/p>\n<p>6.\u00ba Gestionar el patrimonio inmobiliario de la seguridad, mantener el inventario de sus bienes y derechos, as\u00ed como el arrendamiento o adquisici\u00f3n por otros t\u00edtulos de inmuebles dedicados a los fines de seguridad.<\/p>\n<p>7.\u00ba Mantener las relaciones con la Direcci\u00f3n General del Patrimonio del Estado en materia de infraestructuras y material de seguridad, de conformidad con lo establecido en la normativa correspondiente.<\/p>\n<p>8.\u00ba Dirigir, coordinar o gestionar aquellos planes, programas, recursos financieros o materiales en el \u00e1mbito de la seguridad que expresamente le encomiende la Secretar\u00eda de Estado de Seguridad.<\/p>\n<ol>\n<li>b) La Subdirecci\u00f3n General de Sistemas de Informaci\u00f3n y Comunicaciones para la Seguridad, a la que corresponde el desarrollo de las siguientes funciones:<\/li>\n<\/ol>\n<p>1.\u00ba Planificar, coordinar y, en su caso, gestionar las inversiones en sistemas de informaci\u00f3n y comunicaciones, teniendo en cuenta las propuestas de las Direcciones Generales de la Polic\u00eda y de la Guardia Civil.<\/p>\n<p>2.\u00ba Estandarizar y homogeneizar sistemas de informaci\u00f3n y comunicaciones, codificaci\u00f3n y estructuras de datos en el \u00e1mbito de la seguridad.<\/p>\n<p>3.\u00ba Proponer al Secretario de Estado los planes y programas que afecten a los sistemas de informaci\u00f3n y comunicaciones en el \u00e1mbito de la seguridad, as\u00ed como coordinarlos, supervisar su ejecuci\u00f3n, evaluarlos y analizar sus costes.<\/p>\n<p>4.\u00ba Promover proyectos para la implantaci\u00f3n, adquisici\u00f3n y mantenimiento de sistemas de informaci\u00f3n y comunicaciones para la seguridad, incluyendo expresamente aquellos de utilizaci\u00f3n conjunta o compartida por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, as\u00ed como los dirigidos a garantizar la seguridad ciudadana a trav\u00e9s del uso de las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y las comunicaciones; coordinar y supervisar la determinaci\u00f3n de sus requisitos t\u00e9cnicos, pliegos de condiciones, programaci\u00f3n econ\u00f3mica y ejecuci\u00f3n, as\u00ed como cualesquiera otras acciones necesarias para llevar a t\u00e9rmino los proyectos promovidos en esta materia por unidades u \u00f3rganos dependientes de la Secretar\u00eda de Estado de Seguridad, cuando se financien total o parcialmente con cr\u00e9ditos del servicio presupuestario de la Secretar\u00eda de Estado.<\/p>\n<p>5.\u00ba Controlar y coordinar la ejecuci\u00f3n de los programas y proyectos derivados de compromisos contra\u00eddos por Espa\u00f1a con otros pa\u00edses u organismos internacionales, en las materias propias de su competencia.<\/p>\n<p>6.\u00ba Gestionar y ejecutar los programas y proyectos de sistemas de informaci\u00f3n y comunicaciones derivados de la financiaci\u00f3n procedente de Fondos Europeos o de otros organismos internacionales que expresamente se le encomienden, incluyendo los provenientes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.<\/p>\n<p>7.\u00ba Coordinar, desarrollar e implantar bases de datos, sistemas de informaci\u00f3n y sistemas de comunicaciones de utilizaci\u00f3n conjunta o compartida por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, incluyendo aquellos relacionados con la Agencia Europea para la Gesti\u00f3n Operativa de Sistemas Inform\u00e1ticos de gran magnitud en el Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia (eu-LISA), los correspondientes al Sistema Schengen y al Sistema de Radiocomunicaciones Digitales de Emergencia del Estado\u00a0(SIRDEE).<\/p>\n<p>8.\u00ba Acordar, coordinar, ejecutar y llevar a cabo cualquier otra acci\u00f3n necesaria relativa a la participaci\u00f3n en proyectos europeos de investigaci\u00f3n, desarrollo e innovaci\u00f3n (I+D+i) en materia de seguridad de acuerdo con las instrucciones del Secretario de Estado.<\/p>\n<p>9.\u00ba Dirigir el Centro Tecnol\u00f3gico de Seguridad (CETSE) como \u00f3rgano de implementaci\u00f3n de las funciones espec\u00edficas de esta Subdirecci\u00f3n y de las pol\u00edticas de\u00a0I+D+i del \u00f3rgano Directivo.<\/p>\n<p>10.\u00ba Bajo la dependencia funcional del Subsecretario, ejercer\u00e1 las funciones a las que se refieren los p\u00e1rrafos r) y s) del apartado 3 del art\u00edculo 7.<\/p>\n<ol start=\"6\">\n<li>De conformidad con su Estatuto, aprobado por el Real Decreto 2823\/1998, de 23 de diciembre, el Organismo Aut\u00f3nomo Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado est\u00e1 adscrito a la Secretar\u00eda de Estado de Seguridad.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Art\u00edculo 3. Direcci\u00f3n General de la Polic\u00eda.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>La Direcci\u00f3n General de la Polic\u00eda, cuyo titular tiene rango de subsecretario, es el \u00f3rgano del Ministerio del Interior encargado de la ordenaci\u00f3n, direcci\u00f3n, coordinaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de las misiones que a la Polic\u00eda encomienden las disposiciones vigentes, de acuerdo con las directrices y \u00f3rdenes emanadas del Ministro del Interior.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Corresponde al Director General, bajo la dependencia del Secretario de Estado de Seguridad, el mando directo de la Polic\u00eda Nacional. En particular, ejerce las siguientes funciones:<\/p>\n<ol>\n<li>a) Dirigir y coordinar los servicios y los \u00f3rganos centrales y perif\u00e9ricos de la Polic\u00eda Nacional.<\/li>\n<li>b) Distribuir los medios personales y materiales, asign\u00e1ndolos a las distintas unidades que la integran.<\/li>\n<li>c) Proponer al Secretario de Estado de Seguridad los planes y proyectos de actuaci\u00f3n operativa de los servicios de la Polic\u00eda Nacional.<\/li>\n<li>d) Relacionarse directamente con las autoridades administrativas, organismos y entidades p\u00fablicas o privadas, en lo referente al funcionamiento de los servicios operativos de la Polic\u00eda Nacional.<\/li>\n<li>e) Obtener, centralizar, analizar, valorar y difundir la informaci\u00f3n necesaria para el desarrollo de sus misiones, as\u00ed como establecer y mantener el enlace y coordinaci\u00f3n con otros \u00f3rganos de informaci\u00f3n nacionales y extranjeros, en el \u00e1mbito de su competencia, de conformidad con los criterios que al respecto establezca la Secretar\u00eda de Estado de Seguridad.<\/li>\n<li>f) Disponer la colaboraci\u00f3n y la prestaci\u00f3n de auxilio a las polic\u00edas de otros pa\u00edses, en cumplimiento de las funciones que atribuye a la Polic\u00eda Nacional la Ley Org\u00e1nica\u00a02\/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, de conformidad con los criterios que al respecto establezca la Secretar\u00eda de Estado de Seguridad.<\/li>\n<li>g) Dirigir, organizar y controlar el cumplimiento de lo dispuesto en materia de extranjer\u00eda, documento nacional de identidad, pasaportes, tarjetas de identidad de extranjeros, juego, drogas, control de las entidades y servicios privados de seguridad, vigilancia e investigaci\u00f3n y espect\u00e1culos p\u00fablicos, todo ello en el \u00e1mbito policial y en los t\u00e9rminos previstos en la legislaci\u00f3n vigente.<\/li>\n<li>h) Vigilar e investigar las conductas de los funcionarios contrarias a la \u00e9tica profesional.<\/li>\n<li>i) Aplicar el r\u00e9gimen disciplinario del personal de la Polic\u00eda Nacional.<\/li>\n<li>j) Seleccionar y promover al personal de la Polic\u00eda Nacional y el desarrollo de las actividades t\u00e9cnico-docentes de formaci\u00f3n y perfeccionamiento de sus integrantes.<\/li>\n<li>k) Proponer la adquisici\u00f3n de los equipos de transmisi\u00f3n, equipos de tratamiento de la informaci\u00f3n, armamento, medios de automoci\u00f3n, helic\u00f3pteros, naves, uniformes y, en general, los medios materiales precisos para la realizaci\u00f3n de los cometidos propios de la Polic\u00eda Nacional, en el marco de la programaci\u00f3n aprobada por la Secretar\u00eda de Estado de Seguridad.<\/li>\n<li>l) Impulsar el an\u00e1lisis, planificaci\u00f3n y desarrollo de los m\u00e9todos, t\u00e9cnicas y procedimientos en el \u00e1mbito operativo policial.<\/li>\n<li>Dependen directamente del Director General las siguientes unidades con nivel org\u00e1nico de Subdirecci\u00f3n General:<\/li>\n<li>a) La Jefatura Central de Seguridad Ciudadana y Coordinaci\u00f3n, encargada de la colaboraci\u00f3n con el Director General en la direcci\u00f3n de las funciones de mantenimiento del orden y la seguridad ciudadanas, y la coordinaci\u00f3n de las unidades operativas supraterritoriales y territoriales; el seguimiento y control de los resultados de los programas operativos y la definici\u00f3n de los recursos humanos y materiales aplicables a dichos programas.<\/li>\n<li>b) La Jefatura Central de Informaci\u00f3n, Investigaci\u00f3n y Ciberdelincuencia, encargada de la colaboraci\u00f3n con el Director General en la direcci\u00f3n y coordinaci\u00f3n de las funciones de informaci\u00f3n y de polic\u00eda judicial, as\u00ed como de la colaboraci\u00f3n con las polic\u00edas de otros pa\u00edses y con la Oficina Central Nacional de INTERPOL, la Unidad Nacional de EUROPOL y la Oficina SIRENE.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Se establecer\u00e1n los instrumentos necesarios para garantizar la adecuada coordinaci\u00f3n entre las Jefaturas Centrales a las que se refieren los p\u00e1rrafos a) y b), particularmente en materia de lucha antiterrorista.<\/p>\n<ol>\n<li>c) La Jefatura Central de Recursos Humanos y Formaci\u00f3n, encargada de la colaboraci\u00f3n con el Director General en la direcci\u00f3n y la coordinaci\u00f3n tanto de la gesti\u00f3n del personal de la Direcci\u00f3n General de la Polic\u00eda como de la selecci\u00f3n y la formaci\u00f3n del mismo.<\/li>\n<li>d) La Jefatura Central de Log\u00edstica e Innovaci\u00f3n, encargada de la colaboraci\u00f3n con el Director General en la direcci\u00f3n, coordinaci\u00f3n, administraci\u00f3n y gesti\u00f3n de los recursos econ\u00f3micos y materiales, as\u00ed como de la documentaci\u00f3n de espa\u00f1oles y extranjeros, y de los archivos policiales.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Con funciones de apoyo y asistencia al Director General para facilitarle el despacho y la coordinaci\u00f3n de los \u00f3rganos y unidades que dependen de \u00e9l, existir\u00e1 un Gabinete T\u00e9cnico con el nivel org\u00e1nico que se determine en la relaci\u00f3n de puestos de trabajo. Elaborar\u00e1 los estudios e informes necesarios, la tramitaci\u00f3n de las disposiciones de car\u00e1cter general en el \u00e1mbito de su competencia, y cuantas otras misiones le encomiende el titular de la Direcci\u00f3n General.<\/p>\n<ol start=\"3\">\n<li>La Jefatura Central de Seguridad Ciudadana y Coordinaci\u00f3n es responsable, de acuerdo con las directrices emanadas del Director General, de la direcci\u00f3n, impulso y coordinaci\u00f3n de las funciones policiales operativas, que en el nivel central ser\u00e1 realizada por la Comisar\u00eda General de Seguridad Ciudadana, con el nivel org\u00e1nico de subdirecci\u00f3n general.<\/li>\n<\/ol>\n<p>A la Comisar\u00eda General de Seguridad Ciudadana le corresponde la organizaci\u00f3n y gesti\u00f3n de lo relativo a la prevenci\u00f3n, mantenimiento y, en su caso, restablecimiento del orden y la seguridad ciudadana; las competencias que le encomienda la legislaci\u00f3n sobre seguridad privada; la vigilancia de los espect\u00e1culos p\u00fablicos, dentro del \u00e1mbito de competencia del Estado; y la protecci\u00f3n de altas personalidades, edificios e instalaciones que por su inter\u00e9s lo requieran.<\/p>\n<p>Asimismo corresponder\u00e1 a la Jefatura Central de Seguridad Ciudadana y Coordinaci\u00f3n garantizar que todas las Unidades Territoriales, Unidades Adscritas y Comisar\u00edas Especiales se coordinan adecuadamente para la ejecuci\u00f3n en el territorio de las estrategias y planes que se establezcan.<\/p>\n<ol start=\"4\">\n<li>La Jefatura Central de Informaci\u00f3n, Investigaci\u00f3n y Ciberdelincuencia es responsable, de acuerdo con las directrices emanadas del Director General, de la direcci\u00f3n, impulso y coordinaci\u00f3n de las funciones policiales realizadas, en el nivel central, por las Comisar\u00edas Generales de Informaci\u00f3n, de Polic\u00eda Judicial, de Extranjer\u00eda y Fronteras y de Polic\u00eda Cient\u00edfica, todas ellas con nivel org\u00e1nico de subdirecci\u00f3n general, y\u00a0por la Divisi\u00f3n de Cooperaci\u00f3n Internacional, con el nivel org\u00e1nico que se determine en la relaci\u00f3n de puestos de trabajo.