{"id":13516,"date":"2020-12-23T12:47:27","date_gmt":"2020-12-23T12:47:27","guid":{"rendered":"https:\/\/normativamunicipal.com\/uncategorized\/contabilidad-local\/"},"modified":"2020-12-23T12:47:27","modified_gmt":"2020-12-23T12:47:27","slug":"contabilidad-local","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=13516","title":{"rendered":"CONTABILIDAD LOCAL"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Orden HAC\/1364\/2018, de 12 de diciembre, por la que se modifican los planes de cuentas locales anexos a las instrucciones de los modelos normal y simplificado de contabilidad local, aprobadas por las \u00d3rdenes HAP\/1781 y 1782\/2013, de 20 de septiembre.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><!--more-->[sc name=\u00bbGu\u00eda del Interventor Municipal\u00bb ]<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">BOE de 22 de diciembre de 2018<br \/>\nTEXTO<br \/>\nLos Planes de Cuentas Locales anexos a las Instrucciones de los modelos normal y simplificado de contabilidad local, aprobadas por las \u00d3rdenes HAP\/1781 y 1782\/2013, de 20 de septiembre, son por mandato del art\u00edculo 203.1 del Texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2\/2004, de 5 de marzo, una adaptaci\u00f3n a las entidades locales del Plan General de Contabilidad P\u00fablica (en adelante, PGCP), aprobado por la Orden EHA\/1037\/2010, de 13 de abril.<br \/>\nEn consecuencia, la modificaci\u00f3n de dicho PGCP mediante Orden HFP\/1970\/2016, de 16 de diciembre, obliga a efectuar una revisi\u00f3n de los Planes de Cuentas Locales y a aprobar, a trav\u00e9s de esta Orden, su correlativa modificaci\u00f3n para adaptarlos al PGCP modificado.<br \/>\nUna de las razones que ha llevado a modificar el Plan General de Contabilidad P\u00fablica, es que la cuenta 413 \u00abAcreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto\u00bb no ha venido utiliz\u00e1ndose de forma homog\u00e9nea por todas las Administraciones P\u00fablicas, resultando necesario aclarar qu\u00e9 obligaciones han de registrarse a trav\u00e9s de dicha cuenta 413, con el fin de homogeneizar su utilizaci\u00f3n en todo el sector p\u00fablico y hacer m\u00e1s comparable la informaci\u00f3n obtenida de ella.<br \/>\nLa modificaci\u00f3n que se aprueba consiste b\u00e1sicamente en eliminar de los Planes de Cuentas Locales la cuenta 411, \u00abAcreedores por gastos devengados\u00bb, integr\u00e1ndola en la nueva cuenta 413, que pasa a denominarse \u00abAcreedores por operaciones devengadas\u00bb, y cuya utilizaci\u00f3n responder\u00e1, exclusivamente, al principio de devengo.<br \/>\nLa nueva cuenta 413 recoger\u00e1, con car\u00e1cter general, las deudas derivadas de gastos econ\u00f3micos no financieros, as\u00ed como las deudas derivadas de la adquisici\u00f3n o construcci\u00f3n de activos que no nazcan aplazadas, es decir, que no se formalicen mediante contratos de arrendamiento financiero ni con pago aplazado.<br \/>\nA diferencia del Plan General de Contabilidad P\u00fablica, en los Planes de Cuentas Locales y para satisfacer necesidades de informaci\u00f3n se prev\u00e9 el desarrollo de la cuenta 413 en divisionarias, que tendr\u00e1n car\u00e1cter opcional para las entidades contables.<br \/>\nLa modificaci\u00f3n afecta asimismo a la frecuencia m\u00ednima con la que deber\u00e1 utilizarse la nueva cuenta 413, que pasar\u00e1 a ser trimestral en el Plan General de Contabilidad P\u00fablica adaptado a la Administraci\u00f3n local (pues, en este momento, es trimestral la frecuencia de los suministros de informaci\u00f3n sobre la cuenta 413 para las entidades locales con poblaci\u00f3n superior a 5.000 habitantes), manteni\u00e9ndose anual en el Plan de Cuentas Local Simplificado (pues es anual la frecuencia de los suministros de informaci\u00f3n sobre la cuenta 413 para las entidades locales con poblaci\u00f3n no superior a 5.000 habitantes).