{"id":14019,"date":"2020-12-23T12:50:41","date_gmt":"2020-12-23T12:50:41","guid":{"rendered":"https:\/\/normativamunicipal.com\/uncategorized\/infancia-y-adolescencia-en-andalucia\/"},"modified":"2020-12-24T11:26:01","modified_gmt":"2020-12-24T11:26:01","slug":"infancia-y-adolescencia-en-andalucia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=14019","title":{"rendered":"Infancia y adolescencia en ANDALUCIA"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Orden de 30 de julio de 2019, por la que se aprueba y publica el instrumento para la valoraci\u00f3n de la gravedad de las situaciones de riesgo, desprotecci\u00f3n y desamparo de la infancia y adolescencia en Andaluc\u00eda<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><!--more-->[sc name=\u00bbSeguridad P\u00fablica\u00bb ]<br \/>\nLa Ley Org\u00e1nica 1\/1996, de 15 de enero, de Protecci\u00f3n Jur\u00eddica del Menor, de modificaci\u00f3n parcial del C\u00f3digo Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en la redacci\u00f3n dada por la Ley 26\/2015, de 28 de julio, de modificaci\u00f3n del sistema de protecci\u00f3n a la infancia y a la adolescencia, establece en su art\u00edculo 12.1. que \u00abla protecci\u00f3n de los menores por los poderes p\u00fablicos se realizar\u00e1 mediante la prevenci\u00f3n, detecci\u00f3n y reparaci\u00f3n de situaciones de riesgo, con el establecimiento de los servicios y recursos adecuados para tal fin, el ejercicio de la guarda y, en los casos de declaraci\u00f3n de desamparo, la asunci\u00f3n de la tutela por ministerio de la ley\u00bb.<br \/>\nDesde la perspectiva auton\u00f3mica andaluza, la Ley 1\/1998, de 20 de abril, de los Derechos y Atenci\u00f3n al Menor, establece en su art\u00edculo 18.1 que las Entidades Locales de Andaluc\u00eda son competentes para \u00abla detecci\u00f3n de menores en situaci\u00f3n de desprotecci\u00f3n y la intervenci\u00f3n en los casos que requieran actuaciones en el propio medio. Igualmente, son competentes para apreciar, intervenir y aplicar las medidas oportunas en las situaciones de riesgo\u00bb. Asimismo, dispone en su art\u00edculo 18.2, que la Administraci\u00f3n de la Junta de Andaluc\u00eda es competente para el ejercicio de las funciones de protecci\u00f3n de menores que implican separaci\u00f3n del menor de su medio familiar. Esta ley define las situaciones de riesgo en su art\u00edculo 22.1, como aqu\u00e9llas en las que existan carencias o dificultades en la atenci\u00f3n de las necesidades b\u00e1sicas que los menores precisan para su correcto desarrollo f\u00edsico, ps\u00edquico y social, y que no requieren su separaci\u00f3n del medio familiar. Asimismo, las situaciones de desamparo vienen definidas en el art\u00edculo 23.1 de la Ley, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 172.1 del C\u00f3digo Civil, que considera como situaci\u00f3n de desamparo la que se produce de hecho a causa del incumplimiento o del imposible o inadecuado ejercicio de los deberes de protecci\u00f3n establecidos por las leyes para la guarda de los menores, cuando \u00e9stos queden privados de la necesaria asistencia moral o material.<br \/>\nEn este contexto normativo, el Decreto 210\/2018, de 20 de noviembre, que regula el procedimiento de actuaci\u00f3n ante situaciones de riesgo y desamparo de la infancia y adolescencia en Andaluc\u00eda (SIMIA), establece en su art\u00edculo 6.1 que, durante el proceso de intervenci\u00f3n, los Servicios Sociales de las Entidades Locales, as\u00ed como los Servicios con competencias en protecci\u00f3n de menores de la Administraci\u00f3n Auton\u00f3mica, aplicar\u00e1n, sin perjuicio del uso de otros instrumentos que se estimen necesarios, el instrumento para la valoraci\u00f3n de la gravedad de las situaciones de riesgo, desprotecci\u00f3n y desamparo de la infancia y adolescencia en Andaluc\u00eda (VAL\u00d3RAME).<br \/>\nEl instrumento que se aprueba con la presente orden ha sido dise\u00f1ado para facilitar la ejecuci\u00f3n de las competencias establecidas en los arts. 18, 22 y 23 de la Ley 1\/1998, de 20 de abril, aportando criterios para la valoraci\u00f3n de la existencia y la gravedad de las situaciones de riesgo y desamparo producidas en el seno familiar, as\u00ed como para las correspondientes tomas de decisi\u00f3n. Persigue adem\u00e1s agilizar el proceso de intervenci\u00f3n y promover una mejor coordinaci\u00f3n entre la Administraci\u00f3n Local y Auton\u00f3mica, colaborando en la mejora de la calidad de la atenci\u00f3n proporcionada a los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes y sus familias.<br \/>\nPor su inter\u00e9s, se ha considerado oportuno tener como referencia la normativa ya existente sobre la materia, en especial, el Decreto 152\/2017, de 9 de mayo, por el que se aprueba la actualizaci\u00f3n del Instrumento para la valoraci\u00f3n de la gravedad de las situaciones de riesgo y desamparo en los Servicios Sociales Municipales y Territoriales de Atenci\u00f3n y Protecci\u00f3n a la Infancia y Adolescencia en la Comunidad Aut\u00f3noma del Pa\u00eds Vasco (Balora).<br \/>\nCabe destacar que en la redacci\u00f3n de la presente orden se ha tenido en cuenta el principio de transversalidad en la igualdad de g\u00e9nero, conforme al art\u00edculo 5 de la Ley 12\/2007, de 26 de noviembre, para la Promoci\u00f3n de la Igualdad de G\u00e9nero en Andaluc\u00eda. Adem\u00e1s, en las situaciones de exposici\u00f3n de menores a violencia de g\u00e9nero, se tendr\u00e1 en cuenta en la aplicaci\u00f3n de esta Orden lo dispuesto en el art. 1.2 de la Ley Org\u00e1nica 1\/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protecci\u00f3n Integral contra la Violencia de G\u00e9nero, modificada por la Ley Org\u00e1nica 8\/2015, de 22 de julio, de modificaci\u00f3n del sistema de protecci\u00f3n a la infancia y a la adolescencia, relativo a la consideraci\u00f3n de las personas menores de edad como v\u00edctimas de estas situaciones. Asimismo, se tendr\u00e1 en cuenta lo establecido en la Ley 13\/2007, de 26 de noviembre, de Medidas para la Prevenci\u00f3n y Protecci\u00f3n Integral contra la Violencia de G\u00e9nero.<br \/>\nIgualmente, en aplicaci\u00f3n del art\u00edculo 12.7 de la Ley Org\u00e1nica 1\/1996, de 15 de enero, en la redacci\u00f3n dada por la Ley 26\/2015, de 28 de julio, as\u00ed como de lo establecido en la Ley 4\/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atenci\u00f3n a las Personas con Discapacidad en Andaluc\u00eda, se prestar\u00e1 una atenci\u00f3n especial a los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes con discapacidad en los t\u00e9rminos que se contemplan, garantizando sus derechos y obligaciones.<br \/>\nEn la elaboraci\u00f3n y tramitaci\u00f3n de la presente orden, se ha actuado conforme a los principios de buena regulaci\u00f3n a los que se refiere el art\u00edculo 129.1 de la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas. En cumplimiento de los principios de necesidad y eficacia, esta orden se justifica por razones de inter\u00e9s general dado que se trata de la aprobaci\u00f3n y publicaci\u00f3n del Instrumento para la valoraci\u00f3n de la gravedad de las situaciones de riesgo, desprotecci\u00f3n y desamparo de la infancia y adolescencia en Andaluc\u00eda (VAL\u00d3RAME), conforme al mandato establecido en la disposici\u00f3n final primera del Decreto 210\/2018, de 20 de noviembre, por el que se regula el procedimiento de actuaci\u00f3n ante situaciones de riesgo y desamparo de la infancia y adolescencia en Andaluc\u00eda (SIMIA), siendo la presente norma el instrumento m\u00e1s adecuado para garantizar la consecuci\u00f3n de los citados fines. Por otro lado, cumple con el principio de proporcionalidad, ya que contiene la regulaci\u00f3n imprescindible para atender la necesidad, que es la aprobaci\u00f3n y publicaci\u00f3n de un instrumento que contiene criterios t\u00e9cnicos consensuados para la evaluaci\u00f3n de situaciones de riesgo y desamparo. Con el fin de garantizar el principio de seguridad jur\u00eddica, la presente orden se dicta en coherencia con el ordenamiento jur\u00eddico auton\u00f3mico, y con respeto del ordenamiento nacional y de la Uni\u00f3n Europea, generando un marco normativo estable, predecible, integrado, claro y de certidumbre, que facilita el conocimiento y el uso del instrumento VAL\u00d3RAME. Asimismo, y en relaci\u00f3n con el principio de transparencia, se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el art\u00edculo 13.1.c) y d) de la Ley 1\/2014, de 24 de junio, de Transparencia P\u00fablica de Andaluc\u00eda y tambi\u00e9n se ha dado la posibilidad a las diferentes entidades p\u00fablicas y privadas de tener una participaci\u00f3n activa en la elaboraci\u00f3n de la orden, al haber sido sometida a tr\u00e1mite de audiencia e informaci\u00f3n p\u00fablica. En aplicaci\u00f3n del principio de eficiencia, esta orden no establece ninguna carga administrativa a\u00f1adida, derivada de su aplicaci\u00f3n, para la ciudadan\u00eda.<br \/>\nEn su virtud, a propuesta de la Direcci\u00f3n General de Infancia y Conciliaci\u00f3n, en el ejercicio de las facultades atribuidas por la legislaci\u00f3n vigente y de conformidad con las competencias que confiere el art\u00edculo 26 de la Ley 9\/2007, de 22 de octubre, de la Administraci\u00f3n de la Junta de Andaluc\u00eda, as\u00ed como la disposici\u00f3n final primera del Decreto 210\/2018, de 20 de noviembre, por el que se regula el procedimiento de actuaci\u00f3n ante situaciones de riesgo y desamparo de la infancia y adolescencia en Andaluc\u00eda (SIMIA),<br \/>\nDISPONGO<br \/>\nArt\u00edculo \u00fanico. Aprobaci\u00f3n y publicaci\u00f3n del Instrumento para la valoraci\u00f3n de la gravedad de las situaciones de riesgo, desprotecci\u00f3n y desamparo de la infancia y adolescencia en Andaluc\u00eda (VAL\u00d3RAME).<br \/>\n1. Se aprueba y publica el Instrumento para la valoraci\u00f3n de la gravedad de las situaciones de riesgo, desprotecci\u00f3n y desamparo de la infancia y adolescencia en Andaluc\u00eda (VAL\u00d3RAME), cuyo texto se inserta a continuaci\u00f3n como anexo de la presente orden.<br \/>\n2. El uso del instrumento VAL\u00d3RAME se realizar\u00e1 de acuerdo a lo establecido en los art\u00edculos 6 y 7 del Decreto 210\/2018, de 20 de noviembre, por el que se regula el Procedimiento de actuaci\u00f3n ante situaciones de riesgo y desamparo de la infancia y adolescencia en Andaluc\u00eda (SIMIA).<br \/>\nDisposici\u00f3n final primera. Habilitaci\u00f3n.<br \/>\nSe faculta a la persona titular del \u00f3rgano directivo competente en materia de infancia y adolescencia para dictar las instrucciones y adoptar las medidas necesarias para la ejecuci\u00f3n de esta orden.<br \/>\nDisposici\u00f3n final segunda. Entrada en vigor.<br \/>\nLa presente orden entrar\u00e1 en vigor el d\u00eda 24 de agosto de 2019, de acuerdo con lo establecido en la disposici\u00f3n final segunda del Decreto 210\/2018, de 20 de noviembre, por el que se regula el Procedimiento de actuaci\u00f3n ante situaciones de riesgo y desamparo de la infancia y adolescencia en Andaluc\u00eda (SIMIA).<br \/>\nSevilla, 30 de julio de 2019<br \/>\nROC\u00cdO RUIZ DOM\u00cdNGUEZ<\/p>\n<p>Consejera de Igualdad, Pol\u00edticas Sociales<br \/>\ny Conciliaci\u00f3n<br \/>\nANEXO \u00daNICO<br \/>\nINSTRUMENTO PARA LA VALORACI\u00d3N DE LA GRAVEDAD DE LAS SITUACIONES DE RIESGO, DESPROTECCI\u00d3N Y DESAMPARO DE LA INFANCIA Y ADOLESCENCIA EN ANDALUC\u00cdA (VAL\u00d3RAME)<br \/>\n\u00cdNDICE<br \/>\nCONTEXTUALIZACI\u00d3N DEL INSTRUMENTO<br \/>\nEsquema sobre el procedimiento de intervenci\u00f3n<br \/>\nEsquema sobre los momentos de toma de decisi\u00f3n<br \/>\nPARTE I. SITUACIONES DE RIESGO Y DESPROTECCI\u00d3N: DEFINICI\u00d3N Y NIVELES DE GRAVEDAD<br \/>\nVulnerabilidad y riesgo de desprotecci\u00f3n<br \/>\nDefinici\u00f3n<br \/>\nCausa<br \/>\nIntervenci\u00f3n<br \/>\nDesprotecci\u00f3n moderada, grave y desamparo<br \/>\nDefinici\u00f3n<br \/>\nCondiciones para definir la existencia de desprotecci\u00f3n moderada, grave y desamparo<br \/>\nDefinici\u00f3n de da\u00f1o significativo<br \/>\nPARTE II. SITUACIONES DE RIESGO Y DESPROTECCI\u00d3N: VALORACI\u00d3N DE LA GRAVEDAD<br \/>\nCriterios generales y procedimiento para la valoraci\u00f3n<br \/>\nPer\u00edodo de tiempo que abarca el instrumento<br \/>\nNiveles de gravedad, calificaci\u00f3n y significado<br \/>\nCircunstancias particulares<br \/>\nProcedimiento para la recogida de la informaci\u00f3n<br \/>\nServicios implicados y recursos necesarios en la valoraci\u00f3n<br \/>\nElaboraci\u00f3n de informe<br \/>\nDerivaci\u00f3n de casos en funci\u00f3n de los resultados de la valoraci\u00f3n<br \/>\nPARTE III. INSTRUMENTO PARA LA VALORACI\u00d3N DE LA GRAVEDAD DE LAS SITUACIONES DE RIESGO, DESPROTECCI\u00d3N Y DESAMPARO<br \/>\nTipos de situaciones de desprotecci\u00f3n<br \/>\nTipolog\u00edas de desprotecci\u00f3n<br \/>\nA. Maltrato f\u00edsico<br \/>\nA.1. Privaci\u00f3n deliberada de comida o agua<br \/>\nA.2. Confinamiento o restricci\u00f3n f\u00edsica<br \/>\nB. Maltrato psicol\u00f3gico\/emocional<br \/>\nB.1. Maltrato emocional<br \/>\nB.2. Instrumentalizaci\u00f3n en conflictos entre las figuras parentales<br \/>\nB.3. Exposici\u00f3n a situaciones de violencia de pareja o entre miembros de la unidad convivencial<br \/>\nB.4. Amenazas de agresi\u00f3n f\u00edsica<br \/>\nC. Negligencia<br \/>\nC.1. Negligencia hacia las necesidades f\u00edsicas<br \/>\nAlimentaci\u00f3n (comida y bebida)<br \/>\nCuidado de la salud f\u00edsica<br \/>\nVestido<br \/>\nHigiene personal<br \/>\nCondiciones higi\u00e9nicas de la vivienda<br \/>\nEstabilidad y condiciones de habitabilidad de la vivienda<br \/>\nC.2. Negligencia hacia las necesidades de seguridad<br \/>\nSeguridad f\u00edsica de la vivienda y prevenci\u00f3n de riesgos<br \/>\nSupervisi\u00f3n<br \/>\nProtecci\u00f3n ante situaciones de desprotecci\u00f3n grave perpetradas por otras personas<br \/>\nC.3. Negligencia hacia las necesidades escolares<br \/>\nC.4. Negligencia hacia las necesidades ps\u00edquicas<br \/>\nSituaciones que implican gravedad muy elevada, elevada y moderada<br \/>\nInteracci\u00f3n y afecto<br \/>\nEstimulaci\u00f3n<br \/>\nAtenci\u00f3n espec\u00edfica a problemas emocionales graves<br \/>\nNormas, l\u00edmites y transmisi\u00f3n de valores morales positivos<br \/>\nSituaciones que implican riesgo leve o ausencia de riesgo\/desprotecci\u00f3n<br \/>\nD. Abandono<br \/>\nD.1. Expulsi\u00f3n o negaci\u00f3n de la entrada al domicilio<br \/>\nE. Violencia sexual<br \/>\nF. Incapacidad parental de control de la conducta del menor<br \/>\nG. Otras tipolog\u00edas<br \/>\nG.1. S\u00edndrome de Munchausen por Poderes<br \/>\nG.2. Maltrato prenatal<br \/>\nG.3. Corrupci\u00f3n<br \/>\nG.4. Mendicidad<br \/>\nG.5. Explotaci\u00f3n laboral<br \/>\nOtras situaciones espec\u00edficas que podr\u00edan dar lugar a desprotecci\u00f3n grave<br \/>\nA. Antecedentes de desprotecci\u00f3n grave<br \/>\nB. Graves dificultades personales<br \/>\nPARTE IV. DOCUMENTACI\u00d3N COMPLEMENTARIA<br \/>\nGlosario<br \/>\nTaxonom\u00eda de necesidades b\u00e1sicas en la infancia y adolescencia e indicadores para su evaluaci\u00f3n<br \/>\nCuestionario de capacidades y dificultades (S.D.Q.) de Goodman R. (1997)<br \/>\nHoja resumen del instrumento<br \/>\nPARTE I. SITUACIONES DE RIESGO Y DESPROTECCI\u00d3N: DEFINICI\u00d3N Y NIVELES DE GRAVEDAD<br \/>\nLa definici\u00f3n del concepto de desprotecci\u00f3n, del tipo de situaciones concretas que constituyen desprotecci\u00f3n hacia un ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente, ha variado a lo largo del tiempo y del espacio. Se trata de un concepto din\u00e1mico, que ha ido evolucionando a lo largo del tiempo; la barrera entre lo que se considera un trato adecuado e inadecuado hacia los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes y la tolerancia social ante determinadas conductas por parte de las personas que se responsabilizan de su cuidado var\u00eda en funci\u00f3n del per\u00edodo hist\u00f3rico, el lugar, y las costumbres y normas sociales. Afortunadamente, en sociedades desarrolladas como la nuestra, las leyes y costumbres sociales han evolucionado hacia una consideraci\u00f3n y una cobertura cada vez m\u00e1s amplias de los derechos de la infancia y adolescencia.<br \/>\nLa definici\u00f3n que se presenta en este documento sobre cu\u00e1les son los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes necesitados de protecci\u00f3n parte de la consideraci\u00f3n de que hay una serie de derechos1 y necesidades b\u00e1sicas que toda persona menor de edad tiene que tener garantizadas y satisfechas para promover su desarrollo integral, independientemente del grupo sociocultural al que pertenezca o de los valores y costumbres que sus padres y madres o personas que ejerzan su tutela o guarda han adquirido por su pertenencia al mismo. Si bien los Servicios Sociales de Atenci\u00f3n y Protecci\u00f3n a la Infancia y Adolescencia deben tomar en consideraci\u00f3n y mostrar el m\u00e1ximo respeto a los valores o costumbres culturales particulares, \u00e9stas deben garantizar la cobertura de los derechos y necesidades b\u00e1sicas de todo ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente \u2013entre los que se incluye la igualdad entre mujeres y hombres. En caso de no ser as\u00ed, dichos servicios tienen el mandato legal de intervenir para corregir esa situaci\u00f3n.<br \/>\nLa Ley 1\/1998 de los Derechos y Atenci\u00f3n al Menor en Andaluc\u00eda, en el T\u00edtulo II, \u00abDe la Protecci\u00f3n\u00bb, distingue entre las actuaciones en situaciones de riesgo (art. 22) y en situaciones de desamparo (art. 23). Las situaciones de riesgo se definen como aquellas en las que existen carencias o dificultades en la atenci\u00f3n de las necesidades b\u00e1sicas que los menores precisan para su correcto desarrollo f\u00edsico, ps\u00edquico y social, y que no requieren su separaci\u00f3n del medio familiar, y las situaciones de desamparo vienen definidas legalmente en el art. 172.1 del CC, como aquellas que se producen a causa del incumplimiento, imposible o inadecuado ejercicio de los deberes de protecci\u00f3n establecidos por las leyes para la guarda de los menores, cuando estos queden privados de la necesaria asistencia moral y material.<br \/>\nVulnerabilidad y riesgo de desprotecci\u00f3n:<br \/>\nDefinici\u00f3n.<br \/>\nNi\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes que, teniendo sus necesidades b\u00e1sicas satisfechas y no encontr\u00e1ndose sus padres, madres o personas que ejerzan su tutela o guarda incapacitados o imposibilitados para ejercer los deberes de protecci\u00f3n, viven y se desenvuelven en entornos familiares o sociales cuyas condiciones pueden provocar un da\u00f1o significativo a corto, medio y\/o largo plazo en su bienestar y desarrollo. El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente a\u00fan no ha sufrido un da\u00f1o significativo, pero podr\u00eda sufrirlo en un futuro pr\u00f3ximo.<br \/>\nCausas.<br \/>\nA. Vulnerabilidad a la desprotecci\u00f3n:<br \/>\n&#8211; Hay antecedentes familiares o una situaci\u00f3n de crisis, d\u00e9ficit o problemas en la familia que se prev\u00e9 pueden afectar negativamente o limitar de forma significativa la capacidad de las figuras parentales para proporcionar un cuidado y atenci\u00f3n adecuados al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente y provocar la aparici\u00f3n en un futuro pr\u00f3ximo de situaciones de desprotecci\u00f3n. Se incluyen, por ejemplo, alto nivel de estr\u00e9s, consumo de drogas o alcohol de los padres, madres o personas que ejercen la tutela o guarda del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente, maternidad y paternidad adolescente, aislamiento social, problemas f\u00edsicos, mentales o psicol\u00f3gicos importantes \u2013aunque no incapacitantes en las figuras parentales o antecedentes de desprotecci\u00f3n moderada hacia otros ni\u00f1os, ni\u00f1as o adolescentes.<br \/>\n&#8211; Otras situaciones en el entorno familiar o social que pueden influir negativamente en el desarrollo del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente. Por ejemplo, entornos sociales con im\u00e1genes identificatorias no deseables, falta de servicios, alto \u00edndice de delincuencia, marginaci\u00f3n o violencia en el entorno en el que se desenvuelve la persona menor de edad (incluyendo el centro escolar), etc.<br \/>\nB. Riesgo de desprotecci\u00f3n:<br \/>\nLos padres, madres, personas que ejercen la tutela o guarda del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente o las personas adultas que conviven en la familia utilizan unas pautas educativas o de cuidado, trato o relaci\u00f3n con el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente no adecuadas. La situaci\u00f3n no ha provocado un da\u00f1o significativo en el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente (a nivel f\u00edsico, emocional, social y\/o cognitivo), pero si se mantiene podr\u00eda provocarlo en el futuro.<br \/>\nIntervenci\u00f3n.<br \/>\nLa atenci\u00f3n a estos casos de ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes en situaciones de vulnerabilidad o riesgo de desprotecci\u00f3n corresponde a los Servicios Sociales de las Entidades Locales, en colaboraci\u00f3n con la red de servicios comunitarios. La intervenci\u00f3n a desarrollar es de car\u00e1cter preventivo a trav\u00e9s de programas de prevenci\u00f3n secundaria; su objetivo principal se ha de centrar en evitar la aparici\u00f3n de da\u00f1os significativos en las personas menores de edad:<br \/>\n&#8211; Eliminando, reduciendo, controlando o contrarrestando los factores que pueden provocarles un da\u00f1o significativo y<br \/>\n&#8211; corrigiendo las pautas inadecuadas educativas o de cuidado, trato o relaci\u00f3n existentes en la familia.<br \/>\nDesprotecci\u00f3n moderada, grave y desamparo:<br \/>\nDefinici\u00f3n.<br \/>\nUn ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente se encuentra en situaci\u00f3n de desprotecci\u00f3n moderada, grave o desamparo cuando:<br \/>\n&#8211; Tiene necesidades b\u00e1sicas2 sin satisfacer, que le han provocado o se valora que es probable que le provoquen un da\u00f1o significativo en su salud y desarrollo, y esa situaci\u00f3n es consecuencia directa de la incapacidad o imposibilidad de su padre, madre o personas que ejercen su tutela o guarda para cumplir los deberes de protecci\u00f3n o del inadecuado cumplimiento de dichos deberes3 o<br \/>\n&#8211; la incapacidad o imposibilidad de su padre, madre o personas que ejercen su tutela o guarda para cumplir los deberes de protecci\u00f3n es de tal gravedad o intensidad que les impide garantizar en el futuro inmediato la satisfacci\u00f3n de las necesidades b\u00e1sicas del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente.<br \/>\nCondiciones para definir la existencia de desprotecci\u00f3n moderada, grave y desamparo.<br \/>\n&#8211; Las personas responsables de garantizar la satisfacci\u00f3n de una o varias necesidades b\u00e1sicas de un ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente, no cumplen su responsabilidad (porque no pueden o no quieren). O se dan determinadas condiciones externas que impiden que esas personas satisfagan las necesidades del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente y<br \/>\n&#8211; la red de apoyo de la familia no contrarresta esta situaci\u00f3n y satisface las necesidades del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente y<br \/>\n&#8211; como consecuencia de esta situaci\u00f3n, el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente ha sufrido o es probable que sufra un da\u00f1o significativo en su salud, bienestar y\/o desarrollo.<br \/>\nDefinici\u00f3n de da\u00f1o significativo.<br \/>\nUn ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente puede experimentar da\u00f1o en diferentes \u00e1reas:<br \/>\n&#8211; Da\u00f1o f\u00edsico.<br \/>\n&#8211; Da\u00f1o ps\u00edquico, que incluye las \u00e1reas emocional (referida fundamentalmente a la construcci\u00f3n de la identidad; autoestima; seguridad y confianza en uno mismo y en el mundo que le rodea; identificaci\u00f3n, manejo, expresi\u00f3n y control de emociones; identidad sexual), social (referida a las pautas de comunicaci\u00f3n y relaci\u00f3n con otras personas, tanto iguales como personas adultas) y cognitiva (referida a procesos cognitivos b\u00e1sicos \u2013percepci\u00f3n, atenci\u00f3n, memoria, imaginaci\u00f3n y superiores \u2013lenguaje y pensamiento- razonamiento)4.<br \/>\nSe considerar\u00e1 que el da\u00f1o experimentado por un ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente constituye un da\u00f1o significativo cuando se presente una o varias de las siguientes circunstancias:<br \/>\n&#8211; El da\u00f1o que padece el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente en una o varias \u00e1reas de desarrollo (f\u00edsico, emocional, social y\/o cognitivo) le coloca en los extremos de lo esperable a su edad o manifiesta un funcionamiento extremadamente limitado o perturbado; las dificultades en una o varias \u00e1reas de desarrollo persisten a lo largo de diferentes etapas evolutivas; o el da\u00f1o afecta simult\u00e1neamente al menos a dos \u00e1reas de desarrollo (f\u00edsico, emocional, social y\/o cognitivo) (seg\u00fan el \u00e1rea afectada, se requiere valoraci\u00f3n por parte de un o una profesional del \u00e1mbito sanitario, educativo o de la psicolog\u00eda\/psiquiatr\u00eda).<br \/>\n&#8211; La desprotecci\u00f3n ha colocado al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente en riesgo de muerte, de una discapacidad permanente, o de una enfermedad o trastorno f\u00edsico de car\u00e1cter grave.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente presenta lesiones f\u00edsicas en determinadas zonas del cuerpo (cara, cabeza, lesiones internas, ano, genitales) o requiere hospitalizaci\u00f3n o tratamiento m\u00e9dico como consecuencia del maltrato (en estos casos, conviene disponer de informe m\u00e9dico).<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente es abandonado por su padre y madre o personas que ejercen su tutela o guarda, sin que estas personas manifiesten intenci\u00f3n de volver.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente ha sido objeto de abuso sexual intrafamiliar \u2013con o sin contacto f\u00edsico.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente ha sido inducido a cometer acciones delictivas graves, a la prostituci\u00f3n o ha sido explotado sexualmente.<br \/>\nLa presencia de da\u00f1o f\u00edsico y su gravedad es m\u00e1s f\u00e1cil de detectar y evaluar que el da\u00f1o ps\u00edquico. Los s\u00edntomas de da\u00f1o ps\u00edquico pueden manifestarse de diferentes formas de acuerdo al nivel evolutivo del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente. Incluyen problemas de tipo internalizado (por ejemplo, s\u00edntomas depresivos, ansiedad, inhibici\u00f3n comportamental, retraimiento, aislamiento) y externalizado (por ejemplo, conductas agresivas, comportamientos asociales o desafiantes). Pueden manifestarse tambi\u00e9n en forma de sobreadaptaci\u00f3n o pseudomadurez, aunque esto no implica que estos \u00faltimos deban ser considerados de forma necesaria s\u00edntomas de da\u00f1o ps\u00edquico, pudiendo ser reflejo de una adaptaci\u00f3n adecuada y una superaci\u00f3n exitosa por parte del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente del trato o cuidado inadecuados recibidos en su familia.<br \/>\nLa presencia y gravedad de da\u00f1o ps\u00edquico deber\u00e1 ser evaluada por profesionales de la psicolog\u00eda o psiquiatr\u00eda a trav\u00e9s de la metodolog\u00eda e instrumentos propios de su disciplina profesional. Cuando se utilicen pruebas autoaplicadas, se seleccionar\u00e1n aquellas que dispongan de \u00edndices adecuados de fiabilidad y validez. Cuando se utilicen pruebas que no re\u00fanan estas condiciones, nunca ser\u00e1n utilizadas como criterio \u00fanico de valoraci\u00f3n o diagn\u00f3stico y sus resultados se interpretar\u00e1n con la debida precauci\u00f3n5.<br \/>\nLa ausencia de s\u00edntomas observables de da\u00f1o ps\u00edquico en un ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente que no tiene satisfechas sus necesidades b\u00e1sicas no significa necesariamente ausencia de da\u00f1o. El da\u00f1o puede estar produci\u00e9ndose y manifestarse en forma de s\u00edntomas agudos en momentos posteriores o valorarse que, aunque la situaci\u00f3n puede no estar provocando un da\u00f1o significativo en el momento actual, es probable que se produzca en un futuro pr\u00f3ximo si la situaci\u00f3n no se corrige.<br \/>\nEs preciso recoger datos no solo sobre el impacto actual del comportamiento parental en el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente (situaci\u00f3n actual) sino tambi\u00e9n de su evoluci\u00f3n (c\u00f3mo estaba hace 6, 12, 18 meses). La evoluci\u00f3n de la sintomatolog\u00eda (si mejora, empeora o es estable) es un elemento clave en algunas tipolog\u00edas para determinar su gravedad. Es importante precisar en aquellos s\u00edntomas relevantes su intensidad y dar detalles (si un o una adolescente tiene dificultades en sus relaciones sociales, especificar en qu\u00e9 se concretan \u2013no tiene ning\u00fan amigo, los tiene pero no le tratan adecuadamente, etc.).<br \/>\nEl establecimiento de un nexo causal entre los s\u00edntomas de da\u00f1o que presenta un ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente y el trato que recibe por parte de su padre, madre o personas que ejercen su tutela o guarda es de gran dificultad, especialmente para los s\u00edntomas que no son de \u00edndole f\u00edsico. En la mayor\u00eda de los casos dicho nexo \u00fanicamente puede establecerse en forma de hip\u00f3tesis o estimaciones de probabilidad, raramente como certezas absolutas. Cuando sean formuladas, dichas hip\u00f3tesis o estimaciones deber\u00e1n ser debidamente argumentadas y basarse en el conocimiento actualmente disponible sobre las consecuencias de las situaciones de desprotecci\u00f3n en el desarrollo infantil y adolescente. Los mismos criterios deber\u00e1n aplicarse cuando se formulen predicciones de futuro en relaci\u00f3n al da\u00f1o potencial que una determinada situaci\u00f3n puede producir en el desarrollo y bienestar de un ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente.<br \/>\nPARTE II. SITUACIONES DE RIESGO Y DESPROTECCI\u00d3N: VALORACI\u00d3N DE LA GRAVEDAD<br \/>\nCriterios generales y procedimiento para la valoraci\u00f3n.<br \/>\nEsta parte del documento define de manera m\u00e1s concreta los tipos de situaciones que pueden constituir riesgo, desprotecci\u00f3n y desamparo hacia un ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente y requerir, por tanto, la intervenci\u00f3n de los Servicios Sociales de las Entidades Locales o del Servicio de Protecci\u00f3n de Menores, seg\u00fan corresponda. El documento no detalla, sin embargo, el amplio espectro de situaciones en las que, habiendo una atenci\u00f3n adecuada a las necesidades del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente, hay antecedentes o dificultades personales, familiares o sociales que implican vulnerabilidad a la desprotecci\u00f3n y cuya atenci\u00f3n tambi\u00e9n es competencia de los Servicios Sociales de las Entidades Locales.<br \/>\nEl documento recoge los diferentes tipos de situaciones de riesgo, desprotecci\u00f3n y desamparo que pueden producirse en el seno de una familia (entendiendo por tal el n\u00facleo convivencial compuesto por la persona menor de edad y la persona o personas que ejercen la patria potestad o su tutela o guarda6). El listado pretende ser exhaustivo, aunque pueden existir situaciones excepcionales aqu\u00ed no recogidas que en su caso deber\u00e1n ser debidamente descritas.<br \/>\nTodas las situaciones incluidas en el documento tienen en com\u00fan que:<br \/>\n&#8211; implican el incumplimiento o el imposible o inadecuado cumplimiento de los deberes de protecci\u00f3n establecidos para la guarda de las personas menores de edad,<br \/>\n&#8211; suponen una desatenci\u00f3n o atenci\u00f3n inadecuada (por acci\u00f3n u omisi\u00f3n) a las necesidades b\u00e1sicas (f\u00edsicas, de seguridad, emocionales, sociales o cognitivas) del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente y<br \/>\n&#8211; est\u00e1n provocando o es probable que provoquen un da\u00f1o significativo en la persona menor de edad, pudiendo llegar a la privaci\u00f3n de su necesaria asistencia moral o material.<br \/>\nPer\u00edodo de tiempo que abarca el instrumento.<br \/>\nEl instrumento ha de ser aplicado para valorar la gravedad de la\/s tipolog\u00eda\/s de desprotecci\u00f3n que est\u00e1n afectando a un ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente en el momento presente. Se recoger\u00e1 informaci\u00f3n y se tendr\u00e1 en cuenta la evoluci\u00f3n de dicha\/s tipolog\u00eda\/s desde su aparici\u00f3n, aunque el peso principal de la valoraci\u00f3n de la gravedad se asignar\u00e1 a las caracter\u00edsticas del comportamiento del padre y la madre o personas que ejerzan la tutela o guarda, y al impacto en el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente en el momento de la valoraci\u00f3n, entendiendo por tal los \u00faltimos seis meses.<br \/>\nNiveles de gravedad, calificaci\u00f3n y significado.<br \/>\nA. Para cada tipolog\u00eda de desprotecci\u00f3n, el instrumento describe:<br \/>\n&#8211; Los niveles de gravedad moderada, elevada y muy elevada (salvo excepciones en las que no se contempla la existencia de alg\u00fan nivel de gravedad), y las situaciones que implican d\u00e9ficits leves en el ejercicio de la guarda y constituyen \u00abriesgo leve\u00bb.<br \/>\n&#8211; Se proporciona una descripci\u00f3n de cada nivel de gravedad en cada tipolog\u00eda. Dado que no resulta posible recoger de forma exhaustiva la totalidad de circunstancias que pueden presentarse, si se producen situaciones no se\u00f1aladas en ning\u00fan nivel de gravedad deber\u00e1n clasificarse en el nivel que describa circunstancias similares.<br \/>\n&#8211; Las circunstancias incluidas en cada nivel de gravedad se describen en un p\u00e1rrafo. Ese p\u00e1rrafo est\u00e1 compuesto por diferentes frases que pretenden, en conjunto, describir una determinada situaci\u00f3n o un tipo de relaci\u00f3n familiar. Para calificar un nivel de gravedad no necesariamente han de presentarse todas y cada una de las frases recogidas en esos p\u00e1rrafos; es suficiente con que se presenten una parte sustancial de ellas y que el tipo de situaci\u00f3n descrita en el p\u00e1rrafo refleje o se ajuste a lo que sucede en el caso evaluado. El instrumento indica mediante una \u00abY\u00bb (may\u00fascula y subrayado) las situaciones en las que se exige la presencia simult\u00e1nea de varias circunstancias para calificar un determinado nivel de gravedad.<br \/>\n&#8211; Cuando la misma conducta\/situaci\u00f3n pueda incluirse en varias tipolog\u00edas o escalas, se calificar\u00e1 \u00fanicamente en aqu\u00e9lla que presente un mayor nivel de gravedad. Si la conducta\/situaci\u00f3n que puede incluirse en varias tipolog\u00edas presentara id\u00e9ntico nivel de gravedad se calificar\u00e1 en la tipolog\u00eda cuyos indicadores sean m\u00e1s relevantes.<br \/>\n&#8211; Los niveles de gravedad de determinadas tipolog\u00edas toman en consideraci\u00f3n la edad cronol\u00f3gica del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente, estableciendo intervalos en base a la diferenciaci\u00f3n gen\u00e9rica de etapas evolutivas: edad inferior a seis a\u00f1os; entre seis y doce a\u00f1os; y, finalmente, doce a\u00f1os o m\u00e1s (adolescente). La calificaci\u00f3n del nivel de gravedad debe realizarse respetando estos intervalos.<br \/>\nB. El instrumento incluye en su parte final dos situaciones particulares bajo el ep\u00edgrafe \u00abOtras situaciones espec\u00edficas que podr\u00edan dar lugar a desprotecci\u00f3n grave\u00bb (Antecedentes de desprotecci\u00f3n grave perpetrada por el padre, madre o personas que ejercen la tutela o guarda y Graves dificultades personales en el padre, madre o personas que ejercen la tutela o guarda). En caso de que estas circunstancias se encuentren presentes y puedan estar poniendo en peligro la vida o integridad b\u00e1sica del ni\u00f1o\/a, y, adem\u00e1s no existan elementos de control en el entorno familiar que pueda suplir estos d\u00e9ficits, debe implicar de forma autom\u00e1tica la valoraci\u00f3n global del caso como desprotecci\u00f3n grave. Estas situaciones particulares pueden presentarse simult\u00e1neamente a alguna\/s tipolog\u00eda\/s de desprotecci\u00f3n o de forma aislada.<br \/>\nUna vez valorada la gravedad individual de cada tipolog\u00eda, ha de realizarse una valoraci\u00f3n global del nivel de gravedad del caso: sin riesgo, riesgo de desprotecci\u00f3n, desprotecci\u00f3n moderada, desprotecci\u00f3n grave o desamparo. Esta valoraci\u00f3n se llevar\u00e1 a cabo de acuerdo a los criterios que se detallan a continuaci\u00f3n:<br \/>\n&#8211; La presencia de un indicador de gravedad muy elevada o gravedad elevada supondr\u00e1, independientemente de la gravedad del resto de indicadores, la valoraci\u00f3n global del caso como desprotecci\u00f3n grave. En estos casos se proceder\u00e1 de la siguiente forma, en funci\u00f3n de la edad del menor:<br \/>\n\u2022 En los casos de ni\u00f1os y ni\u00f1as menores de seis a\u00f1os, se derivar\u00e1 siempre al Servicio de Protecci\u00f3n de Menores. En el apartado \u00abactuaci\u00f3n a seguir en los casos de desprotecci\u00f3n grave\u00bb, se marcar\u00e1 intervenci\u00f3n en el medio o desamparo, debiendo fundamentar la propuesta en el informe de derivaci\u00f3n que acompa\u00f1e a la hoja.<br \/>\n\u2022 En los casos de ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes, de seis a\u00f1os en adelante, solo se derivar\u00e1n al Servicio de Protecci\u00f3n de Menores aquellos en los que se valore la existencia de una posible situaci\u00f3n de desamparo. En el apartado \u00abactuaci\u00f3n a seguir en los casos de desprotecci\u00f3n grave\u00bb, se marcar\u00e1 \u00abdesamparo\u00bb, debiendo fundamentar la propuesta en el informe de derivaci\u00f3n que acompa\u00f1e a la hoja.<br \/>\n&#8211; En los casos de desprotecci\u00f3n grave derivados a los SPM, ser\u00e1n \u00e9stos quienes, teniendo en cuenta la opini\u00f3n profesional de los Servicios Sociales Municipales y considerando el conjunto de informaci\u00f3n recabada sobre el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente y su familia, determinen finalmente si se trata de una situaci\u00f3n de desprotecci\u00f3n grave con posibilidad de intervenci\u00f3n en el medio, o una situaci\u00f3n de desamparo, siguiendo el proceso y ajust\u00e1ndose a los criterios detallados en el correspondiente manual de intervenci\u00f3n. La intervenci\u00f3n de aquellos casos de desprotecci\u00f3n grave que no implique desamparo ser\u00e1 llevada por los Equipos de Tratamiento Familiar.<br \/>\n&#8211; En cualquiera de los casos, el SPM deber\u00e1 responder formalmente al equipo derivante, tanto de la decisi\u00f3n adoptada, como de los elementos que se han considerado para su valoraci\u00f3n.<br \/>\nSituaciones de vulnerabilidad, riesgo y desprotecci\u00f3n<br \/>\nVulnerabilidad Riesgo de desprotecci\u00f3n Desprotecci\u00f3n moderada Desprotecci\u00f3n grave Desamparo<br \/>\nCausas Atenci\u00f3n adecuada pero hay dificultades personales, familiares o sociales que implican vulnerabilidad a la desprotecci\u00f3n. La desprotecci\u00f3n puede aparecer en el futuro<br \/>\nAtenci\u00f3n con d\u00e9ficits leves<br \/>\nIndicadores de riesgo leve Indicadores de gravedad moderada Indicadores de gravedad elevada o muy elevada. La situaci\u00f3n puede ser contrarrestada en el entorno familiar Indicadores de gravedad elevada o muy elevada y adem\u00e1s existen factores que indican la necesidad de separar al menor de su n\u00facleo familiar<br \/>\nInstituciones o equipos competentes Red de Servicios Comunitarios Servicios Sociales Comunitarios Servici<br \/>\nos Sociales<br \/>\nComunitarios y Equipos de Tratamiento Familiar Equipos de Tratamiento Familiar Servicios de Protecci\u00f3n de Menores<br \/>\nContinuo legal<br \/>\nCorrespondencia legal<br \/>\nSituaciones susceptibles de declaraci\u00f3n de riesgo (art. 17 L.O.<br \/>\n1\/1996 y art. 22<br \/>\nLey 1\/1998)<br \/>\nSituaciones susceptibles de declaraci\u00f3n de riesgo (art. 17 L.O.<br \/>\n1\/1996 y art. 22<br \/>\nLey 1\/1998) Desamparo (art. 18 de la L.O. 1\/1996 y art. 23 Ley 1\/1998).<br \/>\n&#8211; La presencia de al menos un indicador de gravedad moderada sin que existan indicadores de gravedad elevada o muy elevada, supondr\u00e1 la valoraci\u00f3n global del caso como desprotecci\u00f3n moderada. Salvo excepciones debidamente argumentadas, la presencia simult\u00e1nea de varios indicadores de gravedad moderada no incrementa el nivel de gravedad global del caso.<br \/>\n&#8211; La presencia de indicadores de riesgo leve sin que existan indicadores de gravedad modera, elevada o muy elevada, supondr\u00e1 la valoraci\u00f3n global del caso como riesgo de desprotecci\u00f3n. Tampoco en este caso, salvo excepciones debidamente argumentadas, la presencia simult\u00e1nea de varios indicadores de gravedad leve incrementa el nivel de gravedad global del caso a desprotecci\u00f3n moderada. La intervenci\u00f3n en los casos de desprotecci\u00f3n moderada y riesgo leve de desprotecci\u00f3n corresponder\u00e1 siempre a los Servicios Sociales de las Entidades Locales, ya sean a los Servicios Sociales Comunitarios o a los Equipos de Tratamiento Familiar, seg\u00fan se adscriban a los criterios de inclusi\u00f3n espec\u00edficos de estos equipos y quedan detallados en su manual de intervenci\u00f3n correspondiente.<br \/>\n&#8211; La existencia de demanda de ayuda para resolver sus dificultades por parte de los padres, madres o personas que ejerzan la tutela o guarda del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente a los Servicios Sociales de las Entidades Locales o al Servicio de Protecci\u00f3n de Menores, seg\u00fan se trate, y, la manifestaci\u00f3n de conciencia de problema y su grado de colaboraci\u00f3n con la propuesta de intervenci\u00f3n realizada desde dichos servicios, son elementos que \u2013adem\u00e1s de la presencia o no de indicadores de desprotecci\u00f3n y su gravedad siempre deber\u00e1n ser valorados antes de determinar el nivel global de gravedad de un caso.<br \/>\n&#8211; La nula o insuficiente conciencia de problema y\/o colaboraci\u00f3n con la propuesta de intervenci\u00f3n por parte de los padres, madres o personas que ejerzan la tutela o guarda del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente podr\u00e1n suponer un incremento en la valoraci\u00f3n del nivel global de gravedad del caso.<br \/>\n&#8211; Cuando estos elementos no est\u00e9n presentes y se trate de un caso con indicadores que se encuentran en el l\u00edmite entre \u00abdesprotecci\u00f3n moderada\u00bb y desprotecci\u00f3n grave, podr\u00e1 suponer la calificaci\u00f3n del caso como .<br \/>\n&#8211; En los casos de desprotecci\u00f3n grave, estos elementos van a ser decisivos para que el Servicio de Protecci\u00f3n de Menores pueda determinar si la situaci\u00f3n constituye \u00abdesprotecci\u00f3n grave con intervenci\u00f3n en el medio\u00bb o desamparo.<br \/>\n&#8211; La presencia de conciencia de problema y\/o colaboraci\u00f3n con la propuesta de intervenci\u00f3n no supondr\u00e1n una disminuci\u00f3n en el nivel global de gravedad de desprotecci\u00f3n grave a desprotecci\u00f3n moderada, o de desprotecci\u00f3n moderada a riesgo de desprotecci\u00f3n.<br \/>\nEs importante tener en cuenta que las situaciones de desprotecci\u00f3n moderada, desprotecci\u00f3n grave y desamparo implican la existencia de un da\u00f1o significativo \u2013real o potencial en el bienestar y desarrollo del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente. En este sentido, si bien las situaciones de desprotecci\u00f3n moderada implican un da\u00f1o menor que las situaciones de desprotecci\u00f3n grave o desamparo, no son en ning\u00fan caso menos preocupantes ni implican una menor necesidad de intervenci\u00f3n.