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Corresponde a dichas unidades:<\/p>\n<ol>\n<li>a) A la Comisar\u00eda General de Informaci\u00f3n, la captaci\u00f3n, recepci\u00f3n, tratamiento y desarrollo de la informaci\u00f3n de inter\u00e9s para el orden y la seguridad p\u00fablica en el \u00e1mbito de las funciones de la Direcci\u00f3n General, as\u00ed como su explotaci\u00f3n o aprovechamiento operativo, especialmente en materia antiterrorista, tanto en el \u00e1mbito nacional como en el internacional.<\/li>\n<li>b) A la Comisar\u00eda General de Polic\u00eda Judicial, la investigaci\u00f3n y persecuci\u00f3n de las infracciones supraterritoriales, especialmente de los delitos relacionados con las drogas, la delincuencia organizada, econ\u00f3mica, financiera, tecnol\u00f3gica y el control de los juegos de azar. Asimismo, le corresponder\u00e1 la direcci\u00f3n de los servicios encargados de la investigaci\u00f3n de delitos monetarios y los relacionados con la moneda, as\u00ed como la colaboraci\u00f3n con los servicios correspondientes del Banco de Espa\u00f1a en estos asuntos.<\/li>\n<li>c) A la Comisar\u00eda General de Extranjer\u00eda y Fronteras, el control de entrada y salida del territorio nacional de espa\u00f1oles y extranjeros; la prevenci\u00f3n, persecuci\u00f3n e investigaci\u00f3n de las redes de inmigraci\u00f3n ilegal; y, en general, el r\u00e9gimen policial de extranjer\u00eda, refugio y asilo e inmigraci\u00f3n.<\/li>\n<li>d) A la Comisar\u00eda General de Polic\u00eda Cient\u00edfica, la prestaci\u00f3n de los servicios de criminal\u00edstica, identificaci\u00f3n, anal\u00edtica e investigaci\u00f3n t\u00e9cnica, as\u00ed como la elaboraci\u00f3n de los informes periciales y documentales que le sean encomendados.<\/li>\n<li>e) A la Divisi\u00f3n de Cooperaci\u00f3n Internacional, la direcci\u00f3n de la colaboraci\u00f3n y auxilio a las polic\u00edas de otros pa\u00edses y la coordinaci\u00f3n de los grupos de trabajo en los que participe la Direcci\u00f3n General de la Polic\u00eda en el \u00e1mbito de la Uni\u00f3n Europea y otras Instituciones internacionales, y aspectos relacionados con misiones de apoyo a terceros pa\u00edses y personal policial que presta servicio en el extranjero.<\/li>\n<li>La Jefatura Central de Recursos Humanos y Formaci\u00f3n es responsable de la selecci\u00f3n del personal de la Polic\u00eda Nacional, as\u00ed como de la direcci\u00f3n y coordinaci\u00f3n de las funciones de gesti\u00f3n y formaci\u00f3n de los recursos humanos de la Direcci\u00f3n General de la Polic\u00eda, que en el nivel central ser\u00e1n realizadas por las Divisiones de Personal y de Formaci\u00f3n y Perfeccionamiento, ambas con nivel org\u00e1nico de subdirecci\u00f3n general, a las que competen las siguientes funciones:<\/li>\n<li>a) A la Divisi\u00f3n de Personal, realizar las funciones de administraci\u00f3n y gesti\u00f3n de personal.<\/li>\n<li>b) A la Divisi\u00f3n de Formaci\u00f3n y Perfeccionamiento, realizar la funci\u00f3n de formaci\u00f3n para el ingreso, la promoci\u00f3n y la especializaci\u00f3n de los miembros de la Polic\u00eda Nacional.<\/li>\n<li>La Jefatura Central de Log\u00edstica e Innovaci\u00f3n, responsable de la direcci\u00f3n y coordinaci\u00f3n de las funciones relativas a la gesti\u00f3n de los recursos econ\u00f3micos y materiales, de los sistemas de telecomunicaci\u00f3n e informaci\u00f3n, as\u00ed como de la documentaci\u00f3n de espa\u00f1oles y extranjeros, y de los archivos policiales, que en el nivel central ser\u00e1 realizada por las siguientes Divisiones:<\/li>\n<li>a) La Divisi\u00f3n Econ\u00f3mica y T\u00e9cnica, con rango de subdirecci\u00f3n general, a la que le corresponder\u00e1 realizar las funciones de estudio de necesidades, an\u00e1lisis y control de calidad y, en su caso, la adquisici\u00f3n de los productos y equipamientos, y la asignaci\u00f3n, distribuci\u00f3n, administraci\u00f3n y gesti\u00f3n de los medios materiales.<\/li>\n<li>b) La Divisi\u00f3n de Documentaci\u00f3n, con el nivel org\u00e1nico que se determine en la relaci\u00f3n de puestos de trabajo, a la que le corresponde la organizaci\u00f3n y gesti\u00f3n de los servicios de documentaci\u00f3n de espa\u00f1oles y extranjeros, y de los archivos policiales.<\/li>\n<li>En el nivel central, existir\u00e1n la Junta de Gobierno y el Consejo Asesor, con la composici\u00f3n y funciones determinadas para cada uno por la normativa vigente.<\/li>\n<li>La organizaci\u00f3n perif\u00e9rica estar\u00e1 constituida por las Jefaturas Superiores, las Comisar\u00edas Provinciales y aquellas otras unidades o m\u00f3dulos que integran el modelo territorial, Comisar\u00edas Zonales, Locales y de Distrito, as\u00ed como las Comisar\u00eda Conjuntas o Mixtas, los Puestos Fronterizos y las Unidades de Documentaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Los Titulares de las Jefaturas Superiores de Polic\u00eda podr\u00e1n asumir la Jefatura de la Comisar\u00eda Provincial correspondiente a la capital de provincia en que aquellas tengan su sede.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 4. Direcci\u00f3n General de la Guardia Civil.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>La Direcci\u00f3n General de la Guardia Civil, cuyo titular tiene rango de subsecretario, es el \u00f3rgano del Ministerio del Interior encargado de la ordenaci\u00f3n, direcci\u00f3n, coordinaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de las misiones que a la Guardia Civil encomienden las disposiciones vigentes, de acuerdo con las directrices y \u00f3rdenes emanadas de los Ministros del Interior y de Defensa, dentro del \u00e1mbito de sus respectivas competencias.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Corresponde al Director General, bajo la dependencia del Secretario de Estado de Seguridad, el mando directo de la Guardia Civil. En particular, ejerce las siguientes funciones:<\/p>\n<ol>\n<li>a) Dirigir las funciones que la Ley Org\u00e1nica 2\/1986, de 13 de marzo, y las dem\u00e1s disposiciones vigentes asignan a la Guardia Civil, y especialmente:<\/li>\n<\/ol>\n<p>1.\u00aa Dirigir e impulsar el servicio de las unidades de la Guardia Civil.<\/p>\n<p>2.\u00aa Organizar y distribuir territorialmente las unidades de la Guardia Civil.<\/p>\n<p>3.\u00aa Proponer al Secretario de Estado de Seguridad los planes y proyectos de actuaci\u00f3n operativa de la Guardia Civil.<\/p>\n<p>4.\u00aa Relacionarse directamente con las autoridades administrativas, organismos y entidades p\u00fablicas o privadas, en lo referente al funcionamiento de los servicios operativos de la Guardia Civil.<\/p>\n<p>5.\u00aa Obtener, centralizar, analizar, valorar y difundir la informaci\u00f3n necesaria para el desarrollo de sus misiones, as\u00ed como el establecimiento y mantenimiento del enlace y coordinaci\u00f3n con otros \u00f3rganos de informaci\u00f3n nacionales y extranjeros, en el \u00e1mbito de su competencia, de conformidad con los criterios que al respecto establezca la Secretar\u00eda de Estado de Seguridad.<\/p>\n<p>6.\u00aa Llevar a cabo los cometidos que las disposiciones reguladoras del Ministerio de Defensa le encomienden en cuanto al cumplimiento de misiones de car\u00e1cter militar en la Guardia Civil.<\/p>\n<ol>\n<li>b) Ejecutar la pol\u00edtica de personal y educativa de la Guardia Civil.<\/li>\n<li>c) Ejecutar la pol\u00edtica de recursos materiales y econ\u00f3micos asignados a la Guardia Civil para la realizaci\u00f3n del servicio, as\u00ed como proponer a la Secretar\u00eda de Estado de Seguridad las necesidades en relaci\u00f3n con dichos recursos.<\/li>\n<li>d) Cumplir las funciones que le atribuye la legislaci\u00f3n vigente en materia de armas y explosivos, as\u00ed como la presidencia de la Comisi\u00f3n Interministerial Permanente de Armas y Explosivos (CIPAE).<\/li>\n<li>e) Proponer la adquisici\u00f3n de los equipos de transmisi\u00f3n, equipos de tratamiento de la informaci\u00f3n, armamento en colaboraci\u00f3n con el Ministerio de Defensa, medios de automoci\u00f3n, helic\u00f3pteros, naves, uniformes y, en general, de los medios materiales precisos para la realizaci\u00f3n de los cometidos propios de la Direcci\u00f3n General de la Guardia Civil, en el marco de la programaci\u00f3n aprobada por la Secretar\u00eda de Estado de Seguridad.<\/li>\n<li>f) En el ejercicio de sus competencias, y en relaci\u00f3n con la extranjer\u00eda e inmigraci\u00f3n, actuar, de acuerdo con la normativa vigente en la materia, en coordinaci\u00f3n con el Ministerio de Empleo y Seguridad Social a trav\u00e9s de la Secretar\u00eda General de Inmigraci\u00f3n y Emigraci\u00f3n.<\/li>\n<li>Se encuentran adscritos a la Direcci\u00f3n General de la Guardia Civil el Consejo Superior de la Guardia Civil y el Consejo de la Guardia Civil, con la composici\u00f3n y funciones determinadas para cada uno de ellos por la normativa vigente.<\/li>\n<li>Del Director General dependen los siguientes \u00f3rganos con nivel org\u00e1nico de subdirector general:<\/li>\n<li>a) El Mando de Operaciones Territoriales.<\/li>\n<li>b) El Mando de Informaci\u00f3n, Investigaci\u00f3n y Ciberdelincuencia.<\/li>\n<li>c) El Mando de Personal y Formaci\u00f3n.<\/li>\n<li>d) El Mando de Apoyo e Innovaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Se establecer\u00e1n los instrumentos necesarios para garantizar la adecuada coordinaci\u00f3n entre los Mandos a los que se refieren los p\u00e1rrafos a) y b), particularmente en materia de lucha antiterrorista.<\/p>\n<ol start=\"4\">\n<li>Tambi\u00e9n con nivel org\u00e1nico de subdirecci\u00f3n general y dependencia directa del Director General existir\u00e1 un Gabinete T\u00e9cnico, a cargo de un Oficial General de la Guardia Civil en situaci\u00f3n de servicio activo, con funciones de apoyo al mismo y para facilitar la coordinaci\u00f3n de los \u00f3rganos y unidades que dependen de \u00e9l. Elaborar\u00e1 los estudios e informes necesarios, la tramitaci\u00f3n de las disposiciones normativas en el \u00e1mbito de su competencia, y cuantas otras misiones le encomiende el titular del \u00f3rgano directivo. Del Gabinete T\u00e9cnico depender\u00e1 la Secretar\u00eda de Cooperaci\u00f3n Internacional, con el nivel org\u00e1nico que se determine en la relaci\u00f3n de puestos de trabajo.<\/li>\n<li>El Mando de Operaciones Territoriales, a cargo de un Teniente General de la Guardia Civil en situaci\u00f3n de servicio activo, es el responsable de dirigir, impulsar y coordinar el servicio de las siguientes unidades de la Guardia Civil.<\/li>\n<li>a) El Estado Mayor, a cargo de un Oficial General de la Guardia Civil en situaci\u00f3n de servicio activo. Es el principal \u00f3rgano auxiliar del Mando de Operaciones Territoriales para el ejercicio de sus funciones, responsable de proporcionar los elementos de juicio necesarios para fundamentar sus decisiones, traducirlas en \u00f3rdenes y velar por su cumplimiento, centrando su actividad sobre la planificaci\u00f3n y conducci\u00f3n operativa.<\/li>\n<li>b) La Jefatura de Unidades Especiales y de Reserva, al mando de un Oficial General de la Guardia Civil en situaci\u00f3n de servicio activo, a la que corresponde dirigir, coordinar y controlar las unidades y jefaturas de servicios de ella dependientes, con arreglo a los procedimientos espec\u00edficos de empleo de las mismas y de acuerdo con los criterios de apoyo de \u00e9stas a otras unidades del Cuerpo.<\/li>\n<li>c) La Jefatura Fiscal y de Fronteras, al mando de un Oficial General de la Guardia Civil en situaci\u00f3n de servicio activo, a la que corresponde organizar y gestionar el resguardo fiscal del Estado, las actuaciones encaminadas a evitar y perseguir el contrabando, el fraude, el narcotr\u00e1fico y dem\u00e1s tr\u00e1ficos il\u00edcitos en el \u00e1mbito de las funciones encomendadas a la Guardia Civil por la normativa vigente, as\u00ed como la custodia, control y vigilancia de las costas, fronteras, puertos, aeropuertos y mar territorial y, en este \u00e1mbito, el control de la inmigraci\u00f3n irregular.<\/li>\n<li>d) La Jefatura de la Agrupaci\u00f3n de Tr\u00e1fico, al mando de un Oficial General de la Guardia Civil en situaci\u00f3n de servicio activo, a la que corresponde, como unidad especializada en materia de tr\u00e1fico, seguridad vial y transporte, organizar y gestionar todo lo relativo al ejercicio de las funciones encomendadas a la Guardia Civil por la normativa vigente.<\/li>\n<li>e) La Jefatura del Servicio de Protecci\u00f3n de la Naturaleza, al mando de un Oficial General de la Guardia Civil en situaci\u00f3n de servicio activo, a la que corresponde organizar y gestionar todo lo relativo con el cumplimiento de las disposiciones relacionadas con la conservaci\u00f3n de la naturaleza y medio ambiente, los espacios protegidos, los recursos hidr\u00e1ulicos, la caza y pesca, el patrimonio hist\u00f3rico y la ordenaci\u00f3n del territorio, conformando la polic\u00eda judicial espec\u00edfica de la Guardia Civil en materia medioambiental.