{"id":13591,"date":"2020-12-23T12:47:51","date_gmt":"2020-12-23T12:47:51","guid":{"rendered":"https:\/\/normativamunicipal.com\/uncategorized\/plan-de-contratacion-publica-ecologica\/"},"modified":"2020-12-24T11:28:52","modified_gmt":"2020-12-24T11:28:52","slug":"plan-de-contratacion-publica-ecologica","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=13591","title":{"rendered":"PLAN DE CONTRATACI\u00d3N P\u00daBLICA ECOL\u00d3GICA"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Orden PCI\/86\/2019, de 31 de enero, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 7 de diciembre de 2018, por el que se aprueba el Plan de Contrataci\u00f3n P\u00fablica Ecol\u00f3gica de la Administraci\u00f3n General del Estado, sus organismos aut\u00f3nomos y las entidades gestoras de la Seguridad Social (2018-2025).<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><!--more-->[sc name=\u00bbGu\u00eda del Interventor Municipal\u00bb ]<br \/>\nBOE de 4 de febrero de 2019<br \/>\nTEXTO<br \/>\nEl Consejo de Ministros en su reuni\u00f3n de 7 de diciembre de 2018 y a propuesta de las Ministras para la Transici\u00f3n Ecol\u00f3gica y de Hacienda, ha adoptado un Acuerdo por el que se aprueba el Plan de Contrataci\u00f3n P\u00fablica Ecol\u00f3gica de la Administraci\u00f3n General del Estado, sus organismos aut\u00f3nomos y las entidades gestoras de la Seguridad Social (2018-2025).<br \/>\nPara general conocimiento se dispone su publicaci\u00f3n como anejo a la presente Orden.<br \/>\nMadrid, 31 de enero de 2019.\u2013La Vicepresidenta del Gobierno y Ministra de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad, Carmen Calvo Poyato.<br \/>\nANEJO<br \/>\nAcuerdo de Consejo de Ministros por el que se aprueba el Plan de Contrataci\u00f3n P\u00fablica Ecol\u00f3gica de la Administraci\u00f3n General del Estado, sus organismos aut\u00f3nomos y las entidades gestoras de la Seguridad Social (2018-2025)<br \/>\nLa contrataci\u00f3n p\u00fablica ecol\u00f3gica (CPE) es una importante herramienta para el logro de las pol\u00edticas medioambientales relacionadas con el cambio clim\u00e1tico, la utilizaci\u00f3n de los recursos y la producci\u00f3n y el consumo sostenibles.<br \/>\nLa Comunicaci\u00f3n de la Comisi\u00f3n Europea al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comit\u00e9 Econ\u00f3mico y Social Europeo y al Comit\u00e9 de las Regiones COM(2008) 400 final, de 16 de julio de 2008 Contrataci\u00f3n p\u00fablica para un medio ambiente mejor, define la compra y contrataci\u00f3n p\u00fablica verde (CCPV) como \u00abun proceso por el cual las autoridades p\u00fablicas tratan de adquirir mercanc\u00edas, servicios y obras con un impacto medioambiental reducido durante su ciclo de vida, en comparaci\u00f3n con el de mercanc\u00edas, servicios y obras con la misma funci\u00f3n primaria que se adquir\u00edan en su lugar.\u00bb<br \/>\nLa Comunicaci\u00f3n de la Comisi\u00f3n al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comit\u00e9 Econ\u00f3mico y Social Europeo y al Comit\u00e9 de las Regiones COM(2015) 614 final, de 2 de diciembre de 2015, Cerrar el c\u00edrculo: un plan de acci\u00f3n de la UE para la econom\u00eda circular, tiene como objetivo lograr una econom\u00eda sostenible, hipocarb\u00f3nica, eficiente en el uso de los recursos y competitiva, en la que el valor de los productos, los materiales y los recursos se mantengan en la econom\u00eda durante el mayor tiempo posible y en la que se reduzca el m\u00ednimo la generaci\u00f3n de residuos.<br \/>\nLa contrataci\u00f3n p\u00fablica puede desempe\u00f1ar un papel clave en el objetivo de esta comunicaci\u00f3n y de la econom\u00eda circular, a trav\u00e9s de sus acciones sobre contrataci\u00f3n p\u00fablica ecol\u00f3gica. La contrataci\u00f3n p\u00fablica, seg\u00fan se\u00f1ala la Comunicaci\u00f3n de la Comisi\u00f3n COM(2015) 614 final, representa casi un 20 % del PIB de la Uni\u00f3n Europea. La utilizaci\u00f3n de recursos financieros p\u00fablicos en la contrataci\u00f3n p\u00fablica permite a las administraciones, en el desarrollo de su actividad, fomentar y contribuir a los objetivos de sostenibilidad econ\u00f3mica y medioambiental.<br \/>\nAsimismo, el citado plan de acci\u00f3n de la UE para la econom\u00eda circular insta a la Comisi\u00f3n a poner en marcha medidas para su desarrollo. En respuesta a dicho plan de acci\u00f3n, se est\u00e1 elaborando una Estrategia Espa\u00f1ola de Econom\u00eda Circular, que entre otras cuestiones incorpora la contrataci\u00f3n p\u00fablica ecol\u00f3gica como elemento fundamental.<br \/>\nEn un entorno mundial que tiene como objetivo fundamental crecer de forma sostenible, se debe tener en cuenta que la Asamblea General de las Naciones Unidas ha aprobado, mediante Resoluci\u00f3n de 25 de septiembre de 2015, el documento Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, en el que se reconoce que es este uno de los mayores desaf\u00edos del futuro inmediato. La Agenda plantea 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible con 169 metas de car\u00e1cter integrado e indivisible que abarcan las esferas econ\u00f3mica, social y ambiental. La nueva estrategia regir\u00e1 los programas de desarrollo mundiales durante los pr\u00f3ximos quince a\u00f1os. Al adoptarla, los Estados se comprometieron a movilizar los medios necesarios para su puesta en pr\u00e1ctica, mediante una responsabilidad com\u00fan y universal, los Estados tienen soberan\u00eda plena sobre su riqueza, recursos y actividad econ\u00f3mica, y cada uno fijar\u00e1 sus propias metas nacionales, apeg\u00e1ndose a los Objetivos de Desarrollo Sostenible.<br \/>\nDiversas organizaciones internacionales como el Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), la Organizaci\u00f3n para la Cooperaci\u00f3n y el Desarrollo Econ\u00f3micos (OCDE) y la Organizaci\u00f3n Mundial del Comercio (OMC) han desarrollado, asimismo, iniciativas en relaci\u00f3n con la contrataci\u00f3n p\u00fablica.<br \/>\nEn estas organizaciones se reconoce a la contrataci\u00f3n p\u00fablica un potencial importante para facilitar los cambios en aquellos modelos de producci\u00f3n y de consumo que dichas organizaciones consideran que no son sostenibles, bien sea por sus impactos en el medio ambiente, en el \u00e1mbito econ\u00f3mico-social, en el comercio global e internacional en las actuales econom\u00edas, o bien por las combinaciones y derivaciones de dichos impactos.<br \/>\nDesde los a\u00f1os 80 y con el transcurso de los a\u00f1os, la Comisi\u00f3n Europea ha desarrollado una serie de estudios a trav\u00e9s de los cuales se ha reconocido la importancia de la contrataci\u00f3n p\u00fablica ecol\u00f3gica como un instrumento id\u00f3neo para promover e implementar diversas pol\u00edticas y estrategias ambientales de la Uni\u00f3n Europea.<br \/>\nSe citan ordenados cronol\u00f3gicamente algunos de especial relevancia:<br \/>\n\u2013 En 2001 la Comisi\u00f3n present\u00f3 ante el Consejo Europeo de Gotemburgo el estudio \u00abDesarrollo sostenible en Europa para un mundo mejor: Estrategia de la Uni\u00f3n Europea para un desarrollo sostenible\u00bb. Esta estrategia establec\u00eda un marco pol\u00edtico a escala de la Uni\u00f3n Europea (UE) para permitir el desarrollo sostenible. Entre sus principales objetivos se encontraba el de promover modos de producci\u00f3n y de consumo m\u00e1s sostenibles por medio del fomento de la contrataci\u00f3n p\u00fablica ecol\u00f3gica, el aumento de la difusi\u00f3n de innovaciones medioambientales y tecnolog\u00edas ecol\u00f3gicas, y el desarrollo de la informaci\u00f3n y el etiquetado adecuados de productos y servicios.<br \/>\n\u2013 En ese mismo a\u00f1o 2001 se hizo p\u00fablico el Comunicado de la Comisi\u00f3n Europea sobre el Sexto Programa de Acci\u00f3n Comunitaria en Materia de Medio Ambiente, Medio ambiente 2010: El futuro est\u00e1 en nuestras manos. Entre sus principales contenidos se encontraban el fomento de la utilizaci\u00f3n de la etiqueta ecol\u00f3gica y la promoci\u00f3n de una pol\u00edtica de contrataci\u00f3n p\u00fablica respetuosa con el medio ambiente.<br \/>\n\u2013 En 2003 la Comisi\u00f3n Europea, en su Comunicaci\u00f3n sobre \u00abPol\u00edtica Integrada de Productos (IPP)\u00bb, incluy\u00f3 la recomendaci\u00f3n de establecer planes de acci\u00f3n de contrataci\u00f3n p\u00fablica verde, por parte de los Estados miembros, como uno de los instrumentos para mover el mercado hacia productos m\u00e1s ecoeficientes.<br \/>\n\u2013 A finales de 2004 se present\u00f3 el Informe Kok \u00abHacer frente al desaf\u00edo: La estrategia de Lisboa para el crecimiento y el empleo\u00bb (Revisi\u00f3n de la Estrategia de Lisboa), en el que se reiteraba la recomendaci\u00f3n de establecer planes de acci\u00f3n de compra y la contrataci\u00f3n p\u00fablica verde por parte de los Estados miembros.<br \/>\n\u2013 En 2005 la Comisi\u00f3n Europea public\u00f3 el informe \u00abCompras ecol\u00f3gicas. Manual sobre la contrataci\u00f3n p\u00fablica ecol\u00f3gica\u00bb, recientemente revisado en 2016, cuyo objeto era ayudar a que los poderes p\u00fablicos pusieran en marcha una pol\u00edtica de compras ecol\u00f3gica. En \u00e9l se explican de forma pr\u00e1ctica las posibilidades que ofrece el derecho comunitario europeo y presenta soluciones simples y eficaces que se pueden emplear en los procedimientos de contrataci\u00f3n p\u00fablica.<br \/>\n\u2013 Entre 2005 y 2006, la Comisi\u00f3n desarroll\u00f3 el estudio \u00abGreen Public Procurement in Europe. 2005 Status Overview\u00bb, realizado en los entonces 25 Estados miembros. Este estudio es la base para la definici\u00f3n del contenido y alcance de los planes nacionales de acci\u00f3n en contrataci\u00f3n p\u00fablica ecol\u00f3gica que se desarrollar\u00e1n en los Estados miembros en los siguientes a\u00f1os. El estudio, despu\u00e9s de analizar una amplia documentaci\u00f3n, apunt\u00f3 que siete pa\u00edses, Austria, Dinamarca, Finlandia, Alemania, Pa\u00edses Bajos, Suecia y Reino Unido incorporaban un mayor n\u00famero de consideraciones ambientales en sus contrataciones.<br \/>\n\u2013 En la Revisi\u00f3n de la Estrategia de la Uni\u00f3n Europea para un Desarrollo Sostenible (EDS UE) de 2006 se incorporaron una serie de objetivos de fomento de patrones de consumo y producci\u00f3n sostenibles, entre los que se encuentran la mejora del rendimiento medioambiental y social para productos y procedimientos, as\u00ed como fomentar su adopci\u00f3n por las empresas y los consumidores, y alcanzar en el a\u00f1o 2010 en toda la UE un nivel medio de contrataci\u00f3n p\u00fablica ecol\u00f3gica igual al que han alcanzado hasta la fecha de redacci\u00f3n de dicha estrategia los Estados miembros m\u00e1s sobresalientes.<br \/>\n\u2013 Tambi\u00e9n conviene citar, por sus directas implicaciones en el \u00e1mbito de la contrataci\u00f3n p\u00fablica ecol\u00f3gica, el documento COM(2011) 15 final, Libro Verde sobre la modernizaci\u00f3n de la pol\u00edtica de contrataci\u00f3n p\u00fablica de la UE hacia un mercado europeo de la contrataci\u00f3n p\u00fablica m\u00e1s eficiente(1), y la COM(2010) 2020 final, Europa 2020: Una estrategia para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador(2).<br \/>\n(1) Libro Verde sobre la modernizaci\u00f3n de la pol\u00edtica de contrataci\u00f3n p\u00fablica de la UE &#8211; Hacia un mercado europeo de la contrataci\u00f3n p\u00fablica m\u00e1s eficiente, COM(2011) 15, enero de 2011.<br \/>\n(2) Comunicaci\u00f3n de la Comisi\u00f3n EUROPA 2020. Una estrategia para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador (COM(2010) 2020 final).<br \/>\nhttp:\/\/eur-lex.europa.eu\/LexUriServ\/LexUriServ.do?uri=COM:2010:2020:FIN:ES:PDF.<br \/>\nEn esta Estrategia se plantea que la contrataci\u00f3n p\u00fablica:<br \/>\nMejore las condiciones generales que favorezcan la innovaci\u00f3n por parte de las empresas en los mercados donde el sector p\u00fablico es un destacado comprador, haciendo un uso pleno de las pol\u00edticas de demanda.<br \/>\nApoye el cambio hacia una econom\u00eda que haga un uso m\u00e1s eficiente de los recursos (con bajas emisiones de carbono, por ejemplo) fomentando la generalizaci\u00f3n de una contrataci\u00f3n p\u00fablica ecol\u00f3gica, y a la vez competitiva,<br \/>\nMejore el entorno empresarial, en especial para las PYME innovadoras, un alto nivel de empleo, as\u00ed como la cohesi\u00f3n territorial y social.<br \/>\n\u2013 Por su parte, la Comunicaci\u00f3n de la Comisi\u00f3n Innovation Union (Uni\u00f3n para la Innovaci\u00f3n)-SEC(2010) 1161, vino a cuantificar el peso cuantitativo que significa la contrataci\u00f3n p\u00fablica, y afirm\u00f3 que \u00abcon un 19,4 % aproximado del PIB de la Uni\u00f3n Europea en 2009, la contrataci\u00f3n p\u00fablica posee un potencial inmenso para sacar al mercado las innovaciones de la UE\u00bb. Este documento tambi\u00e9n destaca la importancia de la compra p\u00fablica de innovaci\u00f3n, al se\u00f1alar que \u00aba partir de 2011, los Estados miembros y las regiones deber\u00edan destinar presupuesto a compras pre-comerciales y compras p\u00fablicas de productos y servicios innovadores\u00bb. Con este planteamiento la UE aspira a promover la innovaci\u00f3n que mejore la eficiencia y la calidad de los servicios p\u00fablicos, y lograr que se consoliden mercados innovadores.<br \/>\n\u2013 En la actualidad la Comisi\u00f3n Europea est\u00e1 desarrollando nuevos criterios, o revisando los existentes generados por la Comisi\u00f3n con anterioridad, para una serie de grupos de productos y servicios. La coordinaci\u00f3n de los trabajos y contacto con los sectores y Estados miembros lo lleva a cabo el Centro de Investigaci\u00f3n Conjunta de la Comisi\u00f3n Europea (JRC, por sus siglas en ingl\u00e9s). Los resultados y documentos que se generan se discuten en el Comit\u00e9 Consultivo para la Contrataci\u00f3n P\u00fablica Verde de la Comisi\u00f3n Europea, Direcci\u00f3n de Medio Ambiente, que se re\u00fane peri\u00f3dicamente, y en el que participan representantes de los Estados miembros de la UE, de pa\u00edses observadores como Noruega y Suiza, agentes econ\u00f3micos y sociales, la Red Internacional de Gobiernos Locales para la Sostenibilidad (ICLEI), y el PNUMA a trav\u00e9s de su coordinador del Programa de Contrataci\u00f3n P\u00fablica Sostenible del Marco Decenal de Programas de Producci\u00f3n y Consumo Sostenibles.