<br \/>\nPor otra parte, cada uno de los diferentes niveles de gravedad constituye un continuo donde se incluyen situaciones diversas que pueden acercarse m\u00e1s o menos a cada uno de sus extremos. Esto significa, por ejemplo, que en el nivel de desprotecci\u00f3n moderada pueden incluirse casos que se acercan m\u00e1s a riesgo leve de desprotecci\u00f3n y otros casos que se acercan m\u00e1s a desprotecci\u00f3n grave. Lo mismo sucede en el resto de niveles.<br \/>\nEn las situaciones de desprotecci\u00f3n moderada y grave, es importante tener en cuenta que gravedad de la desprotecci\u00f3n no es sin\u00f3nimo de gravedad de los problemas presentes en la familia ni de dificultad en relaci\u00f3n a su abordaje, aunque suele haber una asociaci\u00f3n entre la gravedad del da\u00f1o infligido al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente y el n\u00famero y severidad de problemas en la familia (dificultades personales en las figuras parentales, d\u00e9ficits de habilidades parentales, abuso de drogas o alcohol, aislamiento social, dificultades econ\u00f3micas y laborales, etc.). La gravedad de la desprotecci\u00f3n se eval\u00faa fundamentalmente en funci\u00f3n del impacto que el comportamiento de los padres y madres o personas que ejercen la tutela o guarda tiene o puede tener en el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente, no en funci\u00f3n del n\u00famero o gravedad de los problemas que afectan a la familia.<br \/>\nAl igual que las circunstancias de una familia pueden cambiar, la gravedad de la desprotecci\u00f3n tambi\u00e9n puede variar a lo largo del tiempo. Los cambios pueden producirse bien por la intervenci\u00f3n de los profesionales de la atenci\u00f3n a la infancia o bien por la propia evoluci\u00f3n de la familia y de su entorno. Eso implica que, independientemente del tipo de intervenci\u00f3n llevada a cabo por dichos servicios, cualquier familia en la que se detecte una situaci\u00f3n de esta \u00edndole, especialmente si se trata de desprotecci\u00f3n moderada o grave, deber\u00e1 ser objeto de evaluaci\u00f3n continuada en cuanto a la situaci\u00f3n de los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes hasta garantizar que los cuidados y atenci\u00f3n recibidos por \u00e9stos se encuentran en un nivel adecuado y los cambios son suficientemente estables.<br \/>\nEn este sentido, es importante tener en cuenta que la valoraci\u00f3n de la gravedad de la desprotecci\u00f3n se realiza en un momento concreto de la vida de una familia y de un ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente. Las situaciones de desprotecci\u00f3n que pudieran haberse producido en el pasado pero que no se encuentren presentes en el momento de la valoraci\u00f3n no ser\u00e1n calificadas como tales, aun cuando sus secuelas en el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente puedan persistir. Conocer la existencia previa de situaciones de desprotecci\u00f3n en una familia es importante en muchos sentidos: para elaborar el pron\u00f3stico sobre las posibilidades de capacitaci\u00f3n parental, para entender el origen de los problemas o dificultades del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente, etc. Pero esta circunstancia no ha de influir en la valoraci\u00f3n acerca de la existencia o no de una situaci\u00f3n de desprotecci\u00f3n y de su gravedad en otro momento diferente. No obstante lo anterior, en estos casos se ha de tener constancia de la modificaci\u00f3n de las circunstancias que provocaron la situaci\u00f3n de desprotecci\u00f3n (v\u00e9ase el ep\u00edgrafe \u00abAntecedentes de desprotecci\u00f3n grave perpetrada por el padre, la madre o personas que ejercen la tutela o guarda\u00bb).<br \/>\nCircunstancias particulares.<br \/>\nCuando la valoraci\u00f3n de la existencia de desprotecci\u00f3n y su gravedad implique a ni\u00f1os, ni\u00f1as o adolescentes que pasan per\u00edodos relativamente prolongados y regulares de tiempo en diferentes n\u00facleos convivenciales \u2013como el caso de hijos e hijas de parejas separadas o divorciadas se evaluar\u00e1 el trato y el nivel de cuidados recibidos por el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente en cada uno de esos domicilios de forma independiente.<br \/>\nTal y como se ha se\u00f1alado en el apartado \u00abSituaciones de riesgo y desprotecci\u00f3n: definici\u00f3n y niveles de gravedad\u00bb, este instrumento parte de la consideraci\u00f3n de que hay una serie de derechos y necesidades b\u00e1sicas que toda persona menor de edad tiene que tener garantizadas y satisfechas para promover su desarrollo integral, independientemente del grupo sociocultural al que pertenezca o de los valores y costumbres que sus padres y madres o personas que ejerzan su tutela o guarda han adquirido por su pertenencia al mismo. Si bien tanto los Servicios Sociales de las Entidades Locales como los Servicios de Protecci\u00f3n de Menores deben tomar en consideraci\u00f3n y mostrar el m\u00e1ximo respeto a los valores o costumbres culturales particulares, \u00e9stas deben garantizar la cobertura de los derechos y necesidades b\u00e1sicas de todo ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente. En caso de no ser as\u00ed, dichos servicios tienen el mandato legal de intervenir para corregir esa situaci\u00f3n.<br \/>\nHay determinadas pr\u00e1cticas, particulares o m\u00e1s frecuentes en determinados grupos socioculturales o \u00e9tnicos, que suponen claramente una violaci\u00f3n de los derechos fundamentales de los ni\u00f1os, ni\u00f1as o adolescentes y que quedan recogidas en el instrumento como situaciones de desprotecci\u00f3n moderada y\/o grave. Algunos ejemplos incluyen la mutilaci\u00f3n genital femenina o la manifestaci\u00f3n externa de la voluntad de cometerla \u2013tipificadas ambas en el C\u00f3digo Penal, la utilizaci\u00f3n de los ni\u00f1os, ni\u00f1as o adolescentes para el ejercicio de la mendicidad, la explotaci\u00f3n laboral o el abandono de la escolarizaci\u00f3n antes de los 16 a\u00f1os para realizar otro tipo de tareas tipificada tambi\u00e9n en el C\u00f3digo Penal. Sin embargo, hay otras situaciones como la celebraci\u00f3n de matrimonios tempranos (entre los 16 y los 18 a\u00f1os) concertados, o la promoci\u00f3n del contacto o relaci\u00f3n de una adolescente con un var\u00f3n adulto con el objetivo de preparar un futuro matrimonio, requieren una valoraci\u00f3n individualizada. Dicha valoraci\u00f3n ha de centrarse en:<br \/>\n&#8211; el grado en que la persona menor de edad est\u00e1 recibiendo un trato adecuado, sin presencia de ninguna de las situaciones de desprotecci\u00f3n recogidas en este instrumento,<br \/>\n&#8211; el riesgo de que, como consecuencia de lo que el padre y la madre o personas que ejercen su tutela o guarda est\u00e1n haciendo, la persona menor de edad pueda ser objeto en el futuro pr\u00f3ximo de explotaci\u00f3n, abuso o maltrato por parte de otras personas,<br \/>\n&#8211; el grado de madurez y aceptaci\u00f3n de la situaci\u00f3n por parte de la persona menor de edad y<br \/>\n&#8211; la presencia de s\u00edntomas de da\u00f1o o malestar emocional en la persona menor de edad.<br \/>\n\u00danicamente cuando se identifiquen dificultades importantes en una o varias de estas \u00e1reas podr\u00e1 ser indicada la intervenci\u00f3n de los Servicios Sociales de las Entidades Locales y\/o Servicios de Protecci\u00f3n de Menores, seg\u00fan corresponda.<br \/>\nEl hecho de que un o una adolescente no emancipado legalmente viva de forma independiente a su padre y madre o personas que ejercen su tutela o guarda (puede vivir solo, en pareja con una persona adulta, con otros adolescentes, etc.), no supone en s\u00ed mismo una situaci\u00f3n de desprotecci\u00f3n. Se aplicar\u00e1n en estos casos los criterios se\u00f1alados en el p\u00e1rrafo anterior.<br \/>\nProcedimiento para la recogida de la informaci\u00f3n.<br \/>\nEn la valoraci\u00f3n se deber\u00e1 realizar una revisi\u00f3n del grado de atenci\u00f3n y cobertura por parte de los padres y madres o de las personas que ejercen la tutela o guarda del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente a sus necesidades f\u00edsicas, emocionales, cognitivas y sociales b\u00e1sicas. Eso significa que en todos los casos \u2013independientemente de que el inicio de la valoraci\u00f3n se produzca por la afectaci\u00f3n de un \u00e1rea concreta de atenci\u00f3n al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente- la valoraci\u00f3n ha de explorar la posible presencia de negligencia (escalas de negligencia hacia necesidades f\u00edsicas, de seguridad, escolares y ps\u00edquicas) y maltrato emocional (categor\u00eda B.1.). El resto de tipolog\u00edas (por ejemplo, maltrato f\u00edsico, violencia sexual, mendicidad, explotaci\u00f3n laboral) solo ser\u00e1n exploradas si hay alg\u00fan tipo de indicador o dato que hace pensar en su posible existencia. Es importante tener en cuenta que en la mayor\u00eda de los casos la desprotecci\u00f3n afecta a diferentes \u00e1reas, no present\u00e1ndose una \u00fanica tipolog\u00eda sino varias de forma simult\u00e1nea y no necesariamente todas con el mismo nivel de gravedad.<br \/>\nLa valoraci\u00f3n se extender\u00e1 a todos los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes que vivan en una familia, independientemente de que se haya iniciado por la notificaci\u00f3n referida a uno de ellos. Se valorar\u00e1 la situaci\u00f3n de cada uno de los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes de forma individualizada; la pertenencia al mismo grupo familiar o la experimentaci\u00f3n del mismo trato o cuidado por parte de las figuras parentales no implica un impacto id\u00e9ntico en el desarrollo y bienestar del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente. El efecto de la desprotecci\u00f3n en una persona menor de edad no solo depende del trato o cuidado que recibe por parte de las personas que asumen las funciones parentales, sino tambi\u00e9n de otra serie de factores como son la edad actual del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente y su edad en el momento de inicio de la desprotecci\u00f3n, o la presencia de otro tipo de factores protectores o de vulnerabilidad.<br \/>\nEn t\u00e9rminos generales, la gravedad de la desprotecci\u00f3n se determina por el tipo de comportamiento de los padres y madres o personas que ejercen la tutela o guarda del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente, pero fundamentalmente por el impacto que dicho comportamiento tiene o puede tener sobre la salud, bienestar y desarrollo de la persona menor de edad7.<br \/>\nEn este sentido, es importante tener en cuenta que en nuestro contexto los casos en que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente sufre o puede sufrir secuelas f\u00edsicas significativas como consecuencia de una situaci\u00f3n de desprotecci\u00f3n son escasos (constituyen casos extremos o que afectan a ni\u00f1os y ni\u00f1as de corta edad). En la mayor\u00eda de las ocasiones, es el impacto psicol\u00f3gico sobre el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente y su repercusi\u00f3n en su desarrollo emocional, social y\/o cognitivo, lo que determina la gravedad del caso. Por esta raz\u00f3n, en la valoraci\u00f3n de la gravedad es fundamental la toma en consideraci\u00f3n de los componentes afectivos de las relaciones familiares y del impacto actual o potencial de la desprotecci\u00f3n en el desarrollo emocional, social y cognitivo del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente. Esta valoraci\u00f3n solo puede ser realizada por profesionales de la psicolog\u00eda. Para ello utilizar\u00e1n las t\u00e9cnicas propias de su disciplina profesional, que incluyen la observaci\u00f3n y la entrevista as\u00ed como la aplicaci\u00f3n de instrumentos estandarizados, que pueden complementarse cuando sea necesario o pertinente con otro tipo de pruebas (como por ejemplo el Instrumento para la Evaluaci\u00f3n del da\u00f1o ps\u00edquico en ni\u00f1os\/as de 3 a 17 a\u00f1os denominado \u00abCuestionario de Capacidades y Dificultades (S.D.Q.)\u00bb de Goodman R. (1997) que se adjunta en el Anexo III de este documento). Cuando se utilicen otros instrumentos estandarizados se optar\u00e1 por aquellos que dispongan de probada fiabilidad y validez, especialmente cuando se apliquen en la valoraci\u00f3n de casos de desprotecci\u00f3n grave y\/o vayan a utilizarse para justificar la intervenci\u00f3n de los Servicios de Protecci\u00f3n de Menores con oposici\u00f3n de los padres y madres o de las personas que ejercen la tutela o guarda del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente.<br \/>\nEn los casos de sospecha de desprotecci\u00f3n moderada o grave, se recoger\u00e1 informaci\u00f3n no solo del comportamiento de los padres y madres o de las personas que ejercen la tutela o guarda del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente, sino tambi\u00e9n directamente de la persona menor de edad. Siempre que sea posible, los y las profesionales que lleven a cabo la valoraci\u00f3n mantendr\u00e1n al menos una entrevista con \u00e9l o ella. Para ello, deber\u00e1n contar \u2013salvo si se trata de un caso de desprotecci\u00f3n grave y el \u00abinter\u00e9s superior del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente\u00bb as\u00ed lo aconseje\u2013 con el consentimiento de su padre y madre o la persona o personas que ejerzan su guarda y tutela. Si no fuera posible, se suplir\u00e1 con la informaci\u00f3n aportada por terceras fuentes cualificadas (p. ej. profesorado) que conozcan al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente.<br \/>\nAdem\u00e1s de la informaci\u00f3n que se pueda obtener directamente de los miembros de la familia, en la valoraci\u00f3n se establecer\u00e1 siempre en contacto con los y las profesionales del \u00e1mbito sanitario y escolar que les atienden, as\u00ed como con profesionales de otros servicios relevantes que est\u00e9n interviniendo con la familia (p. ej. servicios de salud mental). La disposici\u00f3n de informe m\u00e9dico es imprescindible para la justificaci\u00f3n de da\u00f1os f\u00edsicos graves en el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente.<br \/>\nCuando se sospeche la presencia de un trastorno psicopatol\u00f3gico, problemas emocionales o limitaciones intelectuales en una persona adulta o menor de edad y no sea posible \u2013por ejemplo, por la no colaboraci\u00f3n de la persona afectada llevar a cabo una valoraci\u00f3n o diagn\u00f3stico confirmatorio con suficiente profundidad por parte de profesionales de la psicolog\u00eda o psiquiatr\u00eda, solo podr\u00e1 concluirse en la existencia de \u00absospechas\u00bb y as\u00ed deber\u00e1 ser recogido en el correspondiente informe. Aunque es recomendable, no es necesaria la disposici\u00f3n de un informe escrito de profesionales de la red p\u00fablica de salud mental para considerar confirmada alguna de estas circunstancias. La valoraci\u00f3n de los y las profesionales de la psicolog\u00eda que trabajan en y para los Servicios Sociales es suficiente, siempre y cuando se realice con la profundidad requerida y las t\u00e9cnicas adecuadas.<br \/>\nEn la valoraci\u00f3n se evitar\u00e1n intromisiones innecesarias en la intimidad de los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes y sus familias.<br \/>\nComo se ha se\u00f1alado anteriormente, la informaci\u00f3n en base a la cual se realice la valoraci\u00f3n ha de ser completa, actualizada y suficientemente contrastada. En ning\u00fan caso deber\u00e1 darse por confirmada o refutada la existencia de una situaci\u00f3n de desprotecci\u00f3n o desamparo en base a informaci\u00f3n que no cumpla estas condiciones. No obstante, habr\u00e1 ocasiones en que no ser\u00e1 posible proceder a una recogida de informaci\u00f3n completa porque, por ejemplo, \u00fanicamente se tiene acceso a una \u00fanica fuente que puede estar sesgada y no hay posibilidad de acceder a m\u00e1s fuentes, porque no ha sido posible visitar el domicilio familiar o tener contacto directo con alg\u00fan miembro de la familia, siendo eso imprescindible para obtener o corroborar determinada informaci\u00f3n, porque \u00fanicamente se ha podido disponer de informaci\u00f3n de fuentes indirectas, y\/o porque los y las profesionales que han proporcionado determinada informaci\u00f3n no son especialistas en esa materia y no es posible acceder a los o las especialistas que ser\u00edan necesarios. Cuando se produzcan estas circunstancias se pondr\u00e1 un especial cuidado y cautela en las conclusiones de la valoraci\u00f3n, reflejando en el correspondiente informe que se trata de \u00absospechas\u00bb, informaci\u00f3n no suficientemente contrastadasin informaci\u00f3n suficiente o sin informaci\u00f3n.<br \/>\nServicios implicados y recursos necesarios en la valoraci\u00f3n.<br \/>\nEn la mayor\u00eda de casos, la valoraci\u00f3n inicial de la existencia de una situaci\u00f3n de desprotecci\u00f3n y su gravedad corresponder\u00e1 a los Servicios Sociales de las Entidades Locales, aunque habr\u00e1 casos que por sus especiales caracter\u00edsticas o por la apreciaci\u00f3n de indicios claros de desprotecci\u00f3n grave o desamparo que requiere una intervenci\u00f3n de protecci\u00f3n de urgencia, ser\u00e1n valorados directamente por los Servicios de Protecci\u00f3n de Menores. En los casos de desprotecci\u00f3n grave la determinaci\u00f3n de una posible situaci\u00f3n de desamparo y la toma de decisi\u00f3n sobre la actuaci\u00f3n a seguir recaer\u00e1 siempre en los Servicios de Protecci\u00f3n de Menores.<br \/>\nEl proceso de valoraci\u00f3n de la existencia de una situaci\u00f3n de desprotecci\u00f3n y su nivel de gravedad no est\u00e1 exento de dificultades. Adem\u00e1s de la disposici\u00f3n de criterios t\u00e9cnicos s\u00f3lidos y objetivables, la recogida e interpretaci\u00f3n de la informaci\u00f3n necesaria para llevar a cabo esta valoraci\u00f3n requiere disponer tanto en los Servicios Sociales de las Entidades Locales como en los Servicios de Protecci\u00f3n de Menores de equipos multidisciplinares integrados por profesionales con formaci\u00f3n especializada, una adecuada coordinaci\u00f3n entre ambos servicios, as\u00ed como la colaboraci\u00f3n activa de la red de servicios comunitarios que est\u00e1n en relaci\u00f3n con el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente y su familia. Estas condiciones son tambi\u00e9n imprescindibles para desarrollar una intervenci\u00f3n preventiva o rehabilitadora eficaz con los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes en situaci\u00f3n de riesgo y desamparo y sus familias.<br \/>\nLos equipos que lleven a cabo la valoraci\u00f3n en uno u otro nivel deber\u00e1n:<br \/>\n&#8211; Ser interdisciplinares, incluyendo como m\u00ednimo a trabajadores\/as sociales, psic\u00f3logos\/as y educadores\/as sociales, y estar formados por profesionales con formaci\u00f3n espec\u00edfica en protecci\u00f3n a la infancia y adolescencia.<br \/>\n&#8211; Integrar en el equipo de valoraci\u00f3n a otros y otras profesionales que est\u00e9n interviniendo en los casos que se est\u00e1n valorando, especialmente profesionales de centros residenciales o equipos de seguimiento y apoyo a los acogimientos familiares.<br \/>\n&#8211; Buscar la colaboraci\u00f3n activa e implicar en el proceso de valoraci\u00f3n a la red de servicios comunitarios que est\u00e1n en relaci\u00f3n con el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente y su familia.<br \/>\n&#8211; Completar el proceso de valoraci\u00f3n de forma \u00e1gil, en los plazos de tiempo establecidos en los correspondientes manuales de intervenci\u00f3n.<br \/>\nElaboraci\u00f3n de informe.<br \/>\nAl completar la valoraci\u00f3n se redactar\u00e1 el correspondiente informe, que quedar\u00e1 incorporado en el expediente o historia del caso. El informe se elaborar\u00e1 en todos los casos, independientemente de cu\u00e1les hayan sido sus conclusiones (confirmaci\u00f3n o no de la desprotecci\u00f3n o desamparo). Para ello, se seguir\u00e1n los criterios establecidos al efecto en los Manuales t\u00e9cnicos de actuaci\u00f3n tanto de los Equipos de Tratamiento Familiar como de los Servicios de Protecci\u00f3n de Menores. El informe deber\u00e1 ir acompa\u00f1ado de la hoja resumen del instrumento (ver Anexo IV).<br \/>\nComo se ha se\u00f1alado anteriormente, en el informe se ha de hacer una revisi\u00f3n del grado de atenci\u00f3n y cobertura por parte de los padres y madres o de las personas que ejercen la tutela o guarda del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente a sus necesidades f\u00edsicas, emocionales, cognitivas y sociales b\u00e1sicas. Cuando se identifiquen situaciones de desprotecci\u00f3n grave, la parte descriptiva del informe se detendr\u00e1 con mayor detalle en las \u00e1reas que se identifiquen como deficitarias, es decir, en las tipolog\u00edas de desprotecci\u00f3n presentes en el caso. Si ha habido tipolog\u00edas no exploradas por no existir ning\u00fan indicador o dato que hiciera pensar en su posible existencia, no ser\u00e1 necesario hacer menci\u00f3n a ello en el informe (es decir, no ser\u00e1 necesario se\u00f1alar \u00abno hay abuso sexual\u00bb, \u00abno hay mendicidad\u00bb, \u00abno hay\u2026\u00bb), aunque s\u00ed deber\u00e1 reflejarse en la hoja-resumen del instrumento.<br \/>\nEl apartado final de \u00abValoraci\u00f3n\u00bb del informe se centrar\u00e1 en las tipolog\u00edas de desprotecci\u00f3n presentes en el caso. No ser\u00e1 necesario hacer referencia a tipolog\u00edas no presentes salvo cuando eso se considere relevante (por ejemplo, casos notificados con sospecha de una determinada tipolog\u00eda que posteriormente no se confirma).<br \/>\nEl Informe debe incluir en todos los casos la propuesta de intervenci\u00f3n que realiza el equipo derivante: intervenci\u00f3n en el medio o separaci\u00f3n familiar. Se debe explicar claramente los motivos por los cuales el equipo se inclina por una u otra opci\u00f3n y que Plan de Intervenci\u00f3n se llevar\u00eda a cabo tras la decisi\u00f3n propuesta.<br \/>\nDerivaci\u00f3n de casos entre los Servicios Sociales Comunitarios, Equipos de Tratamiento Familiar y Servicios de Protecci\u00f3n de Menores en funci\u00f3n de los resultados de la valoraci\u00f3n.<br \/>\nLa derivaci\u00f3n de casos se puede producir en diferentes momentos del proceso de intervenci\u00f3n:<br \/>\n&#8211; Tras la recepci\u00f3n de un caso, cuando las primeras informaciones proporcionan datos suficientes y constatados sobre el nivel de gravedad y urgencia, que hacen valorar que la intervenci\u00f3n corresponde a otro servicio.<br \/>\n&#8211; Tras la investigaci\u00f3n, cuando se confirma la gravedad del caso.<br \/>\n&#8211; Durante el proceso de intervenci\u00f3n, cuando se producen cambios en la gravedad del caso (bien disminuyendo o aumentando) o se obtienen nuevos datos sobre la situaci\u00f3n de los ni\u00f1os, ni\u00f1as o adolescentes que hacen recalificar el nivel de gravedad.<br \/>\nEn cualquiera de estas circunstancias, pero especialmente en las se\u00f1aladas en el \u00faltimo punto, es importante tener en cuenta que la derivaci\u00f3n no es un mero acto administrativo que se ejecuta de forma inmediata, sino que es un proceso con una fase inicial muy importante de coordinaci\u00f3n, an\u00e1lisis conjunto y establecimiento de acuerdos entre los Servicios Sociales Comunitarios, Equipos de Tratamiento Familiar y Servicios de Protecci\u00f3n de Menores, as\u00ed como de preparaci\u00f3n de las familias, que requiere un tiempo y ha de ser planificada y llevada a cabo cuidadosamente. Solo de esta manera se podr\u00e1 conseguir una derivaci\u00f3n exitosa y posibilitar una intervenci\u00f3n eficaz.<br \/>\nComo regla general, la derivaci\u00f3n se realizar\u00e1 siempre a trav\u00e9s de un informe escrito que resuma la intervenci\u00f3n llevada a cabo con el caso, la situaci\u00f3n actual de la familia y de los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes, y la justificaci\u00f3n del nivel de gravedad asignado.<br \/>\nLos Servicios Sociales Comunitarios derivar\u00e1n un caso a los Equipos de Tratamiento Familiar, cuando exista una situaci\u00f3n de desprotecci\u00f3n moderada o una situaci\u00f3n de desprotecci\u00f3n grave de un ni\u00f1o o ni\u00f1a de seis o m\u00e1s a\u00f1os, y se concluya que la intervenci\u00f3n ha resultado insuficiente, o se detecta la necesidad de realizar un tratamiento especializado para conseguir cambios que eviten que aumente la gravedad del caso. Los casos de desprotecci\u00f3n grave de ni\u00f1os o ni\u00f1as que no hayan cumplido los seis a\u00f1os, se derivar\u00e1n al Servicio de Protecci\u00f3n de Menores con la correspondiente propuesta de \u00abintervenci\u00f3n en el medio\u00bb o \u00abdesamparo\u00bb.<br \/>\nLos Equipos de Tratamiento Familiar derivar\u00e1n un caso a los Servicios Sociales Comunitarios, cuando tras desarrollar y concluir el proyecto de tratamiento familiar se valore que existe una situaci\u00f3n de riesgo, o ya no existe, y se requiere un seguimiento o intervenci\u00f3n para el mantenimiento de los cambios conseguidos; o bien cuando se valore la existencia de una situaci\u00f3n de desprotecci\u00f3n moderada que necesite un especial apoyo y seguimiento para evitar que la situaci\u00f3n se agrave. Asimismo, podr\u00e1n derivar un caso a los Servicios Sociales Comunitarios, cuando no se haya podido concluir el proyecto de tratamiento familiar, pero se valore necesario la realizaci\u00f3n de un seguimiento.<br \/>\nSi durante el proceso de valoraci\u00f3n o intervenci\u00f3n de los Servicios Sociales Comunitarios o de los Equipos de Tratamiento Familiar, se identificara una situaci\u00f3n de desprotecci\u00f3n grave, se proceder\u00e1 de la siguiente forma, en funci\u00f3n de la edad del menor:<br \/>\n&#8211; En los casos de ni\u00f1os y ni\u00f1as menores de seis a\u00f1os, se derivar\u00e1 siempre al Servicio de Protecci\u00f3n de Menores. En el apartado \u00abactuaci\u00f3n a seguir en desprotecci\u00f3n grave\u00bb, se marcar\u00e1 \u00abintervenci\u00f3n en el medio\u00bb o \u00abdesamparo\u00bb, debiendo fundamentar la propuesta en el informe de derivaci\u00f3n que acompa\u00f1a a la hoja.<br \/>\n&#8211; En los caso de ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes de seis a\u00f1os en adelante, solo se derivar\u00e1n al Servicio de Protecci\u00f3n de Menores aquellos casos en los que se valore la existencia de una posible situaci\u00f3n de desamparo. En el apartado \u00abactuaci\u00f3n a seguir en los casos de desprotecci\u00f3n grave\u00bb, se marcar\u00e1 \u00abdesamparo\u00bb, debiendo fundamentar la propuesta en el informe de derivaci\u00f3n que acompa\u00f1e a la hoja.<br \/>\nEn caso de que el Servicio de Protecci\u00f3n de Menores considere que no existe desamparo, pero s\u00ed una situaci\u00f3n de desprotecci\u00f3n o riesgo, susceptible de intervenci\u00f3n en el medio, derivar\u00e1 a los Servicios Sociales Comunitarios (situaci\u00f3n de riesgo) o al Equipo de Tratamiento Familiar (situaci\u00f3n de desprotecci\u00f3n moderada o grave). Asimismo, tambi\u00e9n derivar\u00e1 al Equipo de Tratamiento Familiar aquellos casos en los que habi\u00e9ndose adoptado una medida protectora, se valora que la reunificaci\u00f3n familiar es posible al existir indicios de recuperabilidad.<br \/>\nCircuito de derivaci\u00f3n de casos en funci\u00f3n de los resultados de la valoraci\u00f3n<br \/>\nPARTE III. INSTRUMENTO PARA LA VALORACI\u00d3N DE LAS GRAVEDAD DE LAS SITUACIONES DE RIESGO, DESPROTECCI\u00d3N Y DESAMPARO<br \/>\nTIPOS DE SITUACIONES DE DESPROTECCI\u00d3N<br \/>\nI. Tipolog\u00edas de desprotecci\u00f3n:<br \/>\nA. Maltrato f\u00edsico<br \/>\n&#8211; A.1. Privaci\u00f3n deliberada de comida o agua<br \/>\n&#8211; A.2. Confinamiento o restricci\u00f3n f\u00edsica<br \/>\nB. Maltrato psicol\u00f3gico\/emocional<br \/>\n&#8211; B.1. Maltrato emocional<br \/>\n&#8211; B.2. Instrumentalizaci\u00f3n en conflictos entre las figuras parentales<br \/>\n&#8211; B.3. Exposici\u00f3n a situaciones de violencia de pareja o entre miembros de la unidad convivencial<br \/>\n&#8211; B.4. Amenazas de agresi\u00f3n f\u00edsica<br \/>\nC. Negligencia<br \/>\n&#8211; C.1. Negligencia hacia las necesidades f\u00edsicas<br \/>\n&#8211; C.2. Negligencia hacia las necesidades de seguridad<br \/>\n&#8211; C.3. Negligencia hacia las necesidades escolares<br \/>\n&#8211; C.4. Negligencia hacia las necesidades ps\u00edquicas<br \/>\nD. Abandono<br \/>\n&#8211; D.1. Expulsi\u00f3n o negaci\u00f3n de la entrada al domicilio<br \/>\nE. Violencia sexual<br \/>\nF. Incapacidad parental de control de la conducta del menor<br \/>\nG. Otras tipolog\u00edas<br \/>\n&#8211; G.1. S\u00edndrome de Munchausen por Poderes<br \/>\n&#8211; G.2. Maltrato prenatal<br \/>\n&#8211; G.3. Corrupci\u00f3n<br \/>\n&#8211; G.4. Mendicidad<br \/>\n&#8211; G.5. Explotaci\u00f3n laboral<br \/>\nII. Otras situaciones espec\u00edficas que podr\u00edan dar lugar a desprotecci\u00f3n grave:<br \/>\n&#8211; A. Antecedentes de desprotecci\u00f3n grave perpetradas por el padre, la madre o personas que ejercen la tutela o la guarda.<br \/>\n&#8211; B. Graves dificultades personales en el padre y la madre o en las personas que ejercen la tutela o la guarda.<br \/>\nI. Tipolog\u00edas de desprotecci\u00f3n8:<br \/>\nA. Maltrato f\u00edsico.<br \/>\nEl ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente que ha sufrido un da\u00f1o f\u00edsico o hay riesgo de que lo sufra como consecuencia directa de las agresiones de su padre, madre o de las personas que ejercen su tutela o guarda.<br \/>\nEsta tipolog\u00eda se refiere exclusivamente a aspectos de tipo f\u00edsico tanto en relaci\u00f3n al comportamiento del padre y la madre o las personas que ejercen la tutela o guarda como en relaci\u00f3n a sus consecuencias en el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente. Al igual que en el resto de tipolog\u00edas de esta \u00edndole, siempre deber\u00e1 evaluarse la presencia asociada de otras tipolog\u00edas de desprotecci\u00f3n, especialmente las incluidas en la categor\u00eda de \u00abmaltrato psicol\u00f3gico\/emocional\u00bb.<br \/>\n&#8211; Para calificar un determinado nivel de gravedad bastar\u00e1 con que se presenten las circunstancias descritas en uno de los ep\u00edgrafes (cada ep\u00edgrafe se se\u00f1ala con un punto).<br \/>\n&#8211; La calificaci\u00f3n del nivel de gravedad se establece fundamentalmente en base a la gravedad de las lesiones o da\u00f1o f\u00edsico que el comportamiento del padre, madre o personas que ejercen la tutela o guarda ha provocado o ha podido provocar en el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente.<br \/>\nEscala de gravedad:<br \/>\n1. Gravedad muy elevada.<br \/>\n&#8211; Utilizaci\u00f3n excesiva de la fuerza f\u00edsica9 que provoca una lesi\u00f3n muy grave. Una lesi\u00f3n muy grave implica que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente requiere atenci\u00f3n m\u00e9dica inmediata, a menudo de forma urgente (por ejemplo, fracturas de los huesos largos, lesiones internas, hematoma subdural, s\u00edndrome del ni\u00f1o o ni\u00f1a zarandeada \u2013en ni\u00f1os y ni\u00f1as menores de 24 meses, quemaduras de tercer grado, lesiones oculares). Se incluye el maltrato f\u00edsico derivado de actos rituales.<br \/>\n&#8211; Ni\u00f1o o ni\u00f1a menor de seis a\u00f1os, o de m\u00e1s edad con alguna discapacidad, con marcas de golpes en la cara, cabeza (incluye mechones de pelo arrancados), nariz, genitales o abdomen.<br \/>\n&#8211; Ni\u00f1o o ni\u00f1a menor de seis a\u00f1os, o de m\u00e1s edad con alguna discapacidad, con s\u00edntomas de haber consumido drogas, alcohol o f\u00e1rmacos potencialmente peligrosos no prescritos ni recomendados m\u00e9dicamente que han sido administrados por su padre, madre o personas que ejercen su tutela o guarda con el objetivo de que el ni\u00f1o o ni\u00f1a no les perturbe, se mantenga dormido o similar10.<br \/>\nEstas situaciones se calificar\u00e1n como \u00abgravedad muy elevada\u00bb aun cuando solo hayan aparecido en una ocasi\u00f3n.<br \/>\n2. Gravedad elevada.<br \/>\n&#8211; Utilizaci\u00f3n excesiva de la fuerza f\u00edsica que provoca una lesi\u00f3n grave. Una lesi\u00f3n grave no pone en riesgo la vida del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente y no es probable que provoque ninguna incapacidad aun cuando no se proporcione atenci\u00f3n m\u00e9dica (por ejemplo, torceduras, conmociones leves, dientes rotos, quemaduras de primero y segundo grado, cortes que necesitan puntos de sutura, fracturas de huesos peque\u00f1os, etc.).<br \/>\n&#8211; Ni\u00f1o o ni\u00f1a entre seis y doce a\u00f1os sin discapacidad con marcas de golpes en la cara, cabeza, nariz, genitales o abdomen.<br \/>\n&#8211; Ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente mayor de seis a\u00f1os sin discapacidad con s\u00edntomas de haber consumido drogas, alcohol o f\u00e1rmacos potencialmente peligrosos no prescritos ni recomendados m\u00e9dicamente que han sido administrados por su padre, madre o personas que ejercen su tutela o guarda con el objetivo de que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente no les perturbe, se mantenga dormido o similar.<br \/>\nEstas situaciones se calificar\u00e1n como gravedad elevada aun cuando solo hayan aparecido en una ocasi\u00f3n.<br \/>\n&#8211; Ni\u00f1a o chica adolescente de quien se conoce o sospecha que su padre y madre o personas que ejercen su tutela o guarda tienen intenci\u00f3n de someter a una mutilaci\u00f3n genital (en Espa\u00f1a o en el extranjero). Importante: Si despu\u00e9s de ser informados por parte de los Servicios Sociales de la consideraci\u00f3n legal de la mutilaci\u00f3n genital femenina y de las consecuencias que se derivar\u00edan de ello, el padre y la madre o las personas que ejercen la tutela o guarda de la ni\u00f1a o adolescente persisten en su intenci\u00f3n, la gravedad del caso pasar\u00e1 a ser calificada como \u00abmuy elevada\u00bb.<br \/>\n3. Gravedad moderada.<br \/>\n&#8211; Utilizaci\u00f3n habitual o frecuente de la fuerza f\u00edsica de forma excesiva, provocando lesiones superficiales. Se except\u00faan los ni\u00f1os y ni\u00f1as menores de doce a\u00f1os se\u00f1alados en apartados anteriores. Las lesiones superficiales est\u00e1n localizadas en una o dos \u00e1reas e implican rozaduras y enrojecimientos en la piel. Puede haber ligero sangrado (p. ej. nariz).<br \/>\n&#8211; Utilizaci\u00f3n habitual o frecuente de la fuerza f\u00edsica de forma excesiva, no habiendo provocado lesiones. La fuerza y el tipo de castigo son excesivos. El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente no ha sufrido una lesi\u00f3n f\u00edsica, pero las agresiones le provocan un dolor considerable durante un per\u00edodo prolongado de tiempo y hay un riesgo potencial de que en el futuro se produzca una lesi\u00f3n f\u00edsica.<br \/>\n4. Riesgo leve.<br \/>\n&#8211; Utilizaci\u00f3n habitual o frecuente de la fuerza f\u00edsica aunque no de forma excesiva, no habiendo provocado lesiones o \u00fanicamente enrojecimientos que desaparecen r\u00e1pidamente. El tipo de castigo es inapropiado en cuanto al tipo (p. ej. cachetes con la mano abierta, estirones de oreja, pellizcos), aunque no se utiliza una fuerza f\u00edsica excesiva. El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente no ha sufrido una lesi\u00f3n f\u00edsica ni dolor f\u00edsico considerable y prolongado, ni hay riesgo de que sufra una lesi\u00f3n f\u00edsica. El prop\u00f3sito principal es mostrar desaprobaci\u00f3n o intentar controlar la conducta del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente, no da\u00f1arle ni infligirle un da\u00f1o serio.<br \/>\n5. No presente.<br \/>\n&#8211; Utilizaci\u00f3n ocasional de la fuerza f\u00edsica aunque no de forma excesiva, no habiendo provocado lesiones o \u00fanicamente enrojecimientos que desaparecen r\u00e1pidamente. El tipo de castigo es inapropiado en cuanto al tipo (p. ej. cachetes con la mano abierta, estirones de oreja, pellizcos), aunque no se ha utilizado una fuerza f\u00edsica excesiva. El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente no ha sufrido una lesi\u00f3n f\u00edsica ni dolor f\u00edsico considerable y prolongado, ni hay riesgo de que sufra una lesi\u00f3n f\u00edsica. El prop\u00f3sito principal es mostrar desaprobaci\u00f3n o intentar controlar la conducta del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente, no da\u00f1arle ni infligirle un da\u00f1o serio. Normalmente se utilizan estrategias disciplinarias no f\u00edsicas ni violentas.<br \/>\n&#8211; Nunca se castiga ni agrede f\u00edsicamente al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente. Se utilizan m\u00e9todos disciplinarios no f\u00edsicos, no violentos (p. ej. supresi\u00f3n de privilegios, desaprobaci\u00f3n verbal). El padre, madre o personas que ejercen la tutela o guarda del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente no permiten que otros le castiguen o agredan f\u00edsicamente.<br \/>\nA.1. Privaci\u00f3n deliberada de comida o agua.<br \/>\nDe forma deliberada o intencionada no se ha proporcionado al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente comida o agua durante al menos un d\u00eda (per\u00edodo inferior para ni\u00f1os o ni\u00f1as peque\u00f1as), o se le ha dado una cantidad m\u00ednima de comida y\/o comida nutritivamente inadecuada durante varios d\u00edas.<br \/>\n&#8211; Para calificar un determinado nivel de gravedad bastar\u00e1 con que se presenten las circunstancias descritas en uno de los ep\u00edgrafes (cada ep\u00edgrafe se se\u00f1ala con un punto).<br \/>\n&#8211; La calificaci\u00f3n del nivel de gravedad se establece fundamentalmente en base al impacto que la situaci\u00f3n ha tenido en la salud del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente, y la experimentaci\u00f3n de hambre y sed.<br \/>\nEscala de gravedad:<br \/>\n1. Gravedad muy elevada.<br \/>\n&#8211; Como consecuencia de la privaci\u00f3n deliberada de comida o agua, el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente est\u00e1 tan gravemente desnutrido o deshidratado (p. ej. importante p\u00e9rdida de peso, malnutrici\u00f3n, deshidrataci\u00f3n, anemia) que requiere ser hospitalizado por razones m\u00e9dicas.<br \/>\n2. Gravedad elevada.<br \/>\n&#8211; Debido a la privaci\u00f3n deliberada de comida o agua, el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente padece algunos s\u00edntomas f\u00edsicos de desnutrici\u00f3n o deshidrataci\u00f3n. Su situaci\u00f3n requiere atenci\u00f3n m\u00e9dica y una dieta de rehabilitaci\u00f3n. No se requiere hospitalizaci\u00f3n por razones m\u00e9dicas (aunque puede que se hospitalice al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente temporalmente para su propia seguridad).<br \/>\n&#8211; De forma habitual o frecuente se castiga al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente con la privaci\u00f3n deliberada de comida o agua. Aunque no hay s\u00edntomas cl\u00ednicos de desnutrici\u00f3n o deshidrataci\u00f3n, el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente puede pasar mucha hambre o sed.<br \/>\n3. Gravedad moderada.<br \/>\n&#8211; Se ha castigado al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente con privaci\u00f3n deliberada de comida o agua. La privaci\u00f3n excede los l\u00edmites culturalmente aceptados. Esto ha sucedido en una o varias ocasiones, pero no de manera frecuente o habitual. El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente nunca ha mostrado s\u00edntomas cl\u00ednicos de desnutrici\u00f3n o deshidrataci\u00f3n, aunque ha podido pasar mucha hambre o sed.<br \/>\n4. Riesgo leve.<br \/>\n&#8211; Se utiliza como estrategia disciplinaria la privaci\u00f3n deliberada o intencional de comida. Aunque el tipo de castigo utilizado se encuentra dentro de los l\u00edmites culturalmente aceptados (p. ej. se manda al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente a la cama sin cenar), se utiliza de forma demasiado frecuente o habitual. Nunca se niega el agua.<br \/>\n5. No presente.<br \/>\n&#8211; Ocasionalmente hay alguna restricci\u00f3n deliberada o intencional de comida dentro de los l\u00edmites culturalmente aceptados (p. ej. se manda al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente a la cama sin cenar). Nunca se niega el agua.<br \/>\n&#8211; Nunca se priva al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente deliberada o intencionadamente de comida y agua cuando se dispone de ellos. Eso nunca se utiliza como forma de castigo. Puede haber restricciones en algunos tipos de comida (p. ej. dulces, postres); esta restricci\u00f3n puede ser una medida disciplinaria u obedecer a razones de salud, econ\u00f3micas, etc.<br \/>\nA.2. Confinamiento o restricci\u00f3n f\u00edsica.<br \/>\n&#8211; Para calificar un determinado nivel de gravedad bastar\u00e1 con que se presenten las circunstancias descritas en uno de los ep\u00edgrafes (cada ep\u00edgrafe se se\u00f1ala con un punto).<br \/>\n&#8211; La calificaci\u00f3n del nivel de gravedad se establece fundamentalmente en base a la duraci\u00f3n y m\u00e9todos utilizados para el confinamiento o la restricci\u00f3n f\u00edsica de los movimientos del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente, y el da\u00f1o f\u00edsico y\/o emocional que dicha situaci\u00f3n ha provocado o puede provocar en el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente.<br \/>\nEscala de gravedad:<br \/>\n1. Gravedad muy elevada.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente es confinado en una habitaci\u00f3n durante varios d\u00edas o m\u00e1s; es confinado en un espacio reducido u oscuro (p. ej. ba\u00f1o, armario) independientemente del tiempo que est\u00e9; no se le permite salir a la calle durante una semana o m\u00e1s; privaci\u00f3n sensorial o colocaci\u00f3n en una situaci\u00f3n que le provoca miedo; restricci\u00f3n de los movimientos mediante enganches, ataduras, cadenas, etc., durante uno o m\u00e1s d\u00edas. Esto ha sucedido en al menos una ocasi\u00f3n. El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente ha sufrido un da\u00f1o f\u00edsico (p. ej. heridas o quemaduras por ataduras) como consecuencia de esta situaci\u00f3n o manifiesta una tensi\u00f3n o malestar emocional serio, o existe potencial para que sufra este tipo de da\u00f1o.<br \/>\n&#8211; La duraci\u00f3n del confinamiento o restricci\u00f3n f\u00edsica es menor, pero se ha producido varias veces y las personas adultas no siempre est\u00e1n cerca del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente para supervisarle u ofrecerle ayuda si la necesita.<br \/>\n&#8211; La duraci\u00f3n del confinamiento o restricci\u00f3n f\u00edsica es menor, pero se ha utilizado con un ni\u00f1o o ni\u00f1a menor de seis a\u00f1os o de m\u00e1s edad pero con limitaciones f\u00edsicas, intelectuales o trastornos de salud mental.<br \/>\n2. Gravedad elevada.<br \/>\n&#8211; El confinamiento y\/o la restricci\u00f3n se utilizan de manera inaceptable desde el punto de vista de las costumbres culturales y constituyen una pauta disciplinaria habitual o frecuente. Por ejemplo, el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente es confinado en su habitaci\u00f3n todo el d\u00eda y toda la noche o su movilidad se ve restringida f\u00edsicamente (con ataduras, enganches, etc.) pero no m\u00e1s de unas horas.<br \/>\n3. Gravedad moderada.<br \/>\n&#8211; El confinamiento y\/o la restricci\u00f3n se utilizan de manera inaceptable desde el punto de vista de las costumbres culturales (por ejemplo, el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente es confinado en su habitaci\u00f3n todo el d\u00eda y toda la noche o su movilidad se ve restringida f\u00edsicamente con ataduras, enganches, etc., pero no m\u00e1s de unas horas). La utilizaci\u00f3n de estas estrategias no es habitual o frecuente, pero se ha producido en varias ocasiones.<br \/>\n4. Riesgo leve.