{"id":13381,"date":"2020-12-23T12:46:57","date_gmt":"2020-12-23T12:46:57","guid":{"rendered":"https:\/\/normativamunicipal.com\/uncategorized\/subvenciones-extremadura\/"},"modified":"2020-12-24T11:23:38","modified_gmt":"2020-12-24T11:23:38","slug":"subvenciones-extremadura","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=13381","title":{"rendered":"Subvenciones EXTREMADURA"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\"><strong>DECRETO 154\/2018, de 18 de septiembre, por el que se regula el Programa Colaborativo Rural de acciones de atenci\u00f3n integral a personas en situaci\u00f3n o en riesgo de exclusi\u00f3n social y se establecen las bases reguladoras de la concesi\u00f3n de subvenciones destinadas a dicho programa, en el \u00e1mbito de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><!--more-->[sc name=\u00bbGu\u00eda del Interventor Municipal\u00bb ]<br \/>\nLa Estrategia de Empleo de Extremadura 2016-2019 recoge la determinaci\u00f3n de colectivos especiales que requieren actuaciones espec\u00edficas diferenciadas, entre los que se encuentran las personas en riesgo de exclusi\u00f3n social o con dificultades de integraci\u00f3n, y la cohesi\u00f3n territorial.<br \/>\nEntre los objetivos que la Estrategia 2020 fija para el conjunto de la Uni\u00f3n Europea se encuentran: reducir al menos en 20 millones el n\u00famero de personas en situaci\u00f3n o riesgo de pobreza y exclusi\u00f3n social y que el 75 % de la poblaci\u00f3n de entre 20 y 64 a\u00f1os est\u00e9 empleada.<br \/>\nHay una poblaci\u00f3n importante de la ciudadan\u00eda extreme\u00f1a, con necesidades en distintos \u00e1mbitos de inclusi\u00f3n social, principalmente en materia de inserci\u00f3n sociolaboral que habitan en zonas rurales de la regi\u00f3n, y que se localizan principalmente en las poblaciones de menos de 5.000 habitantes.<br \/>\nEsta necesidad es la que impone el reto de mejorar la situaci\u00f3n de pobreza y exclusi\u00f3n social en la que se encuentran esta zonas, a trav\u00e9s de acciones integradas que mejoren las condiciones de inserci\u00f3n en los \u00e1mbitos social y laboral, a trav\u00e9s de la participaci\u00f3n en itinerarios integrados y personalizados de inserci\u00f3n social y laboral que incluyen un proceso formativo que alterna la formaci\u00f3n y experiencia profesional adaptada y la adquisici\u00f3n de competencias b\u00e1sicas y gen\u00e9ricas, fomentando con ello la creatividad, el emprendimiento y la innovaci\u00f3n social, en zonas y colectivos donde es m\u00e1s necesario este tipo de intervenciones por sus dificultades territoriales y sociales.<br \/>\nDel apartado 3 del art\u00edculo 36 del texto refundido de la Ley de Empleo, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3\/2015, de 23 de octubre, resulta que las Comunidades Aut\u00f3nomas est\u00e1n habilitadas para el dise\u00f1o y ejecuci\u00f3n de nuevos programas y servicios de pol\u00edticas activas de empleo adaptadas a las peculiaridades y caracter\u00edsticas de sus mercados de trabajo locales e integrarse en alguno de los Ejes establecidos en el art\u00edculo 10.4 del texto refundido de la Ley de Empleo.<br \/>\nEl r\u00e9gimen de ayudas de estado no es aplicable a las subvenciones reguladas en este decreto, en cuanto que no dan lugar a discriminaci\u00f3n alguna, ni suponen un beneficio o ventaja econ\u00f3mica ni, en definitiva, falsean la competencia.<br \/>\nLunes, 24 de septiembre de 2018 36015N\u00daMERO 186<br \/>\nEn su virtud, de conformidad con el art\u00edculo 23 h) de la Ley 1\/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura, a propuesta de la Consejera de Educaci\u00f3n y Empleo y previa deliberaci\u00f3n del Consejo de Gobierno en su sesi\u00f3n de 18 de septiembre de 2018,<br \/>\nDISPONGO:<br \/>\nCAP\u00cdTULO I DISPOSICIONES GENERALES<br \/>\nArt\u00edculo 1. Objeto y finalidad.<br \/>\n1. El presente decreto tiene como objeto establecer un Programa Colaborativo Rural de atenci\u00f3n integral a personas en situaci\u00f3n o en riesgo de exclusi\u00f3n social que consiste en el desarrollo de itinerarios de orientaci\u00f3n, tutorizaci\u00f3n e intermediaci\u00f3n y formaci\u00f3n en alternancia con el empleo para su inserci\u00f3n sociolaboral en las zonas rurales correspondientes a los municipios de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura con poblaci\u00f3n inferior a 5.000 habitantes, as\u00ed como las bases reguladoras de las subvenciones p\u00fablicas para la ejecuci\u00f3n de dicho programa.<br \/>\n2. El referido programa persigue favorecer la creatividad, el emprendimiento y la innovaci\u00f3n social, en zonas y con colectivos donde es m\u00e1s necesario este tipo de intervenciones por sus dificultades territoriales y sociales, basado en un esp\u00edritu din\u00e1mico, colaborativo y solidario de las personas participantes y en el fomento de la intercooperaci\u00f3n entre las personas y entidades locales para ofrecer productos\/servicios generadores de empleo con impacto social en el territorio.<br \/>\nArt\u00edculo 2. Planificaci\u00f3n estrat\u00e9gica.<br \/>\nLa Estrategia de Empleo de Extremadura 2016-2019, as\u00ed como el Programa Operativo del Fondo Social Europeo Extremadura 2014-2020, se configuran como planes estrat\u00e9gicos de las subvenciones para la ejecuci\u00f3n de los citados programas, en consonancia con lo dispuesto en el art\u00edculo 5 de la Ley 6\/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura, junto con el plan espec\u00edfico elaborado al efecto.<br \/>\nArt\u00edculo 3. Financiaci\u00f3n.<br \/>\n1. Las subvenciones destinadas a la puesta en marcha de este programa ser\u00e1n financiadas con cargo a los cr\u00e9ditos autorizados en el presupuesto de gastos de la Consejer\u00eda competente en materia de formaci\u00f3n para el empleo de la Junta de Extremadura.<br \/>\nLunes, 24 de septiembre de 2018 36016N\u00daMERO 186<br \/>\n2. La concesi\u00f3n de las subvenciones est\u00e1 condicionada a la existencia de dotaci\u00f3n presupuestaria para dicho fin, pudi\u00e9ndose adquirir compromisos de car\u00e1cter plurianual de acuerdo con lo previsto en la normativa aplicable en la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura.<br \/>\n3. Las convocatorias que se realicen en aplicaci\u00f3n a este decreto fijar\u00e1n en su caso, la parte financiada con cargo al Programa Operativo del Fondo Social Europeo Extremadura 20142020, dentro del objetivo tem\u00e1tico 9 \u201cpromover la inclusi\u00f3n social, luchar contra la pobreza y cualquier forma de discriminaci\u00f3n\u201d, prioridad de inversi\u00f3n 9.1 \u201cla inclusi\u00f3n activa, en particular para promover la igualdad de oportunidades y la participaci\u00f3n activa y mejorar la empleabilidad\u201d y objetivo espec\u00edfico 9.1.1 \u201cmejorar la inserci\u00f3n sociolaboral de personas en situaci\u00f3n o riesgo de exclusi\u00f3n social, a trav\u00e9s de la activaci\u00f3n y de itinerarios integrados y personalizados de inserci\u00f3n\u201d.<br \/>\nArt\u00edculo 4. Personas destinatarias finales.<br \/>\n1. Podr\u00e1n participar en estas acciones las personas desempleadas en situaci\u00f3n o en riesgo de exclusi\u00f3n social, seg\u00fan se define en el apartado siguiente de este art\u00edculo, mayores de 18 a\u00f1os e inscritas en los centros de empleo del Servicio Extreme\u00f1o P\u00fablico de Empleo, y que cumplan los siguientes requisitos:<br \/>\na) Tener la titulaci\u00f3n y los requisitos espec\u00edficos establecidos en perfil de acceso del programa formativo del proyecto aprobado.<br \/>\nb) No padecer enfermedad o defecto f\u00edsico o ps\u00edquico que impida el desempe\u00f1o normal de las funciones propias del puesto, ni cualquier otro impedimento personal o de cualquier otra \u00edndole para la realizaci\u00f3n de las actividades propias de la ocupaci\u00f3n laboral a desempe\u00f1ar de acuerdo con la normativa de aplicaci\u00f3n.<br \/>\nA dichos efectos, y sin perjuicio de otros supuestos, se entender\u00e1 que el aspirante no ostenta el presente requisito, si al tiempo de realizar la contrataci\u00f3n laboral correspondiente, y as\u00ed procediera legalmente, los servicios de prevenci\u00f3n de riesgos laborales de la entidad promotora emitieran informe desfavorable al respecto sobre la imposibilidad de adecuar la debida protecci\u00f3n de la salud o integridad f\u00edsica de los trabajadores y el desempe\u00f1o de las tareas propias del puesto de trabajo a desempe\u00f1ar, derivada de la situaci\u00f3n psicof\u00edsica del aspirante previa al contrato.<br \/>\nc) Cumplir los requisitos establecidos en la normativa de aplicaci\u00f3n para formalizar un contrato de formaci\u00f3n y aprendizaje.<br \/>\nd) Carecer de la formaci\u00f3n que se adquirir\u00e1 en el desarrollo del proyecto.<br \/>\ne) Si las actividades a efectuar por el alumnado trabajador implican trabajar con menores, acreditaci\u00f3n a trav\u00e9s del certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales de la carencia de delitos de naturaleza sexual, seg\u00fan la Ley Org\u00e1nica 1\/1996,<br \/>\nLunes, 24 de septiembre de 2018 36017N\u00daMERO 186<br \/>\nde 15 de enero, de Protecci\u00f3n Jur\u00eddica del Menor, modificada por la Ley 26\/2015, de 28 de julio, de modificaci\u00f3n del sistema de protecci\u00f3n a la infancia y a la adolescencia.<br \/>\nLas personas seleccionadas deber\u00e1n mantener estos requisitos a la fecha de contrataci\u00f3n por la entidad promotora.<br \/>\n2. A los efectos del presente programa se entiende por persona en situaci\u00f3n o en riesgo de exclusi\u00f3n social: personas desempleadas de larga duraci\u00f3n que no sean beneficiarias ni perceptoras de prestaci\u00f3n contributiva por desempleo en las fechas de finalizaci\u00f3n del plazo de presentaci\u00f3n de solicitudes para participar en el proyecto y en la fecha de la contrataci\u00f3n.<br \/>\nSe considera persona desempleada de larga duraci\u00f3n aquella que ha permanecido inscrita como desempleada en los centros de empleo del SEXPE durante al menos 360 d\u00edas en los \u00faltimos 18 meses anteriores a la fecha de finalizaci\u00f3n del plazo de solicitudes y mantenga esta condici\u00f3n a fecha de contrataci\u00f3n.<br \/>\nEn ausencia de personas desempleadas de larga duraci\u00f3n, podr\u00e1n participar personas j\u00f3venes desempleadas menores de 30 a\u00f1os o mayores de 45 a\u00f1os en el momento de la contrataci\u00f3n, que no sean beneficiarias ni perceptoras de prestaci\u00f3n contributiva por desempleo a fechas de cumplimientos de requisitos, es decir, finalizaci\u00f3n del plazo de presentaci\u00f3n de solicitudes para participar en el proyecto y en la fecha de la contrataci\u00f3n.<br \/>\n3. La inexactitud o falsedad de los datos aportados por los y las aspirantes a participar en el programa para la comprobaci\u00f3n de los requisitos anteriormente establecidos y\/o los criterios de prioridad supondr\u00e1 causa de exclusi\u00f3n.<br \/>\n4. El alumnado trabajador tendr\u00e1 derecho a recibir formaci\u00f3n te\u00f3rico-pr\u00e1ctica de calidad en los t\u00e9rminos establecidos en este decreto y dem\u00e1s normativa que resulte de aplicaci\u00f3n, siendo obligaciones del mismo seguir con aprovechamiento y diligencia las ense\u00f1anzas recibidas, participar de manera activa tanto en los aspectos te\u00f3ricos como de trabajo efectivo, as\u00ed como asistir regularmente cumpliendo los horarios y normas que se estipulen por la entidad promotora dentro de los l\u00edmites fijados en este decreto y en el ordenamiento jur\u00eddico vigente.<br \/>\nPor aprovechamiento se entiende tanto la adecuada actitud en relaci\u00f3n con el aprendizaje como el mantenimiento de actitudes y comportamientos respetuosos con sus compa\u00f1eros, personal de la entidad promotora, as\u00ed como con los empleados p\u00fablicos encargados del seguimiento de las actividades.<br \/>\nArt\u00edculo 5. Definici\u00f3n del programa.<br \/>\n1. El programa consiste en el desarrollo de proyectos con acciones de orientaci\u00f3n, tutorizaci\u00f3n e intermediaci\u00f3n para la inserci\u00f3n sociolaboral y de formaci\u00f3n en alternancia con el empleo.<br \/>\nLunes, 24 de septiembre de 2018 36018N\u00daMERO 186<br \/>\nEl trabajo efectivo consistir\u00e1 en actividades de utilidad p\u00fablica o inter\u00e9s social de competencias de las entidades locales promotoras.<br \/>\n2. Los proyectos tendr\u00e1n una duraci\u00f3n de seis meses, en la que el alumnado trabajador estar\u00e1 contratado por la entidad promotora en la modalidad del contrato de formaci\u00f3n y aprendizaje. No obstante, la duraci\u00f3n m\u00e1xima de la contrataci\u00f3n del personal t\u00e9cnico y docente podr\u00e1 extenderse siete d\u00edas antes de su inicio.<br \/>\nLa duraci\u00f3n de la formaci\u00f3n te\u00f3rico-pr\u00e1ctica deber\u00e1 ser como m\u00ednimo del 25 por ciento del total de la duraci\u00f3n del proyecto.<br \/>\n3. La realizaci\u00f3n efectiva de los principios de igualdad de oportunidades y no discriminaci\u00f3n en el empleo y en particular la igualdad de trato entre mujeres y hombres informar\u00e1n activamente la ejecuci\u00f3n del presente programa, as\u00ed como la innovaci\u00f3n y la iniciativa emprendedora.<br \/>\n4. El n\u00famero de participantes por proyecto no podr\u00e1 ser superior a 10 ni inferior a 8.<br \/>\nArt\u00edculo 6. Contenido de los proyectos.<br \/>\n1. Los proyectos contendr\u00e1n acciones de acompa\u00f1amiento\/tutorizaci\u00f3n, formaci\u00f3n profesional para el empleo y formaci\u00f3n complementaria, altern\u00e1ndola con la pr\u00e1ctica profesional.<br \/>\nCuando la formaci\u00f3n sea conducente a la obtenci\u00f3n de certificados de profesionalidad, el plan formativo se adecuar\u00e1 a los contenidos m\u00ednimos establecidos en los reales decretos que regulen los certificados de profesionalidad, de acuerdo con lo establecido en el apartado 1 del art\u00edculo 11 del Real Decreto 34\/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad, debiendo completar el itinerario de un certificado de profesionalidad, como norma general.<br \/>\nDe no tratarse de formaci\u00f3n conducente a la obtenci\u00f3n de certificado de profesionalidad, la formaci\u00f3n estar\u00e1 constituida por los contenidos de los m\u00f3dulos formativos de la correspondiente cualificaci\u00f3n incluida en el Cat\u00e1logo Nacional de Cualificaciones Profesionales, o en su defecto, por los contenidos m\u00ednimos orientativos establecidos en el Fichero de Especialidades Formativas para las ocupaciones o especialidades relativas al oficio o puesto de trabajo contemplados en el contrato laboral, o, por los contenidos formativos que se aprueben por el Servicio Extreme\u00f1o P\u00fablico de Empleo para el respectivo proyecto de formaci\u00f3n-empleo.