{"id":14159,"date":"2020-12-23T12:51:50","date_gmt":"2020-12-23T12:51:50","guid":{"rendered":"https:\/\/normativamunicipal.com\/uncategorized\/inversion-territorial-integrada-andalucia\/"},"modified":"2020-12-23T12:51:50","modified_gmt":"2020-12-23T12:51:50","slug":"inversion-territorial-integrada-andalucia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=14159","title":{"rendered":"Inversi\u00f3n Territorial Integrada ANDALUCIA"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Decreto 585\/2019, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Sistema de Gobernanza, Transparencia y Participaci\u00f3n Institucional de la Inversi\u00f3n Territorial Integrada 2014-2020 para la provincia de Ja\u00e9n.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><!--more-->[sc name=\u00bbGu\u00eda del Interventor Municipal\u00bb ]<br \/>\nLa Inversi\u00f3n Territorial Integrada es un instrumento dise\u00f1ado por la Uni\u00f3n Europea para apoyar un conjunto de acciones incorporadas en un \u00e1rea geogr\u00e1fica determinada con el objetivo de dar respuesta a las necesidades o retos concretos de esa zona. Es, por tanto, un instrumento de gesti\u00f3n definido en el art\u00edculo 36 del Reglamento (UE) n\u00fam. 1303\/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesi\u00f3n, al Fondo Europeo Agr\u00edcola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Mar\u00edtimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesi\u00f3n y al Fondo Europeo Mar\u00edtimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n\u00fam. 1083\/2006, del Consejo, que permite aplicar un enfoque territorial, provincial en este caso, en la concepci\u00f3n e implementaci\u00f3n de pol\u00edticas p\u00fablicas apoyadas por los Fondos Estructurales y de Inversi\u00f3n Europeos (Fondos EIE), bajo los principios de coordinaci\u00f3n y cooperaci\u00f3n en las actuaciones de las Administraciones P\u00fablicas.<br \/>\nEl Acuerdo de Asociaci\u00f3n de Espa\u00f1a 2014-2020 recoge la estrategia de inversi\u00f3n de los Fondos EIE en Espa\u00f1a, sus prioridades y disposiciones, su implementaci\u00f3n efectiva y eficiente, en aras de lograr un crecimiento inteligente, sostenible e integrador. Fue elaborado por la Direcci\u00f3n General de Fondos Europeos, del Ministerio de Hacienda, en colaboraci\u00f3n con las Comunidades Aut\u00f3nomas, en desarrollo del art\u00edculo 14 y siguientes del Reglamento (UE) n\u00fam. 1303\/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, as\u00ed como en el art\u00edculo 36 donde se define el concepto de ITI, fue aprobado por la Comisi\u00f3n Europea con fecha 30 de octubre de 2014 y modificado en febrero de 2019 y en su apartado 3.1.2 Inversiones Territoriales Integradas (ITIS), se prev\u00e9 el desarrollo de varias Inversiones Territoriales Integradas, entre las cuales se encuentra la ITI de Ja\u00e9n (Andaluc\u00eda).<br \/>\nLa Inversi\u00f3n Territorial Integrada es un instrumento que permite implementar programas operativos de una forma transversal y recurrir a la financiaci\u00f3n de varios ejes prioritarios de uno o m\u00e1s programas operativos, facilitando as\u00ed la implementaci\u00f3n de una estrategia integrada para un territorio espec\u00edfico en el que concurren circunstancias de especial necesidad econ\u00f3mica y social, previamente identificadas mediante el oportuno diagn\u00f3stico de situaci\u00f3n en un contexto general. La Junta de Andaluc\u00eda ya aprob\u00f3 un instrumento anterior, la ITI 2014-2020 de la provincia de C\u00e1diz que, mediante Decreto 506\/2015, de 15 de diciembre, por el que se aprueban los procedimientos de gobernanza, transparencia y participaci\u00f3n institucional de la Iniciativa Territorial Integrada 2014-2020 para la provincia de C\u00e1diz, regulaba los procedimientos de gobernanza, transparencia y participaci\u00f3n institucional de la ITI.