{"id":13759,"date":"2020-12-23T12:48:54","date_gmt":"2020-12-23T12:48:54","guid":{"rendered":"https:\/\/normativamunicipal.com\/uncategorized\/proteccion-civil-extremadura\/"},"modified":"2020-12-23T12:48:54","modified_gmt":"2020-12-23T12:48:54","slug":"proteccion-civil-extremadura","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=13759","title":{"rendered":"Protecci\u00f3n Civil EXTREMADURA"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\"><strong>DECRETO 26\/2019, de 1 de abril, por el que se regula el Registro de Agrupaciones Locales de Voluntariado de Protecci\u00f3n Civil y Emergencias de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><!--more-->[sc name=\u00bbSeguridad P\u00fablica\u00bb ]<br \/>\nLa protecci\u00f3n civil aparece definida en la Ley 17\/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protecci\u00f3n Civil (BOE n\u00fam. 164, de 10 de julio), en su art\u00edculo 1.1, como el servicio p\u00fablico que protege a las personas y bienes garantizando una respuesta adecuada ante los distintos tipos de emergencias y cat\u00e1strofes originadas por causas naturales o derivadas de la acci\u00f3n humana, sea \u00e9sta accidental o intencionada.<br \/>\nA tal efecto, la citada Ley 17\/2015, de 9 de julio, regula su t\u00edtulo I, entre otras cuestiones, un conjunto m\u00ednimo de derechos y deberes de la ciudadan\u00eda en materia de protecci\u00f3n civil para poner de relieve que \u00e9sta no s\u00f3lo es la destinataria de la acci\u00f3n p\u00fablica dirigida a prevenir y afrontar las situaciones de emergencia, sino el centro del sistema de protecci\u00f3n civil y que le corresponden derechos y deberes espec\u00edficos que tienen directo encaje en las Constituci\u00f3n. En este sentido, destacan el art\u00edculo 7.2, que establece que la participaci\u00f3n de la ciudadan\u00eda en las tareas de protecci\u00f3n civil podr\u00e1 canalizarse a trav\u00e9s de las entidades de voluntariado; y el art\u00edculo 7 qu\u00e1ter, que prev\u00e9 que el voluntariado de protecci\u00f3n civil podr\u00e1 colaborar en la gesti\u00f3n de las emergencias, como expresi\u00f3n de participaci\u00f3n ciudadana en la respuesta social a estos fen\u00f3menos, y que los poderes p\u00fablicos promover\u00e1n la participaci\u00f3n y la formaci\u00f3n de dicho voluntariado en apoyo del Sistema Nacional de Protecci\u00f3n Civil.<br \/>\nEn este sentido, la Ley 45\/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado (BOE n\u00fam. 247, de 15 de octubre), apuesta por un voluntariado abierto, participativo e intergeneracional que combina, con el necesario equilibrio, las dimensiones de ayuda y participaci\u00f3n, sin renunciar a su aspiraci\u00f3n a la transformaci\u00f3n de la sociedad y enfocado m\u00e1s a la calidad que a la cantidad.<br \/>\nEn Extremadura, la participaci\u00f3n de la ciudadan\u00eda en tareas de protecci\u00f3n civil a trav\u00e9s de agrupaciones de voluntarios de protecci\u00f3n civil y emergencias surgidas en las diferentes entidades locales de la regi\u00f3n y que colaboran con los poderes p\u00fablicos en esta materia, es un hecho incuestionable que pone de manifiesto el car\u00e1cter altruista y solidario de toda persona voluntaria, pero la dispersi\u00f3n de la informaci\u00f3n sobre las mismas obstaculiza la optimizaci\u00f3n de tan importante recurso.<br \/>\nAnte la necesidad de crear un instrumento que permitiera disponer de la informaci\u00f3n necesaria acerca de los colectivos surgidos en el seno de la sociedad extreme\u00f1a que colaboran con los poderes p\u00fablicos de forma voluntaria en esta materia, se aprob\u00f3 el Decreto 134\/2016, de 30 de agosto, por el que se crea el Registro de Agrupaciones y Asociaciones de Voluntarios de Protecci\u00f3n Civil y Emergencias de Extremadura y se regula su funcionamiento (DOE n\u00fam. 171, de 5 de septiembre), al ostentar la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura la competencia exclusiva en materia de protecci\u00f3n civil y emergencias y en<br \/>\nLunes, 8 de abril de 2019 14285N\u00daMERO 68<br \/>\nmateria de fomento del voluntariado (art\u00edculo 9, puntos 42 y 45, respectivamente, del Estatuto de Autonom\u00eda de Extremadura, en su redacci\u00f3n dada por la Ley Org\u00e1nica 1\/2011, de 28 de febrero).<br \/>\nTras apenas dos a\u00f1os de la entrada en vigor de citada disposici\u00f3n reglamentaria se han venido detectando ineficacias en la configuraci\u00f3n de citado registro, en la escasa o nula operatividad de determinados aspectos y en el excesivo volumen de documentaci\u00f3n a aportar por las agrupaciones interesadas, que es preciso solucionar.<br \/>\nAsimismo, la reciente entrada en vigor de la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas (BOE n\u00fam. 236, de 2 de octubre), y del Reglamento (UE) 2016\/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protecci\u00f3n de la personas f\u00edsicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulaci\u00f3n de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95\/46\/CE (Reglamento general de protecci\u00f3n de datos), y de la Ley Org\u00e1nica 3\/2018, de 5 de diciembre, de Protecci\u00f3n de Datos Personales y garant\u00eda de los derechos digitales (BOE n\u00fam. 294, de 6 de diciembre), ha introducido cambios significativos tanto en la tramitaci\u00f3n del procedimiento administrativo como en el tratamiento de los datos de car\u00e1cter personal por lo que, en consecuencia, han de ser incorporados al resto del ordenamiento jur\u00eddico.