{"id":13867,"date":"2020-12-23T12:49:32","date_gmt":"2020-12-23T12:49:32","guid":{"rendered":"https:\/\/normativamunicipal.com\/uncategorized\/subvenciones\/"},"modified":"2020-12-24T11:23:26","modified_gmt":"2020-12-24T11:23:26","slug":"subvenciones","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=13867","title":{"rendered":"SUBVENCIONES"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Real Decreto 307\/2019, de 26 de abril, por el que se regula la concesi\u00f3n directa de diversas subvenciones en materia agroalimentaria y pesquera.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><!--more-->[sc name=\u00bbGu\u00eda del Interventor Municipal\u00bb ]<br \/>\nBOE de 25 de mayo de 2019<br \/>\nTEXTO<br \/>\nLa importancia social, econ\u00f3mica, ambiental y cultural de la actividad primaria y el medio rural y mar\u00edtimo hacen necesario garantizar y promover la aplicaci\u00f3n de las pol\u00edticas p\u00fablicas de este Departamento en relaci\u00f3n con la actividad agraria, pesquera y alimentaria, comprometidas y en concordancia con las de la Uni\u00f3n Europea en estas materias.<br \/>\nEn ese sentido, en primer lugar, cabe destacar la necesaria defensa de la calidad de la producci\u00f3n y los mercados agrarios, as\u00ed considerada por la Pol\u00edtica Agraria Com\u00fan (PAC), y la relevancia en relaci\u00f3n con estos fines del Plan de Medidas para la Mejora de la Financiaci\u00f3n del Sector Agrario de este Departamento, cuyos objetivos son facilitar a los sectores agr\u00edcola y ganadero el acceso a la financiaci\u00f3n p\u00fablica y privada; inyectar liquidez para la dotaci\u00f3n de capital circulante en dichos sectores y mejorar las condiciones crediticias de la financiaci\u00f3n ya formalizada por el sector, siendo especialmente relevante la defensa y fomento del cooperativismo como modelo empresarial que permite al agricultor y ganadero participar, en mayor medida, del valor a\u00f1adido de sus productos, mejorando su renta y, por extensi\u00f3n, dar mayor transparencia y estabilidad a los mercados agrarios, as\u00ed como, por otra parte, la potenciaci\u00f3n de la gesti\u00f3n de recursos h\u00eddricos para el regad\u00edo y el desarrollo del medio rural, con el fin de evitar la despoblaci\u00f3n en el medio rural, manteniendo y creando puestos de trabajo en las zonas en las que las cooperativas y, en buena parte, el resto de las industrias de la alimentaci\u00f3n y bebidas, est\u00e1n ubicadas, contribuyendo a la sostenibilidad del entorno y al desarrollo rural, las cuales resultan un instrumento muy eficaz para controlar la trazabilidad, calidad y seguridad de los productos agrarios a lo largo de toda la cadena, desde el campo hasta el consumidor.<br \/>\nPor su parte, dentro del sector agrario, es muy relevante la evoluci\u00f3n de las razas en nuestro pa\u00eds y la aplicaci\u00f3n de las normas europeas, como el Reglamento (UE) 2016\/1012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2016, relativo a las condiciones zoot\u00e9cnicas y geneal\u00f3gicas para la cr\u00eda, el comercio y la entrada en la Uni\u00f3n de animales reproductores de raza pura, porcinos reproductores h\u00edbridos y su material reproductivo, y por el que se modifican el Reglamento (UE) n.\u00ba 652\/2014 y las Directivas 89\/608\/CEE y 90\/425\/CEE del Consejo y se derogan determinados actos en el \u00e1mbito de la cr\u00eda animal, as\u00ed como la importancia creciente de los recursos zoogen\u00e9ticos, que al ser fuente de productos de calidad y por contribuir al mantenimiento del medio ambiente y de las tradiciones, ha hecho preciso actualizar las l\u00edneas de actuaci\u00f3n en el campo de la zootecnia, a trav\u00e9s del Real Decreto 45\/2019, de 8 de febrero, destac\u00e1ndose como instrumento fundamental para la difusi\u00f3n de la informaci\u00f3n relativa a las razas incluidas en el Cat\u00e1logo Oficial de Razas de Ganado de Espa\u00f1a, el Sistema Nacional de Informaci\u00f3n ARCA, dependiente de este Ministerio, donde se podr\u00e1n consultar todos aquellos aspectos relacionados con las diversas especies y razas ganaderas y su reglamentaci\u00f3n, que con la colaboraci\u00f3n y participaci\u00f3n de las comunidades aut\u00f3nomas y las asociaciones de criadores, constituye una herramienta din\u00e1mica de gesti\u00f3n de la informaci\u00f3n zoot\u00e9cnica espa\u00f1ola, para todas las entidades y organizaciones implicadas.<br \/>\nIgualmente, cabe destacar la importancia de la protecci\u00f3n de los recursos pesqueros y el desarrollo sostenible, promoviendo la investigaci\u00f3n y estudio en las ciencias agroalimentarias, del mar, ambientales y en general relacionadas con los recursos naturales y el medio ambiente marino y, en este marco, contribuir a mejorar la eficiencia de los sectores de la pesca y la acuicultura, la transformaci\u00f3n de los productos pesqueros y todas aquellas actividades directa o indirectamente relacionadas con el uso de la explotaci\u00f3n del mar y sus recursos, con una especial referencia al Plan Estrat\u00e9gico de la Acuicultura Espa\u00f1ola, que se enmarca dentro de la nueva Pol\u00edtica Pesquera Com\u00fan (PPC) y el Fondo Europeo Mar\u00edtimo y de Pesca (FEMP) cuyos objetivos estrat\u00e9gicos son simplificar y homogeneizar el marco legal y administrativo y reforzar la representatividad del sector; incrementar la producci\u00f3n acu\u00edcola espa\u00f1ola, a partir de la mejora la planificaci\u00f3n sectorial y las elecci\u00f3n de nuevas Zonas de Inter\u00e9s Acu\u00edcola; reforzar la competitividad del sector a trav\u00e9s de la I+D+i, el estrechamiento de las relaciones entre la comunidad cient\u00edfica y el sector, la gesti\u00f3n sanitaria y el bienestar, y, por \u00faltimo, reforzar los aspectos vinculados con la transformaci\u00f3n y comercializaci\u00f3n de los productos acu\u00edcolas a trav\u00e9s de la innovaci\u00f3n, la promoci\u00f3n y el apoyo a las organizaciones de productores.<br \/>\nPor \u00faltimo, en relaci\u00f3n con dichas pol\u00edticas de este Departamento cabe destacar la necesaria defensa y promoci\u00f3n de la calidad agraria y alimentaria, en relaci\u00f3n tanto con las materias primas como con los procedimientos de producci\u00f3n, transformaci\u00f3n y comercializaci\u00f3n, y la necesidad de potenciar el desarrollo de diversas actividades en el sector de la industria alimentaria, enmarcadas en las \u00e1reas de eficiencia, creaci\u00f3n de valor, internacionalizaci\u00f3n y dinamizaci\u00f3n de las industrias alimentarias, con la finalidad de fomentar su competitividad y sostenibilidad.<br \/>\nLa relevancia de este sector es indiscutible, teniendo en cuenta que en la Uni\u00f3n Europea, la industria alimentaria es la principal actividad de la industria manufacturera, con un valor superior a los 1.109.000 millones de euros de cifra de negocios, representando el 13,8 % del consumo (Publicaci\u00f3n Food Drink Europa 2018). Cuenta con 294.000 empresas que dan empleo a 4,57 millones de personas y donde las peque\u00f1as y medianas empresas representan el 41,3 % del total de cifra de negocios del sector alimentario y el 61,3 % del conjunto de los puestos de trabajo que genera. El 95,3 % de dichas empresas son pymes con menos de cincuenta empleados, y un 79,6 % tienen menos de diez trabajadores, lo cual maximiza su relevancia social y para el tejido productivo en el territorio.<br \/>\nLa industria alimentaria espa\u00f1ola, en este sector, ocupa el quinto puesto en valor de cifra de negocios dentro de la UE con un 9,5 %, tras Francia (16,4 %), Alemania (15,4 %), Italia (12,0 %) y Reino Unido (11,9 %). Es la primera rama manufacturera del sector industrial de nuestro pa\u00eds con 113.593,07 millones de euros de ventas de productos, el 24,3 % del sector industrial, as\u00ed como el 18 % de las personas ocupadas y el 15,5 % del valor a\u00f1adido. Representa el 2,5 % del PIB de Espa\u00f1a (en V.A.B). Asimismo, supone 31.342 empresas que representan el 15,1 % de toda la industria manufacturera, de ellas, el 96,5 % son empresas con menos de 50 empleados (30.222) y el 79,8 % cuentan con menos de 10 empleados (24.989). La industria de la alimentaci\u00f3n, bebidas y tabaco ocupa a 514.200 personas, con una tasa de empleo femenino (37 %) superior al resto de la industria manufacturera y joven (30 %), superior al resto de la econom\u00eda.<br \/>\nLa figura de subvenci\u00f3n nominativa, que de manera ininterrumpida ha servido para asegurar el mantenimiento de determinadas actuaciones de inter\u00e9s general dirigidas para la prestaci\u00f3n o realizaci\u00f3n de actuaciones de especial relevancia, a realizar por beneficiarios concretos, prevista en el art\u00edculo 22.2 a) de la Ley 38\/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, est\u00e1 excluida de la pr\u00f3rroga presupuestaria.<br \/>\nEn virtud de los l\u00edmites de la pr\u00f3rroga para 2019 de los Presupuestos Generales del Estado para el a\u00f1os 2018, seg\u00fan lo dispuesto en el art\u00edculo 48.2 de la Ley 47\/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, \u00abla pr\u00f3rroga no afectar\u00e1 a los cr\u00e9ditos para gastos correspondientes a programas o actuaciones que terminen en el ejercicio cuyos presupuestos se prorrogan o para obligaciones que se extingan en el mismo\u00bb.<br \/>\nPor ello, y ante la necesidad de garantizar la m\u00e1xima seguridad posible en la actividad agraria, pesquera y alimentaria, con el fin de impedir los eventuales efectos perjudiciales que pudieran concurrir ante una situaci\u00f3n como la presente con respecto de actividades en las que existir\u00eda una razonable expectativa de mantenimiento de esta actividad de fomento, y atendiendo a la importancia capital de estas medidas para la aplicaci\u00f3n de la pol\u00edtica agroalimentaria y pesquera del departamento, se estima que concurren circunstancias excepcionales que acreditan razones de inter\u00e9s p\u00fablico para su aprobaci\u00f3n como subvenciones de car\u00e1cter directo previstas en el art\u00edculo 22.2.c) de dicho cuerpo legal.<br \/>\nAs\u00ed, estas circunstancias permiten justificar la necesidad de salvaguardar los compromisos presupuestarios ininterrumpidos que a lo largo de los \u00faltimos a\u00f1os se han venido sucediendo en raz\u00f3n del inter\u00e9s p\u00fablico que persiguen, y que se concretan a lo largo de este real decreto de aquellas subvenciones hasta ahora nominativas que se consideran imprescindible mantener en el presente ejercicio; en particular, las dotaciones dirigidas a la Comisi\u00f3n Gestora de la extinta Confederaci\u00f3n Nacional de C\u00e1maras Agrarias (CONCA), a la Asociaci\u00f3n de Sociedades Organizadoras de Carreras de Caballos, a la Federaci\u00f3n Espa\u00f1ola de Asociaciones de Ganado Selecto (FEAGAS), a la Federaci\u00f3n Espa\u00f1ola de Razas Aut\u00f3ctonas en peligro de extinci\u00f3n (FEDERAPES), al Ayuntamiento de Ag\u00fcimes (Las Palmas de Gran Canaria); a la Federaci\u00f3n Espa\u00f1ola de Asociaciones de Ganado Selecto (FEAGAS), a la Fundaci\u00f3n Dieta Mediterr\u00e1nea, al Centro Nacional de Tecnolog\u00eda y Seguridad Alimentaria, a la Federaci\u00f3n Espa\u00f1ola de Industrias de la Alimentaci\u00f3n y Bebidas (FIAB), a las Cooperativas Agroalimentarias de Espa\u00f1a, a la Federaci\u00f3n Nacional de Comunidad de Regantes de Espa\u00f1a (FENACORE), a la Red Estatal de Desarrollo Rural, a la Red Espa\u00f1ola de Desarrollo Rural a la Fundaci\u00f3n Biodiversidad, a la Fundaci\u00f3n AZTI-Tecnalia y al Centro de Estudios e Investigaci\u00f3n para la Gesti\u00f3n de Riesgos Agrarios y Medioambientales (CEIGRAM) de la Universidad Polit\u00e9cnica de Madrid, por el instrumento previsto en el art\u00edculo 22.2 c) de la Ley 38\/2003, de 17 de noviembre, siguiendo el procedimiento previsto en el art\u00edculo 28.<br \/>\nEn todos estos casos, concurren necesidades imperiosas que exigen una pronta respuesta de las administraciones con el fin de asegurar el mantenimiento de las actividades que tradicionalmente han venido desempe\u00f1ando estas entidades y que redundan en la mejora de las condiciones de conocimiento en dichos sectores, de prestaci\u00f3n de servicios singulares que benefician a la colectividad agroalimentaria y pesquera en su conjunto y de aseguramiento de las pol\u00edticas p\u00fablicas en la materia defendidas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n. En ninguno de estos casos se puede iniciar un procedimiento de concurrencia competitiva por cuanto se trata de entidades que prestan una serie de servicios fuera del mercado y donde por lo tanto no cabe establecer ni par\u00e1metros comparativos que permitan su prelaci\u00f3n ni existir\u00edan otras posibles perceptoras de tales fondos.<br \/>\nEste real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en la regla 13.\u00aa del art\u00edculo 149.1 la Constituci\u00f3n Espa\u00f1ola, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinaci\u00f3n de la planificaci\u00f3n general de la actividad econ\u00f3mica. Adem\u00e1s, las ayudas previstas en el art\u00edculo 4. g) y h) se fundamentan, conjuntamente con dicha regla 13.\u00aa, en la regla 16.\u00aa de la Constituci\u00f3n, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia bases y coordinaci\u00f3n general de la sanidad. No obstante, la ayuda prevista en el art\u00edculo 4. \u00f1) se establece conforme a lo dispuesto en las reglas 19.\u00aa, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de pesca mar\u00edtima, y 15.\u00aa del art\u00edculo 149.1 de la Constituci\u00f3n Espa\u00f1ola, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de fomento y coordinaci\u00f3n general de la investigaci\u00f3n cient\u00edfica y t\u00e9cnica.<br \/>\nAsimismo, determinadas l\u00edneas de ayudas de las mencionadas, por sus caracter\u00edsticas espec\u00edficas, se ajustan y por ello se otorgar\u00e1n de acuerdo a lo establecido por el Reglamento (UE) n.\u00ba 1407\/2013 de la Comisi\u00f3n de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicaci\u00f3n de los art\u00edculos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Uni\u00f3n Europea a las ayudas de minimis, publicado en el Diario Oficial de la Uni\u00f3n Europea el 24 de diciembre de 2013, estas l\u00edneas son las destinadas a los siguientes beneficiarios: Fundaci\u00f3n Dieta Mediterr\u00e1nea; Centro Nacional de Tecnolog\u00eda y Seguridad Alimentaria, y Fundaci\u00f3n AZTI.<br \/>\nEl presente real decreto se aprueba de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jur\u00eddica, transparencia y eficiencia recogidos en el art\u00edculo 129 de la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas. En este sentido, esta norma es necesaria y eficaz para poder desarrollar las referidas competencias agrarias, pesqueras y alimentarias que por razones de inter\u00e9s p\u00fablico, resulta necesario asegurar. Constituye una medida proporcional y necesaria. Por \u00faltimo, en aplicaci\u00f3n del principio de transparencia se han definido claramente el alcance y objetivo, no solo de esta norma sino de la propia dotaci\u00f3n presupuestaria para con ambas instituciones y atiende al principio de eficiencia, pues no supone cargas administrativas accesorias y contribuye a la gesti\u00f3n racional de estos recursos p\u00fablicos existentes.<br \/>\nEn la tramitaci\u00f3n de este real decreto se ha recabado informe de la Abogac\u00eda del Estado y de la intervenci\u00f3n delegada en el departamento, as\u00ed como del Ministerio de Hacienda, \u00e9ste \u00faltimo de conformidad con el art\u00edculo 28.2 de la Ley 38\/2003, de 17 de noviembre.<br \/>\nEn su virtud, a propuesta del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n, con el informe del Ministerio de Hacienda, y previa deliberaci\u00f3n del Consejo de Ministros en su reuni\u00f3n del d\u00eda 26 de abril de 2019,<br \/>\nDISPONGO:<br \/>\nArt\u00edculo 1.\u2003Objeto.<br \/>\nEste real decreto tiene por objeto regular la concesi\u00f3n de subvenciones directas de car\u00e1cter singular a favor de los destinatarios que figuran en el art\u00edculo 4.<br \/>\nArt\u00edculo 2.\u2003R\u00e9gimen jur\u00eddico aplicable.<br \/>\nEstas subvenciones se regir\u00e1n, adem\u00e1s de por lo dispuesto en este real decreto, por lo previsto en la Ley 38\/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su Reglamento de desarrollo, aprobado mediante Real Decreto 887\/2006, de 21 de julio, salvo en lo que afecte a los principios de publicidad y concurrencia, y por lo previsto en la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas.<br \/>\nAtendiendo al car\u00e1cter singular que se deriva de las excepcionales circunstancias en que ha de realizarse la actividad subvencionada y dado que concurren razones de inter\u00e9s p\u00fablico que determinan la improcedencia de su convocatoria p\u00fablica, se otorgar\u00e1n al amparo de lo previsto en el art\u00edculo 22.2.c) de la Ley 38\/2003, de 17 de noviembre, en relaci\u00f3n con lo establecido en los apartados 2 y 3 del art\u00edculo 28 de dicha ley, y en art\u00edculo 67 de su reglamento.<br \/>\nArt\u00edculo 3.\u2003Procedimiento de concesi\u00f3n.<br \/>\n1.\u2003El plazo de presentaci\u00f3n de la documentaci\u00f3n acreditativa del cumplimiento de los requisitos en su caso exigidos por parte de las entidades relacionadas en el siguiente art\u00edculo ser\u00e1 de un mes a partir del d\u00eda siguiente a la publicaci\u00f3n de este real decreto en el \u00abBolet\u00edn Oficial del Estado\u00bb.<br \/>\n2.\u2003El \u00f3rgano correspondiente de la Subsecretar\u00eda del Departamento para la subvenci\u00f3n prevista en el art\u00edculo 4.1 a) y o), de la Secretar\u00eda General de Agricultura y Alimentaci\u00f3n para las subvenciones previstas en el art\u00edculo 4.1 b) a m) y de la Secretar\u00eda General de Pesca para las subvenciones previstas en el art\u00edculo 4.1 n) y \u00f1), comprobar\u00e1 que se cumplen debidamente los requisitos exigidos.<br \/>\n3.\u2003Aprobado el gasto y fiscalizada previamente la propuesta de resoluci\u00f3n en los t\u00e9rminos previstos en la Ley 47\/2003, de 26 de noviembre, el \u00f3rgano competente para resolver ser\u00e1 el Ministro del Departamento o en su caso en quien delegue de acuerdo con la Orden APA\/21\/2019, de 10 de enero, de fijaci\u00f3n de l\u00edmites para administrar ciertos gastos y de delegaci\u00f3n de competencias en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n.