{"id":13455,"date":"2020-12-23T12:47:13","date_gmt":"2020-12-23T12:47:13","guid":{"rendered":"https:\/\/normativamunicipal.com\/uncategorized\/funcionario-de-administracion-local-extremadura\/"},"modified":"2020-12-24T11:28:35","modified_gmt":"2020-12-24T11:28:35","slug":"funcionario-de-administracion-local-extremadura","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=13455","title":{"rendered":"Funcionario de Administraci\u00f3n Local EXTREMADURA"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\"><strong>ORDEN de 30 de octubre de 2018 por la que se convoca proceso selectivo para la elaboraci\u00f3n de una relaci\u00f3n de personas candidatas para la provisi\u00f3n de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, subescala de Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n, mediante nombramiento interino, en Entidades Locales de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><!--more-->[sc name=\u00bbsecretario\u00bb ]<br \/>\nEl Real Decreto 128\/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el r\u00e9gimen jur\u00eddico de los funcionarios de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, cuyos preceptos tienen car\u00e1cter de normas b\u00e1sicas de acuerdo con su disposici\u00f3n final primera, establece que cuando no fuese posible la provisi\u00f3n de los puestos reservados por personal funcionario de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, las corporaciones locales podr\u00e1n proponer a la Comunidad Aut\u00f3noma el nombramiento interino de personal funcionario, que deber\u00e1 estar en posesi\u00f3n de la titulaci\u00f3n exigida para el acceso al subgrupo A1.<br \/>\nSin perjuicio de esta premisa, el citado texto legal se\u00f1ala que las Comunidades Aut\u00f3nomas podr\u00e1n constituir, en su \u00e1mbito territorial, relaci\u00f3n de personas candidatas propia para la provisi\u00f3n, con car\u00e1cter interino, de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional. Para la constituci\u00f3n de dicha relaci\u00f3n, la Comunidad Aut\u00f3noma podr\u00e1 convocar la celebraci\u00f3n de las correspondientes pruebas de aptitud, con respeto a los principios de igualdad, m\u00e9rito, capacidad y publicidad. Se dar\u00e1 preferencia, para la constituci\u00f3n de la mencionada relaci\u00f3n de personas candidatas, a quienes sean aspirantes que hayan aprobado alg\u00fan ejercicio de las pruebas de acceso a la subescala correspondiente.<br \/>\nNo obstante, el nombramiento de personal funcionario interino previamente seleccionado por la Comunidad Aut\u00f3noma s\u00f3lo se efectuar\u00e1 cuando la corporaci\u00f3n local no proponga a personal funcionario previamente seleccionado por ella. Asimismo, la resoluci\u00f3n del nombramiento se efectuar\u00e1 por el \u00f3rgano competente de la Comunidad Aut\u00f3noma respectiva, debiendo quedar acreditado en el expediente la imposibilidad de proveer el puesto por personal funcionario con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional.<br \/>\nEn el \u00e1mbito de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura, el Decreto 162\/2018, de 2 de octubre, sobre el procedimiento de selecci\u00f3n y nombramientos con car\u00e1cter interino para desempe\u00f1ar puestos de trabajo reservados a personal funcionario de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, tiene por objeto velar por el cumplimiento de los<br \/>\nJueves, 8 de noviembre de 2018 41664N\u00daMERO 217<br \/>\nprincipios mencionados en la selecci\u00f3n de la persona que, con car\u00e1cter interino, haya de desempe\u00f1ar las funciones reservadas al personal con habilitaci\u00f3n nacional, mediante la articulaci\u00f3n de un procedimiento que permita que todo ello quede debidamente garantizado; sin perjuicio de la facultad de las corporaciones locales para convocar las pruebas selectivas correspondientes. Todo lo cual, con base en el art\u00edculo 53 del citado Real Decreto 128\/2018, de 16 de marzo.<br \/>\nPor lo expuesto, la Consejer\u00eda de Medio Ambiente y Rural, Pol\u00edticas Agrarias y Territorio ha resuelto convocar un proceso selectivo para la elaboraci\u00f3n de una relaci\u00f3n de personas candidatas para la provisi\u00f3n temporal de puestos de trabajo reservados a personal funcionario con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, subescala de Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n, mediante nombramiento interino.<br \/>\nEsta convocatoria persigue la finalidad de atender con la mayor rapidez posible las necesidades de provisi\u00f3n temporal de puestos de trabajo reservados a personal funcionario con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, subescala de Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n, de las entidades locales de Extremadura, que se pudieran producir en el futuro; de acuerdo, asimismo, con el art\u00edculo 10.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto B\u00e1sico del Empleado P\u00fablico, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5\/2015, de 30 de octubre, en virtud del cual, la selecci\u00f3n de personal funcionario interino habr\u00e1 de realizarse mediante procedimientos \u00e1giles que respeten en todo caso los principios de igualdad, m\u00e9rito, capacidad y publicidad.<br \/>\nDel mismo modo, la presente convocatoria cumple con el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres en relaci\u00f3n al acceso al empleo, conforme con el art\u00edculo 14 de la Constituci\u00f3n Espa\u00f1ola, la Ley Org\u00e1nica 3\/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y la Ley 8\/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de g\u00e9nero en Extremadura; y se desarrollar\u00e1 conforme con las siguientes:<br \/>\nBASES<br \/>\nPrimera. Normas generales.<br \/>\n1.1. La presente orden tiene por objeto convocar pruebas selectivas para la constituci\u00f3n de una relaci\u00f3n de personas candidatas para la provisi\u00f3n temporal de los puestos de trabajo reservados a personal funcionario de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, subescala de Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n, mediante nombramiento interino, en entidades locales de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura.<br \/>\n1.2. El orden de la relaci\u00f3n de personas candidatas que se constituya con quienes superen las pruebas selectivas se formar\u00e1, de mayor a menor, seg\u00fan la puntuaci\u00f3n obtenida en dichas pruebas. La plaza vacante ser\u00e1 ofertada a la persona candidata que corresponda en virtud de este orden de prelaci\u00f3n.<br \/>\nJueves, 8 de noviembre de 2018 41665N\u00daMERO 217<br \/>\n1.3. No se incluir\u00e1n en la relaci\u00f3n de personas candidatas a quienes procedan de las relaciones constituidas en las corporaciones locales.<br \/>\n1.4. Esta relaci\u00f3n de personas candidatas estar\u00e1 a disposici\u00f3n de todas las entidades locales de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura para el supuesto en que, teniendo la necesidad de cubrir plazas reservadas a personal funcionario de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, subescala de Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n, no pudieran hacerlo mediante nombramiento provisional, acumulaci\u00f3n de funciones o comisi\u00f3n de servicios a favor de personal funcionario habilitado, de conformidad con los art\u00edculos 49, 50 y 51 del Real Decreto 128\/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el r\u00e9gimen jur\u00eddico de los funcionarios de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional; y siempre que dichas entidades locales no hubieran optado por efectuar su selecci\u00f3n propia.<br \/>\n1.5. De acuerdo con lo dispuesto en el apartado anterior, el nombramiento con car\u00e1cter interino se producir\u00e1 cuando alguna entidad local interesada proponga dicho nombramiento al \u00f3rgano auton\u00f3mico competente en materia de administraci\u00f3n local por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia, y que previamente haya agotado las formas preferentes de provisi\u00f3n temporal.<br \/>\n1.6. La relaci\u00f3n de personas candidatas resultante del desarrollo de la presente convocatoria tendr\u00e1 una vigencia m\u00e1xima de cuatro a\u00f1os desde su publicaci\u00f3n en el Diario Oficial de Extremadura. En todo caso, ser\u00e1 sustituida por la relaci\u00f3n que se formase con motivo de la convocatoria que resulte de un nuevo proceso selectivo.<br \/>\nAsimismo, esta convocatoria sustituye a la Orden de 3 de noviembre de 2015 (publicada en el DOE n.\u00ba 221, de 17 de noviembre de 2015) por la que se convoca proceso selectivo para la elaboraci\u00f3n de una relaci\u00f3n de candidatos para la provisi\u00f3n de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, subescala de Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n, mediante nombramiento interino, en entidades locales de Extremadura.<br \/>\n1.7. Las bases de esta convocatoria, as\u00ed como sus anexos, podr\u00e1n consultarse en Internet, en el \u00e1rea de Administraci\u00f3n Local del portal del ciudadano de la Junta de Extremadura; en concreto en la siguiente direcci\u00f3n:<br \/>\nhttps:\/\/ciudadano.juntaex.es\/web\/administracion-local.<br \/>\nSegunda. Requisitos de las personas aspirantes.<br \/>\n2.1. Para la admisi\u00f3n en la realizaci\u00f3n del proceso selectivo, quienes sean aspirantes deber\u00e1n poseer, el d\u00eda de finalizaci\u00f3n del plazo de presentaci\u00f3n de solicitudes, los siguientes requisitos:<br \/>\n1) Nacionalidad. Tener la nacionalidad espa\u00f1ola, de conformidad con lo establecido en el art\u00edculo 19.1 del citado Real Decreto 128\/2018, de 16 de marzo, que se remite a lo<br \/>\nJueves, 8 de noviembre de 2018 41666N\u00daMERO 217<br \/>\ndispuesto en el art\u00edculo 4 del Real Decreto 543\/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo p\u00fablico de la Administraci\u00f3n General del Estado y sus organismos p\u00fablicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicaci\u00f3n el derecho a la libre circulaci\u00f3n de personas trabajadoras.<br \/>\n2) Edad. Tener cumplidos los 16 a\u00f1os y no exceder de la edad m\u00e1xima de jubilaci\u00f3n forzosa.<br \/>\n3) Titulaci\u00f3n. Estar en posesi\u00f3n o en condiciones de obtener en la fecha de terminaci\u00f3n del plazo de presentaci\u00f3n de solicitudes, la titulaci\u00f3n universitaria exigida para el ingreso en los cuerpos o escalas clasificados en el subgrupo A1, en virtud de lo previsto en el texto refundido de la Ley del Estatuto B\u00e1sico del Empleado P\u00fablico, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5\/2015, de 30 de octubre.<br \/>\nQuienes sean aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deber\u00e1n acreditar que se encuentran en posesi\u00f3n de la correspondiente homologaci\u00f3n del t\u00edtulo. No obstante, este requisito no ser\u00e1 exigido a aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificaci\u00f3n profesional, en el \u00e1mbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.<br \/>\n4) Capacidad. Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempe\u00f1o de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento.<br \/>\n5) Habilitaci\u00f3n. No haber sido persona separada, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier Administraci\u00f3n P\u00fablica o de los \u00f3rganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Aut\u00f3nomas, ni hallarse en inhabilitaci\u00f3n absoluta o especial para empleos o cargos p\u00fablicos por resoluci\u00f3n judicial, o para el acceso a la escala de personal funcionario con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional.<br \/>\n2.2. Los requisitos dispuestos en esta base deber\u00e1n mantenerse durante todo el proceso de selecci\u00f3n, as\u00ed como hasta la toma de posesi\u00f3n como personal funcionario interino, y acreditarse en el momento que se soliciten en el modo que se indica en la base d\u00e9cima.<br \/>\nTercera. Solicitudes.<br \/>\n3.1. Quienes deseen participar en el proceso selectivo deber\u00e1n cumplimentar el formulario de solicitud de acuerdo con el anexo I de esta convocatoria, al que se acceder\u00e1 a trav\u00e9s de Internet, en el \u00e1rea de Administraci\u00f3n Local del portal del ciudadano de la Junta de Extremadura; en concreto en la siguiente direcci\u00f3n:<br \/>\nhttps:\/\/ciudadano.juntaex.es\/web\/administracion-local.<br \/>\n3.2. Lugar de presentaci\u00f3n. Las solicitudes ir\u00e1n dirigidas a la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local de la Consejer\u00eda de Medio Ambiente y Rural, Pol\u00edticas Agrarias y Territorio, sita en Avenida Valhondo, s\/n, edificio III Milenio, m\u00f3dulo 2, planta 2.