<br \/>\n&#8211; Se utiliza el confinamiento en el propio domicilio habitualmente para disciplinar al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente. Aunque siempre es dentro de los par\u00e1metros culturalmente aceptados (p. ej. mantenerle sin salir de su habitaci\u00f3n durante un tiempo razonable de acuerdo a su edad o caracter\u00edsticas o no permit\u00edrsele salir a jugar o estar con amigos o amigas en todo el d\u00eda, algunas tardes entre semana o durante todo el fin de semana) y nunca se restringe su movilidad at\u00e1ndole o sujet\u00e1ndole, se utiliza de forma habitual o con excesiva frecuencia. No se aplica a situaciones que implican a adolescentes con comportamiento social de alto riesgo.<br \/>\n5. No presente.<br \/>\n&#8211; En ocasiones se utiliza el confinamiento en el propio domicilio para disciplinar al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente pero dentro de los par\u00e1metros culturalmente aceptados (p. ej. mantenerle sin salir de su habitaci\u00f3n durante un tiempo razonable de acuerdo a su edad y caracter\u00edsticas o no permit\u00edrsele salir a jugar o estar con los amigos o amigas en todo el d\u00eda, algunas tardes entre semana o durante todo el fin de semana), pero nunca se restringe su movilidad at\u00e1ndole o sujet\u00e1ndole. No se le coloca en ninguna situaci\u00f3n de peligro f\u00edsico o emocional.<br \/>\n&#8211; Se produce la situaci\u00f3n anterior de forma habitual o frecuente con un o una adolescente con comportamiento social de alto riesgo.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente nunca es encerrado, atado o confinado deliberadamente como forma de castigo.<br \/>\nB. Maltrato psicol\u00f3gico\/emocional.<br \/>\nEl ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente ha sufrido un da\u00f1o ps\u00edquico grave o hay riesgo de que lo sufra como consecuencia de las acciones de su padre y su madre o personas que ejercen su tutela o guarda. En determinados casos \u2013ver tipolog\u00eda de \u00abExposici\u00f3n a situaciones de violencia de pareja o entre miembros de la unidad convivencial\u00bb\u2013 incluye tambi\u00e9n las acciones de otras personas que forman parte de la unidad convivencial.<br \/>\nSe define da\u00f1o ps\u00edquico grave como \u00abla presencia constatada en el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente de un trastorno psicopatol\u00f3gico, s\u00edntomas cl\u00ednicos de ansiedad, depresi\u00f3n, retraimiento o conducta rechazante, conductas agresivas o autodestructivas, o retrasos en el desarrollo, u otros problemas severos de comportamiento que comprometen seriamente su proceso de desarrollo y adaptaci\u00f3n personal y social y requieren tratamiento especializado inmediato\u00bb. La presencia de s\u00edntomas cl\u00ednicos deber\u00e1 establecerse en base a la aplicaci\u00f3n de t\u00e9cnicas diagn\u00f3sticas objetivas y\/o instrumentos que dispongan de \u00edndices adecuados de fiabilidad y validez11.<br \/>\nB.1. Maltrato emocional.<br \/>\n&#8211; Se calificar\u00e1 el nivel de gravedad que m\u00e1s se asemeje a la situaci\u00f3n actual del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente.<br \/>\n&#8211; Para valorar la existencia de esta tipolog\u00eda de desprotecci\u00f3n y su gravedad se recomienda la consulta de la taxonom\u00eda de necesidades infantiles incluida en el Anexo II.<br \/>\n&#8211; En general esta tipolog\u00eda no se define en base a un incidente aislado \u2013salvo si se trata de un incidente o situaci\u00f3n con un alto contenido traum\u00e1tico\u2013 sino como un patr\u00f3n reiterado o continuado de conductas negativas o de interacciones destructivas del padre, la madre o personas que ejercen la tutela o guarda hacia el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente que provocan en \u00e9l o ella un da\u00f1o ps\u00edquico grave o le colocan en riesgo de padecerlo.<br \/>\nTipos de conductas:<br \/>\nRechazar.<br \/>\nActos verbales o no verbales que rechazan o degradan al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente. Incluye:<br \/>\n&#8211; Despreciar, insultar, degradar, y otras formas no f\u00edsicas de tratamiento hostil o rechazante.<br \/>\n&#8211; Avergonzar y\/o ridiculizar al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente por mostrar emociones normales, tales como afecto, dolor o tristeza.<br \/>\n&#8211; Escoger siempre a un determinado ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente para criticarle y castigarle, para hacer la mayor\u00eda de las tareas dom\u00e9sticas, o para recibir menos premios.<br \/>\n&#8211; Humillaci\u00f3n p\u00fablica.<br \/>\n&#8211; Culpar al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente del suicidio, muerte, graves problemas f\u00edsicos o mentales de un miembro de la familia, violencia de pareja o similares.<br \/>\nAterrorizar.<br \/>\nAmenazar al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente con un castigo extremo o uno vago pero siniestro o con abandonarle, con el prop\u00f3sito de crear en \u00e9l o ella un miedo intenso. O colocar o amenazar con colocar al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente o a personas u objetos a los que quiere, en situaciones evidentemente peligrosas o que le provocan un miedo intenso. Incluye:<br \/>\n&#8211; Colocarle o amenazarle con colocarle en circunstancias impredecibles, ca\u00f3ticas o que le provocan un miedo intenso12.<br \/>\n&#8211; Establecer hacia \u00e9l o ella unas expectativas r\u00edgidas o no realistas, con la amenaza de p\u00e9rdida, da\u00f1o o peligro si esas expectativas no se alcanzan.<br \/>\n&#8211; Amenazar o cometer violencia contra el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente o contra personas u objetos queridos por \u00e9l o ella.<br \/>\nAislar.<br \/>\nNegar al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente las oportunidades para satisfacer sus necesidades de interactuar y comunicarse con iguales o con otras personas adultas dentro o fuera del hogar. Incluye:<br \/>\n&#8211; Confinar al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente o poner limitaciones no razonables sobre su libertad de movimiento en su entorno.<br \/>\n&#8211; Ponerle limitaciones o restricciones no razonables respecto a la relaci\u00f3n con iguales u otras personas adultas en la comunidad.<br \/>\nRestricci\u00f3n de la autonom\u00eda.<br \/>\nCoartar o impedir al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente alcanzar las cotas de autonom\u00eda y participaci\u00f3n adecuadas a su edad, promoviendo o permitiendo conductas evolutivamente inapropiadas. Incluye:<br \/>\n&#8211; Sobreimplicaci\u00f3n, intrusividad y\/o dominaci\u00f3n extremas sobre el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente, sin permitirle expresar sus sentimientos, opiniones o deseos o creando un \u00abmicro-mundo\u00bb para \u00e9l. Incluye relaciones simbi\u00f3ticas o fusionales.<br \/>\n&#8211; Infantilizaci\u00f3n o parentalizaci\u00f3n13 del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente.<br \/>\n&#8211; Utilizaci\u00f3n del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente para la materializaci\u00f3n de los deseos no cumplidos de las personas adultas.<br \/>\nSobreexigencia.<br \/>\n&#8211; Sometimiento al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente a una presi\u00f3n excesiva en cuanto a los logros (acad\u00e9micos, f\u00edsicos, comportamentales, responsabilidades a asumir, etc.) a alcanzar o a las responsabilidades a asumir, estando \u00e9stos claramente por encima de las posibilidades y capacidades del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente dada su edad y caracter\u00edsticas o, estando a su alcance, suponi\u00e9ndole un estr\u00e9s muy elevado y\/o grave restricci\u00f3n de otras necesidades o actividades propias de su estadio evolutivo. El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente puede ser castigado o retir\u00e1rsele el afecto de su padre, madre o personas que ejercen su tutela o guarda por no cumplir las expectativas.<br \/>\n&#8211; El padre y la madre o personas que ejercen la tutela o guarda del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente le asignan de forma habitual la realizaci\u00f3n de trabajos dom\u00e9sticos o de cuidado de otros ni\u00f1os o ni\u00f1as o personas enfermas o discapacitadas. No asiste a la escuela por este motivo y\/o no dispone apenas de tiempo para actividades l\u00fadicas y descanso. Puede que estas tareas le sean asignadas fuera del horario escolar o en per\u00edodo festivo, implicando una limitaci\u00f3n o restricci\u00f3n total o pr\u00e1cticamente total de su tiempo libre y de sus oportunidades de relacionarse con iguales.<br \/>\nTransmisi\u00f3n de impredecibilidad, inestabilidad, inseguridad respecto al futuro inmediato.<br \/>\n&#8211; A trav\u00e9s de la conducta o de mensajes verbales, se traslada al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente una grave inseguridad sobre aspectos fundamentales de su futuro inmediato (p. ej. estabilidad de sus figuras adultas de referencia, unidad del n\u00facleo familiar; ni\u00f1os, ni\u00f1as o adolescentes en guarda de hecho que reciben amenazas repetidas de su padre y\/o su madre de ser separados de sus figuras guardadoras). La inseguridad puede ser fundada o infundada. Se incluyen casos de S\u00edndrome de Munchausen por Poderes en los que se transmite directa o indirectamente al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente el mensaje continuado de que su salud est\u00e1 en grave peligro.<br \/>\nLa gravedad del maltrato emocional se determina en funci\u00f3n de la intensidad y frecuencia del comportamiento maltratante del padre, madre o personas que ejercen la tutela o guarda del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente; la edad del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente y la gravedad de las secuelas observables en el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente.<br \/>\nEn situaciones en que la intensidad del comportamiento del padre, madre o personas que ejercen la tutela o guarda es moderada (v\u00e9ase primer ep\u00edgrafe de dicha categor\u00eda) pero el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente sufre un da\u00f1o ps\u00edquico grave como consecuencia de ello, la gravedad se calificar\u00e1 como elevada.<br \/>\nEscala de gravedad:<br \/>\n1. Gravedad muy elevada.<br \/>\n&#8211; El padre, la madre o las personas que ejercen la tutela o guarda del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente han protagonizado en presencia de \u00e9ste o \u00e9sta un acto extremo de maltrato emocional de alto contenido traum\u00e1tico (por ejemplo, intento de suicidio, torturar o matar a un animal querido por el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente para castigarle). El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente ha sufrido un miedo y ansiedad intensas; puede presentar s\u00edntomas de un trastorno por estr\u00e9s postraum\u00e1tico.<br \/>\n&#8211; Las conductas de maltrato emocional se producen de manera continuada, intensa y claramente perceptible, caracterizando la relaci\u00f3n entre al menos una de las figuras parentales y el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente. Los momentos de interacci\u00f3n adecuada o atenci\u00f3n a las necesidades emocionales del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente son inexistentes o espor\u00e1dicos. Y<br \/>\n&#8211; No hay figuras alternativas en el entorno familiar que proporcionen una atenci\u00f3n adecuada a dichas necesidades y compensen esos d\u00e9ficits. Y<br \/>\n&#8211; En ni\u00f1os y ni\u00f1as mayores de seis a\u00f1os y adolescentes: El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente sufre un da\u00f1o ps\u00edquico grave (ver definici\u00f3n) y hay datos razonables para pensar que es consecuencia de las acciones de su padre y su madre o personas que ejercen su tutela o guarda. La valoraci\u00f3n de la gravedad es independiente de que el padre y la madre o las personas que ejercen la tutela o guarda busquen o accedan a que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente reciba atenci\u00f3n psicol\u00f3gica o psiqui\u00e1trica.<br \/>\n&#8211; En ni\u00f1os y ni\u00f1as menores de seis a\u00f1os: La gravedad se calificar\u00e1 como muy elevada independientemente de que el ni\u00f1o o ni\u00f1a muestre o no s\u00edntomas de da\u00f1o ps\u00edquico o retraso en el desarrollo de car\u00e1cter grave.<br \/>\n2. Gravedad elevada.<br \/>\n&#8211; Se dan las circunstancias descritas en el segundo apartado de \u00abgravedad muy elevada\u00bb hacia un ni\u00f1o o ni\u00f1a mayor de seis a\u00f1os o un o una adolescente pero, aunque el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente presenta s\u00edntomas de da\u00f1o ps\u00edquico, no son de car\u00e1cter grave (ver definici\u00f3n). Sin embargo, estos s\u00edntomas no solo no mejoran, sino que evolucionan hacia una mayor gravedad y hay datos razonables para pensar que son consecuencia de las acciones de su padre y su madre o personas que ejercen su tutela o guarda. La valoraci\u00f3n de la gravedad es independiente de que el padre y la madre o las personas que ejercen la tutela o guarda busquen o accedan a que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente reciba atenci\u00f3n psicol\u00f3gica o psiqui\u00e1trica. O<br \/>\n&#8211; Se dan las circunstancias descritas como \u00abgravedad moderada\u00bb en relaci\u00f3n al comportamiento de la madre, padre o personas que ejercen la tutela o guarda y a la ausencia de figuras alternativas en el entorno familiar que compensen sus d\u00e9ficits (ver los dos primeros p\u00e1rrafos). Aunque la situaci\u00f3n no es extrema, el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente sufre un da\u00f1o ps\u00edquico grave (ver definici\u00f3n) y hay datos razonables para pensar que es consecuencia de las acciones de su padre y su madre o personas que ejercen su tutela o guarda. La valoraci\u00f3n de la gravedad es independiente de que el padre y la madre o las personas que ejercen la tutela o guarda busquen o accedan a que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente reciba atenci\u00f3n psicol\u00f3gica o psiqui\u00e1trica.<br \/>\n3. Gravedad moderada:<br \/>\n&#8211; Las conductas de maltrato emocional se producen de manera repetida, aunque se alternan con per\u00edodos o momentos en que la interacci\u00f3n es adecuada. Y<br \/>\n&#8211; No hay figuras alternativas en el entorno familiar que proporcionen una atenci\u00f3n adecuada a las necesidades emocionales del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente y compensen esos d\u00e9ficits. Y<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente se encuentra en una situaci\u00f3n de riesgo de sufrir un da\u00f1o ps\u00edquico grave (ver definici\u00f3n) y hay datos razonables para pensar que dicho riesgo es consecuencia de las acciones de su padre, su madre o las personas que ejercen su tutela o guarda. El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente puede presentar conductas problem\u00e1ticas de car\u00e1cter no severo. Si la situaci\u00f3n no se corrige, dichas conductas pueden evolucionar hacia una mayor gravedad.<br \/>\n4. Riesgo leve.<br \/>\n&#8211; Las conductas de maltrato emocional por parte del padre, madre o personas que ejercen la tutela o guarda del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente se producen de manera repetida, aunque se alternan con per\u00edodos o momentos en que la interacci\u00f3n es adecuada. Sin embargo, hay figuras alternativas en el entorno familiar que proporcionan una atenci\u00f3n adecuada a las necesidades emocionales del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente y compensan esos d\u00e9ficits. El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente no manifiesta s\u00edntomas de da\u00f1o ps\u00edquico.<br \/>\n5. No presente.<br \/>\n&#8211; Aunque ocasionalmente pueda haber elementos afectivos negativos en la relaci\u00f3n del padre, la madre o personas que ejercen la tutela o guarda hacia el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente y se produzcan algunas de las conductas calificadas como maltrato emocional, \u00e9stas son de baja intensidad y espor\u00e1dicas. La interacci\u00f3n entre las figuras parentales y el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente se caracteriza por el conocimiento, toma en consideraci\u00f3n y atenci\u00f3n adecuada a sus necesidades afectivas.<br \/>\nB.2. Instrumentalizaci\u00f3n en conflictos entre las figuras parentales.<br \/>\nAmbas figuras parentales utilizan activamente al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente para da\u00f1arse mutuamente y\/o alejarle definitivamente de la otra figura parental. Incluye tambi\u00e9n los casos en que la utilizaci\u00f3n se produce \u00fanicamente por parte de una de las figuras parentales, la otra parte quiere defender sus intereses, y los mecanismos\/recursos judiciales puestos en marcha no resuelven el problema e incluso \u00e9ste empeora. Esta situaci\u00f3n perturba la capacidad y disposici\u00f3n del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente para establecer o mantener una relaci\u00f3n adecuada y positiva con una o ambas figuras parentales.<br \/>\n&#8211; Se calificar\u00e1 el nivel de gravedad que m\u00e1s se asemeje a la situaci\u00f3n actual del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente cuya situaci\u00f3n est\u00e1 siendo evaluada.<br \/>\n&#8211; La gravedad de esta tipolog\u00eda se determina en funci\u00f3n de la intensidad del comportamiento de las figuras parentales; y su impacto en el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente y en la calidad de su relaci\u00f3n con las figuras parentales.<br \/>\nEscala de gravedad:<br \/>\n1. Gravedad muy elevada.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente es utilizado de forma constante o extremadamente intensa por al menos una de las figuras parentales para da\u00f1ar o conseguir algo de la otra figura parental. Como consecuencia de ello, el ni\u00f1o presenta s\u00edntomas de da\u00f1o ps\u00edquico grave (ver definici\u00f3n) o muestra un rechazo extremo e injustificado hacia una de las figuras parentales, y hay datos razonables para pensar que estos problemas son consecuencia de dicha situaci\u00f3n.<br \/>\n2. Gravedad elevada.<br \/>\n&#8211; Misma situaci\u00f3n que \u00abgravedad muy elevada\u00bb, pero los s\u00edntomas de da\u00f1o ps\u00edquico que presenta el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente no son de car\u00e1cter grave aunque no solo no mejoran, sino que evolucionan hacia una mayor gravedad y hay datos razonables para pensar que estos problemas son consecuencia de dicha situaci\u00f3n. La situaci\u00f3n est\u00e1 dificultando seriamente el establecimiento o el mantenimiento de un v\u00ednculo de apego positivo entre el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente y alguna de sus figuras parentales.<br \/>\n3. Gravedad moderada.<br \/>\n&#8211; Misma situaci\u00f3n que \u00abgravedad muy elevada\u00bb, pero el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente no presenta s\u00edntomas de da\u00f1o ps\u00edquico ni perturbaciones en el v\u00ednculo de apego con sus figuras parentales. Se valora que hay una alta probabilidad de que esos s\u00edntomas se presenten en un futuro pr\u00f3ximo si la situaci\u00f3n no se corrige.<br \/>\n4. Riesgo leve.<br \/>\n&#8211; En ocasiones el padre y la madre o las personas que ejercen la tutela o guarda utilizan al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente para da\u00f1arse entre s\u00ed o conseguir algo del otro, pero eso no caracteriza su relaci\u00f3n. En general, mantienen una relaci\u00f3n adecuada con el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente. El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente puede encontrarse en ocasiones ante un conflicto de lealtades, pero no presenta s\u00edntomas de da\u00f1o ps\u00edquico.<br \/>\n5. No presente.<br \/>\n&#8211; A pesar de que pudiera existir conflicto, el padre y la madre o las personas que ejercen la tutela o guarda no utilizan al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente para da\u00f1arse entre s\u00ed o conseguir algo del otro.<br \/>\nB.3. Exposici\u00f3n a situaciones de violencia de pareja o entre miembros de la unidad convivencial.<br \/>\n&#8211; Se calificar\u00e1 la existencia de esta tipolog\u00eda \u00fanicamente cuando ninguna de las figuras parentales sea capaz de adoptar las medidas necesarias para detener o controlar esta situaci\u00f3n y proteger al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente alej\u00e1ndole de la situaci\u00f3n de violencia.<br \/>\n&#8211; Se calificar\u00e1 el nivel de gravedad que m\u00e1s se asemeje a la situaci\u00f3n actual del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente cuya situaci\u00f3n est\u00e1 siendo evaluada.<br \/>\n&#8211; La gravedad de esta tipolog\u00eda se determina en funci\u00f3n de la intensidad y frecuencia de la violencia f\u00edsica y verbal que se produce entre las figuras parentales o los miembros de la unidad convivencial y la severidad del da\u00f1o f\u00edsico y ps\u00edquico que tales situaciones han provocado o pueden provocar en el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente.<br \/>\nEscala de gravedad:<br \/>\n1. Gravedad muy elevada.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente ha sido testigo de al menos una agresi\u00f3n f\u00edsica muy grave (la agresi\u00f3n ha provocado lesiones que han requerido ingresos hospitalarios, amenazas con armas potencialmente mort\u00edferas, o similar) entre las figuras parentales o los miembros de la unidad convivencial.<br \/>\n&#8211; Ha habido episodios de violencia f\u00edsica muy grave (la agresi\u00f3n ha provocado lesiones que han requerido ingresos hospitalarios, amenazas con armas potencialmente mort\u00edferas, o similar) entre las figuras parentales o los miembros de la unidad convivencial de los que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente no ha sido testigo y se valora que hay un riesgo elevado de que tales episodios se repitan y pongan en serio peligro la vida o integridad f\u00edsica del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente.<br \/>\n&#8211; En los \u00faltimos seis meses se han producido episodios de violencia f\u00edsica y episodios continuados de violencia verbal expl\u00edcita e intensa entre las figuras parentales o los miembros de la unidad convivencial. El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente se ha implicado o ha sido implicado en estos episodios y ha sufrido un da\u00f1o f\u00edsico muy grave14 como consecuencia de ello.<br \/>\n2. Gravedad elevada.<br \/>\n&#8211; En los \u00faltimos seis meses se han producido episodios de violencia f\u00edsica y episodios continuados de violencia verbal expl\u00edcita e intensa entre las figuras parentales o los miembros de la unidad convivencial. El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente ha sido testigo de estos episodios o los ha percibido claramente Y:<br \/>\n&gt; ha sufrido un da\u00f1o f\u00edsico grave15 como consecuencia de esa situaci\u00f3n, y\/o<br \/>\n&gt; presenta s\u00edntomas de da\u00f1o ps\u00edquico grave (ver definici\u00f3n) y hay datos razonables para pensar que son consecuencia de dicha situaci\u00f3n.<br \/>\n3. Gravedad moderada.<br \/>\n&#8211; Misma situaci\u00f3n que el \u00abgravedad elevada\u00bb, pero el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente:<br \/>\n&#8211; no ha sufrido un da\u00f1o f\u00edsico grave o muy grave como consecuencia de esa situaci\u00f3n y<br \/>\n&#8211; puede presentar s\u00edntomas de da\u00f1o ps\u00edquico asociados a esta situaci\u00f3n que, aunque no son de car\u00e1cter grave, se valora que hay una alta probabilidad de que se presenten en un futuro pr\u00f3ximo si la situaci\u00f3n no se corrige.<br \/>\n&#8211; En los \u00faltimos seis meses se han producido episodios frecuentes de violencia verbal entre las figuras parentales o los miembros de la unidad convivencial, pero no violencia f\u00edsica. El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente ha sido conocedor de algunos de esos episodios. Presenta s\u00edntomas de da\u00f1o ps\u00edquico asociados a esta situaci\u00f3n que, aunque no son de car\u00e1cter grave, podr\u00edan evolucionar hacia una mayor gravedad si la situaci\u00f3n no se corrige. A pesar de ello, las figuras parentales y los miembros de la unidad convivencial mantienen per\u00edodos o momentos de interacci\u00f3n adecuada con el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente.<br \/>\n4. Riesgo leve.<br \/>\n&#8211; En los \u00faltimos seis meses se han producido varios episodios de violencia verbal entre las figuras parentales o los miembros de la unidad convivencial, pero no violencia f\u00edsica. El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente ha sido conocedor o testigo de alguno de esos episodios, aunque las personas implicadas han procurado que no se produzcan en su presencia. Las figuras parentales y los miembros de la unidad convivencial mantienen en general una interacci\u00f3n adecuada con el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente. El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente no presenta s\u00edntomas de da\u00f1o ps\u00edquico asociados a esta situaci\u00f3n, aunque puede mostrar signos de malestar ante los episodios de violencia verbal.<br \/>\n5. No presente.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales o los miembros de la unidad convivencial resuelven sus conflictos sin utilizar la violencia f\u00edsica o verbal. Aunque puede haber incidentes aislados de violencia verbal, el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente no es testigo de ellos.<br \/>\nB.4. Amenazas de agresi\u00f3n f\u00edsica.<br \/>\n&#8211; Se calificar\u00e1 el nivel de gravedad que m\u00e1s se asemeje a la situaci\u00f3n actual del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente cuya situaci\u00f3n est\u00e1 siendo evaluada.<br \/>\n&#8211; La gravedad de esta tipolog\u00eda se determina en funci\u00f3n de la severidad del da\u00f1o con el que se amenaza al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente; el temor que las amenazas provocan en el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente; y el riesgo de que las amenazas se materialicen.<br \/>\nEscala de gravedad:<br \/>\n1. Gravedad muy elevada.<br \/>\n&#8211; Amenaza directa de da\u00f1o f\u00edsico extremadamente grave, sin da\u00f1o real: Se ha colocado al menos en una ocasi\u00f3n al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente en situaciones muy peligrosas (p. ej. al borde de una ventana, sobre agua hirviendo) amenaz\u00e1ndole con infligirle un da\u00f1o extremadamente grave. O se le ha amenazado con matarle, pudiendo haberse utilizado armas (cuchillos, escopetas, etc.) para ello. Las amenazas se han producido de forma premeditada o en una situaci\u00f3n de p\u00e9rdida total de control por parte del padre, madre o personas que ejercen la tutela o guarda. No se ha producido ning\u00fan da\u00f1o ni lesi\u00f3n f\u00edsica, pero esta situaci\u00f3n ha provocado en el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente un miedo intenso. Se valora posible que tales amenazas puedan repetirse o materializarse.<br \/>\n2. Gravedad elevada.<br \/>\n&#8211; Amenaza verbal directa de da\u00f1o f\u00edsico grave, sin da\u00f1o real: En varias ocasiones ha habido amenazas verbales directas y espec\u00edficas de maltrato o da\u00f1o hacia el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente. Las amenazas incluyen acciones que, si se llevaran a cabo, le provocar\u00edan un da\u00f1o f\u00edsico importante (p. ej. amenazas de maltrato f\u00edsico grave, de deprivaci\u00f3n excesivamente prolongada de agua o comida). Las amenazas se han producido de forma premeditada o en una situaci\u00f3n de p\u00e9rdida total de control por parte del padre, madre o personas que ejercen la tutela o guarda. No se ha producido ning\u00fan da\u00f1o ni lesi\u00f3n f\u00edsica, pero esta situaci\u00f3n ha provocado en el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente un miedo intenso. Aunque no ha habido ning\u00fan intento de llevar a cabo tales amenazas, se valora posible que puedan materializarse.<br \/>\n3. Gravedad moderada.<br \/>\n&#8211; Amenaza verbal impl\u00edcita: No ha habido amenazas directas y espec\u00edficas de maltrato o da\u00f1o hacia el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente, aunque el padre, la madre o personas que ejercen su tutela o guarda manifiestan sentirse sobrepasados por \u00e9l o ella, temen poder hacerle da\u00f1o, provocar un accidente, etc. (p. ej. personas adultas bajo situaciones de estr\u00e9s elevado o sobrepasadas por la crianza de ni\u00f1os y ni\u00f1as muy peque\u00f1as). Esas amenazas indirectas hacen pensar que hay un riesgo de que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente sufra un da\u00f1o f\u00edsico significativo o sea objeto de negligencia. El padre, madre o personas que ejercen la tutela o guarda pueden o no pedir ayuda para evitar materializar sus amenazas.<br \/>\n4. Riesgo leve.<br \/>\n&#8211; Amenaza verbal impl\u00edcita sin valoraci\u00f3n de que se materialice: No ha habido amenazas directas y espec\u00edficas de maltrato o da\u00f1o hacia el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente o las ha habido de forma ocasional, aunque el padre, la madre o personas que ejercen su tutela o guarda se sienten sobrepasados por \u00e9l o ella, temen poder hacerle da\u00f1o, provocar un accidente, etc. Se valora que estas amenazas son manifestaci\u00f3n de su frustraci\u00f3n y no hay ninguna raz\u00f3n aparente que haga pensar que se van a materializar.<br \/>\n5. No presente.<br \/>\n&#8211; No se han dado amenazas verbales o f\u00edsicas de maltrato o da\u00f1o hacia el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente. Las amenazas de castigo corporal de car\u00e1cter leve (ver definici\u00f3n en la tipolog\u00eda de maltrato f\u00edsico) no se deben considerar como \u00abamenazas de da\u00f1o f\u00edsico\u00bb.<br \/>\nC. Negligencia.<br \/>\nEl ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente ha sufrido un da\u00f1o f\u00edsico o ps\u00edquico o hay riesgo de que lo sufra como consecuencia de la incapacidad16 de su padre, madre o personas que ejercen su tutela o guarda de proporcionarle una atenci\u00f3n adecuada a sus necesidades f\u00edsicas, de seguridad, escolares y ps\u00edquicas.<br \/>\nC.1. Negligencia hacia las necesidades f\u00edsicas.<br \/>\nLa forma en que un padre, una madre o personas que ejercen la tutela o guarda del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente atienden sus necesidades de cuidados f\u00edsicos solo constituir\u00e1 desprotecci\u00f3n si provocan o pueden provocar un da\u00f1o significativo al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente. En determinadas escalas y para determinados niveles de gravedad se requiere un dictamen m\u00e9dico. \u00c9ste resulta especialmente importante cuando se valoren situaciones que implican la utilizaci\u00f3n de h\u00e1bitos minoritarios de alimentaci\u00f3n, medicinas alternativas, etc.<br \/>\nAlimentaci\u00f3n (comida y bebida).<br \/>\n&#8211; Para calificar un determinado nivel de gravedad bastar\u00e1 con que se presenten las circunstancias descritas en uno de los ep\u00edgrafes (cada ep\u00edgrafe se se\u00f1ala con un punto).<br \/>\n&#8211; La calificaci\u00f3n del nivel de gravedad se establece en base a la severidad de las deficiencias observadas en la atenci\u00f3n a las necesidades de alimentaci\u00f3n del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente; y su impacto en su salud o desarrollo f\u00edsico.<br \/>\nEscala de gravedad:<br \/>\n1. Gravedad muy elevada.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente est\u00e1 gravemente desnutrido o deshidratado (grave p\u00e9rdida de peso, anemia, etc.) y necesita hospitalizaci\u00f3n por este motivo.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente ha sufrido una intoxicaci\u00f3n (fiebre, v\u00f3mitos, etc.) por hab\u00e9rsele proporcionado o hab\u00e9rsele dejado para comer alimentos que no son de consumo humano o en mal estado y necesita hospitalizaci\u00f3n por este motivo. La provisi\u00f3n o disposici\u00f3n en la casa de alimentos de estas caracter\u00edsticas es una pauta frecuente o habitual en la familia.<br \/>\n&#8211; Seg\u00fan valoraci\u00f3n m\u00e9dica, el exceso e inadecuaci\u00f3n de la alimentaci\u00f3n proporcionada al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente es una de las razones determinantes de su obesidad y esta situaci\u00f3n ha provocado en el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente otros problemas graves de salud que han requerido su hospitalizaci\u00f3n.<br \/>\n&#8211; Beb\u00e9 al que se dejan de dar tomas o se le da leche diluida de forma regular, con s\u00edntomas de desnutrici\u00f3n o deshidrataci\u00f3n \u2013aunque solo requiera dieta de rehabilitaci\u00f3n y no se precise hospitalizaci\u00f3n.<br \/>\n2. Gravedad elevada.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente sufre algunos s\u00edntomas cl\u00ednicos de desnutrici\u00f3n, deshidrataci\u00f3n, intoxicaci\u00f3n o presenta un sobrepeso excesivo debido a la inadecuaci\u00f3n de la alimentaci\u00f3n proporcionada por su padre, madre o personas que ejercen su tutela o guarda. Necesita atenci\u00f3n m\u00e9dica y\/o dieta de rehabilitaci\u00f3n, pero no hay necesidad de hospitalizaci\u00f3n por estos motivos. Estas circunstancias suponen, seg\u00fan valoraci\u00f3n m\u00e9dica, un riesgo serio para su salud \u2013aunque no para su vida si no se corrigen.<br \/>\n&#8211; Beb\u00e9 al que se da pecho u otro tipo de alimentaci\u00f3n y requerir\u00eda \u2013seg\u00fan valoraci\u00f3n m\u00e9dica tomar leche o suplementos nutritivos que no se le proporcionan.<br \/>\n3. Gravedad moderada.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente recibe una alimentaci\u00f3n insuficiente en cantidad o inadecuada en cuanto a aportes nutritivos, pero no padece ninguna enfermedad por ello ni afectaci\u00f3n relevante en su salud y desarrollo pondoestatural y f\u00edsico. No es lo habitual, pero con frecuencia no se le proporciona al menos una comida suficientemente nutritiva al d\u00eda. La necesidad de corregir la dieta es clara, existiendo una recomendaci\u00f3n m\u00e9dica expl\u00edcita en este sentido. Ejemplos: ni\u00f1o o ni\u00f1a (no beb\u00e9) o adolescente a quien no se le dan algunas comidas; hay poca comida disponible en la casa y el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente puede haber robado o pedido comida fuera; pueden proporcion\u00e1rsele alimentos no apropiados a la edad; alimentaci\u00f3n basada en exceso en productos nutritivamente inadecuados.<br \/>\n4. Riesgo leve.<br \/>\n&#8211; Comidas irregulares y a menudo ni siquiera preparadas, pero normalmente se proporciona una comida suficientemente nutritiva al d\u00eda. De vez en cuando se saltan algunas comidas.<br \/>\n&#8211; Alimentaci\u00f3n suficiente pero algo desequilibrada desde el punto de vista nutritivo.<br \/>\n&#8211; Es frecuente que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente coja la comida por s\u00ed mismo, pero a veces solo hay comida nutritivamente inadecuada o en cantidades insuficientes.<br \/>\n&#8211; Aunque se dan una o varias de estas circunstancias, no han producido ninguna repercusi\u00f3n negativa significativa seg\u00fan dictamen m\u00e9dico en el estado e indicadores de salud del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente. Es aconsejable un cambio en la dieta o h\u00e1bitos alimenticios.<br \/>\n5. No presente.<br \/>\n&#8211; Se proporciona al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente una alimentaci\u00f3n adecuada en cantidad, regular y apropiada a la edad que normalmente cubre los requisitos nutritivos b\u00e1sicos.<br \/>\nCuidado de la salud f\u00edsica.<br \/>\n&#8211; Para calificar un determinado nivel de gravedad bastar\u00e1 con que se presenten las circunstancias descritas en uno de los ep\u00edgrafes (cada ep\u00edgrafe se se\u00f1ala con un punto).<br \/>\n&#8211; La calificaci\u00f3n del nivel de gravedad se establece en base a la severidad de las deficiencias observadas en la atenci\u00f3n a las necesidades higi\u00e9nico-sanitarias y de descanso del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente y en base al impacto que tienen o pueden tener en su salud, en la de las personas que est\u00e1n a su alrededor y en su rendimiento.<br \/>\nEscala de gravedad:<br \/>\n1. Gravedad muy elevada.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente no ha sido llevado a tratamiento m\u00e9dico por una lesi\u00f3n, herida, enfermedad \u2013cong\u00e9nita o no o incapacidad, ha sido llevado con una demora excesiva, o habi\u00e9ndosele llevado (bien por propia iniciativa del padre, la madre o las personas que ejerzan la tutela o guarda o bien siguiendo las indicaciones de profesionales de la salud o del centro educativo) no se acepta o se sigue el tratamiento m\u00e9dico prescrito de la forma adecuada. Si se deja sin tratar de forma adecuada, el problema supone una amenaza para la vida del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente, le provocar\u00e1 un deterioro permanente de car\u00e1cter grave o constituye una amenaza seria para la salud de las personas que est\u00e1n a su alrededor.<br \/>\n&#8211; El padre, madre o personas que ejercen la tutela o guarda del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente no respetan normas higi\u00e9nicas y sanitarias b\u00e1sicas (p. ej. desinfecci\u00f3n de biber\u00f3n, platos, cubiertos, vasos, etc. tras ser utilizados con sustancias potencialmente t\u00f3xicas, retirada de elementos infectados como jeringuillas), lo que implica una seria amenaza para la vida o la salud del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente.<br \/>\n&#8211; Una persona que vive en el domicilio familiar padece una enfermedad contagiosa de car\u00e1cter grave o, no siendo grave, pudiera afectar seriamente al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente debido a que \u00e9ste presenta condiciones de especial vulnerabilidad. El padre, madre o personas que ejercen la tutela o guarda del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente deber\u00edan adoptar medidas rigurosas para evitar el contagio, pero no lo hacen. Esta situaci\u00f3n implica una seria amenaza para la vida o la salud del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente.<br \/>\n2. Gravedad elevada.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente tiene una enfermedad o incapacidad \u2013cong\u00e9nita o no que interfiere seriamente con su funcionamiento normal. No se han pedido ni cuidados m\u00e9dicos ni un examen exploratorio, se han pedido pero con una demora excesiva, o habi\u00e9ndose pedido (bien por propia iniciativa del padre, la madre o las personas que ejerzan la tutela o guarda o bien siguiendo indicaciones de profesionales de la salud o del centro educativo) no se sigue el tratamiento prescrito de la forma adecuada. Con tratamiento, el problema podr\u00eda corregirse o al menos controlarse. Sin embargo, sin un tratamiento adecuado la enfermedad o incapacidad empeorar\u00e1 (aunque no amenaza la vida del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente).<br \/>\nIncluye situaciones en que un ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente ha tenido algunos s\u00edntomas f\u00edsicos serios (por ejemplo, dolor intenso o se\u00f1ales de enfermedad contagiosa grave que no amenazan su vida) durante alg\u00fan tiempo, pero no se le ha llevado al m\u00e9dico, se le ha llevado demasiado tarde o se le ha llevado pero no se han seguido sus indicaciones.<br \/>\n3. Gravedad moderada.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente no est\u00e1 recibiendo cuidados m\u00e9dicos por una lesi\u00f3n, herida o enfermedad que normalmente deber\u00eda recibir tratamiento, ha sido llevado con excesiva demora al m\u00e9dico o, habi\u00e9ndosele llevado (bien por propia iniciativa del padre, la madre o las personas que ejerzan la tutela o guarda o bien siguiendo indicaciones de profesionales de la salud o del centro educativo), el tratamiento no se sigue de forma adecuada. El estado del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente probablemente mejorar\u00e1 por s\u00ed solo incluso sin cuidados m\u00e9dicos. Sin embargo, el tratamiento reducir\u00eda el riesgo de complicaciones, aliviar\u00eda el dolor, acelerar\u00eda la curaci\u00f3n o reducir\u00eda el riesgo de contagio.<br \/>\n&#8211; Es habitual que, cuando alguna de las personas que viven en el domicilio familiar presenta alguna enfermedad contagiosa, el padre, la madre o personas que ejercen la tutela o guarda no adopten las medidas higi\u00e9nicas y sanitarias necesarias para evitar o reducir la probabilidad de contagio. El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente ha estado enfermo en varias ocasiones por este motivo, requiriendo reposo o tratamiento m\u00e9dico, aunque no hospitalizaci\u00f3n. Esta situaci\u00f3n no ha supuesto una amenaza seria para la vida o salud del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente.<br \/>\n&#8211; Los h\u00e1bitos u horarios familiares establecidos por el padre, la madre o las personas que ejercen la tutela o guarda del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente no permiten que \u00e9ste o \u00e9sta descanse o duerma lo suficiente de acuerdo a su edad y necesidades particulares. Como consecuencia de ello, el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente presenta cansancio manifiesto acompa\u00f1ado de perturbaciones comportamentales (por ejemplo, irritabilidad, pasividad, dificultades de concentraci\u00f3n). Si est\u00e1 en edad escolar, se observa afectaci\u00f3n en su rendimiento acad\u00e9mico.<br \/>\n4. Riesgo leve.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente no tiene necesidades m\u00e9dicas sin atender que pudieran necesitar tratamiento m\u00e9dico. Pero deber\u00edan mejorar los cuidados sanitarios preventivos (por ejemplo, cuidado dental, prevenci\u00f3n o tratamiento de par\u00e1sitos). Cuando el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente est\u00e1 bajo tratamiento m\u00e9dico, las indicaciones se siguen de forma adecuada.<br \/>\n&#8211; Beb\u00e9 sano, sin indicadores de problemas f\u00edsicos, que no es llevado a los controles m\u00e9dicos rutinarios, sin seguimiento pedi\u00e1trico.<br \/>\n5. No presente.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente no tiene heridas, enfermedades o incapacidades que pudieran necesitar tratamiento m\u00e9dico. Se le lleva r\u00e1pidamente a reconocimiento m\u00e9dico cuando aparecen s\u00edntomas de alguna enfermedad y las indicaciones m\u00e9dicas se siguen de forma adecuada. Recibe cuidados sanitarios preventivos adecuados para su edad.<br \/>\n&#8211; El padre, madre o personas que ejercen la tutela o guarda adoptan las medidas preventivas necesarias para evitar o reducir al m\u00e1ximo las posibilidades de contagio cuando alguna persona que vive en el domicilio familiar padece una enfermedad de este tipo.<br \/>\nNota: El seguimiento pedi\u00e1trico y la vacunaci\u00f3n no son de car\u00e1cter obligatorio; \u00fanicamente constituyen recomendaciones<br \/>\nVestido.<br \/>\n&#8211; Para calificar un determinado nivel de gravedad bastar\u00e1 con que se presenten las circunstancias descritas en uno de los ep\u00edgrafes (cada ep\u00edgrafe se se\u00f1ala con un punto).<br \/>\n&#8211; La calificaci\u00f3n del nivel de gravedad se establece en base a la severidad de las deficiencias observadas en la atenci\u00f3n a las necesidades del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente de disponer un vestuario suficiente, en buenas condiciones y adecuado al tiempo atmosf\u00e9rico; y el impacto que tienen o puede tener en su salud y en su participaci\u00f3n en actividades cotidianas.<br \/>\n&#8211; En esta tipolog\u00eda no hay calificaci\u00f3n de gravedad muy elevada o elevada.<br \/>\nEscala de gravedad:<br \/>\n1. Gravedad moderada.