{"id":14108,"date":"2020-12-23T12:51:19","date_gmt":"2020-12-23T12:51:19","guid":{"rendered":"https:\/\/normativamunicipal.com\/uncategorized\/premios-urbanismo-en-extremadura\/"},"modified":"2020-12-24T10:39:10","modified_gmt":"2020-12-24T10:39:10","slug":"premios-urbanismo-en-extremadura","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=14108","title":{"rendered":"Premios Urbanismo en EXTREMADURA"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\"><strong>ORDEN de 8 de octubre de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesi\u00f3n de los premios de urbanismo y ordenaci\u00f3n del territorio de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><!--more-->[sc name=\u00bburbanismo\u00bb ]<br \/>\nEl art\u00edculo 9.1.31 y 32 del Estatuto de Autonom\u00eda de Extremadura, en la redacci\u00f3n dada por Ley Org\u00e1nica 1\/2011, de 28 de enero, recoge la competencia exclusiva de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura en materia de urbanismo y ordenaci\u00f3n del territorio.<br \/>\nEl Decreto del Presidente 16\/2019, de 1 de julio, por el que se modifican la denominaci\u00f3n, el n\u00famero y las competencias de las Consejer\u00edas que conforman la Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura, atribuye a la Consejer\u00eda de Agricultura, Desarrollo Rural, Poblaci\u00f3n y Territorio el ejercicio de las competencias en materia de ordenaci\u00f3n del territorio y urbanismo.<br \/>\nEl Decreto 87\/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura org\u00e1nica de la b\u00e1sica de la Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura, se\u00f1ala entre los \u00f3rganos directivos de la Consejer\u00eda de Agricultura, Desarrollo Rural, Poblaci\u00f3n y Territorio, a la Direcci\u00f3n General de Urbanismo y Ordenaci\u00f3n del Territorio, a la que asigna el ejercicio de las funciones en materia de ordenaci\u00f3n territorial y urban\u00edstica.<br \/>\nEl Decreto 240\/2014, de 4 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesi\u00f3n de los premios de urbanismo y ordenaci\u00f3n del territorio de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura, constituye el antecedente inmediato de estas bases.<br \/>\nEsta Consejer\u00eda consciente de la importancia de incentivar, dar a conocer y transmitir a la sociedad la importancia del valor que el urbanismo y la ordenaci\u00f3n territorial de calidad poseen en la definici\u00f3n y transformaci\u00f3n de nuestros pueblos, ciudades y territorios, propone las bases para convocar los Premios de Urbanismo y Ordenaci\u00f3n del Territorio de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura.<br \/>\nLa dif\u00edcil situaci\u00f3n econ\u00f3mica est\u00e1 poniendo de manifiesto las contradicciones de una actividad que ha producido en los \u00faltimos tiempos desarrollos urban\u00edsticos y territoriales de calidad junto a otras actuaciones desmesuradas y en ocasiones abandonadas o infrautilizadas. Con la concesi\u00f3n de los Premios de Urbanismo y Ordenaci\u00f3n del Territorio de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura, se propone una reflexi\u00f3n y reconocimiento en torno a aquellos temas que est\u00e1n suponiendo un punto de inflexi\u00f3n: la necesidad de afrontar desarrollos sostenibles, la puesta en valor del territorio y del paisaje, la articulaci\u00f3n de la lucha contra la despoblaci\u00f3n, la revitalizaci\u00f3n de centros urbanos, el cumplimiento de la Agenda Urbana y el tr\u00e1nsito de pol\u00edticas basadas en nuevos desarrollos hacia la reconversi\u00f3n y reutilizaci\u00f3n de estructuras y recursos existentes.<br \/>\nCon estos objetivos se establecen las bases reguladoras para la concesi\u00f3n de los Premios de Urbanismo y Ordenaci\u00f3n del Territorio de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura, con el fin<br \/>\nViernes, 11 de octubre de 2019 41985N\u00daMERO 197<br \/>\nde reconocer y premiar un conjunto de actuaciones y propuestas de alta calidad que puedan representar el mejor y diverso panorama del urbanismo y la ordenaci\u00f3n territorial en Extremadura en los a\u00f1os que comprenda la convocatoria, como buen ejemplo de:<br \/>\n\u2014 Respuesta mesurada, atractiva y eficaz a las necesidades a resolver.<br \/>\n\u2014 Respeto a los valores de los \u00e1mbitos urbanos y rurales del pasado unido al compromiso con la creaci\u00f3n de nuestro tiempo.<br \/>\n\u2014 Compromiso con criterios de sostenibilidad medioambiental y econ\u00f3mica.<br \/>\n\u2014 Reutilizaci\u00f3n de recursos existentes.<br \/>\n\u2014 Trasformaciones positivas del espacio y el paisaje urbano y rural.<br \/>\n\u2014 Integraci\u00f3n en el paisaje natural.<br \/>\n\u2014 Acciones surgidas desde la sociedad civil.<br \/>\n\u2014 Propuestas innovadoras.<br \/>\nEsta norma se integra, con car\u00e1cter general, en los preceptos de la Ley Org\u00e1nica 3\/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y en particular en los mandatos de la Ley 8\/2011, de 23 de marzo, de igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de g\u00e9nero en Extremadura. En concreto, con especial incidencia en la Ley Auton\u00f3mica y en sus art\u00edculos 3, principios generales, 5, disposiciones generales, 6, de la Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura, 21, de transversalidad de g\u00e9nero, 22 desarrollo del principio de interseccionalidad, 27, lenguaje no sexista, 28, estad\u00edsticas e investigaciones con perspectiva de g\u00e9nero y el art\u00edculo 29, representaci\u00f3n equilibrada de los \u00f3rganos directivos y colegiados.<br \/>\nEn virtud de lo expuesto, de conformidad con los art\u00edculos 36.f) y 92.1 de la Ley 1\/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura y el art\u00edculo 16 de la Ley 6\/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura,<br \/>\nDISPONGO:<br \/>\nArt\u00edculo 1. \u00c1mbito de aplicaci\u00f3n, objeto y periodicidad.<br \/>\n1. La presente orden establece las bases reguladoras para la concesi\u00f3n de los premios de Urbanismo y Ordenaci\u00f3n del Territorio en la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura.<br \/>\n2. Su objeto es reconocer, estimular, difundir y premiar las actuaciones en el \u00e1mbito del urbanismo y la ordenaci\u00f3n del territorio que se hayan llevado a cabo o puedan llevarse<br \/>\nViernes, 11 de octubre de 2019 41986N\u00daMERO 197<br \/>\na cabo en el \u00e1mbito territorial de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura, con car\u00e1cter bienal.<br \/>\nArt\u00edculo 2. Financiaci\u00f3n.<br \/>\nLa financiaci\u00f3n de estos premios se har\u00e1 con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura que corresponda a cada ejercicio presupuestario. La aplicaci\u00f3n presupuestaria, superproyecto y proyecto se especificar\u00e1n en la resoluci\u00f3n correspondiente a cada convocatoria.<br \/>\nArt\u00edculo 3. R\u00e9gimen jur\u00eddico.<br \/>\nLos premios convocados se regir\u00e1n por lo previsto en esta orden y lo establecido en la Ley 6\/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura, siendo igualmente de aplicaci\u00f3n las disposiciones de car\u00e1cter b\u00e1sico contenidas en la Ley 38\/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y dem\u00e1s normativa b\u00e1sica de desarrollo. As\u00ed como por la Ley Org\u00e1nica 3\/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y por la Ley 8\/2001, de 23 de marzo, de igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de g\u00e9nero en Extremadura.<br \/>\nArt\u00edculo 4. Modalidades de los premios.<br \/>\nSe establecen las siguientes modalidades:<br \/>\n1.\u00aa MUNICIPIO EJEMPLAR POR SU VALORES URBAN\u00cdSTICOS Y\/O TERRITORIALES.<br \/>\nMunicipio que acredite un compromiso ejemplar con los valores propios del urbanismo y\/o ordenaci\u00f3n Territorial.<br \/>\n2.\u00aa ACTUACI\u00d3N DE URBANIZACI\u00d3N, DOTACI\u00d3N O INFRAESTRUCTURAS EN ESPACIO P\u00daBLICO.<br \/>\nActuaciones ejecutadas en espacios abiertos al p\u00fablico, tanto de nueva creaci\u00f3n como en zonas consolidadas, que sean de titularidad p\u00fablica.<br \/>\n3.\u00aa PLANIFICACI\u00d3N O PROPUESTAS PARA LA REVALORIZACI\u00d3N DE RECURSOS URBAN\u00cdSTICOS Y\/O TERRITORIALES.<br \/>\nPlanes, estudios, propuestas o ideas que respondan de manera adecuada a la resoluci\u00f3n de problemas o revitalicen o pongan en valor o aumenten la concienciaci\u00f3n social, referentes a recursos urbanos o territoriales. El \u00e1mbito temporal en el que deben estar realizados los trabajos y la problem\u00e1tica concreta abordada o a abordar ser\u00e1 especificados en cada convocatoria.<br \/>\nViernes, 11 de octubre de 2019 41987N\u00daMERO 197<br \/>\nArt\u00edculo 5. Procedimiento de concesi\u00f3n y convocatoria de los premios.<br \/>\n1. El procedimiento de concesi\u00f3n de los premios previstos en la presente orden se tramitar\u00e1 en r\u00e9gimen de concurrencia competitiva, mediante convocatoria peri\u00f3dica.<br \/>\n2. El procedimiento se iniciar\u00e1 de oficio mediante convocatoria p\u00fablica aprobada por la Secretar\u00eda General de la Consejer\u00eda competente en materia de ordenaci\u00f3n del territorio y urbanismo, mediante resoluci\u00f3n que se ajustar\u00e1 a la bases reguladoras establecidas en la presente orden, y que ser\u00e1 publicada junto con el extracto de la misma, obtenido por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en el Diario Oficial de Extremadura, en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Aut\u00f3noma y en el Portal Electr\u00f3nico de la Transparencia y la Participaci\u00f3n Ciudadana.<br \/>\nArt\u00edculo 6. Persona o entidad beneficiaria.<br \/>\n1. Podr\u00e1n ser beneficiarias de estos premios:<br \/>\na) En la modalidad 1.\u00aa, el Municipio.<br \/>\nb) En la modalidad 2.\u00aa, la persona o entidad titular de la actuaci\u00f3n.<br \/>\nc) En la modalidad 3.\u00aa, las autoras y autores de la planificaci\u00f3n o propuesta.<br \/>\n2. Quienes se beneficien deber\u00e1n reunir los siguientes requisitos:<br \/>\na) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad social, extremo que se justificar\u00e1 con anterioridad a dictarse la propuesta de resoluci\u00f3n de concesi\u00f3n y con car\u00e1cter previo al pago. A tal fin, la Consejer\u00eda de Agricultura, Desarrollo Rural, Poblaci\u00f3n y Territorio recabar\u00e1 de oficio los certificados e informaci\u00f3n necesarios para la acreditaci\u00f3n del cumplimiento de los requisitos y compromisos. No obstante quienes concurran podr\u00e1n oponerse expresamente a que se realice tal consulta de oficio en la solicitud a presentar, en cuyo caso deber\u00e1 presentar las certificaciones y documentaci\u00f3n correspondiente.<br \/>\nb) No estar incurso en las prohibiciones para obtener la condici\u00f3n de persona o entidad beneficiaria se\u00f1aladas en el art\u00edculo 12.2 de la Ley 6\/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura.<br \/>\nArt\u00edculo 7. Presentaci\u00f3n de candidaturas.<br \/>\n1. Las candidaturas podr\u00e1n ser presentadas por el municipio en la modalidad 1.\u00aa, por la persona o entidad titular de la actuaci\u00f3n en la modalidad 2.\u00aa, por los autores o autoras de la planificaci\u00f3n o propuesta en la modalidad 3.\u00aa, as\u00ed como por cualquier entidad p\u00fablica o privada, o por cualquier persona particular o grupo de particulares, en todas las modalidades.<br \/>\nViernes, 11 de octubre de 2019 41988N\u00daMERO 197<br \/>\nCada candidatura podr\u00e1 presentarse a distintas convocatorias siempre que re\u00fana los requisitos especificados en las mismas, aunque no podr\u00e1n presentarse candidaturas ya premiadas en anteriores convocatorias de estos premios.<br \/>\n2. La presentaci\u00f3n de candidaturas deber\u00e1 formalizarse en el modelo que figura como anexo de esta orden, que podr\u00e1 ser actualizado en futuras convocatorias, en la que se identificar\u00e1 la actuaci\u00f3n presentada y la modalidad a la que concursa e ir\u00e1n dirigidas a la Direcci\u00f3n General con competencias en materia de ordenaci\u00f3n del territorio y urbanismo. El modelo ir\u00e1 acompa\u00f1ado del resto de documentaci\u00f3n requerida, que se relaciona en el art\u00edculo siguiente.<br \/>\n3. La comprobaci\u00f3n o constancia de los datos de identidad personal se realizar\u00e1 de oficio por el \u00f3rgano instructor, salvo que quienes concurran se hayan opuesto expresamente en la solicitud presentada conforme al anexo de esta orden, en cuyo caso, quedar\u00e1n obligadas a aportar copia del documento o tarjeta de identidad.