\u00aa, de M\u00e9rida.<br \/>\nJueves, 8 de noviembre de 2018 41667N\u00daMERO 217<br \/>\nLas solicitudes, una vez cumplimentadas v\u00eda Internet, deber\u00e1n ser impresas y, tras procederse al abono de la tasa se\u00f1alada en la base 3.4, podr\u00e1n ser presentadas en las dependencias de la citada Consejer\u00eda, en cualquiera de los registros u oficinas a que se refiere el art\u00edculo 7.1 del Decreto 257\/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un sistema de Registro \u00danico y se regulan las funciones administrativas del mismo en el \u00e1mbito de la Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura, o por cualquiera de las formas previstas en el art\u00edculo 16 de la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas.<br \/>\n3.3. Plazo de presentaci\u00f3n. El plazo de presentaci\u00f3n de solicitudes ser\u00e1 de diez d\u00edas h\u00e1biles contados a partir del d\u00eda siguiente al de la publicaci\u00f3n de esta convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.<br \/>\n3.4. Documentaci\u00f3n a presentar junto con la solicitud y derechos de examen.<br \/>\nLa presentaci\u00f3n de las solicitudes por las personas interesadas conllevar\u00e1 la autorizaci\u00f3n al \u00f3rgano auton\u00f3mico competente en materia de administraci\u00f3n local para la consulta de los datos de identidad o residencia, seg\u00fan lo establecido en el Decreto 184\/2008, de 12 de septiembre, por el que se suprime la obligaci\u00f3n para los interesados de presentar la fotocopia de los documentos identificativos oficiales y el certificado de empadronamiento en los procedimientos administrativos de la Administraci\u00f3n de la Junta de Extremadura y de sus organismos p\u00fablicos vinculados o dependientes. No obstante, quien sea solicitante podr\u00e1 denegar el consentimiento indic\u00e1ndolo expresamente en el modelo normalizado de solicitud, debiendo presentar, en su caso, copia del Documento Nacional de Identidad.<br \/>\nQuienes sean aspirantes con discapacidad podr\u00e1n solicitar, en la instancia, las adaptaciones en tiempo y medios necesarios para la realizaci\u00f3n de las pruebas. A tal efecto, el tribunal atender\u00e1 a lo dispuesto en la Orden PRE\/1822\/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptaci\u00f3n de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo p\u00fablico de personas con discapacidad (publicada en Bolet\u00edn Oficial del Estado n.\u00ba 140, de 13 de junio). Igualmente, deber\u00e1n aportar el dictamen t\u00e9cnico facultativo emitido por el \u00f3rgano t\u00e9cnico de calificaci\u00f3n del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencias que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el tribunal pueda valorar la procedencia o no de la concesi\u00f3n de la adaptaci\u00f3n solicitada.<br \/>\nDe acuerdo con la Resoluci\u00f3n de 25 de enero de 2018, de la Vicepresidenta y Consejera, por la que se publican las tarifas actualizadas de las tasas y precios p\u00fablicos de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura en virtud de lo dispuesto en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura para 2018 (publicada en el DOE n.\u00ba 22, de 31 de enero), la tasa por derechos de examen se<br \/>\nJueves, 8 de noviembre de 2018 41668N\u00daMERO 217<br \/>\nfija en la cantidad de 18,51 euros por solicitud, que se abonar\u00e1n a trav\u00e9s del modelo de instancia en cualquier entidad colaboradora. Una vez abonado el importe de la tasa en la entidad bancaria, quienes sean aspirantes presentar\u00e1n la solicitud adjuntando la documentaci\u00f3n correspondiente de conformidad con lo establecido en la presente base. En ning\u00fan caso, el abono de la tasa por derechos de examen en las oficinas bancarias podr\u00e1 sustituir al tr\u00e1mite de presentaci\u00f3n de la solicitud de participaci\u00f3n en tiempo y forma.<br \/>\nAsimismo, la tasa por derechos de examen se fija en la cantidad de 9,255 euros por solicitud para las personas participantes que se encuentren en situaci\u00f3n legal de desempleo durante, al menos, los tres meses inmediatamente anteriores a la fecha de publicaci\u00f3n en el Diario Oficial de Extremadura de la presente convocatoria; en el citado plazo, quienes sean solicitantes deber\u00e1n encontrarse sin ocupaci\u00f3n laboral efectiva en el sistema de la Seguridad Social. La situaci\u00f3n de desempleo se acreditar\u00e1 mediante informe de la vida laboral expedido por la Tesorer\u00eda General de la Seguridad Social.<br \/>\nCorresponder\u00e1 la exenci\u00f3n del pago de la tasa por derechos de examen a quienes sean:<br \/>\na) Aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, debiendo presentar, junto con la solicitud, certificado acreditativo de tal condici\u00f3n.<br \/>\nb) Aspirantes que tengan la condici\u00f3n de v\u00edctimas del terrorismo, c\u00f3nyuges o parejas de hecho, as\u00ed como sus hijos e hijas; debiendo presentar, junto con la solicitud, certificado acreditativo de tal condici\u00f3n.<br \/>\nc) Aspirantes con la consideraci\u00f3n de v\u00edctimas de violencia de g\u00e9nero que se encuentren en el \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n de la Ley Org\u00e1nica 1\/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protecci\u00f3n integral contra la violencia de g\u00e9nero, y que as\u00ed lo acrediten.<br \/>\nLos derechos de examen ingresados se les reintegrar\u00e1n a las personas aspirantes que acrediten la condici\u00f3n de tercer o ulterior hijo o hija dependiente de sus progenitores, cuando el domicilio familiar radique en Extremadura con dos a\u00f1os de antelaci\u00f3n a la solicitud del beneficio fiscal y que la unidad familiar tenga unas rentas menores cinco veces al salario m\u00ednimo interprofesional (SMI), siempre que efectivamente participen en las pruebas selectivas que se convocan y soliciten la devoluci\u00f3n del ingreso.<br \/>\nNo ser\u00e1 procedente la devoluci\u00f3n de la tasa en los supuestos de exclusi\u00f3n de participaci\u00f3n en el proceso selectivo por causa imputable a la persona interesada.<br \/>\nLa falta de justificaci\u00f3n del abono de los derechos de examen o de encontrarse en exenci\u00f3n del pago de la tasa, determinar\u00e1 la inadmisi\u00f3n de quien sea aspirante.<br \/>\nJueves, 8 de noviembre de 2018 41669N\u00daMERO 217<br \/>\nCuarta. Admisi\u00f3n de aspirantes.<br \/>\n4.1. Finalizado el plazo de presentaci\u00f3n de instancias, el \u00f3rgano auton\u00f3mico competente en materia de administraci\u00f3n local dictar\u00e1 acuerdo, en el plazo m\u00e1ximo de veinte d\u00edas naturales, declarando aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas, con indicaci\u00f3n de las causas de exclusi\u00f3n y el plazo de subsanaci\u00f3n de defectos. En dicho acuerdo, que deber\u00e1 publicarse en el Diario Oficial de Extremadura, se indicar\u00e1n los lugares en que se encuentran expuestas al p\u00fablico las listas de personas admitidas y excluidas, se\u00f1alando un plazo de cinco d\u00edas h\u00e1biles para la subsanaci\u00f3n de errores y reclamaciones. Asimismo, quienes sean aspirantes que hayan detectado errores en la consignaci\u00f3n de sus datos personales podr\u00e1n manifestarlo en el mismo plazo.<br \/>\nSe producir\u00e1 la exclusi\u00f3n definitiva del proceso selectivo para quienes sean aspirantes que, dentro del plazo se\u00f1alado, no subsanen el defecto que motiv\u00f3 su exclusi\u00f3n o no presenten reclamaci\u00f3n justificando su derecho a la inclusi\u00f3n en la lista de personas admitidas. Ser\u00e1 insubsanable la presentaci\u00f3n de la instancia fuera del plazo establecido.<br \/>\n4.2. Resueltas las alegaciones presentadas, se dictar\u00e1 resoluci\u00f3n declarando aprobadas las listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas del proceso selectivo. Esta resoluci\u00f3n ser\u00e1 publicada en el Diario Oficial de Extremadura, con indicaci\u00f3n de los lugares en que se encuentran expuestas al p\u00fablico.<br \/>\nQuinta. Tribunal de selecci\u00f3n.<br \/>\n5.1. El \u00f3rgano de selecci\u00f3n encargado de la calificaci\u00f3n de las presentes pruebas selectivas estar\u00e1 integrado por cinco miembros y sus correspondientes suplentes, y cumplir\u00e1 con lo preceptuado por el art\u00edculo 51.1 d) de la Ley 8\/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de g\u00e9nero en Extremadura. Este \u00f3rgano de selecci\u00f3n ser\u00e1 el que figura en el anexo II de esta convocatoria.<br \/>\n5.2. Las organizaciones sindicales que ostenten representaci\u00f3n en el \u00e1mbito de personal de la Administraci\u00f3n General de la funci\u00f3n p\u00fablica de la Junta de Extremadura podr\u00e1n participar en calidad de personal observador en el desarrollo del proceso selectivo.<br \/>\n5.3. El procedimiento de actuaci\u00f3n del tribunal se ajustar\u00e1 a lo dispuesto, para los \u00f3rganos colegiados, en la Ley 40\/2015, de 1 de octubre, de R\u00e9gimen Jur\u00eddico del Sector P\u00fablico, as\u00ed como en la normativa reguladora del procedimiento de selecci\u00f3n de personal funcionario de Administraci\u00f3n Local.<br \/>\nLos miembros del tribunal deber\u00e1n abstenerse de intervenir, previa notificaci\u00f3n al \u00f3rgano auton\u00f3mico competente en materia de administraci\u00f3n local, cuando concurran en dichos miembros cualquiera de las circunstancias previstas en el art\u00edculo 23<br \/>\nJueves, 8 de noviembre de 2018 41670N\u00daMERO 217<br \/>\nde la citada Ley 40\/2015, de 1 de octubre, o si hubieran realizado tareas de preparaci\u00f3n de aspirantes en los cinco a\u00f1os anteriores a la publicaci\u00f3n de esta convocatoria, siempre que las mismas correspondan al acceso a cualquiera de las subescalas de la escala de personal funcionario de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional.<br \/>\nAsimismo, y en virtud de lo dispuesto en el art\u00edculo 24 del referido texto legal, quienes sean aspirantes, en cualquier momento de la tramitaci\u00f3n del procedimiento, podr\u00e1n promover su recusaci\u00f3n cuando concurran las circunstancias previstas en el apartado anterior.<br \/>\n5.4. Corresponder\u00e1 al tribunal la consideraci\u00f3n, verificaci\u00f3n y apreciaci\u00f3n de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo del proceso selectivo, adoptando, al respecto, las decisiones motivadas que estime oportunas.<br \/>\n5.5. El tribunal de selecci\u00f3n podr\u00e1 disponer, si lo considera necesario, la incorporaci\u00f3n a sus trabajos de personal asesor especialista para las pruebas selectivas; limit\u00e1ndose tal personal a prestar colaboraci\u00f3n en sus especialidades t\u00e9cnicas.<br \/>\n5.6. A efectos de comunicaci\u00f3n y dem\u00e1s incidencias, el tribunal tendr\u00e1 su sede en la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local de la Consejer\u00eda de Medio Ambiente y Rural, Pol\u00edticas Agrarias y Territorio, sita en Avenida Valhondo, s\/n, edificio III Milenio, m\u00f3dulo 2, planta 2.\u00aa, de M\u00e9rida.<br \/>\n5.7. El tribunal que act\u00fae en estas pruebas selectivas tendr\u00e1 la categor\u00eda primera, de acuerdo con lo establecido en el art\u00edculo 23 del Decreto 287\/2007, de 3 de agosto, sobre indemnizaciones por raz\u00f3n del servicio.<br \/>\nSexta. Procedimiento de selecci\u00f3n.<br \/>\n6.1. El proceso selectivo se realizar\u00e1 mediante el sistema de concurso-oposici\u00f3n, con las valoraciones y puntuaciones que se especifican en la presente base.<br \/>\n6.2. PRIMERA FASE: fase de oposici\u00f3n, que tendr\u00e1 car\u00e1cter eliminatorio y perseguir\u00e1 el objeto de conocer las aptitudes de quienes sean aspirantes para el desarrollo de las funciones propias de los puestos de trabajo a los que se aspira.<br \/>\nLa prueba selectiva correspondiente a esta fase consistir\u00e1 en la resoluci\u00f3n por escrito, durante un plazo m\u00e1ximo de tres horas a determinar por el tribunal, de dos supuestos pr\u00e1cticos propuestos por el tribunal, correspondiendo uno a materias jur\u00eddicas y otro a materias econ\u00f3micas (si bien el supuesto econ\u00f3mico se limitar\u00e1 a las materias de tributos locales y gesti\u00f3n presupuestaria), y que versar\u00e1 sobre el programa de materias que figuran en el anexo V de la presente convocatoria. Asimismo, para la realizaci\u00f3n de esta prueba se permitir\u00e1 la consulta de legislaci\u00f3n no comentada y en soporte papel.