{"id":14310,"date":"2020-12-23T12:52:57","date_gmt":"2020-12-23T12:52:57","guid":{"rendered":"https:\/\/normativamunicipal.com\/uncategorized\/planes-estatales-proteccion-civil\/"},"modified":"2020-12-23T12:52:57","modified_gmt":"2020-12-23T12:52:57","slug":"planes-estatales-proteccion-civil","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=14310","title":{"rendered":"PLANES ESTATALES PROTECCION CIVIL"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Orden PCI\/1283\/2019, de 27 de diciembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de diciembre de 2019, por el que se modifican directrices b\u00e1sicas de planificaci\u00f3n de protecci\u00f3n civil y planes estatales de protecci\u00f3n civil para la mejora de la atenci\u00f3n a las personas con discapacidad y a otros colectivos en situaci\u00f3n de especial vulnerabilidad ante emergencias.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><!--more-->[sc name=\u00bbSeguridad P\u00fablica\u00bb ]<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Si ya es suscriptor-usuario de este servicio y no recuerda su clave de acceso solic\u00edtenosla en:\u00a0<span style=\"color: #3366ff;\"><em> <a href=\"mailto:dapp@dappeditorial.es?body=Deseo%20recordar%20contrase\u00f1a%20de%20acceso%20%Mis%20datos%20personales%20son%3A%0A%0AEmpresa%2FNombre%3A%2F E-mail%3A%0A%0ATel%C3%A9fono%3A\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">dapp@dappeditorial.es<\/a><\/em><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\nBOE de 3 de enero de 2020<br \/>\nTEXTO ORIGINAL<br \/>\nEl Consejo de Ministros, en su reuni\u00f3n de 20 de diciembre 2019, a propuesta del Ministro del Interior y de la Ministra de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, ha adoptado un Acuerdo por el que se modifican directrices b\u00e1sicas de planificaci\u00f3n de protecci\u00f3n civil y planes estatales de protecci\u00f3n civil para la mejora de la atenci\u00f3n a las personas con discapacidad y a otros colectivos en situaci\u00f3n de especial vulnerabilidad ante emergencias.<br \/>\nPara general conocimiento se dispone su publicaci\u00f3n como anexo a la presente Orden.<br \/>\nMadrid, 27 de diciembre de 2019.\u2013La Vicepresidenta del Gobierno y Ministra de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad, Carmen Calvo Poyato.<br \/>\nANEXO<br \/>\nAcuerdo por el que se modifican directrices b\u00e1sicas de planificaci\u00f3n de protecci\u00f3n civil y planes estatales de protecci\u00f3n civil para la mejora de la atenci\u00f3n a las personas con discapacidad y a otros colectivos en situaci\u00f3n de especial vulnerabilidad ante emergencias<br \/>\nLas pol\u00edticas p\u00fablicas de protecci\u00f3n civil desarrolladas en las \u00faltimas d\u00e9cadas han ayudado a disminuir el grado de vulnerabilidad de la poblaci\u00f3n en general, sin embargo, es necesario mejorar la atenci\u00f3n y la protecci\u00f3n de aquellos colectivos que por sus caracter\u00edsticas sociales o personales puedan encontrarse en una situaci\u00f3n de especial vulnerabilidad ante cat\u00e1strofes o emergencias.<br \/>\nLa Convenci\u00f3n Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas, de 13 de diciembre de 2006, establece en su art\u00edculo 11, relativo a las situaciones de riesgo y emergencias humanitarias, que \u00abLos Estados Partes adoptar\u00e1n, en virtud de las responsabilidades que les corresponden con arreglo al derecho internacional, y en concreto el derecho internacional humanitario y el derecho internacional de los derechos humanos, todas las medidas necesarias para garantizar la seguridad y la protecci\u00f3n de las personas con discapacidad en situaciones de riesgo, incluidas situaciones de conflicto armado, emergencias humanitarias y desastres naturales\u00bb.