<br \/>\nCuando el objeto del proyecto sea el desarrollo de un proyecto emprendedor e innovador en el territorio se incluir\u00e1 en el itinerario formativos los contenidos necesarios para desarrollar las ideas de una manera colaborativa hasta que sean viables.<br \/>\n2. Desde el inicio de esta etapa, el alumnado-trabajador estar\u00e1 contratado por la entidad promotora, en la modalidad del contrato para la formaci\u00f3n y aprendizaje, por lo que deber\u00e1 reunir, para formalizar dicho contrato, los requisitos a los que aluden el art\u00edculo 11.2 y<br \/>\nLunes, 24 de septiembre de 2018 36019N\u00daMERO 186<br \/>\nla disposici\u00f3n adicional segunda del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2\/2015, de 23 de octubre, y de conformidad con lo dispuesto en la disposici\u00f3n adicional primera del Real Decreto 1529\/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formaci\u00f3n y aprendizaje y se establecen las bases de la formaci\u00f3n profesional dual.<br \/>\n3. Durante el proyecto los alumnos y alumnas percibir\u00e1n las retribuciones salariales que le correspondan de conformidad con lo previsto en la normativa aplicable.<br \/>\n4. La duraci\u00f3n de los contratos de trabajo suscritos con el alumnado-trabajador no podr\u00e1 exceder de la fecha del final del proyecto.<br \/>\n5. Las tareas que constituyan el trabajo efectivo deber\u00e1n ser suficientes y apropiadas para la adquisici\u00f3n de las competencias profesionales previstas, contemplando una adecuada correlaci\u00f3n entre dichas actividades con los m\u00f3dulos formativos de referencia.<br \/>\nArt\u00edculo 7. Proyectos con itinerario formativo vinculado a la obtenci\u00f3n de certificados de profesionalidad.<br \/>\nCuando el proyecto vaya dirigido a la obtenci\u00f3n por las personas participantes de certificados de profesionalidad, se deber\u00e1 indicar en la solicitud de subvenci\u00f3n, de qu\u00e9 certificado o certificados se trata y la entidad promotora deber\u00e1 estar acreditada e inscrita para ello en el Registro de Centros y Entidades de Formaci\u00f3n Profesional para el Empleo de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura o solicitar su acreditaci\u00f3n con anterioridad a la finalizaci\u00f3n del plazo establecido para presentar la solicitud de subvenci\u00f3n para el desarrollo del proyecto en la correspondiente convocatoria de subvenciones a entidades promotoras, conforme a lo establecido en el Decreto 133\/2016, de 2 de agosto, por el que se regula la acreditaci\u00f3n y\/o inscripci\u00f3n de centros y entidades de formaci\u00f3n y su inclusi\u00f3n en el Registro de Centros y Entidades de Formaci\u00f3n Profesional para el Empleo de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura.<br \/>\nEn el caso de que la entidad no est\u00e9 acreditada o de que la solicitud presentada no re\u00fana los requisitos para su acreditaci\u00f3n, la especialidad formativa no ser\u00e1 viable seg\u00fan lo dispuesto en el art\u00edculo 11.b) de este decreto.<br \/>\nArt\u00edculo 8. Formaci\u00f3n complementaria.<br \/>\nSer\u00e1 contenido necesario del plan formativo la inclusi\u00f3n de los siguientes m\u00f3dulos complementarios de acuerdo con los contenidos que determine el \u00f3rgano gestor, a excepci\u00f3n de que los mismos ya estuvieran incluidos en las especialidades que conforman el proyecto:<br \/>\na) M\u00f3dulo de prevenci\u00f3n de riesgos laborales, cuya duraci\u00f3n ser\u00e1 al menos de 30 horas.<br \/>\nb) M\u00f3dulo de igualdad de g\u00e9nero y sensibilizaci\u00f3n medioambiental, con una duraci\u00f3n conjunta de al menos 10 horas.<br \/>\nLunes, 24 de septiembre de 2018 36020N\u00daMERO 186<br \/>\nc) M\u00f3dulo de fomento de la iniciativa y esp\u00edritu emprendedor, con una duraci\u00f3n m\u00ednima de 15 horas.<br \/>\nd) M\u00f3dulo de competencia digital, cuya duraci\u00f3n ser\u00e1 de al menos 20 horas, salvo que el contenido del proyecto requiera una duraci\u00f3n menor y as\u00ed lo justifique la entidad promotora en su plan formativo.<br \/>\nArt\u00edculo 9. Acompa\u00f1amiento\/tutorizaci\u00f3n.<br \/>\n1. Durante el proyecto se realizar\u00e1n acciones de acompa\u00f1amiento\/tutorizaci\u00f3n, como un proceso de gu\u00eda, acompa\u00f1amiento y motivaci\u00f3n continuada en el desarrollo personal y profesional de cada participante, fortaleciendo su papel social, contribuyendo a mejorar su capacidad para la toma de decisiones y a la realizaci\u00f3n de las acciones y actividades previstas.<br \/>\nLas acciones se instrumentar\u00e1n mediante t\u00e9cnicas de entrenamiento de habilidades y construcci\u00f3n de equipos, desarrollo de aspectos personales y aquellas que aborden competencias b\u00e1sicas y gen\u00e9ricas.<br \/>\nTendr\u00e1n los siguientes objetivos:<br \/>\n\u2014 Acoger, fidelizar, motivar e informar acerca de los objetivos del proyecto y compromisos.<br \/>\n\u2014 Abordar aspectos de desarrollo personal y social.<br \/>\n\u2014 Identificar si la persona se adec\u00faa a las necesidades laborales del entorno o territorio y de las empresas vinculadas al mismo; si domina los instrumentos, m\u00e9todos y acciones necesarias para ofertarse e insertarse en el mercado de trabajo y si puede establecer contactos con las empresas o explorar las potencialidades del autoempleo y el emprendimiento.<br \/>\n\u2014 Realizar sesiones de informaci\u00f3n y conocimiento del entorno productivo, con el fin de conocer el sector y sus ocupaciones.<br \/>\n\u2014 Conocer las necesidades personales, motivaciones, competencias ya adquiridas y sus potencialidades profesionales, as\u00ed como los aspectos personales y habilidades menos desarrolladas que habr\u00eda que adquirir y\/o fomentar. Para ello podr\u00e1n realizarse:<br \/>\n\u2022 Sesiones de evaluaci\u00f3n individualizada. Se analizar\u00e1 el perfil formativo y\/o laboral, su situaci\u00f3n personal, se identificar\u00e1n cu\u00e1les son sus carencias y motivaciones y se adaptar\u00e1n sus expectativas.<br \/>\n\u2022 Sesiones de orientaci\u00f3n y talleres de desarrollo de aspectos personales para el empleo. La persona orientadora llevar\u00e1 a cabo actuaciones de asesoramiento y\/o<br \/>\nLunes, 24 de septiembre de 2018 36021N\u00daMERO 186<br \/>\ninformaci\u00f3n y se trabajar\u00e1 el autoconocimiento, la gesti\u00f3n de las emociones, la orientaci\u00f3n del proceso personal de formaci\u00f3n, el descubrimiento de las fortalezas y las motivaciones para abordar el presente y el futuro, las preferencias profesionales y el conocimiento general del mundo laboral, entre otros.<br \/>\n\u2014 Creaci\u00f3n de equipos de trabajo para la puesta en marcha de objetivos comunes de b\u00fasqueda de empleo o de ideas de proyectos emprendedores similares con el fin de hacerlos viables.<br \/>\nTodas estas actuaciones podr\u00e1n ser individuales y\/o grupales, seg\u00fan las caracter\u00edsticas del colectivo y de la actividad. Adem\u00e1s, deber\u00e1n ser flexibles en funci\u00f3n de las necesidades de cada participante.<br \/>\n2. Durante al menos tres meses desde la finalizaci\u00f3n del proyecto, las entidades promotoras prestar\u00e1n asistencia t\u00e9cnica a las personas participantes, tanto para la b\u00fasqueda de empleo por cuenta ajena como para el establecimiento por cuenta propia, de forma individual o en proyectos de econom\u00eda social.<br \/>\nLas entidades presentar\u00e1n transcurridos seis meses desde la finalizaci\u00f3n del proyecto un informe donde se detalle las inserciones del alumnado trabajador.<br \/>\nArt\u00edculo 10. Orientaciones metodol\u00f3gicas para trabajar por competencias.<br \/>\nLa metodolog\u00eda de la actividad formativa ha de tener en cuenta el perfil de las personas participantes y facilitar\u00e1 el trabajo por competencias, de forma transversal, utilizando, entre otras, las siguientes orientaciones metodol\u00f3gicas:<br \/>\na. El\/la alumno\/a trabajador\/a debe conocer los objetivos del proyecto, qu\u00e9 va a aprender, y qu\u00e9 va a obtener una vez finalizado el mismo.<br \/>\nb. Se utilizar\u00e1 una metodolog\u00eda activa que se apoye en estructuras de aprendizaje cooperativo y solidario, de forma que a trav\u00e9s de la resoluci\u00f3n conjunta de las tareas, cada participante conozca las estrategias utilizadas por sus compa\u00f1eros y pueda aplicarlas a situaciones similares.<br \/>\nc. Se debe favorecer el trabajo individual y grupal, fomentando la motivaci\u00f3n, la comunicaci\u00f3n, las habilidades sociales, el trabajo en equipo en la consecuci\u00f3n de un fin com\u00fan: \u201cencontrar empleo\u201d, ya sea por cuenta propia o ajena, utilizando las nuevas tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y la comunicaci\u00f3n.<br \/>\nd. Se utilizar\u00e1n los recursos materiales que posibiliten una \u00f3ptica abierta, una metodolog\u00eda participativa y grupal, dinamismo, cohesi\u00f3n de grupo y corresponsabilidad.<br \/>\ne. El papel del alumno\/a trabajador\/a en este proceso es activo y aut\u00f3nomo, debe ser consciente de ser el responsable de su propio aprendizaje.<br \/>\nLunes, 24 de septiembre de 2018 36022N\u00daMERO 186<br \/>\nf. El docente se entiende como elemento orientador, promotor y facilitador de experiencias y del desarrollo competencial en el alumnado.<br \/>\ng. La motivaci\u00f3n de estas personas debe ser uno de los elementos esenciales del programa para el cumplimiento de sus objetivos, determin\u00e1ndose la asunci\u00f3n de nuevos retos personales y compromisos con una posici\u00f3n proactiva.<br \/>\nArt\u00edculo 11. Requisitos de viabilidad de los proyectos.<br \/>\nEl \u00f3rgano instructor para apreciar la viabilidad de un proyecto deber\u00e1 comprobar la concurrencia en el mismo de los siguientes requisitos:<br \/>\na) Que existan en el \u00e1mbito geogr\u00e1fico al que se refiera el proyecto un n\u00famero suficiente de personas desempleadas del colectivo espec\u00edfico al que va dirigido, considerando suficiente cuando seg\u00fan los datos obrantes en el sistema de informaci\u00f3n de los servicios p\u00fablicos de empleo conste inscritos un m\u00ednimo de tres personas del grupo objetivo por participante.<br \/>\nb) Que se disponga para la ejecuci\u00f3n del proyecto de los recursos humanos, espacios, instalaciones, y equipamientos adecuados para el desarrollo del proyecto, tomando como referencia para la impartici\u00f3n de la formaci\u00f3n lo establecido en el fichero de especialidades formativas. En caso de no existir referente formativo, se establecer\u00e1 un paralelismo con alguna especialidad an\u00e1loga que ser\u00e1 comprobada por el \u00f3rgano competente para instruir.<br \/>\nc) Que los entornos de actuaci\u00f3n objeto de la obra y\/o servicio se encuentren disponibles para su ejecuci\u00f3n. A este respecto las entidades promotoras deber\u00e1n acreditar la propiedad o cesi\u00f3n de los entornos, y aportar, en su caso las autorizaciones y permisos administrativos preceptivos.<br \/>\nd) Que se adecuen los m\u00f3dulos formativos a los de los certificados de profesionalidad o, en el caso de que la formaci\u00f3n no sea conducente a la obtenci\u00f3n de certificados de profesionalidad, a los de las correspondientes cualificaciones profesionales o, en su defecto, a los de las especialidades del Fichero de Especialidades del Servicio Estatal P\u00fablico de Empleo o por los contenidos formativos autorizados por el Servicio Extreme\u00f1o P\u00fablico de Empleo. Asimismo, los m\u00f3dulos formativos complementarios deber\u00e1n dise\u00f1arse respetando las prescripciones establecidas en los art\u00edculos anteriores de este cap\u00edtulo.<br \/>\ne) Que las unidades de obra y\/o servicios que constituyan la pr\u00e1ctica profesional sean suficientes para el n\u00famero de participantes y tiempo de trabajo efectivo del proyecto y est\u00e9n relacionadas con las competencias profesionales de los m\u00f3dulos formativos.<br \/>\nLunes, 24 de septiembre de 2018 36023N\u00daMERO 186<br \/>\nCAP\u00cdTULO II DESARROLLO DE LOS PROYECTOS DEL PROGRAMA<br \/>\nArt\u00edculo 12. Inicio.<br \/>\n1. Sin perjuicio de que la resoluci\u00f3n de concesi\u00f3n de las subvenciones sea coincidente para todas las entidades beneficiarias, la puesta en marcha de los proyectos aprobados se ajustar\u00e1 a la programaci\u00f3n que establezca el \u00f3rgano concedente, para una mayor coordinaci\u00f3n y agilidad de los procesos selectivos. La fecha de inicio del proyecto coincidir\u00e1 con la de contrataci\u00f3n de las personas participantes.<br \/>\n2. Independientemente de la acreditaci\u00f3n de la entidad promotora, y de si se trata o no de un proyecto vinculado a la obtenci\u00f3n de certificados de profesionalidad, la entidad deber\u00e1 tener los espacios, las instalaciones y equipamiento en perfecto estado para proceder al inicio del proyecto y desarrollo de la formaci\u00f3n.<br \/>\n3. La entidad promotora, adem\u00e1s de comunicar el inicio del proyecto en el plazo de cinco d\u00edas seg\u00fan las instrucciones facilitadas por la Direcci\u00f3n General de Formaci\u00f3n para el Empleo en su Gu\u00eda de Gesti\u00f3n y cumplimentar los datos de participantes y personal en la herramienta GETCOTEX, deber\u00e1 presentar en el primer mes de funcionamiento la siguiente documentaci\u00f3n:<br \/>\n\u2014 Acreditaci\u00f3n de haber realizado la evaluaci\u00f3n de riesgos laborales a la que se refiere el art\u00edculo 16 de la Ley 31\/1995, de 8 de noviembre, de prevenci\u00f3n de Riesgos Laborales, en el que se contemplen las instalaciones y los puestos de trabajo del proyecto, con objeto de eliminar o reducir los riesgos para la seguridad y la salud de las personas trabajadoras, derivados de sus condiciones de trabajo en el proyecto. Del plan de prevenci\u00f3n de riesgos laborales se dar\u00e1 oportuno conocimiento al personal, as\u00ed como al alumnado trabajador.<br \/>\n\u2014 Reglamento de r\u00e9gimen interno del programa, para mejorar el funcionamiento del proyecto y que afecte a la entidad promotora y participantes en los proyectos (personal y participantes).<br \/>\nArt\u00edculo 13. Recursos humanos.