{"id":13017,"date":"2020-12-23T12:42:00","date_gmt":"2020-12-23T12:42:00","guid":{"rendered":"https:\/\/normativamunicipal.com\/uncategorized\/gestion-de-documentos-publicos-en-catilla-la-mancha\/"},"modified":"2020-12-24T11:21:30","modified_gmt":"2020-12-24T11:21:30","slug":"gestion-de-documentos-publicos-en-catilla-la-mancha","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=13017","title":{"rendered":"Gesti\u00f3n de documentos publicos en Catilla La Mancha"},"content":{"rendered":"<p><strong>Decreto 89\/2017, de 12 de diciembre, por el que se aprueba la pol\u00edtica de gesti\u00f3n de documentos de las entidades que integran el sector p\u00fablico de la Administraci\u00f3n de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.<\/strong><\/p>\n<p><!--more-->[sc name=\u00bbsecretario\u00bb ]<\/p>\n<p>El Estatuto de Autonom\u00eda de Castilla-La Mancha, en su art\u00edculo 31, apartados 1 y 28, atribuye a la Junta de Comunidades la competencia exclusiva en materia organizaci\u00f3n, r\u00e9gimen y funcionamiento de sus instituciones de autogobierno, as\u00ed como en procedimiento administrativo derivado de las especialidades de la organizaci\u00f3n propia.<br \/>\nLa Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas establece, en su art\u00edculo 17, la exigencia de un archivo electr\u00f3nico \u00fanico de documentos correspondientes a procedimientos finalizados en todas las Administraciones P\u00fablicas. As\u00ed, los documentos custodiados deber\u00e1n ser conservados en un formato que permita garantizar su autenticidad, integridad y conservaci\u00f3n y su eliminaci\u00f3n deber\u00e1 ser autorizada de acuerdo a lo dispuesto en la normativa auton\u00f3mica aplicable.<br \/>\nPara ello, la Ley 40\/2015, de 1 de octubre, de R\u00e9gimen Jur\u00eddico del Sector P\u00fablico obliga, en su art\u00edculo 46, a que los medios o soportes en que se almacenen documentos deber\u00e1n contar con medidas de seguridad, de acuerdo con lo previsto en el Esquema Nacional de Seguridad, que garanticen la integridad, autenticidad, confidencialidad, calidad, protecci\u00f3n y conservaci\u00f3n de los documentos almacenados. En particular, asegurar\u00e1n la identificaci\u00f3n de los usuarios y el control de accesos, el cumplimiento de las garant\u00edas previstas en la legislaci\u00f3n de protecci\u00f3n de datos, as\u00ed como la recuperaci\u00f3n y conservaci\u00f3n a largo plazo de los documentos electr\u00f3nicos producidos por las Administraciones P\u00fablicas que as\u00ed lo requieran, de acuerdo con las especificaciones sobre el ciclo de vida de los servicios y sistemas utilizados.<br \/>\nEn la misma l\u00ednea, el Real Decreto 4\/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el \u00e1mbito de la Administraci\u00f3n Electr\u00f3nica, ya obligaba a las Administraciones P\u00fablicas a la adopci\u00f3n de una serie de medidas organizativas y t\u00e9cnicas para garantizar la interoperabilidad en relaci\u00f3n con la recuperaci\u00f3n y conservaci\u00f3n de los documentos electr\u00f3nicos a lo largo de su ciclo de vida, entre las cuales se recog\u00eda la necesidad de definir una pol\u00edtica de gesti\u00f3n de documentos.<br \/>\nEspec\u00edficamente, en el \u00e1mbito de la Administraci\u00f3n regional, el Decreto 12\/2010, de 16 de marzo, por el que se regula la utilizaci\u00f3n de medios electr\u00f3nicos en la actividad de la Administraci\u00f3n de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha atribuye, en su art\u00edculo 34.6, a la Consejer\u00eda competente en materia de archivos p\u00fablicos la promoci\u00f3n de las herramientas tecnol\u00f3gicas y normativas para garantizar, de acuerdo con el Esquema Nacional de Interoperabilidad, la custodia longeva de los documentos electr\u00f3nicos en el Archivo de Castilla-La Mancha.<br \/>\nDe esta forma, recog\u00eda expl\u00edcitamente, para el \u00e1mbito de los documentos electr\u00f3nicos, lo dispuesto con car\u00e1cter general en la Ley 19\/2002, de 24 de octubre de Archivos P\u00fablicos de Castilla-La Mancha, que establec\u00eda en el art\u00edculo 20.1 una \u00fanica gesti\u00f3n documental del Archivo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en donde se custodian todos los documentos en cualquier soporte, reunidos y generados en el ejercicio de sus competencias para la gesti\u00f3n administrativa, para garantizar a las personas el acceso a la informaci\u00f3n y para conservar el patrimonio documental. Archivo que, en el caso de la documentaci\u00f3n anal\u00f3gica, por razones de eficacia de los servicios p\u00fablicos, se encuentra distribuido en distintos edificios, instalaciones y dependencias.<br \/>\nEsta obligaci\u00f3n de custodia es recalcada por la de la Ley 4\/2013, de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha, cuando en su art\u00edculo 56.2.d) dispone que todos los documentos integrados en fondos documentales y conservados en archivos de titularidad p\u00fablica de Castilla-La Mancha pertenecen al patrimonio documental.<br \/>\nPor todo ello, el objeto del presente Decreto es el establecimiento de las normas y directrices por las que se ha de regir la Pol\u00edtica de Gesti\u00f3n de Documentos de las entidades que integran el Sector P\u00fablico de la Administraci\u00f3n de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, cuya finalidad consiste en promover el control de la gesti\u00f3n de documentos, en cualquier soporte, f\u00edsico o digital, desde su ingreso y captura hasta su eliminaci\u00f3n o conservaci\u00f3n permanente en el archivo \u00fanico de la Administraci\u00f3n de la Junta de Comunidades para, de esta forma, garantizar el acceso, seguridad, disponibilidad, confidencialidad y conservaci\u00f3n de esos documentos y los derechos y obligaciones definidos en la legis<br \/>\nA\u00d1O XXXVI N\u00fam. 241 15 de diciembre de 2017 31795<br \/>\nlaci\u00f3n sobre transparencia, acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica y buen gobierno. Igualmente, se disponen los requisitos m\u00ednimos obligatorios que dichas entidades han de cumplir.<br \/>\nAdem\u00e1s, la presente regulaci\u00f3n tiene el objetivo de garantizar la gesti\u00f3n y la informaci\u00f3n administrativa, el derecho de acceso de las personas a los documentos y la conservaci\u00f3n del Patrimonio Documental. De este modo, se prev\u00e9 que todas las personas puedan acceder a unas determinadas prestaciones, que se encuentran recogidas en la Carta de Servicios del Archivo de Castilla-La Mancha, de acuerdo a una serie de compromisos de calidad y a los indicadores asociados a los mismos.<br \/>\nEl documento aprobado con el presente Decreto se estructura en once apartados, relacionados en el \u00edndice, e incorpora cuatro anexos relativos a las normas y directrices t\u00e9cnicas de referencia, el cuadro de clasificaci\u00f3n, esquema de metadatos y un glosario de terminolog\u00eda.<br \/>\nEn su virtud, a propuesta del Consejero de Hacienda y Administraciones P\u00fablicas, de acuerdo con el Consejo Consultivo, y previa deliberaci\u00f3n del Consejo de Gobierno, en su reuni\u00f3n del d\u00eda 12 de diciembre de 2017,<br \/>\nDispongo:<br \/>\nArt\u00edculo \u00fanico. Aprobaci\u00f3n de la Pol\u00edtica de Gesti\u00f3n de Documentos de las entidades que integran el Sector P\u00fablico de la Administraci\u00f3n de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.<br \/>\nSe aprueba la Pol\u00edtica de Gesti\u00f3n de Documentos de las entidades que integran el Sector P\u00fablico de la Administraci\u00f3n de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha que figura a continuaci\u00f3n.<br \/>\nDisposici\u00f3n final primera. Habilitaci\u00f3n normativa.<br \/>\nSe autoriza a la persona titular de la Consejer\u00eda competente en materia de administraciones p\u00fablicas a la adaptaci\u00f3n, modificaci\u00f3n y desarrollo de los datos t\u00e9cnicos contenidos en los anexos de la Pol\u00edtica de Gesti\u00f3n de Documentos del presente Decreto.<br \/>\nDisposici\u00f3n final segunda. Entrada en vigor.<br \/>\nEl presente Decreto entrar\u00e1 en vigor a los veinte d\u00edas de su publicaci\u00f3n en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.<br \/>\nDado en Toledo, el 12 de diciembre de 2017<br \/>\nEl Presidente EMILIANO GARC\u00cdA-PAGE S\u00c1NCHEZ<br \/>\nEl Consejero de Hacienda y Administraciones P\u00fablicas JUAN ALFONSO RUIZ MOLINA<br \/>\nA\u00d1O XXXVI N\u00fam. 241 15 de diciembre de 2017 31796<br \/>\nPol\u00edtica de Gesti\u00f3n de Documentos de las entidades que integran el Sector P\u00fablico de la Administraci\u00f3n de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.<br \/>\n\u00cdndice:<br \/>\n1. Definici\u00f3n. 2. Objeto, contenido e impulso. 3. \u00c1mbito de aplicaci\u00f3n. 3.1 Entidades. 3.2 Instituciones sanitarias del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha. 4. Datos identificativos de la pol\u00edtica de gesti\u00f3n de documentos. 5. Liderazgo, responsabilidad y participaci\u00f3n. 5.1 Consejer\u00edas encargadas del liderazgo. 5.2 \u00d3rganos de alta direcci\u00f3n encargados de la planificaci\u00f3n e impulso. 5.3 \u00d3rganos de alta direcci\u00f3n encargados de la administraci\u00f3n y aplicaci\u00f3n. 5.4 Comisiones encargadas de la participaci\u00f3n y asesoramiento. 5.5 Unidades encargadas de la gesti\u00f3n, implantaci\u00f3n y desarrollo. 