<br \/>\n\u2013 El PNUMA ha venido desarrollando trabajos en materia de contrataci\u00f3n p\u00fablica sostenible (SPP, por sus siglas en ingl\u00e9s) en el marco del Programa sobre SPP del Grupo operativo de Marrakech (Marrakech Task Force, MTF) sobre SPP, que es una iniciativa internacional para promover la SPP en el \u00e1mbito nacional y local, tanto en pa\u00edses desarrollados como en pa\u00edses en desarrollo. Esta iniciativa se puso en marcha por el Gobierno de Suiza en 2005, como uno de los siete MTF dentro del Proceso de Marrakech sobre Producci\u00f3n y Consumo Sostenibles que lideran el PNUMA y el Departamento de Asuntos Econ\u00f3micos y Sociales de Naciones Unidas.<br \/>\nLa organizaci\u00f3n intergubernamental OCDE ha impulsado el intercambio de puntos de vista y ha compartido su propia experiencia en la elaboraci\u00f3n de an\u00e1lisis y recomendaciones, en los temas de la contrataci\u00f3n p\u00fablica y su papel en el crecimiento econ\u00f3mico sostenible, el impulso al empleo, la asistencia al desarrollo, y como apoyo al establecimiento de relaciones entre las pol\u00edticas ambientales, las pol\u00edticas de gasto p\u00fablico, el comercio mundial y la competencia.<br \/>\nLa OCDE lleva a cabo iniciativas conjuntas con el PNUMA en la materia de la contrataci\u00f3n p\u00fablica verde y sostenible. Menci\u00f3n expresa merece la publicaci\u00f3n de un compendio de estudios de caso sobre buenas pr\u00e1cticas en la puesta en pr\u00e1ctica de la contrataci\u00f3n p\u00fablica ecol\u00f3gica que se han llevado a cabo en un total de 21 pa\u00edses. Menci\u00f3n expresa merecen tambi\u00e9n los trabajos de la Organizaci\u00f3n Internacional para la Normalizaci\u00f3n (ISO, por sus siglas en ingl\u00e9s), organizaci\u00f3n no gubernamental que desarrolla normas internacionales voluntarias.<br \/>\nTambi\u00e9n hay citar la ISO 20400 que normaliza directrices y principios para todos los agentes econ\u00f3micos y sociales que participan en los procesos internos y externos de compra, incluidos los contratistas, suministradores, compradores, y las autoridades de compra, como parte del ejercicio de demostraci\u00f3n de buenas pr\u00e1cticas en contrataci\u00f3n sostenible.<br \/>\nI. Marco normativo desarrollado en la materia de contrataci\u00f3n p\u00fablica ecol\u00f3gica en el \u00e1mbito de la UE<br \/>\nAdem\u00e1s de los estudios, informes, estrategias y conjunto de comunicaciones orientados a promover la contrataci\u00f3n p\u00fablica ecol\u00f3gica en la UE, que se han descrito en el apartado anterior, hay que referirse al desarrollo de la normativa europea que incorpora y define objetivos de contrataci\u00f3n p\u00fablica ecol\u00f3gica en diferentes \u00e1mbitos.<br \/>\nEn 2004 se desarrollaron dos directivas europeas de contrataci\u00f3n p\u00fablica, en las que se defini\u00f3 c\u00f3mo se pueden integrar cl\u00e1usulas ambientales en los contratos p\u00fablicos:<br \/>\n\u2013 Directiva 2004\/17\/CE, de 31 de marzo de 2004, sobre la coordinaci\u00f3n de los procedimientos de adjudicaci\u00f3n de los contratos en los sectores del agua, la energ\u00eda, los transportes y los servicios postales.<br \/>\n\u2013 Directiva 2004\/18\/CE, de 31 de marzo de 2004, sobre la coordinaci\u00f3n de los procedimientos de adjudicaci\u00f3n de los contratos p\u00fablicos de obras, suministros y servicios.<br \/>\nA la luz de la experiencia adquirida, y en el seno del Parlamento Europeo, en particular desde su Comisi\u00f3n Parlamentaria para el Mercado Interior, se llevaron a cabo diversos trabajos orientados a la reforma de dicho marco legislativo en materia de contrataci\u00f3n p\u00fablica. La base de la propuesta de reforma se fundamenta en el informe de la Europarlamentaria R\u00fchle (2011), a partir del cual plante\u00f3 la necesidad de:<br \/>\n\u2013 Mejorar y clarificar el \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n de las directivas de contrataci\u00f3n, as\u00ed como diversos conceptos como el de la colaboraci\u00f3n p\u00fablico-privada, o el de oferta econ\u00f3micamente m\u00e1s ventajosa en t\u00e9rminos de beneficios econ\u00f3micos sociales y medioambientales.<br \/>\n\u2013 Simplificar los procedimientos y las normas, y mejorar la formaci\u00f3n de los operadores econ\u00f3micos y autoridades adjudicatarias, as\u00ed como facilitar la profesionalizaci\u00f3n de los gestores de la contrataci\u00f3n.<br \/>\n\u2013 Facilitar el acceso de las PYME a la contrataci\u00f3n p\u00fablica.<br \/>\n\u2013 Establecer procedimientos m\u00e1s eficaces que promuevan la innovaci\u00f3n.<br \/>\n\u2013 Generalizar el uso de la contrataci\u00f3n electr\u00f3nica.<br \/>\nDel mismo modo, los trabajos llevados a cabo en torno a la elaboraci\u00f3n de la Estrategia Europa 2020 para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador, apuntaron a la conveniencia de proceder a la actualizaci\u00f3n del marco legislativo en materia de contrataci\u00f3n p\u00fablica.<br \/>\nLas directivas de contrataci\u00f3n p\u00fablica de 2004 fueron modificadas y las nuevas directivas que rigen la contrataci\u00f3n p\u00fablica en la UE en la actualidad, incluyen las siguientes caracter\u00edsticas en relaci\u00f3n con la contrataci\u00f3n p\u00fablica ecol\u00f3gica:<br \/>\n\u2013 La modernizaci\u00f3n del sistema p\u00fablico de contrataci\u00f3n, una mayor eficiencia y la simplificaci\u00f3n procedimental; adem\u00e1s, por primera vez se regulan en sede europea tanto las fases de preparaci\u00f3n y adjudicaci\u00f3n de los contratos p\u00fablicos, como las de ejecuci\u00f3n y resoluci\u00f3n de los mismos.<br \/>\n\u2013 El dise\u00f1o de pol\u00edticas que permitan un mayor crecimiento, en un contexto de globalizaci\u00f3n econ\u00f3mica y competitividad, al tiempo que se refuerzan las garant\u00edas para el cumplimiento de las obligaciones aplicables en los \u00e1mbitos del derecho medioambiental, social y laboral, y se facilita que los compradores utilicen mejor la contrataci\u00f3n p\u00fablica en apoyo de objetivos que incluyen la protecci\u00f3n del medio ambiente, hacer un uso m\u00e1s eficiente de los recursos y de la energ\u00eda y luchar contra el cambio clim\u00e1tico, promover la innovaci\u00f3n y la inclusi\u00f3n social.<br \/>\n\u2013 El impulso y la facilitaci\u00f3n del acceso de las PYME a la contrataci\u00f3n p\u00fablica.<br \/>\nII. Marco normativo en Espa\u00f1a<br \/>\nLa incorporaci\u00f3n de las primeras Directivas (Directiva 2004\/17\/CE y Directiva 2004\/18\/CE citadas en el anterior apartado) al ordenamiento estatal se llev\u00f3 a cabo con la publicaci\u00f3n de las siguientes leyes de contrataci\u00f3n p\u00fablica, que establecieron la posibilidad de incorporar aspectos medioambientales y sociales en la contrataci\u00f3n p\u00fablica:<br \/>\n\u2013 Ley 30\/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector P\u00fablico (LCSP).<br \/>\n\u2013 Ley 31\/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contrataci\u00f3n en los sectores de agua, la energ\u00eda, los transportes y los servicios postales.<br \/>\nCon posterioridad, el Real Decreto Legislativo 3\/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la LCSP vino a dar cumplimiento a la disposici\u00f3n final 32\u00aa de la Ley 2\/2011, de 4 de marzo, de Econom\u00eda Sostenible. En dicho real decreto legislativo se integraron y armonizaron diversos contenidos de la LCSP y de otras disposiciones en materia de contrataci\u00f3n del sector p\u00fablico.<br \/>\nEn el \u00e1mbito de la eficiencia energ\u00e9tica, la Ley 15\/2014, de 16 de septiembre, de racionalizaci\u00f3n del Sector P\u00fablico y otras medidas de reforma administrativa, en su disposici\u00f3n adicional decimotercera transpone al ordenamiento jur\u00eddico espa\u00f1ol del art\u00edculo 6 de la Directiva 2012\/27\/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la eficiencia energ\u00e9tica, estableciendo los principios y requisitos de eficiencia energ\u00e9tica para la adquisici\u00f3n de bienes, servicios y edificios por las administraciones p\u00fablicas integradas en el Sector P\u00fablico Estatal.<br \/>\nEl Real Decreto 163\/2014, de 14 de marzo, por el que se crea el registro de huella de carbono, compensaci\u00f3n y proyectos de absorci\u00f3n de di\u00f3xido de carbono, estableci\u00f3 que, a efectos de lo dispuesto en el texto refundido de la LCSP, aprobado por Real Decreto Legislativo 3\/2011, de 14 de noviembre, el \u00f3rgano de contrataci\u00f3n podr\u00eda incluir entre las consideraciones de tipo medioambiental, la huella de carbono en la contrataci\u00f3n p\u00fablica (art\u00edculo 10).<br \/>\nEn la actualidad, nos encontramos ante un panorama legislativo marcado por la denominada Estrategia Europa 2020, dentro de la cual, la contrataci\u00f3n p\u00fablica desempe\u00f1a un papel clave, puesto que se configura como uno de los instrumentos basados en el mercado interior que deben ser utilizados para conseguir un crecimiento inteligente, sostenible e integrador, garantizando al mismo tiempo un uso con mayor racionalidad econ\u00f3mica de los fondos p\u00fablicos.<br \/>\nAdem\u00e1s, promover la toma en consideraci\u00f3n de criterios de sostenibilidad en la contrataci\u00f3n p\u00fablica tiene un alto valor ejemplarizante, al tiempo que puede suponer un elemento relevante de influencia en el mercado, incentivando al sector privado hacia nuevas formas de producci\u00f3n y de consumo m\u00e1s respetuosas con el medioambiente.<br \/>\nTambi\u00e9n hay que hacer referencia a la Estrategia Espa\u00f1ola de Responsabilidad Social de las Empresas, entre las que se incluye a las administraciones p\u00fablicas y a las empresas p\u00fablicas, y que establece un compromiso de contribuir a alumbrar modelos de gesti\u00f3n sostenibles en el tiempo y crear una cultura innovadora. En el \u00e1mbito de la contrataci\u00f3n p\u00fablica, esta estrategia impulsa la incorporaci\u00f3n de cl\u00e1usulas sociales y medioambientales en la contrataci\u00f3n p\u00fablica, de acuerdo a la legislaci\u00f3n vigente en cada momento, y fomenta la incorporaci\u00f3n de criterios ambientales, manteniendo como finalidad que estos objetivos se conozcan en todos los niveles de la administraci\u00f3n p\u00fablica y aprovechen todas las posibilidades que ofrece el marco jur\u00eddico tanto nacional como internacional sobre la contrataci\u00f3n p\u00fablica, fomentando la implicaci\u00f3n de las administraciones p\u00fablicas y de sus proveedores.<br \/>\nIII. La nueva regulaci\u00f3n en materia de contrataci\u00f3n<br \/>\nCon el fin de regular el papel clave de la contrataci\u00f3n p\u00fablica, aparecen las tres nuevas directivas comunitarias: la Directiva 2014\/24\/UE, sobre contrataci\u00f3n p\u00fablica; la Directiva 2014\/25\/UE, relativa a la contrataci\u00f3n por entidades que operan en los sectores del agua, la energ\u00eda, los transportes y los servicios postales, y la m\u00e1s novedosa, ya que carece de precedente en la normativa comunitaria, la Directiva 2014\/23\/UE, relativa a la adjudicaci\u00f3n de contratos de concesi\u00f3n.<br \/>\nEstas Directivas constituyen la culminaci\u00f3n de un proceso iniciado en el seno de la Uni\u00f3n Europea en 2010, que despu\u00e9s de diversas propuestas y negociaciones primero en la Comisi\u00f3n, luego en el Consejo de la Uni\u00f3n Europea y finalmente, entre el Parlamento y el Consejo, fue finalmente aprobado por aquel el 15 de enero de 2014, siendo publicadas estas normas en el DOUE el 28 de marzo de 2014.<br \/>\nLas nuevas directivas vienen a sustituir a las actualmente vigentes, d\u00e1ndose por concluido un proceso de revisi\u00f3n y modernizaci\u00f3n de las vigentes normas sobre contrataci\u00f3n p\u00fablica, que permitan incrementar la eficiencia del gasto p\u00fablico y facilitar, en particular, la participaci\u00f3n de las peque\u00f1as y medianas empresas (PYME) en la contrataci\u00f3n p\u00fablica, as\u00ed como permitir que los poderes p\u00fablicos empleen la contrataci\u00f3n en apoyo de objetivos sociales comunes.<br \/>\nActualmente, la contrataci\u00f3n p\u00fablica en nuestro pa\u00eds se rige por la Ley 9\/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector P\u00fablico, por la que se transponen al ordenamiento jur\u00eddico espa\u00f1ol las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014\/23\/UE y 2014\/24\/UE, de 26 de febrero de 2014, que, en la l\u00ednea mencionada, recoge en el Pre\u00e1mbulo, como objetivo expl\u00edcito de la nueva ley: \u00abconseguir que se utilice la contrataci\u00f3n p\u00fablica como instrumento para implementar las pol\u00edticas tanto europeas como nacionales en materia social, medioambiental, de innovaci\u00f3n y desarrollo, de promoci\u00f3n de las PYMES, y de defensa de la competencia. Todas estas cuestiones se constituyen como verdaderos objetivos de la Ley, persigui\u00e9ndose en todo momento la eficiencia en el gasto p\u00fablico y el respeto a los principios de igualdad de trato, no discriminaci\u00f3n, transparencia, proporcionalidad e integridad.\u00bb<br \/>\nLos objetivos que inspiran la regulaci\u00f3n contenida en la citada Ley son, en primer lugar, lograr una mayor transparencia en la contrataci\u00f3n p\u00fablica y, en segundo lugar, el de conseguir una mejor relaci\u00f3n calidad-precio. Para lograr este \u00faltimo objetivo por primera vez se establece la obligaci\u00f3n de los \u00f3rganos de contrataci\u00f3n de velar por que el dise\u00f1o de los criterios de adjudicaci\u00f3n permita obtener obras, suministros y servicios de gran calidad, concretamente mediante la inclusi\u00f3n de aspectos cualitativos, medioambientales, sociales e innovadores vinculados al objeto del contrato.<br \/>\nPor otra parte, ha finalizado ya la vigencia del Plan de Contrataci\u00f3n P\u00fablica Verde (PCPV) de la Administraci\u00f3n General del Estado (AGE), sus organismos p\u00fablicos y las entidades gestoras de la Seguridad Social. El PCPV aprobado en 2008, el cual se encontraba enmarcado en la Directiva 18\/2004\/CE, traspuesta a nuestro ordenamiento por la Ley 30\/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector P\u00fablico.