<br \/>\nIgualmente, la entrada en vigor del Decreto del Presidente 21\/2017, de 30 de octubre, por el que se modifican la denominaci\u00f3n, el n\u00famero y las competencias de las Consejer\u00edas que conforman la Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura (DOE n\u00fam. 209, de 31 de octubre), y del Decreto 181\/2017, de 7 de noviembre, por el que se establece la estructura org\u00e1nica b\u00e1sica de la Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura (DOE n\u00fam. 217, de 13 de noviembre), obligan a la adaptaci\u00f3n de la anterior normativa existente.<br \/>\nEn otro sentido, este decreto se integra, con car\u00e1cter general, en los preceptos de la Ley Org\u00e1nica 3\/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (BOE n\u00fam. 71, de 23 de marzo), y, en particular, en los preceptos de la Ley 8\/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de g\u00e9nero en Extremadura (DOE n\u00fam. 59, de 25 de marzo). En concreto, se hace especial incidencia, con respecto a citada ley auton\u00f3mica, en los art\u00edculos 3 (principios generales), 5 (disposiciones generales), 6 (de la Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura), 21 (transversalidad de g\u00e9nero), 22 (desarrollo del principio de interseccionalidad), 27 (lenguaje e imagen no sexista) y 28.1.a) (inclusi\u00f3n de la variable sexo en los datos registrables).<br \/>\nDe acuerdo con lo anterior y con la seguridad jur\u00eddica como principio a salvaguardar, y la accesibilidad y claridad de la norma como medios de garantizarlo, se ha optado por derogar referido Decreto 134\/2016, de 30 de agosto, por el que se crea el Registro de Agrupaciones<br \/>\nLunes, 8 de abril de 2019 14286N\u00daMERO 68<br \/>\ny Asociaciones de Voluntarios de Protecci\u00f3n Civil y Emergencias de Extremadura y se regula su funcionamiento, y adaptar la regulaci\u00f3n de dicho registro al nuevo marco normativo descrito, empezando por su propia denominaci\u00f3n.<br \/>\nEn definitiva, todo lo anteriormente expuesto ha motivado que se acometa una revisi\u00f3n del Registro de Agrupaciones de Voluntarios de Protecci\u00f3n Civil y Emergencias reorganizando la secciones anteriormente existentes en una sola secci\u00f3n dedicada a las Agrupaciones de Voluntarios de Protecci\u00f3n Civil y Emergencias, realizando la necesarias aclaraciones en cuanto a documentaci\u00f3n a aportar por los entes locales que creen agrupaciones y llevando a cabo la adaptaci\u00f3n normativa expuesta.<br \/>\nEn virtud de todo lo expuesto, de conformidad con los art\u00edculos 23 y 90.2 de la Ley 1\/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura, a propuesta de Consejera de Medio Ambiente y Rural, Pol\u00edticas Agrarias y Territorio y previa deliberaci\u00f3n del Consejo de Gobierno en sesi\u00f3n celebrada el 1 de abril de 2019,<br \/>\nDISPONGO:<br \/>\nCAP\u00cdTULO I DISPOSICIONES GENERALES<br \/>\nArt\u00edculo 1. Objeto.<br \/>\nEl objeto de este decreto es regular la organizaci\u00f3n y funcionamiento del Registro de Agrupaciones Locales de Voluntariado de Protecci\u00f3n Civil y Emergencias de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura, as\u00ed como establecer el procedimiento de inscripci\u00f3n, modificaci\u00f3n de datos y baja de dichas agrupaciones.<br \/>\nArt\u00edculo 2. \u00c1mbito de aplicaci\u00f3n y definiciones.<br \/>\n1. Las normas contenidas en este decreto ser\u00e1n de aplicaci\u00f3n a todas las Agrupaciones Locales de Voluntariado de Protecci\u00f3n Civil y Emergencias legalmente constituidas por las entidades locales de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura para el cumplimiento de los fines previstos en la normativa de protecci\u00f3n civil y emergencias.<br \/>\n2. A los efectos del presente decreto, se entiende por voluntariado de protecci\u00f3n civil y emergencias al conjunto de actividades de inter\u00e9s general desarrolladas por personas f\u00edsicas que, con intenci\u00f3n de colaborar libre y desinteresadamente con los poderes p\u00fablicos en tareas de protecci\u00f3n civil y emergencias, se integran en agrupaciones cuya actividad se orienta, principalmente, a la prevenci\u00f3n en actividades p\u00fablicas y a la colaboraci\u00f3n con los servicios operativos en la protecci\u00f3n y socorro de personas y bienes en situaciones de riesgo, emergencia o cat\u00e1strofe.<br \/>\nLunes, 8 de abril de 2019 14287N\u00daMERO 68<br \/>\nArt\u00edculo 3. Naturaleza, finalidad y adscripci\u00f3n.<br \/>\n1. El Registro de Agrupaciones Locales de Voluntariado de Protecci\u00f3n Civil y Emergencias de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura tiene car\u00e1cter administrativo, p\u00fablico y \u00fanico en el \u00e1mbito de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura, teniendo la inscripci\u00f3n car\u00e1cter voluntario para dichas agrupaciones.<br \/>\n2. Se configura como un instrumento estad\u00edstico complementario y directorio para la aplicaci\u00f3n de la pol\u00edtica de protecci\u00f3n civil y emergencias en el territorio de Extremadura, que tiene como finalidad almacenar, administrar y proporcionar informaci\u00f3n a los poderes p\u00fablicos de la regi\u00f3n extreme\u00f1a sobre el n\u00famero y localizaci\u00f3n de las distintas agrupaciones existentes en el territorio extreme\u00f1o, el volumen de recursos humanos que forma parte de las mismas y los recursos materiales a su disposici\u00f3n.<br \/>\n3. El Registro de Agrupaciones Locales de Voluntariado de Protecci\u00f3n Civil y Emergencias de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura estar\u00e1 adscrito org\u00e1nica y funcionalmente a la direcci\u00f3n general que tenga atribuido el ejercicio de las competencias en materia de protecci\u00f3n civil y emergencias.<br \/>\nCAP\u00cdTULO II ORGANIZACI\u00d3N Y FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO<br \/>\nArt\u00edculo 4. Contenido del Registro.