5.6 Personal encargado de la ejecuci\u00f3n. 6. Procesos de gesti\u00f3n documental. 6.1 Identificaci\u00f3n de procedimientos y tr\u00e1mites administrativos. 6.2 Captura. 6.2.1 Registro. 6.2.2 Digitalizaci\u00f3n. 6.3 Clasificaci\u00f3n. 6.4 Descripci\u00f3n. 6.5 Seguridad. 6.6 Acceso. 6.7 Valoraci\u00f3n. 6.7.1 Conservaci\u00f3n. 6.7.2 Transferencia. 6.7.3 Uso y reutilizaci\u00f3n. 6.7.4 Migraci\u00f3n y conversi\u00f3n. 6.7.5 Eliminaci\u00f3n. 7. Servicios a los usuarios. 8. Documentaci\u00f3n. 9. Formaci\u00f3n. 10. Supervisi\u00f3n y auditor\u00eda. 11. Gesti\u00f3n de la pol\u00edtica. Anexo I. Normas y documentos t\u00e9cnicos de la pol\u00edtica de gesti\u00f3n de documentos. Anexo II. Cuadro de Clasificaci\u00f3n Funcional de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (CCFCAM). Anexo III. Esquema Institucional de Metadatos de Castilla-La Mancha (Emecam). Anexo IV. Glosario.<br \/>\nA\u00d1O XXXVI N\u00fam. 241 15 de diciembre de 2017 31797<br \/>\n1. Definici\u00f3n.<br \/>\nLa Pol\u00edtica de Gesti\u00f3n de Documentos de las entidades que integran el Sector P\u00fablico de la Administraci\u00f3n de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha contiene el conjunto de directrices reguladas por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha que definen la creaci\u00f3n y gesti\u00f3n de documentos en cualquier soporte, aut\u00e9nticos, fiables y disponibles a lo largo del tiempo, de acuerdo con las funciones y actividades de las entidades de su Sector P\u00fablico y que tiene como finalidad garantizar la gesti\u00f3n y la informaci\u00f3n administrativa, el derecho de acceso de las personas a los documentos y la conservaci\u00f3n del patrimonio documental.<br \/>\n2. Objeto, contenido e impulso.<br \/>\nLa gesti\u00f3n de documentos, en el \u00e1mbito de las organizaciones del sector p\u00fablico, supone la formulaci\u00f3n de un tratamiento transversal de la documentaci\u00f3n de acuerdo con las normas y procedimientos espec\u00edficos que se hayan de utilizar en la gesti\u00f3n de los documentos en cualquier soporte material, especialmente aquellos producidos en soporte electr\u00f3nico o digital, de acuerdo a lo previsto en el art\u00edculo 4 de la Ley 19\/2002, de 24 de octubre, de Archivos P\u00fablicos de Castilla-La Mancha, con el objetivo de promover el control de la gesti\u00f3n de documentos desde su ingreso y captura hasta su eliminaci\u00f3n o conservaci\u00f3n permanente en el repositorio \u00fanico de la Administraci\u00f3n de la Junta de Comunidades y, de esta forma, garantizar el acceso, seguridad, disponibilidad, confidencialidad y conservaci\u00f3n de esos documentos.<br \/>\nSu implantaci\u00f3n resulta fundamental para la gesti\u00f3n y funcionamiento interno de la Junta de Comunidades, como garant\u00eda para el cumplimiento de las obligaciones de transparencia en el acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica y para la conservaci\u00f3n del patrimonio documental.<br \/>\nEn la Pol\u00edtica de Gesti\u00f3n de Documentos se determinan los requisitos m\u00ednimos obligatorios a cumplir por cualquier organismo que implemente sistemas o aplicaciones para la gesti\u00f3n de sus documentos, desde su captura hasta su custodia definitiva en el archivo.<br \/>\nPor su car\u00e1cter transversal, el liderazgo e impulso de esta Pol\u00edtica le corresponde a las \u00e1reas de Administraciones P\u00fablicas, Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y Patrimonio Cultural.<br \/>\n3. \u00c1mbito de aplicaci\u00f3n.<br \/>\n3.1 Entidades.<br \/>\nLa Pol\u00edtica de Gesti\u00f3n de Documentos ser\u00e1 aplicable a la documentaci\u00f3n generada, reunida y conservada por:<br \/>\n&#8211; Los \u00f3rganos de Gobierno y Administraci\u00f3n de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. &#8211; Las Entidades de Derecho P\u00fablico con personalidad jur\u00eddica propia vinculadas o dependientes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. &#8211; Las empresas del sector p\u00fablico regional cuyo capital social pertenezca mayoritariamente a la Administraci\u00f3n de la Junta de Comunidades o a una Entidad de Derecho P\u00fablico dependiente o vinculada a \u00e9sta. &#8211; Las Fundaciones del sector p\u00fablico regional cuyo patrono fundador sea la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y dependan directamente de la misma. &#8211; Las Corporaciones de Derecho P\u00fablico en la documentaci\u00f3n producida en el ejercicio de competencias delegadas de car\u00e1cter p\u00fablico.<br \/>\n3.2 Instituciones sanitarias del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha.<br \/>\nLos documentos que integran las historias cl\u00ednicas de los centros sanitarios p\u00fablicos dependientes del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha se regir\u00e1n por su normativa espec\u00edfica.<br \/>\n4. Datos identificativos de la pol\u00edtica de gesti\u00f3n de documentos.<br \/>\nNombre del documento<br \/>\nPol\u00edtica de Gesti\u00f3n de Documentos de las Entidades que integran el Sector P\u00fablico de la Administraci\u00f3n de la Junta de Comunidades de CastillaLa Mancha. Versi\u00f3n 1.0 Identificador DIR3 A08002880<br \/>\nA\u00d1O XXXVI N\u00fam. 241 15 de diciembre de 2017 31798<br \/>\nURL www.jccm.es Fecha Entrada en vigor de la norma que aprueba la Pol\u00edtica de Gesti\u00f3n de Documentos. Vigencia de cada uno de los anexos Desde la entrada en vigor de la norma que aprueba la Pol\u00edtica de Gesti\u00f3n de Documentos hasta su modificaci\u00f3n por norma posterior. \u00c1mbito de aplicaci\u00f3n Las Entidades que integran el Sector P\u00fablico de la Administraci\u00f3n de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. \u00d3rgano coordinador \u00d3rgano directivo competente en materia de archivos p\u00fablicos. Contacto consultas_aclm@jccm.es<br \/>\n5. Liderazgo, responsabilidad y participaci\u00f3n.<br \/>\n5.1 Consejer\u00edas encargadas del liderazgo.<br \/>\n&#8211; Consejer\u00eda competente en materia de administraciones p\u00fablicas. &#8211; Consejer\u00eda competente en materia de tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n. &#8211; Consejer\u00eda competente en materia de patrimonio cultural.<br \/>\n5.2 \u00d3rganos de alta direcci\u00f3n encargados de la planificaci\u00f3n e impulso.<br \/>\n&#8211; \u00d3rgano directivo competente en materia de calidad, simplificaci\u00f3n y racionalizaci\u00f3n de procedimientos, registros y archivos p\u00fablicos. &#8211; \u00d3rgano directivo competente en materia de tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n. &#8211; \u00d3rgano directivo competente en la propuesta y gesti\u00f3n de los programas de protecci\u00f3n, conservaci\u00f3n, restauraci\u00f3n, promoci\u00f3n y difusi\u00f3n del patrimonio documental de Castilla-La Mancha.<br \/>\n5.3 \u00d3rganos de alta direcci\u00f3n encargados de la administraci\u00f3n y aplicaci\u00f3n.<br \/>\n&#8211; Secretar\u00edas Generales, Secretarias Generales T\u00e9cnicas y \u00f3rganos equiparables.<br \/>\n5.4 Comisiones encargadas de la participaci\u00f3n y asesoramiento.<br \/>\n&#8211; Comisi\u00f3n de Administraci\u00f3n Electr\u00f3nica y Simplificaci\u00f3n de Tr\u00e1mites Administrativos. &#8211; Comisi\u00f3n de Simplificaci\u00f3n y Actualizaci\u00f3n de Procedimientos. &#8211; Comisi\u00f3n Calificadora de Documentos de Castilla-La Mancha. &#8211; Comisi\u00f3n de Acceso a los Documentos en los Archivos de la Junta de Comunidades. &#8211; Comisi\u00f3n T\u00e9cnica de Coordinaci\u00f3n de las Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones de la Administraci\u00f3n de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. &#8211; Comit\u00e9 Regional de Protecci\u00f3n de Datos.<br \/>\n5.5. Unidades encargadas de la gesti\u00f3n, implantaci\u00f3n y desarrollo.<br \/>\n&#8211; Unidad responsable del Siaci, Registro y normalizaci\u00f3n y simplificaci\u00f3n de procedimientos administrativos. &#8211; Unidad responsable de Soluciones TIC. &#8211; Unidad responsable de Infraestructuras TIC. &#8211; Unidad responsable de Seguridad y Protecci\u00f3n de Datos. &#8211; Unidad responsable de los archivos de titularidad de la Junta de Comunidades de La Mancha. &#8211; Unidad responsable de patrimonio documental.<br \/>\n5.6 Personal encargado de la ejecuci\u00f3n.<br \/>\nTodo el personal implicado en el tratamiento de los documentos, desde su captura y registro hasta su definitiva conservaci\u00f3n y custodia.<br \/>\n6. Procesos de gesti\u00f3n documental.<br \/>\nLa Pol\u00edtica de Gesti\u00f3n de Documentos se deber\u00e1 aplicar a todos los documentos y expedientes de las entidades afectadas por este Decreto durante todas las etapas de su ciclo vital, desde su inicio hasta su custodia definitiva,<br \/>\nA\u00d1O XXXVI N\u00fam. 241 15 de diciembre de 2017 31799<br \/>\npara garantizar su autenticidad, integridad, seguridad, confidencialidad, calidad, protecci\u00f3n a largo plazo, recuperaci\u00f3n, accesibilidad, consulta y trazabilidad.<br \/>\nLos procesos que integran la gesti\u00f3n documental son los siguientes:<br \/>\n&#8211; Identificaci\u00f3n de procedimientos y tr\u00e1mites administrativos. &#8211; Captura. &#8211; Clasificaci\u00f3n. &#8211; Descripci\u00f3n. &#8211; Seguridad. &#8211; Acceso. &#8211; Valoraci\u00f3n.<br \/>\n6.1 Identificaci\u00f3n de procedimientos y tr\u00e1mites administrativos.