<br \/>\nEn el caso de no coincidir solicitante y persona o entidad beneficiaria, ser\u00e1 necesario el consentimiento expreso de \u00e9sta, con car\u00e1cter previo a la propuesta de resoluci\u00f3n de concesi\u00f3n, para que la comprobaci\u00f3n o constancia de los datos de identidad personal se realice de oficio por el \u00f3rgano instructor. En caso contrario, quedar\u00e1 obligada a aportar copia del documento o tarjeta de identidad.<br \/>\n4. En virtud de lo establecido en el art\u00edculo 28.3 de la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas, las personas interesadas no tienen la obligaci\u00f3n de presentar datos o documentos originales, que hayan sido aportados anteriormente a cualquier Administraci\u00f3n. A estos efectos, la persona interesada deber\u00e1 indicar en qu\u00e9 momento y ante que \u00f3rgano administrativo present\u00f3 los citados documentos. Se presumir\u00e1 que esta consulta es autorizada por las interesadas e interesados.<br \/>\n5. Las candidaturas podr\u00e1 presentarse en cualquiera de los registros y oficinas a que se refiere el art\u00edculo 7.1 del Decreto 257\/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro \u00danico y se regulan las funciones administrativas del mismo en el \u00e1mbito de la Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura, en concordancia con lo dispuesto en el art\u00edculo 16.4 de la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas. Las candidaturas que se presenten a trav\u00e9s de una oficina de correos deber\u00e1n ir en sobre abierto para que el modelo de presentaci\u00f3n de candidaturas sea fechado y sellado antes de ser certificado.<br \/>\n6. El plazo m\u00ednimo de presentaci\u00f3n de las candidaturas ser\u00e1 de veinte d\u00edas h\u00e1biles desde la publicaci\u00f3n de cada convocatoria, fij\u00e1ndose en la misma.<br \/>\n7. Las bases y el modelo de presentaci\u00f3n de candidaturas podr\u00e1n descargarse en la p\u00e1gina web del SITEX (Sistema de Informaci\u00f3n Territorial de Extremadura) de la Consejer\u00eda con competencias en materia de ordenaci\u00f3n del territorio y urbanismo.<br \/>\nViernes, 11 de octubre de 2019 41989N\u00daMERO 197<br \/>\n8. Con arreglo a lo dispuesto en el art\u00edculo 23.5 de la Ley 6\/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura, si la solicitud no re\u00fane los requisitos establecidos, se requerir\u00e1 a la persona interesada para que subsane la falta o acompa\u00f1e los documentos preceptivos en el plazo m\u00e1ximo e improrrogable de 10 d\u00edas h\u00e1biles, con indicaci\u00f3n de que, si as\u00ed no lo hiciera, se le tendr\u00e1 por desistida de su solicitud, previa resoluci\u00f3n que deber\u00e1 ser dictada en los t\u00e9rminos previstos en el art\u00edculo 21 de la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas.<br \/>\n9. La presentaci\u00f3n de candidaturas para optar a estos premios supone la aceptaci\u00f3n expresa y formal de lo establecido en la presente orden.<br \/>\nArt\u00edculo 8. Documentaci\u00f3n.<br \/>\nJunto con la solicitud se deber\u00e1 presentar la siguiente documentaci\u00f3n:<br \/>\na) Un m\u00ednimo de uno y como m\u00e1ximo tres paneles en formato DIN A1 (841 mm x 594 mm), con las siguientes caracter\u00edsticas:<br \/>\n\u2014 Los paneles se dispondr\u00e1n en posici\u00f3n vertical y estar\u00e1n numerados del 1 al 3, en la esquina superior derecha del panel.<br \/>\n\u2014 En la esquina superior izquierda del panel aparecer\u00e1 la modalidad a la que concursa.<br \/>\n\u2014 En el caso en los que aparezcan planos, debe especificarse la escala de trabajo y representarse gr\u00e1ficamente.<br \/>\nb) Un cuaderno en formato DIN A3 (420 mm x 297 mm) que contendr\u00e1 la memoria de la actuaci\u00f3n, dispuesta en posici\u00f3n horizontal. La memoria tendr\u00e1 una extensi\u00f3n m\u00e1xima de 7 p\u00e1ginas a una cara en las que se explicar\u00e1 el contenido de la actuaci\u00f3n, mediante textos, croquis, dibujos y esquemas.<br \/>\nc) Deber\u00e1 tambi\u00e9n hacerse entrega en formato digital de los documentos se\u00f1alados anteriormente, que tendr\u00e1n las siguientes caracter\u00edsticas:<br \/>\n\u2014 Los paneles DIN A1 se entregar\u00e1n en formato JPG o PDF, con resoluci\u00f3n de 300 dpi, en modo de color CMYK.<br \/>\n\u2014 El cuaderno en formato DIN A3, se entregar\u00e1 en formato pdf.<br \/>\nLa documentaci\u00f3n relacionada anteriormente, podr\u00e1 ser actualizada en las correspondientes resoluciones de convocatorias, tanto en contenido como en formatos, siempre dentro de los l\u00edmites establecidos en el art\u00edculo 16 de la Ley 6\/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura.<br \/>\nViernes, 11 de octubre de 2019 41990N\u00daMERO 197<br \/>\nArt\u00edculo 9. \u00d3rgano de instrucci\u00f3n y evaluaci\u00f3n. Jurado.<br \/>\n1. El \u00f3rgano instructor del procedimiento de concesi\u00f3n de los premios regulados en la presente orden ser\u00e1 la persona titular de la Direcci\u00f3n General con competencias en materia de ordenaci\u00f3n del territorio y urbanismo, al que corresponde el impulso y ordenaci\u00f3n del procedimiento y la formulaci\u00f3n de la propuesta de resoluci\u00f3n.<br \/>\n2. Para la valoraci\u00f3n de las candidaturas y elevaci\u00f3n del informe vinculante a la persona titular de la Direcci\u00f3n General con competencias en materia de ordenaci\u00f3n del territorio y urbanismo, se constituir\u00e1 un jurado integrado por:<br \/>\nPresidencia:<br \/>\nPersona titular de la Direcci\u00f3n General con competencias en materia de ordenaci\u00f3n del territorio y urbanismo, o persona en quien delegue.<br \/>\nVocales:<br \/>\n\u2014 Un o una representante del Colegio Oficial de Arquitectos de Extremadura.<br \/>\n\u2014 Un o una representante del Colegio Oficial de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos de Extremadura.<br \/>\n\u2014 Cuatro personas t\u00e9cnicas de reconocido prestigio en el \u00e1mbito del urbanismo y\/o la ordenaci\u00f3n del territorio.<br \/>\nSecretar\u00eda: con voz pero sin voto, actuar\u00e1 un o una t\u00e9cnico de la Direcci\u00f3n General con competencias en materia de ordenaci\u00f3n del territorio y urbanismo.