<br \/>\nJueves, 8 de noviembre de 2018 41671N\u00daMERO 217<br \/>\nEn este ejercicio se apreciar\u00e1 la capacidad de an\u00e1lisis y la aplicaci\u00f3n razonada de los conocimientos te\u00f3ricos a la resoluci\u00f3n de los problemas pr\u00e1cticos plantados.<br \/>\nEsta prueba ser\u00e1 calificada con un m\u00e1ximo de 60 puntos, valor\u00e1ndose de la siguiente manera:<br \/>\na) El supuesto pr\u00e1ctico en materia jur\u00eddica tendr\u00e1 una valoraci\u00f3n de 0 a 40 puntos.<br \/>\nb) El supuesto pr\u00e1ctico en materia econ\u00f3mica tendr\u00e1 una valoraci\u00f3n de 0 a 20 puntos.<br \/>\nPara la superaci\u00f3n de esta prueba y tener la declaraci\u00f3n apta a favor de quienes sean aspirantes, ser\u00e1 necesario la obtenci\u00f3n de un m\u00ednimo de 30 puntos. Las calificaciones de esta prueba se har\u00e1n p\u00fablicas en el tabl\u00f3n de anuncios de la Consejer\u00eda de Medio Ambiente y Rural, Pol\u00edticas Agrarias y Territorio, as\u00ed como a trav\u00e9s de la siguiente direcci\u00f3n de internet:<br \/>\nhttps:\/\/ciudadano.juntaex.es\/web\/administracion-local.<br \/>\n6.3. SEGUNDA FASE: fase de concurso, que no tendr\u00e1 car\u00e1cter eliminatorio y tomar\u00e1 en cuenta la valoraci\u00f3n de los siguientes m\u00e9ritos, asign\u00e1ndose una puntuaci\u00f3n m\u00e1xima de 40 puntos:<br \/>\n6.3.1. Superaci\u00f3n de ejercicios en pruebas selectivas o procesos selectivos para la constituci\u00f3n de relaciones de personas candidatas (m\u00e1ximo 22 puntos):<br \/>\na) La superaci\u00f3n de alguno de los ejercicios correspondientes a las pruebas selectivas de acceso, como personal funcionario de carrera, a la subescala de Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n de la escala de personal funcionario de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, convocadas por el Ministerio con competencias en Administraciones P\u00fablicas o por las Comunidades Aut\u00f3nomas. Cada ejercicio superado se valorar\u00e1 con 2 puntos por ejercicio, hasta un m\u00e1ximo de 12 puntos.<br \/>\nb) La superaci\u00f3n de alguno de los ejercicios correspondientes a las pruebas selectivas de acceso, como personal funcionario de carrera, a las subescalas de Secretar\u00eda o de Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda, de la escala de personal funcionario de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, convocadas por el Ministerio con competencias en Administraciones P\u00fablicas o por las Comunidades Aut\u00f3nomas. Cada ejercicio superado se valorar\u00e1 con 1 punto por ejercicio, hasta un m\u00e1ximo de 10 puntos.<br \/>\nLos ejercicios superados en pruebas selectivas se acreditar\u00e1n mediante certificaci\u00f3n expedida por el tribunal de selecci\u00f3n correspondiente o por el \u00f3rgano en cuyos archivos se custodie el expediente administrativo del proceso selectivo de que se trate.<br \/>\nJueves, 8 de noviembre de 2018 41672N\u00daMERO 217<br \/>\n6.3.2. Experiencia profesional (m\u00e1ximo 18 puntos): los servicios prestados se valorar\u00e1n por mes trabajado. En los certificados de servicios prestados, el tiempo que aparezca expresado en a\u00f1os se transformar\u00e1 en meses (a raz\u00f3n de doce meses por a\u00f1o) y el expresado en d\u00edas se transformar\u00e1 en meses (a raz\u00f3n de treinta d\u00edas por mes). De este modo, ser\u00e1n objeto de valoraci\u00f3n:<br \/>\na) Los servicios prestados en entidades locales como personal funcionario interino, en puestos reservados a la subescala de Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n de la escala de personal funcionario de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional. Estos servicios se valorar\u00e1n hasta un m\u00e1ximo de 10 puntos, con 0,4 puntos por mes completo trabajado.<br \/>\nb) Los servicios prestados en entidades locales como personal funcionario interino, en puestos reservados a las subescalas de Secretar\u00eda o de Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda, de la escala de personal funcionario de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional. Estos servicios se valorar\u00e1n hasta un m\u00e1ximo de 8 puntos, con 0,2 puntos por mes completo trabajado.<br \/>\nLa experiencia profesional se acreditar\u00e1 mediante certificaci\u00f3n emitida por la secretar\u00eda de la entidad local correspondiente, junto con la copia aut\u00e9ntica u original del nombramiento otorgado por el \u00f3rgano competente de las Comunidades Aut\u00f3nomas o del Ministerio que lo hubiere expedido.<br \/>\n6.4. La calificaci\u00f3n final del proceso selectivo vendr\u00e1 determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada una de las fases que lo componen.<br \/>\nS\u00e9ptima. Desarrollo del procedimiento de selecci\u00f3n.<br \/>\n7.1. El lugar, fecha y hora de realizaci\u00f3n del ejercicio obligatorio y de car\u00e1cter eliminatorio de la fase de oposici\u00f3n se anunciar\u00e1 oportunamente mediante resoluci\u00f3n de la persona titular del \u00f3rgano auton\u00f3mico competente en materia de administraci\u00f3n local, publicada en el Diario Oficial de Extremadura.<br \/>\nSe realizar\u00e1 un llamamiento \u00fanico a quienes sean aspirantes para la realizaci\u00f3n de la prueba selectiva correspondiente a la fase de oposici\u00f3n, implicando la exclusi\u00f3n del proceso selectivo de quienes no comparezcan, salvo los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el tribunal de selecci\u00f3n.<br \/>\nEn cualquier momento del desarrollo de la prueba selectiva, el tribunal podr\u00e1 requerir a aspirantes para que acrediten su identidad.<br \/>\n7.2. El tribunal de selecci\u00f3n publicar\u00e1 en el tabl\u00f3n de la Consejer\u00eda de Medio Ambiente y Rural, Pol\u00edticas Agrarias y Territorio, as\u00ed como a trav\u00e9s de la siguiente direcci\u00f3n de internet: https:\/\/ciudadano.juntaex.es\/web\/administracion-local, la lista provisio<br \/>\nJueves, 8 de noviembre de 2018 41673N\u00daMERO 217<br \/>\nnal que contenga las puntuaciones obtenidas por quienes sean aspirantes en la fase de oposici\u00f3n.<br \/>\nLas personas aspirantes dispondr\u00e1n de un plazo de cinco d\u00edas h\u00e1biles, a partir del d\u00eda siguiente a la publicaci\u00f3n de la lista provisional, para efectuar las alegaciones y reclamaciones que estimen pertinentes. Finalizado dicho plazo, y una vez resueltas las alegaciones presentadas, en su caso, el \u00f3rgano auton\u00f3mico competente en materia de administraci\u00f3n local dictar\u00e1 resoluci\u00f3n, que ser\u00e1 objeto de publicaci\u00f3n en el Diario Oficial de Extremadura, con indicaci\u00f3n de los lugares en que se encuentran expuestas al p\u00fablico las listas declarando definitivas las puntuaciones obtenidas en la fase de oposici\u00f3n.<br \/>\n7.3. A partir del d\u00eda siguiente a la publicaci\u00f3n de la lista definitiva relativa a la fase de oposici\u00f3n, quienes sean aspirantes que hubieran superado la prueba selectiva, dispondr\u00e1n de un plazo de diez d\u00edas h\u00e1biles para la presentaci\u00f3n de los m\u00e9ritos correspondientes a la fase de concurso.<br \/>\nEstos m\u00e9ritos se dirigir\u00e1n por las personas interesadas a la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local de la Consejer\u00eda de Medio Ambiente y Rural, Pol\u00edticas Agrarias y Territorio, sita en Avenida Valhondo, s\/n, edificio III Milenio, m\u00f3dulo 2, planta 2.\u00aa, de M\u00e9rida.<br \/>\n7.4. El tribunal de selecci\u00f3n publicar\u00e1 en el tabl\u00f3n de la Consejer\u00eda de Medio Ambiente y Rural, Pol\u00edticas Agrarias y Territorio, as\u00ed como a trav\u00e9s de la direcci\u00f3n de Internet se\u00f1alada anteriormente, la lista que contenga la valoraci\u00f3n provisional de m\u00e9ritos en la fase de concurso, con indicaci\u00f3n de la puntuaci\u00f3n obtenida en cada m\u00e9rito y el total de puntos de cada aspirante.<br \/>\nLas personas interesadas contar\u00e1n con un plazo de cinco d\u00edas h\u00e1biles, a partir del d\u00eda siguiente a la publicaci\u00f3n de la lista provisional, para efectuar las alegaciones y reclamaciones que estimen oportunas. Transcurrido dicho plazo, y una vez resueltas las alegaciones presentadas, en su caso, el \u00f3rgano auton\u00f3mico competente en materia de administraci\u00f3n local dictar\u00e1 resoluci\u00f3n, que ser\u00e1 publicada en el Diario Oficial de Extremadura, con indicaci\u00f3n de los lugares en que se encuentran expuestas al p\u00fablico las listas declarando definitivas las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso.<br \/>\n7.5. Si durante el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del tribunal o del \u00f3rgano convocante, que alguna de las personas aspirantes carece de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria, o bien que se han producido variaciones de las circunstancias alegadas en la solicitud, se iniciar\u00e1 expediente de comprobaci\u00f3n acerca del cumplimiento de los requisitos con tr\u00e1mite de audiencia a la persona interesada. El \u00f3rgano convocante resolver\u00e1 de forma motivada lo que proceda.<br \/>\nJueves, 8 de noviembre de 2018 41674N\u00daMERO 217<br \/>\nOctava. Superaci\u00f3n del proceso selectivo.<br \/>\n8.1. Relaci\u00f3n provisional.<br \/>\nFinalizadas las pruebas selectivas, el tribunal deber\u00e1 proceder a la suma de las calificaciones obtenidas por cada aspirante en la fase de oposici\u00f3n y en la fase de concurso, haciendo p\u00fablica una relaci\u00f3n provisional de personas aspirantes aprobadas por orden de puntuaci\u00f3n total clasificada por turnos.<br \/>\nEn caso de empate, \u00e9ste se dirimir\u00e1 por la aplicaci\u00f3n sucesiva de los siguientes criterios:<br \/>\n1.\u00ba) Mayor puntuaci\u00f3n obtenida por ejercicios aprobados en pruebas de acceso a la subescala de Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n convocadas por el Ministerio con competencias en Administraciones P\u00fablicas o por las Comunidades Aut\u00f3nomas.<br \/>\n2.\u00ba) Mayor puntuaci\u00f3n obtenida en la fase de oposici\u00f3n de la presente convocatoria.<br \/>\n3.\u00ba) En \u00faltimo caso, se atender\u00e1 al orden de prelaci\u00f3n establecido por la Resoluci\u00f3n de 21 de marzo de 2018, de la Direcci\u00f3n General de Funci\u00f3n P\u00fablica, por la que se da publicidad al resultado del sorteo p\u00fablico que ha de determinar el orden de actuaci\u00f3n y prelaci\u00f3n de los aspirantes en las pruebas selectivas que se convoquen durante el a\u00f1o 2018 (publicada en el DOE n.\u00ba 63, de 2 de abril de 2018).<br \/>\nEn el plazo de cinco d\u00edas h\u00e1biles contados a partir del d\u00eda siguiente al de su publicaci\u00f3n, quienes sean aspirantes podr\u00e1n presentar las alegaciones que estimen pertinentes, las cuales no tendr\u00e1n car\u00e1cter de recurso.<br \/>\n8.2. Relaci\u00f3n definitiva.<br \/>\nResueltas las alegaciones presentadas contra la relaci\u00f3n provisional, el tribunal de selecci\u00f3n elevar\u00e1 la relaci\u00f3n definitiva de personas aprobadas al \u00f3rgano auton\u00f3mico competente en materia de administraci\u00f3n local, el cual dictar\u00e1 resoluci\u00f3n declarando constituida la relaci\u00f3n de personas candidatas para la provisi\u00f3n temporal de puestos de trabajo reservados a la subescala de Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n de personal funcionario de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, mediante nombramiento interino, en entidades locales de Extremadura. Esta resoluci\u00f3n ser\u00e1 objeto de publicaci\u00f3n en el Diario Oficial de Extremadura y en la misma se indicar\u00e1n los lugares donde estar\u00e1 expuesta al p\u00fablico la relaci\u00f3n definitiva de personas candidatas.<br \/>\nNovena. Gesti\u00f3n de la relaci\u00f3n de personas candidatas.<br \/>\n9.1. La gesti\u00f3n de la relaci\u00f3n de personas candidatas estar\u00e1 encomendada al \u00f3rgano auton\u00f3mico competente en materia de administraci\u00f3n local.<br \/>\nJueves, 8 de noviembre de 2018 41675N\u00daMERO 217<br \/>\n9.2. A fin de lograr que las relaciones de personas candidatas se configuren como un instrumento \u00e1gil y eficaz, se introducir\u00e1 un elemento de zonificaci\u00f3n de las mismas, para lo cual, quienes sean aspirantes determinar\u00e1n en la instancia oficial para participar en las pruebas selectivas, aquellas zonas de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura donde deseen su inclusi\u00f3n. En este sentido, se constituir\u00e1 una relaci\u00f3n de personas candidatas por cada una de las zonas y el nombramiento se ofertar\u00e1 atendiendo al orden de puntuaci\u00f3n obtenido en las zonas en las que figuren dichas personas aspirantes, por haberlo solicitado expresamente. De no formularse solicitud expresa, quien sea aspirante formar\u00e1 parte en las relaciones de personas candidatas de todas las zonas de la Comunidad Aut\u00f3noma.