<br \/>\n&#8211; Al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente le faltan muchas prendas de vestir b\u00e1sicas y esenciales. Hay tan poca ropa, o tan poca ropa adecuada, que a veces no puede realizar actividades normales y necesarias (por ejemplo, salir a la calle, al colegio). A veces la ropa es insuficiente o inapropiada para protegerle de los fen\u00f3menos atmosf\u00e9ricos. El padre, madre o personas que ejercen la tutela o guarda no proporcionan la ropa adecuada al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente una vez que disponen de recursos para ello.<br \/>\n2. Riesgo leve.<br \/>\n&#8211; Al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente le faltan una o dos prendas de vestir esenciales, o algunas de ellas est\u00e1n en tan malas condiciones que no deber\u00eda pon\u00e9rselas. Se las arregla adaptando las ropas que tiene (por ejemplo, poni\u00e9ndose alg\u00fan jersey m\u00e1s en vez de un abrigo).<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente puede ir vestido de manera inadecuada a algunas de sus actividades normales y necesarias (por ejemplo, el colegio), pero puede participar adecuadamente.<br \/>\nEn cualquiera de estos casos, la ropa protege al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente de los fen\u00f3menos atmosf\u00e9ricos.<br \/>\n3. No presente.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente tiene la ropa esencial, pero puede que tenga poca ropa para cambiarse o que le falten algunas prendas apropiadas a la estaci\u00f3n. Las ropas pueden verse usadas y a menudo zurcidas, pero no descosidas, rasgadas o sucias. Puede que algunas ropas no le sienten bien (por ejemplo, mal la largura de las mangas, sin poderse atar los botones).<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente tiene todas las prendas de ropa esenciales. La ropa es apropiada para la hora, lugar y tiempo atmosf\u00e9rico. Tiene ropa adecuada para la estaci\u00f3n del a\u00f1o (gabardina, guantes, prendas ligeras). El cambio de ropa es suficiente para ir arreglado o arreglada y limpio o limpia. La ropa no es necesariamente nueva, pero est\u00e1 en buenas condiciones y le sienta adecuadamente.<br \/>\nHigiene personal.<br \/>\n&#8211; Para calificar un determinado nivel de gravedad bastar\u00e1 con que se presenten las circunstancias descritas en uno de los ep\u00edgrafes (cada ep\u00edgrafe se se\u00f1ala con un punto).<br \/>\n&#8211; La calificaci\u00f3n del nivel de gravedad se establece en base a la severidad de las deficiencias observadas en la atenci\u00f3n a las necesidades del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente en relaci\u00f3n a su higiene personal; el grado en que eso afecta o puede afectar a su salud, y el grado en que eso afecta a su relaci\u00f3n con iguales y con otras personas.<br \/>\n&#8211; En esta tipolog\u00eda no hay calificaci\u00f3n de gravedad muy elevada.<br \/>\nEscala de gravedad:<br \/>\n1. Gravedad elevada.<br \/>\n&#8211; Hay una falta de higiene muy notoria (por ejemplo, el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente no se ha ba\u00f1ado o duchado en al menos varias semanas, grave desatenci\u00f3n a la salud buco-dental, beb\u00e9 al que habitual o frecuentemente no se cambian los pa\u00f1ales con la regularidad necesaria). Esto ha provocado que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente sufra una enfermedad o trastorno f\u00edsico que requiere tratamiento m\u00e9dico, o ha habido quejas de otras personas (por ejemplo, colegio) sobre su higiene. Sus compa\u00f1eros y compa\u00f1eras no juegan ni quieren estar cerca de \u00e9l o ella y sufre un fuerte rechazo social por este motivo que provoca ausencia o grave restricci\u00f3n de relaciones con iguales.<br \/>\n2. Gravedad moderada.<br \/>\n&#8211; Hay una falta de higiene muy notoria (por ejemplo, el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente no se ha ba\u00f1ado o duchado en al menos varias semanas, despide un fuerte olor corporal o bucal, tiene los dientes cubiertos de sarro, amarillentos o con manchas, lleva la ropa sucia y con manchas que probablemente no se pueden quitar, pelo con restos de comida o heces), aunque el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente no padece ninguna enfermedad ni trastorno f\u00edsico como consecuencia de ello. Ha habido quejas de otras personas (por ejemplo, colegio) sobre la higiene del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente. Aunque esta situaci\u00f3n no ha provocado una ausencia o grave restricci\u00f3n en la relaci\u00f3n con iguales, ha tenido algunas repercusiones negativas (alguna restricci\u00f3n) a este nivel.<br \/>\n3. Riesgo leve.<br \/>\n&#8211; Habitualmente el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente no se lava, ba\u00f1a o ducha con regularidad aunque lo necesite, tiene el pelo visiblemente sucio, puede que despida olor corporal o tengan mal aliento, la ropa est\u00e1 bastante sucia y no se cambia durante varios d\u00edas. Pero eso no le ha provocado ninguna enfermedad ni trastorno f\u00edsico, ni provoca rechazo o ausencia o restricci\u00f3n de relaciones con iguales.<br \/>\n&#8211; Ocasionalmente el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente no se lava, ba\u00f1a o ducha aunque lo necesite, tiene el pelo visiblemente sucio o despeinado, puede que despida olor corporal o tenga mal aliento, la ropa est\u00e1 bastante sucia y no se cambia. Pero eso no le ha provocado ninguna enfermedad ni trastorno f\u00edsico, ni provoca rechazo y ausencia o restricci\u00f3n de relaciones con iguales.<br \/>\n4. No presente.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente se lava, ba\u00f1a o ducha diariamente o cada dos o tres d\u00edas. Tiene el pelo peinado y limpio. Se cambia de ropa con regularidad, aunque no est\u00e9 exteriormente sucia. Se pone ropa interior limpia todos los d\u00edas.<br \/>\nCondiciones higi\u00e9nicas de la vivienda.<br \/>\n&#8211; Para calificar un determinado nivel de gravedad bastar\u00e1 con que se presenten las circunstancias descritas en uno de los ep\u00edgrafes (cada ep\u00edgrafe se se\u00f1ala con un punto).<br \/>\n&#8211; La calificaci\u00f3n del nivel de gravedad se establece en base a la severidad de las deficiencias observadas en las condiciones higi\u00e9nicas de la vivienda, y el impacto que tienen o pueden tener en la salud del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente. Se tiene en cuenta tambi\u00e9n la disposici\u00f3n del padre y la madre o personas que ejercen la tutela o guarda del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente a corregir la situaci\u00f3n.<br \/>\nEscala de gravedad:<br \/>\n1. Gravedad muy elevada.<br \/>\n&#8211; Casa extremadamente sucia, se dan varias condiciones de falta grave de higiene17 que suponen un serio peligro para la salud del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente. Puede que alguno de los ni\u00f1os, ni\u00f1as o adolescentes haya enfermado por este motivo (por ejemplo, trastorno intestinal, intoxicaci\u00f3n), requiriendo tratamiento m\u00e9dico.<br \/>\n2. Gravedad elevada.<br \/>\n&#8211; Se dan varias condiciones de falta grave de higiene, pero no suponen un serio peligro para la salud del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente. Ninguno de los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes ha enfermado ni requerido tratamiento m\u00e9dico como consecuencia de ello.<br \/>\n&#8211; Se dan las circunstancias se\u00f1aladas como \u00abgravedad moderada\u00bb y el padre y la madre o las personas que ejercen la tutela del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente no han respondido a las indicaciones de los Servicios Sociales de las Entidades Locales de corregir la situaci\u00f3n.<br \/>\n3. Gravedad moderada.<br \/>\n&#8211; Hay mucha suciedad en la vivienda, pero no presencia generalizada de desechos org\u00e1nicos en estado de descomposici\u00f3n. Ejemplos: la alfombra, moqueta y baldosas est\u00e1n sucias, la alfombra huele; hay polvo y suciedad por todas partes y acumulada en las esquinas; la casa huele a humedad y podrido; el ba\u00f1o tiene un fuerte olor a sucio; algunas esquinas o habitaciones se utilizan para amontonar porquer\u00edas o trastos; los platos solo se lavan cuando no queda ninguno limpio; hay comida perecedera fuera del frigor\u00edfico y a veces estropeada; durante el d\u00eda pueden verse insectos por el suelo, puede que haya ratones (no ratas); las paredes, puertas e instalaciones del ba\u00f1o est\u00e1n descoloridas y con manchas de suciedad y grasa; la ropa blanca se utiliza aunque est\u00e9 sucia (aunque sin restos de orina, heces o desechos org\u00e1nicos). Puede que haya una cierta acumulaci\u00f3n de basura porque no se saca con la frecuencia necesaria, pero est\u00e1 en bolsas. \u00c9sta es una situaci\u00f3n habitual, aunque ninguno de los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes ha enfermado o ha requerido tratamiento m\u00e9dico como consecuencia de ello.<br \/>\n4. Riesgo leve.<br \/>\n&#8211; La casa est\u00e1 desordenada, polvorienta; puede que las cosas est\u00e9n esparcidas por todas partes y haya restos visibles de suciedad en puertas, ventanas, suelo, etc., pero no hay pilas de basura y los productos perecederos se guardan en el frigor\u00edfico. Esta situaci\u00f3n puede ser ocasional o habitual, pero ninguno de los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes ha enfermado o requerido tratamiento m\u00e9dico como consecuencia de ello ni la situaci\u00f3n supone un riesgo para su salud.<br \/>\n5. No presente.<br \/>\n&#8211; La casa est\u00e1 generalmente limpia y ordenada; la alfombra, moquetas y suelo se barren a menudo y se limpian cuando es necesario (aunque puede haber algo de pelusa, hilos y trozos de papel); se quita el polvo regularmente (no hay m\u00e1s que una fina capa de polvo encima de los muebles); olores agradables o neutros; la casa est\u00e1 ordenada (pero puede haber objetos de uso diario desordenados, abrigos sin colgar); la basura se recoge en un recipiente adecuado; los platos se friegan o al menos se ponen en el fregadero despu\u00e9s de cada comida; los alimentos se guardan adecuadamente; la ropa blanca est\u00e1 limpia, sin restos org\u00e1nicos ni bichos.<br \/>\nEstabilidad y condiciones de habitabilidad de la vivienda.<br \/>\nPara calificar un determinado nivel de gravedad bastar\u00e1 con que se presenten las circunstancias descritas en uno de los ep\u00edgrafes (cada ep\u00edgrafe se se\u00f1ala con un punto).<br \/>\n&#8211; La calificaci\u00f3n del nivel de gravedad se establece en base a la disposici\u00f3n por parte del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente de una vivienda con unas m\u00ednimas condiciones de estabilidad, seguridad, espacio y habitabilidad, y el grado en que su madre, padre o personas que ejercen su tutela o guarda tienen conciencia de la importancia de ello y muestran un comportamiento responsable en este sentido.<br \/>\nEscala de gravedad:<br \/>\n1. Gravedad muy elevada.<br \/>\n&#8211; La familia vive en una casa en estado ruinoso o en condiciones que implican peligro de derrumbamiento. Estas condiciones suponen un peligro evidente para la seguridad del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente, pero la familia se niega a abandonar la casa a pesar de hab\u00e9rseles se\u00f1alado la existencia de dicho riesgo.<br \/>\n2. Gravedad elevada.<br \/>\n&#8211; La familia no dispone de vivienda, la ha perdido o est\u00e1 a punto de perderla por desahucio o impago de la renta y no tienen un lugar alternativo al que ir o el lugar al que pueden ir no cuenta con las condiciones m\u00ednimas de habitabilidad. Los Servicios Sociales de las Entidades Locales han realizado las gestiones necesarias para ayudar a la familia a disponer de un alojamiento en condiciones adecuadas, pero no ha sido posible.<br \/>\n&#8211; La familia vive en una tienda de campa\u00f1a, furgoneta, coche, caravana, edificio en estado muy precario o similar que no dispone del equipamiento y servicios m\u00ednimos en cuanto a agua corriente, calefacci\u00f3n, electricidad, equipamiento para cocinar, espacio y\/o elementos para la higiene personal (WC). Puede que se trate de una vivienda ocupada o compartida con otras familias o personas, que pueden ser desconocidas. Puede que no haya espacio para que la familia disponga de momentos de intimidad e interacci\u00f3n relajada. El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente no dispone de un espacio propio que le proporcione una m\u00ednima intimidad o espacio\/equipamiento para realizar sus tareas escolares. La familia vive habitualmente en este tipo de condiciones y han rechazado o han hecho un uso inapropiado de las ayudas econ\u00f3micas o viviendas que se les han ofrecido desde los Servicios Sociales. Puede haber frecuentes cambios de ubicaci\u00f3n o domicilio, pero siempre en condiciones similares.<br \/>\n3. Gravedad moderada.<br \/>\n&#8211; Lo mismo que el segundo ep\u00edgrafe de gravedad elevada: La familia vive en una tienda de campa\u00f1a, furgoneta, coche, caravana, edificio en estado muy precario o similar que no dispone del equipamiento y servicios m\u00ednimos en cuanto a agua corriente, calefacci\u00f3n, electricidad, equipamiento para cocinar, espacio y\/o elementos para la higiene personal (WC). Puede que se trate de una vivienda ocupada o compartida con otras familias o personas, que pueden ser desconocidas. Puede que no haya espacio para que la familia disponga de momentos de intimidad e interacci\u00f3n relajada. El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente no dispone de un espacio propio que le proporcione una m\u00ednima intimidad o espacio\/equipamiento para realizar sus tareas escolares. El padre y la madre o personas que ejercen la tutela o guarda del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente aceptan la ayuda de los Servicios Sociales de las Entidades Locales para disponer de un alojamiento en mejores condiciones.<br \/>\n4. Riesgo leve.<br \/>\n&#8211; La vivienda cuenta con el equipamiento b\u00e1sico \u2013aunque puede haber d\u00e9ficits leves, pero no dispone de condiciones adecuadas para que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente tenga intimidad cuando la necesita o espacio\/equipamiento para realizar sus tareas escolares.<br \/>\n5. No presente.<br \/>\n&#8211; La familia dispone de vivienda estable \u2013arrendada o en propiedad, con espacio y equipamiento b\u00e1sico suficiente para sus necesidades y en buenas condiciones de funcionamiento. El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente dispone de intimidad suficiente y espacio\/equipamiento para hacer sus tareas escolares.<br \/>\nC.2. Negligencia hacia las necesidades de seguridad.<br \/>\nSeguridad f\u00edsica de la vivienda y prevenci\u00f3n de riesgos.<br \/>\n&#8211; Para calificar un determinado nivel de gravedad bastar\u00e1 con que se presenten las circunstancias descritas en uno de los ep\u00edgrafes (cada ep\u00edgrafe se se\u00f1ala con un punto).<br \/>\n&#8211; La calificaci\u00f3n del nivel de gravedad se establece en base a la presencia de d\u00e9ficits de seguridad en la vivienda; la intensidad o frecuencia de conductas temerarias del padre y madre o personas que ejercen la tutela o guarda con el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente; el grado de amenaza que tales d\u00e9ficits suponen para la integridad f\u00edsica del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente, y el grado en que el padre, la madre o las personas que ejercen su tutela o guarda tienen conciencia de la importancia de ello y muestran un comportamiento responsable en este sentido.<br \/>\nEscala de gravedad:<br \/>\n1. Gravedad muy elevada.<br \/>\n&#8211; Hay una o varias condiciones obviamente peligrosas18 en la casa presentes desde hace tiempo. Hay un peligro evidente para la vida del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente y las personas adultas que viven en la casa no muestran conciencia de ello, no han tomado medidas para resolverlo y no ejercen una supervisi\u00f3n suficiente. Puede que alg\u00fan ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente de la familia haya sufrido alg\u00fan da\u00f1o o lesi\u00f3n f\u00edsica que haya requerido atenci\u00f3n m\u00e9dica.<br \/>\n&#8211; El padre y la madre o las personas que ejercen la tutela o guarda han protagonizado conductas temerarias con el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente (por ejemplo, conducci\u00f3n temeraria, portar a un beb\u00e9 en estado de completa embriaguez o bajo los efectos de drogas) que han supuesto un peligro evidente para la vida de \u00e9ste o \u00e9sta. No muestran conciencia de ello y se valora altamente probable que tal situaci\u00f3n pueda volver a repetirse. Puede que alg\u00fan ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente de la familia haya sufrido alg\u00fan da\u00f1o o lesi\u00f3n f\u00edsica que haya requerido atenci\u00f3n m\u00e9dica.<br \/>\n2. Gravedad elevada.<br \/>\n&#8211; Hay una o varias condiciones peligrosas19 en la casa presentes desde hace tiempo. Hay peligro de que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente sufra un da\u00f1o serio; es poco probable que ponga en riesgo su vida, pero podr\u00eda ocurrir un accidente grave. Las personas adultas que viven en la casa no muestran conciencia del peligro que corre el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente, no han tomado medidas para resolverlo y en general no ejercen una supervisi\u00f3n suficiente. Puede que alg\u00fan ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente de la familia haya sufrido alg\u00fan da\u00f1o o lesi\u00f3n f\u00edsica que ha requerido atenci\u00f3n m\u00e9dica.<br \/>\n&#8211; El padre y la madre o las personas que ejercen la tutela o guarda han protagonizado frecuentes conductas temerarias con el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente que han supuesto un peligro de que \u00e9ste o \u00e9sta sufra un da\u00f1o serio. Se valora altamente probable que tal situaci\u00f3n pueda volver a repetirse; aunque es poco probable que ponga en riesgo la vida del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente, podr\u00eda ocurrir un accidente grave. El padre y la madre o las personas que ejercen la tutela o guarda han no muestran conciencia de ello. Puede que alg\u00fan ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente de la familia haya sufrido alg\u00fan da\u00f1o o lesi\u00f3n f\u00edsica que haya requerido atenci\u00f3n m\u00e9dica.<br \/>\n3. Gravedad moderada.<br \/>\n&#8211; Hay una o varias condiciones peligrosas20 en la casa presentes desde hace tiempo. Hay momentos en que las personas adultas no supervisan adecuadamente al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente, lo que implica un peligro de que sufra un da\u00f1o serio; es poco probable que ponga en riesgo su vida, pero podr\u00eda ocurrir un accidente grave. Ning\u00fan ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente de la familia ha sufrido alg\u00fan da\u00f1o o lesi\u00f3n f\u00edsica por ello.<br \/>\n&#8211; En varias ocasiones el padre y la madre o las personas que ejercen la tutela o guarda han protagonizado conductas temerarias con el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente que han supuesto un peligro de que \u00e9ste o \u00e9sta sufra un da\u00f1o serio. Se valora probable que tal situaci\u00f3n pueda volver a repetirse; aunque es poco probable que ponga en riesgo la vida del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente, podr\u00eda ocurrir un accidente grave. Ning\u00fan ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente de la familia ha sufrido alg\u00fan da\u00f1o o lesi\u00f3n f\u00edsica por ello.<br \/>\n4. Riesgo leve.<br \/>\n&#8211; Hay una o dos condiciones peligrosas21 en la casa. La supervisi\u00f3n que ejercen las personas adultas que viven en el domicilio es adecuada, pero existe el riesgo de un accidente dom\u00e9stico que puede provocar un da\u00f1o serio en el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente. Ning\u00fan ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente de la familia ha sufrido da\u00f1o o lesi\u00f3n f\u00edsica por ello.<br \/>\n5. No presente.<br \/>\n&#8211; No existen condiciones peligrosas22 obvias en la casa.<br \/>\n&#8211; El padre, madre o personas que ejercen la tutela o guarda no han protagonizado conductas temerarias con el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente.<br \/>\nSupervisi\u00f3n.<br \/>\nCuadro orientativo: criterios para valorar las necesidades de supervisi\u00f3n de un ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente.<br \/>\n&#8211; La responsabilidad \u00faltima de la protecci\u00f3n, seguridad y bienestar de un ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente es de su padre y su madre o personas o personas que ejerzan su tutela o guarda, independientemente de que est\u00e9n presentes para supervisarle personalmente o no.<br \/>\n&#8211; La edad no es el \u00fanico factor a tener en cuenta para valorar las necesidades de supervisi\u00f3n de un ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente. Otros factores a considerar son su grado de madurez o la presencia de problemas emocionales o limitaciones f\u00edsicas o intelectuales. Los criterios orientativos recogidos en el cuadro siguiente deber\u00e1n, por tanto, adaptarse en funci\u00f3n de la presencia y severidad de limitaciones que afecten a la autonom\u00eda y grado de desarrollo del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente.<br \/>\n1.a. Criterios para valorar las necesidades de supervisi\u00f3n de un ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente.<br \/>\nEdad del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente Solo o sola durante dos horas o menos Solo o sola de dos a cuatro horas Solo o sola a la noche en casa Fuera de casa sin una persona adulta<br \/>\n0-4 a\u00f1os No No No No<br \/>\n5-6 a\u00f1os No No No S\u00ed, en zona de juego o jard\u00edn con acceso inmediato a una persona adulta (con supervisi\u00f3n visual o a una distancia que permita o\u00edr o hablar con el ni\u00f1o o ni\u00f1a)<br \/>\n7-8 a\u00f1os No No No S\u00ed, con acceso a una persona adulta<br \/>\n9 a\u00f1os S\u00ed durante el d\u00eda No No S\u00ed<br \/>\n10-11 a\u00f1os S\u00ed, con acceso r\u00e1pido a una persona adulta (tel\u00e9fono) S\u00ed, con acceso r\u00e1pido a una persona adulta (tel\u00e9fono) No S\u00ed<br \/>\n12-14 a\u00f1os S\u00ed S\u00ed No S\u00ed<br \/>\n15-17 a\u00f1os S\u00ed S\u00ed S\u00ed S\u00ed<br \/>\n1.b. Criterios para valorar las necesidades de supervisi\u00f3n de un ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente.<br \/>\nEdad del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente Solo o sola en el coche durante un tiempo limitado Puede cuidar a otros ni\u00f1os, ni\u00f1as o adolescentes<br \/>\n0-4 a\u00f1os S\u00ed, excepto si hace mucho fr\u00edo o calor; a la vista de una persona adulta y atado en su silla; con las llaves quitadas y el freno de mano puesto No<br \/>\n5-6 a\u00f1os S\u00ed, excepto si hace mucho fr\u00edo o calor; a la vista de una persona adulta y atado en su silla; con las llaves quitadas y el freno de mano puesto No<br \/>\n7-8 a\u00f1os S\u00ed, excepto si hace mucho fr\u00edo o calor; con las llaves quitadas y el freno de mano puesto No<br \/>\n9 a\u00f1os S\u00ed, con las llaves quitadas y el freno de mano puesto No<br \/>\n10-11 a\u00f1os S\u00ed, con las llaves quitadas y el freno de mano puesto No<br \/>\n12-14 a\u00f1os S\u00ed S\u00ed, con instrucciones claras<br \/>\n15-17 a\u00f1os S\u00ed S\u00ed<br \/>\nSiempre que se se\u00f1ala \u00abS\u00ed\u00bb, los padres y madres o personas que ejerzan la tutela o guarda del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente tienen que valorar la situaci\u00f3n concreta y tomar medidas para prevenir cualquier incidente o contratiempo que pueda producirse. Ha de tenerse cuidado con dejar a adolescentes de 15-17 a\u00f1os sin una persona adulta responsable durante la noche.<br \/>\n&#8211; La diferencia entre el \u00ababandono\u00bb y la \u00abnegligencia en supervisi\u00f3n\u00bb se centra en la intenci\u00f3n \u2013sea expl\u00edcita u observable- del padre y la madre o de las personas que ejercen la tutela o guarda de volver para hacerse cargo del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente. En los casos de \u00ababandono\u00bb tal intenci\u00f3n no existe, al menos a corto plazo.<br \/>\n&#8211; Para calificar un determinado nivel de gravedad bastar\u00e1 con que se presenten las circunstancias descritas en uno de los ep\u00edgrafes (cada ep\u00edgrafe se se\u00f1ala con un punto). Se calificar\u00e1 el nivel de gravedad que m\u00e1s se asemeje a la situaci\u00f3n actual del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente.<br \/>\n&#8211; La calificaci\u00f3n del nivel de gravedad se establece en base a la presencia y frecuencia de d\u00e9ficits en relaci\u00f3n a la supervisi\u00f3n del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente tanto dentro como fuera del domicilio familiar, y el grado de amenaza que tales d\u00e9ficits suponen para su integridad f\u00edsica del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente. Es importante tener en cuenta las caracter\u00edsticas particulares del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente (edad, capacidad intelectual, etc.) a la hora de considerar sus necesidades de supervisi\u00f3n.<br \/>\nEscala de gravedad:<br \/>\n1. Gravedad muy elevada.<br \/>\n&#8211; De forma habitual, el padre y la madre o las personas que ejercen la tutela o guarda no ejercen una supervisi\u00f3n continuada \u2013o no garantizan que otra persona competente lo haga sobre un ni\u00f1o o ni\u00f1a menor de seis a\u00f1os. Vigilan poco al ni\u00f1o o ni\u00f1a dentro y\/o fuera del domicilio. Puede encontrarse sin supervisi\u00f3n adecuada en un \u00e1rea muy peligrosa (p. ej. alta probabilidad de que le atropelle un coche, se caiga por una ventana o se queme) o en un \u00e1rea insegura donde existen elementos peligrosos (p. ej. acceso a cristales rotos, productos qu\u00edmicos, aparatos el\u00e9ctricos).<br \/>\n&#8211; De forma habitual u ocasional se deja a un ni\u00f1o o ni\u00f1a menor de seis a\u00f1os sin supervisi\u00f3n durante un tiempo excesivo (ver cuadro de la p\u00e1gina anterior) o a cargo de una persona no competente (p. ej. otro ni\u00f1o o ni\u00f1a menor de doce a\u00f1os, un o una adolescente claramente no responsable, una persona adulta incapacitada) y su padre y su madre o las personas que ejercen su tutela o guarda no vuelven o no podr\u00edan volver antes de que el ni\u00f1o o ni\u00f1a haya tenido necesidades b\u00e1sicas sin satisfacer (p.ej., recibir alimento o agua, evitar un accidente, pedir ayuda ante una emergencia, ir al ba\u00f1o).<br \/>\n&#8211; Se ha dejado a un ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente con historia de actos peligrosos o destructivos graves (p. ej. ideas suicidas, comisi\u00f3n de incendios) sin supervisi\u00f3n adecuada.<br \/>\n&#8211; Se ha dejado a un ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente a cargo de una persona con historia previa de violencia o abuso sexual hacia otro ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente, siendo esta circunstancia conocida por el padre y la madre o las personas que ejercen la tutela o la guarda.<br \/>\n&#8211; En m\u00e1s de una ocasi\u00f3n se ha dejado al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente en una situaci\u00f3n que pone en riesgo su vida o no se han tomado las medidas preventivas adecuadas para alejarle de peligros realmente graves (p. ej. ni\u00f1o o ni\u00f1a menor de doce a\u00f1os con armas de fuego o elementos realmente peligrosos a su alcance; ni\u00f1o o ni\u00f1a menor de tres a\u00f1os cerca de una piscina sin supervisi\u00f3n; beb\u00e9 en la ba\u00f1era sin vigilancia).<br \/>\n&#8211; Un ni\u00f1o o ni\u00f1a menor de doce a\u00f1os se ha fugado del domicilio. El padre y la madre o las personas que ejercen su tutela o guarda no saben d\u00f3nde est\u00e1 o no lo saben con seguridad y no han llevado a cabo ninguna acci\u00f3n ni tienen previsto hacerlo para asegurarse de que se encuentra bien.<br \/>\nPuede que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente haya sufrido un da\u00f1o f\u00edsico o haya sido agredido o agredida por otra persona como consecuencia de alguna de estas situaciones. Existe un riesgo claro de que esto ocurra o de que se vea sometido o sometida a una situaci\u00f3n de estr\u00e9s importante.<br \/>\n2. Gravedad elevada.<br \/>\n&#8211; De forma habitual se deja a un ni\u00f1o o ni\u00f1a entre seis y doce a\u00f1os sin supervisi\u00f3n durante un tiempo excesivo (ver cuadro de la p\u00e1gina anterior) o a cargo de una persona no competente (p. ej. otro ni\u00f1o o ni\u00f1a peque\u00f1a, un o una adolescente claramente no responsable, una persona adulta incapacitada). El padre y la madre o las personas que ejercen la tutela o guarda del ni\u00f1o o ni\u00f1a le vigilan poco dentro y\/o fuera del domicilio (p. ej. alta probabilidad de que le atropelle un coche, se caiga por una ventana o se queme) o en un \u00e1rea insegura donde existen elementos peligrosos (p. ej. acceso a cristales rotos, productos qu\u00edmicos, aparatos el\u00e9ctricos). El padre y la madre o los adultos que ejercen su tutela o guarda a menudo no saben d\u00f3nde est\u00e1 o qu\u00e9 est\u00e1 haciendo durante el d\u00eda, pero se aseguran que est\u00e9 en el domicilio o saben d\u00f3nde est\u00e1 a la noche. Hay ni\u00f1os o ni\u00f1as mayores o adolescentes que no saben d\u00f3nde est\u00e1n su padre y su madre o las personas que ejercen su tutela o guarda a la noche o cu\u00e1ndo van a volver, aunque son capaces de pedir ayuda ante una emergencia. Puede que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente merodee por zonas desconocidas. En general, se le hace demasiado responsable de su propia seguridad. Puede que el ni\u00f1o o ni\u00f1a haya sufrido un da\u00f1o f\u00edsico o haya sido agredido o agredida por otra persona como consecuencia de esta situaci\u00f3n. Existe un riesgo claro de que esto ocurra o de que se vea sometido o sometida a una situaci\u00f3n de estr\u00e9s importante.<br \/>\n&#8211; Adolescentes (mayores de 12 a\u00f1os): A menudo el o la adolescente permanece fuera del domicilio toda la noche, sin que su padre y su madre o las personas que ejercen su tutela o guarda sepan d\u00f3nde est\u00e1 o cu\u00e1ndo volver\u00e1. Normalmente no saben lo que est\u00e1 haciendo y no hacen nada para averiguarlo. Muestran poco o ning\u00fan inter\u00e9s por sus actividades tanto dentro como fuera del domicilio mientras \u00e9stas no les causen problemas. Pueden decir que no pueden controlarle o defender la independencia del o de la adolescente (\u00abtiene que descubrir por s\u00ed mismo o por s\u00ed misma c\u00f3mo es el mundo\u00bb). El padre y la madre o las personas que ejercen la tutela o la guarda no se preguntan acerca del dinero u objetos que el o la adolescente obtiene fuera del domicilio o del hecho de que frecuente la compa\u00f1\u00eda de personas adultas desconocidas o inapropiadas u otros u otras adolescentes con serios problemas de adaptaci\u00f3n. O<br \/>\n&#8211; El o la adolescente se ha fugado del domicilio. El padre y la madre o las personas que ejercen su tutela o guarda no saben d\u00f3nde est\u00e1 o no lo saben con seguridad y no han llevado a cabo ninguna acci\u00f3n ni tienen previsto hacerlo para asegurarse de que se encuentra bien.<br \/>\n3. Gravedad moderada.<br \/>\n&#8211; Ni\u00f1os y ni\u00f1as menores de seis a\u00f1os: El padre y la madre o las personas que ejercen la tutela o guarda tienen dificultades para vigilar al ni\u00f1o o ni\u00f1a en el domicilio y\/o fuera de \u00e9l. Es bastante frecuente que no est\u00e1n suficientemente pendientes de \u00e9l o ella y no sepan lo que est\u00e1 haciendo, perdi\u00e9ndolo de su campo visual, aunque saben d\u00f3nde est\u00e1. El ni\u00f1o o ni\u00f1a puede estar haciendo cosas que no debiera. Sin embargo, no ha sufrido ninguna lesi\u00f3n o da\u00f1o f\u00edsico grave por ello y su padre y su madre o las personas que ejercen su tutela o guarda podr\u00edan acceder a \u00e9l o ella en un tiempo razonable si hubiera una emergencia.<br \/>\n&#8211; Ni\u00f1os y ni\u00f1as entre seis y doce a\u00f1os: El ni\u00f1o o ni\u00f1a juega en la calle al lado del domicilio. Su padre y su madre o las personas que ejercen su tutela o guarda pueden saber d\u00f3nde est\u00e1, pero no lo comprueban lo bastante a menudo. Puede depender mucho de otras personas que est\u00e9 vigilado o vigilada. Es posible que no pudieran acceder r\u00e1pidamente al lugar donde est\u00e1 jugando si fuera necesario. En ocasiones se ha dejado al ni\u00f1o o ni\u00f1a al cuidado de una persona incompetente (p. ej. otro ni\u00f1o o ni\u00f1a peque\u00f1a, una persona adulta incapacitada). Sin embargo, el ni\u00f1o o ni\u00f1a nunca ha sufrido lesiones a consecuencia de esto.<br \/>\n&#8211; Adolescentes (mayores de 12 a\u00f1os): El o la adolescente se implica a menudo en actividades inapropiadas sin que su padre y su madre o las personas que ejercen su tutela o guarda lo sepan; a menudo no saben d\u00f3nde est\u00e1. A veces no se esfuerzan lo suficiente para descubrir hasta d\u00f3nde puede llegar el o la adolescente o no reaccionan con las sanciones necesarias cuando se incumplen las normas. Muestran preocupaci\u00f3n por la situaci\u00f3n. Tienen dificultades para conseguir el respeto del o de la adolescente, pero no lo han perdido completamente. Puede ser frecuente que le dejen solo o sola a la noche en el domicilio<br \/>\n4. Riesgo leve.<br \/>\n&#8211; Ni\u00f1os y ni\u00f1as menores de seis a\u00f1os: Aunque no es lo habitual, en ocasiones el padre y la madre o las personas que ejercen la tutela o guarda tienen dificultades para vigilar al ni\u00f1o o ni\u00f1a en el domicilio y\/o fuera de \u00e9l. Hay algunos momentos en los que no est\u00e1n pendientes de \u00e9l o ella y no saben lo que est\u00e1 haciendo, teni\u00e9ndolo fuera de su campo visual, aunque saben d\u00f3nde est\u00e1. El ni\u00f1o o ni\u00f1a puede estar haciendo cosas que no debiera. Sin embargo, no ha sufrido ninguna lesi\u00f3n o da\u00f1o f\u00edsico grave por ello y su padre y su madre o las personas que ejercen su tutela o guarda podr\u00edan acceder a \u00e9l o ella en un tiempo razonable si hay una emergencia.<br \/>\n&#8211; Ni\u00f1os y ni\u00f1as entre seis y doce a\u00f1os: El padre y la madre o las personas que ejercen la tutela o guarda tienen dificultades para vigilar al ni\u00f1o o ni\u00f1a cuando est\u00e1n en el domicilio. No suelen estar pendientes de \u00e9l o ella y no siempre saben lo que est\u00e1 haciendo, pero siempre saben d\u00f3nde est\u00e1. El ni\u00f1o o ni\u00f1a est\u00e1 a menudo haciendo cosas que no debiera. A veces se implica en juegos violentos. Sin embargo, no ha sufrido ninguna lesi\u00f3n o da\u00f1o f\u00edsico por ello y su padre y su madre o las personas que ejercen su tutela o guarda podr\u00edan acceder a \u00e9l o ella en un tiempo razonable si hay una emergencia. Se preocupan por supervisar las actividades del ni\u00f1o o ni\u00f1a fuera del domicilio.<br \/>\n&#8211; Adolescentes (mayores de 12 a\u00f1os): El padre y la madre o las personas que ejercen al tutela o guarda ponen normas al o a la adolescente y generalmente las hacen cumplir. Pero el o la adolescente a veces les convence para que le permitan o toleren ciertas actividades contrarias a su criterio (por ejemplo, llegar al domicilio demasiado tarde, acudir a lugares de los que no hay informaci\u00f3n suficiente o donde no hay ninguna persona adulta que se responsabilice de \u00e9l o ella).<br \/>\n5. No presente.<br \/>\n&#8211; El padre y la madre o las personas que ejercen la tutela o guarda supervisan adecuadamente y en el momento preciso las actividades del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente dentro y fuera del domicilio. Saben d\u00f3nde est\u00e1 y qu\u00e9 est\u00e1 haciendo, con qui\u00e9n est\u00e1 y cu\u00e1ndo volver\u00e1. Se ponen l\u00edmites precisos y adecuados a sus actividades. Cuando no est\u00e1n, dejan al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente a cargo de una persona adulta responsable o se trata de un o una adolescente lo bastante mayor para no necesitar que ninguna persona adulta le cuide.<br \/>\nProtecci\u00f3n ante situaciones de desprotecci\u00f3n grave perpetradas por otras personas.<br \/>\nEsta situaci\u00f3n solo se aplica si la persona (mayor o menor de edad) que ha maltratado, abusado23, agredido o amenazado al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente ha sido alguien diferente a su padre y su madre o personas que ejerzan su tutela o guarda.<br \/>\n&#8211; Para calificar un determinado nivel de gravedad bastar\u00e1 con que se presenten las circunstancias descritas en uno de los ep\u00edgrafes (cada ep\u00edgrafe se se\u00f1ala con un punto). Se calificar\u00e1 el nivel de gravedad que m\u00e1s se asemeje a la situaci\u00f3n actual del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente cuya situaci\u00f3n est\u00e1 siendo evaluada.<br \/>\n&#8211; La calificaci\u00f3n del nivel de gravedad se establece en base al conocimiento por parte del padre y la madre o las personas que ejercen la tutela o guarda de lo que le estaba ocurriendo al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente; su capacidad para percibir las se\u00f1ales de que eso se estaba produciendo y su respuesta ante la situaci\u00f3n.<br \/>\n&#8211; Para determinar si el maltrato, agresi\u00f3n o abuso perpetrados por una tercera persona han sido graves, se tomar\u00e1n como referencia los criterios de gravedad elevada o muy elevada descritos a lo largo del instrumento.<br \/>\n&#8211; En esta tipolog\u00eda no hay calificaci\u00f3n de riesgo leve.<br \/>\nEscala de gravedad:<br \/>\n1. Gravedad muy elevada.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente ha sido objeto de un maltrato, agresi\u00f3n o abuso graves por una tercera persona. A pesar de que su padre y su madre o las personas que ejercen su tutela o guarda eran conocedores de ello, mantuvieron un papel pasivo sin protegerle o fingieron que no sab\u00edan qu\u00e9 estaba pasando. No tomaron ninguna medida para acabar con ello o impedir que los incidentes se repitieran. Puede que nieguen el maltrato, la agresi\u00f3n o el abuso y no reconozcan el peligro en que se encontraba el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente. Puede que le culpen a \u00e9l o ella. No lo denunciaron ni buscaron ayuda de forma inmediata.<br \/>\n2. Gravedad elevada.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente ha sido objeto de un maltrato, agresi\u00f3n o abuso graves por una tercera persona. Su padre y su madre o las personas que ejercen su tutela o guarda no tuvieron buen juicio para prevenir esa situaci\u00f3n (p. ej. esa tercera persona ten\u00eda un acceso al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente sin restricciones ni l\u00edmites); no captaron las se\u00f1ales, evidentes seg\u00fan el juicio profesional, que indicaban el riesgo de que ocurriera el maltrato, la agresi\u00f3n o el abuso. No fueron conocedores de lo que pasaba. Al conocer lo ocurrido, hay algunas evidencias de que intentaron detenerlo pero no lo consiguieron. No tomaron medidas suficientemente r\u00e1pidas ni limitaron el acceso al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente de la persona responsable del maltrato, agresi\u00f3n o abuso. Manifiestan preocupaci\u00f3n, pero no toman un papel suficientemente activo o eficaz para prevenir la repetici\u00f3n del maltrato, agresi\u00f3n o abuso, mostrando poca capacidad para ello.<br \/>\n3. Gravedad moderada.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente ha sido objeto de un maltrato, agresi\u00f3n o abuso graves por una tercera persona. Su padre y su madre o las personas que ejercen su tutela o guarda no tuvieron buen juicio para prevenir esa situaci\u00f3n (p. ej. esa tercera persona ten\u00eda un acceso al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente sin restricciones ni l\u00edmites); no captaron las se\u00f1ales, evidentes seg\u00fan el juicio profesional, que indicaban el riesgo de que ocurriera el maltrato, la agresi\u00f3n o el abuso. No fueron conocedores de lo que pasaba. Reaccionaron r\u00e1pida y razonablemente ante el incidente (p. ej. denunciando a la persona culpable o pidiendo ayuda) y aceptan la ayuda ofrecida por los Servicios Sociales.<br \/>\n4. No presente.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente ha sido objeto de un maltrato, agresi\u00f3n o abuso graves por una tercera persona a pesar del hecho de que su padre y su madre o las personas que ejercen su tutela o guarda tuvieran buen juicio. No parec\u00eda haber ning\u00fan indicador previo de que se fuera a dar el maltrato, agresi\u00f3n o abuso, y\/o tomaban las precauciones razonables para intentar proteger al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente de cualquier posible maltrato. Una vez conocido lo sucedido, han restringido y controlado de manera adecuada el contacto con el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente de las personas responsables del maltrato, agresi\u00f3n o abuso. En caso de necesitarlo, han procurado proporcionar al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente la ayuda profesional apropiada.<br \/>\nC.3. Negligencia hacia las necesidades escolares.<br \/>\n&#8211; Para calificar un determinado nivel de gravedad bastar\u00e1 con que se presenten las circunstancias descritas en uno de los ep\u00edgrafes (cada ep\u00edgrafe se se\u00f1ala con un punto).<br \/>\n&#8211; La calificaci\u00f3n del nivel de gravedad se establece en base al grado de atenci\u00f3n y supervisi\u00f3n del padre y la madre o las personas que ejercen la tutela o guarda hacia las necesidades escolares del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente, y en base a su respuesta ante los problemas que \u00e9ste o \u00e9sta puede presentar a este nivel y a las demandas y orientaciones del centro escolar.<br \/>\n&#8211; En esta tipolog\u00eda no hay calificaci\u00f3n de gravedad muy elevada.<br \/>\nEscala de gravedad:<br \/>\n1. Gravedad elevada.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente est\u00e1 en edad de escolarizaci\u00f3n obligatoria (6-16 a\u00f1os) y no est\u00e1 inscrito ni se prev\u00e9 inscribirle en ning\u00fan centro educativo, ni se le proporciona un programa educativo alternativo homologado24.<br \/>\n&#8211; Ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente que abandona la escolarizaci\u00f3n antes de los 16 a\u00f1os, hay un 100% de faltas no justificadas aunque se encuentre matriculado o algunas temporadas falta al colegio durante varias semanas enteras o falta m\u00e1s de lo que asiste. Esta situaci\u00f3n se produce sin causa que lo justifique, y es consentida, encubierta o propiciada por los propios padres y madres o personas que ejercen la tutela o guarda. El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente necesita un largo trabajo de recuperaci\u00f3n para ponerse al d\u00eda en el colegio. Ha habido muchas quejas del centro al padre y a la madre o personas que ejercen la tutela o guarda, pero no han tenido ning\u00fan resultado.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente tiene dificultades serias en el contexto escolar (p. ej. absentismo superior al 50%, problemas severos de incumplimiento de normas, serio retraso escolar, agresiones o amenazas a compa\u00f1eros y compa\u00f1eras) y el padre y la madre o personas que ejercen su tutela o guarda no responden a las demandas del centro. Muestran una total despreocupaci\u00f3n respecto a los problemas del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente y a su evoluci\u00f3n en el entorno escolar, o son notoriamente inconsistentes (se incluye ausencia total de apoyo y supervisi\u00f3n de las tareas escolares en casos de ni\u00f1os, ni\u00f1as o adolescentes con serio retraso escolar, siempre y cuando se produzca asociada a alguna de las circunstancias se\u00f1aladas anteriormente). Puede que atribuyan al centro los problemas del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente.