{"id":13331,"date":"2020-12-23T12:46:32","date_gmt":"2020-12-23T12:46:32","guid":{"rendered":"https:\/\/normativamunicipal.com\/uncategorized\/subproductos-de-la-vinificacion-en-castilla-la-mancha\/"},"modified":"2020-12-23T12:46:32","modified_gmt":"2020-12-23T12:46:32","slug":"subproductos-de-la-vinificacion-en-castilla-la-mancha","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=13331","title":{"rendered":"Subproductos de la vinificaci\u00f3n en CASTILLA LA MANCHA"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Orden 120\/2018, de 20 de julio, de la Consejer\u00eda de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se regula la obligaci\u00f3n de eliminar los subproductos de la vinificaci\u00f3n y se precisan las bases reguladoras del r\u00e9gimen de ayuda para la destilaci\u00f3n de subproductos en Castilla-La Mancha, establecido en el Programa de Apoyo 2019-2023 al sector vitivin\u00edcola y se establece su convocatoria abierta para todo el per\u00edodo.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><!--more-->[sc name=\u00bbambiental\u00bb ]<br \/>\nExtracto de la Orden de 20\/07\/2018, de la Consejer\u00eda de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se regula la obligaci\u00f3n de eliminar los subproductos de la vinificaci\u00f3n y se precisan las bases reguladoras del r\u00e9gimen de ayuda para la destilaci\u00f3n de subproductos en Castilla-La Mancha, establecido en el Programa de Apoyo 2019-2023 al sector vitivin\u00edcola y se establece su convocatoria abierta para todo el per\u00edodo.<br \/>\nDe conformidad con lo previsto en los art\u00edculos 17.3.b y 20.8 .a de la Ley 38\/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacionales de subvenciones (http:\/\/www.pap.minhap.gob.es\/bdnstrans\/index) y en el presente DOCM:<br \/>\nPrimero. Beneficiarios.<br \/>\nLos destiladores autorizados que transformen los subproductos obtenidos en territorio nacional as\u00ed como el medio ambiente.<br \/>\nSegundo. Objeto<br \/>\nEl objeto de la presente orden es regular la obligaci\u00f3n de eliminar los subproductos procedentes de la vinificaci\u00f3n o de otras formas de transformaci\u00f3n de las uvas en Castilla-La Mancha.<br \/>\nPrecisar las bases reguladoras del r\u00e9gimen de las ayudas para la destilaci\u00f3n de los subproductos en Castilla-La Mancha, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 5\/2018, de 12 de enero, para la aplicaci\u00f3n de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivin\u00edcola.<br \/>\nEstablecer la convocatoria abierta de estas ayudas hasta el fin del per\u00edodo del Programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivin\u00edcola.<br \/>\nTercera. Bases reguladoras.<br \/>\nReal Decreto 5\/2018, de 12 de enero, para la aplicaci\u00f3n de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivin\u00edcola espa\u00f1ol, entre las que se encuentra la reestructuraci\u00f3n y reconversi\u00f3n de vi\u00f1edos.<br \/>\nCuarto. Cuant\u00eda.<br \/>\nLos pagos relativos a las ayudas reguladas en la presente orden se financiar\u00e1n \u00edntegramente con cargo al Fondo Europeo Agr\u00edcola de Garant\u00eda (Feaga), a trav\u00e9s del Organismo pagador de Castilla-La Mancha.<br \/>\nEl pago de las ayudas concedidas se ejecutar\u00e1 a trav\u00e9s de la aplicaci\u00f3n presupuestaria 21.05.0000.G\/718A\/47316, fondo 0000000290 del Presupuesto de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.<br \/>\nA las ayudas previstas en el Pasve y en esta orden, cuyo pago deba efectuarse, total o parcialmente, a partir del 15 de octubre de 2020, le ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n lo dispuesto en la disposici\u00f3n adicional segunda del Real Decreto 5\/2018 de 12 de enero.<br \/>\nA\u00d1O XXXVII N\u00fam. 147 27 de julio de 2018 20502<br \/>\nQuinto. Plazo presentaci\u00f3n solicitudes.<br \/>\nLas solicitudes de ayuda se podr\u00e1n presentar entre el 16 de octubre y el 20 de julio de cada campa\u00f1a vit\u00edcola, por el alcohol obtenido durante esa campa\u00f1a.<br \/>\nLos destiladores deber\u00e1n presentar en el plazo m\u00e1ximo de veinte d\u00edas h\u00e1biles desde que finalice la salida de cada lote de alcohol, la justificaci\u00f3n del destino del alcohol, mediante la cumplimentaci\u00f3n del Anexo XII-A de la presente orden<br \/>\nSexto. Otros datos.<br \/>\nLos productores estar\u00e1n obligados a la eliminaci\u00f3n de los subproductos obtenidos en la transformaci\u00f3n. No obstante, los productores que, en la campa\u00f1a vit\u00edcola que se trate, no produzcan m\u00e1s de 25 hectolitros de vino o mosto en sus instalaciones, no estar\u00e1n obligados a eliminar los subproductos.<br \/>\nToledo, 20 de julio de 2018<br \/>\nEl Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural FRANCISCO MART\u00cdNEZ ARROYO<br \/>\nTEXTO COMPLETO DE LA ORDEN DE 20 DE JULIO DE 2018<br \/>\nEl 15 de abril de 2016 se publica el Reglamento Delegado (UE) 2016\/1149, de la Comisi\u00f3n, de 15 de abril de 2016, por el que se completa el Reglamento (UE) n.\u00ba 1308\/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a los programas nacionales de apoyo en el sector vitivin\u00edcola y se modifica el Reglamento (CE) n.\u00ba 555\/2008 de la Comisi\u00f3n, y el Reglamento de Ejecuci\u00f3n (UE) 2016\/1150 de la Comisi\u00f3n, de 15 de abril de 2016, por el que se establecen disposiciones de aplicaci\u00f3n del Reglamento (UE) n\u00ba 1308\/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a los programas nacionales de apoyo en el sector vitivin\u00edcola, que regulan las disposiciones sobre los programas de apoyo que los Estados miembros deben presentar a la Comisi\u00f3n y ampl\u00edan la regulaci\u00f3n que el Reglamento (UE) n\u00ba 1308\/2013 realiza de la obligaci\u00f3n de la eliminaci\u00f3n de subproductos de la vinificaci\u00f3n y de la medida de destilaci\u00f3n de los mismos.<br \/>\nEn ejecuci\u00f3n de la normativa europea se elabora el Programa de Apoyo al Sector Vitivin\u00edcola Espa\u00f1ol 2019-2023 (en adelante Pasve), que ha sido aprobado por comunicaci\u00f3n de la Comisi\u00f3n Europea, de 11 de noviembre de 2017, en virtud de este nuevo Programa la Administraci\u00f3n General del Estado aprueba el Real Decreto 5\/2018, de 12 de enero, para la aplicaci\u00f3n de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivin\u00edcola espa\u00f1ol (B.O.E. n\u00ba 12 de 13 de enero de 2018), estableci\u00e9ndose como la normativa b\u00e1sica aplicable de las medidas recogidas en lo relativo al citado Programa de Apoyo, entre las que se encuentran la regulaci\u00f3n de la eliminaci\u00f3n de los subproductos de la vinificaci\u00f3n y la medida de destilaci\u00f3n de los mismos<br \/>\nLos productores est\u00e1n obligados a la eliminaci\u00f3n de subproductos obtenidos en la transformaci\u00f3n, obligaci\u00f3n que se viene aplicando desde hace a\u00f1os y que es necesario mantener como forma de garantizar la calidad de los vinos al tiempo que se preserva el medio ambiente.<br \/>\nSe podr\u00e1 cumplir parcial o totalmente con la obligaci\u00f3n de eliminar los subproductos de la vinificaci\u00f3n o de cualquier otra transformaci\u00f3n de uvas mediante entrega de los subproductos para la destilaci\u00f3n a un destilador o realizando una retirada bajo control.<br \/>\nPodr\u00e1 concederse apoyo para la destilaci\u00f3n de subproductos de la viticultura que se haya realizado de acuerdo con las condiciones que se fijan en el anexo VIII, parte II, secci\u00f3n D, del Reglamento (UE) 1308\/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.<br \/>\nSi bien este Real Decreto agota pr\u00e1cticamente las bases reguladoras, quedar\u00edan aspectos susceptibles de desarrollo por parte de las Comunidades Aut\u00f3nomas, como los relativos a la autorizaci\u00f3n de destiladores, la regulaci\u00f3n de la obligaci\u00f3n de eliminar los subproductos de la vinificaci\u00f3n o de otras formas de transformaci\u00f3n de las uvas, la autorizaci\u00f3n de programas de retirada bajo control y de tramitaci\u00f3n y gesti\u00f3n de las solicitudes de ayuda, de conformidad con lo dispuesto en \u00e9l.<br \/>\nAs\u00ed la orden tiene por objeto precisar las bases reguladoras de la obligaci\u00f3n de eliminar los subproductos de la vinificaci\u00f3n o de otras formas de transformaci\u00f3n de las uvas, as\u00ed como de la concesi\u00f3n y gesti\u00f3n de las ayudas para<br \/>\nA\u00d1O XXXVII N\u00fam. 147 27 de julio de 2018 20503<br \/>\nla destilaci\u00f3n de los subproductos, de conformidad con lo dispuesto en el citado Real Decreto 5\/2018, de 12 de enero.<br \/>\nDe acuerdo con lo expuesto, a propuesta de la Direcci\u00f3n General con competencias en esta materia, y en virtud de las competencias que encomienda a la Consejer\u00eda de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, el Decreto 84\/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura org\u00e1nica y las competencias de la Consejer\u00eda de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural y conforme a lo previsto en el art\u00edculo 72 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1\/2002, de 19 de noviembre,<br \/>\nDispongo:<br \/>\nCap\u00edtulo I. Disposiciones generales.<br \/>\nArt\u00edculo 1. Objeto y \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n.<br \/>\n1. El objeto de la presente orden es regular la obligaci\u00f3n de eliminar los subproductos procedentes de la vinificaci\u00f3n o de otras formas de transformaci\u00f3n de las uvas en Castilla-La Mancha.<br \/>\n2. Precisar las bases reguladoras del r\u00e9gimen de las ayudas para la destilaci\u00f3n de los subproductos en Castilla-La Mancha, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 5\/2018, de 12 de enero, para la aplicaci\u00f3n de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivin\u00edcola.<br \/>\n3. Establecer la convocatoria abierta de estas ayudas hasta el fin del per\u00edodo del Programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivin\u00edcola.<br \/>\nArt\u00edculo 2. Definiciones.<br \/>\nA efectos de aplicaci\u00f3n de la presente orden, adem\u00e1s de las definiciones que figuran en el art\u00edculo 2 del Real Decreto 5\/2018, de 12 de enero, para la aplicaci\u00f3n de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivin\u00edcola, se entiende por:<br \/>\na) \u201cAutoridad competente\u201d: la Consejer\u00eda de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha a efectos de: &#8211; La obligaci\u00f3n de eliminar los subproductos en aquellas instalaciones de producci\u00f3n ubicadas en el territorio de Castilla-La Mancha. &#8211; La aplicaci\u00f3n del r\u00e9gimen de ayudas a la destilaci\u00f3n de subproductos en aquellas destiler\u00edas ubicadas en el territorio de Castilla-La Mancha. b) \u201cCampa\u00f1a vit\u00edcola\u201d: periodo comprendido entre el 1 de agosto del a\u00f1o en curso y el 31 de julio del a\u00f1o siguiente.<br \/>\nArt\u00edculo 3. Solicitudes, comunicaciones y notificaciones telem\u00e1ticas.<br \/>\n1. De conformidad con lo dispuesto en el art\u00edculo 14 de la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas, las personas jur\u00eddicas as\u00ed como las personas f\u00edsicas por raz\u00f3n de su dedicaci\u00f3n profesional estar\u00e1n obligadas a relacionarse con la autoridad competente a trav\u00e9s de medios electr\u00f3nicos<br \/>\n2. Todas las solicitudes y comunicaciones mencionadas en la presente orden, as\u00ed como la documentaci\u00f3n correspondiente que deba adjuntarse a las mismas, a excepci\u00f3n de la presentaci\u00f3n de las garant\u00edas previstas en esta orden, se presentar\u00e1n por v\u00eda telem\u00e1tica, con firma electr\u00f3nica de la persona solicitante en caso tratarse de persona f\u00edsica, o del representante legal que figure en la solicitud presentada y mediante la cumplimentaci\u00f3n de los anexos correspondientes, habilitados al respecto en la sede electr\u00f3nica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es).<br \/>\nLas garant\u00edas deber\u00e1n presentarse preferentemente en la Direcci\u00f3n Provincial de la Consejer\u00eda de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural de la provincia donde radique su domicilio social, pudiendo ser presentada tambi\u00e9n en los Servicios Centrales, y Oficinas Comarcales de la Consejer\u00eda de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, o en los lugares previstos en el art\u00edculo 16.4 de la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas. No podr\u00e1 presentarse esta documentaci\u00f3n telem\u00e1ticamente dado que es necesaria la documentaci\u00f3n original de la constituci\u00f3n de la garant\u00eda.<br \/>\nA\u00d1O XXXVII N\u00fam. 147 27 de julio de 2018 20504<br \/>\n3. Todas las notificaciones que se dirijan a los interesados se llevar\u00e1n a cabo por procedimientos telem\u00e1ticos, utilizando para ello s\u00f3lo medios electr\u00f3nicos. A tal efecto, la persona interesada deber\u00e1 darse de alta en la Plataforma de Notificaciones Telem\u00e1ticas en la sede electr\u00f3nica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https:\/\/ notifica.jccm.es\/notifica\/).<br \/>\nCap\u00edtulo II. Cumplimiento de la obligaci\u00f3n de eliminaci\u00f3n de los subproductos.<br \/>\nArt\u00edculo 4. Obligaci\u00f3n de eliminaci\u00f3n de los subproductos.<br \/>\n1. Los productores estar\u00e1n obligados a la eliminaci\u00f3n de los subproductos obtenidos en la transformaci\u00f3n. No obstante, los productores que, en la campa\u00f1a vit\u00edcola que se trate, no produzcan m\u00e1s de 25 hectolitros de vino o mosto en sus instalaciones, no estar\u00e1n obligados a eliminar los subproductos.<br \/>\n2. Se podr\u00e1 cumplir con la obligaci\u00f3n de eliminar los subproductos procedentes de la vinificaci\u00f3n o de cualquier otra transformaci\u00f3n de uvas mediante la entrega de los subproductos para su destilaci\u00f3n, o realizando una retirada bajo control, tal y como se establece en el art\u00edculo 7 de la presente orden.<br \/>\n3. La cantidad m\u00ednima de alcohol contenida en los subproductos eliminados deber\u00e1 ser:<br \/>\na) el 10 por cien del volumen de alcohol contenido en el vino producido que se haya obtenido por vinificaci\u00f3n directa de la uva. b) el 5 por cien del volumen de alcohol contenido en el producto elaborado, para los elaboradores de vino a partir de mosto o de vino nuevo en proceso de transformaci\u00f3n.<br \/>\n4. Para determinar el volumen de alcohol que se tendr\u00e1 que eliminar por medio de los subproductos y, en su caso, del vino, en relaci\u00f3n con el volumen de alcohol contenido en el vino producido, se considera que el grado alcoh\u00f3lico volum\u00e9trico natural del vino en la zona vit\u00edcola a la que pertenece Castilla-La Mancha, la zona vit\u00edcola C III.b), es del 10 % vol, tal y como se establece en el Reglamento (CE) n\u00ba 555\/2008, de la Comisi\u00f3n, de 27 de junio de 2008.<br \/>\n5. En el caso de no alcanzarse el porcentaje establecido en el apartado anterior, el productor que haya procedido a la vinificaci\u00f3n deber\u00e1 entregar vino de su propia producci\u00f3n para destilaci\u00f3n o para fabricaci\u00f3n de vinagre, con el fin de alcanzar el porcentaje citado.<br \/>\n6. Los productores sujetos a la obligaci\u00f3n de eliminaci\u00f3n prevista en el presente art\u00edculo cumplir\u00e1n con su obligaci\u00f3n a m\u00e1s tardar al final de la campa\u00f1a vit\u00edcola en la que se hayan obtenido. En el caso de entrega de subproductos a destilaci\u00f3n, la fecha l\u00edmite de entrega ser\u00e1 el 15 de junio de esa campa\u00f1a.<br \/>\nArt\u00edculo 5. Caracter\u00edsticas de los subproductos eliminados.<br \/>\n1. De conformidad con lo dispuesto en la letra d de la parte II del Anexo VIII del Reglamento (UE) n\u00ba 1308\/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, queda prohibido el sobreprensado de las uvas, as\u00ed como el prensado de las l\u00edas de vino y la reanudaci\u00f3n de la fermentaci\u00f3n del orujo de uva con fines distintos de la destilaci\u00f3n o la producci\u00f3n de piqueta.<br \/>\n2. El contenido m\u00ednimo de alcohol puro de los subproductos eliminados deber\u00e1 ser el siguiente:<br \/>\na) para los orujos de uva: 2,8 litros de alcohol puro por cada 100 kilogramos, b) para las l\u00edas de vino: 4 litros de alcohol puro por cada 100 kilogramos.<br \/>\n3. En el caso de productores que entreguen vino a una f\u00e1brica de vinagre, la cantidad de alcohol contenida en los vinos entregados se deducir\u00e1 de la cantidad de alcohol que deba entregarse para cumplir con la obligaci\u00f3n establecida en el apartado 3 del art\u00edculo 4 de la presente orden.<br \/>\nArt\u00edculo 6. Destilaci\u00f3n de los subproductos<br \/>\n1. Tal y como establece el art\u00edculo 4 de la presente orden, la eliminaci\u00f3n obligatoria de subproductos obtenidos de la vinificaci\u00f3n o de cualquier otra forma de transformaci\u00f3n de la uva podr\u00e1 realizarse bajo la modalidad de entrega para su destilaci\u00f3n.<br \/>\nA\u00d1O XXXVII N\u00fam. 147 27 de julio de 2018 20505<br \/>\nLos productores que entreguen los subproductos a un destilador recibir\u00e1n como justificante de su entrega un certificado por las entradas diarias de materia prima, que se ajustar\u00e1 al contenido del Anexo V-B de la presente orden, e incluir\u00e1 informaci\u00f3n relativa a la naturaleza, cantidad y grado alcoh\u00f3lico volum\u00e9trico del producto entregado, as\u00ed como la fecha de su recepci\u00f3n y si los gastos del transporte corren a cargo del productor o del destilador.<br \/>\nEl destilador extender\u00e1 un certificado de entregas por cada productor y tipo de producto entregado diariamente (orujo, l\u00edas y vino), y enviar\u00e1 dichos certificados al productor en el plazo de diez d\u00edas desde que se haya producido la entrega.<br \/>\n2. El productor cuando entregue los subproductos a un destilador que no se acoja al r\u00e9gimen de ayudas establecido en el cap\u00edtulo III de la presente orden o no tenga sus instalaciones ubicadas en esta Comunidad Aut\u00f3noma, remitir\u00e1 a la Consejer\u00eda de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, mediante la cumplimentaci\u00f3n del Anexo V-A y en la forma establecida en el art\u00edculo 3 de la presente orden, los certificados de entrega de subproductos, as\u00ed como un certificado de la destiler\u00eda en el que figuren las entradas de los productos entregados en fabricaci\u00f3n y del alcohol obtenido, en el que se indicar\u00e1, el n\u00famero de certificado de recepci\u00f3n, la identificaci\u00f3n del productor, el volumen destilado y la fecha de transformaci\u00f3n, grado volum\u00e9trico y cantidad del alcohol obtenido.