<br \/>\nLa identificaci\u00f3n de tipos de procedimientos y tr\u00e1mites administrativos comprende el conjunto de operaciones destinadas a analizar la funci\u00f3n, el contenido informativo, la estructura y el contexto de los documentos generados en cada actividad administrativa, a fin de determinar los metadatos que deban asociarse desde su inicio.<br \/>\nEsta informaci\u00f3n estar\u00e1 recogida en el Registro de Procedimientos y Tr\u00e1mites de la Administraci\u00f3n Regional, dependiente de la Inspecci\u00f3n General de Servicios, que la mantendr\u00e1 actualizada. En la sede electr\u00f3nica de la Junta de Comunidades estar\u00e1 disponible el modelo de ficha para recogida de datos de procedimientos y tr\u00e1mites, que servir\u00e1 para dar de alta los procedimientos y para introducir las modificaciones que se produzcan en los datos de los ya existentes, o en los datos de tr\u00e1mites asociados.<br \/>\nTodos los procedimientos llevar\u00e1n asociados los siguientes metadatos obligatorios:<br \/>\n&#8211; C\u00f3digo del Sistema de Informaci\u00f3n y Atenci\u00f3n a la Ciudadan\u00eda (Siaci) que ser\u00e1 determinado por la Inspecci\u00f3n General de Servicios. &#8211; C\u00f3digo del Directorio Com\u00fan de Unidades Org\u00e1nicas y Oficinas (DIR3) que identifica a la unidad responsable del procedimiento. &#8211; C\u00f3digo K2, que identifica a la aplicaci\u00f3n tecnol\u00f3gica y formatos que tramitan el procedimiento, que ser\u00e1 determinado por la unidad responsable de Soluciones TIC. &#8211; C\u00f3digo de Clasificaci\u00f3n Funcional que ser\u00e1 determinado por el Archivo de Castilla-La Mancha. &#8211; C\u00f3digo del Lenguaje Documental que ser\u00e1 determinado por el Archivo de Castilla-La Mancha. &#8211; Plazo de acceso p\u00fablico a la informaci\u00f3n contenida en el procedimiento que ser\u00e1 determinado por cada una de las unidades responsables del procedimiento. &#8211; Nivel de seguridad de los ficheros asociados a los procedimientos y de sensibilidad de los documentos a los datos de car\u00e1cter personal protegidos que ser\u00e1n determinados por el Servicio de Seguridad y Protecci\u00f3n de Datos. &#8211; Plazo de utilidad administrativa, que identifica el tiempo en que este procedimiento tiene valor administrativo y\/o jur\u00eddico, que ser\u00e1 determinado por cada una de las unidades responsables del procedimiento.<br \/>\nEn el caso de expedientes y agregaciones documentales los metadatos se configurar\u00e1n por los organismos productores de los mismos de acuerdo a las directrices de la Comisi\u00f3n de Simplificaci\u00f3n y Actualizaci\u00f3n de Procedimientos.<br \/>\nA efectos de esta Pol\u00edtica, se entiende por expediente el conjunto ordenado de documentos y actuaciones que sirven de antecedente y fundamento a la resoluci\u00f3n administrativa, as\u00ed como las diligencias encaminadas a ejecutarla.<br \/>\nLos documentos administrativos electr\u00f3nicos, y aquellos susceptibles de formar parte de un expediente, tendr\u00e1n siempre asociada al menos una firma electr\u00f3nica de acuerdo con la normativa aplicable.<br \/>\nEl expediente electr\u00f3nico quedar\u00e1 foliado mediante un \u00edndice electr\u00f3nico en el que quedar\u00e1n reflejados todos los documentos que lo componen. Dicho \u00edndice ser\u00e1 autenticado garantizando la integridad e inmutabilidad del expediente generado desde el mismo momento de su firma y permitir\u00e1 su recuperaci\u00f3n siempre que sea posible, siendo admisible que un mismo documento forme parte de distintos expedientes electr\u00f3nicos.<br \/>\n6.2 Captura.<br \/>\nA efectos de esta Pol\u00edtica se entiende por captura el proceso de ingreso en el sistema de gesti\u00f3n documental de los documentos procedentes de las personas f\u00edsicas o jur\u00eddicas, p\u00fablicas o privadas, a trav\u00e9s del Sistema Corporativo<br \/>\nA\u00d1O XXXVI N\u00fam. 241 15 de diciembre de 2017 31800<br \/>\nde Informaci\u00f3n, Atenci\u00f3n y Registro que est\u00e1 integrado por el Registro \u00danico, las Oficinas de Informaci\u00f3n y Registro (OIR), las Ventanillas \u00danicas Empresariales (VUE), el Tel\u00e9fono \u00danico de Informaci\u00f3n 012, la Sede Electr\u00f3nica y el Sistema de Informaci\u00f3n y Atenci\u00f3n a la Ciudadan\u00eda (Siaci).<br \/>\nIgualmente se entiende por captura el ingreso en el sistema de gesti\u00f3n documental de los documentos producidos por las entidades del Sector P\u00fablico de la Administraci\u00f3n de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha a causa de sus procedimientos internos.<br \/>\nLa captura de los documentos, dot\u00e1ndoles de un identificador, se\u00f1ala su entrada en el sistema de gesti\u00f3n de documental de la Junta de Comunidades y garantiza su identificaci\u00f3n un\u00edvoca. En el momento de la captura se establece una relaci\u00f3n entre los documentos, su productor o creador y el contexto en que se origin\u00f3. Esto se consigue mediante la asignaci\u00f3n de los metadatos m\u00ednimos obligatorios definidos en esta Pol\u00edtica.<br \/>\n6.2.1 Registro.<br \/>\nEl proceso de registro marca la incorporaci\u00f3n de un documento al sistema de gesti\u00f3n documental de una organizaci\u00f3n. El proceso de registro es relevante puesto que proporciona rastro evidente de la entrada y la salida de un documento de una organizaci\u00f3n, lo que asegura su existencia, y sirve para facilitar informaci\u00f3n al ciudadano respecto a su estado de tramitaci\u00f3n.<br \/>\nEn la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha existe un Registro \u00danico de documentos, gestionado mediante aplicaci\u00f3n inform\u00e1tica, en el cual se integran el registro presencial, el registro electr\u00f3nico de aplicaciones y el registro electr\u00f3nico de la ciudadan\u00eda.<br \/>\nDurante la tramitaci\u00f3n administrativa los documentos aportados por los interesados deber\u00e1n adecuarse a los sistemas de identificaci\u00f3n y firma, previstos en los art\u00edculos 9 y 10 de la Ley 39\/2015, que permitan dejar constancia de la integridad y autenticidad del documento. Los documentos con consideraci\u00f3n de copias deber\u00e1n adecuarse a lo previsto en el Decreto 12\/2010.<br \/>\nEn el caso de documentos en soporte papel, presentados de forma presencial, preferentemente se incorporar\u00e1 un sello o validaci\u00f3n mec\u00e1nica de la entrada de acuerdo a lo previsto del Decreto 12\/2010.<br \/>\nLos documentos reunidos por las entidades del Sector P\u00fablico de la Administraci\u00f3n de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en el ejercicio de sus competencias, procedentes de personas f\u00edsicas o jur\u00eddicas, se dotar\u00e1n autom\u00e1ticamente de los metadatos m\u00ednimos obligatorios dispuestos en el Esquema Institucional de Metadatos de la Junta de Comunidades (Emecam) (Anexo III) de acuerdo a la Norma T\u00e9cnica de Interoperabilidad de Pol\u00edtica de Gesti\u00f3n de Documentos Electr\u00f3nicos y de los complementarios de acuerdo al Esquema de Metadatos para la Gesti\u00f3n del Documento Electr\u00f3nico (e-EMGDE) que garanticen su relaci\u00f3n con el productor y con el expediente al que pertenece a lo largo de todo su ciclo vital.<br \/>\n6.2.2 Digitalizaci\u00f3n.<br \/>\nEs el proceso tecnol\u00f3gico que permite convertir un documento en soporte papel, o en otro soporte no electr\u00f3nico, en un fichero electr\u00f3nico que contiene la imagen codificada, fiel e \u00edntegra del documento.<br \/>\nPodr\u00e1 procederse a la digitalizaci\u00f3n de los documentos presentados en papel cuando formen parte de un expediente cuyo tr\u00e1mite est\u00e9 normalizado dentro de una plataforma electr\u00f3nica espec\u00edfica.<br \/>\nLas unidades administrativas tramitadoras de los expedientes valorar\u00e1n la posibilidad de generar procedimientos en formato electr\u00f3nico o en papel, impidiendo la existencia de expedientes h\u00edbridos que contengan ambos tipos de soportes.<br \/>\nEl procedimiento de digitalizaci\u00f3n se realizar\u00e1 de acuerdo a la Norma T\u00e9cnica de Interoperabilidad de Digitalizaci\u00f3n y de Documento Electr\u00f3nico.<br \/>\n6.3 Clasificaci\u00f3n.<br \/>\nLa documentaci\u00f3n capturada se relacionar\u00e1 con cada una de las series documentales a la que pertenezca y \u00e9stas se estructurar\u00e1n o agrupar\u00e1n en categor\u00edas, tanto generales como espec\u00edficas, de acuerdo al cuadro de clasificaci\u00f3n adaptado a las funciones de la Junta de Comunidades (Anexo II).<br \/>\nA\u00d1O XXXVI N\u00fam. 241 15 de diciembre de 2017 31801<br \/>\nEl Cuadro de Clasificaci\u00f3n Funcional de la Junta de Comunidades tiene como objetivos:<br \/>\n&#8211; El establecimiento de v\u00ednculos y relaciones entre documentos individuales y la actividad de la Administraci\u00f3n Regional y sus Entidades vinculadas. &#8211; Precisar el contexto funcional para mejorar la formulaci\u00f3n de b\u00fasquedas documentales. &#8211; Garantizar que estas actividades y series documentales siempre estar\u00e1n identificadas, racionalizadas y normalizadas a lo largo del tiempo. &#8211; La posibilidad de hacer disponibles todos los documentos relacionados con una actividad y un procedimiento administrativo concreto. &#8211; La valoraci\u00f3n por \u00e1reas funcionales de los documentos y la definici\u00f3n de los plazos para la conservaci\u00f3n y acceso p\u00fablico adecuados para cada procedimiento administrativo. &#8211; La atribuci\u00f3n de la responsabilidad de la gesti\u00f3n de determinadas actividades administrativas y su distribuci\u00f3n en la unidad administrativa que corresponda.