<br \/>\n2. Gravedad moderada.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente asiste al colegio de manera irregular; ha faltado entre el 20 y el 50% de las jornadas escolares al mes o falta a alguna\/s hora\/s determinada\/s del d\u00eda o a alguna\/s asignatura\/s concreta\/s de forma constante, al menos dos veces por semana. Esta situaci\u00f3n se produce sin causa que lo justifique, y es consentida, encubierta o propiciada por los propios padres y madres o personas que ejercen la tutela o guarda. Esto ha afectado de forma negativa al rendimiento escolar del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente. El colegio se ha quejado varias veces al padre y a la madre o personas que ejercen la tutela o guarda, pero no han tenido ning\u00fan resultado.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente tiene dificultades significativas en el contexto escolar (p. ej. asistencia irregular, problemas de incumplimiento de normas, falta de respeto al profesorado y compa\u00f1eros y compa\u00f1eras, retraso escolar, dificultades de concentraci\u00f3n y atenci\u00f3n) y su padre y su madre o personas que ejercen su tutela o guarda no responden de manera adecuada a las demandas del centro (se incluye la demanda de apoyo y supervisi\u00f3n cercana a las tareas escolares). Pueden manifestar preocupaci\u00f3n, pero no adoptan medidas apropiadas y consistentes.<br \/>\n&#8211; Adolescentes mayores de 16 a\u00f1os que, habiendo acabado la escolarizaci\u00f3n obligatoria con escaso o nulo aprovechamiento, no est\u00e1n preparados para un trabajo ni quieren seguir estudiando, no tienen ninguna actividad formativa o laboral y no quieren tenerla, y su padre y madre o personas que ejercen su tutela o guarda no muestran ninguna preocupaci\u00f3n por su situaci\u00f3n ni intentan promover que se implique en alguna actividad formativa o laboral. Para calificar gravedad moderada el joven ha de presentar, adem\u00e1s, otros indicadores de desadaptaci\u00f3n (sociales, emocionales y\/o cognitivos).<br \/>\n3. Riesgo leve.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente tiende a faltar al colegio m\u00e1s a menudo que otros y otras estudiantes, pero esto no parece haber afectado su rendimiento escolar. El colegio se ha quejado alguna vez al padre y a la madre o personas que ejercen la tutela o guarda sobre esto, pero no se ha contemplado ninguna otra medida.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente tiene algunas dificultades incipientes de comportamiento, adaptaci\u00f3n o rendimiento en el centro escolar o hay problemas habituales con la puntualidad, y, seg\u00fan la valoraci\u00f3n de los y las responsables escolares, el padre y la madre o las personas que ejercen su tutela o guarda deber\u00edan trabajar en relaci\u00f3n m\u00e1s estrecha con el centro para abordarlos. El padre y la madre o las personas que ejercen la tutela o guarda no dan la debida importancia a estas dificultades. Se incluye no dar la debida importancia a la necesidad de apoyar y supervisar las tareas escolares del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente.<br \/>\n4. No presente.<br \/>\n&#8211; Puede que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente haya faltado varios d\u00edas al colegio, pero no m\u00e1s que la mayor\u00eda de los y las estudiantes y de forma justificada.<br \/>\n&#8211; El padre y la madre o las personas que ejercen la tutela o guarda mantienen una comunicaci\u00f3n regular con los y las responsables escolares, mostrando inter\u00e9s y apoyando la evoluci\u00f3n del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente. Cuando ha habido problemas, que pueden haber sido serios, han trabajado de manera estrecha con el centro para abordarlos, siendo su respuesta adecuada y consistente.<br \/>\nC.4. Negligencia hacia las necesidades ps\u00edquicas.<br \/>\nImplica desatenci\u00f3n a las necesidades de interacci\u00f3n y afecto, estimulaci\u00f3n y gu\u00eda y orientaci\u00f3n del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente, y el rechazo o retraso en la provisi\u00f3n de atenci\u00f3n psicol\u00f3gica o psiqui\u00e1trica a problemas emocionales graves en el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente.<br \/>\n&#8211; Se calificar\u00e1 el nivel de gravedad que m\u00e1s se asemeje a la situaci\u00f3n actual del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente cuya situaci\u00f3n est\u00e1 siendo evaluada.<br \/>\n&#8211; Se define da\u00f1o ps\u00edquico grave como \u00abla presencia constatada en el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente de un trastorno psicopatol\u00f3gico, s\u00edntomas cl\u00ednicos de ansiedad, depresi\u00f3n, retraimiento o conducta rechazante, conductas agresivas o autodestructivas, o retrasos en el desarrollo, u otros problemas severos de comportamiento que comprometen seriamente su proceso de desarrollo y adaptaci\u00f3n personal y social y requieren tratamiento especializado inmediato\u00bb. La presencia de s\u00edntomas cl\u00ednicos deber\u00e1 establecerse en base a la aplicaci\u00f3n de t\u00e9cnicas diagn\u00f3sticas objetivas y\/o instrumentos que dispongan de \u00edndices adecuados de fiabilidad y validez (ver Anexo III).<br \/>\n&#8211; Para valorar la existencia de esta tipolog\u00eda de desprotecci\u00f3n y su gravedad se recomienda la consulta de la taxonom\u00eda de necesidades infantiles incluida en el Anexo II.<br \/>\nSituaciones que implican gravedad muy elevada, elevada y moderada.<br \/>\nInteracci\u00f3n y afecto<br \/>\n&#8211; La gravedad de la negligencia en relaci\u00f3n a este tipo de necesidades se determina en funci\u00f3n de la intensidad y frecuencia del comportamiento negligente del padre, madre o personas que ejercen la tutela o guarda del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente, la edad del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente, y la gravedad de las secuelas observables en el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente.<br \/>\n&#8211; En situaciones en que la gravedad del comportamiento negligente del padre, madre o personas que ejercen la tutela o guarda es moderada (v\u00e9ase primer ep\u00edgrafe de dicha categor\u00eda) pero el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente sufre un da\u00f1o ps\u00edquico grave como consecuencia de ello, la gravedad se calificar\u00e1 como elevada.<br \/>\nEscala de gravedad:<br \/>\n1. Gravedad muy elevada.<br \/>\n&#8211; El padre y la madre o las personas que ejercen la tutela o guarda del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente ignoran sus intentos y necesidades de interactuar (ausencia de expresi\u00f3n de afecto, cuidado, y amor hacia el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente) y no reflejan ninguna o escasa emoci\u00f3n en las interacciones con \u00e9l o ella25. Los momentos de interacci\u00f3n adecuada o atenci\u00f3n a las necesidades emocionales del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente son inexistentes, espor\u00e1dicos o escasos. Los intentos del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente por obtener la atenci\u00f3n de su padre y su madre o de las personas que ejercen su tutela o guarda pueden acabar en hostilidad. Nunca o raramente est\u00e1n disponibles para ayudar al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente cuando lo necesita o cuando requiere gu\u00eda u orientaci\u00f3n. Tienden a no prestar atenci\u00f3n o a mostrarse indiferentes ante sus intentos por conversar o incorporarles a sus actividades. Y<br \/>\n&#8211; Esta situaci\u00f3n se produce de manera continuada, intensa y claramente perceptible, caracterizando la relaci\u00f3n entre las figuras parentales y el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente. Y<br \/>\n&#8211; No hay figuras alternativas en el entorno familiar que proporcionen una atenci\u00f3n adecuada a sus necesidades de interacci\u00f3n y afecto y compensen esos d\u00e9ficits. Y<br \/>\n&#8211; En ni\u00f1os y ni\u00f1as mayores de seis a\u00f1os y adolescentes: El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente sufre un da\u00f1o ps\u00edquico grave y hay datos razonables para pensar que es consecuencia del patr\u00f3n de negligencia de su padre y su madre o personas que ejercen su tutela o guarda. La valoraci\u00f3n de la gravedad es independiente de que el padre y la madre o las personas que ejercen la tutela o guarda busquen o accedan a que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente reciba atenci\u00f3n psicol\u00f3gica o psiqui\u00e1trica.<br \/>\n&#8211; En ni\u00f1os y ni\u00f1as menores de seis a\u00f1os: La gravedad se calificar\u00e1 como muy elevada independientemente de que el ni\u00f1o o ni\u00f1a muestre o no s\u00edntomas de da\u00f1o ps\u00edquico o retraso en el desarrollo de car\u00e1cter grave.<br \/>\n2. Gravedad elevada.<br \/>\n&#8211; Se dan las circunstancias descritas como \u00abgravedad muy elevada\u00bb hacia un ni\u00f1o o ni\u00f1a mayor de seis a\u00f1os o un o una adolescente pero, aunque el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente presenta s\u00edntomas de da\u00f1o ps\u00edquico, no son de car\u00e1cter grave (ver definici\u00f3n). Sin embargo, estos s\u00edntomas no solo no mejoran, sino que evolucionan hacia una mayor gravedad y hay datos razonables para pensar que son consecuencia del patr\u00f3n de negligencia de su padre y su madre o personas que ejercen su tutela o guarda. La valoraci\u00f3n de la gravedad es independiente de que el padre y la madre o las personas que ejercen la tutela o guarda busquen o accedan a que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente reciba atenci\u00f3n psicol\u00f3gica o psiqui\u00e1trica. O<br \/>\n&#8211; Se dan las circunstancias descritas como \u00abgravedad moderada\u00bb en relaci\u00f3n al comportamiento del padre y la madre o las personas que ejercen la tutela o guarda y a la ausencia de figuras alternativas en el entorno familiar que compensen sus d\u00e9ficits (ver los dos primeros ep\u00edgrafes). Aunque la situaci\u00f3n no es extrema, el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente sufre un da\u00f1o ps\u00edquico grave (ver definici\u00f3n) y hay datos razonables para pensar que es consecuencia del patr\u00f3n de negligencia de su padre y su madre o personas que ejercen su tutela o guarda. La valoraci\u00f3n de la gravedad es independiente de que el padre y la madre o las personas que ejercen la tutela o guarda busquen o accedan a que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente reciba atenci\u00f3n psicol\u00f3gica o psiqui\u00e1trica.<br \/>\n3. Gravedad moderada.<br \/>\n&#8211; De forma frecuente, el padre y la madre o personas que ejercen la tutela o guarda del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente ignoran sus intentos y necesidades de interactuar (ausencia de expresi\u00f3n de afecto, cuidado, y amor hacia el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente) y no reflejan ninguna o escasa emoci\u00f3n en las interacciones con \u00e9l o ella. Es tambi\u00e9n frecuente que no est\u00e9n disponibles para ayudar al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente cuando lo necesita o cuando requiere gu\u00eda u orientaci\u00f3n. Sin embargo, esta situaci\u00f3n se alterna con per\u00edodos o momentos en que la interacci\u00f3n es adecuada. Y<br \/>\n&#8211; No hay figuras alternativas en el entorno familiar que proporcionan una atenci\u00f3n adecuada a las necesidades emocionales del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente y compensen esos d\u00e9ficits. Y<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente se encuentra en una situaci\u00f3n de riesgo de sufrir un da\u00f1o ps\u00edquico grave (ver definici\u00f3n) y hay datos razonables para pensar que dicho riesgo es consecuencia del patr\u00f3n de negligencia de su padre y su madre o personas que ejercen su tutela o guarda. El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente puede presentar conductas problem\u00e1ticas de car\u00e1cter no severo; estas conductas pueden constituir estrategias para obtener atenci\u00f3n.<br \/>\nEstimulaci\u00f3n.<br \/>\n&#8211; La gravedad de la negligencia en relaci\u00f3n a este tipo de necesidades se determina en funci\u00f3n de la intensidad y frecuencia del comportamiento negligente del padre, madre o personas que ejercen la tutela o guarda del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente; la edad del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente y la gravedad de las secuelas observables en el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente.<br \/>\n&#8211; En situaciones en que la gravedad del comportamiento negligente del padre, madre o personas que ejercen la tutela o guarda es moderada (v\u00e9ase primer ep\u00edgrafe de dicha categor\u00eda) pero el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente sufre un da\u00f1o ps\u00edquico grave como consecuencia de ello, la gravedad se calificar\u00e1 como elevada.<br \/>\nEscala de gravedad:<br \/>\n1. Gravedad muy elevada.<br \/>\n&#8211; El padre y la madre o las personas que ejercen la tutela o guarda del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente no le proporcionan experiencias enriquecedoras o educativas fuera del \u00e1mbito escolar dirigidas a desarrollar sus habilidades cognitivas o responder a sus necesidades de estimulaci\u00f3n y aprendizaje. Interfieren con los intentos del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente por alcanzar logros evolutivamente normales o muestran muy poco inter\u00e9s por ello (p. ej. tener al ni\u00f1o o ni\u00f1a en la cuna durante pr\u00e1cticamente todo el tiempo, no promover el desarrollo del lenguaje o de sus capacidades f\u00edsicas o intelectuales, no proporcionarle instrumentos de juego o aprendizaje apropiados a la edad, no reconocer la necesidad del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente de jugar o realizar actividades l\u00fadicas, no responder a sus preguntas, no presentarle est\u00edmulos nuevos). Normalmente prefieren que se entretenga solo o sola con juguetes, juegos, la televisi\u00f3n o similar. La comunicaci\u00f3n es monosil\u00e1bica o muy limitada o es de naturaleza correctiva (destacar los errores) en lugar de ser constructiva (razonar y mostrar el camino adecuado). Y<br \/>\n&#8211; Esta situaci\u00f3n se produce de manera continuada, intensa y claramente perceptible, caracterizando la relaci\u00f3n entre las figuras parentales y el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente. Y<br \/>\n&#8211; No hay figuras alternativas en el entorno familiar que proporcionen una atenci\u00f3n adecuada a sus necesidades de estimulaci\u00f3n y compensen esos d\u00e9ficits. Y<br \/>\n&#8211; En ni\u00f1os y ni\u00f1as mayores de seis a\u00f1os y adolescentes: El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente sufre un da\u00f1o ps\u00edquico grave y hay datos razonables para pensar que es consecuencia del patr\u00f3n de negligencia de su padre y su madre o personas que ejercen su tutela o guarda. La valoraci\u00f3n de la gravedad es independiente de que el padre y la madre o las personas que ejercen la tutela o guarda busquen o accedan a que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente reciba atenci\u00f3n psicol\u00f3gica o psiqui\u00e1trica.<br \/>\n&#8211; En ni\u00f1os y ni\u00f1as menores de seis a\u00f1os: La gravedad se calificar\u00e1 como muy elevada independientemente de que el ni\u00f1o o ni\u00f1a muestre o no s\u00edntomas de da\u00f1o ps\u00edquico o retraso en el desarrollo de car\u00e1cter grave.<br \/>\n2. Gravedad elevada.<br \/>\n&#8211; Se dan las circunstancias descritas como \u00abgravedad muy elevada\u00bb hacia un ni\u00f1o o ni\u00f1a mayor de seis a\u00f1os o un o una adolescente pero, aunque el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente presenta s\u00edntomas de da\u00f1o ps\u00edquico, no son de car\u00e1cter grave (ver definici\u00f3n). Sin embargo, estos s\u00edntomas no solo no mejoran, sino que evolucionan hacia una mayor gravedad y hay datos razonables para pensar que son consecuencia del patr\u00f3n de negligencia de su padre y su madre o personas que ejercen su tutela o guarda. La valoraci\u00f3n de la gravedad es independiente de que el padre y la madre o las personas que ejercen la tutela o guarda busquen o accedan a que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente reciba atenci\u00f3n psicol\u00f3gica o psiqui\u00e1trica. O<br \/>\n&#8211; Se dan las circunstancias descritas como \u00abgravedad moderada\u00bb en relaci\u00f3n al comportamiento del padre y la madre o las personas que ejercen la tutela o guarda y a la ausencia de figuras alternativas en el entorno familiar que compensen sus d\u00e9ficits (ver los dos primeros ep\u00edgrafes). Aunque la situaci\u00f3n no es extrema, el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente sufre un da\u00f1o ps\u00edquico grave (ver definici\u00f3n) y hay datos razonables para pensar que es consecuencia del patr\u00f3n de negligencia de su padre y su madre o personas que ejercen su tutela o guarda. La valoraci\u00f3n de la gravedad es independiente de que el padre y la madre o las personas que ejercen la tutela o guarda busquen o accedan a que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente reciba atenci\u00f3n psicol\u00f3gica o psiqui\u00e1trica.<br \/>\n3. Gravedad moderada.<br \/>\n&#8211; El padre y la madre o personas que ejercen la tutela o guarda del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente no le proporcionan de forma suficientemente consistente experiencias enriquecedoras o educativas fuera del \u00e1mbito escolar dirigidas a desarrollar sus habilidades cognitivas o responder a sus necesidades de estimulaci\u00f3n y aprendizaje. Muestran poca iniciativa en que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente alcance logros evolutivamente normales, aunque permiten sus iniciativas. Normalmente prefieren que aprenda o se entretenga solo o sola con juguetes, juegos o la televisi\u00f3n. Le dejan ver cualquier programa en la televisi\u00f3n, aunque pueden desaprobarlo verbalmente. Conceden poca importancia al juego o a las actividades l\u00fadicas; raramente juegan o comparten este tipo de actividades con el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente pero le permiten hacerlo. Hay cierta restricci\u00f3n a la espontaneidad. Permiten que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente se desarrolle con una m\u00ednima gu\u00eda por su parte. La comunicaci\u00f3n es limitada y depende en general del estado de humor del padre y la madre o personas que ejercen su tutela o guarda. No hay una atenci\u00f3n consistente y suficiente a las necesidades de estimulaci\u00f3n y aprendizaje del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente. Y<br \/>\n&#8211; Esta situaci\u00f3n se produce de manera frecuente, aunque se alterna con momentos de interacci\u00f3n adecuada. Y<br \/>\n&#8211; No hay figuras alternativas en el entorno familiar que proporcionen una atenci\u00f3n adecuada a estas necesidades y compensen esos d\u00e9ficits. Y<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente se encuentra en una situaci\u00f3n de riesgo de sufrir un da\u00f1o ps\u00edquico o un retraso en el desarrollo graves (ver definici\u00f3n) y hay datos razonables para pensar que dicho riesgo es consecuencia del patr\u00f3n del patr\u00f3n de negligencia de su padre y su madre o personas que ejercen su tutela o guarda.<br \/>\nAtenci\u00f3n espec\u00edfica a problemas emocionales graves.<br \/>\n&#8211; La gravedad de la negligencia en relaci\u00f3n a este tipo de necesidades se determina en funci\u00f3n de la presencia de desatenci\u00f3n clara por parte del padre, madre o personas que ejercen la tutela o guarda a la necesidad del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente de recibir tratamiento psicol\u00f3gico o psiqui\u00e1trico por la presencia de problemas emocionales graves, y la severidad de tales problemas.<br \/>\n&#8211; En esta tipolog\u00eda no hay calificaci\u00f3n de gravedad moderada.<br \/>\nEscala de gravedad:<br \/>\n1. Gravedad muy elevada.<br \/>\n&#8211; El padre y la madre o las personas que ejercen la tutela o guarda rechazan, se inhiben o act\u00faan con un grave retraso en la b\u00fasqueda de tratamiento psicol\u00f3gico o psiqui\u00e1trico para problemas emocionales de gravedad extrema en el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente que ponen en riesgo su vida (p. ej. depresi\u00f3n severa, intento de suicidio) que requieren tratamiento imprescindible y urgente. O no cumplen o son notoriamente inconsistentes en el seguimiento de las indicaciones de los o las profesionales que est\u00e1n proporcionando tratamiento al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente. Los problemas del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente pueden tener o no su origen en el trato recibido en la familia.<br \/>\n2. Gravedad elevada.<br \/>\n&#8211; El padre y la madre o las personas que ejercen la tutela o guarda rechazan, se inhiben o act\u00faan con un grave retraso en la b\u00fasqueda de tratamiento psicol\u00f3gico o psiqui\u00e1trico para problemas emocionales graves (ver definici\u00f3n de da\u00f1o ps\u00edquico grave) en el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente que, aunque no ponen en riesgo su vida, requieren tratamiento imprescindible. O no cumplen o bien son notoriamente inconsistentes en el seguimiento de las indicaciones de los o las profesionales que est\u00e1n proporcionando tratamiento al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente. Los problemas del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente pueden tener o no su origen en el trato recibido en la familia.<br \/>\nNormas, l\u00edmites y transmisi\u00f3n de valores morales positivos26.<br \/>\n&#8211; La gravedad de la negligencia en relaci\u00f3n a este tipo de necesidades se determina en funci\u00f3n del grado de desatenci\u00f3n por parte del padre, madre o personas que ejercen la tutela o guarda a este tipo de necesidades del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente; y de la presencia de problemas comportamentales y de adaptaci\u00f3n personal, familiar y\/o social en el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente o el riesgo de que tales problemas aparezcan en el futuro pr\u00f3ximo.<br \/>\nEscala de gravedad:<br \/>\n1. Gravedad muy elevada.<br \/>\n&#8211; El padre y la madre o personas que ejercen la tutela o guarda se inhiben totalmente en su funci\u00f3n de poner l\u00edmites y\/u orientar adecuadamente la conducta del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente. La ausencia de l\u00edmites y normas es absoluta y continuada. No hay transmisi\u00f3n de normas de comportamiento y valores morales positivos. Y<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente presenta graves problemas comportamentales y de adaptaci\u00f3n personal, familiar y\/o social que son consecuencia de esta situaci\u00f3n o se ven reforzados por ella.<br \/>\n2. Gravedad elevada.<br \/>\n&#8211; El padre y la madre o personas que ejercen la tutela o guarda raramente ponen l\u00edmites y normas y\/u orientan adecuadamente la conducta del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente, o las normas y l\u00edmites son claramente inapropiados y da\u00f1inos para el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente por su excesiva restricci\u00f3n o laxitud, que puede ir acompa\u00f1ada de inconsistencia. No hay transmisi\u00f3n de normas de comportamiento y valores morales positivos. Y<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente presenta graves problemas comportamentales y de adaptaci\u00f3n personal, familiar y\/o social que son consecuencia de esta situaci\u00f3n o se ven reforzados por ella.<br \/>\n3. Gravedad moderada.<br \/>\n&#8211; El padre y la madre o personas que ejercen la tutela o guarda raramente ponen l\u00edmites y normas y\/u orientan adecuadamente la conducta del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente o las normas y l\u00edmites son con frecuencia claramente inapropiados para el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente por su excesiva restricci\u00f3n o laxitud, que puede ir acompa\u00f1ada de inconsistencia. Y<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente puede presentar problemas incipientes de comportamiento o adaptaci\u00f3n personal, familiar y\/o social que se valora pueden agravarse como consecuencia de esta situaci\u00f3n, o se considera muy probable que tales problemas aparezcan en el futuro pr\u00f3ximo.<br \/>\nSituaciones que implican riesgo leve o ausencia de riesgo\/desprotecci\u00f3n27.<br \/>\nEscala de gravedad:<br \/>\n1. Riesgo leve.<br \/>\n&#8211; El padre y la madre o personas que ejercen la tutela o guarda del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente prestan una atenci\u00f3n insuficiente a algunas de sus necesidades ps\u00edquicas (afectivas, de comunicaci\u00f3n, de estimulaci\u00f3n, gu\u00eda y orientaci\u00f3n, l\u00edmites a la conducta, transmisi\u00f3n de normas de comportamiento y valores morales). Se relacionan con el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente cuando tienen tiempo, priorizando de manera frecuente sus propias necesidades a las del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente. Implica conductas socialmente toleradas (p. ej. interacci\u00f3n y comunicaci\u00f3n cotidiana pr\u00e1cticamente inexistente o muy limitada con el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente, excesiva delegaci\u00f3n de su cuidado en terceras personas) que, aunque no han provocado s\u00edntomas de da\u00f1o ps\u00edquico o retraso en el desarrollo en el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente, implican carencias perjudiciales para su desarrollo \u00f3ptimo que pueden derivar en el futuro en problemas emocionales y comportamentales significativos.<br \/>\n&#8211; Conductas que implican una falta de respeto a la necesidad de intimidad f\u00edsica del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente (p. ej. excesiva desinhibici\u00f3n en relaci\u00f3n a cuestiones de \u00edndole sexual, personas adultas que se ba\u00f1an o comparten cama con ni\u00f1os o ni\u00f1as ya mayores o con adolescentes habiendo oportunidad y espacio para hacerlo de forma independiente), pero sin intenci\u00f3n de car\u00e1cter sexual y sin que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente las perciba como amenazantes o inapropiadas.<br \/>\n2. No presente.<br \/>\n&#8211; Aunque ocasionalmente pueda haber elementos negativos en la relaci\u00f3n del padre y la madre o personas que ejercen la tutela o guarda hacia el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente y se produzcan algunas de las conductas calificadas como negligencia hacia las necesidades ps\u00edquicas, \u00e9stas son de baja intensidad y espor\u00e1dicas. La interacci\u00f3n entre las figuras parentales y el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente se caracteriza por el conocimiento, toma en consideraci\u00f3n y atenci\u00f3n adecuada a sus necesidades ps\u00edquicas.<br \/>\nD. Abandono.<br \/>\nIncluye las siguientes situaciones:<br \/>\n&#8211; El padre y la madre o las personas que ejercen la tutela o guarda del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente le dejan solo o sola deliberadamente sin intenci\u00f3n de volver.<br \/>\n&#8211; Han acordado con terceras personas que \u00e9stas asuman el cuidado del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente, y transcurrido el tiempo acordado no vuelven para hacerse cargo de \u00e9l o ella y las terceras personas ya no pueden asumir su cuidado durante m\u00e1s tiempo.<br \/>\n&#8211; Dejan frecuentemente al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente bajo la responsabilidad de diferentes personas (desconocidas o poco familiares para \u00e9l o ella) sin acordar o disponer de un plan estable para asegurar su atenci\u00f3n o una previsi\u00f3n temporal para la delegaci\u00f3n de la responsabilidad28.<br \/>\n&#8211; Se niegan a asumir la atenci\u00f3n del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente tras su salida de un centro residencial.<br \/>\nLa diferencia entre el \u00ababandono\u00bb y la \u00abnegligencia en supervisi\u00f3n\u00bb se centra en la intenci\u00f3n \u2013sea expl\u00edcita u observable del padre y la madre o de las personas que ejercen la tutela o guarda de volver para hacerse cargo del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente. En los casos de \u00ababandono\u00bb tal intenci\u00f3n no existe, al menos a corto plazo.<br \/>\nPara calificar un determinado nivel de gravedad bastar\u00e1 con que se presenten las circunstancias descritas en uno de los ep\u00edgrafes (cada ep\u00edgrafe se se\u00f1ala con un punto).<br \/>\nLa gravedad de esta tipolog\u00eda se determina en funci\u00f3n de la duraci\u00f3n y la frecuencia de ocasiones en que el padre y la madre o las personas que ejercen la tutela o guarda delegan en terceras personas el cuidado del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente, las circunstancias en que se ha producido tal delegaci\u00f3n (personas en quien se delega y preparaci\u00f3n del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente); y la intenci\u00f3n del padre y la madre o personas que ejercen la tutela o guarda de volver a asumir el cuidado del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente.<br \/>\nEscala de gravedad:<br \/>\n1. Gravedad muy elevada.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente ha sido abandonado por su padre y su madre o personas que ejercen su tutela o guarda en la calle o en el hospital y han desaparecido.<br \/>\n&#8211; Hay constancia de que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente ha sido dejado solo por su padre y su madre o personas que ejercen su tutela o guarda, y no tienen intenci\u00f3n de volver o de permitir que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente retorne al domicilio.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente vive de casa en casa. Su padre y su madre o personas que ejercen su tutela o guarda no viven con \u00e9l o ella desde hace un a\u00f1o o m\u00e1s; la situaci\u00f3n no parece ser temporal. No tienen contacto con el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente o \u00e9ste es pr\u00e1cticamente inexistente. Delegan completamente en terceras personas el cuidado del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente. No hay planes claros respecto a su futuro.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente ha sido dejado en un centro residencial. El padre, la madre o personas que ejercen su tutela o guarda rechazan volver a asumir su cuidado.<br \/>\n2. Gravedad elevada.<br \/>\nNumerosos cambios inesperados en las personas adultas que asumen el cuidado del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente con impacto emocional negativo serio en \u00e9l o ella:<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente ha experimentado en el \u00faltimo a\u00f1o m\u00e1s de tres cambios en las personas adultas que asumen su cuidado. Su padre y su madre o personas que ejercen su tutela o guarda le han dejado repentinamente durante largos per\u00edodos de tiempo a cargo de otras personas no adecuadas o con personas que le han atendido adecuadamente pero son desconocidas o poco familiares para \u00e9l o ella.<br \/>\n&#8211; El padre, la madre o personas que ejercen la tutela o guarda del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente le han dejado repentinamente sin haberle preparado para ello. Durante el \u00faltimo a\u00f1o, el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente ha vivido en al menos tres n\u00facleos familiares diferentes a cargo de personas que no son familiares ni allegadas. Sin embargo, su padre, madre o personas que ejercen su tutela o guarda siempre han vuelto para asumir su cuidado. El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente no ha sido abandonado o abandonada de forma definitiva.<br \/>\nEsta situaci\u00f3n ha provocado una intensa situaci\u00f3n de estr\u00e9s o fuerte alteraci\u00f3n emocional en el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente.<br \/>\n3. Gravedad moderada.<br \/>\nNumerosos cambios inesperados en las personas adultas que asumen el cuidado del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente sin impacto emocional negativo serio en \u00e9l o ella:<br \/>\n&#8211; Se dan las situaciones descritas en el apartado anterior, pero el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente tiene un desarrollo adecuado y no muestra s\u00edntomas de estr\u00e9s o alteraci\u00f3n emocional derivados de ello.<br \/>\n4. Riesgo leve.<br \/>\nEn ni\u00f1os y ni\u00f1as menores de ocho a\u00f1os, algunos cambios inesperados en las personas adultas que asumen su cuidado:<br \/>\n&#8211; Durante el \u00faltimo a\u00f1o, un ni\u00f1o o ni\u00f1a menor de ocho a\u00f1os ha tenido que ser atendido en al menos dos ocasiones y durante un per\u00edodo de tiempo superior a un mes por una persona que no le cuida habitualmente y no es familiar ni allegada, pero el padre, la madre o personas que ejercen su tutela o guarda no le han abandonado de forma repentina. Durante su ausencia, mantienen contacto con el ni\u00f1o o ni\u00f1a. Siempre han vuelto para volver a asumir su cuidado o se espera que lo hagan en breve plazo.<br \/>\n5. No presente.<br \/>\n&#8211; Se dan las circunstancias descritas en el apartado anterior, pero se trata de un ni\u00f1o o ni\u00f1a mayor de ocho a\u00f1os o un o una adolescente.<br \/>\n&#8211; Hay constancia de que las figuras parentales han proporcionado un cuidado estable al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente.<br \/>\n&#8211; Una de las figuras parentales no ha permanecido de forma estable en el domicilio familiar o est\u00e1 fuera durante un per\u00edodo prolongado de tiempo (debido a motivos laborales, internamiento en alg\u00fan tipo de centro, etc.). Puede que las figuras parentales est\u00e9n legalmente separadas, por lo que la figura no custodia solo mantiene visitas con el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente. Esta situaci\u00f3n ha requerido ajustes en la vida de los miembros de la familia.<br \/>\nD.1. Expulsi\u00f3n o negaci\u00f3n de la entrada al domicilio.<br \/>\n&#8211; Se calificar\u00e1 el nivel de gravedad que m\u00e1s se asemeje a la situaci\u00f3n actual del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente cuya situaci\u00f3n est\u00e1 siendo evaluada.<br \/>\n&#8211; La calificaci\u00f3n del nivel de gravedad se establece fundamentalmente en base a la edad y capacidades del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente; el grado en que el padre y la madre o personas que ejercen su tutela o guarda se han asegurado de que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente ten\u00eda alg\u00fan lugar seguro al que ir y el peligro que la situaci\u00f3n ha supuesto para el estado f\u00edsico y\/o emocional del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente.<br \/>\nEscala de gravedad:<br \/>\n1. Gravedad muy elevada.<br \/>\n&#8211; En al menos una ocasi\u00f3n se ha impedido a un ni\u00f1o o ni\u00f1a menor de doce a\u00f1os \u2013o mayor, pero con una limitaci\u00f3n f\u00edsica o intelectual significativa la entrada en el domicilio o es expulsado del domicilio sin que tenga ning\u00fan sitio al que ir; el ni\u00f1o o ni\u00f1a ha tenido que pedir ayuda a una persona extra\u00f1a; puede que haya estado varias horas en la calle con mal tiempo. Como resultado de hab\u00e9rsele negado el acceso a su domicilio o de hab\u00e9rsele expulsado de \u00e9l, el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente ha podido sufrir un accidente o enfermedad, un percance grave (p. ej. ha sido agredido f\u00edsica o sexualmente, ha sufrido un robo) o se ha encontrado en claro peligro de que eso sucediera. La situaci\u00f3n le ha provocado una tensi\u00f3n o malestar emocional serio.<br \/>\n2. Gravedad elevada.<br \/>\n&#8211; En varias ocasiones se ha impedido a un o una adolescente mayor de doce a\u00f1os la entrada en el domicilio o se le ha expulsado del domicilio sin que tenga ning\u00fan sitio al que ir. Puede que se haya fugado y su padre y su madre o personas que ejercen su tutela o guarda se nieguen a acogerle de nuevo. Como consecuencia de esta situaci\u00f3n, el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente ha podido sufrir un accidente o enfermedad que ha requerido atenci\u00f3n m\u00e9dica, ha podido ser v\u00edctima de alguna agresi\u00f3n f\u00edsica o sexual o verse implicado en acciones delictivas. El padre y la madre o personas que ejercen la tutela o guarda no supieron valorar de forma apropiada el peligro en que le colocaban.<br \/>\n3. Gravedad moderada.<br \/>\n&#8211; En una ocasi\u00f3n se ha impedido a un o una adolescente mayor de doce a\u00f1os la entrada en el domicilio o se le ha expulsado del domicilio sin que tenga ning\u00fan sitio al que ir. Puede que se haya fugado y su padre y su madre o personas que ejercen su tutela o guarda se hayan negado a acogerle de nuevo. Puede que haya acudido a la polic\u00eda o a los servicios sociales a pedir ayuda. Como consecuencia de esta situaci\u00f3n, el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente ha podido sufrir un accidente o enfermedad que ha requerido atenci\u00f3n m\u00e9dica, ha podido ser v\u00edctima de alguna agresi\u00f3n f\u00edsica o sexual o verse implicado en acciones delictivas. El padre y la madre o personas que ejercen la tutela o guarda no supieron valorar de forma apropiada el peligro en que le colocaban.<br \/>\n4. Riesgo leve.<br \/>\n&#8211; En al menos una ocasi\u00f3n se ha negado a un o una adolescente mayor de doce a\u00f1os el acceso a su domicilio o ha sido expulsado de \u00e9l. Puede que se haya fugado y su padre y su madre o personas que ejercen su tutela o guarda se hayan negado a acogerle de nuevo. El padre y la madre o personas que ejercen la tutela o guarda sab\u00edan que ten\u00eda alg\u00fan lugar al que ir (pariente, amigo o amiga, vecino o vecina) y el o la adolescente era capaz de ir all\u00ed. En caso de pasar la noche fuera del domicilio, ha estado en lugar seguro.<br \/>\n5. No presente.<br \/>\n&#8211; Nunca se niega al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente la entrada al domicilio ni se le ha expulsado. Esto no se utiliza nunca como estrategia disciplinaria o de castigo.<br \/>\nE. Violencia sexual.<br \/>\n&#8211; Todas aquellas acciones realizadas por el padre, madre o personas cuidadoras, que obligan al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente a mantener contacto sexual o a participar en otras interacciones sexuales aprovech\u00e1ndose de su situaci\u00f3n de vulnerabilidad f\u00edsica y\/o ps\u00edquica, as\u00ed como mediante el uso de la fuerza, la intimidaci\u00f3n, el chantaje, la amenaza o cualquier otro mecanismo que anule o limite su voluntad.<br \/>\n&#8211; Esta tipolog\u00eda se refiere a la violencia sexual perpetrada por el padre, la madre, las personas que ejercen la tutela o guarda del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente, o por personas familiares o allegadas que forman parte de la unidad convivencial. En los casos de violencia sexual perpetrado por personas diferentes a las se\u00f1aladas, se valorar\u00e1 y en su caso calificar\u00e1 la tipolog\u00eda de \u00abProtecci\u00f3n ante situaciones de desprotecci\u00f3n grave perpetradas por otras personas\u00bb (ver Negligencia hacia necesidades de seguridad).<br \/>\n&#8211; Para calificar un determinado nivel de gravedad bastar\u00e1 con que se presenten las circunstancias descritas en uno de los ep\u00edgrafes (cada ep\u00edgrafe se se\u00f1ala con un punto).<br \/>\n&#8211; En esta tipolog\u00eda no hay calificaci\u00f3n de gravedad moderada o de riesgo leve.<br \/>\nEscala de gravedad:<br \/>\n1. Gravedad muy elevada.<br \/>\n&#8211; Violencia sexual s\u00e1dica o ritual y\/o utilizaci\u00f3n de la violencia f\u00edsica durante la actividad sexual.<br \/>\n&#8211; Violencia sexual con penetraci\u00f3n \u2013anal o vaginal o contacto f\u00edsico oral con el pene, vulva o ano. Incluye intentos de penetraci\u00f3n.<br \/>\n&#8211; Violencia sexual con contacto f\u00edsico, sin penetraci\u00f3n, p. ej. tocamiento de pechos o genitales; hacer que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente se desnude ante la persona adulta; hacer que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente toque o estimule las zonas sexuales de la persona adulta; masturbaci\u00f3n simult\u00e1nea de la persona adulta y el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente \u2013aunque sin penetraci\u00f3n. Para ser calificadas como abuso sexual, estas conductas han de tener como objetivo la estimulaci\u00f3n o gratificaci\u00f3n sexual de la persona adulta.<br \/>\n&#8211; Utilizaci\u00f3n del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente para la prostituci\u00f3n. Se permite, promueve o fuerza al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente para que tenga relaciones sexuales con otras personas.<br \/>\n&#8211; Utilizaci\u00f3n del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente para actividades pornogr\u00e1ficas.<br \/>\n2. Gravedad elevada.<br \/>\n&#8211; Exhibicionismo de la persona adulta \u2013p. ej. exposici\u00f3n de genitales, masturbaci\u00f3n para obtener gratificaci\u00f3n sexual o intentar estimular sexualmente al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente. Se puede haber presionado al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente para que participara, pero \u00e9ste o \u00e9sta no lo ha hecho.<br \/>\n&#8211; Exposici\u00f3n a est\u00edmulos o actividades sexuales expl\u00edcitas sin implicaci\u00f3n directa del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente. Se han realizado comentarios sexualmente provocativos hacia un ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente, se le habla de temas sexuales sin un fin educativo, se le muestran materiales pornogr\u00e1ficos o no se le protege de ser expuesto a actividades sexuales. No ha habido otro tipo de aproximaciones sexuales.<br \/>\n&#8211; Se ha acosado, presionado o propuesto al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente implicarse en actividades sexuales, pero no han ocurrido.<br \/>\n&#8211; Otras actividades sexuales \u2013p. ej. voyeurismo.<br \/>\n&#8211; Pauta creciente de conductas sexuales cuestionables que tienen una intenci\u00f3n de car\u00e1cter sexual y son percibidas por el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente como amenazantes o inapropiadas (p. ej. indiscreci\u00f3n de personas adultas mientras mantienen relaciones sexuales, personas adultas que se ba\u00f1an o comparten cama con ni\u00f1os o ni\u00f1as ya mayores o adolescentes habiendo oportunidad y espacio para hacerlo de forma independiente).<br \/>\n3. No presente.<br \/>\n&#8211; El padre y la madre o personas que ejercen la tutela o guarda del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente no ejercen violencia sexual contra \u00e9l o ella de ninguna de las maneras mencionadas anteriormente, ni permiten que nadie lo haga.<br \/>\nF. Incapacidad parental de control de la conducta del menor.<br \/>\n&#8211; En general, esta tipolog\u00eda implica a adolescentes o a ni\u00f1os o ni\u00f1as de edades cercanas.<br \/>\n&#8211; Se calificar\u00e1 el nivel de gravedad que m\u00e1s se asemeje a la situaci\u00f3n actual del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente.<br \/>\n&#8211; La gravedad de esta tipolog\u00eda se determina en funci\u00f3n de la presencia y gravedad de problemas externalizados de adaptaci\u00f3n personal, familiar, social y\/o escolar del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente, y en la capacidad del padre y la madre o personas que ejercen su tutela y guarda para controlar y resolver tales problemas.