<br \/>\n1. El Registro de Agrupaciones Locales de Voluntariado de Protecci\u00f3n Civil y Emergencias de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura est\u00e1 constituido por todos los datos relativos a la agrupaci\u00f3n, a las personas voluntarias que la integran y a los recursos disponibles de la misma conforme a lo establecido en el apartado siguiente.<br \/>\n2. Son datos inscribibles los siguientes:<br \/>\nA) Datos generales de la agrupaci\u00f3n:<br \/>\n\u2014 Denominaci\u00f3n.<br \/>\n\u2014 Entidad local a la que pertenece la agrupaci\u00f3n.<br \/>\n\u2014 Fecha de constituci\u00f3n.<br \/>\n\u2014 Direcci\u00f3n de la sede de la agrupaci\u00f3n.<br \/>\n\u2014 Tel\u00e9fono y correo electr\u00f3nico de la agrupaci\u00f3n.<br \/>\n\u2014 Nombre, apellidos, DNI, tel\u00e9fono y correo electr\u00f3nico de la persona que ejerza la presidencia de la agrupaci\u00f3n.<br \/>\nLunes, 8 de abril de 2019 14288N\u00daMERO 68<br \/>\n\u2014 Nombre, apellidos, DNI, tel\u00e9fono y correo electr\u00f3nico de la persona designada como coordinadora de la agrupaci\u00f3n.<br \/>\n\u2014 Identificaci\u00f3n de la p\u00f3liza de seguro referida en el art\u00edculo 5.3, letra c), con determinaci\u00f3n del per\u00edodo de vigencia.<br \/>\n\u2014 Fecha de disoluci\u00f3n, en su caso.<br \/>\n\u2014 Fecha de baja en el registro, en su caso.<br \/>\nB) Datos de las personas voluntarias, desagregados por sexo:<br \/>\n\u2014 Nombre y apellidos.<br \/>\n\u2014 DNI.<br \/>\n\u2014 Fecha de nacimiento.<br \/>\n\u2014 Datos de contacto: direcci\u00f3n completa, tel\u00e9fono y correo electr\u00f3nico.<br \/>\n\u2014 Cargo o funci\u00f3n que desempe\u00f1a en la agrupaci\u00f3n.<br \/>\n\u2014 Fecha de incorporaci\u00f3n a la agrupaci\u00f3n.<br \/>\n\u2014 Acciones formativas acreditadas en materia de protecci\u00f3n civil y emergencias en las que haya participado.<br \/>\n\u2014 No estar incluido en el Registro Central de Delincuentes Sexuales ni en el Registro Central de Penados en los t\u00e9rminos se\u00f1alados en el art\u00edculo 5.3, letra b).<br \/>\n\u2014 Autorizaci\u00f3n expresa por escrito del padre, de la madre, del tutor o del representante legal, en caso de menores de edad.<br \/>\nC) Datos de los recursos disponibles de la agrupaci\u00f3n:<br \/>\n\u2014 Inmuebles, con expresi\u00f3n de su localizaci\u00f3n.<br \/>\n\u2014 Veh\u00edculos, con expresi\u00f3n de sus caracter\u00edsticas.<br \/>\n\u2014 Equipos de telefon\u00eda, con indicaci\u00f3n del n\u00famero asignado.<br \/>\n\u2014 Material inform\u00e1tico y de comunicaciones, con expresi\u00f3n de sus caracter\u00edsticas.<br \/>\n\u2014 Otros recursos rese\u00f1ables a juicio de la entidad local.<br \/>\nLunes, 8 de abril de 2019 14289N\u00daMERO 68<br \/>\nCAP\u00cdTULO III PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCI\u00d3N REGISTRAL, MODIFICACI\u00d3N DE DATOS Y BAJA REGISTRAL<br \/>\nArt\u00edculo 5. Solicitudes de inscripci\u00f3n y documentaci\u00f3n.<br \/>\n1. Las solicitudes de inscripci\u00f3n en el Registro de Agrupaciones Locales de Voluntariado de Protecci\u00f3n Civil y Emergencias de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura:<br \/>\na) Se confeccionar\u00e1n seg\u00fan modelo normalizado establecido en el anexo I de este decreto, el cual estar\u00e1 disponible en la Sede Electr\u00f3nica de la Junta de Extremadura.<br \/>\nb) Deber\u00e1n ser suscritas por la persona titular que ostente la representaci\u00f3n legal de la entidad local interesada, y estar\u00e1n dirigidas a la persona titular de la Direcci\u00f3n General que tenga atribuido el ejercicio de la competencia en materia de protecci\u00f3n civil y emergencias.<br \/>\n2. La presentaci\u00f3n de las solicitudes de inscripci\u00f3n se ajustar\u00e1 a lo dispuesto a tal fin en los art\u00edculos 14 a 16 de la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas.<br \/>\n3. Junto a la solicitud de inscripci\u00f3n se deber\u00e1 aportar la siguiente documentaci\u00f3n:<br \/>\na) Certificado de la persona funcionaria que ejerza las funciones de fe p\u00fablica en la entidad local solicitante sobre los siguientes extremos:<br \/>\n\u2014 Fecha de constituci\u00f3n de la agrupaci\u00f3n por el \u00f3rgano competente de la respectiva entidad local.<br \/>\n\u2014 Identificaci\u00f3n de la persona que haya sido nombrada coordinadora de la agrupaci\u00f3n por el \u00f3rgano competente de la respectiva entidad local.<br \/>\n\u2014 Relaci\u00f3n de las personas voluntarias que integran la agrupaci\u00f3n en el momento de presentar la solicitud de inscripci\u00f3n con expresi\u00f3n de los datos contenidos en el art\u00edculo 4.2, letra b), de este decreto.<br \/>\n\u2014 Relaci\u00f3n de los recursos materiales disponibles por la agrupaci\u00f3n en el momento de presentar la solicitud de inscripci\u00f3n con expresi\u00f3n de los datos contenidos en el art\u00edculo 4.2, letra c), de este decreto.<br \/>\nb) Certificado de la persona funcionaria que ejerza las funciones de fe p\u00fablica en la entidad local solicitante acreditativo de que las personas voluntarias de la agrupaci\u00f3n han entregado, y la entidad local ha verificado, la siguiente documentaci\u00f3n:<br \/>\n\u2014 Respecto a todas las personas voluntarias de la agrupaci\u00f3n:<br \/>\nLunes, 8 de abril de 2019 14290N\u00daMERO 68<br \/>\n\u2022 Certificaci\u00f3n negativa de estar incluido en Registro Central de Delincuentes Sexuales o, en su defecto, declaraci\u00f3n responsable de la persona voluntaria de no estar incluida en dicho registro.<br \/>\n\u2022 Certificado negativo de antecedentes penales emitido por el Registro Central de Penados relativo a delitos de violencia de g\u00e9nero, contra la vida, la integridad f\u00edsica, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro c\u00f3nyuge o de los hijos, o por delitos de tr\u00e1fico ilegal o inmigraci\u00f3n clandestina de personas, o por delitos de terrorismo, o, en su defecto, declaraci\u00f3n responsable de la persona voluntaria de no tener estos antecedentes penales.