<br \/>\nCon la Inversi\u00f3n Territorial Integrada 2014-2020 para la provincia de Ja\u00e9n (en adelante ITI), se pretende paliar los graves efectos provocados por la crisis econ\u00f3mica, que han sido especialmente negativos en materia de ocupaci\u00f3n laboral, donde se recoge la segunda tasa m\u00e1s baja de toda Andaluc\u00eda. El punto de partida para la implementaci\u00f3n de la ITI lo constituye el documento de Diagn\u00f3stico de la provincia de Ja\u00e9n en el contexto de la econom\u00eda andaluza, elaborado por la Administraci\u00f3n de la Junta de Andaluc\u00eda, en el que se identifican las debilidades y amenazas que padece la econom\u00eda jiennense tras la grave crisis econ\u00f3mica. La tendencia a la concentraci\u00f3n excesiva de la actividad y el empleo en sectores marcados por una alta temporalidad, la baja productividad y la escasa competitividad, entre otras. Esta dif\u00edcil coyuntura ha supuesto la p\u00e9rdida de significaci\u00f3n de la industria jiennense y de otras ramas anexas, con una reducci\u00f3n del n\u00famero de empresas desde 2007 m\u00e1s intensa que la registrada en Andaluc\u00eda en dicho per\u00edodo, con el consiguiente incremento de los niveles de desempleo (tambi\u00e9n por encima de la media andaluza) y los correspondientes desequilibrios demogr\u00e1ficos de la provincia, en particular, en el medio rural.<br \/>\nLa provincia de Ja\u00e9n cuenta, no obstante, con otras oportunidades y potencialidades, como son una mayor dotaci\u00f3n de red viaria en funci\u00f3n de la poblaci\u00f3n, si se compara con el promedio regional, y su ubicaci\u00f3n estrat\u00e9gica como nodo log\u00edstico para la entrada y salida de Andaluc\u00eda, integrado en el corredor mediterr\u00e1neo, la A-4 y la l\u00ednea ferroviaria a Sevilla. A todo lo anterior se suma la existencia de cl\u00fasteres de empresas en los sectores de la automoci\u00f3n, aceite, pl\u00e1stico y cer\u00e1mica que pueden ser tractores de los proyectos de especializaci\u00f3n inteligente que se pongan en marcha. Y en esa misma direcci\u00f3n se destacan los recursos naturales de la provincia, como posible motor de desarrollo econ\u00f3mico, especialmente en las actividades relacionadas con el turismo y la industria energ\u00e9tica.<br \/>\nLa ITI se concibe as\u00ed, como un instrumento a trav\u00e9s del cual desarrollar otras alternativas productivas en las distintas \u00e1reas comarcales de Ja\u00e9n, para contribuir a reducir las disparidades (niveles de paro, PIB per c\u00e1pita, etc.) entre la provincia y el resto de Andaluc\u00eda y de Espa\u00f1a, as\u00ed como corregir las tendencias demogr\u00e1ficas de envejecimiento y riesgo de despoblamiento, gracias a la aplicaci\u00f3n y combinaci\u00f3n de diferentes programas operativos y fondos EIE.<br \/>\nEl pasado 25 de julio se aprob\u00f3 la Estrategia y Modelo de gesti\u00f3n de la Inversi\u00f3n Territorial Integrada (ITI) de la provincia de Ja\u00e9n, en el seno de la Comisi\u00f3n de Coordinaci\u00f3n y Seguimiento, \u00f3rgano de autoridad compartida entre el Estado y la Comunidad Aut\u00f3noma de Andaluc\u00eda, para el seguimiento de la ITI. La Estrategia de la ITI de Ja\u00e9n se constituye como el documento donde se recoge el diagn\u00f3stico de la provincia de Ja\u00e9n, as\u00ed como la estructura normativa y financiera b\u00e1sica de la ITI, el instrumento normativo y financiero en el que se apoyar\u00e1 la intervenci\u00f3n multidimensional e intersectorial para, en base a indicadores socioecon\u00f3micos, fomentar el uso integrado de los Fondos, potenciando un mejor resultado agregado con la misma cantidad de inversi\u00f3n p\u00fablica, y contribuir a los Objetivos Tem\u00e1ticos y a los Programas Operativos integrantes de la ITI, as\u00ed como a los de los objetivos de desarrollo de la provincia.<br \/>\nLa ITI 2014-2020 de la provincia de Ja\u00e9n es el instrumento espec\u00edfico que permitir\u00e1 la adopci\u00f3n de actuaciones y medidas de la pol\u00edtica econ\u00f3mica, social y medioambiental con objeto de subsanar el deterioro observado en los \u00faltimos a\u00f1os y afrontar algunos de los grandes retos. \u00c9stos han sido identificados y agrupados en ocho categor\u00edas, atendiendo a su objeto y a la naturaleza de las actuaciones que se pretenden realizar dentro de cada uno de ellos, los cuales abarcan los \u00e1mbitos y sectores que van desde el impulso y desarrollo del sector industrial, la producci\u00f3n de energ\u00edas renovables, eficiencia energ\u00e9tica, hasta el impulso del desarrollo rural sostenible, pasando por el fomento de la cultura innovadora en los agentes econ\u00f3micos y sociales, el apoyo a los sectores tur\u00edsticos y agroalimentarios, al \u00e1mbito educativo-deportivo como elemento transformador del contexto socio econ\u00f3mico, el desarrollo de las infraestructuras de transporte en base a la sostenibilidad, interoperabilidad y calidad y la promoci\u00f3n de la mejora en el acceso a bienes y servicios p\u00fablicos en los colectivos de mayor necesidad.