<br \/>\n4.\u2003El plazo para dictar y publicar la resoluci\u00f3n de concesi\u00f3n en la web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n ser\u00e1 de seis meses desde la publicaci\u00f3n del presente real decreto.<br \/>\nArt\u00edculo 4.\u2003 Beneficiarios y actuaciones a financiar.<br \/>\n1.\u2003Las entidades que podr\u00e1n ser beneficiarias de estas subvenciones son:<br \/>\na)\u2003Comisi\u00f3n Gestora de la extinta CONCA, a los solos efectos de realizar las operaciones necesarias para la liquidaci\u00f3n de los derechos y obligaciones patrimoniales de la Confederaci\u00f3n Nacional de C\u00e1maras Agrarias.<br \/>\nb)\u2003Asociaci\u00f3n de Sociedades Organizadoras de Carreras de Caballos, para subvencionar carreras nacionales de caballos espa\u00f1oles premios y otras actividades relacionadas con las carreras.<br \/>\nc)\u2003Federaci\u00f3n Espa\u00f1ola de Asociaciones de Ganado Selecto (FEAGAS), para el funcionamiento de esta entidad, y actividades de promoci\u00f3n, conservaci\u00f3n y mejora de las razas puras<br \/>\nd)\u2003Federaci\u00f3n Espa\u00f1ola de Razas Aut\u00f3ctonas en peligro de extinci\u00f3n (FEDERAPES), para el funcionamiento de esa entidad, y actividades de promoci\u00f3n, conservaci\u00f3n y mejora de las razas puras<br \/>\ne)\u2003Ayuntamiento de Ag\u00fcimes (Las Palmas de Gran Canaria), para la construcci\u00f3n del Recinto Ferial y Mercado Municipal.<br \/>\nf)\u2003Federaci\u00f3n Espa\u00f1ola de Asociaciones de Ganado Selecto (FEAGAS), para las actividades de gesti\u00f3n de los programas de cr\u00eda de las razas puras de car\u00e1cter nacional.<br \/>\ng)\u2003Fundaci\u00f3n Dieta Mediterr\u00e1nea, para promocionar las caracter\u00edsticas de la \u00abdieta mediterr\u00e1nea\u00bb y los productos que la componen<br \/>\nh)\u2003Centro Nacional de Tecnolog\u00eda y Seguridad Alimentaria, para la captaci\u00f3n de conocimiento y transferencia de tecnolog\u00eda a trav\u00e9s de proyectos de I+D+i, servicios tecnol\u00f3gicos y formaci\u00f3n.<br \/>\ni)\u2003Federaci\u00f3n Espa\u00f1ola de Industrias de la Alimentaci\u00f3n y Bebidas (FIAB), para la ejecuci\u00f3n de actuaciones de fomento, innovaci\u00f3n y fortalecimiento del sector industrial agroalimentario.<br \/>\nj)\u2003Cooperativas Agroalimentarias de Espa\u00f1a U. DE COOP., para el desarrollo de diversas actividades de mejora de la competitividad y modernizaci\u00f3n de las cooperativas agroalimentarias y la formaci\u00f3n, igualdad y rejuvenecimiento en consejos rectores.<br \/>\nk)\u2003Federaci\u00f3n Nacional de Comunidad de Regantes de Espa\u00f1a (FENACORE), para gastos de formaci\u00f3n, asesoramiento y apoyo a las Comunidades de Regantes de Espa\u00f1a.<br \/>\nl)\u2003Red Estatal de Desarrollo Rural, para acciones de promoci\u00f3n del desarrollo rural integral y sostenible.<br \/>\nm)\u2003Red Espa\u00f1ola de Desarrollo Rural, para acciones de promoci\u00f3n del desarrollo rural integral y sostenible.<br \/>\nn)\u2003Fundaci\u00f3n Biodiversidad, para el mantenimiento de las actividades del Observatorio Espa\u00f1ol de Acuicultura (OESA).<br \/>\n\u00f1) Fundaci\u00f3n AZTI para el desarrollo de actividades de investigaci\u00f3n en \u00e1reas relacionadas con la alimentaci\u00f3n, la pesca y la oceanograf\u00eda.<br \/>\no)\u2003Centro de Estudios e Investigaci\u00f3n para la Gesti\u00f3n de Riesgos Agrarios y Medioambientales (CEIGRAM) de la Universidad Polit\u00e9cnica de Madrid, para atender gastos que aseguren y den continuidad a su funcionamiento con el objetivo de desarrollar su actividad investigadora, de formaci\u00f3n y divulgaci\u00f3n en materia de riesgos agrarios y medioambientales.<br \/>\n2.\u2003Dichas entidades deber\u00e1n cumplir los requisitos previstos en la Ley 38\/2003, de 17 de noviembre, los espec\u00edficos contenidos en los anexos respectivos y, en su caso, en el convenio previsto en el art\u00edculo siguiente. Asimismo, deber\u00e1n informar a la autoridad concedente sobre el importe de otras subvenciones que sean otorgadas por otras administraciones con los mismos fines.<br \/>\n3.\u2003Estas subvenciones ser\u00e1n compatibles con la percepci\u00f3n de cualquier otra ayuda o subvenci\u00f3n proveniente de administraciones locales, regionales, nacionales, supranacionales o internacionales, salvo para las subvenciones cofinanciadas con fondos europeos. En todo caso, el montante total en caso de que concurrieran varias ayudas o subvenciones no podr\u00e1 superar el valor total del gasto realizado.<br \/>\nArt\u00edculo 5.\u2003Obligaciones de las entidades beneficiarias y subcontrataci\u00f3n.<br \/>\n1.\u2003Las entidades beneficiarias de cada una de las ayudas establecidas en este real decreto llevar\u00e1n a cabo las actividades previstas en el art\u00edculo 4 y su respectivo anexo, con el alcance que se determine en el convenio que, en su caso, se formalice.<br \/>\n2.\u2003Salvo que el respectivo anexo disponga otra cosa, las entidades beneficiarias podr\u00e1n subcontratar hasta el cien por cien de la actividad subvencionable y se ajustar\u00e1n a lo previsto en el art\u00edculo 29 de la Ley 38\/2003, de 17 de noviembre, sin perjuicio de que el beneficiario asuma la responsabilidad total por la ejecuci\u00f3n de la actividad subvencionada.<br \/>\n3.\u2003Sin perjuicio de las facultades de comprobaci\u00f3n de la Administraci\u00f3n, los beneficiarios deber\u00e1n presentar en el plazo de un mes ante el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n una declaraci\u00f3n responsable de que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de no hallarse incurso en ninguno de los supuestos del art\u00edculo 13.2 y 3 de la Ley 38\/2003, de 17 de noviembre, y de que no son deudores por procedencia de reintegro. En dicha declaraci\u00f3n el solicitante deber\u00e1 comprometerse expresamente a mantener el cumplimiento de tales requisitos durante el per\u00edodo de tiempo inherente al reconocimiento o ejercicio del derecho al cobro de la ayuda, de acuerdo con el art\u00edculo 13.7 de la Ley 38\/2003, de 17 de noviembre.<br \/>\n4.\u2003Se har\u00e1 constar en las actuaciones, incluyendo cualquier documentaci\u00f3n o publicaci\u00f3n de cualquier \u00edndole y soporte, actuaci\u00f3n de comunicaci\u00f3n o visibilidad, premios y publicidad, que son financiadas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n, utiliz\u00e1ndose a estos efectos el logotipo del mismo.<br \/>\nArt\u00edculo 6.\u2003Cuant\u00eda y financiaci\u00f3n.<br \/>\nLos importes m\u00e1ximos a los que puede ascender la subvenci\u00f3n, tras la superaci\u00f3n del procedimiento descrito en el art\u00edculo 3, ser\u00e1n:<br \/>\n1.\u2003La subvenci\u00f3n a la Comisi\u00f3n Gestora de la extinta CONCA ascender\u00e1 a la cuant\u00eda de 188.000 euros, que se financiar\u00e1 con cargo a la partida presupuestaria 21.01.411M.480 del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n.<br \/>\n2.\u2003La subvenci\u00f3n a la Asociaci\u00f3n de Sociedades Organizadoras de Carreras de Caballos ascender\u00e1 a la cuant\u00eda de 450.000 euros, que se financiar\u00e1 con cargo a la partida presupuestaria 21.05.412C.470 del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n.<br \/>\n3.\u2003La subvenci\u00f3n a FEAGAS para la promoci\u00f3n de razas de ganado ascender\u00e1 a la cuant\u00eda de 282.000 euros, que se financiar\u00e1 con cargo a la partida presupuestaria 21.05.412C.484 del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n.<br \/>\n4.\u2003La subvenci\u00f3n a FEDERAPES ascender\u00e1 a la cuant\u00eda de 40.000 euros, que se financiar\u00e1 con cargo a la partida presupuestaria 21.05.412C.485 del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n.<br \/>\n5.\u2003La subvenci\u00f3n al Ayuntamiento de Ag\u00fcimes ascender\u00e1 a la cuant\u00eda de 800.000 euros, que se financiar\u00e1 con cargo a la partida presupuestaria 21.05.412C.760 del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n.<br \/>\n6.\u2003La subvenci\u00f3n a FEAGAS para cr\u00eda de razas de ganado ascender\u00e1 a la cuant\u00eda de 4.600.000 euros, que se financiar\u00e1 con cargo a la partida presupuestaria 21.05.412C.780 del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n.<br \/>\n7.\u2003La subvenci\u00f3n a la FDM ascender\u00e1 a la cuant\u00eda de 80.000 euros, que se financiar\u00e1 con cargo a la partida presupuestaria 21.07.413A.472 del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n.<br \/>\n8.\u2003La subvenci\u00f3n al CNTA ascender\u00e1 a la cuant\u00eda de 200.000 euros, que se financiar\u00e1 con cargo a la partida presupuestaria 21.07.413A.483 del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n.<br \/>\n9.\u2003La subvenci\u00f3n a FIAB ascender\u00e1 a la cuant\u00eda de 754.480 euros, que se financiar\u00e1 con cargo a la partida presupuestaria 21.07.413A.78500 del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n.<br \/>\n10.\u2003La subvenci\u00f3n a Cooperativas Agroalimentarias de Espa\u00f1a, U. DE COOP. ascender\u00e1 a la cuant\u00eda de 1.261.250 euros, que se financiar\u00e1 con cargo a la partida presupuestaria 21.07.413A.78501 en un importe 1.011.250 euros y 250.000 euros con cargo a la partida 21.07.413A.78502 del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n.<br \/>\n11.\u2003La subvenci\u00f3n a FENACORE ascender\u00e1 a la cuant\u00eda de 100.000 euros, que se financiar\u00e1 con cargo a la partida presupuestaria 21.08.414A.484 del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n.<br \/>\n12.\u2003La subvenci\u00f3n a Red Estatal de Desarrollo Rural ascender\u00e1 a la cuant\u00eda de 70.000 euros, que se financiar\u00e1 con cargo a la partida presupuestaria 21.08.414B.48100 del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n.<br \/>\n13.\u2003La subvenci\u00f3n a Red Espa\u00f1ola de Desarrollo Rural ascender\u00e1 a la cuant\u00eda de 70.000 euros, que se financiar\u00e1 con cargo a la partida presupuestaria 21.08.414B.48101 del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n.<br \/>\n14.\u2003La subvenci\u00f3n a la Fundaci\u00f3n Biodiversidad ascender\u00e1 a la cuant\u00eda de 300.000 euros, que se financiar\u00e1 con cargo a la partida presupuestaria 21.10.415A.440 del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n.<br \/>\n15.\u2003La subvenci\u00f3n a la Fundaci\u00f3n AZTI ascender\u00e1 a la cuant\u00eda de 153.000 euros, que se financiar\u00e1 con cargo a la partida presupuestaria 21.10.415A.781 del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n.<br \/>\n16.\u2003La subvenci\u00f3n al Centro de Estudios e Investigaci\u00f3n para la Gesti\u00f3n de Riesgos Agrarios y Medioambientales (CEIGRAM) de la Universidad Polit\u00e9cnica de Madrid, ascender\u00e1 a la cuant\u00eda de 126.000 euros, que se financiar\u00e1 con cargo a la partida presupuestaria 21.102.416A.450 de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios, organismo aut\u00f3nomo del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n.<br \/>\nArt\u00edculo 7.\u2003Formalizaci\u00f3n y pago de la subvenci\u00f3n.<br \/>\n1.\u2003La propuesta de pago de las subvenciones previstas a las entidades beneficiarias de cada una de las ayudas establecidas en este real decreto se podr\u00e1 efectuar con car\u00e1cter anticipado a su justificaci\u00f3n.<br \/>\n2.\u2003El pago de las ayudas se har\u00e1 sin necesidad de constituci\u00f3n de fianza o garant\u00eda, de conformidad con lo previsto en el art\u00edculo 42.1 en relaci\u00f3n con el art\u00edculo 42.2.a) y d) del Reglamento de la Ley 38\/2003, de 17 de noviembre, si bien, con car\u00e1cter previo al cobro de la subvenci\u00f3n, las entidades beneficiarias deber\u00e1n acreditar que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de acuerdo con lo establecido en los art\u00edculos 18 y 19 de dicho Reglamento, as\u00ed como no ser deudor por procedimientos de reintegro.<br \/>\n3.\u2003En todo caso, para autorizar el gasto y proceder a realizar el correspondiente pago, las aplicaciones respectivas deber\u00e1n estar incluidas en la autorizaci\u00f3n respectiva del Ministerio de Hacienda para incluirse en el calendario de pagos respectivo, bien del primer semestre de 2019, bien, en caso de no estar incluidas, incorporarse al del segundo semestre.<br \/>\n4.\u2003Una vez reconocida la obligaci\u00f3n, se ordenar\u00e1 el pago, que se efectuar\u00e1 en la cuenta corriente que la beneficiaria comunique al Ministerio.<br \/>\nArt\u00edculo 8.\u2003Justificaci\u00f3n y liquidaci\u00f3n.<br \/>\nLa justificaci\u00f3n de las ayudas concedidas a las entidades beneficiarias se ajustar\u00e1 a lo previsto en el art\u00edculo 72 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, en el que se regula la justificaci\u00f3n de subvenciones con aportaci\u00f3n de justificantes de gastos, y conforme a los t\u00e9rminos que se establecen en el anexo respectivo y, en su caso, en los convenios previstos en el art\u00edculo 5.<br \/>\nAsimismo, en caso de pago anticipado, la liquidaci\u00f3n del mismo se llevar\u00e1 a cabo en funci\u00f3n de lo previsto en cada l\u00ednea de subvenci\u00f3n conforme se determina en su anexo.<br \/>\nArt\u00edculo 9.\u2003Incumplimientos y reintegros.<br \/>\n1.\u2003Proceder\u00e1 el reintegro de las cantidades percibidas y, en su caso, de los intereses devengados por la subvenci\u00f3n, as\u00ed como la exigencia del inter\u00e9s de demora correspondiente, desde el momento del pago de la subvenci\u00f3n hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, en los supuestos recogidos en los art\u00edculos 36 y 37 de la Ley 38\/2003, de 17 de noviembre.<br \/>\n2.\u2003El procedimiento de reintegro se regir\u00e1 por lo dispuesto en los art\u00edculos 41 a 43 de la Ley 38\/2003, de 17 de noviembre, y en el cap\u00edtulo II del t\u00edtulo II del Reglamento de la Ley General de Subvenciones.<br \/>\n3.\u2003En el supuesto de incumplimiento parcial, la fijaci\u00f3n de la cantidad que deba ser reintegrada se determinar\u00e1 en aplicaci\u00f3n del principio de proporcionalidad, y teniendo en cuenta el hecho de que el citado incumplimiento se aproxime significativamente al cumplimiento total y se acredite por las entidades beneficiarias una actuaci\u00f3n inequ\u00edvocamente tendente a la satisfacci\u00f3n de sus compromisos.<br \/>\nDisposici\u00f3n final primera.\u2003T\u00edtulo competencial.<br \/>\nEste real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en la regla 13.\u00aa del art\u00edculo 149.1 la Constituci\u00f3n Espa\u00f1ola, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinaci\u00f3n de la planificaci\u00f3n general de la actividad econ\u00f3mica.<br \/>\nAdem\u00e1s, las ayudas previstas en el art\u00edculo 4. g) y h) se fundamentan, conjuntamente con dicha regla 13.\u00aa, en la regla 16.\u00aa de la Constituci\u00f3n, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia bases y coordinaci\u00f3n general de la sanidad.<br \/>\nNo obstante, la ayuda prevista en el art\u00edculo 4. \u00f1) se establece conforme a lo dispuesto en las reglas 19.\u00aa, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de pesca mar\u00edtima, y 15.\u00aa del art\u00edculo 149.1 de la Constituci\u00f3n, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de fomento y coordinaci\u00f3n general de la investigaci\u00f3n cient\u00edfica y t\u00e9cnica.<br \/>\nDisposici\u00f3n final segunda.\u2003Habilitaci\u00f3n para el desarrollo y ejecuci\u00f3n.<br \/>\nSe habilita al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n para adoptar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecuci\u00f3n de este real decreto.<br \/>\nDisposici\u00f3n final tercera.\u2003Entrada en vigor.<br \/>\nEl presente real decreto entrar\u00e1 en vigor el d\u00eda siguiente al de su publicaci\u00f3n en el \u00abBolet\u00edn Oficial del Estado\u00bb.<br \/>\nDado en Madrid, el 26 de abril de 2019.<br \/>\nFELIPE R.<br \/>\nEl Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n,<br \/>\nLUIS PLANAS PUCHADES<br \/>\nANEXO I<br \/>\nSubvenci\u00f3n a la comisi\u00f3n gestora de la extinta CONCA<br \/>\n1.\u2003Actuaciones subvencionables, gastos, plazo de realizaci\u00f3n y, en su caso, requisitos espec\u00edficos<br \/>\nSon actuaciones subvencionables las operaciones necesarias para la liquidaci\u00f3n de los derechos y obligaciones patrimoniales de la Confederaci\u00f3n Nacional de C\u00e1maras Agrarias.<br \/>\nLos gastos subvencionables son:<br \/>\na)\u2003El pago de los impuestos sobre bienes inmuebles de los que sea titular la Comisi\u00f3n Gestora, as\u00ed como de otros tributos de Haciendas Locales a cuyo pago est\u00e9 obligada la Comisi\u00f3n.<br \/>\nb)\u2003El abono del precio de los contratos suscritos por la Comisi\u00f3n Gestora cuya financiaci\u00f3n corra \u00edntegramente a su cargo.<br \/>\nEl plazo para la realizaci\u00f3n de las actuaciones comenzar\u00e1 el d\u00eda de entrada en vigor del presente real decreto y se prolongar\u00e1 hasta el 31 de diciembre de 2019.<br \/>\nSe verificar\u00e1 la adecuaci\u00f3n de las actuaciones financiadas a la normativa tributaria local y a la Ley de Contratos del Sector p\u00fablico; y se comprobar\u00e1 que las prestaciones realizadas por contrato se han prestado de conformidad con lo pactado y a plena satisfacci\u00f3n de la Comisi\u00f3n Gestora.<br \/>\n2.\u2003Justificaci\u00f3n<br \/>\nSe justificar\u00e1 el empleo de los fondos, una vez realizados y pagados los gastos subvencionables, mediante la presentaci\u00f3n de:<br \/>\na)\u2003Facturas de proveedores y requerimientos de pago.<br \/>\nb)\u2003Documentaci\u00f3n acreditativa del pago: extractos de cuentas bancarias y justificantes de transferencias bancarias.<br \/>\nEl plazo para la presentaci\u00f3n de todos los justificantes ser\u00e1 de un mes desde el cierre del ejercicio contable al que se refieran y en el que se hayan producido las actividades subvencionadas.<br \/>\nANEXO II<br \/>\nSubvenci\u00f3n a la Asociaci\u00f3n de Sociedades Organizadoras de Carreras de Caballos en Espa\u00f1a<br \/>\n1.\u2003Actuaciones subvencionables, gastos, plazo de realizaci\u00f3n y, en su caso, requisitos espec\u00edficos<br \/>\nSon actuaciones subvencionables, con el l\u00edmite de gasto previsto en cada caso, las siguientes:<br \/>\na)\u2003Dotaci\u00f3n de Premios, con la denominaci\u00f3n \u00abCr\u00eda Nacional\u00bb, para carreras en las que s\u00f3lo participen caballos nacionales y asimilados P.S.I.