<br \/>\n\u2014 Respecto a las personas voluntarias menores de edad de la agrupaci\u00f3n:<br \/>\n\u2022 Autorizaci\u00f3n expresa por escrito del padre, de la madre, del tutor o del representante legal del menor para formar parte de la agrupaci\u00f3n.<br \/>\nc) Copia compulsada de los siguientes documentos:<br \/>\n\u2014 Reglamento de organizaci\u00f3n y funcionamiento de la agrupaci\u00f3n, acompa\u00f1ado del documento de aprobaci\u00f3n del mismo por el \u00f3rgano competente de la respectiva entidad local.<br \/>\n\u2014 P\u00f3liza de seguro, u otra garant\u00eda financiera, suscrita por la correspondiente entidad local, adecuada a las caracter\u00edsticas y circunstancias de la actividad desarrollada por las personas voluntarias de la agrupaci\u00f3n, que cubra los riesgos de accidente y enfermedad derivados directamente de la actividad voluntaria, as\u00ed como los posibles da\u00f1os ocasionados a terceras personas en el ejercicio de dicha actividad, de conformidad con lo establecido en el art\u00edculo 9.2 de la Ley 1\/1998, de 5 de febrero, reguladora del Voluntariado Social de Extremadura (DOE n\u00fam. 29, de 12 de marzo), y en el art\u00edculo 14 de la Ley 45\/2015, de 14 de octubre, del Voluntariado (BOE n\u00fam. 247, de 15 de octubre).<br \/>\n\u2014 Recibo justificativo del pago de la prima de la p\u00f3liza de seguro contratada.<br \/>\nd) Certificado de la persona funcionaria que ejerza las funciones de fe p\u00fablica en la entidad local solicitante acreditativo de que todas las personas voluntarias de la agrupaci\u00f3n han autorizado expresamente la cesi\u00f3n de sus datos personales identificados en el art\u00edculo 4.2 a este registro.<br \/>\nArt\u00edculo 6. Instrucci\u00f3n y resoluci\u00f3n del procedimiento de inscripci\u00f3n.<br \/>\n1. Recibida la solicitud de inscripci\u00f3n y la documentaci\u00f3n se\u00f1alada en el art\u00edculo anterior en el Registro de Agrupaciones Locales de Voluntariado de Protecci\u00f3n Civil y Emergencias de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura, se comprobar\u00e1 el cumplimiento de los requisitos establecidos para la inscripci\u00f3n.<br \/>\nLunes, 8 de abril de 2019 14291N\u00daMERO 68<br \/>\n2. En el supuesto de que la solicitud y\/o documentaci\u00f3n aportada no se ajustase a lo establecido en este decreto, se requerir\u00e1 a la interesada para que en un plazo de diez d\u00edas h\u00e1biles subsane la falta o acompa\u00f1e los documentos preceptivos, con indicaci\u00f3n de que, si no lo hiciera, se le tendr\u00e1 por desistido de su petici\u00f3n, previa resoluci\u00f3n que ser\u00e1 dictada en los t\u00e9rminos del art\u00edculo 21 de la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas.<br \/>\n3. Tramitada la solicitud y documentaci\u00f3n por el Servicio que tuviera asignado el ejercicio de la competencia en materia de protecci\u00f3n civil, como \u00f3rgano competente para la ordenaci\u00f3n e instrucci\u00f3n del procedimiento, su titular elevar\u00e1 propuesta de resoluci\u00f3n estimatoria o desestimatoria a la Direcci\u00f3n General a que est\u00e9 adscrita dicho servicio, en cuanto \u00f3rgano competente para resolver.<br \/>\n4. La persona titular de la direcci\u00f3n general competente en materia de protecci\u00f3n civil tiene un plazo m\u00e1ximo de tres meses para dictar y notificar la correspondiente resoluci\u00f3n a contar desde la fecha de entrada de la solicitud de inscripci\u00f3n en el Registro \u00danico de la Junta de Extremadura.<br \/>\nEl transcurso del plazo m\u00e1ximo para resolver y notificar se suspender\u00e1 cuando deba requerirse a la interesada para la subsanaci\u00f3n de deficiencias o la aportaci\u00f3n de documentos por el tiempo que medie entre la notificaci\u00f3n del requerimiento y su efectivo cumplimiento por la destinataria, o en su defecto, por el plazo concedido de acuerdo a lo establecido en el art\u00edculo 22 de la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas.<br \/>\n5. Transcurrido el plazo m\u00e1ximo se\u00f1alado en el apartado anterior sin haber sido dictada y notificada resoluci\u00f3n expresa, legitima a las entidades locales interesadas para entender estimada su solicitud por silencio administrativo.<br \/>\nArt\u00edculo 7. Efectos de la inscripci\u00f3n registral.<br \/>\n1. La inscripci\u00f3n en el Registro de Agrupaciones Locales de Voluntariado de Protecci\u00f3n Civil y Emergencias de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura posee car\u00e1cter meramente informativo con la finalidad de facilitar la coordinaci\u00f3n de las acciones que llevan a cabo las diferentes Administraciones p\u00fablicas competentes en materia de protecci\u00f3n civil, especialmente entre la Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura y las entidades locales de la misma.<br \/>\n2. La inscripci\u00f3n registral conllevar\u00e1 un acceso preferente por parte de dichas agrupaciones:<br \/>\na) A programas o proyectos de voluntariado en emergencias y protecci\u00f3n civil.<br \/>\nb) A acciones formativas organizadas por la Direcci\u00f3n General competente en materia de protecci\u00f3n civil y emergencias.<br \/>\nLunes, 8 de abril de 2019 14292N\u00daMERO 68<br \/>\nc) A los medios y recursos con que cuenta la Direcci\u00f3n General competente en materia de protecci\u00f3n civil y emergencias susceptibles de cesi\u00f3n temporal.<br \/>\nArt\u00edculo 8. Certificaciones.