{"id":13185,"date":"2020-12-23T12:44:28","date_gmt":"2020-12-23T12:44:28","guid":{"rendered":"https:\/\/normativamunicipal.com\/uncategorized\/puestos-reservados-a-funcionarios-de-administracion-local-con-habilitacion-nacional\/"},"modified":"2020-12-24T11:25:15","modified_gmt":"2020-12-24T11:25:15","slug":"puestos-reservados-a-funcionarios-de-administracion-local-con-habilitacion-nacional","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=13185","title":{"rendered":"Puestos reservados a funcionarios de Administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n nacional"},"content":{"rendered":"<p><strong>RESOLUCI\u00d3N de 28 de marzo de 2018, de la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local, por la cual se procede a la publicaci\u00f3n de las bases y convocatorias del concurso ordinario del a\u00f1o 2018 para la provisi\u00f3n de puestos de trabajo reservados a los funcionarios de Administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional.<\/strong><\/p>\n<p><!--more-->[sc name=\u00bbGu\u00eda del Interventor Municipal\u00bb ]<br \/>\n(DOGV de 06.04.2018)<\/p>\n<p>Convocados por las respectivas corporaciones locales los concursos ordinarios para la provisi\u00f3n de puestos reservados a funcionarios de Administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional y aprobadas las bases espec\u00edficas para cada puesto de trabajo, de acuerdo con lo previsto en el art\u00edculo 92 bis de la Ley 7\/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de r\u00e9gimen local, el art\u00edculo 164.7 de la Ley 8\/2010, de 23 de junio, de la Generalitat, de R\u00e9gimen Local de la Comunitat Valenciana; en la disposici\u00f3n transitoria s\u00e9ptima de la Ley 27\/2013, de 27 de diciembre, de racionalizaci\u00f3n y sostenibilidad de la Administraci\u00f3n local; en el Real decreto 1732\/1994, de 29 de julio, de provisi\u00f3n de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, los art\u00edculos 24 y siguientes del Decreto 32\/2013, de 8 de febrero, del Consell, por el que se regula el r\u00e9gimen jur\u00eddico del personal funcionario con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter estatal en el \u00e1mbito territorial de la Comunitat Valenciana, en la Orden de 10 de agosto de 1994, por la que se dictan normas sobre concursos de provisi\u00f3n de puestos reservados a funcionarios de administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, y en la Orden de 8 de septiembre de 1994 por la que se aprueba el modelo de convocatoria conjunta y bases comunes para la provisi\u00f3n de puestos de trabajo reservados a funcionarios de administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional.<\/p>\n<p>De acuerdo con la disposici\u00f3n transitoria quinta del Real decreto 128\/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el r\u00e9gimen jur\u00eddico de los funcionarios de Administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, a los concursos de provisi\u00f3n de puestos de trabajo reservados a los funcionarios de Administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, que se convoquen con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto, y de la orden de desarrollo del mismo, les ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n el Real decreto 1732\/1994, de 29 de julio, sobre provisi\u00f3n de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional.<\/p>\n<p>Asimismo, y mientras no se lleve a cabo el citado desarrollo normativo, los criterios de reconocimiento y valoraci\u00f3n de los cursos de formaci\u00f3n y perfeccionamiento de Administraci\u00f3n local ser\u00e1n los establecidos en cumplimiento de lo dispuesto en el art\u00edculo 1.D de la Orden del Ministerio de Administraciones P\u00fablicas, de 10 de agosto de 1994, y en uso de las atribuciones conferidas por el art\u00edculo 17 2.\u00ba.c del Decreto 151\/2015, de 18 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento org\u00e1nico y funcional de la Presidencia de la Generalitat resuelvo:<\/p>\n<p>Primero<\/p>\n<p>Dar publicidad a las convocatorias del concurso ordinario para la provisi\u00f3n de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, vacantes en las corporaciones locales de la Comunitat Valenciana, y de las bases espec\u00edficas aprobadas por las respectivas corporaciones para cada puesto que se relacionan en los anexos II y III.<\/p>\n<p>Segundo<\/p>\n<p>Los m\u00e9ritos correspondientes al conocimiento de las especialidades de la organizaci\u00f3n territorial y normativa de la Comunitat Valenciana, as\u00ed como el conocimiento del valenciano, ser\u00e1n los previstos en el Decreto 32\/2013, de 8 de febrero, del Consell, por el que se regula el r\u00e9gimen jur\u00eddico del personal funcionario con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter estatal en el \u00e1mbito territorial de la Comunitat Valenciana, modificado por el Decreto 76\/2015, de 22 de mayo (DOGV 7532, 25.05.2015) y que se relacionan en el anexo I.<\/p>\n<p>Tercero<\/p>\n<p>Las bases comunes por las cuales deben regirse los citados concursos son las aprobadas por la Orden de 8 de septiembre de 1994 por la que se aprueba el modelo de convocatoria conjunta y bases comunes para la provisi\u00f3n de puestos de trabajo reservados a funcionarios de administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional.<\/p>\n<p>Cuarto<\/p>\n<p>Las convocatorias y las bases espec\u00edficas de los concursos a que se refiere esta resoluci\u00f3n podr\u00e1n ser impugnadas seg\u00fan lo que dispone la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo com\u00fan de las administraciones p\u00fablicas, a partir de la publicaci\u00f3n de su extracto en el Bolet\u00edn Oficial del Estado.<\/p>\n<p>Val\u00e8ncia, 28 de marzo de 2018.\u2013 El director general de Administraci\u00f3n Local: Antoni Such Botella.<\/p>\n<p>ANEXO I<\/p>\n<p>M\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica<\/p>\n<p>de la Comunitat Valenciana<\/p>\n<p>(Decreto 32\/2013, de 8 de febrero, modificado por el Decreto 76\/2015, de 22 de mayo; DOGV 7532,25.05.2015)<\/p>\n<p>1. M\u00e9ritos<\/p>\n<p>1.1. Experiencia profesional: a los efectos de este decreto se entender\u00e1 por experiencia profesional la permanencia y el desarrollo de funciones durante los diez a\u00f1os anteriores en las entidades locales del territorio de la Comunitat Valenciana o en la Administraci\u00f3n de la Generalitat, por implicar el conocimiento de las especialidades de la organizaci\u00f3n territorial y de la normativa de la Comunitat Valenciana.<\/p>\n<p>1.2. Formaci\u00f3n de personal: se valorar\u00e1 la participaci\u00f3n en los cursos de formaci\u00f3n y perfeccionamiento que tengan por objeto las especialidades de la organizaci\u00f3n territorial y normativa de la Comunitat Valenciana, con exclusi\u00f3n de los que formen parte de los procesos selectivos. S\u00f3lo se tendr\u00e1n en cuenta los cursos impartidos u homologados por el Instituto Valenciano de Administraci\u00f3n P\u00fablica, universidades y \u00f3rganos adscritos a las distintas consellerias dedicados a la formaci\u00f3n y perfeccionamiento de sus empleados p\u00fablicos.<\/p>\n<p>Aquellas actividades de naturaleza diferente a los cursos, tales como jornadas, mesas redondas, encuentros, debates o an\u00e1logos, no podr\u00e1n ser objeto de valoraci\u00f3n.<\/p>\n<p>1.3. Conocimientos del valenciano: de conformidad con la Ley 4\/1983, de 23 de noviembre, de la Generalitat, de Uso y Ense\u00f1anza del Valenciano, se valorar\u00e1 el conocimiento del valenciano como lengua propia de la Comunitat Valenciana, de la Generalitat y de la Administraci\u00f3n local.<\/p>\n<p>El conocimiento del valenciano se acreditar\u00e1 mediante el certificado u homologaci\u00f3n expedidos por la Junta Qualificadora de Coneixements del Valenci\u00e0.<\/p>\n<p>La valoraci\u00f3n del conocimiento del valenciano se entiende sin perjuicio de su consideraci\u00f3n como requisito en las bases espec\u00edficas de las convocatorias que aprueben las entidades locales.<\/p>\n<p>1.4. Otros m\u00e9ritos: se considerar\u00e1n otros m\u00e9ritos la actividad docente, las publicaciones y las colaboraciones, entendi\u00e9ndose por tales los siguientes:<\/p>\n<p>a) Actividad docente: ser\u00e1 objeto de valoraci\u00f3n la impartici\u00f3n de cursos de formaci\u00f3n y perfeccionamiento que tengan por objeto las especialidades de la organizaci\u00f3n territorial y normativa de la Comunitat Valenciana. S\u00f3lo se tendr\u00e1n en cuenta los cursos impartidos u homologados por el Instituto Valenciano de Administraci\u00f3n P\u00fablica, las diputaciones provinciales, universidades y \u00f3rganos adscritos a las distintas consellerias dedicados a la formaci\u00f3n, perfeccionamiento o selecci\u00f3n de sus empleados y empleadas p\u00fablicos.<\/p>\n<p>La actividad docente en aquellas actividades de naturaleza diferente a los cursos, tales como jornadas, mesas redondas, encuentros, debates o an\u00e1logos, no podr\u00e1n ser objeto de valoraci\u00f3n.<\/p>\n<p>b) Publicaciones: se valorar\u00e1n las publicaciones en materias relativas a las especialidades de la organizaci\u00f3n territorial y normativa de la Comunitat Valenciana.<\/p>\n<p>c) Colaboraciones: ser\u00e1n objeto de valoraci\u00f3n las colaboraciones con los \u00f3rganos de la Generalitat en materia de r\u00e9gimen local.<\/p>\n<p>2. Valoraci\u00f3n de los m\u00e9ritos<\/p>\n<p>2.1. Experiencia profesional: la experiencia profesional y permanencia se valorar\u00e1 hasta un m\u00e1ximo de 2 puntos, seg\u00fan las reglas siguientes:<\/p>\n<p>\u2013 Servicios y permanencia desarrollados en puesto de trabajo del mismo grupo y subgrupo de funcionarios que el correspondiente a la subescala de habilitaci\u00f3n nacional a la que se concursa: 0,20 por a\u00f1o.<\/p>\n<p>\u2013 Servicios y permanencia desarrollados en puestos de trabajo de grupo o subgrupo diferente del correspondiente a la subescala de habilitaci\u00f3n nacional a la que se concursa: 0,10 por a\u00f1o.<\/p>\n<p>2.2. Formaci\u00f3n personal: se valorar\u00e1n hasta un m\u00e1ximo de 1,50 puntos los cursos de formaci\u00f3n y perfeccionamiento que tengan por objeto la formaci\u00f3n en alguna de las \u00e1reas de conocimiento propios de la organizaci\u00f3n territorial y normativa de la Comunitat Valenciana.<\/p>\n<p>La valoraci\u00f3n de cada curso se efectuar\u00e1 en funci\u00f3n de su duraci\u00f3n con arreglo a la siguiente escala:<\/p>\n<p>De 100 o m\u00e1s horas: 1 punto<\/p>\n<p>De 75 o m\u00e1s horas: 0,75 puntos<\/p>\n<p>De 50 o m\u00e1s horas: 0,65 puntos<\/p>\n<p>De 25 o m\u00e1s horas: 0,50 puntos<\/p>\n<p>De 15 o m\u00e1s horas: 0,25 puntos<\/p>\n<p>2.3. Conocimientos de valenciano: el conocimiento de valenciano se valorar\u00e1 hasta un m\u00e1ximo de 0,75 puntos, con arreglo a la siguiente escala:<\/p>\n<p>Conocimiento oral: 0,25 puntos<\/p>\n<p>Conocimiento de grado elemental: 0,50 puntos<\/p>\n<p>Conocimiento de grado medio: 0,65 puntos<\/p>\n<p>Conocimiento de grado superior: 0,75 puntos<\/p>\n<p>2.4. Otros m\u00e9ritos: estos m\u00e9ritos se valorar\u00e1n hasta un m\u00e1ximo de 0,25 puntos, atendiendo a los siguientes criterios:<\/p>\n<p>a) La valoraci\u00f3n de la actividad docente ser\u00e1 con arreglo a 0,02 puntos por hora impartida.<\/p>\n<p>b) La valoraci\u00f3n de las publicaciones ser\u00e1 con arreglo a 0,10 puntos por publicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>c) La valoraci\u00f3n de las colaboraciones ser\u00e1 con arreglo a 0,05 puntos por colaboraci\u00f3n.<\/p>\n<p>ANEXO II<\/p>\n<p>Secretar\u00edas de clase 1.\u00aa Entidad<\/p>\n<p>Secretar\u00eda de clase 1.\u00aa Altea (Alicante)<\/p>\n<p>Secretar\u00eda de clase 1.\u00aa Novelda (Alicante)<\/p>\n<p>Secretar\u00eda de clase 1.\u00aa Requena (Valencia)<\/p>\n<p>Secretar\u00eda de clase 1.\u00aa Xirivella (Valencia)<\/p>\n<p>Intervenciones de clase 1.\u00aa Entidad<\/p>\n<p>Intervenci\u00f3n de clase 1.\u00aa Altea (Alicante)<\/p>\n<p>Intervenci\u00f3n de clase 1.\u00aa Novelda (Alicante)<\/p>\n<p>Intervenci\u00f3n de clase 1.\u00aa Alginet (Valencia)<\/p>\n<p>Intervenci\u00f3n de clase 1.\u00aa Diputaci\u00f3n Provincial (Valencia)<\/p>\n<p>Intervenci\u00f3n de clase 1.\u00aa Manises (Valencia)<\/p>\n<p>Intervenci\u00f3n de clase 1.\u00aa Requena (Valencia)<\/p>\n<p>Tesorer\u00edas Entidad<\/p>\n<p>Tesorer\u00eda Albatera (Alicante)<\/p>\n<p>Tesorer\u00eda Callosa d&#8217;en Sarri\u00e0 (Alicante)<\/p>\n<p>Tesorer\u00eda Cocentaina (Alicante)<\/p>\n<p>Tesorer\u00eda Novelda (Alicante)<\/p>\n<p>Tesorer\u00eda Petrer (Alicante)<\/p>\n<p>Tesorer\u00eda Diputaci\u00f3n Provincial (Valencia)<\/p>\n<p>Secretar\u00edas de clase 2.\u00aa Entidad:<\/p>\n<p>Secretar\u00eda de clase 2.\u00aa Callosa d&#8217;en Sarri\u00e0 (Alicante)<\/p>\n<p>Secretar\u00eda de clase 2.\u00aa Mon\u00f3ver (Alicante)<\/p>\n<p>Secretar\u00eda de clase 2.\u00aa Onil (Alicante)<\/p>\n<p>Secretar\u00eda de clase 2.\u00aa Canet d&#8217;en Berenguer (Valencia)<\/p>\n<p>Intervenciones de clase 2.\u00aa Entidad<\/p>\n<p>Intervenci\u00f3n de clase 2.\u00aa Callosa d&#8217;en Sarri\u00e0 (Alicante)<\/p>\n<p>Intervenci\u00f3n de clase 2.\u00aa Torreblanca (Castell\u00f3n)<\/p>\n<p>Viceintervenci\u00f3n de clase 2.\u00aa B\u00e9tera (Valencia)<\/p>\n<p>Secretar\u00edas de clase 3.\u00aa Entidad:<\/p>\n<p>Secretar\u00eda de clase 3.\u00aa Alfarp (Valencia)<\/p>\n<p>Secretar\u00eda de clase 3.\u00aa Llanera de Ranes (Valencia)<\/p>\n<p>Agrupaci\u00f3n Secretar\u00eda<\/p>\n<p>de clase 3.\u00aa San Jorge (Castell\u00f3n)<\/p>\n<p>ANEXO III<\/p>\n<p>AYUNTAMIENTO DE ALTEA<\/p>\n<p>PROVINCIA DE ALICANTE<\/p>\n<p>DENOMINACI\u00d3N DEL PUESTO. SECRETAR\u00cdA DE CLASE PRIMERA<\/p>\n<p>Primera. Objeto<\/p>\n<p>Es objeto de las presentes bases regular la provisi\u00f3n mediante concurso ordinario convocado por acuerdo de la Junta de gobierno local de fecha 16 de enero de 2018, del puesto de trabajo reservado a funcionarios de Administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional siguiente:<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a 31 de diciembre de 2017: es superior a 2.000 habitantes<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Secretar\u00eda de clase primera<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Superior<\/p>\n<p>Nivel de complemento de destino: 30<\/p>\n<p>Cuant\u00eda anual del complemento espec\u00edfico: 23.454,17 euros<\/p>\n<p>Situaci\u00f3n actual: vacante<\/p>\n<p>Bases aprobadas por acuerdo de la Junta de gobierno local de fecha 16 de enero de 2018<\/p>\n<p>Segunda. Tribunal de valoraci\u00f3n<\/p>\n<p>Estar\u00e1 compuesto por los siguientes miembros:<\/p>\n<p>Titulares:<\/p>\n<p>\u2013 Presidente: un funcionario de carrera perteneciente al grupo A1, designado por el alcalde-presidente: Pedro J. G\u00f3mez-Jordana P\u00e9rez.<\/p>\n<p>\u2013 Vocales:<\/p>\n<p>Vocal 1: una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional perteneciente a la misma subescala y de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada por el alcalde-presidente: Amparo Koninckx Frasquet, secretaria de la Diputaci\u00f3n Provincial de Alicante.<\/p>\n<p>Vocal 2: una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada igualmente por el alcalde-presidente: Elena Garc\u00eda Mart\u00ednez, interventora del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig.<\/p>\n<p>Vocal 3: un funcionario de carrera perteneciente al grupo A1, designado igualmente por el alcalde-presidente: Fernando Albaladejo Asenjo, vicesecretario del Ayuntamiento de Altea.<\/p>\n<p>Vocal 4: un representante de la Generalitat designado por la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local: Vicent Ferrer Mas, secretario del Ayuntamiento de La Nucia (Alicante)<\/p>\n<p>\u2013 Secretario: uno de los vocales designado por el alcalde-presidente: Fernando Albaladejo Asenjo.<\/p>\n<p>Suplentes:<\/p>\n<p>\u2013 Presidente: un funcionario de carrera perteneciente al grupo A1, designado por el alcalde-presidente: \u00c1ngel P\u00e9rez I\u00f1esta.<\/p>\n<p>\u2013 Vocales:<\/p>\n<p>Vocal 1: una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional perteneciente a la misma subescala y de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada por el alcalde-presidente: Sonia Ferrero Cots, secretaria del Ayuntamiento de Alcoy.<\/p>\n<p>Vocal 2: una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada igualmente por el alcalde-presidente: Maria Consuelo Ferrer Pellicer, interventora del Ayuntamiento de Villajoyosa.<\/p>\n<p>Vocal 3: un funcionario de carrera perteneciente al grupo A1 o designado igualmente por el alcalde-presidente: Jos\u00e9 Antonio Porcar Jover.<\/p>\n<p>Vocal 4: un funcionario representante de la Generalitat designado por la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local: Esteban Capdepon Fern\u00e1ndez, secretario del Ayuntamiento de Benidorm (Alicante).<\/p>\n<p>\u2013 Secretario: uno de los vocales designado por el alcalde-presidente: Jos\u00e9 Antonio Porcar Jover.<\/p>\n<p>Tercera. Baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos<\/p>\n<p>No se establecen m\u00e9ritos espec\u00edficos, valor\u00e1ndose \u00fanicamente los m\u00e9ritos generales de preceptiva valoraci\u00f3n establecidos por la Administraci\u00f3n del Estado en el Real decreto 1732\/1994, de 29 de julio, y los m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica aprobados por la Generalitat en el Decreto 32\/2013, de 8 de febrero, del Consell, modificado por Decreto 76\/2015, de 22 de mayo (DOGV 7532, 25.05. 2015)<\/p>\n<p>AYUNTAMIENTO: NOVELDA<\/p>\n<p>PROVINCIA: ALICANTE<\/p>\n<p>DENOMINACI\u00d3N DEL PUESTO:SECRETAR\u00cdA DE CLASE PRIMERA<\/p>\n<p>Primera. Objeto<\/p>\n<p>Es objeto de las presentes bases regular la provisi\u00f3n mediante concurso ordinario convocado por acuerdo de la Junta de gobierno local de fecha 26 de enero de 2018, del puesto de trabajo reservado a funcionarios de Administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional siguiente:<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a fecha 31 de diciembre de 2017: es superior a 2.000 habitantes.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Secretar\u00eda de clase primera.<\/p>\n<p>Subescala: secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: superior.<\/p>\n<p>Nivel de complemento de destino: 30.<\/p>\n<p>Cuant\u00eda anual del complemento espec\u00edfico: 19.350,36 euros.<\/p>\n<p>Situaci\u00f3n actual: vacante.<\/p>\n<p>Bases aprobadas por Acuerdo de la junta de gobierno local de fecha 26 de enero de 2018.<\/p>\n<p>Segunda. Tribunal de valoraci\u00f3n<\/p>\n<p>Estar\u00e1 integrado por los siguientes miembros:<\/p>\n<p>Titulares:<\/p>\n<p>\u2013 Presidente: una funcionaria de carrera designada por el alcalde: Mar\u00eda Jos\u00e9 Sabater Aracil, t\u00e9cnica de administraci\u00f3n general del Ayuntamiento de Novelda<\/p>\n<p>\u2013 Vocales:<\/p>\n<p>\u00b7 Una funcionaria de carrera designada por el alcalde: Manuela del Rosario Such., t\u00e9cnica de administraci\u00f3n general del Ayuntamiento de Novelda.<\/p>\n<p>\u00b7 Un funcionario de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter estatal de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designado por el alcalde: Juan Bautista Mayor P\u00e9rez, secretario del Ayuntamiento de San Juan.<\/p>\n<p>\u00b7 Un funcionario de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter estatal de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designado por el alcalde: Jos\u00e9 Manuel Baeza Mench\u00f3n, vicesecretario de la Diputaci\u00f3n Provincial de Alicante.<\/p>\n<p>\u00b7 Un representante de la Generalitat designado por la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local: Federico L\u00f3pez \u00c1lvarez, secretario del Ayuntamiento de Elda (Alicante).<\/p>\n<p>\u2013 Secretaria: Manuela del Rosario Such.<\/p>\n<p>Suplentes:<\/p>\n<p>\u2013 Presidente: una funcionaria designada por el alcalde: M.\u00aa Teresa Amor\u00f3s Ripoll, TAG del Ayuntamiento de Novelda.<\/p>\n<p>\u2013 Vocales:<\/p>\n<p>\u00b7 Una funcionaria de carrera designada por el alcalde: Rosa M. D\u00edez Mach\u00edn, economista del Ayuntamiento de Novelda.<\/p>\n<p>\u00b7 Un funcionario de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter estatal de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designado por el alcalde: Santiago G\u00f3mez Ferr\u00e1ndiz, interventor del Ayuntamiento de Elda.<\/p>\n<p>\u00b7 Un funcionario de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter estatal de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designado por el alcalde: F\u00ba Javier Marcos Oyarzun, secretario del Ayuntamiento de Petrer.