<br \/>\nLa presente Orden consta de dos art\u00edculos y una disposici\u00f3n final. En el art\u00edculo primero se describe la modificaci\u00f3n del Plan General de Contabilidad P\u00fablica adaptado a la Administraci\u00f3n local, detallando los cambios que se introducen en las distintas partes del Plan afectadas por la modificaci\u00f3n, y en el art\u00edculo segundo se describe, en t\u00e9rminos similares salvo por lo que se refiere a la frecuencia m\u00ednima de utilizaci\u00f3n de la cuenta 413, la modificaci\u00f3n del Plan de Cuentas Local Simplificado. En la disposici\u00f3n final se establece la entrada en vigor de la Orden el 1 de enero de 2019.<br \/>\nEsta norma se adecua a los principios de buena regulaci\u00f3n contenidos en el art\u00edculo 129 de la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas.<br \/>\nEn concreto, cumple con los principios de necesidad y eficacia puesto que, con su aprobaci\u00f3n, se persigue cumplir el mandato legal de adaptar los Planes de Cuentas Locales al Plan General de Contabilidad P\u00fablica, favoreciendo con ello la homogeneidad en la utilizaci\u00f3n de la cuenta 413 en todo el sector p\u00fablico, y esta norma es el instrumento id\u00f3neo pues alcanzar tal objetivo requiere modificar los Planes de Cuentas Locales y ello solo puede hacerse mediante Orden de la Ministra de Hacienda.<br \/>\nLa norma cumple tambi\u00e9n con el principio de proporcionalidad pues la regulaci\u00f3n que contiene es la m\u00ednima imprescindible para alcanzar el objetivo descrito. La norma garantiza el principio de seguridad jur\u00eddica dado que facilita la coherencia de la norma con el resto del ordenamiento jur\u00eddico contable. La propia tramitaci\u00f3n de la norma garantiza la aplicaci\u00f3n del principio de transparencia.<br \/>\nPor \u00faltimo, la norma respeta el principio de eficiencia pues no genera nuevas cargas administrativas y se estima que las medidas que deben adoptarse para dar cumplimiento a lo previsto en ella pueden ser asumidas con los recursos tanto t\u00e9cnicos como humanos con los que se cuenta en la actualidad.<br \/>\nEn virtud de las competencias que el art\u00edculo 203.1 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2\/2004, de 5 de marzo, atribuye a la Ministra de Hacienda, para el desarrollo normativo en materia de contabilidad de las entidades locales y sus organismos aut\u00f3nomos, a propuesta de la Intervenci\u00f3n General de la Administraci\u00f3n del Estado, previo informe favorable de la Comisi\u00f3n Nacional de Administraci\u00f3n Local y de acuerdo con el Consejo de Estado, dispongo:<br \/>\nArt\u00edculo primero. Modificaci\u00f3n del Plan General de Contabilidad P\u00fablica adaptado a la Administraci\u00f3n Local anexo a la Instrucci\u00f3n del modelo normal de contabilidad local, aprobada por la Orden HAP\/1781\/2013, de 20 de septiembre.<br \/>\nEl Plan General de Contabilidad P\u00fablica adaptado a la Administraci\u00f3n Local (en adelante PCN) queda modificado como sigue:<br \/>\nUno. En el modelo de Balance, que figura en el apartado 2, \u00abModelos de Cuentas anuales\u00bb, de la tercera parte del PCN, se suprime la cuenta 411, y se sustituyen las subcuentas 4130, 4131, 4132 y 4133 por la cuenta 413.<br \/>\nDos. En la nota 24. \u00abInformaci\u00f3n presupuestaria\u00bb, del modelo de Memoria, que figura en el apartado 2, \u00abModelos de Cuentas anuales\u00bb, de la tercera parte del PCN se realizan las siguientes modificaciones:<br \/>\na) Se elimina el apartado 24.1.1.c), \u00abAcreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto\u00bb.