<br \/>\nEl jurado respetar\u00e1 la paridad en su composici\u00f3n, conforme establece el art\u00edculo 29, de la representaci\u00f3n equilibrada de los \u00f3rganos directivos y colegiados de la Ley 8\/2011, de 23 de marzo, de igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de g\u00e9nero en Extremadura.<br \/>\nLa designaci\u00f3n de las personas integrantes del jurado deber\u00e1 publicarse en el Diario Oficial de Extremadura por resoluci\u00f3n de quien ostente la titularidad de la Secretar\u00eda General de la Consejer\u00eda competente en materia de ordenaci\u00f3n del territorio y urbanismo, con anterioridad al inicio de las actuaciones.<br \/>\n3. Ser\u00e1n funciones del jurado las siguientes:<br \/>\n\u2014 El examen previo de las candidaturas presentadas.<br \/>\n\u2014 La aprobaci\u00f3n de la relaci\u00f3n de candidaturas admitidas, adoptada a la vista de la documentaci\u00f3n presentada.<br \/>\n\u2014 La emisi\u00f3n del informe vinculante.<br \/>\nViernes, 11 de octubre de 2019 41991N\u00daMERO 197<br \/>\nEl jurado podr\u00e1 recabar el asesoramiento o la informaci\u00f3n complementaria que estimen necesaria para sus deliberaciones.<br \/>\n4. El jurado de los premios ajustar\u00e1 su actuaci\u00f3n al r\u00e9gimen jur\u00eddico de los \u00f3rganos colegiados, regulado en la secci\u00f3n 3.\u00aa del cap\u00edtulo II de t\u00edtulo preliminar de la Ley 40\/2015, de 1 de octubre, de R\u00e9gimen Jur\u00eddico del Sector P\u00fablico.<br \/>\n5. A las personas integrantes del jurado les ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n las causas de abstenci\u00f3n y recusaci\u00f3n establecidas en la secci\u00f3n 4.\u00aa del cap\u00edtulo II de t\u00edtulo preliminar de la Ley 40\/2015, de 1 de octubre, de R\u00e9gimen Jur\u00eddico del Sector P\u00fablico.<br \/>\nArt\u00edculo 10. Criterios de valoraci\u00f3n.<br \/>\nEl jurado valorar\u00e1 conforme a los siguientes criterios:<br \/>\na) Respuesta mesurada, atractiva y eficaz a las necesidades que pretenden satisfacer las distintas propuestas, dentro del \u00e1mbito urbano o rural en el que se desarrollen. Se valorar\u00e1 de 0 a 10 puntos.<br \/>\nb) Propuesta que mejor conjugue los valores hist\u00f3ricos, culturales, art\u00edsticos que tenga el espacio urbano o rural donde se asiente con las nuevas tendencias, tecnolog\u00edas, culturas, etc. de nuestro tiempo. Se valorar\u00e1 de 0 a 10 puntos.<br \/>\nc) Compromiso con criterios de sostenibilidad medioambiental y econ\u00f3mica. Se valorar\u00e1 de 0 a 10 puntos.<br \/>\nd) Reutilizaci\u00f3n de recursos existentes. Se valorar\u00e1 de 0 a 10 puntos.<br \/>\ne) Trasformaciones positivas del espacio y el paisaje urbano y rural, que supongan una mejora en las caracter\u00edsticas propias de dichos espacios. Se valorar\u00e1 de 0 a 10 puntos.<br \/>\nf) Integraci\u00f3n en el paisaje natural. Se valorar\u00e1 de 0 a 10 puntos.<br \/>\ng) Acciones surgidas desde la sociedad civil. Se valorar\u00e1 de 0 a 10 puntos.<br \/>\nh) Propuestas innovadoras. Se valorar\u00e1 de 0 a 10 puntos.<br \/>\nArt\u00edculo 11. Resoluci\u00f3n.<br \/>\n1. El jurado emitir\u00e1 un informe vinculante, que incluir\u00e1 una relaci\u00f3n detallada, en orden decreciente, de las cinco mejores candidaturas de cada modalidad. Con base en dicho informe, se realizar\u00e1 la propuesta de adjudicaci\u00f3n de los premios, que ser\u00e1 elevada por quien ostente la titularidad de la Direcci\u00f3n General con competencias en materia de ordenaci\u00f3n del territorio y urbanismo a la Secretaria General de la Consejer\u00eda competente en dichas materias para su resoluci\u00f3n.<br \/>\nViernes, 11 de octubre de 2019 41992N\u00daMERO 197<br \/>\n2. El plazo m\u00e1ximo para resolver y notificar la resoluci\u00f3n ser\u00e1 de un mes a contar desde la finalizaci\u00f3n del plazo de presentaci\u00f3n de candidaturas. La falta de notificaci\u00f3n expresa de concesi\u00f3n dentro del plazo m\u00e1ximo para resolver legitima a los interesados para entender desestimada su candidatura por silencio administrativo, conforme a lo previsto en el apartado 5 del art\u00edculo 22 de la Ley 6\/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura.<br \/>\n3. El jurado podr\u00e1 proponer declarar desierta alguna modalidad de los premios, en ausencia de candidaturas o por acuerdo un\u00e1nime de todos sus miembros, cuando los trabajos presentados no superen una puntuaci\u00f3n m\u00ednima de 30 puntos.<br \/>\n4. La resoluci\u00f3n de concesi\u00f3n de los premios ser\u00e1 notificada individualmente a las personas o entidades beneficiarias y publicada en el Diario Oficial de Extremadura y en la sede electr\u00f3nica corporativa de la Junta de Extremadura, dentro del Portal de Subvenciones de la Comunidad Aut\u00f3noma, en el Portal Electr\u00f3nico de la Transparencia y la Participaci\u00f3n Ciudadana y se remitir\u00e1 a la Base de Datos Nacional de Subvenciones a los efectos de publicidad.<br \/>\n5. Las resoluciones de concesi\u00f3n de los premios no ponen fin a la v\u00eda administrativa, seg\u00fan lo previsto en el art\u00edculo 103 de la Ley 1\/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura y, contra ellas, podr\u00e1 interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Consejer\u00eda competente en materia de ordenaci\u00f3n de territorio y urbanismo, en los t\u00e9rminos previstos en el art\u00edculo 101 de la citada Ley y en los preceptos 121 y 122 de la Ley 39\/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas.<br \/>\nArt\u00edculo 12. Obligaciones de las personas o entidades beneficiarias.<br \/>\nQuienes se beneficien deber\u00e1n cumplir las obligaciones recogidas en el art\u00edculo 13 de la Ley 6\/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura.<br \/>\nArt\u00edculo 13. Premios.<br \/>\n1. Los premios consistir\u00e1n en:<br \/>\na) Modalidad 1:<br \/>\n\u2014 Al primer municipio clasificado: Una placa distintiva, 6.000 euros, un diploma acreditativo y ser incluido en actividades organizadas por la Consejer\u00eda competente en materia de urbanismo y ordenaci\u00f3n del territorio, en las que se difunda el municipio premiado.<br \/>\n\u2014 Al segundo municipio clasificado: Una placa distintiva y un diploma acreditativo.