<br \/>\nA efectos de esta Pol\u00edtica, las series documentales se identificar\u00e1n y equiparar\u00e1n, cuando sea posible, con los tr\u00e1mites administrativos recogidos en el Registro de Procedimientos y Tr\u00e1mites de la Administraci\u00f3n Regional y validados por el Siaci.<br \/>\n6.4 Descripci\u00f3n.<br \/>\nSe entiende por descripci\u00f3n el proceso continuo de representaci\u00f3n mediante metadatos de la informaci\u00f3n contenida en los documentos relacion\u00e1ndola con su contexto y con la finalidad de permitir su localizaci\u00f3n y garantizar su utilizaci\u00f3n.<br \/>\nLa descripci\u00f3n se adec\u00faa a lo dispuesto en el Esquema Institucional de Metadatos de la Junta de Comunidades (Emecam) (anexo III), mediante la inclusi\u00f3n de los metadatos m\u00ednimos obligatorios dispuestos por la Norma T\u00e9cnica de Interoperabilidad de Pol\u00edtica de Gesti\u00f3n de Documentos Electr\u00f3nicos y los complementarios especificados por el Esquema de Interoperabilidad de Gesti\u00f3n del Documento Electr\u00f3nico (e-EMGDE), pudiendo ser desarrollada y complementada por aquellos instrumentos y recursos que se consideren necesarios.<br \/>\n6.5 Seguridad.<br \/>\nSe entiende por seguridad el conjunto de medidas que garantizan la disponibilidad, autenticidad, integridad, confidencialidad y trazabilidad de los documentos de acuerdo a lo previsto en el Esquema Nacional de Seguridad.<br \/>\nLa supervisi\u00f3n del cumplimiento del Esquema Nacional de Seguridad corresponde, en el \u00e1mbito de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a la unidad responsable de Seguridad y Protecci\u00f3n de Datos, de acuerdo con el Decreto 57\/2012, de 23 de febrero, por el que se establece la pol\u00edtica de seguridad de la informaci\u00f3n en la Administraci\u00f3n de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.<br \/>\n6.6 Acceso.<br \/>\nEs el proceso que determina el derecho, modo y medios de localizar, usar y recuperar los documentos que cumplen con los requerimientos establecidos en esta Pol\u00edtica.<br \/>\nEl derecho de acceso a los documentos est\u00e1 regulado por la legislaci\u00f3n vigente que establece las condiciones y\/o restricciones aplicables seg\u00fan las caracter\u00edsticas y contenido de los mismos.<br \/>\nLos metadatos de acceso ser\u00e1n aplicados por la unidad responsable de cada procedimiento de acuerdo a lo previsto en la legislaci\u00f3n b\u00e1sica estatal, en la Ley 19\/2002 y en los informes de la Comisi\u00f3n de Acceso a los Documentos.<br \/>\n6.7 Valoraci\u00f3n.<br \/>\nEs el proceso por el que se determinan los criterios legales y t\u00e9cnicos para garantizar los plazos y formas de conservaci\u00f3n, transferencia, uso, reutilizaci\u00f3n, conversi\u00f3n, migraci\u00f3n y eliminaci\u00f3n de los documentos teniendo en cuenta su valor administrativo e informativo.<br \/>\nEstos criterios se sujetar\u00e1n a las disposiciones espec\u00edficas sobre la materia reguladas en la Ley 19\/2002, en el Decreto 18\/2017, de 14 de febrero, por el que se regula la composici\u00f3n y funcionamiento de la Comisi\u00f3n de Acceso<br \/>\nA\u00d1O XXXVI N\u00fam. 241 15 de diciembre de 2017 31802<br \/>\na los Documentos del Subsistema de Archivos de los \u00f3rganos de Gobierno y de la Administraci\u00f3n de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el procedimiento de acceso a los mismos y en el Decreto 26\/2017, de 28 de marzo, por el que se regula la composici\u00f3n y funcionamiento de la Comisi\u00f3n Calificadora de Documentos de CastillaLa Mancha y el procedimiento de eliminaci\u00f3n de documentos de los archivos p\u00fablicos del Subsistema de Archivos de los \u00d3rganos de Gobierno y de la Administraci\u00f3n de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.<br \/>\n6.7.1 Conservaci\u00f3n.<br \/>\nLa conservaci\u00f3n de documentos ser\u00e1 establecida mediante los plazos de utilidad administrativa o jur\u00eddica propuestos por las unidades responsables de los procedimientos y por los dict\u00e1menes que en esta materia emita la Comisi\u00f3n Calificadora de Documentos de Castilla-La Mancha.<br \/>\nSe establecer\u00e1n medidas de prevenci\u00f3n y custodia permanente para aquellos documentos y sus metadatos asociados cuyos valores legal, hist\u00f3rico, cient\u00edfico o cultural sean necesarios para asegurar el cumplimiento de las obligaciones jur\u00eddicas, financieras y administrativas de la Junta de Comunidades, para la consecuci\u00f3n de sus objetivos, para garantizar los derechos de las personas y para promover la investigaci\u00f3n y la difusi\u00f3n cultural.<br \/>\n6.7.2 Transferencia.<br \/>\nLas transferencias de documentos tienen el car\u00e1cter de un procedimiento administrativo especial de la Junta de Comunidades consistente en la entrega ordenada y relacionada de uno o varios documentos a la autoridad archiv\u00edstica competente, as\u00ed como el traspaso de responsabilidades relativas a su custodia y conservaci\u00f3n.<br \/>\nLos plazos y condiciones para su ejecuci\u00f3n se encuentran regulados en la Ley 19\/2002, y deber\u00e1n atender a los dict\u00e1menes que en esta materia emita la Comisi\u00f3n de Acceso a los Documentos.<br \/>\nLas transferencias al repositorio electr\u00f3nico se realizar\u00e1n en el momento en que el expediente se encuentre resuelto y su procedimiento finalizado y se tendr\u00e1n en cuenta las medidas previstas en el Esquema Nacional de Seguridad relativas a los mecanismos de autenticidad, integridad y trazabilidad y dem\u00e1s normativa que les sean aplicables.<br \/>\nEl \u00f3rgano directivo competente en materia de archivos p\u00fablicos determinar\u00e1 la puesta a disposici\u00f3n de todas las entidades integrantes de la organizaci\u00f3n de un repositorio electr\u00f3nico \u00fanico, similar a las funciones que cumplen las dependencias del Archivo de Castilla-La Mancha para los documentos en soporte f\u00edsico, en donde se almacenar\u00e1n, custodiar\u00e1n y conservar\u00e1n los documentos y sus metadatos.<br \/>\n6.7.3 Uso y reutilizaci\u00f3n.<br \/>\nLos documentos deber\u00e1n mantener la capacidad de uso durante todo el tiempo que se conserven. Las medidas para asegurar la usabilidad ser\u00e1n las siguientes:<br \/>\n&#8211; Aplicar y mantener los metadatos adecuados sobre las caracter\u00edsticas t\u00e9cnicas de los documentos. &#8211; Crear copias adicionales de los documentos o convertirlos a otros formatos. &#8211; Migrar los documentos. &#8211; Supervisar peri\u00f3dicamente las condiciones de almacenamiento. La reutilizaci\u00f3n del contenido de un documento en otros procesos de trabajo interno o externo crear\u00e1 un nuevo documento en un nuevo contexto, con metadatos independientes en el momento de la captura y en los procesos de gesti\u00f3n documental.<br \/>\n6.7.4 Migraci\u00f3n y conversi\u00f3n.<br \/>\nEl proceso de migraci\u00f3n consiste en trasladar documentos electr\u00f3nicos de un sistema, repositorio o hardware a otro, sin necesidad de cambiar el formato de conservaci\u00f3n, manteniendo la autenticidad, la integridad, la fiabilidad y la disponibilidad de los mismos.<br \/>\nEl proceso de conversi\u00f3n consiste en la transformaci\u00f3n de un documento u otro objeto digital de un formato, o versi\u00f3n de formato, a otro, manteniendo la autenticidad, la integridad, la fiabilidad y la disponibilidad de los mismos.<br \/>\nLos procesos de migraci\u00f3n y conversi\u00f3n entre aplicaciones, incluidos el desmantelamiento de aplicaciones o el paso de formatos anal\u00f3gicos a digitales (digitalizaci\u00f3n), deber\u00e1n planificarse, documentarse y comunicarse a las unidades responsables de la Pol\u00edtica de Gesti\u00f3n de Documentos.<br \/>\nA\u00d1O XXXVI N\u00fam. 241 15 de diciembre de 2017 31803<br \/>\nLa eliminaci\u00f3n de los documentos originales despu\u00e9s de una migraci\u00f3n o conversi\u00f3n deber\u00e1 ser autorizada por la Comisi\u00f3n Calificadora de Documentos. Igualmente, durante este proceso los metadatos asociados al formato o aplicaci\u00f3n de origen deber\u00e1n conservarse hasta que quede garantizada su integridad y fiabilidad.<br \/>\nTodos los procesos de migraci\u00f3n y conversi\u00f3n deber\u00e1n ser autorizados previamente mediante dictamen de la Comisi\u00f3n Calificadora de Documentos.<br \/>\n6.7.5 Eliminaci\u00f3n.<br \/>\nLa eliminaci\u00f3n de documentos tiene el car\u00e1cter de procedimiento especial consistente en la exclusi\u00f3n, y destrucci\u00f3n de los documentos, incluidos sus metadatos y la firma en el caso de los electr\u00f3nicos, empleando cualquier m\u00e9todo que garantice la imposibilidad de su reconstrucci\u00f3n o de su posterior utilizaci\u00f3n.<br \/>\nLa eliminaci\u00f3n deber\u00e1 ser autorizada por la consejer\u00eda competente en materia de archivos p\u00fablicos previo dictamen vinculante de la Comisi\u00f3n Calificadora de Documentos.<br \/>\nEn ning\u00fan caso, la documentaci\u00f3n podr\u00e1 destruirse mientras posea valor administrativo, jur\u00eddico e hist\u00f3rico y no haya sido dictaminada su eliminaci\u00f3n por la Comisi\u00f3n Calificadora de Documentos.