<br \/>\nEn cuanto a la accesibilidad, la Convenci\u00f3n, en su art\u00edculo 9 \u00abAccesibilidad\u00bb, insta a los pa\u00edses a asegurar que las personas con discapacidad puedan tener acceso en su entorno a los servicios p\u00fablicos, a la informaci\u00f3n y a las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y las comunicaciones. Para ello, los poderes p\u00fablicos deber\u00e1n proporcionar la informaci\u00f3n prevista para el p\u00fablico en general en formatos y tecnolog\u00edas accesibles, facilitando el uso del Braille, la lengua de signos, elementos de accesibilidad cognitiva, tales como lectura f\u00e1cil, apoyos visuales, sistemas pictogr\u00e1ficos o dise\u00f1o de entorno, y otras formas de comunicaci\u00f3n.<br \/>\nPor otra parte, la Ley 26\/2011, de 1 de agosto, de adaptaci\u00f3n normativa a la Convenci\u00f3n Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en su art\u00edculo 12, modific\u00f3 la Ley 2\/1985, de 21 de enero, sobre protecci\u00f3n civil, introduciendo, en el art\u00edculo 1 de esta \u00faltima, la consideraci\u00f3n especial de las caracter\u00edsticas del grupo social de las personas con discapacidad con respecto a la acci\u00f3n permanente de los poderes p\u00fablicos en materia de protecci\u00f3n civil y, en su art\u00edculo 9, la necesidad de incluir, dentro de los planes territoriales y especiales, los criterios que han de regir los procedimientos de actuaci\u00f3n de los diferentes servicios de intervenci\u00f3n con respecto a las personas con discapacidad. Estos criterios se han mantenido y reforzado en la vigente Ley 17\/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protecci\u00f3n Civil.<br \/>\nLa reducci\u00f3n de la vulnerabilidad frente a los desastres y, en particular, la disminuci\u00f3n de la vulnerabilidad social y personal, es uno de los aspectos clave acordados en el Marco de Sendai de las Naciones Unidas para avanzar hacia el objetivo esperado para 2030 de lograr una \u00abreducci\u00f3n sustancial del riesgo de desastres y de las p\u00e9rdidas ocasionadas por los desastres, tanto en vidas, medios de subsistencia y salud como en bienes econ\u00f3micos, f\u00edsicos, sociales, culturales y ambientales de las personas, las empresas, las comunidades y los pa\u00edses\u00bb.<br \/>\nLa Ley 17\/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protecci\u00f3n Civil, reconoce en su parte expositiva la importancia de tener en cuenta la vulnerabilidad de las personas en nuestra sociedad ante las m\u00faltiples amenazas de cat\u00e1strofes naturales, industriales o tecnol\u00f3gicas y, a tal efecto, establece que las actuaciones del Sistema se regir\u00e1n por los principios de colaboraci\u00f3n, cooperaci\u00f3n, coordinaci\u00f3n, solidaridad interterritorial, subsidiariedad, eficiencia, participaci\u00f3n, inclusi\u00f3n y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.<br \/>\nPor tal motivo, y respecto a la protecci\u00f3n en caso de cat\u00e1strofe, la citada Ley establece en su articulado que los poderes p\u00fablicos velar\u00e1n para que se adopten medidas espec\u00edficas que garanticen que las personas con discapacidad conozcan los riesgos y las medidas de autoprotecci\u00f3n y prevenci\u00f3n, sean atendidas e informadas en casos de emergencia y participen en los planes de protecci\u00f3n civil.<br \/>\nLas directrices b\u00e1sicas y los planes de protecci\u00f3n civil deber\u00e1n contener programas de informaci\u00f3n y comunicaci\u00f3n preventiva y de alerta que permitan a los ciudadanos adoptar las medidas oportunas para la salvaguarda de personas y bienes, facilitar en todo cuanto sea posible la r\u00e1pida actuaci\u00f3n de los servicios de intervenci\u00f3n, y restablecer la normalidad r\u00e1pidamente despu\u00e9s de cualquier emergencia. Estos programas de informaci\u00f3n deber\u00e1n incluir medidas que garanticen la accesibilidad universal para las personas con discapacidad y en su difusi\u00f3n es preciso asegurar la correcta recepci\u00f3n por parte de los colectivos en situaci\u00f3n de especial vulnerabilidad.