<br \/>\nNo obstante, la elecci\u00f3n de zonas se podr\u00e1 reducir, por motivos justificados, antes de que a la persona interesada se le oferte alg\u00fan puesto de trabajo, incluy\u00e9ndose el supuesto de que dicha persona se incorpore a la relaci\u00f3n de personas candidatas a la que pertenec\u00eda despu\u00e9s de haber cesado en el puesto de trabajo que hubiera desempe\u00f1ado con anterioridad.<br \/>\n9.3. El procedimiento de gesti\u00f3n de la relaci\u00f3n de personas candidatas se iniciar\u00e1 a solicitud de la entidad local que tenga que nombrar una persona funcionaria interina para cubrir, por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia, un puesto de trabajo reservado a personal funcionario de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional y que haya acreditado que no es posible su provisi\u00f3n por los procedimientos preferentes de nombramiento.<br \/>\n9.4. Producida la vacante o situaci\u00f3n asimilada, y recibida en el \u00f3rgano auton\u00f3mico competente en materia de administraci\u00f3n local la correspondiente solicitud de nombramiento por la corporaci\u00f3n local interesada, el \u00f3rgano auton\u00f3mico competente comunicar\u00e1, de forma inmediata, al Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administraci\u00f3n Local de la provincia que corresponda, para que en el plazo de cinco d\u00edas naturales, informe acerca de la existencia de personal funcionario de habilitaci\u00f3n nacional con inter\u00e9s en la cobertura del puesto.<br \/>\nSi transcurriera dicho plazo y quedara acreditada la imposibilidad de la provisi\u00f3n de la plaza por personal funcionario de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional se ofertar\u00e1 el puesto por riguroso orden de integrantes de la relaci\u00f3n de personas candidatas.<br \/>\n9.5. La persona aspirante podr\u00e1 aceptar o rechazar la oferta por cualquier medio v\u00e1lido, incluidos el fax y el correo electr\u00f3nico, en el plazo de tres d\u00edas h\u00e1biles a contar desde el d\u00eda siguiente al de la recepci\u00f3n de la comunicaci\u00f3n del puesto ofertado. Recibida la aceptaci\u00f3n del puesto, quien ostente la candidatura deber\u00e1 aportar en el plazo de tres d\u00edas h\u00e1biles los documentos acreditativos de estar en posesi\u00f3n de todos los requisitos establecidos en esta convocatoria.<br \/>\nJueves, 8 de noviembre de 2018 41676N\u00daMERO 217<br \/>\n9.6. La no aceptaci\u00f3n o renuncia a un puesto de trabajo ofertado mediante este procedimiento supondr\u00e1 la exclusi\u00f3n autom\u00e1tica de quien sea aspirante de la relaci\u00f3n de personas candidatas, excepto cuando acredite alguna de las siguientes circunstancias:<br \/>\na) Parto, licencia por maternidad o situaciones asimiladas.<br \/>\nb) Estar desempe\u00f1ando, como personal funcionario interino, puestos de trabajo reservados a personal de habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional en una entidad local de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura.<br \/>\nc) Enfermedad que ocasione situaci\u00f3n de incapacidad temporal.<br \/>\nd) Ejercicio de cargo p\u00fablico representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.<br \/>\ne) O cualquier otra causa de fuerza mayor suficientemente relevante.<br \/>\n9.7. Ser\u00e1 causa de exclusi\u00f3n de la relaci\u00f3n de personas candidatas, la renuncia de la persona candidata que haya sido nombrada interina, salvo que hubiera sido propuesta por una entidad local de Extremadura para un nombramiento interino en un puesto reservado a personal funcionario habilitado nacional tras la superaci\u00f3n del proceso selectivo correspondiente. En este caso, podr\u00e1 solicitar la incorporaci\u00f3n a la relaci\u00f3n de personas candidatas cuando dejara de prestar servicios en dicha entidad local, con motivo de la provisi\u00f3n por personal funcionario de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, pasando a ocupar el \u00faltimo puesto de la relaci\u00f3n de personas candidatas.<br \/>\n9.8. El personal funcionario interino incluido en la relaci\u00f3n de personas candidatas que cesara en su puesto por ser provisto por personal funcionario de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, se reincorporar\u00e1 a la misma previa solicitud de la persona interesada que deber\u00e1 efectuarse en el plazo m\u00e1ximo de diez d\u00edas h\u00e1biles a contar desde la fecha del cese. En este supuesto, el personal funcionario interino cesado se reincorporar\u00e1 a la relaci\u00f3n de personas candidatas en el orden que inicialmente ocupase en el proceso de selecci\u00f3n, si no hubiera completado un periodo de servicio de seis meses; en caso contrario, pasar\u00e1 al \u00faltimo puesto de la relaci\u00f3n de personas candidatas.<br \/>\nNo obstante, en el supuesto de no solicitar la persona interesada su incorporaci\u00f3n a la relaci\u00f3n de personas candidatas en el plazo se\u00f1alado, el \u00f3rgano auton\u00f3mico competente en materia de administraci\u00f3n local acordar\u00e1 de oficio su exclusi\u00f3n.<br \/>\n9.9. La persona candidata que haya sido nombrada deber\u00e1 tomar posesi\u00f3n del puesto ofertado en el plazo m\u00e1ximo de tres d\u00edas h\u00e1biles desde el d\u00eda siguiente a la notificaci\u00f3n de la resoluci\u00f3n por la que se efect\u00faa el nombramiento oportuno.<br \/>\nJueves, 8 de noviembre de 2018 41677N\u00daMERO 217<br \/>\nD\u00e9cima. Presentaci\u00f3n de documentos.<br \/>\n10.1. Las personas candidatas seleccionadas a las que se haya comunicado de forma fehaciente el puesto vacante ofertado y hayan aceptado el mismo deber\u00e1n presentar ante el \u00f3rgano auton\u00f3mico competente en materia de administraci\u00f3n local, en el plazo de tres d\u00edas h\u00e1biles, los siguientes documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y dem\u00e1s requisitos exigidos en la presente convocatoria:<br \/>\na) Copia aut\u00e9ntica u original de la titulaci\u00f3n acad\u00e9mica exigida en esta convocatoria o resguardo acreditativo de haber abonado los derechos para la expedici\u00f3n de dicho t\u00edtulo.<br \/>\nb) Declaraci\u00f3n jurada o promesa de no haber sido personal separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administraci\u00f3n P\u00fablica, ni hallarse en inhabilitaci\u00f3n para el ejercicio de funciones p\u00fablicas, seg\u00fan el modelo que figura en el anexo III de esta convocatoria.<br \/>\nc) Certificado m\u00e9dico acreditativo de poseer la capacidad necesaria para el desempe\u00f1o de las correspondientes funciones, expedido en modelo oficial por el personal facultativo competente.<br \/>\nd) Declaraci\u00f3n de no estar incurso o incursa en incompatibilidad, seg\u00fan el modelo que figura en el anexo IV de esta convocatoria.<br \/>\n10.2. Ante la imposibilidad debidamente justificada de presentar los documentos a que se refiere el apartado anterior, la persona interesada podr\u00e1 acreditar que re\u00fane las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en Derecho.<br \/>\n10.3. A quienes no presenten la documentaci\u00f3n en el plazo se\u00f1alado se les causar\u00e1 la baja definitiva en la relaci\u00f3n de personas candidatas en cuesti\u00f3n, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud de participaci\u00f3n, salvo causas debidamente justificadas y libremente apreciadas por la Administraci\u00f3n, o en el caso de que del examen de la documentaci\u00f3n presentada se dedujera que una persona candidata carece de alguno o algunos de los requisitos se\u00f1alados en la base segunda de esta convocatoria.<br \/>\nUnd\u00e9cima. Norma final.<br \/>\nContra la presente convocatoria, que pone fin a la v\u00eda administrativa, se podr\u00e1 interponer, potestativamente, recurso de reposici\u00f3n ante la persona titular de la Consejer\u00eda de Medio Ambiente y Rural, Pol\u00edticas Agrarias y Territorio en el plazo de un mes, contado a partir del d\u00eda siguiente al de su publicaci\u00f3n en el Diario Oficial de Extremadura, tal y como disponen los art\u00edculos 123 y 124 de la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas.<br \/>\nJueves, 8 de noviembre de 2018 41678N\u00daMERO 217<br \/>\nTambi\u00e9n se podr\u00e1 interponer directamente, en el plazo de dos meses contados a partir del d\u00eda siguiente a la publicaci\u00f3n de la presente convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura, el correspondiente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, de conformidad con los art\u00edculos 46.1, 10.1.a) y 14.1 primera de la Ley 29\/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicci\u00f3n Contenciosa-Administrativa.<br \/>\nEn caso de haber interpuesto recurso de reposici\u00f3n, no se podr\u00e1 impugnar en la v\u00eda contencioso-administrativa hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimaci\u00f3n presunta de aquel. Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que se estime conveniente.<br \/>\nM\u00e9rida, 30 de octubre de 2018.<br \/>\nLa Consejera de Medio Ambiente y Rural, Pol\u00edticas Agrarias y Territorio, PD de la Consejera (Resoluci\u00f3n de 21\/12\/2017, DOE n.\u00ba 245 de 26\/12\/2017), La Directora General de Administraci\u00f3n Local, NIEVES ESTEBAN PAZ<br \/>\nANEXO I<\/p>\n<p>Consejer\u00eda de Medio Ambiente y Rural, Sello de Registro Pol\u00edticas Agrarias y Territorio<\/p>\n<p>1.- CONVOCATORIA<\/p>\n<p>PUBLICACI\u00d3N DOE Escala PERSONAL FUNCIONARIO DE ADMINISTRACI\u00d3N LOCAL CON HABILITACI\u00d3N DE CAR\u00c1CTER NACIONAL Subescala D\u00eda<\/p>\n<p>Mes<br \/>\nA\u00f1o<\/p>\n<p>2.- DATOS PERSONALES<\/p>\n<p>D.N.I.<\/p>\n<p>Primer apellido<\/p>\n<p>Segundo apellido<\/p>\n<p>Nombre<\/p>\n<p>Fecha de nacimiento Domicilio: Calle o Plaza y n\u00famero<br \/>\nD\u00eda<br \/>\nMes<br \/>\nA\u00f1o<\/p>\n<p>Municipio<\/p>\n<p>C\u00f3digo Postal<\/p>\n<p>Provincia<\/p>\n<p>Nacionalidad<\/p>\n<p>Tel\u00e9fono 1<\/p>\n<p>Sexo<br \/>\nMujer Hombre Tel\u00e9fono 2<\/p>\n<p>Descripci\u00f3n discapacidad Adaptaci\u00f3n que solicita<\/p>\n<p>3.- T\u00cdTULACI\u00d3N ACAD\u00c9MICA<\/p>\n<p>T\u00edtulo<\/p>\n<p>Centro de expedici\u00f3n<\/p>\n<p>Jueves, 8 de noviembre de 2018 41679N\u00daMERO 217<\/p>\n<p>4.- ZONA\/S A QUE OPTA PARA LA RELACI\u00d3N DE CANDIDATOS (marcar casilla\/s correspondiente)<\/p>\n<p>Badajoz \u2013 Olivenza &#8211; Fregenal de la Sierra &#8211; Jerez de los Caballeros \u2013 Zafra \u2013 M\u00e9rida &#8211; Montijo &#8211; Villafranca de los Barros.<\/p>\n<p>Villanueva de la Serena &#8211; Don Benito \u2013 Castuera &#8211; Herrera del Duque &#8211; Llerena.<\/p>\n<p>C\u00e1ceres \u2013 Trujillo \u2013 Logros\u00e1n -Valencia de Alc\u00e1ntara.<\/p>\n<p>Coria \u2013 Plasencia &#8211; Navalmoral de la Mata.<\/p>\n<p>&#8211; De no se\u00f1alar ninguna zona la persona aspirante quedar\u00e1 incluida en todas ellas. &#8211; Cada zona comprender\u00e1 los municipios que se integran en el partido judicial correspondiente a las poblaciones que se relacionan en cada zona.<\/p>\n<p>Consejer\u00eda de Medio Ambiente y Rural, Pol\u00edticas Agrarias y Territorio<\/p>\n<p>5.- DOCUMENTOS QUE SE ADJUNTAN<\/p>\n<p>En caso de discapacidad: dictamen t\u00e9cnico facultativo emitido por el \u00f3rgano t\u00e9cnico de calificaci\u00f3n del grado de discapacidad. En caso de situaci\u00f3n legal de desempleo: informe de la vida laboral expedido por la Tesorer\u00eda General de la Seguridad Social. En caso de v\u00edctimas del terrorismo, c\u00f3nyuges o parejas de hecho, as\u00ed como sus hijos e hijas: certificaci\u00f3n acreditativa de tal condici\u00f3n. En caso de v\u00edctimas de violencia de g\u00e9nero: certificaci\u00f3n acreditativa de tal condici\u00f3n. Justificante bancario de haber abonado la tasa legalmente establecida. Copia del DNI en el supuesto de que se marque con una cruz la casilla que aparece en el p\u00e1rrafo siguiente.<\/p>\n<p>NEGATIVA A OTORGAR EL CONSENTIMIENTO PARA LA CONSULTA DE DATOS IDENTIFICATIVOS (DNI)<\/p>\n<p>Manifiesto MI NEGATIVA a la consulta de mis datos de identificaci\u00f3n personal por la Administraci\u00f3n. Decreto 184\/2008, de 12 de septiembre, por el que se suprime la obligaci\u00f3n para los interesados de presentar la fotocopia de los documentos identificativos oficiales y el certificado de empadronamiento en los procedimientos administrativos de la Administraci\u00f3n de la Junta de Extremadura y de sus organismos p\u00fablicos vinculados o dependientes. (D.O.E. n\u00ba 181, de 18 de septiembre).