<br \/>\n3. El contenido m\u00ednimo de alcohol puro de los subproductos destilados ser\u00e1 el indicado en el punto 2 del art\u00edculo 5.<br \/>\nArt\u00edculo 7. Retirada bajo control de los subproductos<br \/>\n1. Tal y como establece el art\u00edculo 4 de la presente orden, la eliminaci\u00f3n obligatoria de subproductos obtenidos de la vinificaci\u00f3n o de cualquier otra forma de transformaci\u00f3n de la uva podr\u00e1 realizarse bajo la modalidad de retirada de subproductos bajo control.<br \/>\n2. Los productores que vayan a utilizar un procedimiento de retirada bajo control para la eliminaci\u00f3n de los subproductos deber\u00e1n disponer de la conformidad de la autoridad medioambiental.<br \/>\n3. Asimismo, los productores deber\u00e1n solicitar autorizaci\u00f3n para llevar a cabo un programa de retirada de subproductos bajo control a trav\u00e9s del modelo Anexo I incluido en la presente orden, que incluir\u00e1 informaci\u00f3n relativa al tipo de producto y una descripci\u00f3n detallada del procedimiento propuesto para la retirada, e ir\u00e1 acompa\u00f1ada de la correspondiente conformidad de la autoridad medioambiental.<br \/>\n4. La solicitud de autorizaci\u00f3n de acuerdo con el modelo de Anexo I y la conformidad de la autoridad medioambiental se presentar\u00e1n antes del 31 de agosto de la campa\u00f1a vit\u00edcola de que se trate y en la forma establecida en el art\u00edculo 3 de la presente orden y se dirigir\u00e1n a la direcci\u00f3n Provincial donde est\u00e9n ubicadas las instalaciones de la bodega.<br \/>\n5. Corresponde a las respectivas Direcciones Provinciales de la Consejer\u00eda de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural la ordenaci\u00f3n e instrucci\u00f3n de las solicitudes de retirada bajo control.<br \/>\nEn virtud del art\u00edculo 68 de la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas, si la solicitud no se acompa\u00f1ara de todos los documentos e informaciones o \u00e9stos presentaran defectos de forma, se requerir\u00e1 a la persona interesada para que la subsane, en el plazo improrrogable de diez d\u00edas, indic\u00e1ndole que s\u00ed no lo hiciese, se le tendr\u00e1 por desistido de su petici\u00f3n, previa resoluci\u00f3n, que deber\u00e1 ser dictada en los t\u00e9rminos previstos en el art\u00edculo 21 de la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas, por la persona titular de la Direcci\u00f3n General..<br \/>\nLas Direcciones Provinciales de la Consejer\u00eda de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, revisar\u00e1n la documentaci\u00f3n presentada de los solicitantes que se circunscriban a su \u00e1mbito territorial y una vez verificado que se cumplen todos los requisitos y documentaci\u00f3n necesaria para la retirada bajo control, la remitir\u00e1n al Servicio competente de la Direcci\u00f3n General con competencias en materia de eliminaci\u00f3n de subproductos. (en adelante, Direcci\u00f3n General).<br \/>\n6. A la vista del proyecto presentado y del informe de la autoridad medioambiental, la persona titular de la Direcci\u00f3n General proceder\u00e1 a dictar la resoluci\u00f3n concediendo o denegando la autorizaci\u00f3n para la realizaci\u00f3n de la misma, as\u00ed como las condiciones de realizaci\u00f3n de la retirada, y la notificar\u00e1 a la persona interesada en el plazo m\u00e1ximo de seis meses contados a partir del d\u00eda siguiente a la presentaci\u00f3n del proyecto de retirada. Transcurrido este plazo sin haberse notificado, se entender\u00e1 estimada su solicitud de conformidad con lo dispuesto en el art\u00edculo 24 de la citada Ley 39\/2015, de 1 de octubre.<br \/>\nA\u00d1O XXXVII N\u00fam. 147 27 de julio de 2018 20506<br \/>\n7. La retirada de las l\u00edas, en caso de no enviarse a destilaci\u00f3n, se podr\u00e1 considerar efectuada cuando estas se hayan desnaturalizado de forma que imposibilite su utilizaci\u00f3n en el proceso de vinificaci\u00f3n y su entrega a terceros se haya consignado en los registros correspondientes.<br \/>\n8. El contenido m\u00ednimo de alcohol puro de los subproductos a retirar ser\u00e1 el indicado en el punto 2 del art\u00edculo 5.<br \/>\n9. El contenido de alcohol puro de los subproductos eliminados mediante este procedimiento de retirada, contabilizar\u00e1 a efectos del c\u00f3mputo de las cantidades obligadas a entregar para el cumplimiento de las cantidades m\u00ednimas establecidas en el art\u00edculo 4.3 de esta orden.<br \/>\n10. Con el fin de comprobar el cumplimiento de la obligaci\u00f3n de eliminaci\u00f3n de subproductos, el productor que utilice un procedimiento de retirada bajo control, comunicar\u00e1 a la Direcci\u00f3n Provincial correspondiente:<br \/>\n1. La fecha de obtenci\u00f3n de los subproductos objeto de retirada. 2. La fecha en que se llevar\u00e1 a cabo la eliminaci\u00f3n de los subproductos de acuerdo con el procedimiento de retirada bajo control autorizado.<br \/>\nDichas comunicaciones deber\u00e1n realizarse con la antelaci\u00f3n suficiente para poder programar la realizaci\u00f3n de los controles necesarios para la realizaci\u00f3n de un aforo y la toma de muestra para la determinaci\u00f3n del grado de los subproductos retirados y para poder comprobar la eliminaci\u00f3n de los subproductos.<br \/>\n11. De conformidad con el art\u00edculo 52.4 del Real Decreto 5\/2018, de 12 de enero, la resoluci\u00f3n de autorizaci\u00f3n no exime de las obligaciones fiscales previstas en la normativa de los Impuestos Especiales cuando los productos para los que se autoriza la retirada controlada est\u00e1n sujetos a dichas obligaciones.<br \/>\n12. Todas las solicitudes, requerimientos, notificaciones y comunicaciones, mencionadas en este art\u00edculo, as\u00ed como la presentaci\u00f3n de la documentaci\u00f3n correspondiente que deba adjuntarse a las mismas, se llevar\u00e1n a cabo en la forma establecida en el art\u00edculo 3 de la presente orden.<br \/>\nCap\u00edtulo III. R\u00e9gimen de ayuda a la destilaci\u00f3n de subproductos<br \/>\nArt\u00edculo 8. Solicitud de autorizaci\u00f3n de los destiladores.<br \/>\n1. De conformidad con lo dispuesto en el art\u00edculo 54 del Real Decreto 5\/2018, de 12 de enero, los destiladores cuyas instalaciones radiquen en el territorio de Castilla-La Mancha, que deseen participar en el r\u00e9gimen de ayudas previsto en el art\u00edculo 52 del Reglamento (UE) n\u00ba 1308\/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, deber\u00e1n obtener una autorizaci\u00f3n previa.<br \/>\n2. Asimismo, deber\u00e1n estar inscritos en el registro territorial a que se refiere el art\u00edculo 40 del Reglamento de los Impuestos Especiales, aprobado por Real Decreto 1165\/1995, de 7 de julio, disponiendo del c\u00f3digo de actividad y del establecimiento (CAE) previsto en el art\u00edculo 1 de dicho Reglamento.<br \/>\n3. El destilador que desee solicitar autorizaci\u00f3n presentar\u00e1 la solicitud incluida como Anexo II de la presente orden junto con la documentaci\u00f3n adjunta en la forma establecida en el art\u00edculo 3 de la orden.<br \/>\n4. La documentaci\u00f3n que se adjuntar\u00e1 a la solicitud de autorizaci\u00f3n ser\u00e1 la siguiente:<br \/>\na) Documentaci\u00f3n acreditativa de la identidad de la persona solicitante 1\u00ba. En el caso de personas f\u00edsicas fotocopia del NIF\/NIE en el caso de que conste su oposici\u00f3n expresa a que por esta Administraci\u00f3n se consulten los datos conforme establece el art\u00edculo 28.2 de la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas. En el caso de relacionarse con la Administraci\u00f3n a trav\u00e9s de un representante, deber\u00e1 presentar la documentaci\u00f3n indicada para el caso de personas jur\u00eddicas indicada en el apartado 2\u00ba ii y 2\u00ba iii. 2\u00ba. En el caso de personas jur\u00eddicas: i. Escritura de constituci\u00f3n o estatutos de la entidad debidamente inscritos en el registro correspondiente, en su caso, as\u00ed como las modificaciones posteriores. ii. Fotocopia del NIF del representante en el caso de que conste su oposici\u00f3n expresa a que por esta Administraci\u00f3n se consulten los datos conforme establece el art\u00edculo 28.2 de la Ley 39\/2015, de 1 de octubre. iii. Documento que acredite la representaci\u00f3n.<br \/>\nA\u00d1O XXXVII N\u00fam. 147 27 de julio de 2018 20507<br \/>\nb) Certificado expedido por la Oficina Gestora de Impuestos Especiales, autorizando su funcionamiento, de acuerdo con lo establecido en el art\u00edculo 40 del Real Decreto 1165\/1995, de 7 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los Impuestos Especiales. c) Copia del documento que acredite la verificaci\u00f3n de las b\u00e1sculas. d) Copia del recibo del \u00faltimo pago del Impuesto de Actividades Econ\u00f3micas (IAE), o, en caso de estar exento de dicho pago, de acuerdo con el art\u00edculo 82 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2\/2004, de 5 de marzo, copia del alta en el impuesto y declaraci\u00f3n responsable relativa a la concurrencia de la exenci\u00f3n.<br \/>\nLa documentaci\u00f3n mencionada con anterioridad no ser\u00e1 necesario presentarla si ya obra en poder de la Administraci\u00f3n y la persona solicitante se acoja a lo establecido en el art\u00edculo 53.d) de la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas, siempre que se haga constar la fecha y el \u00f3rgano o dependencia en que fue entregada, no hayan transcurrido m\u00e1s de cinco a\u00f1os desde la finalizaci\u00f3n del procedimiento que motiv\u00f3 su presentaci\u00f3n y no se hayan producido cambios que modifiquen su contenido.<br \/>\nArt\u00edculo 9. Tramitaci\u00f3n de las solicitudes de autorizaci\u00f3n de los destiladores y resoluci\u00f3n.<br \/>\n1. Los servicios con competencias en esta materia de las Direcciones Provinciales de la Consejer\u00eda de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural ser\u00e1n los \u00f3rganos instructores, examinando si las solicitudes de autorizaci\u00f3n est\u00e1n completas y se acompa\u00f1an de toda la documentaci\u00f3n requerida en el art\u00edculo anterior.<br \/>\n2. En virtud del art\u00edculo 68 de la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas, si la solicitud no se acompa\u00f1ara de todos los documentos e informaciones o \u00e9stos presentaran defectos de forma, se requerir\u00e1 a la persona interesada para que la subsane, en el plazo improrrogable de diez d\u00edas, indic\u00e1ndole que s\u00ed no lo hiciese, se le tendr\u00e1 por desistido de su petici\u00f3n, previa resoluci\u00f3n, que deber\u00e1 ser dictada en los t\u00e9rminos previstos en el art\u00edculo 21 de la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas, por la persona titular de la Direcci\u00f3n Provincial que corresponda.<br \/>\n3. A la vista de la documentaci\u00f3n aportada y las alegaciones, en su caso, la persona titular de la Direcci\u00f3n Provincial correspondiente proceder\u00e1 a dictar la resoluci\u00f3n motivada del expediente concediendo o denegando la autorizaci\u00f3n y la notificar\u00e1 en el plazo m\u00e1ximo de seis meses, contados a partir del d\u00eda siguiente al de la presentaci\u00f3n de la solicitud de autorizaci\u00f3n. Transcurrido este plazo sin haberse notificado, se entender\u00e1 estimada su solicitud de conformidad con lo dispuesto en el art\u00edculo 24 de la citada Ley 39\/2015, de 1 de octubre.<br \/>\n4. La resoluci\u00f3n de concesi\u00f3n o denegaci\u00f3n de la autorizaci\u00f3n, indicar\u00e1 que no pone fin a la v\u00eda administrativa, por lo que puede ser objeto de recurso de alzada ante la persona titular de la Consejer\u00eda de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural dentro del plazo de un mes a contar desde el d\u00eda siguiente al de su notificaci\u00f3n, de conformidad con lo establecido en los art\u00edculos 121 y 122 de la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas.<br \/>\n5. Las autorizaciones tendr\u00e1n validez en tanto en cuanto no se suspendan o revoquen expresamente o el destilador renuncie a la autorizaci\u00f3n.<br \/>\nNo obstante lo anterior, los destiladores autorizados deber\u00e1n comunicar, antes del 1 de agosto de cada campa\u00f1a vit\u00edcola, su intenci\u00f3n de continuar o suspender su participaci\u00f3n en el r\u00e9gimen de ayudas a la destilaci\u00f3n en dicha campa\u00f1a, as\u00ed como declarar que han cumplido satisfactoriamente los requisitos establecidos en la normativa durante la campa\u00f1a anterior y que no hay modificaci\u00f3n de las condiciones en virtud de las cuales se concedi\u00f3 la autorizaci\u00f3n.<br \/>\nEn caso de continuar en el r\u00e9gimen de ayudas a la destilaci\u00f3n, a esta comunicaci\u00f3n se le adjuntar\u00e1 copia del documento que acredite la verificaci\u00f3n de las b\u00e1sculas y copia del recibo del \u00faltimo pago del Impuesto de Actividades Econ\u00f3micas (IAE), en el caso de que conste su oposici\u00f3n expresa a que por esta Administraci\u00f3n se consulten los datos conforme establece el art\u00edculo 28.2 de la Ley 39\/2015, de 1 de octubre o, en caso de estar exento de dicho pago, de acuerdo con el art\u00edculo 82 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2\/2004, de 5 de marzo, copia del alta en el impuesto y declaraci\u00f3n responsable relativa a la concurrencia de la exenci\u00f3n.<br \/>\nLa comunicaci\u00f3n de continuar o suspender su participaci\u00f3n en cada campa\u00f1a y la documentaci\u00f3n correspondiente se presentar\u00e1n a trav\u00e9s del Anexo III de la presente orden.<br \/>\nA\u00d1O XXXVII N\u00fam. 147 27 de julio de 2018 20508<br \/>\nA la vista de la comunicaci\u00f3n y la documentaci\u00f3n aportada, la persona titular de la Direcci\u00f3n Provincial correspondiente proceder\u00e1 a confirmar o denegar la autorizaci\u00f3n y la notificar\u00e1 a la persona beneficiaria en el plazo m\u00e1ximo de seis meses, contados a partir del d\u00eda siguiente de la comunicaci\u00f3n.Transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado la confirmaci\u00f3n, la autorizaci\u00f3n se entender\u00e1 confirmada.<br \/>\n6. El destilador que sufra alguna variaci\u00f3n en relaci\u00f3n a las condiciones en virtud de las cuales se concedi\u00f3 la autorizaci\u00f3n deber\u00e1 comunicarlo de forma inmediata y, en todo caso, en el plazo de diez d\u00edas desde la fecha en que se produzcan dichas variaciones.<br \/>\nA esta comunicaci\u00f3n se adjuntar\u00e1 un certificado expedido por la Oficina Gestora de Impuestos Especiales en el que figure que est\u00e1 inscrito en el registro territorial correspondiente, que incluya las variaciones producidas.<br \/>\nDicha comunicaci\u00f3n y la documentaci\u00f3n correspondiente se presentar\u00e1n por v\u00eda telem\u00e1tica, con firma electr\u00f3nica y a trav\u00e9s de la cumplimentaci\u00f3n del Anexo IV de la presente orden.<br \/>\nA la vista de la comunicaci\u00f3n y la documentaci\u00f3n aportada, la persona titular de la Direcci\u00f3n Provincial correspondiente proceder\u00e1 a confirmar o denegar la autorizaci\u00f3n de la destiler\u00eda y la notificar\u00e1 a la persona beneficiaria, en el plazo m\u00e1ximo de seis meses, contados a partir del d\u00eda siguiente de la comunicaci\u00f3n. Transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado la confirmaci\u00f3n, las variaciones ser\u00e1n aceptadas y la autorizaci\u00f3n de la destiler\u00eda se entender\u00e1 confirmada.<br \/>\n7. Todos los requerimientos, notificaciones y comunicaciones mencionadas en este art\u00edculo, as\u00ed como la presentaci\u00f3n de la documentaci\u00f3n correspondiente que deba adjuntarse a las mismas, se llevar\u00e1n a cabo en la forma establecida en el art\u00edculo 3 de la presente orden.<br \/>\nArt\u00edculo 10. Compromisos del destilador que solicita autorizaci\u00f3n.<br \/>\nEl destilador que solicite autorizaci\u00f3n para actuar en el marco de la ayuda a la destilaci\u00f3n de subproductos, previsto en el art\u00edculo 52 del Reglamento (UE) n\u00ba 1308\/2013 deber\u00e1 asumir los siguientes compromisos:<br \/>\na) Recibir los productos entregados por los productores en la forma y plazos previstos en la presente orden. b) Llevar a cabo la destilaci\u00f3n de subproductos por su cuenta, y en su caso, realizar dicha operaci\u00f3n a m\u00e1s tardar el 15 de julio de la campa\u00f1a vit\u00edcola de que se trate y pagar al productor cuando este haya asumido el gasto, el importe destinado a compensar los gastos de transporte de la materia prima. c) No fabricar alcohol a partir de melazas, ni de cualquier otro producto no v\u00ednico, ni almacenar aqu\u00e9l o \u00e9stos en el recinto de la f\u00e1brica, durante el tiempo de vigencia de la autorizaci\u00f3n. d) Llevar cuentas separadas de los distintos tipos de productos entregados. e) Remitir a la Administraci\u00f3n la documentaci\u00f3n prevista en los art\u00edculos 12 y 19 de la presente orden, as\u00ed como cualquier otra que le fuera requerida. f) Enviar al productor los certificados de entrega de subproductos previstos en el art\u00edculo 6 de la presente orden. g) Facilitar toda la documentaci\u00f3n e informaci\u00f3n que le sea requerida para justificar que el alcohol que resulte de la destilaci\u00f3n a la que se haya concedido ayuda se utilizar\u00e1 exclusivamente con fines industriales o energ\u00e9ticos. h) Tener actualizados el calibrado y control metrol\u00f3gico de los aparatos de medici\u00f3n (b\u00e1sculas y alcoh\u00f3metros).<br \/>\nArt\u00edculo 11. Revocaci\u00f3n o suspensi\u00f3n de la autorizaci\u00f3n.<br \/>\n1. Se podr\u00e1 revocar la autorizaci\u00f3n cuando se compruebe el incumplimiento de las condiciones que motivaron su concesi\u00f3n, se detecte el incumplimiento de alguno de los compromisos establecidos en el art\u00edculo 10 de esta orden, o bien se hayan producido modificaciones sustanciales que afecten a las condiciones de autorizaci\u00f3n y no hayan sido comunicadas.<br \/>\n2. Durante el periodo de vigencia de la autorizaci\u00f3n \u00e9sta podr\u00e1 suspenderse por incumplimiento de cualquiera de las prescripciones establecidas en el Real Decreto 5\/2018, de 12 de enero y la presente orden, siempre que sea posible la aplicaci\u00f3n de condiciones, limitaciones y medidas correctoras.