<br \/>\nb) Se crea el apartado 24.7, \u00abAcreedores por operaciones devengadas\u00bb, que tendr\u00e1 el siguiente contenido y modelo:<br \/>\n\u00abInformaci\u00f3n sobre los acreedores por operaciones devengadas a 31 de diciembre no recogidas en otros apartados de la memoria, detallada en funci\u00f3n de la cuenta representativa de la naturaleza de las operaciones.\u00bb<br \/>\nAcreedores por operaciones devengadas<br \/>\nCuenta Importe Observaciones<\/p>\n<p>Total<br \/>\nTres. En la cuarta parte del PCN, \u00abCuadro de cuentas\u00bb, se realizan las siguientes modificaciones:<br \/>\na) Se suprime la cuenta 411, \u00abAcreedores por gastos devengados\u00bb.<br \/>\nb) La cuenta 413, \u00abAcreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto\u00bb, pasa a denominarse \u00abAcreedores por operaciones devengadas\u00bb y sus divisionarias se sustituyen por las siguientes:<br \/>\n1. \u00ab4130. Acreedores por operaciones aplicables a presupuesto en per\u00edodos posteriores.\u00bb<br \/>\n2. \u00ab4131. Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto.\u00bb<br \/>\nCuatro. En la quinta parte del PCN, \u00abDefiniciones y relaciones contables\u00bb, se realizan las siguientes modificaciones:<br \/>\na) En los movimientos de la cuenta 400, \u00abAcreedores por obligaciones reconocidas. Presupuesto de gastos corriente\u00bb se introducen las siguientes modificaciones:<br \/>\n1. Se elimina el apartado a.5) y se renumeran los apartados a.6), a.7), a.8) y a.9) que pasan a ser los apartados a.5), a.6), a.7) y a.8), respectivamente.<br \/>\n2. El nuevo apartado a.5) queda redactado como sigue:<br \/>\n\u00aba.5) La cuenta 413, \u00abAcreedores por operaciones devengadas\u00bb, cuando se dicte el acto administrativo de reconocimiento y liquidaci\u00f3n de la obligaci\u00f3n presupuestaria.\u00bb<br \/>\nb) Se suprime la cuenta 411, \u00abAcreedores por gastos devengados\u00bb.<br \/>\nc) La denominaci\u00f3n, definici\u00f3n y relaciones contables de la cuenta 413 pasan a ser las siguientes:<br \/>\n\u00ab413. Acreedores por operaciones devengadas.<br \/>\nDeudas derivadas de operaciones devengadas no recogidas en otras cuentas de este Plan. Entre dichas operaciones se recoger\u00e1n las deudas derivadas de adquisici\u00f3n o construcci\u00f3n de activos que no nazcan aplazadas.<br \/>\nFigurar\u00e1 en el pasivo corriente del balance, en los ep\u00edgrafes II, \u201cDeudas a corto plazo\u201d, III, \u201cDeudas con entidades del grupo, multigrupo y asociadas a corto plazo\u201d, o IV, \u201cAcreedores y otras cuentas a pagar a corto plazo\u201d, seg\u00fan corresponda.<br \/>\nSu movimiento es el siguiente:<br \/>\na) Se abonar\u00e1, al devengo de la operaci\u00f3n o al menos al final de cada trimestre, con cargo a las cuentas del grupo 6, \u201cCompras y gastos por naturaleza\u201d, o a las cuentas de balance, representativas de las operaciones devengadas.<br \/>\nb) Se cargar\u00e1 con abono a:<br \/>\nb.1) La cuenta 400, \u201cAcreedores por obligaciones reconocidas. Presupuesto de gastos corriente\u201d, cuando se dicte el acto administrativo de reconocimiento y liquidaci\u00f3n de la obligaci\u00f3n presupuestaria.<br \/>\nb.2) La cuenta 5581, \u201cProvisiones de fondos para anticipos de caja fija pendientes de justificaci\u00f3n\u201d, a la reposici\u00f3n del anticipo de caja fija, por los gastos del mismo reconocidos previamente.<br \/>\nSu saldo, acreedor, recoger\u00e1 el importe de las obligaciones derivadas de operaciones devengadas no recogidas en otras cuentas del Plan.