<br \/>\n&#8211; En esta tipolog\u00eda se hace muy necesaria la evaluaci\u00f3n detallada del da\u00f1o ps\u00edquico que supone para el menor las conductas externalizadas (conductas agresivas y\/o desafiantes, comportamientos antisociales\u2026) que est\u00e1 protagonizando.<br \/>\n&#8211; Adem\u00e1s, para poder calificar la existencia de esta tipolog\u00eda es imprescindible (al igual que ocurre en el maltrato emocional) establecer un fuerte nexo relacional entre las conductas que presenta el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente y la presencia de estrategias inadecuadas (o la ausencia de estrategias) por parte del padre y la madre o personas que ejercen su tutela y guarda para el control de dichas conductas problem\u00e1ticas que protagoniza el\/la menor.<br \/>\n&#8211; En los casos de ni\u00f1os y ni\u00f1as de muy corta edad en que sus personas cuidadoras no se muestran capaces de controlar su conducta, para descartar que no se trate simplemente de pr\u00e1cticas educativas inadecuadas, se deben evaluar especialmente las categor\u00edas B2 (Instrumentalizaci\u00f3n en conflictos), B3 (Exposici\u00f3n a situaciones de violencia de pareja\u2026) y C4 (Negligencia hacia necesidades ps\u00edquicas, en concreto la que se refiere a normas, l\u00edmites y transmisi\u00f3n de valores). En aquellos casos de ni\u00f1os muy peque\u00f1os con graves trastornos de conducta de dif\u00edcil control, tambi\u00e9n se deber\u00e1 evaluar si \u00e9stos no son sintom\u00e1ticos de da\u00f1o ps\u00edquico producido por otras situaciones de desprotecci\u00f3n de las descritas en el Instrumento.<br \/>\nEscala de gravedad:<br \/>\n1. Gravedad muy elevada.<br \/>\n&#8211; Problemas en la familia: Hay un grave conflicto entre las figuras parentales y el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente. Las relaciones familiares son muy conflictivas, ha habido amenazas de agresiones f\u00edsicas entre los miembros de la familia e incluso pueden haberse producido, hay agresiones verbales continuas de alta intensidad entre las figuras parentales y el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente, la conducta del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente es extremadamente problem\u00e1tica en el domicilio. El padre y la madre o personas que ejercen la tutela o guarda no pueden controlar la situaci\u00f3n; se sienten desbordados. Puede que rechacen al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente y le atribuyan la responsabilidad de todos los problemas. Puede que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente se oponga totalmente a cualquier tipo de intervenci\u00f3n y quiera salir del domicilio. El padre y la madre o personas que ejercen la tutela o guarda sienten que la convivencia es inviable, insostenible o muy complicada en el presente. Los padres y\/o el menor creen que en este momento no es posible desarrollar una intervenci\u00f3n manteniendo al ni\u00f1o en el medio.<br \/>\n&#8211; Problemas fuera de la familia: La conducta del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente es extremadamente problem\u00e1tica y desadaptada a nivel personal, social y escolar. Puede haber conductas delictivas, agresiones a otros ni\u00f1os, ni\u00f1as o adolescentes o a personas adultas, absentismo escolar, consumo de drogas o alcohol y\/o conductas sexuales de riesgo. El padre y la madre o personas que ejercen su tutela o guarda se desentienden de su responsabilidad en cuanto al control sobre el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente o se manifiestan totalmente incapaces de ello; puede que minimicen la importancia de los problemas del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente o los atribuyen al exterior. Ni el padre, la madre o personas que ejercen la tutela o guarda, ni el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente han buscado ni aceptan ayuda externa, o si han dispuesto de ella no ha arrojado ning\u00fan resultado.<br \/>\n&#8211; Puede haber habido fugas prolongadas del domicilio asociadas a estas situaciones.<br \/>\n2. Gravedad elevada.<br \/>\n&#8211; Problemas en la familia: \u00cddem al primer ep\u00edgrafe de gravedad elevada: Hay un grave conflicto entre las figuras parentales y el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente. Las relaciones familiares son muy conflictivas, ha habido amenazas de agresiones f\u00edsicas entre los miembros de la familia e incluso pueden haberse producido, hay agresiones verbales continuas de alta intensidad, la conducta del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente es extremadamente problem\u00e1tica en el domicilio. El padre y la madre o personas que ejercen la tutela o guarda no pueden controlar la situaci\u00f3n; se sienten desbordados. La convivencia es muy dif\u00edcil. Sin embargo, tanto ellos como el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente aceptan ayuda profesional para resolver sus dificultades y evitar la salida del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente del domicilio familiar.<br \/>\n&#8211; Problemas fuera de la familia: \u00cddem al primer ep\u00edgrafe de gravedad muy elevada: La conducta del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente es extremadamente problem\u00e1tica y desadaptada a nivel personal, social y escolar. Puede haber conductas delictivas, agresiones a otros ni\u00f1os, ni\u00f1as o adolescentes o a personas adultas, absentismo escolar, consumo de drogas o alcohol y\/o conductas sexuales de riesgo. El padre y la madre o personas que ejercen la tutela o guarda no pueden controlar la situaci\u00f3n; se sienten desbordados. Sin embargo, tanto ellos como el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente aceptan ayuda profesional para resolver sus dificultades y evitar la salida del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente del domicilio familiar.<br \/>\n&#8211; Puede haber habido fugas prolongadas del domicilio asociadas a estas situaciones.<br \/>\n3. Gravedad moderada.<br \/>\n&#8211; Problemas en la familia: Hay un grave conflicto entre las figuras parentales y el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente. Las relaciones familiares son muy conflictivas, hay discusiones y agresiones verbales frecuentes, no ha habido agresiones f\u00edsicas serias. Puede haberse producido alguna amenaza de agresi\u00f3n entre los miembros de la familia. La conducta del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente es muy problem\u00e1tica en el domicilio. Puede que haya habido algunos intentos de resolver los problemas. La convivencia es dif\u00edcil, aunque hay aspectos de la relaci\u00f3n entre las figuras parentales y el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente que son positivos. Hay riesgo de que el conflicto se agudice.<br \/>\n&#8211; Problemas fuera de la familia: El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente presenta problemas significativos de adaptaci\u00f3n personal, social y\/o escolar. Puede haber dificultades de comportamiento y faltas de asistencia al centro escolar, resistencia generalizada a acatar las normas, peque\u00f1as conductas delictivas, inicio de consumo de drogas y\/o alcohol, relaciones con personas de entornos marginales o delictivos, aunque hay \u00e1reas en las que su funcionamiento es adecuado. Hay v\u00ednculo afectivo positivo entre el padre y la madre o personas que ejercen la tutela o guarda y el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente. El padre y la madre o personas que ejercen la tutela o guarda no pueden controlar los problemas del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente. Hay riesgo de que los problemas del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente se agudicen.<br \/>\n&#8211; Puede haber habido alguna fuga del domicilio asociada a estas situaciones.<br \/>\n4. Riesgo leve.<br \/>\n&#8211; Problemas en la familia: Hay algunos conflictos entre las figuras parentales y el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente, pero hay aspectos importantes en su relaci\u00f3n que son positivos. El padre y la madre o personas que ejercen la tutela o guarda intentan manejar esos problemas, aunque con frecuencia no utilizan estrategias adecuadas o no saben c\u00f3mo hacerlo. Ha habido algunos intentos por resolver los problemas, pero puede que no hayan tenido \u00e9xito. El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente puede ser excluido temporalmente de algunas actividades familiares o se le pueden quitar algunos privilegios. Puede haber incidentes de violencia verbal entre los miembros de la familia, aunque no violencia f\u00edsica. Hay riesgo de que el conflicto se agudice.<br \/>\n&#8211; Problemas fuera de la familia: El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente presenta algunos problemas de adaptaci\u00f3n personal, social y\/o escolar que son caracter\u00edsticos o frecuentes en la preadolescencia y adolescencia. El padre y la madre o personas que ejercen la tutela o guarda intentan hacer frente a ellos, aunque con frecuencia las estrategias de control o disciplina que utilizan no son adecuadas. Puede haber incidentes de violencia verbal entre los miembros de la familia, aunque no violencia f\u00edsica. Hay riesgo de que los problemas del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente se agudicen.<br \/>\n5. No presente.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente presenta dificultades de adaptaci\u00f3n o conductas de oposici\u00f3n dentro y fuera del domicilio caracter\u00edsticas o frecuentes en su etapa evolutiva. Eso puede provocar discusiones o conflictos en la familia, aunque esta situaci\u00f3n no caracteriza las relaciones familiares. El padre y la madre o personas que ejercen la tutela o guarda utilizan en general estrategias adecuadas para el control y manejo de las conductas inadecuadas del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente. En general consiguen llegar a acuerdos razonables. No hay violencia f\u00edsica en los conflictos; puede haber violencia verbal, pero es ocasional y posteriormente el padre y la madre o personas que ejercen la tutela o guarda y el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente son capaces de hablar sobre ello y resolver el conflicto. Hay una relaci\u00f3n afectiva positiva entre ellos. En general, el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente respeta las normas establecidas por su padre y su madre o personas que ejercen su tutela o guarda, aunque puede mostrarse oposicionista en un primer momento.<br \/>\nG. Otras tipolog\u00edas.<br \/>\nG.1. S\u00edndrome de Munchausen por Poderes.<br \/>\nLos padres, tutores o guardadores del menor le someten a repetidos ingresos y ex\u00e1menes m\u00e9dicos alegando s\u00edntomas patol\u00f3gicos ficticios o generados de manera activa por ellos mismos. Puede incluir la falsificaci\u00f3n de datos aportados al historial cl\u00ednico (p. ej. indicar la presencia de s\u00edntomas no reales, exagerar su intensidad), la simulaci\u00f3n de s\u00edntomas (p. ej. falsificaci\u00f3n de pruebas a\u00f1adiendo sangre menstrual, az\u00facar o material fecal a la orina, aparentar fiebre frotando el term\u00f3metro) y la producci\u00f3n de s\u00edntomas (p .ej. erupciones por est\u00edmulos mec\u00e1nicos o sustancias irritantes, administraci\u00f3n de sedantes, inducci\u00f3n de v\u00f3mitos).<br \/>\nLa valoraci\u00f3n de la gravedad se establece fundamentalmente en funci\u00f3n de la severidad del da\u00f1o que ha provocado o puede provocar en el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente, el comportamiento del padre, la madre o las personas que ejercen la tutela o guarda; y de la historia m\u00e9dica previa de consultas e ingresos hospitalarios.<br \/>\nPara calificar un determinado nivel de gravedad bastar\u00e1 con que se presenten las circunstancias descritas en uno de los ep\u00edgrafes (cada ep\u00edgrafe se se\u00f1ala con un punto). En esta tipolog\u00eda no hay calificaci\u00f3n de riesgo leve.<br \/>\nEscala de gravedad:<br \/>\n1. Gravedad muy elevada.<br \/>\n&#8211; Las acciones del padre, la madre o las personas que ejercen la tutela o guarda, han provocado o colocado al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente en riesgo de muerte o de sufrir una lesi\u00f3n o enfermedad grave (es decir, con necesidad de atenci\u00f3n m\u00e9dica inmediata).<br \/>\n&#8211; En la hospitalizaci\u00f3n del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente, los padres, tutores o guardadores interfieren repetida e intencionadamente en el tratamiento m\u00e9dico o provocan de forma intencionada un empeoramiento en su estado.<br \/>\n&#8211; Los padres, tutores o guardadores han acudido a los servicios m\u00e9dicos alegando s\u00edntomas f\u00edsicos ficticios graves, provocando hospitalizaciones repetidas y prolongadas; el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente ha sido sometido a pruebas m\u00e9dicas que han resultado infructuosas. Esta situaci\u00f3n ha provocado una seria interferencia en el ritmo de vida y\/o en sus relaciones con otras personas significativas. Como consecuencia de lo anterior, el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente puede presentar miedo o ansiedad intensas, s\u00edntomas de da\u00f1o emocional grave, o manifestar fuerte inestabilidad o inseguridad.<br \/>\n&#8211; Las acciones de los padres, las madres, tutores o guardadores han provocado o han podido provocar en el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente una lesi\u00f3n grave &#8230;<br \/>\n&gt; &#8230; y se conoce o sospecha que ha habido otros\/as menores en la familia que han fallecido o han sufrido secuelas f\u00edsicas graves como consecuencia del S\u00edndrome de Munchausen.<br \/>\n2. Gravedad elevada.<br \/>\n&#8211; Las acciones del padre, la madre o las personas que ejercen la tutela o guarda, han provocado o colocado al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente en riesgo de sufrir una lesi\u00f3n o enfermedad grave (es decir, no pone en riesgo su vida ni es probable que provoque ninguna incapacidad aun cuando no se proporcione atenci\u00f3n m\u00e9dica).<br \/>\n&#8211; En varias ocasiones los padres, tutores o guardadores han acudido a los servicios m\u00e9dicos alegando s\u00edntomas f\u00edsicos ficticios de car\u00e1cter moderadamente grave, provocando que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente sea sometido a pruebas m\u00e9dicas repetidas que han resultado infructuosas; no hay hospitalizaciones. Esta situaci\u00f3n ha interferido en su ritmo de vida y\/o en sus relaciones con otras personas significativas. Como consecuencia de lo anterior, el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente puede presentar miedo o ansiedad intensas, s\u00edntomas de da\u00f1o emocional grave, o manifestar fuerte inestabilidad o inseguridad.<br \/>\n3. Gravedad moderada.<br \/>\n&#8211; Las acciones del padre, la madre o las personas que ejercen la tutela o guarda, han provocado o colocado al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente en riesgo de sufrir una lesi\u00f3n o enfermedad muy grave o grave.<br \/>\n&#8211; En varias ocasiones los padres, tutores o guardadores han acudido a los servicios m\u00e9dicos alegando s\u00edntomas f\u00edsicos ficticios de car\u00e1cter leve que no han requerido hospitalizaci\u00f3n ni pruebas m\u00e9dicas espec\u00edficas; el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente ha sido explorado en la consulta pedi\u00e1trica. Esta situaci\u00f3n interfiere en su ritmo de vida y\/o en sus relaciones con otras personas significativas.<br \/>\nG.2. Maltrato prenatal.<br \/>\n&#8211; Abuso de drogas o alcohol durante el embarazo, o cualquier circunstancia vital de la madre que provoque o puede provocar da\u00f1o f\u00edsico en el feto o que este nazca con s\u00edntomas de dependencia f\u00edsica de dichas sustancias u otras alteraciones imputables al consumo por parte de la madre.<br \/>\n&#8211; Para calificar el maltrato prenatal y su nivel de gravedad se requiere una valoraci\u00f3n, diagn\u00f3stico m\u00e9dico o notificaci\u00f3n que refleje la relaci\u00f3n entre el comportamiento de la madre y las secuelas f\u00edsicas que dicho comportamiento ha provocado o puede provocar en el beb\u00e9.<br \/>\n&#8211; Se excluyen beb\u00e9s nacidos con s\u00edndrome de abstinencia cuyas madres se encuentran en tratamiento con metadona bajo seguimiento m\u00e9dico y sin consumo de otras drogas.<br \/>\n&#8211; Este tipo de maltrato tambi\u00e9n se puede hacer extensivo al progenitor o compa\u00f1ero de la embarazada cuando inflige a estas conductas maltratantes a nivel f\u00edsico o no atiende sus necesidades.<br \/>\n&#8211; La valoraci\u00f3n de la gravedad se establece fundamentalmente en funci\u00f3n de los da\u00f1os que la situaci\u00f3n ha provocado o puede provocar en el beb\u00e9.<br \/>\n&#8211; Para calificar un determinado nivel de gravedad bastar\u00e1 con que se presenten las circunstancias descritas en uno de los ep\u00edgrafes (cada ep\u00edgrafe se se\u00f1ala con un punto).<br \/>\nEscala de gravedad:<br \/>\n1. Gravedad muy elevada.<br \/>\n&#8211; Beb\u00e9 nacido con un crecimiento significativamente anormal, con da\u00f1os neurol\u00f3gicos, con s\u00edndrome alcoh\u00f3lico-fetal, de abstinencia, con enfermedades graves u otras alteraciones significativas que requieren tratamiento especializado como consecuencia del consumo abusivo de drogas y\/o alcohol o falta grave de cuidados de la madre durante el embarazo.<br \/>\n&#8211; Hay una valoraci\u00f3n m\u00e9dica o notificaci\u00f3n que indica que el abuso de drogas o alcohol por su parte o la falta grave de cuidados m\u00e9dicos o sanitarios durante el embarazo est\u00e1 provocando lesiones graves en el feto y la embarazada no ha modificado su comportamiento a pesar de las indicaciones profesionales realizadas en ese sentido.<br \/>\n&#8211; Aunque la situaci\u00f3n no ha provocado lesiones graves en el feto, supone un riesgo elevado de que el beb\u00e9 presente secuelas significativas al nacer que requerir\u00edan tratamiento y la embarazada no ha modificado su comportamiento a pesar de las indicaciones profesionales realizadas en ese sentido.<br \/>\n2. Gravedad elevada.<br \/>\n&#8211; Hay una valoraci\u00f3n m\u00e9dica o notificaci\u00f3n que indica que la negligencia en algunos cuidados m\u00e9dicos o sanitarios durante el embarazo (p. ej. exposici\u00f3n a ambientes nocivos, consumo de alcohol, marihuana u otras sustancias) ha provocado que el beb\u00e9 nazca de forma prematura o con bajo peso o talla. La embarazada no modific\u00f3 su comportamiento a pesar de las indicaciones profesionales realizadas en ese sentido.<br \/>\n3. Gravedad moderada.<br \/>\n&#8211; Hay una valoraci\u00f3n m\u00e9dica o notificaci\u00f3n que indica que la negligencia en algunos cuidados m\u00e9dicos o sanitarios durante el embarazo (p. ej. exposici\u00f3n a ambientes nocivos, consumo no abusivo de alcohol, marihuana u otras sustancias) puede provocar que el beb\u00e9 nazca de forma prematura o con bajo peso o talla.<br \/>\n&#8211; Ausencia de seguimiento ginecol\u00f3gico del embarazo.<br \/>\n4. Riesgo leve.<br \/>\n&#8211; Hay un dictamen m\u00e9dico que aconseja mejorar los cuidados preventivos higi\u00e9nico-sanitarios del embarazo. El beb\u00e9 podr\u00eda tener alg\u00fan problema no grave de salud.<br \/>\nG.3. Corrupci\u00f3n.<br \/>\n&#8211; Para calificar un determinado nivel de gravedad bastar\u00e1 con que se presenten las circunstancias descritas en uno de los ep\u00edgrafes (cada ep\u00edgrafe se se\u00f1ala con un punto).<br \/>\n&#8211; La calificaci\u00f3n del nivel de gravedad se establece fundamentalmente en base a la severidad de las conductas antisociales del padre, la madre o personas que ejercen la tutela o guarda; el grado en que permiten o promueven la exposici\u00f3n o participaci\u00f3n del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente en tales conductas; y el impacto que la situaci\u00f3n ha tenido o puede tener en la adaptaci\u00f3n social del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente.<br \/>\nEscala de gravedad:<br \/>\n1. Gravedad muy elevada.<br \/>\n&#8211; Inducci\u00f3n a la delincuencia: El padre, la madre o personas que ejercen la tutela o guarda promueven, refuerzan o permiten pautas de conducta antisocial o desviadas (especialmente en el \u00e1rea de la agresividad, conductas delictivas, sexualidad y drogas) que impiden el normal desarrollo e integraci\u00f3n social del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente. Como consecuencia de ello, el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente presenta serios problemas de adaptaci\u00f3n social o se encuentra en una clara situaci\u00f3n de alto riesgo para desarrollar problemas de esta \u00edndole. Tambi\u00e9n incluye situaciones en las que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente es utilizado para la comisi\u00f3n de actos delictivos (por ejemplo, transporte de drogas, hurtos) independientemente de su edad y de las consecuencias observables en su comportamiento.<br \/>\n&#8211; Modelos parentales gravemente asociales:<br \/>\n&gt; El hogar en el que vive el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente constituye un modelo de vida inadecuado para su normal desarrollo por contener pautas antisociales relacionadas con conductas delictivas graves (particularmente las que causan da\u00f1o a otras personas), tr\u00e1fico de drogas y consumo de drogas de alto poder destructivo. Para poder definir la existencia de una situaci\u00f3n de esta \u00edndole:<br \/>\na) Debe presentarse al menos una de las situaciones anteriores de manera reiterada y\/o continua, afectando al conjunto de figuras adultas que asumen responsabilidades en el cuidado del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente,<br \/>\nb) su presencia ha de ser claramente perceptible,<br \/>\nc) el modelo inadecuado debe ser claramente perceptible por el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente en su interacci\u00f3n cotidiana y<br \/>\nd) el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente debe reunir condiciones suficientes de vulnerabilidad al modelo: capacidad cognitiva suficiente y razonamiento moral en desarrollo.<br \/>\n&gt; El padre, la madre o personas que ejercen la tutela o guarda permiten, promueven activamente y facilitan al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente el consumo de alcohol en cantidades abusivas para su edad, drogas u otras sustancias t\u00f3xicas tanto en el domicilio familiar como fuera de \u00e9l.<br \/>\nComo consecuencia de ello, el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente presenta serios problemas de adaptaci\u00f3n social o se encuentra en una clara situaci\u00f3n de alto riesgo para desarrollar problemas de esta \u00edndole.<br \/>\n2. Gravedad elevada.<br \/>\n&#8211; Modelos parentales asociales: El hogar en el que vive el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente constituye un modelo de vida inadecuado para su normal desarrollo por contener pautas antisociales relacionadas con conductas delictivas de car\u00e1cter menor (p. ej. hurtos sin violencia). Para poder definir la existencia de una situaci\u00f3n de esta \u00edndole:<br \/>\na) Debe presentarse al menos una de las situaciones anteriores de manera reiterada y\/o continua, afectando al conjunto de figuras adultas que asumen responsabilidades en el cuidado del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente,<br \/>\nb) su presencia ha de ser claramente perceptible,<br \/>\nc) el modelo inadecuado debe ser claramente perceptible por el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente en su interacci\u00f3n cotidiana y<br \/>\nd) el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente debe reunir condiciones suficientes de vulnerabilidad al modelo: capacidad cognitiva suficiente y razonamiento moral en desarrollo.<br \/>\nComo consecuencia de ello, el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente presenta problemas de adaptaci\u00f3n social o se encuentra en una clara situaci\u00f3n de alto riesgo para desarrollar problemas de esta \u00edndole.<br \/>\n3. Gravedad moderada.<br \/>\n&#8211; Modelos parentales inadecuados:<br \/>\n&gt; Alguna o algunas de las personas adultas que conviven habitualmente con el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente y ejercen responsabilidades respecto a su guarda representan un modelo inadecuado para el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente por estar implicados en conductas antisociales o desviadas (de mayor o menor gravedad). Sin embargo, esta situaci\u00f3n no es claramente perceptible por el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente en su interacci\u00f3n cotidiana y\/o dispone de figuras adultas de referencia en su entorno familiar que ejercen como modelos positivos que hasta el momento parecen contrarrestar el potencial efecto negativo de los modelos adultos inadecuados. El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente no presenta problemas de adaptaci\u00f3n social, aunque podr\u00eda llegar a desarrollarlos en el futuro.<br \/>\n&gt; El padre y la madre o personas que ejercen la tutela o guarda se manifiestan o se comportan ante el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente con una actitud permisiva hacia el consumo regular u ocasionalmente excesivo de alcohol o hacia el consumo de drogas socialmente consideradas de \u00abmenor\u00bb poder destructivo, aunque no facilitan al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente el acceso a estas sustancias.<br \/>\n4. Riesgo leve.<br \/>\n&#8211; Alguna de las personas adultas que conviven habitualmente con el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente y ejercen responsabilidades respecto a su guarda ha presentado conductas delictivas de car\u00e1cter menor (p. ej. hurtos sin violencia) o han protagonizado episodios de consumo abusivo de alcohol y\/o drogas de car\u00e1cter ocasional que han podido ser conocidas por el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente, pero \u00e9ste dispone de figuras adultas de referencia en su entorno familiar que ejercen como modelos positivos.<br \/>\n5. No presente.<br \/>\n&#8211; Las personas adultas que conviven habitualmente con el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente y ejercen responsabilidades respecto a su guarda no presentan conductas delictivas o desviadas y ejercen un control adecuado sobre las conductas incipientes de esta \u00edndole que pueda presentar el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente. Representan modelos adecuados de adaptaci\u00f3n y comportamiento social.<br \/>\nG.4. Mendicidad.<br \/>\nPr\u00e1ctica que consiste en solicitar u obtener dinero o recursos materiales de terceras personas en lugares p\u00fablicos29.<br \/>\n&#8211; Se calificar\u00e1 el nivel de gravedad que m\u00e1s se asemeje a la situaci\u00f3n actual del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente.<br \/>\n&#8211; La calificaci\u00f3n del nivel de gravedad se establece fundamentalmente en base a la frecuencia y condiciones en que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente ejerce la mendicidad; la existencia de amenazas o coacciones por parte del padre, la madre o personas que ejercen la tutela o guarda para que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente ejerza la mendicidad; y el impacto que dicha situaci\u00f3n tiene o puede tener en su salud f\u00edsica y en su asistencia al centro escolar.<br \/>\nEscala de gravedad:<br \/>\n1. Gravedad muy elevada.<br \/>\n&#8211; El padre y la madre o personas que ejercen la tutela o guarda obligan al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente a ejercer la mendicidad. Puede que le hayan agredido o le amenacen con hacerlo si no consigue llevar a casa una determinada cantidad de dinero. El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente es dejado solo para mendigar o en grupo con otros ni\u00f1os, ni\u00f1as o adolescentes. Puede que llegue a robar para conseguir la cantidad que su padre y su madre o personas que ejercen su tutela o guarda le reclaman. No asiste a la escuela o falta habitualmente para ejercer la mendicidad, o la ejerce habitualmente fuera del horario escolar o en per\u00edodos festivos.<br \/>\n2. Gravedad elevada.<br \/>\n&#8211; El padre y la madre o personas que ejercen la tutela o guarda ejercen con frecuencia la mendicidad con el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente, bien para obtener mayores beneficios econ\u00f3micos o porque no tienen con qui\u00e9n dejarle. Las condiciones clim\u00e1ticas o sanitarias del lugar en que se ejerce la mendicidad son en ocasiones precarias, poniendo en riesgo al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente de sufrir una enfermedad. Esta situaci\u00f3n se podido producir aun estando el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente enfermo. El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente no asiste a la escuela o falta habitualmente por este motivo, o puede que la mendicidad se ejerza \u00fanicamente en horario no escolar o per\u00edodos festivos. El padre y la madre o personas que ejercen la tutela o guarda reciben ayudas econ\u00f3micas u otro tipo de ayudas materiales por parte de los Servicios Sociales, pero esto no ha eliminado el ejercicio de la mendicidad; siguen manteniendo este tipo de comportamiento intentando que los Servicios Sociales no sean conocedores de ello (p. ej. desplaz\u00e1ndose a otro municipio).<br \/>\n3. Gravedad moderada.<br \/>\n&#8211; El padre y la madre o personas que ejercen la tutela o guarda ejercen con frecuencia la mendicidad con el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente, bien para obtener mayores beneficios econ\u00f3micos o porque no tienen con qui\u00e9n dejarle. Las condiciones clim\u00e1ticas o sanitarias del lugar en que se ejerce la mendicidad son en ocasiones precarias, poniendo en riesgo al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente de sufrir una enfermedad. Puede que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente no asista a la escuela o falte habitualmente por este motivo, o puede que la mendicidad se ejerza con el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente \u00fanicamente en horario no escolar o per\u00edodos festivos. Los beneficios econ\u00f3micos obtenidos con la mendicidad constituyen un ingreso fundamental para el mantenimiento de la familia.<br \/>\n4. Riesgo leve.<br \/>\n&#8211; Ocasionalmente, el padre y la madre o personas que ejercen la tutela o guarda han ejercido la mendicidad y han llevado al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente con ellos porque no ten\u00edan con qui\u00e9n dejarle, pero nunca estando el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente enfermo o en precarias condiciones de salud. O han ejercido con \u00e9l la mendicidad de forma ocasional, en momentos de graves dificultades familiares, pero no se trata de un patr\u00f3n frecuente.<br \/>\n5. No presente.<br \/>\n&#8211; El padre y la madre o personas que ejercen la tutela o guarda no han ejercido nunca la mendicidad con el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente.<br \/>\nG.5. Explotaci\u00f3n laboral.<br \/>\nEl padre y la madre o personas que ejercen la tutela o guarda del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente le asignan con car\u00e1cter obligatorio la realizaci\u00f3n continuada de trabajos (se excluyen tareas relacionadas con la organizaci\u00f3n dom\u00e9stica) que: exceden los l\u00edmites de lo habitual, deber\u00edan ser realizados por personas adultas, interfieren de manera clara en las actividades y necesidades sociales y\/o escolares del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente, y le son asignados con el objetivo fundamental de obtener un beneficio econ\u00f3mico o similar para el padre, la madre o personas que ejercen la tutela o guarda o para la estructura familiar.<br \/>\n&#8211; Para calificar un determinado nivel de gravedad bastar\u00e1 con que se presenten las circunstancias descritas en uno de los ep\u00edgrafes (cada ep\u00edgrafe se se\u00f1ala con un punto).<br \/>\n&#8211; La calificaci\u00f3n del nivel de gravedad se establece fundamentalmente en base a la existencia de amenazas o coacciones por parte del padre, la madre o personas que ejercen la tutela o guarda para que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente realice una actividad que les proporcione un beneficio econ\u00f3mico o en especies; la frecuencia y duraci\u00f3n de las ocasiones en que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente ha de trabajar; y el impacto de esta situaci\u00f3n en las actividades formativas, l\u00fadicas y sociales del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente o en sus necesidades de descanso.<br \/>\nEscala de gravedad:<br \/>\n1. Gravedad muy elevada.<br \/>\n&#8211; El padre y la madre o personas que ejercen la tutela o guarda del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente le obligan a hacer trabajos extremadamente duros y\/o durante jornadas excesivamente prolongadas para su edad y\/o situaci\u00f3n que deber\u00edan ser realizados por personas adultas. Puede que se haya obligado al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente a trabajar aun estando enfermo y que se le castigue si no rinde lo esperado. No asiste a la escuela por este motivo ni dispone apenas de tiempo para actividades l\u00fadicas y descanso.<br \/>\n2. Gravedad elevada.<br \/>\n&#8211; El padre y la madre o personas que ejercen la tutela o guarda del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente le asignan habitualmente la realizaci\u00f3n de trabajos de econom\u00eda sumergida. No asiste a la escuela por este motivo ni dispone apenas de tiempo para actividades l\u00fadicas y descanso. Puede que estas tareas le sean asignadas fuera del horario escolar o en per\u00edodos festivos, implicando una limitaci\u00f3n y restricci\u00f3n total de su tiempo libre y de sus oportunidades de relacionarse con iguales.<br \/>\n&#8211; El padre y la madre o personas que ejercen la tutela o guarda de un o una adolescente entre 16 y 18 a\u00f1os hacen que abandone su formaci\u00f3n acad\u00e9mica para ponerse a trabajar, a pesar de que el o la adolescente tiene un buen rendimiento y desea seguir estudiando. Se apropian de parte o de todo el dinero que obtiene de su trabajo, no siendo \u00e9ste imprescindible para el sostenimiento de la familia o pudiendo ser sustituido por el trabajo de las personas adultas.<br \/>\n3. Gravedad moderada.<br \/>\n&#8211; De forma repetida, el padre y la madre o personas que ejercen la tutela o guarda se llevan con ellos a un ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente escolarizado en per\u00edodos concretos (p. ej. recogida de productos naturales) para que les ayude en una actividad laboral. Eso se produce en per\u00edodos escolares, lo que implica que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente deje de asistir al centro y ha provocado dificultades significativas a nivel de adaptaci\u00f3n y\/o rendimiento escolar.<br \/>\n&#8211; El padre y la madre o personas que ejercen la tutela o guarda del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente le asignan de forma habitual trabajos de econom\u00eda sumergida fuera del horario escolar o durante per\u00edodos festivos que limitan de forma excesiva \u2013aunque no total que disponga de tiempo libre y pueda relacionarse con sus iguales.<br \/>\n4. Riesgo leve.<br \/>\n&#8211; Una vez al a\u00f1o, el padre y la madre o personas que ejercen la tutela o guarda se llevan con ellos a un ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente escolarizado en un per\u00edodo concreto (p. ej. recogida de productos naturales) para que les ayude en una actividad laboral durante un tiempo que nunca es superior a tres semanas. Eso se produce en per\u00edodo escolar, lo que implica que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente o adolescente deje de asistir al centro. Puede que haya requerido apoyos especiales para recuperar el retraso acad\u00e9mico.<br \/>\n5. No presente.<br \/>\n&#8211; El padre y la madre o personas que ejercen la tutela o guarda del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente promueven y facilitan que complete su actividad acad\u00e9mica o formativa. Le asignan responsabilidades dom\u00e9sticas o le piden que colabore en la familia de una forma acorde a su estatus evolutivo, asegur\u00e1ndose de que \u00e9stas no interfieran con sus actividades escolares y que dispone de tiempo libre y de oportunidades para relacionarse con iguales.<br \/>\nII. Otras situaciones espec\u00edficas que podr\u00edan dar lugar a desprotecci\u00f3n grave30:<br \/>\n&#8211; Las circunstancias que se exponen a continuaci\u00f3n deben consignarse \u00fanicamente si, adem\u00e1s de encontrarse presentes, se considera que pueden estar poniendo en peligro la vida o integridad b\u00e1sica del ni\u00f1o\/a, y, adem\u00e1s no existan elementos de control en el entorno familiar que pueda suplir estos d\u00e9ficits.<br \/>\n&#8211; En caso de que se den estos supuestos debe valorarse el caso de forma autom\u00e1tica como desprotecci\u00f3n grave.<br \/>\n&#8211; Estas situaciones particulares pueden presentarse simult\u00e1neamente a alguna\/s tipolog\u00eda\/s de desprotecci\u00f3n o de forma aislada.<br \/>\n&#8211; Para calificar la existencia de estas situaciones bastar\u00e1 con que se presenten las circunstancias descritas en uno de los ep\u00edgrafes (cada ep\u00edgrafe se se\u00f1ala con un punto) una vez que se ha comprobado que existe peligro para la vida o integridad del ni\u00f1o\/a y no hay elementos de control en el entorno familiar.<br \/>\n&#8211; La existencia de estas circunstancias deber\u00e1 ser explorada en todos los casos, independientemente de que se haya identificado otra tipolog\u00eda de desprotecci\u00f3n y de su nivel de gravedad.<br \/>\nA. Antecedentes de desprotecci\u00f3n grave perpetrada por el padre, la madre o personas que ejercen la tutela o guarda.<br \/>\n&#8211; El padre, la madre o personas que ejercen la tutela o guarda del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente han protagonizado episodios de agresi\u00f3n sexual hacia otros ni\u00f1os, ni\u00f1as o adolescentes y sin tratamiento exitoso.<br \/>\n&#8211; El padre, la madre o personas que ejercen la tutela o guarda del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente han perpetrado en el pasado actos graves de maltrato, abuso sexual o negligencia hacia ese ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente u otros ni\u00f1os, ni\u00f1as o adolescentes y no ha habido un tratamiento exitoso y\/o las circunstancias que provocaron o rodearon dicha situaci\u00f3n no se han modificado (p. ej. trastorno grave de personalidad no tratado).<br \/>\n&#8211; El padre, la madre o personas que ejercen la tutela o guarda del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente se han visto implicados anteriormente en situaciones de violencia de pareja o con otras personas adultas en la familia que han provocado un da\u00f1o grave en el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente, y dicha persona ha vuelto a establecer una relaci\u00f3n de ese tipo sin haber resuelto los problemas que la provocaron anteriormente.<br \/>\nB. Graves dificultades personales en el padre y la madre o en las personas que ejercen la tutela o la guarda.<br \/>\n&#8211; El padre y la madre o personas que ejercen la tutela o guarda del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente padecen un trastorno psicopatol\u00f3gico que implica p\u00e9rdida de contacto con la realidad, seria limitaci\u00f3n de su capacidad de juicio y toma de decisi\u00f3n, e incapacitaci\u00f3n para el desarrollo de una vida aut\u00f3noma. El trastorno puede ser cr\u00f3nico o de aparici\u00f3n reciente; puede manifestarse de forma continuada o en per\u00edodos concretos. Puede que la persona tome medicaci\u00f3n, pero \u00e9sta o las condiciones en que se toma no aseguran que no haya p\u00e9rdidas serias de control. Puede haber habido manifestaciones o intentos de suicidio, delirios, rechazo extremo al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente, o manifestaciones de temor a perder el control y da\u00f1arle seriamente.<br \/>\n&#8211; El padre y la madre o personas que ejercen la tutela o guarda del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente tienen una limitaci\u00f3n intelectual (retraso mental medio o profundo) que les incapacita para el desarrollo de una vida aut\u00f3noma. Ninguno de ellos tiene unas capacidades intelectuales que les permitan ser aut\u00f3nomos.<br \/>\n&#8211; El padre y la madre o personas que ejercen la tutela o guarda del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente tienen un problema grave y cr\u00f3nico o prolongado de consumo de alcohol y\/o drogas. La mayor parte del tiempo se encuentran bajo los efectos de las drogas y\/o el alcohol. No reciben tratamiento. Puede que est\u00e9n en proceso de tratamiento, pero los y las profesionales responsables del mismo no garantizan que no se produzca una reca\u00edda a corto plazo o que no exista consumo. Puede haber habido tratamientos anteriores, pero \u00e9stos han sido fallidos.<br \/>\n&#8211; El padre y la madre son menores de edad, y no disponen de apoyos en su entorno, y presentan un alto grado de inmadurez o inestabilidad, y sin capacidad para priorizar suficientemente las necesidades de su hijo o hija frente a las suyas propias, y sin capacidad para planificar el futuro a medio o largo plazo.<br \/>\nPARTE IV. DOCUMENTACI\u00d3N COMPLEMENTARIA<br \/>\nGLOSARIO<br \/>\nSituaciones de riesgo:<br \/>\nSeg\u00fan el art. 17 de la Ley Org\u00e1nica 1\/1996, de 15 de enero, de Protecci\u00f3n Jur\u00eddica del Menor, de modificaci\u00f3n parcial del C\u00f3digo Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, \u00abse considerar\u00e1 situaci\u00f3n de riesgo aquella en la que, a causa de circunstancias, carencias o conflictos familiares, sociales o educativos, el menor se vea perjudicado en su desarrollo personal, familiar, social o educativo, en su bienestar o en sus derechos de forma que, sin alcanzar la entidad, intensidad o persistencia que fundamentar\u00edan su declaraci\u00f3n de situaci\u00f3n de desamparo y la asunci\u00f3n de la tutela por ministerio de la ley, sea precisa la intervenci\u00f3n de la administraci\u00f3n p\u00fablica competente, para eliminar, reducir o compensar las dificultades o inadaptaci\u00f3n que le afectan y evitar su desamparo y exclusi\u00f3n social, sin tener que ser separado de su entorno familiar\u00bb.<br \/>\nPor su parte, el art. 22 de la Ley 1\/1998, de 20 de abril, de los derechos y la atenci\u00f3n al menor establece que \u00abse consideran situaciones de riesgo aqu\u00e9llas en las que existan carencias o dificultades en la atenci\u00f3n de las necesidades b\u00e1sicas que los menores precisan para su correcto desarrollo f\u00edsico, ps\u00edquico y social, y que no requieran su separaci\u00f3n del medio familiar\u00bb.<br \/>\nSe trata por tanto de situaciones donde ya existen suficientes indicadores de desprotecci\u00f3n que afectan al desarrollo del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente, pero de una intensidad menor a la que fundamentar\u00eda un desamparo.<br \/>\nConviene no confundir la situaci\u00f3n de riesgo legal definida anteriormente con el riesgo de desprotecci\u00f3n al que hace referencia este instrumento en la p\u00e1gina 18. Las situaciones legales de riesgo pueden referirse a situaciones de desprotecci\u00f3n tanto moderadas como graves en algunos casos.<br \/>\nSituaci\u00f3n de desamparo:<br \/>\nSeg\u00fan el art. 172.1 del C\u00f3digo Civil, el art. 18 de la Ley Org\u00e1nica 1\/1996, de 15 de enero, de Protecci\u00f3n Jur\u00eddica del Menor, de modificaci\u00f3n parcial del C\u00f3digo Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, as\u00ed como el art. 23 de la Ley 1\/1998, de 20 de abril, de los derechos y la atenci\u00f3n al menor, la situaci\u00f3n de desamparo es \u00abla que se produce de hecho a causa del incumplimiento, o del imposible o inadecuado ejercicio de los deberes de protecci\u00f3n establecidos por las leyes para la guarda de los menores, cuando \u00e9stos queden privados de la necesaria asistencia moral o material\u00bb.