<br \/>\nLa ITI de la provincia de Ja\u00e9n se basa en un modelo de participaci\u00f3n \u00abbottom-up\u00bb que se desarrolla a trav\u00e9s de Comisiones y de Mesas de Estrategia para establecer el di\u00e1logo permanente con los sectores productivos prioritarios, tal y como se han definido en la Estrategia y Modelo de Gesti\u00f3n donde se recogen las necesidades, retos y objetivos. Este modelo participativo busca la capacitaci\u00f3n de los agentes locales, asegurando su implicaci\u00f3n en la preparaci\u00f3n e implementaci\u00f3n del programa, as\u00ed como desplegar el potencial infrautilizado disponible a nivel local, urbano y regional.<br \/>\nSe crea as\u00ed la Comisi\u00f3n de Planificaci\u00f3n y Seguimiento de la Inversi\u00f3n Territorial Integrada, como comisi\u00f3n interdepartamental encargada de aprobar la inclusi\u00f3n de los proyectos y actuaciones que se propongan realizar en el marco de la citada Inversi\u00f3n Territorial Integrada 2014-2020 de la provincia de Ja\u00e9n. La presidencia corresponde a la persona titular de la Vicepresidencia de la Junta de Andaluc\u00eda, quedando adscrita a la Consejer\u00eda competente en materia de impulso de la actividad econ\u00f3mica de la Comunidad Aut\u00f3noma de Andaluc\u00eda y elaboraci\u00f3n de las directrices de pol\u00edtica econ\u00f3mica, cuya persona titular ostentar\u00e1 la Vicepresidencia segunda de la Comisi\u00f3n, correspondiendo la Vicepresidencia primera a la persona titular de la Consejer\u00eda competente en materia de Hacienda, y la Vicepresidencia tercera a la persona titular de la Viceconsejer\u00eda de la Consejer\u00eda competente en materia de Presidencia, que asume adem\u00e1s la coordinaci\u00f3n de todos los proyectos.<br \/>\nSe crea tambi\u00e9n la Comisi\u00f3n de Participaci\u00f3n de la Inversi\u00f3n Territorial Integrada 2014-2020 de la provincia de Ja\u00e9n, como \u00f3rgano colegiado de participaci\u00f3n social encargado de dar transparencia a las actuaciones a desarrollar, y canalizar las propuestas que le puedan formular los agentes econ\u00f3micos y sociales de los sectores afectados. Estar\u00e1 presidida por la persona titular de la Delegaci\u00f3n del Gobierno de la Junta de Andaluc\u00eda en Ja\u00e9n y formar\u00e1n parte de la misma las personas titulares de las Delegaciones Territoriales o Provinciales de las distintas Consejer\u00edas, la Diputaci\u00f3n Provincial de Ja\u00e9n y la Universidad de Ja\u00e9n, as\u00ed como representantes de las entidades empresariales y sindicales. Se prev\u00e9 la constituci\u00f3n de las Mesas de Estrategia como instrumento para la informaci\u00f3n, asesoramiento y cooperaci\u00f3n en los proyectos y actuaciones de los agentes vinculados a los respectivos sectores y que apoyar\u00e1n el funcionamiento de la Comisi\u00f3n.<br \/>\nPor otra parte, el Estatuto de Autonom\u00eda para Andaluc\u00eda establece en su art\u00edculo 47.1.1.\u00aa como competencia exclusiva de la Comunidad Aut\u00f3noma, el procedimiento administrativo derivado de las especialidades de la organizaci\u00f3n propia de la Comunidad Aut\u00f3noma, la estructura y regulaci\u00f3n de los \u00f3rganos administrativos p\u00fablicos de Andaluc\u00eda y de sus organismos aut\u00f3nomos. Y en el apartado 2.1.\u00aa establece como competencia compartida de la Comunidad Aut\u00f3noma el r\u00e9gimen jur\u00eddico de la Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma de Andaluc\u00eda y r\u00e9gimen estatutario de su personal funcionario y estatutario, as\u00ed como de su personal laboral, sin perjuicio de lo dispuesto en el art\u00edculo 76 de este Estatuto.