<br \/>\nLas certificaciones de las inscripciones que figuren en el Registro de Agrupaciones Locales de Voluntariado de Protecci\u00f3n Civil y Emergencias de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura ser\u00e1n expedidas por la Direcci\u00f3n General competente en materia de protecci\u00f3n civil y emergencias de conformidad con lo establecido en la normativa vigente en materia de protecci\u00f3n de datos y con las debidas garant\u00edas establecidas en la misma.<br \/>\nArt\u00edculo 9. Modificaci\u00f3n de los datos registrales.<br \/>\n1. La Direcci\u00f3n General competente en materia de protecci\u00f3n civil y emergencias remitir\u00e1 a los representantes legales de las agrupaciones inscritas, de oficio y en el mes de enero de cada anualidad, una relaci\u00f3n con los datos registrales correspondientes para dar su conformidad a los mismos o realizar las modificaciones acaecidas, seg\u00fan modelo que figura como anexo II, en el plazo m\u00e1ximo de diez d\u00edas h\u00e1biles computados desde el d\u00eda siguiente al de recepci\u00f3n de citada comunicaci\u00f3n.<br \/>\n2. Sin perjuicio de lo indicado en el apartado anterior, cualquier modificaci\u00f3n de los datos registrales se\u00f1alados en el art\u00edculo 4.2 de este decreto, con independencia del momento en que se produzca, deber\u00e1 ser comunicada, seg\u00fan modelo que figura como anexo II, por el representante legal de la agrupaci\u00f3n a la Direcci\u00f3n General competente en materia de protecci\u00f3n civil y emergencias en un plazo m\u00e1ximo de diez d\u00edas h\u00e1biles desde su acaecimiento, e ir\u00e1 acompa\u00f1ada de la documentaci\u00f3n que en su caso la acredite.<br \/>\nArt\u00edculo 10. Baja registral.<br \/>\nLa baja en el Registro de Agrupaciones Locales de Voluntariado de Protecci\u00f3n Civil y Emergencias de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura se producir\u00e1 a solicitud de la interesada, seg\u00fan modelo que figura como anexo III, o de oficio mediante resoluci\u00f3n de la direcci\u00f3n general competente en materia de protecci\u00f3n civil y emergencias, en los siguientes supuestos debidamente acreditados:<br \/>\na) Ausencia de actividad de la agrupaci\u00f3n.<br \/>\nb) No reunir la agrupaci\u00f3n los requisitos exigidos en este decreto para ser objeto de inscripci\u00f3n.<br \/>\nc) Disoluci\u00f3n de la agrupaci\u00f3n.<br \/>\nd) No comunicar las modificaciones de los datos registrales en los t\u00e9rminos se\u00f1alados en el art\u00edculo 9.<br \/>\nLunes, 8 de abril de 2019 14293N\u00daMERO 68<br \/>\ne) Cualquier otra causa establecida por la normativa aplicable.<br \/>\nArt\u00edculo 11. Tratamiento de datos de car\u00e1cter personal.<br \/>\n1. Los datos de car\u00e1cter personal ser\u00e1n tratados con la finalidad exclusiva de mantener el Registro de Agrupaciones Locales de Voluntariado de Protecci\u00f3n Civil y Emergencias de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura conforme al Reglamento (UE) 2016\/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protecci\u00f3n de la personas f\u00edsicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulaci\u00f3n de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95\/46\/CE (Reglamento general de protecci\u00f3n de datos), y a la Ley Org\u00e1nica 3\/2018, de 5 de diciembre, de Protecci\u00f3n de Datos Personales y garant\u00eda de los derechos digitales.<br \/>\n2. Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Real Decreto 3\/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el \u00e1mbito de la Administraci\u00f3n Electr\u00f3nica y que se encuentran descritas en los documentos que conforman la Pol\u00edtica de Privacidad y Seguridad de la Informaci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura.<br \/>\nDisposici\u00f3n transitoria \u00fanica.<br \/>\n1. Todas las inscripciones de Agrupaciones Locales de Voluntariado de Protecci\u00f3n Civil y Emergencias realizadas en el Registro de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 134\/2016, de 30 de agosto, por el que se crea el registro de Agrupaciones y Asociaciones de Voluntarios de Protecci\u00f3n Civil y Emergencias y se regula su funcionamiento, mantendr\u00e1n su vigencia y todos sus efectos a la fecha de entrada en vigor del presente decreto.<br \/>\n2. A los procedimientos ya iniciados antes de la entrada en vigor de este decreto no les ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n el mismo, rigi\u00e9ndose por la normativa anterior.<br \/>\n3. La responsable de la gesti\u00f3n, tratamiento y cesi\u00f3n de los datos personales previstos en el art\u00edculo 4 es la persona titular de la Consejer\u00eda competente en materia de protecci\u00f3n civil y emergencias.<br \/>\nDisposici\u00f3n derogatoria.<br \/>\n1. Queda expresamente derogado el Decreto 134\/2016, de 30 de agosto, por el que se crea el Registro de Agrupaciones y Asociaciones de Voluntarios de Protecci\u00f3n Civil y Emergencias de Extremadura y se regula su funcionamiento.<br \/>\n2. Asimismo, quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en el presente decreto.<br \/>\nLunes, 8 de abril de 2019 14294N\u00daMERO 68<br \/>\nDisposici\u00f3n final primera. Desarrollo.<br \/>\nSe autoriza a la persona titular de la consejer\u00eda que tenga atribuidas las competencias en materia de protecci\u00f3n civil y emergencias a dictar cuantos actos y disposiciones sean necesarios para garantizar el cumplimiento y desarrollar el presente decreto.<br \/>\nDisposici\u00f3n final segunda. Entrada en vigor.<br \/>\nEl presente decreto entrar\u00e1 en vigor al d\u00eda siguiente al de su publicaci\u00f3n en el Diario Oficial de Extremadura.<br \/>\nM\u00e9rida, 1 de abril de 2019.