<br \/>\nEs necesario que los protocolos de actuaci\u00f3n y la formaci\u00f3n de los servicios de intervenci\u00f3n en emergencias contemplen especificidades dirigidas a asegurar la eficaz protecci\u00f3n de este colectivo. A la hora de dise\u00f1ar y proyectar los protocolos de intervenci\u00f3n y prevenci\u00f3n ante emergencias se tendr\u00e1n en cuenta las aportaciones de las organizaciones representativas de las personas con discapacidad y sus familias.<br \/>\nPor \u00faltimo, es preciso que los ejercicios y simulacros para la implantaci\u00f3n y mantenimiento de los planes de protecci\u00f3n civil cuenten, en su origen y dise\u00f1o, con la participaci\u00f3n de personas con discapacidad, al objeto de adecuar su respuesta a la situaci\u00f3n y necesidades de \u00e9stas.<br \/>\nHa sido informado por el Consejo Nacional de la Discapacidad, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1855\/2009, de 4 de diciembre, por el que se regula el citado Consejo. As\u00ed como por el Consejo Nacional de Protecci\u00f3n Civil, \u00f3rgano colegiado con representatividad de todos los organismos que integran el Sistema Nacional de Protecci\u00f3n Civil, conforme a lo previsto en el art\u00edculo 13 de la Ley 17\/2015 de 9 de julio.<br \/>\nEn su virtud, a propuesta del Ministro del Interior y de la Ministra de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, y previa deliberaci\u00f3n del Consejo de Ministros en su reuni\u00f3n del d\u00eda de diciembre de 2019, acuerda:<br \/>\nPrimero.\u2003Modificaci\u00f3n de la Directriz b\u00e1sica de planificaci\u00f3n de protecci\u00f3n civil ante el riesgo de inundaciones, aprobada por Acuerdo de Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 1994.<br \/>\nLa Directriz b\u00e1sica de planificaci\u00f3n de protecci\u00f3n civil ante el riesgo de inundaciones, aprobada por Acuerdo de Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 1994, queda modificada como sigue:<br \/>\nUno.\u2003En el apartado 2 (Elementos b\u00e1sicos para la planificaci\u00f3n de protecci\u00f3n civil ante el riesgo de inundaciones) se incorporan, antes del subapartado 2.1, los p\u00e1rrafos que a continuaci\u00f3n se indican con la siguiente redacci\u00f3n:<br \/>\n\u00abEn la planificaci\u00f3n de protecci\u00f3n civil ante el riesgo de inundaciones deber\u00e1 tenerse en cuenta:<br \/>\n1.\u2003Los planes de emergencia de protecci\u00f3n civil deber\u00e1n contar con protocolos de actuaci\u00f3n espec\u00edficos en las distintas fases que garanticen una asistencia adecuada a personas con discapacidad y a otros colectivos en situaci\u00f3n de vulnerabilidad. As\u00ed mismo, dichos planes deber\u00e1n contener procedimientos de informaci\u00f3n, comunicaci\u00f3n, movilizaci\u00f3n y actuaci\u00f3n de los recursos necesarios para resolver las necesidades de las personas con discapacidad y as\u00ed garantizar una asistencia eficaz, contemplando medidas y recursos espec\u00edficos que garanticen la accesibilidad universal.<br \/>\n2.\u2003Los planes de emergencia de protecci\u00f3n civil deber\u00e1n contener programas de informaci\u00f3n preventiva y de alerta que permitan a todos los ciudadanos adoptar las medidas oportunas. Dichos programas deber\u00e1n tener los formatos adecuados y los mecanismos necesarios para que sean accesibles y comprensibles para las personas con discapacidad y otros colectivos en situaci\u00f3n de vulnerabilidad. Cuando la tarea informativa se dirija a v\u00edctimas o familiares de v\u00edctimas con discapacidad, se realizar\u00e1 con las adaptaciones necesarias y, en su caso, con ayuda de personal especializado.<br \/>\n3.\u2003Los distintos servicios de intervenci\u00f3n en emergencias deber\u00e1n recibir formaci\u00f3n espec\u00edfica para atender a dichos colectivos contando con las caracter\u00edsticas y necesidades especiales que pueden presentar\u00bb.<br \/>\nDos.\u2003En el apartado 2.4 (Medidas para la protecci\u00f3n de personas y bienes) se incorpora un nuevo p\u00e1rrafo n) con la siguiente redacci\u00f3n:<br \/>\n\u00abn)\u2003Tener en cuenta en todas sus fases las distintas necesidades de las personas con discapacidad y de otros colectivos en situaci\u00f3n de vulnerabilidad, estableciendo los protocolos de actuaci\u00f3n espec\u00edficos para garantizar su asistencia y seguridad\u00bb.