<br \/>\nViernes, 11 de octubre de 2019 41993N\u00daMERO 197<br \/>\nb) Modalidad 2:<br \/>\n\u2014 Al primer trabajo clasificado: Una placa distintiva, 6.000 euros, un diploma acreditativo y ser incluido en actividades organizadas por la Consejer\u00eda competente en materia de urbanismo y ordenaci\u00f3n del territorio, en las que se difunda la actuaci\u00f3n de urbanizaci\u00f3n, dotaci\u00f3n o infraestructuras en espacio p\u00fablico premiada.<br \/>\n\u2014 Al segundo trabajo clasificado: Una placa distintiva y un diploma acreditativo.<br \/>\nc) Modalidad 3:<br \/>\n\u2014 Al primer trabajo clasificado: Una placa distintiva, 6.000 euros, un diploma acreditativo y ser incluido en actividades organizadas por la Consejer\u00eda competente en materia de urbanismo y ordenaci\u00f3n del territorio, en las que se difunda la planificaci\u00f3n urban\u00edstica, territorial o propuesta para la revalorizaci\u00f3n de recursos urban\u00edsticos y\/o territoriales premiada.<br \/>\n\u2014 Al segundo trabajo clasificado: Una placa distintiva y un diploma acreditativo.<br \/>\n2. La entrega de los premios se efectuar\u00e1 en un acto p\u00fablico que tendr\u00e1 lugar, preferentemente, el d\u00eda 8 de noviembre del a\u00f1o en curso, D\u00eda Mundial del Urbanismo.<br \/>\nArt\u00edculo 14. Pago de los premios concedidos.<br \/>\nEl abono de los premios ser\u00e1 efectuado de una sola vez, durante el mismo ejercicio econ\u00f3mico en el que se convocan, mediante transferencia a favor de cada uno de los autores o autoras y personas o entidades titulares de los trabajos premiados. A este fin, el primer municipio clasificado en la Modalidad I, la persona o entidad titular del primer trabajo clasificado en la Modalidad 2 y el autor o autora del primer trabajo clasificado en la Modalidad 3, deber\u00e1n presentar original del documento de \u201cAltas de Terceros\u201d ante la Consejer\u00eda competente en materia de urbanismo y ordenaci\u00f3n del territorio, en el caso de que no est\u00e9n ya dados de alta en el Subsistema de Terceros de la Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura.<br \/>\nArt\u00edculo 15. Derechos de quienes participen.<br \/>\n1. El otorgamiento de los premios no comportar\u00e1 la p\u00e9rdida o condicionamiento de los derechos de autor\u00eda.<br \/>\n2. Las personas premiados podr\u00e1n exhibir el premio otorgado en membretes, anuncios y distintivos de naturaleza comercial o promocional y llevar a cabo actuaciones publicitarias del mismo en los medios de comunicaci\u00f3n que consideren oportunos, debiendo especificar, en cualquier caso, el a\u00f1o de concesi\u00f3n del premio.<br \/>\nViernes, 11 de octubre de 2019 41994N\u00daMERO 197<br \/>\nArt\u00edculo 16. Exposici\u00f3n p\u00fablica de los trabajos.<br \/>\n1. Finalizado el procedimiento de concesi\u00f3n de los premios, se organizar\u00e1, si el jurado as\u00ed lo estima, una exposici\u00f3n p\u00fablica que incluir\u00e1 los trabajos presentados, la publicaci\u00f3n de los mismos en las redes sociales y en p\u00e1ginas web de la Administraci\u00f3n. Caso de que su n\u00famero fuese excesivo, el jurado podr\u00e1 efectuar una selecci\u00f3n de los mismos.<br \/>\n2. La documentaci\u00f3n correspondiente a las candidaturas premiadas quedar\u00e1 a disposici\u00f3n de la Consejer\u00eda con competencias en materia de ordenaci\u00f3n del territorio y urbanismo, reserv\u00e1ndose \u00e9sta el derecho de exposici\u00f3n, publicaci\u00f3n y divulgaci\u00f3n.<br \/>\n3. Concluida la exposici\u00f3n, la documentaci\u00f3n correspondiente al resto de candidaturas podr\u00e1 ser retirada por quienes las presentaron. la documentaci\u00f3n no retirada en el plazo de un mes, podr\u00e1 ser destruida por la entidad convocante.<br \/>\nArt\u00edculo 17. Incumplimiento y reintegro.<br \/>\nSin perjuicio de otras responsabilidades a que hubiere lugar, proceder\u00e1 el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del inter\u00e9s de demora desde el momento del pago del premio hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, adem\u00e1s de los casos previstos en art\u00edculo 43 de la Ley 6\/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura, por el incumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente orden.<br \/>\nArt\u00edculo 18. R\u00e9gimen de incompatibilidad.<br \/>\nA los efectos previstos en el art\u00edculo 16 n) de la Ley 6\/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura, la concesi\u00f3n de los premios regulados en la presente orden ser\u00e1 compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes p\u00fablicos o privados, nacionales, de la Uni\u00f3n Europea o de organismos internacionales.<br \/>\nDisposici\u00f3n derogatoria \u00fanica.<br \/>\nSe dejan sin efecto las bases reguladoras que se contienen en el Decreto 240\/2014, de 4 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesi\u00f3n de los premios de urbanismo y ordenaci\u00f3n del territorio de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura (DOE n.\u00ba 216, de 10 de noviembre).<br \/>\nDisposici\u00f3n final primera. Ejecuci\u00f3n y desarrollo.<br \/>\nSe faculta a la Secretar\u00eda General de la Consejer\u00eda competente en materia de ordenaci\u00f3n del territorio y urbanismo para adoptar las medidas que considere oportunas para el desarrollo y<br \/>\nViernes, 11 de octubre de 2019 41995N\u00daMERO 197<br \/>\naplicaci\u00f3n de esta orden, as\u00ed como a modificar o desarrollar los anexos que se acompa\u00f1an a la misma.<br \/>\nDisposici\u00f3n final segunda. Entrada en vigor.<br \/>\nLa presente orden entrar\u00e1 en vigor al d\u00eda siguiente de su publicaci\u00f3n en el Diario Oficial de Extremadura.<br \/>\nM\u00e9rida, 8 de octubre de 2019.<br \/>\nLa Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Poblaci\u00f3n y Territorio, BEGO\u00d1A GARC\u00cdA BERNAL<\/p>\n<p>ANEXO PREMIOS DE URBANISMO Y ORDENACI\u00d3N DEL TERRITORIO DE LA COMUNIDAD AUT\u00d3NOMA DE EXTREMADURA.