<br \/>\nEste apartado es exclusivo de carreras reservadas a caballos nacidos y criados en Espa\u00f1a y asimilados, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de Carreras vigente y con el calendario aprobado.<br \/>\nSe celebrar\u00e1n un m\u00e1ximo de 30 carreras durante 2019, de diversas categor\u00edas, con una media global m\u00e1xima por premio de 12.000 euros por premio, y una cuant\u00eda m\u00e1xima en las categor\u00edas especiales de 50.000 euros, con un m\u00e1ximo total en este apartado de 350.000 euros.<br \/>\nb)\u2003Primas espec\u00edficas para los criadores, que sean titulares de explotaciones de equino inscritas como tal en el Registro General de Explotaciones Ganaderas de acuerdo con el Real Decreto 479\/2004, de 26 de marzo, por el que se establece y regula el Registro general de explotaciones ganaderas, y que sean personas f\u00edsicas o jur\u00eddicas de naturaleza privada, con base en los resultados en carreras abiertas de caballos nacionales.<br \/>\nSe reservar\u00e1n para las primas espec\u00edficas 100.000 euros a repartir entre dichos criadores de caballos nacionales por sus resultados en carreras.<br \/>\nEn caso de que alg\u00fan premio de los del apartado a) anterior quedara desierto, su importe podr\u00e1 destinarse a incrementar las primas espec\u00edficas a los criadores previstas en este apartado b), por lo que, en esta circunstancia, el importe mencionado podr\u00e1 exceder de 100.000 euros.<br \/>\nEl plazo para la realizaci\u00f3n de las actuaciones ser\u00e1 de 1 de enero de 2019 a 31 de diciembre de 2019.<br \/>\nLa propuesta de pago se efectuar\u00e1 con car\u00e1cter anticipado a su justificaci\u00f3n.<br \/>\nSon requisitos espec\u00edficos para la l\u00ednea de ayudas:<br \/>\na)\u2003Las carreras deber\u00e1n contar con un n\u00famero m\u00ednimo de 4 caballos declarados participantes, salvo circunstancias de car\u00e1cter excepcional.<br \/>\nb)\u2003La Asociaci\u00f3n velar\u00e1 porque las carreras cumplan con los m\u00e1s altos est\u00e1ndares de supervisi\u00f3n, transparencia de los resultados, integridad de los participantes y control anti dopaje.<br \/>\nc)\u2003Tanto las carreras de caballos nacionales subvencionables seg\u00fan lo previsto en el apartado 1.a), que se ajustar\u00e1n a un calendario aprobado por la Asociaci\u00f3n, como aquellas carreras abiertas a importados que tambi\u00e9n den derecho a las primas espec\u00edficas para los criadores espa\u00f1oles, recogidas en el apartado anterior b), se celebrar\u00e1n en los hip\u00f3dromos espa\u00f1oles cuyas entidades organizadoras formen parte de la Asociaci\u00f3n. Con car\u00e1cter extraordinario y por razones excepcionales, la Asociaci\u00f3n podr\u00e1 incluir carreras organizadas en Espa\u00f1a por otras entidades organizadoras, suscribiendo la Asociaci\u00f3n, previamente, el correspondiente convenio excepcional con la entidad organizadora de que se trate. Tanto el calendario como sus modificaciones se comunicar\u00e1n por la Asociaci\u00f3n a la Direcci\u00f3n General de Producciones y Mercados Agrarios.<br \/>\nd)\u2003Las inscripciones, la declaraci\u00f3n de participantes, los pesos, el desarrollo de las carreras, los resultados de las mismas y el pago de los premios, se ajustar\u00e1n al Reglamento de Carreras de la entidad reguladora aceptada por la Asociaci\u00f3n.<br \/>\n2.\u2003Justificaci\u00f3n<br \/>\nLa Asociaci\u00f3n de Sociedades Organizadoras de Carreras de Caballos en Espa\u00f1a remitir\u00e1 a la Direcci\u00f3n General de Producciones y Mercados Agrarios un informe sobre el grado de ejecuci\u00f3n de las actuaciones en 2019, con cuenta justificativa, incluyendo el desglose y destino de pagos realizados por la Asociaci\u00f3n a hip\u00f3dromos y criadores y la documentaci\u00f3n acreditativa de los mismos, antes del 31 de marzo de 2020.<br \/>\nLa cuenta justificativa ir\u00e1 acompa\u00f1ada de una memoria de actividad, una memoria econ\u00f3mica abreviada que, de acuerdo con el art. 74.5 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones contendr\u00e1 como m\u00ednimo un estado representativo de los gastos incurridos en la realizaci\u00f3n de las actividades subvencionadas, debidamente agrupados, y un informe del auditor independiente que llevar\u00e1 a cabo la revisi\u00f3n de la memoria econ\u00f3mica y que deber\u00e1 expresar su opini\u00f3n sobre el adecuado destino de los fondos percibidos por la Asociaci\u00f3n y sobre el cumplimento de las actuaciones subvencionables. Sobre la base de dicho informe; de la Cuenta Justificativa; y de otros documentos acreditativos de los pagos previstos respecto de las actuaciones antes descritas, as\u00ed como de la informaci\u00f3n y documentaci\u00f3n adicional de que, en su caso, se trate, se efectuar\u00e1 por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n la liquidaci\u00f3n correspondiente antes del 31 de mayo de 2020.<br \/>\nSe considerar\u00e1 gasto realizado el que sea efectivamente pagado con anterioridad a la finalizaci\u00f3n del per\u00edodo de justificaci\u00f3n a que se refiere el p\u00e1rrafo anterior.<br \/>\nANEXO III<br \/>\nSubvenci\u00f3n a la Federaci\u00f3n Espa\u00f1ola de Asociaciones de Ganado Selecto (FEAGAS), para el funcionamiento de esta entidad, y actividades de promoci\u00f3n, conservaci\u00f3n y mejora de las razas puras<br \/>\n1.\u2003Actuaciones subvencionables, gastos, plazo de realizaci\u00f3n y, en su caso, requisitos espec\u00edficos<br \/>\nSon actuaciones subvencionables, con el l\u00edmite de gasto previsto en cada caso, las siguientes:<br \/>\na)\u2003Gastos de personal, bienes corrientes y servicios. Cubrir\u00e1 gastos, hasta un m\u00e1ximo de 231.000 euros, de los siguientes sub-apartados:<br \/>\nGastos de n\u00f3minas y Seguridad Social del personal, con un m\u00e1ximo de 170.000 euros y un m\u00e1ximo individual de 50.000 euros para personal titulado universitario, y 25.000 para el resto.<br \/>\nGastos de arrendamiento de la sede social de FEAGAS. Hasta un m\u00e1ximo de 18.000 euros.<br \/>\nGastos de suministros, mantenimientos y servicios profesionales independientes: energ\u00eda, comunicaciones, material de oficina, correos, mensajer\u00eda, almacenamiento, compra, mantenimiento y actualizaci\u00f3n de p\u00e1gina web, equipos inform\u00e1ticos y bases de datos, gastos de auditor\u00eda, asesor\u00eda t\u00e9cnica, jur\u00eddica, laboral, fiscal y contable. Hasta un m\u00e1ximo de 43.000 euros.<br \/>\nSe permitir\u00e1 la compensaci\u00f3n de gastos correspondientes a unos conceptos con otros de los anteriormente mencionados, sin que en ning\u00fan caso se supere el m\u00e1ximo previsto para este apartado, y por causas justificadas.<br \/>\nb)\u2003Gastos de apoyo al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n en actividades zoot\u00e9cnicas desarrolladas en el \u00e1mbito del programa nacional de conservaci\u00f3n, mejora y fomento de las razas ganaderas. El resto de subvenci\u00f3n, con un m\u00e1ximo de 51.000 euros, cubrir\u00e1 los siguientes gastos:<br \/>\nOrganizaci\u00f3n de actividades, eventos y adquisici\u00f3n de material para la promoci\u00f3n de las razas ganaderas y sus productos.<br \/>\nOrganizaci\u00f3n y asistencia a cert\u00e1menes ganaderos, congresos, eventos y reuniones con las asociaciones, con las Administraciones P\u00fablicas y con organismos internacionales, en el \u00e1mbito de la zoot\u00e9cnia.<br \/>\nActividades de coordinaci\u00f3n, publicaciones, estudios y actividades divulgativas y formativas con la colaboraci\u00f3n de las organizaciones miembro de FEAGAS.<br \/>\nOrganizaci\u00f3n de actividades, eventos y adquisici\u00f3n de material para la promoci\u00f3n de las razas ganaderas y sus productos.<br \/>\nApoyo al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n y a las asociaciones miembros de FEAGAS en las actuaciones del Programa Nacional de conservaci\u00f3n, mejora y fomento de las razas ganaderas, y especialmente las relacionadas con la promoci\u00f3n del LOGO 100 % raza aut\u00f3ctona.<br \/>\nApoyo al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n en las actividades y pagos relacionados con el ICAR.<br \/>\nColaboraci\u00f3n con Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n en actualizaci\u00f3n de base de datos de la FAO (DADIS).<br \/>\nReconocimientos al resultado de la mejora en el marco de los cert\u00e1menes de razas puras incluidos en el calendario oficial de cert\u00e1menes ganaderos y pruebas de selecci\u00f3n.<br \/>\nEl l\u00edmite m\u00e1ximo, en caso de dietas o compensaciones por desplazamientos y viajes, es el establecido para el personal de la Administraci\u00f3n General del Estado en el Real Decreto 462\/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por raz\u00f3n del servicio, en funci\u00f3n de la categor\u00eda profesional.<br \/>\nEl plazo para la realizaci\u00f3n de las actuaciones ser\u00e1 desde el 1 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2019.<br \/>\nLa propuesta de pago se efectuar\u00e1 con car\u00e1cter anticipado a su justificaci\u00f3n.<br \/>\n2.\u2003Justificaci\u00f3n<br \/>\nFEAGAS remitir\u00e1 a la Direcci\u00f3n General de Producciones y Mercados Agrarios un informe sobre sobre la ejecuci\u00f3n de las actuaciones, incluyendo el desglose y destino de los gastos y pagos realizados y la documentaci\u00f3n acreditativa de los gastos y pagos realizados, dentro del primer trimestre de 2020. Sobre la base de dicha documentaci\u00f3n, se efectuar\u00e1 por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n la liquidaci\u00f3n correspondiente antes del 31 de mayo de 2020.<br \/>\nSe considerar\u00e1 gasto realizado el que sea efectivamente pagado con anterioridad a la finalizaci\u00f3n del per\u00edodo de justificaci\u00f3n a que se refiere el p\u00e1rrafo anterior.<br \/>\nANEXO IV<br \/>\nSubvenci\u00f3n a la Federaci\u00f3n Espa\u00f1ola de Razas Aut\u00f3ctonas en Peligro de Extinci\u00f3n (FEDERAPES)<br \/>\n1.\u2003Actuaciones subvencionables, gastos, plazo de realizaci\u00f3n y, en su caso, requisitos espec\u00edficos<br \/>\nSon actuaciones subvencionables, con el l\u00edmite de gasto previsto en cada caso, las siguientes:<br \/>\na)\u2003Gastos de personal, bienes corrientes y servicios. Cubrir\u00e1 gastos, hasta un m\u00e1ximo de 26.000 euros, de los siguientes subapartados:<br \/>\nGastos de n\u00f3minas y Seguridad Social del personal.<br \/>\nGastos de suministros, mantenimientos y servicios profesionales independientes: energ\u00eda, comunicaciones, telefon\u00eda, material de oficina, correos, mensajer\u00eda, ofim\u00e1tica y papeler\u00eda; dise\u00f1o, maquetaci\u00f3n, impresi\u00f3n y almacenamiento; equipos inform\u00e1ticos y bases de datos; mantenimiento y actualizaci\u00f3n de la p\u00e1gina web y dominios; asesor\u00eda jur\u00eddica, laboral, fiscal y contable.<br \/>\nb)\u2003Gastos de actividades zoot\u00e9cnicas. Cubrir\u00e1 gastos hasta un m\u00e1ximo de 14.000 euros, de los siguientes apartados:<br \/>\nOrganizaci\u00f3n y asistencia a cert\u00e1menes ganaderos, congresos, eventos y reuniones con las asociaciones, con las Administraciones P\u00fablicas y con organismos internacionales, en el \u00e1mbito de la zootecnia.<br \/>\nActividades de coordinaci\u00f3n, publicaciones, estudios y actividades divulgativas y formativas con la colaboraci\u00f3n de las organizaciones miembros de FEDERAPES.<br \/>\nOrganizaci\u00f3n de actividades, eventos y adquisici\u00f3n de material para la promoci\u00f3n de las razas ganaderas y sus productos.<br \/>\nApoyo al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n y a las asociaciones miembros de FEDERAPES en las actuaciones del Programa Nacional de conservaci\u00f3n, mejora y fomento de las razas ganaderas, y especialmente las relacionadas con la promoci\u00f3n del LOGO 100 % raza aut\u00f3ctona.<br \/>\nEl l\u00edmite m\u00e1ximo en caso de dietas o compensaciones por desplazamientos y viajes es el establecido para el personal de la Administraci\u00f3n General del Estado en el Real Decreto 462\/2002, de 24 de mayo.<br \/>\nEl plazo para la realizaci\u00f3n de las actuaciones ser\u00e1 desde el 1 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2019.<br \/>\nLa propuesta de pago se efectuar\u00e1 con car\u00e1cter anticipado a su justificaci\u00f3n.<br \/>\nSolo ser\u00e1n objeto de financiaci\u00f3n aquellas actuaciones cuyo \u00e1mbito se circunscriba a los objetivos de la subvenci\u00f3n, que son el apoyo a la creaci\u00f3n o llevanza de libros geneal\u00f3gicos de animales de producci\u00f3n de razas aut\u00f3ctonas para promocionar la mejora, conservaci\u00f3n, recuperaci\u00f3n y promoci\u00f3n de todas las razas aut\u00f3ctonas y sus productos, el estudio de la evoluci\u00f3n de los recursos zoogen\u00e9ticos y la promoci\u00f3n de las razas aut\u00f3ctonas y sus productos derivados.<br \/>\n2.\u2003Justificaci\u00f3n<br \/>\nFEDERAPES remitir\u00e1 a la Direcci\u00f3n General de Producciones y Mercados Agrarios, un informe sobre sobre la ejecuci\u00f3n de las actuaciones, incluyendo el desglose y destino de los gastos y pagos realizados, y la documentaci\u00f3n acreditativa de los gastos y pagos realizados, dentro del primer trimestre de 2020. Sobre la base de dicha documentaci\u00f3n, se efectuar\u00e1 por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n la liquidaci\u00f3n correspondiente antes del 31 de mayo de 2020.<br \/>\nSe considerar\u00e1 gasto realizado el que sea efectivamente pagado con anterioridad a la finalizaci\u00f3n del per\u00edodo de justificaci\u00f3n a que se refiere el p\u00e1rrafo anterior.<br \/>\nANEXO V<br \/>\nSubvenci\u00f3n al Ayuntamiento de Ag\u00fcimes, para la construcci\u00f3n del recinto ferial y mercado municipal<br \/>\n1.\u2003Actuaciones subvencionables, gastos, plazo de realizaci\u00f3n y, en su caso, requisitos espec\u00edficos<br \/>\nLa actuaci\u00f3n subvencionable es la construcci\u00f3n del Recinto Ferial y Mercado Municipal del Ayuntamiento de Ag\u00fcimes, incluidas las actuaciones preparatorias, costes de proyecto, etc., con el l\u00edmite de 800.000 euros.<br \/>\nEl plazo para la realizaci\u00f3n de las actuaciones ser\u00e1 desde el 1 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2019.<br \/>\nLa propuesta de pago se efectuar\u00e1 con car\u00e1cter anticipado a su justificaci\u00f3n.<br \/>\n2.\u2003Justificaci\u00f3n<br \/>\nEl Ayuntamiento de Ag\u00fcimes remitir\u00e1 a la Direcci\u00f3n General de Producciones y Mercados Agrarios la documentaci\u00f3n (facturas, contrato, etc.) o certificaciones (de obra, por el personal correspondiente del Ayuntamiento, etc.) acreditativas de los gastos y pagos, por importe de 800.000 euros, con destino a la construcci\u00f3n del recinto ferial y mercado municipal en dicho Ayuntamiento, antes del 1 de diciembre de 2019. Dentro del primer trimestre de 2020, a la vista de la documentaci\u00f3n justificativa remitida, se efectuar\u00e1 por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n la liquidaci\u00f3n correspondiente.<br \/>\nANEXO VI<br \/>\nSubvenci\u00f3n a la Federaci\u00f3n Espa\u00f1ola de Asociaciones de Ganado Selecto (FEAGAS), para las actividades de gesti\u00f3n de los libros geneal\u00f3gicos y el desarrollo de los programas de mejora de las razas ganaderas<br \/>\n1.\u2003Actuaciones subvencionables, gastos, plazo de realizaci\u00f3n y, en su caso, requisitos espec\u00edficos<br \/>\nSon actuaciones subvencionables las siguientes:<br \/>\na)\u2003Creaci\u00f3n o mantenimiento de libros geneal\u00f3gicos de acuerdo a la reglamentaci\u00f3n aprobada para cada raza, que podr\u00eda ser subvencionado hasta el 100 por cien del coste de las siguientes actividades:<br \/>\nAplicaci\u00f3n software de base de datos del libro geneal\u00f3gico y p\u00e1gina Web de la asociaci\u00f3n y su mantenimiento.<br \/>\nPruebas gen\u00e9ticas de identificaci\u00f3n y filiaci\u00f3n y otros an\u00e1lisis gen\u00e9ticos necesarios para la adecuada gesti\u00f3n del Libro Geneal\u00f3gico, as\u00ed como los estudios para la caracterizaci\u00f3n de la raza.<br \/>\nSueldos, salarios, retribuciones y Seguridad Social del personal de la asociaci\u00f3n, u otros gastos derivados del personal t\u00e9cnico o administrativo o empresas contratadas para la gesti\u00f3n del libro geneal\u00f3gico. En este apartado se incluir\u00edan las dietas y desplazamientos del personal de la asociaci\u00f3n para llevar a cabo actuaciones relacionadas con el Libro Geneal\u00f3gico.<br \/>\nRenting o leasing y mantenimiento de veh\u00edculos con un m\u00e1ximo de 10.000 euros\/a\u00f1o por cada raza.<br \/>\nImpuesto sobre el Valor A\u00f1adido excepto cuando sea susceptible de recuperaci\u00f3n por el beneficiario.<br \/>\nExclusivamente para las razas aut\u00f3ctonas en peligro de extinci\u00f3n, el alquiler o cuota hipotecaria de la sede de la asociaci\u00f3n, hasta un m\u00e1ximo de 10.000 euros\/a\u00f1o por cada raza.<br \/>\nLos gastos que genere el informe de la cuenta justificativa realizado por un Auditor de Cuentas, inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, gastos de asesor\u00eda laboral y contable y fiscal y de riesgos laborales.<br \/>\nLos gastos derivados de las actividades de las asociaciones de criadores para controlar la trazabilidad y veracidad de los productos diferenciados con el logotipo raza aut\u00f3ctona.<br \/>\nLos gastos derivados de la aplicaci\u00f3n de sistemas de certificaci\u00f3n externa de los procesos recogidos en las reglamentaciones de libros geneal\u00f3gicos.<br \/>\nb)\u2003Implantaci\u00f3n y desarrollo del programa de mejora oficialmente reconocido para la raza, en el que se recoger\u00e1n las actividades destinadas a determinar la calidad gen\u00e9tica o el rendimiento del ganado, los an\u00e1lisis gen\u00f3micos y la creaci\u00f3n y el mantenimiento de bancos de germoplasma en centros autorizados oficialmente. Esta l\u00ednea podr\u00eda ser subvencionada hasta el 70 por cien del coste de las siguientes actividades:<br \/>\nControles de rendimientos en explotaciones y centros de testaje en el marco de los programas de mejora oficialmente aprobados, siempre que est\u00e9n avalados por los centros cualificados de gen\u00e9tica animal, incluyendo el transporte de los animales y la contrataci\u00f3n de personal t\u00e9cnico y empresas para estas labores y excluyendo la alimentaci\u00f3n de los animales, los tratamientos y pruebas sanitarias.