<\/p>\n<p>Jueves, 8 de noviembre de 2018 41680N\u00daMERO 217<br \/>\nLa persona abajo firmante solicita ser admitida en las pruebas selectivas a que se refiere la presente instancia, DECLARA que son ciertos los datos consignados en ella y que re\u00fane los requisitos exigidos para el ingreso en la funci\u00f3n p\u00fablica y los especialmente se\u00f1alados en la convocatoria anteriormente citada, comprometi\u00e9ndose a aportar, en su caso y cuando proceda, los documentos acreditativos de que se re\u00fanen los requisitos exigidos seg\u00fan se especifica en la base d\u00e9cima de la convocatoria.<\/p>\n<p>CL\u00c1USULAS DE PROTECCI\u00d3N DE DATOS:<\/p>\n<p>Se le informa que los datos facilitados en el presente impreso\/formulario correspondiente a la Consejer\u00eda de Medio Ambiente y Rural, Pol\u00edticas Agrarias y Territorio, en concordancia con la Actividad de Tratamiento correspondiente incorporada al Registro de Actividades de Tratamientos de la misma, se tratar\u00e1n de conformidad con lo establecido en el Reglamento General de Protecci\u00f3n de Datos 2016\/679 (UE) de 27 de abril de 2016.<\/p>\n<p>Responsable del tratamiento &#8211; Responsable Junta de Extremadura: Consejera de Medio Ambiente y Rural, Pol\u00edticas Agrarias y Territorio. &#8211; Direcci\u00f3n: Avda. Luis Ramallo s\/n. 06800 M\u00e9rida (Badajoz). &#8211; Tel\u00e9fono: 924008721. &#8211; Correo electr\u00f3nico: servicioadmonlocal@juntaex.es &#8211; Datos de contacto de la persona delegada de protecci\u00f3n de datos: dpd@juntaex.es.<\/p>\n<p>Finalidad del tratamiento de los datos personales Ser\u00e1n tratados con las siguientes finalidades: Cubrir los puestos de personal de secretar\u00eda que est\u00e9n en situaci\u00f3n de vacante o similar a la vacante.<\/p>\n<p>Legitimaci\u00f3n para el tratamiento de sus datos La base legal para los tratamientos indicados es: RGPD: 6.1.C) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligaci\u00f3n legal aplicable al responsable del tratamiento. Ley 7\/1985, de 2 abril, reguladora de las Bases del R\u00e9gimen Local.<\/p>\n<p>Tiempo de mantenimiento de los datos personales Se conservar\u00e1n durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad del tratamiento de los datos. Ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n lo dispuesto en la normativa de archivo y documentaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Destinatarios a los que se comunicar\u00e1n sus datos Los datos personales podr\u00e1n ser comunicados a: Otros organismos u \u00f3rganos de la Administraci\u00f3n P\u00fablica sin precisar el previo consentimiento del interesado, cuando as\u00ed lo prevea una norma de Derecho de la Uni\u00f3n Europea o una Ley, que determine las cesiones que procedan como consecuencia del cumplimiento de la obligaci\u00f3n legal, aunque deberemos informar de este tratamiento al interesado, salvo las excepciones previstas en el art\u00edculo 14.5 del RGPD<\/p>\n<p>Transferencias internacionales de datos No est\u00e1n previstas transferencias internacionales de datos<\/p>\n<p>Jueves, 8 de noviembre de 2018 41681N\u00daMERO 217<br \/>\nDerechos en relaci\u00f3n con el tratamiento de datos Cualquier persona tiene derecho a obtener confirmaci\u00f3n sobre la existencia de un tratamiento de sus datos, a acceder a sus datos personales, solicitar la rectificaci\u00f3n de los datos que sean inexactos o, en su caso, solicitar la supresi\u00f3n, cuando entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para los fines para los que fueron recogidos o el interesado retire el consentimiento otorgado. En determinados supuestos el interesado podr\u00e1 solicitar la limitaci\u00f3n del tratamiento de sus datos, en cuyo caso s\u00f3lo los conservaremos de acuerdo con la normativa vigente. En determinados supuestos puede ejercitar su derecho a la portabilidad de los datos, que ser\u00e1n entregados en un formato estructurado, de uso com\u00fan o lectura mec\u00e1nica a usted o al nuevo responsable de tratamiento que designe. Tiene derecho a revocar en cualquier momento el consentimiento para cualquiera de los tratamientos para los que lo ha otorgado. La Consejer\u00eda de Medio Ambiente y Rural, Pol\u00edticas Agrarias y Territorio dispone de formularios para el ejercicio de derechos que pueden ser solicitados en: http:\/\/www.juntaex.es\/con03\/tratamiento-de-datos-de-caracter-personal o utilizar los elaborados por la Agencia Espa\u00f1ola de Protecci\u00f3n de Datos o terceros. Estos formularios deber\u00e1n ir firmados electr\u00f3nicamente o ser acompa\u00f1ados de fotocopia del DNI. Si se act\u00faa por medio de representante, de la misma manera, deber\u00e1 ir acompa\u00f1ado de copia de su DNI o con firma electr\u00f3nica. Los formularios deber\u00e1n ser presentados presencialmente en el Registro General, mediante el sistema de Administraci\u00f3n electr\u00f3nica o remitidos por correo postal o electr\u00f3nico en las direcciones que aparecen en el apartado \u201cResponsable\u201d. Tiene derecho a presentar una reclamaci\u00f3n ante la Agencia Espa\u00f1ola de Protecci\u00f3n de Datos en el supuesto que considere que no se ha atendido convenientemente el ejercicio de sus derechos. El plazo m\u00e1ximo para resolver es el de un mes a contar desde la recepci\u00f3n de su solicitud, pudiendo ser prorrogado dos meses m\u00e1s atendiendo al volumen de reclamaciones presentadas o a la complejidad de la misma. En el caso de producirse alguna modificaci\u00f3n de sus datos, le agradecemos nos lo comunique debidamente por escrito con la finalidad de mantener sus datos actualizados.<\/p>\n<p>En a de de<\/p>\n<p>(Firma)<\/p>\n<p>DIRECCI\u00d3N GENERAL DE ADMINISTRACI\u00d3N LOCAL \u2013 CONSEJER\u00cdA DE MEDIO AMBIENTE Y RURAL, POL\u00cdTICAS AGRARIAS Y TERRITORIO. Avenida Valhondo, s\/n. Edf. III Milenio, M\u00f3dulo 2, Planta 2 &#8211; 06800 M\u00c9RIDA.<\/p>\n<p>Jueves, 8 de noviembre de 2018 41682N\u00daMERO 217<br \/>\nANEXO II<\/p>\n<p>Consejer\u00eda de Medio Ambiente y Rural, Pol\u00edticas Agrarias y Territorio<\/p>\n<p>ESCALA DE PERSONAL FUNCIONARIO DE ADMINISTRACI\u00d3N LOCAL CON HABILITACI\u00d3N DE CAR\u00c1CTER NACIONAL, SUBESCALA SECRETAR\u00cdA-INTERVENCI\u00d3N<\/p>\n<p>TITULARES:<\/p>\n<p>PRESIDENTA<\/p>\n<p>&#8211; D\u00aa. Marta Mar\u00eda Delgado Fern\u00e1ndez.<\/p>\n<p>VOCALES<\/p>\n<p>&#8211; D\u00aa. Mercedes Ayala Egea. &#8211; D. Francisco Javier Gonz\u00e1lez S\u00e1nchez. &#8211; D. Javier Parejo Bueno.<\/p>\n<p>SECRETARIA<\/p>\n<p>&#8211; D\u00aa. Estrella Blanco Galeas.<\/p>\n<p>SUPLENTES<\/p>\n<p>PRESIDENTE<\/p>\n<p>&#8211; D. Javier Parejo Bueno.<\/p>\n<p>VOCALES<\/p>\n<p>&#8211; D. Saturnino del Pozo S\u00e1nchez. &#8211; D\u00aa. Guiomar Jimeno Arroba. &#8211; D\u00aa. Dolores \u011d\u00e1nchez Garc\u00eda.<\/p>\n<p>SECRETARIA<\/p>\n<p>&#8211; D\u00aa. M\u00aa Soledad Fern\u00e1ndez Cort\u00e9s.<\/p>\n<p>Jueves, 8 de noviembre de 2018 41683N\u00daMERO 217<br \/>\nANEXO III<\/p>\n<p>Consejer\u00eda de Medio Ambiente y Rural, Pol\u00edticas Agrarias y Territorio<\/p>\n<p>DECLARACI\u00d3N DE NO HABER SIDO SEPARADO\/A DEL SERVICIO DE NINGUNA ADMINISTRACI\u00d3N P\u00daBLICA NI HALLARSE EN INHABILITACI\u00d3N PARA EL EJERCICIO DE FUNCIONES P\u00daBLICAS<\/p>\n<p>D.\/D\u00aa. ________________________________________, con Documento Nacional de Identidad n\u00ba ____________________, con domicilio a efectos de notificaciones en ____________________________________ y nacionalidad __________________,<\/p>\n<p>DECLARO bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado\/a personal funcionario interino en puestos reservados a la subescala de Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n, de la escala de personal funcionario de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, en entidades locales de Extremadura:<\/p>\n<p>Que no he sido separado\/a del servicio de ninguna de las Administraciones P\u00fablicas y que no me hallo en inhabilitaci\u00f3n para el ejercicio de funciones p\u00fablicas en Espa\u00f1a.<\/p>\n<p>En _____________________ a ___ de ________________ de 20____.<\/p>\n<p>Fdo: ______________________.<\/p>\n<p>DIRECCI\u00d3N GENERAL DE ADMINISTRACI\u00d3N LOCAL \u2013 CONSEJER\u00cdA DE MEDIO AMBIENTE Y RURAL, POL\u00cdTICAS AGRARIAS Y TERRITORIO. Avenida Valhondo, s\/n. Edf. III Milenio, M\u00f3dulo 2, Planta 2 &#8211; 06800 M\u00c9RIDA.<\/p>\n<p>Jueves, 8 de noviembre de 2018 41684N\u00daMERO 217<br \/>\nANEXO IV<\/p>\n<p>Consejer\u00eda de Medio Ambiente y Rural, Pol\u00edticas Agrarias y Territorio<\/p>\n<p>DECLARACI\u00d3N DE NO ESTAR INCURSO\/A EN INCOMPATIBILIDAD<\/p>\n<p>D.\/D\u00aa.______________________________, con DNI n\u00ba _________________, a los efectos previstos en el art\u00edculo 10 de la Ley 53\/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones P\u00fablicas, y en el art\u00edculo 13.1 del Real Decreto 598\/1985, de 30 de abril, sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administraci\u00f3n del Estado, de la Seguridad Social y de los entes, organismos y empresas dependientes<\/p>\n<p>DECLARO<\/p>\n<p>Que no vengo desempe\u00f1ando ning\u00fan puesto o actividad en el sector p\u00fablico ni realizo actividades privadas incompatibles o que, conforme al ordenamiento jur\u00eddico, requieran previo reconocimiento de compatibilidad por el \u00f3rgano competente.<\/p>\n<p>Igualmente MANIFIESTO que no percibo pensi\u00f3n de jubilaci\u00f3n, retiro u orfandad por derechos pasivos o por cualquier r\u00e9gimen de la Seguridad Social p\u00fablico y obligatorio.<\/p>\n<p>En _____________________ a ___ de ________________ de 20____.<\/p>\n<p>Fdo: ______________________.<\/p>\n<p>DIRECCI\u00d3N GENERAL DE ADMINISTRACI\u00d3N LOCAL \u2013 CONSEJER\u00cdA DE MEDIO AMBIENTE Y RURAL, POL\u00cdTICAS AGRARIAS Y TERRITORIO. Avenida Valhondo, s\/n. Edf. III Milenio, M\u00f3dulo 2, Planta 2 &#8211; 06800 M\u00c9RIDA.<\/p>\n<p>Jueves, 8 de noviembre de 2018 41685N\u00daMERO 217<br \/>\nANEXO V<\/p>\n<p>PROGRAMA DE MATERIAS PARA EL ACCESO A LA SUBESCALA DE SECRETAR\u00cdAINTERVENCI\u00d3N<\/p>\n<p>1. Programa de materias comunes (66 temas):<\/p>\n<p>Tema 1. La Constituci\u00f3n Espa\u00f1ola de 1978. Estructura y contenido esencial. La constitucionalizaci\u00f3n del principio de estabilidad presupuestaria. La reforma constitucional.<\/p>\n<p>Tema 2. Los derechos y deberes fundamentales. La protecci\u00f3n y suspensi\u00f3n de los derechos fundamentales. La Corona. Atribuciones seg\u00fan la Constituci\u00f3n.<\/p>\n<p>Tema 3. Las Cortes Generales. Composici\u00f3n y funciones. Regulaci\u00f3n y funcionamiento de las C\u00e1maras: los reglamentos parlamentarios. \u00d3rganos de control dependientes de las Cortes Generales: el Defensor del Pueblo y el Tribunal de Cuentas.<\/p>\n<p>Tema 4. El Gobierno en el sistema constitucional espa\u00f1ol. El Presidente del Gobierno. El control parlamentario del Gobierno. El Gobierno: composici\u00f3n, organizaci\u00f3n y funciones.<\/p>\n<p>Tema 5. El Poder Judicial. Regulaci\u00f3n constitucional de la justicia. La Ley Org\u00e1nica del Poder Judicial. La Ley de Demarcaci\u00f3n y de Planta Judicial. El Consejo General del Poder Judicial: designaci\u00f3n, organizaci\u00f3n y funciones. La organizaci\u00f3n de la Administraci\u00f3n de Justicia en Espa\u00f1a: \u00f3rdenes jurisdiccionales, clases de \u00f3rganos jurisdiccionales y sus funciones. Conflictos de jurisdicci\u00f3n y de competencia.<\/p>\n<p>Tema 6. El Tribunal Constitucional en la Constituci\u00f3n y en su Ley Org\u00e1nica. Composici\u00f3n, designaci\u00f3n y organizaci\u00f3n. Funciones del Tribunal Constitucional.<\/p>\n<p>Tema 7. La Administraci\u00f3n P\u00fablica en la Constituci\u00f3n. El derecho administrativo b\u00e1sico dictado en virtud del art\u00edculo 149.1.18\u00aa de la Constituci\u00f3n. El desarrollo legal llevado a cabo por las Comunidades Aut\u00f3nomas.<\/p>\n<p>Tema 8. La Administraci\u00f3n General del Estado: disposiciones legales y su normativa de desarrollo. La estructura departamental y los \u00f3rganos superiores. La organizaci\u00f3n territorial de la Administraci\u00f3n General del Estado. Los Delegados y Subdelegados del Gobierno. Directores Insulares.<\/p>\n<p>Tema 9. Las formas de organizaci\u00f3n territorial del Estado. El Estado Auton\u00f3mico. Naturaleza jur\u00eddica y principios. Las formas de acceso a la autonom\u00eda en la Constituci\u00f3n Espa\u00f1ola.