<br \/>\nCon car\u00e1cter opcional la entidad contable podr\u00e1 utilizar las siguientes divisionarias:<br \/>\n4130. Acreedores por operaciones aplicables a presupuesto en per\u00edodos posteriores.<br \/>\nRecoge las obligaciones devengadas que no deban incluirse en la subcuenta 4131, \u201cAcreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto\u201d.<br \/>\nEn particular, se incluir\u00e1n en esta subcuenta las obligaciones derivadas de las certificaciones expedidas el mes siguiente por las obras ejecutadas en el \u00faltimo mes de cada trimestre, y aquellas obligaciones similares que deriven de documentos acreditativos de la conformidad con la prestaci\u00f3n realizada en otros contratos.<br \/>\nSu movimiento es el siguiente:<br \/>\na) Se abonar\u00e1, al devengo de la operaci\u00f3n o al menos al final de cada trimestre, con cargo a las cuentas del grupo 6, \u201cCompras y gastos por naturaleza\u201d, o a las cuentas de balance representativas de las operaciones devengadas.<br \/>\nb) Se cargar\u00e1 con abono a:<br \/>\nb.1) La cuenta 400, \u201cAcreedores por obligaciones reconocidas. Presupuesto de gastos corriente\u201d, cuando se dicte el acto administrativo de reconocimiento y liquidaci\u00f3n de la obligaci\u00f3n presupuestaria.<br \/>\nb.2) La subcuenta 4131, \u201cAcreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto\u201d, cuando la obligaci\u00f3n devengada deba imputarse al presupuesto de gastos corriente o al menos al final del trimestre en que se produzca dicha circunstancia.<br \/>\nSu saldo, acreedor, recoger\u00e1 el importe de las obligaciones devengadas no imputables todav\u00eda al presupuesto de gastos de la entidad.<br \/>\n4131. Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto.<br \/>\nRecoge las obligaciones devengadas que no se han aplicado al presupuesto siendo procedente su aplicaci\u00f3n en el per\u00edodo actual o en alguno anterior.<br \/>\nSu movimiento es el siguiente:<br \/>\na) Se abonar\u00e1, al menos al final de cada trimestre, con cargo a:<br \/>\na.1) La subcuenta 4130, \u201cAcreedores por operaciones aplicables a presupuesto en per\u00edodos posteriores\u201d, una vez que la obligaci\u00f3n devengada deba imputarse al presupuesto de gastos corriente.<br \/>\na.2) Las cuentas del grupo 6, \u201cCompras y gastos por naturaleza\u201d, o a las cuentas de balance representativas de las operaciones devengadas cuando se devenguen en el mismo trimestre en que deban imputarse al presupuesto de gastos corriente.<br \/>\nb) Se cargar\u00e1 con abono a:<br \/>\nb.1) La cuenta 400, \u201cAcreedores por obligaciones reconocidas. Presupuesto de gastos corriente\u201d, cuando se dicte el acto administrativo de reconocimiento y liquidaci\u00f3n de la obligaci\u00f3n presupuestaria.<br \/>\nb.2) La cuenta 5581, \u201cProvisiones de fondos para anticipos de caja fija pendientes de justificaci\u00f3n\u201d, a la reposici\u00f3n del anticipo de caja fija, por los gastos del mismo reconocidos previamente.<br \/>\nSu saldo, acreedor, recoger\u00e1 el importe de las obligaciones devengadas pendientes de aplicar a presupuesto.\u00bb<br \/>\nArt\u00edculo segundo. Modificaci\u00f3n del Plan de Cuentas Local Simplificado anexo a la Instrucci\u00f3n del modelo simplificado de contabilidad local, aprobada por la Orden HAP\/1782\/2013, de 20 de septiembre.<br \/>\nEl Plan de Cuentas Local Simplificado (en adelante PCS) queda modificado como sigue:<br \/>\nUno. En la nota 18. \u00abInformaci\u00f3n presupuestaria\u00bb, del modelo de Memoria, que figura en el apartado 2, \u00abModelos de Cuentas anuales\u00bb, de la tercera parte del PCS se realizan las siguientes modificaciones:<br \/>\na) Se elimina el apartado 18.1.1.c), \u00abAcreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto\u00bb.