<br \/>\nAplicaci\u00f3n software de base de datos del programa de mejora y su mantenimiento.<br \/>\nPruebas gen\u00e9ticas necesarias para la adecuada gesti\u00f3n del programa de mejora en laboratorios autorizados.<br \/>\nEstudios con los departamentos de gen\u00e9tica para las valoraciones gen\u00e9ticas o la direcci\u00f3n de los programas de conservaci\u00f3n y mejora.<br \/>\nElaboraci\u00f3n y publicaci\u00f3n de cat\u00e1logos de sementales y actividades de difusi\u00f3n de las valoraciones gen\u00e9ticas individuales, excepto cert\u00e1menes ganaderos.<br \/>\nSueldos, salarios, retribuciones y Seguridad Social del personal de la asociaci\u00f3n, u otros gastos derivados del personal t\u00e9cnico o administrativo o empresas contratadas para la gesti\u00f3n del programa de mejora. En este punto se incluir\u00edan las dietas y desplazamientos del personal de la asociaci\u00f3n relacionados con el programa de mejora.<br \/>\nRecogida y transporte de material reproductivo y gastos de almacenamiento para la constituci\u00f3n de bancos de germoplasma.<br \/>\nLos gastos derivados de la aplicaci\u00f3n de sistemas de certificaci\u00f3n externa de los procesos recogidos en los programas de mejora.<br \/>\nImpuesto sobre el Valor A\u00f1adido excepto cuando sea susceptible de recuperaci\u00f3n por el beneficiario.<br \/>\nLa suma de las cuant\u00edas justificadas en los puntos a), tercer p\u00e1rrafo, y b), sexto p\u00e1rrafo, y de cualquier actividad subcontratada a una empresa o personal t\u00e9cnico justificada en el punto b), primer p\u00e1rrafo, no deber\u00e1 superar el 80 por cien de la ayuda concedida a cada sistema de gesti\u00f3n, con la excepci\u00f3n de los sistemas de gesti\u00f3n de razas aut\u00f3ctonas en peligro de extinci\u00f3n, donde dichos gastos podr\u00e1n llegar a representar el 100 por cien del total de la cuant\u00eda concedida.<br \/>\nCuant\u00edas y criterios.<br \/>\na)\u2003Seg\u00fan la clasificaci\u00f3n de la raza en el Cat\u00e1logo Oficial de Razas de ganado de Espa\u00f1a, FEAGAS asignar\u00e1 una cuant\u00eda b\u00e1sica, y una cuant\u00eda complementaria, seg\u00fan el nivel de actividades realizadas en la raza con respecto al ejercicio anterior, con los indicadores y datos obrantes en el Sistema Nacional de Informaci\u00f3n (ARCA) de acuerdo al Real Decreto 45\/2019, hasta ajustar el presupuesto, siempre que se cumplan los requisitos de este real decreto y se justifique el gasto, con un m\u00e1ximo de euros por sistema de gesti\u00f3n de cada raza y categor\u00eda, seg\u00fan el siguiente cuadro:<br \/>\nCategor\u00eda de razas Cuant\u00eda unitaria b\u00e1sica Cuant\u00eda unitaria complementaria Total unitario por raza*<br \/>\nAut\u00f3ctonas en peligro. 40.000 35.000 75.000<br \/>\nAut\u00f3ctonas de fomento. 35.000 130.000 165.000<br \/>\nResto de razas. 20.000 55.000 75.000<br \/>\n* En el caso de sistemas de gesti\u00f3n que engloben varias razas aut\u00f3ctonas este l\u00edmite unitario por raza se incrementar\u00e1 en 20.000 euros.<br \/>\n* En el caso de sistemas de gesti\u00f3n de razas aut\u00f3ctonas bovinas con programas de mejora de aptitud c\u00e1rnica y razas ovinas aut\u00f3ctonas e integradas con programas de mejora de aptitud l\u00e1ctea este l\u00edmite unitario podr\u00e1 incrementarse en la misma cuant\u00eda que la concedida para la realizaci\u00f3n de an\u00e1lisis de genotipado mediante chips de SNPs para la incorporaci\u00f3n de la selecci\u00f3n gen\u00f3mica a sus programas de mejora.<br \/>\nb)\u2003En aquellas razas que dispongan de varios sistemas de gesti\u00f3n de libros geneal\u00f3gicos y que no est\u00e9n integrados en uno solo ni dispongan de unidad de gesti\u00f3n, para una misma raza, ser\u00e1n divididas las cuant\u00edas b\u00e1sicas por el n\u00famero de sistemas de gesti\u00f3n y se realizar\u00e1 el reajuste proporcionalmente a los indicadores de actividad para no sobrepasar el m\u00e1ximo total por raza en cada categor\u00eda.<br \/>\nc)\u2003En el caso de sistemas de gesti\u00f3n que engloben varias razas aut\u00f3ctonas, podr\u00e1n recibir un suplemento de 20.000 euros en la cuant\u00eda b\u00e1sica, superando, por tanto, en esa misma cantidad el l\u00edmite unitario por raza establecido en el apartado 1. a). Aquellos sistemas de gesti\u00f3n de razas aut\u00f3ctonas que engloben a diversas variedades podr\u00e1n recibir un suplemento de 10.000 euros en la cuant\u00eda b\u00e1sica, pero no superar\u00e1n el l\u00edmite unitario por raza y sistema de gesti\u00f3n.<br \/>\nd)\u2003En el caso de que tras la aplicaci\u00f3n de los criterios para asignar las cuant\u00edas a las diferentes razas se supere la dotaci\u00f3n presupuestaria, se aplicar\u00e1 un prorrateo lineal hasta ajustar el presupuesto, con la excepci\u00f3n contemplada en el apartado g) siguiente.<br \/>\ne)\u2003En el caso de sistemas de gesti\u00f3n de razas aut\u00f3ctonas bovinas con programas de mejora de aptitud c\u00e1rnica y razas ovinas aut\u00f3ctonas y de terceros pa\u00edses con programas de mejora de aptitud l\u00e1ctea podr\u00e1n optar al reparto de un fondo de 80.000 euros destinados a la realizaci\u00f3n de an\u00e1lisis de genotipado mediante chip de SNPs para la incorporaci\u00f3n de la selecci\u00f3n gen\u00f3mica en sus programas de mejora. La concesi\u00f3n de este fondo se realizar\u00e1 en funci\u00f3n del n\u00famero de an\u00e1lisis para los que solicite subvenci\u00f3n para cada raza, hasta un m\u00e1ximo de 750 an\u00e1lisis por raza, y sin poder superar la cuant\u00eda concedida a cada raza los 25.000 euros. Las cuant\u00edas concedidas dentro de este p\u00e1rrafo, que no sean justificadas por parte de los sistemas de gesti\u00f3n de razas en base a la realizaci\u00f3n de an\u00e1lisis de genotipado, podr\u00e1n ser reasignadas por parte de FEAGAS.<br \/>\nf)\u2003Las cuant\u00edas concedidas a cada sistema de gesti\u00f3n que no sean justificadas por los mismos podr\u00e1n ser reasignadas por parte de FEAGAS al resto de Sistemas de Gesti\u00f3n que hayan presentado en la justificaci\u00f3n gastos superiores a la cuant\u00eda inicialmente concedida en los conceptos subvencionables, sin superar los m\u00e1ximos por raza establecidos en el punto a) anterior.<br \/>\ng)\u2003Los indicadores de actividad para recibir cuant\u00edas complementarias son los siguientes:<br \/>\n1.\u00ba\u2002Funcionamiento del Libro Geneal\u00f3gico (LG). Se financiar\u00e1n hasta 30.000 euros seg\u00fan los siguientes indicadores:<br \/>\nN.\u00ba de animales inscritos en los registros de la secci\u00f3n principal: hasta 16.000 euros. Se tendr\u00e1 en cuenta qu\u00e9 porcentaje representa el n\u00famero de animales inscritos en el \u00faltimo a\u00f1o en el LG (registro de nacimientos y definitivo), con respecto al mismo par\u00e1metro en el a\u00f1o anterior, de acuerdo al siguiente baremo:<br \/>\n75 % &#8211; 97 % &#8211; +103 %: 16.000 euros.<br \/>\nNo obstante, para aquellas razas que tengan un n\u00famero de animales dispersos en al menos seis comunidades aut\u00f3nomas o en las que el n\u00famero de animales hembras inscritas durante el ejercicio anterior por primera vez en su secci\u00f3n principal (registro de nacimientos y definitivo) representen al menos las siguientes cifras, corresponder\u00e1n siempre 16.000 euros.<br \/>\nRegistros en Secci\u00f3n Principal Equino Bovino Ovino\/Caprino Porcino<br \/>\nN.\u00ba de hembras. 5.000 7.500 10.000 15.000<br \/>\nN.\u00ba de an\u00e1lisis de marcadores gen\u00e9ticos y % de animales con marcadores gen\u00e9ticos analizados para filiaci\u00f3n: hasta 14.000 euros. Se tendr\u00e1 en cuenta con las muestras enviadas al laboratorio qu\u00e9 porcentaje representa el n\u00famero de an\u00e1lisis de marcadores gen\u00e9ticos para filiaci\u00f3n en el \u00faltimo a\u00f1o con respecto al mismo par\u00e1metro en el a\u00f1o anterior, seg\u00fan el siguiente baremo y siempre que al menos exista un 3 % de animales activos con marcadores gen\u00e9ticos analizados para filiaci\u00f3n en el libro geneal\u00f3gico:<br \/>\n75 % &#8211; 9 7% &#8211; +103 %: 14.000 euros.<br \/>\nNo obstante, si el n\u00famero total de animales activos en el libro geneal\u00f3gico y con an\u00e1lisis de marcadores gen\u00e9ticos realizados, con respecto al total de inscritos en el LG supera el 10 por cien, corresponder\u00e1n 14.000 euros.<br \/>\n2.\u00ba Grado de desarrollo del programa de mejora: hasta 84.000 euros seg\u00fan los siguientes indicadores:<br \/>\nN.\u00ba de animales valorados gen\u00e9ticamente: hasta 44.000 euros. Se tendr\u00e1 en cuenta qu\u00e9 porcentaje representa el n\u00famero de animales valorados gen\u00e9ticamente y activos en el libro geneal\u00f3gico en el \u00faltimo a\u00f1o, con respecto al mismo par\u00e1metro en el a\u00f1o anterior de acuerdo al siguiente baremo:<br \/>\n75 % &#8211; 97 % &#8211; +103 %: 44.000 euros.<br \/>\nN.\u00ba de ganader\u00edas colaboradoras del programa de mejora activas con c\u00f3digo REGA: hasta 24.000 euros. Se tendr\u00e1 en cuenta qu\u00e9 porcentaje representa el n\u00famero de ganader\u00edas colaboradoras en el \u00faltimo a\u00f1o, con respecto al mismo par\u00e1metro en el a\u00f1o anterior, de acuerdo al siguiente baremo:<br \/>\n75 % &#8211; 97 % &#8211; +103 %: 24.000 euros<br \/>\nDifusi\u00f3n de las valoraciones gen\u00e9ticas individuales de los animales y grado de cumplimiento del programa de difusi\u00f3n oficialmente aprobado: hasta 16.000 euros. Se tendr\u00e1n en cuenta los siguientes baremos:<br \/>\nSi existe cat\u00e1logo de sementales publicado el a\u00f1o anterior: 6.000 euros.<br \/>\nSi se han celebrado cert\u00e1menes durante el a\u00f1o anterior: 3.000 euros. Si en el conjunto de concursos o subastas celebrados durante el a\u00f1o anterior han participado m\u00e1s de 10 ganader\u00edas, una cantidad complementaria de: 2.000 euros.<br \/>\nSi se han desarrollado alguna de las siguientes actividades enmarcadas en el programa de difusi\u00f3n de la mejora:<br \/>\nConcesi\u00f3n del Logotipo Raza Aut\u00f3ctona en el a\u00f1o 2018 o concesi\u00f3n en a\u00f1os anteriores al 2018 y que comercializan productos con logotipo raza aut\u00f3ctona durante el a\u00f1o 2018: 3.000 euros.<br \/>\nExportaci\u00f3n de animales o material gen\u00e9tico durante el a\u00f1o 2018 justificado mediante alg\u00fan documento oficial que acompa\u00f1e a la exportaci\u00f3n: 2.000 euros.<br \/>\n3.\u00ba Grado de aportaci\u00f3n de material gen\u00e9tico a los centros de reproducci\u00f3n y bancos de germoplasma animal: hasta 20.000 euros. Se tendr\u00e1n en cuenta los siguientes baremos:<br \/>\nTener depositado en el Banco de Germoplasma Animal de acuerdo a solicitudes recibidas hasta el 31 de diciembre de 2018 al menos 1.200 dosis seminales de por lo menos doce donantes distintos, dicho material deber\u00e1 estar amparado dentro del convenio de dep\u00f3sito firmado con el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n: 10.000 euros.<br \/>\nTener depositados en otros centros de recogida de semen, centros de almacenamiento o equipos de recogida de \u00f3vulos\/embriones a 31 de diciembre de 2018 al menos, 2.600 dosis seminales de, por lo menos, 24 donantes: 10.000 euros.<br \/>\nEl l\u00edmite m\u00e1ximo en caso de dietas o compensaciones por desplazamientos y viajes es el establecido para el personal de la Administraci\u00f3n General del Estado en el Real Decreto 462\/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por raz\u00f3n del servicio, en funci\u00f3n de la categor\u00eda profesional.<br \/>\nEl plazo para la realizaci\u00f3n de las actuaciones ser\u00e1 desde el 1 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2019.<br \/>\nLa propuesta de pago se efectuar\u00e1 con car\u00e1cter anticipado a su justificaci\u00f3n.<br \/>\n2.\u2003Justificaci\u00f3n<br \/>\nFEAGAS remitir\u00e1 a la Direcci\u00f3n General de Producciones y Mercados Agrarios, informe sobre las actuaciones realizadas y su grado de ejecuci\u00f3n en 2019, as\u00ed como la documentaci\u00f3n acreditativa de los gastos y pagos desglosados, dentro del primer trimestre de 2020. Sobre la base de dicho informe y de los documentos acreditativos de los pagos, que incluir\u00e1n una memoria econ\u00f3mica abreviada, que, de acuerdo con el art. 74.5 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, contendr\u00e1 como m\u00ednimo un estado representativo de los gastos incurridos en la realizaci\u00f3n de las actividades subvencionadas, debidamente agrupados; y un informe final con cuenta justificativa de un Auditor de Cuentas como se recoge en el art\u00edculo 74 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, se efectuar\u00e1 por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n la liquidaci\u00f3n correspondiente antes del 31 de mayo de 2020.<br \/>\nSe considerar\u00e1 gasto realizado el que sea efectivamente pagado con anterioridad a la finalizaci\u00f3n del per\u00edodo de justificaci\u00f3n a que se refiere el p\u00e1rrafo anterior.<br \/>\nANEXO VII<br \/>\nSubvenci\u00f3n a la Fundaci\u00f3n Dieta Mediterr\u00e1nea<br \/>\n1.\u2003Actuaciones subvencionables, gastos, plazo de realizaci\u00f3n y, en su caso, requisitos espec\u00edficos<br \/>\nSon subvencionables las siguientes actuaciones:<br \/>\na)\u2003Las acciones que promocionan la Dieta Mediterr\u00e1nea y los productos que la componen:<br \/>\nCongresos cient\u00edficos y jornadas informativas<br \/>\nActividades de formaci\u00f3n<br \/>\nRecopilaci\u00f3n de informaci\u00f3n que contribuya a divulgar la Dieta Mediterr\u00e1nea.<br \/>\nRealizaci\u00f3n de materiales divulgativos y promocionales<br \/>\nb)\u2003La aportaci\u00f3n del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n en su calidad de patrono para el cumplimiento de los fines propios de la fundaci\u00f3n, por un importe de 40.000 euros.<br \/>\nPara las acciones recogidas en el punto a) ser\u00e1n subvencionables los siguientes gastos:<br \/>\nGastos del personal derivados de la ejecuci\u00f3n de las actividades<br \/>\nGastos de dietas y locomoci\u00f3n del personal directamente implicado en la ejecuci\u00f3n de las actuaciones. El l\u00edmite m\u00e1ximo de estos gastos, ser\u00e1 el previsto en el Real Decreto 462\/2002, de 24 de mayo.<br \/>\nElaboraci\u00f3n de materiales divulgativos y promocionales<br \/>\nOtros gastos no incluidos en los apartados anteriores directamente relacionados con la ejecuci\u00f3n de las actuaciones subvencionables.<br \/>\nLa aportaci\u00f3n total del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n para estas acciones, no podr\u00e1 superar el cincuenta por ciento del importe total de las acciones ejecutadas.<br \/>\nEl plazo para la realizaci\u00f3n de las actuaciones se iniciar\u00e1 desde la fecha de entrada en vigor del presente real decreto hasta el 30 de noviembre de 2019, sin perjuicio de la finalizaci\u00f3n de la ejecuci\u00f3n de las actuaciones programadas hasta el 31 de diciembre de 2019.<br \/>\nEl pago ser\u00e1 previa justificaci\u00f3n.<br \/>\nSe podr\u00e1 hacer un primer pago de hasta el 60 por ciento del presupuesto total m\u00e1ximo, y un segundo y \u00faltimo pago correspondiente a las acciones ejecutadas hasta la finalizaci\u00f3n total de las mismas, dentro del presente ejercicio econ\u00f3mico, y justificadas antes del 1 de diciembre de 2019.<br \/>\nSon requisitos espec\u00edficos:<br \/>\na)\u2003Aportar una memoria preliminar que recoja una descripci\u00f3n de las actividades, as\u00ed como una valoraci\u00f3n de su impacto, presupuesto detallado y posible calendario de actuaciones, que deber\u00e1 ser aprobada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n.<br \/>\nb)\u2003Asumir la responsabilidad directa de las gestiones necesarias para el buen desarrollo de las acciones previstas.<br \/>\nc)\u2003Informar previamente al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n, mediante una ficha explicativa, de los calendarios de puesta en marcha y ejecuci\u00f3n de cada una de las actuaciones previstas, con una antelaci\u00f3n m\u00ednima de diez d\u00edas, para el correcto seguimiento de las mismas. Cualquier modificaci\u00f3n de dicha informaci\u00f3n deber\u00e1 realizarse con un m\u00ednimo de cinco d\u00edas.<br \/>\nd)\u2003Ejecutar las actividades mencionadas en la memoria preliminar, y aprobadas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n.<br \/>\ne)\u2003Incorporar, adem\u00e1s, el logo de #alimentosdespa\u00f1a en lugar visible en todo el material divulgativo o promocional que se realice. El material se remitir\u00e1 al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n con una antelaci\u00f3n de diez d\u00edas, para su supervisi\u00f3n.<br \/>\nf)\u2003Entregar al menos un ejemplar de los materiales realizados en el desarrollo de las acciones programadas, en soporte digitalizado para su utilizaci\u00f3n, en su caso, en las p\u00e1ginas web promovidas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n.<br \/>\ng)\u2003Apoyar la difusi\u00f3n y conocimiento de las actuaciones realizadas en colaboraci\u00f3n con el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n.<br \/>\nh)\u2003Asimismo, el solicitante presentar\u00e1 una declaraci\u00f3n responsable, en el plazo m\u00e1ximo de quince d\u00edas desde la entrada en vigor de este real decreto, referida a todas las dem\u00e1s las ayudas de minimis obtenidas durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso que est\u00e9n sujetas al Reglamento (UE) n.\u00ba 1407\/2013 de la Comisi\u00f3n de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicaci\u00f3n de los art\u00edculos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Uni\u00f3n Europea a las ayudas de minimis o a otros reglamentos de minimis, sin que el importe final de la subvenci\u00f3n pueda superar los l\u00edmites previstos en dicho reglamento.<br \/>\n2.