<\/p>\n<p>PARTICIPANTE<\/p>\n<p>NOMBRE: _________________________________________________________<\/p>\n<p>DOMICILIO: ________________________________________________________<\/p>\n<p>TLF: ________________ FAX:______________ E MAIL:____________________<\/p>\n<p>ACTUACI\u00d3N Breve descripci\u00f3n:<\/p>\n<p>MODALIDAD A LA QUE CONCURRE<\/p>\n<p>1\u00aa MUNICIPIO EJEMPLAR POR SU VALORES URBAN\u00cdSTICOS Y\/O TERRITORIALES. Ayuntamiento de:<\/p>\n<p>2\u00aa ACTUACI\u00d3N DE URBANIZACI\u00d3N, DOTACI\u00d3N O INFRAESTRUCTURAS EN ESPACIO P\u00daBLICO. Municipio de:<\/p>\n<p>Autor\/es- Autora\/s:<\/p>\n<p>3\u00aa<br \/>\nPLANIFICACI\u00d3N O PROPUESTAS PARA LA REVALORIZACI\u00d3N DE RECURSOS URBAN\u00cdSTICOS Y\/O TERRITORIALES Autor\/es- Autora\/s:<\/p>\n<p>OPOSICI\u00d3N EXPRESA DE CONSULTA<\/p>\n<p>Me opongo a que el \u00f3rgano gestor efect\u00fae la consulta de mis datos de identidad a trav\u00e9s del Sistema de Verificaci\u00f3n de Datos de Identidad (S.V.D.I.), por lo que se adjunta fotocopia DNI\/NIE. Me opongo a que el \u00f3rgano gestor recabe de los organismos competentes las certificaciones referidas al cumplimiento de las obligaciones con la Hacienda Estatal, la Seguridad Social y la Hacienda de la Comunidad Aut\u00f3noma. En&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;.., a&#8230;&#8230;&#8230;de&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;..de 20&#8230;..<\/p>\n<p>Fdo&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;<\/p>\n<p>(Ver y aceptar al dorso Cl\u00e1usula de Protecci\u00f3n de Datos)<\/p>\n<p>M H<br \/>\nViernes, 11 de octubre de 2019 41996N\u00daMERO 197<\/p>\n<p>CL\u00c1SULA DE PROTECCI\u00d3N DE DATOS Protecci\u00f3n de datos: Se le informa que los datos facilitados en el presente impreso \/ formulario correspondiente a la Consejer\u00eda de Agricultura, Desarrollo Rural, Poblaci\u00f3n y Territorio, en concordancia con la Actividad de Tratamiento correspondiente incorporada al Registro de Actividades de Tratamientos de la misma, se tratar\u00e1n de conformidad con lo establecido en el Reglamento General de Protecci\u00f3n de Datos 2016\/679 (UE) de 27 de abril de 2016 y en la Ley Org\u00e1nica 3\/2018, de 5 de diciembre, de Protecci\u00f3n de Datos Personales y garant\u00eda de los derechos digitales.<\/p>\n<p>Responsable del tratamiento de sus datos: -Responsable Junta de Extremadura: Consejer\u00eda de Agricultura, Desarrollo Rural, Poblaci\u00f3n y Territorio. Direcci\u00f3n: Av\/ Lu\u00eds Ramallo s\/n. 06800 M\u00e9rida (Badajoz). -Correo electr\u00f3nico: informacionagraria@juntaex.es-Tel\u00e9fono:924002131. -Datos de contacto de la persona delegada de protecci\u00f3n de datos: dpd@juntaex.es<\/p>\n<p>Finalidades con las que vamos a tratar sus datos personales: Gesti\u00f3n de datos para la tramitaci\u00f3n de los premios.<\/p>\n<p>Legitimaci\u00f3n para el tratamiento de sus datos: RGPD: 6.1.c) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligaci\u00f3n legal aplicable a la persona responsable del tratamiento. Ley 6\/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura.<\/p>\n<p>Tiempo que se van a mantener sus datos personales: Se conservar\u00e1n durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.<\/p>\n<p>Personas destinatarias a las que se comunicar\u00e1n sus datos: Otros organismos u \u00f3rganos de la Administraci\u00f3n P\u00fablica sin precisar el previo consentimiento de la persona interesada, cuando as\u00ed lo prevea una norma de Derecho de la Uni\u00f3n Europea o una Ley, que determine las cesiones que procedan como consecuencia del cumplimiento de la obligaci\u00f3n legal, aunque deberemos informar de este tratamiento a la persona interesada, salvo las excepciones previstas en el art\u00edculo 14.5 del RGPD.<\/p>\n<p>Transferencias internacionales de datos: No est\u00e1n previstas transferencias internacionales de datos.<\/p>\n<p>Sus derechos en relaci\u00f3n con el tratamiento de datos: Cualquier persona tiene derecho a obtener confirmaci\u00f3n sobre la existencia de un tratamiento de sus datos, a acceder a sus datos personales, solicitar la rectificaci\u00f3n de los datos que sean inexactos o, en su caso, solicitar la supresi\u00f3n, cuando entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para los fines para los que fueron recogidos o el interesado o la interesada retire el consentimiento otorgado. En determinados supuestos la persona interesada podr\u00e1 solicitar la limitaci\u00f3n del tratamiento de sus datos, en cuyo caso s\u00f3lo los conservaremos de acuerdo con la normativa vigente. En determinados supuestos puede ejercitar su derecho a la portabilidad de los datos, que ser\u00e1n entregados en un formato estructurado, de uso com\u00fan o lectura mec\u00e1nica a usted o la nueva persona responsable de tratamiento que designe. Tiene derecho a revocar en cualquier momento el consentimiento para cualquiera de los tratamientos para los que lo ha otorgado. La Consejer\u00eda de Agricultura, Desarrollo Rural, Poblaci\u00f3n y Territorio dispone de formularios para el ejercicio de derechos que pueden ser solicitados en: http:\/\/www.juntaex.es\/con03\/tratamiento-de-datos-de-car\u00e1cter-personal o utilizar los elaborados por la Agencia Espa\u00f1ola de Protecci\u00f3n de Datos o terceros. Estos formularios deber\u00e1n ir firmados electr\u00f3nicamente o ser acompa\u00f1ados de fotocopia del DNI. Si se act\u00faa por medio de representante, de la misma manera, deber\u00e1 ir acompa\u00f1ado de copia de su DNI o con firma electr\u00f3nica. Los formularios deber\u00e1n ser presentados presencialmente en el Registro General, mediante el sistema de Administraci\u00f3n electr\u00f3nica o remitidos por correo postal o electr\u00f3nico en las direcciones que aparecen en el apartado \u201cResponsable\u201d. Tiene derecho a presentar una reclamaci\u00f3n ante la Agencia Espa\u00f1ola de Protecci\u00f3n de Datos en el supuesto que considere que no se ha atendido convenientemente el ejercicio de sus derechos. El plazo m\u00e1ximo para resolver es el de un mes a contar desde la recepci\u00f3n de su solicitud, pudiendo ser prorrogado dos meses m\u00e1s atendiendo al volumen de reclamaciones presentadas o a la complejidad de la misma. En el caso de producirse alguna modificaci\u00f3n de sus datos, le agradecemos nos lo comunique debidamente por escrito con la finalidad de mantener sus datos actualizados.<br \/>\nEn&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;.., a&#8230;&#8230;&#8230;de&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;..de 20&#8230;..