<br \/>\n1. Para la puesta en marcha de los proyectos, las entidades promotoras contar\u00e1n con los siguientes recursos humanos:<br \/>\na) Una persona docente para la impartici\u00f3n de la formaci\u00f3n espec\u00edfica. Deber\u00e1 tener la titulaci\u00f3n establecida en el perfil del programa formativo y experiencia profesional o docente en el correspondiente \u00e1mbito e igualmente acreditar competencia docente.<br \/>\nLunes, 24 de septiembre de 2018 36024N\u00daMERO 186<br \/>\nb) Una persona t\u00e9cnica tutora para el desarrollo de las competencias gen\u00e9ricas y acompa\u00f1amiento que cumpla los siguientes requisitos:<br \/>\nI. Titulaci\u00f3n universitaria en Psicolog\u00eda, Pedagog\u00eda, Psicopedagog\u00eda, Sociolog\u00eda\/ Ciencias Pol\u00edticas y Sociolog\u00eda (secc. Sociolog\u00eda), Ciencias del trabajo, Educaci\u00f3n Social, Trabajo Social, Relaciones Laborales y RRHH, Graduado Social y Educaci\u00f3n. O en su defecto, con titulaci\u00f3n universitaria distinta a las anteriores con experiencia acreditada en programas y acciones de formaci\u00f3n y acompa\u00f1amiento en programas p\u00fablicos de al menos dos a\u00f1os o tres si los programas son de car\u00e1cter privado relacionadas con las competencias gen\u00e9ricas.<br \/>\nII. Experiencia acreditada en programas y acciones de formaci\u00f3n y acompa\u00f1amiento en programas p\u00fablicos de al menos 6 meses relacionadas con las competencias gen\u00e9ricas.<br \/>\nIII. Formaci\u00f3n complementaria con una duraci\u00f3n que sume al menos 100 horas en algunas o todas de las siguientes materias:<br \/>\n\u2014 Habilidades de comunicaci\u00f3n.<br \/>\n\u2014 Programaci\u00f3n neuroling\u00fc\u00edstica (PNL).<br \/>\n\u2014 T\u00e9cnicas de dinamizaci\u00f3n de grupos.<br \/>\n\u2014 Herramientas de entrenamiento de habilidades en entornos laborales.<br \/>\n\u2014 T\u00e9cnicas de intervenci\u00f3n cognitivo-conductual.<br \/>\n2. La entidad promotora determinar\u00e1 para la coordinaci\u00f3n de las acciones del proyecto y de la subvenci\u00f3n concedida a una persona de su plantilla o a alguna de las indicadas en el punto anterior de este art\u00edculo.<br \/>\nArt\u00edculo 14. Selecci\u00f3n de las personas participantes y del personal.<br \/>\n1. La selecci\u00f3n de las personas participantes, as\u00ed como la del personal, ser\u00e1 efectuada por los Grupos de Trabajo Mixto que se constituyan para tal fin entre la entidad promotora y el Servicio Extreme\u00f1o P\u00fablico de Empleo, presidido por la persona que \u00e9ste designe.<br \/>\n2. Cada Grupo de Trabajo Mixto, que contar\u00e1 con el mismo n\u00famero de miembros por cada parte hasta un m\u00e1ximo de dos por cada una, determinar\u00e1 sus normas de procedimiento interno y los criterios concretos para la selecci\u00f3n de las personas candidatas, observando, en todo caso, las instrucciones generales que ser\u00e1n aprobadas por la Direcci\u00f3n General de Formaci\u00f3n para el Empleo y a las que se dar\u00e1 publicidad<br \/>\nLunes, 24 de septiembre de 2018 36025N\u00daMERO 186<br \/>\nen el tabl\u00f3n de anuncios y en la p\u00e1gina web del Servicio Extreme\u00f1o P\u00fablico de Empleo, www.extremaduratrabaja.juntaex.es.<br \/>\n3. La selecci\u00f3n del alumnado ser\u00e1 precedida, en todo caso, de la tramitaci\u00f3n de oferta de empleo ante el correspondiente centro de empleo. Las personas candidatas deber\u00e1n cumplir los requisitos de participaci\u00f3n establecidos en el art\u00edculo 4 de este decreto.<br \/>\nEn la determinaci\u00f3n de los criterios de selecci\u00f3n del alumnado trabajador se procurar\u00e1 la mayor adaptabilidad de las personas a seleccionar a las especialidades y a las particulares circunstancias de dificultad de las mismas, la motivaci\u00f3n, las posibilidades de inserci\u00f3n, la existencia de un itinerario de inserci\u00f3n que recomiende la participaci\u00f3n en acciones de este tipo, que no hayan participado previamente en programas de formaci\u00f3n y empleo, no tener experiencia laboral, tener menor nivel formativo.<br \/>\n4. Para la selecci\u00f3n del personal docente y de acompa\u00f1amiento\/tutorizaci\u00f3n, el Grupo de Trabajo Mixto establecer\u00e1 el procedimiento de selecci\u00f3n a seguir, utiliz\u00e1ndose oferta de empleo tramitada por el centro de empleo, convocatoria p\u00fablica o Ficheros de Expertos existentes en el Servicio Extreme\u00f1o P\u00fablico de Empleo.<br \/>\nCuando se gestionen ofertas de empleo presentadas por las distintas entidades promotoras coincidentes en el tiempo y para las mismas ocupaciones, \u00e9stas podr\u00e1n acumularse en un solo procedimiento selectivo por cada ocupaci\u00f3n, previa aprobaci\u00f3n de los grupos mixtos correspondientes, design\u00e1ndose para la realizaci\u00f3n material de las pruebas t\u00e9cnicas y las entrevistas a un equipo de selecci\u00f3n por ocupaci\u00f3n.<br \/>\nEl equipo de selecci\u00f3n de cada ocupaci\u00f3n estar\u00e1 compuesto por representantes designados por la Direcci\u00f3n General de Formaci\u00f3n para el Empleo del Servicio Extreme\u00f1o P\u00fablico de Empleo y por representantes designados por las entidades promotoras de proyectos afectados por esa ocupaci\u00f3n, actuando \u00e9stos en representaci\u00f3n de todos los grupos mixtos de trabajo, ponder\u00e1ndose la valoraci\u00f3n de los representantes del Servicio Extreme\u00f1o P\u00fablico de Empleo y de las entidades promotoras sea cual sea su n\u00famero en proporci\u00f3n a la representaci\u00f3n en el grupo mixto.<br \/>\n5. Cualquiera que sea el sistema de selecci\u00f3n utilizado se seguir\u00e1n los criterios y procedimientos establecidos por el SEXPE para la cobertura de ofertas de empleo.<br \/>\n6. Finalizado el proceso de selecci\u00f3n, cada Grupo de Trabajo Mixto elaborar\u00e1 la relaci\u00f3n de personas seleccionadas como participantes y personal, as\u00ed como la relaci\u00f3n de reservas para cubrir posibles vacantes, y levantar\u00e1 acta por duplicado de las actuaciones realizadas, trasladando un ejemplar a la entidad promotora, para su cumplimiento, y otro al SEXPE, para su constancia.<br \/>\n7. Las incidencias y reclamaciones que se pudieran suscitar, derivadas de los procesos de selecci\u00f3n, ser\u00e1n resueltas por el Grupo de Trabajo Mixto, cuyos acuerdos agotar\u00e1n la v\u00eda administrativa.<br \/>\nLunes, 24 de septiembre de 2018 36026N\u00daMERO 186<br \/>\n8. En la ejecuci\u00f3n del procedimiento selectivo se deber\u00e1n respetar en todo caso las obligaciones generales y espec\u00edficas establecidas por el ordenamiento jur\u00eddico, y en particular el respeto al ejercicio leg\u00edtimo de la acci\u00f3n sindical.<br \/>\n9. La comunicaci\u00f3n de los contratos de trabajo al correspondiente centro de empleo deber\u00e1 realizarse a trav\u00e9s de la aplicaci\u00f3n inform\u00e1tica CONTRAT@, ubicado en la p\u00e1gina www.extremaduratrabaja.juntaex.es.<br \/>\nArt\u00edculo 15. Protecci\u00f3n de datos.<br \/>\nCon arreglo a lo establecido en la Ley Org\u00e1nica 15\/1999, de 13 de diciembre, de Protecci\u00f3n de Datos de Car\u00e1cter Personal, las personas interesadas en participar en proyectos podr\u00e1n dar su consentimiento al Servicio Extreme\u00f1o P\u00fablico de Empleo en la correspondiente solicitud de inscripci\u00f3n, para que, en caso de ser admitidas, el citado organismo p\u00fablico pueda introducir sus datos personales, acad\u00e9micos y profesionales en las correspondientes aplicaciones inform\u00e1ticas, as\u00ed como a recabar de otras Administraciones P\u00fablicas cuantos datos sean necesarios para verificar su situaci\u00f3n laboral y correcto cumplimiento y seguimiento de su inserci\u00f3n laboral.<br \/>\nArt\u00edculo 16. Evaluaci\u00f3n, control y seguimiento de los proyectos y contrataciones subvencionadas.<br \/>\n1. La Direcci\u00f3n General de Formaci\u00f3n para el Empleo elaborar\u00e1 un plan de anual de seguimiento y control del programa, de acuerdo con las orientaciones que se aprueben en el Consejo General del Sistema Nacional de Empleo previsto en el Real Decreto Legislativo 3\/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Empleo.<br \/>\n2. El SEXPE realizar\u00e1 cuantas acciones considere necesarias para el seguimiento y evaluaci\u00f3n de los proyectos, tanto en su aspecto cualitativo como cuantitativo. A estos efectos, las entidades promotoras y empresas facilitar\u00e1n cuantos datos, documentaci\u00f3n e informaci\u00f3n sean necesarias para evaluar las actuaciones realizadas.<br \/>\nLas entidades promotoras proporcionaran, en su caso, la colaboraci\u00f3n solicitada mediante la herramienta inform\u00e1tica \u00abGETCOTEX\u00bb del Servicio Extreme\u00f1o P\u00fablico de Empleo, ubicada en la p\u00e1gina http:\/\/etcote.juntaextremadura.es\/etcote, conforme a las instrucciones dictadas por el \u00f3rgano gestor.<br \/>\n3. El organismo concedente y la Intervenci\u00f3n General de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura podr\u00e1n realizar las comprobaciones necesarias respecto al destino y aplicaci\u00f3n de las subvenciones concedidas. Las entidades beneficiarias estar\u00e1n obligadas a facilitar las actuaciones de seguimiento y control que se realicen, as\u00ed como en su caso a los \u00f3rganos que, de acuerdo con la normativa nacional y comunitaria, tengan atribuidas funciones de control financiero.<br \/>\nLunes, 24 de septiembre de 2018 36027N\u00daMERO 186<br \/>\nArt\u00edculo 17. Baja y sustituci\u00f3n de participantes.<br \/>\nEn el supuesto de baja de participantes estos podr\u00e1n ser sustituidos antes del transcurso del primer mes de desarrollo del proyecto, y en caso de que la entidad promotora decida cubrir las vacantes \u00e9stas ser\u00e1n cubiertas por aquellas personas candidatas incluidas en la lista de reservas o, en su defecto, por los procedimientos de selecci\u00f3n previstos en el art\u00edculo 14 del presente decreto.<br \/>\nArt\u00edculo 18. Acreditaci\u00f3n de la formaci\u00f3n.<br \/>\n1. Cuando la formaci\u00f3n vaya dirigida a la obtenci\u00f3n de certificados de profesionalidad porque se haya realizado por una entidad acreditada, el Servicio Extreme\u00f1o P\u00fablico de Empleo emitir\u00e1 un diploma acreditativo de haber superado los m\u00f3dulos correspondientes, que podr\u00e1 ser utilizado para la obtenci\u00f3n del certificado de profesionalidad, adem\u00e1s, incluir\u00e1 la formaci\u00f3n complementaria y espec\u00edfica superada.<br \/>\nQuienes no superen la totalidad de los m\u00f3dulos asociados al certificado de profesionalidad y demuestren la superaci\u00f3n de los m\u00f3dulos asociados a una o varias unidades de competencias del mismo, obtendr\u00e1n, en las mismas condiciones que las recogidas en el apartado anterior, una certificaci\u00f3n de los m\u00f3dulos superados a efectos de la acreditaci\u00f3n parcial acumulable de las competencias profesionales adquiridas.<br \/>\nEsta formaci\u00f3n deber\u00e1 cumplir los requisitos establecidos en el Real Decreto 34\/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y en los reales decretos que regulen los correspondientes certificados de profesionalidad y, en la Orden ESS 1897\/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto 34\/2008, de 18 de enero.<br \/>\n2. Cuando la formaci\u00f3n no cumpla lo dispuesto en el apartado anterior, s\u00f3lo se emitir\u00e1 por el Servicio Extreme\u00f1o P\u00fablico de Empleo un diploma a las personas que finalicen la acci\u00f3n formativa con evaluaci\u00f3n positiva, haciendo constar, al menos, la denominaci\u00f3n de la acci\u00f3n formativa, los contenidos formativos, duraci\u00f3n y periodo de impartici\u00f3n.<br \/>\nLas competencias adquiridas a trav\u00e9s de esta formaci\u00f3n podr\u00e1n ser reconocidas, al igual que las adquiridas a trav\u00e9s de la experiencia laboral, mediante las acreditaciones totales o parciales de los certificados de profesionalidad, de conformidad con la normativa que regule el procedimiento y los requisitos para la evaluaci\u00f3n y acreditaci\u00f3n de las competencias adquiridas a trav\u00e9s de la experiencia laboral y de aprendizajes no formales, que se dicte en desarrollo del art\u00edculo 8 de la Ley Org\u00e1nica 5\/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formaci\u00f3n Profesional.<br \/>\n3. Dado que el alumnado trabajador recibe formaci\u00f3n, bien sea te\u00f3rica o te\u00f3rica-pr\u00e1ctica, durante toda la jornada, se considerar\u00e1n horas formativas las correspondientes a la totalidad de la misma.<br \/>\nLunes, 24 de septiembre de 2018 36028N\u00daMERO 186<br \/>\nCAP\u00cdTULO III SUBVENCIONES A ENTIDADES PROMOTORAS DEL PROGRAMA<br \/>\nArt\u00edculo 19. Entidades promotoras beneficiarias y requisitos.<br \/>\n1. Podr\u00e1n promover y desarrollar proyectos del programa en el marco del presente decreto y ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en el mismo, los Ayuntamientos y Entidades Locales Menores de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura con poblaci\u00f3n inferior a 5.000 habitantes, que deber\u00e1n ser competentes para la ejecuci\u00f3n de las correspondientes obras o servicios.<br \/>\n2. Las entidades indicadas en el p\u00e1rrafo anterior, previa conformidad con los municipios interesados, podr\u00e1n presentar solicitudes de ayudas para efectuar proyectos de car\u00e1cter supralocal. En este caso, las corporaciones locales que han prestado su conformidad no podr\u00e1n presentar solicitud simult\u00e1nea de forma independiente, ni prestar su conformidad a m\u00e1s de una solicitud, si lo hacen no se tendr\u00e1 en cuenta su participaci\u00f3n en ninguna de las solicitudes.<br \/>\nEn este caso, las entidades locales que formen parte de la agrupaci\u00f3n, que tendr\u00e1n igualmente la consideraci\u00f3n de beneficiarias, deber\u00e1n formalizar un acuerdo, en el que se recojan los compromisos de ejecuci\u00f3n asumidos por cada entidad miembro de la agrupaci\u00f3n, as\u00ed como, en su caso, el importe de subvenci\u00f3n a aplicar por cada uno de ellas. En dicho acuerdo se nombrar\u00e1 un representante o apoderado \u00fanico de la agrupaci\u00f3n, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiaria, correspondan a la agrupaci\u00f3n y compromiso de no disoluci\u00f3n, hasta transcurrido el plazo de prescripci\u00f3n previsto en los art\u00edculos 45 y 70 de la Ley 6\/2011, de 23 de marzo.