<\/p>\n<p>\u00b7 Un representante de la Generalitat designado por la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local: Jos\u00e9 Vicente Catal\u00e1 Mart\u00ed, Oficial Mayor de la Diputaci\u00f3n Provincial de Alicante<\/p>\n<p>\u2013 Secretaria: Rosa M. D\u00edez Mach\u00edn.<\/p>\n<p>Tercera. Baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos<\/p>\n<p>No se establecen m\u00e9ritos espec\u00edficos, valor\u00e1ndose \u00fanicamente los m\u00e9ritos generales de preceptiva valoraci\u00f3n establecidos por la Administraci\u00f3n del Estado en el Real decreto 1732\/1994, de 29 de julio y de los m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica regulados en el Decreto 32\/2013, de 8 de febrero, modificado por Decreto 76\/2015, de 22 de mayo (DOGV 7532, 25.05. 2015).<\/p>\n<p>AYUNTAMIENTO: REQUENA<\/p>\n<p>PROVINCIA: VALENCIA<\/p>\n<p>DENOMINACI\u00d3N DEL PUESTO: SECRETAR\u00cdA DE CLASE PRIMERA<\/p>\n<p>Primera. Objeto<\/p>\n<p>Es objeto de las presentes bases regular la provisi\u00f3n mediante concurso ordinario convocado por Resoluci\u00f3n de la Alcald\u00eda de fecha 5 de febrero de 2018, del puesto de trabajo reservado a funcionarios de Administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional siguiente:<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a fecha 31 de diciembre de 2017: es superior a 2.000 habitantes.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Secretar\u00eda de clase primera.<\/p>\n<p>Subescala: secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: superior.<\/p>\n<p>Nivel de complemento de destino: 30.<\/p>\n<p>Cuant\u00eda anual del complemento espec\u00edfico: 18.711,82 euros.<\/p>\n<p>Situaci\u00f3n actual: vacante.<\/p>\n<p>Bases aprobadas por Resoluci\u00f3n de la Alcald\u00eda de fecha 5 de febrero de 2018<\/p>\n<p>Segunda. Tribunal de valoraci\u00f3n<\/p>\n<p>Estar\u00e1 integrado por los siguientes miembros:<\/p>\n<p>Titulares:<\/p>\n<p>\u2013 Presidenta: una funcionaria de carrera perteneciente al grupo A1 o una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada por el alcalde-presidente: Remedios Abasolo D\u00edaz, secretaria del Ayuntamiento de Bu\u00f1ol (Valencia).<\/p>\n<p>\u2013 Vocales:<\/p>\n<p>Vocal 1: una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional perteneciente a la misma subescala y de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designado por el alcalde-presidente: Remedios P\u00e9rez Ib\u00e1\u00f1ez, secretaria del Ayuntamiento de Catarroja (Valencia)<\/p>\n<p>Vocal 2: un funcionario de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designado igualmente por el alcalde-presidente: Fernando Sal\u00f3m Herrero, secretario del Ayuntamiento de Torrente (Valencia).<\/p>\n<p>Vocal 3: una funcionaria de carrera perteneciente al grupo A1 o un funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada igualmente por el alcalde-presidente: M.\u00aa Teresa Mor\u00e1n Paniagua, secretaria del Ayuntamiento de Paterna (Valencia)<\/p>\n<p>Vocal 4: un representante de la Generalitat designad por la Direcci\u00f3n General de administraci\u00f3n local: Francisco Llobell Tuset, secretario del Ayuntamiento de Paiporta<\/p>\n<p>\u2013 Secretaria: uno de los vocales designado por el alcalde-presidente: Remedios P\u00e9rez Ib\u00e1\u00f1ez.<\/p>\n<p>Suplentes:<\/p>\n<p>\u2013 Presidente: un funcionario de carrera perteneciente al grupo A1 o un funcionario de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designado por el alcalde-presidente: Antonio J. Pascual Ferrer, secretario del Ayuntamiento de Manises (Valencia)<\/p>\n<p>\u2013 Vocales:<\/p>\n<p>Vocal 1: un funcionario de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional perteneciente a la misma subescala y de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designado por el alcalde-presidente: Jos\u00e9 Eduardo Llavata Gasc\u00f3, secretario del Ayuntamiento de Quart de Poblet (Valencia).<\/p>\n<p>Vocal 2: una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada igualmente por el alcalde-presidente: Consuelo Moreno Grau, secretaria del Ayuntamiento de Sueca (Valencia).<\/p>\n<p>Vocal 3: un funcionario de carrera perteneciente al grupo A1 o un funcionario de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designado igualmente por el alcalde-presidente: Alberto Buend\u00eda Moya, secretario del Ayuntamiento de Alaqu\u00e0s.<\/p>\n<p>Vocal 4: una representante de la Generalitat designado por la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local: M.\u00aa Nieves Barrachina Lemos, secretaria del Ayuntamiento de Aldaia (Valencia)<\/p>\n<p>Secretario: uno de los vocales designado por el alcalde-presidente: Josep Eduardo Llavata Gasc\u00f3n.<\/p>\n<p>Tercera. Baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos<\/p>\n<p>No se establecen m\u00e9ritos espec\u00edficos, valor\u00e1ndose \u00fanicamente los m\u00e9ritos generales de preceptiva valoraci\u00f3n establecidos por la Administraci\u00f3n del Estado en el Real decreto 1732\/1994, de 29 de julio y los m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica aprobados por la Generalitat en el Decreto 32\/2013, de 8 de febrero, del Consell, modificado por Decreto 76\/2015, de 22 de mayo (DOGV 7532, 25.05. 2015)<\/p>\n<p>AYUNTAMIENTO: XIRIVELLA<\/p>\n<p>PROVINCIA: VALENCIA<\/p>\n<p>DENOMINACI\u00d3N DEL PUESTO: SECRETAR\u00cdA DE CLASE PRIMERA<\/p>\n<p>Primera. Objeto<\/p>\n<p>Es objeto de las presentes bases regular la provisi\u00f3n mediante concurso ordinario convocado por Resoluci\u00f3n de la Alcald\u00eda de fecha 30 de enero de 2018, del puesto de trabajo reservado a funcionarios de Administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional siguiente:<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a fecha 31 de diciembre de 2017: es superior a 2.000 habitantes.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Secretar\u00eda de clase primera.<\/p>\n<p>Subescala: secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: superior.<\/p>\n<p>Nivel de complemento de destino: 24.<\/p>\n<p>Cuant\u00eda anual del complemento espec\u00edfico: 18.289, 21 \u20ac (14 pagas).<\/p>\n<p>Situaci\u00f3n actual: vacante.<\/p>\n<p>Requisito ling\u00fc\u00edstico: de conformidad con lo previsto en la relaci\u00f3n de puestos de trabajo de esta corporaci\u00f3n se establece como requisito para el acceso al puesto de trabajo de secretario\/a del Ayuntamiento de Xirivella el conocimiento del valenciano en su grado medio o equivalente (Grado C1) (BOP 19.11.2013).<\/p>\n<p>Perfil del puesto de trabajo: las funciones del puesto de trabajo del secretario\/a general de este ayuntamiento est\u00e1n publicadas en el anuncio de aprobaci\u00f3n definitiva de la modificaci\u00f3n de cat\u00e1logo de esta Administraci\u00f3n n\u00famero 57, publicada en el Bolet\u00edn Oficial de la Provincia de Valencia n\u00famero 275, de fecha 19 de noviembre de 2.013.<\/p>\n<p>Segunda. Tribunal de valoraci\u00f3n<\/p>\n<p>Estar\u00e1 integrado por los siguientes miembros:<\/p>\n<p>Titulares:<\/p>\n<p>\u2013 Presidente: un funcionario o funcionaria con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, designado por la Alcald\u00eda: \u00d3scar J. Moreno Ayza, viceinterventor del Ayuntamiento de Vinaroz.<\/p>\n<p>\u2013 Vocales:<\/p>\n<p>Vocal 1: un funcionario de carrera perteneciente al grupo A1, Jos\u00e9 Antonio Tundidor Moreno, jefe del \u00c1rea de las TIC&#8217;s del Ayuntamiento de Xirivella.<\/p>\n<p>Vocal 2: una funcionaria con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, de la misma subescala convocada: Mar\u00eda Consuelo Moreno Grau, secretaria del Ayuntamiento de Sueca.<\/p>\n<p>Vocal 3: un funcionario con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, de la misma subescala convocada: C\u00e9sar Herrero Pombo, secretario del Ayuntamiento de Tavernes de la Valldigna.<\/p>\n<p>Vocal 4: una representante de la Generalitat designada por la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local: M.\u00aa Jos\u00e9 Gradol\u00ed Mart\u00ednez, secretaria del Ayuntamiento de Alfafar.<\/p>\n<p>\u2013 Secretario: uno de los vocales titulares, designado por la Alcald\u00eda: Jos\u00e9 Antonio Tundidor Moreno, jefe del \u00c1rea de las TIC&#8217;s del Ayuntamiento de Xirivella.<\/p>\n<p>Suplentes<\/p>\n<p>\u2013 Presidente: un funcionario con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, designado por la Alcald\u00eda: Alberto Buend\u00eda Moya, secretario del Ayuntamiento de Alaqu\u00e0s.<\/p>\n<p>\u2013 Vocales:<\/p>\n<p>Vocal 1: un funcionario de carrera perteneciente al grupo A1, Olga Mart\u00ednez Ferrer, jefa del \u00c1rea de Urbanismo, Medio Ambiente, Infraestructuras, Sanidad y Consumo del Ayuntamiento de Xirivella.<\/p>\n<p>Vocal 2: una funcionaria con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, de la misma subescala convocada: M.\u00aa Nieves Barrachina Lemos, secretaria del Ayuntamiento de Riba-roja del T\u00faria.<\/p>\n<p>Vocal 3: un funcionario con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, de la misma subescala convocada: Luis Ramia De Cap Salvatella, secretario del Ayuntamiento de Mislata.<\/p>\n<p>Vocal 4: un representante de la Generalitat designada por la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local: Jos\u00e9 Eduardo Llavata Gasc\u00f3, secretario del Ayuntamiento de Quart de Poblet.<\/p>\n<p>Secretaria: una de las vocales suplentes, designada por la Alcald\u00eda: Olga Mart\u00ednez Ferrer, jefa del \u00c1rea de Urbanismo, Medio Ambiente, Infraestructuras, Sanidad y Consumo del Ayuntamiento de Xirivella.<\/p>\n<p>Tercera. Baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de los m\u00e9ritos generales de preceptiva valoraci\u00f3n, establecidos por la Administraci\u00f3n del Estado en la Orden de 10 de agosto de 1994 y, de los m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica aprobados por la Generalitat Valenciana en el Decreto 32\/2013, se aplicar\u00e1 el baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos siguiente, que podr\u00e1 valorarse hasta 1,5 puntos y que han sido objeto de aprobaci\u00f3n por acuerdo plenario en fecha 25 de enero de 2018:<\/p>\n<p>1. Aptitudes para el puesto de trabajo:<\/p>\n<p>1.1. Se valorar\u00e1 el trabajo desarrollado en puestos de trabajo que tengan encomendadas las funciones reservadas de fe p\u00fablica y asesoramiento legal preceptivo y\/o en puestos de colaboraci\u00f3n a puestos de Secretar\u00eda, puestos de colaboraci\u00f3n reservado a personal funcionario de administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional en la subescala y categor\u00eda correspondiente, de acuerdo con las propias del puesto convocado hasta un m\u00e1ximo de 1,5 puntos, seg\u00fan el siguiente detalle:<\/p>\n<p>Por experiencia en el desempe\u00f1o de puestos de secretar\u00eda general y\/o puestos de colaboraci\u00f3n a la secretar\u00eda general reservados a personal funcionario de administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional en la subescala y categor\u00eda correspondiente (tales como vicesecretar\u00edas, puestos de oficial\u00eda mayor o similares), desempe\u00f1ados en propiedad, nombramiento provisional o en comisi\u00f3n de servicios, en ayuntamientos de municipios con una poblaci\u00f3n de derecho superior a 20.000 habitantes y cuya secretar\u00eda general est\u00e9 clasificada de clase primera.<\/p>\n<p>Se valorar\u00e1, hasta un m\u00e1ximo de 1,5 puntos, el servicio prestado en dichos puestos, computado de fecha a fecha, seg\u00fan la siguiente forma:<\/p>\n<p>De seis o m\u00e1s a\u00f1os 1,50 puntos.<\/p>\n<p>De m\u00e1s de cinco y menos de seis a\u00f1os. 1,25 puntos.<\/p>\n<p>De m\u00e1s de cuatro y menos de cinco a\u00f1os .1,00 puntos.<\/p>\n<p>De m\u00e1s de tres y menos de cuatro a\u00f1os. 0,75 puntos.<\/p>\n<p>No se valorar\u00e1n los servicios prestados de tres a\u00f1os o menos de tres a\u00f1os en los puestos arriba citados ni en otros municipios que no re\u00fanan las caracter\u00edsticas arriba citadas.<\/p>\n<p>Cuarta. Valoraci\u00f3n y acreditaci\u00f3n de m\u00e9ritos<\/p>\n<p>1. Todos los m\u00e9ritos deber\u00e1n acreditarse documentalmente mediante originales o mediante copias debidamente cotejadas en el momento de presentaci\u00f3n de la solicitud para tomar parte en el concurso.<\/p>\n<p>2. S\u00f3lo se valorar\u00e1n aquellos m\u00e9ritos obtenidos o computados hasta la fecha en que finalice el plazo de presentaci\u00f3n de instancias, debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participaci\u00f3n y acreditarse documentalmente.<\/p>\n<p>3. La experiencia se acreditar\u00e1 mediante certificado expedido por la Secretar\u00eda de la Corporaci\u00f3n Local donde se hayan prestado los servicios en la que consten la denominaci\u00f3n del puesto de trabajo y las respectivas fechas de toma de posesi\u00f3n y, en su caso, cese. A los efectos de acreditar la poblaci\u00f3n de derecho de los municipios se tendr\u00e1n en cuenta las cifras oficiales de poblaci\u00f3n relacionadas con el momento de prestaci\u00f3n de servicios, pudi\u00e9ndose presentar por los aspirantes aquellos documentos que estimen oportunos para acreditar dicha circunstancia, sin perjuicio de que la misma pueda ser apreciada de oficio por el Tribunal.<\/p>\n<p>4. La valoraci\u00f3n de servicios prestados en puestos de puestos de colaboraci\u00f3n a la Secretar\u00eda General reservados a funcionarios de administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional tendr\u00e1 en consideraci\u00f3n que dichos puestos est\u00e9n clasificados en la subescala y categor\u00eda correspondiente, esto es, secretar\u00eda-intervenci\u00f3n, secretar\u00eda de entrada o secretar\u00eda, categor\u00eda superior, siempre que el Ayuntamiento cumpla con las caracter\u00edsticas arriba referidas.<\/p>\n<p>Quinta. Normativa aplicable<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de lo previsto en las presentes bases, el concurso se regir\u00e1 por lo establecido en el 92.bis de la Ley 7\/1985, de 2 de abril, Ley reguladora de las bases de r\u00e9gimen local y los art\u00edculos 25 y siguientes del Decreto 32\/2013, de 8 de febrero, del Consell, por el que se regula el r\u00e9gimen jur\u00eddico del personal funcionario con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter estatal en el \u00e1mbito territorial de la Comunitat Valenciana, art\u00edculos 172 y siguientes de la Ley 8\/2010, de 23 de junio, de la Generalitat, de R\u00e9gimen Local de la Comunitat Valenciana, en los art\u00edculos 13 y siguientes del Real decreto 1732\/1994, de 29 de julio, modificado por el Real decreto 834\/2003, de 27 de junio, en la Orden de 10 de agosto de 1994 y en cualquier otra norma del Ministerio de Hacienda y Administraciones P\u00fablicas que regule el presente concurso.<\/p>\n<p>Sexta. Recursos<\/p>\n<p>Las presentes bases podr\u00e1n ser impugnadas en la forma y plazos previstos en la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, Ley de procedimiento administrativo com\u00fan de las administraciones p\u00fablicas.<\/p>\n<p>AYUNTAMIENTO: ALTEA<\/p>\n<p>PROVINCIA: ALICANTE<\/p>\n<p>DENOMINACI\u00d3N DEL PUESTO: INTERVENCI\u00d3N DE CLASE PRIMERA<\/p>\n<p>Primera. Objeto<\/p>\n<p>Es objeto de las presentes bases regular la provisi\u00f3n mediante concurso ordinario convocado por Acuerdo de la Junta de gobierno local de fecha 16 de enero de 2018 del puesto de trabajo reservado a funcionarios de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional siguiente:<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a fecha 31 de diciembre de 2017: es superior a 2.000 habitantes.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n de la corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Altea.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: intervenci\u00f3n, clase primera.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: superior.<\/p>\n<p>Nivel de complemento de destino: 30.<\/p>\n<p>Cuant\u00eda anual del complemento espec\u00edfico: 22.103,22 \u20ac.<\/p>\n<p>Situaci\u00f3n actual: vacante.<\/p>\n<p>Requisito del conocimiento del valenciano: no se establece.<\/p>\n<p>Puntuaci\u00f3n m\u00ednima: no se establece.<\/p>\n<p>Bases aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 16 de enero de 2018<\/p>\n<p>Segunda. Tribunal de valoraci\u00f3n<\/p>\n<p>Estar\u00e1 integrado por los siguientes miembros:<\/p>\n<p>Titulares:<\/p>\n<p>\u2013 Presidente: un funcionario de carrera perteneciente al grupo A1, designado por el alcalde-presidente: Pedro J. G\u00f3mez-Jordana P\u00e9rez.<\/p>\n<p>\u2013 Vocales:<\/p>\n<p>Vocal 1: una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional perteneciente a la misma subescala y de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada por el alcalde-presidente: Elena Garc\u00eda Mart\u00ednez, interventora del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig.<\/p>\n<p>Vocal 2: una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada igualmente por el alcalde-presidente: Amparo Koninckx Frasquet, secretaria de la Diputaci\u00f3n Provincial de Alicante.<\/p>\n<p>Vocal 3: un funcionario de carrera perteneciente al grupo A1, designado igualmente por el alcalde-presidente: Fernando Albaladejo Asenjo.<\/p>\n<p>Vocal 4: un representante de la Generalitat designado por la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local: Jos\u00e9 Ignacio Oiza Gal\u00e1n, interventor del Ayuntamiento de Benidorm (Alicante).<\/p>\n<p>\u2013 Secretario: uno de los vocales designado por el alcalde-presidente: Fernando Albaladejo Asenjo.<\/p>\n<p>Suplentes:<\/p>\n<p>\u2013 Presidente: un funcionario de carrera perteneciente al grupo A1, designado por el alcalde-presidente: Angel P\u00e9rez I\u00f1esta.<\/p>\n<p>\u2013 Vocales:<\/p>\n<p>Vocal 1: una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional perteneciente a la misma subescala y de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada por el alcalde-presidente: Maria Consuelo Ferrer Pellicer, interventora del Ayuntamiento de Villajoyosa.<\/p>\n<p>Vocal 2: una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada igualmente por el alcalde-presidente: Nuria Aparicio Galbis, interventora del Ayuntamiento de Alcoy.<\/p>\n<p>Vocal 3: un funcionario de carrera perteneciente al grupo A1, designado igualmente por el alcalde-presidente: Jos\u00e9 Antonio Porcar Jover, interventor del Ayuntamiento de Altea.<\/p>\n<p>Vocal 4: un representante de la Generalitat designado por la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local: Francisco Guardiola Blanquer, interventor del Ayuntamiento de Alicante.<\/p>\n<p>Secretario: uno de los vocales designado por el alcalde-presidente: Jos\u00e9 Antonio Porcar Jover.<\/p>\n<p>Tercera. Baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos<\/p>\n<p>No se establecen m\u00e9ritos espec\u00edficos, valor\u00e1ndose \u00fanicamente los m\u00e9ritos generales de preceptiva valoraci\u00f3n establecidos por la Administraci\u00f3n del Estado en el Real decreto 1732\/1994, de 29 de julio, y los m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica aprobados por la Generalitat en el Decreto 32\/2013, de 8 de febrero, del Consell, modificado por Decreto 76\/2015, de 22 de mayo (DOGV 7532, 25.05. 2015)<\/p>\n<p>AYUNTAMIENTO: NOVELDA<\/p>\n<p>PROVINCIA: ALICANTE<\/p>\n<p>DENOMINACI\u00d3N DEL PUESTO:INTERVENCI\u00d3N DE CLASE PRIMERA<\/p>\n<p>Primera. Objeto<\/p>\n<p>Es objeto de las presentes bases regular la provisi\u00f3n mediante concurso ordinario convocado por Acuerdo de la Junta de gobierno local de fecha 26 de enero de 2018, del puesto de trabajo reservado a funcionarios de Administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional siguiente:<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a fecha 31 de diciembre de 2017: es superior a 2.000 habitantes.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: intervenci\u00f3n de clase primera.<\/p>\n<p>Subescala: intervenci\u00f3n-tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: superior.<\/p>\n<p>Nivel de complemento de destino: 30.<\/p>\n<p>Cuant\u00eda anual del complemento espec\u00edfico: 19.350,36 euros.<\/p>\n<p>Situaci\u00f3n actual: vacante.<\/p>\n<p>Bases aprobadas por Acuerdo de la Junta de gobierno local de fecha 26 de enero de 2018.<\/p>\n<p>Segunda. Tribunal de valoraci\u00f3n<\/p>\n<p>Estar\u00e1 integrado por los siguientes miembros:<\/p>\n<p>Titulares:<\/p>\n<p>\u2013 Presidente designado por el alcalde: Mar\u00eda Jos\u00e9 Sabater Aracil, t\u00e9cnica de administraci\u00f3n general del Ayuntamiento de Novelda.<\/p>\n<p>\u2013 Vocales:<\/p>\n<p>\u00b7 Una funcionaria de carrera designada por el alcalde: Rosa M. D\u00edez Mach\u00edn, economista del Ayuntamiento de Novelda.