<\/li>\n<li>f) La Jefatura de la Intervenci\u00f3n Central de Armas y Explosivos, al mando de un Oficial General de la Guardia Civil en situaci\u00f3n de servicio activo, a la que corresponde planificar, organizar, inspeccionar y controlar las actividades encaminadas al ejercicio de las competencias que la normativa sobre armas y explosivos, art\u00edculos pirot\u00e9cnicos y cartucher\u00eda encomienda a la Guardia Civil en todo el territorio nacional. De igual modo, y por lo que respecta a la Guardia Civil, de acuerdo con la normativa espec\u00edfica al respecto, constituir\u00e1 la estructura de apoyo directo a la Comisi\u00f3n Interministerial Permanente de Armas y Explosivos, y ser\u00e1 responsable de elaborar, canalizar y seguir la aplicaci\u00f3n de la normativa tanto nacional como de la Uni\u00f3n Europea e internacional, en la materia.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Asimismo corresponden al Mando de Operaciones Territoriales la planificaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n de los servicios de las unidades de la Guardia Civil de acuerdo con las directrices emanadas del Director General, y proponer a \u00e9ste la organizaci\u00f3n y distribuci\u00f3n territorial de las unidades de la Guardia Civil.<\/p>\n<ol start=\"6\">\n<li>El Mando de Informaci\u00f3n, Investigaci\u00f3n y Ciberdelincuencia, a cargo de un Teniente General de la Guardia Civil en situaci\u00f3n de servicio activo, al que corresponde la direcci\u00f3n, impulso y coordinaci\u00f3n del servicio de las siguientes unidades de la Guardia Civil:<\/li>\n<li>a) La Jefatura de Informaci\u00f3n, a la que corresponde organizar, dirigir y gestionar la obtenci\u00f3n, recepci\u00f3n, tratamiento, an\u00e1lisis y difusi\u00f3n de la informaci\u00f3n de inter\u00e9s para el orden y la seguridad p\u00fablica en el \u00e1mbito de las funciones propias de la Guardia Civil y la utilizaci\u00f3n operativa de la informaci\u00f3n, especialmente en materia antiterrorista, en el \u00e1mbito nacional e internacional.<\/li>\n<li>b) La Jefatura de Polic\u00eda Judicial, al mando de un Oficial General de la Guardia Civil en situaci\u00f3n de servicio activo, a la que corresponde organizar y gestionar la investigaci\u00f3n y persecuci\u00f3n de las infracciones penales, la direcci\u00f3n, impulso y coordinaci\u00f3n de las investigaciones relacionadas con la delincuencia organizada y aquellas otras que por sus especiales caracter\u00edsticas lo aconsejen, as\u00ed como desarrollar los servicios de criminal\u00edstica, identificaci\u00f3n, anal\u00edtica e investigaci\u00f3n t\u00e9cnica llevando a cabo las funciones de Polic\u00eda Judicial espec\u00edfica de la Guardia Civil, as\u00ed como la colaboraci\u00f3n en dichas materias y en su propio \u00e1mbito corporativo, con cuerpos policiales nacionales y extranjeros.<\/li>\n<li>El Mando de Personal y Formaci\u00f3n, a cargo de un Teniente General de la Guardia Civil en situaci\u00f3n de servicio activo, es responsable, de acuerdo con las directrices emanadas del Director General, de la direcci\u00f3n y coordinaci\u00f3n del desarrollo de la pol\u00edtica de personal y educativa.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Del Mando de Personal y Formaci\u00f3n dependen las siguientes unidades:<\/p>\n<ol>\n<li>a) La Jefatura de Personal, al mando de un Oficial General de la Guardia Civil, a la que corresponde la organizaci\u00f3n y gesti\u00f3n de todo lo relativo al r\u00e9gimen de ascensos, destinos, situaciones administrativas, retribuciones y r\u00e9gimen disciplinario del Cuerpo de la Guardia Civil.<\/li>\n<li>b) La Jefatura de Ense\u00f1anza, al mando de un Oficial General de la Guardia Civil en situaci\u00f3n de servicio activo, a la que corresponde la organizaci\u00f3n y gesti\u00f3n de la selecci\u00f3n y capacitaci\u00f3n del personal del Cuerpo de la Guardia Civil, as\u00ed como del desarrollo de las actividades t\u00e9cnico-docentes de formaci\u00f3n, perfeccionamiento y especializaci\u00f3n de dicho personal.<\/li>\n<li>c) La Jefatura de Asistencia al Personal, al mando de un Oficial General de la Guardia Civil en situaci\u00f3n de servicio activo, a la que corresponde la organizaci\u00f3n y gesti\u00f3n de la acci\u00f3n social y la asistencia sanitaria y psicol\u00f3gica al personal destinado en la Direcci\u00f3n General de la Guardia Civil, as\u00ed como promocionar la seguridad y salud en el trabajo de los guardias civiles y de los miembros de las Fuerzas Armadas que presten servicios en unidades, centros y organismos de la citada Direcci\u00f3n General.<\/li>\n<li>d) La Secretar\u00eda Permanente para la Evaluaci\u00f3n y Clasificaci\u00f3n, al mando de un Oficial General de la Guardia Civil, que tiene por misi\u00f3n facilitar la labor de los \u00f3rganos de evaluaci\u00f3n, para lo cual aportar\u00e1 la documentaci\u00f3n de los miembros a evaluar y adoptar\u00e1 las medidas necesarias para el buen fin de la evaluaci\u00f3n, as\u00ed como el mantenimiento, custodia y reserva de dichos documentos.<\/li>\n<li>El Mando de Apoyo e Innovaci\u00f3n, a cargo de un Teniente General de la Guardia Civil en situaci\u00f3n de servicio activo, es responsable, de acuerdo con las directrices emanadas del Director General de la direcci\u00f3n, coordinaci\u00f3n y gesti\u00f3n de los recursos financieros y del desarrollo de la pol\u00edtica de recursos materiales.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Del Mando de Apoyo e Innovaci\u00f3n dependen las siguientes unidades:<\/p>\n<ol>\n<li>a) La Jefatura de los Servicios de Apoyo, al mando de un Oficial General de la Guardia Civil en situaci\u00f3n de servicio activo, a la que corresponde la gesti\u00f3n, control y mantenimiento de los medios materiales asignados al Cuerpo de la Guardia Civil para la realizaci\u00f3n del servicio, en particular, del material m\u00f3vil, equipamiento policial, armamento e infraestructuras.<\/li>\n<li>b) La Jefatura de Servicios T\u00e9cnicos, al mando de un Oficial General de la Guardia Civil en situaci\u00f3n de servicio activo, es el \u00f3rgano especializado de la Guardia Civil en materia de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones a la que corresponde la gesti\u00f3n, control y mantenimiento operativo de los equipos y sistemas inform\u00e1ticos, de telecomunicaciones y equipos especiales asignados a la Guardia Civil, la investigaci\u00f3n y desarrollo tecnol\u00f3gico de recursos materiales de aplicaci\u00f3n a la actividad de dicho Cuerpo, as\u00ed como la programaci\u00f3n, obtenci\u00f3n y an\u00e1lisis de los datos necesarios para la Guardia Civil, elaborando las estad\u00edsticas correspondientes, velando por el cumplimiento normativo y las actividades relacionadas con la seguridad de la informaci\u00f3n.<\/li>\n<li>c) La Jefatura de Asuntos Econ\u00f3micos, al mando de un Oficial General de la Guardia Civil en situaci\u00f3n de servicio activo, a la que corresponde la realizaci\u00f3n de las actividades relacionadas con la administraci\u00f3n y coordinaci\u00f3n de los recursos financieros y patrimoniales.<\/li>\n<li>La organizaci\u00f3n perif\u00e9rica de la Guardia Civil estar\u00e1 constituida por las Zonas, las Comandancias, las Compa\u00f1\u00edas y los Puestos.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Los mandos de las Zonas podr\u00e1n asumir la Jefatura de la Comandancia correspondiente a la capital de provincia en que aquellas tengan su sede.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 5. Secretar\u00eda General de Instituciones Penitenciarias.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>La Secretar\u00eda General de Instituciones Penitenciarias ejercer\u00e1, respecto de las unidades dependientes de ella, las atribuciones previstas en el art\u00edculo 64 de la Ley\u00a040\/2015, de 1 de octubre, de R\u00e9gimen Jur\u00eddico del Sector P\u00fablico, y en particular, las relativas al impulso, direcci\u00f3n, gesti\u00f3n y supervisi\u00f3n de las Instituciones Penitenciaras, a fin de que las penas y medidas penales alcancen los fines previstos constitucionalmente. Espec\u00edficamente, le corresponde ejercer las siguientes funciones:<\/li>\n<li>a) La organizaci\u00f3n y gesti\u00f3n de las Instituciones Penitenciarias en lo relativo a la seguridad interior de los establecimientos, traslados de internos y, en general, las que afecten al r\u00e9gimen de los centros penitenciarios.<\/li>\n<li>b) La observaci\u00f3n, clasificaci\u00f3n y tratamiento de los internos, as\u00ed como el dise\u00f1o, elaboraci\u00f3n e impulso de programas espec\u00edficos de intervenci\u00f3n.<\/li>\n<li>c) La resoluci\u00f3n administrativa sobre peticiones y quejas de los internos relativas a la actividad penitenciaria, as\u00ed como la ordenaci\u00f3n normativa de las Instituciones a su cargo.<\/li>\n<li>d) La planificaci\u00f3n, coordinaci\u00f3n y gesti\u00f3n de la acci\u00f3n social a internos y liberados condicionales y la gesti\u00f3n y seguimiento de penas y medidas alternativas, que sean competencia de la Administraci\u00f3n Penitenciaria seg\u00fan la normativa vigente.<\/li>\n<li>e) La funci\u00f3n inspectora sobre los servicios, organismos y centros de la Administraci\u00f3n Penitenciaria, especialmente, en lo que se refiere al personal, procedimientos, instalaciones y dotaciones, as\u00ed como la tramitaci\u00f3n de las informaciones reservadas y de los expedientes disciplinarios incoados a los funcionarios y personal laboral destinados en todas sus Unidades.<\/li>\n<li>f) La coordinaci\u00f3n en asuntos de su competencia con los \u00f3rganos perif\u00e9ricos estatales, con las Comunidades Aut\u00f3nomas y con organismos e instituciones que puedan coadyuvar al mejor cumplimiento de los objetivos y fines de la Administraci\u00f3n Penitenciaria.<\/li>\n<li>g) La administraci\u00f3n y gesti\u00f3n del personal que preste servicios en Centros y Unidades dependientes de la Secretar\u00eda General de Instituciones Penitenciarias.<\/li>\n<li>h) La gesti\u00f3n econ\u00f3mica y financiera de la Secretar\u00eda General de Instituciones Penitenciarias, as\u00ed como las propuestas de revisi\u00f3n del Plan de Infraestructuras Penitenciarias y las relaciones con la Sociedad de Infraestructuras y Equipamientos Penitenciarios (SIEP, S.A.).<\/li>\n<li>i) La planificaci\u00f3n, organizaci\u00f3n y direcci\u00f3n de las actividades tendentes al mantenimiento y mejora de la higiene y de la salud en el medio penitenciario.<\/li>\n<li>j) Cualesquiera otras competencias que le atribuya la legislaci\u00f3n vigente.<\/li>\n<li>La Secretar\u00eda General de Instituciones Penitenciarias se estructura en las siguientes unidades, con nivel org\u00e1nico de subdirecciones generales:<\/li>\n<li>a) La Subdirecci\u00f3n General de Tratamiento y Gesti\u00f3n Penitenciaria.<\/li>\n<li>b) La Subdirecci\u00f3n General de Penas y Medidas Alternativas.<\/li>\n<li>c) La Subdirecci\u00f3n General de Inspecci\u00f3n Penitenciaria.<\/li>\n<li>d) La Subdirecci\u00f3n General de Relaciones Institucionales y Coordinaci\u00f3n Territorial.<\/li>\n<li>e) La Subdirecci\u00f3n General de Recursos Humanos.<\/li>\n<li>f) La Subdirecci\u00f3n General de Servicios Penitenciarios.<\/li>\n<li>g) La Subdirecci\u00f3n General de Coordinaci\u00f3n de Sanidad Penitenciaria.<\/li>\n<li>Se adscribe a la Secretar\u00eda General de Instituciones Penitenciarias la entidad de derecho p\u00fablico Trabajo Penitenciario y Formaci\u00f3n para el Empleo, que ejercer\u00e1 sus funciones de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 122\/2015, de 27 de febrero, por el que se aprueba su estatuto. Corresponde al titular de la Secretar\u00eda General de Instituciones Penitenciarias la presidencia de la entidad.<\/li>\n<li>Corresponde a la Subdirecci\u00f3n General de Tratamiento y Gesti\u00f3n Penitenciaria, el desarrollo de lo establecido en los p\u00e1rrafos a), b) y c) del apartado primero y, en particular:<\/li>\n<li>a) La supervisi\u00f3n de los procedimientos orientados a garantizar la seguridad de los centros penitenciarios y la consecuci\u00f3n de un clima de respeto y convivencia ordenada en los mismos.<\/li>\n<li>b) El impulso y la supervisi\u00f3n de la observaci\u00f3n, clasificaci\u00f3n y tratamiento de los internos.<\/li>\n<li>c) El impulso y coordinaci\u00f3n de programas de intervenci\u00f3n con los internos y sobre todo los de especial problem\u00e1tica.<\/li>\n<li>d) La formaci\u00f3n, educaci\u00f3n y cualquier otra actividad tendente al desarrollo de la personalidad de los internos en centros penitenciarios, as\u00ed como la promoci\u00f3n de actividades culturales y deportivas, adem\u00e1s de la coordinaci\u00f3n de los programas de intervenci\u00f3n de organizaciones no gubernamentales en los centros penitenciarios.