<br \/>\nb) Se crea el apartado 18.7, \u00abAcreedores por operaciones devengadas\u00bb, que tendr\u00e1 el siguiente contenido:<br \/>\n\u00abInformaci\u00f3n sobre los acreedores por operaciones devengadas a 31 de diciembre no recogidas en otros apartados de la memoria, detallada en funci\u00f3n de la cuenta representativa de la naturaleza de las operaciones.\u00bb<br \/>\nAcreedores por operaciones devengadas<br \/>\nCuenta Importe Observaciones<\/p>\n<p>Total<br \/>\nDos. En la cuarta parte del PCS, \u00abCuadro de cuentas\u00bb, se realizan las siguientes modificaciones:<br \/>\na) Se suprime la cuenta 411, \u00abAcreedores por gastos devengados\u00bb.<br \/>\nb) La cuenta 413, \u00abAcreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto\u00bb, pasa a denominarse \u00abAcreedores por operaciones devengadas\u00bb y se desarrolla a trav\u00e9s de las siguientes divisionarias:<br \/>\n1. \u00ab4130. Acreedores por operaciones aplicables a presupuesto en per\u00edodos posteriores.\u00bb<br \/>\n2. \u00ab4131. Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto.\u00bb<br \/>\nTres. En la quinta parte del PCS, \u00abDefiniciones y relaciones contables\u00bb, se realizan las siguientes modificaciones:<br \/>\na) En los movimientos de la cuenta 400, \u00abAcreedores por obligaciones reconocidas. Presupuesto de gastos corriente\u00bb se introducen las siguientes modificaciones:<br \/>\n1. Se elimina el apartado a.5) y se renumeran los apartados a.6), a.7) y a.8) que pasan a ser los apartados a.5), a.6) y a.7), respectivamente.<br \/>\n2. El nuevo apartado a.5) queda redactado como sigue:<br \/>\n\u00aba.5) La cuenta 413, \u201cAcreedores por operaciones devengadas\u201d, cuando se dicte el acto administrativo de reconocimiento y liquidaci\u00f3n de la obligaci\u00f3n presupuestaria.\u00bb<br \/>\nb) Se suprime la cuenta 411, \u00abAcreedores por gastos devengados\u00bb.<br \/>\nc) La denominaci\u00f3n, definici\u00f3n y relaciones contables de la cuenta 413 pasan a ser las siguientes:<br \/>\n\u00ab413. Acreedores por operaciones devengadas.<br \/>\nDeudas derivadas de operaciones devengadas no recogidas en otras cuentas de este Plan. Entre dichas operaciones se recoger\u00e1n las deudas derivadas de adquisici\u00f3n o construcci\u00f3n de activos que no nazcan aplazadas.<br \/>\nFigurar\u00e1 en el pasivo corriente del balance, en el ep\u00edgrafe III, \u201cAcreedores y otras cuentas a pagar a corto plazo\u201d.<br \/>\nSu movimiento es el siguiente:<br \/>\na) Se abonar\u00e1, al menos a 31 de diciembre, con cargo a las cuentas del grupo 6, \u201cCompras y gastos por naturaleza\u201d, o a las cuentas de balance, representativas de las operaciones devengadas.<br \/>\nb) Se cargar\u00e1 con abono a:<br \/>\nb.1) La cuenta 400, \u201cAcreedores por obligaciones reconocidas. Presupuesto de gastos corriente\u201d, cuando se dicte el acto administrativo de reconocimiento y liquidaci\u00f3n de la obligaci\u00f3n presupuestaria.<br \/>\nb.2) La cuenta 558, \u201cProvisiones de fondos para pagos a justificar y anticipos de caja fija\u201d, una vez aprobada la cuenta justificativa del anticipo de caja fija, por los gastos que se hubiesen reconocido previamente.<br \/>\nSu saldo, acreedor, recoger\u00e1 el importe de las obligaciones derivadas de operaciones devengadas no recogidas en otras cuentas del Plan.<br \/>\nCon car\u00e1cter opcional la entidad contable podr\u00e1 utilizar las siguientes divisionarias:<br \/>\n4130. Acreedores por operaciones aplicables a presupuesto en ejercicios posteriores.<br \/>\nRecoge las obligaciones devengadas que no deban incluirse en la subcuenta 4131, \u201cAcreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto\u201d.