<br \/>\nLa Orden PRE\/116\/2008, de 21 de enero de 2008, hizo p\u00fablico el Acuerdo de Consejo de Ministros por el que se aprobaba el plan cuyo principal objetivo ha sido la implantaci\u00f3n de pr\u00e1cticas respetuosas con el medio ambiente en la contrataci\u00f3n p\u00fablica. Se trata, en definitiva, de un plan que aspira a responder a objetivos comunitarios y, a la vez, y atendiendo a las recomendaciones de la Comisi\u00f3n Europea, ser un complemento y servir de apoyo a la implantaci\u00f3n de las pol\u00edticas estatales de defensa del medio ambiente y clima, as\u00ed como las de ahorro y eficiencia energ\u00e9ticas. Este plan fija las condiciones en las que los poderes adjudicadores podr\u00e1n introducir requerimientos de car\u00e1cter ambiental y social en las distintas fases de la contrataci\u00f3n p\u00fablica, y establece objetivos orientados a la incorporaci\u00f3n de consideraciones ambientales para adquirir y contratar una serie de grupos concretos de productos, servicios y obras, que hab\u00edan sido considerados como prioritarios por la Comisi\u00f3n Europea: construcci\u00f3n y mantenimiento, transporte, energ\u00eda, equipos de oficina, papel y publicaciones, mobiliario, servicios de limpieza y servicios de eventos.<br \/>\nEl seguimiento de la ejecuci\u00f3n del Plan se ha llevado a cabo mediante la elaboraci\u00f3n de sendos informes, en 2011 y 2015, que se exponen a continuaci\u00f3n.<br \/>\nEl informe (2011) de contrataci\u00f3n p\u00fablica verde. El Consejo de Ministros aprob\u00f3 4 de noviembre de 2011 el Acuerdo por el que se tom\u00f3 conocimiento del Primer Informe General sobre el estado de la Contrataci\u00f3n P\u00fablica Verde, de los grupos de productos y servicios recogidos en el PCPV. En el siguiente enlace puede leerse el texto del Informe, as\u00ed como otras informaciones sobre el PCPV.<br \/>\nPara el desarrollo del Primer Informe General, el entonces Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, dise\u00f1\u00f3 un procedimiento de control consistente en la elaboraci\u00f3n de un cuestionario que se remiti\u00f3 a cada uno de los departamentos, a cuyas subsecretar\u00edas se solicit\u00f3 la contestaci\u00f3n a dicho cuestionario, en el que se actualizar\u00eda el estado de la CPV en el periodo 2008-2011.<br \/>\nEl an\u00e1lisis de la informaci\u00f3n recibida llev\u00f3 a la conclusi\u00f3n de que la mayor\u00eda de las entidades que fueron objeto de estudio hab\u00edan puesto en marcha medidas para la ejecuci\u00f3n del PCPV, observ\u00e1ndose para dicho periodo un mayor cumplimiento en la implantaci\u00f3n de medidas para la recogida separada de residuos, la incorporaci\u00f3n de par\u00e1metros ambientales en los proyectos de obras, la adquisici\u00f3n de equipos inform\u00e1ticos de alta eficiencia energ\u00e9tica (etiquetado Energy Star) y la ejecuci\u00f3n de servicios de limpieza, conforme a las orientaciones establecidas en el PCPV.<br \/>\nLos resultados permit\u00edan concluir, en s\u00edntesis, que los primeros pasos hacia un cambio de h\u00e1bitos en la gesti\u00f3n y el consumo p\u00fablico de bienes y servicios, se hab\u00edan producido.<br \/>\nEl II informe (2015) de contrataci\u00f3n p\u00fablica verde. Los trabajos para la elaboraci\u00f3n del Informe (2015) de CPV comenzaron en el segundo semestre de 2014, una vez acordado por la Comisi\u00f3n Interministerial de CPV en julio de 2014 el procedimiento y plazos estimados de los trabajos a llevar a cabo por los departamentos, organismos y entidades.<br \/>\nLos resultados de dicho Informe, a modo de s\u00edntesis fueron los siguientes:<br \/>\n\u2013 Partiendo de la base de que los logros alcanzados en los grupos de productos y servicios que son objeto del PCPV son una valiosa experiencia que permite abordar la actualizaci\u00f3n y extensi\u00f3n a otros grupos de productos y servicios, parece oportuno continuar analizando los criterios y recomendaciones que para diversos grupos de productos y servicios est\u00e1 elaborando la Comisi\u00f3n Europea, de cara a su futura consideraci\u00f3n e inclusi\u00f3n como requisitos en los pliegos de prescripciones de los contratos del sector p\u00fablico y en la planificaci\u00f3n sobre CPV, como medida orientada a facilitar el cumplimiento de las obligaciones de protecci\u00f3n de la salud humana y del medio ambiente.<br \/>\n\u2013 Impulsar la realizaci\u00f3n de intercambios peri\u00f3dicos de informaci\u00f3n con los expertos en CPV, y elaboraci\u00f3n, cuando procediera, gu\u00edas informativas sobre criterios de CPV para grupos de productos y servicios, en colaboraci\u00f3n con las administraciones implicadas.<br \/>\n\u2013 Estudiar c\u00f3mo incorporar a la CPV la nueva orientaci\u00f3n de la UE en relaci\u00f3n con el nuevo Paquete sobre econom\u00eda circular, y el Paquete energ\u00eda y clima que establece lo siguiente: \u00abLa contrataci\u00f3n p\u00fablica representa una gran proporci\u00f3n del consumo europeo (casi el 20 % del PIB de la UE). Por tanto, puede desempe\u00f1ar un papel clave en la econom\u00eda circular, y la Comisi\u00f3n fomentar\u00e1 este papel a trav\u00e9s de sus acciones sobre contrataci\u00f3n p\u00fablica ecol\u00f3gica, elaborando unos criterios a escala de la UE que posteriormente ser\u00e1n utilizados de forma voluntaria por las autoridades p\u00fablicas. En primer lugar, la Comisi\u00f3n se asegurar\u00e1 de que en el futuro se haga especial hincapi\u00e9 en aspectos pertinentes de la econom\u00eda circular, como la durabilidad y la reparabilidad, al establecer o revisar los criterios. En segundo lugar, apoyar\u00e1 un mayor uso de estos criterios por parte de las autoridades p\u00fablicas, y reflexionar\u00e1 sobre el modo en que puede recurrirse a la contrataci\u00f3n p\u00fablica ecol\u00f3gica de modo m\u00e1s generalizado en toda la UE, en particular, en relaci\u00f3n con los productos o los contratos muy pertinentes para la econom\u00eda circular. Por \u00faltimo, la Comisi\u00f3n dar\u00e1 ejemplo, asegur\u00e1ndose de que la contrataci\u00f3n p\u00fablica ecol\u00f3gica se utiliza de la forma m\u00e1s amplia posible en su propia contrataci\u00f3n, y reforzando el uso de la contrataci\u00f3n p\u00fablica ecol\u00f3gica en la financiaci\u00f3n de la UE.\u00bb<br \/>\n\u2013 Valorar qu\u00e9 mecanismos se requerir\u00e1n para:<br \/>\n\u2022 Consolidar la generaci\u00f3n de la demanda del sector p\u00fablico y la contrataci\u00f3n p\u00fablica de los productos y servicios m\u00e1s sostenibles,<br \/>\n\u2022 facilitar que se consolide en los mercados una oferta de productos y servicios, m\u00e1s limpia, m\u00e1s eficiente en el uso de los recursos, y al mismo tiempo, m\u00e1s competitiva.<br \/>\nDe ah\u00ed que se extraiga la importancia de la contrataci\u00f3n p\u00fablica ecol\u00f3gica (CPE) como instrumento de impulso y facilitaci\u00f3n del crecimiento econ\u00f3mico, desde el planteamiento de una econom\u00eda circular, baja en carbono, eficiente en recursos, sin residuos, no contaminante y eco-innovadora. De ah\u00ed tambi\u00e9n la importancia de la CPE, una herramienta eficaz para avanzar en la producci\u00f3n, utilizaci\u00f3n y consumo sostenibles, as\u00ed como en una econom\u00eda y pr\u00e1cticas de contrataci\u00f3n sostenibles, lo que requiere continuar con las actuaciones necesarias para su desarrollo y hacer frente a estos desaf\u00edos es lo que pretende el nuevo Plan que ahora se presenta.<br \/>\nLa Comisi\u00f3n Interministerial para la incorporaci\u00f3n de criterios ecol\u00f3gicos en la contrataci\u00f3n p\u00fablica, creada por Real Decreto 6\/2018, de 12 de enero, inform\u00f3 del Plan en su reuni\u00f3n de 13 de noviembre de 2018 y remiti\u00f3 el Plan a la Comisi\u00f3n Delegada del Gobierno para Asuntos Econ\u00f3micos, que inform\u00f3 en su reuni\u00f3n del d\u00eda 5 de diciembre de 2018.<br \/>\nEn consecuencia, el Consejo de Ministros, a propuesta de la Ministra para la Transici\u00f3n Ecol\u00f3gica y de la Ministra de Hacienda, en su reuni\u00f3n del d\u00eda 7 de diciembre de 2018, acuerda:<br \/>\nAprobar el Plan de Contrataci\u00f3n P\u00fablica Ecol\u00f3gica de la Administraci\u00f3n General del Estado, sus organismos aut\u00f3nomos y las entidades gestoras de la Seguridad Social (2018-2025), que figura como anexo.<br \/>\nANEXO<br \/>\nPlan de contrataci\u00f3n p\u00fablica ecol\u00f3gica de la Administraci\u00f3n General del Estado, sus organismos aut\u00f3nomos y las entidades gestoras de la Seguridad Social (2018-2025)<br \/>\nPrimero. \u00c1mbito de actuaci\u00f3n.<br \/>\nEl presente plan se aplicar\u00e1 por la Administraci\u00f3n General del Estado, sus organismos aut\u00f3nomos y las entidades gestoras de la Seguridad Social en la contrataci\u00f3n p\u00fablica de los bienes, obras y servicios que se consideran prioritarios por la Uni\u00f3n Europea.<br \/>\nSegundo. Definici\u00f3n de contrataci\u00f3n p\u00fablica ecol\u00f3gica.<br \/>\nSe entiende por contrataci\u00f3n p\u00fablica ecol\u00f3gica el proceso a trav\u00e9s del cual las autoridades adquieren bienes, obras y servicios con un impacto medioambiental reducido durante su ciclo de vida, en comparaci\u00f3n con el de otros bienes, obras y servicios con la misma funci\u00f3n primaria que se adquirir\u00edan en su lugar.<br \/>\nTercero. Objetivos del plan.<br \/>\nLos objetivos principales del presente plan son los siguientes:<br \/>\n\u2013 Promover la adquisici\u00f3n por parte de la administraci\u00f3n p\u00fablica de bienes, obras y servicios con el menor impacto medioambiental posible.<br \/>\n\u2013 Servir como instrumento de impulso de la Estrategia Espa\u00f1ola de Econom\u00eda Circular<br \/>\n\u2013 Apoyar con medidas concretas para conseguir un crecimiento inteligente, sostenible e integrador garantizando, al mismo tiempo, un uso m\u00e1s racional y econ\u00f3mico de los fondos p\u00fablicos, tanto desde el punto de vista de la inversi\u00f3n como desde el punto de vista de la explotaci\u00f3n.<br \/>\n\u2013 Promover la incorporaci\u00f3n de cl\u00e1usulas medioambientales en la contrataci\u00f3n p\u00fablica.<br \/>\n\u2013 Dar publicidad en el \u00e1mbito de la Administraci\u00f3n General del Estado, sus organismos aut\u00f3nomos y las entidades gestoras de la Seguridad Social, de las posibilidades que ofrece el marco jur\u00eddico tanto nacional como internacional sobre la contrataci\u00f3n p\u00fablica ecol\u00f3gica.<br \/>\nCuarto. Grupos de bienes, obras y servicios prioritarios.<br \/>\n1. Con el fin de ayudar a los \u00f3rganos de contrataci\u00f3n de los Estados miembros, la Comisi\u00f3n Europea ha desarrollado unos criterios de contrataci\u00f3n p\u00fablica ecol\u00f3gica para los bienes, obras y servicios que se consideran prioritarios.<br \/>\n2. De acuerdo con las competencias de la Administraci\u00f3n General del Estado y con los criterios de contrataci\u00f3n p\u00fablica ecol\u00f3gica fijados por la Comisi\u00f3n Europea se consideran bienes, obras y servicios prioritarios, a los efectos de este plan, los siguientes:<br \/>\n\u2013 Alimentaci\u00f3n y servicios de restauraci\u00f3n.<br \/>\n\u2013 Iluminaci\u00f3n interior de edificios.<br \/>\n\u2013 Alumbrado p\u00fablico exterior y sem\u00e1foros.<br \/>\n\u2013 Aparatos el\u00e9ctricos y electr\u00f3nicos utilizados en el sector de la asistencia sanitaria.<br \/>\n\u2013 Calefactores a base de agua.<br \/>\n\u2013 Dise\u00f1o, construcci\u00f3n y gesti\u00f3n de edificios de oficinas.<br \/>\n\u2013 Dise\u00f1o, construcci\u00f3n y mantenimiento de carreteras.<br \/>\n\u2013 Electricidad.<br \/>\n\u2013 Equipos de impresi\u00f3n.<br \/>\n\u2013 Eventos.<br \/>\n\u2013 Grifer\u00eda sanitaria.<br \/>\n\u2013 Inodoros y urinarios de descarga.<br \/>\n\u2013 Mobiliario y paneles murales.<br \/>\n\u2013 Ordenadores y monitores.<br \/>\n\u2013 Papel para copias y papel gr\u00e1fico.<br \/>\n\u2013 Productos textiles.<br \/>\n\u2013 Productos y servicios de jardiner\u00eda.<br \/>\n\u2013 Productos y servicios de limpieza.<br \/>\n\u2013 Sistemas combinados de calor y electricidad. Sistemas de climatizaci\u00f3n.<br \/>\n\u2013 Transporte.<br \/>\nQuinto. Criterios generales de actuaci\u00f3n.<br \/>\n1. Con el fin de lograr los objetivos de la contrataci\u00f3n p\u00fablica ecol\u00f3gica, en la que se promueva una mayor participaci\u00f3n de la PYME, los \u00f3rganos de contrataci\u00f3n podr\u00e1n utilizar como posibles los criterios de selecci\u00f3n, los criterios de adjudicaci\u00f3n, las especificaciones t\u00e9cnicas y las condiciones especiales de ejecuci\u00f3n de los contratos relativos a los bienes, obras y servicios que se detallan en la tabla adjunta en el marco de las Directivas de contrataci\u00f3n.<br \/>\n2. Asimismo es necesario introducir criterios de selecci\u00f3n de empresarios que cuenten con sistemas de calidad homologados que puedan contribuir a lograr una mejor sostenibilidad ambiental. En la tabla adjunta se detallan las especificaciones en este sentido para los distintos grupos de productos.<br \/>\n3. La posibilidad de valoraci\u00f3n de la vida \u00fatil larga de la compra de material inventariable y del resto de productos y servicios, en detrimento de aquellos productos con obsolescencia programada o vida \u00fatil corta, puede ser un instrumento adecuado para poder requerir a los fabricantes que declaren o certifiquen garant\u00edas de productos con una vida \u00fatil suficientemente larga en cada tipolog\u00eda de material o equipos. En los criterios de la Comisi\u00f3n Europea y en la tabla adjunta se detallan las especificaciones en este sentido para los distintos grupos de productos.<br \/>\n4. Igualmente, la incorporaci\u00f3n de criterios de circularidad para mejorar la disposici\u00f3n de materias primas, fundamentalmente a trav\u00e9s de las materias primas secundarias, debe realizarse en aplicaci\u00f3n del principio de jerarqu\u00eda de residuos que se promueve desde la normativa europea y el propio ordenamiento jur\u00eddico espa\u00f1ol.