\u2003Justificaci\u00f3n<br \/>\nSe deber\u00e1 elaborar una memoria que comprenda, al menos:<br \/>\na)\u2003Una descripci\u00f3n de las actuaciones realizadas, diferenciando entre las destinadas al cumplimiento de las acciones de promoci\u00f3n y la destinada como aportaci\u00f3n a la fundaci\u00f3n por parte del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n, en calidad de patrono,<br \/>\nb)\u2003Una valoraci\u00f3n sobre su impacto, y cualquier otra informaci\u00f3n que pueda contribuir a valorar la eficacia de las acciones emprendidas,<br \/>\nc)\u2003Una memoria econ\u00f3mica con las correspondientes facturas o documentos justificativos sistematizadas del gasto, indicando la parte subvencionada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n y el porcentaje de cofinanciaci\u00f3n. Esta memoria deber\u00e1 presentarse antes del 1 de diciembre de 2019 teniendo en cuenta lo dispuesto en el art\u00edculo 72 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones.<br \/>\nANEXO VIII<br \/>\nSubvenci\u00f3n al Centro Nacional de Tecnolog\u00eda y Seguridad Alimentaria &#8211; CNTA<br \/>\n1.\u2003Actuaciones subvencionables, gastos, plazo de realizaci\u00f3n y, en su caso, requisitos espec\u00edficos<br \/>\nSon actuaciones subvencionables las siguientes:<br \/>\na)\u2003Dinamizaci\u00f3n del ecosistema de innovaci\u00f3n agroalimentaria con \u00e9nfasis en el fomento de emprendimiento incluidas las Startups.<br \/>\n1.\u00ba\u2002Divulgaci\u00f3n de la plataforma Food Start Tech, con vistas a su ampliaci\u00f3n y aumento de la informaci\u00f3n p\u00fablica que soporta. Se ampliar\u00e1 la lista de Startups y se continuar\u00e1 ampliando la secci\u00f3n en abierto en la Plataforma de Vigilancia e Inteligencia, que dar\u00e1 acceso a la base de datos de startups y contendr\u00e1 informaciones, publicaciones y proyectos relacionadas con los retos, las tecnolog\u00edas y los emprendimientos seleccionados.<br \/>\n2.\u00ba\u2002Celebraci\u00f3n de eventos del tipo de hackatons (evento en el que expertos de diferentes disciplinas se juntan para generar ideas o resolver retos de forma conjunta). En este caso, en el hackaton de Food Start Tech se reunir\u00e1n empresas, startups e investigadores para generar ideas, nuevas aproximaciones e identificar oportunidades futuras que puedan dar pie al desarrollo de proyectos de innovaci\u00f3n, investigaci\u00f3n y de colaboraci\u00f3n entre los participantes, con un \u00e9nfasis particular en innovaciones de la mano de las TIC en digitalizaci\u00f3n y uso de big data.<br \/>\nb)\u2003Elaboraci\u00f3n de an\u00e1lisis prospectivos, estudios de necesidades y estudios de caso sobre la adopci\u00f3n de innovaciones en el sector agroalimentario, con \u00e9nfasis en:<br \/>\n1.\u00ba\u2002Innovaci\u00f3n y emprendimiento sobre digitalizaci\u00f3n y big data vinculados a la Estrategia de Digitalizaci\u00f3n del Sector Agroalimentaria y Forestal del Medio Rural,<br \/>\n2.\u00ba\u2002Innovaci\u00f3n para la seguridad alimentaria en el sector agroalimentario por el uso de tecnolog\u00eda NIR (infrarrojo cercano) e hiperespectral, y<br \/>\n3.\u00ba\u2002Ecosistemas innovadores de otros pa\u00edses relevantes en el \u00e1mbito de la innovaci\u00f3n y el emprendimiento en el sector agroalimentario.<br \/>\nLos gastos subvencionables son:<br \/>\na)\u2003Gastos de personal del CNTA y de entidades vinculadas (contratadas o subcontratadas) hasta un l\u00edmite m\u00e1ximo del 70 por cien de la jornada laboral del trabajador y con un coste hora nunca superior a 40 euros.<br \/>\nb)\u2003Desplazamientos, alojamientos y dietas (seg\u00fan los l\u00edmites del Real Decreto 462\/2002 de 24 de mayo). Para uso del veh\u00edculo propio o de empresa 0,19 euros\/km seg\u00fan Orden EHA\/3770\/2005).<br \/>\nc)\u2003Servicios ligados a desarrollos inform\u00e1ticos, an\u00e1lisis y tareas comunicaci\u00f3n y divulgaci\u00f3n de actuaciones (como por ejemplo, alquiler de espacios). El l\u00edmite de gasto para estos servicios se fijar\u00e1 de acuerdo con los honorarios establecidos por los Colegios Oficiales o en su defecto por los precios de mercado en ese \u00e1mbito.<br \/>\nd)\u2003Material fungible (entre otros, el relacionado con las jornadas y eventos a realizar, publicaciones, folletos, etc).<br \/>\ne)\u2003Auditor\u00eda por parte de auditor inscrito en el ROAC (obligatoria).<br \/>\nEl CNTA podr\u00e1 subcontratar (cumpliendo con todos los requisitos del art\u00edculo 29 de la Ley 38\/2003 General de Subvenciones, de 17 de noviembre) hasta un porcentaje que no exceda del 50 por ciento del importe de la actividad subvencionada.<br \/>\nNo ser\u00e1 subvencionable en ning\u00fan caso el Impuesto sobre el Valor A\u00f1adido ni otros impuestos indirectos.<br \/>\nEl plazo para la realizaci\u00f3n de las actuaciones ser\u00e1 el ejercicio 2019, pudiendo imputarse gasto hasta la fecha de presentaci\u00f3n de la justificaci\u00f3n final (el 1 de diciembre), sin perjuicio de la finalizaci\u00f3n de las actuaciones programadas, que, en todo caso, se deber\u00e1n desarrollar hasta el 31 de diciembre.<br \/>\nNo existir\u00e1 pago anticipado, por lo que se realizar\u00e1 un pago \u00fanico tras revisi\u00f3n de la cuenta justificativa de la subvenci\u00f3n del tipo cuenta justificativa reducida con informe de auditor\u00eda.<br \/>\nSon requisitos espec\u00edficos:<br \/>\na)\u2003Aplicar enfoque de g\u00e9nero, para fomentar la participaci\u00f3n de mujeres en el \u00e1mbito de las ciencias, tecnolog\u00eda, ingenier\u00edas y matem\u00e1ticas, y en general en el sector agroalimentario, forestal y en el medio rural.<br \/>\nb)\u2003Realizar una divulgaci\u00f3n activa de \u00e1mbito nacional de todos los estudios, an\u00e1lisis, as\u00ed como de la plataforma Food Start Tech.<br \/>\nc)\u2003Conservar todos los documentos contables justificativos del gasto efectuado, as\u00ed como la informaci\u00f3n sobre la financiaci\u00f3n del proyecto, y facilitar dicha documentaci\u00f3n a las autoridades competentes cuando as\u00ed lo requieran.<br \/>\nd)\u2003Cumplir con las obligaciones contempladas en el art\u00edculo 14.1 de la Ley 38\/2003, de 17 de noviembre, as\u00ed como a registrar la subvenci\u00f3n que perciban en los libros contables a los que la legislaci\u00f3n mercantil y sectorial les obligue, de conformidad con lo establecido en el art\u00edculo 17.3.h) de dicha ley.<br \/>\ne)\u2003Facilitar al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n toda la informaci\u00f3n necesaria para poder realizar el seguimiento y evaluaci\u00f3n de las actuaciones subvencionadas.<br \/>\nf)\u2003Asimismo, el solicitante presentar\u00e1 una declaraci\u00f3n responsable, en el plazo m\u00e1ximo de quince d\u00edas desde la entrada en vigor de este real decreto, referida a todas las dem\u00e1s las ayudas de minimis obtenidas durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso que est\u00e9n sujetas al Reglamento (UE) n.\u00ba 1407\/2013 de la Comisi\u00f3n de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicaci\u00f3n de los art\u00edculos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Uni\u00f3n Europea a las ayudas de minimis o a otros reglamentos de minimis, sin que el importe final de la subvenci\u00f3n pueda superar los l\u00edmites previstos en dicho reglamento.<br \/>\n2.\u2003Justificaci\u00f3n<br \/>\nEl plazo de presentaci\u00f3n de la justificaci\u00f3n requerida vence el 1 de diciembre de 2019, que habr\u00e1 de ser de orden t\u00e9cnico y econ\u00f3mico, conforme la Ley 38\/2003, de 17 de noviembre, y su reglamento, as\u00ed como la Orden EHA\/3770\/2005 de 1 de diciembre, por la que se revisa el importe de la indemnizaci\u00f3n por uso de veh\u00edculo particular establecida en el RD 462\/2002 de 24 de mayo.<br \/>\nLa justificaci\u00f3n t\u00e9cnica y econ\u00f3mica requerida es la que se relaciona a continuaci\u00f3n:<br \/>\na)\u2003Memoria t\u00e9cnica de actividades, con el contenido de las actuaciones realizadas e incorporando de manera individualizada para cada una de ellas, objetivo, descripci\u00f3n, destinatarios finales de la actuaci\u00f3n, (en su caso, entregables como estudios, informes, u otras fuentes de verificaci\u00f3n) presupuesto asignado por partidas, explicaci\u00f3n de imputaci\u00f3n al Ministerio de los gastos subvencionables que procedan, as\u00ed como conclusiones y valoraci\u00f3n de la actuaci\u00f3n.<br \/>\nb)\u2003Memoria econ\u00f3mica. Para cada una de las acciones realizadas se presentar\u00e1 (cada actuaci\u00f3n con un n\u00famero propio y una denominaci\u00f3n reducida):<br \/>\nc)\u2003Cuadro repertoriado de gastos incurridos con indicaci\u00f3n para cada gasto de su tipolog\u00eda, importe total presupuestado, fecha y n\u00famero de la factura, proveedor, importe total de la factura, importe del monto imputado a la subvenci\u00f3n, forma y fecha de pago, y cualquier otra observaci\u00f3n que se estime necesaria.<br \/>\nd)\u2003Esta informaci\u00f3n deber\u00e1 de ser sellada o firmada por el auditor inscrito en el ROAC que haya revisado su contenido. No es preceptiva la presentaci\u00f3n de los justificantes de cada uno de los gastos mencionados anteriores. Asimismo, esta memoria econ\u00f3mica deber\u00e1 ser firmara por el Director General del CNTA.<br \/>\ne)\u2003Informe del Auditor, conforme a la Orden EHA\/1437\/2007, de 17 de mayo, relativa a trabajos de revisi\u00f3n de cuentas justificativas de subvenciones p\u00fablicas por auditores.<br \/>\nLa justificaci\u00f3n se realizar\u00e1 mediante los siguientes documentos acreditativos del gasto y del pago que se entregar\u00e1n o pondr\u00e1n a disposici\u00f3n del auditor:<br \/>\nN\u00f3minas, modelos TC1 Y TC2 de cotizaci\u00f3n de la Seguridad Social en los que se identificar\u00e1 debidamente a cada empleado participante en cada actuaci\u00f3n. Justificantes del pago de estos gastos. Certificado del personal que ha prestado servicios en las actividades subvencionadas firmado por el Director General del CNTA.<br \/>\nHojas resumen de liquidaci\u00f3n individual de viajes, con los documentos justificativos de los gastos de hotel, billetes, y acreditativos del pago de los mismos.<br \/>\nContrato y factura de los servicios de auditor\u00eda, con justificante de pago.<br \/>\nOtros contratos y facturas de otros servicios con justificante de pago.<br \/>\nOtras facturas de material fungible indispensable para la realizaci\u00f3n de las actividades subvencionadas.<br \/>\nANEXO IX<br \/>\nSubvenci\u00f3n a la Federaci\u00f3n Espa\u00f1ola de Industrias de la Alimentaci\u00f3n y Bebidas (FIAB)<br \/>\n1.\u2003Actuaciones subvencionables, gastos, plazo de realizaci\u00f3n y, en su caso, requisitos espec\u00edficos<br \/>\nSon actuaciones subvencionables las siguientes:<br \/>\nEficiencia.<br \/>\na)\u2003Informes sectoriales IAB: informe econ\u00f3mico y otros estudios de valor para el sector. FIAB elaborar\u00e1 el Informe Econ\u00f3mico de la Industria de Alimentaci\u00f3n y Bebidas, anual, que recoge la evoluci\u00f3n anual de las principales variables de coyuntura econ\u00f3mica del sector: producci\u00f3n, valor a\u00f1adido, empleo, productividad, precios, consumo y estructura del tejido empresarial entre otras.<br \/>\nb)\u2003Sostenibilidad: soluciones y anticipaci\u00f3n a las demandas legislativas o tendencias en los tres pilares de la sostenibilidad. Adaptaci\u00f3n al \u00abPaquete de Econom\u00eda Circular\u00bb de 2018, en cuyo nuevo marco jur\u00eddico de gesti\u00f3n de residuos se dispone, en particular, que a partir de 2025 todos los envases queden sometidos a reg\u00edmenes de Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP).<br \/>\nc)\u2003I Edici\u00f3n de los Premios Startup en la Industria de Alimentaci\u00f3n y Bebidas. Desde la Plataforma Tecnol\u00f3gica Food for Life-Spain (PTF4LS) para dar mayor visibilidad a las startups agroalimentarias que se celebrar\u00e1 en Madrid el 10 de octubre.<br \/>\nd)\u2003Impulso competitivo de las relaciones comerciales y equilibrio de la cadena agroalimentaria con el fin de velar por el cumplimiento de la normativa en materia de competencia y de la Ley 12\/2013. Promoci\u00f3n de las buenas pr\u00e1cticas comerciales para impulsar una cadena agroalimentaria competitiva.<br \/>\ne)\u2003Dinamizaci\u00f3n de las pymes agroalimentarias para incrementar la dimensi\u00f3n de las empresas del sector, mediante la puesta a disposici\u00f3n de las PYMES instrumentos de distinto tipo y en distintas \u00e1reas (financiaci\u00f3n, innovaci\u00f3n, internacionalizaci\u00f3n, sostenibilidad, etc.) que se adapten a sus necesidades.<br \/>\nCreaci\u00f3n de valor.<br \/>\na)\u2003Plan de aplicaci\u00f3n en la industria alimentaria de los requisitos del Reglamento de Informaci\u00f3n al Consumidor. Elaboraci\u00f3n de material divulgativo (gu\u00edas, infograf\u00eda\u2026) y encuentros (europeo\/nacional) para la difusi\u00f3n y concienciaci\u00f3n entre las empresas de alimentaci\u00f3n y bebidas, de la importancia de los requisitos.<br \/>\nb)\u2003Seguimiento del cumplimiento de la legislaci\u00f3n en materia de calidad alimentaria as\u00ed como actuaciones (jornadas, estudios\/informes) para la lucha contra el fraude alimentario.<br \/>\nc)\u2003Plan de comunicaci\u00f3n de cara al consumidor. Realizaci\u00f3n de campa\u00f1as, eventos y generaci\u00f3n y difusi\u00f3n de contenidos en medios de comunicaci\u00f3n y redes sociales para el posicionamiento de la industria de alimentaci\u00f3n y bebidas como sector estrat\u00e9gico. Dos notas de prensa al mes, encuentros y twitter diario.<br \/>\nd)\u2003Puente entre la academia y la industria: Premios Ecotrophelia Espa\u00f1a y Europa. Los premios Ecotrophelia tienen por objeto la creaci\u00f3n, lanzamiento y desarrollo de nuevos productos alimenticios eco-innovadores creados por grupos de estudiantes procedentes de la ense\u00f1anza superior, pudiendo ser un equipo multidisciplinar, a celebrar la X Edici\u00f3n Ecotrophelia Espa\u00f1a en la Fundaci\u00f3n Alicia, el 23 de mayo.<br \/>\ne)\u2003Impulso de sistemas de alerta temprana de crisis en el sector. Conocimiento y el an\u00e1lisis de noticias relevantes que permita un proyecto de inteligencia competitiva de alto valor.<br \/>\nActuaciones de internacionalizaci\u00f3n.<br \/>\na)\u2003Pa\u00edses estrat\u00e9gicos: definici\u00f3n y actuaciones en mercados prioritarios, visita a la feria ANUGA 2019 con el fin de presentar el calendario de actividades de promoci\u00f3n internacional 2020.<br \/>\nb)\u2003Potenciaci\u00f3n de visitas de compradores a Espa\u00f1a: en el marco de la feria ANUGA, FIAB organizar Business Meetings Latam la semana anterior.<br \/>\nc)\u2003Incentivaci\u00f3n a la exportaci\u00f3n: actuaciones en mercados desarrollados (UE) y Reino Unido. Canal Gourmet, Gran Distribuci\u00f3n y Canal Ecol\u00f3gico. Dentro del pabell\u00f3n espa\u00f1ol que FIAB organiza en PLMA \u00c1msterdam y con el fin de fomentar la innovaci\u00f3n como un pilar diferenciador dentro de la FIAB, se destinar\u00e1 un espacio destacado a la iniciativa \u00abSpainnovation\u00bb. Organizaci\u00f3n de una agenda de reuniones con compradores en el marco de la feria Speciality &amp; Fine Food en septiembre 2019 en Londres con el fin de apoyar a las empresas en el Brexit. Viaje a las ferias de Frankfurt y en Biofach Alemania 2019.<br \/>\nFIAB participar\u00e1 en BITE Copenhague 2019, Free From Functional Food Expo y Organic Food.<br \/>\nd)\u2003Otras herramientas de Internacionalizaci\u00f3n: formaci\u00f3n, digitalizaci\u00f3n y difusi\u00f3n de informaci\u00f3n del \u00e1rea de negociaciones comerciales. Jornada post-Brexit y Jornada sobre Tratados Comerciales Internacionales.<br \/>\nEl Plan de Formaci\u00f3n Comercial Internacional incluye los siguientes: Programa Internacional FIAB de gesti\u00f3n Comercial Avanzada, Programa de Formaci\u00f3n Internacional por mercados: China y EE.UU y Programa FIAB de formaci\u00f3n complementaria en internacionalizaci\u00f3n (Taller Storytelling, canal e-commerce, etc.).<br \/>\ne)\u2003Nuevas tendencias de la industria y acompa\u00f1amiento en la transformaci\u00f3n con el impulso de la innovaci\u00f3n y digitalizaci\u00f3n para incrementar la digitalizaci\u00f3n en la IAB como herramienta para impulsar la competitividad, fomentando la Industria 4.0 como sello de calidad. 8<br \/>\nActuaciones de dinamizaci\u00f3n<br \/>\na)\u2003Incentivaci\u00f3n de nuevas f\u00f3rmulas de colaboraci\u00f3n y de asociaci\u00f3n en la IAB, entre ellas: coordinar grupos de empresas exportadoras Excellence of Spain y Food Link Spain y organizar la participaci\u00f3n agrupada de Excellence of Spain en la feria ANUGA 2019. Misi\u00f3n de Alto Nivel a los Emiratos \u00c1rabes Unidos (EAU) del 16 al 19 de febrero de 2019 liderada por el Comisario de Agricultura de la UE.<br \/>\nb)\u2003Estrategia Alimentaci\u00f3n-Gastronom\u00eda-Turismo. libro de recetas y show cooking gastron\u00f3mico en la feria ANUGA 2019.<br \/>\nc)\u2003La Plataforma Tecnol\u00f3gica Food for Life Spain: dinamizaci\u00f3n de la innovaci\u00f3n en PYMES y Centros Tecnol\u00f3gicos. La Plataforma Tecnol\u00f3gica Food for Life-Spain, definir\u00e1 las prioridades tecnol\u00f3gicas y de investigaci\u00f3n necesarias de este sector a medio-largo plazo y coordinar\u00e1 las inversiones nacionales y europeas, as\u00ed como p\u00fablicas y privadas, en el \u00e1mbito de la Innovaci\u00f3n y el Desarrollo.<br \/>\nd)\u2003Dinamizaci\u00f3n y concienciaci\u00f3n de la Industria: IV edici\u00f3n Alibetop\u00edas 2019, \u00faltimas tendencias de la innovaci\u00f3n alimentaria.<br \/>\nLos gastos subvencionables son los que se indican a continuaci\u00f3n:<br \/>\nEficiencia<br \/>\nInformes sectoriales IAB: informe econ\u00f3mico y otros estudios de valor para el sector. 45.000 \u20ac<br \/>\nSostenibilidad: soluciones y anticipaci\u00f3n a las demandas legislativas o tendencias en los tres pilares de la sostenibilidad. 51.000 \u20ac<br \/>\nI Edici\u00f3n de los Premios Startup en la Industria de Alimentaci\u00f3n y bebidas. 20.000 \u20ac<br \/>\nImpulso competitivo de las relaciones comerciales y equilibrio de la cadena. 45.000 \u20ac<br \/>\nPromoci\u00f3n de las buenas pr\u00e1cticas comerciales. 12.000 \u20ac<br \/>\nDinamizaci\u00f3n de las pymes agroalimentarias. 7.000 \u20ac<br \/>\nTotal. 180.000 \u20ac<br \/>\nCreaci\u00f3n de valor<br \/>\nPlan de aplicaci\u00f3n en la industria alimentaria de los requisitos del Reglamento de Informaci\u00f3n al Consumidor. 10.000 \u20ac<br \/>\nSeguimiento de la legislaci\u00f3n en materia de calidad alimentaria y lucha contra las pr\u00e1cticas fraudulentas. 8.480 \u20ac<br \/>\nPlan de comunicaci\u00f3n de cara al consumidor. 100.000 \u20ac<br \/>\nUn puente entre la academia y la industria: Premios Ecotrophelia Espa\u00f1a y Europa. 