<\/p>\n<p>Jueves, 8 de noviembre de 2018 41686N\u00daMERO 217<br \/>\nTema 10. El proceso estatuyente: los Estatutos de Autonom\u00eda. La organizaci\u00f3n pol\u00edtica y administrativa de las Comunidades Aut\u00f3nomas. La reforma de los Estatutos de Autonom\u00eda. El sistema de la distribuci\u00f3n de competencias y las relaciones entre el Estado y las Comunidades Aut\u00f3nomas.<\/p>\n<p>Tema 11. La Administraci\u00f3n Local: entidades que la integran. Evoluci\u00f3n de la normativa b\u00e1sica de r\u00e9gimen local. El marco competencial de las Entidades Locales.<\/p>\n<p>Tema 12. La Administraci\u00f3n instrumental. Los organismos p\u00fablicos. Organismos aut\u00f3nomos y entidades p\u00fablicas empresariales. Sociedades mercantiles y fundaciones p\u00fablicas. Otro tipo de entidades p\u00fablicas para la gesti\u00f3n de los servicios p\u00fablicos.<\/p>\n<p>Tema 13. La Uni\u00f3n Europea: origen y evoluci\u00f3n. El proceso de integraci\u00f3n de Espa\u00f1a. Instituciones y organismos de la Uni\u00f3n Europea: composici\u00f3n, funcionamiento y competencias. La Uni\u00f3n Econ\u00f3mica y Monetaria.<\/p>\n<p>Tema 14. El Comit\u00e9 de las Regiones. El Congreso de Poderes Locales y Regionales de Europa. La cooperaci\u00f3n y el asociacionismo internacional de las Entidades Locales. La Carta Europea de la Autonom\u00eda Local. Contenido. Posici\u00f3n y significaci\u00f3n en el ordenamiento jur\u00eddico espa\u00f1ol.<\/p>\n<p>Tema 15. El ordenamiento jur\u00eddico-administrativo (I): el derecho de la Uni\u00f3n Europea: tratados y derecho privado. La Constituci\u00f3n. Las leyes estatales y auton\u00f3micas. Tipos de disposiciones legales. Los tratados internacionales.<\/p>\n<p>Tema 16. El ordenamiento jur\u00eddico-administrativo (II). El reglamento: concepto y clases. La potestad reglamentaria. Procedimiento de elaboraci\u00f3n. L\u00edmites. El control de la potestad reglamentaria.<\/p>\n<p>Tema 17. El administrado versus ciudadano: concepto y clases. La capacidad de los ciudadanos y sus causas modificativas. El estatuto del ciudadano: derechos subjetivos e intereses leg\u00edtimos, diferencias entre ambos conceptos y obligaciones.<\/p>\n<p>Tema 18. El acto administrativo. Concepto. Elementos. Clases. Requisitos: la motivaci\u00f3n y forma.<\/p>\n<p>Tema 19. La eficacia de los actos administrativos: el principio de autotutela declarativa. Condiciones. La notificaci\u00f3n: contenido, plazo y pr\u00e1ctica. La notificaci\u00f3n defectuosa. La publicaci\u00f3n. La aprobaci\u00f3n por otra Administraci\u00f3n. La demora y retroactividad de la eficacia. La ejecutividad de los actos administrativos. La coacci\u00f3n administrativa directa. La v\u00eda de hecho.<\/p>\n<p>Tema 20. La invalidez del acto administrativo. Supuestos de nulidad de pleno derecho y anulabilidad. El principio de conservaci\u00f3n del acto administrativo. La revisi\u00f3n de actos y disposiciones por la propia Administraci\u00f3n: supuestos. La acci\u00f3n de nulidad, procedimiento, l\u00edmites. La declaraci\u00f3n de lesividad La revocaci\u00f3n de actos. La rectificaci\u00f3n de errores materiales o de hecho.<\/p>\n<p>Jueves, 8 de noviembre de 2018 41687N\u00daMERO 217<br \/>\nTema 21. Disposiciones generales sobre el procedimiento administrativo. Los medios electr\u00f3nicos aplicados al procedimiento administrativo com\u00fan. La iniciaci\u00f3n del procedimiento: clases, subsanaci\u00f3n y mejora de solicitudes. Presentaci\u00f3n de solicitudes, escritos y comunicaciones. Los registros administrativos. T\u00e9rminos y plazos: c\u00f3mputo, ampliaci\u00f3n y tramitaci\u00f3n de urgencia. Ordenaci\u00f3n. Instrucci\u00f3n: intervenci\u00f3n de los interesados, prueba e informes. Singularidades del procedimiento administrativo de las Entidades Locales.<\/p>\n<p>Tema 22. Terminaci\u00f3n del procedimiento. La obligaci\u00f3n de resolver. Contenido de la resoluci\u00f3n expresa: principios de congruencia y de no agravaci\u00f3n de la situaci\u00f3n inicial. La terminaci\u00f3n convencional. La falta de resoluci\u00f3n expresa: el r\u00e9gimen del silencio administrativo. El desistimiento y la renuncia. La caducidad. La tramitaci\u00f3n simplificada del procedimiento administrativo com\u00fan.<\/p>\n<p>Tema 23. Recursos administrativos: principios generales. Actos susceptibles de recurso administrativo. Reglas generales de tramitaci\u00f3n de los recursos administrativos. Clases de recursos. Procedimientos sustitutivos de los recursos administrativos: conciliaci\u00f3n, mediaci\u00f3n y arbitraje.<\/p>\n<p>Tema 24. La jurisdicci\u00f3n contencioso-administrativa. Naturaleza, extensi\u00f3n y l\u00edmites. \u00d3rganos de la jurisdicci\u00f3n y sus competencias. Las partes: legitimaci\u00f3n. El objeto del recurso contencioso-administrativo. El procedimiento y la finalizaci\u00f3n del mismo: las sentencias.<\/p>\n<p>Tema 25. La potestad sancionadora: concepto y significado. Principios del ejercicio de la potestad sancionadora. Especialidades del procedimiento en materia sancionadora. Mediadas sancionadoras administrativas. Especial referencia a la potestad sancionadora local.<\/p>\n<p>Tema 26. Los contratos del sector p\u00fablico: las directivas europeas en materia de contrataci\u00f3n p\u00fablica. Objeto y \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n de la Ley de Contratos del Sector P\u00fablico. Tipos de contratos del sector p\u00fablico. Contratos sujetos a regulaci\u00f3n armonizada. Contratos administrativos y contratos privados. Disposiciones generales sobre la contrataci\u00f3n del sector p\u00fablico: racionalidad y consistencia, libertad de pactos y contenido m\u00ednimo del contrato, perfecci\u00f3n y forma del contrato, r\u00e9gimen de invalidez, recurso especial en materia de contrataci\u00f3n.<\/p>\n<p>Tema 27. Las partes en los contratos del sector p\u00fablico. \u00d3rganos de contrataci\u00f3n. Capacidad y solvencia del empresario. Sucesi\u00f3n en la persona del contratista. Competencia en materia de contrataci\u00f3n y normas espec\u00edficas de contrataci\u00f3n p\u00fablica en las Entidades Locales.<\/p>\n<p>Tema 28. Objeto, presupuesto base de licitaci\u00f3n, valor estimado, precio del contrato y su revisi\u00f3n. Garant\u00edas exigibles en la contrataci\u00f3n del sector p\u00fablico. Preparaci\u00f3n de los contratos de las Administraciones P\u00fablicas: expediente de contrataci\u00f3n, pliego de cl\u00e1usulas administrativas particulares y de prescripciones t\u00e9cnicas. Adjudicaci\u00f3n de los contratos de las Administraciones P\u00fablicas: normas generales y procedimientos de adjudicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Jueves, 8 de noviembre de 2018 41688N\u00daMERO 217<br \/>\nTema 29. Efectos de los contratos. Prerrogativas de la Administraci\u00f3n P\u00fablica en los contratos administrativos. Ejecuci\u00f3n de los contratos. Modificaci\u00f3n de los contratos. Suspensi\u00f3n y extinci\u00f3n de los contratos. Cesi\u00f3n de los contratos y subcontrataci\u00f3n.<\/p>\n<p>Tema 30. El contrato de obras. Actuaciones preparatorias. Ejecuci\u00f3n, modificaci\u00f3n, cumplimiento y resoluci\u00f3n del contrato de obras. El contrato de concesi\u00f3n de obras. El contrato de concesi\u00f3n de servicios. El contrato de suministro. El contrato de servicios. Organizaci\u00f3n administrativa para la gesti\u00f3n de la contrataci\u00f3n.<\/p>\n<p>Tema 31. La expropiaci\u00f3n forzosa. Sujetos, objeto y causa. El procedimiento general. Garant\u00edas jurisdiccionales. La reversi\u00f3n expropiatoria. Tramitaci\u00f3n de urgencia. Procedimientos especiales.<\/p>\n<p>Tema 32. La responsabilidad de la Administraci\u00f3n P\u00fablica: caracteres. Los presupuestos de la responsabilidad. Da\u00f1os resarcibles. La acci\u00f3n de responsabilidad. Principio de procedimiento administrativo en materia de responsabilidad. La responsabilidad patrimonial de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones P\u00fablicas.<\/p>\n<p>Tema 33. El patrimonio de las Administraciones P\u00fablicas. Las propiedades p\u00fablicas: tipolog\u00eda. El dominio p\u00fablico, concepto, naturaleza y elementos. Afectaci\u00f3n y mutaciones demaniales. R\u00e9gimen jur\u00eddico del dominio p\u00fablico. Utilizaci\u00f3n: reserva y concesi\u00f3n El patrimonio privado de las Administraciones P\u00fablicas.<\/p>\n<p>Tema 34. El r\u00e9gimen local: significado y evoluci\u00f3n hist\u00f3rica. La Administraci\u00f3n Local en la Constituci\u00f3n. El principio de autonom\u00eda local: significado, contenido y l\u00edmites.<\/p>\n<p>Tema 35. Las fuentes del derecho local. Regulaci\u00f3n b\u00e1sica del Estado y normativa de las Comunidades Aut\u00f3nomas en materia de r\u00e9gimen local. La incidencia de la legislaci\u00f3n sectorial sobre el r\u00e9gimen local. La potestad reglamentaria de las Entidades Locales: reglamentos y ordenanzas. Procedimiento de elaboraci\u00f3n. El reglamento org\u00e1nico. Los bandos.<\/p>\n<p>Tema 36. El municipio: concepto y elementos. El t\u00e9rmino municipal: el problemas de la planta municipal. Alteraciones de t\u00e9rminos municipales. Legislaci\u00f3n b\u00e1sica y legislaci\u00f3n auton\u00f3mica. La poblaci\u00f3n municipal. El padr\u00f3n de habitantes. El estatuto de los vecinos. Derechos de los extranjeros.<\/p>\n<p>Tema 37. La organizaci\u00f3n municipal. \u00d3rganos necesarios: Alcalde, Tenientes de Alcalde, Pleno y Junta de Gobierno Local. \u00d3rganos complementarios: Comisiones Informativas y otros \u00f3rganos. Los grupos pol\u00edticos y los concejales no adscritos. La participaci\u00f3n vecinal en la gesti\u00f3n municipal. El concejo abierto. Otros reg\u00edmenes especiales. Especialidades del r\u00e9gimen org\u00e1nico-funcional en los municipios de gran poblaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Jueves, 8 de noviembre de 2018 41689N\u00daMERO 217<br \/>\nTema 38. Las competencias municipales: sistema de determinaci\u00f3n. Competencias propias, delegadas y competencias distintas de las propias. La sostenibilidad financiera de la hacienda local como presupuesto del ejercicio de las competencias. Los convenios sobre ejercicio de competencias y servicios municipales. Los servicios m\u00ednimos.<\/p>\n<p>Tema 39. La provincia como Entidad Local. Organizaci\u00f3n y competencias. La cooperaci\u00f3n municipal. Las relaciones entre las Comunidades Aut\u00f3nomas y las Diputaciones Provinciales. Reg\u00edmenes especiales. Las islas: los consejos y cabildos insulares. La coordinaci\u00f3n en la prestaci\u00f3n de determinados servicios por las Diputaciones Provinciales. Entidades Locales de \u00e1mbito inferior al municipio. Las comarcas. Las mancomunidades de municipios. Las \u00e1reas metropolitanas. Los consorcios: r\u00e9gimen jur\u00eddico.<\/p>\n<p>Tema 40. El sistema electoral local. Causas de inelegibilidad e incompatibilidad. Elecci\u00f3n de los concejales y Alcaldes. Elecci\u00f3n de diputados provinciales y presidentes de Diputaciones Provinciales. Elecci\u00f3n de consejeros y presidentes de cabildos y consejos insulares. La moci\u00f3n de censura y la cuesti\u00f3n de confianza en el \u00e1mbito local. El recurso contencioso-electoral. El estatuto de los miembros electivos de las Corporaciones Locales.<\/p>\n<p>Tema 41. R\u00e9gimen de sesiones y acuerdos de los \u00f3rganos de gobierno local. Actas, certificaciones, comunicaciones, notificaciones y publicaci\u00f3n de los acuerdos. El registro de documentos. La utilizaci\u00f3n de medios telem\u00e1ticos.<\/p>\n<p>Tema 42. Las formas de acci\u00f3n administrativa de las Entidades Locales. El fomento: estudio especial de las subvenciones. La actividad de polic\u00eda: la intervenci\u00f3n administrativa local en la actividad privada. Las autorizaciones administrativas: sus clases. El r\u00e9gimen de las licencias. La comunicaci\u00f3n previa y la declaraci\u00f3n responsable.<\/p>\n<p>Tema 43. La iniciativa econ\u00f3mica de las Entidades Locales y la reserva de servicios en favor de las Entidades Locales. El servicio p\u00fablico en las Entidades Locales. Concepto. Las formas de gesti\u00f3n de los servicios p\u00fablicos locales. Las formas de gesti\u00f3n directa e indirecta. Especial referencia a la concesi\u00f3n de servicios p\u00fablicos.<\/p>\n<p>Tema 44. El patrimonio de las Entidades Locales: bienes y derechos que lo conforman. Clases. Bienes de dominio p\u00fablico. Bienes patrimoniales. Prerrogativas y potestades de las Entidades Locales en relaci\u00f3n con sus bienes. Los bienes comunales. El inventario. Los montes vecinales en mano com\u00fan.