<br \/>\nEl Presidente de la Junta de Extremadura, GUILLERMO FERN\u00c1NDEZ VARA<br \/>\nLa Consejera de Medio Ambiente y Rural, Pol\u00edticas Agrarias y Territorio, BEGO\u00d1A GARC\u00cdA BERNAL<br \/>\nANEXO I<br \/>\nSOLICITUD DE INSCRIPCI\u00d3N EN EL REGISTRO DE AGRUPACIONES LOCALES DE VOLUNTARIADO DE PROTECCI\u00d3N CIVIL Y EMERGENCIAS DE LA COMUNIDAD AUT\u00d3NOMA DE EXTREMADURA<\/p>\n<p>1. DATOS IDENTIFICATIVOS DE LA AGRUPACI\u00d3N LOCAL:<\/p>\n<p>2. DOMICILIO DE LA SEDE DE LA AGRUPACI\u00d3N LOCAL: NOMBRE DE LA V\u00cdA, N\u00ba, PISO&#8230;<br \/>\nLOCALIDAD<\/p>\n<p>C\u00d3DIGO POSTAL<\/p>\n<p>3. DOMICILIO O MEDIOS A EFECTOS DE NOTIFICACIONES: NOMBRE DE LA V\u00cdA, N\u00ba, PISO&#8230;<br \/>\nLOCALIDAD<\/p>\n<p>C\u00d3DIGO POSTAL<\/p>\n<p>CORREO ELECTR\u00d3NICO<\/p>\n<p>4. REPRESENTACI\u00d3N LEGAL DE LA AGRUPACI\u00d3N LOCAL: NOMBRE Y APELLIDOS<\/p>\n<p>D.N.I.<\/p>\n<p>CORREO ELECTR\u00d3NICO<\/p>\n<p>TEL\u00c9FONO<\/p>\n<p>5. COORDINACI\u00d3N DE LA AGRUPACI\u00d3N LOCAL: NOMBRE Y APELLIDOS<\/p>\n<p>D.N.I.<\/p>\n<p>CORREO ELECTR\u00d3NICO<\/p>\n<p>TEL\u00c9FONO<\/p>\n<p>6. DOCUMENTACI\u00d3N QUE SE APORTA: Certificado de la persona funcionaria que ejerce las funciones de fe p\u00fablica en la entidad local sobre los extremos se\u00f1alados en el art\u00edculo 5.3, letra a), de este decreto. Certificado de la persona funcionaria que ejerce las funciones de fe p\u00fablica en la entidad local sobre los extremos se\u00f1alados en el art\u00edculo 5.3, letra b), de este decreto. Copia compulsada del reglamento de organizaci\u00f3n y funcionamiento de la agrupaci\u00f3n. Copia compulsada de la p\u00f3liza de seguro (u otra garant\u00eda financiera) exigida por el art\u00edculo 5.3, letra c), de este decreto. Copia compulsada del documento acreditativo del pago de la prima de la p\u00f3liza de seguro exigido en el art\u00edculo 5.3, letra c), de este decreto.<\/p>\n<p>Lunes, 8 de abril de 2019 14295N\u00daMERO 68<br \/>\n7. PROTECCI\u00d3N DE DATOS:<br \/>\nDe conformidad con lo establecido en el Reglamento General de Protecci\u00f3n de Datos 2016\/679 (UE) de 27 de abril de 2016, y en la Ley Org\u00e1nica 3\/2018, de 5 de diciembre, de Protecci\u00f3n de Datos Personales y garant\u00eda de los derechos digitales, se informa que los datos facilitados en el presente formulario de solicitud ser\u00e1n incluidos en los ficheros automatizados de la Consejer\u00eda de Medio Ambiente y Rural, Pol\u00edticas Agrarias y Territorio inscrito en la Agencia Espa\u00f1ola de Protecci\u00f3n de Datos.<br \/>\nResponsable del tratamiento de los datos:<br \/>\n1. Identificaci\u00f3n: Consejer\u00eda de Medio Ambiente y Rural, Pol\u00edticas Agrarias y Territorio de la Junta de Extremadura.<br \/>\n2. Direcci\u00f3n: Avda. Luis Ramallo, s\/n. 06.800 \u2013 M\u00e9rida (Badajoz).<br \/>\n3. Tel\u00e9fono: 924.00.20.00.<br \/>\n4. Correo electr\u00f3nico: proteccioncivil@juntaex.es.<br \/>\n5. Datos del Delegado de protecci\u00f3n de datos: dpd@juntaex.es.<br \/>\nFinalidades del tratamiento de los datos:<br \/>\nTramitaci\u00f3n de los expedientes del procedimiento de inscripci\u00f3n de las agrupaciones locales de voluntariado de protecci\u00f3n civil y emergencias en el Registro contemplado en este decreto, as\u00ed como almacenar, administrar y proporcionar informaci\u00f3n a los poderes p\u00fablicos de la regi\u00f3n extreme\u00f1a sobre el n\u00famero y localizaci\u00f3n de las distintas agrupaciones existentes en el territorio extreme\u00f1o, el volumen de recursos humanos que forma parte de las mismas y los recursos materiales a su disposici\u00f3n.<br \/>\nLegitimaci\u00f3n para el tratamiento de los datos:<br \/>\nLa base normativa para el tratamiento indicado viene conformada por la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan da las Administraciones P\u00fablicas, la Ley 17\/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protecci\u00f3n Civil, y el presente decreto.<br \/>\nTemporalidad del mantenimiento de los datos:<br \/>\nDurante el tiempo necesario para cumplir la finalidad para la que se recabaron y que, como regla general, es indeterminado hasta tanto se proceda a la baja registral.<br \/>\nDestinatarios de la comunicaci\u00f3n de los datos:<br \/>\nComo regla general, los datos personales no ser\u00e1n comunicados a ning\u00fan tercero salvo en los supuestos habilitados por el propio Reglamento General de Protecci\u00f3n de Datos 2016\/679 (UE) de 27 de abril de 2016 y en la Ley Org\u00e1nica 3\/2018, de 5 de diciembre, de Protecci\u00f3n de Datos Personales y garant\u00eda de los derechos digitales.<br \/>\nTransferencias internacionales de los datos:<br \/>\nNo est\u00e1n previstas transferencias internacionales de datos.<br \/>\nDerechos en el tratamiento de los datos:<br \/>\n1. Derecho a obtener confirmaci\u00f3n sobre la existencia de un tratamiento de sus datos, a acceder a sus datos personales, a solicitar la rectificaci\u00f3n o supresi\u00f3n de los datos que sean inexactos o, en su caso, ya no sean necesarios para los fines para los que fueron recogidos, y a oponerse o limitar su tratamiento.<\/p>\n<p>Lunes, 8 de abril de 2019 14296N\u00daMERO 68<br \/>\n2. Derecho a revocar, en cualquier momento, el consentimiento para el tratamiento para el que lo ha otorgado con la presentaci\u00f3n de la solicitud.<br \/>\n3. Derecho a solicitar la portabilidad de los datos, que ser\u00e1n entregados a la misma o al nuevo responsable del tratamiento que designe, en un formato estructurado, de uso com\u00fan o lectura mec\u00e1nica.