<\/li>\n<li>e) El seguimiento y supervisi\u00f3n, seg\u00fan modalidad, de los internos cuando pasen a cumplir condena bajo el r\u00e9gimen abierto, coordinaci\u00f3n de los Centros de Inserci\u00f3n Social y Secciones Abiertas, Unidades Dependientes y medidas de control telem\u00e1tico. Igualmente ser\u00e1 competente en el dise\u00f1o, implantaci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n de los programas de intervenci\u00f3n y tratamiento destinados a los internos en r\u00e9gimen abierto.<\/li>\n<li>f) La ejecuci\u00f3n de la pena de localizaci\u00f3n permanente que haya de cumplirse en centro penitenciario.<\/li>\n<li>g) La ejecuci\u00f3n de la medida de seguridad privativa de libertad de internamiento en establecimiento o unidad psiqui\u00e1trica penitenciaria.<\/li>\n<li>Corresponde a la Subdirecci\u00f3n General de Penas y Medidas Alternativas el desarrollo de lo establecido en el p\u00e1rrafo d) del apartado primero y, en particular, la gesti\u00f3n, coordinaci\u00f3n y seguimiento de la pena de trabajo en beneficio de la comunidad, de la suspensi\u00f3n de la ejecuci\u00f3n de penas privativas de libertad y de la libertad condicional; y la acci\u00f3n social penitenciaria.<\/li>\n<li>Corresponde a la Subdirecci\u00f3n General de Inspecci\u00f3n Penitenciaria la ejecuci\u00f3n y desarrollo de lo dispuesto en el p\u00e1rrafo e) del apartado primero, y cuantas medidas le sean encomendadas en cuanto al mantenimiento y mejora de la calidad del servicio p\u00fablico penitenciario.<\/li>\n<li>Corresponde a la Subdirecci\u00f3n General de Relaciones Institucionales y Coordinaci\u00f3n Territorial el desarrollo de lo establecido en el p\u00e1rrafo f) del art\u00edculo primero y, en particular, desarrollar\u00e1 las siguientes funciones:<\/li>\n<li>a) La coordinaci\u00f3n territorial con los distintos servicios perif\u00e9ricos y la promoci\u00f3n de proyectos de colaboraci\u00f3n institucional que permitan mejorar el cumplimiento de los fines de la instituci\u00f3n penitenciaria.<\/li>\n<li>b) La coordinaci\u00f3n y seguimiento de f\u00f3rmulas de colaboraci\u00f3n y cooperaci\u00f3n institucional con organizaciones, entidades, instituciones y otros departamentos en materias de ejecuci\u00f3n de penas de competencia de la Secretar\u00eda General.<\/li>\n<li>c) Las relaciones institucionales y la coordinaci\u00f3n con los \u00d3rganos Perif\u00e9ricos de la Administraci\u00f3n General del Estado, con las Comunidades Aut\u00f3nomas, con las Provincias y con los dem\u00e1s entes territoriales.<\/li>\n<li>d) La coordinaci\u00f3n de las actuaciones en la prestaci\u00f3n de los servicios en materia de ejecuci\u00f3n penal entre los \u00f3rganos centrales y perif\u00e9ricos del Departamento, sin perjuicio de las competencias de otras Unidades de la Secretar\u00eda General.<\/li>\n<li>e) Las relaciones de colaboraci\u00f3n con otros organismos de car\u00e1cter internacional en materia de ejecuci\u00f3n penal, en coordinaci\u00f3n con otros \u00f3rganos del Departamento.<\/li>\n<li>Corresponde a la Subdirecci\u00f3n General de Recursos Humanos el desarrollo de lo establecido en el p\u00e1rrafo g) del apartado primero, en la medida que le sea de su aplicaci\u00f3n y, en particular:<\/li>\n<li>a) La elaboraci\u00f3n de previsiones de necesidades de personal y gasto para atenderlas, la elaboraci\u00f3n y propuesta de modificaci\u00f3n de la relaci\u00f3n de puestos de trabajo, as\u00ed como la selecci\u00f3n y provisi\u00f3n del citado personal.<\/li>\n<li>b) La formaci\u00f3n y perfeccionamiento del personal perteneciente a los Cuerpos Penitenciarios adscritos a la Secretar\u00eda General de Instituciones Penitenciarias.<\/li>\n<li>Corresponde a la Subdirecci\u00f3n General de Servicios Penitenciarios, el desarrollo y ejecuci\u00f3n de lo establecido en el p\u00e1rrafo h) del apartado primero y, en particular:<\/li>\n<li>a) La ejecuci\u00f3n de los presupuestos de gasto y la preparaci\u00f3n y tramitaci\u00f3n de los expedientes de contrataci\u00f3n, que sean competencia de la Secretar\u00eda General.<\/li>\n<li>b) La administraci\u00f3n y gesti\u00f3n patrimonial de los inmuebles y equipamientos adscritos a la Secretar\u00eda General de Instituciones Penitenciarias, as\u00ed como de todos los medios materiales asignados a \u00e9sta.<\/li>\n<li>c) La evaluaci\u00f3n de las necesidades de actuaci\u00f3n en materia de mantenimiento y mejora de las infraestructuras y de los equipamientos, y la ejecuci\u00f3n y el seguimiento de los programas y proyectos que correspondan.<\/li>\n<li>d) El apoyo t\u00e9cnico preciso para la ejecuci\u00f3n o puesta en funcionamiento de las actuaciones comprendidas en el Plan de Infraestructuras Penitenciarias y la realizaci\u00f3n de todos los informes o controles t\u00e9cnicos precisos para el mantenimiento adecuado de las instalaciones penitenciarias.<\/li>\n<li>e) La elaboraci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de los planes inform\u00e1ticos, en colaboraci\u00f3n con las\u00a0distintas unidades; el dise\u00f1o, programaci\u00f3n, implantaci\u00f3n y mantenimiento de las aplicaciones inform\u00e1ticas y la asistencia t\u00e9cnica a los usuarios de los recursos inform\u00e1ticos y ofim\u00e1ticas de la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias. Asimismo, la implantaci\u00f3n y seguimiento de los proyectos de innovaci\u00f3n tecnol\u00f3gica. Esta labor se coordinar\u00e1 con la realizada por la entidad de derecho p\u00fablico Trabajo Penitenciario y Formaci\u00f3n para el Empleo en el \u00e1mbito de su competencia.<\/li>\n<li>Corresponde a la Subdirecci\u00f3n General de Coordinaci\u00f3n de Sanidad Penitenciaria el desarrollo y ejecuci\u00f3n de lo establecido en el p\u00e1rrafo i) del apartado primero y, en especial:<\/li>\n<li>a) El establecimiento de sistemas de informaci\u00f3n sanitaria y de vigilancia epidemiol\u00f3gica de las enfermedades prevalentes en el medio penitenciario.<\/li>\n<li>b) La prevenci\u00f3n y tratamiento de las drogodependencias en el \u00e1mbito penitenciario. Sin perjuicio de las competencias respecto a la elaboraci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de programas espec\u00edficos destinados a la rehabilitaci\u00f3n y reinserci\u00f3n de este tipo de internos.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Art\u00edculo 6. Direcci\u00f3n General de Relaciones Internacionales y Extranjer\u00eda.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>La Direcci\u00f3n General de Relaciones Internacionales y Extranjer\u00eda ejercer\u00e1 las siguientes funciones:<\/li>\n<li>a) La coordinaci\u00f3n en materia de cooperaci\u00f3n policial internacional y la definici\u00f3n de las acciones y programas de actuaci\u00f3n de los \u00f3rganos t\u00e9cnicos del Ministerio del Interior existentes en las Misiones Diplom\u00e1ticas, su organizaci\u00f3n interna y dotaci\u00f3n presupuestaria, as\u00ed como su inspecci\u00f3n t\u00e9cnica y control, sin perjuicio de las facultades de direcci\u00f3n y coordinaci\u00f3n del Jefe de la Misi\u00f3n Diplom\u00e1tica y de la Representaci\u00f3n Permanente respectiva.<\/li>\n<li>b) Coordinar la participaci\u00f3n de los representantes del Ministerio en los Grupos y Comit\u00e9s del Consejo de la Uni\u00f3n Europea.<\/li>\n<li>c) Efectuar el seguimiento de las decisiones comunitarias que afecten al Ministerio, especialmente respecto a fondos comunitarios relacionados con su \u00e1mbito competencial.<\/li>\n<li>d) La organizaci\u00f3n y preparaci\u00f3n de las actividades de car\u00e1cter internacional que se deban llevar a cabo en el \u00e1mbito de las competencias del Ministerio en las materias de inmigraci\u00f3n y extranjer\u00eda.<\/li>\n<li>e) La organizaci\u00f3n de las relaciones del Ministro del Interior con las autoridades de otros Gobiernos en el \u00e1mbito de sus competencias.<\/li>\n<li>f) La coordinaci\u00f3n de actuaciones con el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperaci\u00f3n.<\/li>\n<li>La Direcci\u00f3n General de Relaciones Internacionales y Extranjer\u00eda estar\u00e1 integrada por:<\/li>\n<li>a) Subdirecci\u00f3n General de Cooperaci\u00f3n Policial Internacional, a la que corresponde el ejercicio de las funciones recogidas en el p\u00e1rrafo a).<\/li>\n<li>b) Subdirecci\u00f3n General de Relaciones Internacionales, Inmigraci\u00f3n y Extranjer\u00eda, a la que le corresponde el ejercicio de las funciones recogidas en los p\u00e1rrafos b), c), d), e) y\u00a0f).<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Art\u00edculo 7. Subsecretar\u00eda del Interior.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Corresponde a la Subsecretar\u00eda, bajo la superior autoridad del Ministro, la representaci\u00f3n ordinaria del Departamento y la direcci\u00f3n de sus servicios comunes, as\u00ed como el ejercicio de las atribuciones a que se refiere el art\u00edculo 63 de la Ley 40\/2015, de 1 de octubre, y la direcci\u00f3n, impulso y supervisi\u00f3n de los \u00f3rganos directamente dependientes de ella.<\/li>\n<li>En particular, y sin perjuicio de las competencias de la Secretar\u00eda de Estado de Seguridad, corresponde a la Subsecretar\u00eda del Interior:<\/li>\n<li>a) La gesti\u00f3n y desarrollo de la pol\u00edtica normativa del Departamento, as\u00ed como la supervisi\u00f3n de la fundamentaci\u00f3n t\u00e9cnico-jur\u00eddica de todos los asuntos del Ministerio del Interior y sus organismos que se sometan a la consideraci\u00f3n de la Comisi\u00f3n General de Secretarios de Estado y Subsecretarios y del Consejo de Ministros.<\/li>\n<li>b) La coordinaci\u00f3n, bajo la superior direcci\u00f3n del Ministro, de las relaciones de los diferentes \u00f3rganos directivos del Departamento con las Administraciones auton\u00f3micas.<\/li>\n<li>c) La gesti\u00f3n de las competencias del Ministerio relativas a los procesos electorales y consultas directas al electorado, el registro de los partidos pol\u00edticos, la gesti\u00f3n de las subvenciones y financiaci\u00f3n de los partidos pol\u00edticos, as\u00ed como el ejercicio del derecho de asilo.<\/li>\n<li>d) La gesti\u00f3n de los asuntos que se deriven de las relaciones con las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en las materias no atribuidas espec\u00edficamente a otros \u00f3rganos del Departamento.<\/li>\n<li>e) La coordinaci\u00f3n e impulso de la pol\u00edtica de tr\u00e1fico y seguridad vial, y el ejercicio de las competencias del Ministerio sobre el organismo aut\u00f3nomo Jefatura Central de Tr\u00e1fico.<\/li>\n<li>f) La gesti\u00f3n de las competencias del Ministerio en relaci\u00f3n con la protecci\u00f3n civil y las emergencias.<\/li>\n<li>g) El ejercicio de las competencias que tiene atribuidas el Ministerio en materia de atenci\u00f3n y apoyo a las v\u00edctimas del terrorismo.<\/li>\n<li>h) La coordinaci\u00f3n, direcci\u00f3n y planificaci\u00f3n de la pol\u00edtica de personal y la retributiva del personal del Departamento.<\/li>\n<li>Corresponden a la Subsecretar\u00eda del Interior, en la medida en que no est\u00e9n atribuidas expresamente a otros \u00f3rganos superiores y directivos del Departamento, las siguientes funciones relativas a las distintas \u00e1reas de servicios comunes:<\/li>\n<li>a) Proponer las medidas de organizaci\u00f3n del Ministerio, el estudio de la estructura organizativa del Departamento y la direcci\u00f3n y realizaci\u00f3n de los proyectos de organizaci\u00f3n de \u00e1mbito ministerial.<\/li>\n<li>b) El informe y tramitaci\u00f3n de los proyectos de disposiciones generales en las materias propias del Departamento, as\u00ed como su elaboraci\u00f3n, cuando se le encomiende expresamente.<\/li>\n<li>c) La resoluci\u00f3n de los recursos administrativos, cuando proceda, y en todo caso su tramitaci\u00f3n y la formulaci\u00f3n de propuestas de resoluci\u00f3n, as\u00ed como las relaciones con los \u00f3rganos jurisdiccionales.<\/li>\n<li>d) La elaboraci\u00f3n del programa editorial del Departamento, y la edici\u00f3n y distribuci\u00f3n de las publicaciones; la organizaci\u00f3n y direcci\u00f3n de las bibliotecas y servicios de documentaci\u00f3n, y la direcci\u00f3n y coordinaci\u00f3n del Sistema de Archivos del Ministerio del Interior.<\/li>\n<li>e) La formulaci\u00f3n, seguimiento, evaluaci\u00f3n y revisi\u00f3n de los programas de gasto en los que se concreten los planes de actuaci\u00f3n y proyectos de los servicios y organismos del Departamento.<\/li>\n<li>f) El cumplimiento y desarrollo de las instrucciones que se dicten para la elaboraci\u00f3n del presupuesto, as\u00ed como la elaboraci\u00f3n y la tramitaci\u00f3n ante el Ministerio de Hacienda y Funci\u00f3n P\u00fablica del anteproyecto de presupuesto del Departamento, y la coordinaci\u00f3n en la elaboraci\u00f3n de los presupuestos de sus organismos y su consolidaci\u00f3n con el del Ministerio.