<br \/>\n5. Se promover\u00e1 la contrataci\u00f3n de bienes y servicios adheridos a un sistema de certificaci\u00f3n ambiental, dando preferencia a Ecolabel y, en caso de no disponer de dicho distintivo para ese bien o servicio en particular, optando primero por una certificaci\u00f3n ISO y, en \u00faltimo t\u00e9rmino, por una declaraci\u00f3n ambiental de producto.<br \/>\n6. Se promover\u00e1 la contrataci\u00f3n de aquellas empresas que dispongan de un sistema de gesti\u00f3n ambiental adherido al Sistema Comunitario de Ecogesti\u00f3n y Ecoauditoria, conocido como EMAS, pudiendo consultarse dichas empresas en el siguiente enlace: http:\/\/www.mapama.gob.es\/es\/calidad-y-evaluacion-ambiental\/temas\/sistema-comunitario-de-ecogestion-y-ecoauditoria-emas\/registro-y-promocion\/centros_registrados.aspx.<br \/>\nSexto. Huella de carbono.<br \/>\nLos bienes, servicios y productos que adquiere la administraci\u00f3n p\u00fablica suponen un impacto sobre el calentamiento global, es decir, tienen asociada una huella de carbono. La administraci\u00f3n debe esforzarse en reducir su huella de carbono, y consecuentemente, en adquirir bienes, servicios y productos con la menor huella de carbono posible calculada de forma comparable.<br \/>\nSe entiende necesaria, por tanto, la inclusi\u00f3n en el proceso de contrataci\u00f3n de los 20 grupos de bienes, obras y servicios prioritarios que trata el Plan de un criterio de adjudicaci\u00f3n que valore la inscripci\u00f3n en el Registro de huella de carbono, compensaci\u00f3n y proyectos de absorci\u00f3n de di\u00f3xido de carbono (Real Decreto 163\/2014, de 14 de marzo) o esquema similar, en el marco de lo previsto en las Directivas sobre contrataci\u00f3n y en la legislaci\u00f3n de desarrollo. Este registro garantiza que la organizaci\u00f3n no solo calcula las emisiones derivadas de su actividad, sino que tambi\u00e9n tiene en marcha un plan de reducci\u00f3n. Esta inclusi\u00f3n, se realizar\u00e1 de manera gradual por cada \u00f3rgano de contrataci\u00f3n, seg\u00fan el siguiente calendario:<br \/>\nA\u00f1o 2020 2022 2025<br \/>\nN\u00famero de contratos licitados. 15 % 30 % 50 %<br \/>\nAntes del 31 de diciembre de 2019, un grupo de trabajo remitir\u00e1 un informe a la Comisi\u00f3n Interministerial sobre el grado de desarrollo de estos criterios.<br \/>\nS\u00e9ptimo. Publicaciones oficiales y tramitaci\u00f3n electr\u00f3nica de procedimientos.<br \/>\nLa Administraci\u00f3n General del Estado contin\u00faa en la l\u00ednea del impulso de las publicaciones digitales y, en este sentido, se recoge una previsi\u00f3n espec\u00edfica de preferencia de la edici\u00f3n en soporte electr\u00f3nico en el criterio s\u00e9ptimo del Plan General de Publicaciones del a\u00f1o 2017, todo ello con el fin de conseguir un triple objetivo: la optimizaci\u00f3n de los recursos, el fomento de la difusi\u00f3n y el acceso a la informaci\u00f3n de los ciudadanos; y la sostenibilidad y protecci\u00f3n del medio ambiente.<br \/>\nPor otro lado, en el seno de la Junta de Coordinaci\u00f3n de Publicaciones Oficiales, se constituir\u00e1 en plazo de seis meses desde la entrada en vigor del presente Plan, un grupo de trabajo coordinado por el Ministerio para la Transici\u00f3n Ecol\u00f3gica con el apoyo de la Secretar\u00eda de la Junta de Coordinaci\u00f3n de Publicaciones Oficiales, con el fin de impulsar un proyecto b\u00e1sico para el fomento de la ecoedici\u00f3n y la contrataci\u00f3n p\u00fablica ecol\u00f3gica en materia de publicaciones oficiales, cuyo resultado ser\u00e1 la elaboraci\u00f3n de un manual de buenas pr\u00e1cticas. Los objetivos e indicadores recomendados en el citado manual, ser\u00e1n evaluados anualmente en las memorias editoriales departamentales y de la Administraci\u00f3n General del Estado.<br \/>\nLa Administraci\u00f3n General del Estado impulsar\u00e1 la tramitaci\u00f3n electr\u00f3nica de los procedimientos, con especial referencia a los procedimientos de contrataci\u00f3n, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas y la Ley 9\/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector P\u00fablico.<br \/>\nOctavo. Actuaciones en el marco del Plan, de la Administraci\u00f3n General del Estado, sus organismos aut\u00f3nomos y las entidades gestoras de la Seguridad Social.<br \/>\nLos departamentos ministeriales, los organismos aut\u00f3nomos y las entidades gestoras de la Seguridad Social, establecer\u00e1n en el plazo de un a\u00f1o desde la publicaci\u00f3n en el BOE del presente plan, un marco de actuaci\u00f3n en el que se establezcan objetivos m\u00ednimos de incorporaci\u00f3n de criterios ecol\u00f3gicos en los contratos formalizados en el periodo de duraci\u00f3n del plan.<br \/>\nNoveno. Comisi\u00f3n Interministerial.<br \/>\nEn el \u00e1mbito de la Administraci\u00f3n General del Estado (AGE), la Comisi\u00f3n Interministerial regulada en el Real Decreto 6\/2018, de 12 de enero, garantizar\u00e1 la coordinaci\u00f3n de la AGE, sus organismos p\u00fablicos y las entidades gestoras de la Seguridad Social, en la incorporaci\u00f3n y el uso de criterios ecol\u00f3gicos en la contrataci\u00f3n p\u00fablica.<br \/>\nAsimismo un grupo de trabajo dependiente de dicha Comisi\u00f3n, elaborar\u00e1, cada dos a\u00f1os, el informe de evaluaci\u00f3n de plan que se elevar\u00e1, previa aprobaci\u00f3n de la Comisi\u00f3n interministerial, al Consejo de Ministros para su conocimiento.<br \/>\nD\u00e9cimo. Seguimiento de las actuaciones contenidas en el plan.<br \/>\nCon una periodicidad bienal, las Subsecretar\u00edas de los Departamentos enviar\u00e1n a la Subsecretar\u00eda para la Transici\u00f3n Ecol\u00f3gica la informaci\u00f3n relativa al grado de implantaci\u00f3n de los criterios ecol\u00f3gicos en los contratos formalizados en ese periodo, con el fin de realizar el seguimiento de las actividades desarrolladas y la revisi\u00f3n de los resultados obtenidos.<br \/>\nPara facilitar este seguimiento, la Comisi\u00f3n Interministerial, citada en el apartado anterior, a propuesta del grupo de trabajo, establecer\u00e1 indicadores espec\u00edficos, de car\u00e1cter general o por sectores, as\u00ed como instrumentos, incluidos electr\u00f3nicos, que faciliten el seguimiento de la implantaci\u00f3n de las actuaciones del plan. El conjunto de indicadores b\u00e1sicos ser\u00e1n establecidos en el plazo de un a\u00f1o desde la publicaci\u00f3n en el BOE de este plan.<br \/>\nLas actuaciones de seguimiento del plan se realizar\u00e1n en coordinaci\u00f3n con la Junta Consultiva de Contrataci\u00f3n P\u00fablica del Estado.<br \/>\nLos resultados de seguimiento del plan se publicar\u00e1n en la p\u00e1gina web del Ministerio para la Transici\u00f3n Ecol\u00f3gica.<br \/>\nUnd\u00e9cimo. Actividades de formaci\u00f3n e informaci\u00f3n.<br \/>\nEn colaboraci\u00f3n con el Instituto Nacional de Administraci\u00f3n P\u00fablica, as\u00ed como con otros centros de formaci\u00f3n especializada de la AGE o privados, se dise\u00f1ar\u00e1n cursos de formaci\u00f3n y orientaci\u00f3n dirigidos al personal responsable de la preparaci\u00f3n de los pliegos y de la supervisi\u00f3n de la ejecuci\u00f3n de los contratos, para que los intervinientes en las distintas fases de la contrataci\u00f3n dispongan de los conocimientos te\u00f3ricos y pr\u00e1cticos necesarios para implementar con \u00e9xito la contrataci\u00f3n p\u00fablica ecol\u00f3gica.<br \/>\nEn la Plataforma de Contrataci\u00f3n del Estado existir\u00e1 un apartado de ayuda para elaborar pliegos con las posibilidades que se aprueban en este Plan De Contrataci\u00f3n P\u00fablica Ecol\u00f3gica.<br \/>\nPara facilitar la aplicaci\u00f3n del plan, se elaborar\u00e1n gu\u00edas u otros instrumentos, de car\u00e1cter general o por sectores, que adapten las previsiones comunitarias y las directrices del plan a los aspectos de aplicaci\u00f3n propios de la contrataci\u00f3n espa\u00f1ola. Se podr\u00e1n incorporar cl\u00e1usulas tipo, modelos, orientaciones generales y aspectos concretos de aplicaci\u00f3n pr\u00e1ctica.<br \/>\nLas actividades formativas descritas se realizar\u00e1n en coordinaci\u00f3n con la Junta Consultiva de Contrataci\u00f3n P\u00fablica del Estado.<br \/>\nEl Ministerio para la Transici\u00f3n Ecol\u00f3gica llevar\u00e1 a cabo actuaciones informativas de las labores desarrolladas a trav\u00e9s de su p\u00e1gina web.<br \/>\nDuod\u00e9cimo Vigencia.<br \/>\nEl plan tendr\u00e1 una vigencia de siete a\u00f1os y, a partir de esta fecha, se proceder\u00e1 a su revisi\u00f3n. Tambi\u00e9n se podr\u00e1 proceder a la revisi\u00f3n y actualizaci\u00f3n del plan cuando as\u00ed lo acuerde la Comisi\u00f3n Interministerial.<br \/>\nDecimotercero. Publicidad.<br \/>\nEste plan, as\u00ed como las revisiones del mismo, ser\u00e1n objeto de publicaci\u00f3n en el \u00abBolet\u00edn Oficial del Estado\u00bb.<br \/>\nPlan de Contrataci\u00f3n P\u00fablica Ecol\u00f3gica de la Administraci\u00f3n General del Estado, sus organismos aut\u00f3nomos y las entidades gestoras de la seguridad social (2018-2025)<br \/>\nTabla de criterios y especificaciones<br \/>\n1. Alimentaci\u00f3n y servicios de restauraci\u00f3n<br \/>\nPrincipales especificaciones t\u00e9cnicas y\/o criterios de adjudicaci\u00f3n que pueden ser tenidos en cuenta por los \u00f3rganos de contrataci\u00f3n (excepto en la restauraci\u00f3n a bordo de los trenes, que por su especial log\u00edstica y limitaciones de espacio seguir\u00e1n en la medida de lo posible estas recomendaciones):<br \/>\nCompra de alimentos de producci\u00f3n ecol\u00f3gica.<br \/>\nCompra de alimentos producidos con \u00absistemas de producci\u00f3n integrada\u00bb o equivalente.<br \/>\nCompra de productos de acuicultura obtenidos por m\u00e9todos de producci\u00f3n ecol\u00f3gicos.<br \/>\nCompra de productos animales con niveles de bienestar elevados.<br \/>\nCompra de productos de temporada.<br \/>\nCompra a granel o en envases con contenidos elevados en materiales reciclados.<br \/>\nCompra de productos envasados con criterios de eco-dise\u00f1o del envase que faciliten el reciclado y posterior uso como materia prima secundaria.<br \/>\nUso de cuberter\u00edas, vajillas, cristaler\u00edas y manteler\u00edas reutilizables.<br \/>\nUso de productos de papel ecol\u00f3gicos.<br \/>\nRecogida selectiva de los residuos y formaci\u00f3n al personal.<br \/>\nReducci\u00f3n al m\u00ednimo del uso de productos qu\u00edmicos peligrosos y uso de productos de limpieza y lavavajillas ecol\u00f3gicos.<br \/>\nCompra de aparatos de cocina con consumo reducido de agua y energ\u00eda.<br \/>\nMejora de las rutas de transporte y reducci\u00f3n del consumo de energ\u00eda y de las emisiones de los veh\u00edculos utilizados para prestar los servicios de restauraci\u00f3n.<br \/>\nLas m\u00e1quinas suministradoras de bebidas y fuentes de agua utilizar\u00e1n energ\u00eda limpia y no producir\u00e1n residuos.<br \/>\nSe aplicar\u00e1n medidas contra el desperdicio alimentario en consonancia con lo indicado en la Estrategia M\u00e1s alimento, menos desperdicio.<br \/>\nLas empresas de restauraci\u00f3n deber\u00e1n proceder a la separaci\u00f3n correcta de los residuos generados y deber\u00e1n ser entregados a un gestor autorizado para su tratamiento siguiendo el principio de jerarqu\u00eda en la gesti\u00f3n de los residuos.<br \/>\nLos \u00f3rganos de contrataci\u00f3n pueden consultar con detalle los criterios de la contrataci\u00f3n p\u00fablica verde de la UE en este tipo de contratos en el enlace: http:\/\/ec.europa.eu\/environment\/gpp\/pdf\/toolkit\/food_GPP_product_sheet_es.pdf.<br \/>\n2. Iluminaci\u00f3n interior de edificios<br \/>\nCriterios aplicables a las l\u00e1mparas, dise\u00f1o de la iluminaci\u00f3n interior e instalaci\u00f3n de iluminaci\u00f3n interior.<br \/>\nEspecificaciones t\u00e9cnicas:<br \/>\nRequisitos m\u00ednimos de eficiencia energ\u00e9tica establecidos en los Documentos B\u00e1sicos del C\u00f3digo T\u00e9cnico de la Edificaci\u00f3n: Exigencia B\u00e1sica HE3: Eficiencia Energ\u00e9tica de las instalaciones de iluminaci\u00f3n.<br \/>\nDurante la instalaci\u00f3n de un sistema de iluminaci\u00f3n nuevo o renovado, el licitador pondr\u00e1 en pr\u00e1ctica las medidas de protecci\u00f3n del medio ambiente adecuadas para reducir o recuperar los residuos que se generen durante la instalaci\u00f3n. Todos los residuos de l\u00e1mparas, luminarias y controles de iluminaci\u00f3n se separar\u00e1n y se valorizar\u00e1n de conformidad con el Real Decreto 110\/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos el\u00e9ctricos y electr\u00f3nicos.<br \/>\nSe podr\u00e1 solicitar al licitador la siguiente informaci\u00f3n en lo que respecta a la instalaci\u00f3n de sistemas de iluminaci\u00f3n nuevos o renovados:<br \/>\n\u2013 Instrucciones de desmontaje de luminarias.<br \/>\n\u2013 Instrucciones sobre el modo de sustituir las l\u00e1mparas y sobre cu\u00e1les de ellas pueden utilizarse en luminarias sin incrementar las densidades de potencia declaradas.<br \/>\n\u2013 Instrucciones sobre el modo de efectuar y mantener los controles de la iluminaci\u00f3n.<br \/>\n\u2013 En cuanto a los sensores de ocupaci\u00f3n, instrucciones sobre c\u00f3mo ajustar su sensibilidad y asesoramiento sobre cu\u00e1l es la mejor manera de abordar esta tarea para satisfacer las necesidades de los ocupantes sin un aumento excesivo del consumo de energ\u00eda.<br \/>\n\u2013 En cuanto a los controles de luz diurna, instrucciones sobre c\u00f3mo recalibrarlos y ajustarlos, teni\u00e9ndose en cuenta, por ejemplo, los cambios en la disposici\u00f3n de la estancia.<br \/>\n\u2013 En cuanto a los conmutadores temporizados, instrucciones sobre c\u00f3mo ajustar los periodos de apagado y asesoramiento sobre cu\u00e1l es la mejor manera de abordar esta tarea para satisfacer las necesidades de los ocupantes sin un aumento excesivo del consumo de energ\u00eda.<br \/>\n\u2013 Consumos y emisiones de gases de efecto invernadero producidos a lo largo de la vida \u00fatil de las l\u00e1mparas y del alumbrado interior.<br \/>\nCriterios de adjudicaci\u00f3n o condiciones especiales de adjudicaci\u00f3n.