<\/p>\n<p>\u00b7 Una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter estatal de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada por el alcalde: Elena Garc\u00eda Mart\u00ednez, interventora del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig.<\/p>\n<p>\u00b7 Un funcionario de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter estatal de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designado por el alcalde: Santiago G\u00f3mez Ferr\u00e1ndiz, interventor del Ayuntamiento de Elda.<\/p>\n<p>\u00b7 Un representante de la Generalitat designado por la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local: Juan Jos\u00e9 Garc\u00eda Cano, Tesorero del Ayuntamiento de Elche (Alicante).<\/p>\n<p>\u2013 Secretaria: Rosa M. D\u00edez Mach\u00edn.<\/p>\n<p>Suplentes:<\/p>\n<p>\u2013 Presidente designado por el alcalde: M.\u00aa Teresa Amor\u00f3s Ripoll, TAG del ayuntamiento de Novelda.<\/p>\n<p>\u2013 Vocales:<\/p>\n<p>\u00b7 Una funcionaria de carrera designada por el alcalde: Manuela del Rosario Such., t\u00e9cnica de administraci\u00f3n general del Ayuntamiento de Novelda.<\/p>\n<p>\u00b7 Una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter estatal de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada por el alcalde: Matilde Prieto Cremades, interventora de la Diputaci\u00f3n Provincial de Alicante.<\/p>\n<p>\u00b7 Una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter estatal de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada por el alcalde: Paloma Alfaro Cant\u00f3, Interventora del Ayuntamiento de Aspe.<\/p>\n<p>\u00b7 Un representante de la Generalitat designado por la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local: Francisco Guardiola Blanquer, Interventor del Ayuntamiento de Alicante<\/p>\n<p>\u2013 Secretaria: Manuela del Rosario Such.<\/p>\n<p>Tercera. Baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos<\/p>\n<p>No se establecen m\u00e9ritos espec\u00edficos, valor\u00e1ndose \u00fanicamente los m\u00e9ritos generales de preceptiva valoraci\u00f3n establecidos por la Administraci\u00f3n del Estado en el Real decreto 1732\/1994, de 29 de julio y los m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica aprobados por la Generalitat en el Decreto 32\/2013, de 8 de febrero, del Consell, modificado por Decreto 76\/2015, de 22 de mayo (DOGV 7532, 25.05. 2015).<\/p>\n<p>AYUNTAMIENTO: ALGINET<\/p>\n<p>PROVINCIA: VALENCIA<\/p>\n<p>DENOMINACI\u00d3N DEL PUESTO: INTERVENCI\u00d3N DE CLASE PRIMERA<\/p>\n<p>Primera. Objeto<\/p>\n<p>Es objeto de las presentes bases regular la provisi\u00f3n mediante concurso ordinario convocado por resoluci\u00f3n de la Alcald\u00eda de fecha 7 de febrero de 2018, del puesto de trabajo reservado a funcionarios de Administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional siguiente:<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a fecha 31 de diciembre de 2017: es superior a 2.000 habitantes.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Intervenci\u00f3n de clase primera.<\/p>\n<p>Subescala: intervenci\u00f3n-tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: superior.<\/p>\n<p>Nivel de complemento de destino: 30.<\/p>\n<p>Cuant\u00eda anual del complemento espec\u00edfico: 29.258,04 \u20ac.<\/p>\n<p>Bases aprobadas por resoluci\u00f3n de la alcald\u00eda de fecha 7 de febrero de 2018.<\/p>\n<p>Segunda. Tribunal de valoraci\u00f3n<\/p>\n<p>Estar\u00e1 integrado por los siguientes miembros:<\/p>\n<p>Titulares:<\/p>\n<p>\u2013 Presidente: una funcionaria de carrera perteneciente al grupo A1 o una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada por el alcalde-presidente: Nuria Compa\u00f1 Barco, t\u00e9cnica de Administraci\u00f3n General del Ayuntamiento de Alginet.<\/p>\n<p>\u2013 Vocales:<\/p>\n<p>Vocal 1: una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional perteneciente a la misma subescala y de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada por el alcalde-presidente: Rosa Mar\u00eda Mic\u00f3 Villora, interventora del Ayuntamiento de Algemes\u00ed.<\/p>\n<p>Vocal 2: un funcionario de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designado igualmente por el alcalde-presidente: Jos\u00e9 Vicente Ibor Ridaura, secretario del Ayuntamiento de Alginet.<\/p>\n<p>Vocal 3: un funcionario de carrera perteneciente al grupo A1 o un funcionario de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designado igualmente por el alcalde-presidente: Lu\u00eds \u00c1ngel de Dios Ibarlucea, t\u00e9cnico de Administraci\u00f3n General del Ayuntamiento de Alginet.<\/p>\n<p>Vocal 4: una representante de la Generalitat designada por la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local, \u00c1ngela Benavent Ferri, interventora del Ayuntamiento de Tavernes de la Valldigna.<\/p>\n<p>Secretario: uno de los vocales designado por el alcalde-presidente: Jos\u00e9 Vicente Ibor Ridaura.<\/p>\n<p>Suplentes:<\/p>\n<p>\u2013 Presidente: un funcionario de carrera perteneciente al grupo A1 o un funcionario de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designado por el alcalde-presidente: Jordi F. Ricart Mart\u00ed, secretario del Ayuntamiento de Picassent.<\/p>\n<p>\u2013 Vocales:<\/p>\n<p>Vocal 1: un funcionario de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional perteneciente a la misma subescala y de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designado por el alcalde-presidente: Jos\u00e9 Lu\u00eds Aira Carri\u00f3n, interventor del Ayuntamiento de Almussafes.<\/p>\n<p>Vocal 2: una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada igualmente por el alcalde-presidente: Mar\u00eda Amparo Valdivieso Mart\u00ednez, interventora del Ayuntamiento de Picassent.<\/p>\n<p>Vocal 3: una funcionaria de carrera perteneciente al grupo A1 o una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada igualmente por el alcalde-presidente: Maria Bayo Calduch, arquitecta municipal.<\/p>\n<p>Vocal 4: un representante de la Generalitat designado por la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local: Jes\u00fas M. Velarde S\u00e1iz, Interventor del Ayuntamiento de Alzira.<\/p>\n<p>\u2013 Secretario: uno de los vocales designado por el alcalde-presidente: Jos\u00e9 Lu\u00eds Aira Carri\u00f3n, interventor del Ayuntamiento de Almussafes.<\/p>\n<p>Tercera. Baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos<\/p>\n<p>No se establecen m\u00e9ritos espec\u00edficos, valor\u00e1ndose \u00fanicamente los m\u00e9ritos generales de preceptiva valoraci\u00f3n establecidos por la Administraci\u00f3n del Estado en el Real decreto 1732\/1994, de 29 de julio y los m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica aprobados por la Generalitat en el Decreto 32\/2013, de 8 de febrero, del Consell, modificado por Decreto 76\/2015, de 22 de mayo (DOGV 7532, 25.05. 2015).<\/p>\n<p>DIPUTACI\u00d3N PROVINCIAL<\/p>\n<p>PROVINCIA: VALENCIA<\/p>\n<p>DENOMINACI\u00d3N DEL PUESTO: INTERVENCI\u00d3N DE CLASE PRIMERA<\/p>\n<p>Primera. Objeto<\/p>\n<p>Es objeto de las presentes bases regular la provisi\u00f3n mediante concurso ordinario convocado por Decreto de la Presidencia de la Diputaci\u00f3n Provincial de Valencia de fecha 12 de febrero de 2018, del puesto de trabajo reservado a funcionarios de Administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional siguiente:<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a fecha 31 de diciembre de 2017: es superior a 2.000 habitantes.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n de la corporaci\u00f3n: Diputaci\u00f3n Provincial de Valencia.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Intervenci\u00f3n, clase primera.<\/p>\n<p>Subescala: intervenci\u00f3n-tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: superior.<\/p>\n<p>Nivel de complemento de destino: 30.<\/p>\n<p>Cuant\u00eda anual del complemento espec\u00edfico: D3, 66.396,54 \u20ac.<\/p>\n<p>Situaci\u00f3n actual: vacante<\/p>\n<p>Requisito del conocimiento del valenciano: de conformidad con lo previsto en la relaci\u00f3n de puestos de trabajo de esta Diputaci\u00f3n aprobado por el Pleno de 23 de diciembre de 1997 (BOP 26.12.1997), se establece como requisito para el acceso a esta plaza el conocimiento del valenciano en su grado oral, que deber\u00e1 acreditarse mediante certificado expedido por la Junta Qualificadora de Coneixements de Valenci\u00e0.<\/p>\n<p>Bases aprobadas por Decreto de la Presidencia de la Diputaci\u00f3n Provincial de Valencia de fecha 12 de febrero de 2018.<\/p>\n<p>Puntuaci\u00f3n m\u00ednima: la puntuaci\u00f3n m\u00ednima que habr\u00e1 de obtenerse para la adjudicaci\u00f3n del puesto de trabajo ser\u00e1 7,5 puntos<\/p>\n<p>Segunda. Tribunal de valoraci\u00f3n<\/p>\n<p>Estar\u00e1 integrado por los siguientes miembros<\/p>\n<p>Titulares<\/p>\n<p>\u2013 Presidente: Juan Manuel Olmo Saez, jefe de Servicio de Personal de la Diputaci\u00f3n de Valencia.<\/p>\n<p>\u2013 Vocales:<\/p>\n<p>Vocal 1: Vicente Boquera Matarredona, secretario general de la Diputaci\u00f3n de Valencia.<\/p>\n<p>Vocal 2: Ramon Brull Mandingorra, interventor general municipal del Ayuntamiento de Val\u00e8ncia.<\/p>\n<p>Vocal 3: Alberto Jos\u00e9 Roche Garcia, tesorero general del Ayuntamiento de Val\u00e8ncia.<\/p>\n<p>Vocal 4: un representante de la Generalitat designado por la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local: M.\u00aa Carmen Aparisi Aparisi, interventora del Ayuntamiento de Torrent.<\/p>\n<p>\u2013 Secretario: Vicente Boquera Matarredona, secretario general de la Diputaci\u00f3n de Valencia.<\/p>\n<p>Suplentes:<\/p>\n<p>\u2013 Presidenta: M.\u00aa Angeles Mut Sanchis, jefa de Servicio de Contrataci\u00f3n y Suministros de la Diputaci\u00f3n de Valencia.<\/p>\n<p>\u2013 Vocales:<\/p>\n<p>Vocal 1: Juan Jim\u00e9nez Hern\u00e1ndiz, oficial mayor de la Diputaci\u00f3n de Valencia<\/p>\n<p>Vocal 2: Eva M.\u00aa Espinosa Rosello, vicetesorera del Ayuntamiento de Val\u00e8ncia.<\/p>\n<p>Vocal 3: M.\u00aa Jos\u00e9 L\u00f3pez Campos, tesorera del Ayuntamiento de Sueca.<\/p>\n<p>Vocal 4: una representante de la Generalitat designada por la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local: M.\u00aa Jes\u00fas de Bernardi Rodr\u00edguez, interventora del Ayuntamiento de B\u00e9tera<\/p>\n<p>\u2013 Secretario: Juan Jim\u00e9nez Hern\u00e1ndiz, oficial mayor de la Diputaci\u00f3n de Valencia.<\/p>\n<p>Tercera. Baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de los m\u00e9ritos generales de preceptiva valoraci\u00f3n establecidos por la Administraci\u00f3n del Estado en el Real decreto 1732\/1994, de 29 de julio, de los m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica regulados en el Decreto 32\/2013, de 8 de febrero, ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n el siguiente baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos que podr\u00e1 alcanzar hasta 1,5 puntos que han sido objeto de aprobaci\u00f3n por acuerdo plenario, de fecha 30 de enero de 2018.<\/p>\n<p>Experiencia profesional: hasta un m\u00e1ximo de 1,5 puntos:<\/p>\n<p>Por servicios prestados en puestos de intervenci\u00f3n o tesorer\u00eda, en virtud de nombramiento efectuado por la autoridad competente, mediante cualquiera de las f\u00f3rmulas de provisiones de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional (ya sea en con car\u00e1cter definitivo, provisional, comisi\u00f3n de servicios o acumulaci\u00f3n) en diputaciones provinciales: 0,10 puntos por mes completo de servicios.<\/p>\n<p>Cuarta. Valoraci\u00f3n y acreditaci\u00f3n de m\u00e9ritos<\/p>\n<p>La experiencia profesional se acreditar\u00e1 mediante el certificado original o compulsado de la correspondiente Diputaci\u00f3n Provincial, expedido por el secretario y visado por el presidente, en el que consten todos los extremos que han de ser tenidos en cuenta para la valoraci\u00f3n. Tambi\u00e9n se podr\u00e1 acreditar mediante la presentaci\u00f3n de Certificaci\u00f3n de Servicios original o compulsada expedida por el \u00f3rgano competente del Ministerio de Hacienda y Funci\u00f3n P\u00fablica.<\/p>\n<p>Solo se valorar\u00e1n aquellos m\u00e9ritos obtenidos o computados hasta la fecha en que finalice el plazo de presentaci\u00f3n de instancias, debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participaci\u00f3n y acreditarse documentalmente.<\/p>\n<p>Quinta. Normativa aplicable<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de lo previsto en las presentes bases, el concurso se regir\u00e1 por lo establecido en el art\u00edculo 92 bis.6 de la Ley 7\/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del r\u00e9gimen Local, recogido en la Ley 27\/2013, de 27 de diciembre, de racionalizaci\u00f3n y sostenibilidad de la Administraci\u00f3n local, los art\u00edculos 13 y siguientes del Real decreto 1732\/1994, de 29 de julio, el art\u00edculo 172 y siguientes de la Ley 8\/2010, de 23 de junio, de la Generalitat, de R\u00e9gimen Local de la Comunitat Valenciana, el Decreto 32\/2013, de 8 de febrero y en cualquier otra norma del Ministerio de Hacienda y Administraciones P\u00fablicas que regule el presente concurso.<\/p>\n<p>Sexta. Recursos<\/p>\n<p>Las presentes bases podr\u00e1n ser impugnadas en la forma y plazos previstos en la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo com\u00fan de las administraciones p\u00fablicas<\/p>\n<p>AYUNTAMIENTO: MANISES<\/p>\n<p>PROVINCIA: VALENCIA<\/p>\n<p>DENOMINACI\u00d3N DEL PUESTO: INTERVENCI\u00d3N DE CLASE PRIMERA<\/p>\n<p>Primera. Objeto<\/p>\n<p>Es objeto de las presentes bases regular la provisi\u00f3n mediante concurso ordinario convocado por resoluci\u00f3n de la alcald\u00eda de fecha 28 de febrero de 2018, del puesto de trabajo reservado a funcionarios de Administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional siguiente:<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a fecha 31 de diciembre de 2017: es superior a 2.000 habitantes.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Intervenci\u00f3n de clase primera.<\/p>\n<p>Subescala: intervenci\u00f3n-tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: superior.<\/p>\n<p>Nivel de complemento de destino: 30.<\/p>\n<p>Cuant\u00eda anual del complemento espec\u00edfico: 27.246,38 \u20ac.<\/p>\n<p>Situaci\u00f3n actual: vacante.<\/p>\n<p>Requisito del conocimiento del valenciano: de conformidad con lo dispuesto en la relaci\u00f3n de puestos de trabajo de esta corporaci\u00f3n se establece como requisito para el acceso a este puesto el conocimiento del valenciano en su grado medio (BOP 23.01.2018).<\/p>\n<p>Bases aprobadas por resoluci\u00f3n de la Alcald\u00eda de la Corporaci\u00f3n de fecha 28 de febrero de 2018.<\/p>\n<p>Segunda. Tribunal de valoraci\u00f3n<\/p>\n<p>Estar\u00e1 integrado por los siguientes miembros:<\/p>\n<p>Titulares:<\/p>\n<p>\u2013 Presidente: una funcionaria de carrera perteneciente al grupo A1 designada por el alcalde-presidente: M.\u00aa Jos\u00e9 Soucase Albi\u00f1ana.<\/p>\n<p>\u2013 Vocales:<\/p>\n<p>Vocal 1: una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional perteneciente a la misma subescala y de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada por el alcalde-presidente: M.\u00aa Jos\u00e9 L\u00f3pez Campos, tesorera del Ayuntamiento de Sueca.<\/p>\n<p>Vocal 2: un funcionario de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designado igualmente por el alcalde-presidente: Luis G\u00f3mez-Ferrer Bayo, viceinterventor de la Diputaci\u00f3n de Valencia.<\/p>\n<p>Vocal 3: un funcionario de carrera perteneciente al grupo A1 o un funcionario de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designado igualmente por el alcalde-presidente: Antonio Pascual Ferrer, secretario del Ayuntamiento de Manises<\/p>\n<p>Vocal 4: un representante de la Generalitat designado por la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local: Miguel Torres Royo, interventor del Ayuntamiento de Aldaia.<\/p>\n<p>\u2013 Secretario: uno de los vocales designado por el alcalde-presidente: Antonio Pascual Ferrer.<\/p>\n<p>Suplentes:<\/p>\n<p>\u2013 Presidente: un funcionario de carrera perteneciente al grupo A1 o un funcionario de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designado por el alcalde-presidente: Jos\u00e9 Mar\u00eda Castellano Montserrat, tesorero del Ayuntamiento de Paiporta<\/p>\n<p>\u2013 Vocales:<\/p>\n<p>Vocal 1: una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional perteneciente a la misma subescala y de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada por el alcalde-presidente: M.\u00aa Dolores Miralles Ric\u00f3s, interventora del Ayuntamiento de Burjassot.<\/p>\n<p>Vocal 2: una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada igualmente por el alcalde-presidente: Mar\u00eda del Carmen Aparisi Aparisi, interventora del Ayuntamiento de Torrent.<\/p>\n<p>Vocal 3: una funcionaria de carrera perteneciente al grupo A1 o una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada igualmente por el alcalde-presidente: Consuelo Moreno Grau, secretaria del Ayuntamiento de Sueca.<\/p>\n<p>Vocal 4: un representante de la Generalitat designado por la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local: Juan Carlos Pinilla Garc\u00eda, interventor del Ayuntamiento de Alfafar.<\/p>\n<p>\u2013 Secretario: una de las vocales designada por el alcalde-presidente: Consuelo Moreno Grau.<\/p>\n<p>Tercera. Baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos<\/p>\n<p>No se establecen m\u00e9ritos espec\u00edficos, valor\u00e1ndose \u00fanicamente los m\u00e9ritos generales de preceptiva valoraci\u00f3n establecidos por la Administraci\u00f3n del Estado en el Real decreto 1732\/1994, de 29 de julio y los m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica aprobados por la Generalitat en el Decreto 32\/2013, de 8 de febrero, del Consell, modificado por Decreto 76\/2015, de 22 de mayo (DOGV 7532, 25.05. 2015)<\/p>\n<p>AYUNTAMIENTO: REQUENA<\/p>\n<p>PROVINCIA: VALENCIA<\/p>\n<p>DENOMINACI\u00d3N DEL PUESTO: INTERVENCI\u00d3N DE CLASE PRIMERA<\/p>\n<p>Primera. Objeto<\/p>\n<p>Es objeto de las presentes bases regular la provisi\u00f3n mediante concurso ordinario convocado por resoluci\u00f3n de la alcald\u00eda de fecha 5 de febrero de 2018, del puesto de trabajo reservado a funcionarios de Administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional siguiente:<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a fecha 31 de diciembre de 2017: es superior a 2.000 habitantes.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Intervenci\u00f3n de clase primera.<\/p>\n<p>Subescala: intervenci\u00f3n-tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: superior.<\/p>\n<p>Nivel de complemento de destino: 30.<\/p>\n<p>Cuant\u00eda anual del complemento espec\u00edfico: 18.711,82 \u20ac.<\/p>\n<p>Situaci\u00f3n actual: vacante.<\/p>\n<p>Bases aprobadas por resoluci\u00f3n de la Alcald\u00eda de la Corporaci\u00f3n de fecha 5 de febrero de 2018-<\/p>\n<p>Segunda. Tribunal de valoraci\u00f3n<\/p>\n<p>Estar\u00e1 integrado por los siguientes miembros:<\/p>\n<p>Titulares:<\/p>\n<p>\u2013 Presidente: un funcionario de carrera perteneciente al grupo A1 o un funcionario de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designado por el alcalde-presidente: Francisco Javier Biosca L\u00f3pez, interventor del Ayuntamiento de Vall d&#8217;Uix\u00f2.<\/p>\n<p>\u2013 Vocales:<\/p>\n<p>Vocal 1: una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional perteneciente a la misma subescala y de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada por el alcalde-presidente: M.\u00aa Dolores Miralles Ric\u00f3s, interventora del Ayuntamiento de Burjassot.<\/p>\n<p>Vocal 2: una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada igualmente por el alcalde-presidente: Cristina Claramunt Manzanaro, interventora del Ayuntamiento de Chiva.<\/p>\n<p>Vocal 3: un funcionario de carrera perteneciente al grupo A1 o un funcionario de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designado igualmente por el alcalde-presidente: Eduardo Antonio Moreno Arroyo, interventor del Ayuntamiento de Bu\u00f1ol.<\/p>\n<p>Vocal 4: una representante de la Generalitat designada por la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local: Ana Fern\u00e1ndez Acevedo, tesorera del Ayuntamiento de Paterna.<\/p>\n<p>\u2013 Secretaria: uno de los vocales designado por el alcalde-presidente: Cristina Claramunt Manzanaro, interventora del Ayuntamiento de Chiva.<\/p>\n<p>Suplentes:<\/p>\n<p>\u2013 Presidente: un funcionario de carrera perteneciente al grupo A1 o un funcionario de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designado por el alcalde-presidente: Jos\u00e9 Antonio Valenzuela Peral, Interventor del Ayuntamiento de Quart de Poblet.