<\/li>\n<li>g) El informe y tramitaci\u00f3n de las propuestas de modificaciones presupuestarias de los servicios y organismos del Departamento, as\u00ed como el informe de los proyectos de disposiciones y de resoluciones con repercusi\u00f3n sobre el gasto p\u00fablico.<\/li>\n<li>h) La gesti\u00f3n de los recursos humanos del Departamento, la elaboraci\u00f3n anual de la oferta de empleo, la tramitaci\u00f3n de los procesos de selecci\u00f3n y provisi\u00f3n de puestos de trabajo y la planificaci\u00f3n, elaboraci\u00f3n y administraci\u00f3n de las plantillas y relaciones de puestos de trabajo y de sus modificaciones.<\/li>\n<li>i) La organizaci\u00f3n y desarrollo de la formaci\u00f3n, programaci\u00f3n y gesti\u00f3n de la acci\u00f3n social, as\u00ed como la participaci\u00f3n en la negociaci\u00f3n colectiva y las relaciones laborales.<\/li>\n<li>j) La planificaci\u00f3n de la pol\u00edtica retributiva, as\u00ed como el control y evaluaci\u00f3n del gasto de personal del Departamento.<\/li>\n<li>k) Establecer los programas de inspecci\u00f3n de los servicios del Ministerio, as\u00ed como determinar las actuaciones precisas para la mejora de los sistemas de planificaci\u00f3n, direcci\u00f3n y organizaci\u00f3n y para la racionalizaci\u00f3n y simplificaci\u00f3n de los procedimientos y m\u00e9todos de trabajo. La inspecci\u00f3n de los servicios, del personal, y la evaluaci\u00f3n de su calidad y rendimiento, as\u00ed como la instrucci\u00f3n y propuesta de resoluci\u00f3n de los expedientes disciplinarios y, en general, las previstas en el Real Decreto 799\/2005, de 1 de julio, por el que se regulan las inspecciones generales de servicios de los departamentos ministeriales, sin perjuicio de las funciones atribuidas a otros \u00f3rganos del Departamento.<\/li>\n<li>l) La coordinaci\u00f3n y seguimiento global de los programas de calidad del Departamento, as\u00ed como la tramitaci\u00f3n de los expedientes sobre autorizaciones o reconocimiento de compatibilidad.<\/li>\n<li>m) La supervisi\u00f3n de los proyectos de obras en los supuestos a que se refiere el art\u00edculo 125 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector P\u00fablico, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3\/2011, de 14 de noviembre.<\/li>\n<li>n) La gesti\u00f3n financiera de ingresos y gastos de tesorer\u00eda de los cr\u00e9ditos presupuestarios del Departamento, as\u00ed como la habilitaci\u00f3n de personal de los servicios centrales, excepto lo que corresponde a los \u00e1mbitos del Cuerpo Nacional de Polic\u00eda, Guardia Civil y Secretar\u00eda General de Instituciones Penitenciarias, la adquisici\u00f3n de los recursos materiales precisos para el funcionamiento de los servicios, la coordinaci\u00f3n de las distintas cajas pagadoras del Departamento y la canalizaci\u00f3n de sus relaciones con la Direcci\u00f3n General del Tesoro y Pol\u00edtica Financiera, la Intervenci\u00f3n General de la Administraci\u00f3n del Estado y el Tribunal de Cuentas, a trav\u00e9s de la unidad central de pagos.<\/li>\n<\/ol>\n<p>\u00f1) La gesti\u00f3n patrimonial, que incluye las actuaciones relativas a las obras de construcci\u00f3n y reforma de edificios las relaciones con la Direcci\u00f3n General del Patrimonio del Estado, el inventario de bienes inmuebles y la instrucci\u00f3n y tramitaci\u00f3n de los expedientes de contrataci\u00f3n de alquileres de inmuebles, sin perjuicio de la perfecci\u00f3n de los contratos por el \u00f3rgano competente para celebrarlos, y la programaci\u00f3n, gesti\u00f3n y control de inversiones.<\/p>\n<ol>\n<li>o) El r\u00e9gimen interior, el registro general del Departamento y la coordinaci\u00f3n de los registros auxiliares, la gesti\u00f3n de los servicios de seguridad, la vigilancia y conservaci\u00f3n de los edificios, el inventario de bienes muebles y la prevenci\u00f3n de riesgos laborales.<\/li>\n<li>p) La informaci\u00f3n y atenci\u00f3n al ciudadano, as\u00ed como las funciones que la Ley\u00a019\/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica y buen gobierno, y sus disposiciones de desarrollo atribuyen a las unidades de informaci\u00f3n en el \u00e1mbito del Departamento.<\/li>\n<li>q) La elaboraci\u00f3n, desarrollo y ejecuci\u00f3n de los planes estrat\u00e9gicos y operativos en materia de sistemas de informaci\u00f3n y telecomunicaciones, el impulso para la implantaci\u00f3n de la administraci\u00f3n electr\u00f3nica, y el asesoramiento y asistencia en materia de tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n.<\/li>\n<li>r) El desarrollo e implantaci\u00f3n de los sistemas de informaci\u00f3n y telecomunicaciones, garantizando su interoperabilidad, seguridad y calidad, as\u00ed como la provisi\u00f3n y gesti\u00f3n del equipamiento y los recursos inform\u00e1ticos necesarios.<\/li>\n<li>s) La gesti\u00f3n y administraci\u00f3n de las redes de comunicaci\u00f3n de voz y datos y la gesti\u00f3n y mantenimiento del dominio de Internet e Intranet y del portal de web del Ministerio, en coordinaci\u00f3n con los gestores de contenidos de los centros directivos y organismos del departamento.<\/li>\n<li>t) Las relaciones con la Comisi\u00f3n de Estrategia TIC, as\u00ed como con otros \u00f3rganos de las Administraci\u00f3n P\u00fablicas competentes en la materia, y la presidencia de la Comisi\u00f3n Ministerial de Administraci\u00f3n Digital.<\/li>\n<li>En la medida en que las funciones enumeradas en el apartado anterior se encuentren atribuidas a otros \u00f3rganos superiores y directivos, u organismos del Departamento, corresponde a la Subsecretar\u00eda del Interior la coordinaci\u00f3n a nivel departamental de los respectivos servicios.<\/li>\n<li>De la Subsecretar\u00eda del Interior dependen los siguientes \u00f3rganos directivos:<\/li>\n<li>a) La Secretar\u00eda General T\u00e9cnica.<\/li>\n<li>b) La Direcci\u00f3n General de Pol\u00edtica Interior.<\/li>\n<li>c) La Direcci\u00f3n General de Tr\u00e1fico.<\/li>\n<li>d) La Direcci\u00f3n General de Protecci\u00f3n Civil y Emergencias.<\/li>\n<li>e) La Direcci\u00f3n General de Apoyo a las V\u00edctimas del Terrorismo.<\/li>\n<li>Con dependencia directa del Subsecretario, y con nivel org\u00e1nico de subdirecci\u00f3n general, existe un Gabinete T\u00e9cnico, con funciones de apoyo y asistencia directa, para facilitar el despacho y la coordinaci\u00f3n de los \u00f3rganos y unidades dependientes de aquel. Elabora los estudios e informes necesarios, y realiza cuantas otras misiones le encomiende el titular de la Subsecretar\u00eda.<\/li>\n<li>Asimismo dependen directamente del Subsecretario del Interior los siguientes \u00f3rganos con nivel org\u00e1nico de subdirecci\u00f3n general:<\/li>\n<li>a) La Oficina Presupuestaria, a la que corresponde la elaboraci\u00f3n de los documentos y el desarrollo de la actividad administrativa necesaria para el ejercicio de las funciones especificadas en los p\u00e1rrafos e), f) y g) del apartado 3.<\/li>\n<li>b) La Subdirecci\u00f3n General de Recursos Humanos, a la que corresponde la realizaci\u00f3n de las actuaciones y gestiones necesarias para el ejercicio de las funciones enunciadas en los p\u00e1rrafos h), i) y j) del apartado 3. Los \u00f3rganos del Departamento encargados de la gesti\u00f3n de personal e inspecci\u00f3n se coordinar\u00e1n funcionalmente con la Subsecretar\u00eda cuando ejecuten las funciones relacionadas en los citados p\u00e1rrafos.<\/li>\n<li>c) La Subdirecci\u00f3n General de Gesti\u00f3n Econ\u00f3mica y Patrimonial, a la que corresponde la realizaci\u00f3n de las actuaciones necesarias para el ejercicio de las funciones enumeradas en los p\u00e1rrafos m), n) y \u00f1) del apartado 3.<\/li>\n<li>d) La Oficial\u00eda Mayor, a la que corresponde el ejercicio de las funciones enumeradas en el p\u00e1rrafo o) del apartado 3.<\/li>\n<li>e) La Subdirecci\u00f3n General de Calidad de los Servicios e Innovaci\u00f3n, a la que corresponde el ejercicio de las funciones enumeradas en los p\u00e1rrafos k), l) y q) del apartado 3.<\/li>\n<li>Est\u00e1n adscritos a la Subsecretar\u00eda, con las funciones que les atribuyen las disposiciones vigentes, y sin perjuicio de su dependencia de los Ministerios de Justicia y de Hacienda y Administraciones P\u00fablicas, respectivamente, los siguientes \u00f3rganos con nivel org\u00e1nico de subdirecci\u00f3n general:<\/li>\n<li>a) La Abogac\u00eda del Estado.<\/li>\n<li>b) La Intervenci\u00f3n Delegada de la Intervenci\u00f3n General de la Administraci\u00f3n del Estado.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Art\u00edculo 8. Secretar\u00eda General T\u00e9cnica.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Corresponde a la Secretar\u00eda General T\u00e9cnica el ejercicio de las funciones a que se refiere el art\u00edculo 65 de la Ley 40\/2015, de 1 de octubre, as\u00ed como las atribuidas por el art\u00edculo 26 de la Ley 50\/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, y dem\u00e1s normas vigentes.<\/li>\n<li>En concreto, le corresponden las funciones que a continuaci\u00f3n se relacionan, salvo que est\u00e9n expresamente atribuidas a otros \u00f3rganos del Departamento:<\/li>\n<li>a) El informe preceptivo y la tramitaci\u00f3n de disposiciones generales en las materias propias del Departamento y la gesti\u00f3n para su publicaci\u00f3n.<\/li>\n<li>b) La elaboraci\u00f3n de los proyectos normativos del Departamento, cuando as\u00ed se le encomiende expresamente, y el asesoramiento a los altos cargos respecto de la aplicaci\u00f3n normativa.<\/li>\n<li>c) La elaboraci\u00f3n de estudios e informes y la preparaci\u00f3n de la documentaci\u00f3n sobre cuantos asuntos sean sometidos a la deliberaci\u00f3n del Consejo de Ministros, de las Comisiones Delegadas del Gobierno y de la Comisi\u00f3n General de Secretarios de Estado y Subsecretarios.<\/li>\n<li>d) La coordinaci\u00f3n de las propuestas del Departamento para el Plan Anual Normativo de la Administraci\u00f3n General del Estado, as\u00ed como la coordinaci\u00f3n del informe anual de evaluaci\u00f3n normativa y de cumplimiento de las propuestas incluidas en dicho Plan.<\/li>\n<li>e) La coordinaci\u00f3n de las relaciones del Departamento con el Defensor del Pueblo.<\/li>\n<li>f) El seguimiento de los actos y disposiciones de las Comunidades Aut\u00f3nomas, las relaciones de cooperaci\u00f3n con \u00e9stas, y la coordinaci\u00f3n de las relaciones de los diferentes \u00f3rganos directivos del Departamento con las Administraciones auton\u00f3micas y del proceso de transferencias de dichos \u00f3rganos directivos, en las materias propias de la competencia de este Ministerio.<\/li>\n<li>g) La tramitaci\u00f3n de los convenios de colaboraci\u00f3n que hayan de suscribirse en el \u00e1mbito del Ministerio del Interior.<\/li>\n<li>h) La coordinaci\u00f3n y el seguimiento de la transposici\u00f3n de las directivas comunitarias y otros instrumentos jur\u00eddicos de la Uni\u00f3n Europea a al ordenamiento jur\u00eddico interno que sean responsabilidad del Ministerio del Interior; la elaboraci\u00f3n de las respuestas de los procedimientos de infracci\u00f3n abiertos contra Espa\u00f1a en su fase precontenciosa, y el informe de los convenios internacionales en las materias propias de la competencia de este Departamento.<\/li>\n<li>i) La tramitaci\u00f3n y propuesta de resoluci\u00f3n de los recursos administrativos y de los procedimientos de revisi\u00f3n de oficio de los actos administrativos.<\/li>\n<li>j) La tramitaci\u00f3n y propuesta de resoluci\u00f3n de reclamaciones de responsabilidad patrimonial de la Administraci\u00f3n.<\/li>\n<li>k) La sustanciaci\u00f3n y propuesta de resoluci\u00f3n de los conflictos de atribuciones entre \u00f3rganos del Departamento.<\/li>\n<li>l) La gesti\u00f3n del Registro Nacional de Asociaciones, la inscripci\u00f3n de las asociaciones de \u00e1mbito estatal, as\u00ed como la instrucci\u00f3n de los expedientes y la formulaci\u00f3n de las propuestas necesarias para la declaraci\u00f3n de utilidad p\u00fablica de asociaciones.<\/li>\n<li>m) La coordinaci\u00f3n y realizaci\u00f3n de las estad\u00edsticas del Departamento, sin perjuicio de las competencias de los distintos \u00f3rganos superiores y directivos, as\u00ed como del Instituto Nacional de Estad\u00edstica.<\/li>\n<li>n) La propuesta de programa editorial del Departamento, as\u00ed como la edici\u00f3n y distribuci\u00f3n de sus publicaciones.<\/li>\n<\/ol>\n<p>\u00f1) La organizaci\u00f3n y direcci\u00f3n de las bibliotecas y centros de documentaci\u00f3n del Departamento.<\/p>\n<ol>\n<li>o) La direcci\u00f3n y coordinaci\u00f3n del Sistema de Archivos del Ministerio del Interior, constituido por el Archivo General, las Secciones de \u00e9l dependientes y los dem\u00e1s archivos de gesti\u00f3n, as\u00ed como de la pol\u00edtica de gesti\u00f3n de documentos electr\u00f3nicos y el archivo electr\u00f3nico \u00fanico del Departamento.