<br \/>\nSe otorgar\u00e1n puntos adicionales a aquellos licitadores que garanticen:<br \/>\n\u2013 Cumplimiento m\u00e1s exigente de los requisitos b\u00e1sicos de ahorro de energ\u00eda.<br \/>\n\u2013 L\u00e1mparas de instalaciones nuevas y renovadas y l\u00e1mparas de sustituci\u00f3n con mayor eficacia luminosa.<br \/>\n\u2013 L\u00e1mparas de instalaciones nuevas y renovadas y l\u00e1mparas de sustituci\u00f3n con mayor vida \u00fatil.<br \/>\n\u2013 L\u00e1mparas fluorescentes de instalaciones nuevas y renovadas y l\u00e1mparas de sustituci\u00f3n con menor contenido de mercurio.<br \/>\n\u2013 Utilizaci\u00f3n de sistemas de iluminaci\u00f3n eficientes, considerando, seg\u00fan los casos, alguno de los siguientes criterios encaminados a alcanzar una mayor eficiencia en el consumo:<br \/>\n\u2022 Detecci\u00f3n de presencia en iluminaci\u00f3n de aseos, ascensores\/montacargas, aparcamientos y zonas de circulaci\u00f3n de acceso eventual.<br \/>\n\u2022 Sistemas de control horario en funci\u00f3n del r\u00e9gimen de funcionamiento del edificio.<br \/>\n\u2022 Adecuaci\u00f3n de la intensidad lum\u00ednica en funci\u00f3n del nivel de soleamiento.<br \/>\n\u2013 En sistemas de iluminaci\u00f3n en un espacio individual, una parte o todo un edificio, menor potencia luminosa m\u00e1xima consumida.<br \/>\nEl licitador deber\u00e1 asegurarse de que el sistema de iluminaci\u00f3n nuevo o renovado y los controles de iluminaci\u00f3n est\u00e1n funcionando adecuadamente y que no consumen m\u00e1s energ\u00eda de la necesaria.<br \/>\nEl contratista deber\u00e1 garantizar que el equipo de iluminaci\u00f3n (l\u00e1mparas, luminarias y controles de iluminaci\u00f3n incluidos) se ha instalado exactamente con arreglo a lo especificado en el dise\u00f1o original.<br \/>\nLos \u00f3rganos de contrataci\u00f3n considerar\u00e1n la contrataci\u00f3n de servicios energ\u00e9ticos que conlleven inversiones por parte del contratista destinadas a aumentar la eficiencia energ\u00e9tica del sistema de iluminaci\u00f3n dentro de un plan de gesti\u00f3n energ\u00e9tica integral del edificio.<br \/>\nLos \u00f3rganos de contrataci\u00f3n podr\u00e1n asumir criterios adicionales para incorporar en los pliegos de contrataci\u00f3n siguiendo los criterios de la contrataci\u00f3n p\u00fablica verde de la UE en este grupo de productos. El enlace es: http:\/\/ec.europa.eu\/environment\/gpp\/pdf\/criteria\/indoor_lighting_es.pdf.<br \/>\n3. Alumbrado p\u00fablico exterior y sem\u00e1foros<br \/>\nPrincipales especificaciones t\u00e9cnicas y\/o criterios de adjudicaci\u00f3n que pueden ser tenidos en cuenta por los \u00f3rganos de contrataci\u00f3n:<br \/>\nAdquisici\u00f3n de l\u00e1mparas de elevada eficacia energ\u00e9tica.<br \/>\nAdquisici\u00f3n de balastos eficientes.<br \/>\nAdquisici\u00f3n de sistemas de alumbrado de bajo consumo energ\u00e9tico para la iluminaci\u00f3n suministrada.<br \/>\nUtilizaci\u00f3n preferente de LED en los sem\u00e1foros.<br \/>\nUtilizaci\u00f3n preferente de balastos atenuables en caso de que las circunstancias lo permitan.<br \/>\nUso preferente de l\u00e1mparas con un contenido de mercurio reducido.<br \/>\nControl de la contaminaci\u00f3n lum\u00ednica mediante la utilizaci\u00f3n preferente de luminarias que limiten la luz emitida por encima del horizonte.<br \/>\nUtilizaci\u00f3n de luminarias de baja emisi\u00f3n lum\u00ednica en enclaves con fauna susceptible de ser perturbada por ella (por ejemplo: invertebrados nocturnos, aves marinas nidificantes, tortugas marinas, etc)<br \/>\nSe podr\u00e1 solicitar al licitador la siguiente informaci\u00f3n:<br \/>\n\u2013 Consumos y emisiones de gases de efecto invernadero producidos a lo largo de la vida \u00fatil del alumbrado o los sem\u00e1foros.<br \/>\nLos equipos, dise\u00f1o e instalaci\u00f3n de alumbrado p\u00fablico exterior y sem\u00e1foros cumplir\u00e1n lo establecido en el Real Decreto 1890\/2008, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de eficiencia energ\u00e9tica en instalaciones de alumbrado exterior y sus Instrucciones t\u00e9cnicas complementarias EA-01 a EA-07.<br \/>\nLos \u00f3rganos de contrataci\u00f3n considerar\u00e1n la contrataci\u00f3n de servicios energ\u00e9ticos que conlleven inversiones por parte del contratista destinadas a aumentar la eficiencia energ\u00e9tica del sistema de iluminaci\u00f3n en su conjunto.<br \/>\nLos \u00f3rganos de contrataci\u00f3n pueden consultar con detalle los criterios de la contrataci\u00f3n p\u00fablica verde de la UE en este tipo de contratos en el enlace: http:\/\/ec.europa.eu\/environment\/gpp\/pdf\/criteria\/street_lighting_es.pdf.<br \/>\n4. Aparatos el\u00e9ctricos y electr\u00f3nicos utilizados en el sector de la asistencia sanitaria (AEE sanitarios)<br \/>\nPrincipales especificaciones t\u00e9cnicas y\/o criterios de adjudicaci\u00f3n que pueden ser tenidos en cuenta por los \u00f3rganos de contrataci\u00f3n:<br \/>\nAdquisici\u00f3n de equipos energ\u00e9ticamente eficientes.<br \/>\nAdquisici\u00f3n de equipos eficientes en cuanto al consumo de agua.<br \/>\nLongevidad de los productos.<br \/>\nAdquisici\u00f3n de equipos a proveedores con sistemas de gesti\u00f3n de las sustancias qu\u00edmicas.<br \/>\nSe deber\u00e1 tener en consideraci\u00f3n el Real Decreto 110\/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos el\u00e9ctricos y electr\u00f3nicos en cuanto a la gesti\u00f3n de sus residuos, a excepci\u00f3n de los aparatos el\u00e9ctricos y electr\u00f3nicos incluidos en art. 2.2.j<br \/>\nSe podr\u00e1 solicitar al licitador la siguiente informaci\u00f3n:<br \/>\n\u2013 Consumos y emisiones de gases de efecto invernadero producidos a lo largo de la vida \u00fatil del aparato el\u00e9ctrico o electr\u00f3nico.<br \/>\nLos \u00f3rganos de contrataci\u00f3n pueden consultar con detalle los criterios de la contrataci\u00f3n p\u00fablica verde de la UE en este tipo de contratos en el enlace: http:\/\/ec.europa.eu\/environment\/gpp\/pdf\/criteria\/health\/ES.pdf.<br \/>\n5. Calefactores a base de agua<br \/>\nPrincipales especificaciones t\u00e9cnicas y\/o criterios de adjudicaci\u00f3n que pueden ser tenidos en cuenta por los \u00f3rganos de contrataci\u00f3n:<br \/>\nElevada eficiencia energ\u00e9tica.<br \/>\nBajas emisiones de contaminantes a la atm\u00f3sfera.<br \/>\nUso de energ\u00eda de origen renovable.<br \/>\nBajas emisiones sonoras.<br \/>\nMaximizaci\u00f3n de la eficiencia mediante la utilizaci\u00f3n de dimensiones adecuadas y una correcta instalaci\u00f3n.<br \/>\nMantenimiento de la eficiencia a trav\u00e9s de un mantenimiento efectivo realizado por personal formado.<br \/>\nLos \u00f3rganos de contrataci\u00f3n podr\u00e1n asumir criterios adicionales para incorporar en los pliegos de contrataci\u00f3n siguiendo los criterios de la contrataci\u00f3n p\u00fablica verde de la UE en este grupo de productos. El enlace es: http:\/\/ec.europa.eu\/environment\/gpp\/pdf\/criteria\/water_based\/heaters_es.pdf.<br \/>\n6. Dise\u00f1o, construcci\u00f3n y gesti\u00f3n de edificios de oficinas<br \/>\nLos edificios nuevos que vayan a ser ocupados y sean de titularidad p\u00fablica, ser\u00e1n edificios de consumo de energ\u00eda casi nulo despu\u00e9s del 31 de diciembre de 2018, de conformidad con el Real Decreto 564\/2017, de 2 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 235\/2013, de 5 de abril, por el que se regula el procedimiento b\u00e1sico para la certificaci\u00f3n de la eficiencia energ\u00e9tica de los edificios.<br \/>\nLos contratos que tengan por objeto la reforma o rehabilitaci\u00f3n de inmuebles se adaptar\u00e1n a la consecuci\u00f3n de unos niveles de consumo de energ\u00eda casi nulo, adoptando las especificaciones o criterios descritos en este apartado.<br \/>\nSelecci\u00f3n del equipo de dise\u00f1adores y de los contratistas En los criterios de selecci\u00f3n se podr\u00e1 tener en cuenta la acreditaci\u00f3n de competencias y experiencia pertinentes en la ejecuci\u00f3n de contratos de construcci\u00f3n que hayan demostrado un comportamiento medioambiental mejorado.<br \/>\nDise\u00f1o detallado y requisitos referentes al comportamiento del edificio.<br \/>\nInstalaci\u00f3n de sistemas de energ\u00eda y de los servicios de suministro de energ\u00eda Requisito b\u00e1sico de ahorro de energ\u00eda.<br \/>\nCumplimiento, al menos, de las reglas y procedimientos establecidos en los Documentos B\u00e1sicos del C\u00f3digo T\u00e9cnico de la Edificaci\u00f3n:<br \/>\n1. Exigencia B\u00e1sica HE 0: Limitaci\u00f3n del consumo energ\u00e9tico.<br \/>\n2. Exigencia B\u00e1sica HE1: Limitaci\u00f3n de la demanda energ\u00e9tica.<br \/>\n3. Exigencia B\u00e1sica HE2: Rendimiento de las instalaciones t\u00e9rmicas de Edificios. RITE.<br \/>\n4. Exigencia B\u00e1sica HE3: Eficiencia Energ\u00e9tica de las instalaciones de iluminaci\u00f3n.<br \/>\n5. Exigencia B\u00e1sica HE4: Contribuci\u00f3n solar m\u00ednima de agua caliente sanitaria.<br \/>\n6. Exigencia b\u00e1sica HE5: Contribuci\u00f3n fotovoltaica m\u00ednima de energ\u00eda el\u00e9ctrica.<br \/>\nLa verificaci\u00f3n y justificaci\u00f3n del cumplimiento de esta exigencia viene desarrollada en el propio C\u00f3digo T\u00e9cnico de la Edificaci\u00f3n.<br \/>\nDe acuerdo con el Anexo \u00abRequisitos de eficiencia energ\u00e9tica para la adquisici\u00f3n de bienes, servicios y edificios por las Administraciones P\u00fablicas Centrales\u00bb establecido en la Ley 15\/2014, de 16 de septiembre, de Racionalizaci\u00f3n del Sector P\u00fablico y otras medidas de reforma administrativa, la clasificaci\u00f3n energ\u00e9tica C, ser\u00e1 la m\u00ednima exigible para la adquisici\u00f3n de bienes, servicios y edificios por las administraciones p\u00fablicas centrales.<br \/>\nCriterios de adjudicaci\u00f3n o condiciones especiales de adjudicaci\u00f3n:<br \/>\n\u2013 Relacionados con la eficiencia energ\u00e9tica.<br \/>\nSe otorgar\u00e1n puntos adicionales:<br \/>\n\u2022 A aquellos licitadores que garanticen un cumplimiento m\u00e1s exigente de los requisitos b\u00e1sicos de ahorro de energ\u00eda.<br \/>\n\u2022 A la realizaci\u00f3n de un estudio sobre la huella de carbono del edificio, tanto en su fase de construcci\u00f3n como de uso, utilizando herramientas propias o las disponibles p\u00fablicamente, facilitando informaci\u00f3n sobre las distintas opciones barajadas y proponiendo de manera motivada una opci\u00f3n final.<br \/>\n\u2022 A la realizaci\u00f3n de un seguimiento del consumo energ\u00e9tico del equipamiento consumidor de energ\u00eda a lo largo de un per\u00edodo de tiempo determinado, con el objeto de comprometer a la empresa instaladora en el alcance de los rendimientos energ\u00e9ticos esperados.<br \/>\n\u2022 Certificaci\u00f3n del grado de sostenibilidad de los edificios mediante alguno de los sellos existentes: LEED, BREAM, Verde, o cualquier otro similar.<br \/>\n\u2022 Inclusi\u00f3n de puntos de recarga para veh\u00edculos que utilicen energ\u00edas alternativas en nuevas edificaciones.<br \/>\n\u2013 Otros criterios de adjudicaci\u00f3n:<br \/>\n\u2022 Se otorgar\u00e1n puntos adicionales a la integraci\u00f3n en edificios de dispositivos o instalaciones exteriores con el objeto de favorecer el asentamiento de especies de fauna de inter\u00e9s, beneficiosa o amenazada (como por ejemplo, cajas nido para peque\u00f1as aves como vencejos o aviones, rapaces, murci\u00e9lagos, etc.)<br \/>\nIgualmente se podr\u00e1n establecer los criterios de adjudicaci\u00f3n como condiciones especiales de ejecuci\u00f3n.<br \/>\nSeparaci\u00f3n selectiva, demolici\u00f3n y trabajos de preparaci\u00f3n del emplazamiento en el que se llevar\u00e1 a cabo la obra Plan de auditor\u00eda y gesti\u00f3n de residuos de las actividades de demolici\u00f3n.<br \/>\nSeparar todas las fracciones de residuos generados durante la demolici\u00f3n, que se incluyan en la auditor\u00eda previa a dicha demolici\u00f3n. Valorizar in situ o mediante el env\u00edo a un gestor de valorizaci\u00f3n al menos el 70 % de los residuos generados no peligrosos. Estos residuos incluir\u00e1n:<br \/>\ni) Madera, vidrio, metal, ladrillos, piedras, materiales de cer\u00e1mica y de hormig\u00f3n recuperados de las estructuras principales del edificio;<br \/>\nii) equipamiento y elementos no estructurales, incluidas puertas y sus marcos, suelos, azulejos de techos, paneles de yeso, perfiles de pl\u00e1stico, materiales de aislamiento, marcos de ventana, vidrios de ventana, ladrillos, hormig\u00f3n en forma de bloques y elementos prefabricados, as\u00ed como barras de acero.<br \/>\nEl contratista llevar\u00e1 a cabo una auditor\u00eda previa a la demolici\u00f3n con el fin de determinar los materiales que se pueden reutilizar, reciclar o recuperar. Dicho sistema comprender\u00e1:<br \/>\ni) la identificaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de riesgos de los residuos peligrosos (incluidos los de aparatos el\u00e9ctricos y electr\u00f3nicos) que puedan requerir una manipulaci\u00f3n y un tratamiento especializados, o de las emisiones que puedan producirse durante la demolici\u00f3n;<br \/>\nii) una relaci\u00f3n estimada de cantidades con un desglose de los diferentes materiales y productos del edificio;<br \/>\niii) una estimaci\u00f3n del porcentaje potencial de reutilizaci\u00f3n y reciclaje, basado en propuestas de sistemas de recogida separada durante el proceso de demolici\u00f3n.<br \/>\nLos materiales, productos y elementos identificados se detallar\u00e1n en una relaci\u00f3n estimada de cantidades de la demolici\u00f3n.<br \/>\nVerificaci\u00f3n:<br \/>\nEl contratista principal de la construcci\u00f3n, del proyecto de dise\u00f1o y construcci\u00f3n o del dise\u00f1o, construcci\u00f3n y gesti\u00f3n presentar\u00e1n una auditor\u00eda previa a la demolici\u00f3n en la que se deber\u00e1 reflejar la informaci\u00f3n especificada.<br \/>\nSe utilizar\u00e1 un sistema para contabilizar y llevar a cabo un seguimiento del volumen de residuos generado. El destino de los lotes de residuos y de materiales al final de su vida \u00fatil ser\u00e1 objeto de seguimiento, estimando las cantidades de reutilizaci\u00f3n y reciclado en la obra de construcci\u00f3n, utilizando notas y facturas referidas a dichos lotes, salvo que se utilice un sistema de recogida separada, en el que los certificados de los gestores autorizados se usar\u00e1n como justificaci\u00f3n. Los datos de este seguimiento se proporcionar\u00e1n al \u00f3rgano de contrataci\u00f3n.