<br \/>\n3. La revocaci\u00f3n o la suspensi\u00f3n se realizar\u00e1n mediante resoluci\u00f3n motivada de la Direcci\u00f3n Provincial correspondiente, previa instrucci\u00f3n del correspondiente expediente, que se tramitar\u00e1 seg\u00fan la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas.<br \/>\nA\u00d1O XXXVII N\u00fam. 147 27 de julio de 2018 20509<br \/>\nArt\u00edculo 12. Documentaci\u00f3n a presentar por el destilador a la Administraci\u00f3n.<br \/>\n1. Las destiler\u00edas autorizadas para este r\u00e9gimen de ayudas deber\u00e1n presentar en los plazos que a continuaci\u00f3n se indiquen la siguiente documentaci\u00f3n:<br \/>\na) Relativas a entregas de subproductos: En el plazo m\u00e1ximo de diez d\u00edas h\u00e1biles desde que se haya producido la entrega de subproductos: Anexo V-A de la presente orden cumplimentado &#8211; Certificados de entrega, de acuerdo con el modelo establecido en el Anexo V-B de la presente orden, emitidos a cada productor seg\u00fan el tipo de producto entregado y las entradas diarias de materia prima, mencionando al menos la naturaleza, cantidad y grado alcoh\u00f3lico volum\u00e9trico del producto entregado, as\u00ed como la fecha de su recepci\u00f3n y si los gastos del transporte son a cargo del productor o del destilador. &#8211; En los casos en los que el destilador remita Anexos V-B correspondientes a productores de otras comunidades aut\u00f3nomas, este deber\u00e1 presentar tantos ficheros en formato pdf como comunidades aut\u00f3nomas a las que pertenezcan las bodegas proveedoras de los subproductos. &#8211; Cada fichero agrupar\u00e1 los Anexos V-B de una comunidad aut\u00f3noma. &#8211; Fichero inform\u00e1tico \u201cFichero de Entregas\u201d (dise\u00f1ado seg\u00fan el formato que figura en el documento: \u201cFormato ficheros de texto informaci\u00f3n destilaci\u00f3n\u201c que figura en la sede electr\u00f3nica) b) Comunicaciones relativas a destilaciones de subproductos: En el plazo m\u00e1ximo de diez d\u00edas h\u00e1biles desde que se haya finalizado un documento Modelo 520: &#8211; Anexo VI-A de la presente orden cumplimentado &#8211; Parte de resultados de operaciones de trabajo (Documento Modelo 520), aprobado por Resoluci\u00f3n de 20 de enero de 1998 del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales, por la que se aprueban diversos modelos en relaci\u00f3n con la gesti\u00f3n de los Impuestos Especiales) &#8211; Documento resumen de materia prima destilada y alcohol obtenido, de acuerdo con el modelo establecido en el Anexo VI-B de la presente orden, en el que figuren las entradas de los productos entregados en fabricaci\u00f3n y del alcohol obtenido, en el que se indicar\u00e1, el n\u00famero de certificado de recepci\u00f3n, la identificaci\u00f3n del productor, el volumen destilado y la fecha de transformaci\u00f3n, grado volum\u00e9trico y cantidad del alcohol obtenido. &#8211; Fichero de alcohol obtenido (dise\u00f1ado seg\u00fan el formato que figura en el documento: \u201cFormato ficheros de texto informaci\u00f3n destilaci\u00f3n \u201c que figuran en la sede electr\u00f3nica) &#8211; Fichero de entregas y de alcohol obtenido (dise\u00f1ado seg\u00fan el formato que figura en el documento: \u201cFormato ficheros de texto informaci\u00f3n destilaci\u00f3n \u201c que figuran en la sede electr\u00f3nica)<br \/>\n2. Toda la documentaci\u00f3n mencionada en este art\u00edculo se presentar\u00e1 tal y como establece el art\u00edculo 3 de la presente orden.<br \/>\nArt\u00edculo 13. Personas beneficiarias y requisitos<br \/>\n1. La ayuda prevista en el art\u00edculo 52 del Reglamento (UE) n\u00ba 1308\/2013 del parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, se conceder\u00e1 a los destiladores autorizados que transformen los subproductos obtenidos en territorio nacional, entregados para cumplir con la obligaci\u00f3n establecida en el art\u00edculo 4 de esta orden, en alcohol con un grado alcoh\u00f3lico m\u00ednimo del 92 por cien vol. Las operaciones de destilaci\u00f3n deber\u00e1n finalizar a m\u00e1s tardar el 15 de julio de la campa\u00f1a vit\u00edcola de que se trate.<br \/>\nComo se indica en el punto 1 del art\u00edculo 42 del Reglamento Delegado (UE) 2016\/1149, de la Comisi\u00f3n, de 15 de abril de 2016, el p\u00e1rrafo primero no impedir\u00e1 la transformaci\u00f3n del alcohol obtenido, sobre la base de la cual el importe de la ayuda se calcular\u00e1, a fin de cumplir el requisito del art\u00edculo 52, apartado 5, del Reglamento (UE) n\u00ba 1308\/2013, relativo a la utilizaci\u00f3n exclusiva para fines industriales o energ\u00e9ticos.<br \/>\n2. El alcohol obtenido de la destilaci\u00f3n de subproductos por el que se conceda una ayuda se utilizar\u00e1 exclusivamente con fines industriales o energ\u00e9ticos con el fin de evitar distorsiones de la libre competencia.<br \/>\n3. Las personas beneficiarias de la ayuda deber\u00e1n cumplir los siguientes requisitos:<br \/>\na) Que las instalaciones de la destiler\u00eda est\u00e9n ubicadas en el territorio de Castilla-La Mancha. b) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.<br \/>\nA\u00d1O XXXVII N\u00fam. 147 27 de julio de 2018 20510<br \/>\nc) No estar incursa en las circunstancias se\u00f1aladas en el art\u00edculo 13.2 y 3 de la Ley 38\/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.<br \/>\nEstos requisitos se acreditar\u00e1n mediante declaraci\u00f3n responsable incluida en el modelo de solicitud.<br \/>\nArt\u00edculo 14. Cuant\u00eda de la ayuda.<br \/>\n1. El importe de la ayuda a pagar a los destiladores autorizados por el alcohol obtenido de la destilaci\u00f3n de los subproductos es:<br \/>\na) 1,100 \u20ac\/por cien vol.\/hl para alcohol obtenido a partir de orujos; y b) 0,500 \u20ac\/por cien vol.\/hl para alcohol obtenido a partir de vino y l\u00edas.<br \/>\n2. La ayuda incluye un importe destinado a compensar los gastos de recogida de los subproductos que el destilador transferir\u00e1 al productor cuando sea \u00e9ste quien corra con los gastos. En estos casos, los importes que el destilador pagar\u00e1 al productor ser\u00e1n:<br \/>\na) 0,571 \u20ac\/por cien vol.\/hl por los orujos entregados. b) 0,400 \u20ac\/por cien vol.\/hl por el vino y l\u00edas entregados.<br \/>\nEl destilador deber\u00e1 presentar la prueba de pago al productor de dichos gastos, conforme a lo establecido en el art\u00edculo 15.1.d).<br \/>\nArt\u00edculo 15. Forma y plazo de presentaci\u00f3n de la solicitud de ayuda<br \/>\n1. Las destiler\u00edas autorizadas que re\u00fanan los requisitos previstos en el art\u00edculo 13 de la presente orden presentar\u00e1n el Anexo IX-A acompa\u00f1ado de las solicitudes de ayuda cuyo modelo figura establecido en el Anexo IX-B.<br \/>\nCada solicitud de ayuda del modelo Anexo IX-B que se presente deber\u00e1 acompa\u00f1arse de la siguiente documentaci\u00f3n:<br \/>\na) Relaci\u00f3n de las entregas efectuadas por el productor, incluidas en la solicitud de ayuda, de conformidad con el modelo indicado en el Anexo XI de esta orden b) Documentaci\u00f3n de prueba de la destilaci\u00f3n prevista en el art\u00edculo 12 b) de la presente orden. En caso de haberse presentado con anterioridad a la solicitud de ayuda, no deber\u00e1 marcarse esta casilla habilitada al respecto de la solicitud de ayuda Anexo IX-B. c) Documento que justifique el pago del transporte, de conformidad con el modelo establecido en el Anexo VIII de esta orden. d) En caso de que los gastos de transporte corran por cuenta del productor, se deber\u00e1 presentar la prueba de pago del transporte al productor, de conformidad con el modelo establecido en el Anexo VII de esta orden, junto con las copias de los comprobantes de haber efectuado las transferencias o ingresos bancarios correspondientes. e) Justificaci\u00f3n del destino del alcohol, de acuerdo con lo previsto en el art\u00edculo 19 de esta orden. f) En caso de no presentar la documentaci\u00f3n prevista en los apartados e) y\/o d), en su caso, se pagar\u00e1 la ayuda de forma anticipada siempre que se adjunte la justificaci\u00f3n de la constituci\u00f3n de una garant\u00eda, de acuerdo con lo establecido en el art\u00edculo 17 de esta orden, en forma de aval bancario o certificado de seguro de cauci\u00f3n a favor de la Consejer\u00eda de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural por un importe igual al 100 por cien del anticipo, de conformidad con las condiciones establecidas en el Reglamento Delegado (UE) n\u00ba 907\/2014, de la Comisi\u00f3n, de 11 de marzo de 2014, que completa el Reglamento (UE) n\u00ba 1306\/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los organismos pagadores y otros \u00f3rganos, la gesti\u00f3n financiera, la liquidaci\u00f3n de cuentas, las garant\u00edas y el uso del euro.<br \/>\n2. Las solicitudes de ayuda se podr\u00e1n presentar entre el 16 de octubre y el 20 de julio de cada campa\u00f1a vit\u00edcola, por el alcohol obtenido durante esa campa\u00f1a.<br \/>\n3. Los servicios con competencias en esta materia de las Direcciones Provinciales de la Consejer\u00eda de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural ser\u00e1n los \u00f3rganos instructores, examinando si las solicitudes de ayuda se han aportado con toda la documentaci\u00f3n establecida en esta orden.<br \/>\nA\u00d1O XXXVII N\u00fam. 147 27 de julio de 2018 20511<br \/>\nEn virtud del art\u00edculo 24.4 del Reglamento de desarrollo del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, en materia de subvenciones, aprobado por Decreto Legislativo 1\/2002, de 19 de noviembre (Decreto 21\/2008, de 5 de febrero), si la solicitud no acompa\u00f1a todos los documentos e informaciones establecidas o \u00e9stos presentan defectos de forma, se requerir\u00e1 al interesado, para que la subsane en el plazo improrrogable de diez d\u00edas, indic\u00e1ndole que s\u00ed no lo hiciese, se le tendr\u00e1 por desistido de su petici\u00f3n, previa resoluci\u00f3n.<br \/>\n4. Todas las solicitudes, requerimientos, comunicaciones y notificaciones mencionadas en este art\u00edculo, as\u00ed como la presentaci\u00f3n de la documentaci\u00f3n correspondiente que deba adjuntarse a las mismas, se llevar\u00e1n a cabo en la forma establecida en el art\u00edculo 3 de la presente orden.<br \/>\nArt\u00edculo 16. Financiaci\u00f3n.<br \/>\n1. Los pagos relativos a las ayudas reguladas en la presente orden se financiar\u00e1n \u00edntegramente con cargo al Fondo Europeo Agr\u00edcola de Garant\u00eda (Feaga), a trav\u00e9s del Organismo pagador de Castilla-La Mancha.<br \/>\n2. El pago de las ayudas concedidas se ejecutar\u00e1 a trav\u00e9s de la aplicaci\u00f3n presupuestaria 21.05.0000.G\/718A\/47316, fondo 0000000290 del Presupuesto de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.<br \/>\n3. A las ayudas previstas en el PASVE y en esta orden, cuyo pago deba efectuarse, total o parcialmente, a partir del 15 de octubre de 2020, le ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n lo dispuesto en la disposici\u00f3n adicional segunda del Real Decreto 5\/2018 de 12 de enero.<br \/>\nArt\u00edculo 17. Pago de la ayuda al destilador.<br \/>\n1. No se abonar\u00e1 ninguna ayuda por el volumen de alcohol contenido en los productos que se vayan a destilar superior a un 10 % de la riqueza alcoh\u00f3lica del vino producido en el \u00e1mbito nacional.<br \/>\n2. El destilador autorizado podr\u00e1 recibir un pago parcial del 80 por cien de la ayuda correspondiente a los vol\u00famenes indicados en la solicitud de ayuda, siempre que justifique:<br \/>\na) Que haya efectuado el pago al productor de al menos el 80% de los importes establecidos en concepto de transporte, cuando este gasto haya sido por cuenta del productor, esto es: i) 0,4568 euros por % vol y por hectolitro para las entregas de orujo de uva; ii) 0,32 euros por % vol y por hectolitro para las entregas de vino y l\u00edas de vino. b) Que el alcohol obtenido por el que se solicita la ayuda se haya destinado a fines energ\u00e9ticos o industriales, o que \u00e9ste se haya desnaturalizado, tal y como se establece en el apartado 2 del art\u00edculo 18 de la presente orden.<br \/>\nEn caso de no disponer de los justificantes indicados en los apartados a) y\/o b), podr\u00e1 recibir el anticipo del 80 por ciento de la ayuda, para lo cual deber\u00e1 presentar una garant\u00eda por un importe igual al 100 por cien del anticipo, seg\u00fan se indica en el punto 9 de este art\u00edculo.<br \/>\nEn los casos en que se haya abonado un anticipo, la garant\u00eda se liberar\u00e1 cuando se disponga de los justificantes indicados anteriormente.<br \/>\n3. El importe a pagar en concepto de pago parcial ser\u00e1:<br \/>\na) de orujo: 0, 88 euros por % vol y por hect\u00f3litro de alcohol bruto obtenido; b) de l\u00edas y vino: 0,40 euros por % vol y por hect\u00f3litro de alcohol bruto obtenido.<br \/>\n4. La Direcci\u00f3n Provincial de la Consejer\u00eda de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural correspondiente realizar\u00e1 las comprobaciones necesarias para verificar que procede la concesi\u00f3n y pago parcial de la ayuda, correspondiendo a la Direcci\u00f3n General resolver la concesi\u00f3n y pago parcial de los importes previstos en el punto 3 de este art\u00edculo, dentro de los tres meses siguientes a la presentaci\u00f3n de la solicitud de ayuda completa.<br \/>\n5. Una vez establecida la cuant\u00eda definitiva de la ayuda, de conformidad con lo dispuesto en el art\u00edculo 58.3 del Real Decreto 5\/2018, de 12 de enero, la Consejer\u00eda de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural notificar\u00e1 a los destiladores que hayan solicitado ayuda, la cuant\u00eda definitiva de la misma.<br \/>\n6. Los destiladores deber\u00e1n presentar en el plazo de 7 d\u00edas naturales desde la notificaci\u00f3n de la citada cuant\u00eda definitiva, la siguiente documentaci\u00f3n, en caso de no haberlo hecho con anterioridad:<br \/>\nA\u00d1O XXXVII N\u00fam. 147 27 de julio de 2018 20512<br \/>\na) la justificaci\u00f3n del destino del alcohol. b) en caso de que el gasto del transporte sea por cuenta del productor, el justificante del abono al productor de la totalidad del gasto de transporte que le corresponda, reducida, en su caso, en id\u00e9ntica proporci\u00f3n a la minoraci\u00f3n global de la ayuda establecida en el segundo p\u00e1rrafo del apartado 3 del art\u00edculo 58 del Real Decreto 5\/2018, de 12 de enero.<br \/>\nLa presentaci\u00f3n de dicha documentaci\u00f3n se har\u00e1 mediante la cumplimentaci\u00f3n del Anexo X de la presente orden.<br \/>\n7. Si el destilador autorizado no presentara la justificaci\u00f3n del destino del alcohol, deber\u00e1 presentar una ampliaci\u00f3n de la garant\u00eda por un importe igual al 120 por cien del importe pendiente de pago, en la forma prevista en el punto 9 de este art\u00edculo.<br \/>\nEsta garant\u00eda se liberar\u00e1 cuando se presenten los justificantes del destino del alcohol.<br \/>\nSi el destilador autorizado no presentara la ampliaci\u00f3n de dicha garant\u00eda, deber\u00e1 devolver los importes anticipados o se ejecutar\u00e1 la garant\u00eda presentada por dicha cuant\u00eda.<br \/>\nEn cualquier caso, el destilador autorizado deber\u00e1 enviar los justificantes del destino del alcohol obtenido antes del 31 de enero de la campa\u00f1a siguiente; en caso contrario el destilador autorizado deber\u00e1 reintegrar el importe correspondiente a las partidas cuyo destino no se haya justificado o se ejecutar\u00e1 la garant\u00eda presentada por dicha cuant\u00eda.<br \/>\n8. En caso de que el destilador autorizado no justificara el abono al productor de la totalidad del gasto de transporte que le corresponda, el destilador autorizado deber\u00e1 devolver las cantidades anticipadas o se ejecutar\u00e1 la garant\u00eda presentada por dichas cuant\u00edas.<br \/>\n9. Las garant\u00edas previstas en los puntos 2 y 7 de este art\u00edculo deber\u00e1n presentarse preferentemente en la Direcci\u00f3n Provincial de la Consejer\u00eda de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural de la provincia donde radiquen las instalaciones del destilador, pudiendo ser presentadas tambi\u00e9n en los Servicios Centrales, y Oficinas Comarcales de la Consejer\u00eda de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, o en los lugares previstos en el art\u00edculo 16 de la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas. No podr\u00e1 presentarse esta documentaci\u00f3n telem\u00e1ticamente dado que es necesaria la documentaci\u00f3n original de la constituci\u00f3n de la garant\u00eda<br \/>\n10. A efectos del c\u00e1lculo del alcohol que ha de llegar a destino, se deber\u00e1n tener en cuenta los porcentajes de p\u00e9rdida de acuerdo con lo indicado en el art\u00edculo 18 de esta orden.<br \/>\n11. La Direcci\u00f3n General competente resolver\u00e1 la concesi\u00f3n y pago del saldo, entendiendo por tal la diferencia entre la cuant\u00eda del pago parcial o anticipado y el importe total de la ayuda que corresponda, que se abonar\u00e1 antes del 16 de octubre de la campa\u00f1a siguiente.<br \/>\n12. Todas las notificaciones y comunicaciones, mencionadas en este art\u00edculo, as\u00ed como la presentaci\u00f3n de la documentaci\u00f3n correspondiente que deba adjuntarse a las mismas, con excepci\u00f3n de las garant\u00edas previstas en los puntos 2 y 7, se llevar\u00e1n a cabo en la forma establecida en el art\u00edculo 3 de la presente orden.<br \/>\nArt\u00edculo 18. Justificaci\u00f3n del destino del alcohol.<br \/>\n1. Seg\u00fan lo dispuesto en el art\u00edculo 59.1 del Real Decreto 5\/2018, de 12 de enero, el alcohol que resulte de la destilaci\u00f3n a la que se haya concedido la ayuda se utilizar\u00e1 \u00fanicamente con fines industriales o energ\u00e9ticos con el fin de evitar distorsiones a la libre competencia.<br \/>\n2. Se podr\u00e1 considerar que el alcohol obtenido ha tenido un uso industrial o energ\u00e9tico si el mismo ha sido desnaturalizado, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1165\/1995, de 7 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los Impuestos Especiales, con un producto que impida la utilizaci\u00f3n del mismo para usos distintos al industrial o energ\u00e9tico.