<br \/>\nEn particular, se incluir\u00e1n en esta subcuenta las obligaciones derivadas de las certificaciones expedidas en el mes de enero de cada a\u00f1o por las obras ejecutadas en diciembre, y aquellas obligaciones similares que deriven de documentos acreditativos de la conformidad con la prestaci\u00f3n realizada en otros contratos.<br \/>\nSu movimiento es el siguiente:<br \/>\na) Se abonar\u00e1, al menos a 31 de diciembre, con cargo a las cuentas del grupo 6, \u201cCompras y gastos por naturaleza\u201d, o a las cuentas de balance representativas de las operaciones devengadas.<br \/>\nb) Se cargar\u00e1 con abono a:<br \/>\nb.1) La cuenta 400, \u201cAcreedores por obligaciones reconocidas. Presupuesto de gastos corriente\u201d, cuando se dicte el acto administrativo de reconocimiento y liquidaci\u00f3n de la obligaci\u00f3n presupuestaria.<br \/>\nb.2) La subcuenta 4131, \u201cAcreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto\u201d, al menos a 31 de diciembre, una vez que la obligaci\u00f3n devengada deba imputarse al presupuesto de gastos corriente.<br \/>\nSu saldo, acreedor, recoger\u00e1 el importe de las obligaciones devengadas no imputables todav\u00eda al presupuesto de gastos de la entidad.<br \/>\n4131. Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto.<br \/>\nRecoge las obligaciones devengadas que no se han aplicado al presupuesto corriente siendo procedente dicha aplicaci\u00f3n.<br \/>\nSu movimiento es el siguiente:<br \/>\na) Se abonar\u00e1, al menos a 31 de diciembre, con cargo a:<br \/>\na.1) La subcuenta 4130, \u201cAcreedores por operaciones aplicables a presupuesto en ejercicios posteriores\u201d, una vez que la obligaci\u00f3n devengada deba imputarse al presupuesto de gastos corriente.<br \/>\na.2) Las cuentas del grupo 6, \u201cCompras y gastos por naturaleza\u201d, o a las cuentas de balance representativas de las operaciones devengadas cuando se devenguen en el mismo ejercicio en que deban imputarse al presupuesto de gastos corriente.<br \/>\nb) Se cargar\u00e1 con abono a:<br \/>\nb.1) La cuenta 400, \u201cAcreedores por obligaciones reconocidas. Presupuesto de gastos corriente\u201d, cuando se dicte el acto administrativo de reconocimiento y liquidaci\u00f3n de la obligaci\u00f3n presupuestaria.<br \/>\nb.2) La cuenta 558, \u201cProvisiones de fondos para pagos a justificar y anticipos de caja fija\u201d, una vez aprobada la cuenta justificativa del anticipo de caja fija, por los gastos que se hubiesen reconocido previamente.<br \/>\nSu saldo, acreedor, recoger\u00e1 el importe de las obligaciones devengadas pendientes de aplicar a presupuesto.\u00bb<br \/>\nDisposici\u00f3n final \u00fanica. Entrada en vigor.<br \/>\nLa presente Orden entrar\u00e1 en vigor el 1 de enero de 2019. A estos efectos se practicar\u00e1n los oportunos ajustes al asiento de apertura de la contabilidad a dicha fecha con el fin de clasificar debidamente los saldos de las cuentas afectadas.<br \/>\nMadrid, 12 de diciembre de 2018.\u2013La Ministra de Hacienda, Mar\u00eda Jes\u00fas Montero Cuadrado.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Orden HAC\/1364\/2018, de 12 de diciembre, por la que se modifican los planes de cuentas locales anexos a las instrucciones de los modelos normal y simplificado de contabilidad local, aprobadas por las \u00d3rdenes HAP\/1781 y 1782\/2013, de 20 de septiembre.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[4],"tags":[1633],"class_list":["post-13516","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-novedades-normativas","tag-contabilidad-local"],"acf":[],"yoast_head":"<!-- This site is optimized with the Yoast SEO plugin v28.6 - 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