<br \/>\nLa declaraci\u00f3n de la situaci\u00f3n de desamparo implica la asunci\u00f3n de la tutela del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente por ministerio de ley por parte de la administraci\u00f3n p\u00fablica competente, conlleva la suspensi\u00f3n a sus padres y madres o tutores de la patria potestad o la tutela ordinaria, y la aplicaci\u00f3n de las medidas de protecci\u00f3n que correspondan.<br \/>\nEl art. 18 de la Ley Org\u00e1nica 1\/1996, de 15 de enero, de Protecci\u00f3n Jur\u00eddica del Menor, de modificaci\u00f3n parcial del C\u00f3digo Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, a\u00f1ade: \u00abLa situaci\u00f3n de pobreza de los progenitores, tutores o guardadores no podr\u00e1 ser tenida en cuenta para la valoraci\u00f3n de la situaci\u00f3n de desamparo. Asimismo, en ning\u00fan caso se separar\u00e1 a un menor de sus progenitores en raz\u00f3n de una discapacidad del menor, de ambos progenitores o de uno de ellos. Se considerar\u00e1 un indicador de desamparo, entre otros, el tener un hermano declarado en tal situaci\u00f3n, salvo que las circunstancias familiares hayan cambiado de forma evidente\u00bb.<br \/>\nSe incluyen en el mismo art\u00edculo una serie de circunstancias que valoradas y ponderadas con la suficiente gravedad, conforme a los principios de necesidad y proporcionalidad, supongan una amenaza para la integridad f\u00edsica o mental del menor o la menor, puede entenderse que existe situaci\u00f3n de desamparo.<br \/>\nSe trata por tanto en estos casos de las situaciones de desprotecci\u00f3n graves en donde exista una da\u00f1o significativo para el menor o la menor (amenaza para la integridad f\u00edsica o mental), las cuales valoradas y ponderadas por la Entidad P\u00fablica competente conforme a los principios de necesidad y proporcionalidad fundamenten la separaci\u00f3n de sus progenitores o personas guardadoras.<br \/>\nDesprotecci\u00f3n de gravedad moderada, elevada o muy elevada:<br \/>\nLa que se produce cuando el padre, madre o personas que ejercen la tutela o guarda de una persona menor de edad:<br \/>\n&#8211; se encuentran incapacitados o imposibilitados para ejercer los deberes de protecci\u00f3n, o<br \/>\n&#8211; los ejercen de manera inadecuada, de forma que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente tiene necesidades b\u00e1sicas sin satisfacer que le han provocado o es probable que le provoquen un da\u00f1o significativo en su salud y desarrollo,<br \/>\n&#8211; pudiendo provocar la privaci\u00f3n de su necesaria asistencia moral o material.<br \/>\nLas situaciones de desprotecci\u00f3n pueden constituir desamparo dependiendo de su gravedad.<br \/>\n\u00c1reas de desarrollo infantil\/adolescente:<br \/>\n1. Desarrollo f\u00edsico.<br \/>\n2. Desarrollo ps\u00edquico. Incluye las \u00e1reas emocional (referida fundamentalmente a la construcci\u00f3n de la identidad; autoestima; seguridad y confianza en uno mismo y en el mundo que le rodea; identificaci\u00f3n, manejo, expresi\u00f3n y control de emociones; identidad sexual), social (referida a las pautas de comunicaci\u00f3n y relaci\u00f3n con otras personas, tanto iguales como personas adultas) y cognitiva (referida a procesos cognitivos b\u00e1sicos \u2013percepci\u00f3n, atenci\u00f3n, memoria, imaginaci\u00f3n\u2013 y superiores \u2013lenguaje y pensamiento-razonamiento.<br \/>\nDa\u00f1o significativo en el desarrollo:<br \/>\nEl da\u00f1o experimentado por un ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente constituye un da\u00f1o significativo cuando se presente una o varias de las siguientes circunstancias:<br \/>\n&#8211; El da\u00f1o que padece el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente en una o varias \u00e1reas de desarrollo (f\u00edsico, emocional, social y\/o cognitivo) le coloca en los extremos de lo esperable a su edad o manifiesta un funcionamiento extremadamente limitado o perturbado; las dificultades en una o varias \u00e1reas de desarrollo persisten a lo largo de diferentes etapas evolutivas; o el da\u00f1o afecta simult\u00e1neamente al menos a dos \u00e1reas de desarrollo (f\u00edsico, emocional, social y\/o cognitivo).<br \/>\n&#8211; La desprotecci\u00f3n ha colocado al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente en riesgo de muerte, de una discapacidad permanente, o de una enfermedad o trastorno f\u00edsico de car\u00e1cter grave.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente presenta lesiones f\u00edsicas en determinadas zonas del cuerpo (cara, cabeza, lesiones internas, ano, genitales) o requiere hospitalizaci\u00f3n o tratamiento m\u00e9dico como consecuencia del maltrato.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente es abandonado por su padre y madre o personas que ejercen su tutela o guarda, sin que estas personas manifiesten intenci\u00f3n de volver.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente ha sido objeto de abuso sexual intrafamiliar \u2013con o sin contacto f\u00edsico\u2013.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente ha sido inducido a cometer acciones delictivas graves, a la prostituci\u00f3n o ha sido explotado sexualmente.<br \/>\nDa\u00f1o ps\u00edquico grave:<br \/>\nPresencia constatada en el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente de (a) un trastorno psicopatol\u00f3gico, (b) s\u00edntomas cl\u00ednicos de ansiedad, depresi\u00f3n, retraimiento o conducta rechazante, conductas agresivas o autodestructivas, o retrasos en el desarrollo, o (c) otros problemas severos de comportamiento que comprometen seriamente su proceso de desarrollo y adaptaci\u00f3n personal y social y requieren tratamiento especializado inmediato. La presencia de s\u00edntomas cl\u00ednicos deber\u00e1 establecerse en base a la aplicaci\u00f3n de t\u00e9cnicas diagn\u00f3sticas objetivas y\/o instrumentos que dispongan de \u00edndices adecuados de fiabilidad y validez.<br \/>\nPrevenci\u00f3n primaria:<br \/>\nActuaciones dirigidas al conjunto de la poblaci\u00f3n que pretenden mejorar la calidad global de vida de las familias y los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes, y evitar la aparici\u00f3n de nuevas situaciones de desprotecci\u00f3n.<br \/>\nLas actuaciones de prevenci\u00f3n primaria:<br \/>\n&#8211; son proactivas, no reactivas, realiz\u00e1ndose antes de que se produzca el problema a prevenir, no despu\u00e9s de que haya afectado a las personas,<br \/>\n&#8211; centran su acci\u00f3n en las situaciones ambientales o procesos sociales que generan o extienden el problema en la poblaci\u00f3n tratando de evitar que aparezca o se extienda, y<br \/>\n&#8211; van dirigidas a personas o grupos no afectados por el problema.<br \/>\nPrevenci\u00f3n secundaria:<br \/>\nActuaciones dirigidas a familias o ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes que presentan una serie de dificultades o limitaciones que les hacen vulnerables a la aparici\u00f3n de problemas de desprotecci\u00f3n o que pueden perjudicar el desarrollo personal o social de la persona menor de edad. El objetivo de las actuaciones o programas de prevenci\u00f3n secundaria es evitar la aparici\u00f3n del problema interviniendo sobre los factores espec\u00edficos que se conoce provocan o promueven su desarrollo.<br \/>\nLas actuaciones de prevenci\u00f3n secundaria deben ser espec\u00edficas, evaluables y estar claramente dirigidas al objetivo que se pretende y a una poblaci\u00f3n diana definida.<br \/>\nProgramas de preservaci\u00f3n familiar:<br \/>\nDesarrollados por los Servicios Sociales de las Entidades Locales (Equipos de Familia e Infancia y Equipos de Tratamiento Familiar). Proporcionan apoyo psico-socio-educativo a familias con ni\u00f1os, ni\u00f1as o adolescentes en situaci\u00f3n de riesgo moderado o grave, cuando estos \u00faltimos permanecen en el domicilio familiar. Sus objetivos se centran en:<br \/>\n&#8211; garantizar la cobertura de las necesidades b\u00e1sicas del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente en su entorno familiar y social natural,<br \/>\n&#8211; finalizar la situaci\u00f3n de desprotecci\u00f3n y establecer las condiciones necesarias para evitar su reaparici\u00f3n, -mantener la unidad familiar,<br \/>\n&#8211; capacitar o complementar al padre, madre o personas que ejercen la tutela o guarda del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente para el adecuado ejercicio del rol parental, y<br \/>\n&#8211; reparar las secuelas que la desprotecci\u00f3n ha provocado en el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente.<br \/>\nProgramas de reunificaci\u00f3n familiar:<br \/>\nDesarrollados por los Equipos de Tratamiento Familiar. Proporcionan apoyo psico-socio-educativo a familias con ni\u00f1os, ni\u00f1as o adolescentes en situaci\u00f3n de riesgo grave o desamparo que han requerido la adopci\u00f3n de una medida legal de protecci\u00f3n. Sus objetivos se centran en:<br \/>\n&#8211; conseguir el retorno del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente a la familia en el plazo de tiempo m\u00e1s breve posible, garantizando la cobertura de sus necesidades b\u00e1sicas,<br \/>\n&#8211; establecer las condiciones necesarias para evitar la reaparici\u00f3n de la desprotecci\u00f3n,<br \/>\n&#8211; capacitar o complementar a las figuras parentales para el adecuado ejercicio de los deberes de protecci\u00f3n, y<br \/>\n&#8211; reparar las secuelas que la desprotecci\u00f3n ha provocado en el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente.<br \/>\nTAXONOM\u00cdA DE NECESIDADES B\u00c1SICAS EN LA INFANCIA Y ADOLESCENCIA E INDICADORES PARA SU EVALUACI\u00d3N<\/p>\n<p>Taxonom\u00eda de necesidades b\u00e1sicas en la infancia y adolescencia31Necesidades f\u00edsicasSeguridadNecesidades emocionalesNecesidades socialesNecesidades cognitivasAlimentaci\u00f3n \u2029Temperatura \u2029Higiene \u2029Salud \u2029Sue\u00f1o \u2029Actividad f\u00edsica: ejercicio y juego Protecci\u00f3n ante condiciones del entorno que suponen un riesgo para la integridad f\u00edsica del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente \u2029Protecci\u00f3n ante otras personas adultas o menores de edad que le hacen o pueden hacerle da\u00f1o. \u2029Protecci\u00f3n ante el da\u00f1o que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente puede hacerse a s\u00ed mismo. Seguridad emocional:\u2029- Disposici\u00f3n de relaciones seguras, estables y afectivas con personas adultas significativas\u2029- Sensibilidad y responsividad a las necesidades del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente\u2029- Contacto f\u00edsico apropiado\u2029- Recepci\u00f3n de afecto y refuerzo positivo\u2029- Continuidad en las relaciones con familiares y otras personas adultas significativas\u2029Participaci\u00f3n y autonom\u00eda progresivas\u2029Respeto al proceso de desarrollo psicosexual\u2029Protecci\u00f3n de riesgos imaginarios\u2029Disposici\u00f3n de ayuda para la resoluci\u00f3n de problemas o s\u00edntomas de malestar emocionalDisposici\u00f3n de orientaci\u00f3n y l\u00edmites a la conducta\u2029Aprendizaje de control de las emociones y conductas apropiadas para la participaci\u00f3n social y el establecimiento de relaciones adecuadas con otras personas \u2029Red de relaciones sociales\u2029Interacci\u00f3n l\u00fadicaEstimulaci\u00f3n sensorial:\u2029Disposici\u00f3n de experiencias de exploraci\u00f3n y aprendizaje\u2029Adquisici\u00f3n de conocimientos y habilidades a trav\u00e9s de un proceso formativo organizado (escuela u otro homologado)\u2029Exploraci\u00f3n f\u00edsica y social\u2029Comprensi\u00f3n de la realidad f\u00edsica y socialNecesidades b\u00e1sicas en la infancia y adolescencia: indicadores de evaluaci\u00f3n\u2029Necesidades f\u00edsicasNecesidades Indicadores de satisfacci\u00f3n Indicadores de deficiencias Alimentaci\u00f3n Adecuada alimentaci\u00f3n de la madre durante el embarazo y lactancia.\u2029Alimentaci\u00f3n suficiente, variada, secuenciada en el tiempo, adaptada a la edad.Ingesti\u00f3n de sustancias que da\u00f1an al feto. Desnutrici\u00f3n o exceso de alimentaci\u00f3n que provoca problemas significativos de salud.\u2029Alimentaci\u00f3n no apropiada a la edad.Temperatura Condiciones de vivienda y vestido adecuadas.Fr\u00edo en vivienda; humedad; falta de calzado; falta de vestido.Higiene Higiene corporal, de vivienda, de alimentaci\u00f3n, de vestido, de entorno. Suciedad; contaminaci\u00f3n del entorno; g\u00e9rmenes infecciosos; par\u00e1sitos y roedores.Salud Revisiones adecuadas a edad y estado de salud; vacunaciones.Falta de control sanitario; provocaci\u00f3n de s\u00edntomas; no vacunaci\u00f3n.Sue\u00f1o Ambiente espacial protegido y silencioso, suficiente seg\u00fan edad, con siestas si el ni\u00f1o o ni\u00f1a es peque\u00f1o.Inseguridad; contaminaci\u00f3n de ruidos; interrupciones frecuentes; insuficiente tiempo; sin lugar y tiempos de descanso diurnos.Actividad f\u00edsica: ejercicio y juego Libertad de movimiento en el espacio; espacio con juguetes y otros ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes; contacto con elementos naturales (agua, tierra, plantas, animales, etc.); paseos, marchas, excursiones, etc. Inmovilidad corporal; ausencia de espacio; ausencia de objetos; ausencia de juguetes; inactividad; sedentarismo.SeguridadNecesidades Indicadores de satisfacci\u00f3n Indicadores de deficiencias Protecci\u00f3n ante condiciones del entorno que suponen un riesgo para la integridad f\u00edsica del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente.\u2029Protecci\u00f3n ante otras personas adultas u otros ni\u00f1os, ni\u00f1as o adolescentes que hacen o pueden hacerle da\u00f1o. \u2029Protecci\u00f3n ante el da\u00f1o que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente puede hacerse a s\u00ed mismo.Organizaci\u00f3n de la casa adecuada a seguridad (enchufes, detergentes, instrumentos y herramientas, escaleras, etc.). \u2029Supervisi\u00f3n: Conocimiento y control sobre las relaciones del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente y el lugar en que se encuentra. \u2029Orientaci\u00f3n y gu\u00eda: Ense\u00f1anza al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente de normas b\u00e1sicas de seguridad. \u2029Disponibilidad: Intervenci\u00f3n directa de ayuda y protecci\u00f3n cuando el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente se ve o puede verse da\u00f1ado por otras personas o puede da\u00f1arse a s\u00ed mismo. Accidentes dom\u00e9sticos. El ni\u00f1o o ni\u00f1a sufre accidentes o agresiones como consecuencia de la falta de supervisi\u00f3n. \u2029El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente se ve implicado de forma continuada en conductas o relaciones de riesgo que las personas adultas minimizan o desatienden. \u2029El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente es objeto repetido de agresiones por parte de otras personas. \u2029Rechazo o retraso en la provisi\u00f3n de atenci\u00f3n especializada cuando el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente manifiesta conductas autodestructivas serias o ideas de suicidio. Necesidades emocionalesNecesidades Indicadores de satisfacci\u00f3n Indicadores de deficiencias Seguridad emocional: \u2029- Disposici\u00f3n de relaciones seguras, estables y afectivas con personas adultas significativas. \u2029- Sensibilidad y responsividad a las necesidades del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente. \u2029- Contacto f\u00edsico apropiado. \u2029- Recepci\u00f3n de afecto y refuerzo positivo. \u2029- Continuidad en las relaciones con familiares y otras personas adultas significativas. Apego incondicional (aceptaci\u00f3n, disponibilidad, accesibilidad, respuesta adecuada a las demandas, y competencia); contacto \u00edntimo (t\u00e1ctil, visual, ling\u00fc\u00edstico, etc.); demostraciones f\u00edsicas y verbales de afecto; refuerzo y valoraci\u00f3n de los logros y aspectos positivos del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente; capacidad de control; capacidad de protecci\u00f3n; resoluci\u00f3n de conflictos con moral inductiva: explicaciones, exigencias conforme a la edad, coherencia en exigencias, posibilidad de revisi\u00f3n si el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente protesta la decisi\u00f3n; interacci\u00f3n l\u00fadica en la familia con las figuras parentales y otros familiares. Rechazo; ausencia; no disponibilidad de tiempo por parte de las figuras parentales; no accesibilidad; ausencia de demostraciones f\u00edsicas y verbales de afecto; desvalorizaci\u00f3n del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente, no refuerzo de logros, agresiones verbales, predominio de mensajes negativos; no percibir; no interpretar; no responder; no responder contingentemente; incoherencia en la respuesta; falta de capacidad de control del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente; falta de capacidad de protecci\u00f3n de peligros; autoritarismo; tono vital triste o apagado de las figuras parentales. \u2029Rupturas en las relaciones significativas del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente; amenazas de ruptura o retirada de amor. \u2029Presencia del \u00abS\u00edndrome de Alienaci\u00f3n Parental\u00bb. Participaci\u00f3n y autonom\u00eda progresivas Participaci\u00f3n del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente en decisiones y en gesti\u00f3n de lo que le afecta y pueda hacer a favor de s\u00ed mismo y los dem\u00e1s en la familia, escuela y sociedad. No escuchar al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente; no tenerle en cuenta; dependencia. Respeto al proceso de desarrollo psicosexual Responder a preguntas; permitir juegos y autoestimulaci\u00f3n sexual; proteger de abusos. No escuchar; no responder; enga\u00f1ar; castigar manifestaciones sexuales en la infancia o adolescencia; abuso sexual. Protecci\u00f3n de riesgos imaginarios Escuchar, comprender y responder a los temores del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente (miedo al abandono, rivalidad fraterna, miedo a la muerte); posibilidad de expresar el miedo; evitar verbalizaciones y conductas que fomenten los miedos (violencia verbal o f\u00edsica, discusiones inadecuadas, amenazas verbales, p\u00e9rdidas de control, incoherencia en la conducta). No escuchar; no responder; no tranquilizar; inhibici\u00f3n emocional; violencia verbal; violencia f\u00edsica en el entorno; amenazas; p\u00e9rdida de control; incoherencia en la relaci\u00f3n. Disposici\u00f3n de ayuda para la resoluci\u00f3n de problemas o s\u00edntomas de malestar emocional Identificaci\u00f3n o reconocimiento de los problemas o s\u00edntomas de malestar emocional en el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente; valoraci\u00f3n adecuada de la importancia de los s\u00edntomas; provisi\u00f3n de atenci\u00f3n espec\u00edfica para su resoluci\u00f3n; acceso a atenci\u00f3n especializada cuando la intervenci\u00f3n en la familia no es suficiente. No reconocimiento de los problemas o s\u00edntomas de malestar emocional en el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente; minimizaci\u00f3n de su importancia; rechazo o retraso en la provisi\u00f3n de atenci\u00f3n especializada cuando el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente manifiesta s\u00edntomas significativos de malestar psicol\u00f3gico. Necesidades socialesNecesidades Indicadores de satisfacci\u00f3n Indicadores de deficiencias Disposici\u00f3n de orientaci\u00f3n y l\u00edmites a la conducta Establecimiento de l\u00edmites a las conductas inadecuadas del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente; disciplina consistente, entendida como ense\u00f1anza, y transmitida con empat\u00eda y afecto; utilizaci\u00f3n de la disciplina inductiva; supervisi\u00f3n de las actividades del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente. No establecimiento de l\u00edmites a la conducta del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente; baja implicaci\u00f3n o supervisi\u00f3n; utilizaci\u00f3n de estrategias disciplinarias basadas en la afirmaci\u00f3n de poder o la retirada de afecto; disciplina incoherente, col\u00e9rica o explosiva, r\u00edgida o inflexible. Aprendizaje de control de las emociones y conductas apropiadas para la participaci\u00f3n social y el establecimiento de relaciones adecuadas con otras personas Inculcaci\u00f3n de valores morales; ense\u00f1anza de control de impulsos; ense\u00f1anza de respeto a las diferencias individuales; desarrollo de la capacidad emp\u00e1tica. Exposici\u00f3n a modelos comportamentales violentos; exposici\u00f3n a modelos parentales o de adultos asociales, abusivos o altamente inadecuados; refuerzo o permisividad de conductas asociales; no control o potenciaci\u00f3n de los impulsos y conductas agresivas del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente. Red de relaciones sociales Relaciones de amistad y compa\u00f1erismo con iguales (fomentar contacto e interacci\u00f3n con iguales en el entorno familiar y la escuela; tiempos de contacto, etc.); continuidad en las relaciones; actividades conjuntas con otras familias con hijos e hijas; incorporaci\u00f3n a grupos o colectivos donde participen otros ni\u00f1os, ni\u00f1as o adolescentes. Aislamiento social; separaciones largas de los amigos y amigas; imposibilidad de contacto con amigos y amigas; prohibici\u00f3n de amistades; compa\u00f1\u00edas de riesgo. Interacci\u00f3n l\u00fadica Interacci\u00f3n l\u00fadica con iguales y personas ajenas a la familia. Ausencia de iguales; ausencia de interacci\u00f3n con personas ajenas a la familia; falta de juguetes u objetos l\u00fadicos; juguetes inadecuados. Necesidades cognitivasNecesidades Indicadores de satisfacci\u00f3n Indicadores de deficiencias Estimulaci\u00f3n sensorial: Disposici\u00f3n de experiencias de exploraci\u00f3n y aprendizaje Estimular los sentidos; entorno con est\u00edmulos (visuales, t\u00e1ctiles, auditivos, etc.); cantidad, variedad y contingencia de est\u00edmulos; interacci\u00f3n l\u00fadica en la familia; estimulaci\u00f3n ling\u00fc\u00edstica. Privaci\u00f3n sensorial; pobreza sensorial; monoton\u00eda de est\u00edmulos; no contingencia de la respuesta; falta de estimulaci\u00f3n ling\u00fc\u00edstica. Adquisici\u00f3n de conocimientos y habilidades a trav\u00e9s de un proceso formativo organizado (escuela u otro homologado) Proporcionar de manera estable una formaci\u00f3n estructurada a trav\u00e9s de la escuela u otro modelo alternativo adecuadamente homologado. No provisi\u00f3n de manera estable de una formaci\u00f3n estructurada a trav\u00e9s de la escuela u otro modelo alternativo adecuadamente homologado. Exploraci\u00f3n f\u00edsica y social Contacto con el entorno f\u00edsico y social rico en objetos, juguetes, elementos naturales y personas; exploraci\u00f3n de ambientes f\u00edsicos y sociales; ofrecer \u00abbase de seguridad a los ni\u00f1os y ni\u00f1as m\u00e1s peque\u00f1os\u00bb, compartir experiencias con ellos y ellas. Entorno pobre; no provisi\u00f3n de apoyo en la exploraci\u00f3n; no compartir experiencias con personas adultas e iguales. Comprensi\u00f3n de la realidad f\u00edsica y social Escuchar y responder de forma contingente a las preguntas; decir la verdad; hacer participar al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente en el conocimiento de la vida, el sufrimiento, el placer y la muerte; transmitir visi\u00f3n positiva de la vida, las relaciones y los v\u00ednculos; transmitir actitudes, valores y normas prosociales y adaptativas; tolerancia con discrepancias y diferencias (sexo, raza, minusval\u00edas, etc.). No escuchar; no responder; responder en momento inadecuado; mentir; ocultar la realidad; visi\u00f3n pesimista de la vida, las relaciones y los v\u00ednculos; transmisi\u00f3n de valores antisociales; dogmatismo, racismo. Necesidades b\u00e1sicas en la infancia y adolescencia: indicadores de evaluaci\u00f3n seg\u00fan grupos de edad32<br \/>\nIndicadores de evaluaci\u00f3n de necesidades 0-2 a\u00f1os.<br \/>\nNecesidades f\u00edsicas.<br \/>\n&#8211; Buena salud general; enfermedades habituales.<br \/>\n&#8211; Peso y talla en el nivel esperable.<br \/>\n&#8211; Se proporciona una dieta adecuada y nutritiva al ni\u00f1o o ni\u00f1a.<br \/>\n&#8211; Ba\u00f1o regular.<br \/>\n&#8211; Vestido acorde al tiempo atmosf\u00e9rico.<br \/>\n&#8211; Ropa habitualmente limpia (sin orina, restos de excrementos o comida).<br \/>\n&#8211; La casa est\u00e1 limpia, incluida la cama del ni\u00f1o o ni\u00f1a.<br \/>\n&#8211; Asistencia a los controles pedi\u00e1tricos rutinarios.<br \/>\n&#8211; Administraci\u00f3n de vacunas; en caso de no ser as\u00ed, hay una explicaci\u00f3n adecuada.<br \/>\n&#8211; Horario regular de sue\u00f1o.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales se preocupan de que el ni\u00f1o o ni\u00f1a duerma lo suficiente y de que haya silencio.<br \/>\n&#8211; Horarios estables y adecuados (comidas, sue\u00f1o, ba\u00f1o).<br \/>\nSeguridad.<br \/>\n&#8211; Atenci\u00f3n adecuada a las lesiones que se ha producido el ni\u00f1o o ni\u00f1a.<br \/>\n&#8211; Las lesiones o marcas f\u00edsicas que presenta tienen una explicaci\u00f3n aceptable.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales toman medidas para prevenir accidentes.<br \/>\n&#8211; Se protege al ni\u00f1o o ni\u00f1a de las agresiones o abuso de otras personas.<br \/>\n&#8211; Los juguetes u objetos con los que juega son seguros.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales aseguran que el ni\u00f1o o ni\u00f1a juega en lugares seguros cuando est\u00e1 fuera de casa.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o o ni\u00f1a est\u00e1 siempre bajo la supervisi\u00f3n de una persona responsable y capacitada tanto dentro como fuera de casa.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales supervisan la relaci\u00f3n entre el ni\u00f1o o ni\u00f1a y sus hermanos y hermanas.<br \/>\n&#8211; En general los hermanos y hermanas tratan bien al ni\u00f1o o ni\u00f1a.<br \/>\n&#8211; Las personas adultas que cuidan al ni\u00f1o o ni\u00f1a son siempre personas conocidas y limitadas en n\u00famero.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales se preocupan de, cuando lo necesitan, dejar al ni\u00f1o o ni\u00f1a a cargo de otras personas responsables y con capacidad.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales ense\u00f1an al ni\u00f1o o ni\u00f1a a distinguir entre las personas conocidas y las extra\u00f1as.<br \/>\n&#8211; Demasiadas lesiones accidentales.<br \/>\n&#8211; Se agrede o castiga f\u00edsicamente al ni\u00f1o o ni\u00f1a.<br \/>\nNecesidades emocionales.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o o ni\u00f1a tiene una relaci\u00f3n estable con al menos una persona adulta.<br \/>\n&#8211; Hay continuidad en las figuras adultas que atienden al ni\u00f1o o ni\u00f1a.<br \/>\n&#8211; Cuando est\u00e1 despierto, el ni\u00f1o o ni\u00f1a est\u00e1 generalmente a cargo de una de las figuras parentales.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales consuelan al ni\u00f1o o ni\u00f1a cuando est\u00e1 enfermo, molesto o se ha hecho da\u00f1o.<br \/>\n&#8211; Responden a sus esfuerzos por comunicarse y hablar.<br \/>\n&#8211; Disfrutan comunic\u00e1ndose con el ni\u00f1o o ni\u00f1a.<br \/>\n&#8211; Refuerzan y manifiestan aprobaci\u00f3n a los progresos y logros del ni\u00f1o o ni\u00f1a.<br \/>\n&#8211; El d\u00eda a d\u00eda del ni\u00f1o o ni\u00f1a mantiene unas rutinas.<br \/>\n&#8211; Los desacuerdos entre las figuras parentales se resuelven de forma no violenta.<br \/>\n&#8211; Hay un contacto f\u00edsico positivo entre las figuras parentales y el ni\u00f1o o ni\u00f1a. Las personas adultas disfrutan con ello.<br \/>\n&#8211; La conducta y respuestas de las figuras parentales al ni\u00f1o o ni\u00f1a son previsibles y coherentes.<br \/>\n&#8211; Frecuentemente tienen muestras espont\u00e1neas de afecto hacia el ni\u00f1o o ni\u00f1a.<br \/>\n&#8211; Se valora al ni\u00f1o o ni\u00f1a por s\u00ed mismo.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales se muestran orgullosas del ni\u00f1o o ni\u00f1a.<br \/>\n&#8211; Se acepta al ni\u00f1o o ni\u00f1a como miembro de la familia.<br \/>\n&#8211; Se le hace part\u00edcipe en las celebraciones familiares.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales pasan suficiente tiempo con el ni\u00f1o o ni\u00f1a como para permitir el desarrollo de un v\u00ednculo positivo y fuerte.<br \/>\n&#8211; Responden de manera sensible al ni\u00f1o o ni\u00f1a.<br \/>\n&#8211; Refuerzan el establecimiento de relaciones afectivas en la familia.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o o ni\u00f1a observa con frecuencia s\u00edntomas de malestar emocional en las figuras parentales.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o o ni\u00f1a es objeto de frecuentes cr\u00edticas o manifestaciones de hostilidad.<br \/>\nNecesidades sociales.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o o ni\u00f1a tiene frecuentes oportunidades para jugar y comunicarse con otras personas.<br \/>\n&#8211; Se promueve que mantenga relaci\u00f3n con otras personas adultas y otros ni\u00f1os y ni\u00f1as.<br \/>\n&#8211; Se le anima a jugar con otros ni\u00f1os y ni\u00f1as.<br \/>\n&#8211; Visita con frecuencia a sus amigos, amigas y familiares.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales han buscado ayuda o asesoramiento si est\u00e1n teniendo dificultades para manejar la conducta del ni\u00f1o o ni\u00f1a.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales utilizan m\u00e9todos adecuados para manejar la conducta infantil (refuerzo positivo, negociaci\u00f3n, modelado, premios, distracci\u00f3n, persuasi\u00f3n, extinci\u00f3n, etc.).<br \/>\n&#8211; Hay l\u00edmites y normas claras acerca del comportamiento en la familia.<br \/>\n&#8211; Esos l\u00edmites y normas son consistentes y respetados por las figuras parentales.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o o ni\u00f1a recibe ayuda para aprender a controlar sus sentimientos negativos y expresarlos de forma adecuada.<br \/>\n&#8211; Se ense\u00f1a al ni\u00f1o o ni\u00f1a a relacionarse con otros ni\u00f1os, ni\u00f1as y personas adultas.<br \/>\n&#8211; Se ense\u00f1a al ni\u00f1o o ni\u00f1a a respetar a otras personas y a sus posesiones.<br \/>\n&#8211; Se le ense\u00f1a a respetar los turnos.<br \/>\n&#8211; Se le anima a negociar.<br \/>\n&#8211; La forma en que las figuras parentales se relacionan con otras personas constituye un ejemplo adecuado para el ni\u00f1o o ni\u00f1a.<br \/>\n&#8211; Se ense\u00f1a al ni\u00f1o o ni\u00f1a que no debe tener un comportamiento violento o cruel.<br \/>\nNecesidades cognitivas.<br \/>\n&#8211; Se estimula al ni\u00f1o o ni\u00f1a a explorar el ambiente y ser activo.<br \/>\n&#8211; Se anima al ni\u00f1o o ni\u00f1a a aprender.<br \/>\n&#8211; Se le anima a ir haciendo cosas por s\u00ed mismo.<br \/>\n&#8211; Se le permite tomar decisiones ofreci\u00e9ndole alternativas sencillas.<br \/>\n&#8211; Se respetan sus esfuerzos por ser independiente.<br \/>\n&#8211; Se le anima a jugar.<br \/>\n&#8211; Tiene cierta libertad para explorar su entorno.<br \/>\n&#8211; Muestra curiosidad por su entorno (personas, juguetes, etc.).<br \/>\n&#8211; Tiene juguetes apropiados para su edad.<br \/>\n&#8211; Juega de acuerdo a lo previsible para su edad.<br \/>\n&#8211; Los juguetes\/libros del ni\u00f1o o ni\u00f1a son tratados con cuidado.<br \/>\n&#8211; Se le lleva de paseo fuera de casa de forma habitual.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o o ni\u00f1a va aprendiendo a expresarse y a hablar de acuerdo a lo previsto para su edad.<br \/>\n&#8211; Responde apropiadamente a los sonidos y a las voces.<br \/>\n&#8211; A los dos a\u00f1os ya responde a las \u00f3rdenes.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales hablan, cantan y juegan con el ni\u00f1o o ni\u00f1a.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales leen\/miran libros o ven la televisi\u00f3n con el ni\u00f1o o ni\u00f1a.<br \/>\nIndicadores de evaluaci\u00f3n de necesidades 3-4 a\u00f1os.<br \/>\nNecesidades f\u00edsicas.<br \/>\n&#8211; Buena salud general; enfermedades habituales.<br \/>\n&#8211; Peso y talla en el nivel esperable.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o o ni\u00f1a recibe una dieta adecuada y nutritiva.<br \/>\n&#8211; Ba\u00f1o regular.<br \/>\n&#8211; Vestido acorde al tiempo atmosf\u00e9rico.<br \/>\n&#8211; Ropa habitualmente limpia (sin orina, restos de excrementos o comida).<br \/>\n&#8211; La casa est\u00e1 limpia, incluida la cama del ni\u00f1o o ni\u00f1a.<br \/>\n&#8211; Asistencia a los controles pedi\u00e1tricos rutinarios.<br \/>\n&#8211; Administraci\u00f3n de vacunas; en caso de no ser as\u00ed, hay una explicaci\u00f3n adecuada.<br \/>\n&#8211; Las enfermedades recurrentes tienen una explicaci\u00f3n m\u00e9dica.<br \/>\n&#8211; Horario regular de sue\u00f1o.<br \/>\n&#8211; Se lava regularmente los dientes.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales se preocupan de que el ni\u00f1o o ni\u00f1a duerma lo suficiente y de que haya silencio.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o o ni\u00f1a mantiene unos horarios estables y adecuados (comidas, sue\u00f1o, ba\u00f1o).<br \/>\nSeguridad.<br \/>\n&#8211; Atenci\u00f3n adecuada a las lesiones que se ha producido el ni\u00f1o o ni\u00f1a.<br \/>\n&#8211; Las lesiones o marcas f\u00edsicas que presenta tienen una explicaci\u00f3n aceptable.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales toman medidas para prevenir accidentes.<br \/>\n&#8211; Se protege al ni\u00f1o o ni\u00f1a de las agresiones o abuso de otras personas.<br \/>\n&#8211; Los juguetes u objetos con los que juega son seguros.<br \/>\n&#8211; Hay alg\u00fan lugar seguro en la casa donde el ni\u00f1o o ni\u00f1a puede jugar.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales aseguran que el ni\u00f1o o ni\u00f1a juega en lugares seguros cuando est\u00e1 fuera de casa.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o o ni\u00f1a est\u00e1 siempre bajo la supervisi\u00f3n de una persona responsable y capacitada tanto dentro como fuera de casa.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales supervisan la relaci\u00f3n entre el ni\u00f1o o ni\u00f1a y sus hermanos y hermanas.<br \/>\n&#8211; En general los hermanos y hermanas tratan bien al ni\u00f1o o ni\u00f1a.<br \/>\n&#8211; Las personas adultas que cuidan al ni\u00f1o o ni\u00f1a son siempre personas conocidas y limitadas en n\u00famero.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales se preocupan de, cuando lo necesitan, dejar al ni\u00f1o o ni\u00f1a a cargo de personas responsables y con capacidad.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales ense\u00f1an al ni\u00f1o o ni\u00f1a a distinguir entre las personas conocidas y las extra\u00f1as.<br \/>\n&#8211; Le ense\u00f1an habilidades de autoprotecci\u00f3n.<br \/>\n&#8211; Si el ni\u00f1o va a la escuela, siempre hay alguien que le recoge.<br \/>\n&#8211; Las personas que llevan y recogen al ni\u00f1o de la escuela son pocas, conocidas y con capacidad.<br \/>\n&#8211; Demasiadas lesiones accidentales.<br \/>\n&#8211; Se agrede o castiga f\u00edsicamente al ni\u00f1o o ni\u00f1a.<br \/>\nNecesidades emocionales.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o o ni\u00f1a tiene una relaci\u00f3n estable con al menos una persona adulta.<br \/>\n&#8211; Hay continuidad en las figuras adultas que atienden al ni\u00f1o o ni\u00f1a.<br \/>\n&#8211; Cuando est\u00e1 despierto, el ni\u00f1o o ni\u00f1a est\u00e1 generalmente a cargo de una de las figuras parentales.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales reconfortan al ni\u00f1o o ni\u00f1a cuando est\u00e1 enfermo, molesto o se ha hecho da\u00f1o.<br \/>\n&#8211; Refuerzan y manifiestan aprobaci\u00f3n a los progresos y logros del ni\u00f1o o ni\u00f1a.<br \/>\n&#8211; En general, responden positivamente a sus conversaciones.<br \/>\n&#8211; Le refuerzan cuando intenta hacer cosas nuevas.<br \/>\n&#8211; Le apoyan cuando fracasa al intentar hacer cosas nuevas.<br \/>\n&#8211; El d\u00eda a d\u00eda del ni\u00f1o o ni\u00f1a mantiene unas rutinas.<br \/>\n&#8211; Los desacuerdos entre las figuras parentales se resuelven de forma no violenta.<br \/>\n&#8211; Hay un contacto f\u00edsico positivo entre las figuras parentales y el ni\u00f1o o ni\u00f1a. Las figuras parentales disfrutan con ello.<br \/>\n&#8211; Frecuentemente tienen muestras espont\u00e1neas de afecto hacia el ni\u00f1o o ni\u00f1a.<br \/>\n&#8211; Se valora al ni\u00f1o o ni\u00f1a por s\u00ed mismo.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales se muestran orgullosas del ni\u00f1o o ni\u00f1a.<br \/>\n&#8211; Se acepta al ni\u00f1o o ni\u00f1a como miembro de la familia.<br \/>\n&#8211; Se le hace part\u00edcipe en las celebraciones familiares.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales pasan suficiente tiempo con el ni\u00f1o o ni\u00f1a como para permitir el desarrollo de un v\u00ednculo positivo y fuerte.<br \/>\n&#8211; Refuerzan el establecimiento de relaciones afectivas en la familia.<br \/>\n&#8211; Animan al ni\u00f1o o ni\u00f1a a hablar de sus miedos y preocupaciones.<br \/>\n&#8211; Las respuestas que el ni\u00f1o o ni\u00f1a recibe en casa son consistentes y predecibles.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o o ni\u00f1a observa con frecuencia s\u00edntomas de malestar emocional en las figuras parentales.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o o ni\u00f1a es objeto de frecuentes cr\u00edticas o manifestaciones de hostilidad.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales buscan apoyo en el ni\u00f1o o ni\u00f1a cuando tienen problemas.<br \/>\nNecesidades sociales.<br \/>\n&#8211; Se promueve que el ni\u00f1o o ni\u00f1a mantenga relaci\u00f3n con otras personas adultas y menores de edad.<br \/>\n&#8211; Visita con frecuencia a sus amigos, amigas y familiares.<br \/>\n&#8211; Se le anima a compartir y jugar con otros ni\u00f1os y ni\u00f1as.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales han buscado ayuda o asesoramiento si est\u00e1n teniendo dificultades para manejar la conducta del ni\u00f1o o ni\u00f1a.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales utilizan m\u00e9todos adecuados para ense\u00f1ar al ni\u00f1o o ni\u00f1a a comportarse adecuadamente (refuerzo positivo, negociaci\u00f3n, modelado, premios, distracci\u00f3n, persuasi\u00f3n, extinci\u00f3n, etc.).<br \/>\n&#8211; Hay l\u00edmites y normas claras acerca del comportamiento en la familia.<br \/>\n&#8211; Esos l\u00edmites y normas son consistentes y respetados por ambas figuras parentales.<br \/>\n&#8211; Se ense\u00f1a al ni\u00f1o o ni\u00f1a a respetar a las dem\u00e1s personas y a sus posesiones.<br \/>\n&#8211; Se le ense\u00f1a a respetar los turnos.<br \/>\n&#8211; Se le anima a negociar.<br \/>\n&#8211; Se le a controlar sus emociones.<br \/>\n&#8211; La forma en que las figuras parentales se relacionan con otras personas constituye un ejemplo adecuado para el ni\u00f1o o ni\u00f1a.<br \/>\n&#8211; Se ense\u00f1a al ni\u00f1o o ni\u00f1a que no debe tener un comportamiento violento o cruel.<br \/>\n&#8211; Suele llegar puntual al colegio.<br \/>\n&#8211; Se intenta evitar que sea testigo de conductas adultas estrafalarias o que pueden provocarle miedo.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales ense\u00f1an al ni\u00f1o o ni\u00f1a y promueven un comportamiento adecuado en lugares p\u00fablicos.<br \/>\nNecesidades cognitivas.<br \/>\n&#8211; Se estimula al ni\u00f1o o ni\u00f1a a explorar el ambiente y ser activo.<br \/>\n&#8211; Se anima al ni\u00f1o o ni\u00f1a a aprender.<br \/>\n&#8211; Se le anima a que haga cosas por s\u00ed mismo.<br \/>\n&#8211; Se le anima a que hable y participe en las conversaciones.<br \/>\n&#8211; Se le permite tomar decisiones ofreci\u00e9ndole alternativas sencillas.<br \/>\n&#8211; Tiene juguetes variados y apropiados para su edad.<br \/>\n&#8211; Los juguetes \/libros del ni\u00f1o o ni\u00f1a son tratados con cuidado.<br \/>\n&#8211; Se le lleva de paseo fuera de casa de forma habitual.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales suelen leerle libros, contarle historias, jugar con el ni\u00f1o o ni\u00f1a, o ver la tele con \u00e9l o ella.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o o ni\u00f1a explora nuevos lugares fuera de casa con supervisi\u00f3n.<br \/>\n&#8211; Si el ni\u00f1o o ni\u00f1a est\u00e1 escolarizado, acude regularmente a clase.<br \/>\n&#8211; Si est\u00e1 escolarizado, las figuras parentales acuden a las tutor\u00edas y citas con el profesorado.<br \/>\nIndicadores de evaluaci\u00f3n de necesidades 5-9 a\u00f1os.<br \/>\nNecesidades f\u00edsicas.<br \/>\n&#8211; Buena salud general; enfermedades habituales.<br \/>\n&#8211; Peso y talla en el nivel esperable.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o o ni\u00f1a recibe una dieta adecuada y nutritiva.<br \/>\n&#8211; Ba\u00f1o regular.<br \/>\n&#8211; Vestido acorde al tiempo atmosf\u00e9rico.<br \/>\n&#8211; Ropa habitualmente limpia (sin orina, restos de excrementos o comida).<br \/>\n&#8211; La casa est\u00e1 limpia, incluida la cama del ni\u00f1o o ni\u00f1a.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales se aseguran de que el ni\u00f1o o ni\u00f1a tiene una higiene personal adecuada.<br \/>\n&#8211; Asistencia a los controles pedi\u00e1tricos rutinarios.<br \/>\n&#8211; Administraci\u00f3n de vacunas; en caso de no ser as\u00ed, hay una explicaci\u00f3n adecuada.<br \/>\n&#8211; Las enfermedades recurrentes tienen una explicaci\u00f3n m\u00e9dica.<br \/>\n&#8211; Cuidado y atenci\u00f3n dental regular y adecuada.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales se preocupan de que el ni\u00f1o o ni\u00f1a duerma lo suficiente y de que haya silencio.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o o ni\u00f1a mantiene unos horarios estables y adecuados (comidas, sue\u00f1o, ba\u00f1o).<br \/>\nSeguridad.<br \/>\n&#8211; Atenci\u00f3n adecuada a las lesiones que se ha producido el ni\u00f1o o ni\u00f1a.<br \/>\n&#8211; Las lesiones o marcas f\u00edsicas que presenta tienen una explicaci\u00f3n aceptable.<br \/>\n&#8211; Se protege al ni\u00f1o o ni\u00f1a de las agresiones o abuso de otras personas.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales han actuado para proteger al ni\u00f1o o ni\u00f1a del bullying.<br \/>\n&#8211; Hay lugares seguros en la casa donde el ni\u00f1o o ni\u00f1a puede jugar.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales saben siempre d\u00f3nde est\u00e1 el ni\u00f1o o ni\u00f1a.<br \/>\n&#8211; Recibe una supervisi\u00f3n adecuada teniendo en cuenta su personalidad y nivel de desarrollo.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales supervisan la relaci\u00f3n entre el ni\u00f1o o ni\u00f1a y sus hermanos y hermanas.<br \/>\n&#8211; En general los hermanos y hermanas tratan bien al ni\u00f1o o ni\u00f1a.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o o ni\u00f1a es supervisado por personas adultas responsables, o juega en lugares que las figuras parentales han comprobado que son seguros.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o o ni\u00f1a es acompa\u00f1ado por una persona adulta al colegio siempre que es necesario.<br \/>\n&#8211; Hay personas adultas responsables y conocidas para el ni\u00f1o o ni\u00f1a que le llevan y le recogen del colegio.<br \/>\n&#8211; Hay un n\u00famero limitado de familiares y personas adultas que le cuidan.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales han ense\u00f1ado al ni\u00f1o o ni\u00f1a c\u00f3mo comportarse con personas desconocidas.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales se aseguran de que el ni\u00f1o o ni\u00f1a es supervisado\/cuenta con ayuda en lugares potencialmente peligrosos.<br \/>\n&#8211; Hay al menos una persona adulta que tiene claramente asignada la responsabilidad de cuidar la casa.