<br \/>\nEn la elaboraci\u00f3n y tramitaci\u00f3n del presente Decreto se ha dado cumplimiento a los principios de buena regulaci\u00f3n a los que se refiere el art\u00edculo 129.1 de la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas, siendo \u00e9stos los de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jur\u00eddica, transparencia y eficiencia. En virtud de los principios de necesidad y eficacia, el apartado 2 del art\u00edculo 129 de la citada Ley establece que la iniciativa normativa debe estar justificada por una raz\u00f3n de inter\u00e9s general, basarse en una identificaci\u00f3n clara de los fines perseguidos y ser el instrumento m\u00e1s adecuado para garantizar su consecuci\u00f3n. A este respecto, el presente Decreto se fundamenta en la conveniencia de que la ITI sea un instrumento a trav\u00e9s del cual desarrollar otras alternativas productivas en las distintas \u00e1reas comarcales de Ja\u00e9n, para contribuir a reducir las disparidades (niveles de paro, PIB per c\u00e1pita, etc.) entre la provincia y el resto de Andaluc\u00eda y de Espa\u00f1a, as\u00ed como corregir las tendencias demogr\u00e1ficas de envejecimiento y riesgo de despoblamiento, gracias a la aplicaci\u00f3n y combinaci\u00f3n de diferentes programas operativos y fondos EIE. As\u00ed mismo, el presente Decreto atiende al principio de proporcionalidad establecido en el art\u00edculo 129.3 de la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, en tanto que s\u00f3lo acomete la regulaci\u00f3n imprescindible para atender a las necesidades a cubrir con esta norma y no restringe derechos. Por lo que se refiere al principio de seguridad jur\u00eddica establecido en el apartado 4 del referido art\u00edculo, el presente Decreto se enmarca adecuadamente en el ordenamiento jur\u00eddico y responde al reparto competencial establecido en la Constituci\u00f3n Espa\u00f1ola y en el Estatuto de Autonom\u00eda para Andaluc\u00eda, generando, por tanto, un marco normativo estable y predecible para la Administraci\u00f3n de la Junta de Andaluc\u00eda y sus administrados y administradas. En aplicaci\u00f3n del principio de transparencia se ha publicado la documentaci\u00f3n de su expediente para dar cumplimiento as\u00ed a la exigencia del art\u00edculo 7.c) de la Ley 19\/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica y buen gobierno, y del art\u00edculo 13.1.c) de la Ley 1\/2014, de 24 de junio, de 24 de junio, de Transparencia P\u00fablica de Andaluc\u00eda. Por \u00faltimo, respecto del principio de eficiencia del art\u00edculo 129.6 de la Ley 39\/2015, de 1 de octubre, se indica que este decreto no impone cargas administrativas para la ciudadan\u00eda ni para las empresas.<br \/>\nEn su virtud, a propuesta conjunta del Consejero de la Presidencia, Administraci\u00f3n P\u00fablica e Interior y del Consejero de Econom\u00eda, Conocimiento, Empresas y Universidad, de conformidad con lo dispuesto en los art\u00edculos 21.3 y 27.9 de la Ley 6\/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Aut\u00f3noma de Andaluc\u00eda, y previa deliberaci\u00f3n del Consejo de Gobierno, en su reuni\u00f3n del d\u00eda 29 de octubre de 2019,<br \/>\nDISPONGO<br \/>\nArt\u00edculo 1. Objeto.<br \/>\nEl presente Decreto tiene por objeto la regulaci\u00f3n del sistema de gobernanza, transparencia y participaci\u00f3n institucional de la Inversi\u00f3n Territorial Integrada 2014-2020 (en adelante ITI) para la provincia de Ja\u00e9n mediante la creaci\u00f3n de dos \u00f3rganos, la Comisi\u00f3n de Planificaci\u00f3n y Seguimiento y la Comisi\u00f3n de Participaci\u00f3n, estableciendo su naturaleza, r\u00e9gimen de funcionamiento, composici\u00f3n y funciones.<br \/>\nArt\u00edculo 2. Comisi\u00f3n de Planificaci\u00f3n y Seguimiento de la Inversi\u00f3n Territorial Integrada 2014-2020 de la provincia de Ja\u00e9n.<br \/>\n1. Se crea la Comisi\u00f3n de Planificaci\u00f3n y Seguimiento de la Inversi\u00f3n Territorial Integrada 2014-2020 de la provincia de Ja\u00e9n, cuyo r\u00e9gimen jur\u00eddico se ajustar\u00e1 a lo dispuesto en los preceptos b\u00e1sicos de la subsecci\u00f3n 1.\u00aa de la secci\u00f3n 3.\u00aa del cap\u00edtulo II del t\u00edtulo preliminar de la Ley 40\/2015, de 1 de octubre, de R\u00e9gimen Jur\u00eddico del Sector P\u00fablico, as\u00ed como el art\u00edculo 31 y el cap\u00edtulo II del t\u00edtulo IV de la Ley 9\/2007, de 22 de octubre, de la Administraci\u00f3n de la Junta de Andaluc\u00eda, sin perjuicio de la facultad de la citada Comisi\u00f3n para elaborar sus propias normas de organizaci\u00f3n interna y funcionamiento.<br \/>\n2. La Comisi\u00f3n de Planificaci\u00f3n y Seguimiento es la comisi\u00f3n interdepartamental encargada de aprobar la inclusi\u00f3n de los proyectos y actuaciones que se propongan realizar en el marco de la ITI de la provincia de Ja\u00e9n, quedando adscrita a la Consejer\u00eda competente en materia de impulso de la actividad econ\u00f3mica de la Comunidad Aut\u00f3noma de Andaluc\u00eda y elaboraci\u00f3n de las directrices de pol\u00edtica econ\u00f3mica.