<br \/>\nTres.\u2003En el apartado 3.3.2 (Funciones b\u00e1sicas) se incorpora un p\u00e1rrafo final con la siguiente redacci\u00f3n:<br \/>\n\u00abEn el desarrollo de todas sus funciones b\u00e1sicas el Plan estatal ante el riesgo de inundaciones deber\u00e1 tener en cuenta las distintas necesidades de las personas con discapacidad y otros colectivos en situaci\u00f3n de vulnerabilidad, estableciendo los protocolos de actuaci\u00f3n espec\u00edficos para garantizar su asistencia y seguridad\u00bb.<br \/>\nCuatro.\u2003En el apartado 3.4.2 (Funciones b\u00e1sicas) se incorpora un p\u00e1rrafo final con la siguiente redacci\u00f3n:<br \/>\n\u00abEn el desarrollo de todas sus funciones b\u00e1sicas los planes de Comunidades Aut\u00f3nomas ante el riesgo de inundaciones deber\u00e1n tener en cuenta las distintas necesidades de las personas con discapacidad y otros colectivos en situaci\u00f3n de vulnerabilidad, estableciendo los protocolos de actuaci\u00f3n espec\u00edficos para garantizar su asistencia y seguridad\u00bb.<br \/>\nSegundo.\u2003Modificaci\u00f3n de la Directriz b\u00e1sica de planificaci\u00f3n de protecci\u00f3n civil ante el riesgo s\u00edsmico, aprobada por Acuerdo de Consejo de Ministros de 7 de abril de 1995.<br \/>\nLa Directriz b\u00e1sica de planificaci\u00f3n de protecci\u00f3n civil ante el riesgo s\u00edsmico, aprobada por Acuerdo de Consejo de Ministros de 7 de abril de 1995, queda modificada como sigue:<br \/>\nUno.\u2003En el apartado 2 (Elementos b\u00e1sicos para la planificaci\u00f3n de protecci\u00f3n civil ante el riesgo s\u00edsmico) se incorporan, antes del subapartado 2.1, los p\u00e1rrafos que a continuaci\u00f3n se indican con la siguiente redacci\u00f3n:<br \/>\n\u00abEn la planificaci\u00f3n de protecci\u00f3n civil ante el riesgo s\u00edsmico deber\u00e1 tenerse en cuenta:<br \/>\n1.\u2003Los planes de emergencia de protecci\u00f3n civil deber\u00e1n contar con protocolos de actuaci\u00f3n espec\u00edficos en las distintas fases que garanticen una asistencia adecuada a personas con discapacidad y a otros colectivos en situaci\u00f3n de vulnerabilidad. As\u00ed mismo, dichos planes deber\u00e1n contener procedimientos de informaci\u00f3n, comunicaci\u00f3n, movilizaci\u00f3n y actuaci\u00f3n de los recursos necesarios para resolver las necesidades de las personas con discapacidad y as\u00ed garantizar una asistencia eficaz, contemplando medidas y recursos espec\u00edficos que garanticen la accesibilidad universal.<br \/>\n2.\u2003Los planes de emergencia de protecci\u00f3n civil deber\u00e1n contener programas de informaci\u00f3n preventiva y de alerta que permitan a todos los ciudadanos adoptar las medidas oportunas. Dichos programas deber\u00e1n tener los formatos adecuados y los mecanismos necesarios para que sean accesibles y comprensibles para las personas con discapacidad y otros colectivos en situaci\u00f3n de vulnerabilidad. Cuando la tarea informativa se dirija a v\u00edctimas o familiares de v\u00edctimas con discapacidad, se realizar\u00e1 con las adaptaciones necesarias y, en su caso, con ayuda de personal especializado.<br \/>\n3.\u2003Los distintos servicios de intervenci\u00f3n en emergencias deber\u00e1n recibir formaci\u00f3n espec\u00edfica para atender a dichos colectivos contando con las caracter\u00edsticas y necesidades especiales que pueden presentar\u00bb.<br \/>\nDos.\u2003En el apartado 2.4.2 (Medidas de rescate, salvamento y protecci\u00f3n de la poblaci\u00f3n) se incorpora un p\u00e1rrafo final con la siguiente redacci\u00f3n:<br \/>\n\u00abTener en cuenta en todas sus fases las distintas necesidades de las personas con discapacidad y otros colectivos en situaci\u00f3n de vulnerabilidad, estableciendo los protocolos de actuaci\u00f3n espec\u00edficos para garantizar su asistencia y seguridad\u00bb.