20.000 \u20ac<br \/>\nImpulso de sistemas de alerta temprana de crisis en el sector. 90.000 \u20ac<br \/>\nTotal. 228.480 \u20ac<br \/>\nActuaciones de internacionalizaci\u00f3n.<br \/>\nPa\u00edses estrat\u00e9gicos: definici\u00f3n y actuaciones en mercados prioritarios. 60.000 \u20ac<br \/>\nPotenciaci\u00f3n de visitas de compradores a Espa\u00f1a: Spain Experience Programme, Business Meetings. 60.000 \u20ac<br \/>\nIncentivaci\u00f3n a la exportaci\u00f3n: actuaciones en mercados desarrollados (UE) y Reino Unido. Canal Gourmet, Gran Distribuci\u00f3n y Canal ecol\u00f3gico. 40.000 \u20ac<br \/>\nOtras herramientas de Internacionalizaci\u00f3n: formaci\u00f3n, digitalizaci\u00f3n y difusi\u00f3n de informaci\u00f3n \u00e1rea de negociaciones comerciales. 40.000 \u20ac<br \/>\nNuevas tendencias de la industria y acompa\u00f1amiento en la transformaci\u00f3n con el impulso de la innovaci\u00f3n y digitalizaci\u00f3n. 20.000 \u20ac<br \/>\nTotal. 220.000 \u20ac<br \/>\nActuaciones de dinamizaci\u00f3n<br \/>\nIncentivaci\u00f3n de nuevas f\u00f3rmulas colaborativas y asociativas en la IAB. 40.000 \u20ac<br \/>\nEstrategia Alimentaci\u00f3n\u2013Gastronom\u00eda\u2013Turismo. 35.000 \u20ac<br \/>\nLa Plataforma Tecnol\u00f3gica Food for Life Spain: dinamizaci\u00f3n de la innovaci\u00f3n en PYMES y Centros Tecnol\u00f3gicos. 30.000 \u20ac<br \/>\nDinamizaci\u00f3n y concienciaci\u00f3n de la Industria: V edici\u00f3n Alibetop\u00edas 2019, \u00faltimas tendencias de la innovaci\u00f3n alimentaria. 21.000 \u20ac<br \/>\nTotal. 126.000 \u20ac<br \/>\nTotal actuaciones. 754.480 \u20ac<br \/>\nAtendiendo a la naturaleza de las actuaciones, los gastos subvencionables podr\u00e1n ser:<br \/>\na)\u2003Gastos de personal: gastos salariales del personal directamente implicado en la ejecuci\u00f3n de las actuaciones objeto de subvenci\u00f3n. El l\u00edmite m\u00e1ximo con car\u00e1cter general aplicable ser\u00e1 de 40 euros\/hora, sin incluir ning\u00fan beneficio empresarial. Los gastos de personal propio y de empresas o entidades vinculadas directamente implicadas en la ejecuci\u00f3n de las actuaciones objeto de estos apartados del convenio, hasta un m\u00e1ximo del 70 por cien del coste anual del trabajador.<br \/>\nb)\u2003Gastos de dietas y locomoci\u00f3n del personal directamente implicado en la ejecuci\u00f3n de las actuaciones objeto de este convenio. El l\u00edmite m\u00e1ximo de estos gastos ser\u00e1 el previsto en la Orden EHA\/3771\/2005, de 2 de diciembre, que actualiza lo dispuesto en el Real Decreto 462\/2002, de 24 de mayo.<br \/>\nc)\u2003Gastos relacionados con la ejecuci\u00f3n de las actuaciones previstas no incluidos en los anteriores y que aparecen en la memoria econ\u00f3mica 2019 avalada por el auditor.<br \/>\nd)\u2003Gastos derivados de la auditor\u00eda de la cuenta justificativa, sin que puedan exceder del 2 por cien de la subvenci\u00f3n justificada.<br \/>\nEstas actuaciones podr\u00e1n ser subcontratadas hasta un 80 por cien del importe de la actividad objeto de la subvenci\u00f3n.<br \/>\nEl periodo subvencionable se inicia el d\u00eda 1 de enero de 2019, pudiendo imputarse el gasto hasta el 1 de diciembre de 2019.<br \/>\nEl pago de la subvenci\u00f3n se realizar\u00e1 una vez ejecutadas las actuaciones y una vez presentada la cuenta justificativa, previa certificaci\u00f3n de conformidad por el Subdirector General de Fomento Industrial y Asociativo Agroalimentario.<br \/>\n2.\u2003Justificaci\u00f3n<br \/>\na)\u2003La justificaci\u00f3n del cumplimiento de sus condiciones y objetivos recogidos en el Programa de Actuaciones 2019 se regir\u00e1 por lo establecido en el art\u00edculo 74 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, con la presentaci\u00f3n de la cuenta justificativa con aportaci\u00f3n de informe auditor, pudiendo presentarse varias cuentas justificativas, una por cada apartado. El auditor de las cuentas justificativas podr\u00e1 ser de libre elecci\u00f3n por el beneficiario, incluso diferente al elegido para la auditor\u00eda de las cuentas anuales.<br \/>\nb)\u2003El auditor, atendiendo a la Orden EHA\/1434\/2007 de 17 de mayo, revisar\u00e1 la cuenta justificativa y comprobar\u00e1 que contiene la informaci\u00f3n detallada anteriormente. As\u00ed mismo, verificar\u00e1 que:<br \/>\nLa informaci\u00f3n contenida en la memoria econ\u00f3mica est\u00e1 soportada por las correspondientes relaciones de gastos e inversiones de la actividad subvencionada.<br \/>\nLa entidad dispone de todos los documentos originales acreditativos de los gastos justificados, debidamente estampillados con indicaci\u00f3n de haber servido de justificante para obtener esta subvenci\u00f3n.<br \/>\nEl informe auditor expresar\u00e1 la cuant\u00eda exacta que de acuerdo con la correspondiente cuenta justificativa corresponde abonar en concepto de subvenci\u00f3n al beneficiario.<br \/>\nSe podr\u00e1 realizar un m\u00e1ximo de dos pagos fraccionados, que no tendr\u00e1n la consideraci\u00f3n de pagos anticipados, previa solicitud debidamente motivada, hasta el 31 de octubre de 2019, que responder\u00e1n al ritmo de ejecuci\u00f3n de las actuaciones, previa certificaci\u00f3n del Subdirector General de Fomento Industrial y Asociativo Agroalimentario, sin que se pueda exceder del 70 por cien del total de la subvenci\u00f3n, abon\u00e1ndose por cuant\u00eda equivalente a los gastos que el auditor certifique que haya revisado hasta la fecha y verificada su correcta imputaci\u00f3n a las acciones subvencionables.<br \/>\nLa memoria econ\u00f3mica de la cuenta justificativa deber\u00e1 indicar en su caso la parte subvencionada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n y el porcentaje de cofinanciaci\u00f3n, si la hubiera, por parte de otros organismos e instituciones.<br \/>\nAntes del 1 de diciembre de 2019, la Federaci\u00f3n Espa\u00f1ola de Industrias de la Alimentaci\u00f3n y Bebidas (FIAB) presentar\u00e1 la siguiente documentaci\u00f3n que ser\u00e1 revisada por la Subdirecci\u00f3n General de Fomento Industrial y Asociativo Agroalimentario:<br \/>\na)\u2003Memoria de actividades, detallando cada una de las actuaciones de manera individualizada<br \/>\nb)\u2003Justificaci\u00f3n econ\u00f3mica e informe del auditor.<br \/>\nc)\u2003Certificaci\u00f3n de ejecuci\u00f3n de actividades.<br \/>\nd)\u2003Certificado sobre percepci\u00f3n de otras ayudas<br \/>\ne)\u2003Certificado de declaraci\u00f3n de reintegro.<br \/>\nf)\u2003Certificado resumen de los gastos de personal imputados a esa justificaci\u00f3n, firmado por el Director General<br \/>\nANEXO X<br \/>\nSubvenci\u00f3n a Cooperativas Agroalimentarias de Espa\u00f1a U. de COOP.<br \/>\n1.\u2003Actuaciones subvencionables, gastos, plazo de realizaci\u00f3n y, en su caso, requisitos espec\u00edficos<br \/>\nSon actuaciones subvencionables las siguientes:<br \/>\n1.\u2003Mejora de la competitividad a trav\u00e9s de acciones de fomento de la intercooperaci\u00f3n para el redimensionamiento, vertebraci\u00f3n e integraci\u00f3n cooperativa, fomento de la competitividad, eficiencia, modernizaci\u00f3n e innovaci\u00f3n de las cooperativas, as\u00ed como el seguimiento y conocimiento del cooperativismo agroalimentario a trav\u00e9s del Observatorio Socioecon\u00f3mico del Cooperativismo Agroalimentario Espa\u00f1ol (OSCAE) y coordinaci\u00f3n nacional del OSCAE.<br \/>\nLos objetivos de estas actuaciones se dirigen a la mejora de la dimensi\u00f3n con el fin de sensibilizar y promover el arranque de iniciativas de intercooperaci\u00f3n, integraci\u00f3n empresarial o vertebraci\u00f3n del sector, dinamizar y asesorar a los proyectos concretos que surjan. Asimismo, se busca facilitar la aplicaci\u00f3n de la Ley 13\/2013, de 2 de agosto, de fomento de la integraci\u00f3n de cooperativas y de otras entidades asociativas de car\u00e1cter agroalimentario y de las medidas de integraci\u00f3n cooperativa previstas en el Programa Nacional de Desarrollo Rural 201-2020, el Plan Estatal de Integraci\u00f3n Asociativa u otras disposiciones o instrumentos relacionados.<br \/>\nEn relaci\u00f3n a la competitividad, estas actuaciones tienen como prop\u00f3sito de sensibilizar, identificar y promover acciones de mejora de la competitividad en las cooperativas, fomentar la mejora de la gesti\u00f3n y estrategia en las empresas cooperativas, mejorar la comercializaci\u00f3n de las producciones cooperativas, impulsar la I+d+i en cooperativas, preparar a las cooperativas para enfrentar los retos de los mercados y favorecer el relevo generacional y la igualdad de oportunidades.<br \/>\nPara poder cumplir con este prop\u00f3sito, las actuaciones de este eje ser\u00e1n diversas, desde la realizaci\u00f3n de diagn\u00f3sticos de competitividad (an\u00e1lisis comparativo de ratios empresariales para identificar aspectos de mejora), de cuadros de mando, al asesoramiento y divulgaci\u00f3n sobre la Ley de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria, sobre el fomento de la sostenibilidad, as\u00ed como al desarrollo de diversos \u00abplanes\u00bb ya sean estrat\u00e9gicos, comerciales, de innovaci\u00f3n, de internacionalizaci\u00f3n u otros que faciliten el desarrollo de estrategias competitivas y de una mejor comercializaci\u00f3n y adaptaci\u00f3n a los retos del mercado. Asimismo, tambi\u00e9n se han incorporado algunas l\u00edneas de trabajo para fomentar la participaci\u00f3n de mujeres y j\u00f3venes en las cooperativas, que puedan favorecer el necesario relevo generacional, el equilibrio de g\u00e9nero, la igualdad de oportunidades y tambi\u00e9n el cambio cultural en el sector.<br \/>\nEl Observatorio Socioecon\u00f3mico del Cooperativismo Agroalimentario Espa\u00f1ol (OSCAE) tiene el objeto de investigar y profundizar en el conocimiento, an\u00e1lisis y diagn\u00f3stico del sector cooperativo (Magnitudes econ\u00f3micas, sociales y comerciales) y de coordinar y supervisar la correcta programaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n y justificaci\u00f3n de las actuaciones y la interlocuci\u00f3n general con el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n. Los datos obtenidos a partir de esta actuaci\u00f3n permiten tanto a CAE como al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n, la caracterizaci\u00f3n m\u00e1s precisa del colectivo cooperativo, el an\u00e1lisis de sus fortalezas y debilidades y la definici\u00f3n de recomendaciones, medidas o l\u00edneas de trabajo para la mejora de la competitividad del cooperativismo agroalimentario espa\u00f1ol. De igual manera, aqu\u00ed se incluyen las tareas de supervisi\u00f3n y gesti\u00f3n de las herramientas inform\u00e1ticas usadas en el marco de este apartado, entre ellas, la aplicaci\u00f3n auxiliar de gesti\u00f3n y justificaci\u00f3n (www.at.agro-alimentarias.coop), as\u00ed como el gestor de bases de datos de cooperativas para almacenar y explotar los datos recopilados a trav\u00e9s del OSCAE.<br \/>\n2.\u2003Actividades para la mejora de la informaci\u00f3n, comunicaci\u00f3n e imagen, excelencia y promoci\u00f3n del Cooperativismo agroalimentario y de sus productos. Las actuaciones contempladas en este apartado tendr\u00e1n como objetivos la mejora de la informaci\u00f3n, comunicaci\u00f3n, imagen, excelencia y promoci\u00f3n del cooperativismo agroalimentario y de sus productos. En definitiva, las actuaciones promover\u00e1n no s\u00f3lo mejorar la excelencia de las empresas cooperativas y de sus productos, sino tambi\u00e9n mejorar el conocimiento y la imagen de ellos y de los valores y logros de las cooperativas en la sociedad en su conjunto, que permitan progresar en el camino de una mayor valorizaci\u00f3n de los mismos.<br \/>\nLas acciones deber\u00e1n impulsar estrategias en las cooperativas para progresar hacia productos m\u00e1s valorizables y tambi\u00e9n de mejorar la percepci\u00f3n que se tiene de los productos cooperativos y de las propias cooperativas en la sociedad mediante actuaciones de comunicaci\u00f3n, informaci\u00f3n, imagen e impulso de la excelencia que se orientar\u00e1n, por un lado, hacia el propio colectivo, pero tambi\u00e9n hacia clientes, otras organizaciones e instituciones, consumidores y la sociedad en su conjunto, paso tambi\u00e9n clave para mejorar la valorizaci\u00f3n de los productos cooperativos en los mercados agroalimentarios y la valorizaci\u00f3n de su modelo como entidad de Econom\u00eda Social.<br \/>\nActuaciones previstas:<br \/>\nWeb www.agro-alimentarias.coop, Portal de Productos Cooperativos (www.agroalimentacion.coop) u otros espec\u00edficos.<br \/>\nRevista \u00abCooperativas Agro-alimentarias\u00bb, una de las principales herramientas de comunicaci\u00f3n impresa con las cooperativas, con una tirada de 4.000 ejemplares y 4 n\u00fameros anuales.<br \/>\nRedes sociales, con presencia en facebook, twitter (@CoopsAgroES), canal Youtube, plataforma Chil y Blogs para divulgar mensajes estrat\u00e9gicos, sectoriales y novedades relacionadas con la PAC.<br \/>\nBoletines o newsletter, dirigidos a las federaciones, a las cooperativas y sus socios o a otras entidades y agentes del sector agroalimentario.<br \/>\nAdquisici\u00f3n, recopilaci\u00f3n, gesti\u00f3n y divulgaci\u00f3n de la documentaci\u00f3n e informaci\u00f3n de inter\u00e9s para el cooperativismo.<br \/>\nDinamizaci\u00f3n y env\u00edo de informaci\u00f3n a los medios de comunicaci\u00f3n e inserci\u00f3n de art\u00edculos y noticias sobre el cooperativismo en los medios.<br \/>\nDesarrollo y gesti\u00f3n de audiovisuales, publicaciones, soportes de imagen, tecnolog\u00edas de la comunicaci\u00f3n u otros instrumentos de comunicaci\u00f3n que faciliten la comunicaci\u00f3n, divulgaci\u00f3n y promoci\u00f3n.<br \/>\n3.\u2003Planes de asesoramiento sectorial y otras actividades de colaboraci\u00f3n con el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n, para impulsar al sector cooperativo y contribuir a la sostenibilidad del sector agroalimentario espa\u00f1ol.<br \/>\nLas actuaciones previstas en este apartado consistir\u00e1n en el desarrollo de Planes de asesoramiento para algunos de los principales sectores cooperativos agroalimentarios u otras actividades de colaboraci\u00f3n con el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n para promover la mejora de la competitividad de las entidades cooperativas e incluir\u00e1n actividades del tipo que se detallan a continuaci\u00f3n:<br \/>\na)\u2003Actividades para la mejora del acceso, intercambio, divulgaci\u00f3n e interpretaci\u00f3n de la informaci\u00f3n de inter\u00e9s para el sector cooperativo, ya sea proveniente de los mercados, del propio sector, o de las disposiciones normativas o pol\u00edticas de \u00e1mbito nacional, europeo o internacional que las afecte.<br \/>\nb)\u2003Labores de asesoramiento y asistencia t\u00e9cnica a los agentes cooperativos, incluyendo a las Federaciones y Uniones Territoriales de cooperativas que deben servir de apoyo y canal transmisor, en las cuestiones que sean de inter\u00e9s para las cooperativas, para mejorar su capacidad de tomar decisiones, la definici\u00f3n de sus estrategias, posiciones y l\u00edneas de actuaci\u00f3n o el establecimiento de iniciativas de integraci\u00f3n y de buenas pr\u00e1cticas en el sector.<br \/>\nc)\u2003Actividades de dinamizaci\u00f3n del sector cooperativo, participando, promoviendo u organizando encuentros, jornadas, reuniones (ya sean internas o externas) u otras actividades que promuevan su sensibilizaci\u00f3n sobre la necesidad de mejorar su competitividad, su dimensi\u00f3n y vertebraci\u00f3n comercial, y como instrumento para ejecutar las actividades anteriores (informaci\u00f3n y asesoramiento).<br \/>\nd)\u2003Actividades relacionadas con la comunicaci\u00f3n y la coordinaci\u00f3n de las pol\u00edticas entre el sector cooperativo, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n y otras organizaciones o agentes que participen en la cadena alimentaria, incluyendo las interprofesionales.<br \/>\ne)\u2003Todas las actividades anteriores podr\u00e1n conllevar las tareas de elaboraci\u00f3n y divulgaci\u00f3n de documentos t\u00e9cnicos y de estrategia que tengan relevancia para los sectores cooperativos correspondientes.<br \/>\n4.\u2003Atenci\u00f3n de las obligaciones derivadas de la integraci\u00f3n y participaci\u00f3n en el COPA-COGECA y, en particular, en lo que respecta al pago de las cuotas obligatorias.<br \/>\n5.\u2003Realizaci\u00f3n de actividades dirigidas a la formaci\u00f3n, igualdad y rejuvenecimiento de consejos rectores de cooperativas agroalimentarias en materias empresariales para mejorar su profesionalizaci\u00f3n y el ejercicio de sus funciones<br \/>\na)\u2003Trabajos para el dise\u00f1o de formaci\u00f3n com\u00fan para Consejos Rectores de Cooperativas y para el desarrollo de los materiales pedag\u00f3gicos compartidos oportunos. Tambi\u00e9n se podr\u00e1n incluir sesiones de formaci\u00f3n de formadores para la actualizaci\u00f3n de los equipos docentes y consultores, en nuevas metodolog\u00edas o materiales desarrollados y para fomentar el cambio cultural, la profesionalizaci\u00f3n, la integraci\u00f3n empresarial y la competitividad de las cooperativas.<br \/>\nb)\u2003Impartici\u00f3n de actividades formativas espec\u00edficas, que constar\u00e1n de m\u00f3dulos formativos adaptables a las necesidades espec\u00edficas de las cooperativas y otras entidades asociativas de car\u00e1cter agroalimentario, destinatarias de la formaci\u00f3n. Las actividades formativas de consejos rectores de cooperativas agroalimentarias tendr\u00e1n una duraci\u00f3n m\u00ednima de 4 horas, impartidas en una o varias jornadas.<br \/>\nEl detalle de los gastos subvencionables para cada una de las actuaciones se indica a continuaci\u00f3n:<br \/>\nGastos subvencionables Presupuesto m\u00e1ximo 2019<br \/>\n1.\u2003Mejora de la competitividad.<br \/>\n1.1\u2003Dimensi\u00f3n. 1.1\u2003Apoyo a procesos concretos de intercooperaci\u00f3n econ\u00f3mica o estructural. 20.000 \u20ac<br \/>\n1.2\u2003Plan de fomento de la intercooperaci\u00f3n. 12.000 \u20ac<br \/>\n1.3\u2003Desarrollo e implantaci\u00f3n de la Ley 13\/2013, de 2 de agosto. 40.000 \u20ac<br \/>\n1.2\u2003Competitividad. Planes de Fomento de la Competitividad. A.\u2003Diagn\u00f3sticos de competitividad a partir de la Gu\u00eda de Buenas pr\u00e1cticas y Claves generales de competitividad.