<br \/>\n3. La composici\u00f3n de la Comisi\u00f3n de Planificaci\u00f3n y Seguimiento se configura de la siguiente forma:<br \/>\na) Presidencia: la persona titular de la Vicepresidencia de la Junta de Andaluc\u00eda. En caso de ausencia, vacante o enfermedad de la Presidencia de la Comisi\u00f3n, las funciones de \u00e9sta ser\u00e1n desempe\u00f1adas por la Vicepresidencia Primera, salvo ausencia, vacante o enfermedad de \u00e9sta, en cuyo caso ser\u00e1n desempe\u00f1adas por la Vicepresidencia Segunda, y ante la ausencia, vacante o enfermedad de \u00e9sta, por la Vicepresidencia Tercera.<br \/>\nb) Vicepresidencia Primera: la persona titular de la Consejer\u00eda competente en materia de Hacienda o persona en quien delegue que ostente, al menos, rango de Direcci\u00f3n General.<br \/>\nc) Vicepresidencia Segunda: la persona titular de la Consejer\u00eda competente en materia de impulso de la actividad econ\u00f3mica de la Comunidad Aut\u00f3noma de Andaluc\u00eda y elaboraci\u00f3n de las directrices de pol\u00edtica econ\u00f3mica o persona en quien delegue que ostente, al menos, rango de Direcci\u00f3n General.<br \/>\nd) Vicepresidencia Tercera: la persona titular de la Viceconsejer\u00eda de la Consejer\u00eda competente en materia de Presidencia o persona en quien delegue que ostente, al menos, rango de Direcci\u00f3n General.<br \/>\ne) Formar\u00e1n parte, asimismo, de la Comisi\u00f3n, la persona titular del \u00f3rgano competente en materia de impulso y coordinaci\u00f3n de la pol\u00edtica econ\u00f3mica general de la Administraci\u00f3n de la Junta de Andaluc\u00eda, que estar\u00e1 asesorada t\u00e9cnicamente por la persona titular de la Direcci\u00f3n General de la Agencia de Innovaci\u00f3n y Desarrollo de Andaluc\u00eda (IDEA), que asistir\u00e1 a las reuniones con voz y sin voto, as\u00ed como una persona en representaci\u00f3n de la Consejer\u00eda competente en materia de Hacienda y de cada una de las Consejer\u00edas que propongan proyectos y actuaciones para su aprobaci\u00f3n en el marco de la ITI, en virtud de los previsto en el art\u00edculo 5, con rango, al menos, de Direcci\u00f3n General y que ser\u00e1n designadas por la persona titular de la Consejer\u00eda correspondiente.<br \/>\nf) Secretar\u00eda de la Comisi\u00f3n: una persona funcionaria del grupo A.1. designada por la persona titular de las funciones de coordinaci\u00f3n reguladas en el art\u00edculo 4, entre el personal adscrito a la Viceconsejer\u00eda de la Consejer\u00eda competente en materia de Presidencia, con voz y sin voto. En caso de vacante, ausencia o enfermedad, la persona titular de las funciones de coordinaci\u00f3n designar\u00e1 una persona suplente, que deber\u00e1 contar con la misma cualificaci\u00f3n y requisitos que su titular.<br \/>\n4. En la composici\u00f3n de la Comisi\u00f3n de Planificaci\u00f3n y Seguimiento deber\u00e1 respetarse la representaci\u00f3n equilibrada de mujeres y hombres en los t\u00e9rminos previstos en los art\u00edculos 18 y 19 de la Ley 9\/2007, de 22 de octubre, y en el art\u00edculo 11 de la Ley 12\/2007, de 26 de noviembre, para la promoci\u00f3n de la igualdad de g\u00e9nero en Andaluc\u00eda.<br \/>\n5. La Comisi\u00f3n de Planificaci\u00f3n y Seguimiento se reunir\u00e1 cuando se acuerde por la Presidencia, pudiendo celebrarse las sesiones a distancia de conformidad con los art\u00edculos 17.1 de la Ley 40\/2015, de 1 de octubre, y 91.3 de la Ley 9\/2007, de 22 de octubre.<br \/>\n6. El Pleno de la Comisi\u00f3n de Planificaci\u00f3n y Seguimiento podr\u00e1 crear los grupos de trabajo que se estimen necesarios, con la composici\u00f3n y funcionamiento que se determine, para estudiar, asesorar e informar sobre aspectos t\u00e9cnicos o metodol\u00f3gicos relativos a materias concretas que afectan a su \u00e1mbito.<br \/>\n7. La participaci\u00f3n en la Comisi\u00f3n de Planificaci\u00f3n y Seguimiento no supondr\u00e1 derecho a retribuci\u00f3n alguna, excepto las dietas e indemnizaciones a las que se pueda tener derecho de conformidad con la disposici\u00f3n adicional cuarta del Decreto 54\/1989, de 21 de marzo, sobre indemnizaciones por raz\u00f3n del servicio de la Junta de Andaluc\u00eda.