<br \/>\nNo ser\u00e1 necesario volver a solicitar un nuevo dictamen de eliminaci\u00f3n de documentos cuando se trate de tipos de series documentales o procedimientos que hayan sido ya valorados por la citada Comisi\u00f3n.<br \/>\n7. Servicios a los usuarios.<br \/>\nLos procesos de gesti\u00f3n de esta Pol\u00edtica tienen como objetivo final garantizar y ofrecer a todas las personas las siguientes prestaciones:<br \/>\n&#8211; Servicio de informaci\u00f3n, consulta y pr\u00e9stamo de documentos de titularidad auton\u00f3mica contenidos en los archivos de la Junta de Comunidades. &#8211; Servicio de asesoramiento t\u00e9cnico en materias relacionadas con la gesti\u00f3n documental. &#8211; Servicio de obtenci\u00f3n de copias.<br \/>\n8. Documentaci\u00f3n.<br \/>\nLos procesos de gesti\u00f3n documental dispuestos en esta Pol\u00edtica deber\u00e1n estar convenientemente documentados.<br \/>\nSe deber\u00e1n tener en cuenta las directrices t\u00e9cnicas que puedan establecer las unidades responsables en materia de simplificaci\u00f3n administrativa, tecnolog\u00eda, seguridad, archivos administrativos y patrimonio documental as\u00ed como los dict\u00e1menes e informes emitidos por la Comisi\u00f3n de Acceso a los Documentos y la Comisi\u00f3n Calificadora de Documentos de Castilla-La Mancha.<br \/>\n9. Formaci\u00f3n.<br \/>\nLa Escuela de Administraci\u00f3n Regional planificar\u00e1 las acciones formativas necesarias para la formaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n de los empleados p\u00fablicos encargados de la gesti\u00f3n y ejecuci\u00f3n de esta Pol\u00edtica.<br \/>\n10. Supervisi\u00f3n y auditor\u00eda.<br \/>\nLos contenidos de la presente Pol\u00edtica ser\u00e1n objeto de auditor\u00edas peri\u00f3dicas.<br \/>\n11. Gesti\u00f3n de la pol\u00edtica.<br \/>\nEl mantenimiento y actualizaci\u00f3n de la Pol\u00edtica corresponder\u00e1 a los responsables se\u00f1alados en el punto 5.1 de este documento, sin perjuicio de la habilitaci\u00f3n normativa atribuida a la Consejer\u00eda competente en materia de Administraciones P\u00fablicas en la disposici\u00f3n final primera del presente Decreto.<br \/>\nA\u00d1O XXXVI N\u00fam. 241 15 de diciembre de 2017 31804<br \/>\nAnexo I Normativa y documentos t\u00e9cnicos de la pol\u00edtica de gesti\u00f3n de documentos<br \/>\n1. Estatal<br \/>\nNorma Localizaci\u00f3n Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas. BOE n\u00fam. 236, de 2\/10\/2015 Ley 40\/2015, de 1 de octubre, del R\u00e9gimen Jur\u00eddico del Sector P\u00fablico. BOE n\u00fam. 236, de 2\/10\/2015 Ley 37\/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilizaci\u00f3n de la informaci\u00f3n del sector p\u00fablico. BOE n\u00fam. 276, de 17\/11\/2007 Ley 19\/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica y buen gobierno. BOE n\u00fam. 295, de 10\/12\/2013 Real Decreto 1671\/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11\/2007, de 22 de junio, de acceso electr\u00f3nico de los ciudadanos a los servicios p\u00fablicos. BOE n\u00fam. 278, de 18\/11\/2009 Real Decreto 3\/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el \u00e1mbito de la Administraci\u00f3n Electr\u00f3nica. BOE n\u00fam. 25, de 29\/01\/2010 Real Decreto 4\/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el \u00e1mbito de la Administraci\u00f3n Electr\u00f3nica. BOE n\u00fam. 25, de 29\/01\/2010 Resoluci\u00f3n de 19 de julio de 2011, de la Secretar\u00eda de Estado para la Funci\u00f3n P\u00fablica, por la que se aprueba la Norma T\u00e9cnica de Interoperabilidad de Digitalizaci\u00f3n de Documentos. BOE n\u00fam. 182, de 30\/07\/2011 Resoluci\u00f3n de 19 de julio de 2011, de la Secretar\u00eda de Estado para la Funci\u00f3n P\u00fablica, por la que se aprueba la Norma T\u00e9cnica de Interoperabilidad de Documento Electr\u00f3nico. BOE n\u00fam. 182, de 30\/07\/2011 Resoluci\u00f3n de 19 de julio de 2011, de la Secretar\u00eda de Estado para la Funci\u00f3n P\u00fablica, por la que se aprueba la Norma T\u00e9cnica de Interoperabilidad de Pol\u00edtica de Firma Electr\u00f3nica y de certificados de la Administraci\u00f3n. BOE n\u00fam. 182, de 30\/07\/2011 Resoluci\u00f3n de 19 de julio de 2011, de la Secretar\u00eda de Estado para la Funci\u00f3n P\u00fablica, por la que se aprueba la Norma T\u00e9cnica de Interoperabilidad de procedimientos de copiado aut\u00e9ntico y conversi\u00f3n entre documentos electr\u00f3nicos. BOE n\u00fam. 182, de 30\/07\/2011 Resoluci\u00f3n de 19 de julio de 2011, de la Secretar\u00eda de Estado para la Funci\u00f3n P\u00fablica, por la que se aprueba la Norma T\u00e9cnica de Interoperabilidad de Expediente Electr\u00f3nico. BOE n\u00fam. 182 de 30\/07\/2011 Resoluci\u00f3n de 28 de junio de 2012, de la Secretar\u00eda de Estado de Administraciones P\u00fablicas, por la que se aprueba la Norma T\u00e9cnica de Interoperabilidad de Pol\u00edtica de Gesti\u00f3n de documentos electr\u00f3nicos. Esquema de metadatos para la gesti\u00f3n del documento electr\u00f3nico (e-EMGDE). BOE n\u00fam. 178, de 26\/07\/2012 Resoluci\u00f3n de 3 de octubre de 2012, de la Secretar\u00eda de Estado de Administraciones P\u00fablicas, por la que se aprueba la Norma T\u00e9cnica de Interoperabilidad de Cat\u00e1logo de est\u00e1ndares. BOE n\u00fam. 262, de 31\/10\/2012 Resoluci\u00f3n de 19 de febrero de 2013, de la Secretar\u00eda de Estado de Administraciones P\u00fablicas, por la que se aprueba la Norma T\u00e9cnica de Interoperabilidad de Reutilizaci\u00f3n de recursos de la informaci\u00f3n. BOE n\u00fam. 54, de 04\/03\/2013<br \/>\n2. Auton\u00f3mica<br \/>\nNorma Localizaci\u00f3n Ley 4\/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha. DOCM n\u00ba 252, 30\/12\/2016 Ley 19\/2002, de 24 octubre, de Archivos P\u00fablicos de Castilla-La Mancha. DOCM n\u00ba 141, 15\/11\/2002 Ley 4\/2013, 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha. DOCM n\u00ba 100, 24\/05\/2013<br \/>\nA\u00d1O XXXVI N\u00fam. 241 15 de diciembre de 2017 31805<br \/>\nDecreto 18\/2017, de 14 de febrero, por el que se regula la composici\u00f3n y funcionamiento de la Comisi\u00f3n de Acceso a los Documentos del Subsistema de Archivos de los \u00f3rganos de Gobierno y de la Administraci\u00f3n de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el procedimiento de acceso a los mismos.<br \/>\nDOCM n\u00ba 34, 17\/02\/2017<br \/>\nDecreto 26\/2017, de 28 de marzo, por el que se regula la composici\u00f3n y funcionamiento de la Comisi\u00f3n Calificadora de Documentos de Castilla-La Mancha y el procedimiento de eliminaci\u00f3n de documentos de los archivos p\u00fablicos del Subsistema de Archivos de los \u00d3rganos de Gobierno y de la Administraci\u00f3n de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.<br \/>\nDOCM n\u00ba 66, 04\/04\/2017<br \/>\nDecreto 69\/2012, de 29 de marzo, por el que se regulan las actuaciones sobre calidad de los servicios p\u00fablicos en la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.<br \/>\nDOCM n\u00ba 68, 03\/04\/2012<br \/>\nDecreto 104\/2008, de 22 de julio, de protecci\u00f3n de datos de car\u00e1cter personal en la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.<br \/>\nDOCM n\u00ba 154, 25\/07\/2008<br \/>\nDecreto 12\/2010, de 16 de marzo, por el que se regula la utilizaci\u00f3n de medios electr\u00f3nicos en la actividad de la Administraci\u00f3n de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.<br \/>\nDOCM n\u00ba 54, 18\/03\/2010<br \/>\nDecreto 54\/2011, de 17 de mayo, por el que se regula la utilizaci\u00f3n de medios electr\u00f3nicos y se establecen medidas de organizaci\u00f3n y de mejora de la transparencia en la contrataci\u00f3n del Sector P\u00fablico de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.<br \/>\nDOCM n\u00ba 97, 20\/05\/2011<br \/>\nDecreto 354\/2008, de 23 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.<br \/>\nDOCM n\u00ba 266, 26\/12\/2008<br \/>\nOrden de 11\/10\/2011, de la Consejer\u00eda de Presidencia y Administraciones P\u00fablicas, por la que se regula la tramitaci\u00f3n de iniciativas, quejas y sugerencias de los ciudadanos sobre el funcionamiento de los servicios y unidades de la Administraci\u00f3n de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.<br \/>\nDOCM n\u00ba 211, 27\/10\/2011<br \/>\nOrden de 02\/04\/2012, de la Consejer\u00eda de Hacienda, por la que se regula el sistema \u00fanico de pago electr\u00f3nico de uso com\u00fan de los recursos econ\u00f3micos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.<br \/>\nDOCM n\u00ba 78, 19\/04\/2012<br \/>\nOrden de 16\/05\/2012, de la Consejer\u00eda de Presidencia y Administraciones P\u00fablicas, por la que se regula la remisi\u00f3n electr\u00f3nica de actos y acuerdos de las entidades locales a la Administraci\u00f3n de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.<br \/>\nDOCM n\u00ba 115, 13\/06\/2012<br \/>\nOrden de 11\/07\/2012, de la Consejer\u00eda de Presidencia y Administraciones P\u00fablicas y de la Consejer\u00eda de Fomento, por la que se aprueba la instrucci\u00f3n sobre el uso aceptable de medios tecnol\u00f3gicos en la Administraci\u00f3n de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.<br \/>\nDOCM n\u00ba 170, 30\/08\/2012<br \/>\nOrden de 15\/03\/2013, de la Consejer\u00eda de Empleo y Econom\u00eda, por la que se adapta el procedimiento de comunicaci\u00f3n electr\u00f3nica del contenido de los contratos de trabajo y sus copias b\u00e1sicas, en el \u00e1mbito de la Comunidad Aut\u00f3noma de Castilla-La Mancha.