<\/p>\n<p>\u2013 Vocales:<\/p>\n<p>Vocal 1: una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional perteneciente a la misma subescala y de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada por el alcalde-presidente: Maria Carmen Aparisi Aparisi, interventora del Ayuntamiento de Torrent.<\/p>\n<p>Vocal 2: un funcionario de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designado igualmente por el alcalde-presidente: Josep Gisbert Ramos, interventor del Ayuntamiento de Catarroja.<\/p>\n<p>Vocal 3: un funcionario de carrera perteneciente al grupo A1 o un funcionario de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designado igualmente por el alcalde-presidente: Jorge Garc\u00eda Hern\u00e1ndez, interventor del Ayuntamiento de Gandia.<\/p>\n<p>Vocal 4: una representante de la Generalitat designada por la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local: Isabel Bort Albarrac\u00edn, Interventora del Ayuntamiento de Riba-roja de T\u00faria.<\/p>\n<p>\u2013 Secretario: uno de los vocales designado por el alcalde-presidente: Josep Gisbert Ramos, interventor del Ayuntamiento de Catarroja.<\/p>\n<p>Tercera. Baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos<\/p>\n<p>No se establecen m\u00e9ritos espec\u00edficos, valor\u00e1ndose \u00fanicamente los m\u00e9ritos generales de preceptiva valoraci\u00f3n establecidos por la Administraci\u00f3n del Estado en el Real decreto 1732\/1994, de 29 de julio y los m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica aprobados por la Generalitat en el Decreto 32\/2013, de 8 de febrero, del Consell, modificado por Decreto 76\/2015, de 22 de mayo (DOGV 7532, 25.05. 2015)<\/p>\n<p>AYUNTAMIENTO: ALBATERA<\/p>\n<p>PROVINCIA: ALICANTE<\/p>\n<p>DENOMINACI\u00d3N DEL PUESTO: TESORER\u00cdA<\/p>\n<p>Primera. Objeto<\/p>\n<p>Es objeto de las presentes bases regular la provisi\u00f3n mediante concurso ordinario convocado por Resoluci\u00f3n de la Alcald\u00eda de fecha 16 de enero de 2018, del puesto de trabajo reservado a funcionarios de Administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional siguiente:<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a fecha 31 de diciembre de 2017: es superior a 2.000 habitantes.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Subescala: intervenci\u00f3n-tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: \u2013<\/p>\n<p>Nivel de complemento de destino: 27.<\/p>\n<p>Cuant\u00eda anual del complemento espec\u00edfico: 17.015,04 \u20ac.<\/p>\n<p>Situaci\u00f3n actual: vacante.<\/p>\n<p>Bases aprobadas por resoluci\u00f3n de la Alcald\u00eda de la Corporaci\u00f3n de fecha 16 de enero de 2018.<\/p>\n<p>Segunda. Tribunal de valoraci\u00f3n<\/p>\n<p>Estar\u00e1 integrado por los siguientes miembros:<\/p>\n<p>Titulares:<\/p>\n<p>\u2013 Presidenta: Elena Garc\u00eda Mart\u00ednez, subescala intervenci\u00f3n-tesorer\u00eda, categor\u00eda superior. Ocupando el puesto de interventora en el Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig.<\/p>\n<p>\u2013 Vocales:<\/p>\n<p>Vocal 1: Tom\u00e1s Lomo Casanueva, secretario del Ayuntamiento de Albatera<\/p>\n<p>Vocal 2: Carlos Marco Hern\u00e1ndez, tesorero del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig.<\/p>\n<p>Vocal 3: C\u00e9sar Valcayo Andrino, Secretario del Ayuntamiento de Almorad\u00ed<\/p>\n<p>Vocal 4: una representante de la Generalitat designada por la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local: Josefa Aldeguer Aldeguer, interventora del Ayuntamiento de Mon\u00f3var.<\/p>\n<p>\u2013 Secretario: uno de los vocales designado por la alcaldesa-presidenta: Tom\u00e1s Lomo Casanueva.<\/p>\n<p>Suplentes:<\/p>\n<p>\u2013 Presidente: Manuel Fern\u00e1ndez Arimany, terorero del Ayuntamiento de Crevillent<\/p>\n<p>\u2013 Vocales:<\/p>\n<p>Vocal 1: Judith Gil Grandio, interventora del Ayuntamiento de Las Torres de Cotillas (Murcia)<\/p>\n<p>Vocal 2: Ana Cerd\u00e1 Garc\u00eda, tesorera del Ayuntamiento de Las Torres de Cotillas (Murcia)<\/p>\n<p>Vocal 3: Jos\u00e9 Pedro Alfonso Alonso, psic\u00f3logo municipal<\/p>\n<p>Vocal 4: una representante de la Generalitat designada por la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local: M.\u00aa Dolores S\u00e1nchez Pozo, viceinterventora del Ayuntamiento de El Campello.<\/p>\n<p>\u2013 Secretario: uno de los vocales designado por la alcaldesa-presidenta: Ana Cerd\u00e1 Garc\u00eda.<\/p>\n<p>Tercera. Baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos<\/p>\n<p>No se establecen m\u00e9ritos espec\u00edficos, valor\u00e1ndose \u00fanicamente los m\u00e9ritos generales de preceptiva valoraci\u00f3n establecidos por la Administraci\u00f3n del Estado en el Real decreto 1732\/1994, de 29 de julio y los m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica aprobados por la Generalitat en el Decreto 32\/2013, de 8 de febrero, del Consell, modificado por Decreto 76\/2015, de 22 de mayo (DOGV 7532, 25.05. 2015)<\/p>\n<p>AYUNTAMIENTO: CALLOSA D&#8217;EN SARRI\u00c0<\/p>\n<p>PROVINCIA: ALICANTE<\/p>\n<p>DENOMINACI\u00d3N DEL PUESTO: TESORER\u00cdA<\/p>\n<p>Primera. Objeto<\/p>\n<p>Es objeto de las presentes bases regular la provisi\u00f3n mediante concurso ordinario convocado por Resoluci\u00f3n de la Alcald\u00eda de fecha 20 de diciembre de 2017, del puesto de trabajo reservado a funcionarios de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional siguiente:<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a fecha 31 de diciembre de 2017: es superior a 2.000 habitantes.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Subescala: intervenci\u00f3n-tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: \u2013<\/p>\n<p>Nivel de complemento de destino: 22.<\/p>\n<p>Cuant\u00eda anual del complemento espec\u00edfico: 16.694,44 \u20ac.<\/p>\n<p>Situaci\u00f3n actual: vacante.<\/p>\n<p>Bases aprobadas por resoluci\u00f3n de la Alcald\u00eda de fecha 20 de diciembre de 2017.<\/p>\n<p>Segunda. Tribunal de valoraci\u00f3n<\/p>\n<p>Estar\u00e1 integrado por los siguientes miembros:<\/p>\n<p>Titulares:<\/p>\n<p>\u2013 Presidente: Juan Vicens Salort, arquitecto municipal (funcionario de carrera perteneciente al grupo A1)<\/p>\n<p>Vocales:<\/p>\n<p>Vocal 1: un funcionario de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designado por el alcalde: Antonio S\u00e1nchez Ca\u00f1edo, secretario del Ayuntamiento de Santa Pola (Alicante).<\/p>\n<p>Vocal 2: una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada igualmente por el alcalde: M\u00f3nica Serisola Peir\u00f3, tesorera del Ayuntamiento de D\u00e9nia (Alicante).<\/p>\n<p>Vocal 3: una funcionaria de carrera perteneciente al grupo A1, designada igualmente por el alcalde: Agnes Xelvi P\u00e9rez interventora del Ayuntamiento de Castalla.<\/p>\n<p>Vocal 4: una representante de la Generalitat Valenciana designada por la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local: Consuelo Ferrer Pellicer, interventora del Ayuntamiento de Villajoyosa.<\/p>\n<p>\u2013 Secretario: uno de los vocales designado por el alcalde-presidente: Antonio S\u00e1nchez Ca\u00f1edo.<\/p>\n<p>Suplentes:<\/p>\n<p>\u2013 Presidenta: una funcionaria de carrera perteneciente al grupo A1 o un funcionario de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designado por el alcalde-presidente: Clara Peris Dosda, tesorera del Ayuntamiento de Villajoyosa.<\/p>\n<p>\u2013 Vocales:<\/p>\n<p>Vocal 1: una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada por el alcalde: M.\u00aa Carmen Ribera Barelles, interventora del Ayuntamiento de Muro de Alcoy.<\/p>\n<p>Vocal 2: una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada por el alcalde: Laura Albi\u00f1ana Mic\u00f3,. Interventora del Ayuntamiento de Cocentaina.<\/p>\n<p>Vocal 3: un funcionario de carrera perteneciente al grupo A1, o un funcionario de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado designado igualmente por el alcalde: Manuel Rodes Rives, secretario del Ayuntamiento de Crevillent.<\/p>\n<p>Vocal 4: un representante de la Generalitat Valenciana designado por la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local: Jos\u00e9 Enrique Montblanch Guillen, interventor del Ayuntamiento de Teulada.<\/p>\n<p>\u2013 Secretaria: una de las vocales designada por el alcalde-presidente: Laura Albi\u00f1ana Mic\u00f3, interventora del Ayuntamiento de Cocentaina.<\/p>\n<p>Tercera. Baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos<\/p>\n<p>No se establecen m\u00e9ritos espec\u00edficos, valor\u00e1ndose \u00fanicamente los m\u00e9ritos generales de preceptiva valoraci\u00f3n establecidos por la Administraci\u00f3n del Estado en el Real decreto 1732\/1994, de 29 de julio y los m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica aprobados por la Generalitat en el Decreto 32\/2013, de 8 de febrero, del Consell, modificado por Decreto 76\/2015, de 22 de mayo (DOGV 7532, 25.05. 2015)<\/p>\n<p>AYUNTAMIENTO: COCENTAINA<\/p>\n<p>PROVINCIA: ALICANTE<\/p>\n<p>DENOMINACI\u00d3N DEL PUESTO: TESORER\u00cdA<\/p>\n<p>Primera. Objeto<\/p>\n<p>Es objeto de las presentes bases regular la provisi\u00f3n mediante concurso ordinario convocado por Resoluci\u00f3n de la Alcald\u00eda de fecha 27 de diciembre de 2017, del puesto de trabajo reservado a funcionarios de Administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional siguiente:<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a fecha 31 de diciembre de 2017: es superior a 2.000 habitantes.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Subescala: intervenci\u00f3n-tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: \u2013<\/p>\n<p>Nivel de complemento de destino: 29.<\/p>\n<p>Cuant\u00eda anual del complemento espec\u00edfico: 16.440,48 \u20ac.<\/p>\n<p>Situaci\u00f3n actual: vacante.<\/p>\n<p>Requisito del conocimiento del valenciano: de conformidad con el previsto en la relaci\u00f3n de puestos de trabajo de esta corporaci\u00f3n se establece como requisito para el acceso a esta plaza el conocimiento del valenciano en su Grado Medio (BOP 10.10.2017).<\/p>\n<p>Bases aprobadas por resoluci\u00f3n de la Junta de Gobierno Local delegada de fecha 21 de diciembre de 2017<\/p>\n<p>Segunda. Tribunal de valoraci\u00f3n<\/p>\n<p>Estar\u00e1 integrado por los siguientes miembros:<\/p>\n<p>Titulares:<\/p>\n<p>\u2013 Presidenta: una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del lugar convocado, designada por la alcald\u00eda-presidencia: Encarnaci\u00f3n Mialaret Lahiguera, secretaria Ayuntamiento Cocentaina.<\/p>\n<p>\u2013 Vocales:<\/p>\n<p>Vocal 1: un funcionario de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional perteneciente a la misma subescalera y de igual o superior categor\u00eda que la del lugar convocado, designado por la alcald\u00eda-presidencia: Jos\u00e9 Manuel Pla Just, interventor Ayuntamiento Ontinyent.<\/p>\n<p>Vocal 2: un funcionario de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del lugar convocado, designado igualmente por la alcald\u00eda-presidencia: Jos\u00e9 Alfredo Carbonell Clar\u00ed, tesorero Ayuntamiento Alcoy.<\/p>\n<p>Vocal 3: una funcionaria de carrera perteneciente al grupo A1, designada igualmente por la alcald\u00eda-presidencia: Isabel Silvestre Esteve, t\u00e9cnica administraci\u00f3n general Ayuntamiento de Cocentaina.<\/p>\n<p>Vocal 4: una representante de la Generalitat designada por la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local: Eva Soler Mifsud, interventora del Ayuntamiento de Sax.<\/p>\n<p>\u2013 Secretaria: una de las vocales designada por la alcald\u00eda-presidencia: Isabel Silvestre Esteve.<\/p>\n<p>Suplentes:<\/p>\n<p>\u2013 Presidenta: una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del lugar convocado, designada por la alcald\u00eda-presidencia: Sonia Ferrero Cots, secretaria Ayuntamiento Alcoy.<\/p>\n<p>\u2013 Vocales:<\/p>\n<p>Vocal 1: un funcionario de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional perteneciente a la misma subescalera y de igual o superior categor\u00eda que la del lugar convocado, designado por la alcald\u00eda-presidencia: Luis Gand\u00eda Calabuig, tesorero Ayuntamiento Ontinyent.<\/p>\n<p>Vocal 2: una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del lugar convocado, designada igualmente por la alcald\u00eda-presidencia: Nuria Aparicio Galbis, interventora Ayuntamiento Alcoy.<\/p>\n<p>Vocal 3: una funcionaria de carrera perteneciente al grupo A1 designada igualmente por la alcald\u00eda-presidencia: Maria Milagros Garc\u00eda Navarro, t\u00e9cnica administraci\u00f3n general del Ayuntamiento de Cocentaina.<\/p>\n<p>Vocal 4: un representante de la Generalitat designado por la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local: Jos\u00e9 Antonio Porcar Jover, interventor del Ayuntamiento de Gata de Gorgos.<\/p>\n<p>\u2013 Secretaria: una de las vocales designada por la alcald\u00eda-presidencia: Maria Milagros Garc\u00eda Navarro.<\/p>\n<p>Tercera. Baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de a los m\u00e9ritos generales de preceptiva valoraci\u00f3n establecidos por la Administraci\u00f3n del Estado en el Real decreto 1732\/1994, de 29 de julio, de los m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica regulados en el Decreto 32\/2013, de 8 de febrero, ser\u00e1 aplicable el siguiente baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos que podr\u00e1 llegar hasta 1,5 puntos y que forman parte de la relaci\u00f3n de puestos de trabajo de este ayuntamiento, y han sido objeto de aprobaci\u00f3n por acuerdo plenario.<\/p>\n<p>Se incluyen a continuaci\u00f3n los m\u00e9ritos espec\u00edficos aprobados por este ayuntamiento en la sesi\u00f3n plenaria de fecha 28.09.2017:<\/p>\n<p>1. Aptitudes para el puesto de trabajo:<\/p>\n<p>Se valorar\u00e1 el trabajo desempe\u00f1ado en puestos de trabajo relacionados con la administraci\u00f3n local o que guarden similitud con el contenido t\u00e9cnico del puesto de trabajo convocado, de la siguiente forma:<\/p>\n<p>\u2013 Servicios prestados como funcionario con habilitaci\u00f3n nacional en propiedad, accidental, interino, provisional, en comisi\u00f3n de servicios o acumulado, de acuerdo con la escala siguiente.<\/p>\n<p>En entidades locales de poblaci\u00f3n igual o superior a 10.000 habitantes: 0,10 puntos \/ mes<\/p>\n<p>En entidades locales de presupuesto igual o superior a 9.000.000 euros: 0.10 puntos \/ mes<\/p>\n<p>Cuarta. Valoraci\u00f3n y acreditaci\u00f3n de m\u00e9ritos<\/p>\n<p>1. Todos los m\u00e9ritos deber\u00e1n acreditarse documentalmente o mediante fotocopias debidamente cotejadas<\/p>\n<p>2. No se valorar\u00e1n como m\u00e9rito aquellas titulaciones de valenciano que figuren como requisito para la provisi\u00f3n del puesto de trabajo, ni aquellas que fueran imprescindibles para la consecuci\u00f3n de otros de nivel superior.<\/p>\n<p>3. Los cursos solo se valorar\u00e1n si fueran convocados o organizados por la Universidad, institutos o escuelas oficiales de formaci\u00f3n de funcionarios, u otros entidades o centros docentes p\u00fablicos o privados de los contemplados en la Ley org\u00e1nica 8\/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educaci\u00f3n, cuando hubieran sido homologados por los institutos o escuelas oficiales de formaci\u00f3n de funcionarios o por la universidad.<\/p>\n<p>4. Aquellas actividades de naturaleza diferente a los cursos, tales como jornadas, mesas redondas, encuentros, debates o an\u00e1logas, no podr\u00e1n ser objeto de valoraci\u00f3n. Los seminarios solo se valorar\u00e1n si se acredita que tienen la misma naturaleza y metodolog\u00eda que los cursos.<\/p>\n<p>5. Solo se valorar\u00e1n aquellos m\u00e9ritos obtenidos o computados hasta que finalice el plazo de presentaci\u00f3n de instancias, debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participaci\u00f3n y acreditarse documentalmente.<\/p>\n<p>Quinta. Normativa aplicable<\/p>\n<p>Adem\u00e1s del previsto en las presentes bases, el concurso se regir\u00e1 por el establecido en el art\u00edculo 92 bis.6 dela Ley 27\/2013, de 27 de diciembre, de racionalizaci\u00f3n y sostenibilidad de la Administraci\u00f3n Local, los art\u00edculos 13 y siguientes del Real decreto 1732\/1994, de 29 de julio, el art\u00edculo 172 y siguientes de la Ley 8\/2010, de 23 de junio, de la Generalitat, de R\u00e9gimen Local de la Comunitat Valenciana, el Decreto 32\/2013, de 8 de febrero y en cualquier otra norma del Ministerio de Hacienda y Administraciones P\u00fablicas que regule el presente concurso.<\/p>\n<p>Sexta. Recursos<\/p>\n<p>Las presentes bases podr\u00e1n ser impugnadas en la forma y plazos previstos en la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo com\u00fan de las administraciones p\u00fablicas.<\/p>\n<p>AYUNTAMIENTO: NOVELDA<\/p>\n<p>PROVINCIA: ALICANTE<\/p>\n<p>DENOMINACI\u00d3N DEL PUESTO: TESORER\u00cdA<\/p>\n<p>Primera. Objeto<\/p>\n<p>Es objeto de las presentes bases regular la provisi\u00f3n mediante concurso ordinario convocado por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 26 de enero de 2018, del puesto de trabajo reservado a funcionarios de Administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional siguiente:<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a fecha 31 de diciembre de 2017: es superior a 2.000 habitantes.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Subescala: intervenci\u00f3n-tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: \u2013<\/p>\n<p>Nivel de complemento de destino: 30.<\/p>\n<p>Cuant\u00eda anual del complemento espec\u00edfico: 22.825,68 \u20ac.<\/p>\n<p>Situaci\u00f3n actual: vacante.<\/p>\n<p>Bases aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno local de fecha 26 de enero de 2018.<\/p>\n<p>Segunda. Tribunal de valoraci\u00f3n<\/p>\n<p>Estar\u00e1 integrado por los siguientes miembros:<\/p>\n<p>Titulares:<\/p>\n<p>\u2013 Presidenta: una funcionaria designada por el alcalde: Mar\u00eda Jos\u00e9 Sabater Aracil, t\u00e9cnica de administraci\u00f3n general del Ayuntamiento de Novelda.<\/p>\n<p>\u2013 Vocales:<\/p>\n<p>Una funcionaria de carrera designada por el alcalde: Rosa M. D\u00edez Mach\u00edn, economista del Ayuntamiento de Novelda.<\/p>\n<p>Una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada por el alcalde: Elena Garc\u00eda Mart\u00ednez, interventora del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig.<\/p>\n<p>Un funcionario de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designado por el alcalde: Santiago G\u00f3mez Ferr\u00e1ndiz, interventor del ayuntamiento de Elda.<\/p>\n<p>Un representante de la Generalitat designado por la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local: Daniel Quesada Guerrero, interventor del Ayuntamiento de Guardamar del Segura.<\/p>\n<p>\u2013 Secretaria: Rosa M. D\u00edez Mach\u00edn<\/p>\n<p>Suplentes:<\/p>\n<p>\u2013 Presidenta: una funcionaria designada por el alcalde: M.\u00aa Teresa Amor\u00f3s Ripoll, TAG del Ayuntamiento de Novelda.<\/p>\n<p>\u2013 Vocales:<\/p>\n<p>Una funcionaria de carrera designada por el alcalde: Manuela del Rosario Such, t\u00e9cnica de administraci\u00f3n general del Ayuntamiento de Novelda.<\/p>\n<p>Una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada por el alcalde: Matilde Prieto Cremades, interventora de la Diputaci\u00f3n Provincial de Alicante.<\/p>\n<p>Una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada por el alcalde: Paloma Alfaro Cant\u00f3, Interventora del Ayuntamiento de Aspe.<\/p>\n<p>Un representante de la Generalitat designado por la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local: Juan Jos\u00e9 Garc\u00eda Cano, interventor del Ayuntamiento de Elche<\/p>\n<p>Secretaria: Manuela del Rosario Such.<\/p>\n<p>Tercera. Baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos<\/p>\n<p>No se establecen m\u00e9ritos espec\u00edficos, valor\u00e1ndose \u00fanicamente los m\u00e9ritos generales de preceptiva valoraci\u00f3n establecidos por la Administraci\u00f3n del Estado en el Real decreto 1732\/1994, de 29 de julio y los m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica aprobados por la Generalitat en el Decreto 32\/2013, de 8 de febrero, del Consell, modificado por Decreto 76\/2015, de 22 de mayo (DOGV 7532, 25.05. 2015)<\/p>\n<p>AYUNTAMIENTO: PETRER<\/p>\n<p>PROVINCIA: ALICANTE<\/p>\n<p>DENOMINACI\u00d3N DEL PUESTO: TESORER\u00cdA<\/p>\n<p>Primera. Objeto<\/p>\n<p>Es objeto de las presentes bases regular la provisi\u00f3n mediante concurso ordinario convocado por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 1 de febrero de 2018, del puesto de trabajo reservado a funcionarios de Administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional siguiente:<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a fecha 31 de diciembre de 2017: es superior a 2.000 habitantes.