<\/li>\n<li>p) Las funciones que la Ley 19\/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica y buen gobierno, y sus disposiciones de desarrollo atribuyen a las unidades de informaci\u00f3n, en el \u00e1mbito del Ministerio del Interior.<\/li>\n<li>q) La direcci\u00f3n y coordinaci\u00f3n de las oficinas de informaci\u00f3n y atenci\u00f3n al ciudadano del Ministerio y el apoyo documental y t\u00e9cnico a las mismas, as\u00ed como la actualizaci\u00f3n de la base de datos de informaci\u00f3n administrativa del Departamento.<\/li>\n<li>r) La direcci\u00f3n de la Unidad Central de Quejas y Sugerencias del Departamento y la coordinaci\u00f3n de sus unidades sectoriales de quejas y sugerencias.<\/li>\n<li>s) El ejercicio de las funciones propias en materia de igualdad a las que se refiere el art\u00edculo 77 de la Ley Org\u00e1nica 3\/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.<\/li>\n<li>La Secretar\u00eda General T\u00e9cnica est\u00e1 integrada por las siguientes unidades con nivel org\u00e1nico de subdirecci\u00f3n general:<\/li>\n<li>a) La Vicesecretar\u00eda General T\u00e9cnica, a la que le corresponde la realizaci\u00f3n de los estudios, informes y gestiones necesarias para el ejercicio de las funciones atribuidas a la Secretar\u00eda General T\u00e9cnica en los p\u00e1rrafos a), b), c), d), e), f) y g) del apartado 2.<\/li>\n<li>b) La Subdirecci\u00f3n General de Recursos, a la que le corresponde la realizaci\u00f3n de los actos de instrucci\u00f3n y la preparaci\u00f3n de las propuestas de resoluci\u00f3n necesarias para el ejercicio de las funciones atribuidas a la Secretar\u00eda General T\u00e9cnica en los p\u00e1rrafos i), j) y k) del apartado 2.<\/li>\n<li>c) La Subdirecci\u00f3n General de Asociaciones, Archivos y Documentaci\u00f3n, a la que corresponde el ejercicio de las funciones atribuidas a la Secretar\u00eda General T\u00e9cnica en los p\u00e1rrafos l), m), n), \u00f1) y o) del apartado 2.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Art\u00edculo 9. Direcci\u00f3n General de Pol\u00edtica Interior.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Corresponde a la Direcci\u00f3n General de Pol\u00edtica Interior el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas el Ministerio del Interior sobre los procesos electorales y consultas populares y el r\u00e9gimen jur\u00eddico de los partidos pol\u00edticos; as\u00ed como la instrucci\u00f3n y tramitaci\u00f3n de los procedimientos en materia de protecci\u00f3n internacional de refugiados, r\u00e9gimen de ap\u00e1tridas y atenci\u00f3n a desplazados.<\/li>\n<li>En particular, corresponden a la Direcci\u00f3n General de Pol\u00edtica Interior las siguientes funciones:<\/li>\n<li>a) La gesti\u00f3n de las competencias del Ministerio respecto a los procesos electorales y a las consultas directas al electorado y el mantenimiento de las relaciones necesarias con la Administraci\u00f3n Electoral, en particular, con la Junta Electoral Central, con la que le corresponde la interlocuci\u00f3n del Gobierno en materia electoral a excepci\u00f3n de las cuestiones relativas a la elaboraci\u00f3n del censo electoral cuya competencia corresponde a la Oficina del Censo Electoral.<\/li>\n<li>b) La coordinaci\u00f3n de la gesti\u00f3n y desarrollo de los procesos electorales, as\u00ed como de las funciones que corresponden a las unidades dependientes de otros ministerios con competencias en materia electoral.<\/li>\n<li>c) La direcci\u00f3n y coordinaci\u00f3n de los desarrollos inform\u00e1ticos y de comunicaciones para la modernizaci\u00f3n de la gesti\u00f3n de los procesos electorales.<\/li>\n<li>d) La puesta a disposici\u00f3n de la informaci\u00f3n relativa a los procesos electorales, excepto los datos relativos al censo electoral, as\u00ed como la custodia y difusi\u00f3n p\u00fablica de los resultados electorales.<\/li>\n<li>e) La gesti\u00f3n de las relaciones con los \u00f3rganos competentes de las Comunidades Aut\u00f3nomas en materia electoral.<\/li>\n<li>f) El registro y la aplicaci\u00f3n del r\u00e9gimen jur\u00eddico de los partidos pol\u00edticos.<\/li>\n<li>g) La gesti\u00f3n de las subvenciones estatales anuales y de las subvenciones por gastos electorales de las formaciones pol\u00edticas, en los t\u00e9rminos establecidos en la legislaci\u00f3n vigente.<\/li>\n<li>h) Las relaciones del Ministerio con las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno en cuestiones relacionadas con el derecho de asilo y dem\u00e1s formas de protecci\u00f3n.<\/li>\n<li>i) La coordinaci\u00f3n de la preparaci\u00f3n de propuestas del Consejo de Ministros y de los \u00f3rganos superiores del Ministerio, as\u00ed como de otros \u00f3rganos directivos de los ministerios con competencias en materia protecci\u00f3n internacional de refugiados, r\u00e9gimen de ap\u00e1tridas y atenci\u00f3n a los desplazados.<\/li>\n<li>j) El ejercicio de la presidencia de la Comisi\u00f3n Interministerial de Asilo y Refugio.<\/li>\n<li>k) La participaci\u00f3n en las reuniones de los organismos nacionales, internacionales o supranacionales con competencias en materia de derecho de asilo y dem\u00e1s formas de protecci\u00f3n, y la intervenci\u00f3n en la aplicaci\u00f3n de los acuerdos que se deriven de aquellas y, en especial, de las que se desarrollen en el seno de la Uni\u00f3n Europea.<\/li>\n<li>l) La resoluci\u00f3n de los expedientes administrativos sobre protecci\u00f3n internacional de refugiados que le sean atribuidos por la normativa vigente y la elevaci\u00f3n de las propuestas de resoluci\u00f3n en materia de ap\u00e1tridas.<\/li>\n<li>m) La coordinaci\u00f3n y disposici\u00f3n de las actuaciones necesarias para atender las necesidades humanas inmediatas en caso de flujos masivos de desplazados, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros \u00f3rganos del Departamento.<\/li>\n<li>La Direcci\u00f3n General de Pol\u00edtica Interior est\u00e1 integrada por las siguientes Subdirecciones Generales:<\/li>\n<li>a) La Subdirecci\u00f3n General de Pol\u00edtica Interior y Procesos Electorales, a la que corresponde el ejercicio de las funciones especificadas en los p\u00e1rrafos a), b), c), d), e), f) y g) del apartado segundo, as\u00ed como las del p\u00e1rrafo i) salvo que versen sobre el derecho de asilo y dem\u00e1s formas de protecci\u00f3n.<\/li>\n<li>b) La Subdirecci\u00f3n General de Protecci\u00f3n Internacional, a la que corresponde el ejercicio de las funciones enumeradas en los p\u00e1rrafos h), j), k), l), m) y n) del apartado segundo, as\u00ed como las del p\u00e1rrafo i) que versen sobre el derecho de asilo y dem\u00e1s formas de protecci\u00f3n. Tendr\u00e1 la consideraci\u00f3n de Oficina de Asilo y Refugio a que se refiere el art\u00edculo 23.1 de la Ley 12\/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protecci\u00f3n subsidiaria.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Art\u00edculo 10. Direcci\u00f3n General de Tr\u00e1fico.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Corresponden a la Direcci\u00f3n General de Tr\u00e1fico, a trav\u00e9s de la cual el Ministerio del Interior ejerce sus competencias sobre el Organismo Aut\u00f3nomo Jefatura Central de Tr\u00e1fico, las siguientes funciones:<\/li>\n<li>a) La programaci\u00f3n estrat\u00e9gica del Organismo.<\/li>\n<li>b) La gesti\u00f3n de los recursos humanos del Organismo, a trav\u00e9s de la relaci\u00f3n de puestos de trabajo, tanto de personal funcionario como laboral, sus retribuciones, la ejecuci\u00f3n de medidas de formaci\u00f3n, acci\u00f3n social y prevenci\u00f3n de riesgos laborales.<\/li>\n<li>c) La gesti\u00f3n presupuestaria y econ\u00f3mica del Organismo, mediante la preparaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n y control de sus presupuestos, la optimizaci\u00f3n y racionalizaci\u00f3n del gasto, as\u00ed como la gesti\u00f3n del patrimonio del Organismo.<\/li>\n<li>d) La facultad de determinar la normativa t\u00e9cnica b\u00e1sica en materia de tr\u00e1fico y seguridad vial, y la elaboraci\u00f3n de estudios, propuestas y anteproyectos de disposiciones sobre tr\u00e1fico y seguridad vial, sin perjuicio de las competencias del Ministerio de Fomento.<\/li>\n<li>e) El dise\u00f1o e implantaci\u00f3n de nuevos m\u00e9todos de trabajo, as\u00ed como la labor inspectora del Organismo, sin perjuicio de las funciones atribuidas a otros \u00f3rganos de la Administraci\u00f3n General del Estado.<\/li>\n<li>f) La direcci\u00f3n y coordinaci\u00f3n de los programas de calidad y la direcci\u00f3n de la unidad de transparencia del Organismo.<\/li>\n<li>g) La creaci\u00f3n de los registros y bases de datos necesarias para la ejecuci\u00f3n de las competencias del Organismo, la funci\u00f3n de dar soporte en tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n a las unidades del Organismo, as\u00ed como el impulso, coordinaci\u00f3n y puesta en marcha de los servicios de administraci\u00f3n electr\u00f3nica.<\/li>\n<li>h) La gesti\u00f3n de las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y comunicaciones (TIC) del Organismo.<\/li>\n<li>i) La elaboraci\u00f3n de instrucciones sobre veh\u00edculos y los procedimientos administrativos relacionados con el Registro de Veh\u00edculos, as\u00ed como el desarrollo de la conducci\u00f3n aut\u00f3noma y el impulso de plataformas tecnol\u00f3gicas para su gesti\u00f3n en el \u00e1mbito de las competencias del Organismo.<\/li>\n<li>j) La regulaci\u00f3n, ordenaci\u00f3n, gesti\u00f3n, vigilancia y disciplina del tr\u00e1fico en v\u00edas interurbanas y traves\u00edas, as\u00ed como la implantaci\u00f3n, mantenimiento y explotaci\u00f3n de los medios y sistemas inteligentes de transporte necesarios as\u00ed como propuestas de mejora de la seguridad vial en las v\u00edas para reducir la accidentalidad, sin perjuicio de las competencias del Ministerio de Fomento.<\/li>\n<li>k) El suministro de informaci\u00f3n sobre el estado del tr\u00e1fico en tiempo real.<\/li>\n<li>l) El establecimiento de las directrices para la formaci\u00f3n y actuaci\u00f3n de los agentes de la autoridad en materia de tr\u00e1fico y circulaci\u00f3n de veh\u00edculos, sin perjuicio de las atribuciones de las Corporaciones Locales con cuyos \u00f3rganos se instrumentar\u00e1 la colaboraci\u00f3n necesaria.<\/li>\n<li>m) La resoluci\u00f3n sobre la instalaci\u00f3n de videoc\u00e1maras y dispositivos an\u00e1logos para el control, regulaci\u00f3n, vigilancia y disciplina del tr\u00e1fico en el \u00e1mbito de la Administraci\u00f3n General del Estado.<\/li>\n<li>n) La gesti\u00f3n de la educaci\u00f3n vial, la formaci\u00f3n de conductores, la organizaci\u00f3n de pruebas de aptitud, incluida la formaci\u00f3n de examinadores; la regulaci\u00f3n, el registro y el control de las escuelas particulares de conductores y de los centros habilitados para la evaluaci\u00f3n de las aptitudes psicof\u00edsicas de los conductores.<\/li>\n<\/ol>\n<p>\u00f1) La determinaci\u00f3n de requisitos de aptitud psicof\u00edsica para la obtenci\u00f3n y renovaci\u00f3n de las autorizaciones administrativas para conducir en colaboraci\u00f3n con la autoridad sanitaria y de acuerdo con el avance cient\u00edfico y t\u00e9cnico.<\/p>\n<ol>\n<li>o) El establecimiento de las directrices b\u00e1sicas para la programaci\u00f3n de la educaci\u00f3n vial, formaci\u00f3n e informaci\u00f3n al usuario y divulgaci\u00f3n en materia de seguridad vial, sin perjuicio de las competencias del Ministerio de Fomento.<\/li>\n<li>p) La coordinaci\u00f3n, participaci\u00f3n y representaci\u00f3n en organismos nacionales e internacionales en materia de seguridad vial y gesti\u00f3n de la movilidad.<\/li>\n<li>q) Los procesos de consulta y participaci\u00f3n, a trav\u00e9s del Consejo Superior de Tr\u00e1fico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible, y la colaboraci\u00f3n con agentes sociales y otras Administraciones.<\/li>\n<li>r) La elaboraci\u00f3n y divulgaci\u00f3n peri\u00f3dicamente de estad\u00edsticas y datos sobre emergencias en el \u00e1mbito de las competencias del Organismo.<\/li>\n<li>s) El establecimiento de los criterios de intervenci\u00f3n espec\u00edfica en el \u00e1mbito de las pol\u00edticas viales y la difusi\u00f3n de las buenas pr\u00e1cticas, incluido el entorno de las Administraciones P\u00fablicas.<\/li>\n<li>t) El impulso de la investigaci\u00f3n y de la innovaci\u00f3n en materia de seguridad vial, factores influyentes e impacto de medidas espec\u00edficas, incluyendo la coordinaci\u00f3n con instituciones de car\u00e1cter cient\u00edfico y t\u00e9cnico y otras Administraciones.