<br \/>\nGesti\u00f3n de residuos durante la obra Se elaborar\u00e1 un plan de gesti\u00f3n de residuos de la obra de construcci\u00f3n de forma previa al inicio de los trabajos en el emplazamiento. En dicho plan se establecer\u00e1n los sistemas para la recogida separada de materiales in situ para su reutilizaci\u00f3n, reciclaje y otras formas de valorizaci\u00f3n. El plan de gesti\u00f3n de residuos de la obra abarcar\u00e1:<br \/>\ni) productos de construcci\u00f3n que formen los principales elementos del edificio, incluidos madera, metal, ladrillos, hormig\u00f3n;<br \/>\nii) materiales de construcci\u00f3n que formen parte del equipamiento del edificio, incluidos los suelos, materiales cer\u00e1micos, los azulejos de los techos, paneles de escayola y yeso, paneles de pl\u00e1stico y materiales aislantes, as\u00ed como los materiales de embalaje conexos.<br \/>\nLa recogida selectiva de los materiales para su reutilizaci\u00f3n, reciclaje y valorizaci\u00f3n respetar\u00e1 la jerarqu\u00eda de residuos establecida en la Ley 22\/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.<br \/>\nVerificaci\u00f3n:<br \/>\nEl contratista principal de la construcci\u00f3n, del proyecto de dise\u00f1o y construcci\u00f3n o del de dise\u00f1o, construcci\u00f3n y gesti\u00f3n presentar\u00e1n un plan de gesti\u00f3n de residuos de la obra consistente en:<br \/>\ni) una relaci\u00f3n de materiales, con estimaciones relativas a la generaci\u00f3n de residuos basadas en buenas pr\u00e1cticas;<br \/>\nii) estimaciones relativas al porcentaje potencial de reutilizaci\u00f3n, basadas en la recogida selectiva durante el proceso de construcci\u00f3n;<br \/>\niii) una estimaci\u00f3n del porcentaje potencial de reciclaje y recuperaci\u00f3n, basada en la recogida selectiva;<br \/>\nSe utilizar\u00e1 un sistema para contabilizar y llevar a cabo un seguimiento de los residuos generados, as\u00ed como para supervisar el destino de los lotes de residuos. Los datos de este seguimiento se proporcionar\u00e1n al \u00f3rgano de contrataci\u00f3n.<br \/>\nEl funcionamiento del plan de gesti\u00f3n de residuos acordado para el emplazamiento de la obra ser\u00e1 objeto de seguimiento y elaboraci\u00f3n de informes durante la ejecuci\u00f3n de las tareas de construcci\u00f3n. Esto incluir\u00e1 la contabilizaci\u00f3n de datos referentes al peso de los materiales recogidos mediante el sistema de recogida selectiva en la obra para su reutilizaci\u00f3n y reciclaje, de acuerdo con el \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n descrito en las especificaciones t\u00e9cnicas.<br \/>\nSe utilizar\u00e1 un sistema que permita realizar un seguimiento y cuantificar los residuos generados y los materiales separados para su reciclaje y reutilizaci\u00f3n. Dicho sistema, asimismo, supervisar\u00e1 y verificar\u00e1 el destino de los lotes de residuos. Los datos de seguimiento y supervisi\u00f3n se facilitar\u00e1n al \u00f3rgano de contrataci\u00f3n con una frecuencia acordada.<br \/>\nSistemas de gesti\u00f3n de residuos El gestor del edificio implantar\u00e1 sistemas que permitan a los ocupantes y a los servicios de catering que trabajen in situ separar el papel (al menos dos tipos de este), el cart\u00f3n, los envases de alimentos y bebidas (vidrio, pl\u00e1stico y otros materiales para los que existan sistemas de recogida selectiva a nivel local) y los residuos alimentarios o de catering en flujos separados para su reciclaje. Siempre que resulte posible, tambi\u00e9n se recoger\u00e1n y dispondr\u00e1n las pilas, los cartuchos de tinta y t\u00f3ner, el equipo inform\u00e1tico y el mobiliario para su reutilizaci\u00f3n o reciclaje.<br \/>\nVerificaci\u00f3n:<br \/>\nLos gestores de inmuebles y servicios de soporte o los contratistas del proyecto de dise\u00f1o, construcci\u00f3n y gesti\u00f3n presentar\u00e1n una propuesta en relaci\u00f3n con los sistemas que tengan previsto utilizar, que incluir\u00e1 informaci\u00f3n detallada sobre los flujos de gesti\u00f3n de residuos, los sistemas de separaci\u00f3n, la organizaci\u00f3n del trabajo y los contratistas a los que se recurrir\u00e1.<br \/>\nConstrucci\u00f3n del edificio o ejecuci\u00f3n de reforma importante Planificaci\u00f3n de una separaci\u00f3n en origen de los residuos de construcci\u00f3n y demolici\u00f3n generados.<br \/>\nPara las nuevas licitaciones se podr\u00e1 valorar la utilizaci\u00f3n de la metodolog\u00eda BIM (Building Information Modeling) o equivalente, incluyendo un apartado para la demolici\u00f3n, donde se estime la cantidad de reutilizaci\u00f3n, reciclaje y valorizaci\u00f3n de los residuos de demolici\u00f3n generados.<br \/>\nUtilizaci\u00f3n preferente de materiales reciclados. Los fabricantes de productos de la construcci\u00f3n deber\u00e1n emitir un certificado donde se refleje el porcentaje de material reciclado de ese producto de aquellos productos de construcci\u00f3n cuya norma\/especificaci\u00f3n de producto permita la utilizaci\u00f3n de material reciclado.<br \/>\nConsideraci\u00f3n del an\u00e1lisis de ciclo de vida de los materiales utilizados.<br \/>\nUtilizaci\u00f3n preferente de hormig\u00f3n reciclado, as\u00ed como de materiales f\u00e1cilmente recuperables o reutilizables al final de su vida \u00fatil.<br \/>\nSe otorgar\u00e1n puntos adicionales a los proyectos que cuenten con materiales provenientes del entorno cercano de la obra.<br \/>\nGesti\u00f3n de inmuebles y servicios de soporte De acuerdo con el el Real Decreto 56\/2016 del 12 de febrero, por el que se traspone la Directiva 2012\/27\/UE, relativa a la eficiencia energ\u00e9tica, en lo referente a las auditor\u00edas energ\u00e9ticas, acreditaci\u00f3n de proveedores de servicios y auditores energ\u00e9ticos y promoci\u00f3n de la eficiencia del suministro de energ\u00eda, la identificaci\u00f3n de los proveedores de servicios energ\u00e9ticos cualificados se puede realizar en la Base de datos a trav\u00e9s del enlace: http:\/\/www.idae.es\/idae\/enlaces-de-interes-bases-de-datos\/directorio-de-empresas.<br \/>\nNecesidad de evaluar la posibilidad de conseguir ahorros energ\u00e9ticos mediante mejoras en la gesti\u00f3n.<br \/>\nCriterios adicionales Los \u00f3rganos de contrataci\u00f3n podr\u00e1n asumir criterios adicionales para incorporar en los pliegos de contrataci\u00f3n siguiendo los criterios de la contrataci\u00f3n p\u00fablica ecol\u00f3gica de la UE en este grupo de productos. El enlace es: http:\/\/ec.europa.eu\/environment\/gpp\/pdf\/criteria\/office_building_design\/ES.pdf.<br \/>\n7. Dise\u00f1o, construcci\u00f3n y mantenimiento de carreteras<br \/>\nDise\u00f1o Principales especificaciones t\u00e9cnicas y\/o criterios de adjudicaci\u00f3n que pueden ser tenidos en cuenta por los \u00f3rganos de contrataci\u00f3n:<br \/>\nReducci\u00f3n del consumo de energ\u00eda en la fabricaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de unidades de obra (por ejemplo, mezclas bituminosas semicalientes, mezclas bituminosas templadas, mezclas bituminosas en fr\u00edo, etc.)<br \/>\nDise\u00f1o, especificaci\u00f3n y gesti\u00f3n de la obra para optimizar la reutilizaci\u00f3n in situ de los materiales y la tierra excavados (incluida la tierra vegetal), maximizar la reutilizaci\u00f3n o reciclado de residuos de construcci\u00f3n y demolici\u00f3n (RCD), de neum\u00e1ticos y de residuos procedentes de otros procesos industriales y utilizar materiales de construcci\u00f3n con un elevado contenido de material reciclado o reutilizado, incluso los productos secundarios.<br \/>\nEspecificaci\u00f3n de propuestas para reducir las emisiones de ruido (que incluyan soluciones basadas en la naturaleza, es decir, soluciones que se adaptan a las condiciones locales, son eficientes en cuanto al uso de los recursos y son intervenciones sistem\u00e1ticas inspiradas por la naturaleza o en armon\u00eda con esta, que son rentables y proporcionan beneficios ambientales, sociales y econ\u00f3micos al tiempo que contribuyen a mejorar la resiliencia) durante las fases de construcci\u00f3n, uso y mantenimiento.<br \/>\nSe otorgar\u00e1n puntos adicionales a la realizaci\u00f3n de un estudio sobre la huella de carbono de la carretera en su fase de uso, utilizando herramientas CO2TA del CEDEX o similar, facilitando informaci\u00f3n sobre las distintas opciones barajadas y la opci\u00f3n final seleccionada.<br \/>\nTodas estas opciones tambi\u00e9n deben ser tenidas en cuenta durante la redacci\u00f3n del proyecto, es decir, deben ser especificaciones a incluir en los mismos, que no puedan ser modificadas en la licitaci\u00f3n de las obras ni durante la ejecuci\u00f3n de las mismas.<br \/>\nConstrucci\u00f3n Aumento de la durabilidad de los materiales y reducci\u00f3n de las necesidades de mantenimiento.<br \/>\nMejora de eficiencia energ\u00e9tica en t\u00faneles de carreteras mediante la instalaci\u00f3n de balastros electr\u00f3nicos en alumbrado de refuerzo, iluminaci\u00f3n LED en alumbrado base, implantaci\u00f3n de sistema de regulaci\u00f3n de iluminaci\u00f3n, construcci\u00f3n de b\u00f3vedas de transici\u00f3n lum\u00ednica.<br \/>\nReciclado en caliente en central de fabricaci\u00f3n para los \u00e1ridos procedentes del fresado, como en el reciclado in situ con emulsi\u00f3n.<br \/>\nEstas especificaciones tambi\u00e9n deber\u00e1n ser tenidas en cuenta en la fase de redacci\u00f3n del proyecto.<br \/>\nConservaci\u00f3n o mantenimiento de carreteras Estrategias de mantenimiento y rehabilitaci\u00f3n que incluyan un plan de seguimiento y un plan de mantenimiento:<br \/>\nPlan de mitigaci\u00f3n de la congesti\u00f3n vial que incluya soluciones como rutas alternativas, carriles reversibles y arcenes. A la hora de elegir la soluci\u00f3n del firme a construir, en fase de proyecto, se realizar\u00e1 un an\u00e1lisis del coste del ciclo de vida (CCV).<br \/>\nEn zonas con muy elevado tr\u00e1fico de pesados (pol\u00edgonos industriales, puertos, zonas log\u00edsticas, etc.) introducci\u00f3n de componentes de control de la contaminaci\u00f3n del agua y componentes de capacidad de retenci\u00f3n de aguas pluviales, entre ellos soluciones de ingenier\u00eda suave (p. ej., soluciones basadas en la naturaleza) en el sistema de drenaje, que incluyan potencial para crear h\u00e1bitats, en particular para reducir la afluencia de agua de escorrent\u00eda hacia el sistema de canalizaci\u00f3n de aguas pluviales y la cantidad total de agua que llega a dicha canalizaci\u00f3n o a las aguas superficiales, disminuyendo as\u00ed notablemente los da\u00f1os relacionados con las inundaciones.<br \/>\nSeguimiento de recomendaciones o criterios t\u00e9cnicos para evitar o reducir los da\u00f1os derivados de la fragmentaci\u00f3n de ecosistemas, incluyendo el dise\u00f1o de medidas espec\u00edficas para evitar los riesgos de atropellos de fauna.<br \/>\nLos \u00f3rganos de contrataci\u00f3n pueden consultar con detalle los criterios de la contrataci\u00f3n p\u00fablica verde de la UE en este tipo de contratos en el enlace: http:\/\/ec.europa.eu\/environment\/gpp\/pdf\/toolkit\/roads\/ES.pdf.<br \/>\n8. Electricidad<br \/>\nCPV 09310000-5 Electricidad Principales especificaciones t\u00e9cnicas y\/o criterios de adjudicaci\u00f3n que pueden ser tenidos en cuenta por los \u00f3rganos de contrataci\u00f3n:<br \/>\nIncluir como especificaci\u00f3n t\u00e9cnica que al menos un 50 % de la electricidad suministrada proceda de fuentes renovables o de cogeneraci\u00f3n de alto rendimiento, con garant\u00eda de origen acreditada por la CNMC, tal y como se definen en la Directiva 2009\/28\/CE y la Directiva 2004\/8\/CE, respectivamente.<br \/>\nIncrementar progresivamente esta exigencia en un 10 % en cada a\u00f1o, a partir de 2020, con el objetivo de llegar en 2025 a un 100 % de suministro de electricidad de fuentes renovables.<br \/>\nLos pliegos de cl\u00e1usulas administrativas particulares determinar\u00e1n la forma y la periodicidad en la que el contratista deber\u00e1 acreditar el cumplimiento de estos requisitos.<br \/>\nSe valorar\u00e1 la inclusi\u00f3n de la obligaci\u00f3n a los adjudicatarios de ejecutar una relaci\u00f3n de instalaciones de generaci\u00f3n el\u00e9ctrica \u00abin situ\u00bb a trav\u00e9s de fuentes de energ\u00eda renovable para autoconsumo de los edificios o infraestructuras objeto del contrato de suministro el\u00e9ctrico.<br \/>\nSe podr\u00e1 excluir del cumplimiento de esta medida las obras de t\u00faneles con car\u00e1cter excepcional, y siempre y cuando se justifique que por la dificultad del lugar de acceso, no sea factible, el suministro de energ\u00eda de origen renovable.<br \/>\nLos \u00f3rganos de contrataci\u00f3n podr\u00e1n asumir criterios adicionales para incorporar en los pliegos de contrataci\u00f3n siguiendo los criterios de la contrataci\u00f3n p\u00fablica verde de la UE en este grupo de productos. El enlace es: http:\/\/ec.europa.eu\/environment\/gpp\/pdf\/criteria\/electricity_es.pdf.<br \/>\n9. Equipos de impresi\u00f3n<br \/>\nPV 30120000-6: Fotocopiadoras, m\u00e1quinas offset e impresoras<br \/>\nCPV 30232110-8: Impresoras l\u00e1ser<br \/>\nCPV 30121100-4: Fotocopiadoras<br \/>\nCPV 30232100-5: Impresoras y trazadores gr\u00e1ficos Especificaciones t\u00e9cnicas sobre criterios energ\u00e9ticos:<br \/>\nIncorporaci\u00f3n como criterios energ\u00e9ticos obligatorios los establecidos en la etiqueta \u00abEnergy Star\u00bb o en una an\u00e1loga a criterio de la Comisi\u00f3n Europea. Se podr\u00e1n conceder puntos adicionales si el producto es m\u00e1s eficiente desde el punto de vista energ\u00e9tico<br \/>\nEspecificaciones t\u00e9cnicas sobre restricciones de sustancias peligrosas y gesti\u00f3n de los residuos:<br \/>\nSe seguir\u00e1 lo establecido en el Real Decreto 219\/2013, de 22 de marzo, sobre restricciones a la utilizaci\u00f3n de determinadas sustancias peligrosas en aparatos el\u00e9ctricos y electr\u00f3nicos y el Real Decreto 110\/2015, sobre residuos de aparatos el\u00e9ctricos y electr\u00f3nicos en cuanto a la gesti\u00f3n de sus residuos en lo concerniente a la jerarqu\u00eda y especialmente el objetivo de reutilizaci\u00f3n que marca la RAEE.