<br \/>\n3. Las entidades promotoras deben presentar un proyecto que se considere t\u00e9cnicamente viable por el Servicio Extreme\u00f1o P\u00fablico de Empleo conforme al art\u00edculo 11 del presente decreto.<br \/>\n4. Las entidades locales beneficiarias no podr\u00e1n estar incursas en ninguno de los motivos de exclusi\u00f3n a los que se refiere el art\u00edculo 12 de la Ley 6\/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura.<br \/>\nDe acuerdo con lo previsto en el apartado 7 del art\u00edculo 12 de la Ley 6\/2011, de 23 de marzo, la justificaci\u00f3n por parte de las entidades solicitantes de no estar incursas en ninguna de las prohibiciones para acceder a la condici\u00f3n de beneficiario, se realizar\u00e1 mediante una declaraci\u00f3n responsable del representante legal de la entidad que estar\u00e1 dirigida al \u00f3rgano concedente de la subvenci\u00f3n y que se incluir\u00e1 en el modelo de solicitud de concesi\u00f3n de la subvenci\u00f3n que como anexo I de solicitud de subvenci\u00f3n que se acompa\u00f1a al presente decreto.<br \/>\nLa acreditaci\u00f3n de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social se realizar\u00e1, tanto para la concesi\u00f3n de la ayuda como para los distintos pagos que se deban efectuar.<br \/>\nLunes, 24 de septiembre de 2018 36029N\u00daMERO 186<br \/>\nArt\u00edculo 20. Obligaciones de los beneficiarios.<br \/>\nSin perjuicio de las obligaciones generales establecidas en el art\u00edculo 13 de la Ley 6\/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura, y las espec\u00edficas establecidas en el presente decreto, o, en su caso, en la resoluci\u00f3n de concesi\u00f3n, los beneficiarios estar\u00e1n obligados a:<br \/>\na) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesi\u00f3n de la subvenci\u00f3n, en la forma y plazos establecidos en la correspondiente resoluci\u00f3n.<br \/>\nb) Comunicar al \u00f3rgano concedente cualquier alteraci\u00f3n de las condiciones tenidas en cuenta para la concesi\u00f3n de la subvenci\u00f3n y, en todo caso, la obtenci\u00f3n de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para id\u00e9ntico fin.<br \/>\nEsta comunicaci\u00f3n deber\u00e1 efectuarse tan pronto como se conozca, y en todo caso, con anterioridad a la justificaci\u00f3n de la aplicaci\u00f3n dada a los fondos percibidos.<br \/>\nc) Facilitar, en el plazo de 10 d\u00edas, los datos que el \u00f3rgano concedente pudiera requerir sobre el desarrollo y resultado de las acciones subvencionadas.<br \/>\nd) Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resoluci\u00f3n de concesi\u00f3n y con car\u00e1cter previo al pago, en el caso que el solicitante haya denegado expresamente en la solicitud la autorizaci\u00f3n al \u00f3rgano gestor para su comprobaci\u00f3n de oficio, que se halla al corriente en las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, y carecer de cualquier deuda con la Hacienda de la Comunidad Aut\u00f3noma, en la forma establecida reglamentariamente y sin perjuicio de la normativa que sea aplicable a efectos de la presentaci\u00f3n telem\u00e1tica de solicitudes y comunicaciones dirigidas a la Administraci\u00f3n y sus organismos o entidades de derecho p\u00fablico.<br \/>\ne) Justificar ante el \u00f3rgano gestor el cumplimiento de los requisitos y condiciones, as\u00ed como la realizaci\u00f3n de la actividad subvencionada, y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesi\u00f3n de la subvenci\u00f3n, de acuerdo con lo previsto en el presente decreto.<br \/>\nf) Someterse a las actuaciones de comprobaci\u00f3n a efectuar por el \u00f3rgano concedente, a las de control financiero que correspondan a la Intervenci\u00f3n General de la Junta de Extremadura y a las previstas en la legislaci\u00f3n del Tribunal de Cuentas, as\u00ed como, en su caso, a las de las instituciones de la Uni\u00f3n Europea.<br \/>\ng) Conservar los documentos justificados de la aplicaci\u00f3n de los fondos recibidos, incluidos los documentos electr\u00f3nicos, en tanto puedan ser objetos de actuaciones de comprobaci\u00f3n y control. En cualquier caso, por la financiaci\u00f3n de la subvenci\u00f3n con cargo al Programa Operativo del Fondo Social Europeo de Extremadura 2014-2020, deber\u00e1 conservar los documentos originales justificativos de la aplicaci\u00f3n de los fondos recibidos, incluidos los documentos electr\u00f3nicos, durante un plazo de tres a\u00f1os a partir del 31 de diciembre<br \/>\nLunes, 24 de septiembre de 2018 36030N\u00daMERO 186<br \/>\nsiguiente a la presentaci\u00f3n ante la Uni\u00f3n Europea de las cuentas en las que est\u00e9n incluidos los gastos de la operaci\u00f3n, en tanto puedan ser objeto de actuaciones de comprobaci\u00f3n y control.<br \/>\nEn el caso de que las entidades, sin haber transcurrido dicho per\u00edodo decidan suspender su actividad o disolverse, deber\u00e1n remitir copia de la documentaci\u00f3n al \u00f3rgano concedente.<br \/>\nh) Los beneficiarios de las subvenciones previstas en el presente decreto deber\u00e1n dar una adecuada publicidad al car\u00e1cter p\u00fablico de la financiaci\u00f3n del proyecto objeto de subvenci\u00f3n para lo cual deber\u00e1n exponer en lugar visible, en el exterior de los locales siempre que fuera posible, con expresi\u00f3n del nombre del proyecto aprobado, el nombre del programa e indicar la condici\u00f3n de acci\u00f3n subvencionada por la Junta de Extremadura, Consejer\u00eda competente en materia de formaci\u00f3n para el empleo-Servicio Extreme\u00f1o P\u00fablico de Empleo-, conforme a lo establecido sobre la imagen institucional de la Junta de Extremadura en el Decreto 7\/2002, de 29 de enero, de la imagen corporativa de la Junta de Extremadura, as\u00ed como en su caso la imagen institucional del correspondiente Fondo Social Europeo, seg\u00fan lo preceptuado en Reglamento CE n.\u00ba 1828\/2006 de la Comisi\u00f3n o en el art\u00edculo 115.3, en relaci\u00f3n con el anexo XII, del Reglamento (UE) 1303\/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, y en el art\u00edculo 20 del Reglamento (UE) 1304\/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, relativo al Fondo Social Europeo, en los t\u00e9rminos establecidos en la normativa vigente y en el art\u00edculo 25 de este decreto.<br \/>\ni) Aceptar su inclusi\u00f3n en la lista p\u00fablica que se recoge en el art\u00edculo 115, apartado 2, del Reglamento (UE) n.\u00ba 1303\/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, al estar la acci\u00f3n subvencionada cofinanciada con el Programa Operativo del Fondo Social Europeo Extremadura 2014-2020.<br \/>\nj) Mantener un sistema de contabilidad separada que permita una identificaci\u00f3n correcta de las operaciones financiadas de conformidad con lo dispuesto en el articulo 16.i) de la Ley 6\/2011, de Subvenciones de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura. Los beneficiarios vendr\u00e1n obligados a mantener un sistema de contabilidad separado o un c\u00f3digo contable adecuado en relaci\u00f3n con todas las transacciones realizadas con la operaci\u00f3n a fin de garantizar la adecuada justificaci\u00f3n de la subvenci\u00f3n, todo ello sin perjuicio de las normas de contabilidad.<br \/>\nArt\u00edculo 21. \u00d3rganos competentes para la ordenaci\u00f3n, instrucci\u00f3n y resoluci\u00f3n de los procedimientos de concesi\u00f3n.<br \/>\n1. La ordenaci\u00f3n e instrucci\u00f3n de los procedimientos de concesi\u00f3n de subvenciones del presente decreto corresponder\u00e1 al Servicio de Escuelas Taller y Programas Especiales, o el que en su caso corresponda con ocasi\u00f3n de reorganizaciones administrativas, a quienes competer\u00e1 realizar de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinaci\u00f3n,<br \/>\nLunes, 24 de septiembre de 2018 36031N\u00daMERO 186<br \/>\nconocimiento y comprobaci\u00f3n de los datos en virtud de los cuales deba formularse la propuesta de resoluci\u00f3n.<br \/>\n2. La evaluaci\u00f3n de las solicitudes ser\u00e1 llevada a cabo por una Comisi\u00f3n de Valoraci\u00f3n, cuya composici\u00f3n ser\u00e1 la siguiente:<br \/>\n\u2014 Presidente\/a: titular de la Direcci\u00f3n General de Formaci\u00f3n para el Empleo, o persona en quien delegue.<br \/>\n\u2014 Secretario\/a: Jefe de Servicio de Escuelas Taller y Programas Especiales; o persona en quien delegue.<br \/>\n\u2014 Vocal: Jefa de Secci\u00f3n de Escuelas Taller en M\u00e9rida.<br \/>\n3. Una vez examinadas y evaluadas las solicitudes y el resto de documentaci\u00f3n que integra los expedientes administrativos, la citada comisi\u00f3n emitir\u00e1 informe en el que se concrete el resultado de la evaluaci\u00f3n efectuada.<br \/>\nLa comisi\u00f3n podr\u00e1 solicitar cuantos informes t\u00e9cnicos precise para el cumplimiento de sus funciones.<br \/>\n4. El \u00f3rgano instructor a la vista del expediente y del informe de la Comisi\u00f3n de Valoraci\u00f3n, formular\u00e1 la propuesta de resoluci\u00f3n debidamente motivada correspondiendo la resoluci\u00f3n de los procedimientos a la Direcci\u00f3n Gerencia del Servicio Extreme\u00f1o P\u00fablico de Empleo.<br \/>\n5. El plazo m\u00e1ximo para la resoluci\u00f3n y notificaci\u00f3n ser\u00e1 de 6 meses, a contar desde la fecha de publicaci\u00f3n de la correspondiente convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de Extremadura. Transcurrido dicho plazo sin haberse notificado resoluci\u00f3n expresa, podr\u00e1 entenderse desestimada la solicitud, de conformidad con lo dispuesto en el art\u00edculo 22.5 de la Ley 6\/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura. La notificaci\u00f3n de la resoluci\u00f3n se realizar\u00e1 de acuerdo con lo previsto en los art\u00edculos 40 y 42 de la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas. Igualmente y de acuerdo con el art\u00edculo 45 de la Ley 39\/2015, de 1 de noviembre, la publicaci\u00f3n, cuando as\u00ed sea procedente, podr\u00e1 sustituir a la notificaci\u00f3n, si as\u00ed se determina en la correspondiente convocatoria, surtiendo sus mismos efectos.<br \/>\n6. Las subvenciones concedidas al amparo del presente decreto por importe igual o superior a 3.000 euros ser\u00e1n objeto de publicidad a trav\u00e9s de su publicaci\u00f3n en el Diario Oficial de Extremadura, y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura, con expresi\u00f3n de la convocatoria, programa de ayudas y cr\u00e9dito presupuestario al que se imputan, beneficiario, cantidad concedida y finalidad de la subvenci\u00f3n, todo ello en cumplimiento de lo dispuesto en los art\u00edculos 17 y 20 de la Ley 6\/2011, de 23 de marzo.<br \/>\nLa publicidad de las subvenciones por importe inferior a 3.000 euros se realizar\u00e1 en el tabl\u00f3n de anuncios del \u00f3rgano concedente y, en su caso, en la p\u00e1gina web de dicho \u00f3rgano.<br \/>\nLunes, 24 de septiembre de 2018 36032N\u00daMERO 186<br \/>\nAsimismo y con independencia del anuncio anterior, la convocatoria y las subvenciones concedidas ser\u00e1n publicadas en el Portal Electr\u00f3nico de la Transparencia y la Participaci\u00f3n Ciudadana, conforme lo establecido en el art\u00edculo 11 de la Ley 4\/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, as\u00ed como en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en la forma establecida en los art\u00edculos 18 y 20 de la Ley 38\/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.<br \/>\n7. Las subvenciones que se otorguen podr\u00e1n atender total o parcialmente los importes econ\u00f3micos estimados por los solicitantes.<br \/>\nArt\u00edculo 22. Alteraci\u00f3n de las condiciones tenidas en cuenta para la concesi\u00f3n de la subvenci\u00f3n.<br \/>\nLa alteraci\u00f3n de las condiciones tenidas en cuenta para la concesi\u00f3n de la subvenci\u00f3n, como pueden ser las derivadas de un cambio de titularidad, de los objetivos y actuaciones, del entorno de actuaci\u00f3n o de las especialidades de los proyectos formativos, y en todo caso la obtenci\u00f3n concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones o entes p\u00fablicos o privados, nacionales o internacionales, dar\u00e1 lugar a la modificaci\u00f3n de la resoluci\u00f3n.<br \/>\nLas entidades beneficiarias deber\u00e1n solicitar las referidas modificaciones de la resoluci\u00f3n de concesi\u00f3n al \u00f3rgano concedente de la subvenci\u00f3n y, cuando traigan su causa en circunstancias imprevistas o sean necesarias para el buen fin de la actuaci\u00f3n, siempre que no se altere el objeto o finalidad de la subvenci\u00f3n y no se da\u00f1en derechos de terceros o que la modificaci\u00f3n hubiese supuesto la no aprobaci\u00f3n de la subvenci\u00f3n en el procedimiento de concurrencia.<br \/>\nArt\u00edculo 23. Recursos.<br \/>\nLas resoluciones de los expedientes instruidos al amparo de este decreto no agotan la v\u00eda administrativa, siendo susceptible de recurso de alzada ante el titular de la Consejer\u00eda competente en materia de empleo, en los t\u00e9rminos previstos en el art\u00edculo 101 de la Ley 1\/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura, de conformidad con lo dispuesto en el apartado tercero de la disposici\u00f3n adicional primera de la Ley 7\/2001, de 14 de junio, de creaci\u00f3n del Servicio Extreme\u00f1o P\u00fablico de Empleo.<br \/>\nArt\u00edculo 24. Infracciones y sanciones.<br \/>\nLos beneficiarios de las ayudas a que se refiere este decreto quedar\u00e1n sometidos a las responsabilidades y r\u00e9gimen sancionador que sobre infracciones administrativas en materia de subvenciones establece el T\u00edtulo V de la Ley 6\/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura.<br \/>\nLunes, 24 de septiembre de 2018 36033N\u00daMERO 186<br \/>\nArt\u00edculo 25. Informaci\u00f3n y publicidad sobre la financiaci\u00f3n de los fondos europeos.<br \/>\n1. En todas las medidas de informaci\u00f3n y comunicaci\u00f3n que lleve a cabo, el beneficiario deber\u00e1 reconocer el apoyo de los Fondos a la operaci\u00f3n mostrando:<br \/>\na) Emblema de la Uni\u00f3n, de conformidad con las caracter\u00edsticas t\u00e9cnicas establecidas en el Acto de ejecuci\u00f3n adoptado por la Comisi\u00f3n con arreglo al art\u00edculo 115, apartado 4, del Reglamento (UE) n.\u00ba 1303\/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, y una referencia a la Uni\u00f3n Europea.<br \/>\nb) Referencia al Fondo o los Fondos que dan apoyo a la operaci\u00f3n.