<\/p>\n<p>La Consejer\u00eda de Medio Ambiente y Rural, Pol\u00edticas Agrarias y Territorio dispone de formularios para el ejercicio de derechos que pueden ser solicitados al responsable del tratamiento o descargados desde la URL http:\/\/www.juntaex.es\/con03\/tratamiento-de-datos-de-caracterpersonal, o utilizar los elaborados por la Agencia Espa\u00f1ola de Protecci\u00f3n de Datos o terceros. Estos formularios deber\u00e1n ir firmados electr\u00f3nicamente o ser acompa\u00f1ados de fotocopia del DNI. Si se act\u00faa por medio de representante, de la misma manera, deber\u00e1 ir acompa\u00f1ado de copia de su DNI o con firma electr\u00f3nica. Asimismo, los formularios deber\u00e1n ser presentados presencialmente en el Registro General, mediante el sistema de Administraci\u00f3n electr\u00f3nica o remitidos por correo postal o electr\u00f3nico en las direcciones que aparecen el apartado \u201cResponsable del tratamiento\u201d.<br \/>\n4. Asimismo, derecho a presentar reclamaci\u00f3n ante la Agencia Espa\u00f1ola de Protecci\u00f3n de Datos en el supuesto que considere que no se ha atendido convenientemente el ejercicio de sus derechos.<\/p>\n<p>El plazo m\u00e1ximo para resolver es de un mes a contar desde la recepci\u00f3n de su solicitud, pudiendo ser prorrogado dos meses m\u00e1s atendiendo al volumen de reclamaciones presentadas o a la complejidad de la misma.<\/p>\n<p>En el caso de producirse alguna modificaci\u00f3n de sus datos ser\u00eda conveniente su comunicaci\u00f3n por escrito con la finalidad de mantener sus datos actualizados.<br \/>\nSOLICITA<br \/>\nQue sea admitida la presente solicitud de inscripci\u00f3n y, previo los tr\u00e1mites administrativos preceptivos, se dicte a favor de la agrupaci\u00f3n local que represento, resoluci\u00f3n de inscripci\u00f3n en el Registro de Agrupaciones Locales de Voluntariado de Protecci\u00f3n Civil y Emergencias de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura.<\/p>\n<p>Lugar y fecha:<\/p>\n<p>Firma:<\/p>\n<p>SRA. DIRECTORA GENERAL DE EMERGENCIAS Y PROTECCI\u00d3N CIVIL<br \/>\nAvda. Valhondo, s\/n, Edificio III Milenio, M\u00f3dulo 2, Planta 2\u00aa, 06.800 \u2013 M\u00c9RIDA.<\/p>\n<p>Sello de la Entidad Local<br \/>\nLunes, 8 de abril de 2019 14297N\u00daMERO 68<br \/>\nANEXO II<br \/>\nSOLICITUD DE MODIFICACI\u00d3N DE DATOS EN EL REGISTRO DE AGRUPACIONES LOCALES DE VOLUNTARIADO DE PROTECCI\u00d3N CIVIL Y EMERGENCIAS DE LA COMUNIDAD AUT\u00d3NOMA DE EXTREMADURA<\/p>\n<p>1. N\u00daMERO DE REGISTRO DE LA AGRUPACI\u00d3N LOCAL:<\/p>\n<p>2. DENOMINACI\u00d3N DE LA AGRUPACI\u00d3N LOCAL:<\/p>\n<p>3. DATOS QUE SE SOLICITA QUE SE MODIFIQUEN: CONTACTO DE LA AGRUPACI\u00d3N VOLUNTARIOS REGLAMENTO REPRESENTANTE LEGAL RECURSOS MATERIALES (ADJUNTAR NUEVA RELACI\u00d3N) P\u00d3LIZA DE SEGURO COORDINADOR DE LA AGRUPACI\u00d3N OTROS (INDICAR)<\/p>\n<p>4. DOMICILIO DE LA SEDE DE LA AGRUPACI\u00d3N LOCAL (RELLENAR SI PROCEDE): NOMBRE DE LA V\u00cdA, N\u00ba, PISO&#8230;<br \/>\nLOCALIDAD<br \/>\nC\u00d3DIGO POSTAL<\/p>\n<p>5. DOMICILIO O MEDIOS A EFECTOS DE NOTIFICACIONES (RELLENAR SI PROCEDE) NOMBRE DE LA V\u00cdA, N\u00ba, PISO&#8230;<br \/>\nLOCALIDAD<br \/>\nC\u00d3DIGO POSTAL<br \/>\nCORREO ELECTR\u00d3NICO<\/p>\n<p>6. REPRESENTACI\u00d3N LEGAL DE LA AGRUPACI\u00d3N LOCAL (RELLENAR SI PROCEDE): NOMBRE Y APELLIDOS<br \/>\nD.N.I.<br \/>\nCORREO ELECTR\u00d3NICO<br \/>\nTEL\u00c9FONO<\/p>\n<p>7. COORDINACI\u00d3N DE LA AGRUPACI\u00d3N LOCAL (RELLENAR SI PROCEDE): NOMBRE Y APELLIDOS<br \/>\nD.N.I.<br \/>\nCORREO ELECTR\u00d3NICO<br \/>\nTEL\u00c9FONO<\/p>\n<p>Lunes, 8 de abril de 2019 14298N\u00daMERO 68<br \/>\n8. DOCUMENTACI\u00d3N QUE SE APORTA (RELACIONAR LA DOCUMENTACI\u00d3N JUSTIFICATIVA DE LA MODIFICACI\u00d3N SOLICITADA):<\/p>\n<p>9. PROTECCI\u00d3N DE DATOS:<br \/>\nDe conformidad con lo establecido en el Reglamento General de Protecci\u00f3n de Datos 2016\/679 (UE) de 27 de abril de 2016, y en la Ley Org\u00e1nica 3\/2018, de 5 de diciembre, de Protecci\u00f3n de Datos Personales y garant\u00eda de los derechos digitales, e informa que los datos facilitados en el presente formulario de solicitud ser\u00e1n incluidos en los ficheros automatizados de la Consejer\u00eda de Medio Ambiente y Rural, Pol\u00edticas Agrarias y Territorio inscrito en la Agencia Espa\u00f1ola de Protecci\u00f3n de Datos.<br \/>\nResponsable del tratamiento de los datos:<br \/>\n1. Identificaci\u00f3n: Consejer\u00eda de Medio Ambiente y Rural, Pol\u00edticas Agrarias y Territorio de la Junta de Extremadura.<br \/>\n2. Direcci\u00f3n: Avda. Luis Ramallo, s\/n. 06.800 \u2013 M\u00e9rida (Badajoz).<br \/>\n3. Tel\u00e9fono: 924.00.20.00.<br \/>\n4. Correo electr\u00f3nico: proteccioncivil@juntaex.es.<br \/>\n5. Datos del Delegado de protecci\u00f3n de datos: dpd@juntaex.es.<br \/>\nFinalidades del tratamiento de los datos:<br \/>\nTramitaci\u00f3n de los expedientes del procedimiento de modificaci\u00f3n de las inscripciones registrales de las agrupaciones locales de voluntariado de protecci\u00f3n civil y emergencias en el Registro contemplado en este decreto, as\u00ed como almacenar, administrar y proporcionar informaci\u00f3n a los poderes p\u00fablicos de la regi\u00f3n extreme\u00f1a sobre el n\u00famero y localizaci\u00f3n de las distintas agrupaciones existentes en el territorio extreme\u00f1o, el volumen de recursos humanos que forma parte de las mismas y los recursos materiales a su disposici\u00f3n.<br \/>\nLegitimaci\u00f3n para el tratamiento de los datos:<br \/>\nLa base normativa para el tratamiento indicado viene conformada por la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan da las Administraciones P\u00fablicas, la Ley 17\/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protecci\u00f3n Civil, y el presente decreto.<br \/>\nTemporalidad del mantenimiento de los datos:<br \/>\nDurante el tiempo necesario para cumplir la finalidad para la que se recabaron y que, como regla general, es indeterminado hasta tanto se proceda a la baja registral.<br \/>\nDestinatarios de la comunicaci\u00f3n de los datos:<br \/>\nComo regla general, los datos personales no ser\u00e1n comunicados a ning\u00fan tercero salvo en los supuestos habilitados por el propio Reglamento General de Protecci\u00f3n de Datos 2016\/679 (UE) de 27 de abril de 2016, y la Ley Org\u00e1nica 3\/2018, de 5 de diciembre, de Protecci\u00f3n de Datos Personales y garant\u00eda de los derechos digitales.