<br \/>\n3. En la justificaci\u00f3n del destino del alcohol que resulte de la destilaci\u00f3n a la que se haya concedido ayuda se admitir\u00e1n los siguientes porcentajes de p\u00e9rdida:<br \/>\nA\u00d1O XXXVII N\u00fam. 147 27 de julio de 2018 20513<br \/>\n&#8211; 0,50 % de las cantidades de alcohol almacenadas por trimestre de almacenamiento como p\u00e9rdida de alcohol debida a la evaporaci\u00f3n; &#8211; 0,50 % de las cantidades de alcohol retiradas de los almacenes como p\u00e9rdida de alcohol debida al transporte terrestre.<br \/>\nArt\u00edculo 19. Forma y plazo de presentaci\u00f3n de la justificaci\u00f3n del destino del alcohol<br \/>\n1. Los destiladores deber\u00e1n presentar en el plazo m\u00e1ximo de veinte d\u00edas h\u00e1biles desde que finalice la salida de cada lote de alcohol, la justificaci\u00f3n del destino del alcohol, mediante la cumplimentaci\u00f3n del Anexo XII-A de la presente orden, acompa\u00f1ado de la documentaci\u00f3n que a continuaci\u00f3n se indica:<br \/>\na) Certificado de las salidas diarias de alcohol, de acuerdo con el modelo establecido en el Anexo XII-B de la presente orden, en el que figure la cantidad y el grado alcoh\u00f3lico volum\u00e9trico del alcohol que ha salido, la identificaci\u00f3n del productor y del n\u00famero de expediente de ayuda as\u00ed como el n\u00famero del documento Modelo 520 y la identificaci\u00f3n del destinatario del alcohol. b) Actas resumen diario de recepci\u00f3n de alcohol cumplimentadas por la empresa de recepci\u00f3n del alcohol. c) En el caso de solicitar ayuda por un alcohol que haya sido transformado con posterioridad a la remisi\u00f3n de la informaci\u00f3n prevista en el art\u00edculo 12.1.b) de esta orden, deber\u00e1 remitir la documentaci\u00f3n relativa a esta transformaci\u00f3n (partes de resultados de operaciones de trabajo as\u00ed como cualquier otra documentaci\u00f3n que justifique dicha transformaci\u00f3n). d) Copia del documento administrativo electr\u00f3nico previsto en el art\u00edculo 22 del Reglamento de los Impuestos Especiales (EMCS en situaci\u00f3n Entregado total), aprobado por Real Decreto 1165\/1995, de 7 de julio, con el sello del destinatario aceptando el producto. e) Compromiso escrito del destinatario de utilizar dicho alcohol exclusivamente con fines industriales o energ\u00e9ticos. f) Fichero inform\u00e1tico de Justificaci\u00f3n del destino del alcohol (dise\u00f1ado seg\u00fan el formato que figura en el documento: \u201cFormato ficheros de texto informaci\u00f3n destilaci\u00f3n\u201c que figura en la sede electr\u00f3nica).<br \/>\n2. En el caso de alcohol desnaturalizado, los destiladores deber\u00e1n presentar, en el plazo m\u00e1ximo de diez d\u00edas h\u00e1biles desde que se disponga del resultado del an\u00e1lisis de las partidas de alcohol desnaturalizado, la justificaci\u00f3n del destino del alcohol, mediante la cumplimentaci\u00f3n del Anexo XII-B de la presente orden, acompa\u00f1ado de la documentaci\u00f3n que a continuaci\u00f3n se indica:<br \/>\na) Copia del acta de la Dependencia Regional de Aduanas e Impuestos Especiales, en la que consta la desnaturalizaci\u00f3n del alcohol. b) Parte de resultados de operaciones de trabajo del alcohol desnaturalizado (modelo 520). c) Copia de los boletines de an\u00e1lisis, realizados por los Laboratorios de Aduanas e Impuestos Especiales, previstos en el art\u00edculo 73.1 d) del Real Decreto 1165\/1995 de los Impuestos Especiales, de las partidas de alcohol desnaturalizado por las que se solicita ayuda. d) En aquellos casos en los que el alcohol desnaturalizado por el que solicita ayuda haya salido de la destiler\u00eda, copia del documento electr\u00f3nico previsto en el art\u00edculo 22 del Reglamento de los Impuestos Especiales (EMCS en situaci\u00f3n Entregado total) que amparen la circulaci\u00f3n del alcohol desnaturalizado. e) En los casos en los que el alcohol desnaturalizado por el que se solicita ayuda no haya salido de la destiler\u00eda, los documentos de acompa\u00f1amiento que amparen la circulaci\u00f3n de este alcohol desnaturalizado deber\u00e1n presentarse, en el plazo de diez d\u00edas desde que se haya producido la salida, mediante la cumplimentaci\u00f3n del Anexo XII-A de la presenta orden adjuntando dichos documentos.<br \/>\n3. En todo caso, los justificantes de destino deber\u00e1n ser presentados por el destilador autorizado antes del 31 de enero de la campa\u00f1a vit\u00edcola siguiente.<br \/>\n4. Toda la documentaci\u00f3n mencionada en este art\u00edculo se presentar\u00e1 tal y como establece el art\u00edculo 3 de la presente orden<br \/>\nCap\u00edtulo IV. Controles.<br \/>\nArt\u00edculo 20. Control del cumplimento de la obligaci\u00f3n de eliminaci\u00f3n de los subproductos.<br \/>\nEn cada campa\u00f1a vit\u00edcola se comprobar\u00e1 que los productores con instalaciones en Castilla \u2013 La Mancha han cumplido con la obligaci\u00f3n de la eliminaci\u00f3n de los subproductos y que cumplen con los m\u00ednimos establecidos en el art\u00edculo 4.3 y 5.2 de la presente orden.<br \/>\nA\u00d1O XXXVII N\u00fam. 147 27 de julio de 2018 20514<br \/>\nPara ello se tendr\u00e1n en cuenta las declaraciones de producci\u00f3n presentadas y los subproductos eliminados.<br \/>\nEn el caso de entrega en destiler\u00edas, el grado alcoh\u00f3lico de los subproductos ser\u00e1 el que se determine en la destiler\u00eda, sirviendo de apoyo los controles descritos en art\u00edculo 21.2 a) de esta Orden.<br \/>\nEn el caso de que el productor haya eliminado los subproductos mediante un programa de retirada bajo control, el grado alcoh\u00f3lico de los subproductos ser\u00e1 el obtenido como resultado de los controles previstos en el art\u00edculo 7.10 de esta Orden.<br \/>\nArt\u00edculo 21. Controles administrativos y sobre el terreno en las ayudas a la destilaci\u00f3n de subproductos.<br \/>\n1. Se efectuar\u00e1n controles administrativos en todas las solicitudes de ayuda.<br \/>\n2. Controles sobre el terreno:<br \/>\na) Se realizar\u00e1n controles en las destiler\u00edas beneficiarias de las ayudas a la destilaci\u00f3n de subproductos. b) Asimismo se realizar\u00e1n controles del destino final del alcohol.<br \/>\n3. Las personas beneficiarias, as\u00ed como las empresas destinatarias del alcohol por el que se haya percibido ayuda deber\u00e1n someterse a las actuaciones de comprobaci\u00f3n y control financiero que ejerzan los organismos competentes, debiendo conservar los documentos correspondientes durante, al menos, cuatro a\u00f1os a contar desde el final del a\u00f1o en que hayan sido extendidos.<br \/>\nCap\u00edtulo V. Reintegros y sanciones<br \/>\nArt\u00edculo 22. Pagos indebidos y reintegros<br \/>\n1. La persona beneficiaria de las ayudas deber\u00e1 reintegrar los pagos indebidos junto con los intereses de demora, seg\u00fan lo establecido en el art\u00edculo 40 del reglamento de Ejecuci\u00f3n (UE) 2016\/1150 de la Comisi\u00f3n, de 15 de abril de 2016.<br \/>\n2. De conformidad con lo dispuesto en los art\u00edculos 78 y 79 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1\/2002, de 19 de noviembre, proceder\u00e1 el reintegro de las cantidades percibidas en los casos previstos en el art\u00edculo 37 de la Ley 38\/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, as\u00ed como la exigencia del inter\u00e9s de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvenci\u00f3n hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro o la fecha en que el deudor ingrese el reintegro si es anterior a \u00e9sta.<br \/>\n3. El reintegro total de las cantidades percibidas se producir\u00e1 como consecuencia de los siguientes incumplimientos:<br \/>\na) Obtenci\u00f3n de la subvenci\u00f3n falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aqu\u00e9llas que lo hubieran impedido. b) Incumplimiento total del objeto que fundamenta la concesi\u00f3n de la subvenci\u00f3n. c) Resistencia, excusa, obstrucci\u00f3n o negativa de car\u00e1cter muy grave a las actuaciones de comprobaci\u00f3n y control financiero por la Administraci\u00f3n.<br \/>\n4. Los dem\u00e1s incumplimientos de obligaciones establecidas en la presente orden y dem\u00e1s disposiciones de aplicaci\u00f3n, dar\u00e1 tambi\u00e9n lugar a reintegros parciales, respetando el principio de proporcionalidad, de acuerdo con los criterios siguientes:<br \/>\na) La naturaleza y causas del incumplimiento teniendo en cuenta su incidencia en el objeto de la subvenci\u00f3n. b) La intencionalidad. c) La reiteraci\u00f3n. d) Cuando el incumplimiento sea de car\u00e1cter menor, seg\u00fan defina la Comisi\u00f3n Europea<br \/>\nArt\u00edculo 23. Sanciones<br \/>\n1. Si tras la verificaci\u00f3n de los datos contenidos en la solicitud se comprobara la existencia de datos falsos que en ning\u00fan caso puedan considerarse errores o defectos subsanables, la solicitud no se considerar\u00e1 admisible para re<br \/>\nA\u00d1O XXXVII N\u00fam. 147 27 de julio de 2018 20515<br \/>\ncibir ninguna ayuda por esta medida, sin perjuicio de la instrucci\u00f3n del procedimiento sancionador seg\u00fan lo previsto en el art\u00edculo 39.1.d) de la Ley 24\/2003, de 10 de julio, de Vi\u00f1a y Vino.<br \/>\n2. El incumplimiento de lo dispuesto en esta orden ser\u00e1 sancionado, previa instrucci\u00f3n del procedimiento sancionador, de conformidad con los art\u00edculos 37 a 45 de la Ley 24\/2003, de 10 de julio, de la Vi\u00f1a y el Vino, y en los art\u00edculo 52 a 69 de la Ley 38\/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.<br \/>\n3. De conformidad con lo dispuesto en el art\u00edculo 53 del Real Decreto 5\/2018, de 12 de enero, el incumplimiento de la entrega de los subproductos a la destilaci\u00f3n o de la realizaci\u00f3n, en su defecto, de la retirada bajo control , o en caso de no alcanzarse los porcentajes m\u00ednimos de alcohol contenido en los subproductos fijados en el art\u00edculo 50.1 del Real Decreto transcritos en el 4.3 de esta orden, ser\u00e1 considerado una infracci\u00f3n leve seg\u00fan lo dispuesto en las letras j) y k) del art\u00edculo 38 de la Ley 24\/2003, de 10 de julio, de la Vi\u00f1a y el Vino.<br \/>\nNo obstante lo anterior y de conformidad con lo dispuesto en la letra g) del art\u00edculo 39 de la Ley 24\/2003, de 10 de julio, de la Vi\u00f1a y el Vino, se considerar\u00e1 infracci\u00f3n grave, el incumplimiento de la obligaci\u00f3n de eliminar los subproductos que se produzca en dos o m\u00e1s campa\u00f1as en el periodo de cinco a\u00f1os anteriores a la inspecci\u00f3n.<br \/>\nArt\u00edculo 24. Devoluci\u00f3n voluntaria.<br \/>\n1. Cuando concurran alguna de las causas de reintegro de las cantidades percibidas, previstas en el art\u00edculo anterior y sin necesidad de que medie la intimaci\u00f3n previa por parte del \u00f3rgano administrativo concedente, la persona beneficiaria podr\u00e1 devolver voluntariamente el importe indebidamente percibido mediante transferencia bancaria a la cuenta ES08 2105 3648 38 3400002645, especificando en el concepto \u201cdevoluci\u00f3n voluntaria ayudas promoci\u00f3n vino terceros pa\u00edses\u201d. La citada devoluci\u00f3n surtir\u00e1 los efectos previstos en el art\u00edculo 51 del Decreto 21\/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones.<br \/>\nCap\u00edtulo VI<br \/>\nArt\u00edculo 25. Compatibilidad de las ayudas<br \/>\n1. No se financiar\u00e1n al amparo de esta orden las medidas que est\u00e1n recogidas en los Programas de Desarrollo Rural previstas en el Reglamento (UE) n.\u00ba 1305\/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativos a la ayuda al desarrollo rural, ni otras medidas financiadas por instrumentos financieros de la Uni\u00f3n Europea<br \/>\n2. En ning\u00fan caso estas ayudas ser\u00e1n acumulables o completadas con otras ayudas internacionales, nacionales o de la Comunidad Aut\u00f3noma de Castilla-La Mancha dedicadas a la misma finalidad. A tal efecto figurar\u00e1 en la solicitud de ayuda la declaraci\u00f3n responsable de que no se recibe ninguna otra ayuda por el mismo concepto.<br \/>\nCap\u00edtulo VII.<br \/>\nArt\u00edculo 26. Publicidad de las subvenciones concedidas.<br \/>\n1. En virtud de lo establecido en el art\u00edculo 111 del Reglamento (UE) n\u00ba 1306\/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, se publicar\u00e1 a posteriori la lista de las personas beneficiarias de la ayuda Feaga en la p\u00e1gina Web del FEGA (www.fega.es).<br \/>\n2. No obstante lo anterior, a efectos de publicidad de las subvenciones, se remitir\u00e1 a la Base de Datos Nacional de Subvenciones informaci\u00f3n sobre las resoluciones de concesi\u00f3n reca\u00eddas en los t\u00e9rminos establecidos en el art\u00edculo 20 de la Ley 38\/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Esta informaci\u00f3n ser\u00e1 remitida a los mismos efectos a la Base de Datos Regional de Subvenciones.<br \/>\nDisposici\u00f3n adicional primera. Adecuaci\u00f3n de normas b\u00e1sicas.<br \/>\nLa regulaci\u00f3n de estas ayudas se realiza de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 5\/2018, de 12 de enero, dictado al amparo de la competencia 10\u00aa y 13\u00aa del apartado 1 del art\u00edculo 149 de la Constituci\u00f3n, que reserva al Estado la competencia exclusiva en materia de bases de coordinaci\u00f3n de la planificaci\u00f3n general de la actividad<br \/>\nA\u00d1O XXXVII N\u00fam. 147 27 de julio de 2018 20516<br \/>\necon\u00f3mica, por lo que si hubiera cualquier modificaci\u00f3n de las normas b\u00e1sicas estatales, estas bases habr\u00e1n de entenderse igualmente modificadas.<br \/>\nDisposici\u00f3n adicional segunda. Recurso contra la convocatoria que se contiene en esta orden de las ayudas a la destilaci\u00f3n de subproductos.<br \/>\nLa convocatoria que se contiene en esta orden de la ayudas a la destilaci\u00f3n de subproductos pone fin a la v\u00eda administrativa y contra la misma puede interponerse recurso potestativo de reposici\u00f3n en el plazo de un mes ante el Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el d\u00eda siguiente a su publicaci\u00f3n, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, con sede en Albacete, de conformidad con lo estipulado en el art\u00edculo 46 de la Ley 29\/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicci\u00f3n Contencioso-administrativa, sin perjuicio de la interposici\u00f3n de los recursos que pudieran caber contra la regulaci\u00f3n que se contiene en la orden.<br \/>\nDisposici\u00f3n transitoria \u00fanica. Aplicaci\u00f3n normativa.<br \/>\nNo obstante, lo previsto en la disposici\u00f3n derogatoria, las ayudas concedidas al amparo de la Orden de 29 de noviembre de 2013, de la Consejer\u00eda de Agricultura, por la que se regula la obligaci\u00f3n de eliminar los subproductos de la viticultura y se precisan las bases reguladoras del r\u00e9gimen de ayuda para la destilaci\u00f3n de subproductos en Castilla- La Mancha, establecido en el programa de apoyo 2014-2018 al sector vitivin\u00edcola espa\u00f1ol y se establece su convocatoria abierta para todo el per\u00edodo, que est\u00e9n pendientes de pago en el momento de la entrada en vigor de esta orden se regir\u00e1n por la normativa vigente en el momento en que se aprobaron.<br \/>\nDisposici\u00f3n derogatoria. Derogaci\u00f3n normativa.<br \/>\nQueda derogada la Orden de 29 de noviembre de 2013, de la Consejer\u00eda de Agricultura, por la que se regula la obligaci\u00f3n de eliminar los subproductos de la viticultura y se precisan las bases reguladoras del r\u00e9gimen de ayuda para la destilaci\u00f3n de subproductos en Castilla- La Mancha, establecido en el programa de apoyo 2014-2018 al sector vitivin\u00edcola espa\u00f1ol y se establece su convocatoria abierta para todo el per\u00edodo.<br \/>\nDisposici\u00f3n final primera. Habilitaci\u00f3n.<br \/>\nSe faculta a la persona titular de la Direcci\u00f3n General competente en esta materia, a dictar cuantas resoluciones fueran necesarias para la aplicaci\u00f3n de esta orden.<br \/>\nDisposici\u00f3n final segunda. Entrada en vigor.<br \/>\nLa presente orden entra en vigor el 1 de agosto de 2018.<br \/>\nToledo, 20 de julio de 2018<br \/>\nEl Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural FRANCISCO MART\u00cdNEZ ARROYO<br \/>\nA\u00d1O XXXVII N\u00fam. 147 27 de julio de 2018 20517<\/p>\n<p>Consejer\u00eda de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrrollo Rural Direcci\u00f3n General de Industrias Agroalimentarias y Cooperativas N\u00ba Procedimiento: 010566 C\u00f3digo SIACI SKW1<\/p>\n<p>ANEXO I. SOLICITUD DE AUTORIZACI\u00d3N PROGRAMA RETIRADA DE SUBPRODUCTOS BAJO CONTROL<br \/>\nDATOS DE LA PERSONA SOLICITANTE<br \/>\nPersona f\u00edsica NIF NIE N\u00famero de documento:<br \/>\nNombre:<br \/>\n1\u00ba Apellido:<br \/>\n2\u00ba Apellido<br \/>\nPersona jur\u00eddica N\u00famero de documento:<br \/>\nRaz\u00f3n social:<br \/>\nDomicilio: Provincia:<br \/>\nC.P.:<br \/>\nPoblaci\u00f3n:<br \/>\nTel\u00e9fono:<br \/>\nTel\u00e9fono m\u00f3vil:<br \/>\nCorreo electr\u00f3nico: El correo electr\u00f3nico designado ser\u00e1 el medio por el que desea recibir el aviso de notificaci\u00f3n.<\/p>\n<p>DATOS DE LA PERSONA REPRESENTANTE<br \/>\nNIF NIE N\u00famero de documento:<br \/>\nNombre:<br \/>\n1\u00ba Apellido:<br \/>\n2\u00ba Apellido<br \/>\nDomicilio: Provincia:<br \/>\nC.P.:<br \/>\nPoblaci\u00f3n:<br \/>\nTel\u00e9fono:<br \/>\nTel\u00e9fono m\u00f3vil:<br \/>\nCorreo electr\u00f3nico:<\/p>\n<p>MEDIO POR EL QUE SE RECIBIR\u00c1 LA NOTIFICACI\u00d3N<br \/>\nNotificaci\u00f3n electr\u00f3nica (De acuerdo al art\u00edculo 14 de la Ley 39\/2015, est\u00e1 obligado a la notificaci\u00f3n electr\u00f3nica, por tanto compruebe que est\u00e1 usted registrado en la Plataforma https:\/\/notifica.jccm.es\/notifica\/ y que sus datos son correctos.)