<\/p>\n<p>Tema 45. Evoluci\u00f3n hist\u00f3rica de la legislaci\u00f3n urban\u00edstica espa\u00f1ola: desde la Ley del Suelo de 1956 hasta el Texto Refundido de 2015. El marco constitucional del urbanismo. La doctrina del Tribunal Constitucional. Competencias del Estado, de las Comunidades Aut\u00f3nomas y de las Entidades Locales.<\/p>\n<p>Tema 46. El derecho financiero: concepto y contenido. La hacienda local en la Constituci\u00f3n. El r\u00e9gimen jur\u00eddico de las haciendas locales: criterios inspiradores del sistema de recursos y principios presupuestarios.<\/p>\n<p>Jueves, 8 de noviembre de 2018 41690N\u00daMERO 217<br \/>\nTema 47. El presupuesto general de las Entidades Locales: concepto y contenido. Especial referencia a las bases de ejecuci\u00f3n del presupuesto. La elaboraci\u00f3n y aprobaci\u00f3n del presupuesto general. La pr\u00f3rroga presupuestaria.<\/p>\n<p>Tema 48. La estructura presupuestaria. Los cr\u00e9ditos del presupuesto de gastos: delimitaci\u00f3n, situaci\u00f3n y niveles de vinculaci\u00f3n jur\u00eddica. Las modificaciones de cr\u00e9dito: clases, concepto, financiaci\u00f3n y tramitaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Tema 49. La ejecuci\u00f3n del presupuesto de gastos y de ingresos: sus fases. Los pagos a justificar. Los anticipos de caja fija. Los gastos de car\u00e1cter plurianual. La tramitaci\u00f3n anticipada de gastos. Los proyectos de gasto. Los gastos con financiaci\u00f3n afectada: especial referencia a las desviaciones de financiaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Tema 50. La liquidaci\u00f3n del presupuesto. Tramitaci\u00f3n. Los remanentes de cr\u00e9dito. El resultado presupuestario: concepto, c\u00e1lculo y ajustes. El remanente de tesorer\u00eda: concepto y c\u00e1lculo. An\u00e1lisis del remanente de tesorer\u00eda para gastos con financiaci\u00f3n afectada y del remanente de tesorer\u00eda para gastos generales. La consolidaci\u00f3n presupuestaria.<\/p>\n<p>Tema 51. Estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera. Principios generales. Objetivos de estabilidad presupuestaria, de deuda p\u00fablica y de la regla de gasto para las Corporaciones Locales: establecimiento y consecuencias asociadas a su incumplimiento. Los planes econ\u00f3mico-financieros: contenido, tramitaci\u00f3n y seguimiento. Planes de ajuste y de saneamiento financiero. Suministro de informaci\u00f3n financiera de las Entidades Locales.<\/p>\n<p>Tema 52: La tesorer\u00eda de las Entidades Locales. R\u00e9gimen jur\u00eddico. El principio de unidad de caja. Funciones de la tesorer\u00eda. Organizaci\u00f3n. Situaci\u00f3n de los fondos: la caja y las cuentas bancarias. La realizaci\u00f3n de pagos: prelaci\u00f3n, procedimientos y medios de pago. El cumplimiento del plazo en los pagos: el per\u00edodo medio de pago. El estado de conciliaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Tema 53. La planificaci\u00f3n financiera. El plan de tesorer\u00eda y el plan de disposici\u00f3n fondos. La rentabilizaci\u00f3n de excedentes de tesorer\u00eda. Las operaciones de de tesorer\u00eda. El riesgo de tipos de inter\u00e9s y de cambio en las operaciones financieras.<\/p>\n<p>Tema 54. La contabilidad de las Entidades Locales y sus organismos aut\u00f3nomos: los modelos normal, simplificado y b\u00e1sico. Las instrucciones de los modelos normal y simplificado de contabilidad local: estructura y contenido. Particularidades del modelo b\u00e1sico.<\/p>\n<p>Tema 55. La cuenta general de las Entidades Locales: contenido, formaci\u00f3n, aprobaci\u00f3n y rendici\u00f3n. Otra informaci\u00f3n a suministrar al Pleno, a los \u00f3rganos de gesti\u00f3n, a los \u00f3rganos de control interno y a otras Administraciones P\u00fablicas.<\/p>\n<p>Jueves, 8 de noviembre de 2018 41691N\u00daMERO 217<br \/>\nTema 56. Marco integrado de control interno (COSO). Concepto de control interno y su aplicabilidad al sector p\u00fablico. Las normas de auditor\u00eda del sector p\u00fablico. La funci\u00f3n interventora en r\u00e9gimen de requisitos b\u00e1sicos en la Administraci\u00f3n General del Estado. El control interno de la actividad econ\u00f3mico-financiera de las Entidades Locales y sus entes dependientes. \u00c1mbito, formas, modalidades y principios de la funci\u00f3n de control, deberes y facultades del \u00f3rgano de control.<\/p>\n<p>Tema 57. Fases y contenido de la funci\u00f3n interventora en las Entidades Locales. El procedimiento para el ejercicio de la funci\u00f3n interventora sobre ingresos, gastos y pagos. El r\u00e9gimen de fiscalizaci\u00f3n e intervenci\u00f3n limitada previa de requisitos b\u00e1sicos. Los reparos y observaciones complementarias y la resoluci\u00f3n de discrepancias. Fiscalizaci\u00f3n de la autorizaci\u00f3n y disposici\u00f3n del gasto, reconocimiento de la obligaci\u00f3n y pago, \u00f3rdenes de pago a justificar y anticipos de caja fija. Comprobaci\u00f3n material de la inversi\u00f3n. La omisi\u00f3n de la funci\u00f3n interventora.<\/p>\n<p>Tema 58. Control financiero, control permanente y auditor\u00eda p\u00fablica en las Entidades Locales. El resultado del control financiero. Informe resumen y plan de acci\u00f3n. R\u00e9gimen del control simplificado. Convenios para el reforzamiento de los \u00f3rganos de control. Especialidades del r\u00e9gimen de control interno.<\/p>\n<p>Tema 59. El control externo de la actividad econ\u00f3mico-financiera del sector p\u00fablico local. La fiscalizaci\u00f3n de las Entidades Locales por el Tribunal de Cuentas y los \u00f3rganos de control externo de las Comunidades Aut\u00f3nomas. Las relaciones del Tribunal de Cuentas y los \u00f3rganos de control externo de las Comunidades Aut\u00f3nomas. La responsabilidad contable: concepto y r\u00e9gimen jur\u00eddico.<\/p>\n<p>Tema 60. Los recursos en el marco de la legislaci\u00f3n de las haciendas locales: de municipios, provincias y otras Entidades Locales. Reg\u00edmenes especiales. Los ingresos de derecho privado. Las subvenciones y otros ingresos de derecho p\u00fablico.<\/p>\n<p>Tema 61. La gesti\u00f3n, liquidaci\u00f3n y recaudaci\u00f3n de los recursos de las haciendas locales. La devoluci\u00f3n de ingresos indebidos. El procedimiento de recaudaci\u00f3n en per\u00edodo voluntario y ejecutivo. La revisi\u00f3n en v\u00eda administrativa de los actos de gesti\u00f3n tributaria dictados por las Entidades Locales, en municipios de r\u00e9gimen com\u00fan y de gran poblaci\u00f3n. La gesti\u00f3n y recaudaci\u00f3n de recursos por cuenta de otros entes p\u00fablicos.<\/p>\n<p>Tema 62. La participaci\u00f3n de municipios y provincias en los tributos del Estado y de las Comunidades Aut\u00f3nomas. Criterios de distribuci\u00f3n y reglas de evoluci\u00f3n. Reg\u00edmenes especiales. La cooperaci\u00f3n econ\u00f3mica del Estado y de las Comunidades Aut\u00f3nomas a las inversiones de las Entidades Locales. Los fondos de la Uni\u00f3n Europea para Entidades Locales.<\/p>\n<p>Tema 63. Los derechos constitucionales de los empleados p\u00fablicos. Pol\u00edticas de igualdad y contra la violencia de g\u00e9nero en las Administraciones P\u00fablicas. Pol\u00edticas dirigidas a la atenci\u00f3n a personas con discapacidad y\/o dependientes.<\/p>\n<p>Jueves, 8 de noviembre de 2018 41692N\u00daMERO 217<br \/>\nTema 64. El personal al servicio de las Entidades Locales: clases y r\u00e9gimen jur\u00eddico. Los instrumentos de organizaci\u00f3n del personal: plantillas y relaciones de puestos de trabajo. Los instrumentos reguladores de los recursos humanos: la oferta de empleo, los planes de empleo y otros sistemas de racionalizaci\u00f3n. El acceso a los empleos locales: sistemas de selecci\u00f3n y provisi\u00f3n.<\/p>\n<p>Tema 65. Los derechos de los funcionarios locales. Derechos individuales. Especial referencia a la carrera administrativa y a las retribuciones. El r\u00e9gimen de Seguridad Social. Los deberes de los funcionarios locales. El r\u00e9gimen disciplinario. El r\u00e9gimen de responsabilidad civil, penal y patrimonial. El r\u00e9gimen de incompatibilidades.<\/p>\n<p>Tema 66. R\u00e9gimen jur\u00eddico de los funcionarios de habilitaci\u00f3n con car\u00e1cter nacional. Los puestos de trabajo de Secretar\u00eda, Intervenci\u00f3n y Tesorer\u00eda. Clasificaci\u00f3n de los puestos y funciones de estos.<\/p>\n<p>Jueves, 8 de noviembre de 2018 41693N\u00daMERO 217<br \/>\n2. Programa de materias espec\u00edficas (46 temas):<\/p>\n<p>Tema 1. Los principios de la organizaci\u00f3n administrativa: la competencia y sus t\u00e9cnicas de traslaci\u00f3n. La jerarqu\u00eda, lo coordinaci\u00f3n y el control. Conflicto de atribuciones.<\/p>\n<p>Tema 2. La potestad organizatoria de la Administraci\u00f3n. Creaci\u00f3n, modificaci\u00f3n y supresi\u00f3n de los \u00f3rganos administrativos. Clases de \u00f3rganos. Especial referencia a \u00f3rganos colegiados.<\/p>\n<p>Tema 3. Las relaciones interadministrativas. Principios. Colaboraci\u00f3n, cooperaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n. La sustituci\u00f3n y la disoluci\u00f3n de Corporaciones Locales. Impugnaci\u00f3n de los actos y acuerdos locales y ejercicio de acciones.<\/p>\n<p>Tema 4. R\u00e9gimen urban\u00edstico de la propiedad del suelo. Contenido del derecho de propiedad del suelo: facultades, deberes y cargas. Criterios de utilizaci\u00f3n del suelo en la normativa b\u00e1sica. Especial referencia a la situaci\u00f3n de suelo rural y urbanizado: facultades y deberes en cada tipo de suelo. Criterios de valoraci\u00f3n.<\/p>\n<p>Tema 5. Las actuaciones de transformaci\u00f3n urban\u00edstica y edificatoria: tipos y fundamento. Deberes vinculados a la promoci\u00f3n de las actuaciones de transformaci\u00f3n urban\u00edstica y de las actuaciones edificatorias.<\/p>\n<p>Tema 6. La ordenaci\u00f3n del territorio. La Carta Europea de Ordenaci\u00f3n del Territorio. La Estrategia Territorial Europea. Ordenaci\u00f3n del territorio y urbanismo: problemas de articulaci\u00f3n. Los instrumentos de ordenaci\u00f3n territorial y su incidencia urban\u00edstica. Actuaciones de inter\u00e9s regional auton\u00f3micas y la planificaci\u00f3n territorial auton\u00f3mica supramunicipal.<\/p>\n<p>Tema 7. Instrumentos de planeamiento general a la luz de la normativa auton\u00f3mica: planes generales y normas subsidiarias y complementarias. Planes de ordenaci\u00f3n intermunicipal y planes de sectorizaci\u00f3n. Municipios sin ordenaci\u00f3n: proyectos de delimitaci\u00f3n del suelo urbano y normas de aplicaci\u00f3n directa.<\/p>\n<p>Tema 8. Planeamiento de desarrollo a la luz de la normativa auton\u00f3mica. Planes parciales. Estudios de detalle. Planes de reforma interior. El planeamiento especial. Las ordenanzas urban\u00edsticas.<\/p>\n<p>Tema 9. Elaboraci\u00f3n y aprobaci\u00f3n de planes a la luz de la normativa auton\u00f3mica. Competencia y procedimiento. Efectos de la aprobaci\u00f3n. Iniciativa y colaboraci\u00f3n de los particulares. Publicidad. Modificaci\u00f3n y revisi\u00f3n de planes.<\/p>\n<p>Tema 10. Ejecuci\u00f3n del planeamiento. Presupuestos de la ejecuci\u00f3n. Los diversos sistemas de actuaci\u00f3n: elecci\u00f3n del sistema. El principio de equidistribuci\u00f3n y sus t\u00e9cnicas: \u00e1reas de reparto y unidad de ejecuci\u00f3n. Aprovechamiento medio y tipo. El programa de actuaci\u00f3n. El proyecto de urbanizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Jueves, 8 de noviembre de 2018 41694N\u00daMERO 217<br \/>\nTema 11. El sistema de compensaci\u00f3n y asimilados en la normativa auton\u00f3mica. Estatutos y bases de actuaci\u00f3n de la junta de compensaci\u00f3n. Sistema de cooperaci\u00f3n. La reparcelaci\u00f3n. Sistema de expropiaci\u00f3n. Otros sistemas de ejecuci\u00f3n urban\u00edstica. Obtenci\u00f3n de terrenos dotacionales.<\/p>\n<p>Tema 12. Expropiaciones urban\u00edsticas. Supuestos expropiatorios. Procedimientos de tasaci\u00f3n individual y conjunta. Supuestos indemnizatorios. Las valoraciones urban\u00edsticas.<\/p>\n<p>Tema 13. Instrumentos de intervenci\u00f3n en el mercado del suelo. Los patrimonios p\u00fablicos de suelo: especial referencia al r\u00e9gimen jur\u00eddico del patrimonio municipal del suelo.<\/p>\n<p>Tema 14. Las \u00e1reas de reserva. Derechos de tanteo y retracto y de readquisici\u00f3n preferente. El derecho de superficie. Los convenios urban\u00edsticos: modalidades y caracter\u00edsticas.<\/p>\n<p>Tema 15. Intervenci\u00f3n administrativa en la edificaci\u00f3n o uso del suelo. La autorizaci\u00f3n administrativa previa a trav\u00e9s de la licencia urban\u00edstica: r\u00e9gimen jur\u00eddico con especial referencia al silencio administrativo. Otras t\u00e9cnicas autorizatorias: la comunicaci\u00f3n previa o la declaraci\u00f3n responsable. Las \u00f3rdenes de ejecuci\u00f3n. Deberes de conservaci\u00f3n y r\u00e9gimen de la declaraci\u00f3n de ruina.