<br \/>\nDOCM n\u00ba 65, 04\/04\/2013<br \/>\nOrden de 27\/03\/2013, de la Consejer\u00eda de Hacienda, por la que se establece la estructura y el r\u00e9gimen de funcionamiento electr\u00f3nico del Registro Oficial de Licitadores de Castilla-La Mancha.<br \/>\nDOCM n\u00ba 70, 11\/04\/2013<br \/>\nOrden de 03\/05\/2013, de la Consejer\u00eda de Hacienda, por la que se establece el sistema de c\u00f3digos seguros de verificaci\u00f3n de documentos, en el desarrollo de actuaciones automatizadas del Registro Oficial de Licitadores de Castilla-La Mancha.<br \/>\nDOCM n\u00ba 89, 09\/05\/2013<br \/>\nOrden de 10\/05\/2013, de la Consejer\u00eda de Fomento, por la que se crea el sello electr\u00f3nico de Registro \u00danico.<br \/>\nDOCM n\u00ba 111, 11\/06\/2013<br \/>\nOrden de 10\/05\/2013, de la Consejer\u00eda de Fomento, por la que se crea el sello electr\u00f3nico del Diario Oficial de Castilla-La Mancha.<br \/>\nDOCM n\u00ba 111, 11\/06\/2013<br \/>\nOrden de 22\/10\/2013, de la Consejer\u00eda de Hacienda, por la que se establece el sistema de codificaci\u00f3n de contratos para la Administraci\u00f3n de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus organismos aut\u00f3nomos, y se adapta al gestor electr\u00f3nico de expedientes de contrataci\u00f3n.<br \/>\nDOCM n\u00ba 211, 30\/10\/2013<br \/>\nOrden de 20\/06\/2013, de la Consejer\u00eda de Agricultura, por la que se establece el sistema de c\u00f3digos seguros de verificaci\u00f3n de documentos en el desarrollo de actuaciones automatizadas de la Consejer\u00eda de Agricultura.<br \/>\nDOCM n\u00ba 129, 05\/07\/2013<br \/>\nA\u00d1O XXXVI N\u00fam. 241 15 de diciembre de 2017 31806<br \/>\nOrden de 11\/09\/2013, de la Consejer\u00eda de Presidencia y Administraciones P\u00fablicas, por la que se regula el r\u00e9gimen de utilizaci\u00f3n de la firma electr\u00f3nica, basada en el certificado de empleado p\u00fablico, por las autoridades y empleados p\u00fablicos de la Administraci\u00f3n de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.<br \/>\nDOCM n\u00ba 188, 27\/09\/2013<br \/>\nOrden de 07\/10\/2013, de la Consejer\u00eda de Presidencia y Administraciones P\u00fablicas, por la que se regula el Registro \u00danico de Documentos de la Administraci\u00f3n de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y se establecen los requisitos generales para su uso.<br \/>\nDOCM n\u00ba 207, 24\/10\/2013<br \/>\nOrden de 22\/10\/2013, de la Consejer\u00eda de Hacienda, por la que se acuerda la implantaci\u00f3n de un gestor electr\u00f3nico de expedientes de contrataci\u00f3n en todos los \u00f3rganos de la Administraci\u00f3n de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.<br \/>\nDOCM n\u00ba 211, 30\/10\/2013<br \/>\nOrden de 14\/01\/2014, de la Consejer\u00eda de Hacienda, por la que se modifica la Orden de 22\/10\/2013, de implantaci\u00f3n del gestor electr\u00f3nico de expedientes de contrataci\u00f3n en todos los \u00f3rganos de la Administraci\u00f3n de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.<br \/>\nDOCM n\u00ba 15, 23\/01\/2014<br \/>\nOrden de 29\/12\/2014, de la Consejer\u00eda de Presidencia y Administraciones P\u00fablicas, por la que se establece el sistema de c\u00f3digos seguros de verificaci\u00f3n de documentos en el desarrollo de actuaciones automatizadas de la Direcci\u00f3n General de la Funci\u00f3n P\u00fablica y Justicia.<br \/>\nDOCM n\u00ba 11, 19\/01\/2015<br \/>\nOrden de 04\/02\/2015, de la Consejer\u00eda de Hacienda, por la que se crea el Punto General de Entrada de Facturas Electr\u00f3nicas de la Administraci\u00f3n de la Junta de Comunidades de CastillaLa Mancha y se regula el procedimiento para su tramitaci\u00f3n.<br \/>\nDOCM n\u00ba 29, 12\/02\/2015<br \/>\nOrden 167\/2017, de 19 de septiembre, de la Consejer\u00eda de Educaci\u00f3n, Cultura y Deportes, por la que se regula la utilizaci\u00f3n del sistema de c\u00f3digo seguro de verificaci\u00f3n en las actuaciones administrativas de la consejer\u00eda.<br \/>\nDOCM n\u00ba 190, 29\/09\/2017<br \/>\nAcuerdo de 30\/08\/2016, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la utilizaci\u00f3n en la Administraci\u00f3n de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha de Cl@ve, la plataforma com\u00fan del sector p\u00fablico administrativo estatal para la identificaci\u00f3n, autenticaci\u00f3n y firma electr\u00f3nica, mediante el uso de claves concertadas.<br \/>\nDOCM n\u00ba 175, 07\/09\/2017<br \/>\nResoluci\u00f3n de 01\/08\/2014, de la Secretar\u00eda General, por la que se dispone la publicaci\u00f3n del convenio de colaboraci\u00f3n entre la Administraci\u00f3n General del Estado (Ministerio de Hacienda y Administraciones P\u00fablicas) y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (Consejer\u00eda de Fomento) para la prestaci\u00f3n mutua de soluciones b\u00e1sicas de administraci\u00f3n electr\u00f3nica.<br \/>\nDOCM n\u00ba 152, 08\/08\/2014<br \/>\nResoluci\u00f3n del 13 de octubre de 2016, de la Consejer\u00eda de Hacienda y Administraciones P\u00fablicas, por la que se actualiza la Carta Sectorial de Servicios del Archivo de Castilla-La Mancha.<br \/>\nDOCM n\u00ba 210, 27\/10\/2016<br \/>\n3. Documentos T\u00e9cnicos<br \/>\nUNE-ISO 15489-1: 2001. Informaci\u00f3n y documentaci\u00f3n. Gesti\u00f3n de documentos. Parte 1: Generalidades. UNE-ISO 15489-2: 2001. Informaci\u00f3n y documentaci\u00f3n. Gesti\u00f3n de documentos. Parte 2: Directrices. UNE-ISO 15489-1: 2016 Information and documentation-Records management-Part 1: Concepts and principles. Direcci\u00f3n General de Modernizaci\u00f3n Administrativa, Procedimientos e Impulso de la Administraci\u00f3n Electr\u00f3nica (2012). Gu\u00eda de aplicaci\u00f3n de la Norma T\u00e9cnica de Interoperabilidad de Pol\u00edtica de gesti\u00f3n de documentos electr\u00f3nicos, Madrid: Ministerio de Hacienda y Administraciones P\u00fablicas. http:\/\/administracionelectronica.gob.es\/pae_Home\/dms\/pae_Home\/documentos\/Estrategias\/pae_Interoperabilidad_Inicio\/Guia_de_aplicacion_Politica_de_gestion_de_documento_electronico.pdf. Direcci\u00f3n General de Modernizaci\u00f3n Administrativa, Procedimientos e Impulso de la Administraci\u00f3n Electr\u00f3nica (2013). Pol\u00edtica de gesti\u00f3n de documentos electr\u00f3nicos. Madrid: Ministerio de Hacienda y Administraciones http:\/\/administracionelectronica.gob.es \/pae_Home\/ dms\/pae_Home\/documentos\/Estrategias\/pae_Interoperabilidad_Inicio\/ NTI_Guia_de_aplicacion_Gestion_de_documento_electronico\/20131128_Modelo_de_politica_de_gestion_de_documentos_electronicos_NIPO_630-13-166-8.pdf. Direcci\u00f3n General de Modernizaci\u00f3n Administrativa, Procedimientos e Impulso de la Administraci\u00f3n Electr\u00f3nica (2013) Gu\u00eda de aplicaci\u00f3n de la Norma T\u00e9cnica de Interoperabilidad de Reutilizaci\u00f3n de recursos de informaci\u00f3n. Ministerio de Hacienda y Administraciones P\u00fablicas. http:\/\/administracionelectronica.gob.es\/pae_Home\/dms\/pae_Home\/documentos\/Estrategias\/pae_Interoperabilidad_Inicio\/Guia_de_aplicacion_de_la_Norma_Tecnica_de_Interoperabilidad_de_Reutilizacion_de_recursos_de_ informacion\/Guia_aplicacion_Reutilizacion_recursos_de_informacion.pdf.<br \/>\nA\u00d1O XXXVI N\u00fam. 241 15 de diciembre de 2017 31807<br \/>\nDirecci\u00f3n de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones (2014). Gu\u00eda de aplicaci\u00f3n de la Norma T\u00e9cnica de interoperabilidad de Relaci\u00f3n de modelos de datos. Madrid: Ministerio de Hacienda y Administraciones P\u00fablicas. http:\/\/www.seap.minhap.gob.es\/dms\/es\/web\/publicaciones\/centro_de_publicaciones _de_la_ sgt\/GUIAS_NTI\/text_ es_files\/RELACION_MODELO_DATOS\/sumarioENI_GuiaAplicacion_NTI_RelacionModelosDatos-v2-1-1\/sumario%20ENI_GuiaAplicacion_NTI_RelacionModelosDatos-v2-1-1.pdf. Direcci\u00f3n de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones (2016) Esquema de Metadatos para la Gesti\u00f3n del Documento Electr\u00f3nico (e-EMGDE). Versi\u00f3n 2.0 Ministerio de Hacienda y Administraciones P\u00fablicas. http:\/\/administracionelectronica.gob.es\/pae_Home\/pae_Estrategias\/pae_Interoperabilidad_Inicio\/pae_Normas_tecnicas_de_interoperabilidad.html#POLITICAGESTION. Direcci\u00f3n de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones (2016) Gu\u00eda de aplicaci\u00f3n de la Norma T\u00e9cnica de Interoperabilidad de Expediente Electr\u00f3nico (2\u00aa edici\u00f3n electr\u00f3nica) Ministerio de Hacienda y Administraciones P\u00fablicas. https:\/\/administracionelectronica.gob.es\/pae_Home\/pae_Estrategias\/pae_Interoperabilidad_Inicio\/pae_Normas_ tecnicas_de_interoperabilidad.html#.WeX7iWdlKUk. Direcci\u00f3n de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones (2016) Gu\u00eda de aplicaci\u00f3n de la Norma T\u00e9cnica de Interoperabilidad de Expediente Electr\u00f3nico (2\u00aa edici\u00f3n electr\u00f3nica) Ministerio de Hacienda y Administraciones P\u00fablicas. https:\/\/administracionelectronica.gob.es\/pae_Home\/pae_Estrategias\/pae_Interoperabilidad_Inicio\/pae_Normas_ tecnicas_de_interoperabilidad.html#.WeX7iWdlKUk. Direcci\u00f3n de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones (2016) Gu\u00eda de aplicaci\u00f3n de la Norma T\u00e9cnica de Interoperabilidad de Pol\u00edtica de firma y sello electr\u00f3nicos y