<\/p>\n<p>INFORMACI\u00d3N B\u00c1SICA DE PROTECCI\u00d3N DE DATOS<br \/>\nResponsable Direcci\u00f3n General de Industrias Agroalimentarias y Cooperativas<br \/>\nFinalidad Gesti\u00f3n de las ayudas a mercados e industrias alimentarias Legitimaci\u00f3n Ejercicio de poderes p\u00fablicos conferidos al responsable del tratamiento. Reglamento (UE) 1306\/2013 sobre la financiaci\u00f3n, gesti\u00f3n y seguimiento de la Pol\u00edtica Agr\u00edcola Com\u00fan<br \/>\nA\u00d1O XXXVII N\u00fam. 147 27 de julio de 2018 20518<\/p>\n<p>Destinatarios Existe cesi\u00f3n de datos Derechos Puede ejercer los derechos de acceso, rectificaci\u00f3n o supresi\u00f3n de sus datos, as\u00ed como otros derechos, tal y como se explica en la informaci\u00f3n adicional Informaci\u00f3n adicional Puede solicitarla en la direcci\u00f3n de correo: protecciondatos@jccm.es<\/p>\n<p>DATOS DEL PROGRAMA DE RETIRADA<br \/>\nTipo de producto (orujos\/ l\u00edas):<br \/>\nCantidad de producto objeto de retirada: Orujos L\u00edas<\/p>\n<p>DESCRIPCI\u00d3N DETALLADA DEL PROGRAMA DE RETIRADA<\/p>\n<p>ACREDITACI\u00d3N DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS Declaraciones responsables: La persona abajo firmante, en su propio nombre o en representaci\u00f3n de la entidad que se indica, declara que todos los datos consignados son veraces, declarando expresamente: &#8211; Se compromete a cumplir las condiciones que se especifican en esta orden, las cuales conoce y acepta en su integridad. &#8211; Se compromete a facilitar toda la documentaci\u00f3n e informaci\u00f3n que le sea requerida por parte de la Administraci\u00f3n. &#8211; Est\u00e1 dispuesto a someterse a cuantas inspecciones se tenga a bien realizar designando al efecto como personas que pueden suscribir las actas correspondientes y obligarse en nombre del productor: D. DNI: D. DNI: D. DNI:<\/p>\n<p>Son ciertos los datos consignados en la presente solicitud comprometi\u00e9ndose a probar documentalmente los mismos, en caso de obtener la autorizaci\u00f3n del programa de retirada.<\/p>\n<p>Igualmente la persona abajo firmante declara conocer que en el caso de falsedad en los datos y\/o en la documentaci\u00f3n aportados u ocultamiento de informaci\u00f3n, de la que pueda deducirse intenci\u00f3n de enga\u00f1o en beneficio propio o ajeno, podr\u00e1 ser excluida de este procedimiento, ser objeto de sanci\u00f3n y, en su caso, los hechos se pondr\u00e1n en conocimiento del Ministerio Fiscal por si pudieran ser constitutivos de un il\u00edcito penal. Documentaci\u00f3n: Adem\u00e1s dela informaci\u00f3n antes descrita, declara aportar los siguientes documentos: Documento que justifique la conformidad de la autoridad medioambiental con el programa de retirada. Otra documentaci\u00f3n.<\/p>\n<p>En a de de EL SOLICITANTE O REPRESENTANTE LEGAL<\/p>\n<p>Fdo.: ORGANISMO DESTINATARIO: DIRECCI\u00d3N PROVINCIAL DE LA CONSEJER\u00cdA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO RURAL EN SELECCIONAR<br \/>\nA\u00d1O XXXVII N\u00fam. 147 27 de julio de 2018 20519<\/p>\n<p>Consejer\u00eda de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrrollo Rural Direcci\u00f3n General de Industrias Agroalimentarias y Cooperativas N\u00ba Procedimiento: 010567<br \/>\nC\u00f3digo SIACI SJ34<\/p>\n<p>ANEXO II. SOLICITUD DE AUTORIZACI\u00d3N COMO DESTILADOR PARA PERCIBIR LA AYUDA A LA DESTILACI\u00d3N DE SUBPRODUCTOS (Art\u00edculo 52 del Reglamento (UE) 1308\/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo)<br \/>\nDATOS DE LA PERSONA SOLICITANTE<br \/>\nPersona f\u00edsica NIF NIE N\u00famero de documento:<br \/>\nNombre:<br \/>\n1\u00ba Apellido:<br \/>\n2\u00ba Apellido<br \/>\nPersona jur\u00eddica N\u00famero de documento:<br \/>\nRaz\u00f3n social: CAE<br \/>\nDomicilio: Provincia:<br \/>\nC.P.:<br \/>\nPoblaci\u00f3n:<br \/>\nTel\u00e9fono:<br \/>\nTel\u00e9fono m\u00f3vil:<br \/>\nCorreo electr\u00f3nico: El correo electr\u00f3nico designado ser\u00e1 el medio por el que desea recibir el aviso de notificaci\u00f3n.<\/p>\n<p>DATOS DE LA PERSONA REPRESENTANTE<br \/>\nNIF NIE N\u00famero de documento:<br \/>\nNombre:<br \/>\n1\u00ba Apellido:<br \/>\n2\u00ba Apellido<br \/>\nDomicilio: Provincia:<br \/>\nC.P.:<br \/>\nPoblaci\u00f3n:<br \/>\nTel\u00e9fono:<br \/>\nTel\u00e9fono m\u00f3vil:<br \/>\nCorreo electr\u00f3nico:<\/p>\n<p>MEDIO POR EL QUE SE RECIBIR\u00c1 LA NOTIFICACI\u00d3N<br \/>\nNotificaci\u00f3n electr\u00f3nica (De acuerdo al art\u00edculo 14 de la Ley 39\/2015, est\u00e1 obligado a la notificaci\u00f3n electr\u00f3nica, por tanto compruebe que est\u00e1 usted registrado en la Plataforma https:\/\/notifica.jccm.es\/notifica y que sus datos son correctos.)<\/p>\n<p>INFORMACI\u00d3N B\u00c1SICA DE PROTECCI\u00d3N DE DATOS<br \/>\nResponsable Direcci\u00f3n General de Industrias Agroalimentarias y Cooperativas<br \/>\nFinalidad Gesti\u00f3n de las ayudas a mercados e industrias alimentarias<br \/>\nA\u00d1O XXXVII N\u00fam. 147 27 de julio de 2018 20520<\/p>\n<p>Legitimaci\u00f3n Ejercicio de poderes p\u00fablicos conferidos al responsable del tratamiento. Reglamento (UE) 1306\/2013 sobre la financiaci\u00f3n, gesti\u00f3n y seguimiento de la Pol\u00edtica Agr\u00edcola Com\u00fan Destinatarios Existe cesi\u00f3n de datos Derechos Puede ejercer los derechos de acceso, rectificaci\u00f3n o supresi\u00f3n de sus datos, as\u00ed como otros derechos, tal y como se explica en la informaci\u00f3n adicional Informaci\u00f3n adicional Puede solicitarla en la direcci\u00f3n de correo: protecciondatos@jccm.es<\/p>\n<p>RENDIMIENTO DE LA DESTILER\u00cdA<br \/>\nTipo de alcohol:<br \/>\nGrado:<br \/>\nLitros\/d\u00eda:<\/p>\n<p>ACREDITACI\u00d3N DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS Declaraciones responsables: La persona abajo firmante, en su propio nombre o en representaci\u00f3n de la entidad que se indica, declara que todos los datos consignados son veraces, declarando expresamente: &#8211; Conocer lo dispuesto en el Reglamento 1308\/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo y dem\u00e1s normativa comunitaria, nacional y auton\u00f3mica y acepta cumplirla en todos sus t\u00e9rminos. &#8211; Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y de pago de obligaciones y dem\u00e1s por reintegro de subvenciones. &#8211; No estar incurso en las circunstancias se\u00f1aladas en el art\u00edculo 13.2 y 3 de la Ley 38\/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. &#8211; No haber solicitado u obtenido subvenci\u00f3n para la misma actividad, de otras entidades p\u00fablicas o privadas. &#8211; Quiere participar como destilador autorizado para llevar a cabo la destilaci\u00f3n de subproductos, transformaci\u00f3n que realizar\u00e1 por su cuenta, pagando al productor, cuando \u00e9ste haya asumido el gasto, el importe destinado a compensar los gastos de transporte de materia prima. &#8211; Se compromete durante el tiempo que dure la autorizaci\u00f3n a: \u2022 Recibir los productos entregados por los productores en la forma y plazos previstos en la normativa. \u2022 Llevar a cabo la destilaci\u00f3n de subproductos por su cuenta, y en su caso, realizar dicha operaci\u00f3n a m\u00e1s tardar el 15 de julio de la campa\u00f1a vit\u00edcola de que se trate y pagar al productor cuando este haya asumido el gasto, el importe destinado a compensar los gastos de transporte de la materia prima. \u2022 No fabricar alcohol a partir de melazas, ni de cualquier otro producto no v\u00ednico, ni almacenar aqu\u00e9l o \u00e9stas en el recinto de la f\u00e1brica, durante el tiempo de vigencia de la autorizaci\u00f3n. \u2022 Llevar cuentas separadas de los distintos tipos de productos entregados. \u2022 Remitir a la Direcci\u00f3n Provincial correspondiente la documentaci\u00f3n prevista en el art\u00edculo 12 y 19 de la Orden, as\u00ed como cualquier otra que le fuera requerida. \u2022 Enviar al productor, como justificante de su entrega, los certificados previstos en la forma y plazo previstos en el art\u00edculo 6 de la Orden. \u2022 Facilitar toda la documentaci\u00f3n e informaci\u00f3n que se requiera para justificar que el alcohol que resulte de la destilaci\u00f3n a la que se haya concedido ayuda se utilizar\u00e1 exclusivamente con fines industriales o energ\u00e9ticos. \u2022 Tener actualizados el calibrado y control metrol\u00f3gico de los aparatos de medici\u00f3n (b\u00e1sculas y alcoh\u00f3metros) &#8211; Se compromete asimismo a cumplir las restantes condiciones que se especifican en las Bases y convocatoria de esta ayuda, las cuales conoce y acepta en su integridad. &#8211; Est\u00e1 dispuesto a someterse a cuantas inspecciones se tenga a bien realizar designando al efecto como personas que pueden suscribir las actas correspondientes y obligarse en nombre del destilador: D. DNI: D. DNI: D. DNI: &#8211; Cuenta con instalaciones adecuadas para realizar la destilaci\u00f3n en el tiempo, forma y calidad requeridos por la normativa, siendo su rendimiento estimado el que figura en el encabezamiento.<br \/>\nA\u00d1O XXXVII N\u00fam. 147 27 de julio de 2018 20521<\/p>\n<p>&#8211; Que acepta que se abonar\u00e1 una ayuda, dentro de los l\u00edmites fijados en la normativa, por la transformaci\u00f3n de los subproductos obtenidos en territorio nacional, entregados para cumplir con la obligaci\u00f3n establecida en el art\u00edculo 4 de la Orden, en alcohol con un grado alcoh\u00f3lico m\u00ednimo del 92 por cien vol.<br \/>\nSon ciertos los datos consignados en la presente solicitud comprometi\u00e9ndose a probar documentalmente los mismos, en caso de obtener la autorizaci\u00f3n para participar en este r\u00e9gimen de ayudas.<br \/>\nIgualmente la persona abajo firmante declara conocer que en el caso de falsedad en los datos y\/o en la documentaci\u00f3n aportados u ocultamiento de informaci\u00f3n, de la que pueda deducirse intenci\u00f3n de enga\u00f1o en beneficio propio o ajeno, podr\u00e1 ser excluida de este procedimiento, ser objeto de sanci\u00f3n y, en su caso, los hechos se pondr\u00e1n en conocimiento del Ministerio Fiscal por si pudieran ser constitutivos de un il\u00edcito penal. Autorizaciones: Seg\u00fan el art\u00edculo 28 de la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas, esta Consejer\u00eda de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural va a proceder a verificar todos estos datos, salvo que usted no autorice expresamente dicha comprobaci\u00f3n NO: Los acreditativos de identidad del solicitante. NO: Los acreditativos de la identidad del representante del solicitante. NO: Los siguientes datos o documentos emitidos por la Administraci\u00f3n: &#8211; &#8211; &#8211; Seg\u00fan el art\u00edculo 53 de la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas, esta Consejer\u00eda de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural va a proceder a verificar los datos o documentos que se encuentren en poder de la Administraci\u00f3n y que usted se\u00f1ale a continuaci\u00f3n: &#8211; Documento , presentado con fecha ante la unidad de la Administraci\u00f3n de &#8211; Documento , presentado con fecha ante la unidad de la Administraci\u00f3n de &#8211; Documento , presentado con fecha ante la unidad de la Administraci\u00f3n de<\/p>\n<p>En el supuesto de que expresamente no autorice a esta Consejer\u00eda a consultar alguno de los anteriores documentos, se\u00f1ale expresamente: &#8211; &#8211; &#8211; En el caso de no autorizar la comprobaci\u00f3n de los datos anteriores, se compromete a aportar la documentaci\u00f3n pertinente.<\/p>\n<p>La presente autorizaci\u00f3n se otorga exclusivamente a efectos de reconocimiento, seguimiento y control de la subvenci\u00f3n objeto de la presente solicitud, y en aplicaci\u00f3n tanto de lo dispuesto en el art\u00edculo 95.1 k) de la Ley 58\/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que permite, previa autorizaci\u00f3n del interesado, la cesi\u00f3n de los datos tributarios que precisen las Administraciones P\u00fablicas para el desarrollo de sus funciones, como por lo establecido en el Real Decreto 209\/200,3 de 21 de febrero, o en lo referente a la Seguridad Social, todo ello de conformidad con la Ley Org\u00e1nica 15\/1999, de 13 de diciembre, de Protecci\u00f3n de Datos de Car\u00e1cter Personal. Documentaci\u00f3n: Adem\u00e1s de la informaci\u00f3n antes descrita, declara aportar los siguientes documentos: En el caso de personas jur\u00eddicas, escritura de constituci\u00f3n o estatutos de la entidad debidamente inscritos en el registro correspondiente, as\u00ed como, en su caso, las modificaciones posteriores. En el caso de que la solicitud se haga a trav\u00e9s de representante, documento que lo acredita como tal. Certificado expedido por la Oficina Gestora de Impuestos Especiales, autorizando su funcionamiento, de acuerdo con lo establecido en el art\u00edculo 40 del Real Decreto 1165\/1995, de 7 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los Impuestos Especiales. Copia del \u00faltimo pago del Impuesto de Actividades Econ\u00f3micas (IAE). En caso de estar exento del pago del IAE, de acuerdo con el art\u00edculo 82 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2\/2004, de 5 de marzo, copia del alta en el impuesto y declaraci\u00f3n responsable relativa a la concurrencia de la exenci\u00f3n. Copia del documento que acredite la verificaci\u00f3n de las b\u00e1sculas. Otros<\/p>\n<p>A\u00d1O XXXVII N\u00fam. 147 27 de julio de 2018 20522<\/p>\n<p>En a de de EL SOLICITANTE O REPRESENTANTE LEGAL<\/p>\n<p>Fdo.:<\/p>\n<p>ORGANISMO DESTINATARIO: DIRECCI\u00d3N PROVINCIAL DE LA CONSEJER\u00cdA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO RURAL EN SELECCIONAR<br \/>\nA\u00d1O XXXVII N\u00fam. 147 27 de julio de 2018 20523<\/p>\n<p>Consejer\u00eda de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrrollo Rural Direcci\u00f3n General de Industrias Agroalimentarias y Cooperativas N\u00ba Procedimiento: 010567 C\u00f3digo SIACI MKW2<\/p>\n<p>ANEXO III. COMUNICACI\u00d3N CONTINUIDAD\/SUSPENSI\u00d3N AUTORIZACI\u00d3N DESTILER\u00cdA PARA PERCIBIR LA AYUDA A LA DESTILACI\u00d3N DE SUBPRODUCTOS (Art\u00edculo 52 del Reglamento (UE) 1308\/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo)<br \/>\nDATOS DE LA PERSONA SOLICITANTE<br \/>\nPersona f\u00edsica NIF NIE N\u00famero de documento:<br \/>\nNombre:<br \/>\n1\u00ba Apellido:<br \/>\n2\u00ba Apellido<br \/>\nPersona jur\u00eddica N\u00famero de documento:<br \/>\nRaz\u00f3n social: CAE<br \/>\nDomicilio: Provincia:<br \/>\nC.P.:<br \/>\nPoblaci\u00f3n:<br \/>\nTel\u00e9fono:<br \/>\nTel\u00e9fono m\u00f3vil:<br \/>\nCorreo electr\u00f3nico: El correo electr\u00f3nico designado ser\u00e1 el medio por el que desea recibir el aviso de notificaci\u00f3n.<\/p>\n<p>DATOS DE LA PERSONA REPRESENTANTE<br \/>\nNIF NIE N\u00famero de documento:<br \/>\nNombre:<br \/>\n1\u00ba Apellido:<br \/>\n2\u00ba Apellido<br \/>\nDomicilio: Provincia:<br \/>\nC.P.:<br \/>\nPoblaci\u00f3n:<br \/>\nTel\u00e9fono:<br \/>\nTel\u00e9fono m\u00f3vil:<br \/>\nCorreo electr\u00f3nico:<\/p>\n<p>MEDIO POR EL QUE SE RECIBIR\u00c1 LA NOTIFICACI\u00d3N<br \/>\nNotificaci\u00f3n electr\u00f3nica (De acuerdo al art\u00edculo 14 de la Ley 39\/2015, est\u00e1 obligado a la notificaci\u00f3n electr\u00f3nica, por tanto compruebe que est\u00e1 usted registrado en la Plataforma https:\/\/notifica.jccm.es\/notifica y que sus datos son correctos.)<\/p>\n<p>INFORMACI\u00d3N B\u00c1SICA DE PROTECCI\u00d3N DE DATOS<br \/>\nResponsable Direcci\u00f3n General de Industrias Agroalimentarias y Cooperativas<br \/>\nFinalidad Gesti\u00f3n de las ayudas a mercados e industrias alimentarias<br \/>\nA\u00d1O XXXVII N\u00fam. 147 27 de julio de 2018 20524<\/p>\n<p>Legitimaci\u00f3n Ejercicio de poderes p\u00fablicos conferidos al responsable del tratamiento. Reglamento (UE) 1306\/2013 sobre la financiaci\u00f3n, gesti\u00f3n y seguimiento de la Pol\u00edtica Agr\u00edcola Com\u00fan Destinatarios Existe cesi\u00f3n de datos Derechos Puede ejercer los derechos de acceso, rectificaci\u00f3n o supresi\u00f3n de sus datos, as\u00ed como otros derechos, tal y como se explica en la informaci\u00f3n adicional Informaci\u00f3n adicional Puede solicitarla en la direcci\u00f3n de correo: protecciondatos@jccm.es<\/p>\n<p>COMUNICACI\u00d3N DESTILER\u00cdA<br \/>\nEn la campa\u00f1a La destiler\u00eda arriba indicada comunica su intenci\u00f3n de: &#8211; Continuar su actividad para percibir las ayudas a la destilaci\u00f3n &#8211; Suspender su actividad para percibir las ayudas a la destilaci\u00f3n<\/p>\n<p>ACREDITACI\u00d3N DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS Declaraciones responsables: La persona abajo firmante, en su propio nombre o en representaci\u00f3n de la entidad que se indica, declara que todos los datos consignados son veraces, declarando expresamente: &#8211; Que ha cumplido satisfactoriamente los requisitos establecidos en la normativa durante la campa\u00f1a anterior. &#8211; Que no hay modificaci\u00f3n de las condiciones en virtud de las cuales se concedi\u00f3 la autorizaci\u00f3n. &#8211; Conocer lo dispuesto en el Reglamento 1308\/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo y dem\u00e1s normativa comunitaria, nacional y auton\u00f3mica y acepta cumplirla en todos sus t\u00e9rminos &#8211; Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y de pago de obligaciones y dem\u00e1s por reintegro de subvenciones. &#8211; No estar incurso en las circunstancias se\u00f1aladas en el art\u00edculo 13.2 y 3 de la Ley 38\/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. &#8211; No haber solicitado u obtenido subvenci\u00f3n para la misma actividad, de otras entidades p\u00fablicas o privadas. &#8211; Se compromete durante el tiempo que dure la autorizaci\u00f3n a: \u2022 Recibir los productos entregados por los productores en la forma y plazos previstos en la normativa y a realizar las destilaciones, a que se compromete con la autorizaci\u00f3n que se solicita, dentro de los plazos establecidos. \u2022 No fabricar alcohol a partir de melazas, ni de cualquier otro producto no v\u00ednico, ni almacenar aqu\u00e9l o \u00e9stas en el recinto de la f\u00e1brica, durante el tiempo de vigencia de la autorizaci\u00f3n. \u2022 Llevar cuentas separadas de los distintos tipos de productos entregados \u2022 Remitir a la Direcci\u00f3n Provincial correspondiente la documentaci\u00f3n prevista en el art\u00edculo 12 y 19 de la Orden as\u00ed como cualquier otra que le fuera requerida \u2022 Enviar al productor, como justificante de su entrega, los certificados previstos en la forma y plazo previstos en el art\u00edculo 6 de la Orden. \u2022 Facilitar toda la documentaci\u00f3n e informaci\u00f3n que se requiera para justificar que el alcohol que resulte de la destilaci\u00f3n a la que se haya concedido ayuda se utilizar\u00e1 exclusivamente con fines industriales o energ\u00e9ticos. -Se compromete asimismo a cumplir las restantes condiciones que se especifican en las Bases y convocatoria de esta ayuda, las cuales conoce y acepta en su integridad. &#8211; Est\u00e1 dispuesto a someterse a cuantas inspecciones se tenga a bien realizar designando al efecto como personas que pueden suscribir las actas correspondientes y obligarse en nombre del destilador: D. DNI: D. DNI: D. DNI: &#8211; Cuenta con instalaciones adecuadas para realizar la destilaci\u00f3n en el tiempo, forma y calidad requeridos por la normativa, siendo su rendimiento estimado el que figura en el encabezamiento. &#8211; Que acepta que se abonar\u00e1 una ayuda, dentro de los l\u00edmites fijados en la normativa, por la transformaci\u00f3n de los subproductos obtenidos en territorio nacional, entregados para cumplir con la obligaci\u00f3n establecida en el art\u00edculo 3 de la Orden, en alcohol con un grado alcoh\u00f3lico m\u00ednimo del 92 por cien vol.