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Subescala: intervenci\u00f3n-tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: \u2013<\/p>\n<p>Nivel de complemento de destino: 30.<\/p>\n<p>Cuant\u00eda anual del complemento espec\u00edfico: 17.020,36 \u20ac.<\/p>\n<p>Situaci\u00f3n actual: vacante.<\/p>\n<p>Bases aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno local de fecha 1 de febrero de 2018.<\/p>\n<p>Segunda. Tribunal de valoraci\u00f3n<\/p>\n<p>Estar\u00e1 integrado por los siguientes miembros:<\/p>\n<p>Titulares:<\/p>\n<p>\u2013 Presidente: Jes\u00fas Puentes Quiles, jefe de la Oficina Jur\u00eddica de Urbanismo del Ayuntamiento de Petrer.<\/p>\n<p>\u2013 Vocales:<\/p>\n<p>Vocal 1: Matilde Prieto Cremades, subescala intervenci\u00f3n-tesorer\u00eda, categor\u00eda superior, y ocupando el puesto de inteventora en la Diputaci\u00f3n Provincial de Alicante.<\/p>\n<p>Vocal 2: Fco. Javier Marcos Oyarzun, subescala secretar\u00eda, categor\u00eda superior y ocupando el puesto de secretario del Ayuntamiento de Petrer.<\/p>\n<p>Vocal 3: Concha de Juan Guti\u00e9rrez Rom\u00e1n, psic\u00f3loga municipal.<\/p>\n<p>Vocal 4: un representante de la Generalitat designado por la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local: Santiago G\u00f3mez Ferrandis, interventor del Ayuntamiento de Elda.<\/p>\n<p>Secretario: uno de los vocales designado por el alcalde-presidente: Fco. Javier Marcos Oyarzun.<\/p>\n<p>Suplentes:<\/p>\n<p>\u2013 Presidente: Rosa Mar\u00eda Delegido Garc\u00eda, pedagoga (A1) del Ayuntamiento de Petrer.<\/p>\n<p>\u2013 Vocales:<\/p>\n<p>Vocal 1: Elena Garc\u00eda Mart\u00ednez, subescala intervenci\u00f3n-tesorer\u00eda, categor\u00eda superior. Ocupando el puesto de tesorera en el Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig.<\/p>\n<p>Vocal 2: Carlos del Nero Lloret, subescala secretar\u00eda, categor\u00eda superior. Ocupando el puesto de secretario en el Ayuntamiento de El Campello.<\/p>\n<p>Vocal 3: Antonio Amor\u00f3s Albert, comisario jefe del Cuerpo de la Polic\u00eda Local del Ayuntamiento de Petrer.<\/p>\n<p>Vocal 4: una representante de la Generalitat designada por la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local: Josefa D. Ribes Ginestar, interventora del Ayuntamiento de J\u00e1vea.<\/p>\n<p>Secretario: uno de los vocales designado por el alcalde-presidente: Antonio Amor\u00f3s Albert.<\/p>\n<p>Tercera. Baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos<\/p>\n<p>No se establecen m\u00e9ritos espec\u00edficos, valor\u00e1ndose \u00fanicamente los m\u00e9ritos generales de preceptiva valoraci\u00f3n establecidos por la Administraci\u00f3n del Estado en el Real decreto 1732\/1994, de 29 de julio y los m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica aprobados por la Generalitat en el Decreto 32\/2013, de 8 de febrero, del Consell, modificado por Decreto 76\/2015, de 22 de mayo (DOGV 7532, 25.05. 2015)<\/p>\n<p>DIPUTACI\u00d3N PROVINCIAL VALENCIA TESORER\u00cdA<\/p>\n<p>DENOMINACI\u00d3N DEL PUESTO: TESORER\u00cdA<\/p>\n<p>Primera. Objeto<\/p>\n<p>Es objeto de las presentes bases regular la provisi\u00f3n mediante concurso ordinario convocado por decreto de la presidencia de la Diputaci\u00f3n Provincial de Valencia de fecha 12 de febrero de 2018, del puesto de trabajo reservado a funcionarios de Administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional siguiente:<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a fecha 31 de diciembre de 2017: es superior a 2.000 habitantes.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Subescala: intervenci\u00f3n-tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: \u2013<\/p>\n<p>Nivel de complemento de destino: 30.<\/p>\n<p>Cuant\u00eda anual del complemento espec\u00edfico: 59.687,46 \u20ac.<\/p>\n<p>Situaci\u00f3n actual: vacante.<\/p>\n<p>Requisito del conocimiento del valenciano: de conformidad con lo previsto en la relaci\u00f3n de puestos de trabajo de esta Diputaci\u00f3n aprobado por el Pleno de 23 de diciembre de 1997 (BOP 26.12.1997), se establece como requisito para el acceso a esta plaza el conocimiento del valenciano en su grado oral, que deber\u00e1 acreditarse mediante certificado expedido por la Junta Qualificadora de Coneixements de Valenci\u00e0.<\/p>\n<p>Bases aprobadas por decreto de la presidencia de la Diputaci\u00f3n Provincial de Valencia de fecha 12 de febrero de 2018.<\/p>\n<p>Segunda. Tribunal de valoraci\u00f3n<\/p>\n<p>Estar\u00e1 integrado por los siguientes miembros:<\/p>\n<p>Titulares<\/p>\n<p>\u2013 Presidente: Juan Manuel Olmo Saez, jefe de Servicio de Personal de la Diputaci\u00f3n de Valencia.<\/p>\n<p>\u2013 Vocales:<\/p>\n<p>Vocal 1: Vicente Boquera Matarredona, secretario general de la Diputaci\u00f3n de Valencia.<\/p>\n<p>Vocal 2: Ramon Brull Mandingorra, interventor municipal del Ayuntamiento de Val\u00e8ncia.<\/p>\n<p>Vocal 3: Alberto Jos\u00e9 Roche Garcia, tesorero del Ayuntamiento de Val\u00e8ncia.<\/p>\n<p>Vocal 4: una representante de la Generalitat designada por la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local: M.\u00aa Dolores Miralles Ric\u00f3s, interventora del Ayuntamiento de Burjassot.<\/p>\n<p>Secretario: Vicente Boquera Matarredona, secretario general de la Diputaci\u00f3n de Valencia.<\/p>\n<p>Suplentes:<\/p>\n<p>\u2013 Presidenta: M.\u00aa Angeles Mut Sanchis, jefa de Servicio de Contrataci\u00f3n y Suministros de la Diputaci\u00f3n de Valencia.<\/p>\n<p>\u2013 Vocales:<\/p>\n<p>Vocal 1: Juan Jim\u00e9nez Hern\u00e1ndiz, oficial mayor de la Diputaci\u00f3n de Valencia.<\/p>\n<p>Vocal 2: Eva M.\u00aa Espinosa Rosell\u00f3, vicetesorera del Ayuntamiento de Val\u00e8ncia.<\/p>\n<p>Vocal 3: M.\u00aa Jos\u00e9 L\u00f3pez Campos, tesorera del Ayuntamiento de Sueca.<\/p>\n<p>Vocal 4: un representante de la Generalitat designado por la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local, M.\u00aa Carmen Aparisi Aparisi, interventora del Ayuntamiento de Torrent.<\/p>\n<p>\u2013 Secretario: Juan Jim\u00e9nez Hern\u00e1ndiz, oficial mayor de la Diputaci\u00f3n de Valencia.<\/p>\n<p>Tercera. Baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de los m\u00e9ritos generales de preceptiva valoraci\u00f3n establecidos por la Administraci\u00f3n del Estado en el Real decreto 1732\/1994, de 29 de julio, de los m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica regulados en el Decreto 32\/2013, de 8 de febrero, ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n el siguiente baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos que podr\u00e1 alcanzar hasta 1,5 puntos que han sido objeto de aprobaci\u00f3n por acuerdo plenario, de fecha 30 de enero de 2018.<\/p>\n<p>Experiencia profesional: (hasta un m\u00e1ximo de 1,5 puntos):<\/p>\n<p>Por servicios prestados en puestos de Intervenci\u00f3n o Tesorer\u00eda, en virtud de nombramiento efectuado por la autoridad competente, mediante cualquiera de las f\u00f3rmulas de provisiones de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional (ya sea en con car\u00e1cter definitivo, provisional, comisi\u00f3n de servicios o acumulaci\u00f3n) en diputaciones provinciales: 0,10 puntos por mes completo de servicios.<\/p>\n<p>Cuarta. Valoraci\u00f3n y acreditaci\u00f3n de m\u00e9ritos<\/p>\n<p>La experiencia profesional se acreditar\u00e1 mediante el certificado original o compulsado de la correspondiente diputaci\u00f3n provincial, expedido por el secretario y visado por el presidente, en el que consten todos los extremos que han de ser tenidos en cuenta para la valoraci\u00f3n. Tambi\u00e9n se podr\u00e1 acreditar mediante la presentaci\u00f3n de Certificaci\u00f3n de Servicios original o compulsada expedida por el \u00f3rgano competente del Ministerio de Hacienda y Funci\u00f3n P\u00fablica.<\/p>\n<p>Solo se valorar\u00e1n aquellos m\u00e9ritos obtenidos o computados hasta la fecha en que finalice el plazo de presentaci\u00f3n de instancias, debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participaci\u00f3n y acreditarse documentalmente.<\/p>\n<p>Quinta. Normativa aplicable<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de lo previsto en las presentes bases, el concurso se regir\u00e1 por lo establecido en el art\u00edculo 92 bis.6 de la Ley 7\/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del r\u00e9gimen local, recogido en la Ley 27\/2013, de 27 de diciembre, de racionalizaci\u00f3n y sostenibilidad de la Administraci\u00f3n local, los art\u00edculos 13 y siguientes del Real decreto 1732\/1994, de 29 de julio, el art\u00edculo 172 y siguientes de la Ley 8\/2010, de 23 de junio, de la Generalitat, de R\u00e9gimen Local de la Comunitat Valenciana, el Decreto 32\/2013, de 8 de febrero y en cualquier otra norma del Ministerio de Hacienda y Administraciones P\u00fablicas que regule el presente concurso.<\/p>\n<p>Sexta. Recursos<\/p>\n<p>Las presentes bases podr\u00e1n ser impugnadas en la forma y plazos previstos en la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo com\u00fan de las administraciones p\u00fablicas<\/p>\n<p>AYUNTAMIENTO: CALLOSA D&#8217;EN SARRI\u00c0<\/p>\n<p>PROVINCIA: ALICANTE<\/p>\n<p>DENOMINACI\u00d3N DEL PUESTO: SECRETAR\u00cdA DE CLASE SEGUNDA<\/p>\n<p>Primera. Objeto<\/p>\n<p>Es objeto de las presentes bases regular la provisi\u00f3n mediante concurso ordinario convocado por resoluci\u00f3n de la alcald\u00eda de fecha 20 de diciembre de 2017, del puesto de trabajo reservado a funcionarios de Administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional siguiente:<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a fecha 31 de diciembre de 2017: es superior a 2.000 habitantes.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: secretaria, de clase segunda.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: entrada.<\/p>\n<p>Nivel de complemento de destino: 22.<\/p>\n<p>Cuant\u00eda anual del complemento espec\u00edfico: 17.744,16 \u20ac.<\/p>\n<p>Situaci\u00f3n actual: vacante.<\/p>\n<p>Requisito del conocimiento del valenciano: de conformidad con lo previsto en el cat\u00e1logo de puestos de trabajo de esta Corporaci\u00f3n se establece como requisito para el acceso a esta plaza el conocimiento del valenciano en su grado Medio (BOP 24.01.2017).<\/p>\n<p>Bases aprobadas por resoluci\u00f3n de la alcald\u00eda de fecha 20 de diciembre de 2017.<\/p>\n<p>Segunda: Tribunal de valoraci\u00f3n<\/p>\n<p>Estar\u00e1 integrado por los siguientes miembros:<\/p>\n<p>Titulares:<\/p>\n<p>\u2013 Presidente: Juan Vicens Salort, arquitecto municipal (funcionario de carrera perteneciente al grupo A1)<\/p>\n<p>\u2013 Vocales:<\/p>\n<p>Vocal 1: un funcionario de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designado por el alcalde: Antonio S\u00e1nchez Ca\u00f1edo, secretario del Ayuntamiento de Santa Pola (Alicante).<\/p>\n<p>Vocal 2: una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada igualmente por el alcalde: Agn\u00e8s Xelvi P\u00e9rez, interventora del Ayuntamiento de Castalla.<\/p>\n<p>Vocal 3: una funcionaria de carrera perteneciente al grupo A1, designada igualmente por el alcalde: Encarnaci\u00f3n Mialaret Lahiguera, secretaria del Ayuntamiento de Cocentaina.<\/p>\n<p>Vocal 4: un representante de la Generalitat Valenciana designado por la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local, Noem\u00ed Briones Vilar, secretaria del Ayuntamiento de Sax.<\/p>\n<p>\u2013 Secretario: uno de los vocales designado por el alcalde-presidente: Antonio S\u00e1nchez Ca\u00f1edo.<\/p>\n<p>Suplentes:<\/p>\n<p>\u2013 Presidenta: una funcionaria de carrera perteneciente al grupo A1 o un funcionario de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada por el alcalde-presidente; Esther P\u00e9rez Andr\u00e9s, secretaria del Ayuntamiento de Muro de Alcoy.<\/p>\n<p>\u2013 Vocales:<\/p>\n<p>Vocal 1: un funcionario de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designado por el alcalde: Antonio A. Cano G\u00f3mez, secretario del Ayuntamiento de Pinoso.<\/p>\n<p>Vocal 2: un funcionario de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designado por el alcalde: Manuel Rodes Rives, secretario del Ayuntamiento de Crevillent.<\/p>\n<p>Vocal 3: una funcionaria de carrera perteneciente al grupo A1, o una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado designada igualmente por el alcalde: Beatriz Selma Penalva, secretaria del Ayuntamiento de Pilar de la Horadada.<\/p>\n<p>Vocal 4: un representante de la Generalitat Valenciana designado por la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local, Antonio Fuentes Murcia, secretario del Ayuntamiento de Polop (Alicante)<\/p>\n<p>\u2013 Secretario:uno de los vocales designado por el alcalde-presidente: Manuel Rodes Rives.<\/p>\n<p>Tercera. Baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de los m\u00e9ritos generales de preceptiva valoraci\u00f3n establecidos por la Administraci\u00f3n del Estado en el Real decreto 1732\/1994, de 29 de julio, de los m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica regulados en el Decreto 32\/2013, de 8 de febrero, ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n el siguiente baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos que podr\u00e1 alcanzar hasta 1,5 puntos y que forman parte del cat\u00e1logo de puestos de trabajo de este Ayuntamiento, o que han sido objeto de aprobaci\u00f3n por acuerdo plenario.<\/p>\n<p>Se incluyen a continuaci\u00f3n los m\u00e9ritos espec\u00edficos aprobados por el Pleno del Ayuntamiento en sesi\u00f3n plenaria de fecha 22.12.2016.<\/p>\n<p>1. Por estar en posesi\u00f3n del t\u00edtulo acreditativo del grado superior de conocimientos del valenciano, expedido por la Junta Qualificadora de Coneixements de Valenci\u00e0 o equivalente: 1,00 puntos.<\/p>\n<p>2. Por haber realizado cursos impartidos por universidades o escuelas oficiales de formaci\u00f3n de funcionarios (IVASP, IVAP u otras) u homologados por estos, relativos a la Auditor\u00eda de Gesti\u00f3n del Sector P\u00fablico de m\u00e1s de 50 horas y hasta 100 h: 10 puntos;<\/p>\n<p>de m\u00e1s de 100 horas: 0,20 puntos.<\/p>\n<p>Por este apartado se podr\u00e1 obtener un m\u00e1ximo de 0,30 puntos.<\/p>\n<p>3. Por haber realizado otros cursos, tambi\u00e9n impartidos por universidades o escuelas oficiales de formaci\u00f3n de funcionarios y homologados por estas, o publicaciones en revistas y diarios profesionales:<\/p>\n<p>Por cada curso o publicaci\u00f3n: 0,10 puntos.<\/p>\n<p>Hasta un m\u00e1ximo de: 0,20 puntos.<\/p>\n<p>Cuarta. Valoraci\u00f3n y acreditaci\u00f3n de m\u00e9ritos<\/p>\n<p>1. Todos los m\u00e9ritos deber\u00e1n acreditarse documentalmente o mediante fotocopias debidamente cotejadas.<\/p>\n<p>2. No se valorar\u00e1n como m\u00e9rito aquellas titulaciones de valenciano que figurasen como requisito para la provisi\u00f3n del puesto de trabajo, ni aquellas que fueran imprescindibles para la consecuci\u00f3n de otras de nivel superior.<\/p>\n<p>3. Los cursos solo se valorar\u00e1n si fueron convocados u organizados por la Universidad, institutos o escuelas oficiales de formaci\u00f3n de funcionarios, u otras entidades o centros docentes p\u00fablicos o privados de los contemplados en la Ley org\u00e1nica 8\/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educaci\u00f3n, cuando hubiesen sido homologados por los institutos o escuelas oficiales de formaci\u00f3n de funcionarios o por la Universidad.<\/p>\n<p>4. Aquellas actividades de naturaleza diferente a los cursos, tales como jornadas, mesas redondas, encuentros, debates o an\u00e1logas, no podr\u00e1n ser objeto de valoraci\u00f3n. Los seminarios solo se valorar\u00e1n si se acredita que tienen la misma naturaleza y metodolog\u00eda que los cursos.<\/p>\n<p>5. S\u00f3lo se valorar\u00e1n aquellos m\u00e9ritos obtenidos o computados hasta la fecha en que finalice el plazo de presentaci\u00f3n de instancias, debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participaci\u00f3n y acreditarse documentalmente.<\/p>\n<p>Quinta. Normativa aplicable<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de lo previsto en las presentes bases, el concurso se regir\u00e1 por lo establecido en el art\u00edculo 92 bis.6 de la Ley 27\/2013, de 27 de diciembre, de racionalizaci\u00f3n y sostenibilidad de la administraci\u00f3n Local, los art\u00edculos 13 y siguientes del Real decreto 1732\/1994, de 29 de julio, el art\u00edculo 172 y siguientes de la Ley 8\/2010, de 23 de junio, de la Generalitat, de R\u00e9gimen Local de la Comunitat Valenciana, el Decreto 32\/2013, de 8 de febrero y en cualquier otra norma del Ministerio de Hacienda y administraciones P\u00fablicas que regule el presente concurso.<\/p>\n<p>Sexta. Recursos<\/p>\n<p>Las presentes bases podr\u00e1n ser impugnadas en la forma y plazos previstos en la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo com\u00fan de las administraciones p\u00fablicas<\/p>\n<p>AYUNTAMIENTO: MON\u00d3VAR<\/p>\n<p>PROVINCIA: ALICANTE<\/p>\n<p>DENOMINACI\u00d3N DEL PUESTO:SECRETAR\u00cdA DE CLASE SEGUNDA<\/p>\n<p>Primera. Objeto<\/p>\n<p>Es objeto de las presentes bases regular la provisi\u00f3n mediante concurso ordinario convocado por Decreto de la Alcald\u00eda de la Corporaci\u00f3n de fecha 9 de febrero de 2018, del puesto de trabajo reservado a funcionarios de Administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional siguiente:<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a fecha 31 de diciembre de 2017: es superior a 2.000 habitantes.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Secretar\u00eda de clase segunda.<\/p>\n<p>Subescala: secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: entrada.<\/p>\n<p>Nivel de complemento de destino: 26.<\/p>\n<p>Cuant\u00eda anual del complemento espec\u00edfico: 6.298,45 euros.<\/p>\n<p>Situaci\u00f3n actual: vacante.<\/p>\n<p>Bases aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de la corporaci\u00f3n de fecha 9 de febrero de 2018.<\/p>\n<p>Segunda. Tribunal de valoraci\u00f3n<\/p>\n<p>Estar\u00e1 integrado por los siguientes miembros:<\/p>\n<p>Titulares:<\/p>\n<p>\u2013 Presidente: Noem\u00ed Briones Vilar, secretaria del Ayuntamiento Sax.<\/p>\n<p>\u2013 Vocales:<\/p>\n<p>Vocal 1. Manuel Rodes Rives, secretario del Ayuntamiento de Crevillent.<\/p>\n<p>Vocal 2. Olga Pino D\u00edez, secretaria del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig.<\/p>\n<p>Vocal 3. Soledad Meg\u00edas Roca, secretar\u00eda-interventora del Ayuntamiento de Biar.<\/p>\n<p>Vocal 4. Un representante de la Generalitat designada por la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local, Antonio A. Cano G\u00f3mez, secretario del Ayuntamiento de Pinoso.<\/p>\n<p>\u2013 Secretario: Manuel Rodes Rives, secretario del Ayuntamiento de Crevillent.<\/p>\n<p>Suplentes:<\/p>\n<p>\u2013 Presidenta: Josefa Aldeguer Aldeguer, interventora del Ayuntamiento de Mon\u00f3var.<\/p>\n<p>\u2013 Vocales:<\/p>\n<p>Vocal 1. Carlos del Nero Lloret, secretario del Ayuntamiento de El Campello.<\/p>\n<p>Vocal 2. Amparo Palomares P\u00e9rez, t\u00e9cnica de administraci\u00f3n general del Ayuntamiento de Novelda.<\/p>\n<p>Vocal 3. Miguel Olivares Guilabert, secretario del Ayuntamiento de Agost.<\/p>\n<p>Vocal 4. Un representante de la Generalitat, designado por la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local, Jos\u00e9 M. Ricoy Riego, vicesecretario del Ayuntamiento de Elda<\/p>\n<p>\u2013 Secretario: Carlos del Nero Lloret, secretario del Ayuntamiento de El Campello<\/p>\n<p>Tercera. Baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos<\/p>\n<p>No se establecen m\u00e9ritos espec\u00edficos, valor\u00e1ndose \u00fanicamente los m\u00e9ritos generales de preceptiva valoraci\u00f3n establecidos por la Administraci\u00f3n del Estado en el Real decreto 1732\/1994, de 29 de julio y los m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica aprobados por la Generalitat en el Decreto 32\/2013, de 8 de febrero, del Consell, modificado por Decreto 76\/2015, de 22 de mayo (DOGV 7532, 25.05. 2015)<\/p>\n<p>AYUNTAMIENTO: ONIL<\/p>\n<p>PROVINCIA: ALICANTE<\/p>\n<p>DENOMINACI\u00d3N DEL PUESTO:SECRETAR\u00cdA DE CLASE SEGUNDA<\/p>\n<p>Primera. Objeto<\/p>\n<p>Es objeto de las presentes bases regular la provisi\u00f3n mediante concurso ordinario convocado por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 23 de enero de 2018, del puesto de trabajo reservado a funcionarios de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional siguiente:<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a fecha 31 de diciembre de 2017: es superior a 2.000 habitantes.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Secretar\u00eda de clase segunda.