de certificados de la administraci\u00f3n Ministerio de Hacienda y Administraciones P\u00fablicas. https:\/\/administracionelectronica.gob.es\/pae_Home\/pae_Estrategias\/pae_Interoperabilidad_Inicio\/pae_Normas_ tecnicas_de_interoperabilidad.html#.WeX7iWdlKUk Direcci\u00f3n de Tecnolog\u00edas de la Informaci\u00f3n y las Comunicaciones (2016) Gu\u00eda de aplicaci\u00f3n de la Norma T\u00e9cnica de Interoperabilidad de Pol\u00edtica de gesti\u00f3n de documentos electr\u00f3nicos (2\u00aa edici\u00f3n electr\u00f3nica) Ministerio de Hacienda y Administraciones P\u00fablicas. https:\/\/administracionelectronica.gob.es\/pae_Home\/pae_Estrategias\/pae_Interoperabilidad_Inicio\/pae_Normas_ tecnicas_de_interoperabilidad.html#.WeX7iWdlKUk. Pol\u00edtica de Gesti\u00f3n de Documentos del Principado de Asturias (2016) Bolet\u00edn Oficial del Principado de Asturias, n\u00ba 74, 31\/03\/2016. Pol\u00edtica de Gesti\u00f3n de gesti\u00f3n y archivo de documentos electr\u00f3nicos de la Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n y de sus Organismos P\u00fablicos (2016). Bolet\u00edn Oficial de Arag\u00f3n n\u00ba 71, 14\/04\/2016. Pol\u00edtica de gesti\u00f3n y archivo de documentos electr\u00f3nicos de la Administraci\u00f3n P\u00fablica de la Comunidad Aut\u00f3noma de la Regi\u00f3n de Murcia (2017). Bolet\u00edn Oficial de la Regi\u00f3n de Murcia n\u00ba 220 22\/09\/2017. Pol\u00edtica de gesti\u00f3n de documentos electr\u00f3nicos y archivo electr\u00f3nico de la Administraci\u00f3n P\u00fablica de la Comunidad Aut\u00f3noma de Canarias (2015). Bolet\u00edn Oficial de Canarias N\u00ba 40. Viernes 27\/02\/2015. Pol\u00edtica de gesti\u00f3n de documentos electr\u00f3nicos del sector p\u00fablico de la Comunidad Aut\u00f3noma de Euskadi (2016) Bolet\u00edn Oficial del Pa\u00eds Vasco n\u00ba 192 10\/10\/2016. Pol\u00edtica de Gesti\u00f3n de Documentos del Ministerio de Hacienda y Administraciones P\u00fablicas del Gobierno de Espa\u00f1a (2014). http:\/\/www.minhap.gob.es\/Documentacion\/Publico\/SGT\/POLITICA%20DE%20GESTION%20DE%20DOCUMENTOS%20MINHAP\/politica%20de%20gestion%20de%20documentos%20electronicos%20MINHAP.pdf. Cuadro de Clasificaci\u00f3n Funcional de la Administraci\u00f3n P\u00fablica de la Comunidad Aut\u00f3noma de Canarias. http:\/\/www.gobiernodecanarias.org\/cpj\/dgmcs\/temas\/archivos\/cuadroclasificacionfuncional.html<br \/>\nA\u00d1O XXXVI N\u00fam. 241 15 de diciembre de 2017 31808<br \/>\nAnexo II Cuadro de Clasificaci\u00f3n Funcional de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (CCFCAM)<br \/>\n001 Gobierno y Direcci\u00f3n 001 001 Participaci\u00f3n en sesiones de \u00f3rganos colegiados 001 001 001 Expedientes de Sesiones de \u00d3rganos Colegiados 001 001 002 Actas de Sesiones de \u00d3rganos Colegiados 001 002 Elaboraci\u00f3n de normas y directrices administrativas 001 002 001 Tramitaci\u00f3n de Anteproyectos de Ley 001 002 002 Elaboraci\u00f3n y aprobaci\u00f3n de normas con rango reglamentario 001 002 003 Directrices internas 001 003 Planificaci\u00f3n 001 003 001 Planes y programas generales 001 003 002 Planes y programas espec\u00edficos 001 003 003 Memorias anuales 001 004 Cooperaci\u00f3n 001 004 001 Convenios y acuerdos marco 001 004 002 Asesoramiento a entidades locales 001 005 Protocolo y representaci\u00f3n 001 005 001 Concesi\u00f3n de honores y distinciones 001 005 002 Campa\u00f1as de Publicidad Institucional 001 005 003 Uso de imagen corporativa<br \/>\n002 Administraci\u00f3n General\/Gesti\u00f3n 002 001 Gesti\u00f3n de recursos materiales (Patrimonio) 002 001 001 Registros e Inventarios de bienes 002 001 002 Enajenaci\u00f3n de bienes y derechos 002 001 003 Adquisici\u00f3n de bienes y derechos 002 001 004 Reintegro de bienes y derechos 002 001 005 Seguros de bienes muebles e inmuebles 002 001 006 Control de instalaciones y medios 002 001 007 Gesti\u00f3n y uso del patrimonio 002 002 Gesti\u00f3n de recursos humanos 002 002 001 Relaciones de puestos de trabajo 002 002 002 Prevenci\u00f3n de riesgos laborales 002 002 003 Oferta p\u00fablica de empleo 002 002 004 Remoci\u00f3n de puestos de trabajo 002 002 005 Expedientes de funcionarios con car\u00e1cter nacional 002 002 006 Selecci\u00f3n y provisi\u00f3n de personal 002 002 007 R\u00e9gimen y registro de personal 002 002 008 Expedientes disciplinarios 002 002 009 Incompatibilidades 002 002 010 Formaci\u00f3n 002 002 011 Representaci\u00f3n Unitaria de personal 002 002 012 Certificaciones 002 002 013 Informes m\u00e9dicos de gesti\u00f3n del personal<br \/>\nA\u00d1O XXXVI N\u00fam. 241 15 de diciembre de 2017 31809<br \/>\n002 003 Contrataci\u00f3n 002 003 001 Contrataci\u00f3n de obras 002 003 002 Contrataci\u00f3n de servicios 002 003 003 Contrataci\u00f3n de suministros 002 003 004 Contrataci\u00f3n de gesti\u00f3n de servicios p\u00fablicos<br \/>\n002 003 005<br \/>\nContrataci\u00f3n de colaboraci\u00f3n entre el sector p\u00fablico y el sector privado 002 003 006 Encomiendas de gesti\u00f3n 002 003 007 Contratos mixtos y especiales 002 003 008 Contratos privados 002 004 Asesoramiento jur\u00eddico y t\u00e9cnico 002 004 001 Informes jur\u00eddicos 002 004 002 Informes t\u00e9cnicos 002 005 Gesti\u00f3n documental y de la informaci\u00f3n 002 005 001 Identificaci\u00f3n y valoraci\u00f3n de series documentales 002 005 002 Instrumentos de descripci\u00f3n 002 005 003 Memorias de gesti\u00f3n 002 005 004 Registros y expedientes de control documental 002 005 005 Solicitud de informaci\u00f3n 002 005 006 Estad\u00edsticas y encuestas 002 005 007 Elaboraci\u00f3n de estudios 002 006 Comunicaci\u00f3n y publicaci\u00f3n 002 006 001 Correspondencia 002 006 002 Registro de salida y entrada de documentos 002 006 003 Elaboraci\u00f3n y publicaci\u00f3n de boletines oficiales 002 006 004 Comunicados de prensa 002 006 005 Comunicaciones internas 002 006 006 Registro electr\u00f3nico de facturas<br \/>\n003 Administraci\u00f3n Financiera 003 001 Elaboraci\u00f3n presupuestaria 003 002 Gesti\u00f3n de ingresos 003 002 001 Liquidaci\u00f3n de ingresos 003 002 002 Recaudaci\u00f3n de ingresos 003 002 003 Transferencias corrientes 003 002 004 Ingresos patrimoniales 003 002 005 Enajenaci\u00f3n de inversiones reales 003 002 006 Transferencias de capital 003 002 007 Activos financieros 003 002 008 Pasivos financieros 003 002 009 Devoluci\u00f3n de Ingresos 003 003 Gesti\u00f3n de gastos 003 003 001 Gesti\u00f3n de gastos de personal 003 003 002 Gesti\u00f3n de pagos 003 003 003 Aportaciones dinerarias<br \/>\nA\u00d1O XXXVI N\u00fam. 241 15 de diciembre de 2017 31810<br \/>\n003 004 Fiscalizaci\u00f3n 003 004 001 Notas de reparo, disconformidad y devoluciones 003 004 002 Informes de intervenci\u00f3n 003 004 003 Comprobaciones, conciliaciones, arqueos 003 004 004 Auditor\u00edas 003 004 005 Control de gastos 003 005 Contabilidad 003 005 001 Contabilidad presupuestaria de gastos 003 005 002 Contabilidad auxiliar de gastos 003 005 003 Liquidaci\u00f3n del presupuesto 003 005 004 Operaciones extrapresupuestarias 003 005 005 Contabilidad extrapresupuestaria 003 005 006 Contabilidad de ingresos<br \/>\n004 Revisi\u00f3n y Control 004 001 Revisi\u00f3n en v\u00eda administrativa 004 001 001 Revisi\u00f3n de oficio 004 001 002 Reclamaciones y recursos 004 002 Procedimientos en v\u00eda judicial 004 003 Responsabilidad patrimonial 004 004 Control parlamentario 004 005 Control de entidades locales 004 006 Inspecci\u00f3n interna<br \/>\n005 Fomento 005 001 Promoci\u00f3n 005 001 001 Premios 005 001 002 Subvenciones 005 001 003 Becas 005 002 Infraestructuras<br \/>\n006 Servicio P\u00fablico 006 001 Acceso 006 002 Gesti\u00f3n 006 003 Evaluaci\u00f3n<br \/>\n007 Ordenaci\u00f3n, Inspecci\u00f3n y Sanci\u00f3n 007 001 Ordenaci\u00f3n 007 001 001 Registro 007 001 002 Autorizaci\u00f3n administrativa 007 001 003 Delimitaci\u00f3n y Calificaci\u00f3n 007 001 004 Comunicaciones previas y declaraciones responsables 007 001 005 Aprobaciones 007 002 Inspecci\u00f3n externa 007 002 001 Inspecciones 007 002 002 Documentos de control<br \/>\nA\u00d1O XXXVI N\u00fam. 241 15 de diciembre de 2017 31811<br \/>\n007 002 003 Reclamaciones de consumidores 007 003 Actividad sancionadora 007 003 001 Sanciones 007 003 002 Retirada de autorizaciones administrativas 007 004 Actividad arbitral 007 004 001 Conciliaciones y arbitrajes 007 004 002 Determinaci\u00f3n de servicios m\u00ednimos por huelgas 007 004 003 Extensi\u00f3n de convenios colectivos de trabajo<br \/>\n008 Prestaci\u00f3n Social 008 001 Ayudas sociales<br \/>\nA\u00d1O XXXVI N\u00fam. 241 15 de diciembre de 2017 31812<br \/>\nAnexo III Esquema Institucional de Metadatos de Castilla-La Mancha (Emecam) En el primer apartado de este anexo se relacionan los metadatos obligatorios que han de asociarse a los documentos electr\u00f3nicos producidos por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. El segundo apartado indica los metadatos que han de a\u00f1adirse a los aplicativos del Registro \u00danico y a los del Cat\u00e1logo de Tr\u00e1mites y Servicios del Siaci con el objeto de introducir estos servicios en las fases iniciales de la gesti\u00f3n documental. Un desarrollo m\u00e1s exhaustivo y de car\u00e1cter multientidad de este esquema, conteniendo la totalidad del esquema de metadatos junto a sus especificaciones y propiedades, se publicar\u00e1 en la correspondiente norma t\u00e9cnica. 