<br \/>\n2. Durante la realizaci\u00f3n de una operaci\u00f3n, el beneficiario informar\u00e1 al p\u00fablico del apoyo obtenido de los Fondos:<br \/>\na) Mediante una breve descripci\u00f3n en su sitio de Internet, en caso de que disponga de uno, de la operaci\u00f3n, de manera proporcionada al nivel de apoyo prestado, con sus objetivos y resultados, y destacando el apoyo financiero de la Uni\u00f3n;<br \/>\nb) Colocando al menos un cartel con informaci\u00f3n sobre el proyecto (de un tama\u00f1o m\u00ednimo A3), en el que mencionar\u00e1 la ayuda financiera de la Uni\u00f3n, en un lugar bien visible para el p\u00fablico, por ejemplo la entrada de un edificio.<br \/>\n3. En operaciones financiadas por el FSE el beneficiario se asegurar\u00e1 de que las partes que intervienen en ellas han sido informadas de dicha financiaci\u00f3n.<br \/>\nCualquier documento relacionado con la ejecuci\u00f3n de una operaci\u00f3n que se destine al p\u00fablico o a los participantes, incluidos los contratos, certificados de asistencia o de otro tipo, contendr\u00e1 una declaraci\u00f3n en la que se informe de que el programa operativo ha recibido apoyo del Fondo o de los Fondos.<br \/>\nArt\u00edculo 26. Procedimiento de concesi\u00f3n.<br \/>\n1. El procedimiento de concesi\u00f3n de la subvenci\u00f3n se iniciar\u00e1 de oficio, por orden de la persona titular de la Consejer\u00eda competente en materia de empleo y se tramitar\u00e1 en r\u00e9gimen de concurrencia competitiva, mediante convocatoria previa de car\u00e1cter peri\u00f3dico, de acuerdo con lo establecido en el t\u00edtulo II de la Ley 6\/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura.<br \/>\nLa convocatoria de estas subvenciones y su extracto deber\u00e1n ser publicados en el Diario Oficial de Extremadura, conforme a lo establecido en el art\u00edculo 17.3.b, de la Ley 38\/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. La convocatoria tambi\u00e9n se publicar\u00e1 en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura.<br \/>\nAsimismo y con independencia de la publicidad anterior, la convocatoria y las subvenciones concedidas ser\u00e1n publicadas en el Portal Electr\u00f3nico de la Transparencia y la<br \/>\nLunes, 24 de septiembre de 2018 36034N\u00daMERO 186<br \/>\nParticipaci\u00f3n Ciudadana, conforme lo establecido en el art\u00edculo 11 de la Ley 4\/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, as\u00ed como en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en la forma establecida en los art\u00edculos 18 y 20 de la Ley 38\/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.<br \/>\n2. De acuerdo con lo anterior, la comparaci\u00f3n de solicitudes se efectuar\u00e1 mediante los criterios de valoraci\u00f3n que se establecen en el presente decreto.<br \/>\nSe podr\u00e1 exceptuar del requisito de fijar un orden de prelaci\u00f3n entre las solicitudes presentadas que re\u00fanan los requisitos establecidos para el caso de que el cr\u00e9dito presupuestario consignado en la convocatoria fuera suficiente, atendiendo al n\u00famero de solicitudes una vez finalizado el plazo de presentaci\u00f3n.<br \/>\n3. De conformidad con el art\u00edculo 23.2.h) de la Ley 6\/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura, cada convocatoria determinar\u00e1 los cr\u00e9ditos presupuestarios a los que se imputa la subvenci\u00f3n y cuant\u00eda total m\u00e1xima de las subvenciones convocadas, la cual podr\u00e1 aumentarse hasta un 20 % de la cuant\u00eda inicial, o hasta la cuant\u00eda que corresponda cuando tal incremento sea consecuencia de una generaci\u00f3n, incorporaci\u00f3n de cr\u00e9ditos, o se trate de cr\u00e9ditos declarados ampliables, siempre antes de resolver la concesi\u00f3n de las mismas sin necesidad de abrir una nueva convocatoria, y previa publicaci\u00f3n del anuncio recogido en el art\u00edculo 39.3 de la citada Ley de Subvenciones.<br \/>\n4. Los solicitantes que no accedan a la subvenci\u00f3n por falta de cr\u00e9dito, quedar\u00e1n en lista de espera, para los casos en que se produzcan nuevas disponibilidades presupuestarias por renuncias a la subvenci\u00f3n, incumplimiento del plazo de inicio o cualquier otra causa que impida o retrase la ejecuci\u00f3n de los proyectos aprobados.<br \/>\nArt\u00edculo 27. Solicitudes.<br \/>\n1. El plazo m\u00ednimo para presentar solicitudes ser\u00e1 de 10 d\u00edas h\u00e1biles a computar desde el d\u00eda siguiente al de la publicaci\u00f3n de la correspondiente convocatoria y su extracto en el Diario Oficial de Extremadura, determin\u00e1ndose en la convocatoria el plazo m\u00e1ximo.<br \/>\nSolo podr\u00e1 presentarse una solicitud por entidad promotora. Se entiende como la misma entidad, las entidades locales y sus organismos aut\u00f3nomos o entidades dependientes.<br \/>\n2. Las solicitudes de subvenciones se suscribir\u00e1n por las personas que ostenten la representaci\u00f3n de las entidades promotoras mediante los modelos normalizados establecidos en el anexo I del presente decreto, y se presentaran en los registros del Servicio Extreme\u00f1o P\u00fablico de Empleo, pudiendo hacerlo tambi\u00e9n ante cualquiera de las oficinas integradas en el Sistema de Registro \u00danico de la Junta de Extremadura implantado por el Decreto 257\/2009, de 18 de diciembre, o en cualquiera de los lugares previstos en el art\u00edculo 16.4 de la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas.<br \/>\nLunes, 24 de septiembre de 2018 36035N\u00daMERO 186<br \/>\nLos impresos normalizados de solicitud deber\u00e1n ser cumplimentados a trav\u00e9s de la herramienta inform\u00e1tica GETCOTEX, del Servicio Extreme\u00f1o P\u00fablico de Empleo, ubicado en la p\u00e1gina http:\/\/etcote.juntaextremadura.es\/etcote, para ser posteriormente impresos y presentados de conformidad con el p\u00e1rrafo anterior.<br \/>\n3. La formulaci\u00f3n de la solicitud por parte del interesado para acceder a los beneficios del presente decreto, supone la aceptaci\u00f3n de la subvenci\u00f3n por parte del solicitante de la misma, as\u00ed como de las obligaciones que de ella se derivan, sin perjuicio de los derechos al desistimiento y a la renuncia que los interesados puedan ejercitar.<br \/>\n4. Con arreglo a lo previsto en el art\u00edculo 23.5 de la Ley 6\/2011, de 23 de marzo, si la solicitud no re\u00fane los requisitos exigidos, se requerir\u00e1 al interesado para que, en un plazo de diez d\u00edas, subsane la falta o acompa\u00f1e los documentos preceptivos, con indicaci\u00f3n de que, si as\u00ed no lo hiciera, se le tendr\u00e1 por desistido de su petici\u00f3n, previa resoluci\u00f3n que deber\u00e1 ser dictada en los t\u00e9rminos previstos en el art\u00edculo 21 de la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas.<br \/>\nArt\u00edculo 28. Documentaci\u00f3n.<br \/>\n1. La solicitud se acompa\u00f1ar\u00e1 con car\u00e1cter general de la siguiente documentaci\u00f3n, sin perjuicio de la adaptaci\u00f3n de la documentaci\u00f3n que se pueda efectuar en la convocatoria:<br \/>\na. Memoria\/Proyecto, cumplimentado seg\u00fan modelo que se establece como anexo I-Bis al presente decreto, acompa\u00f1ado de una memoria explicativa (en la forma de memoria valorada, proyecto b\u00e1sico o proyecto de ejecuci\u00f3n) de las actuaciones a realizar, mediciones y presupuestos desglosados por cap\u00edtulos y partidas, y planos a escala y acotados de los inmuebles o espacios donde se realizar\u00e1 la formaci\u00f3n, en el caso de que no sea formaci\u00f3n conducente a certificados de profesionalidad, y de los espacios en que se va a actuar, en los que se representen los estados inicial y final de los mismos.<br \/>\nb. En su caso, Compromiso\/s de Inserci\u00f3n Laboral de las empresas designadas en el plan formativo cumplimentando el modelo, que como anexo II, se establece en la presente norma.<br \/>\nc. Acuerdo de nombramiento de quien ostente la representaci\u00f3n, publicada, en su caso, en el diario oficial correspondiente o certificaci\u00f3n del Secretario de la entidad.<br \/>\nd. Copia de la tarjeta fiscal de la entidad promotora y NIF del representante, en el caso de que no haya otorgado su autorizaci\u00f3n en la solicitud al \u00f3rgano instructor para consultar estos datos.<br \/>\ne. Cuando se trate de agrupaciones de entidades promotoras previstas en el art\u00edculo 19 se presentar\u00e1 el acuerdo en el que se recojan los compromisos de ejecuci\u00f3n asumidos por cada miembro de la agrupaci\u00f3n, nombramiento de representante o apoderado \u00fanico de<br \/>\nLunes, 24 de septiembre de 2018 36036N\u00daMERO 186<br \/>\nla agrupaci\u00f3n con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, correspondan a la agrupaci\u00f3n y compromiso de no disoluci\u00f3n, hasta transcurrido el plazo de prescripci\u00f3n previsto en los art\u00edculos 45 y 70 de la Ley 6\/2011, de 23 de marzo.<br \/>\nf. Certificaci\u00f3n acreditativa de la financiaci\u00f3n de aquella parte del proyecto que no financie el Servicio Extreme\u00f1o P\u00fablico de Empleo.<br \/>\ng. Certificaci\u00f3n acreditativa de la titularidad jur\u00eddica del\/los objetos de actuaci\u00f3n y de disponibilidad para la ejecuci\u00f3n de la\/s obra\/s o prestaci\u00f3n de servicios, o en su caso, original o copia de la documentaci\u00f3n acreditativa de los t\u00e9rminos de la cesi\u00f3n.<br \/>\nh. Original o copia de la documentaci\u00f3n derivada de las caracter\u00edsticas de la\/s obra\/s o servicios previstos:<br \/>\na) Estudios t\u00e9cnicos obligatorios para su ejecuci\u00f3n.<br \/>\nb) Permisos administrativos emitidos por el \u00f3rgano competente, necesarios para el desarrollo de la actividad (normativa industrial, higi\u00e9nico sanitaria, patrimonio, aguas, etc).<br \/>\nc) Informe de los servicios p\u00fablicos competentes en las acciones previstas.<br \/>\nd) Informe t\u00e9cnico sobre el destino de los bienes o productos resultantes de los trabajos del alumnado trabajador, la repercusi\u00f3n en materia de competencia y la gesti\u00f3n contable y documental en relaci\u00f3n con la repercusi\u00f3n econ\u00f3mica en la subvenci\u00f3n.<br \/>\ni. Alta en el Subsistema de Terceros, en el caso de que no figure a\u00fan en el Subsistema de Terceros.<br \/>\nj. Compromisos, en su caso, de cooperaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n con otros agentes del territorio, cumplimentado seg\u00fan el modelo que se recoge como anexo III de este decreto.<br \/>\n2. Seg\u00fan el art\u00edculo 53.d) de la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas, las entidades solicitantes no estar\u00e1n obligadas a presentar los datos y documentaci\u00f3n exigidos que ya se encuentre en poder de la Administraci\u00f3n, indicando en la solicitud el momento y el \u00f3rgano administrativo ante el que los present\u00f3.<br \/>\nArt\u00edculo 29. Criterios de valoraci\u00f3n.<br \/>\nLos criterios de valoraci\u00f3n que se aplicar\u00e1n a las solicitudes cuyos proyectos sean considerados viables de conformidad con el art\u00edculo 11 del presente decreto, ser\u00e1n los siguientes:<br \/>\na) N\u00famero y porcentaje de personas trabajadoras mayores de 18 a\u00f1os desempleadas de larga duraci\u00f3n que no sean beneficiarias ni perceptoras de prestaci\u00f3n contributiva por<br \/>\nLunes, 24 de septiembre de 2018 36037N\u00daMERO 186<br \/>\ndesempleo a fecha de la convocatoria existentes en el \u00e1mbito territorial del proyecto a desarrollar. Hasta 8 puntos:<br \/>\n\u2014 Hasta 5 puntos, a raz\u00f3n de 0,5 puntos por cada 50 personas del referido colectivo existentes en el \u00e1mbito territorial del proyecto a desarrollar.<br \/>\n\u2014 3 puntos si el porcentaje de personas desempleadas del mencionado colectivo en el \u00e1mbito territorial del proyecto, en relaci\u00f3n con la poblaci\u00f3n en edad laboral del mismo \u00e1mbito territorial del proyecto, es superior al porcentaje as\u00ed establecido en el \u00e1mbito regional de los municipios menores de 5.000 habitantes.<br \/>\nb) Proyectos cuyo \u00e1rea de actuaci\u00f3n verse sobre algunas de las siguientes, 10 puntos:<br \/>\n\u2014 Desarrollo de proyectos emprendedores e innovadores en el territorio.<br \/>\n\u2014 Hosteler\u00eda y turismo.<br \/>\n\u2014 Energ\u00edas limpias.<br \/>\n\u2014 Actividades f\u00edsicas y deportivas.<br \/>\n\u2014 Econom\u00eda verde y circular.<br \/>\n\u2014 Tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y las comunicaciones.<br \/>\n\u2014 Agroalimentaria.<br \/>\nc) Proyectos que afecten a localidades en las que no se haya aprobado ning\u00fan proyecto de formaci\u00f3n en alternancia con el empleo en el a\u00f1o de la convocatoria, se valorar\u00e1 con 20 puntos.<br \/>\nd) Proyectos con itinerario formativo que incluya al menos un certificado de profesionalidad, 5 puntos.<br \/>\ne) Compromisos de inserci\u00f3n laboral del alumnado trabajador formado. Se valorar\u00e1 con una puntuaci\u00f3n de hasta 5 puntos. Se puntuar\u00e1 seg\u00fan la siguiente tabla, teniendo en cuenta que el redondeo de los decimales resultantes de la aplicaci\u00f3n de porcentajes ser\u00e1 siempre al alza hasta el n\u00famero entero.<br \/>\nN.\u00ba PARTICIPANTES<br \/>\nENTRE EL 10 % Y 25 % DE PARTICIPANTES<br \/>\nENTRE EL 26 % Y 50 % DE PARTICIPANTES<br \/>\nENTRE EL 51 % Y 75 % DE PARTICIPANTES<br \/>\nENTRE EL 76 % Y 100 % DE PARTICIPANTES<br \/>\nN.\u00ba PUNTOS 2 PUNTOS 3 PUNTOS 4 PUNTOS 5 PUNTOS<br \/>\nLunes, 24 de septiembre de 2018 36038N\u00daMERO 186<br \/>\nSe valorar\u00e1 en funci\u00f3n de los compromisos aportados y cumplimentados seg\u00fan el anexo II del presente decreto.<br \/>\nLas contrataciones derivadas de los compromisos de contrataci\u00f3n se llevar\u00e1n a cabo en el plazo de tres meses desde la finalizaci\u00f3n del proyecto en centros de trabajo radicados en la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura y en ocupaciones relacionadas con la familia profesional a la que pertenezca la correspondiente especialidad formativa.<br \/>\nLa jornada de trabajo ser\u00e1 a tiempo completo o tiempo parcial, en este caso con un m\u00ednimo de jornada del 50 % de la correspondiente a un trabajador a tiempo completo comparable. La duraci\u00f3n del contrato ser\u00e1 como m\u00ednimo de 6 meses en caso de jornada a tiempo completo y de 12 meses cuando la jornada sea a tiempo parcial.<br \/>\nEl incumplimiento del compromiso de inserci\u00f3n podr\u00e1 dar lugar al reintegro total de la subvenci\u00f3n concedida conforme a lo establecido en el art\u00edculo 35 de este decreto.