<\/li>\n<li>u) El desarrollo y gesti\u00f3n del Registro Nacional de V\u00edctimas de Accidentes de Tr\u00e1fico, la elaboraci\u00f3n de los indicadores y la diseminaci\u00f3n de los mismos, as\u00ed como el apoyo a las v\u00edctimas por accidente de tr\u00e1fico y el impulso de las actividades promovidas por las entidades y organizaciones sin \u00e1nimo de lucro cuyo objeto primordial sea su atenci\u00f3n, defensa o representaci\u00f3n.<\/li>\n<li>v) La tramitaci\u00f3n de expedientes sancionadores en materia de tr\u00e1fico, de declaraciones de nulidad.<\/li>\n<li>w) La comunicaci\u00f3n y divulgaci\u00f3n relacionada con el tr\u00e1fico y la seguridad en la circulaci\u00f3n vial.<\/li>\n<li>La Direcci\u00f3n General de Tr\u00e1fico est\u00e1 integrada por los siguientes \u00f3rganos, con nivel org\u00e1nico de subdirecci\u00f3n general:<\/li>\n<li>a) La Secretar\u00eda General, a la que corresponde la colaboraci\u00f3n con el Director General para la coordinaci\u00f3n entre los distintos servicios centrales y perif\u00e9ricos del Organismo y la realizaci\u00f3n de las actuaciones y gestiones necesarias para el ejercicio de las funciones atribuidas al \u00d3rgano Directivo en los p\u00e1rrafos b), c), e) y f) del apartado 1.<\/li>\n<\/ol>\n<p>La realizaci\u00f3n de las actuaciones necesarias para el ejercicio de las funciones atribuidas al \u00f3rgano directivo en los p\u00e1rrafos g) y h) del apartado 1 corresponde, bajo la dependencia de la Secretar\u00eda General, a la Gerencia de Inform\u00e1tica, que tendr\u00e1 el nivel org\u00e1nico que determine la relaci\u00f3n de puestos de trabajo.<\/p>\n<ol>\n<li>b) La Subdirecci\u00f3n General de Operaciones y Movilidad a la que corresponde la realizaci\u00f3n de las actuaciones y gestiones necesarias para el ejercicio de las funciones atribuidas al \u00d3rgano Directivo en los p\u00e1rrafos i), j), k), l) y m) del apartado 1.<\/li>\n<li>c) La Subdirecci\u00f3n General de Formaci\u00f3n y Educaci\u00f3n Vial a la que corresponde la realizaci\u00f3n de las actuaciones y gestiones necesarias para el ejercicio de las funciones atribuidas al \u00d3rgano Directivo en los p\u00e1rrafos n), \u00f1), o), p) y q) del apartado 1.<\/li>\n<li>d) La Subdirecci\u00f3n General de Investigaci\u00f3n y An\u00e1lisis a la que corresponde la realizaci\u00f3n de las actuaciones y gestiones necesarias para el ejercicio de las funciones atribuidas al \u00d3rgano Directivo en los p\u00e1rrafos r), s), t) y u) del apartado 1.<\/li>\n<li>La Unidad de Normativa, dependiente directamente del titular del Organismo, realiza las actuaciones y gestiones necesarias para el ejercicio de las funciones de los p\u00e1rrafos d) y v) del apartado 1. Tendr\u00e1 el nivel org\u00e1nico que determine la relaci\u00f3n de puestos de trabajo.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Asimismo, las funciones de los p\u00e1rrafos a) y w) del apartado 1 se ejercer\u00e1n bajo la dependencia directa del titular del Organismo.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 11. Direcci\u00f3n General de Protecci\u00f3n Civil y Emergencias.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Corresponde a la Direcci\u00f3n General de Protecci\u00f3n Civil y Emergencias el ejercicio de las competencias que le atribuye la Ley 17\/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protecci\u00f3n Civil, y su normativa de desarrollo.<\/li>\n<li>En particular, corresponden a la Direcci\u00f3n General:<\/li>\n<li>a) La preparaci\u00f3n de planes estatales de protecci\u00f3n civil o cuya competencia tenga atribuida por la normativa vigente.<\/li>\n<li>b) La realizaci\u00f3n de estudios relativos a an\u00e1lisis de riesgos, as\u00ed como proyectos piloto de car\u00e1cter preventivo que permitan fundamentar planes de prevenci\u00f3n de emergencias y cat\u00e1strofes.<\/li>\n<li>c) Informar y, en su caso, someter a evaluaci\u00f3n del impacto sobre los riesgos de emergencia de protecci\u00f3n civil los estudios t\u00e9cnicos preceptivos, relativos a centros, establecimientos y dependencias que vayan a desarrollar actividades que puedan originar emergencias de protecci\u00f3n civil, y cuyo permiso o autorizaci\u00f3n de actividad corresponda a un \u00f3rgano de la Administraci\u00f3n General del Estado.<\/li>\n<li>d) El desarrollo de estudios y programas de informaci\u00f3n a la poblaci\u00f3n, as\u00ed como la promoci\u00f3n de la autoprotecci\u00f3n ciudadana y corporativa, y de fomento de la participaci\u00f3n social en las actividades de protecci\u00f3n civil y emergencias, as\u00ed como de programas de educaci\u00f3n para la prevenci\u00f3n en centros escolares.<\/li>\n<li>e) El desarrollo de investigaci\u00f3n y estudios sobre aspectos sociol\u00f3gicos, jur\u00eddicos, econ\u00f3micos y otros relevantes para las actividades de protecci\u00f3n civil y emergencias.<\/li>\n<li>f) La confecci\u00f3n, ejecuci\u00f3n y seguimiento de los presupuestos de protecci\u00f3n civil.<\/li>\n<li>g) El estudio y, en su caso, la propuesta de la declaraci\u00f3n de zona afectada gravemente por una emergencia de protecci\u00f3n civil y la tramitaci\u00f3n de subvenciones para la atenci\u00f3n de necesidades derivadas de dicha declaraci\u00f3n, as\u00ed como la tramitaci\u00f3n de ayudas de car\u00e1cter paliativo para atender necesidades derivadas de otros siniestros y cat\u00e1strofes y la preparaci\u00f3n de la normativa correspondiente.<\/li>\n<li>h) La tramitaci\u00f3n de subvenciones y ayudas que faciliten la implantaci\u00f3n de los planes de protecci\u00f3n civil de car\u00e1cter estatal o el desarrollo de actividades de inter\u00e9s para la protecci\u00f3n civil en ese mismo \u00e1mbito y la preparaci\u00f3n de la normativa correspondiente.<\/li>\n<li>i) La gesti\u00f3n administrativa necesaria para la contrataci\u00f3n de obras, estudios y servicios y para la adquisici\u00f3n de bienes.<\/li>\n<li>j) Coordinar la formaci\u00f3n del personal del Sistema Nacional de Protecci\u00f3n Civil y orientarla hacia el desarrollo de la competencia t\u00e9cnica necesaria para dar respuestas r\u00e1pidas, coordinadas y eficientes a las emergencias. Para ello establecer\u00e1 las directrices para la programaci\u00f3n y el funcionamiento de la Escuela Nacional de Protecci\u00f3n Civil.<\/li>\n<li>k) La coordinaci\u00f3n de las relaciones con las Unidades de Protecci\u00f3n Civil de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, y con los \u00f3rganos competentes en materia de protecci\u00f3n civil de las Comunidades Aut\u00f3nomas y de las Administraciones Locales, as\u00ed como la organizaci\u00f3n y la llevanza de la secretar\u00eda del Consejo Nacional de Protecci\u00f3n Civil, de su Comisi\u00f3n Permanente y de sus comisiones t\u00e9cnicas y grupos de trabajo.<\/li>\n<li>l) El mantenimiento de relaciones t\u00e9cnicas con organismos hom\u00f3logos de otros pa\u00edses, especialmente de la Uni\u00f3n Europea, del Mediterr\u00e1neo y de Iberoam\u00e9rica, y la participaci\u00f3n en las reuniones de los organismos internacionales con competencias en protecci\u00f3n civil y emergencias, as\u00ed como en las comisiones y grupos de trabajo constituidos en el seno de la Uni\u00f3n Europea.<\/li>\n<li>m) La organizaci\u00f3n y mantenimiento de un fondo documental especializado que permita la m\u00e1xima difusi\u00f3n de la informaci\u00f3n.<\/li>\n<li>n) La organizaci\u00f3n y mantenimiento del Centro Nacional de Seguimiento y Coordinaci\u00f3n de Emergencias, de la Red de Alerta Nacional, de la Red Nacional de Informaci\u00f3n, de las redes propias de comunicaci\u00f3n para emergencias y de otras infraestructuras destinadas a facilitar la gesti\u00f3n operativa en emergencias.<\/li>\n<\/ol>\n<p>\u00f1) Actuar como Centro de Coordinaci\u00f3n Operativo en Emergencias de Inter\u00e9s Nacional, as\u00ed como punto de contacto nacional con el Mecanismo Europeo de Protecci\u00f3n Civil.<\/p>\n<ol>\n<li>o) Realizar el seguimiento de las situaciones de emergencia de protecci\u00f3n civil y, en su caso, solicitar la movilizaci\u00f3n de recursos extraordinarios, incluida la Unidad Militar de Emergencias, as\u00ed como coordinar las acciones de la Administraci\u00f3n General del Estado en las situaciones de emergencia que lo requieran.<\/li>\n<li>p) Elaborar y divulgar peri\u00f3dicamente estad\u00edsticas y datos sobre emergencias en el \u00e1mbito de las competencias del Departamento.<\/li>\n<li>q) Organizar ejercicios y simulacros para la implantaci\u00f3n y mantenimiento de los planes estatales de protecci\u00f3n civil o cuya competencia tenga atribuida por la normativa vigente y, en general, para el mantenimiento de la operatividad del Sistema Nacional de Protecci\u00f3n Civil.<\/li>\n<li>Para el desarrollo de las indicadas funciones, la Direcci\u00f3n General de Protecci\u00f3n Civil y Emergencias se estructura en las siguientes unidades, con nivel org\u00e1nico de subdirecci\u00f3n general:<\/li>\n<li>a) La Subdirecci\u00f3n General de Prevenci\u00f3n, Planificaci\u00f3n y Emergencias que llevar\u00e1 a cabo el ejercicio de las funciones atribuidas a la Direcci\u00f3n General de Protecci\u00f3n Civil y Emergencias en los p\u00e1rrafos a), b), c), d), e), n), \u00f1), o), p) y q) del apartado 2. En esta subdirecci\u00f3n se integra el Centro Europeo de Investigaci\u00f3n Social de Situaciones de Emergencias (CEISE).<\/li>\n<li>b) La Subdirecci\u00f3n General de Gesti\u00f3n de Recursos y Subvenciones, que llevar\u00e1 a cabo el ejercicio de las funciones atribuidas a la Direcci\u00f3n General de Protecci\u00f3n Civil y Emergencias en los p\u00e1rrafos f), g), h) e i) del apartado 2.<\/li>\n<li>Depende asimismo de la Direcci\u00f3n General de Protecci\u00f3n Civil y Emergencias la Unidad de Formaci\u00f3n y Relaciones Institucionales, con el nivel org\u00e1nico que se determine en la relaci\u00f3n de puestos de trabajo, a la que corresponder\u00e1 el ejercicio de las funciones recogidas en los p\u00e1rrafos j), k), l) y m) del apartado 2. En dicha Unidad se integra la Escuela Nacional de Protecci\u00f3n Civil.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Art\u00edculo 12. Direcci\u00f3n General de Apoyo a V\u00edctimas del Terrorismo.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>A la Direcci\u00f3n General de Apoyo a V\u00edctimas del Terrorismo le corresponde el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas el Ministerio del Interior en materia de atenci\u00f3n y apoyo a las v\u00edctimas del terrorismo, y las relacionadas con la protecci\u00f3n integral y la necesaria colaboraci\u00f3n con las distintas Administraciones p\u00fablicas.<\/li>\n<li>En particular, corresponden a la Direcci\u00f3n General las siguientes funciones:<\/li>\n<li>a) La asistencia inmediata a los afectados tras la comisi\u00f3n de un atentado terrorista, informando y apoyando a las v\u00edctimas y a sus familias.<\/li>\n<li>b) Recibir y encauzar, como ventanilla \u00fanica, las solicitudes de cualquier procedimiento que puedan iniciar las personas y familiares que sufran la acci\u00f3n terrorista ante la Administraci\u00f3n General del Estado, lo que comprender\u00e1 la ayuda y orientaci\u00f3n a las personas y familiares que sufran la acci\u00f3n del terrorismo y la remisi\u00f3n al \u00f3rgano competente de las peticiones deducidas y la relaci\u00f3n con el interesado.<\/li>\n<li>c) La colaboraci\u00f3n con las asociaciones, fundaciones y dem\u00e1s instituciones p\u00fablicas y privadas que tengan como objetivo la atenci\u00f3n a las v\u00edctimas del terrorismo y la preservaci\u00f3n de su memoria, as\u00ed como la tramitaci\u00f3n de subvenciones a las asociaciones y fundaciones cuyo objeto sea la representaci\u00f3n y defensa de los intereses de las v\u00edctimas del terrorismo.<\/li>\n<li>d) La colaboraci\u00f3n con los \u00f3rganos competentes de la Administraci\u00f3n General del Estado y de las restantes Administraciones P\u00fablicas en materia de asistencia y apoyo a las v\u00edctimas del terrorismo, con el fin de asegurar una protecci\u00f3n integral a las v\u00edctimas. Esta colaboraci\u00f3n se har\u00e1 extensiva a las distintas oficinas de atenci\u00f3n a v\u00edctimas de delitos de terrorismo existentes en tribunales y fiscal\u00edas.<\/li>\n<li>e) La tramitaci\u00f3n, gesti\u00f3n y propuesta de resoluci\u00f3n de los expedientes de ayudas, resarcimientos y condecoraciones a los afectados por delitos de terrorismo, as\u00ed como la repetici\u00f3n del importe satisfecho por el Estado contra el obligado civilmente por el delito de terrorismo.<\/li>\n<li>f) La formulaci\u00f3n de estudios, informes y, en su caso, propuestas de reformas normativas u organizativas que optimicen el r\u00e9gimen de asistencia y prestaciones establecido o que pueda establecerse para la mejora de los derechos de los afectados por terrorismo.