<\/p>\n<p>A\u00d1O XXXVII N\u00fam. 147 27 de julio de 2018 20525<\/p>\n<p>Son ciertos los datos consignados en la presente solicitud comprometi\u00e9ndose a probar documentalmente los mismos, en caso de obtener confirmaci\u00f3n de la autorizaci\u00f3n para participar en este r\u00e9gimen de ayudas.<br \/>\nIgualmente la persona abajo firmante declara conocer que en el caso de falsedad en los datos y\/o en la documentaci\u00f3n aportados u ocultamiento de informaci\u00f3n, de la que pueda deducirse intenci\u00f3n de enga\u00f1o en beneficio propio o ajeno, podr\u00e1 ser excluida de este procedimiento, ser objeto de sanci\u00f3n y, en su caso, los hechos se pondr\u00e1n en conocimiento del Ministerio Fiscal por si pudieran ser constitutivos de un il\u00edcito penal.<br \/>\nAutorizaciones: Seg\u00fan el art\u00edculo 28 de la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas, esta Consejer\u00eda de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural va a proceder a verificar todos estos datos, salvo que usted no autorice expresamente dicha comprobaci\u00f3n NO: Los acreditativos de identidad del solicitante. NO: Los acreditativos de la identidad del representante del solicitante. NO: Los siguientes datos o documentos emitidos por la Administraci\u00f3n: &#8211; &#8211; &#8211; Seg\u00fan el art\u00edculo 53 de la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas, esta Consejer\u00eda de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural va a proceder a verificar los datos o documentos que se encuentren en poder de la Administraci\u00f3n y que usted se\u00f1ale a continuaci\u00f3n: &#8211; Documento , presentado con fecha ante la unidad de la Administraci\u00f3n de &#8211; Documento , presentado con fecha ante la unidad de la Administraci\u00f3n de &#8211; Documento , presentado con fecha ante la unidad de la Administraci\u00f3n de<\/p>\n<p>En el supuesto de que expresamente no autorice a esta Consejer\u00eda a consultar alguno de los anteriores datos, se\u00f1ale expresamente: &#8211; &#8211; &#8211; En el caso de no autorizar la comprobaci\u00f3n de los datos anteriores, se compromete a aportar la documentaci\u00f3n pertinente. La presente autorizaci\u00f3n se otorga exclusivamente a efectos de reconocimiento, seguimiento y control de la subvenci\u00f3n objeto de la presente solicitud, y en aplicaci\u00f3n tanto de lo dispuesto en el art\u00edculo 95.1 k) de la Ley 58\/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que permite, previa autorizaci\u00f3n del interesado, la cesi\u00f3n de los datos tributarios que precisen las Administraciones P\u00fablicas para el desarrollo de sus funciones, como por lo establecido en el Real Decreto 209\/200,3 de 21 de febrero, o en lo referente a la Seguridad Social, todo ello de conformidad con la Ley Org\u00e1nica 15\/1999, de 13 de diciembre, de Protecci\u00f3n de Datos de Car\u00e1cter Personal. Documentaci\u00f3n: Adem\u00e1s de la informaci\u00f3n antes descrita, declara aportar los siguientes documentos: En el caso de que la solicitud se haga a trav\u00e9s de representante, documento que lo acredita como tal.. Copia del \u00faltimo pago del Impuesto de Actividades Econ\u00f3micas (IAE) En caso de estar exento del pago del IAE, de acuerdo con el art\u00edculo 82 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2\/2004, de 5 de marzo, copia del alta en el impuesto y declaraci\u00f3n responsable relativa a la concurrencia de la exenci\u00f3n. Copia del documento que acredite la verificaci\u00f3n de las b\u00e1sculas. Otros<\/p>\n<p>En a de de EL SOLICITANTE O REPRESENTANTE LEGAL<\/p>\n<p>Fdo.:<br \/>\nORGANISMO DESTINATARIO: DIRECCI\u00d3N PROVINCIAL DE LA CONSEJER\u00cdA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO RURAL EN SELECCIONAR<br \/>\nA\u00d1O XXXVII N\u00fam. 147 27 de julio de 2018 20526<\/p>\n<p>Consejer\u00eda de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrrollo Rural Direcci\u00f3n General de Industrias Agroalimentarias y Cooperativas N\u00ba Procedimiento: 010567 C\u00f3digo SIACI MKW3<\/p>\n<p>ANEXO IV. COMUNICACI\u00d3N VARIACIONES DESTILER\u00cdA AUTORIZADA PARA PERCIBIR LA AYUDA A LA DESTILACI\u00d3N DE SUBPRODUCTOS (Art\u00edculo 52 del Reglamento (UE) 1308\/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo)<br \/>\nDATOS DE LA PERSONA SOLICITANTE<br \/>\nPersona f\u00edsica NIF NIE N\u00famero de documento:<br \/>\nNombre:<br \/>\n1\u00ba Apellido:<br \/>\n2\u00ba Apellido<br \/>\nPersona jur\u00eddica N\u00famero de documento:<br \/>\nRaz\u00f3n social: CAE<br \/>\nDomicilio: Provincia:<br \/>\nC.P.:<br \/>\nPoblaci\u00f3n:<br \/>\nTel\u00e9fono:<br \/>\nTel\u00e9fono m\u00f3vil:<br \/>\nCorreo electr\u00f3nico: El correo electr\u00f3nico designado ser\u00e1 el medio por el que desea recibir el aviso de notificaci\u00f3n.<\/p>\n<p>DATOS DE LA PERSONA REPRESENTANTE<br \/>\nNIF NIE N\u00famero de documento:<br \/>\nNombre:<br \/>\n1\u00ba Apellido:<br \/>\n2\u00ba Apellido<br \/>\nDomicilio: Provincia:<br \/>\nC.P.:<br \/>\nPoblaci\u00f3n:<br \/>\nTel\u00e9fono:<br \/>\nTel\u00e9fono m\u00f3vil:<br \/>\nCorreo electr\u00f3nico:<\/p>\n<p>MEDIO POR EL QUE RECIBIR\u00c1 LA NOTIFICACI\u00d3N<br \/>\nNotificaci\u00f3n electr\u00f3nica (De acuerdo al art\u00edculo 14 de la Ley 39\/2015, est\u00e1 obligado a la notificaci\u00f3n electr\u00f3nica, por tanto compruebe que est\u00e1 usted registrado en la Plataforma https:\/\/notifica.jccm.es\/notifica y que sus datos son correctos.)<\/p>\n<p>INFORMACI\u00d3N B\u00c1SICA DE PROTECCI\u00d3N DE DATOS<br \/>\nResponsable Direcci\u00f3n General de Industrias Agroalimentarias y Cooperativas<br \/>\nFinalidad Gesti\u00f3n de las ayudas a mercados e industrias alimentarias<br \/>\nA\u00d1O XXXVII N\u00fam. 147 27 de julio de 2018 20527<\/p>\n<p>Legitimaci\u00f3n Ejercicio de poderes p\u00fablicos conferidos al responsable del tratamiento. Reglamento (UE) 1306\/2013 sobre la financiaci\u00f3n, gesti\u00f3n y seguimiento de la Pol\u00edtica Agr\u00edcola Com\u00fan Destinatarios Existe cesi\u00f3n de datos Derechos Puede ejercer los derechos de acceso, rectificaci\u00f3n o supresi\u00f3n de sus datos, as\u00ed como otros derechos, tal y como se explica en la informaci\u00f3n adicional Informaci\u00f3n adicional Puede solicitarla en la direcci\u00f3n de correo: protecciondatos@jccm.es<\/p>\n<p>COMUNICACI\u00d3N DESTILER\u00cdA<br \/>\nEn la campa\u00f1a La destiler\u00eda arriba indicada comunica que ha sufrido las siguientes variaciones en la destiler\u00eda autorizada<\/p>\n<p>ACREDITACI\u00d3N DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS Declaraciones responsables: La persona abajo firmante, en su propio nombre o en representaci\u00f3n de la entidad que se indica, declara que todos los datos consignados son veraces, declarando expresamente: &#8211; Conocer lo dispuesto en el Reglamento 1308\/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo y dem\u00e1s normativa comunitaria, nacional y auton\u00f3mica y acepta cumplirla en todos sus t\u00e9rminos &#8211; Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y de pago de obligaciones y dem\u00e1s por reintegro de subvenciones. &#8211; No estar incurso en las circunstancias se\u00f1aladas en el art\u00edculo 13.2 y 3 de la Ley 38\/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. &#8211; No haber solicitado u obtenido subvenci\u00f3n para la misma actividad, de otras entidades p\u00fablicas o privadas. &#8211; Quiere participar como destilador autorizado para llevar a cabo la destilaci\u00f3n de subproductos, transformaci\u00f3n que realizar\u00e1 por su cuenta. &#8211; Se compromete durante el tiempo que dure la autorizaci\u00f3n a: \u2022 Recibir los productos entregados por los productores en la forma y plazos previstos en la normativa \u2022 Llevar a cabo la destilaci\u00f3n de subproductos por su cuenta, a m\u00e1s tardar el 15 de julio de la campa\u00f1a vit\u00edcola de que se trate. \u2022 No fabricar alcohol a partir de melazas, ni de cualquier otro producto no v\u00ednico, ni almacenar aqu\u00e9l o \u00e9stas en el recinto de la f\u00e1brica, durante el tiempo de vigencia de la autorizaci\u00f3n. \u2022 Llevar cuentas separadas de los distintos tipos de productos entregados \u2022 Remitir a la Direcci\u00f3n Provincial correspondiente la documentaci\u00f3n prevista en el art\u00edculo 12 y 19 de la Orden, as\u00ed como cualquier otra que le fuera requerida \u2022 Enviar al productor, como justificante de su entrega, los certificados previstos en la forma y plazo previstos en el art\u00edculo 6 de la Orden. \u2022 Facilitar toda la documentaci\u00f3n e informaci\u00f3n que se requiera para justificar que el alcohol que resulte de la destilaci\u00f3n a la que se haya concedido ayuda se utilizar\u00e1 exclusivamente con fines industriales o energ\u00e9ticos. -Se compromete asimismo a cumplir las restantes condiciones que se especifican en las Bases y convocatoria de esta ayuda, las cuales conoce y acepta en su integridad. &#8211; Est\u00e1 dispuesto a someterse a cuantas inspecciones se tenga a bien realizar designando al efecto como personas que pueden suscribir las actas correspondientes y obligarse en nombre del destilador: D. DNI: D. DNI: D. DNI: &#8211; Cuenta con instalaciones adecuadas para realizar la destilaci\u00f3n en el tiempo, forma y calidad requeridos por la normativa, siendo su rendimiento estimado el que figura en el encabezamiento. &#8211; Que acepta que se abonar\u00e1 una ayuda, dentro de los l\u00edmites fijados en la normativa, por la transformaci\u00f3n de los subproductos obtenidos en territorio nacional, entregados para cumplir con la obligaci\u00f3n establecida en el art\u00edculo 3 de la Orden, en alcohol con un grado alcoh\u00f3lico m\u00ednimo del 92 por cien vol.<br \/>\nA\u00d1O XXXVII N\u00fam. 147 27 de julio de 2018 20528<\/p>\n<p>Son ciertos los datos consignados en la presente solicitud comprometi\u00e9ndose a probar documentalmente los mismos, en caso de obtener la aceptaci\u00f3n de las variaciones en la destiler\u00eda para continuar con la autorizaci\u00f3n para participar en este r\u00e9gimen de ayudas.<br \/>\nIgualmente la persona abajo firmante declara conocer que en el caso de falsedad en los datos y\/o en la documentaci\u00f3n aportados u ocultamiento de informaci\u00f3n, de la que pueda deducirse intenci\u00f3n de enga\u00f1o en beneficio propio o ajeno, podr\u00e1 ser excluida de este procedimiento, ser objeto de sanci\u00f3n y, en su caso, los hechos se pondr\u00e1n en conocimiento del Ministerio Fiscal por si pudieran ser constitutivos de un il\u00edcito penal. Autorizaciones: Seg\u00fan el art\u00edculo 28 de la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas, esta Consejer\u00eda de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural va a proceder a verificar todos estos datos, salvo que usted no autorice expresamente dicha comprobaci\u00f3n NO: Los acreditativos de identidad del solicitante. NO: Los acreditativos de la identidad del representante del solicitante. NO: Los siguientes datos o documentos emitidos por la Administraci\u00f3n: &#8211; &#8211; &#8211; Seg\u00fan el art\u00edculo 53 de la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas, esta Consejer\u00eda de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural va a proceder a verificar los datos o documentos que se encuentren en poder de la Administraci\u00f3n y que usted se\u00f1ale a continuaci\u00f3n: &#8211; Documento , presentado con fecha ante la unidad de la Administraci\u00f3n de &#8211; Documento , presentado con fecha ante la unidad de la Administraci\u00f3n de &#8211; Documento , presentado con fecha ante la unidad de la Administraci\u00f3n de<\/p>\n<p>En el supuesto de que expresamente no autorice a esta Consejer\u00eda a consultar alguno de los anteriores documentos, se\u00f1ale expresamente: &#8211; &#8211; &#8211; En el caso de no autorizar la comprobaci\u00f3n de los datos anteriores, se compromete a aportar la documentaci\u00f3n pertinente.<\/p>\n<p>La presente autorizaci\u00f3n se otorga exclusivamente a efectos de reconocimiento, seguimiento y control de la subvenci\u00f3n objeto de la presente solicitud, y en aplicaci\u00f3n tanto de lo dispuesto en el art\u00edculo 95.1 k) de la Ley 58\/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que permite, previa autorizaci\u00f3n del interesado, la cesi\u00f3n de los datos tributarios que precisen las Administraciones P\u00fablicas para el desarrollo de sus funciones, como por lo establecido en el Real Decreto 209\/200,3 de 21 de febrero, o en lo referente a la Seguridad Social, todo ello de conformidad con la Ley Org\u00e1nica 15\/1999, de 13 de diciembre, de Protecci\u00f3n de Datos de Car\u00e1cter Personal. Documentaci\u00f3n: Adem\u00e1s de la informaci\u00f3n antes descrita, declara aportar los siguientes documentos: Certificado expedido por la Oficina Gestora de Impuestos Especiales, autorizando su funcionamiento, de acuerdo con lo establecido en el art\u00edculo 40 del Real Decreto 1165\/1995, de 7 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los Impuestos Especiales.<\/p>\n<p>En a de de EL SOLICITANTE O REPRESENTANTE LEGAL<\/p>\n<p>Fdo.:<\/p>\n<p>ORGANISMO DESTINATARIO: DIRECCI\u00d3N PROVINCIAL DE LA CONSEJER\u00cdA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO RURAL EN SELECCIONAR<br \/>\nA\u00d1O XXXVII N\u00fam. 147 27 de julio de 2018 20529<\/p>\n<p>Consejer\u00eda de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrrollo Rural Direcci\u00f3n General de Industrias Agroalimentarias y Cooperativas N\u00ba Procedimiento: 010568 C\u00f3digo SIACI SKW4<\/p>\n<p>ANEXO V-A. PRESENTACI\u00d3N CERTIFICADOS DE ENTREGAS<br \/>\nDATOS DE LA PERSONA INTERESADA<br \/>\nPersona f\u00edsica NIF NIE N\u00famero de documento:<br \/>\nNombre:<br \/>\n1\u00ba Apellido:<br \/>\n2\u00ba Apellido<br \/>\nPersona jur\u00eddica N\u00famero de documento:<br \/>\nRaz\u00f3n social: CAE<br \/>\nDomicilio: Provincia:<br \/>\nC.P.:<br \/>\nPoblaci\u00f3n:<br \/>\nTel\u00e9fono:<br \/>\nTel\u00e9fono m\u00f3vil:<br \/>\nCorreo electr\u00f3nico: El correo electr\u00f3nico designado ser\u00e1 el medio por el que desea recibir el aviso de notificaci\u00f3n.<\/p>\n<p>DATOS DE LA PERSONA REPRESENTANTE<br \/>\nNIF NIE N\u00famero de documento:<br \/>\nNombre:<br \/>\n1\u00ba Apellido:<br \/>\n2\u00ba Apellido<br \/>\nDomicilio: Provincia:<br \/>\nC.P.:<br \/>\nPoblaci\u00f3n:<br \/>\nTel\u00e9fono:<br \/>\nTel\u00e9fono m\u00f3vil:<br \/>\nCorreo electr\u00f3nico:<\/p>\n<p>MEDIO POR EL QUE SE RECIBIR\u00c7A LA NOTIFICACI\u00d3N<br \/>\nNotificaci\u00f3n electr\u00f3nica (De acuerdo al art\u00edculo 14 de la Ley 39\/2015, est\u00e1 obligado a la notificaci\u00f3n electr\u00f3nica, por tanto compruebe que est\u00e1 usted registrado en la Plataforma https:\/\/notifica.jccm.es\/notifica y que sus datos son correctos.)<\/p>\n<p>INFORMACI\u00d3N B\u00c1SICA DE PROTECCI\u00d3N DE DATOS<br \/>\nResponsable Direcci\u00f3n General de Industrias Agroalimentarias y Cooperativas<br \/>\nFinalidad Gesti\u00f3n de las ayudas a mercados e industrias alimentarias<br \/>\nA\u00d1O XXXVII N\u00fam. 147 27 de julio de 2018 20530<\/p>\n<p>Legitimaci\u00f3n Ejercicio de poderes p\u00fablicos conferidos al responsable del tratamiento. Reglamento (UE) 1306\/2013 sobre la financiaci\u00f3n, gesti\u00f3n y seguimiento de la Pol\u00edtica Agr\u00edcola Com\u00fan Destinatarios Existe cesi\u00f3n de datos Derechos Puede ejercer los derechos de acceso, rectificaci\u00f3n o supresi\u00f3n de sus datos, as\u00ed como otros derechos, tal y como se explica en la informaci\u00f3n adicional Informaci\u00f3n adicional Puede solicitarla en la direcci\u00f3n de correo: protecciondatos@jccm.es<\/p>\n<p>DOCUMENTACI\u00d3N PRESENTADA<br \/>\nCertificados de entregas Anexos V-B (General) Certificados de entregas Anexos V-B (Otras CCAA). Identificar las Comunidades Aut\u00f3nomas Fichero inform\u00e1tico \u201cFichero de entregas\u201d. Otros:<\/p>\n<p>Descripci\u00f3n de los Anexos V-B presentados ( identificar los n\u00fameros de certificados remitidos) Descripci\u00f3n de los ficheros inform\u00e1ticos de entregas de materias primas a destilaci\u00f3n<\/p>\n<p>ACREDITACI\u00d3N DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS Declaraciones responsables: La persona abajo firmante, en su propio nombre o en representaci\u00f3n de la entidad que se indica, declara que todos los datos consignados son veraces Igualmente la persona abajo firmante declara conocer que en el caso de falsedad en los datos y\/o en la documentaci\u00f3n aportados u ocultamiento de informaci\u00f3n, de la que pueda deducirse intenci\u00f3n de enga\u00f1o en beneficio propio o ajeno, podr\u00e1 ser excluida de este procedimiento, ser objeto de sanci\u00f3n y, en su caso, los hechos se pondr\u00e1n en conocimiento del Ministerio Fiscal por si pudieran ser constitutivos de un il\u00edcito penal.<\/p>\n<p>En a de de EL SOLICITANTE O REPRESENTANTE LEGAL<\/p>\n<p>Fdo.:<\/p>\n<p>ORGANISMO DESTINATARIO: DIRECCI\u00d3N PROVINCIAL DE LA CONSEJER\u00cdA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO RURAL EN SELECCIONAR<br \/>\nA\u00d1O XXXVII N\u00fam. 147 27 de julio de 2018 20531<\/p>\n<p>Consejer\u00eda de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrrollo Rural Direcci\u00f3n General de Industrias Agroalimentarias y Cooperativas<\/p>\n<p>ANEXO V-B. CERTIFICADO DE RECEPCI\u00d3N DE MATERIA PRIMA PARA DESTILACI\u00d3N<br \/>\nCAMPA\u00d1A CERTIFICADO N\u00ba Pago del transporte a cargo del productor: SI NO<br \/>\nDATOS DEL DESTILADOR<br \/>\nNIF: CAE<br \/>\nRaz\u00f3n social:<\/p>\n<p>DATOS DEL REPRESENTANTE DEL DESTILADOR<br \/>\nNIF: NIE Nombre:<br \/>\n1\u00ba Apellido:<\/p>\n<p>2\u00ba Apellido<\/p>\n<p>DATOS DEL PRODUCTOR<br \/>\nPersona f\u00edsica NIF NIE<br \/>\nNombre: 1\u00ba Apellido: 2\u00ba Apellido:<br \/>\nPersona jur\u00eddica N\u00famero de documento:<br \/>\nRaz\u00f3n social:<br \/>\nDomicilio: Provincia: C.P.: Poblaci\u00f3n:<br \/>\nTel\u00e9fono: Tel\u00e9fono m\u00f3vil: Correo electr\u00f3nico:<br \/>\nBODEGA (de elaboraci\u00f3n) NIDPB n\u00ba:<\/p>\n<p>DATOS PRODUCTOS RECIBIDOS Fecha Materia Prima hl \u00f3 qm Grado Hectogrados<br \/>\nDocumentos de acompa\u00f1amiento N \u00ba s.