<br \/>\nTres.\u2003En el apartado 3.3.2 (Funciones b\u00e1sicas) se incorpora un p\u00e1rrafo final son la siguiente redacci\u00f3n:<br \/>\n\u00abEn el desarrollo de todas sus funciones b\u00e1sicas el Plan estatal ante el riesgo s\u00edsmico deber\u00e1 tener en cuenta las distintas necesidades de las personas con discapacidad y otros colectivos en situaci\u00f3n de vulnerabilidad, estableciendo los protocolos de actuaci\u00f3n espec\u00edficos para garantizar su asistencia y seguridad\u00bb.<br \/>\nCuatro.\u2003En el apartado 3.4.2 (Funciones b\u00e1sicas) se incorpora un p\u00e1rrafo final con la siguiente redacci\u00f3n:<br \/>\n\u00abEn el desarrollo de todas sus funciones b\u00e1sicas los planes de Comunidades Aut\u00f3nomas ante el riesgo s\u00edsmico deber\u00e1n tener en cuenta las distintas necesidades de las personas con discapacidad y otros colectivos en situaci\u00f3n de vulnerabilidad, estableciendo los protocolos de actuaci\u00f3n espec\u00edficos para garantizar su asistencia y seguridad\u00bb.<br \/>\nTercero.\u2003Modificaci\u00f3n de la Directriz b\u00e1sica de planificaci\u00f3n de protecci\u00f3n civil ante el riesgo volc\u00e1nico, aprobada por Acuerdo de Consejo de Ministros de 19 de enero de 1996.<br \/>\nLa Directriz b\u00e1sica de planificaci\u00f3n de protecci\u00f3n civil ante el riesgo volc\u00e1nico, aprobada por Acuerdo de Consejo de Ministros de 19 de enero de 1996, queda modificada como sigue:<br \/>\nUno.\u2003En el apartado 1 (Fundamento y objeto) se incorporan como p\u00e1rrafos finales los que a continuaci\u00f3n se indican con la siguiente redacci\u00f3n:<br \/>\n\u00abEn la planificaci\u00f3n de protecci\u00f3n civil ante el riesgo volc\u00e1nico deber\u00e1 tenerse en cuenta:<br \/>\n1.\u2003Los planes de emergencia de protecci\u00f3n civil deber\u00e1n contar con protocolos de actuaci\u00f3n espec\u00edficos en las distintas fases que garanticen una asistencia adecuada a personas con discapacidad y a otros colectivos en situaci\u00f3n de vulnerabilidad. As\u00ed mismo, dichos planes deber\u00e1n contener procedimientos de informaci\u00f3n, comunicaci\u00f3n, movilizaci\u00f3n y actuaci\u00f3n de los recursos necesarios para resolver las necesidades de las personas con discapacidad y as\u00ed garantizar una asistencia eficaz, contemplando medidas y recursos espec\u00edficos que garanticen la accesibilidad universal.<br \/>\n2.\u2003Los planes de emergencia de protecci\u00f3n civil deber\u00e1n contener programas de informaci\u00f3n preventiva y de alerta que permitan a todos los ciudadanos adoptar las medidas oportunas. Dichos programas deber\u00e1n tener los formatos adecuados y los mecanismos necesarios para que sean accesibles y comprensibles para las personas con discapacidad y otros colectivos en situaci\u00f3n de vulnerabilidad. Cuando la tarea informativa se dirija a v\u00edctimas o familiares de v\u00edctimas con discapacidad, se realizar\u00e1 con las adaptaciones necesarias y, en su caso, con ayuda de personal especializado.<br \/>\n3.\u2003Los distintos servicios de intervenci\u00f3n en emergencias deber\u00e1n recibir formaci\u00f3n espec\u00edfica para atender a dichos colectivos contando con las caracter\u00edsticas y necesidades especiales que pueden presentar\u00bb.<br \/>\nDos.\u2003En el apartado 3.2 (Funciones b\u00e1sicas) se incorpora un p\u00e1rrafo final con la siguiente redacci\u00f3n:<br \/>\n\u00abEn el desarrollo de todas sus funciones b\u00e1sicas el Plan estatal ante el riesgo volc\u00e1nico deber\u00e1 tener en cuenta las distintas necesidades de las personas con discapacidad y otros colectivos en situaci\u00f3n de vulnerabilidad, estableciendo los protocolos de actuaci\u00f3n espec\u00edficos para garantizar su asistencia y seguridad\u00bb.<br \/>\nTres.