<br \/>\n8. La Comisi\u00f3n de Planificaci\u00f3n y Seguimiento mantendr\u00e1 su existencia y funcionamiento hasta que finalicen los proyectos y actuaciones vinculadas a la Inversi\u00f3n Territorial Integrada 2014-2020 de la provincia de Ja\u00e9n.<br \/>\nArt\u00edculo 3. Funciones de la Comisi\u00f3n de Planificaci\u00f3n y Seguimiento de la Inversi\u00f3n Territorial Integrada 2014-2020 de la provincia de Ja\u00e9n.<br \/>\nSe atribuyen a la Comisi\u00f3n de Planificaci\u00f3n y Seguimiento de la Inversi\u00f3n Territorial Integrada 2014-2020 de la provincia de Ja\u00e9n las siguientes funciones:<br \/>\na) Aprobar la inclusi\u00f3n de los proyectos y actuaciones como operaciones en el marco de la ITI, con excepci\u00f3n de los correspondientes al Eje de Asistencia T\u00e9cnica, al objeto de poder realizar un seguimiento diferenciado de los mismos que permita asegurar su impacto positivo sobre la econom\u00eda de la provincia de Ja\u00e9n.<br \/>\nb) Emitir los informes que se soliciten por la Comisi\u00f3n de Participaci\u00f3n y proponer, en su caso, medidas de desarrollo de la ITI que permitan la mayor efectividad de sus actuaciones sobre la econom\u00eda de la provincia de Ja\u00e9n.<br \/>\nArt\u00edculo 4. Coordinaci\u00f3n de la Inversi\u00f3n Territorial Integrada 2014-2020 de la provincia de Ja\u00e9n.<br \/>\nSe asigna la coordinaci\u00f3n de la ITI a la Vicepresidencia Tercera de la Comisi\u00f3n de Planificaci\u00f3n y Seguimiento de la Inversi\u00f3n Territorial Integrada 2014-2020 de la provincia de Ja\u00e9n, correspondi\u00e9ndole, entre otras, las siguientes funciones:<br \/>\na) La coordinaci\u00f3n de la ITI con las distintas Consejer\u00edas con proyectos propuestos dentro de la Inversi\u00f3n Territorial Integrada de la provincia de Ja\u00e9n en concordancia con el \u00f3rgano directivo competente designado como Unidad Administradora de los fondos europeos gestionados por la Junta de Andaluc\u00eda.<br \/>\nb) La coordinaci\u00f3n con las Mesas de Estrategia reguladas en el art\u00edculo 7.2, para la elaboraci\u00f3n de propuestas con la finalidad de garantizar una eficiente colaboraci\u00f3n entre las Consejer\u00edas proponentes de las actuaciones, la Unidad Administradora de los fondos europeos gestionados por la Administraci\u00f3n de la Junta de Andaluc\u00eda y la Comisi\u00f3n de Participaci\u00f3n que contempla el art\u00edculo 6.<br \/>\nc) La propuesta de los proyectos y actuaciones para su inclusi\u00f3n como operaciones en el marco de la ITI correspondientes al Eje de Asistencia T\u00e9cnica, que ser\u00e1n aprobadas por el \u00f3rgano directivo competente designado como Unidad Administradora de los fondos europeos gestionados por la Junta de Andaluc\u00eda.<br \/>\nArt\u00edculo 5. Propuesta y ejecuci\u00f3n de los proyectos y las actuaciones.<br \/>\n1. Los proyectos o actuaciones que se presenten para su aprobaci\u00f3n en la Comisi\u00f3n de Planificaci\u00f3n y Seguimiento de la ITI de la provincia de Ja\u00e9n deber\u00e1n estar encuadrados en los \u00e1mbitos de los objetivos contemplados en los Programas Operativos FEDER, FSE, FEADER y el Programa Operativo de Empleo Juvenil.<br \/>\n2. La propuesta, puesta en marcha y ejecuci\u00f3n de los proyectos y las actuaciones objeto de la ITI corresponder\u00e1 a las Consejer\u00edas competentes por raz\u00f3n de la materia de que se trate, que ser\u00e1n, adem\u00e1s, las que los definan en el marco de la inversi\u00f3n y las que las eleven, para su aprobaci\u00f3n o modificaci\u00f3n, a la Comisi\u00f3n de Planificaci\u00f3n y Seguimiento, previa consulta y aprobaci\u00f3n de la Comisi\u00f3n de Participaci\u00f3n.<br \/>\n3. Las propuestas de proyectos y actuaciones, para su aprobaci\u00f3n por la Comisi\u00f3n de Participaci\u00f3n, deber\u00e1n contar con la correspondiente solicitud de alta de la operaci\u00f3n por el \u00f3rgano titular del programa presupuestario a cuyo cargo se desarrollan actuaciones cofinanciadas con Fondos Europeos, ajustada al modelo establecido y dirigida al \u00f3rgano directivo competente designado como Unidad Administradora de los fondos europeos gestionados por la Junta de Andaluc\u00eda, de acuerdo con lo que determinen las normas y procedimientos de gesti\u00f3n que se establecen para los Fondos Europeos en el per\u00edodo de programaci\u00f3n 2014-2020.