<\/li>\n<li>g) La colaboraci\u00f3n con los \u00f3rganos competentes de la Administraci\u00f3n General del Estado y de las restantes Administraciones p\u00fablicas en materia de ayudas y prestaciones p\u00fablicas a las v\u00edctimas del terrorismo. Esta colaboraci\u00f3n se har\u00e1 extensiva a las distintas oficinas de atenci\u00f3n a v\u00edctimas de delitos de terrorismo existentes en tribunales y fiscal\u00edas.<\/li>\n<li>La Direcci\u00f3n General de Apoyo a V\u00edctimas del Terrorismo se estructura en las siguientes Unidades, con rango de Subdirecci\u00f3n General:<\/li>\n<li>a) Subdirecci\u00f3n General de Apoyo a V\u00edctimas del Terrorismo, que ejercer\u00e1 las funciones atribuidas a la Direcci\u00f3n General en los p\u00e1rrafos a), b), c) y d) del apartado segundo.<\/li>\n<li>b) Subdirecci\u00f3n General de Ayudas a V\u00edctimas del Terrorismo, que ejercer\u00e1 las funciones atribuidas a la Direcci\u00f3n General en los p\u00e1rrafos e), f) y g) del apartado segundo.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional primera. No incremento de gasto p\u00fablico.<\/strong><\/p>\n<p>La aplicaci\u00f3n de este Real Decreto, incluida la creaci\u00f3n y modificaci\u00f3n de las unidades sin nivel org\u00e1nico de subdirecci\u00f3n general previstas en su articulado, se har\u00e1 sin aumento de coste de funcionamiento de los respectivos \u00f3rganos directivos y no supondr\u00e1 incremento de gasto p\u00fablico.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional segunda. Nombramiento de los Directores Generales de la Polic\u00eda y de la Guardia Civil.<\/strong><\/p>\n<p>Los Directores Generales de la Polic\u00eda y de la Guardia Civil, a los efectos exclusivos de su nombramiento, se regir\u00e1n por lo dispuesto en el art\u00edculo 64.3 de la Ley 40\/2015, de 1 de octubre, de R\u00e9gimen Jur\u00eddico del Sector P\u00fablico. En el nombramiento del Director General de la Guardia Civil se tendr\u00e1 en cuenta, adem\u00e1s, lo dispuesto en el art\u00edculo 14.2 de la Ley Org\u00e1nica 2\/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional tercera. Supresi\u00f3n de \u00f3rganos.<\/strong><\/p>\n<p>Quedan suprimidos los siguientes \u00f3rganos directivos:<\/p>\n<ol>\n<li>A) Del Ministro:<\/li>\n<\/ol>\n<p>La Oficina de Comunicaci\u00f3n y Relaciones Institucionales.<\/p>\n<ol>\n<li>B) De la Secretar\u00eda de Estado de Seguridad:<\/li>\n<\/ol>\n<p>El Centro Nacional de Protecci\u00f3n de Infraestructuras Cr\u00edticas.<\/p>\n<p>La Direcci\u00f3n Adjunta Operativa de la Direcci\u00f3n General de la Polic\u00eda.<\/p>\n<p>El Gabinete T\u00e9cnico del Director General de la Polic\u00eda con rango de subdirecci\u00f3n general.<\/p>\n<p>La Subdirecci\u00f3n General de Recursos Humanos de la Direcci\u00f3n General de la Polic\u00eda.<\/p>\n<p>La Subdirecci\u00f3n General de Log\u00edstica de la Direcci\u00f3n General de la Polic\u00eda.<\/p>\n<p>La Direcci\u00f3n Adjunta Operativa de la Direcci\u00f3n General de la Guardia Civil.<\/p>\n<p>La Subdirecci\u00f3n General de Personal de la Direcci\u00f3n General de la Guardia Civil.<\/p>\n<p>La Subdirecci\u00f3n General de Apoyo de la Direcci\u00f3n General de la Guardia Civil.<\/p>\n<p>El Mando de Operaciones de la Direcci\u00f3n General de la Guardia Civil.<\/p>\n<p>La Secretar\u00eda Permanente para la Clasificaci\u00f3n y Evaluaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n General de la Guardia Civil.<\/p>\n<ol>\n<li>C) De la Subsecretar\u00eda:<\/li>\n<\/ol>\n<p>La Subdirecci\u00f3n General de Recursos Humanos e Inspecci\u00f3n.<\/p>\n<p>La Subdirecci\u00f3n General de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones.<\/p>\n<p>La Subdirecci\u00f3n General de Asilo.<\/p>\n<p>La Subdirecci\u00f3n General de Gesti\u00f3n de la Movilidad.<\/p>\n<p>La Subdirecci\u00f3n General de Pol\u00edticas Viales.<\/p>\n<p>La Subdirecci\u00f3n General de An\u00e1lisis y Vigilancia Estad\u00edstica.<\/p>\n<p>La Subdirecci\u00f3n General de Prevenci\u00f3n y Planificaci\u00f3n.<\/p>\n<p>La Subdirecci\u00f3n General de Ayudas a V\u00edctimas del Terrorismo y Atenci\u00f3n Ciudadana.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional cuarta. Desconcentraci\u00f3n de competencias para el cierre de puestos fronterizos.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Se desconcentra en favor del Secretario de Estado de Seguridad la competencia para acordar, en los supuestos en los que lo requiera la seguridad del Estado o de los ciudadanos, el cierre temporal de los puestos fronterizos habilitados para el paso de personas a que se refiere el art\u00edculo 3 del Reglamento de ejecuci\u00f3n de la Ley Org\u00e1nica\u00a04\/2000, de 11 de enero, de derechos y libertades de los extranjeros en Espa\u00f1a y su integraci\u00f3n social, aprobado por el Real Decreto 557\/2011, de 20 de abril.<\/li>\n<li>El Secretario de Estado de Seguridad comunicar\u00e1 las medidas que vayan a adoptarse a los departamentos afectados y, a trav\u00e9s del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperaci\u00f3n, a aquellos pa\u00edses e instituciones con los que Espa\u00f1a est\u00e9 obligada a ello como consecuencia de los compromisos internacionales suscritos.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional quinta. Delegaciones de competencias.<\/strong><\/p>\n<p>Las delegaciones de competencias otorgadas por los distintos \u00f3rganos del Ministerio del Interior no revocadas hasta la fecha de la entrada en vigor de este real decreto continuar\u00e1n siendo v\u00e1lidas, y podr\u00e1n hacer uso de ellas los \u00f3rganos en cuyo \u00e1mbito de actuaci\u00f3n se encuadre la correspondiente competencia hasta que sean expresamente revocadas o nuevamente otorgadas a los diferentes \u00f3rganos resultantes de la aplicaci\u00f3n de este real decreto.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional sexta. Suplencias de los titulares de los \u00f3rganos superiores y directivos.<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>En los casos de vacante, ausencia o enfermedad de la persona titular de la Secretar\u00eda de Estado de Seguridad corresponder\u00e1 su suplencia a los titulares de sus Direcciones Generales y de la Secretar\u00eda General de Instituciones Penitenciarias, por el orden en que aparecen citados en la estructura establecida en este real decreto.<\/li>\n<li>En los casos de vacante, ausencia o enfermedad del titular de un \u00f3rgano directivo, en defecto de designaci\u00f3n de suplente conforme a lo previsto en el art\u00edculo 13 de la Ley 40\/2015, de 1 de octubre, corresponder\u00e1 la suplencia a los directores generales o a los subdirectores generales por el orden en que aparecen mencionados en este real decreto.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional s\u00e9ptima. Consolidaci\u00f3n de unidades TIC.<\/strong><\/p>\n<p>En el ejercicio de las funciones de implementaci\u00f3n y desarrollo de la pol\u00edtica en materia de tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y comunicaciones en el \u00e1mbito sectorial del Ministerio, la Subsecretar\u00eda promover\u00e1, en colaboraci\u00f3n con las unidades competentes del Ministerio y de sus organismos adscritos, la consolidaci\u00f3n de los recursos humanos, econ\u00f3mico-presupuestarios, t\u00e9cnicos y materiales vinculados.<\/p>\n<p>Atendiendo a su r\u00e9gimen competencial singular, en las unidades y los organismos adscritos actuales o futuros, sus unidades TIC podr\u00e1n no depender org\u00e1nicamente de la Subsecretar\u00eda.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n transitoria primera. Unidades y puestos de trabajo con nivel org\u00e1nico inferior a subdirecci\u00f3n general.<\/strong><\/p>\n<p>Las unidades y puestos de trabajo con nivel org\u00e1nico inferior a subdirecci\u00f3n general continuar\u00e1n subsistentes y ser\u00e1n retribuidos con cargo a los mismos cr\u00e9ditos presupuestarios, hasta que se aprueben las relaciones de puestos de trabajo adaptadas a la estructura org\u00e1nica de este real decreto, excepto las dos Unidades de Coordinaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n General de la Polic\u00eda y de la Guardia Civil, en los \u00e1mbitos del Cuerpo Nacional de Polic\u00eda y del Cuerpo de la Guardia Civil, respectivamente, que se regir\u00e1n por lo dispuesto en la disposici\u00f3n adicional quinta. Dicha adaptaci\u00f3n, en ning\u00fan caso, podr\u00e1 generar incremento de gasto p\u00fablico.<\/p>\n<p>Las unidades y puestos de trabajo encuadrados en los \u00f3rganos suprimidos por este real decreto se adscribir\u00e1n provisionalmente, por resoluci\u00f3n del Subsecretario, hasta tanto entre en vigor la nueva relaci\u00f3n de puestos de trabajo, a los \u00f3rganos regulados en este real decreto, en funci\u00f3n de las atribuciones que estos tienen asignadas.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n transitoria segunda. Comisi\u00f3n Interministerial Permanente de Armas y Explosivos.<\/strong><\/p>\n<p>Hasta tanto se modifique la Orden PRE\/631\/2002, de 15 de marzo, la Comisi\u00f3n Interministerial Permanente de Armas y Explosivos continuar\u00e1 adscrita a la Secretar\u00eda General T\u00e9cnica, que seguir\u00e1 asumiendo la presidencia, el secretariado y la elaboraci\u00f3n de documentaci\u00f3n de sus reuniones.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n transitoria tercera. Comisi\u00f3n Ejecutiva de Coordinaci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>Hasta tanto se modifique la Orden INT\/1251\/2004, de 7 de mayo, por la que se regula el Comit\u00e9 Ejecutivo para el Mando Unificado, las referencias a este \u00f3rgano se entender\u00e1n hechas a la Comisi\u00f3n Ejecutiva de Coordinaci\u00f3n, a la que se refiere el apartado 5 del art\u00edculo 2.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n transitoria cuarta. Direcci\u00f3n de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado.<\/strong><\/p>\n<p>Hasta que se efect\u00faen las correspondientes adaptaciones normativas en el Estatuto del Organismo Aut\u00f3nomo Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado, aprobado por el Real Decreto 2823\/1998, de 23 de diciembre, el titular de la Secretar\u00eda de Estado de Seguridad ejercer\u00e1 transitoriamente las funciones de direcci\u00f3n del organismo.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n derogatoria \u00fanica. Derogaci\u00f3n normativa.<\/strong><\/p>\n<p>Queda derogado el Real Decreto 400\/2012, de 17 de febrero, por el que se desarrolla la estructura org\u00e1nica b\u00e1sica del Ministerio del Interior, y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este real decreto.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n final primera. Referencia a \u00f3rganos adscritos o relacionados con el Ministerio del Interior.<\/strong><\/p>\n<p>Las referencias del ordenamiento jur\u00eddico a los \u00f3rganos suprimidos se entender\u00e1n realizadas a los que por esas mismas normas se crean, los sustituyan o asuman sus competencias o, en su defecto, al \u00f3rgano del que dependieran.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n final segunda. Facultades de desarrollo.<\/strong><\/p>\n<p>Se autoriza al Ministro del Interior para que, previo cumplimiento de los tr\u00e1mites legales oportunos, y conjuntamente con el Ministro de Defensa por lo que afecte al Cuerpo de la Guardia Civil, adopte las medidas necesarias para el desarrollo de este real decreto.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n final tercera. Modificaciones presupuestarias.<\/strong><\/p>\n<p>Por el Ministerio de Hacienda y Funci\u00f3n P\u00fablica se realizar\u00e1n las modificaciones presupuestarias precisas para el cumplimiento de lo previsto en este real decreto.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n final cuarta. Entrada en vigor.<\/strong><\/p>\n<p>El presente real decreto entrar\u00e1 en vigor el mismo d\u00eda de su publicaci\u00f3n en el \u00abBolet\u00edn Oficial del Estado\u00bb.<\/p>\n<p>Dado en Palma, el 28 de julio de 2017.<\/p>\n<p>FELIPE R.<\/p>\n<p>El Ministro Hacienda y Funci\u00f3n P\u00fablica,<\/p>\n<p>CRIST\u00d3BAL MONTORO ROMERO<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Real Decreto 770\/2017, de 28 de julio, por el que se desarrolla la estructura org\u00e1nica b\u00e1sica del Ministerio del Interior.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[2814,2813,4,2816,2812,2815,2817],"tags":[1119],"class_list":["post-12909","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-contratacion","category-funcionarios-de-carrera-con-habilitacion-nacional","category-novedades-normativas","category-policia-local","category-presupuestos","category-retribuciones-personal-publico","category-seguridad-vial","tag-estructura-organicaministerio-interior"],"acf":[],"yoast_head":"<!-- This site is optimized with the Yoast SEO plugin v28.6 - 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