<br \/>\nLos productores de AEE dom\u00e9sticos o profesionales, demostrar\u00e1n estar constituidos en sistemas individuales o colectivos a trav\u00e9s del n\u00famero de inscripci\u00f3n en el Registro Integral Industrial secci\u00f3n RAEE.<br \/>\nOtras especificaciones t\u00e9cnicas:<br \/>\n\u2013 Los equipos de impresi\u00f3n estar\u00e1n equipados con una unidad de impresi\u00f3n\/copia a doble cara autom\u00e1tica, y ser\u00e1n compatibles con el papel reciclado.<br \/>\n\u2013 Los equipos de impresi\u00f3n de imagen ofrecer\u00e1n como funci\u00f3n est\u00e1ndar la capacidad de imprimir y\/o copiar dos o m\u00e1s p\u00e1ginas de un documento en una sola hoja de papel.<br \/>\nCriterios de valoraci\u00f3n:<br \/>\n\u2013 Disponer de alg\u00fan etiquetado ecol\u00f3gico o certificado, en el marco de la norma UNE-EN ISO 14024 (Etiquetas ecol\u00f3gicas y declaraciones medioambientales. Etiquetado ecol\u00f3gico Tipo 1. Principios y procedimientos), que garantice una baja incidencia medioambiental, tales como Blue Angel, Nordic Swan, Eco Mark o equivalente.<br \/>\n\u2013 Adecuaci\u00f3n de los fabricantes a las exigencias medioambientales, (certificados de Gesti\u00f3n Medioambiental, de conformidad con la norma UNE-EN ISO 14001, por un organismo verificador medioambiental acreditado por ENAC u organismo de acreditaci\u00f3n equivalente).<br \/>\n\u2013 Consumo el\u00e9ctrico t\u00edpico CET (KWh\/semana).<br \/>\n\u2013 Nivel de presi\u00f3n sonora en operaci\u00f3n (dB) ISO 7779\/9296 o equivalente.<br \/>\n\u2013 Se podr\u00e1n conceder puntos adicionales a los equipos que cuenten con filtro de ozono.<br \/>\nLos \u00f3rganos de contrataci\u00f3n podr\u00e1n asumir criterios adicionales para incorporar en los pliegos de contrataci\u00f3n siguiendo los criterios de la contrataci\u00f3n p\u00fablica verde de la UE en este grupo de productos. El enlace es: http:\/\/ec.europa.eu\/environment\/gpp\/pdf\/criteria\/imaging\/ES.pdf.<br \/>\n10. Eventos<br \/>\nPrincipales especificaciones t\u00e9cnicas y\/o criterios de adjudicaci\u00f3n que pueden ser tenidos en cuenta por los \u00f3rganos de contrataci\u00f3n:<br \/>\nLas invitaciones al evento y comunicaciones se realizar\u00e1n por correo electr\u00f3nico. La inscripci\u00f3n tambi\u00e9n ser\u00e1 electr\u00f3nica.<br \/>\nEn la elecci\u00f3n de los lugares para la celebraci\u00f3n de eventos se evitar\u00e1n entornos naturales no acondicionados que sean ambientalmente sensibles o con presencia de especies de fauna y flora que pueda verse afectada por la celebraci\u00f3n de dichos eventos.<br \/>\nEl lugar de celebraci\u00f3n deber\u00e1 ser f\u00e1cilmente accesible en transporte p\u00fablico, bicicleta o caminando.<br \/>\nSe procurar\u00e1 un aumento del uso del transporte p\u00fablico colectivo para acceder a los actos.<br \/>\nSe incluir\u00e1 de forma obligatoria la informaci\u00f3n de los transportes p\u00fablicos existentes para acceder al recinto en la propaganda de todos los actos.<br \/>\nSe deber\u00e1 reducir al m\u00ednimo el material impreso.<br \/>\nLas tarjetas de acreditaci\u00f3n y el cord\u00f3n que las sujeta ser\u00e1n reutilizables y\/o reciclables.<br \/>\nInclusi\u00f3n de recogida selectiva de residuos para la organizaci\u00f3n y el p\u00fablico general en todos los actos.<br \/>\nEn la contrataci\u00f3n del servicio de organizaci\u00f3n de un evento, la solicitud de la realizaci\u00f3n del c\u00e1lculo de las emisiones de gases de efecto invernadero o huella de carbono que supone el evento, valorando positivamente la compensaci\u00f3n de dicha huella de carbono.<br \/>\nSi el evento incluye catering, cumplir con las indicaciones incluidas en el apartado de Alimentaci\u00f3n y servicios de restauraci\u00f3n.<br \/>\nSe fomentar\u00e1, siempre que sea posible, el consumo de agua del grifo.<br \/>\nSe proceder\u00e1 a la adecuada gesti\u00f3n de los residuos generados durante la organizaci\u00f3n del evento, su desarrollo y desmantelamiento de conformidad con la Ley 22\/2011, prestando especial atenci\u00f3n a la aplicaci\u00f3n del principio de jerarqu\u00eda de residuos.<br \/>\n11. Grifer\u00eda sanitaria<br \/>\nLas especificaciones t\u00e9cnicas y criterios de adjudicaci\u00f3n tendr\u00e1n como objeto dotar a los edificios nuevos y rehabilitados de una grifer\u00eda sanitaria eficiente en cuanto al consumo de agua y de energ\u00eda.<br \/>\nLos \u00f3rganos de contrataci\u00f3n pueden consultar con detalle los criterios de la contrataci\u00f3n p\u00fablica verde de la UE en este tipo de contratos en el enlace: http:\/\/ec.europa.eu\/environment\/gpp\/pdf\/criteria\/sanitary\/ES.pdf.<br \/>\n12. Inodoros y urinarios de descarga<br \/>\nPrincipales especificaciones t\u00e9cnicas y\/o criterios de adjudicaci\u00f3n que pueden ser tenidos en cuenta por los \u00f3rganos de contrataci\u00f3n:<br \/>\nReducci\u00f3n del consumo de agua.<br \/>\nAumento de la longevidad del producto.<br \/>\nUso de agua regenerada.<br \/>\nLos \u00f3rganos de contrataci\u00f3n pueden consultar con detalle los criterios de la contrataci\u00f3n p\u00fablica verde de la UE en este tipo de contratos en el enlace: http:\/\/ec.europa.eu\/environment\/gpp\/pdf\/criteria\/toilets\/criteria_Toilets_es.pdf.<br \/>\n13. Mobiliario y paneles murales<br \/>\nCPV 39100000-3 Mobiliario.<br \/>\nCPV 33192000-2 Mobiliario para uso m\u00e9dico Principales especificaciones t\u00e9cnicas y\/o criterios de adjudicaci\u00f3n que pueden ser tenidos en cuenta por los \u00f3rganos de contrataci\u00f3n:<br \/>\nDisponer de un certificado ISO 14006 o equivalente emitido a nombre del fabricante del producto. (Podr\u00e1 ser utilizado tambi\u00e9n como requisito de solvencia).<br \/>\nLa madera y materiales a base de madera proceder\u00e1n de fuentes leg\u00edtimas (bosques de gesti\u00f3n legal y sostenible).<br \/>\nUtilizaci\u00f3n de materiales elaborados parcial o totalmente a partir de materiales reciclados o renovables (como la madera).<br \/>\nLimitar el contenido en disolventes org\u00e1nicos y las emisiones de compuestos org\u00e1nicos vol\u00e1tiles (COV) de los productos, adhesivos y sustancias destinadas al tratamiento de superficies.<br \/>\nEvitar ciertas sustancias peligrosas en la producci\u00f3n de materiales y el tratamiento de superficies.<br \/>\nLos envases se deber\u00e1n realizar con material reciclado y f\u00e1cilmente reciclable o con materiales procedentes de recursos renovables, o ser un sistema multiusos.<br \/>\nGarantizar la reciclabilidad y la separabilidad de los materiales de envasado y las piezas del mobiliario, as\u00ed como el uso de materiales de envasado elaborados a base de materias primas renovables.<br \/>\nAdquisici\u00f3n de mobiliario duradero, apto para su uso, ergon\u00f3mico, f\u00e1cil de desmontar, reparable y reciclable.<br \/>\nSi la compra de mobiliario y paneles murales incorpora la retirada de los muebles que sean desechados, y por tanto adquieran su condici\u00f3n de residuo, \u00e9stos deber\u00e1n gestionarse conforme a la Ley 22\/2011, de 28 de julio, prestando especial atenci\u00f3n a la aplicaci\u00f3n del principio de jerarqu\u00eda de residuos. Igualmente, en aplicaci\u00f3n de la econom\u00eda circular, se fomentar\u00e1 la aplicaci\u00f3n de operaciones para la reutilizaci\u00f3n cuando sea posible.<br \/>\nLos \u00f3rganos de contrataci\u00f3n podr\u00e1n asumir criterios adicionales para incorporar en los pliegos de contrataci\u00f3n siguiendo los criterios de la contrataci\u00f3n p\u00fablica verde de la UE en este grupo de productos. En el siguiente enlace: http:\/\/ec.europa.eu\/environment\/gpp\/pdf\/toolkit\/furniture_GPP_product_sheet_es.pdf.<br \/>\n14. Ordenadores y monitores<br \/>\nCPV 30213300-8: Ordenadores de mesa<br \/>\nCPV 30213100-6: Ordenadores port\u00e1tiles<br \/>\nCPV 30231300-0: Pantallas de visualizaci\u00f3n Especificaciones t\u00e9cnicas sobre criterios energ\u00e9ticos:<br \/>\nIncorporaci\u00f3n como criterios energ\u00e9ticos obligatorios los establecidos en la etiqueta \u00abEnergy Star\u00bb o en una an\u00e1loga a criterio de la Comisi\u00f3n Europea. Se podr\u00e1n conceder conceder\u00e1n puntos adicionales si el producto es m\u00e1s eficiente desde el punto de vista energ\u00e9tico.<br \/>\nEspecificaciones t\u00e9cnicas sobre restricciones de sustancias peligrosas y gesti\u00f3n de los residuos:<br \/>\nSe seguir\u00e1 lo establecido en el Real Decreto 219\/2013, de 22 de marzo, sobre restricciones a la utilizaci\u00f3n de determinadas sustancias peligrosas en aparatos el\u00e9ctricos y electr\u00f3nicos y el Real Decreto 110\/2015, sobre residuos de aparatos el\u00e9ctricos y electr\u00f3nicos en cuanto a la gesti\u00f3n de sus residuos.<br \/>\nLos productores de AEE dom\u00e9sticos o profesionales, demostrar\u00e1n estar constituidos en sistemas individuales o colectivos a trav\u00e9s del n\u00famero de inscripci\u00f3n en el Registro Integral Industrial secci\u00f3n RAEE.<br \/>\nCriterios de adjudicaci\u00f3n:<br \/>\nDisponer de alg\u00fan tipo de etiquetado ecol\u00f3gico o certificado que garantice una baja incidencia medioambiental, tales como la etiqueta ecol\u00f3gica de la UE (ECOLABEL), de conformidad con el Real Decreto 234\/2013 de 5 abril, por el que se establecen normas para la aplicaci\u00f3n del Reglamento (CE) n.\u00ba 66\/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, relativo a la etiqueta ecol\u00f3gica de la Uni\u00f3n Europea, \u00c1ngel Azul (Blaue Engel), EPEAT, TCO, o etiquetado ecol\u00f3gico, en el marco de las normas UNE-EN ISO 14024 y UNE-EN ISO 14021 o equivalentes.<br \/>\nAdecuaci\u00f3n de los fabricantes a las exigencias medioambientales, estim\u00e1ndose aqu\u00e9llos que tienen certificados sus sistemas de gesti\u00f3n medioambiental, de conformidad con la norma UNE-EN ISO 14001, por un organismo verificador medioambiental acreditado por ENAC u organismo de acreditaci\u00f3n equivalente. Se especificar\u00e1, en su caso, si el fabricante est\u00e1 registrado en el Sistema Comunitario de Gesti\u00f3n y Auditor\u00eda Medioambientales (EMAS), regulado por el Reglamento (CE) n.\u00ba 1221\/2009, del Parlamento Europeo y del Consejo, del 25 de noviembre de 2009.<br \/>\nConsumo el\u00e9ctrico en diferentes estados.<br \/>\nNivel de presi\u00f3n sonora en operaci\u00f3n (dB) seg\u00fan ISO 7779\/9296 o equivalente.<br \/>\nSe podr\u00e1 valorar el n\u00famero de a\u00f1os de la garant\u00eda que cubrir\u00e1 la reparaci\u00f3n o sustituci\u00f3n y el acuerdo de servicio con la opci\u00f3n para el consumidor de recogida y devoluci\u00f3n o de reparaci\u00f3n in situ, as\u00ed como la disponibilidad continua de piezas de recambio.<br \/>\nLos \u00f3rganos de contrataci\u00f3n podr\u00e1n asumir criterios adicionales para incorporar en los pliegos de contrataci\u00f3n siguiendo los criterios de la contrataci\u00f3n p\u00fablica verde de la UE en este grupo de productos. El enlace es: http:\/\/ec.europa.eu\/environment\/gpp\/pdf\/toolkit\/computers%20and%20monitors\/ES.pdf.<br \/>\n15. Papel para copias y papel gr\u00e1fico<br \/>\nCPV 30197630-1: Papel de impresi\u00f3n<br \/>\nCPV 30197643-5: Papel para fotocopiadora Tal y como destaca la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas, la actuaci\u00f3n habitual de las Administraciones est\u00e1 basada en un funcionamiento \u00edntegramente electr\u00f3nico, que por tanto afecta a la reducci\u00f3n progresiva del consumo de papel hasta su eliminaci\u00f3n. Para los contratos en los que sea necesaria la adquisici\u00f3n de papel, se describen a continuaci\u00f3n especificaciones t\u00e9cnicas y criterios de adjudicaci\u00f3n a considerar.<br \/>\nEspecificaciones t\u00e9cnicas:<br \/>\nLas fibras utilizadas en la fabricaci\u00f3n del papel deber\u00e1n contar con una certificaci\u00f3n de gesti\u00f3n forestal sostenible y con una certificaci\u00f3n de la cadena de custodia (FSC, PEFC o equivalente) que garantice la trazabilidad de las materias primas de origen forestal y sus derivados a trav\u00e9s de las distintas fases del proceso productivo.<br \/>\nEn fibra virgen, no se admitir\u00e1 la utilizaci\u00f3n del cloro elemental como blanqueante. Los procedimientos de blanqueo admitidos ser\u00e1n los denominados en la industria ECF (Elementary Chloryne Free) y TCF (Totally Chloryne Free).<br \/>\nEl papel reciclado estar\u00e1 fabricado con un m\u00ednimo de un 70 % de papel para reciclar.<br \/>\nCriterio de valoraci\u00f3n:<br \/>\nSe valorar\u00e1 positivamente disponer de alg\u00fan tipo de etiquetado ecol\u00f3gico que garantice una baja incidencia medioambiental, como por ejemplo la Etiqueta Ecol\u00f3gica de la UE (ECOLABEL), de conformidad con el Real Decreto 234\/2013 de 5 abril, por el que se establecen las normas para la aplicaci\u00f3n del Reglamento (CE) n.\u00ba 66\/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, relativo a la etiqueta ecol\u00f3gica de la Uni\u00f3n Europea en el caso del papel de copia y gr\u00e1fico.<br \/>\nLos \u00f3rganos de contrataci\u00f3n podr\u00e1n asumir criterios adicionales para incorporar en los pliegos de contrataci\u00f3n siguiendo los criterios de la contrataci\u00f3n p\u00fablica verde de la UE en este grupo de productos. El enlace es: http:\/\/ec.europa.eu\/environment\/gpp\/pdf\/toolkit\/paper_GPP_product_sheet_es.pdf.<br \/>\n16. Productos textiles<br \/>\nPrincipales especificaciones t\u00e9cnicas y\/o criterios de adjudicaci\u00f3n que pueden ser tenidos en cuenta por los \u00f3rganos de contrataci\u00f3n:<br \/>\nAdquisici\u00f3n de productos textiles de producci\u00f3n ecol\u00f3gica.<br \/>\nAdquisici\u00f3n de productos textiles usados que se puedan volver a utilizar para su prop\u00f3sito original, o productos textiles que contengan fibras recicladas.<br \/>\nAdquisici\u00f3n de productos textiles en cuya producci\u00f3n se haya hecho un uso reducido de sustancias peligrosas para el medio ambiente.<br \/>\nAdquisici\u00f3n de productos textiles con pocas sustancias peligrosas para la salud humana.