<br \/>\n\u2014 Cooperaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n con otros agentes del territorio. Se valorar\u00e1 la cooperaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n con otros agentes del territorio: instituciones educativas, entidades asociativas y sociales, sectores empresariales y \u00f3rganos de participaci\u00f3n. El programa deber\u00e1 adecuarse a un modelo de cooperaci\u00f3n en el territorio con la participaci\u00f3n y el apoyo de estos agentes, que tendr\u00e1n que formalizar en un escrito dicho apoyo, los t\u00e9rminos en que se establece la cooperaci\u00f3n y los compromisos reales que asumen. Este apartado tendr\u00e1 un peso m\u00e1ximo de 5 puntos. Se otorgar\u00e1 un punto por cada compromiso de agente del territorio.<br \/>\nEn caso de empate, tendr\u00e1n preferencia las solicitudes que tengan mayor puntuaci\u00f3n en los criterios de valoraci\u00f3n por el orden recogido en este art\u00edculo.<br \/>\nArt\u00edculo 30. Gastos subvencionables.<br \/>\n1. Tendr\u00e1n la consideraci\u00f3n de subvencionables aquellos gastos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y que se produzcan una vez dictada la resoluci\u00f3n de concesi\u00f3n de subvenci\u00f3n e iniciado el proyecto (salvo los de contrataci\u00f3n del personal de coordinaci\u00f3n, docente y t\u00e9cnico del proyecto que podr\u00e1n realizarse 7 d\u00edas antes y hasta 7 d\u00edas despu\u00e9s de la finalizaci\u00f3n), que sean abonados con anterioridad a la finalizaci\u00f3n del per\u00edodo de justificaci\u00f3n. En ning\u00fan caso, el coste de adquisici\u00f3n de los gastos subvencionables podr\u00e1 ser superior al valor de mercado.<br \/>\n2. La aportaci\u00f3n econ\u00f3mica para cada proyecto se determinar\u00e1 estimativamente en la resoluci\u00f3n aprobatoria de las subvenciones correspondientes, cuantific\u00e1ndose por m\u00f3dulos y destin\u00e1ndose exclusivamente a sufragar los siguientes costes:<br \/>\na) Los de formaci\u00f3n y funcionamiento del proyecto, que comprender\u00e1 los m\u00f3dulos A y B:<br \/>\nLunes, 24 de septiembre de 2018 36039N\u00daMERO 186<br \/>\nCon el m\u00f3dulo A se compensar\u00e1n los costes salariales del personal de coordinaci\u00f3n, docente o t\u00e9cnico del proyecto, que hayan sido seleccionados y contratados, incluidos los originados por las cuotas a cargo del empleador a la Seguridad Social por todos los conceptos, desempleo, fondo de garant\u00eda salarial y formaci\u00f3n profesional.<br \/>\nNo se subvencionar\u00e1n, en ning\u00fan caso, las indemnizaciones por fallecimiento y las correspondientes a traslados, suspensiones, despidos, ceses o finalizaciones de contrato, por tanto, no se subvencionar\u00e1n las aportaciones de la entidad promotora y las cotizaciones a la Seguridad Social por incapacidad temporal, ni las ausencias (justificadas o injustificadas).<br \/>\nLas retribuciones salariales mensuales m\u00ednimas (m\u00e1s la parte proporcional de una paga extraordinaria) para las contrataciones a jornada completa del personal de monitores espec\u00edficos y de acompa\u00f1amiento\/tutorizaci\u00f3n ser\u00e1 de 1.400 euros o la cantidad proporcional en el caso de contrataciones de duraci\u00f3n inferior, en el caso, de que alguno de este personal hiciese labores de coordinaci\u00f3n-responsable del proyecto ser\u00e1 de 1.500 euros.<br \/>\nCon el m\u00f3dulo B se compensar\u00e1n los siguientes costes directos e indirectos:<br \/>\nCostes directos:<br \/>\n\u2014 Medios did\u00e1cticos, siempre que no sea un gasto inventariable, equipamiento de los alumnos\/as y personal docente y de apoyo, y \u00fatiles y herramientas necesarias para el desarrollo del plan formativo (en ning\u00fan caso maquinaria).<br \/>\n\u2014 Material de consumo para la formaci\u00f3n y pr\u00e1cticas del alumnado.<br \/>\n\u2014 Viajes formativos: Se subvencionar\u00e1n aquellos viajes formativos del alumnado trabajador y personal docente que les acompa\u00f1e, directamente relacionado con el programa formativo.<br \/>\n\u2014 Gastos de acciones formativas de corta duraci\u00f3n directamente relacionadas con las especialidades formativas, que sean espor\u00e1dicas y no peri\u00f3dicas e impartidas por profesionales o entidades sin relaci\u00f3n laboral.<br \/>\n\u2014 Gastos de viajes del personal directivo y docente del proyecto para la asistencia a reuniones o jornadas convocadas por el SEXPE.<br \/>\nCostes indirectos: aquellos gastos que no pueden ser vinculados de manera inequ\u00edvoca al resultado de un \u00fanico servicio o producto.<br \/>\nNo se podr\u00e1n imputar con cargo a las subvenciones concedidas por el SEXPE:<br \/>\n\u2014 Dietas para el desplazamiento del personal del proyecto, salvo las derivadas de reuniones o jornadas convocadas por el SEXPE.<br \/>\nLunes, 24 de septiembre de 2018 36040N\u00daMERO 186<br \/>\n\u2014 Adquisici\u00f3n de instalaciones, maquinaria, equipos, medios did\u00e1cticos inventariables y mobiliario.<br \/>\n\u2014 Arrendamiento financiero (Leasing) de instalaciones, maquinaria, equipos y mobiliario.<br \/>\n\u2014 Gastos financieros en general, como intereses de cr\u00e9dito y pr\u00e9stamos, gastos por constituci\u00f3n de avales y fianzas, recargos por demora de pagos a la Seguridad Social, Hacienda, tasas, etc.<br \/>\n\u2014 Gastos de asesor\u00eda administrativa, contable o laboral.<br \/>\n\u2014 Gastos de obras o servicios realizados por terceros, excepto los gastos de acciones formativas de corta duraci\u00f3n.<br \/>\n\u2014 Aquellos otros gastos excluidos expresamente en el art\u00edculo 36 de la Ley 6\/2011, de 23 de marzo, y dem\u00e1s preceptos de car\u00e1cter concordante.<br \/>\nb) Con el m\u00f3dulo de costes salariales derivados de los contratos para la formaci\u00f3n y aprendizaje que se suscriban con el alumnado. Se subvencionar\u00e1 el 75 % del salario m\u00ednimo interprofesional anualmente establecido, incluida la parte proporcional de una paga extraordinaria. Asimismo, se subvencionar\u00e1 la totalidad de las cuotas a la Seguridad Social a cargo del empleador correspondientes por todos los conceptos que establezca la normativa vigente en el momento de la concesi\u00f3n.<br \/>\nNo se subvencionar\u00e1n, en ning\u00fan caso, las indemnizaciones por fallecimiento y las correspondientes a traslados, suspensiones, despidos, ceses o finalizaciones de contrato, por tanto, no se subvencionar\u00e1n las aportaciones de la entidad promotora y las cotizaciones a la Seguridad Social por incapacidad temporal, ni las ausencias (justificadas o injustificadas).<br \/>\nLa ejecuci\u00f3n deber\u00e1 ajustarse a la distribuci\u00f3n acordada en la resoluci\u00f3n de concesi\u00f3n, no pudiendo compensarse los m\u00f3dulos entre s\u00ed.<br \/>\nArt\u00edculo 31. Cuant\u00eda y c\u00e1lculo de la subvenci\u00f3n.<br \/>\n1. La cuant\u00eda total m\u00e1xima de la subvenci\u00f3n se determinar\u00e1 en la resoluci\u00f3n de concesi\u00f3n y estar\u00e1 compuesta por la suma de los importes de los gastos subvencionables de los m\u00f3dulos A, B y de los costes salariales y Seguridad Social de los contratos del alumnadotrabajador, cuantific\u00e1ndose para el M\u00f3dulo A un total de 926 horas y en el de salario y Seguridad Social del alumnado un total 844 horas, a cuyos efectos, se fijan los siguientes m\u00f3dulos:<br \/>\nLunes, 24 de septiembre de 2018 36041N\u00daMERO 186<br \/>\n\u2014 M\u00f3dulo A: a raz\u00f3n de los siguientes costes unitarios:<br \/>\nDocente y t\u00e9cnico de acompa\u00f1amiento: 15,14 \u20ac\/hora*.<br \/>\n* Si se hace labores de coordinaci\u00f3n, uno de ellos a raz\u00f3n de 16,23 \u20ac\/hora.<br \/>\nHasta un m\u00e1ximo de 30.000 euros.<br \/>\n\u2014 M\u00f3dulo B: a raz\u00f3n de 1,01 \u20ac\/hora\/participante.<br \/>\nDe esta cantidad, se subvencionar\u00e1n los costes indirectos por importe del 15 % de los costes directos de personal subvencionables del M\u00f3dulo A que se consideren correctamente justificados y los costes directos que se justifiquen con sus facturas y pagos.<br \/>\n\u2014 M\u00f3dulo Salario y Seguridad Social alumnado-trabajador: 4,89 \u20ac\/hora\/participante.<br \/>\n2. El importe de la subvenci\u00f3n resultante del c\u00e1lculo efectuado no se actualizar\u00e1, con independencia de que el mismo se extienda o no a distintos ejercicios presupuestarios, salvo el importe aprobado para el salario y Seguridad Social del alumnado trabajador, que se ajustar\u00e1 en el momento de la liquidaci\u00f3n de la subvenci\u00f3n a los incrementos que haya tenido el salario m\u00ednimo interprofesional y las cuotas patronales de la Seguridad Social y a la justificaci\u00f3n comprobada, previa actualizaci\u00f3n del importe del m\u00f3dulo correspondiente mediante resoluci\u00f3n del titular de la Direcci\u00f3n Gerencia del SEXPE.<br \/>\nEn todo caso, la citada actualizaci\u00f3n estar\u00e1 condicionada a la existencia de cr\u00e9dito asignado a la convocatoria para atender las obligaciones econ\u00f3micas que conlleva el referido ajuste, sin que con la actualizaci\u00f3n pueda superarse la cuant\u00eda m\u00e1xima prevista para dicha convocatoria.<br \/>\nArt\u00edculo 32. Pago de las subvenciones.<br \/>\n1. El \u00f3rgano gestor transferir\u00e1 a la entidad beneficiaria, el 50 por ciento del total de la subvenci\u00f3n concedida, en concepto de anticipo a justificar, tras la resoluci\u00f3n de concesi\u00f3n, posteriormente un pago a cuenta, del 40 %, previa justificaci\u00f3n de una cantidad igual o, en el caso de que el primer pago se haya realizado en la anualidad anterior del importe anticipado, y un pago final de hasta el 10 %, por la diferencia entre la cantidad justificada y la abonada previamente, una vez finalizada y justificada la actividad formativa subvencionada.<br \/>\nDichos pagos anticipado y a cuenta estar\u00e1n exentos de la prestaci\u00f3n de garant\u00eda al efecto.<br \/>\n2. Habr\u00e1 de acreditarse con car\u00e1cter previo al pago de la subvenci\u00f3n, que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal y con la Hacienda de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura, as\u00ed como en sus obligaciones frente a la Seguridad Social.<br \/>\nLunes, 24 de septiembre de 2018 36042N\u00daMERO 186<br \/>\nLa acreditaci\u00f3n de estar al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y la de que no se tienen deudas con la Hacienda de la Comunidad Aut\u00f3noma, podr\u00e1 ser comprobada de oficio, previa autorizaci\u00f3n de la entidad en la solicitud, o con la aportaci\u00f3n certificativa de estar al corriente con las mismas.<br \/>\n3. Una vez recibidos los fondos por la entidad promotora, y en el plazo de 10 d\u00edas, \u00e9sta remitir\u00e1 al \u00f3rgano gestor del SEXPE, certificaci\u00f3n contable de su recepci\u00f3n.<br \/>\nArt\u00edculo 33. Justificaci\u00f3n.<br \/>\n1. Cuando la entidad beneficiaria solicite el pago a cuenta por importe del 40 % del total de la subvenci\u00f3n, deber\u00e1 presentar la justificaci\u00f3n parcial correspondiente con el contenido establecido en el apartado siguiente adaptado al importe a justificar, seg\u00fan se trate, del 50 % de la subvenci\u00f3n si el primer pago se abon\u00f3 en la anualidad anterior o del 40 % si se ha producido en el mismo ejercicio, y a la ejecuci\u00f3n del proyecto hasta ese momento, en el modelo facilitado por la Direcci\u00f3n General de Formaci\u00f3n para el Empleo en su Gu\u00eda de Gesti\u00f3n.<br \/>\n2. En el plazo del mes siguiente a la finalizaci\u00f3n del proyecto, la entidad beneficiaria presentar\u00e1 la justificaci\u00f3n por m\u00f3dulos del objeto de la subvenci\u00f3n que se realizar\u00e1 mediante:<br \/>\n\u2014 una Memoria del proyecto realizado, con las acciones formativas, de acompa\u00f1amientotutorizaci\u00f3n y trabajo efectivo inherentes, su duraci\u00f3n y per\u00edodo de realizaci\u00f3n, as\u00ed, como los objetivos conseguidos.<br \/>\n\u2014 una Memoria econ\u00f3mica con el siguiente contenido m\u00ednimo: Declaraci\u00f3n sobre el n\u00famero de unidades f\u00edsicas consideradas como m\u00f3dulos y la cuant\u00eda de la subvenci\u00f3n calculada sobre la base de las actividades cuantificadas en la memoria final y los m\u00f3dulos previstos en el art\u00edculo 31 del presente decreto, y la cuenta justificativa de los costes directos de M\u00f3dulo B, acompa\u00f1ada de la documentaci\u00f3n acreditativa del gasto y de su pago, en el modelo facilitado por la Direcci\u00f3n General de Formaci\u00f3n para el Empleo del SEXPE.<br \/>\n3. La subvenci\u00f3n m\u00e1xima que se podr\u00e1 admitir como justificada en el proyecto, para cada uno de los m\u00f3dulos A y de salarios y Seguridad Social de alumnado no podr\u00e1 exceder de la cantidad que resulte de multiplicar el n\u00famero de horas realizadas por el valor de cada m\u00f3dulo, teniendo en cuenta los l\u00edmites que establece en el art\u00edculo 31 del presente decreto.<br \/>\nA estos efectos, se considerar\u00e1n tambi\u00e9n como horas efectivas las correspondientes a los per\u00edodos de vacaciones anuales retribuidas disfrutadas por el personal y el alumnado, establecidas legal o convencionalmente.<br \/>\nLunes, 24 de septiembre de 2018 36043N\u00daMERO 186<br \/>\nLa justificaci\u00f3n del M\u00f3dulo B se realizar\u00e1 en consideraci\u00f3n de la justificaci\u00f3n del M\u00f3dulo A y de la comprobaci\u00f3n de las actividades del proyecto.<br \/>\n4. Una vez presentada la documentaci\u00f3n se\u00f1alada en este art\u00edculo se realizar\u00e1 por el \u00f3rgano instructor competente la correspondiente comprobaci\u00f3n t\u00e9cnico-econ\u00f3mica. Si como resultado de dicha comprobaci\u00f3n se dedujera que el coste subvencionable ha sido inferior a la subvenci\u00f3n concedida o que se han incumplido, total o parcialmente requisitos establecidos en la normativa aplicable para la justificaci\u00f3n de la subvenci\u00f3n o los fines para los que fue concedida la misma, se comunicar\u00e1 tal circunstancia al interesado junto a los resultados de la comprobaci\u00f3n t\u00e9cnico-econ\u00f3mica y se iniciar\u00e1 el procedimiento para declarar la p\u00e9rdida del derecho al cobro de la subvenci\u00f3n o, en su caso, el procedimiento de reintegro, conforme el art\u00edculo 35 de este decreto.<br \/>\nArt\u00edculo 34. Compatibilidad.<br \/>\nLas subvenciones ser\u00e1n compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes p\u00fablicos o privados, nacionales, de la Uni\u00f3n Europea o de organismos internacionales siempre que no se rebase el coste del proyecto subvencionado, sin perjuicio de lo que al respecto pudiera establecer la normativa reguladora de las otras subvenciones concurrentes.