<br \/>\nLunes, 8 de abril de 2019 14299N\u00daMERO 68<br \/>\nTransferencias internacionales de los datos:<br \/>\nNo est\u00e1n previstas transferencias internacionales de datos.<br \/>\nDerechos en el tratamiento de los datos:<br \/>\n1. Derecho a obtener confirmaci\u00f3n sobre la existencia de un tratamiento de sus datos, a acceder a sus datos personales, a solicitar la rectificaci\u00f3n o supresi\u00f3n de los datos que sean inexactos o, en su caso, ya no sean necesarios para los fines para los que fueron recogidos, y a oponerse o limitar su tratamiento.<br \/>\n2. Derecho a revocar, en cualquier momento, el consentimiento para el tratamiento para el que lo ha otorgado con la presentaci\u00f3n de la solicitud.<br \/>\n3. Derecho a solicitar la portabilidad de los datos, que ser\u00e1n entregados a la misma o al nuevo responsable del tratamiento que designe, en un formato estructurado, de uso com\u00fan o lectura mec\u00e1nica.<\/p>\n<p>La Consejer\u00eda de Medio Ambiente y Rural, Pol\u00edticas Agrarias y Territorio dispone de formularios para el ejercicio de derechos que pueden ser solicitados al responsable del tratamiento o descargados desde la URL http:\/\/www.juntaex.es\/con03\/tratamiento-de-datos-de-caracterpersonal, o utilizar los elaborados por la Agencia Espa\u00f1ola de Protecci\u00f3n de Datos o terceros. Estos formularios deber\u00e1n ir firmados electr\u00f3nicamente o ser acompa\u00f1ados de fotocopia del DNI. Si se act\u00faa por medio de representante, de la misma manera, deber\u00e1 ir acompa\u00f1ado de copia de su DNI o con firma electr\u00f3nica. Asimismo, los formularios deber\u00e1n ser presentados presencialmente en el Registro General, mediante el sistema de Administraci\u00f3n electr\u00f3nica o remitidos por correo postal o electr\u00f3nico en las direcciones que aparecen el apartado \u201cResponsable del tratamiento\u201d.<br \/>\n4. Asimismo, derecho a presentar reclamaci\u00f3n ante la Agencia Espa\u00f1ola de Protecci\u00f3n de Datos en el supuesto que considere que no se ha atendido convenientemente el ejercicio de sus derechos.<br \/>\nSOLICITA<br \/>\nQue sea admitido el presente escrito de modificaci\u00f3n de los datos registrales y, previos los tr\u00e1mites administrativos preceptivos, se proceda a realizar en el Registro de Agrupaciones Locales de Voluntariado de Protecci\u00f3n Civil y Emergencias de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura la\/s modificaci\u00f3n\/es comunicada\/s.<\/p>\n<p>Lugar y fecha:<\/p>\n<p>Firma:<\/p>\n<p>SRA. DIRECTORA GENERAL DE EMERGENCIAS Y PROTECCI\u00d3N CIVIL Avda. Valhondo, s\/n, Edificio III Milenio, M\u00f3dulo 2, Planta 2\u00aa, 06.800 &#8211; M\u00c9RIDA.<\/p>\n<p>Sello de la Entidad Local<br \/>\nLunes, 8 de abril de 2019 14300N\u00daMERO 68<br \/>\nANEXO III<br \/>\nSOLICITUD DE BAJA EN EL REGISTRO DE AGRUPACIONES LOCALES DE VOLUNTARIADO DE PROTECCI\u00d3N CIVIL Y EMERGENCIAS DE LA COMUNIDAD AUT\u00d3NOMA DE EXTREMADURA<\/p>\n<p>1. N\u00daMERO DE REGISTRO DE LA AGRUPACI\u00d3N LOCAL:<\/p>\n<p>2. DENOMINACI\u00d3N DE LA AGRUPACI\u00d3N LOCAL:<\/p>\n<p>3. DOMICILIO DE LA SEDE DE LA AGRUPACI\u00d3N LOCAL: NOMBRE DE LA V\u00cdA, N\u00ba, PISO&#8230;<\/p>\n<p>LOCALIDAD<\/p>\n<p>C\u00d3DIGO POSTAL<\/p>\n<p>4. DOMICILIO O MEDIOS A EFECTOS DE NOTIFICACIONES: NOMBRE DE LA V\u00cdA, N\u00ba, PISO&#8230;<\/p>\n<p>LOCALIDAD<\/p>\n<p>C\u00d3DIGO POSTAL<\/p>\n<p>CORREO ELECTR\u00d3NICO<\/p>\n<p>5. REPRESENTACI\u00d3N LEGAL DE LA AGRUPACI\u00d3N LOCAL: NOMBRE Y APELLIDOS<\/p>\n<p>D.N.I.<\/p>\n<p>CORREO ELECTR\u00d3NICO<\/p>\n<p>TEL\u00c9FONO<\/p>\n<p>6. DOCUMENTACI\u00d3N QUE SE APORTA CERTIFICADO DEL ACUERDO DE DISOLUCI\u00d3N DE LA AGRUPACI\u00d3N LOCAL DE VOLUNTARIOS DE PROTECCI\u00d3N CIVIL OTRA DOCUMENTACI\u00d3N<\/p>\n<p>Los documentos obrantes en el Registro de Agrupaciones de Voluntarios de Protecci\u00f3n Civil de Extremadura y relativos a la inscripci\u00f3n registral de la Agrupaci\u00f3n objeto de baja en el mismo, se custodiaran durante 5 a\u00f1os con los fines legal y reglamentariamente previstos.<\/p>\n<p>Lunes, 8 de abril de 2019 14301N\u00daMERO 68<\/p>\n<p>SOLICITA<\/p>\n<p>Que sea admitido el presente escrito de BAJA en el Registro de Agrupaciones Locales de Voluntariado de Protecci\u00f3n Civil y Emergencias de Extremadura, y se proceda a realizar la correspondiente cancelaci\u00f3n registral.<\/p>\n<p>Lugar y fecha:<\/p>\n<p>Firma:<\/p>\n<p>SRA. DIRECTORA GENERAL DE EMERGENCIAS Y PROTECCI\u00d3N CIVIL Avda. Valhondo, s\/n, Edificio<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 26\/2019, de 1 de abril, por el que se regula el Registro de Agrupaciones Locales de Voluntariado de Protecci\u00f3n Civil y Emergencias de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[4],"tags":[1839],"class_list":["post-13759","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-novedades-normativas","tag-extremaduraproteccion-civil"],"acf":[],"yoast_head":"<!-- This site is optimized with the Yoast SEO plugin v28.6 - https:\/\/yoast.com\/product\/yoast-seo-wordpress\/ -->\n<title>Protecci\u00f3n Civil EXTREMADURA - Normativa Municipal<\/title>\n<meta name=\"robots\" content=\"index, follow, max-snippet:-1, max-image-preview:large, max-video-preview:-1\" \/>\n<link rel=\"canonical\" href=\"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=13759\" \/>\n<meta property=\"og:locale\" content=\"es_ES\" \/>\n<meta property=\"og:type\" content=\"article\" \/>\n<meta property=\"og:title\" content=\"Protecci\u00f3n Civil EXTREMADURA - 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