<br \/>\n4. Asimismo, para la aprobaci\u00f3n de las propuestas de proyectos y actuaciones por la Comisi\u00f3n de Planificaci\u00f3n y Seguimiento, el \u00f3rgano directivo indicado en el apartado 3 deber\u00e1 haber emitido la correspondiente autorizaci\u00f3n expresa de su selecci\u00f3n en el \u00e1mbito del Programa Operativo correspondiente, que se emitir\u00e1 en el modelo previsto en las normas y procedimientos antes citados.<br \/>\nArt\u00edculo 6. Comisi\u00f3n de Participaci\u00f3n de la Inversi\u00f3n Territorial Integrada 2014-2020 de la provincia de Ja\u00e9n.<br \/>\n1. Se crea la Comisi\u00f3n de Participaci\u00f3n de la Inversi\u00f3n Territorial Integrada 2014-2020 de la provincia de Ja\u00e9n, como \u00f3rgano colegiado de participaci\u00f3n social encargado de dar transparencia a las actuaciones a desarrollar, y canalizar las propuestas de las Mesas de Estrategia del art\u00edculo 7.2, que se estimen convenientes para su desarrollo, as\u00ed como de su valoraci\u00f3n y, en su caso, elevaci\u00f3n a la Comisi\u00f3n de Planificaci\u00f3n y Seguimiento, a trav\u00e9s de la Consejer\u00eda competente por raz\u00f3n de la materia que se trate, quedando adscrita a la Delegaci\u00f3n del Gobierno de la Junta de Andaluc\u00eda en Ja\u00e9n.<br \/>\n2. El r\u00e9gimen jur\u00eddico de la Comisi\u00f3n de Participaci\u00f3n se ajustar\u00e1 a lo dispuesto en los preceptos b\u00e1sicos de la subsecci\u00f3n 1.\u00aa de la secci\u00f3n 3.\u00aa del cap\u00edtulo II del t\u00edtulo preliminar de la Ley 40\/2015, de 1 de octubre, as\u00ed como por el cap\u00edtulo II del t\u00edtulo preliminar del t\u00edtulo IV de la Ley 9\/2007, de 22 de octubre, sin perjuicio de la facultad de la citada Comisi\u00f3n para elaborar sus propias normas de organizaci\u00f3n interna y funcionamiento.<br \/>\n3. Formar\u00e1n parte de la Comisi\u00f3n de Participaci\u00f3n:<br \/>\na) La persona titular de la Delegaci\u00f3n del Gobierno de la Junta de Andaluc\u00eda en Ja\u00e9n, que ejercer\u00e1 la Presidencia de la misma.<br \/>\nb) La persona titular de la Vicepresidencia Tercera de la Comisi\u00f3n de Planificaci\u00f3n y Seguimiento, en el ejercicio de las funciones previstas en el art\u00edculo 4.<br \/>\nc) La persona titular de la Delegaci\u00f3n Territorial o, en su caso de la Delegaci\u00f3n Provincial, competente en materia de impulso de la actividad econ\u00f3mica y elaboraci\u00f3n de las directrices de pol\u00edtica econ\u00f3mica en Ja\u00e9n, quien ejercer\u00e1 la Vicepresidencia de la Comisi\u00f3n.<br \/>\nd) Las personas titulares de las Delegaciones Territoriales o, en su caso, de las Delegaciones Provinciales de las Consejer\u00edas que desarrollen proyectos y actuaciones en el marco de la ITI.<br \/>\ne) Dos personas en representaci\u00f3n de la Diputaci\u00f3n provincial, siendo una de ellas, la persona titular de la Presidencia de la Diputaci\u00f3n de Ja\u00e9n.<br \/>\nf) Dos personas representantes de las organizaciones sindicales m\u00e1s representativas tanto a nivel estatal como a nivel de la Comunidad Aut\u00f3noma de Andaluc\u00eda, y dos personas representantes de las organizaciones empresariales de car\u00e1cter intersectorial m\u00e1s representativas tanto a nivel estatal como a nivel de la Comunidad Aut\u00f3noma de Andaluc\u00eda.<br \/>\ng) Una persona funcionaria perteneciente al grupo A.1., con voz y sin voto, designada por la persona titular de la Delegaci\u00f3n del Gobierno de la Junta de Andaluc\u00eda en la provincia de Ja\u00e9n, entre su personal, que desempe\u00f1ar\u00e1 las funciones de Secretar\u00eda de la Comisi\u00f3n. En caso de vacante, ausencia o enfermedad, la persona titular de la Delegaci\u00f3n del Gobierno de la Junta de Andaluc\u00eda en la provincia de Ja\u00e9n designar\u00e1 una persona suplente, que deber\u00e1 contar con la misma cualificaci\u00f3n y requisitos que su titular.<br \/>\nh) Una persona en representaci\u00f3n de la Universidad de Ja\u00e9n.<br \/>\n4. En caso de ausencia, vacante o enfermedad de la Presidencia de la Comisi\u00f3n, las funciones de \u00e9sta ser\u00e1n desempe\u00f1adas por quien ejerza la Vicepresidencia.