\/ Cuadros de mando. 2.000 \u20ac<br \/>\nB.\u2003Asesoramiento para la implantaci\u00f3n de planes estrat\u00e9gicos en las cooperativas. 10.000 \u20ac<br \/>\nC.\u2003An\u00e1lisis de viabilidad \/ Planes de negocio \/ de comercializaci\u00f3n\/ de internacionalizaci\u00f3n\/ de innovaci\u00f3n u otros similares. 6.000 \u20ac<br \/>\nD.\u2003Planes de Responsabilidad Social Empresarial.Coop. 5.000 \u20ac<br \/>\nE.\u2003Implantaci\u00f3n de sistema de gesti\u00f3n y est\u00e1ndares de calidad en cooperativas. 5.000 \u20ac<br \/>\nF.\u2003Desarrollo de Auditor\u00edas energ\u00e9ticas. 3.000 \u20ac<br \/>\nG.\u2003Asesoramiento y divulgaci\u00f3n Ley 12\/2013, de 2 de agosto. 350 \u20ac<br \/>\nH.\u2003Implantaci\u00f3n herramienta diagn\u00f3stico sostenibilidad integral de la industria alimentaria (eSIAB). 700 \u20ac<br \/>\nI.\u2003Planes de fomento de la participaci\u00f3n de j\u00f3venes en el sector cooperativo agroalimentario. 8.000 \u20ac<br \/>\nJ.\u2003Medidas de fomento de la igualdad en las cooperativas:<br \/>\nJ.1.\u2003Planes de fomento de la participaci\u00f3n de mujeres en el sector cooperativo agroalimentario.<br \/>\nJ.2.\u2003C\u00f3digo de buenas pr\u00e1cticas en Igualdad. 6.000 \u20ac<br \/>\n4.000 \u20ac<br \/>\nK.\u2003Desarrollo del Plan Estrat\u00e9gico del Cooperativismo Agroalimentario Espa\u00f1ol (PECOOP). 30.000 \u20ac<br \/>\n1.3\u2003Observatorio socioecon\u00f3mico del cooperativismo agroalimentario espa\u00f1ol (OSCAE). 3.1.\u2003Desarrollo de encuesta espec\u00edfica: Directorio anual de cooperativas. 25 euros\/encuesta<br \/>\n3.2.\u2003Coordinaci\u00f3n y explotaci\u00f3n OSCAE. 20 por cien sobre presupuesto Apartado 1 Cl\u00e1usula 2<br \/>\nTotal 1 507.915 \u20ac<br \/>\n2.\u2003Actividades para la mejora de la informaci\u00f3n, comunicaci\u00f3n e imagen, excelencia y promoci\u00f3n del Cooperativismo agroalimentario y de sus productos. 109.584 \u20ac<br \/>\n3.\u2003Planes de asesoramiento sectorial y otras actividades de colaboraci\u00f3n con el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentaci\u00f3n, para impulsar al sector cooperativo y contribuir con ello a la sostenibilidad del sector agroalimentario espa\u00f1ol. 253.706 \u20ac<br \/>\n4.\u2003Atenci\u00f3n de las obligaciones derivadas de la integraci\u00f3n y participaci\u00f3n en el COPA-COGECA y, en particular, en lo que respecta al pago de las cuotas obligatorias. 140.045 \u20ac<br \/>\n5.\u2003Realizaci\u00f3n de actividades dirigidas a la formaci\u00f3n, igualdad y rejuvenecimiento de consejos rectores de cooperativas agroalimentarias en materias empresariales para mejorar su profesionalizaci\u00f3n y el ejercicio de sus funciones. 250.000 \u20ac<br \/>\nTotal 1.261.250 \u20ac<br \/>\nAtendiendo a la naturaleza de las actuaciones, los gastos subvencionables son:<br \/>\na)\u2003Gastos de personal. Gastos salariales del personal directamente implicado en la ejecuci\u00f3n de las actuaciones objeto de este apartado del convenio. El l\u00edmite m\u00e1ximo con car\u00e1cter general aplicable ser\u00e1 de 40 euros\/hora, sin incluir ning\u00fan beneficio empresarial. Los gastos de personal propio y de empresas o entidades vinculadas directamente aplicados a la ejecuci\u00f3n de las actuaciones objeto de estos apartados del convenio, hasta un m\u00e1ximo del 70 por cien del coste anual del trabajador.<br \/>\nb)\u2003Gastos de dietas y locomoci\u00f3n del personal directamente implicado en la ejecuci\u00f3n de las actuaciones objeto de este convenio. El l\u00edmite m\u00e1ximo e estos gastos, ser\u00e1 el previsto en la Orden EHA\/3771\/2005, de 2 de diciembre, que actualiza lo dispuesto en el Real Decreto 462\/2002, de 24 de mayo.<br \/>\nc)\u2003Gastos de contrataci\u00f3n de terceros, de material, de alquiler de espacios o servicios directamente relacionados con la ejecuci\u00f3n de las actuaciones previstas. Estos gastos ser\u00e1n debidamente detallados en el Programa de Actuaciones 2019.<br \/>\nd)\u2003Gastos derivados de la auditor\u00eda de la cuenta justificativa, sin que puedan exceder del 2 por cien de la subvenci\u00f3n justificada.<br \/>\nLas actuaciones podr\u00e1n ser subcontratadas hasta un 80 por cien del importe de la actividad objeto de la subvenci\u00f3n.<br \/>\nEl periodo subvencionable se inicia el d\u00eda 1 de enero de 2019, pudiendo imputarse el gasto hasta el 1 de diciembre de 2019.<br \/>\n2.\u2003Justificaci\u00f3n<br \/>\nEl pago de la subvenci\u00f3n se realizar\u00e1 una vez ejecutadas las actuaciones y una vez presentada cuenta justificativa, previa certificaci\u00f3n de conformidad por el Subdirector General de Fomento Industrial y Asociativo Agroalimentario.<br \/>\nLa justificaci\u00f3n del cumplimiento de sus condiciones y objetivos recogidos en el Programa de Actuaciones 2019, se regir\u00e1 por lo establecido en el art\u00edculo 74 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, con la presentaci\u00f3n de la cuenta justificativa con aportaci\u00f3n de informe auditor, pudiendo presentarse varias cuentas justificativas, una por cada apartado. El auditor de las cuentas podr\u00e1 ser de libre elecci\u00f3n por el beneficiario, incluso diferente al elegido para la auditor\u00eda de las cuentas anuales.<br \/>\nEl auditor, atendiendo a la Orden EHA\/1434\/2007 de 17 de mayo, revisar\u00e1 la cuenta justificativa y comprobar\u00e1 que contiene la informaci\u00f3n detallada anteriormente. As\u00ed mismo, verificar\u00e1 que:<br \/>\nLa informaci\u00f3n contenida en la memoria econ\u00f3mica est\u00e1 soportada por las correspondientes relaciones de gastos e inversiones de la actividad subvencionada.<br \/>\nLa entidad dispone de todos los documentos originales acreditativos de los gastos justificados, debidamente estampillados con indicaci\u00f3n de haber servido de justificante para obtener esta subvenci\u00f3n.<br \/>\nEl informe auditor expresar\u00e1 la cuant\u00eda exacta que de acuerdo con la correspondiente cuenta justificativa corresponde abonar en concepto de subvenci\u00f3n al beneficiario.<br \/>\nLos gastos derivados de la auditor\u00eda de la cuenta justificativa tendr\u00e1n la condici\u00f3n de gastos subvencionables, sin que puedan exceder del 2 por cien de la subvenci\u00f3n justificada.<br \/>\nAsimismo, se podr\u00e1n realizar un m\u00e1ximo de dos pagos fraccionados, que no tendr\u00e1n la consideraci\u00f3n de pagos anticipados, previa solicitud debidamente motivada, hasta el 31 de octubre de 2019, que responder\u00e1n al ritmo de ejecuci\u00f3n de las actuaciones, previa certificaci\u00f3n del Subdirector General de Fomento Industrial y Asociativo Agroalimentario, sin que se pueda exceder del 70 por cien del total de la subvenci\u00f3n, abon\u00e1ndose por cuant\u00eda equivalente a los gastos que el auditor certifique que haya revisado hasta la fecha y verificada su correcta imputaci\u00f3n a las acciones subvencionables.<br \/>\nAntes del 4 de diciembre de 2019, Cooperativas Agro-alimentarias de Espa\u00f1a, U. de Coop. presentar\u00e1 la siguiente documentaci\u00f3n que ser\u00e1 revisada por la Subdirecci\u00f3n General de Fomento Industrial y Asociativo Agroalimentario, dejando constancia de ello para la posterior remisi\u00f3n del expediente a la Intervenci\u00f3n Delegada en el MAPA para su fiscalizaci\u00f3n:<br \/>\na)\u2003Las cuentas justificativas con sus correspondientes memorias de actuaciones y memorias econ\u00f3micas abreviadas y sus informes de auditor.<br \/>\nb)\u2003Documento resumen del conjunto de actuaciones previstas en la cl\u00e1usula segunda del Convenio, con indicaci\u00f3n de actuaciones programadas, niveles de ejecuci\u00f3n, valoraci\u00f3n de resultados y presupuesto ejecutado.<br \/>\nc)\u2003Informe agregado en el que se detallen los gastos de personal justificados para todos los trabajadores de Cooperativas Agro-alimentarias de Espa\u00f1a, U. de Coop. en cada una de las l\u00edneas de trabajo del convenio de colaboraci\u00f3n.<br \/>\nd)\u2003Memoria, cuentas anuales y balance correspondiente al ejercicio anterior.<br \/>\nANEXO XI<br \/>\nSubvenci\u00f3n a la Federaci\u00f3n Espa\u00f1ola de Comunidades de Regantes<br \/>\n1.\u2003Actuaciones subvencionables, gastos, plazo de realizaci\u00f3n y, en su caso, requisitos espec\u00edficos.<br \/>\nSon actuaciones subvencionables las de formaci\u00f3n, asesoramiento y apoyo.<br \/>\nLos gastos subvencionables son:<br \/>\nPara formaci\u00f3n:<br \/>\na)\u2003Realizaci\u00f3n de cursos para atender a las Comunidades de Regantes y a los regantes de base en sus necesidades actuales y futuras en relaci\u00f3n con el manejo de las nuevas t\u00e9cnicas de regad\u00edo y las nuevas tecnolog\u00edas inform\u00e1ticas: gesti\u00f3n eficaz del agua y la energ\u00eda, c\u00f3digo de buen gobierno, reducci\u00f3n de la contaminaci\u00f3n difusa, control de par\u00e1metros medioambientales en agua y suelo, manejo de programas de gesti\u00f3n para Comunidades de Regantes, la implantaci\u00f3n de la Administraci\u00f3n Electr\u00f3nica, etc.<br \/>\nb)\u2003Realizaci\u00f3n de jornadas en diferentes ciudades para favorecer la formaci\u00f3n y la informaci\u00f3n de los regantes sobre temas de inter\u00e9s relacionados con el agua y la energ\u00eda en el regad\u00edo.<br \/>\nc)\u2003Los gastos derivados de desplazamientos (viajes, alojamientos, manutenci\u00f3n, etc.) se ajustar\u00e1n a los l\u00edmites establecidos en el Real Decreto 462\/2002, de 24 de mayo.<br \/>\nHonorarios ponentes. 1.000 \u20ac<br \/>\nDesplazamiento y alojamiento ponentes. 1.000 \u20ac<br \/>\nJornada T\u00e9cnica anual. 1.000 \u20ac<br \/>\nTotal. 3.000 \u20ac<br \/>\nPara asesoramiento:<br \/>\na)\u2003Env\u00edo de circulares sobre legislaci\u00f3n, jurisprudencia de aguas, noticias y novedades del mundo del agua, publicaciones, etc.<br \/>\nb)\u2003Asesoramiento legal y administrativo a las Comunidades de Regantes, mediante un licenciado en Derecho y un administrativo que adem\u00e1s de resolver las cuestiones que se plantean desde las Comunidades de Regantes, sirven de enlace tanto entre \u00e9stas y FENACORE como entre \u00e9stas y la Administraci\u00f3n.<br \/>\nc)\u2003Asesoramiento t\u00e9cnico a las Comunidades de Regantes, mediante un Ingeniero Agr\u00f3nomo, sobre manejo de las nuevas tecnolog\u00edas de regad\u00edo, eficiencia energ\u00e9tica, etc.<br \/>\nd)\u2003Edici\u00f3n de diferentes publicaciones y, especialmente, del Bolet\u00edn Intercuencas, que trimestralmente se remite con informaci\u00f3n de actualidad.<br \/>\nSalarios y seguros sociales. 30.000 \u20ac<br \/>\nTelefon\u00eda. 2.000 \u20ac<br \/>\nEnerg\u00eda el\u00e9ctrica. 1.500 \u20ac<br \/>\nCopister\u00eda. 3.000 \u20ac<br \/>\nFranqueo correos. 2.500 \u20ac<br \/>\nImprenta. 4.000 \u20ac<br \/>\nConsumibles. 1.000 \u20ac<br \/>\nTotal. 44.000 \u20ac<br \/>\nPara apoyo:<br \/>\na)\u2003Presencia ante la opini\u00f3n p\u00fablica del sector \u00abregad\u00edos\u00bb y su problem\u00e1tica. Para ello, existe un gabinete de comunicaci\u00f3n, con un equipo formado por una directora, una ejecutiva y un community manager, que se ocupa de las relaciones con los medios de comunicaci\u00f3n y las redes sociales. FENACORE pone a disposici\u00f3n del Ministerio estos mismos medios para la difusi\u00f3n de sus planes, iniciativas y propuestas. El gabinete de comunicaci\u00f3n gestiona las notas de prensa, convocatorias a los medios, declaraciones en prensa y radio, participaci\u00f3n en debates, newsletter, redes sociales, etc. El importe que se abona al gabinete de comunicaci\u00f3n es una cantidad fija mensual que cubre sus servicios y todos los gastos que puedan derivarse por estas actividades.<br \/>\nb)\u2003Elaboraci\u00f3n de estudios e informes t\u00e9cnicos y jur\u00eddicos sobre la problem\u00e1tica del agua para riego, que se trasladan al Ministerio con el objetivo de que sirvan de apoyo para la mejor defensa del regad\u00edo en su conjunto.<br \/>\nc)\u2003Participaci\u00f3n de la EIC en el Grupo de Coordinaci\u00f3n Estrat\u00e9gica de la Comisi\u00f3n Europea as\u00ed como en diferentes Grupos de Trabajo. FENACORE es la \u00fanica representaci\u00f3n espa\u00f1ola en el SCG, en Bruselas, a trav\u00e9s de la Euromediterranean Irrigators Community (EIC), cuya Presidencia y Secretar\u00eda General ostenta FENACORE.<br \/>\nd)\u2003Mantenimiento de relaciones institucionales con diversos organismos internacionales como Foro Mundial del Agua, FAO, Global Water Partnership (GWP), Institut Mediterran\u00e9en de l\u2019EAU (IME), European Union Water Management Association (EUWMA), Red Mediterr\u00e1nea de Organismos de Cuenca (REMOC), etc.<br \/>\ne)\u2003Participaci\u00f3n en la Asociaci\u00f3n IRRIGANTS D\u2019EUROPE para mejorar el di\u00e1logo con las Instituciones Europeas y asegurar una estrategia orientada al incremento del regad\u00edo, que permita una evoluci\u00f3n de la actividad, basada en la gesti\u00f3n sostenible y la promoci\u00f3n y competitividad del sector del regad\u00edo.<br \/>\nf)\u2003Divulgaci\u00f3n de la experiencia espa\u00f1ola en gesti\u00f3n eficiente del agua, mediante la realizaci\u00f3n de viajes t\u00e9cnicos a otros pa\u00edses para mantener encuentros con la Administraci\u00f3n y los usuarios, establecer convenio de cooperaci\u00f3n, etc.<br \/>\ng)\u2003Los gastos derivados de desplazamientos (viajes, alojamientos, manutenci\u00f3n, etc.) se ajustar\u00e1n a los l\u00edmites establecidos en el Real Decreto 462\/2002, de 24 de mayo.<br \/>\nGabinete de comunicaci\u00f3n 32.000 \u20ac<br \/>\nInformes y estudios 12.000 \u20ac<br \/>\nPublicaci\u00f3n Informe Univ. C\u00f3rdoba 3.000 \u20ac<br \/>\nDesplazamiento y alojamiento internacional 1.000 \u20ac<br \/>\nViaje T\u00e9cnico al extranjero 5.000 \u20ac<br \/>\nTotal 53.000 \u20ac<br \/>\nEl plazo para la realizaci\u00f3n de las actuaciones finalizar\u00e1 el d\u00eda 11 de noviembre de 2019.<br \/>\nSe deber\u00e1 disponer de cuantos recursos t\u00e9cnicos, materiales y humanos sean necesarios para la completa realizaci\u00f3n de las actividades previstas y para la consecuci\u00f3n de los objetivos que se persiguen.<br \/>\n2. Justificaci\u00f3n<br \/>\nLa justificaci\u00f3n de la ejecuci\u00f3n de las actividades previstas se realizar\u00e1 mediante cuenta justificativa que contendr\u00e1, con car\u00e1cter general, la siguiente documentaci\u00f3n:<br \/>\na)\u2003Una memoria de actuaci\u00f3n justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesi\u00f3n de la subvenci\u00f3n, con indicaci\u00f3n de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.<br \/>\nb)\u2003Una memoria econ\u00f3mica justificativa del coste de las actividades realizadas, en los t\u00e9rminos establecidos en el art\u00edculo 72 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones.<br \/>\nEstos documentos se acompa\u00f1ar\u00e1n de un certificado expedido por la persona con poderes suficientes en la Federaci\u00f3n, en el que se exprese que los gastos que se justifican est\u00e1n afectos a la ejecuci\u00f3n de las actuaciones previstas, incluidos los gastos financieros contemplados en el art\u00edculo 31.7 de la precitada Ley.<br \/>\nLa justificaci\u00f3n de los trabajos podr\u00e1 presentarse hasta el 18 de noviembre de 2019.<br \/>\nANEXO XII<br \/>\nSubvenci\u00f3n a la Red Estatal de Desarrollo Rural<br \/>\n1.\u2003Actuaciones subvencionables, gastos, plazo de realizaci\u00f3n y, en su caso, requisitos espec\u00edficos<br \/>\nSon actuaciones subvencionables las siguientes:<br \/>\na)\u2003Asistencia t\u00e9cnica, elaboraci\u00f3n de documentos y asesoramiento siempre que est\u00e9n directamente relacionados con la actividad subvencionada y sean indispensables para la adecuada preparaci\u00f3n o ejecuci\u00f3n de la misma.<br \/>\nb)\u2003Interlocuci\u00f3n, animaci\u00f3n y dinamizaci\u00f3n de la Red Estatal de Desarrollo Rural.<br \/>\nc)\u2003Mantenimiento y gesti\u00f3n de la red telem\u00e1tica para el intercambio de informaci\u00f3n con los Grupos de Acci\u00f3n Local asociados y la Red Rural Nacional.<br \/>\nd)\u2003Organizaci\u00f3n de reuniones, conferencias y seminarios, que est\u00e9n relacionados con las actividades objeto de subvenci\u00f3n y objetivos de la Red Rural Nacional y de los Grupos de Acci\u00f3n Local.<br \/>\ne)\u2003Realizaci\u00f3n de estudios y publicaciones innovadoras sobre desarrollo rural con enfoque territorial.<br \/>\nf)\u2003Servicios de comunicaci\u00f3n, para el intercambio de informaci\u00f3n con los Grupos de Acci\u00f3n Local asociados y la Red Rural Nacional<br \/>\ng)\u2003Ejemplos de Buenas Pr\u00e1cticas de la metodolog\u00eda LEADER<br \/>\nLos gastos subvencionables son:<br \/>\na)\u2003Gastos de personal: Los costes del personal permanente t\u00e9cnico o administrativo dedicado a las actividades objeto del convenio, as\u00ed como del personal contratado temporalmente, no superar\u00e1n, en ning\u00fan caso, las retribuciones vigentes para los empleados p\u00fablicos en 2019. Como gastos de personal s\u00f3lo se admitir\u00e1n los costes salariales de la n\u00f3mina y de Seguridad Social empresarial.<br \/>\nb)\u2003Gastos de locomoci\u00f3n y dietas: Los gastos de locomoci\u00f3n y dietas que se imputen para la justificaci\u00f3n de la dotaci\u00f3n de la subvenci\u00f3n se ajustar\u00e1n a las limitaciones establecidas en el Real Decreto 462\/2002, de 24 de mayo, y la Orden EHA\/3770\/2005 de 1 de diciembre, por la que se revisa el importe de indemnizaci\u00f3n por uso de veh\u00edculo particular establecida en el Real Decreto 462\/2002, de 24 de mayo.<br \/>\nc)\u2003Gastos de estudios y trabajos t\u00e9cnicos: El l\u00edmite de gasto para asesor\u00edas t\u00e9cnicas, jur\u00eddicas y fiscales se fijar\u00e1 de acuerdo con los honorarios establecidos por los Colegios Oficiales o en su defecto por los precios de mercado en ese \u00e1mbito, y se atendr\u00e1n en todo a lo dispuesto en el art\u00edculo 7 de la Ley 38\/2003, de 17 de noviembre.<br \/>\nd)\u2003Gastos de ponentes: El l\u00edmite de gasto de coordinadores, ponentes y expertos, se atendr\u00e1 a lo establecido en la Resoluci\u00f3n de la Subsecretar\u00eda del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino de 1 de abril de 2009, en esta materia.<br \/>\ne)\u2003Gastos Generales: Ser\u00e1n subvencionables los gastos generales y de funcionamiento por un importe m\u00e1ximo del 10 por cien del presupuesto total: gastos de luz, agua, calefacci\u00f3n, correo, tel\u00e9fono, Internet y fax, limpieza de locales, alquileres de oficinas, fotocopias, material de oficina y material fungible ordenadores.