<\/p>\n<p>Fdo.:&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;&#8230;<br \/>\nViernes<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>ORDEN de 8 de octubre de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesi\u00f3n de los premios de urbanismo y ordenaci\u00f3n del territorio de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[4,2812],"tags":[2117],"class_list":["post-14108","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-novedades-normativas","category-presupuestos","tag-extremadurapremios-urbanismo"],"acf":[],"yoast_head":"<!-- This site is optimized with the Yoast SEO plugin v28.6 - https:\/\/yoast.com\/product\/yoast-seo-wordpress\/ -->\n<title>Premios Urbanismo en EXTREMADURA - Normativa Municipal<\/title>\n<meta name=\"robots\" content=\"index, follow, max-snippet:-1, max-image-preview:large, max-video-preview:-1\" \/>\n<link rel=\"canonical\" href=\"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=14108\" \/>\n<meta property=\"og:locale\" content=\"es_ES\" \/>\n<meta property=\"og:type\" content=\"article\" \/>\n<meta property=\"og:title\" content=\"Premios Urbanismo en EXTREMADURA - Normativa Municipal\" \/>\n<meta property=\"og:description\" content=\"ORDEN de 8 de octubre de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesi\u00f3n de los premios de urbanismo y ordenaci\u00f3n del territorio de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura.\" \/>\n<meta property=\"og:url\" content=\"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=14108\" \/>\n<meta property=\"og:site_name\" content=\"Normativa Municipal\" \/>\n<meta property=\"article:published_time\" content=\"2020-12-23T12:51:19+00:00\" \/>\n<meta property=\"article:modified_time\" content=\"2020-12-24T10:39:10+00:00\" \/>\n<meta name=\"author\" content=\"admin\" \/>\n<meta name=\"twitter:card\" content=\"summary_large_image\" \/>\n<meta name=\"twitter:label1\" content=\"Escrito por\" \/>\n\t<meta name=\"twitter:data1\" content=\"admin\" \/>\n\t<meta name=\"twitter:label2\" content=\"Tiempo de lectura\" \/>\n\t<meta name=\"twitter:data2\" content=\"27 minutos\" \/>\n<script type=\"application\/ld+json\" class=\"yoast-schema-graph\">{\"@context\":\"https:\\\/\\\/schema.org\",\"@graph\":[{\"@type\":\"Article\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/?p=14108#article\",\"isPartOf\":{\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/?p=14108\"},\"author\":{\"name\":\"admin\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/#\\\/schema\\\/person\\\/2ba8b54e5483d680f2bb3b418ba80ba4\"},\"headline\":\"Premios Urbanismo en EXTREMADURA\",\"datePublished\":\"2020-12-23T12:51:19+00:00\",\"dateModified\":\"2020-12-24T10:39:10+00:00\",\"mainEntityOfPage\":{\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/?p=14108\"},\"wordCount\":5397,\"commentCount\":0,\"publisher\":{\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/#organization\"},\"keywords\":[\"Extremadura|Premios Urbanismo\"],\"articleSection\":[\"Novedades Normativas\",\"Presupuestos\"],\"inLanguage\":\"es\",\"potentialAction\":[{\"@type\":\"CommentAction\",\"name\":\"Comment\",\"target\":[\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/?p=14108#respond\"]}]},{\"@type\":\"WebPage\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/?p=14108\",\"url\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/?p=14108\",\"name\":\"Premios Urbanismo en EXTREMADURA - Normativa Municipal\",\"isPartOf\":{\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/#website\"},\"datePublished\":\"2020-12-23T12:51:19+00:00\",\"dateModified\":\"2020-12-24T10:39:10+00:00\",\"breadcrumb\":{\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/?p=14108#breadcrumb\"},\"inLanguage\":\"es\",\"potentialAction\":[{\"@type\":\"ReadAction\",\"target\":[\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/?p=14108\"]}]},{\"@type\":\"BreadcrumbList\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/?p=14108#breadcrumb\",\"itemListElement\":[{\"@type\":\"ListItem\",\"position\":1,\"name\":\"Portada\",\"item\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/\"},{\"@type\":\"ListItem\",\"position\":2,\"name\":\"Premios Urbanismo en EXTREMADURA\"}]},{\"@type\":\"WebSite\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/#website\",\"url\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/\",\"name\":\"Normativa Municipal\",\"description\":\"Comentarios doctrinales\",\"publisher\":{\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/#organization\"},\"potentialAction\":[{\"@type\":\"SearchAction\",\"target\":{\"@type\":\"EntryPoint\",\"urlTemplate\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/?s={search_term_string}\"},\"query-input\":{\"@type\":\"PropertyValueSpecification\",\"valueRequired\":true,\"valueName\":\"search_term_string\"}}],\"inLanguage\":\"es\"},{\"@type\":\"Organization\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/#organization\",\"name\":\"Normativa Municipal\",\"url\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/\",\"logo\":{\"@type\":\"ImageObject\",\"inLanguage\":\"es\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/#\\\/schema\\\/logo\\\/image\\\/\",\"url\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/wp-content\\\/uploads\\\/2026\\\/02\\\/logo-municipal-2-light-2.png\",\"contentUrl\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/wp-content\\\/uploads\\\/2026\\\/02\\\/logo-municipal-2-light-2.png\",\"width\":1970,\"height\":221,\"caption\":\"Normativa Municipal\"},\"image\":{\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/#\\\/schema\\\/logo\\\/image\\\/\"}},{\"@type\":\"Person\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/#\\\/schema\\\/person\\\/2ba8b54e5483d680f2bb3b418ba80ba4\",\"name\":\"admin\",\"image\":{\"@type\":\"ImageObject\",\"inLanguage\":\"es\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/secure.gravatar.com\\\/avatar\\\/3e14bec6642dd7dc0c0b739f1cdad9ad44d26b9c3d68d0f3f7a2a173854103af?s=96&d=mm&r=g\",\"url\":\"https:\\\/\\\/secure.gravatar.com\\\/avatar\\\/3e14bec6642dd7dc0c0b739f1cdad9ad44d26b9c3d68d0f3f7a2a173854103af?s=96&d=mm&r=g\",\"contentUrl\":\"https:\\\/\\\/secure.gravatar.com\\\/avatar\\\/3e14bec6642dd7dc0c0b739f1cdad9ad44d26b9c3d68d0f3f7a2a173854103af?s=96&d=mm&r=g\",\"caption\":\"admin\"},\"sameAs\":[\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\"],\"url\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/?author=1\"}]}<\/script>\n<!