<br \/>\nAdquisici\u00f3n de productos textiles que cumplan los requisitos m\u00ednimos de solidez de los colores y estabilidad de las dimensiones.<br \/>\nPrevenci\u00f3n de fallos prematuros y del consiguiente despilfarro de productos textiles mediante la promoci\u00f3n de tejidos de colores s\u00f3lidos que no encojan durante su uso.<br \/>\nSe valorar\u00e1 positivamente disponer de alg\u00fan tipo de etiquetado ecol\u00f3gico o certificado que garantice una baja incidencia medioambiental, tales como la etiqueta ecol\u00f3gica de la UE (ECOLABEL) o equivalente.<br \/>\nSi la compra de productos textiles incorpora la retirada de aquellos que sean desechados, y por tanto adquieran su condici\u00f3n de residuo, estos deber\u00e1n gestionarse conforme a la Ley 22\/2011, de 28 de julio, prestando especial atenci\u00f3n a la aplicaci\u00f3n del principio de jerarqu\u00eda de residuos. Igualmente, en aplicaci\u00f3n de la econom\u00eda circular, se fomentar\u00e1 la aplicaci\u00f3n de operaciones para la reutilizaci\u00f3n cuando sea posible.<br \/>\nLos \u00f3rganos de contrataci\u00f3n pueden consultar con detalle los criterios de la contrataci\u00f3n p\u00fablica verde de la UE en este tipo de contratos en el enlace: http:\/\/ec.europa.eu\/environment\/gpp\/pdf\/criteria\/textiles_es.pdf.<br \/>\n17. Productos y servicios de jardiner\u00eda<br \/>\nPrincipales especificaciones t\u00e9cnicas y\/o criterios de adjudicaci\u00f3n que pueden ser tenidos en cuenta por los \u00f3rganos de contrataci\u00f3n:<br \/>\nUso de compost procedente de residuos recogidos selectivamente como enmienda del suelo y fertilizante con estrictos controles de calidad.<br \/>\nAdquisici\u00f3n de enmiendas del suelo evitando materiales susceptibles de transferir contaminantes al mismo.<br \/>\nLimitaci\u00f3n de los riesgos de los productos fitosanitarios y aplicaci\u00f3n de t\u00e9cnicas alternativas de control de plagas.<br \/>\nUso (cuando sea posible) de agua no potable, instalaci\u00f3n de sistemas de riego eficientes y aplicaci\u00f3n de diferentes medidas para reducir la demanda de agua: acolchado (mulching), disposici\u00f3n de las plantas seg\u00fan sus necesidades h\u00eddricas o selecci\u00f3n de plantas ornamentales adaptadas o aut\u00f3ctonas.<br \/>\nAdquisici\u00f3n preferente de plantas ornamentales producidas ecol\u00f3gicamente y aut\u00f3ctonas.<br \/>\nGarant\u00eda de la recogida selectiva de los residuos y el tratamiento de los residuos org\u00e1nicos para la obtenci\u00f3n de compost y el acolchado (mulching).<br \/>\nUso de contenedores de las plantas reutilizables o biodegradables.<br \/>\nAdquisici\u00f3n de productos distribuidos en envases reciclados, compostables, reutilizables, reciclables o biodegradables.<br \/>\nUso de maquinaria con un nivel bajo de ruido, de emisiones y de consumo, adem\u00e1s de combustibles m\u00e1s ecol\u00f3gicos.<br \/>\nUso en la maquinaria de jardiner\u00eda de lubricantes r\u00e1pidamente biodegradables y que no sean potencialmente bioacumulativos, o aceites regenerados.<br \/>\nFormaci\u00f3n adecuada del personal.<br \/>\nAtenci\u00f3n preferente a la no utilizaci\u00f3n de especies ex\u00f3ticas invasoras o con potencial invasor, incluida la sustituci\u00f3n y adecuada eliminaci\u00f3n de especies ex\u00f3ticas invasoras ya implantadas en jardines.<br \/>\nPreferencia sobre especies aut\u00f3ctonas de jardiner\u00eda adecuadamente seleccionadas por sus caracter\u00edsticas y requerimientos en funci\u00f3n del entorno.<br \/>\nSe otorgar\u00e1n puntos adicionales a aquellos licitadores que propongan un sistema de compostaje t\u00e9cnicamente viable in situ.<br \/>\nSe otorgar\u00e1n puntos adicionales o se establecer\u00e1 como condici\u00f3n de ejecuci\u00f3n la elaboraci\u00f3n de un estudio sobre las emisiones de gases de efecto invernadero que supongan las labores de fertilizaci\u00f3n y mantenimiento de los jardines. Para ello podr\u00e1n utilizarse las herramientas p\u00fablicas del Registro de huella de carbono, compensaci\u00f3n y proyectos de absorci\u00f3n del Ministerio para la Transici\u00f3n Ecol\u00f3gica.<br \/>\nSe valorar\u00e1 positivamente la propuesta de actuaciones y gestiones menos emisoras.<br \/>\nLos \u00f3rganos pueden consultar con detalle los criterios de la contrataci\u00f3n p\u00fablica verde de la UE en este tipo de contratos en el enlace: http:\/\/ec.europa.eu\/environment\/gpp\/pdf\/criteria\/gardening_es.pdf.<br \/>\n18. Productos y servicios de limpieza<br \/>\nProductos de limpieza de uso general Especificaciones t\u00e9cnicas:<br \/>\nAcreditaci\u00f3n del cumplimiento de los productos de las prescripciones medioambientales mediante la presentaci\u00f3n de ecoetiqueta tipo I o equivalente, fichas t\u00e9cnicas de productos u otros medios.<br \/>\nProhibici\u00f3n de existencia de determinadas sustancias nocivas para el medio ambiente en los productos de limpieza (de acuerdo con niveles de contenido total de f\u00f3sforo elemental, contenido total de fosfatos, agentes tensioactivos biodegradables en condiciones anaer\u00f3bicas).<br \/>\nEn los productos higi\u00e9nicos, el papel higi\u00e9nico y las toallitas secamanos dispondr\u00e1n de la ecolabel de paper tiss\u00fa o medida equivalente.<br \/>\nCPV Servicios de limpieza<br \/>\n909192004: Servicio de limpieza de oficinas.<br \/>\nEl contrato centralizado incluye otras prestaciones que pueden considerarse parte de un servicio de limpieza integral como son:<br \/>\n\u2013 Desratizaci\u00f3n, desinfecci\u00f3n y desinsectaci\u00f3n (DDD), con CPV 909210009- 90923003<br \/>\n\u2013 Retirada de unidades higi\u00e9nicas sanitarias y objetos punzantes y cortantes de gabinetes m\u00e9dicos, con CPV 905241007 y 905244000.<br \/>\n\u2013 Servicios de lavander\u00eda con CPV 983110006.<br \/>\nEl contrato incluye adem\u00e1s el suministro de los productos de limpieza. Condici\u00f3n de ejecuci\u00f3n:<br \/>\nPoseer un programa de formaci\u00f3n al personal de limpieza que recoge los aspectos medioambientales en la prestaci\u00f3n del servicio. La formaci\u00f3n recibida por el personal de limpieza debe ser m\u00e1s incisiva en los aspectos medioambientales, comprendiendo no s\u00f3lo contenidos relativos a la separaci\u00f3n de residuos, sino tambi\u00e9n concienciando a los empleados en el uso eficiente de recursos energ\u00e9ticos y de agua, utilizaci\u00f3n de cantidades adecuadas de producto que no resulten nocivas para el medio ambiente, o fomentando el empleo de productos ecol\u00f3gicos, entre otros.<br \/>\nEspecificaciones t\u00e9cnicas:<br \/>\nSe admitir\u00e1 como prueba de cumplimiento un sistema de gesti\u00f3n medioambiental (como EMAS o ISO 14001) que cubra y certifique las capacidades de gesti\u00f3n medioambiental establecidas en los criterios de selecci\u00f3n, as\u00ed como otras pruebas de medidas de gesti\u00f3n medioambiental equivalentes.<br \/>\nSistemas de gesti\u00f3n medioambiental de los licitadores de acuerdo con normas europeas e internacionales<br \/>\nExigencia de empleo de productos biodegradables, evitando el contenido de f\u00f3sforo y limitando los biocidas.<br \/>\nPresencia de equipos de intervenci\u00f3n ante emergencias medioambientales en caso de derrames y vertidos en laboratorios.<br \/>\nControles de calidad en la prestaci\u00f3n del servicio durante la ejecuci\u00f3n del contrato que incluyen, entre otros la verificaci\u00f3n de los productos de limpieza utilizados.<br \/>\nDebe garantizarse la recogida separada de residuos generados como consecuencia de la actividad en cada edificio y acreditar la entrega para su gesti\u00f3n a un gestor autorizado.<br \/>\nLas bolsas de basura estar\u00e1n fabricadas al menos en un 80% de pl\u00e1stico reciclado.<br \/>\nEn el caso de las bolsas para la recogida de bioresiduos (por ejemplo materia org\u00e1nica y fracci\u00f3n vegetal) deber\u00e1n ser biodegradables o compostables, para lo cual cumplir\u00e1n con la norma UNE-EN 13432:2000 para el compostaje industrial o con normas para la compostabilidad en compostaje dom\u00e9stico u otras normas similares.<br \/>\nRespecto de la maquinaria y herramientas que se utilicen para la limpieza de los edificios, deber\u00e1 indicarse en las fichas t\u00e9cnicas el consumo energ\u00e9tico y, en su caso, de agua, as\u00ed como los niveles de ruido.<br \/>\nCriterio de adjudicaci\u00f3n:<br \/>\nSe valorar\u00e1 positivamente disponer de alg\u00fan tipo de etiquetado ecol\u00f3gico o certificado que garantice una baja incidencia medioambiental, tales como la etiqueta ecol\u00f3gica de la UE (ECOLABEL) o equivalente.<br \/>\nMedidas adicionales:<br \/>\nLas unidades de prevenci\u00f3n de riesgos laborales de los Departamentos ministeriales, elaborar\u00e1n y expondr\u00e1n en los edificios instrucciones de trabajo precisas de modo que est\u00e9n accesibles para el personal de limpieza, sobre la protecci\u00f3n medioambiental y las normas de salud y seguridad en la prestaci\u00f3n del servicio, as\u00ed como la correcta separaci\u00f3n de los residuos. Se realizar\u00e1n sesiones informativas sobre estos aspectos anualmente a los trabajadores, durante el periodo de ejecuci\u00f3n del contrato.<br \/>\nLos \u00f3rganos de contrataci\u00f3n podr\u00e1n asumir criterios adicionales, o m\u00e1s detallados, para incorporar en los pliegos de contrataci\u00f3n siguiendo los criterios de la contrataci\u00f3n p\u00fablica verde de la UE en este grupo de productos.<br \/>\nhttp:\/\/ec.europa.eu\/environment\/gpp\/pdf\/toolkit\/cleaning_product\/es.pdf.<br \/>\n19. Sistemas combinados de calor y electricidad (cogeneraci\u00f3n). Sistemas de climatizaci\u00f3n<br \/>\nPrincipales especificaciones t\u00e9cnicas y\/o criterios de adjudicaci\u00f3n que pueden ser tenidos en cuenta por los \u00f3rganos de contrataci\u00f3n:<br \/>\nAdquisici\u00f3n de equipos o sistemas de cogeneraci\u00f3n (unidades CHP) eficientes que utilicen fuentes de energ\u00eda renovable.<br \/>\nPromover el uso de unidades CHP capaces de transformar el combustible y la energ\u00eda renovable en calor y electricidad con la m\u00e1xima eficiencia, para ahorrar recursos y minimizar las emisiones de gases de invernadero, reduciendo el consumo de combustibles f\u00f3siles.<br \/>\nLos sistemas de climatizaci\u00f3n (fr\u00edo-calor) que utilicen fluidos deben tener en cuenta el potencial de calentamiento de los mismos promoviendo refrigerantes naturales. Se promover\u00e1n los sistemas de climatizaci\u00f3n que usen energ\u00edas renovables con especial menci\u00f3n a sistemas de bomba de calor con geotermia o aerotermia y biomasa donde sea medioambientalmente adecuado.<br \/>\nLos \u00f3rganos de contrataci\u00f3n pueden consultar con detalle los criterios de la contrataci\u00f3n p\u00fablica verde de la UE en este tipo de contratos en el enlace: http:\/\/ec.europa.eu\/environment\/gpp\/pdf\/criteria\/chp\/es.pdf.<br \/>\n20. Transporte<br \/>\nCPV Turismos y veh\u00edculos ligeros:<br \/>\n34110000 Autom\u00f3viles para pasajeros<br \/>\n341300007 Veh\u00edculos de motor para transporte de mercanc\u00edas<br \/>\n342100002 Carrocer\u00edas para veh\u00edculos<br \/>\nCPV Veh\u00edculos de transporte p\u00fablico:<br \/>\n341200004 Veh\u00edculos a motor para transporte de diez o m\u00e1s personas<br \/>\n341210001 Autobuses y Autocares<br \/>\nCPV Camiones de recogida de residuos:<br \/>\n341400000 Veh\u00edculos pesados<br \/>\nCPV Veh\u00edculos para vigilancia de la costa:<br \/>\n34113200-4 Veh\u00edculos todoterreno Principales especificaciones t\u00e9cnicas y\/o criterios de adjudicaci\u00f3n que pueden ser tenidos en cuenta por los \u00f3rganos de contrataci\u00f3n:<br \/>\nPreferencia de adquisici\u00f3n, alquiler, renting u otras formas de uso de veh\u00edculos clasificados en el Registro de Veh\u00edculos de la Direcci\u00f3n General de Tr\u00e1fico como \u00abCero Emisiones\u00bb o alternativamente \u00abECO\u00bb en aquellos casos en que no haya una alternativa \u00abCero emisiones\u00bb para la tipolog\u00eda de veh\u00edculo requerido y los usos a los que vaya a ser destinado. Una mayor presencia de veh\u00edculos de este tipo frente a las restantes tipolog\u00edas en el parque m\u00f3vil existente permitir\u00e1 obtener la m\u00e1xima rentabilidad a la inversi\u00f3n realizada en los veh\u00edculos.<br \/>\nEn todo caso, se establecer\u00e1 como criterio de valoraci\u00f3n las mejoras respecto de la norma EURO en vigor.<br \/>\nPreferencia a veh\u00edculos con alta reciclabilidad de componentes.<br \/>\nUtilizaci\u00f3n de pl\u00e1sticos reciclados. Valoraci\u00f3n de la estimaci\u00f3n del porcentaje en peso del veh\u00edculo que proceda de materiales reciclados o renovables.<br \/>\nAusencia de gases de efecto invernadero en los refrigerantes del sistema de aire acondicionado.<br \/>\nPresencia de sistemas que ayudan a un menor consumo de combustible: indicador de presi\u00f3n de neum\u00e1ticos, control de velocidad de crucero, sistemas de aire acondicionado tipo climatizador.<br \/>\nIncorporaci\u00f3n de sistemas de apagado y encendido autom\u00e1tico (start\/stop).<br \/>\nIncorporaci\u00f3n de sistemas de informaci\u00f3n en tiempo real para el conductor sobre conducci\u00f3n ecol\u00f3gica: indicador consumo de energ\u00eda, autonom\u00eda, recomendaci\u00f3n de cambio de marchas para la reducci\u00f3n del consumo y otros.<br \/>\nPosibilidad de modificaci\u00f3n del contrato, previa solicitud, para la sustituci\u00f3n de bienes que incorporen novedades por raz\u00f3n de evoluci\u00f3n tecnol\u00f3gica no existentes con car\u00e1cter previo a la adjudicaci\u00f3n.<br \/>\nInclusi\u00f3n de puntos de recarga para veh\u00edculos que utilicen energ\u00edas alternativas (electricidad, gas natural,\u2026) en nuevas edificaciones y edificaciones existentes.<br \/>\nPreferencia por modelos de uso de transporte colectivo, compartido, uso de bicicleta y otros modos de bajas emisiones.<br \/>\nUtilizaci\u00f3n de lubricantes de larga duraci\u00f3n.<br \/>\nLos \u00f3rganos de contrataci\u00f3n podr\u00e1n asumir criterios adicionales para incorporar en los pliegos de contrataci\u00f3n siguiendo los criterios de la contrataci\u00f3n p\u00fablica verde de la UE en este grupo de productos. 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