<\/p>\n<p>En a de de EL REPRESENTANTE DEL DESTILADOR<\/p>\n<p>Fdo.: ORGANISMO DESTINATARIO: DIRECCI\u00d3N PROVINCIAL DE LA CONSEJER\u00cdA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO RURAL EN SELECCIONAR<br \/>\nA\u00d1O XXXVII N\u00fam. 147 27 de julio de 2018 20532<\/p>\n<p>Consejer\u00eda de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrrollo Rural Direcci\u00f3n General de Industrias Agroalimentarias y Cooperativas N\u00ba Procedimiento: 010568 C\u00f3digo SIACI SKW5<\/p>\n<p>ANEXO VI-A. PRESENTACI\u00d3N 520 y RESUMEN DE MATERIAS PRIMAS DESTILADAS Y DE ALCOHOL OBTENIDO<br \/>\nDATOS DE LA PERSONA SOLICITANTE<br \/>\nPersona f\u00edsica NIF NIE N\u00famero de documento:<br \/>\nNombre:<br \/>\n1\u00ba Apellido:<br \/>\n2\u00ba Apellido<br \/>\nPersona jur\u00eddica N\u00famero de documento:<br \/>\nRaz\u00f3n social: CAE<br \/>\nDomicilio: Provincia:<br \/>\nC.P.:<br \/>\nPoblaci\u00f3n:<br \/>\nTel\u00e9fono:<br \/>\nTel\u00e9fono m\u00f3vil:<br \/>\nCorreo electr\u00f3nico: El correo electr\u00f3nico designado ser\u00e1 el medio por el que desea recibir el aviso de notificaci\u00f3n.<\/p>\n<p>DATOS DE LA PERSONA REPRESENTANTE<br \/>\nNIF NIE N\u00famero de documento:<br \/>\nNombre:<br \/>\n1\u00ba Apellido:<br \/>\n2\u00ba Apellido<br \/>\nDomicilio: Provincia:<br \/>\nC.P.:<br \/>\nPoblaci\u00f3n:<br \/>\nTel\u00e9fono:<br \/>\nTel\u00e9fono m\u00f3vil:<br \/>\nCorreo electr\u00f3nico:<\/p>\n<p>MEDIO POR EL QUE SE RECIBIR\u00c1 LA NOTIFICACI\u00d3N<br \/>\nNotificaci\u00f3n electr\u00f3nica (De acuerdo al art\u00edculo 14 de la Ley 39\/2015, est\u00e1 obligado a la notificaci\u00f3n electr\u00f3nica, por tanto compruebe que est\u00e1 usted registrado en la Plataforma https:\/\/notifica.jccm.es\/notifica y que sus datos son correctos.)<\/p>\n<p>INFORMACI\u00d3N B\u00c1SICA DE PROTECCI\u00d3N DE DATOS<br \/>\nResponsable Direcci\u00f3n General de Industrias Agroalimentarias y Cooperativas<br \/>\nFinalidad Gesti\u00f3n de las ayudas a mercados e industrias alimentarias<br \/>\nA\u00d1O XXXVII N\u00fam. 147 27 de julio de 2018 20533<\/p>\n<p>Legitimaci\u00f3n Ejercicio de poderes p\u00fablicos conferidos al responsable del tratamiento. Reglamento (UE) 1306\/2013 sobre la financiaci\u00f3n, gesti\u00f3n y seguimiento de la Pol\u00edtica Agr\u00edcola Com\u00fan Destinatarios Existe cesi\u00f3n de datos Derechos Puede ejercer los derechos de acceso, rectificaci\u00f3n o supresi\u00f3n de sus datos, as\u00ed como otros derechos, tal y como se explica en la informaci\u00f3n adicional Informaci\u00f3n adicional Puede solicitarla en la direcci\u00f3n de correo: protecciondatos@jccm.es<\/p>\n<p>DOCUMENTACI\u00d3N PRESENTADA<\/p>\n<p>Partes de destilaci\u00f3n (520) Documentos resumen materias primas destiladas y alcohol obtenido ( Anexos VI-B) Ficheros de alcohol obtenido. Ficheros de entregas y de alcohol obtenido Descripci\u00f3n de los 520 presentados Descripci\u00f3n de los Anexos VI-B presentados Descripci\u00f3n de los ficheros inform\u00e1ticos de alcohol obtenido Descripci\u00f3n de los ficheros inform\u00e1ticos de entregas y de alcohol obtenido<\/p>\n<p>ACREDITACI\u00d3N DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS<br \/>\nLa persona abajo firmante, en su propio nombre o en representaci\u00f3n de la entidad que se indica, declara que todos los datos consignados son veraces.<br \/>\nIgualmente la persona abajo firmante declara conocer que en el caso de falsedad en los datos y\/o en la documentaci\u00f3n aportados u ocultamiento de informaci\u00f3n, de la que pueda deducirse intenci\u00f3n de enga\u00f1o en beneficio propio o ajeno, podr\u00e1 ser excluida de este procedimiento, ser objeto de sanci\u00f3n y, en su caso, los hechos se pondr\u00e1n en conocimiento del Ministerio Fiscal por si pudieran ser constitutivos de un il\u00edcito penal.<\/p>\n<p>En a de de EL SOLICITANTE O REPRESENTANTE LEGAL<\/p>\n<p>Fdo.:<\/p>\n<p>ORGANISMO DESTINATARIO: DIRECCI\u00d3N PROVINCIAL DE LA CONSEJER\u00cdA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO RURAL EN SELECCIONAR<br \/>\nA\u00d1O XXXVII N\u00fam. 147 27 de julio de 2018 20534<\/p>\n<p>Consejer\u00eda de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural Direcci\u00f3n General de Industrias Agroalimentarias y Cooperativas<\/p>\n<p>CAMPA\u00d1A MATERIA PRIMA DESTILADA<\/p>\n<p>PRODUCTO ENTREGADO ALCOHOL OBTENIDO<br \/>\nn\u00ba Certif<\/p>\n<p>Parcial<br \/>\nNIF<br \/>\nNombre Productor<\/p>\n<p>NIDPB<br \/>\nNombre Bodega Hl. Entregados Grado H\u00ba entregados F. destilaci\u00f3n Tipo alcohol Grado Litros Hgrado N\u00ba 520<\/p>\n<p>DATOS DESTILERIA<br \/>\nNombre o Raz\u00f3n Social: Representante C\u00f3digo destilador: N.I.F. n\u00ba:<br \/>\nANEXO VI-B. RESUMEN DE MATERIAS PRIMAS DESTILADAS Y DE ALCOHOL OBTENIDO<br \/>\nA\u00d1O XXXVII N\u00fam. 147 27 de julio de 2018 20535<\/p>\n<p>Consejer\u00eda de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrrollo Rural Direcci\u00f3n General de Industrias Agroalimentarias y Cooperativas<\/p>\n<p>ANEXO VII: LIQUIDACI\u00d3N DE PAGO DE LOS GASTOS DE TRANSPORTE AL PRODUCTOR<\/p>\n<p>CAMPA\u00d1A VITIVIN\u00cdCOLA: \/ LIQUIDACI\u00d3N N\u00ba:<\/p>\n<p>DATOS DEL DESTILADOR<br \/>\nNIF: CAE<br \/>\nRaz\u00f3n social:<\/p>\n<p>DATOS DEL REPRESENTANTE DEL DESTILADOR<br \/>\nNIF: NIE Nombre:<br \/>\n1\u00ba Apellido:<\/p>\n<p>2\u00ba Apellido<\/p>\n<p>DATOS DEL PRODUCTOR<br \/>\nPersona f\u00edsica NIF NIE Nombre: 1\u00ba Apellido: 2\u00ba Apellido<br \/>\nPersona jur\u00eddica NIF:<br \/>\nRaz\u00f3n social:<br \/>\nDomicilio:<br \/>\nProvincia:<br \/>\nC.P.:<br \/>\nPoblaci\u00f3n:<br \/>\nBODEGA (de elaboraci\u00f3n) NIDPB n\u00ba:<\/p>\n<p>DATOS DE LOS CERTIFICADOS DE RECEPCI\u00d3N DE LAS PARTIDAS OBJETO DE LIQUIDACI\u00d3N<\/p>\n<p>N\u00ba<\/p>\n<p>FECHA<\/p>\n<p>HECTOGRADOS<\/p>\n<p>PRODUCTO<\/p>\n<p>N\u00ba<\/p>\n<p>FECHA<\/p>\n<p>HECTOGRADOS<\/p>\n<p>PRODUCTO<\/p>\n<p>SUMA TOTAL DE HECTOGRADOS DE ORUJOS (A): SUMA TOTAL DE HECTOGRADOS DE L\u00cdAS Y VINO (B):<\/p>\n<p>A\u00d1O XXXVII N\u00fam. 147 27 de julio de 2018 20536<\/p>\n<p>LIQUIDACI\u00d3N CORRESPONDIENTE A LAS PARTIDAS ANTERIORMENTE RESE\u00d1ADAS EN EL PUNTO 1. PRECIO A TANTO ALZADO DE: 0,571 \u20ac\/h\u00ba para orujos y 0,400 \u20ac\/h\u00ba para l\u00edas y vino<\/p>\n<p>CONCEPTOS<\/p>\n<p>EUROS<\/p>\n<p>HECTOGRADOS (A). X 0,571 \u20ac\/ h\u00ba. HECTOGRADOS (B). X 0,400 \u20ac\/ h\u00ba.<br \/>\n% DE IVA T O T A L<\/p>\n<p>PAGOS CORRESPONDIENTES A ESTA LIQUIDACI\u00d3N<\/p>\n<p>TRANSFERENCIAS O INGRESOS BANCARIOS<\/p>\n<p>CUENTA DEL BENEFICIARIO<\/p>\n<p>FECHA<\/p>\n<p>Importe transferencia (EUROS)<\/p>\n<p>IBAN<\/p>\n<p>C\u00f3digo Entidad Sucursal DC N\u00ba de Cuenta<\/p>\n<p>IMPORTE TOTAL DE LOS PAGOS TRANSFERIDOS<\/p>\n<p>DOCUMENTACI\u00d3N PRESENTADA\uf001<br \/>\n\uf001<br \/>\n\uf001Copias de los comprobantes de haber efectuado los pagos mediante ingresos o transferencias bancarias \uf001<br \/>\n\uf001<br \/>\n\uf001<\/p>\n<p>ACREDITACI\u00d3N DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS La persona abajo firmante, en su propio nombre o en representaci\u00f3n de la entidad que se indica, declara que todos los datos consignados son veraces, Igualmente la persona abajo firmante declara conocer que en el caso de falsedad en los datos y\/o en la documentaci\u00f3n aportados u ocultamiento de informaci\u00f3n, de la que pueda deducirse intenci\u00f3n de enga\u00f1o en beneficio propio o ajeno, podr\u00e1 ser excluida de este procedimiento, ser objeto de sanci\u00f3n y, en su caso, los hechos se pondr\u00e1n en conocimiento del Ministerio Fiscal por si pudieran ser constitutivos de un il\u00edcito penal.<\/p>\n<p>En a de de EL SOLICITANTE O REPRESENTANTE LEGAL<\/p>\n<p>Fdo.:<\/p>\n<p>ORGANISMO DESTINATARIO: DIRECCI\u00d3N PROVINCIAL DE LA CONSEJER\u00cdA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO RURAL EN SELECCIONAR<br \/>\nA\u00d1O XXXVII N\u00fam. 147 27 de julio de 2018 20537<\/p>\n<p>Consejer\u00eda de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrrollo Rural Direcci\u00f3n General de Industrias Agroalimentarias y Cooperativas<\/p>\n<p>ANEXO VIII JUSTIFICANTE DE LOS GASTOS DE TRANSPORTE<\/p>\n<p>CAMPA\u00d1A VITIVIN\u00cdCOLA: \/<\/p>\n<p>DATOS DEL DESTILADOR<br \/>\nNIF: CAE<br \/>\nRaz\u00f3n social:<\/p>\n<p>DATOS DEL REPRESENTANTE DEL DESTILADOR<br \/>\nNIF: NIE Nombre:<br \/>\n1\u00ba Apellido:<\/p>\n<p>2\u00ba Apellido<\/p>\n<p>DATOS DEL PRODUCTOR<br \/>\nPersona f\u00edsica NIF NIE<br \/>\nNombre:<br \/>\n1\u00ba Apellido:<br \/>\n2\u00ba Apellido<br \/>\nPersona jur\u00eddica NIF:<br \/>\nRaz\u00f3n social:<br \/>\nDomicilio:<br \/>\nProvincia:<br \/>\nC.P.:<br \/>\nPoblaci\u00f3n:<br \/>\nBODEGA (de elaboraci\u00f3n) NIDPB n\u00ba:<\/p>\n<p>DATOS DEL REPRESENTANTE DEL PRODUCTOR NIF NIE N\u00famero de documento:<br \/>\nNombre:<\/p>\n<p>CERTIFICACI\u00d3N La persona abajo firmante, en representaci\u00f3n de la entidad que se indica, certifica que: Los gastos del transporte de la materia prima entregada por el productor indicado al destilador mencionado en cumplimiento de la obligaci\u00f3n de la eliminaci\u00f3n de subproductos han corrido en su TOTALIDAD por cuenta del<\/p>\n<p>Destilador Productor<\/p>\n<p>Los gastos de transporte de la materia prima entregada por el productor indicado al destilador mencionado en cumplimiento de la obligaci\u00f3n de la eliminaci\u00f3n de subproductos han corrido por cuenta del DESTILADOR para los certificados de recepci\u00f3n relacionados (1) y los gastos correspondientes a las restantes entregas por cuenta del PRODUCTOR:<br \/>\nA\u00d1O XXXVII N\u00fam. 147 27 de julio de 2018 20538<\/p>\n<p>RELACI\u00d3N DE LOS CERTIFICADOS DE RECEPCI\u00d3N DE LAS PARTIDAS CITADAS (1) N\u00ba HECTOGRADOS PRODUCTO N\u00ba HECTOGRADOS PRODUCTO<\/p>\n<p>ACREDITACI\u00d3N DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS La persona abajo firmante, en su propio nombre o en representaci\u00f3n de la entidad que se indica, declara que todos los datos consignados son veraces, Igualmente la persona abajo firmante declara conocer que en el caso de falsedad en los datos y\/o en la documentaci\u00f3n aportados u ocultamiento de informaci\u00f3n, de la que pueda deducirse intenci\u00f3n de enga\u00f1o en beneficio propio o ajeno, podr\u00e1 ser excluida de este procedimiento, ser objeto de sanci\u00f3n y, en su caso, los hechos se pondr\u00e1n en conocimiento del Ministerio Fiscal por si pudieran ser constitutivos de un il\u00edcito penal.<\/p>\n<p>En a de de<\/p>\n<p>POR EL DESTILADOR, POR EL PRODUCTOR, \uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001\uf001<\/p>\n<p>ORGANISMO DESTINATARIO: DIRECCI\u00d3N PROVINCIAL DE LA CONSEJER\u00cdA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO RURAL EN SELECCIONAR<br \/>\nA\u00d1O XXXVII N\u00fam. 147 27 de julio de 2018 20539<\/p>\n<p>Consejer\u00eda de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrrollo Rural Direcci\u00f3n General de Industrias Agroalimentarias y Cooperativas N\u00ba Procedimiento: 030727 C\u00f3digo SIACI SKW6<\/p>\n<p>ANEXO IX-A. PRESENTACI\u00d3N SOLICITUDES DE AYUDA<br \/>\nDATOS DE LA PERSONA SOLICITANTE<br \/>\nPersona f\u00edsica NIF NIE N\u00famero de documento:<br \/>\nNombre:<br \/>\n1\u00ba Apellido:<br \/>\n2\u00ba Apellido<br \/>\nPersona jur\u00eddica N\u00famero de documento:<br \/>\nRaz\u00f3n social: CAE<br \/>\nDomicilio: Provincia:<br \/>\nC.P.:<br \/>\nPoblaci\u00f3n:<br \/>\nTel\u00e9fono:<br \/>\nTel\u00e9fono m\u00f3vil:<br \/>\nCorreo electr\u00f3nico: El correo electr\u00f3nico designado ser\u00e1 el medio por el que desea recibir el aviso de notificaci\u00f3n.<\/p>\n<p>DATOS DE LA PERSONA REPRESENTANTE<br \/>\nNIF NIE N\u00famero de documento:<br \/>\nNombre:<br \/>\n1\u00ba Apellido:<br \/>\n2\u00ba Apellido<br \/>\nDomicilio: Provincia:<br \/>\nC.P.:<br \/>\nPoblaci\u00f3n:<br \/>\nTel\u00e9fono:<br \/>\nTel\u00e9fono m\u00f3vil:<br \/>\nCorreo electr\u00f3nico:<\/p>\n<p>MEDIO POR EL QUE SE RECIBIR\u00c1 LA NOTIFICACI\u00d3N<br \/>\nNotificaci\u00f3n electr\u00f3nica (De acuerdo al art\u00edculo 14 de la Ley 39\/2015, est\u00e1 obligado a la notificaci\u00f3n electr\u00f3nica, por tanto compruebe que est\u00e1 usted registrado en la Plataforma https:\/\/notifica.jccm.es\/notifica y que sus datos son correctos.)<\/p>\n<p>INFORMACI\u00d3N B\u00c1SICA DE PROTECCI\u00d3N DE DATOS<br \/>\nResponsable Direcci\u00f3n General de Industrias Agroalimentarias y Cooperativas<br \/>\nFinalidad Gesti\u00f3n de las ayudas a mercados e industrias alimentarias<br \/>\nA\u00d1O XXXVII N\u00fam. 147 27 de julio de 2018 20540<\/p>\n<p>Legitimaci\u00f3n Ejercicio de poderes p\u00fablicos conferidos al responsable del tratamiento. Reglamento (UE) 1306\/2013 sobre la financiaci\u00f3n, gesti\u00f3n y seguimiento de la Pol\u00edtica Agr\u00edcola Com\u00fan Destinatarios Existe cesi\u00f3n de datos Derechos Puede ejercer los derechos de acceso, rectificaci\u00f3n o supresi\u00f3n de sus datos, as\u00ed como otros derechos, tal y como se explica en la informaci\u00f3n adicional Informaci\u00f3n adicional Puede solicitarla en la direcci\u00f3n de correo: protecciondatos@jccm.es<\/p>\n<p>DOCUMENTACI\u00d3N PRESENTADA<\/p>\n<p>Solicitudes de ayuda ( Anexos IX-B)<\/p>\n<p>Descripci\u00f3n de los Anexos IX-B presentados ( identificar los n\u00fameros de solicitudes de ayuda remitidos)<\/p>\n<p>ACREDITACI\u00d3N DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS Declaraciones responsables: La persona abajo firmante, en su propio nombre o en representaci\u00f3n de la entidad que se indica, declara que todos los datos consignados son veraces. Igualmente la persona abajo firmante declara conocer que en el caso de falsedad en los datos y\/o en la documentaci\u00f3n aportados u ocultamiento de informaci\u00f3n, de la que pueda deducirse intenci\u00f3n de enga\u00f1o en beneficio propio o ajeno, podr\u00e1 ser excluida de este procedimiento, ser objeto de sanci\u00f3n y, en su caso, los hechos se pondr\u00e1n en conocimiento del Ministerio Fiscal por si pudieran ser constitutivos de un il\u00edcito penal.<\/p>\n<p>En a de de EL SOLICITANTE O REPRESENTANTE LEGAL<\/p>\n<p>Fdo.:<\/p>\n<p>ORGANISMO DESTINATARIO: DIRECCI\u00d3N PROVINCIAL DE LA CONSEJER\u00cdA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO RURAL EN SELECCIONAR<br \/>\nA\u00d1O XXXVII N\u00fam. 147 27 de julio de 2018 20541<\/p>\n<p>Consejer\u00eda de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrrollo Rural Direcci\u00f3n General de Industrias Agroalimentarias y Cooperativas<\/p>\n<p>CAMPA\u00d1A VITIVIN\u00cdCOLA: \/ C\u00d3DIGO DESTILER\u00cdA N\u00ba SOLICITUD<br \/>\nDATOS DEL DESTILADOR<br \/>\nPersona f\u00edsica NIF NIE N\u00famero de documento: Nombre: 1\u00ba Apellido: 2\u00ba Apellido Persona jur\u00eddica N\u00famero de documento: Raz\u00f3n social: CAE Domicilio: Provincia: C.P.: Poblaci\u00f3n: Tel\u00e9fono: Fax: C\u00f3digo destilador: DATOS DE LA PERSONA REPRESENTANTE DEL DESTILADOR<br \/>\nNIF NIE N\u00famero de documento: Nombre: 1\u00ba Apellido: 2\u00ba Apellido<\/p>\n<p>DATOS DEL PRODUCTOR<br \/>\nPersona f\u00edsica NIF NIE N\u00famero de documento: Nombre: 1\u00ba Apellido: 2\u00ba Apellido Persona jur\u00eddica N\u00famero de documento: Raz\u00f3n social: Domicilio: Provincia: C.P.: Poblaci\u00f3n: BODEGA (de elaboraci\u00f3n) NIDPB n\u00ba:<\/p>\n<p>ANEXO IX-B SOLICITUD DE AYUDA A LA DESTILACI\u00d3N DE SUBPRODUCTOS (Art\u00edculo 52 del Reglamento (UE) 1308\/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo)<\/p>\n<p>A\u00d1O XXXVII N\u00fam. 147 27 de julio de 2018 20542<\/p>\n<p>MEDIO POR EL QUE SE DESEA RECIBIR LA NOTIFICACI\u00d3N<br \/>\nNotificaci\u00f3n electr\u00f3nica (De acuerdo al art\u00edculo 14 de la Ley 39\/2015, est\u00e1 obligado a la notificaci\u00f3n electr\u00f3nica, por tanto compruebe que est\u00e1 usted registrado en la Plataforma https:\/\/notifica.jccm.es\/notifica y que sus datos son correctos.)<\/p>\n<p>DATOS DE LA SOLICITUD Solicita percibir la ayuda que le pudiera corresponder para las cantidades de alcohol obtenido de la destilaci\u00f3n que se indica, una vez realizada la destilaci\u00f3n conforme a lo reglamentariamente establecido. ALCOHOL OBTENIDO<br \/>\nMATERIA PRIMA<br \/>\nCLASE DE ALCOHOL<br \/>\nHECT\u00d3GRADOS Hl ALCOHOL\uf001<br \/>\nORUJO L\u00cdAS VINO TOTAL<\/p>\n<p>Solicita que se le conceda y abone el pago parcial o anticipado a la destilaci\u00f3n de subproductos, al que se refiere el art\u00edculo 17.3 de la Orden de 20\/07\/2018, de la Consejer\u00eda de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por importe de 0,88 \u20ac\/h\u00ba de alcohol obtenido de orujos y de 0,40 \u20ac\/h\u00ba por el alcohol obtenido procedente de l\u00edas y vino, por un importe de Euros, as\u00ed como el pago final que, en su caso, pudiera corresponder.<\/p>\n<p>ACREDITACI\u00d3N DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS Declaraciones responsables: La persona abajo firmante, en su propio nombre o en representaci\u00f3n de la entidad que se indica, declara que todos los datos consignados son veraces, declarando expresamente que: &#8211; La destiler\u00eda se compromete a comunicar el destino del alcohol por el que se solicita ayuda. &#8211; Proceder\u00e1 al reintegro de la ayuda en caso de no justificarse el destino del alcohol antes del 31 de enero de la campa\u00f1a siguiente, si el alcohol no se utiliza con fines industriales o energ\u00e9ticos o por cualquier incumplimiento de la normativa. &#8211; Conoce lo dispuesto en el Reglamento 1308\/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo y dem\u00e1s normativa comunitaria, nacional y auton\u00f3mica y acepta cumplirla en todos sus t\u00e9rminos. &#8211; Se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y de pago de obligaciones y dem\u00e1s por reintegro de subvenciones. &#8211; No est\u00e1 incurso en las circunstancias se\u00f1aladas en el art\u00edculo 13.2 y 3 de la Ley 38\/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. &#8211; No ha solicitado u obtenido subvenci\u00f3n por el mismo concepto, de otras entidades p\u00fablicas o privadas. &#8211; Se compromete asimismo a cumplir las restantes condiciones que se especifican en las bases y convocatoria de esta ayuda, las cuales conoce y acepta en su integridad. &#8211; Est\u00e1 dispuesto a someterse a cuantas inspecciones se tenga a bien realizar, designando al efecto como personas que pueden suscribir las actas correspondientes y obligarse en nombre del destilador: D. DNI: D. DNI: D. DNI:<\/p>\n<p>Son ciertos los datos consignados en la presente solicitud comprometi\u00e9ndose a probar documentalmente los mismos, cuando se le requiera para ello.