<br \/>\nArt\u00edculo 35. P\u00e9rdida del derecho y reintegro.<br \/>\n1. El incumplimiento de las condiciones y obligaciones establecidas en el presente decreto a las entidades promotoras beneficiarias, o bien las establecidas en la convocatoria o en la resoluci\u00f3n de concesi\u00f3n; as\u00ed como la concurrencia de las causas reguladas en el art\u00edculo 43 de la Ley 6\/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura, dar\u00e1n lugar a la revocaci\u00f3n de la resoluci\u00f3n de concesi\u00f3n y en su caso al reintegro de las cantidades percibidas y a la exigencia del inter\u00e9s de demora desde el momento del pago de la subvenci\u00f3n hasta la fecha en la que se acuerde la procedencia del reintegro. Esta obligaci\u00f3n ser\u00e1 independiente de las sanciones que, en su caso, resulten exigibles. El procedimiento de reintegro se tramitar\u00e1 de conformidad con lo establecido en el t\u00edtulo III de la Ley 6\/2011, de 23 de marzo.<br \/>\n2. En el caso de incumplimientos parciales, siempre que se acredite una actuaci\u00f3n inequ\u00edvocamente tendente a la satisfacci\u00f3n de los compromisos adquiridos, entendi\u00e9ndose por la misma la realizaci\u00f3n de m\u00e1s del 50 % de los objetivos aprobados medidos en funci\u00f3n del numero de participantes y horas realizadas en el proyecto, el \u00f3rgano competente determinar\u00e1 la perdida parcial del derecho o, en su caso, la cantidad a reintegrar por el beneficiario respondiendo al principio de proporcionalidad, de conformidad con lo dispuesto en el art\u00edculo 43.2 de la Ley 6\/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura, en conexi\u00f3n con el letra o), del art\u00edculo 16 de dicha ley, en funci\u00f3n de los costes subvencionables justificados y objetivos realizados, siguiendo una regla de proporci\u00f3n directa.<br \/>\nLunes, 24 de septiembre de 2018 36044N\u00daMERO 186<br \/>\nNo obstante, el incumplimiento del compromiso de contrataci\u00f3n reflejado en la solicitud y valorado con ocasi\u00f3n de la concesi\u00f3n de la subvenci\u00f3n, minorar\u00e1 el importe m\u00e1ximo a liquidar a la entidad promotora en la cuant\u00eda de subvenci\u00f3n correspondiente a cada participante del alumnado trabajador formado no insertado, si se comprueba que el incumplimiento no habr\u00eda incidido en la obtenci\u00f3n de la subvenci\u00f3n; en caso contrario, dar\u00e1 lugar a la revocaci\u00f3n de la resoluci\u00f3n de concesi\u00f3n y en su caso al reintegro de las cantidades percibidas y a la exigencia del inter\u00e9s de demora desde el momento del pago de la subvenci\u00f3n hasta la fecha en la que se acuerde la procedencia del reintegro.<br \/>\nDisposici\u00f3n adicional primera. R\u00e9gimen jur\u00eddico aplicable.<br \/>\nEn todo aquello no regulado expresamente por el presente decreto, se estar\u00e1 a lo establecido en el texto refundido de la Ley de Empleo aprobado por el Real Decreto Legislativo 3\/2015, de 23 de octubre; el Real Decreto 694\/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30\/2015, de 9 de septiembre; el Real Decreto 1529\/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formaci\u00f3n y el aprendizaje y se establecen las bases de la formaci\u00f3n profesional dual, la Ley 6\/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura; la Ley 38\/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas; la Ley Org\u00e1nica. 15\/1999, de 13 de diciembre, de Protecci\u00f3n de Datos de Car\u00e1cter Personal, siendo de car\u00e1cter supletorio cuantas disposiciones no tengan el car\u00e1cter de b\u00e1sico, y dem\u00e1s normativa de desarrollo.<br \/>\nDisposici\u00f3n adicional segunda. Gu\u00eda de gesti\u00f3n y aplicativos inform\u00e1ticos.<br \/>\n1. Por la Direcci\u00f3n General de Formaci\u00f3n para el Empleo se aprobar\u00e1n las gu\u00edas de gesti\u00f3n, que contengan las instrucciones y modelos necesarios para la adecuada ejecuci\u00f3n de los proyectos de los programas regulados en el presente decreto, as\u00ed como para la justificaci\u00f3n de las subvenciones destinadas a su financiaci\u00f3n.<br \/>\n2. Asimismo, por la Direcci\u00f3n General de Formaci\u00f3n para el Empleo podr\u00e1n implantarse las herramientas inform\u00e1ticas que sean necesarias para la gesti\u00f3n, evaluaci\u00f3n, control y seguimiento de los proyectos, presentaci\u00f3n de solicitudes de participaci\u00f3n a los mismos y justificaci\u00f3n de las subvenciones destinadas a su financiaci\u00f3n.<br \/>\nLa utilizaci\u00f3n de medios electr\u00f3nicos se realizar\u00e1 de acuerdo con lo establecido en el Decreto 225\/2014, de 14 de octubre, de r\u00e9gimen jur\u00eddico de administraci\u00f3n electr\u00f3nica de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura y dem\u00e1s normativa aplicable en dicha materia.<br \/>\nDisposici\u00f3n final primera. Habilitaci\u00f3n normativa.<br \/>\nSe faculta a la persona titular de la Consejer\u00eda competente en materia de empleo de la Junta de Extremadura, para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el cumplimiento,<br \/>\nLunes, 24 de septiembre de 2018 36045N\u00daMERO 186<br \/>\ndesarrollo y ejecuci\u00f3n de las normas contenidas en el presente decreto y, para la aprobaci\u00f3n y\/o modificaci\u00f3n de cuantos modelos y formularios sean necesarios para la aplicaci\u00f3n del mismo.<br \/>\nDisposici\u00f3n final segunda. Entrada en vigor.<br \/>\nEl presente decreto entrar\u00e1 en vigor el d\u00eda siguiente al de su publicaci\u00f3n en el Diario Oficial de Extremadura.<br \/>\nM\u00e9rida, 18 de septiembre de 2018.<br \/>\nEl Presidente de la Junta de Extremadura, GUILLERMO FERNANDEZ VARA<br \/>\nLa Consejera de Educaci\u00f3n y Empleo, M.\u00aa ESTHER GUTI\u00c9RREZ MOR\u00c1N<br \/>\nANEXO I Solicitud aprobaci\u00f3n de Proyecto \/ Subvenci\u00f3n<!--more--><\/p>\n<p>%<\/p>\n<p>%<\/p>\n<p>%<\/p>\n<p>\u00bb ! \u00bb<br \/>\n\u00bb DENOMINACI\u00d3N: AYUNTAMIENTO O ENTIDAD LOCAL MENOR N.I.F. REPRESENTANTE: N.I.F. CALLE\/PLAZA N\u00ba C.P. DOMICILIO: LOCALIDAD: PROVINCIA:<br \/>\nCALLE\/ PLAZA: N\u00ba C.P.<br \/>\nDOMICILIOA EFECTO DE NOTIFICACIONES:<br \/>\nLOCALIDAD: PROVINCIA: N\u00ba TEL\u00c9FONO: N\u00ba FAX: CORREO@:<br \/>\nSOLICITA, de acuerdo con el Decreto 154\/2018, de 18 de septiembre, por el que se regula el Programa colaborativo rural de acciones de atenci\u00f3n integral a personas en situaci\u00f3n o riesgo de exclusi\u00f3n social y se establecen las bases reguladoras de la concesi\u00f3n de subvenciones destinadas a dicho programa, en el \u00e1mbito de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura, la aprobaci\u00f3n del siguiente;<br \/>\n\u00bb &#8216;!\u00bb !<br \/>\n$ \u00bb DENOMINACI\u00d3N: FECHA INICIO PROYECTO FECHA FIN PROYECTO ESPECIALIDAD FORMATIVA: N\u00ba PARTICIPANTES<\/p>\n<p>AUTORIZA al SEXPE, para que compruebe sus datos personales mediante el Sistema de Verificaci\u00f3n de Datos de Identidad, seg\u00fan lo establecido por el Decreto 184\/2008, de 12 de septiembre, as\u00ed como para que pueda solicitar y recabar de los organismos p\u00fablicos correspondientes la informaci\u00f3n necesaria para comprobar los extremos referidos al cumplimiento de las obligaciones y condiciones derivadas del presente decreto.<br \/>\nAUTORIZA al SEXPE, a obtener directamente los datos que acrediten que el solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones con la Hacienda de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 125\/2005, de 26 de mayo.<br \/>\nLunes, 24 de septiembre de 2018 36046N\u00daMERO 186 Lunes, 24 de septiembre de 2018 36046N\u00daMERO 186<\/p>\n<p>D.\/D\u00aa.,&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;con, N.I.F&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;, en representaci\u00f3n de la entidad promotora &#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;.. con N.I.F. &#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;, y en relaci\u00f3n con la solicitud del proyecto denominado &#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;.. &#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;, 1. Declara que la entidad a la que represento no se encuentra incursa en ninguna de las circunstancias recogidas en el art\u00edculo 12 apartados 2 y 3 de la Ley 6\/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura que impiden obtener la condici\u00f3n de beneficiario. 2. DECLARAque para el mismo objeto\/s de actuaci\u00f3n, obra\/s o servicio\/s a realizar: (Marque lo que proceda) No haber solicitado y\/o recibido ayudas o subvenciones. Haber solicitado y\/o recibido las ayudas y\/o subvenciones que se detallan a continuaci\u00f3n para este proyecto:<br \/>\nOrganismo Normativa reguladora Fecha Cuant\u00eda<br \/>\n\u20ac \u20ac \u20ac<br \/>\nSolicitada<br \/>\n\u20ac \u20ac \u20ac \u20ac<br \/>\nRecibida<br \/>\n\u20ac<br \/>\nAs\u00ed mismo se compromete a comunicar al \u00f3rgano gestor cualquier nueva solicitud o concesi\u00f3n que se produzca con posterioridad a la presente declaraci\u00f3n. 3. DECLARA que son ciertos y veraces todos los datos incluidos en la solicitud y documentaci\u00f3n anexa, disponiendo de la documentaci\u00f3n acreditativa del cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa vigente para el desarrollo de la actividad, comprometi\u00e9ndose a mantener su cumplimiento durante la vigencia del proyecto, as\u00ed como a la actualizaci\u00f3n de los datos cuando se produzcan modificaciones sobre los mismos.<br \/>\n4. Declara que la entidad solicitante se encuentra al corriente con las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, seg\u00fan lo dispuesto en el art\u00edculo 12 apartado 8 de la ley 6\/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura y que se compromete a mantener el cumplimiento de dicho requisito durante el periodo de tiempo inherente al reconocimiento o ejercicio del derecho al cobro de la subvenci\u00f3n. (*)<br \/>\n(*) A efectos de acreditar el cumplimiento de los requisitos para acceder a la condici\u00f3n de beneficiario y para el abono de la subvenci\u00f3n, las entidades p\u00fablicas justificar\u00e1n estar al corriente en las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal y con la Seguridad Social, mediante declaraci\u00f3n responsable, que se incluir\u00e1 en la solicitud de concesi\u00f3n de subvenci\u00f3n, de conformidad a lo establecido en el art\u00edculo 12.8, de la Ley 6\/2011, de 23 de marzo.<br \/>\nLunes, 24 de septiembre de 2018 36047N\u00daMERO 186 Lunes, 24 de septiembre de 2018 36047N\u00daMERO 186<\/p>\n<p>%<br \/>\nYadjunta la siguiente DOCUMENTACI\u00d3N: Memoria\/Proyecto cumplimentado seg\u00fan el Anexo I-BIS del decreto, de las actuaciones a realizar y planos a escala y acotados de los inmuebles o espacios donde se realizar\u00e1 la formaci\u00f3n. Memoria Explicativa, en la forma de Memoria Valorada, Proyecto B\u00e1sico o Proyecto de Ejecuci\u00f3n, de las actuaciones a realizar, mediciones y presupuestos desglosados por cap\u00edtulos y partidas y planos a escala y acotados de los inmuebles o espacios donde se realizar\u00e1 la formaci\u00f3n, en el caso de que no sea formaci\u00f3n conducente a certificados de profesionalidad, y de los espacios en que los que se va a actuar, en los que se representen los estados inicial y final de los mismos. En su caso, Compromiso de inserci\u00f3n laboral de las empresas designadas en el plan formativo cumplimentando el modelo, que se recoge como Anexo II del decreto. Acuerdo de nombramiento de quien ostente la representaci\u00f3n, publicada, en su caso, en el diario oficial correspondiente o certificaci\u00f3n del Secretario de la entidad. Copia de la tarjeta fiscal de la entidad promotora y N.I.F. del representante, salvo que se haya otorgado autorizaci\u00f3n expresa para que estos datos puedan ser consultados de oficio por el \u00f3rgano instructor. Cuando se trate de agrupaciones de entidades promotoras previstas en el art\u00edculo 19 del mencionado decreto, se presentar\u00e1 el acuerdo en el que se recojan los compromisos de ejecuci\u00f3n asumidos por cada miembro de la agrupaci\u00f3n, nombramiento de representante o apoderado \u00fanico de la agrupaci\u00f3n con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, correspondan a la agrupaci\u00f3n y compromiso de no disoluci\u00f3n, hasta transcurrido el plazo de prescripci\u00f3n previsto en los art\u00edculos 45 y 70 de la Ley 6\/2011, de 23 de marzo. Certificaci\u00f3n acreditativa de la financiaci\u00f3n de aquella parte del proyecto que no financie el Servicio Extreme\u00f1o P\u00fablico de Empleo. Certificaci\u00f3n acreditativa de la titularidad jur\u00eddica del\/los objetos de actuaci\u00f3n y de disponibilidad para la ejecuci\u00f3n de la\/s obra\/s o prestaci\u00f3n de servicios, o en su caso, original o copia de la documentaci\u00f3n acreditativa de los t\u00e9rminos de la cesi\u00f3n. Original o copia de la documentaci\u00f3n derivada de las caracter\u00edsticas de la\/s obra\/s o servicios previstos: a) Estudios t\u00e9cnicos obligatorios para su ejecuci\u00f3n. b) Permisos administrativos emitidos por el \u00f3rgano competente, necesarios para el desarrollo de la actividad (normativa industrial, higi\u00e9nico sanitaria, patrimonio, aguas, etc). c) Informe de los servicios p\u00fablicos competentes en las acciones previstas. d) Informe t\u00e9cnico sobre el destino de los bienes o productos resultantes de los trabajos del alumnado trabajador, la repercusi\u00f3n en materia de competencia y la gesti\u00f3n contable y documental en relaci\u00f3n con la repercusi\u00f3n econ\u00f3mica en la subvenci\u00f3n. Alta en el subsistema de terceros, en el caso de que no figure a\u00fan en el subsistema de terceros. Compromisos, en su caso, de cooperaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n con otros agentes del territorio. Anexo III.<br \/>\nLunes, 24 de septiembre de 2018 36048N\u00daMERO 186 Lunes, 24 de septiembre de 2018 36048N\u00daMERO 186<br \/>\nDOCUMENTACI\u00d3N QUE NO SE ACOMPA\u00d1A POR HABER SIDO YA APORTADA EN OTRO EXPEDIENTE:<br \/>\nDocumento de que se trata N\u00ba Expediente \u00d3rgano ante el que se present\u00f3<br \/>\nFecha de presentaci\u00f3n<br \/>\nLos datos personales contenidos en la solicitud pueden ser tratados, automatizados e incorporados a los ficheros protegidos de SUBVENCIONES titularidad de la Consejer\u00eda de Educaci\u00f3n y Empleo y\/o Servicio Extreme\u00f1o P\u00fablico de Empleo, conforme a la Ley Org\u00e1nica 15\/1999, de 13 de diciembre, de Protecci\u00f3n de Datos de Car\u00e1cter Personal, podr\u00e1n ejercitarse los derechos de acceso, rectificaci\u00f3n, cancelaci\u00f3n y oposici\u00f3n, mediante escrito dirigido a la Consejer\u00eda de Educaci\u00f3n y Empleo y\/o Servicio Extreme\u00f1o P\u00fablico de Empleo.