<br \/>\n&#8211; Se han ense\u00f1ado al ni\u00f1o o ni\u00f1a medidas de protecci\u00f3n y seguridad tanto dentro como fuera de casa.<br \/>\n&#8211; Es frecuente que se deje solo al ni\u00f1o o ni\u00f1a.<br \/>\n&#8211; Se le ha dejado solo de noche.<br \/>\n&#8211; Se le agrede o castiga f\u00edsicamente.<br \/>\nNecesidades emocionales.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o o ni\u00f1a tiene una relaci\u00f3n estable con al menos una persona adulta.<br \/>\n&#8211; Hay continuidad en las figuras adultas que le atienden.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales reconfortan al ni\u00f1o o ni\u00f1a cuando est\u00e1 enfermo, molesto, tiene miedo o se ha hecho da\u00f1o.<br \/>\n&#8211; Refuerzan que adquiera confianza en s\u00ed mismo.<br \/>\n&#8211; Frecuentemente tienen muestras espont\u00e1neas de afecto hacia el ni\u00f1o o ni\u00f1a.<br \/>\n&#8211; Le quieren de forma incondicional.<br \/>\n&#8211; Se le valora por s\u00ed mismo.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales se muestran orgullosas del ni\u00f1o o ni\u00f1a.<br \/>\n&#8211; Se le acepta como miembro de la familia.<br \/>\n&#8211; Se le hace part\u00edcipe en las celebraciones familiares.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales pasan suficiente tiempo con el ni\u00f1o o ni\u00f1a como para permitir el desarrollo de un v\u00ednculo positivo y fuerte.<br \/>\n&#8211; Refuerzan el establecimiento de relaciones afectivas en la familia.<br \/>\n&#8211; Refuerzan los esfuerzos y logros del ni\u00f1o o ni\u00f1a.<br \/>\n&#8211; Le apoyan cuando es objeto de burlas o agresiones por parte de otros ni\u00f1os o ni\u00f1as.<br \/>\n&#8211; Le animan a hablar de sus miedos y preocupaciones.<br \/>\n&#8211; Las respuestas que el ni\u00f1o o ni\u00f1a recibe en casa son consistentes y predecibles.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales muestran inter\u00e9s en lo que hace el ni\u00f1o o ni\u00f1a en el colegio.<br \/>\n&#8211; Refuerzan y muestran aprobaci\u00f3n por sus logros acad\u00e9micos.<br \/>\n&#8211; Los desacuerdos en la familia se resuelven de forma no violenta.<br \/>\n&#8211; La vida diaria del ni\u00f1o o ni\u00f1a tiene rutinas, es ordenada y estable.<br \/>\n&#8211; Se respetan sus esfuerzos por ser independiente.<br \/>\n&#8211; Se promueve que vaya adquiriendo mayores cotas de autonom\u00eda.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales promueven que el ni\u00f1o o ni\u00f1a asuma responsabilidades de autocuidado de forma apropiada a su edad o nivel de desarrollo y le refuerzan por ello, aunque siempre supervisan o comprueban que el ni\u00f1o o ni\u00f1a est\u00e9 seguro.<br \/>\n&#8211; Son las personas adultas quienes tienen la responsabilidad principal de cuidar a la familia.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o o ni\u00f1a no es testigo ni se ve implicado en relaciones sexuales entre personas adultas.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o o ni\u00f1a no es testigo ni se ve implicado en situaciones violentas entre personas adultas.<br \/>\n&#8211; Se intenta evitar que sea testigo de conductas adultas estrafalarias o que pueden provocarle miedo.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o o ni\u00f1a observa con frecuencia s\u00edntomas de malestar emocional en las figuras parentales.<br \/>\n&#8211; Es objeto de frecuentes cr\u00edticas o manifestaciones de hostilidad.<br \/>\n&#8211; Hay una presi\u00f3n muy fuerte para que obtenga buenos resultados acad\u00e9micos.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales se apoyan en el ni\u00f1o o ni\u00f1a cuando tienen problemas.<br \/>\n&#8211; Es frecuente que el ni\u00f1o o ni\u00f1a tenga que cuidar a hermanos y hermanas de menor edad.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o o ni\u00f1a tiene que cuidar de las figuras parentales.<br \/>\nNecesidades sociales.<br \/>\n&#8211; Se promueve que el ni\u00f1o o ni\u00f1a mantenga relaci\u00f3n con otras personas adultas y menores de edad.<br \/>\n&#8211; Se le anima a compartir y jugar con otros ni\u00f1os y ni\u00f1as.<br \/>\n&#8211; Est\u00e1 con sus amigos y amigas fuera del horario escolar.<br \/>\n&#8211; Invita a sus amigos y amigas a casa.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales promueven que el ni\u00f1o o ni\u00f1a invite a sus amigos y amigas a casa.<br \/>\n&#8211; Promueven que participe en actividades extraescolares organizadas.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales han buscado ayuda o asesoramiento si est\u00e1n teniendo dificultades para manejar la conducta del ni\u00f1o o ni\u00f1a.<br \/>\n&#8211; Utilizan m\u00e9todos adecuados para manejar el comportamiento del ni\u00f1o o ni\u00f1a (refuerzo positivo, negociaci\u00f3n, modelado, premios,distracci\u00f3n, persuasi\u00f3n, extinci\u00f3n, etc.).<br \/>\n&#8211; Hay l\u00edmites y normas claras acerca del comportamiento en la familia.<br \/>\n&#8211; Esos l\u00edmites y normas son consistentes y respetados por ambas figuras parentales.<br \/>\n&#8211; Se ayuda al ni\u00f1o o ni\u00f1a a controlar sus emociones.<br \/>\n&#8211; Se le anima a negociar.<br \/>\n&#8211; La forma en que las figuras parentales se relacionan con otras personas constituye un ejemplo adecuado para el ni\u00f1o o ni\u00f1a.<br \/>\n&#8211; Se ense\u00f1a al ni\u00f1o o ni\u00f1a respeto y tolerancia hacia otras personas y hacia la diferencia.<br \/>\n&#8211; Se le ense\u00f1an buenos modales y a mostrar respeto hacia otras personas.<br \/>\n&#8211; La relaci\u00f3n de las figuras parentales con el vecindario y con las figuras de autoridad es en general adecuada.<br \/>\n&#8211; Se ense\u00f1a al ni\u00f1o o ni\u00f1a que no debe tener un comportamiento violento o cruel.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales apoyan las normas de la escuela.<br \/>\n&#8211; Ense\u00f1an al ni\u00f1o o ni\u00f1a y promueven un comportamiento adecuado en lugares p\u00fablicos.<br \/>\n&#8211; La familia se siente aceptada en la comunidad.<br \/>\n&#8211; Las personas que forman parte de la familia est\u00e1n implicadas en actividades antisociales.<br \/>\nNecesidades cognitivas.<br \/>\n&#8211; Se promueve que el ni\u00f1o o ni\u00f1a sea activo.<br \/>\n&#8211; Es habitual que el ni\u00f1o o ni\u00f1a juegue fuera de casa.<br \/>\n&#8211; Tiene juguetes y materiales de aprendizaje variados y apropiados para su edad.<br \/>\n&#8211; Sus juguetes, libros y material escolar son tratados con cuidado.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales suelen leerle libros, contarle historias, jugar con el ni\u00f1o o ni\u00f1a, o ver la tele con \u00e9l o ella.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o o ni\u00f1a acude regularmente al colegio.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales apoyan y supervisan que haga los deberes.<br \/>\n&#8211; Acuden a las tutor\u00edas y citas con el profesorado.<br \/>\n&#8211; Refuerzan de forma estable el aprendizaje del ni\u00f1o o ni\u00f1a.<br \/>\n&#8211; Apoyan que el ni\u00f1o o ni\u00f1a acuda regularmente al colegio.<br \/>\n&#8211; Aseguran que llegue puntual al colegio.<br \/>\nIndicadores de evaluaci\u00f3n de necesidades 10-14 a\u00f1os.<br \/>\nNecesidades f\u00edsicas.<br \/>\n&#8211; Buena salud general; enfermedades habituales.<br \/>\n&#8211; Las enfermedades del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente reciben una atenci\u00f3n m\u00e9dica adecuada.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente recibe una dieta sana.<br \/>\n&#8211; Ropa habitualmente limpia.<br \/>\n&#8211; Higiene personal satisfactoria.<br \/>\n&#8211; Las enfermedades recurrentes tienen una explicaci\u00f3n m\u00e9dica.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales aseguran que las condiciones higi\u00e9nicas de la casa son adecuadas.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales ense\u00f1an al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente h\u00e1bitos adecuados de salud (alimentaci\u00f3n, ejercicio, consumo de drogas o alcohol).<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales promueven que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente haga ejercicio f\u00edsico.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales promueven que asuma responsabilidades sobre su propia salud.<br \/>\n&#8211; Son sensibles a los s\u00edntomas de malestar f\u00edsico o lesiones del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente.<br \/>\n&#8211; Aseguran que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente recibe un cuidado adecuado a su salud bucodental.<br \/>\n&#8211; Hay al menos una persona adulta que asume la responsabilidad principal del cuidado diario del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente.<br \/>\nSeguridad.<br \/>\n&#8211; Atenci\u00f3n adecuada a las lesiones que se ha producido el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente.<br \/>\n&#8211; Las lesiones o marcas f\u00edsicas que presenta tienen una explicaci\u00f3n aceptable.<br \/>\n&#8211; Se protege al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente de las agresiones o abuso de otras personas.<br \/>\n&#8211; Si el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente ha sufrido bullying, las figuras parentales han actuado para protegerle.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales saben siempre d\u00f3nde est\u00e1 el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente recibe una supervisi\u00f3n adecuada teniendo en cuenta su personalidad y nivel de desarrollo.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales vigilan la relaci\u00f3n entre el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente y sus hermanos y hermanas.<br \/>\n&#8211; Hay un n\u00famero limitado de familiares y personas adultas que cuidan al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales han ense\u00f1ado al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente c\u00f3mo comportarse con personas desconocidas.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales se aseguran que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente es supervisado y cuenta con ayuda en lugares potencialmente peligrosos.<br \/>\n&#8211; Se han ense\u00f1ado al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente medidas de protecci\u00f3n y seguridad tanto dentro como fuera de casa.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales intentan asegurar que el camino de casa al colegio y del colegio a casa sea seguro.<br \/>\n&#8211; Es frecuente que se deje solo al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente de noche.<br \/>\n&#8211; Se agrede o castiga f\u00edsicamente al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente.<br \/>\nNecesidades emocionales.<br \/>\n&#8211; Hay continuidad en las figuras adultas que atienden al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales reconfortan al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente cuando est\u00e1 molesto o tiene miedo.<br \/>\n&#8211; Aseguran al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente que siempre estar\u00e1n apoy\u00e1ndole.<br \/>\n&#8211; Refuerzan que adquiera confianza en s\u00ed mismo.<br \/>\n&#8211; Frecuentemente tienen muestras espont\u00e1neas de afecto hacia \u00e9l o ella.<br \/>\n&#8211; Se muestran orgullosas del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente.<br \/>\n&#8211; Se acepta al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente como miembro de la familia.<br \/>\n&#8211; Se le hace part\u00edcipe en las celebraciones familiares.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales pasan suficiente tiempo con el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente como para permitir el desarrollo de un v\u00ednculo positivo y fuerte.<br \/>\n&#8211; Refuerzan el establecimiento de relaciones afectivas en la familia.<br \/>\n&#8211; Refuerzan los esfuerzos y logros del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente.<br \/>\n&#8211; Le animan a hablar de sus miedos y preocupaciones.<br \/>\n&#8211; Las respuestas que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente recibe en casa son consistentes y predecibles.<br \/>\n&#8211; Muestran inter\u00e9s en lo que hace el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente en el colegio.<br \/>\n&#8211; Refuerzan y muestran aprobaci\u00f3n por sus logros educativos.<br \/>\n&#8211; Los desacuerdos en la familia se resuelven de forma no violenta.<br \/>\n&#8211; La vida diaria del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente es ordenada y estable.<br \/>\n&#8211; Se respetan sus esfuerzos por ser independiente.<br \/>\n&#8211; Se promueve que vaya adquiriendo mayores cotas de autonom\u00eda.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales promueven que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente asuma responsabilidades de autocuidado de forma apropiada a su edad o nivel de desarrollo y le refuerzan por ello, aunque siempre supervisan que est\u00e9 seguro.<br \/>\n&#8211; Se refuerza al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente por las habilidades de autocuidado que va adquiriendo: cocinar, comprar, etc.<br \/>\n&#8211; Son las personas adultas quienes tienen la responsabilidad principal de cuidar a la familia.<br \/>\n&#8211; Hay al menos una persona adulta que tiene claramente asignada la responsabilidad de cuidar la casa.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales apoyan y ayudan al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente cuando tiene dificultades acad\u00e9micas.<br \/>\n&#8211; La ropa y apariencia del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente es acorde con lo que \u00e9l o ella quiere.<br \/>\n&#8211; Se le permite tomar decisiones y controlar algunos aspectos de su vida.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente no es testigo ni se ve implicado en relaciones sexuales entre personas adultas adultos.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente no es testigo ni se ve implicado en situaciones violentas entre adultos.<br \/>\n&#8211; Se intenta evitar que sea testigo de conductas adultas estrafalarias o que pueden provocarle miedo.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales buscan ayuda externa ante problemas relacionales o problemas con el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente que no pueden resolver.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente observa con frecuencia s\u00edntomas de malestar emocional en las figuras parentales.<br \/>\n&#8211; Es objeto de frecuentes cr\u00edticas o manifestaciones de hostilidad.<br \/>\n&#8211; Hay una presi\u00f3n muy fuerte para que obtenga buenos resultados acad\u00e9micos.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales se apoyan en el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente cuando tienen problemas.<br \/>\nNecesidades sociales.<br \/>\n&#8211; Se le anima a compartir y jugar con otros ni\u00f1os, ni\u00f1as o adolescentes.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente est\u00e1 con sus amigos y amigas fuera del horario escolar.<br \/>\nInvita a sus amigos y amigas a casa.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales promueven que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente invite a sus amigos y amigas a casa.<br \/>\n&#8211; Refuerzan las relaciones de amistad positivas del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente.<br \/>\n&#8211; Intentan evitar que se relacione con personas adultas o menores de edad que pueden tener una influencia negativa sobre \u00e9l o ella.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales utilizan m\u00e9todos adecuados para conseguir que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente coopere y tenga un comportamiento adecuado.<br \/>\n&#8211; Hay l\u00edmites y normas claras acerca del comportamiento en la familia.<br \/>\n&#8211; Esos l\u00edmites y normas son consistentes y respetados por ambas figuras parentales.<br \/>\n&#8211; Se anima al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente a negociar.<br \/>\n&#8211; La forma en que las figuras parentales se relacionan con otras personas constituye un ejemplo adecuado para el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente.<br \/>\n&#8211; Se ense\u00f1a al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente respeto y tolerancia hacia las dem\u00e1s personas.<br \/>\n&#8211; Se le ense\u00f1a a respetar la ley.<br \/>\n&#8211; Se le ense\u00f1an buenos modales y a mostrar respeto hacia las dem\u00e1s personas.<br \/>\n&#8211; Se refuerza que ayude en las tareas dom\u00e9sticas.<br \/>\n&#8211; La relaci\u00f3n de las figuras parentales con el vecindario y con las figuras de autoridad es en general adecuada.<br \/>\n&#8211; Se ense\u00f1a al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente que no debe tener un comportamiento violento o cruel.<br \/>\n&#8211; Apoyan las normas de la escuela.<br \/>\n&#8211; Ense\u00f1an y promueven que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente tenga un comportamiento adecuado en lugares p\u00fablicos.<br \/>\n&#8211; La familia se siente aceptada en la comunidad.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales apoyan que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente reciba educaci\u00f3n sexual o se la proporcionan ellos mismos.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente ha recibido mensajes claros respecto a lo que es una conducta sexual apropiada.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales no consumen alcohol o lo hacen de forma muy controlada, constituyendo un buen ejemplo para el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente.<br \/>\n&#8211; Las personas que forman parte de la familia est\u00e1n implicadas en actividades antisociales.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales consumen drogas.<br \/>\nNecesidades cognitivas.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales suelen leer libros al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente, contarle historias, jugar o ver la tele con \u00e9l o ella.<br \/>\n&#8211; Apoyan que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente adquiera nuevas habilidades.<br \/>\n&#8211; Intentan apartarle de problemas familiares que puedan interferir en su evoluci\u00f3n escolar.<br \/>\n&#8211; El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente tiene suficiente tiempo para dedicarlo a sus aficiones o intereses.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales apoyan que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente haga los deberes.<br \/>\n&#8211; Acuden a las tutor\u00edas y citas con el profesorado.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales intentan asegurar que el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente acuda regularmente al colegio.<br \/>\nIndicadores de evaluaci\u00f3n de necesidades 15-18 a\u00f1os.<br \/>\nNecesidades f\u00edsicas.<br \/>\n&#8211; Las enfermedades del o del a adolescente reciben una atenci\u00f3n m\u00e9dica adecuada.<br \/>\n&#8211; Recibe una dieta sana .<br \/>\n&#8211; Higiene personal satisfactoria.<br \/>\n&#8211; Las enfermedades recurrentes tienen una explicaci\u00f3n m\u00e9dica.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales aseguran que las condiciones higi\u00e9nicas de la casa son adecuadas.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales ense\u00f1an al o a la adolescente h\u00e1bitos adecuados de salud (alimentaci\u00f3n, ejercicio, consumo de drogas o alcohol).<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales han informado al o a la adolescente de los riesgos de tener relaciones sexuales sin protecci\u00f3n.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales promueven que el o la adolescente haga ejercicio f\u00edsico.<br \/>\n&#8211; Promueven que asuma responsabilidades sobre su propia salud.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales son sensibles a los s\u00edntomas de malestar f\u00edsico o lesiones del o de la adolescente.<br \/>\n&#8211; Aseguran que el o la adolescente recibe un cuidado adecuado a su salud bucodental.<br \/>\n&#8211; Hay al menos una persona adulta que asume la responsabilidad principal del cuidado diario del o de la adolescente.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales se aseguran de que si el o la adolescente se hace tatuajes o piercings, lo haga con garant\u00edas de seguridad.<br \/>\nSeguridad.<br \/>\n&#8211; Las lesiones o marcas f\u00edsicas que tiene el o la adolescente tienen una explicaci\u00f3n aceptable.<br \/>\n&#8211; Se protege al o a la adolescente de las agresiones o abuso de otras personas.<br \/>\n&#8211; Si el o la adolescente ha sufrido bullying, las figuras parentales han actuado para protegerle.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales intentan saber siempre d\u00f3nde est\u00e1 el o la adolescente.<br \/>\n&#8211; El o la adolescente recibe una supervisi\u00f3n adecuada teniendo en cuenta su personalidad y nivel de desarrollo.<br \/>\n&#8211; Cuando ha estado fuera de casa durante un tiempo, el o la adolescente siempre ha estado bajo la supervisi\u00f3n de personas adultas responsables.<br \/>\n&#8211; La relaci\u00f3n del o de la adolescente con los otros ni\u00f1os, ni\u00f1as o adolescentes que viven en la familia es, en t\u00e9rminos generales, buena.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales vigilan la relaci\u00f3n entre el o la adolescente y sus hermanos y hermanas.<br \/>\n&#8211; Se aseguran que el o la adolescente es supervisado\/cuenta con ayuda en lugares potencialmente peligrosos.<br \/>\n&#8211; Se han ense\u00f1ado al o a la adolescente medidas de protecci\u00f3n y seguridad tanto dentro como fuera de casa.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales intentan asegurar que el camino de casa al colegio\/trabajo y del colegio\/trabajo a casa sea seguro.<br \/>\n&#8211; Se agrede o castiga f\u00edsicamente al o a la adolescente.<br \/>\nNecesidades emocionales.<br \/>\n&#8211; Hay continuidad en las figuras adultas que atienden al o a la adolescente.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales reconfortan al o a la adolescente cuando est\u00e1 molesto o tiene miedo.<br \/>\n&#8211; Aseguran al o a la adolescente que siempre estar\u00e1n apoy\u00e1ndole.<br \/>\n&#8211; Refuerzan que adquiera confianza en s\u00ed mismo.<br \/>\n&#8211; Frecuentemente tienen muestras espont\u00e1neas de afecto hacia \u00e9l o ella.<br \/>\n&#8211; Se muestran orgullosos del o de la adolescente.<br \/>\n&#8211; Se acepta al o a la adolescente como miembro de la familia.<br \/>\n&#8211; Se le hace part\u00edcipe en las celebraciones familiares.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales pasan suficiente tiempo con el o la adolescente como para permitir el desarrollo de un v\u00ednculo positivo y fuerte.<br \/>\n&#8211; Refuerzan el establecimiento de relaciones afectivas en la familia.<br \/>\n&#8211; Refuerzan los esfuerzos y logros del o de la adolescente.<br \/>\n&#8211; Le animan a hablar de sus miedos y preocupaciones.<br \/>\n&#8211; Las respuestas que el o la adolescente recibe en casa son consistentes y predecibles.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales muestran inter\u00e9s en lo que hace el o la adolescente en el colegio\/trabajo.<br \/>\n&#8211; Refuerzan y muestran aprobaci\u00f3n por sus esfuerzos y logros educativos.<br \/>\n&#8211; Los desacuerdos en la familia se resuelven de forma no violenta.<br \/>\n&#8211; La vida diaria del o de la adolescente es ordenada y estable.<br \/>\n&#8211; Se promueve que vaya adquiriendo mayores cotas de autonom\u00eda.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales promueven que el o la adolescente asuma responsabilidades de autocuidado de forma apropiada a su edad o nivel de desarrollo y le refuerzan por ello, aunque siempre supervisan que el o la adolescente est\u00e9 seguro.<br \/>\n&#8211; Se refuerza al o a la adolescente por las habilidades de autocuidado que va adquiriendo: cocinar, comprar, etc.<br \/>\n&#8211; Son las personas adultas quienes tienen la responsabilidad principal de cuidar a la familia.<br \/>\n&#8211; Las responsabilidades que tiene asignadas en casa son razonables.<br \/>\n&#8211; Hay al menos una persona adulta que tiene claramente asignada la responsabilidad de cuidar la casa.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales apoyan y ayudan al o a la adolescente cuando tiene dificultades acad\u00e9micas o en el trabajo.<br \/>\n&#8211; Su ropa y apariencia es acorde con lo que \u00e9l o ella quiere.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales respetan su orientaci\u00f3n sexual.<br \/>\n&#8211; El o la adolescente no es testigo ni se ve implicado o implicada en relaciones sexuales entre personas adultas.<br \/>\n&#8211; No es testigo ni se ve implicado o implicada en situaciones violentas entre personas adultas.<br \/>\n&#8211; Las figuras adultas buscan ayuda externa ante problemas relacionales o problemas con el o la adolescente que no pueden resolver.<br \/>\n&#8211; El o la adolescente observa con frecuencia s\u00edntomas de malestar emocional en las figuras parentales.<br \/>\n&#8211; Es objeto de frecuentes cr\u00edticas o manifestaciones de hostilidad.<br \/>\n&#8211; Hay una presi\u00f3n muy fuerte para que obtenga buenos resultados acad\u00e9micos o sea siempre el primero o la primera.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales se apoyan en el o la adolescente cuando tienen problemas.<br \/>\nNecesidades sociales.<br \/>\n&#8211; Se le anima a compartir.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales promueven que el o la adolescente invite a sus amigos y amigas a casa.<br \/>\n&#8211; Le animan a que est\u00e9 con sus amigos y amigas.<br \/>\n&#8211; Promueven que participe en actividades sociales fuera de casa.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales refuerzan las relaciones de amistad positivas del o de la adolescente.<br \/>\n&#8211; Intentan evitar que el o la adolescente se relacione con personas adultas o menores de edad que pueden tener una influencia negativa sobre \u00e9l o ella.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales utilizan m\u00e9todos adecuados para conseguir que el o la adolescente coopere y tenga un comportamiento adecuado.<br \/>\n&#8211; Hay l\u00edmites y normas claras acerca del comportamiento en la familia.<br \/>\n&#8211; Esos l\u00edmites y normas son consistentes y respetados por ambas figuras parentales.<br \/>\n&#8211; Se le anima a negociar.<br \/>\n&#8211; La forma en que las figuras parentales se relacionan con otras personas constituye un ejemplo adecuado para el o la adolescente.<br \/>\n&#8211; Se le ense\u00f1a respeto y tolerancia hacia las dem\u00e1s personas.<br \/>\n&#8211; Se le ense\u00f1a a respetar la ley.<br \/>\n&#8211; Se le ense\u00f1an buenos modales y a ser respetuoso o respetuosa.<br \/>\n&#8211; Se refuerza que ayude en las tareas dom\u00e9sticas.<br \/>\n&#8211; La relaci\u00f3n de las figuras parentales con el vecindario y con las figuras de autoridad es en general adecuada.<br \/>\n&#8211; La conducta de las figuras parentales constituye un buen ejemplo para el o la adolescente.<br \/>\n&#8211; Se ense\u00f1a al o la adolescente que no debe tener un comportamiento violento o cruel.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales intentan asegurar que el o adolescente acude regularmente al trabajo.<br \/>\n&#8211; Apoyan las normas de la escuela.<br \/>\n&#8211; Ense\u00f1an y promueven que el o la adolescente tenga un comportamiento adecuado en lugares p\u00fablicos.<br \/>\n&#8211; La familia se siente aceptada en la comunidad.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales apoyan que el o la adolescente reciba educaci\u00f3n sexual o se la proporcionan en casa.<br \/>\n&#8211; El o la adolescente ha recibido mensajes claros respecto a lo que es una conducta sexual apropiada.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales no consumen alcohol o lo hacen de forma muy controlada, constituyendo un buen ejemplo para el o la adolescente.<br \/>\n&#8211; Si el o la adolescente ha dejado la escuela o el trabajo, promueven que busque un nuevo empleo.<br \/>\n&#8211; Intentan asegurar que el o la adolescente acude regularmente al trabajo.<br \/>\n&#8211; Las personas que forman parte de la familia est\u00e1n implicadas en actividades antisociales.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales consumen drogas.<br \/>\nNecesidades cognitivas.<br \/>\n&#8211; Apoyan que el o la adolescente adquiera nuevas habilidades.<br \/>\n&#8211; Intentan apartar al o a la adolescente de problemas familiares que puedan interferir en su evoluci\u00f3n escolar.<br \/>\n&#8211; El o la adolescente tiene suficiente tiempo para dedicarlo a sus aficiones o intereses.<br \/>\n&#8211; Las figuras parentales apoyan que el o la adolescente haga los deberes.<br \/>\n&#8211; Acuden a las tutor\u00edas y citas con el profesorado.<br \/>\n&#8211; Intentan asegurar que el o la adolescente acuda regularmente al colegio.<br \/>\nCUESTIONARIO DE CAPACIDADES Y DIFICULTADES (S.D.Q.) DE GOODMAN R. (1997)<br \/>\nEl Cuestionario de Capacidades y Dificultades (SDQ) de Goodman es un breve screening de detecci\u00f3n conductual para ni\u00f1os de 3 a 16 a\u00f1os de edad. Existen varias versiones para satisfacer las necesidades de los investigadores, cl\u00ednicos y educadores. Cada versi\u00f3n incluye entre uno y tres de los siguientes componentes:<br \/>\na) Veinticinco \u00edtems referidos a atributos psicol\u00f3gicos:<br \/>\nTodas las versiones del SDQ preguntan sobre 25 atributos, algunos de los cuales son positivos y otros negativos. Estos 25 elementos se dividen en cinco escalas:<\/p>\n<p>&#8211; 1) S\u00edntomas emocionales (5 \u00edtems)<br \/>\n&#8211; 2) Problemas de conducta (5 \u00edtems)<br \/>\n&#8211; 3) Hiperactividad y falta de atenci\u00f3n (5 \u00edtems)<br \/>\n&#8211; 4) Problemas de relaci\u00f3n entre iguales (5 \u00edtems)<br \/>\n&#8211; 5) Comportamiento Prosocial (5 \u00edtems) La suma de las puntuaciones de los apartados 1) a 4) generar\u00e1 una puntuaci\u00f3n total de dificultades (basada en 20 \u00edtems)<br \/>\nEstos 25 elementos est\u00e1n incluidos en los cuestionarios a cumplimentar por los padres y\/o profesores de ni\u00f1os y ni\u00f1as de 4 a 16 a\u00f1os de edad.<br \/>\nUna versi\u00f3n ligeramente modificada se ha dise\u00f1ado para los padres y\/o maestros de los primeros cursos de educaci\u00f3n infantil (3 y 4 a\u00f1os de edad): 22 \u00edtems son id\u00e9nticos, mientras que se suaviz\u00f3 el tema relativo a la reflexividad y 2 \u00edtems referidos a conducta antisocial se sustituyeron por elementos referentes a conducta oposicionista.<br \/>\nLos cuestionarios de autoinforme para adolescentes contienen preguntas sobre los mismos 25 atributos, aunque la redacci\u00f3n es un poco diferente (Goodman et al, 1998). Esta versi\u00f3n de autoinforme es adecuada para j\u00f3venes de entre 11 y 16 a\u00f1os, dependiendo de su nivel de alfabetizaci\u00f3n y comprensi\u00f3n.<br \/>\nPara la poblaci\u00f3n en general o de bajo riesgo psicosocial puede ser mejor utilizar una alternativa que divide en tres subescalas el S.D.Q.: problemas internalizados (s\u00edntomas emocionales y problemas de relaci\u00f3n con iguales); s\u00edntomas de externalizaci\u00f3n (problemas de conducta e hiperactividad) y la escala prosocial (Goodman et al, 2010).<br \/>\nb) Suplemento acerca del impacto del da\u00f1o:<br \/>\nAlgunas de las versiones disponibles del SDQ contienen al final un suplemento del impacto que generan los problemas detectados. Estas versiones extendidas del SDQ preguntan al encuestado si piensa que el\/ la ni\u00f1o\/a\/adolescente tiene un problema, y si es as\u00ed, pretenden averiguar m\u00e1s acerca de la cronicidad, la angustia, el deterioro social y la carga que el problema supone para los dem\u00e1s. Todo esto proporciona informaci\u00f3n adicional \u00fatil para los cl\u00ednicos e investigadores con inter\u00e9s en la casu\u00edstica psiqui\u00e1trica y en los factores que determinan la utilizaci\u00f3n de los servicios de salud mental (Goodman, 1999).<br \/>\nc) Versi\u00f3n de Seguimiento (Follow-Up Questions):<br \/>\nLas versiones de seguimiento del SDQ incluyen no solo los 25 elementos iniciales y las cuestiones relativas al impacto que generan los problemas, sino tambi\u00e9n dos preguntas adicionales de seguimiento para su uso despu\u00e9s de la intervenci\u00f3n: \u00ab\u00bfse han reducido los problemas con la intervenci\u00f3n?\u00bb; \u00ab\u00bfha ayudado la intervenci\u00f3n de otras maneras, por ejemplo, haciendo que los problemas sean m\u00e1s soportables o llevaderos?\u00bb. Para aumentar la posibilidad de detectar los cambios, las versiones de seguimiento del SDQ realizan las preguntas referidas al \u00faltimo mes, en lugar de los \u00faltimos seis meses o el curso escolar que es el per\u00edodo de referencia para las versiones est\u00e1ndar. Por \u00faltimo, las versiones de seguimiento tambi\u00e9n omiten la pregunta acerca de la cronicidad de los problemas.<br \/>\nPueden descargarse gratuitamente en idioma espa\u00f1ol los diferentes Cuestionarios del SDQ as\u00ed como las normas de correcci\u00f3n e interpretaci\u00f3n en el siguiente enlace: http:\/\/www.sdqinfo.com\/py\/sdqinfo\/b3.py?language=Spanish<br \/>\n1 Recogidos en la Ley 1\/1998, de 20 de abril, de los Derechos y Atenci\u00f3n al Menor en Andaluc\u00eda.<br \/>\n2 Ver Anexo II \u00abTaxonom\u00eda de necesidades b\u00e1sicas en la infancia y adolescencia e indicadores para su evaluaci\u00f3n.<br \/>\n3 En estos casos, la valoraci\u00f3n de los factores que motivan que los padres, madres o personas que ejercen la tutela o guarda no cumplan adecuadamente sus deberes de protecci\u00f3n son relevantes para decidir la intervenci\u00f3n a seguir, pero no son determinantes a la hora de valorar si hay desprotecci\u00f3n o no.<br \/>\n4 Desarrollo cognitivo no es equivalente a aprovechamiento acad\u00e9mico. El desarrollo de las capacidades cognitivas influye poderosamente en el rendimiento escolar, pero un rendimiento pobre puede estar determinado por m\u00faltiples factores, no significando necesariamente que exista un retraso o un da\u00f1o cognitivo significativos. El desarrollo cognitivo implica la adquisici\u00f3n progresiva de un conjunto de habilidades adaptativas \u2013capacidades, conductas y destrezas\u2013 que permiten a la persona desempe\u00f1ar de forma adecuada sus diferentes roles en sus entornos habituales, en sus grupos de referencia, de acuerdo a su edad cronol\u00f3gica.<br \/>\n5 En Anexo III se adjunta Instrumento para la Evaluaci\u00f3n del da\u00f1o ps\u00edquico en ni\u00f1os\/as de 3 a 17 a\u00f1os: Cuestionario de Capacidades y Dificultades (S.D.Q.) de Goodman R. (1997).<br \/>\n6 Se incluyen las guardas de hecho.<br \/>\n7 En general, las circunstancias o factores causales o asociados a la desprotecci\u00f3n no son determinantes a la hora de valorar si existe desprotecci\u00f3n y su nivel de gravedad; lo son posteriormente, a la hora de decidir la intervenci\u00f3n a seguir. En la mayor\u00eda de los casos de desprotecci\u00f3n moderada y grave, los padres, madres o personas que ejercen la tutela o guarda de un ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente no tienen intenci\u00f3n de provocarle da\u00f1o con su comportamiento o actitud. En su mayor\u00eda se ven sometidos a circunstancias sobre las que no tienen control suficiente (p. ej. alcoholismo o toxicoman\u00eda, trastornos psicol\u00f3gicos, d\u00e9ficits de habilidades educativas, desconocimiento de las necesidades de los ni\u00f1os, ni\u00f1as o adolescentes) que les impiden ejercer adecuadamente sus deberes de guarda.<br \/>\n8 Para cada tipolog\u00eda de desprotecci\u00f3n, el instrumento describe: a) Los niveles de gravedad moderada, elevada y muy elevada (salvo excepciones en las que no se contempla la existencia de alg\u00fan nivel de gravedad), y b) las situaciones que implican d\u00e9ficits leves en el ejercicio de la guarda y constituyen \u00abriesgo leve\u00bb.<br \/>\n9 Definici\u00f3n de \u00abfuerza f\u00edsica excesiva\u00bb: La intensidad de la agresi\u00f3n f\u00edsica provoca un da\u00f1o f\u00edsico considerable al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente, es claramente desproporcionada en relaci\u00f3n a su corpulencia o condiciones f\u00edsicas, o se prolonga indebidamente.<br \/>\n10 La facilitaci\u00f3n a un ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente de drogas, alcohol o f\u00e1rmacos potencialmente peligrosos no prescritos ni recomendados m\u00e9dicamente o la permisividad de su uso con objetivos diferentes a los se\u00f1alados en este apartado queda recogida en la tipolog\u00eda de \u00abCorrupci\u00f3n\u00bb.<br \/>\n11 Ver Anexo III: Instrumento para la Evaluaci\u00f3n del da\u00f1o ps\u00edquico en ni\u00f1os\/as de 3 a 17 a\u00f1os: Cuestionario de Capacidades y Dificultades (S.D.Q.) de Goodman R. (1997).<br \/>\n12 Cuando el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente sea amenazado con una agresi\u00f3n f\u00edsica, se calificar\u00e1 en la escala siguiente de \u00abAmenazas de agresi\u00f3n f\u00edsica\u00bb.<br \/>\n13 Parentalizaci\u00f3n: Asignaci\u00f3n del rol parental al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente. Implica inversi\u00f3n de roles y ausencia de l\u00edmites claros entre los subsistemas parental y filial. El ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente asume un papel de adulto en el que sacrifica sus propias necesidades y tareas evolutivas para satisfacer necesidades emocionales y de apoyo del padre, la madre o personas que ejercen la tutela o guarda.<br \/>\n14 Calificar el da\u00f1o f\u00edsico muy grave seg\u00fan los criterios recogidos en la escala de \u00abMaltrato f\u00edsico\u00bb.<br \/>\n15 Calificar el da\u00f1o f\u00edsico grave seg\u00fan los criterios recogidos en la escala de \u00abMaltrato f\u00edsico\u00bb.<br \/>\n16 Sea de forma deliberada, por falta de conocimientos, una valoraci\u00f3n inadecuada de la situaci\u00f3n del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente y\/o falta de motivaci\u00f3n.<br \/>\n17 Falta grave de higiene: La falta grave de higiene incluye fundamentalmente la acumulaci\u00f3n en la vivienda de residuos org\u00e1nicos en estado de descomposici\u00f3n que, en general, se asocia a la presencia de insectos, par\u00e1sitos y\/o roedores. Tambi\u00e9n se incluyen situaciones en las que la falta de higiene provoca la aparici\u00f3n de plagas no controladas de insectos, par\u00e1sitos u otro tipo de animales que pueden transmitir enfermedades o causar lesiones serias a los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes. Ejemplos de condiciones de falta grave de higiene: Moqueta, alfombras, paredes, puertas, suelos, ba\u00f1os y menaje dom\u00e9stico (platos, ropa de cama, etc.) con gran cantidad de restos de comida, desperdicios o desechos incrustados; gruesa capa de suciedad o grasa por todas partes y acumulada en las esquinas; par\u00e1sitos, insectos o ratas; muebles o colchones empapados en orina; excrementos en el suelo; comida podrida que no se retira; basura desbordada o acumulada en diferentes partes de la casa; olores intolerables (orina, heces, desechos); desperdicios humanos o animales.<br \/>\n18 Ejemplos de condiciones peligrosas: Escape de gas de estufas o cocina; incendio reciente en alguna habitaci\u00f3n o en el edificio; escape de agua caliente o vapor de los radiadores; sustancias (por ejemplo, productos qu\u00edmicos, medicinas) u objetos peligrosos (armas, cuchillos, tijeras) guardados en estanter\u00edas bajas o armarios sin cerrar con llave, debajo del fregadero o al descubierto; ventanas abiertas sin protecci\u00f3n; ventanas con cristales rotos o sin cristales; escaleras sin protecci\u00f3n.<br \/>\n19 V\u00e9ase nota 18.<br \/>\n20 V\u00e9ase nota 18.<br \/>\n21 V\u00e9ase nota 18.<br \/>\n22 V\u00e9ase nota 18.<br \/>\n23 N\u00f3tese que las situaciones de abuso sexual perpetrado por personas familiares o allegadas que forman parte de la unidad convivencial no deber\u00e1n ser calificadas en esta escala, sino en la de Abuso sexual.<br \/>\n24 Si el padre y la madre o las personas que ejercen la tutela o guarda desean proporcionar un programa educativo adecuado e individualizado al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente, solicitan la homologaci\u00f3n a la entidad correspondiente recibiendo respuesta negativa por no contemplarse tal posibilidad en ning\u00fan caso, y no hay otros indicadores de desprotecci\u00f3n, se proceder\u00e1 al cierre de expediente. En estas circunstancias, este tipo de situaciones no ser\u00e1n consideradas desprotecci\u00f3n.<br \/>\n25 Incluye:<br \/>\n\u2022 Tener desapego y falta total de implicaci\u00f3n respecto al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente, bien por incapacidad o por falta de motivaci\u00f3n.<br \/>\n\u2022 Interactuar solo cuando es absolutamente necesario.<br \/>\n\u2022 Ausencia total de expresiones de afecto, cuidado, y amor hacia el ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente.<br \/>\n26 \u00abTransmisi\u00f3n de valores morales positivos\u00bb se refiere a promover conductas de respeto hacia los derechos de los dem\u00e1s.<br \/>\n27 Si se dan algunas de estas dos situaciones consignarlas en el \u00edtem \u00abNegligencia hacia las necesidades ps\u00edquicas\u00bb de la Hoja-Resumen.<br \/>\n28 La delegaci\u00f3n del cuidado cotidiano del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente en personas inadecuadas o no suficientemente responsables se recoge y califica en la tipolog\u00eda de \u00abNegligencia hacia necesidades de seguridad\u00bb-Supervisi\u00f3n.<br \/>\n29 La mendicidad puede ejercerse pidiendo dinero en la calle, establecimientos p\u00fablicos o domicilios privados. Incluye tambi\u00e9n situaciones de \u00abmendicidad encubierta\u00bb en que el padre y la madre o personas que ejercen la tutela o guarda env\u00edan al ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente a comprar alimentos u objetos o a obtener determinados servicios proporcion\u00e1ndole una cantidad econ\u00f3mica que saben insuficiente para ello, o proporcion\u00e1ndole objetos de escaso valor (p. ej. pa\u00f1uelos de papel, ramas de \u00e1rbol, postales) para su venta solicitando la voluntad de la persona que los adquiere.<br \/>\n30 Consignar alguna de estas situaciones en la Hoja-Resumen implicar\u00e1 de forma autom\u00e1tica la valoraci\u00f3n global del caso como desprotecci\u00f3n grave, independientemente de la calificaci\u00f3n de las dem\u00e1s tipolog\u00edas.<br \/>\n31 Basado en L\u00f3pez, F. (1995). Necesidades de la infancia y protecci\u00f3n infantil I. Fundamentaci\u00f3n te\u00f3rica, clasificaci\u00f3n y criterios educativos de las necesidades infantiles. Madrid: Ministerio de Asuntos Sociales, y en las Gu\u00edas de actuaci\u00f3n en situaciones de desprotecci\u00f3n infantil en la Comunidad de Cantabria y el Ayuntamiento de Madrid.<br \/>\n32 Tomado de \u00abFramework for the assessment of children in need and their families\u00bb (2000). Department of Health, UK Government. En el texto, se denominan \u00abfiguras parentales\u00bb al padre, madre o personas que ejercen la tutela o guarda del ni\u00f1o, ni\u00f1a o adolescente.<br \/>\nHOJA RESUMEN DEL INSTRUMENTO VAL\u00d3RAME<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Orden de 30 de julio de 2019, por la que se aprueba y publica el instrumento para la valoraci\u00f3n de la gravedad de las situaciones de riesgo, desprotecci\u00f3n y desamparo de la infancia y adolescencia en Andaluc\u00eda<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[4,2816],"tags":[2050],"class_list":["post-14019","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-novedades-normativas","category-policia-local","tag-andaluciainfancia-adolescencia"],"acf":[],"yoast_head":"<!-- This site is optimized with the Yoast SEO plugin v28.6 - https:\/\/yoast.com\/product\/yoast-seo-wordpress\/ -->\n<title>Infancia y adolescencia en ANDALUCIA - 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