<br \/>\nA\u00d1O XXXVII N\u00fam. 147 27 de julio de 2018 20543<\/p>\n<p>Igualmente la persona abajo firmante declara conocer que en el caso de falsedad en los datos y\/o en la documentaci\u00f3n aportados u ocultamiento de informaci\u00f3n, de la que pueda deducirse intenci\u00f3n de enga\u00f1o en beneficio propio o ajeno, podr\u00e1 ser excluida de este procedimiento, ser objeto de sanci\u00f3n y, en su caso, los hechos se pondr\u00e1n en conocimiento del Ministerio Fiscal por si pudieran ser constitutivos de un il\u00edcito penal.<\/p>\n<p>Documentaci\u00f3n: Adem\u00e1s de la informaci\u00f3n descrita, declara aportar los siguientes documentos: Relaci\u00f3n de las entregas efectuadas por el productor, de acuerdo con el contenido del Anexo XI de la Orden. Documentaci\u00f3n de prueba de la destilaci\u00f3n prevista en el art\u00edculo 12 b) de la Orden (en caso de no haberla presentado con anterioridad). Prueba de pago del transporte al productor, de acuerdo con el contenido del Anexo VII de esta Orden en su caso. Justificante de gastos del transporte de acuerdo con el contenido del Anexo VIII de esta Orden. Justificaci\u00f3n del destino del alcohol, de acuerdo con lo previsto en el art\u00edculo 19 de esta Orden. En caso de no presentar la justificaci\u00f3n del destino del alcohol, de acuerdo con el contenido del Anexo XII-B y\/o la prueba de pago del transporte al productor, de acuerdo con el contenido del Anexo VII de esta Orden en su caso, se presenta aval\/contrato de seguro de cauci\u00f3n por el importe de euros, de acuerdo con lo dispuesto en el art\u00edculo 17.2 de la Orden. Otros<\/p>\n<p>DATOS DE LA ENTIDAD BANCARIA A EFECTOS DEL PAGO DE LA SUBVENCI\u00d3N<br \/>\nNombre de la entidad bancaria Domicilio Nombre completo del titular de la cuenta<br \/>\nIBAN C\u00f3digo entidad Sucursal DC N\u00famero de cuenta<\/p>\n<p>En a de de EL SOLICITANTE O REPRESENTANTE LEGAL<\/p>\n<p>Fdo.:<\/p>\n<p>ORGANIMSO DESTINATARIO: DIRECCI\u00d3N PROVINCIAL DE LA CONSEJER\u00cdA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO RURAL EN SELECCIONAR<br \/>\nA\u00d1O XXXVII N\u00fam. 147 27 de julio de 2018 20544<\/p>\n<p>Consejer\u00eda de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrrollo Rural Direcci\u00f3n General de Industrias Agroalimentarias y Cooperativas N\u00ba procedimiento C\u00f3digo SIACI 030727 SKW7<\/p>\n<p>CAMPA\u00d1A VITIVIN\u00cdCOLA: \/ C\u00d3DIGO DESTILER\u00cdA N\u00ba SOLICITUD<br \/>\nDATOS DEL DESTILADOR<br \/>\nPersona f\u00edsica NIF NIE N\u00famero de documento:<br \/>\nNombre:<br \/>\n1\u00ba Apellido:<br \/>\n2\u00ba Apellido<br \/>\nPersona jur\u00eddica N\u00famero de documento:<br \/>\nRaz\u00f3n social:<br \/>\nCAE<br \/>\nDomicilio: Provincia:<br \/>\nC.P.:<br \/>\nPoblaci\u00f3n:<br \/>\nTel\u00e9fono:<br \/>\nFax:<br \/>\nC\u00f3digo destilador:<br \/>\nDATOS DE LA PERSONA REPRESENTANTE DEL DESTILADOR<br \/>\nNIF NIE N\u00famero de documento:<br \/>\nNombre:<br \/>\n1\u00ba Apellido:<br \/>\n2\u00ba Apellido<\/p>\n<p>DATOS DEL PRODUCTOR<br \/>\nPersona f\u00edsica NIF NIE N\u00famero de documento:<br \/>\nNombre:<br \/>\n1\u00ba Apellido:<br \/>\n2\u00ba Apellido<br \/>\nPersona jur\u00eddica N\u00famero de documento:<br \/>\nRaz\u00f3n social: Domicilio: Provincia:<br \/>\nC.P.:<br \/>\nPoblaci\u00f3n:<br \/>\nBODEGA (de elaboraci\u00f3n) NIDPB n\u00ba:<\/p>\n<p>ANEXO X PRESENTACI\u00d3N DOCUMENTACI\u00d3N SALDO DE AYUDA A LA DESTILACI\u00d3N DE SUBPRODUCTOS (Art\u00edculo 52 del Reglamento (UE) 1308\/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo)<\/p>\n<p>A\u00d1O XXXVII N\u00fam. 147 27 de julio de 2018 20545<\/p>\n<p>MEDIO POR EL QUE SE RECIBIR\u00c1 LA NOTIFICACI\u00d3N<br \/>\nNotificaci\u00f3n electr\u00f3nica (De acuerdo al art\u00edculo 14 de la Ley 39\/2015, est\u00e1 obligado a la notificaci\u00f3n electr\u00f3nica, por tanto compruebe que est\u00e1 usted registrado en la Plataforma https:\/\/notifica.jccm.es\/notifica y que sus datos son correctos.)<\/p>\n<p>INFORMACI\u00d3N B\u00c1SICA DE PROTECCI\u00d3N DE DATOS<br \/>\nResponsable Direcci\u00f3n General de Industrias Agroalimentarias y Cooperativas<br \/>\nFinalidad Gesti\u00f3n de las ayudas a mercados e industrias alimentarias Legitimaci\u00f3n Ejercicio de poderes p\u00fablicos conferidos al responsable del tratamiento. Reglamento (UE) 1306\/2013 sobre la financiaci\u00f3n, gesti\u00f3n y seguimiento de la Pol\u00edtica Agr\u00edcola Com\u00fan Destinatarios Existe cesi\u00f3n de datos Derechos Puede ejercer los derechos de acceso, rectificaci\u00f3n o supresi\u00f3n de sus datos, as\u00ed como otros derechos, tal y como se explica en la informaci\u00f3n adicional Informaci\u00f3n adicional Puede solicitarla en la direcci\u00f3n de correo: protecciondatos@jccm.es<\/p>\n<p>ACREDITACI\u00d3N DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS Declaraciones responsables: La persona abajo firmante, en su propio nombre o en representaci\u00f3n de la entidad que se indica, declara que todos los datos consignados son veraces, declarando expresamente que: &#8211; La destiler\u00eda se compromete a comunicar el destino del alcohol por el que se solicita ayuda. &#8211; Proceder\u00e1 al reintegro de la ayuda en caso de no justificarse el destino del alcohol antes del 31 de enero de la campa\u00f1a siguiente, si el alcohol no se utiliza con fines industriales o energ\u00e9ticos o por cualquier incumplimiento de la normativa. &#8211; Conoce lo dispuesto en el Reglamento 1308\/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo y dem\u00e1s normativa comunitaria, nacional y auton\u00f3mica y acepta cumplirla en todos sus t\u00e9rminos. &#8211; Se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y de pago de obligaciones y dem\u00e1s por reintegro de subvenciones. &#8211; No est\u00e1 incurso en las circunstancias se\u00f1aladas en el art\u00edculo 13.2 y 3 de la Ley 38\/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. &#8211; No ha solicitado u obtenido subvenci\u00f3n para la misma actividad, de otras entidades p\u00fablicas o privadas. &#8211; Se compromete asimismo a cumplir las restantes condiciones que se especifican en las bases y convocatoria de esta ayuda, las cuales conoce y acepta en su integridad. &#8211; Est\u00e1 dispuesto a someterse a cuantas inspecciones se tenga a bien realizar, designando al efecto como personas que pueden suscribir las actas correspondientes y obligarse en nombre del destilador: D. DNI: D. DNI: D. DNI:<\/p>\n<p>Son ciertos los datos consignados en la presente solicitud comprometi\u00e9ndose a probar documentalmente los mismos, cuando se le requiera para ello.<br \/>\nIgualmente la persona abajo firmante declara conocer que en el caso de falsedad en los datos y\/o en la documentaci\u00f3n aportados u ocultamiento de informaci\u00f3n, de la que pueda deducirse intenci\u00f3n de enga\u00f1o en beneficio propio o ajeno, podr\u00e1 ser excluida de este procedimiento, ser objeto de sanci\u00f3n y, en su caso, los hechos se pondr\u00e1n en conocimiento del Ministerio Fiscal por si pudieran ser constitutivos de un il\u00edcito penal. Documentaci\u00f3n: Adem\u00e1s de la informaci\u00f3n descrita, declara aportar los siguientes documentos: Justificante del abono al productor de la totalidad del gasto de transporte al productor, de acuerdo con el contenido del Anexo VII de la Orden.<br \/>\nA\u00d1O XXXVII N\u00fam. 147 27 de julio de 2018 20546<\/p>\n<p>Justificaci\u00f3n del destino del alcohol, de acuerdo con lo previsto en el art\u00edculo 19 de la Orden. En caso de no presentar el Justificante del destino del alcohol de acuerdo con el contenido del Anexo XII-B, se adjunta aval\/contrato de seguro de cauci\u00f3n por el importe de euros, de acuerdo con lo dispuesto en el art\u00edculo 17.7 de la Orden. Otros<\/p>\n<p>En a de de EL SOLICITANTE O REPRESENTANTE LEGAL<\/p>\n<p>Fdo.:<\/p>\n<p>ORGANISMO DESTINATARIO. DIRECCI\u00d3N PROVINCIAL DE LA CONSEJER\u00cdA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO RURAL EN SELECCIONAR<br \/>\nA\u00d1O XXXVII N\u00fam. 147 27 de julio de 2018 20547<\/p>\n<p>Consejer\u00eda de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural Direcci\u00f3n General de Industrias Agroalimentarias y Cooperativas<\/p>\n<p>CAMPA\u00d1A MATERIA PRIMA DESTILADA (1)<\/p>\n<p>DATOS DEL PRODUCTOR<\/p>\n<p>520<\/p>\n<p>Nombre o Raz\u00f3n Social: N.I.F. n\u00ba: Domicilio Social: Localidad: Provincia: Bodega: N.I.D.P.B.:<\/p>\n<p>Certificado de Recepci\u00f3n<\/p>\n<p>Volumen entregado<\/p>\n<p>Alcohol Obtenido (litros)<\/p>\n<p>Fecha<\/p>\n<p>N\u00ba<\/p>\n<p>N\u00ba D.A. (2)<\/p>\n<p>Qm \/ hl<\/p>\n<p>Grado<\/p>\n<p>Hectogrados<\/p>\n<p>Bruto<\/p>\n<p>Grado<\/p>\n<p>Hectogrados<\/p>\n<p>TOTAL &#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;..<\/p>\n<p>En a de de EL SOLICITANTE O REPRESENTANTE LEGAL Fdo.:<br \/>\n(1)Orujo\/l\u00edas\/vino (2)en el caso de que consten varios documentos de acompa\u00f1amiento se indicar\u00e1n.<\/p>\n<p>ORGANISMO DESTINATARIO: DIRECCI\u00d3N PROVINCIAL DE LA CONSEJER\u00cdA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO RURAL EN SELECCIONAR<br \/>\nDATOS DESTILERIA<\/p>\n<p>Nombre o Raz\u00f3n Social: C\u00f3digo Destiler\u00eda : Representante : N.I.F. n\u00ba:<br \/>\nANEXO XI. RESUMEN POR PRODUCTOR DE MATERIA PRIMA ENTREGADA<br \/>\nA\u00d1O XXXVII N\u00fam. 147 27 de julio de 2018 20548<\/p>\n<p>Consejer\u00eda de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrrollo Rural Direcci\u00f3n General de Industrias Agroalimentarias y Cooperativas N\u00ba Procedimiento: 030539 C\u00f3digo SIACI SK4D<\/p>\n<p>ANEXO XII-A. PRESENTACI\u00d3N JUSTIFICACI\u00d3N DESTINO DEL ALCOHOL<br \/>\nDATOS DE LA PERSONA SOLICITANTE<br \/>\nPersona f\u00edsica NIF NIE N\u00famero de documento:<br \/>\nNombre:<br \/>\n1\u00ba Apellido:<br \/>\n2\u00ba Apellido<br \/>\nPersona jur\u00eddica N\u00famero de documento:<br \/>\nRaz\u00f3n social: CAE<br \/>\nDomicilio: Provincia:<br \/>\nC.P.:<br \/>\nPoblaci\u00f3n:<br \/>\nTel\u00e9fono:<br \/>\nTel\u00e9fono m\u00f3vil:<br \/>\nCorreo electr\u00f3nico: El correo electr\u00f3nico designado ser\u00e1 el medio por el que desea recibir el aviso de notificaci\u00f3n.<\/p>\n<p>DATOS DE LA PERSONA REPRESENTANTE<br \/>\nNIF NIE N\u00famero de documento:<br \/>\nNombre:<br \/>\n1\u00ba Apellido:<br \/>\n2\u00ba Apellido<br \/>\nDomicilio: Provincia:<br \/>\nC.P.:<br \/>\nPoblaci\u00f3n:<br \/>\nTel\u00e9fono:<br \/>\nTel\u00e9fono m\u00f3vil:<br \/>\nCorreo electr\u00f3nico:<\/p>\n<p>MEDIO POR EL QUE SE RECIBIR\u00c1 LA NOTIFICACI\u00d3N<br \/>\nNotificaci\u00f3n electr\u00f3nica (De acuerdo al art\u00edculo 14 de la Ley 39\/2015, est\u00e1 obligado a la notificaci\u00f3n electr\u00f3nica, por tanto compruebe que est\u00e1 usted registrado en la Plataforma https:\/\/notifica.jccm.es\/notifica y que sus datos son correctos.)<\/p>\n<p>INFORMACI\u00d3N B\u00c1SICA DE PROTECCI\u00d3N DE DATOS<br \/>\nResponsable Direcci\u00f3n General de Industrias Agroalimentarias y Cooperativas<br \/>\nFinalidad Gesti\u00f3n de las ayudas a mercados e industrias alimentarias<br \/>\nA\u00d1O XXXVII N\u00fam. 147 27 de julio de 2018 20549<\/p>\n<p>Legitimaci\u00f3n Ejercicio de poderes p\u00fablicos conferidos al responsable del tratamiento. Reglamento (UE) 1306\/2013 sobre la financiaci\u00f3n, gesti\u00f3n y seguimiento de la Pol\u00edtica Agr\u00edcola Com\u00fan Destinatarios Existe cesi\u00f3n de datos Derechos Puede ejercer los derechos de acceso, rectificaci\u00f3n o supresi\u00f3n de sus datos, as\u00ed como otros derechos, tal y como se explica en la informaci\u00f3n adicional Informaci\u00f3n adicional Puede solicitarla en la direcci\u00f3n de correo: protecciondatos@jccm.es<\/p>\n<p>DOCUMENTACI\u00d3N PRESENTADA<br \/>\nJustificantes del destino del alcohol de acuerdo con el contenido del Anexo XII-B de esta Orden.<\/p>\n<p>Otros: Descripci\u00f3n de los Anexos XII-B presentados ( identificar los n\u00fameros de Justificantes remitidos)<\/p>\n<p>ACREDITACI\u00d3N DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS<br \/>\nLa persona abajo firmante, en su propio nombre o en representaci\u00f3n de la entidad que se indica, declara que todos los datos consignados son veraces.<br \/>\nIgualmente la persona abajo firmante declara conocer que en el caso de falsedad en los datos y\/o en la documentaci\u00f3n aportados u ocultamiento de informaci\u00f3n, de la que pueda deducirse intenci\u00f3n de enga\u00f1o en beneficio propio o ajeno, podr\u00e1 ser excluida de este procedimiento, ser objeto de sanci\u00f3n y, en su caso, los hechos se pondr\u00e1n en conocimiento del Ministerio Fiscal por si pudieran ser constitutivos de un il\u00edcito penal.<\/p>\n<p>En a de de EL SOLICITANTE O REPRESENTANTE LEGAL<\/p>\n<p>Fdo.:<\/p>\n<p>ORGANISMO DESTINATARIO: DIRECCI\u00d3N PROVINCIAL DE LA CONSEJER\u00cdA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO RURAL EN SELECCIONAR<br \/>\nA\u00d1O XXXVII N\u00fam. 147 27 de julio de 2018 20550<\/p>\n<p>Consejer\u00eda de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural Direcci\u00f3n General de Industrias Agroalimentarias y Cooperativas<\/p>\n<p>O<\/p>\n<p>DATOS DEL DESTILADOR<br \/>\nPersona f\u00edsica NIF NIE N\u00famero de documento:<br \/>\nNombre: 1\u00ba Apellido: 2\u00ba Apellido:<br \/>\nPersona jur\u00eddica N\u00famero de documento:<br \/>\nRaz\u00f3n social: CAE:<br \/>\nDomicilio:<br \/>\nProvincia: C.P.: Poblaci\u00f3n:<br \/>\nTel\u00e9fono: Fax: Representante: NIF:<\/p>\n<p>SALIDA DE ALCOHOL<br \/>\nCampa\u00f1a de producci\u00f3n: \/ Tipo de alcohol Grado alcoh\u00f3lico: % vol<br \/>\nCantidad: Hectogrados Litros<\/p>\n<p>ANEXO XII-B. JUSTIFICANTE DEL DESTINO DEL ALCOHOL OBTENIDO DE LA DESTILACI\u00d3N DE SUBPRODUCTOS (Art\u00edculo 52 del Reglamento (UE) 1308\/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo)<\/p>\n<p>A\u00d1O XXXVII N\u00fam. 147 27 de julio de 2018 20551<\/p>\n<p>Consejer\u00eda de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural Direcci\u00f3n General de Industrias Agroalimentarias y Cooperativas<\/p>\n<p>DATOS DEL DESTINATARIO DEL ALCOHOL<br \/>\nPersona f\u00edsica NIF NIE N\u00famero de documento:<br \/>\nNombre: 1\u00ba Apellido: 2\u00ba Apellido<br \/>\nPersona jur\u00eddica N\u00famero de documento:<br \/>\nRaz\u00f3n social: CAE<br \/>\nDomicilio: Provincia: CP: Poblaci\u00f3n:<\/p>\n<p>ALCOHOL CON SALIDA PROCEDENTE DE LAS MATERIAS PRIMAS RECIBIDAS DE CADA PRODUCTOR RESE\u00d1ADO A CONTINUACI\u00d3N<br \/>\nPRODUCTOR BODEGA ALCOHOL ENTREGADO DE CADA PRODUCTOR 520 N\u00ba<br \/>\nN\u00ba DE EXPEDIENTE DE AYUDA NOMBRE O RAZ\u00d3N SOCIAL NIF\/CIF NIDPB LITROS GRADO HECTOGRADOS GRADO MEDIO FINAL DE TODA LA ENTREGA (b)\/(a) % vol. \uf001 SUMA Y SIGUE o \uf001 TOTAL (a) (b)<\/p>\n<p>A\u00d1O XXXVII N\u00fam. 147 27 de julio de 2018 20552<\/p>\n<p>Consejer\u00eda de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural Direcci\u00f3n General de Industrias Agroalimentarias y Cooperativas<\/p>\n<p>DOCUMENTACI\u00d3N PRESENTADA<br \/>\nDocumentaci\u00f3n presentada correspondientes a este justificante de salida: 1. En el caso de salidas de alcohol de las destiler\u00eda sin desnaturalizar: Copia de los documentos de acompa\u00f1amiento que amparen la circulaci\u00f3n de productos objeto de impuestos especiales de fabricaci\u00f3n. Identificaci\u00f3n de los Documentos de acompa\u00f1amiento presentados Actas resumen diario de recepci\u00f3n de alcohol cumplimentadas por la empresa de recepci\u00f3n del alcohol Compromiso escrito del destinatario de utilizar dicho alcohol exclusivamente con fines industriales o energ\u00e9ticos Fichero inform\u00e1tico \u201cFichero de Justificaci\u00f3n del destino del alcohol\u201d. En el caso de solicitar ayuda por un alcohol que haya sido transformado con posterioridad a la remisi\u00f3n de la informaci\u00f3n prevista en el art\u00edculo 12.1.b) de la orden: Partes de resultados de operaciones de trabajo Otra documentaci\u00f3n que justifique dicha transformaci\u00f3n. Describir dicha documentaci\u00f3n: 2. En el caso de salidas de alcohol desnaturalizado en la destiler\u00eda: Copia del acta de la Dependencia Regional de Aduanas e Impuestos Especiales, en la que consta la desnaturalizaci\u00f3n del alcohol. Partes de fabricaci\u00f3n (520) del alcohol desnaturalizado Copia de los boletines de an\u00e1lisis, realizados por los Laboratorios de Aduanas e Impuestos Especiales, previstos en el art\u00edculo 73.1 d) del Real Decreto 1165\/1995 de los Impuestos Especiales, de las partidas de alcohol desnaturalizado por las que se solicita ayuda Fichero inform\u00e1tico \u201c Fichero de Justificaci\u00f3n del destino del alcohol\u201d Copia de los documentos de acompa\u00f1amiento que amparen la circulaci\u00f3n del alcohol desnaturalizado, en su caso. Identificaci\u00f3n de los Documentos de acompa\u00f1amiento presentados<\/p>\n<p>En a de de EL SOLICITANTE O REPRESENTANTE LEGAL<\/p>\n<p>Fdo.:<br \/>\nORGANISMO DESTINATARIO: DIRECCI\u00d3N PROVINCIAL DE LA CONSEJER\u00cdA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO RURAL EN SELECCIONAR<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Orden 120\/2018, de 20 de julio, de la Consejer\u00eda de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se regula la obligaci\u00f3n de eliminar los subproductos de la vinificaci\u00f3n y se precisan las bases reguladoras del r\u00e9gimen de ayuda para la destilaci\u00f3n de subproductos en Castilla-La Mancha, establecido en el Programa de Apoyo 2019-2023 al sector vitivin\u00edcola y se establece su convocatoria abierta para todo el per\u00edodo.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[4],"tags":[1477],"class_list":["post-13331","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-novedades-normativas","tag-castilla-la-manchasubproductos-vinificacion"],"acf":[],"yoast_head":"<!-- This site is optimized with the Yoast SEO plugin v28.6 - 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