<br \/>\nLas actividades subvencionables se llevar\u00e1n a cabo desde la aprobaci\u00f3n del real decreto hasta la fecha de justificaci\u00f3n, el 15 de noviembre de 2019.<br \/>\nSe deber\u00e1n cumplir, en todas las actividades, las normas establecidas en materia de informaci\u00f3n y publicidad detalladas en el anexo III del Reglamento de Ejecuci\u00f3n (UE) n.\u00ba 808\/2014, de la Comisi\u00f3n, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicaci\u00f3n del Reglamento (UE) n.\u00ba 1305\/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la ayuda al desarrollo rural a trav\u00e9s del Fondo Europeo Agr\u00edcola de Desarrollo Rural (FEADER).<br \/>\n2.\u2003Justificaci\u00f3n<br \/>\nPara dar cumplimiento a los requisitos y plazos de justificaci\u00f3n de pagos al FEADER, la justificaci\u00f3n de la dotaci\u00f3n de la subvenci\u00f3n se realizar\u00e1 mediante la presentaci\u00f3n de una Cuenta justificativa con aportaci\u00f3n de documentos de gasto, de acuerdo con lo establecido en los art\u00edculos 72 y 73 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, y que tendr\u00e1 como plazo m\u00e1ximo el 15 de noviembre de 2018.<br \/>\nANEXO XIII<br \/>\nSubvenci\u00f3n a la Red Espa\u00f1ola de Desarrollo Rural<br \/>\n1.\u2003Actuaciones subvencionables, gastos, plazo de realizaci\u00f3n y, en su caso, requisitos espec\u00edficos<br \/>\nSon actuaciones subvencionables las siguientes:<br \/>\na)\u2003Asistencia t\u00e9cnica, elaboraci\u00f3n de documentos y asesoramiento, siempre que est\u00e9n directamente relacionados con la actividad subvencionada y sean indispensables para la adecuada preparaci\u00f3n o ejecuci\u00f3n de la misma.<br \/>\nb)\u2003Interlocuci\u00f3n de la REDR ante instituciones p\u00fablicas y privadas nacionales e internacionales en materia de desarrollo rural. Elaboraci\u00f3n de documentos t\u00e9cnicos para la interlocuci\u00f3n y posicionamiento de la REDR.<br \/>\nc)\u2003Servicios de comunicaci\u00f3n, mantenimiento y gesti\u00f3n de la red telem\u00e1tica para el intercambio de informaci\u00f3n con los Grupos de Acci\u00f3n Local asociados y la Red Rural Nacional.<br \/>\nd)\u2003Organizaci\u00f3n de reuniones, conferencias y seminarios, que est\u00e9n relacionados con las actividades objeto de subvenci\u00f3n y objetivos de la Red Rural Nacional y de los Grupos de Acci\u00f3n Local (GAL).<br \/>\ne)\u2003Realizaci\u00f3n de estudios y publicaciones<br \/>\nf)\u2003Ejemplos de Buenas Pr\u00e1cticas de la metodolog\u00eda LEADER.<br \/>\nLos gastos subvencionables son:<br \/>\na)\u2003Gastos de personal: Los costes del personal permanente t\u00e9cnico o administrativo dedicado a las actividades objeto del convenio, as\u00ed como del personal contratado temporalmente, no superar\u00e1n, en ning\u00fan caso, las retribuciones vigentes para los empleados p\u00fablicos en 2019. Como gastos de personal solo se admitir\u00e1n los costes salariales de la n\u00f3mina y de Seguridad Social empresarial.<br \/>\nb)\u2003Gastos de locomoci\u00f3n y dietas: Los gastos de locomoci\u00f3n y dietas que se imputen para la justificaci\u00f3n de la dotaci\u00f3n de la subvenci\u00f3n se ajustar\u00e1n a las limitaciones establecidas en el Real Decreto 462\/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por raz\u00f3n del servicio, y la Orden EHA\/3770\/2005 de 1 de diciembre, por la que se revisa el importe de indemnizaci\u00f3n por uso de veh\u00edculo particular establecida en el Real Decreto 462\/2002, de 24 de mayo.<br \/>\nc)\u2003Gastos de estudios y trabajos t\u00e9cnicos: El l\u00edmite de gasto para asesor\u00edas t\u00e9cnicas, jur\u00eddicas y fiscales se fijar\u00e1 de acuerdo con los honorarios establecidos por los Colegios Oficiales o en su defecto por los precios de mercado en ese \u00e1mbito, y se atendr\u00e1n en todo a lo dispuesto en el art\u00edculo 7 de la Ley 38\/2003, de 17 de noviembre.<br \/>\nd)\u2003Gastos de ponentes: El l\u00edmite de gasto de coordinadores, ponentes y expertos, se atendr\u00e1 a lo establecido en la Resoluci\u00f3n de la Subsecretar\u00eda del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino de 1 de abril de 2009, en esta materia.<br \/>\ne)\u2003Gastos Generales: Ser\u00e1n subvencionables los gastos generales y de funcionamiento por un importe m\u00e1ximo del 10 por cien del presupuesto total: gastos de luz, agua, calefacci\u00f3n, correo, tel\u00e9fono, Internet y fax, limpieza de locales, alquileres de oficinas, fotocopias, material de oficina y material fungible ordenadores.<br \/>\nLas actividades subvencionables se llevar\u00e1n a cabo desde la aprobaci\u00f3n del real decreto hasta la fecha de justificaci\u00f3n, el 15 de noviembre de 2019. No procede que se ponga entre par\u00e9ntesis<br \/>\nSe deber\u00e1n cumplir, en todas las actividades, las normas establecidas en materia de informaci\u00f3n y publicidad detalladas en el anexo III del Reglamento de Ejecuci\u00f3n (UE) n.\u00ba 808\/2014, de la Comisi\u00f3n, de 17 de julio de 2014.<br \/>\n2.\u2003Justificaci\u00f3n<br \/>\nPara dar cumplimiento a los requisitos y plazos de justificaci\u00f3n de pagos al FEADER, la justificaci\u00f3n de la dotaci\u00f3n de la subvenci\u00f3n se realizar\u00e1 mediante la presentaci\u00f3n de una cuenta justificativa con aportaci\u00f3n de documentos de gasto, de acuerdo con lo establecido en los art\u00edculos 72 y 73 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, y que tendr\u00e1 como plazo m\u00e1ximo el 15 de noviembre de 2019.<br \/>\nANEXO XIV<br \/>\nSubvenci\u00f3n a la Fundaci\u00f3n Biodiversidad<br \/>\n1.\u2003Actuaciones subvencionables, gastos, plazo de realizaci\u00f3n y, en su caso, requisitos espec\u00edficos<br \/>\nLas actuaciones deben mejorar el conocimiento del sector acu\u00edcola, facilitando, entre otros aspectos, una mejor valoraci\u00f3n de la acuicultura y una mayor sensibilizaci\u00f3n acerca de su potencial e importancia. Asimismo, liderar\u00e1 la puesta en marcha e implantaci\u00f3n de acciones incluidas en el Plan Estrat\u00e9gico Plurianual de la Acuicultura Espa\u00f1ola, 2014-2020, dentro de l\u00edneas estrat\u00e9gicas como el refuerzo de los aspectos ambientales de la actividad acu\u00edcola en Espa\u00f1a, prestando especial atenci\u00f3n a las actividades que se desarrollan en la Red Natura 2000, el refuerzo de la competitividad del sector a trav\u00e9s de la I+D+i, apoyo y visibilidad de herramientas formativas disponibles y la puesta en valor de los atributos de la actividad acu\u00edcola y sus productos a trav\u00e9s de la comunicaci\u00f3n y la imagen.<br \/>\nLas acciones concretas a realizar ser\u00e1n, entre otras, acciones de comunicaci\u00f3n y visibilidad, actuaciones que fomenten la innovaci\u00f3n medioambiental, la puesta en marcha de asesoramientos ambientales, la formaci\u00f3n y la potenciaci\u00f3n del trabajo en Red. Igualmente, seguir\u00e1 siendo una plataforma de encuentro, an\u00e1lisis y debate interdisciplinar e intersectorial en la que participen las comunidades cient\u00edficas, tecnol\u00f3gicas e industriales del sector de la acuicultura en Espa\u00f1a, a trav\u00e9s principalmente de la actualizaci\u00f3n peri\u00f3dica la p\u00e1gina web de OESA y la actualizaci\u00f3n y mantenimiento de sus bases de datos.<br \/>\nEspecial relevancia tendr\u00e1n aquellas actuaciones encaminadas al mantenimiento de las actividades y proyectos que ven\u00edan desarroll\u00e1ndose a trav\u00e9s de la Fundaci\u00f3n OESA, especialmente aquellas relacionadas con el Plan Estrat\u00e9gico Plurianual de la Acuicultura espa\u00f1ola 2014-2020, con el objetivo de facilitar el cumplimiento de los compromisos a nivel europeo existentes en la actualidad.<br \/>\nLos gastos subvencionables ser\u00e1n aqu\u00e9llos que resulten de las actividades encaminadas a la consecuci\u00f3n de los objetivos mencionados.<br \/>\nLa duraci\u00f3n de la realizaci\u00f3n de las actuaciones subvencionables no exceder\u00e1 del 31 de diciembre de 2019.<br \/>\nEl abono de la subvenci\u00f3n se llevar\u00e1 a cabo de manera anticipada a su justificaci\u00f3n.<br \/>\n2.\u2003Justificaci\u00f3n<br \/>\nA efectos de garantizar el ajuste de la subvenci\u00f3n a su objeto se establece una comisi\u00f3n de seguimiento, que se constituir\u00eda de forma paritaria por ambas partes y que ser\u00e1 presidida por el Director General de Ordenaci\u00f3n Pesquera y Acuicultura o persona en quien delegue. La citada Comisi\u00f3n deber\u00e1 velar por realizar un seguimiento del cumplimiento de las actividades que se hayan subvencionado y que deber\u00e1n estar orientadas a las del objeto de la subvenci\u00f3n.<br \/>\nPara la evaluaci\u00f3n y seguimiento de la realizaci\u00f3n de los trabajos subvencionados, la labor de comprobaci\u00f3n recaer\u00e1 en la Direcci\u00f3n General de Ordenaci\u00f3n Pesquera y Acuicultura sobre el desarrollo y adecuaci\u00f3n a los fines previstos en el objeto de la subvenci\u00f3n mediante la entrega, por parte de la Fundaci\u00f3n Biodiversidad, de:<br \/>\na)\u2003Un informe en el que se describan las actividades realizadas con cargo a la aportaci\u00f3n percibida con el detalle de las actuaciones realizadas, as\u00ed como un apartado espec\u00edfico de \u00edndole econ\u00f3mico como justificaci\u00f3n de la acciones realizadas.<br \/>\nb)\u2003Relaci\u00f3n detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicaci\u00f3n de importe y su procedencia.<br \/>\nc)\u2003Carta de pago, en su caso, del reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados e intereses de los mismos.<br \/>\nd)\u2003Certificado emitido por la Directora de la FB.<br \/>\nLa Direcci\u00f3n General de Ordenaci\u00f3n Pesquera y Acuicultura tendr\u00e1 facultad para solicitar toda aquella documentaci\u00f3n adicional y aclaraciones que considere pertinentes, debiendo la Fundaci\u00f3n Biodiversidad facilitar esta labor en todo momento. La presentaci\u00f3n de esta documentaci\u00f3n tendr\u00e1 por objeto la comprobaci\u00f3n de la realizaci\u00f3n de las actividades subvencionadas y sus contenidos<br \/>\nEl plazo para la presentaci\u00f3n de la justificaci\u00f3n ser\u00e1 de un mes desde el cierre del ejercicio contable al que se refieran y en el que se hayan producido las actividades subvencionadas.<br \/>\nANEXO XV<br \/>\nSubvenci\u00f3n a la Fundaci\u00f3n AZTI-TECNALIA<br \/>\n1.\u2003Actuaciones subvencionables, gastos, plazo de realizaci\u00f3n y, en su caso, requisitos espec\u00edficos<br \/>\nLas actividades deben promover la investigaci\u00f3n oceanogr\u00e1fica, pesquera y acu\u00edcola, especialmente aquellas actividades dirigidas a la aplicaci\u00f3n de las medidas t\u00e9cnicas y cient\u00edficas de la Pol\u00edtica Pesquera com\u00fan, actuando asimismo en la dimensi\u00f3n de protecci\u00f3n medioambiental de la actividad pesquera, entre ellas las que contribuyan a desarrollar m\u00e9todos de pesca que minimicen el impacto en el medio ambiente, as\u00ed como el estudio de actividades cuyo objetivo sea lograr incrementar el conocimiento del medio marino, priorizando:<br \/>\na)\u2003Las que supongan un avance en la investigaci\u00f3n del impacto social y econ\u00f3mico de la obligaci\u00f3n de desembarque sobre las distintas flotas,<br \/>\nb)\u2003Las que aumenten la informaci\u00f3n sobre distintos stocks pobres en datos para facilitar los trabajos de evaluaci\u00f3n cient\u00edfica y las correspondientes tomas de decisiones en materia de gesti\u00f3n pesquera.<br \/>\nEstas actividades supondr\u00e1n la toma de datos sobre el terreno incluyendo la realizaci\u00f3n de campa\u00f1as de investigaci\u00f3n en mar a bordo de buques comerciales o de investigaci\u00f3n oceanogr\u00e1fica, adem\u00e1s de los correspondientes an\u00e1lisis en laboratorio y tratamiento de datos obtenidos.<br \/>\nLos gastos subvencionables ser\u00e1n aqu\u00e9llos que resulten de la actividad investigadora normal para la consecuci\u00f3n de los objetivos mencionados, incluyendo gastos por compra de instrumental o material inventariarle.<br \/>\nLa duraci\u00f3n ser\u00e1 la necesaria para la correcta realizaci\u00f3n de las acciones subvencionadas, comenzando desde la aprobaci\u00f3n del real decreto y no excediendo del 30 de noviembre de 2019.<br \/>\nEl pago se realizar\u00e1 tras la justificaci\u00f3n de las acciones objeto de la subvenci\u00f3n.<br \/>\nAsimismo, el solicitante presentar\u00e1 una declaraci\u00f3n responsable, en el plazo m\u00e1ximo de 15 d\u00edas desde la entrada en vigor de este real decreto, referida a todas las dem\u00e1s las ayudas de minimis obtenidas durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso que est\u00e9n sujetas al Reglamento (UE) n.\u00ba 1407\/2013 de la Comisi\u00f3n de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicaci\u00f3n de los art\u00edculos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Uni\u00f3n Europea a las ayudas de minimis o a otros reglamentos de minimis, sin que el importe final de la subvenci\u00f3n pueda superar los l\u00edmites previstos en dicho reglamento.<br \/>\n2.\u2002Justificaci\u00f3n<br \/>\nA efectos de garantizar el ajuste de la subvenci\u00f3n al objeto de la misma, se establece una comisi\u00f3n de seguimiento que se constituir\u00eda de forma paritaria por ambas partes y que ser\u00e1 presidida por la Directora General de Recursos Pesqueros o persona en quien delegue. La citada Comisi\u00f3n deber\u00e1 velar por realizar un seguimiento del cumplimiento de las actividades que se hayan subvencionado y que deben estar orientadas a las del objeto de la subvenci\u00f3n.<br \/>\nPara la evaluaci\u00f3n y seguimiento de la realizaci\u00f3n de los trabajos subvencionados, la labor de comprobaci\u00f3n recaer\u00e1 en la Direcci\u00f3n General de Recursos Pesqueros sobre el desarrollo y adecuaci\u00f3n a los fines previstos en el objeto de la subvenci\u00f3n, mediante la contrataci\u00f3n de una memoria detallada de actividades e informes elaborados por la Fundaci\u00f3n AZTI.<br \/>\nLa Direcci\u00f3n General de Recursos Pesqueros tendr\u00e1 facultad para solicitar toda aquella documentaci\u00f3n adicional o aclaraciones que considere pertinentes, debiendo la fundaci\u00f3n AZTI facilitar esta labor en todo momento.<br \/>\nAsimismo y en relaci\u00f3n con la justificaci\u00f3n econ\u00f3mica, la Fundaci\u00f3n AZTI presentar\u00e1 a la Direcci\u00f3n General de Recursos pesqueros los documentos tras la realizaci\u00f3n de todos los trabajos que se aborden. El contenido de dichos informes deber\u00e1 ser como m\u00ednimo una memoria de actuaci\u00f3n justificativa de la acci\u00f3n realizada, con indicaci\u00f3n de todas las actividades que formen parte de la misma y de los resultados obtenidos. La presentaci\u00f3n de estos informes tendr\u00e1 por objeto la comprobaci\u00f3n de la realizaci\u00f3n de las actividades subvencionadas y sus contenidos. Asimismo ser\u00e1 preciso presentar una memoria econ\u00f3mica justificativa del coste de todas las actividades realizadas en los t\u00e9rminos previstos en el art\u00edculo 72 del RLGS.<br \/>\nEl plazo para la justificaci\u00f3n concluir\u00e1 el 30 de noviembre de 2019.<br \/>\nANEXO XVI<br \/>\nSubvenci\u00f3n al Centro de Estudios e Investigaci\u00f3n para la Gesti\u00f3n de Riesgos Agrarios y Medioambientales (CEIGRAM)<br \/>\n1.\u2003Actuaciones subvencionables, gastos, plazo de realizaci\u00f3n y, en su caso, requisitos espec\u00edficos<br \/>\nSon actuaciones subvencionables las siguientes:<br \/>\na)\u2003Gastos de funcionamiento y mantenimiento del Centro.<br \/>\nb)\u2003Impartici\u00f3n de seminarios y cursos relacionados con los riesgos agrarios y medioambientales.<br \/>\nc)\u2003Apoyo a acciones de divulgaci\u00f3n y comunicaci\u00f3n de actividades en materia de riesgos agrarios y medio ambientales.<br \/>\nd)\u2003Gastos de viajes relacionados con la colaboraci\u00f3n del Centro en el \u00e1mbito internacional, en materia de riesgos agrarios y medioambientales. Los gastos de desplazamiento, manutenci\u00f3n y alojamiento s\u00f3lo ser\u00e1n subvencionables hasta los importes previstos para el grupo 2 en el Real Decreto 462\/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por raz\u00f3n de servicio.<br \/>\nLos gastos subvencionables son todos aquellos relacionados directamente con la ejecuci\u00f3n de las actuaciones anteriores.<br \/>\nEl plazo para la realizaci\u00f3n de las actuaciones comenzar\u00e1 el 1 de enero de 2019 y finalizar\u00e1 el 31 de diciembre de 2019.<br \/>\nSe deber\u00e1 cumplir con los objetivos para los que se ha creado el Centro de Estudios e Investigaci\u00f3n para la Gesti\u00f3n de Riesgos Agrarios y Medioambientales.<br \/>\n2.\u2003Justificaci\u00f3n<br \/>\nLos documentos que habr\u00e1n de presentarse son: memoria justificativa del cumplimiento de las obligaciones correspondientes a las actuaciones subvencionables, facturas, justificantes de pago y previsi\u00f3n de los gastos de las actuaciones a realizar entre el 1 y el 31 de diciembre de 2019.<br \/>\nEl plazo de presentaci\u00f3n de la justificaci\u00f3n ser\u00e1 hasta el 5 de diciembre de 2019 para los gastos ejecutados hasta el 30 de noviembre de 2019, y hasta el 31 de enero de 2020 para los gastos derivados de las actuaciones realizadas entre el 1 y el 31 de diciembre de 2019.<br \/>\nEl pago se realizar\u00e1 a lo largo del mes de diciembre de 2019 y contemplar\u00e1 el importe de gastos realizados y justificados hasta el 30 de noviembre de 2019, as\u00ed como el correspondiente al gasto previsto por las actuaciones entre el 1 y el 31 de diciembre de 2019.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Real Decreto 307\/2019, de 26 de abril, por el que se regula la concesi\u00f3n directa de diversas subvenciones en materia agroalimentaria y pesquera.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[2814,4,2812,2815],"tags":[207],"class_list":["post-13867","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-contratacion","category-novedades-normativas","category-presupuestos","category-retribuciones-personal-publico","tag-subvenciones"],"acf":[],"yoast_head":"<!-- This site is optimized with the Yoast SEO plugin v28.6 - 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