<\/p>\n<p>Subescala: secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: entrada.<\/p>\n<p>Nivel de complemento de destino: 28.<\/p>\n<p>Cuant\u00eda anual del complemento espec\u00edfico: 17.862,00 euros (12 mensualidades).<\/p>\n<p>Situaci\u00f3n actual: vacante.<\/p>\n<p>Requisito del conocimiento del valenciano: de conformidad con lo previsto en la relaci\u00f3n de puestos de trabajo de esta Corporaci\u00f3n se establece como requisito para el acceso a esta plaza el conocimiento del valenciano en su grado 1 oral (BOP 271, 26.11.2005). Se acreditar\u00e1 mediante el certificado expedido por la Junta Qualificadora de Coneixements de Valenci\u00e0.<\/p>\n<p>Bases aprobadas por la Junta de Gobierno Local de la corporaci\u00f3n de fecha 23 de enero de 2018.<\/p>\n<p>Segunda. Tribunal de valoraci\u00f3n<\/p>\n<p>Estar\u00e1 integrado por los siguientes miembros:<\/p>\n<p>Titulares:<\/p>\n<p>\u2013 Presidente: un funcionario de carrera perteneciente al grupo A1 o un funcionario de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designado por la alcaldesa-presidenta: Jos\u00e9 Manuel Baeza Mench\u00f3n, vicesecretario de la Diputaci\u00f3n Provincial de Alicante.<\/p>\n<p>\u2013 Vocales:<\/p>\n<p>Vocal 1: una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada igualmente por la alcaldesa-presidenta: Esther P\u00e9rez Andr\u00e9s, secretaria del Ayuntamiento de Muro de Alcoy.(Alicante).<\/p>\n<p>Vocal 2: una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada igualmente por la alcaldesa-presidenta: Noem\u00ed Briones Vilar, secretaria del Ayuntamiento de Sax. (Alicante).<\/p>\n<p>Vocal 3: un funcionario de carrera perteneciente al grupo A1 o un funcionario de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designado igualmente por la alcaldesa -presidenta: Javier Mart\u00ednez Hell\u00edn, vicesecretario del Ayuntamiento de Onil (Alicante).<\/p>\n<p>Vocal 4: un representante de la Generalitat designado por la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local, Sonia Ferrero Cots, secretaria del Ayuntamiento de Alcoy.<\/p>\n<p>\u2013 Secretario: uno de los vocales designado por la alcaldesa-presidenta: Javier Mart\u00ednez Hell\u00edn.<\/p>\n<p>Suplentes:<\/p>\n<p>\u2013 Presidente: un funcionario de carrera perteneciente al grupo A1 o un funcionario de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designado por la alcaldesa-presidenta: Federico L\u00f3pez \u00c1lvarez, secretario del Ayuntamiento de Elda (Alicante).<\/p>\n<p>\u2013 Vocales:<\/p>\n<p>Vocal 1: un funcionario de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional perteneciente a la misma subescala y de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designado por la alcaldesa-presidenta: Manuel Rodes Rives, secretario del Ayuntamiento de Crevillente (Alicante).<\/p>\n<p>Vocal 2: una funcionaria de carrera perteneciente al grupo A1 o un funcionario de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado: Encarna Mialaret Lahiguera, secretaria del Ayuntamiento de Cocentaina (Alicante).<\/p>\n<p>Vocal 3: una funcionaria de carrera perteneciente al grupo A1, Beatriz Fern\u00e1ndez Vega interventora del ayuntamiento de Onil (Alicante).<\/p>\n<p>Vocal 4: un representante de la Generalitat designado por la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local: Javier Maci\u00e1 Hernandez, vicesecretario del Ayuntamiento de Aspe.<\/p>\n<p>\u2013 Secretaria: una de las vocales designada por la alcaldesa-presidenta: Beatriz Fern\u00e1ndez Vega.<\/p>\n<p>Tercera. Baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de los m\u00e9ritos generales de preceptiva valoraci\u00f3n establecidos por la Administraci\u00f3n del Estado en el Real decreto 1732\/1994, de 29 de julio, de los m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica regulados en el Decreto 32\/2013, de 8 de febrero, ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n el siguiente baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos que podr\u00e1 alcanzar hasta 1,5 puntos, aprobados por la Junta de Gobierno Local en fecha 23 de enero de 2018 y ratificados por acuerdo plenario del Ayuntamiento de Onil en fecha 6 de febrero de 2018.<\/p>\n<p>1. Aptitudes para el puesto de trabajo: se valorar\u00e1 el trabajo desarrollado en puestos de trabajo relacionados con la Administraci\u00f3n local o que guarden similitud con el contenido t\u00e9cnico del puesto convocado seg\u00fan el detalle siguiente: servicios efectivamente prestados como funcionario con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter Nacional, subescala de Secretar\u00eda, en propiedad, provisional o en comisi\u00f3n de servicios en Ayuntamientos: 0,10 puntos por mes de servicio efectivo en puestos de Secretar\u00eda hasta un m\u00e1ximo de 1,00 punto.<\/p>\n<p>2. Por haber realizado cursos impartidos por universidades o escuelas oficiales de formaci\u00f3n de funcionarios (IVASP, IVAP u otras) u homologados por estos, relativos a la auditor\u00eda de gesti\u00f3n del sector p\u00fablico:<\/p>\n<p>\u2013 De m\u00e1s de 50 horas y hasta 100 h: 0,10 puntos.<\/p>\n<p>\u2013 De m\u00e1s de 100 horas: 0,20 puntos.<\/p>\n<p>Por este apartado se podr\u00e1 obtener un m\u00e1ximo de 0,30 puntos.<\/p>\n<p>3. Por haber realizado otros cursos tambi\u00e9n impartidos por universidades o escuelas oficiales de formaci\u00f3n de funcionarios y homologados por estas, o publicaciones en revistas y diarios profesionales: por cada curso o publicaci\u00f3n: 0,10 puntos, hasta un m\u00e1ximo de 0,20 puntos.<\/p>\n<p>Cuarta. Valoraci\u00f3n y acreditaci\u00f3n de m\u00e9ritos<\/p>\n<p>1. Todos los m\u00e9ritos se han de acreditar documentalmente o mediante fotocopias debidamente compulsadas.<\/p>\n<p>2. No se valoraran como m\u00e9rito aquellas titulaciones de valenciano que figuren como requisito para la provisi\u00f3n del puesto de trabajo, ni aquellas que fueran imprescindibles para la consecuci\u00f3n de otras de nivel superior.<\/p>\n<p>3. Los cursos \u00fanicamente se valorar\u00e1n si fueran convocados u organizados por la Universidad, institutos o escuelas oficiales de formaci\u00f3n de funcionarios, u otras entidades o centros docentes p\u00fablicos o privados de los contemplados en la Ley org\u00e1nica 8\/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educaci\u00f3n, cuando hayan sido homologados por los institutos o escuelas oficiales de formaci\u00f3n de funcionarios o por la Universidad.<\/p>\n<p>4. Las actividades de naturaleza diferente a los cursos, como jornadas, mesas redondas, encuentros, debates o an\u00e1logos, no pueden ser objeto de valoraci\u00f3n. Los seminarios solamente se valorar\u00e1n si se acredita que tienen la misma naturaleza y metodologia que los cursos.<\/p>\n<p>5. \u00danicamente se valorar\u00e1n aquellos m\u00e9ritos obtenidos o realizados hasta la fecha en que finalice el `plazo de presentaci\u00f3n de solicitudes, y es necesario que se relacionen siempre en la solicitud de participaci\u00f3n y se acrediten documentalmente.<\/p>\n<p>Quinta. Normativa aplicable<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de lo previsto en las presentes bases, el concurso se regir\u00e1 por lo establecido en el art\u00edculo 92 bis.6 de la Ley 27\/2013, de 27 de diciembre, de racionalizaci\u00f3n y sostenibilidad de la Administraci\u00f3n local, los art\u00edculos 13 y siguientes del Real decreto 1732\/1994, de 29 de julio, el art\u00edculo 172 y siguientes de la Ley 8\/2010, de 23 de junio, de la Generalitat, de R\u00e9gimen Local de la Comunitat Valenciana, el Decreto 32\/2013, de 8 de febrero y en cualquier otra norma del Ministerio de Hacienda y Administraciones P\u00fablicas que regule el presente concurso.<\/p>\n<p>Sexta. Recursos<\/p>\n<p>Las presentes bases podr\u00e1n ser impugnadas en la forma y plazos previstos en la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo com\u00fan de las administraciones p\u00fablicas.<\/p>\n<p>AYUNTAMIENTO: CANET D&#8217;EN BERENGUER<\/p>\n<p>PROVINCIA: VALENCIA<\/p>\n<p>DENOMINACI\u00d3N DEL PUESTO: SECRETAR\u00cdA DE CLASE SEGUNDA<\/p>\n<p>Primera. Objeto<\/p>\n<p>Es objeto de las presentes bases regular la provisi\u00f3n mediante concurso ordinario convocado por Acuerdo de la Alcald\u00eda de fecha 9 de febrero de 2018, del puesto de trabajo reservado a funcionarios de Administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional siguiente:<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a fecha 31 de diciembre de 2017: es superior a 2.000 habitantes.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Secretar\u00eda de clase segunda.<\/p>\n<p>Subescala: secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: entrada.<\/p>\n<p>Nivel de complemento de destino: 30.<\/p>\n<p>Cuant\u00eda anual del complemento espec\u00edfico: 40.623,24 euros.<\/p>\n<p>Situaci\u00f3n actual: vacante.<\/p>\n<p>Requisito del conocimiento del valenciano: de conformidad con lo previsto en la relaci\u00f3n de puestos de trabajo de esta Corporaci\u00f3n se establece como requisito para el acceso a esta plaza el conocimiento del valenciano en su grado medio (BOP 34, 16.02.2018). Se acreditar\u00e1 mediante el certificado expedido por la Junta Qualificadora de Coneixements de Valenci\u00e0.<\/p>\n<p>Bases aprobadas por la acuerdo de la Alcald\u00eda de fecha 9 de febrero de 2018.<\/p>\n<p>Segunda. Tribunal de valoraci\u00f3n<\/p>\n<p>Estar\u00e1 integrado por los siguientes miembros:<\/p>\n<p>Titulares:<\/p>\n<p>\u2013 Presidente: un funcionario o funcionaria de carrera perteneciente al grupo A1 o un funcionario de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designado por la alcald\u00eda-presidencia: Jos\u00e9 Antonio Valenzuela Peral, Iiterventor del Ayuntamiento de Quart de Poblet.<\/p>\n<p>\u2013 Vocales:<\/p>\n<p>Vocal 1: una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional perteneciente a la misma subescala y de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada por la alcald\u00eda-presidencia: Paz Zaragoz\u00e1 Campos, secretaria del Ayuntamiento de Silla.<\/p>\n<p>Vocal 2: una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada igualmente por la alcald\u00eda-presidencia: Marta Belda Mart\u00ednez, Vicesecretaria del Ayuntamiento de Alaqu\u00e1s.<\/p>\n<p>Vocal 3: un funcionario de carrera perteneciente al grupo A1 o un funcionario de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada igualmente por la alcald\u00eda-presidencia: Ismael Boronet Castel, t\u00e9cnico de administraci\u00f3n general del Ayuntamiento de Benaguasil.<\/p>\n<p>Vocal 4: Una representante de la Generalitat designada por la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local, M.\u00aa Luz Roncero Richarte, secretaria del Ayuntamiento de La Pobla de Farnals.<\/p>\n<p>Secretaria: una de las vocales designada por la alcald\u00eda-presidencia: Paz Zaragoz\u00e1 Campos, Secretaria del Ayuntamiento de Silla.<\/p>\n<p>Suplentes:<\/p>\n<p>\u2013 Presidenta: una funcionaria de carrera perteneciente al grupo A1 o una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada por la alcald\u00eda-presidencia: Manuela Montero Mouriz, Interventora del Ayuntamiento de Silla.<\/p>\n<p>\u2013 Vocales:<\/p>\n<p>Vocal 1: Un funcionario de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional perteneciente a la misma subescala y de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designado por la alcald\u00eda-presidencia: Jos\u00e9 Eduardo Llavata Gasc\u00f3, Secretario del Ayuntamiento de Quart de Poblet.<\/p>\n<p>Vocal 2: Una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada igualmente por la alcald\u00eda-presidencia: Isabel Poquet Jornet, Interventora del Ayuntamiento de Massanassa.<\/p>\n<p>Vocal 3: Una funcionaria de carrera perteneciente al grupo A1 o funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada igualmente por la alcald\u00eda-presidencia: Concepci\u00f3n Ramada Sabater, t\u00e9cnica de administraci\u00f3n general del Ayuntamiento de Benaguasil.<\/p>\n<p>Vocal 4: Un representante de la Generalitat designado por la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local, Joaqu\u00edn Ribes Valero, secretario del Ayuntamiento de Meliana.<\/p>\n<p>\u2013 Secretario: uno de los vocales designado por la alcald\u00eda-presidencia, Jos\u00e9 Eduardo Llavata Gasc\u00f3, Secretario del Ayuntamiento de Quart de Poblet.<\/p>\n<p>Tercera. Baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de los m\u00e9ritos generales de preceptiva valoraci\u00f3n establecidos por la Administraci\u00f3n del Estado en el Real decreto 1732\/1994, de 29 de julio, de los m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica regulados en el Decreto 32\/2013, de 8 de febrero, ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n el siguiente baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos que podr\u00e1 alcanzar hasta 1,5 puntos y que forman parte de la relaci\u00f3n de puestos de trabajo de este ayuntamiento, o que han sido objeto de aprobaci\u00f3n por acuerdo plenario.<\/p>\n<p>Se incluyen a continuaci\u00f3n los m\u00e9ritos espec\u00edficos aprobados por este ayuntamiento en la sesi\u00f3n plenaria de fecha 1 de febrero de 2018:<\/p>\n<p>1. Conocimiento del valenciano. M\u00e1ximo 0,5 puntos.<\/p>\n<p>\u2013 Por acreditar estar en posesi\u00f3n del Certificado de Conocimientos del Valenciano en su Grado Superior, expedido por la Junta Qualificadora de Coneixements de Valenci\u00e0 o equivalente. 0,25 puntos.<\/p>\n<p>\u2013 Por acreditar estar en posesi\u00f3n del Certificado Oficial de Capacitaci\u00f3n T\u00e9cnica Llenguatge Administratiu, expedido por la Junta Qualificadora de Coneixements de Valenci\u00e0 o equivalente. 0,25 puntos.<\/p>\n<p>2. Por haber realizado cursos superiores o m\u00e1sters equivalentes impartidos por universidades o escuelas oficiales de formaci\u00f3n de funcionarios, relativos a la direcci\u00f3n y gesti\u00f3n p\u00fablica local. M\u00e1ximo 1 punto.<\/p>\n<p>\u2013 De m\u00e1s de 250 horas: 1 punto.<\/p>\n<p>\u2013 De m\u00e1s de 150 horas y hasta 250 horas: 0,5 puntos.<\/p>\n<p>\u2013 De m\u00e1s de 75 horas y hasta 150 horas: 0,25 puntos.<\/p>\n<p>En el supuesto de que as\u00ed lo considere el Tribunal, se proceder\u00e1 a la realizaci\u00f3n de una entrevista a los candidatos a los efectos de concreci\u00f3n y aclaraciones de los m\u00e9ritos espec\u00edficos.<\/p>\n<p>Cuarta. Valoraci\u00f3n y acreditaci\u00f3n de m\u00e9ritos<\/p>\n<p>1. Todos los m\u00e9ritos deber\u00e1n acreditarse documentalmente o mediante fotocopias debidamente cotejadas.<\/p>\n<p>2. No se valorar\u00e1n como m\u00e9rito aquellas titulaciones de valenciano que figurasen como requisito para la provisi\u00f3n del puesto de trabajo, ni aquellas que fueran imprescindibles para la consecuci\u00f3n de otras de nivel superior.<\/p>\n<p>3. Los cursos solo se valorar\u00e1n si fueron convocados u organizados por la Universidad, institutos o escuelas oficiales de formaci\u00f3n de funcionarios, u otras entidades o centros docentes p\u00fablicos o privados de los contemplados en la Ley org\u00e1nica 8\/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educaci\u00f3n, cuando hubiesen sido homologados por los institutos o escuelas oficiales de formaci\u00f3n de funcionarios o por la universidad.<\/p>\n<p>4. Aquellas actividades de naturaleza diferente a los cursos, tales como jornadas, mesas redondas, encuentros, debates o an\u00e1logas, no podr\u00e1n ser objeto de valoraci\u00f3n. Los seminarios solo se valorar\u00e1n si se acredita que tienen la misma naturaleza y metodolog\u00eda que los cursos.<\/p>\n<p>5. S\u00f3lo se valorar\u00e1n aquellos m\u00e9ritos obtenidos o computados hasta la fecha en que finalice el plazo de presentaci\u00f3n de instancias, debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participaci\u00f3n y acreditarse documentalmente.<\/p>\n<p>Quinta. Normativa aplicable<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de lo previsto en las presentes bases, el concurso se regir\u00e1 por lo establecido en el art\u00edculo 92 bis.6 de la Ley 27\/2013, de 27 de diciembre, de racionalizaci\u00f3n y sostenibilidad de la Administraci\u00f3n local, los art\u00edculos 13 y siguientes del Real decreto 1732\/1994, de 29 de julio, el art\u00edculo 172 y siguientes de la Ley 8\/2010, de 23 de junio, de la Generalitat, de R\u00e9gimen Local de la Comunitat Valenciana, el Decreto 32\/2013, de 8 de febrero y en cualquier otra norma del Ministerio de Hacienda y Administraciones P\u00fablicas que regule el presente concurso.<\/p>\n<p>Sexta. Recursos<\/p>\n<p>Las presentes bases podr\u00e1n ser impugnadas en la forma y plazos previstos en la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo com\u00fan de las administraciones p\u00fablicas<\/p>\n<p>AYUNTAMIENTO: CALLOSA D&#8217;EN SARRI\u00c0<\/p>\n<p>PROVINCIA: ALICANTE<\/p>\n<p>DENOMINACI\u00d3N DEL PUESTO: INTERVENCI\u00d3N DE CLASE SEGUNDA<\/p>\n<p>Primera. Objeto<\/p>\n<p>Es objeto de las presentes bases regular la provisi\u00f3n mediante concurso ordinario convocado por Resoluci\u00f3n de la Alcald\u00eda de fecha 20 de diciembre de 2017, del puesto de trabajo reservado a funcionarios de Administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional siguiente:<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a fecha 31 de diciembre de 2017: es superior a 2.000 habitantes.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Intervenci\u00f3n de clase segunda.<\/p>\n<p>Subescala: intervenci\u00f3n-tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Entrada.<\/p>\n<p>Nivel de complemento de destino: 22.<\/p>\n<p>Cuant\u00eda anual del complemento espec\u00edfico: 20.723,78 euros.<\/p>\n<p>Situaci\u00f3n actual: vacante.<\/p>\n<p>Requisito del conocimiento del valenciano: de conformidad con lo previsto en el cat\u00e1logo de puestos de trabajo de esta Corporaci\u00f3n se establece como requisito para el acceso a esta plaza el conocimiento del valenciano en su grado medio (BOP 16, 24.01.2017). Se acreditar\u00e1 mediante el certificado expedido por la Junta Qualificadora de Coneixements de Valenci\u00e0.<\/p>\n<p>Bases aprobadas por la presidencia de la corporaci\u00f3n de fecha 20 de diciembre de 2017.<\/p>\n<p>Segunda. Tribunal de valoraci\u00f3n<\/p>\n<p>Estar\u00e1 integrado por los siguientes miembros:<\/p>\n<p>Titulares:<\/p>\n<p>\u2013 Presidente: Juan Vicens Salort, arquitecto municipal (funcionario de carrera perteneciente al grupo A1)<\/p>\n<p>\u2013 Vocales:<\/p>\n<p>Vocal 1: un funcionario de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional perteneciente a la misma subescala y de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designado por el alcalde: Antonio S\u00e1nchez Ca\u00f1edo, secretario del Ayuntamiento de Santa Pola (Alicante).<\/p>\n<p>Vocal 2: una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada igualmente por el alcalde: M\u00f3nica Serisola Peir\u00f3, Tesorera del Ayuntamiento de D\u00e9nia (Alicante).<\/p>\n<p>Vocal 3: una funcionaria de carrera perteneciente al grupo A1 o una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada igualmente por el alcalde: Agn\u00e9s Xelvi P\u00e9rez, interventora del Ayuntamiento de Castalla.<\/p>\n<p>Vocal 4: una representante de la Generalitat Valenciana designada por la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local: Josefa Ribes Ginestar, interventora del Ayuntamiento de J\u00e1vea.<\/p>\n<p>\u2013 Secretario: uno de los vocales designado por el alcalde-presidente: Antonio S\u00e1nchez Ca\u00f1edo.<\/p>\n<p>Suplentes:<\/p>\n<p>\u2013 Presidente: una funcionaria de carrera perteneciente al grupo A1 o una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada por el alcalde-presidente, Clara Peris Dosd\u00e1, tesorera del Ayuntamiento de Villajoyosa.<\/p>\n<p>\u2013 Vocales:<\/p>\n<p>Vocal 1: una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional perteneciente a la misma subescala y de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada por el alcalde: M.\u00aa Carmen Ribera Barelles, interventora del Ayuntamiento de Muro de Alcoy.<\/p>\n<p>Vocal 2: una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada por el alcalde: Laura Albi\u00f1ana Mic\u00f3, Interventora del Ayuntamiento de Cocentaina.<\/p>\n<p>Vocal 3: un funcionario de carrera perteneciente al grupo A1, o un funcionario de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado designado igualmente por el alcalde: Manuel Rodes Rives, secretario del Ayuntamiento de Crevillent.<\/p>\n<p>Vocal 4: un representante de la Generalitat Valenciana designado por la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local: Jos\u00e9 Antonio Porcar Jover, interventor del Ayuntamiento de Gata de Gorgos.