<\/p>\n<p>Tema 16. La inspecci\u00f3n urban\u00edstica. Protecci\u00f3n de la legalidad urban\u00edstica. Obras sin la preceptiva autorizaci\u00f3n administrativa o contrarias a sus condiciones. Autorizaciones ilegales. La restauraci\u00f3n de la legalidad urban\u00edstica. Infracciones y sanciones urban\u00edsticas.<\/p>\n<p>Tema 17. Los distintos niveles de la hacienda p\u00fablica. Distribuci\u00f3n de competencias y modelos de financiaci\u00f3n. Las subvenciones intergubernamentales.<\/p>\n<p>Tema 18. El sistema tributario estatal. Especial referencia a los impuestos sobre la renta y sobre el valor a\u00f1adido.<\/p>\n<p>Tema 19. La financiaci\u00f3n de las Comunidades Aut\u00f3nomas: principios generales. Recursos de las Comunidades Aut\u00f3nomas. Especial referencia a los tributos propios, tributos cedidos y Fondo de Compensaci\u00f3n Interterritorial.<\/p>\n<p>Tema 20. Los tributos locales: principios. La potestad reglamentaria de las Entidades Locales en materia tributaria: contenido de las ordenanzas fiscales, tramitaci\u00f3n y r\u00e9gimen de impugnaci\u00f3n de los actos de imposici\u00f3n y ordenaci\u00f3n de tributos. El establecimiento de recursos no tributarios.<\/p>\n<p>Tema 21. La inspecci\u00f3n de los tributos. Funciones y facultades. Actuaciones inspectoras. Infracciones y sanciones tributarias. Procedimiento de inspecci\u00f3n tributaria. La inspecci\u00f3n de los recursos no tributarios.<\/p>\n<p>Jueves, 8 de noviembre de 2018 41695N\u00daMERO 217<br \/>\nTema 22. El impuesto sobre bienes inmuebles. Naturaleza. Hecho imponible. Sujeto pasivo. Exenciones y bonificaciones. Base imponible: el valor catastral. Base liquidable. Cuota, devengo y per\u00edodo impositivo. Gesti\u00f3n catastral y gesti\u00f3n tributaria. Inspecci\u00f3n catastral.<\/p>\n<p>Tema 23. El impuesto sobre actividades econ\u00f3micas: r\u00e9gimen jur\u00eddico. Naturaleza. Hecho imponible. Sujeto pasivo. Especial referencia a las exenciones. Cuota: las tarifas. Devengo y per\u00edodo impositivo. Gesti\u00f3n censal. Gesti\u00f3n tributaria. Inspecci\u00f3n censal. El recargo provincial. El impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras: r\u00e9gimen jur\u00eddico. Naturaleza y hecho imponible. Sujeto pasivo. Base imponible. Cuota y devengo. Gesti\u00f3n. El impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana. Naturaleza y hecho imponible. Sujeto pasivo. Exenciones. Base imponible. Cuota. Devengo. Gesti\u00f3n.<\/p>\n<p>Tema 24. El impuesto sobre veh\u00edculos de tracci\u00f3n mec\u00e1nica: r\u00e9gimen jur\u00eddico. Naturaleza y hecho imponible. Sujeto pasivo. Base imponible, cuota y devengo. Gesti\u00f3n. El impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana: r\u00e9gimen jur\u00eddico.<\/p>\n<p>Tema 25. El cr\u00e9dito local. Clases de operaciones de cr\u00e9dito. Naturaleza jur\u00eddica de los contratos: tramitaci\u00f3n. Las operaciones de cr\u00e9dito a largo plazo. Finalidad y duraci\u00f3n. Competencia. L\u00edmites y requisitos para la concertaci\u00f3n de operaciones de cr\u00e9dito a largo plazo. Operaciones de cr\u00e9dito a corto plazo. La concesi\u00f3n de avales por las Entidades Locales.<\/p>\n<p>Tema 26. Actividad subvencional de las Administraciones P\u00fablicas. Procedimientos de concesi\u00f3n y gesti\u00f3n de las subvenciones. Reintegro de subvenciones. Control financiero. Infracciones y sanciones administrativas en materia de subvenciones.<\/p>\n<p>Tema 27. Las competencias municipales en materia de tr\u00e1fico, circulaci\u00f3n de veh\u00edculos a motor y seguridad vial. La regulaci\u00f3n municipal de usos de las v\u00edas urbanas. El procedimiento sancionador en materia de tr\u00e1fico.<\/p>\n<p>Tema 28. Seguridad ciudadana y polic\u00eda local. Los cuerpos de polic\u00edas locales. Funciones. La coordinaci\u00f3n de las polic\u00edas locales. Protecci\u00f3n civil y las competencias municipales en la legislaci\u00f3n sectorial estatal. Los servicios de prevenci\u00f3n y extinci\u00f3n de incendios.<\/p>\n<p>Tema 29. Las competencias de las Entidades Locales en materia de medio ambiente urbano (I). Parques y jardines p\u00fablicos. La protecci\u00f3n contra la contaminaci\u00f3n ac\u00fastica, lum\u00ednica y atmosf\u00e9rica en las zonas urbanas. El control ambiental de actividades en la normativa sectorial de aplicaci\u00f3n. Especial referencia a la unidad de mercado en el ejercicio de actividades econ\u00f3micas. La inspecci\u00f3n municipal.<\/p>\n<p>Jueves, 8 de noviembre de 2018 41696N\u00daMERO 217<br \/>\nTema 30. Las competencias de las Entidades Locales en materia de medio ambiente urbano (II). La gesti\u00f3n de los residuos urbanos en la legislaci\u00f3n sectorial de aplicaci\u00f3n. El abastecimiento de agua y la evacuaci\u00f3n y tratamiento de las aguas residuales.<\/p>\n<p>Tema 31. Protecci\u00f3n de la salubridad p\u00fablica: las competencias atribuidas por la legislaci\u00f3n de r\u00e9gimen local. Las competencias sanitarias de las Entidades Locales en la legislaci\u00f3n sectorial estatal. Cementerios y actividades funerarias. Polic\u00eda sanitaria mortuoria.<\/p>\n<p>Tema 32. Las ferias y mercados. La venta ambulante. Intervenci\u00f3n municipal en espect\u00e1culos p\u00fablicos, actividades recreativas y establecimientos p\u00fablicos. Intervenci\u00f3n municipal en el comercio y determinados servicios en los t\u00e9rminos de la legislaci\u00f3n sectorial. Especial referencia a la unidad de mercado en el ejercicio de actividades econ\u00f3micas.<\/p>\n<p>Tema 33. Las competencias municipales en materia de servicios sociales. Los instrumentos de cooperaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n interadministrativa en materia de servicios sociales. Las pol\u00edticas municipales de juventud e igualdad de g\u00e9nero.<\/p>\n<p>Tema 34. Las competencias en materia de transporte colectivo de viajeros. Los transportes urbanos. Las experiencias de gesti\u00f3n coordinada del transporte de viajeros en \u00e1mbitos supramunicipales. Los consorcios de transportes colectivos de viajeros.<\/p>\n<p>Tema 35. El alcance de las competencias locales en materia de educaci\u00f3n. Los consejos escolares de \u00e1mbito local. La cultura. Las obligaciones de las Entidades Locales en materia de protecci\u00f3n del patrimonio hist\u00f3rico-art\u00edstico. El deporte. La representaci\u00f3n de las Entidades Locales en los \u00f3rganos consultivos del deporte.<\/p>\n<p>Tema 36. La participaci\u00f3n de las Entidades Locales en la pol\u00edtica de vivienda. Las pol\u00edticas municipales del suelo y viviendas de protecci\u00f3n p\u00fablica. Patrimonio municipal del suelo como instrumento de gesti\u00f3n en al promoci\u00f3n de viviendas de protecci\u00f3n p\u00fablica. El plan de vivienda y los convenios interadministrativos de colaboraci\u00f3n.<\/p>\n<p>Tema 37. Competencias de las Entidades Locales en materia de turismo. Informaci\u00f3n y promoci\u00f3n de la actividad tur\u00edstica de inter\u00e9s local. Municipios tur\u00edsticos. Los medios de difusi\u00f3n de titularidad de las Entidades Locales: alcance y competencia.<\/p>\n<p>Tema 38. Las sociedades mercantiles p\u00fablicas. Su constituci\u00f3n. Control. Rendici\u00f3n de cuentas. Diferenciaci\u00f3n entre sociedades prestadoras de servicios y en r\u00e9gimen de actividad econ\u00f3mica. Las fundaciones: r\u00e9gimen jur\u00eddico.<\/p>\n<p>Jueves, 8 de noviembre de 2018 41697N\u00daMERO 217<br \/>\nTema 39. El derecho del trabajo. El contrato de trabajo: elementos. Modificaci\u00f3n, suspensi\u00f3n y extinci\u00f3n de la relaci\u00f3n laboral. Derechos y deberes de trabajadores y empresarios. El salario.<\/p>\n<p>Tema 40. Modalidades de la contrataci\u00f3n laboral. Medidas para el fomento del empleo. Sindicaci\u00f3n y representaci\u00f3n. Los convenios colectivos. Conflictos colectivos. El derecho de huelga y su ejercicio.<\/p>\n<p>Tema 41. Tasas y precios p\u00fablicos: principales diferencias. Las contribuciones especiales: anticipo y aplazamiento de cuotas y colaboraci\u00f3n ciudadana. Las cuotas de urbanizaci\u00f3n. Diferencias con las contribuciones especiales.<\/p>\n<p>Tema 42. Contratos bancarios. Clasificaci\u00f3n. El dep\u00f3sito bancario. Los pr\u00e9stamos bancarios. La apertura de cr\u00e9dito: concepto, naturaleza y clases. R\u00e9gimen de los contratos de apertura de cr\u00e9dito. El descuento bancario.<\/p>\n<p>Tema 43. Valores mobiliarios. Valores negociables. T\u00edtulos valores. La letra de cambio. Concepto y funci\u00f3n econ\u00f3mica. Creaci\u00f3n de la letra: capacidad cambiaria y representaci\u00f3n; requisitos formales. La aceptaci\u00f3n. El endoso. El aval. Vencimiento y pago de la letra. Acciones y excepciones cambiarias. El cheque. El pagar\u00e9.<\/p>\n<p>Tema 44. El concurso. Presupuesto subjetivo y objetivo. El auto de declaraci\u00f3n de concurso. Efectos sobre los acreedores, los cr\u00e9ditos y los contratos. Determinaci\u00f3n de la masa activa. Las acciones de reintegraci\u00f3n patrimonial. La masa pasiva y los cr\u00e9ditos contra la masa. El convenio: contenido y sus efectos. La calificaci\u00f3n del concurso.<\/p>\n<p>Tema 45. Ley 8\/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de G\u00e9nero en Extremadura.<\/p>\n<p>Tema 46. Ley Org\u00e1nica 15\/1999, de 13 de diciembre, de Protecci\u00f3n de Datos de Car\u00e1cter Personal. Real Decreto 1720\/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Org\u00e1nica 15\/1999, de 13 de diciembre, de Protecci\u00f3n de Datos de Car\u00e1cter Personal.<\/p>\n<p>Jueves, 8 de noviembre de 2018 41698N\u00daMERO 217<br \/>\n3. Programa de materias auton\u00f3micas (9 temas):<\/p>\n<p>Tema 1. Ley 13\/2015, de 8 de abril, de Funci\u00f3n P\u00fablica de Extremadura.<\/p>\n<p>Tema 2. Ley 1\/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura.<\/p>\n<p>Tema 3. Ley 15\/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenaci\u00f3n Territorial de Extremadura.<\/p>\n<p>Tema 4. Ley 17\/2010, de 22 de diciembre, de Mancomunidades y Entidades Locales Menores de Extremadura.<\/p>\n<p>Tema 5. Ley 7\/2017, de 1 de agosto, de Coordinaci\u00f3n de Polic\u00edas Locales de Extremadura. Decreto 71\/2018, de 29 de mayo, por el que se establece el r\u00e9gimen de la Comisi\u00f3n de Coordinaci\u00f3n de Polic\u00edas Locales de Extremadura y se crea y establece el r\u00e9gimen jur\u00eddico de la Comisi\u00f3n T\u00e9cnica de Mandos de la Polic\u00eda Local de Extremadura.<\/p>\n<p>Tema 6. Decreto 53\/2010, de 5 de marzo, por el que se regula el procedimiento para la constituci\u00f3n, modificaci\u00f3n y disoluci\u00f3n de Agrupaciones de Entidades Locales para sostenimiento en com\u00fan de puestos de Secretar\u00eda e Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Tema 7. Decreto 50\/2017, de 18 de abril, por el que se regulan las ayudas para el fomento de las Agrupaciones de Entidades Locales para el sostenimiento en com\u00fan del puesto de Secretar\u00eda e Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Tema 8. Decreto 7\/2018, de 23 de enero, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesi\u00f3n de ayudas a Entidades Locales para obras o servicios de inter\u00e9s general y social en el \u00e1mbito del Acuerdo para el Empleo y la Protecci\u00f3n Social Agrarios.<\/p>\n<p>Tema 9. Decreto 37\/2018, de 3 de abril, por el que se regulan las bases para la distribuci\u00f3n del Fondo de Cooperaci\u00f3n para las Mancomunidades Integrales de Municipios de Extremadura.<br \/>\nJueves<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>ORDEN de 30 de octubre de 2018 por la que se convoca proceso selectivo para la elaboraci\u00f3n de una relaci\u00f3n de personas candidatas para la provisi\u00f3n de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, subescala de Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n, mediante nombramiento interino, en Entidades Locales de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[2814,2813,4,2816,2812,2815,2817],"tags":[1585],"class_list":["post-13455","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-contratacion","category-funcionarios-de-carrera-con-habilitacion-nacional","category-novedades-normativas","category-policia-local","category-presupuestos","category-retribuciones-personal-publico","category-seguridad-vial","tag-administracion-localextremadura"],"acf":[],"yoast_head":"<!-- This site is optimized with the Yoast SEO plugin v28.6 - 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