1. Metadatos obligatorios para la gesti\u00f3n documental y archivo de documentos electr\u00f3nicos Emecam 0 &#8211; Tipo de entidad Definici\u00f3n Especifica el tipo de entidad que se referencia. Equivalencia eEMGDE (ENI) eEMGDE0 Ejemplos Documento, Agente, Actividad, Regulaci\u00f3n, Relaci\u00f3n.<br \/>\nEmecam 1 &#8211; Categor\u00eda Definici\u00f3n Valor del tipo de entidad que se referencia. Equivalencia eEMGDE (ENI) eEMGDE1 Ejemplos Documento simple, Expediente, Serie documental, Fondo.<br \/>\nEmecam 2.1 &#8211; Identificador Definici\u00f3n C\u00f3digo o identificador \u00fanico asignado a la entidad. Equivalencia eEMGDE (ENI) eEMGDE2.1 Ejemplos ES_A08013845_DOC_000881999999, ES_A08013845_AGE_000981999996, ES_A08013845_ACT_000981499393<br \/>\nEmecam 4.1 \u2013 Fecha de inicio Definici\u00f3n Fecha en la que una entidad documento se produce u otro tipo de entidad inicia su existencia. Equivalencia eEMGDE (ENI) eEMGDE4.1 Ejemplos 20160808, 20160808T120444, 1966<br \/>\nEmecam 14.1.1 &#8211; Nombre del formato Definici\u00f3n Denominaci\u00f3n del formato l\u00f3gico del fichero contenido en el documento electr\u00f3nico. Equivalencia eEMGDE (ENI) eEMGDE14.1.1 Ejemplos Anal\u00f3gico, Digitalizado, Digital.<br \/>\nEmecam 14.1.2 &#8211; Extensi\u00f3n del fichero Definici\u00f3n Extensi\u00f3n del formato l\u00f3gico del fichero contenido en el documento electr\u00f3nico. Equivalencia eEMGDE (ENI) eEMGDE14.1.2 Ejemplos XML, TXT, PNG, PDF, CSV<br \/>\nEmecam 17.1.1 &#8211; Formato de firma Definici\u00f3n Formato de firma empleado en una firma con certificado electr\u00f3nico. Equivalencia eEMGDE (ENI) eEMGDE17.1.1<br \/>\nEjemplos<br \/>\nTF01 (CSV), TF02 (XAdES internally detached signature), TF03 (XAdES enveloped signature), TF04 (CAdES detached\/explicit signature), TF05 (CAdES attached\/implicit signature), TF06 (PAdES).<br \/>\nA\u00d1O XXXVI N\u00fam. 241 15 de diciembre de 2017 31813<br \/>\nEmecam 18 &#8211; Tipo documental<br \/>\nDefinici\u00f3n<br \/>\nModelo estructurado y reconocido que adopta un documento, en el desarrollo de una competencia concreta, en base a una Regulaci\u00f3n y cuyo formato, contenido informativo o soporte son homog\u00e9neos. Equivalencia eEMGDE (ENI) eEMGDE18 Ejemplos Resoluci\u00f3n, Acuerdo, Convenio, Certificado, Informe, Solicitud, Recurso.<br \/>\nEmecam 20 &#8211; Estado de elaboraci\u00f3n Definici\u00f3n Indicador normalizado de la situaci\u00f3n de un documento, a saber, original o copia. Equivalencia eEMGDE (ENI) eEMGDE20 Ejemplos Original, copia.<br \/>\nEmecam 23 &#8211; Versi\u00f3n Norma T\u00e9cnica de Interoperabilidad (NTI) Definici\u00f3n Indicador del n\u00famero de versi\u00f3n de la norma t\u00e9cnica de interoperabilidad a la que est\u00e1 sujeta. Equivalencia eEMGDE (ENI) eEGMDE23 Ejemplos http:\/\/castillalamancha.es\/NTI_1.0<br \/>\nEmecam 24 \u2013 C\u00f3digo del Directorio Com\u00fan de Unidades Org\u00e1nicas y Oficinas (DIR3)<br \/>\nDefinici\u00f3n<br \/>\nPara el Documento simple: identificador normalizado de la administraci\u00f3n generadora del documento o que realiza la captura del mismo. Para el Expediente y Procedimiento: Identificador normalizado de la administraci\u00f3n responsable de la tramitaci\u00f3n del procedimiento. Equivalencia eEMGDE (ENI) eEMGDE24 Ejemplos A08013845<br \/>\nEmecam 25 \u2013 Origen del documento Definici\u00f3n Indica si el contenido del documento fue creado por el ciudadano o por una administraci\u00f3n. Equivalencia eEMGDE (ENI) eEMGDE25 Ejemplos 0 = Ciudadano; 1 = Administraci\u00f3n.<br \/>\nEmecam 27 \u2013 Estado del expediente Definici\u00f3n Estado del expediente en el momento del intercambio. Equivalencia eEMGDE (ENI) eEMGDE27 Ejemplos E01 (Abierto), E02 (Cerrado), E03 (\u00cdndice para remisi\u00f3n cerrado).<br \/>\nEmecam 28 &#8211; Interesado Definici\u00f3n Identificador del interesado. Equivalencia eEMGDE (ENI) eEMGDE28 Ejemplos NIF 22765432G; DIR3 A08013845<br \/>\n2. Metadatos obligatorios relativos a procedimientos administrativos electr\u00f3nicos para la gesti\u00f3n documental del archivo<br \/>\nEmecam 8.1.1 \u2013 Nivel de seguridad Definici\u00f3n Indica el nivel de seguridad del fichero al que est\u00e1 asociado el procedimiento. Equivalencia eEMGDE (ENI) eEMGDE8.1.1 Ejemplos Reservado, Confidencial, No clasificado.<br \/>\nA\u00d1O XXXVI N\u00fam. 241 15 de diciembre de 2017 31814<br \/>\nEmecam 8.4 \u2013 Sensibilidad de los datos de car\u00e1cter personal<br \/>\nDefinici\u00f3n<br \/>\nIndica el nivel de sensibilidad asociado al documento de acuerdo con los niveles de clasificaci\u00f3n de la Ley Org\u00e1nica 15\/1999, de 13 de diciembre, de Protecci\u00f3n de Datos de Car\u00e1cter Personal y normativa de desarrollo. Equivalencia eEMGDE eEMGDE8.4 Ejemplos Bajo, Medio, Alto.<br \/>\nEMECAN 12.2 \u2013 C\u00f3digo del lenguaje documental de Castilla-La Mancha Definici\u00f3n Asocia t\u00e9rminos de lenguaje controlado al documento electr\u00f3nico para facilitar su recuperaci\u00f3n. Equivalencia eEMGDE (ENI) eEMEGDE12.2 Ejemplos MT8652, CPF0087,GEO0038<br \/>\nEmecam 13.1.1.2 \u2013 Plazo de utilidad administrativa o valor jur\u00eddico<br \/>\nDefinici\u00f3n<br \/>\nIndica el plazo temporal en el que el documento tiene valor administrativo o jur\u00eddico. Equivalencia eEMGDE (ENI) eEMEGDE13.1.1.2 Ejemplos 5, 10, 30<br \/>\nEmecam 13.1.1.10 &#8211; Plazo de acceso p\u00fablico Definici\u00f3n Indica el plazo temporal en que el documento ser\u00e1 accesible al p\u00fablico desde el momento de su creaci\u00f3n. Equivalencia eEMGDE (ENI) No tiene. Ejemplos Al finalizar la tramitaci\u00f3n: 25 a\u00f1os, 30 a\u00f1os, 50 a\u00f1os.<br \/>\nEmecam 22.1 \u2013 C\u00f3digo cuadro de clasificaci\u00f3n funcional (CCFCAM) Definici\u00f3n Identificador de categor\u00edas del modelo o cuadro de clasificaci\u00f3n funcional. Equivalencia eEMGDE (ENI) eEMGDE22.1 Ejemplos CCFCAM_004_002_006<br \/>\nEmecam 30 \u2013 C\u00f3digo del Sistema de Informaci\u00f3n y Atenci\u00f3n a la Ciudadan\u00eda (Siaci) Definici\u00f3n Identificador de un procedimiento administrativo integrado en el Sistema de Informaci\u00f3n y Atenci\u00f3n a la Ciudadan\u00eda. Equivalencia eEMGDE (ENI) No tiene. Ejemplos SJWL, SKM1<br \/>\nEmecam 40 \u2013 C\u00f3digo identificador de la aplicaci\u00f3n tramitadora (K2) Definici\u00f3n Identificador del programa o software tramitador electr\u00f3nico Equivalencia eEMGDE (ENI) eEMGDE14.4 Ejemplos Greco, Atenea, Cesar<br \/>\nA\u00d1O XXXVI N\u00fam. 241 15 de diciembre de 2017 31815<br \/>\nAnexo IV Glosario<br \/>\nArchivo \u00fanico: Repositorio \u00fanico centralizado donde se almacenan y administran documentos electr\u00f3nicos o anal\u00f3gicos, as\u00ed como los metadatos asociados a estos.<br \/>\nCiclo de vida documental: Conjunto de las etapas o per\u00edodos por los que atraviesa la vida del documento, desde su identificaci\u00f3n en un sistema de gesti\u00f3n de documentos, hasta su selecci\u00f3n para conservaci\u00f3n permanente, de acuerdo con la legislaci\u00f3n sobre Archivos de aplicaci\u00f3n en cada caso, o para su destrucci\u00f3n reglamentaria.<br \/>\nDocumento: Informaci\u00f3n de cualquier naturaleza en forma anal\u00f3gica o electr\u00f3nica, archivada en un dep\u00f3sito f\u00edsico o en un soporte electr\u00f3nico, seg\u00fan un formato determinado, y susceptible de identificaci\u00f3n y tratamiento diferenciado.<br \/>\nEsquema de Metadatos: Instrumento que define la incorporaci\u00f3n y gesti\u00f3n de los metadatos de contenido, contexto y estructura de los documentos electr\u00f3nicos a lo largo de su ciclo de vida.<br \/>\nInteroperabilidad: Capacidad de los sistemas de informaci\u00f3n, y por ende de los procedimientos a los que \u00e9stos dan soporte, de compartir datos y posibilitar el intercambio de informaci\u00f3n y conocimiento entre ellos.<br \/>\nMetadatos de gesti\u00f3n de documentos: Informaci\u00f3n estructurada o semiestructurada que hace posible la creaci\u00f3n, gesti\u00f3n y uso de documentos a lo largo del tiempo en el contexto de su creaci\u00f3n. Los metadatos de gesti\u00f3n de documentos sirven para identificar, autenticar y contextualizar documentos, y del mismo modo a las personas, los procesos y los sistemas que los crean, gestionan, mantienen y utilizan.<br \/>\nRegistro de Procedimientos y Tr\u00e1mites de la Administraci\u00f3n Regional: Relaci\u00f3n ordenada de los procedimientos y tramites que gestiona la Junta de Comunidades, incluyendo organismos aut\u00f3nomos y entes p\u00fablicos, en donde se recopila, clasifica y estructura la informaci\u00f3n b\u00e1sica de cada procedimiento (forma de inicio de la tramitaci\u00f3n, plazo de presentaci\u00f3n, \u00f3rgano de resoluci\u00f3n, normativa, etc.).<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Decreto 89\/2017, de 12 de diciembre, por el que se aprueba la pol\u00edtica de gesti\u00f3n de documentos de las entidades que integran el sector p\u00fablico de la Administraci\u00f3n de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[2814,2813,4],"tags":[1215],"class_list":["post-13017","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-contratacion","category-funcionarios-de-carrera-con-habilitacion-nacional","category-novedades-normativas","tag-catilla-la-manchadocumentos-publicos"],"acf":[],"yoast_head":"<!-- This site is optimized with the Yoast SEO plugin v28.6 - 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