<\/p>\n<p>\u2013 Secretaria: una de las vocales designada por el alcalde-presidente: Laura Albi\u00f1ana Mic\u00f3, interventora del Ayuntamiento de Cocentaina.<\/p>\n<p>Tercera. Baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de los m\u00e9ritos generales de preceptiva valoraci\u00f3n establecidos por la Administraci\u00f3n del Estado en el Real decreto 1732\/1994, de 29 de julio, de los m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica regulados en el Decreto 32\/2013, de 8 de febrero, ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n el siguiente baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos que podr\u00e1 alcanzar hasta 1,5 puntos que forman parte del cat\u00e1logo de puestos de trabajo de este Ayuntamiento, y que han sido objeto de aprobaci\u00f3n por acuerdo plenario de fecha 22 de diciembre de 2016:<\/p>\n<p>1. Por estar en posesi\u00f3n del t\u00edtulo acreditativo del Grado Superior de conocimientos de valenciano, expedido por la Junta Qualificadora de Coneixements de Valenci\u00e0 o equivalente:1,00 puntos.<\/p>\n<p>2. Por haber realizado cursos impartidos por universidades o escuelas oficiales de formaci\u00f3n de funcionarios (IVASP, IVAP u otras u homologados por estos), relativos a la Auditor\u00eda de Gesti\u00f3n del Sector P\u00fablico de m\u00e1s de 50 horas y hasta 100 h: 0,10 puntos;<\/p>\n<p>De m\u00e1s de 100 horas: 0,20 puntos.<\/p>\n<p>Por este apartado se podr\u00e1 obtener un m\u00e1ximo de 0,30 puntos.<\/p>\n<p>3. Por haber realizado otros cursos, tambi\u00e9n impartidos por universidades o escuelas oficiales de formaci\u00f3n de Funcionarios y homologados por estas, o publicaciones en revistas y diarios profesionales:<\/p>\n<p>Por cada curso o publicaci\u00f3n: 0,10 puntos.<\/p>\n<p>Hasta un m\u00e1ximo de 0,20 puntos.<\/p>\n<p>Cuarta. Valoraci\u00f3n y acreditaci\u00f3n de m\u00e9ritos<\/p>\n<p>1. Todos los m\u00e9ritos deber\u00e1n acreditarse documentalmente o mediante fotocopias debidamente cotejadas.<\/p>\n<p>2. No se valorar\u00e1n como m\u00e9rito aquellas titulaciones de valenciano que figurasen como requisito para la provisi\u00f3n del puesto de trabajo, ni aquellas que fueran imprescindibles para la consecuci\u00f3n de otras de nivel superior.<\/p>\n<p>3. Los cursos solo se valorar\u00e1n si fueron convocados u organizados por la Universidad, institutos o escuelas oficiales de formaci\u00f3n de funcionarios, u otras entidades o centros docentes p\u00fablicos o privados de los contemplados en la Ley org\u00e1nica 8\/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educaci\u00f3n, cuando hubiesen sido homologados por los institutos o escuelas oficiales de formaci\u00f3n de funcionarios o por la Universidad<\/p>\n<p>4. Aquellas actividades de naturaleza diferente a los cursos, tales como jornadas, mesas redondas, encuentros, debates o an\u00e1logas, no podr\u00e1n ser objeto de valoraci\u00f3n. Los seminarios solo se valorar\u00e1n si se acredita que tienen la misma naturaleza y metodolog\u00eda que los cursos.<\/p>\n<p>5. S\u00f3lo se valorar\u00e1n aquellos m\u00e9ritos obtenidos o computados hasta la fecha en que finalice el plazo de presentaci\u00f3n de instancias, debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participaci\u00f3n y acreditarse documentalmente.<\/p>\n<p>Quinta. Normativa aplicable<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de lo previsto en las presentes bases, el concurso se regir\u00e1 por lo establecido en el art\u00edculo 92 bis.6 de la Ley 27\/2013, de 27 de diciembre, de racionalizaci\u00f3n y sostenibilidad de la Administraci\u00f3n local, los art\u00edculos 13 y siguientes del Real decreto 1732\/1994, de 29 de julio, el art\u00edculo 172 y siguientes de la Ley 8\/2010, de 23 de junio, de la Generalitat, de R\u00e9gimen Local de la Comunitat Valenciana, el Decreto 32\/2013, de 8 de febrero y en cualquier otra norma del Ministerio de Hacienda y Administraciones P\u00fablicas que regule el presente concurso.<\/p>\n<p>Sexta. Recursos<\/p>\n<p>Las presentes bases podr\u00e1n ser impugnadas en la forma y plazos previstos en la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo com\u00fan de las administraciones p\u00fablicas<\/p>\n<p>AYUNTAMIENTO: TORREBLANCA<\/p>\n<p>PROVINCIA: CASTELL\u00d3N<\/p>\n<p>DENOMINACI\u00d3N DEL PUESTO: INTERVENCI\u00d3N DE CLASE SEGUNDA<\/p>\n<p>Primera. Objeto<\/p>\n<p>Es objeto de las presentes bases regular la provisi\u00f3n mediante concurso ordinario convocado por Resoluci\u00f3n de la Alcald\u00eda de fecha 8 de febrero de 2018, del puesto de trabajo reservado a funcionarios de Administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional siguiente:<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a fecha 31 de diciembre de 2017: es superior a 2.000 habitantes.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Intervenci\u00f3n de clase segunda.<\/p>\n<p>Subescala: intervenci\u00f3n-tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: entrada<\/p>\n<p>Nivel de complemento de destino: 26.<\/p>\n<p>Cuant\u00eda anual del complemento espec\u00edfico: 31.440,86 euros.<\/p>\n<p>Situaci\u00f3n actual: vacante.<\/p>\n<p>Requisito del conocimiento del valenciano: de conformidad con lo previsto en la Relaci\u00f3n de Puestos de Trabajo de esta Corporaci\u00f3n, se establece como requisito para el acceso a esta plaza el conocimiento del valenciano en su grado medio o equivalente, lo que se acreditar\u00e1 con el certificado u homologaci\u00f3n correspondiente expedido por la Junta Qualificadora de Coneixements de Valenci\u00e0 (BOP 11,11.01.2018).<\/p>\n<p>Bases aprobadas por resoluci\u00f3n de la presidencia de la corporaci\u00f3n de fecha 8 de febrero de 2018.<\/p>\n<p>Segunda. Tribunal de valoraci\u00f3n<\/p>\n<p>Estar\u00e1 integrado por los siguientes miembros:<\/p>\n<p>Titulares:<\/p>\n<p>\u2013 Presidenta: Mar\u00eda del Roc\u00edo Mas Lucas (funcionaria con habilitaci\u00f3n nacional, subescala intervenci\u00f3n-tesorer\u00eda, categor\u00eda de entrada), tesorera en el Ayuntamiento de Monc\u00f3far.<\/p>\n<p>\u2013 Vocales:<\/p>\n<p>Vocal 1: Joaqu\u00edn Mar\u00eda Valls Calero (funcionario con habilitaci\u00f3n nacional, subescala secretar\u00eda, categor\u00eda de entrada), secretario en el Ayuntamiento de Torreblanca.<\/p>\n<p>Vocal 2: Jes\u00fas Gual Sanz (funcionario con habilitaci\u00f3n nacional, subescala intervenci\u00f3n-tesorer\u00eda, categor\u00eda de entrada), interventor en el Ayuntamiento de Monc\u00f3far.<\/p>\n<p>Vocal 3: Fernando Ferrer Galindo (funcionario con habilitaci\u00f3n nacional, subescala intervenci\u00f3n-tesorer\u00eda, categor\u00eda de entrada), viceinterventor en el Ayuntamiento de Benicarl\u00f3.<\/p>\n<p>Vocal 4: un representante de la Generalitat designado por la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local, Patricia Ferre Cuquerella, interventora del Ayuntamiento de Oropesa del Mar.<\/p>\n<p>\u2013 Secretario: Joaqu\u00edn Mar\u00eda Valls Calero.<\/p>\n<p>Suplentes:<\/p>\n<p>\u2013 Presidente: Mar\u00eda Tatay Martos (funcionaria con habilitaci\u00f3n nacional, subescala intervenci\u00f3n-tesorer\u00eda, categor\u00eda de entrada), interventora en el Ayuntamiento de Foios.<\/p>\n<p>\u2013 Vocales:<\/p>\n<p>Vocal 1: Erica Dolz Barba (funcionaria con habilitaci\u00f3n nacional, subescala intervenci\u00f3n-tesorer\u00eda, categor\u00eda de entrada), interventora en el Ayuntamiento de Godella.<\/p>\n<p>Vocal 2: Isabel Maci\u00e1n Garc\u00eda (funcionaria con habilitaci\u00f3n nacional, subescala intervenci\u00f3n-tesorer\u00eda, categor\u00eda de entrada), interventora en el Ayuntamiento de Alm\u00e0ssera.<\/p>\n<p>Vocal 3: Carlos Ferreres Ru\u00edz, (funcionario del Ayuntamiento de Torreblanca subgrupo A1, t\u00e9cnico de administraci\u00f3n general).<\/p>\n<p>Vocal 4: un representante de la Generalitat designado por la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local, Manuel Llorens Garc\u00eda, interventor del Ayuntamiento de Alcal\u00e1 de Xivert.<\/p>\n<p>Secretario: Carlos Ferreres Ru\u00edz.<\/p>\n<p>Tercera. Baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de los m\u00e9ritos generales de preceptiva valoraci\u00f3n establecidos por la Administraci\u00f3n del Estado en el Real decreto 1732\/1994, de 29 de julio, de los m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica regulados en el Decreto 32\/2013, de 8 de febrero, ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n el siguiente baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos que podr\u00e1 alcanzar hasta 1,5 puntos y que han sido objeto de aprobaci\u00f3n por acuerdo plenario en fecha 30 de enero de 2018.<\/p>\n<p>Se incluyen a continuaci\u00f3n los m\u00e9ritos espec\u00edficos aprobados por este ayuntamiento en la sesi\u00f3n plenaria de fecha 30 de enero de 2018:<\/p>\n<p>Cursos de formaci\u00f3n y perfeccionamiento: 1,5 puntos.<\/p>\n<p>1. Hasta el m\u00e1ximo de 0,75 puntos, se valorar\u00e1 la asistencia a los cursos de formaci\u00f3n y perfeccionamiento en materia de urbanismo, con estudio de normativa propia de la Comunitat Valenciana, de acuerdo con el siguiente baremo:<\/p>\n<p>\u2013 cursos de 75 horas o m\u00e1s: 0,75 puntos.<\/p>\n<p>\u2013 cursos de 50 a 74 horas: 0,50 puntos.<\/p>\n<p>\u2013 cursos de 35 a 49 horas: 0,25 puntos.<\/p>\n<p>\u2013 cursos de menos de 35 horas: no se valorar\u00e1n.<\/p>\n<p>Solo se valorar\u00e1 un curso en la materia. En caso de haber realizado diversos cursos sobre una misma materia, \u00fanicamente se valorar\u00e1 el curso de mayor duraci\u00f3n.<\/p>\n<p>2. Hasta el m\u00e1ximo de 0,75 puntos, se valorar\u00e1 la asistencia a los cursos de formaci\u00f3n y perfeccionamiento en materia de Gesti\u00f3n patrimonial de las administraciones p\u00fablicas, de acuerdo con el siguiente baremo:<\/p>\n<p>\u2013 cursos de 75 horas o m\u00e1s: 0,75 puntos.<\/p>\n<p>\u2013 cursos de 50 a 74 horas: 0,50 puntos.<\/p>\n<p>\u2013 cursos de 35 a 49 horas: 0,25 puntos.<\/p>\n<p>\u2013 cursos de menos de 35 horas: no se valorar\u00e1n.<\/p>\n<p>Solo se valorar\u00e1 un curso en la materia. En caso de haber realizado diversos cursos sobre una misma materia \u00fanicamente se valorar\u00e1 el curso de mayor duraci\u00f3n.<\/p>\n<p>Cuarta. Valoraci\u00f3n y acreditaci\u00f3n de m\u00e9ritos<\/p>\n<p>1. Todos los m\u00e9ritos deber\u00e1n acreditarse documentalmente o mediante fotocopias debidamente cotejadas.<\/p>\n<p>2. No se valorar\u00e1n como m\u00e9rito aquellas titulaciones de valenciano que figurasen como requisito para la provisi\u00f3n del puesto de trabajo, ni aquellas que fueran imprescindibles para la consecuci\u00f3n de otras de nivel superior.<\/p>\n<p>3. Los cursos solo se valorar\u00e1n si fueron convocados u organizados por la Universidad, institutos o escuelas oficiales de formaci\u00f3n de funcionarios, u otras entidades o centros docentes p\u00fablicos o privados de los contemplados en la Ley org\u00e1nica 8\/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educaci\u00f3n, cuando hubiesen sido homologados por los institutos o escuelas oficiales de formaci\u00f3n de funcionarios o por la universidad.<\/p>\n<p>4. Aquellas actividades de naturaleza diferente a los cursos, tales como jornadas, mesas redondas, encuentros, debates o an\u00e1logas, no podr\u00e1n ser objeto de valoraci\u00f3n. Los seminarios solo se valorar\u00e1n si se acredita que tienen la misma naturaleza y metodolog\u00eda que los cursos.<\/p>\n<p>5. S\u00f3lo se valorar\u00e1n aquellos m\u00e9ritos obtenidos o computados hasta la fecha en que finalice el plazo de presentaci\u00f3n de instancias, debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participaci\u00f3n y acreditarse documentalmente.<\/p>\n<p>Quinta. Normativa aplicable<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de lo previsto en las presentes bases, el concurso se regir\u00e1 por lo establecido en el art\u00edculo 92 bis.6 de la Ley 27\/2013, de 27 de diciembre, de racionalizaci\u00f3n y sostenibilidad de la Administraci\u00f3n Local, los art\u00edculos 13 y siguientes del Real decreto 1732\/1994, de 29 de julio, el art\u00edculo 172 y siguientes de la Ley 8\/2010, de 23 de junio, de la Generalitat, de R\u00e9gimen Local de la Comunitat Valenciana, el Decreto 32\/2013, de 8 de febrero y en cualquier otra norma del Ministerio de Hacienda y Administraciones P\u00fablicas que regule el presente concurso.<\/p>\n<p>Sexta. Recursos<\/p>\n<p>Las presentes bases podr\u00e1n ser impugnadas en la forma y plazos previstos en la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo com\u00fan de las administraciones p\u00fablicas.<\/p>\n<p>AYUNTAMIENTO: B\u00c9TERA<\/p>\n<p>PROVINCIA: VALENCIA<\/p>\n<p>DENOMINACI\u00d3N DEL PUESTO: VICEINTERVENCI\u00d3N DE CLASE SEGUNDA<\/p>\n<p>Primera. Objeto<\/p>\n<p>Es objeto de las presentes bases regular la provisi\u00f3n mediante concurso ordinario convocado por Resoluci\u00f3n de la Alcald\u00eda de fecha 6 de febrero de 2018, del puesto de trabajo reservado a funcionarios de Administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional siguiente:<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a fecha 31 de diciembre de 2017: es superior a 2.000 habitantes<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: viceintervenci\u00f3n de clase segunda<\/p>\n<p>Subescala: intervenci\u00f3n-tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: entrada.<\/p>\n<p>Nivel de complemento de destino: 27.<\/p>\n<p>Cuant\u00eda anual del complemento espec\u00edfico: 18.115,52 euros.<\/p>\n<p>Situaci\u00f3n actual: vacante.<\/p>\n<p>Bases aprobadas por resoluci\u00f3n de la presidencia de la corporaci\u00f3n de fecha 6 de febrero de 2018.<\/p>\n<p>Segunda. Tribunal de valoraci\u00f3n<\/p>\n<p>Estar\u00e1 integrado por los siguientes miembros:<\/p>\n<p>Titulares:<\/p>\n<p>\u2013 Presidente: una funcionaria de carrera perteneciente al grupo A1 o una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada por el alcalde-presidente: Isabel Bort Albarracin, interventora del Ayuntamiento de Riba-roja de T\u00faria.<\/p>\n<p>\u2013 Vocales:<\/p>\n<p>Vocal 1: una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional perteneciente a la misma subescala y de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada por el alcalde-presidente: M.\u00aa Jos\u00e9 Moragues Faus, tesorera del Ayuntamiento de B\u00e9tera.<\/p>\n<p>Vocal 2: una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada igualmente por el alcalde-presidente: Rosa Garc\u00eda L\u00f3pez, viceinterventora de Sagunto.<\/p>\n<p>Vocal 3: un funcionario de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, secretario de la Corporaci\u00f3n: Juan Ignacio Moreno Garc\u00eda.<\/p>\n<p>Vocal 4: un representante de la Generalitat designado por la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local, Juan Jos\u00e9 Saura Quiles, interventor del Ayuntamiento de Rocafort.<\/p>\n<p>\u2013 Secretario: uno de los vocales designado por el alcalde-presidente, Juan Ignacio Moreno Garc\u00eda y secretario de la Corporaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Suplentes:<\/p>\n<p>\u2013 Presidente: una funcionaria de carrera perteneciente al grupo A1 o una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada por el alcalde-presidente: M.\u00aa Jes\u00fas de Bernardi Rodr\u00edguez, interventora del Ayuntamiento de B\u00e9tera.<\/p>\n<p>\u2013 Vocales:<\/p>\n<p>Vocal 1: un funcionario de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional perteneciente a la misma subescala y de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designado por el alcalde-presidente: Gustavo A. Segura Huerta, interventor del Ayuntamiento de Ll\u00edria.<\/p>\n<p>Vocal 2: una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada igualmente por el alcalde-presidente: Helena L\u00f3pez Mart\u00ednez, secretaria del Ayuntamiento de Rocafort.<\/p>\n<p>Vocal 3: un funcionario de carrera perteneciente al grupo A1 o un funcionario de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designado igualmente por el alcalde-presidente: Vicente Segarra de los Reyes, t\u00e9cnico jur\u00eddico del Ayuntamiento de B\u00e9tera.<\/p>\n<p>Vocal 4: un representante de la Generalitat designado por la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local, Paula Rico Belda, interventora del Ayuntamiento de Godella.<\/p>\n<p>\u2013 Secretario: uno de los vocales designado por el alcalde-presidente: Vicente Segarra de los Reyes, t\u00e9cnico jur\u00eddico del Ayuntamiento de B\u00e9tera.<\/p>\n<p>Tercera. Baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de los m\u00e9ritos generales de preceptiva valoraci\u00f3n establecidos por la Administraci\u00f3n del Estado en el Real decreto 1732\/1994, de 29 de julio, de los m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica regulados en el Decreto 32\/2013, de 8 de febrero, ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n el siguiente baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos que podr\u00e1 alcanzar hasta 1,5 puntos que han sido objeto de aprobaci\u00f3n por acuerdo plenario de fecha 5 de febrero de 2018 y rectificado por acuerdo plenario de fecha 26 de febrero de 2018.<\/p>\n<p>1. Impartici\u00f3n de cursos de formaci\u00f3n:<\/p>\n<p>Se valorar\u00e1 hasta un m\u00e1ximo de 1,5 puntos la impartici\u00f3n de cursos de formaci\u00f3n sobre nociones de Tesorer\u00eda en los municipios, seg\u00fan el siguiente baremo:<\/p>\n<p>1.1. Si las horas impartidas por el concursante son menos de 2,5: 0,15 puntos por curso.<\/p>\n<p>1.2. Si las horas impartidas por el concursante son entre 2,5 horas y menos de 5 horas: 0,50 puntos por curso.<\/p>\n<p>1.3. Si las horas impartidas por el concursante son 5 horas o m\u00e1s: 0,75 puntos por curso.<\/p>\n<p>1.4. Si el curso impartido incluye expresamente materias de administraci\u00f3n electr\u00f3nica se a\u00f1adir\u00e1 a la puntuaci\u00f3n correspondiente seg\u00fan los apartados anteriores 0,15 puntos adicionales por cada curso impartido sobre esta materia.<\/p>\n<p>\u00danicamente se tendr\u00e1n en cuenta los cursos de formaci\u00f3n impartidos en los \u00faltimos 4 a\u00f1os a contar desde la aprobaci\u00f3n por el Pleno de estas bases de m\u00e9ritos espec\u00edficos.<\/p>\n<p>Los cursos deber\u00e1n haber sido impartidos en centros homologados para la formaci\u00f3n de funcionarios y deber\u00e1 aportarse certificado acreditativo en el que conste la denominaci\u00f3n del curso, su contenido, las horas que se han impartido por el ponente-concursante y las fechas de celebraci\u00f3n del mismo.<\/p>\n<p>Cuarta. Valoraci\u00f3n y acreditaci\u00f3n de m\u00e9ritos<\/p>\n<p>1. Todos los m\u00e9ritos deber\u00e1n acreditarse documentalmente o mediante fotocopias debidamente cotejadas.<\/p>\n<p>2. No se valorar\u00e1n como m\u00e9rito aquellas titulaciones de valenciano que figurasen como requisito para la provisi\u00f3n del puesto de trabajo, ni aquellas que fueran imprescindibles para la consecuci\u00f3n de otras de nivel superior.<\/p>\n<p>3. Los cursos solo se valorar\u00e1n si fueron convocados u organizados por la Universidad, institutos o escuelas oficiales de formaci\u00f3n de funcionarios, u otras entidades o centros docentes p\u00fablicos o privados de los contemplados en la Ley Org\u00e1nica 8\/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educaci\u00f3n, cuando hubiesen sido homologados por los institutos o escuelas oficiales de formaci\u00f3n de funcionarios o por la universidad.<\/p>\n<p>4. Aquellas actividades de naturaleza diferente a los cursos, tales como jornadas,mesas redondas, encuentros, debates o an\u00e1logas, no podr\u00e1n ser objeto de valoraci\u00f3n. Los seminarios solo se valorar\u00e1n si se acredita que tienen la misma naturaleza y metodolog\u00eda que los cursos.<\/p>\n<p>4. S\u00f3lo se valorar\u00e1n aquellos m\u00e9ritos obtenidos o computados hasta la fecha en que finalice el plazo de presentaci\u00f3n de instancias, debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participaci\u00f3n y acreditarse documentalmente.<\/p>\n<p>Quinta. Normativa aplicable<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de lo previsto en las presentes bases, el concurso se regir\u00e1 por lo establecido en el art\u00edculo 92 bis.6 de la Ley 27\/2013, de 27 de diciembre, de racionalizaci\u00f3n y sostenibilidad de la Administraci\u00f3n local, los art\u00edculos 13 y siguientes del Real decreto 1732\/1994, de 29 de julio, el art\u00edculo 172 y siguientes de la Ley 8\/2010, de 23 de junio, de la Generalitat, de R\u00e9gimen Local de la Comunitat Valenciana, el Decreto 32\/2013, de 8 de febrero y en cualquier otra norma del Ministerio de Hacienda y Administraciones P\u00fablicas que regule el presente concurso.