<br \/>\nAsimismo, SOLICITA la subvenci\u00f3n econ\u00f3mica correspondiente:&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;., suponiendo la presentaci\u00f3n de la presente solicitud la aceptaci\u00f3n de la misma, as\u00ed como de las obligaciones que de ella se derivan, sin perjuicio del derecho al desistimiento y la renuncia que pudiera ejercitar.<br \/>\nEn &#8230;&#8230;&#8230;, a &#8230;. de &#8230;&#8230;&#8230; de &#8230;&#8230;&#8230;<br \/>\n(Firma y Sello)<br \/>\nSR. DIRECTORGERENTE DEL SERVICIO EXTREME\u00d1O P\u00daBLICO DE EMPLEO.<br \/>\n# \u00ac \u201cUNA MANERA DE HACER EUROPA\u201d<br \/>\nLunes, 24 de septiembre de 2018 36049N\u00daMERO 186 Lunes, 24 de septiembre de 2018 36049N\u00daMERO 186<br \/>\nANEXO I-BIS<br \/>\nMEMORIA\/PROYECTO<br \/>\nPROGRAMA COLABORATIVO RURAL DE ACCIONES DE ATENCI\u00d3N INTEGRAL A PERSONAS EN SITUACI\u00d3N O EN RIESGO DE EXCLUSI\u00d3N SOCIAL<br \/>\n1.- DENOMINACI\u00d3N DEL PROYECTO:<br \/>\n1.1 Datos Entidad Promotora DENOMINACI\u00d3N: C.I.F. REPRESENTANTE: N.I.F. DOMICILIO: CALLE\/ PLAZA: N\u00ba C.P. LOCALIDAD: PROVINCIA: N\u00ba TEL\u00c9FONO: N\u00ba FAX:C ORREO@: PERSONA DE CONTACTO:C ARGO: N\u00ba T EL\u00c9FONO:<br \/>\n1.2 Caracter\u00edsticas del Proyecto DENOMINACI\u00d3N:<br \/>\nLOCALIDAD N\u00ba HABITANTES N\u00ba DEMANDANTES COLECTIVOS N\u00ba PARTICIPANTES<br \/>\nFECHA INICIO FECHA FIN DESARROLLO DE PROYECTOS EMPRENDEDORES E INNOVADORES EN EL TERRITORIO HOSTELER\u00cdA Y TURISMO ENERG\u00cdAS LIMPIAS ACTIVIDADES F\u00cdSICAS Y DEPORTIVAS ECONOM\u00cdA VERDE Y CIRCULAR TECNOLOG\u00cdAS DE LA INFORMACI\u00d3N Y LAS COMUNICACIONES \u00c1REA ESTRAT\u00c9GICA SOBRE LA QUE VERSA EL PROYECTO: AGROALIMENTARIA PROYECTO FORMATIVO VINCULADO A LA OBTENCI\u00d3N DE CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD SI NO<br \/>\n2.- PERFIL DE LOS\/AS DESTINATARIOS\/AS FINALES DELPROYECTO:<br \/>\n2.1- PERFIL DE LOS\/AS DESTINATARIOS\/AS PERFIL ACCESO DEL ALUMNADO:<br \/>\nLunes, 24 de septiembre de 2018 36050N\u00daMERO 186 Lunes, 24 de septiembre de 2018 36050N\u00daMERO 186<br \/>\n3.- DESCRIPCI\u00d3N DE LOSOBJETIVOS DELPROYECTO<br \/>\n3.1- OBJETIVOS DELPROYECTO OBJETIVOS:<br \/>\n4.- PLAN DEFORMACI\u00d3N:<br \/>\n4.1- FORMACI\u00d3N OCUPACIONAL: DESCRIPCI\u00d3N GENERAL DEL PLAN<br \/>\nESPECIALIDAD:&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;. FAMILIA PROFESIONAL:&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;. CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD(C\u00d3DIGO Y DENOMINACI\u00d3N):&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;.. CUALIFICACI\u00d3N PROFESIONAL(C\u00d3DIGO Y DENOMINACI\u00d3N)&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;.. ESPECIALIDAD FICHERO SEPE(C\u00d3DIGO Y DENOMINACI\u00d3N)&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;.. OTROS&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;<br \/>\nM\u00d3DULOS: (C\u00d3DIGO Y DENOMINACI\u00d3N DE LA UNIDAD FORMATIVA)<br \/>\nLA ESPECIALIDAD FORMATIVA DEBE COINCIDIR CON EL CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD, LA CUALIFICACI\u00d3N PROFESIONAL O LA ESPECIALIDAD DEL FICHERO DE ESPECIALIDADES DEL SEPE<br \/>\n4.2- FORMACI\u00d3N OCUPACIONAL: ITINERARIOS MODULARES ESPECIALIDAD: FAMILIA PROFESIONAL: CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD CUALIFICACI\u00d3N O PROGRAMA FORMATIVO:<br \/>\nM\u00d3DULO 1: C\u00d3DIGO: HORAS: OBJETIVOS<br \/>\nUNIDAD FORMATIVA 1 C\u00d3DIGO: HORAS: CONTENIDOS TE\u00d3RICO PR\u00c1CTICOS:<br \/>\nUNIDADES DE OBRA\/RESULTADOS\/SERVICIOS HORAS UNIDADES(M2, USUARIOS)<br \/>\nLunes, 24 de septiembre de 2018 36051N\u00daMERO 186 Lunes, 24 de septiembre de 2018 36051N\u00daMERO 186<br \/>\nSe desarrollar\u00e1n para la especialidad. Los contenidos de la formaci\u00f3n de los programas mencionados en el apartado anterior estar\u00e1n vinculados a la oferta formativa de las unidades de competencia de los certificados de profesionalidad de la especialidad relacionada con el oficio o puesto de trabajo previsto en el contrato laboral. De no tratarse de formaci\u00f3n conducente a la obtenci\u00f3n de certificado de profesionalidad, la formaci\u00f3n estar\u00e1 constituida por los contenidos de los m\u00f3dulos formativos de la correspondiente cualificaci\u00f3n incluida en el Cat\u00e1logo Nacional de Cualificaciones Profesionales, o en su defecto, por los contenidos m\u00ednimos orientativos establecidos en el Fichero de Especialidades Formativas para las ocupaciones o especialidades relativas al oficio o puesto de trajo contemplados en el contrato laboral, por los contenidos formativos que se aprueben por el Servicio Extreme\u00f1o P\u00fablico de Empleo.<br \/>\n4.3- ACOMPA\u00d1AMIENTO\/TUTORIZACI\u00d3N OBJETIVOS:<br \/>\nACTIVIDADES HORAS:<br \/>\nLa entidad promotora facilitar\u00e1 durante el proyecto acciones de acompa\u00f1amiento\/tutorizaci\u00f3n, como un proceso de gu\u00eda continuada en el desarrollo personal y profesional de cada participante, fortaleciendo su papel social, contribuyendo a mejorar su capacidad para la toma de decisiones. Las acciones se instrumentaran mediante t\u00e9cnicas de entrenamiento de habilidades y construcci\u00f3n de equipos, desarrollo de aspectos personales y aquellas que aborden competencias b\u00e1sicas y gen\u00e9ricas<br \/>\n5.- RECURSOS PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO:<br \/>\n5.1- LOCALIZACI\u00d3N, DISTRIBUCI\u00d3N Y CARACTER\u00cdSTICAS DE LOS ESPACIOS NECESARIOS PARA ELPERSONAL LOCALIZACI\u00d3N DESPACHOS YOFICINAS SALA DE REUNIONES ASEOS OTROS<br \/>\nJunto a esta descripci\u00f3n de las dependencias, se adjuntar\u00e1n planos de situaci\u00f3n y planos a escala y acotados de cada una de ellas.<br \/>\n5.2- LOCALIZACI\u00d3N, DISTRIBUCI\u00d3N Y CARACTER\u00cdSTICAS DE LOS ESPACIOS NECESARIOS PARA LA FORMACI\u00d3N LOCALIZACI\u00d3N AULASTE\u00d3RICAS TALLER ALMAC\u00c9N ASEOS OTROS<br \/>\nJunto a esta descripci\u00f3n de las dependencias, se adjuntar\u00e1n planos de situaci\u00f3n y planos a escala y acotados de cada una de ellas.<br \/>\nLunes, 24 de septiembre de 2018 36052N\u00daMERO 186 Lunes, 24 de septiembre de 2018 36052N\u00daMERO 186<br \/>\n5.3- RELACI\u00d3N DE EQUIPOS DE TRABAJO NECESARIOS PARA EL DESARROLLO DE LA FORMACI\u00d3N DISPONIBLE(2)<br \/>\n(2) Acompa\u00f1ar Certificado de propiedad, de disponibilidad y cesi\u00f3n para su uso en el proyecto<br \/>\n5.4 TRANSPORTE: NECESARIO S\u00ed No Por la Dispersi\u00f3n de las actuaciones PLAN DEACTUACI\u00d3N SEG\u00daNNECESIDADES DISPONIBILIDAD DEL TRANSPORTE Por la Dispersi\u00f3n del alumnado PLAN DEACTUACI\u00d3N SEG\u00daNNECESIDADES<br \/>\nDISPONIBILIDAD DEL TRANSPORTE<br \/>\n5.5- RECURSOS HUMANOS<br \/>\nDesglosar los puestos, las funciones a desarrollar por cada uno de ellos, el perfil profesional y las condiciones de contrataci\u00f3n (ver decreto)<br \/>\n6.- COMPROMISO DE INSERCI\u00d3N LABORAL 6.1 COMPROMISO DE INSERCI\u00d3N LABORAL EMPRESA NIF N\u00ba CONTRATOS JORNADA TIPO DE CONTRATO<br \/>\nLunes, 24 de septiembre de 2018 36053N\u00daMERO 186 Lunes, 24 de septiembre de 2018 36053N\u00daMERO 186<br \/>\n7.- COOPERACI\u00d3N Y COORDINACI\u00d3N CON OTROS AGENTES DEL TERRITORIO 7.1 COOPERACI\u00d3N Y COORDINACI\u00d3N CON OTROS AGENTES DEL TERRITORIO AGENTE DEL TERRITORIO COMPROMISOS QUE SE ASUMEN<br \/>\n8.- PRESUPUESTO Y FINANCIACI\u00d3N: 8.1 FINANCIACION SUBVENCI\u00d3N SEXPE N\u00ba CONTRATOS<br \/>\nHORAS IMPORTE SUBVENCI\u00d3N<br \/>\nTUTOR DOCENTEMODULO A * SUBTOTAL COSTES DIRECTOS<br \/>\nCOSTES INDIRECTOS (15 % M\u00f3dulo A)M \u00d3DULOB<br \/>\nTOTAL (1,01\u20ac\/hora\/participante)<br \/>\nM\u00d3DULOCOSTES SALARIALES YSS ALUMNADO\/TRABAJADOR<br \/>\nCOSTES SALARIALES YSS (4,89 \u20ac \/HORA\/PARTICIPANTE)<br \/>\nTOTAL<br \/>\n* Modulo A: Docente y t\u00e9cnico de acompa\u00f1amiento: 15,14 \u20ac\/hora, si hace labores de coordinaci\u00f3n uno de ellos a raz\u00f3n de 16,23 \u20ac\/hora. Hasta un m\u00e1ximo de 30.000 euros.<br \/>\n8.2- PRESUPUESTO DE INGRESOS<br \/>\nINGRESOS<br \/>\nENTIDAD PROMOTORA SERVICIO EXTREME\u00d1O P\u00daBLICO DE EMPLEO OTRAS ENTIDADES TOTALES<br \/>\n# \u00ac \u201cUNA MANERA DE HACER EUROPA\u201d<br \/>\nLunes, 24 de septiembre de 2018 36054N\u00daMERO 186 Lunes, 24 de septiembre de 2018 36054N\u00daMERO 186<br \/>\nANEXO II COMPROMISO DE INSERCI\u00d3N LABORAL La entidad _______________________________________________, con N.I.F.:______________, con domicilio a efectos de notificaciones, en ___________________________________ de ____________________________________________ C.P.______________, y Sede Social en _________________________________________________________ de __________________________________ C.P.:__________________, representada legalmente por D\/D\u00f1a._________________________________________, y con D.N.I:_________________, en calidad de ____________________________, y actividad econ\u00f3mica en el ep\u00edgrafe ________________, de conformidad con __________________________________________________________________ (1)<br \/>\nConforme a los requisitos del decreto por el que se regula el Programa Colaborativo Rural de acciones de atenci\u00f3n Integral a personas en situaci\u00f3n de riesgo de exclusi\u00f3n social y se establecen las bases reguladoras de la concesi\u00f3n de subvenciones destinadas a dicho programa, en el \u00e1mbito de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura<br \/>\nDECLARA RESPONSABLEMENTE: 1.-Que conoce el proyecto de acciones de atenci\u00f3n integral a personas en riesgo de exclusi\u00f3n social \u201c&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;..\u201d a realizar por la entidad &#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;. con N.I.F.; &#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;, solicitante de subvenci\u00f3n al amparo de lo establecido por el precitado decreto, dirigido a mejorar las posibilidades de inserci\u00f3n laboral y cualificaci\u00f3n de las personas desempleadas inscritas en el Servicio Extreme\u00f1o P\u00fablico de Empleo, en el \u00e1mbito de las pol\u00edticas activas de empleo mediante actuaciones integrales de empleo y formaci\u00f3n.<br \/>\n2- Que en el supuesto de que por el \u00f3rgano competente se dicte resoluci\u00f3n estimatoria de la solicitud de subvenci\u00f3n instada para la ejecuci\u00f3n del citado proyecto, se compromete responsablemente a la contrataci\u00f3n, en los tres meses posteriores a la finalizaci\u00f3n del mencionado proyecto, de&#8230;&#8230;&#8230;. (2) participantes, mediante contrato&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;.. (3), y por una duraci\u00f3n de al menos &#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;. meses a jornada &#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;.., oblig\u00e1ndose a prestar la colaboraci\u00f3n necesaria para el seguimiento y comprobaci\u00f3n por el \u00f3rgano gestor de las obligaciones de inserci\u00f3n laboral adquiridas por la entidad promotora.<br \/>\nY para que conste expido la presente en, &#8230;&#8230;&#8230;de&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;..de 201&#8230; .<br \/>\nFdo&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230; SR. DIRECTOR GERENTE DEL SEXPE. (1) Documento acreditativo del objeto social de la entidad debidamente inscrito en los registros correspondientes, o modelo de alta en el Impuesto de Actividades Econ\u00f3micas. (2) N\u00famero de alumnos\/as. (3)Tipo de contrato (indefinido, duraci\u00f3n determinada, etc.).<br \/>\n# \u00ac \u201cUNA MANERA DE HACER EUROPA\u201d<br \/>\nLunes, 24 de septiembre de 2018 36055N\u00daMERO 186 Lunes, 24 de septiembre de 2018 36055N\u00daMERO 186<br \/>\nANEXO III COMPROMISO PARTICIPACI\u00d3N\/COORDINACI\u00d3N DE LOS AGENTES DEL TERRITORIO<br \/>\nPROGRAMA COLABORATIVO RURAL DE ACCIONES DE ATENCI\u00d3N INTEGRAL A PERSONAS EN SITUACI\u00d3N O EN RIESGO DE EXCLUSI\u00d3N SOCIAL<br \/>\nD.\/D\u00f1a._____________________________________________, con D.N.I.______________ en representaci\u00f3n de la entidad ___________________________________________________, con NIF_________________<br \/>\nDECLARA RESPONSABLEMENTE:<br \/>\n1.- Que conoce el proyecto del Programa Colaborativo Rural de Acciones de Atenci\u00f3n Integral a Personas en Situaci\u00f3n o en Riesgo de Exclusi\u00f3n Social a realizar por la entidad_________________________________________________________________, con N.I.F.:_____________________________, solicitante de subvenci\u00f3n al amparo de lo establecido por el decreto de bases reguladoras<br \/>\n2.- Que dicha entidad cooperar\u00e1 y se coordinar\u00e1 en el Programa precitado seg\u00fan los t\u00e9rminos y compromisos que se describen a continuaci\u00f3n:<br \/>\na.____________________________________________________________________________<br \/>\nb.____________________________________________________________________________<br \/>\nc.____________________________________________________________________________<br \/>\nY para que conste expido la presente en, &#8230;&#8230;&#8230;.de&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;..de 201&#8230;&#8230;.<br \/>\nFdo&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;<br \/>\n# \u00ac \u201cUNA MANERA DE HACER EUROPA\u201d<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 154\/2018, de 18 de septiembre, por el que se regula el Programa Colaborativo Rural de acciones de atenci\u00f3n integral a personas en situaci\u00f3n o en riesgo de exclusi\u00f3n social y se establecen las bases reguladoras de la concesi\u00f3n de subvenciones destinadas a dicho programa, en el \u00e1mbito de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[2814,4,2812,2815],"tags":[1519],"class_list":["post-13381","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-contratacion","category-novedades-normativas","category-presupuestos","category-retribuciones-personal-publico","tag-extremadurasubvenciones"],"acf":[],"yoast_head":"<!-- This site is optimized with the Yoast SEO plugin v28.6 - 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