<br \/>\n5. En la composici\u00f3n de la Comisi\u00f3n de Participaci\u00f3n deber\u00e1 respetarse la representaci\u00f3n equilibrada de mujeres y hombres en los t\u00e9rminos previstos en los art\u00edculos 18 y 19 de la Ley 9\/2007, de 22 de octubre, y en el art\u00edculo 11 de la Ley 12\/2007, de 26 de noviembre.<br \/>\n6. La participaci\u00f3n en la Comisi\u00f3n de Participaci\u00f3n no supondr\u00e1 derecho a retribuci\u00f3n alguna, excepto las dietas e indemnizaciones a las que se pueda tener derecho de conformidad con la disposici\u00f3n adicional cuarta del Decreto 54\/1989, de 21 de marzo.<br \/>\nArt\u00edculo 7. Funcionamiento de la Comisi\u00f3n de Participaci\u00f3n de la Inversi\u00f3n Territorial Integrada 2014-2020 de la provincia de Ja\u00e9n.<br \/>\n1. Adem\u00e1s de las funciones recogidas en el art\u00edculo 5.2, se atribuyen a la Comisi\u00f3n de Participaci\u00f3n de la Inversi\u00f3n Territorial Integrada 2014-2020 de la provincia de Ja\u00e9n las siguientes:<br \/>\na) Recibir informaci\u00f3n sobre el desarrollo de los proyectos y actuaciones de la Inversi\u00f3n Territorial Integrada por parte de la Comisi\u00f3n de Planificaci\u00f3n y Seguimiento.<br \/>\nb) Elaboraci\u00f3n y selecci\u00f3n de los proyectos y actuaciones apoy\u00e1ndose para ello en las Mesas de Estrategia que se creen, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 2.<br \/>\nc) Proponer a la Comisi\u00f3n de Planificaci\u00f3n y Seguimiento cuantas propuestas de mejora considere necesarias, as\u00ed como la elevaci\u00f3n de informes a la misma.<br \/>\nd) Impulsar la ejecuci\u00f3n de las medidas y actuaciones integrantes de la ITI.<br \/>\n2. En el seno de la Comisi\u00f3n de Participaci\u00f3n se crear\u00e1n las Mesas de Estrategia de los sectores estrat\u00e9gicos que conforman la ITI de Ja\u00e9n, como instrumento para la informaci\u00f3n, asesoramiento y cooperaci\u00f3n en los proyectos y actuaciones de los agentes vinculados a los respectivos sectores y que apoyar\u00e1n el funcionamiento de la Comisi\u00f3n de Participaci\u00f3n, recogiendo las necesidades, fijando objetivos, organizando iniciativas y dise\u00f1ando los proyectos. La Comisi\u00f3n de participaci\u00f3n regular\u00e1 la composici\u00f3n y funcionamiento de las Mesas de Estrategia.<br \/>\n3. El Pleno de la Comisi\u00f3n de Participaci\u00f3n podr\u00e1 crear aquellos grupos de trabajo que, por raz\u00f3n de la materia concreta dentro del marco de la ITI, se consideren oportunos.<br \/>\n4. La Comisi\u00f3n de Participaci\u00f3n se reunir\u00e1 cuando se acuerde por la Presidencia, pudiendo celebrarse las sesiones a distancia de conformidad con los art\u00edculos 17.1 de la Ley 40\/2015, de 1 de octubre y 91.3 de la Ley 9\/2007, de 22 de octubre.<br \/>\n5. La Comisi\u00f3n de Participaci\u00f3n mantendr\u00e1 su existencia y funcionamiento hasta que finalicen los proyectos y actuaciones vinculadas a la ITI de la provincia de Ja\u00e9n.<br \/>\nDisposici\u00f3n derogatoria \u00fanica. Derogaci\u00f3n normativa.<br \/>\nQuedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en el presente decreto.<br \/>\nDisposici\u00f3n final primera. Desarrollo y ejecuci\u00f3n.<br \/>\nSe autoriza al Consejero de la Presidencia, Administraci\u00f3n P\u00fablica e Interior para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecuci\u00f3n de lo establecido en este decreto.<br \/>\nDisposici\u00f3n final segunda. Entrada en vigor.<br \/>\nEl presente decreto entrar\u00e1 en vigor el d\u00eda siguiente al de su publicaci\u00f3n en el Bolet\u00edn Oficial de la Junta de Andaluc\u00eda.<br \/>\nSevilla, 29 de octubre de 2019<br \/>\nJUAN MANUEL MORENO BONILLA<br \/>\nPresidente de la Junta de Andaluc\u00eda<br \/>\nEL\u00cdAS BENDODO BENASAYAG<\/p>\n<p>Consejero de la Presidencia,<br \/>\nAdministraci\u00f3n P\u00fablica e Interior<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Decreto 585\/2019, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Sistema de Gobernanza, Transparencia y Participaci\u00f3n Institucional de la Inversi\u00f3n Territorial Integrada 2014-2020 para la provincia de Ja\u00e9n.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[4],"tags":[2154],"class_list":["post-14159","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-novedades-normativas","tag-andaluciainversion-territorial"],"acf":[],"yoast_head":"<!-- This site is optimized with the Yoast SEO plugin v28.6 - 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