<\/p>\n<p>Sexta. Recursos<\/p>\n<p>Las presentes bases podr\u00e1n ser impugnadas en la forma y plazos previstos en la Ley 39\/2015, de 30 de octubre, de procedimiento administrativo com\u00fan de las administraciones p\u00fablicas.<\/p>\n<p>AYUNTAMIENTO: ALFARP<\/p>\n<p>PROVINCIA: VALENCIA<\/p>\n<p>DENOMINACI\u00d3N DEL PUESTO: SECRETAR\u00cdA DE CLASE TERCERA<\/p>\n<p>Primera. Objeto<\/p>\n<p>Es objeto de las presentes bases regular la provisi\u00f3n mediante concurso ordinario convocado por Resoluci\u00f3n de la Alcald\u00eda de fecha 7 de febrero de 2018, del puesto de trabajo reservado a funcionarios de Administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional siguiente:<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a fecha 31 de diciembre de 2017: es inferior a 2.000 habitantes<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: secretar\u00eda de clase tercera.<\/p>\n<p>Subescala: secretar\u00eda-intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: \u2013<\/p>\n<p>Nivel de complemento de destino: 26.<\/p>\n<p>Cuant\u00eda anual del complemento espec\u00edfico: 20.578,60 euros.<\/p>\n<p>Situaci\u00f3n actual: vacante.<\/p>\n<p>Bases aprobadas por resoluci\u00f3n de la presidencia de la corporaci\u00f3n de fecha 7 de febrero de 2018<\/p>\n<p>Segunda. Tribunal de valoraci\u00f3n<\/p>\n<p>Estar\u00e1 integrado por los siguientes miembros:<\/p>\n<p>Titulares:<\/p>\n<p>\u2013 Presidente: un funcionario de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designado por el alcalde presidente: Antonio Espinaco Salvador, secretario-interventor del Ayuntamiento Montroy.<\/p>\n<p>\u2013 Vocales:<\/p>\n<p>Vocal 1: una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional perteneciente a la misma subescala y de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada por el alcalde presidente: Ver\u00f3nica V\u00e1zquez M\u00f6llerstedt, secretaria-interventora de la Agrupaci\u00f3n El Palomar.<\/p>\n<p>Vocal 2: una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada igualmente por el alcalde presidente: Dora Ruiz Mart\u00ednez, Secretaria-Interventora del Ayuntamiento de Salem.<\/p>\n<p>Vocal 3: una funcionaria de carrera perteneciente al grupo A1, o una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada igualmente por el alcalde-presidente: Cristina Alhambra Soriano, secretaria-interventora, adscrita al servicio de Asistencia a Municipios de la Diputaci\u00f3n Provincial de Castell\u00f3n (OFISAM ONDA).<\/p>\n<p>Vocal 4: un representante de la Generalitat designado por la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local, Ramiro A. Alegre Gil, secretario-interventor del Ayuntamiento de Catadau.<\/p>\n<p>\u2013 Secretaria: Ver\u00f3nica V\u00e1zquez M\u00f3llerstedt,<\/p>\n<p>Suplentes:<\/p>\n<p>\u2013 Presidente: una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada por el alcalde presidente: Teresa Mart\u00ednez Parra, tesorera del Ayuntamiento de Albal.<\/p>\n<p>\u2013 Vocales:<\/p>\n<p>Vocal 1: una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional perteneciente a la misma subescala y de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada por el alcalde presidente: Virginia Poves Garcia, secretaria-interventora del Ayuntamiento de Montichelvo.<\/p>\n<p>Vocal 2: un funcionario de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada igualmente por el alcalde presidente: Miguel Furi\u00f3 Ferri, secretario-interventor del Ayuntamiento de Anna.<\/p>\n<p>Vocal 3: una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada igualmente por el alcalde presidente: Maria Pilar Mart\u00ednez Veniel, secretaria-interventora del Servicio Asistencia T\u00e9cnica de la Diputaci\u00f3n Provincial de Valencia.<\/p>\n<p>Vocal 4: un representante de la Generalitat designado por la direcci\u00f3n general de administraci\u00f3n local, Elpidio de Juli\u00e1n Ca\u00f1ada, secretario-interventor del Ayuntamiento de Benimodo.<\/p>\n<p>Secretaria: Virginia Poves Garcia<\/p>\n<p>Tercera. Baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de los m\u00e9ritos generales de preceptiva valoraci\u00f3n establecidos por la Administraci\u00f3n del Estado en el Real decreto 1732\/1994, 29 de julio, los m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica regulados en el Decreto 32\/2013, 8 de febrero, ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n el siguiente baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos que podr\u00e1 alcanzar hasta 1,5 puntos y que han sido objeto de aprobaci\u00f3n por acuerdo plenario de fecha 30 de enero de 2018.<\/p>\n<p>1. Aptitudes para el puesto de trabajo: se valorar\u00e1 el trabajo desarrollado en puestos de trabajo relacionados con la Administraci\u00f3n local o que guarden similitud con el contenido t\u00e9cnico del puesto convocado seg\u00fan el detalle siguiente: servicios efectivamente prestados como funcionario con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, subescala de Secretaria-Intervenci\u00f3n, en propiedad, provisional o en comisi\u00f3n de servicios en Ayuntamientos de menos de 2.000 habitantes con administraci\u00f3n electr\u00f3nica implantada, de acuerdo con el siguiente baremo: 0,05 puntos por mes de servicio efectivo en puestos de Secretaria-Intervenci\u00f3n hasta un m\u00e1ximo de 0,30 puntos.<\/p>\n<p>2. Por haber realizado cursos impartidos por entidades de car\u00e1cter p\u00fablico, universidades o escuelas oficiales de formaci\u00f3n de funcionarios (IVASP, IVAP, FVMP) u homologados por estos, sobre contabilidad de las entidades locales, y concretamente conocimientos vinculados con el Plan de Contabilidad P\u00fablica de la Administraci\u00f3n Local y normas de valoraci\u00f3n, as\u00ed como Gesti\u00f3n de patrimonio de las Administraciones p\u00fablicas: (hasta 1,20 puntos de conformidad con el siguiente baremo)<\/p>\n<p>De 40 horas y hasta 59 horas: 0,10 puntos.<\/p>\n<p>De 60 horas y hasta 80 horas: 0,50 puntos.<\/p>\n<p>De 81 horas y hasta 100 horas: 0,75 puntos.<\/p>\n<p>De m\u00e1s de 100 horas: 1 punto.<\/p>\n<p>Cuarta. Valoraci\u00f3n y acreditaci\u00f3n de m\u00e9ritos<\/p>\n<p>1. Todos los m\u00e9ritos deber\u00e1n acreditarse documentalmente o mediante fotocopias debidamente cotejadas.<\/p>\n<p>2. No se valorar\u00e1n como m\u00e9rito aquellas titulaciones de valenciano que figurasen como requisito para la provisi\u00f3n del puesto de trabajo, ni aquellas que fueran imprescindibles para la consecuci\u00f3n de otras de nivel superior.<\/p>\n<p>3. Aquellas actividades de naturaleza diferente a los cursos, tales como jornadas, mesas redondas, encuentros, debates o an\u00e1logas, no podr\u00e1n ser objeto de valoraci\u00f3n. Los seminarios solo se valorar\u00e1n si se acredita que tienen la misma naturaleza y metodolog\u00eda que los cursos.<\/p>\n<p>4. S\u00f3lo se valorar\u00e1n aquellos m\u00e9ritos obtenidos o computados hasta la fecha en que finalice el plazo de presentaci\u00f3n de instancias, debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participaci\u00f3n y acreditarse documentalmente.\u00bb<\/p>\n<p>Quinta. Normativa aplicable<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de lo previsto en las presentes bases, el concurso se regir\u00e1 por lo establecido en el art\u00edculo 92 bis.6 de la Ley 27\/2013, de 27 de diciembre, de racionalizaci\u00f3n y sostenibilidad de la Administraci\u00f3n Local, los art\u00edculos 13 y siguientes del Real decreto 1732\/1994, de 29 de julio, el art\u00edculo 172 y siguientes de la Ley 8\/2010, de 23 de junio, de la Generalitat, de R\u00e9gimen Local de la Comunitat Valenciana, el Decreto 32\/2013, de 8 de febrero y en cualquier otra norma del Ministerio de Hacienda y Administraciones P\u00fablicas que regule el presente concurso.<\/p>\n<p>Sexta. R\u00e9gimen de recursos<\/p>\n<p>Las presentes bases podr\u00e1n ser impugnadas en la forma y plazos previstos en la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo com\u00fan de las administraciones p\u00fablicas<\/p>\n<p>AYUNTAMIENTO: LLANERA DE RANES<\/p>\n<p>PROVINCIA: VALENCIA<\/p>\n<p>DENOMINACI\u00d3N DEL PUESTO: SECRETAR\u00cdA DE CLASE TERCERA<\/p>\n<p>Primera. Objeto<\/p>\n<p>Es objeto de las presentes bases regular la provisi\u00f3n mediante concurso ordinario convocado por Resoluci\u00f3n de la Alcald\u00eda de fecha 6 de febrero de 2018, del puesto de trabajo reservado a funcionarios de Administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional siguiente:<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a fecha 31 de diciembre de 2017: es inferior a 2.000 habitantes.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: secretar\u00eda de clase tercera.<\/p>\n<p>Subescala: secretar\u00eda-intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: \u2013<\/p>\n<p>Nivel de complemento de destino: 26.<\/p>\n<p>Cuant\u00eda anual del complemento espec\u00edfico: 17.543,54 euros.<\/p>\n<p>Situaci\u00f3n actual: vacante.<\/p>\n<p>Bases aprobadas por resoluci\u00f3n de la presidencia de la corporaci\u00f3n de fecha 6 de febrero de 2018.<\/p>\n<p>Segunda. Tribunal de valoraci\u00f3n<\/p>\n<p>Estar\u00e1 integrado por los siguientes miembros:<\/p>\n<p>Titulares:<\/p>\n<p>\u2013 Presidente: una funcionaria de carrera perteneciente al grupo A1 o una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada por el alcalde-presidente: Ver\u00f3nica Vazquez Mollersted, secretaria-interventora de la Agrupaci\u00f3n de El Palomar.<\/p>\n<p>\u2013 Vocales:<\/p>\n<p>Vocal 1: un funcionario de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional perteneciente a la misma subescala y de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designado por el alcalde-presidente: Jos\u00e9 Vicente Farin\u00f3s Molina, Secretario-Interventor del Ayuntamiento de Alfarp.<\/p>\n<p>Vocal 2: una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada igualmente por el alcalde-presidente: Virginia Poves Garc\u00eda, secretaria-interventora del Ayuntamiento de Montichelvo.<\/p>\n<p>Vocal 3: una funcionaria de carrera perteneciente al grupo A1 o una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada igualmente por el alcalde-presidente: M.\u00aaJos\u00e9 Espin\u00f3s Bonet secretaria-interventora del Ayuntamiento de Poliny\u00e0 del X\u00faquer.<\/p>\n<p>Vocal 4: un representante de la Generalitat designado por la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local, Jos\u00e9 Antonio Mart\u00ednez Damia, secretario-interventor del Ayuntamiento de Canals.<\/p>\n<p>\u2013 Secretario: uno de los vocales designado por el alcalde-presidente: Jos\u00e9 Vicente Farin\u00f3s Molina.<\/p>\n<p>Suplentes:<\/p>\n<p>\u2013 Presidente: una funcionaria de carrera perteneciente al grupo A1 o una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada por el alcalde-presidente: Trinidad Gil Garrigues, secretaria-interventora SAT Diputaci\u00f3n de Valencia.<\/p>\n<p>\u2013 Vocales:<\/p>\n<p>Vocal 1: un funcionario de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional perteneciente a la misma subescala y de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designado por el alcalde-presidente: Antonio Espinaco Salvador, secretario-interventor del Ayuntamiento de Montroy.<\/p>\n<p>Vocal 2: una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada igualmente por el alcalde-presidente: Maria Pilar Mart\u00ednez Veniel, secretaria-interventora SAT Diputaci\u00f3n de Valencia.<\/p>\n<p>Vocal 3: una funcionaria de carrera perteneciente al grupo A1 o una funcionaria de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de igual o superior categor\u00eda que la del puesto convocado, designada igualmente por el alcalde-presidente: Cristina Alhambra Soriano secretaria-interventora, adscrita al servicio de Asistencia a Municipios (SAT ONDA)<\/p>\n<p>Vocal 4: un representante de la Generalitat designado por la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local, Fernando Javier Mu\u00f1oz Garc\u00eda, secretario-interventor del Ayuntamiento de Rotgl\u00e0 i Corbera<\/p>\n<p>\u2013 Secretario: uno de los vocales designado por el alcalde-presidente: Antonio Espinaco Salvador.<\/p>\n<p>Tercera. Baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de los m\u00e9ritos generales de preceptiva valoraci\u00f3n establecidos por la Administraci\u00f3n del Estado en el Real decreto 1732\/1994, de 29 de julio, de los m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica regulados en el Decreto 32\/2013, de 8 de febrero, ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n el siguiente baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos que podr\u00e1 alcanzar hasta 1,5 puntos y que han sido objeto de aprobaci\u00f3n en sesi\u00f3n plenaria de fecha 1 de febrero de 2018.<\/p>\n<p>Cursos de formaci\u00f3n y perfeccionamiento<\/p>\n<p>Por estar directamente relacionados con el \u00e1mbito de funciones de la Secretar\u00eda y su especial importancia en las competencias a asumir en el Ayuntamiento de Llanera de Ranes se valorar\u00e1n:<\/p>\n<p>1. Cursos en materia de protecci\u00f3n de datos.<\/p>\n<p>Dada la necesidad de adecuaci\u00f3n a la legislaci\u00f3n de datos en el municipio se otorgar\u00e1n 0,50 puntos por curso de duraci\u00f3n superior a 30 horas relacionados con la materia.<\/p>\n<p>2. Cursos en materia de gesti\u00f3n econ\u00f3mica y presupuestaria de las entidades locales y contabilidad de las entidades locales<\/p>\n<p>Dado que no existen funcionarios en el Ayuntamiento con conocimientos adquiridos en la materia.<\/p>\n<p>Se otorgar\u00e1n 0,20 puntos por cada curso de duraci\u00f3n igual o superior a 15 horas relacionado con la materia.<\/p>\n<p>3. Cursos en materia de gesti\u00f3n de personal en el \u00e1mbito local.<\/p>\n<p>Dada la necesaria aprobaci\u00f3n y actualizaci\u00f3n de la relaci\u00f3n de puestos de trabajo del Ayuntamiento.<\/p>\n<p>Se otorgar\u00e1n 0,20 puntos por cada curso de duraci\u00f3n igual o superior a 15 horas relacionados con la materia<\/p>\n<p>Cuarta. Valoraci\u00f3n y acreditaci\u00f3n de m\u00e9ritos<\/p>\n<p>1. Todos los m\u00e9ritos deber\u00e1n acreditarse documentalmente o mediante fotocopias debidamente cotejadas.<\/p>\n<p>2. No se valorar\u00e1n como m\u00e9rito aquellas titulaciones de valenciano que figurasen como requisito para la provisi\u00f3n del puesto de trabajo, ni aquellas que fueran imprescindibles para la consecuci\u00f3n de otras de nivel superior.<\/p>\n<p>3. Los cursos solo se valorar\u00e1n si fueron convocados u organizados por la Universidad, institutos o escuelas oficiales de formaci\u00f3n de funcionarios (IVASP, IVAP, FVMP,PFL Diputaci\u00f3n de Valencia u otros), u otras entidades o centros docentes p\u00fablicos o privados de los contemplados en la Ley org\u00e1nica 8\/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educaci\u00f3n, cuando hubiesen sido homologados por los institutos o escuelas oficiales de formaci\u00f3n de funcionarios o por la universidad.<\/p>\n<p>4. Aquellas actividades de naturaleza diferente a los cursos, tales como jornadas, mesas redondas, encuentros, debates o an\u00e1logas, no podr\u00e1n ser objeto de valoraci\u00f3n. Los seminarios solo se valorar\u00e1n si se acredita que tienen la misma naturaleza y metodolog\u00eda que los cursos.<\/p>\n<p>5. S\u00f3lo se valorar\u00e1n aquellos m\u00e9ritos obtenidos o computados hasta la fecha en que finalice el plazo de presentaci\u00f3n de instancias, debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participaci\u00f3n y acreditarse documentalmente.<\/p>\n<p>Quinta. Normativa aplicable<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de lo previsto en las presentes bases, el concurso se regir\u00e1 por lo establecido en el art\u00edculo 92 bis.6 de la Ley 27\/2013, de 27 de diciembre, de racionalizaci\u00f3n y sostenibilidad de la Administraci\u00f3n local, los art\u00edculos 13 y siguientes del Real decreto 1732\/1994, de 29 de julio, el art\u00edculo 172 y siguientes de la Ley 8\/2010, de 23 de junio, de la Generalitat, de R\u00e9gimen Local de la Comunitat Valenciana, el Decreto 32\/2013, de 8 de febrero y en cualquier otra norma del Ministerio de Hacienda y Administraciones P\u00fablicas que regule el presente concurso.<\/p>\n<p>Sexta. Recursos<\/p>\n<p>Las presentes bases podr\u00e1n ser impugnadas en la forma y plazos previstos en la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo com\u00fan de las administraciones p\u00fablicas<\/p>\n<p>AGRUPACI\u00d3N DE SECRETARIA: SAN JORGE<\/p>\n<p>PROVINCIA: CASTELL\u00d3N<\/p>\n<p>DENOMINACI\u00d3N DEL PUESTO: SECRETAR\u00cdA DE CLASE TERCERA<\/p>\n<p>Primera. Objeto<\/p>\n<p>Es objeto de las presentes bases regular la provisi\u00f3n mediante concurso ordinario convocado por Resoluci\u00f3n de la Presidencia de la Agrupaci\u00f3n de fecha 28 de febrero de 2018, del puesto de trabajo reservado a funcionarios de Administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional siguiente:<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a fecha 31 de diciembre de 2017: es inferior a 2.000 habitantes.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: secretar\u00eda de clase tercera.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: \u2013<\/p>\n<p>Nivel de complemento de destino: 26.<\/p>\n<p>Cuant\u00eda anual del complemento espec\u00edfico: 44.995,72 euros<\/p>\n<p>Situaci\u00f3n actual: vacante.<\/p>\n<p>Bases aprobadas por resoluci\u00f3n de la presidencia de la agrupaci\u00f3n de fecha 28 de febrero de 2018<\/p>\n<p>Segunda. Tribunal de valoraci\u00f3n<\/p>\n<p>Estar\u00e1 integrado por los siguientes miembros:<\/p>\n<p>Titulares:<\/p>\n<p>\u2013 Presidente: Vicente Barrios Fontoba, secretario interventor del Ayuntamiento de Sant Mateu.<\/p>\n<p>\u2013 Vocales:<\/p>\n<p>Vocal 1: Pedro Vall\u00e9s Saura, secretario interventor de la Agrupaci\u00f3n Canet Lo Roig-La Jana.<\/p>\n<p>Vocal 2: Jos\u00e9 Antonio Sales Puig, secretario interventor, jefe de secci\u00f3n del SEPAM de la Diputaci\u00f3n Provincial de Castell\u00f3n.<\/p>\n<p>Vocal 3: Vanessa Gonz\u00e1lez Vidal, secretaria interventora, jefa de zona de la OFISAM de la Diputaci\u00f3n Provincial de Castell\u00f3n en Morella.<\/p>\n<p>Vocal 4: una representante de la Generalitat designada por la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local, Rosa Minguet Tom\u00e1s, secretaria-interventora del Ayuntamiento de Villafranca del Cid.<\/p>\n<p>Secretario: Pedro Vall\u00e9s Saura.<\/p>\n<p>Suplentes:<\/p>\n<p>\u2013 Presidente: Alberto Nebot Argilaga, secretario interventor de la OFISAM de la Diputaci\u00f3n Provincial de Castell\u00f3n en Traiguera.<\/p>\n<p>Vocal 1: Joaqu\u00edn Burgar Arquimbau, secretario interventor adjunto de la OFISAM de la Diputaci\u00f3n Provincial de Castell\u00f3n en Morella.<\/p>\n<p>Vocal 2: Cristina Alhambra Soriano, secretaria interventora de la OFISAM de la Diputaci\u00f3n Provincial de Castell\u00f3n en Onda.<\/p>\n<p>Vocal 3: Carmen Broch Monz\u00f3, secretaria interventora, jefa de zona de la OFISAM de la Diputaci\u00f3n Provincial de Castell\u00f3n en Onda.<\/p>\n<p>Vocal 4: una representante de la Generalitat designada por la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local, M.\u00aa Julia Moliner Blay, secretaria-interventora del Ayuntamiento de Lucena del Cid<\/p>\n<p>Secretario: Joaquin Burgar Arquimbau<\/p>\n<p>Tercera. Baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos<\/p>\n<p>No se establecen m\u00e9ritos espec\u00edficos, valor\u00e1ndose \u00fanicamente los m\u00e9ritos generales de preceptiva valoraci\u00f3n establecidos por la Administraci\u00f3n del Estado en el Real decreto 1732\/1994, de 29 de julio y los m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica aprobados por la Generalitat en el Decreto 32\/2013, de 8 de febrero, del Consell, modificado por Decreto 76\/2015, de 22 de mayo (DOGV 7532, 25.05. 2015).<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>RESOLUCI\u00d3N de 28 de marzo de 2018, de la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local, por la cual se procede a la publicaci\u00f3n de las bases y convocatorias del concurso ordinario del a\u00f1o 2018 para la provisi\u00f3n de puestos de trabajo reservados a los funcionarios de Administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[2814,2813,4,2816],"tags":[1297],"class_list":["post-13185","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-contratacion","category-funcionarios-de-carrera-con-habilitacion-nacional","category-novedades-normativas","category-policia-local","tag-administracion-localhabilitacion-nacional"],"acf":[],"yoast_head":"<!-- This site is optimized with the Yoast SEO plugin v28.6 - 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