-- \/ Yoast SEO plugin. -->","yoast_head_json":{"title":"Premios Urbanismo en EXTREMADURA - Normativa Municipal","robots":{"index":"index","follow":"follow","max-snippet":"max-snippet:-1","max-image-preview":"max-image-preview:large","max-video-preview":"max-video-preview:-1"},"canonical":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=14108","og_locale":"es_ES","og_type":"article","og_title":"Premios Urbanismo en EXTREMADURA - Normativa Municipal","og_description":"ORDEN de 8 de octubre de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesi\u00f3n de los premios de urbanismo y ordenaci\u00f3n del territorio de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura.","og_url":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=14108","og_site_name":"Normativa Municipal","article_published_time":"2020-12-23T12:51:19+00:00","article_modified_time":"2020-12-24T10:39:10+00:00","author":"admin","twitter_card":"summary_large_image","twitter_misc":{"Escrito por":"admin","Tiempo de lectura":"27 minutos"},"schema":{"@context":"https:\/\/schema.org","@graph":[{"@type":"Article","@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=14108#article","isPartOf":{"@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=14108"},"author":{"name":"admin","@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/#\/schema\/person\/2ba8b54e5483d680f2bb3b418ba80ba4"},"headline":"Premios Urbanismo en EXTREMADURA","datePublished":"2020-12-23T12:51:19+00:00","dateModified":"2020-12-24T10:39:10+00:00","mainEntityOfPage":{"@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=14108"},"wordCount":5397,"commentCount":0,"publisher":{"@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/#organization"},"keywords":["Extremadura|Premios Urbanismo"],"articleSection":["Novedades Normativas","Presupuestos"],"inLanguage":"es","potentialAction":[{"@type":"CommentAction","name":"Comment","target":["https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=14108#respond"]}]},{"@type":"WebPage","@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=14108","url":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=14108","name":"Premios Urbanismo en EXTREMADURA - Normativa Municipal","isPartOf":{"@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/#website"},"datePublished":"2020-12-23T12:51:19+00:00","dateModified":"2020-12-24T10:39:10+00:00","breadcrumb":{"@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=14108#breadcrumb"},"inLanguage":"es","potentialAction":[{"@type":"ReadAction","target":["https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=14108"]}]},{"@type":"BreadcrumbList","@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=14108#breadcrumb","itemListElement":[{"@type":"ListItem","position":1,"name":"Portada","item":"https:\/\/normativamunicipal.com\/"},{"@type":"ListItem","position":2,"name":"Premios Urbanismo en EXTREMADURA"}]},{"@type":"WebSite","@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/#website","url":"https:\/\/normativamunicipal.com\/","name":"Normativa Municipal","description":"Comentarios doctrinales","publisher":{"@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/#organization"},"potentialAction":[{"@type":"SearchAction","target":{"@type":"EntryPoint","urlTemplate":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?s={search_term_string}"},"query-input":{"@type":"PropertyValueSpecification","valueRequired":true,"valueName":"search_term_string"}}],"inLanguage":"es"},{"@type":"Organization","@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/#organization","name":"Normativa Municipal","url":"https:\/\/normativamunicipal.com\/","logo":{"@type":"ImageObject","inLanguage":"es","@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/#\/schema\/logo\/image\/","url":"https:\/\/normativamunicipal.com\/wp-content\/uploads\/2026\/02\/logo-municipal-2-light-2.png","contentUrl":"https:\/\/normativamunicipal.com\/wp-content\/uploads\/2026\/02\/logo-municipal-2-light-2.png","width":1970,"height":221,"caption":"Normativa Municipal"},"image":{"@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/#\/schema\/logo\/image\/"}},{"@type":"Person","@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/#\/schema\/person\/2ba8b54e5483d680f2bb3b418ba80ba4","name":"admin","image":{"@type":"ImageObject","inLanguage":"es","@id":"https:\/\/secure.gravatar.com\/avatar\/3e14bec6642dd7dc0c0b739f1cdad9ad44d26b9c3d68d0f3f7a2a173854103af?s=96&d=mm&r=g","url":"https:\/\/secure.gravatar.com\/avatar\/3e14bec6642dd7dc0c0b739f1cdad9ad44d26b9c3d68d0f3f7a2a173854103af?s=96&d=mm&r=g","contentUrl":"https:\/\/secure.gravatar.com\/avatar\/3e14bec6642dd7dc0c0b739f1cdad9ad44d26b9c3d68d0f3f7a2a173854103af?s=96&d=mm&r=g","caption":"admin"},"sameAs":["https:\/\/normativamunicipal.com"],"url":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?author=1"}]}},"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/normativamunicipal.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/14108","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/normativamunicipal.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/normativamunicipal.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/normativamunicipal.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/normativamunicipal.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=14108"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/normativamunicipal.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/14108\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":15350,"href":"https:\/\/normativamunicipal.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/14108\/revisions\/15350"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/normativamunicipal.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=14108"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/normativamunicipal.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=14108"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/normativamunicipal.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=14108"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}