\u2003En el apartado 4.2 (Funciones b\u00e1sicas) se incorpora un p\u00e1rrafo final con la siguiente redacci\u00f3n:<br \/>\n\u00abEn el desarrollo de todas sus funciones b\u00e1sicas los planes de Comunidades Aut\u00f3nomas ante el riesgo volc\u00e1nico deber\u00e1n tener en cuenta las distintas necesidades de las personas con discapacidad, y otros colectivos en situaci\u00f3n de vulnerabilidad, estableciendo los protocolos de actuaci\u00f3n espec\u00edficos para garantizar su asistencia y seguridad\u00bb.<br \/>\nCuatro.\u2003En el apartado 4.3.3 (Informaci\u00f3n a la poblaci\u00f3n y sistema de alertas ante crisis volc\u00e1nicas) se incorpora un p\u00e1rrafo final con la siguiente redacci\u00f3n:<br \/>\n\u00abDichos procedimientos deber\u00e1n contener los mecanismos necesarios para que sean accesibles y comprensibles para las personas con discapacidad o colectivos en situaci\u00f3n de vulnerabilidad. Cuando la tarea informativa se dirija a v\u00edctimas o familiares de v\u00edctimas con discapacidad, se realizar\u00e1 con las adaptaciones necesarias y, en su caso, con ayuda de personal especializado\u00bb.<br \/>\nCuarto.\u2003Modificaci\u00f3n del Plan estatal de protecci\u00f3n civil ante el riesgo s\u00edsmico, aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 26 de marzo de 2010.<br \/>\nEl Plan estatal de protecci\u00f3n civil ante el riesgo s\u00edsmico, aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 26 de marzo de 2010, queda modificado como sigue:<br \/>\nUno.\u2003En el primer p\u00e1rrafo del apartado 1.3 (Objetivo y funciones b\u00e1sicas) se incorpora un inciso final con la siguiente redacci\u00f3n:<br \/>\n\u00abEn la organizaci\u00f3n y procedimientos de actuaci\u00f3n se tendr\u00e1n en cuenta las necesidades de las personas con discapacidad y otros grupos en situaci\u00f3n de vulnerabilidad\u00bb.<br \/>\nDos.\u2003En el apartado 5 (Operatividad) se incorpora, antes del subapartado 5.1, un \u00faltimo p\u00e1rrafo con la siguiente redacci\u00f3n:<br \/>\n\u00abLos protocolos de actuaci\u00f3n, en todas las fases y situaciones, contemplar\u00e1n aspectos espec\u00edficos para garantizar la asistencia y seguridad de las personas con discapacidad y otros grupos en situaci\u00f3n de vulnerabilidad\u00bb.<br \/>\nTres.\u2003En el apartado 6 (Mantenimiento e implantaci\u00f3n del plan) se incorpora, entre los objetivos del mantenimiento del plan estatal, un \u00faltimo p\u00e1rrafo con la siguiente redacci\u00f3n:<br \/>\n\u00abRealizar acciones de formaci\u00f3n dirigidas a los componentes de los servicios de intervenci\u00f3n, para que puedan atender adecuadamente las necesidades de las personas con discapacidad y otros grupos en situaci\u00f3n de vulnerabilidad\u00bb.<br \/>\nQuinto.\u2003Modificaci\u00f3n del Plan estatal de protecci\u00f3n civil ante el riesgo de inundaciones, aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 29 de julio de 2011.<br \/>\nEl Plan estatal de protecci\u00f3n civil ante el riesgo de inundaciones, aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 29 de julio de 2011, queda modificado como sigue:<br \/>\nUno.\u2003En el primer p\u00e1rrafo del apartado 1.3 (Objetivo y funciones b\u00e1sicas) se incorpora un inciso final con la siguiente redacci\u00f3n:<br \/>\n\u00abEn la organizaci\u00f3n y procedimientos de actuaci\u00f3n se tendr\u00e1n en cuenta las necesidades de las personas con discapacidad y otros grupos en situaci\u00f3n de vulnerabilidad\u00bb.<br \/>\nDos.\u2003En el apartado 6 (Operatividad) se incorpora, antes del subapartado 6.1, un \u00faltimo p\u00e1rrafo con la siguiente redacci\u00f3n:<br \/>\n\u00abLos protocolos de actuaci\u00f3n, en todas las fases y situaciones, contemplar\u00e1n aspectos espec\u00edficos para garantizar la asistencia y seguridad de las personas con discapacidad y otros grupos en situaci\u00f3n de vulnerabilidad\u00bb.<br \/>\nTres.\u2003En el apartado 7 (Mantenimiento e implantaci\u00f3n del plan) se incorpora, entre los objetivos del mantenimiento del plan estatal, un \u00faltimo p\u00e1rrafo con la siguiente redacci\u00f3n:<br \/>\n\u00abRealizar acciones de formaci\u00f3n dirigidas a los componentes de los servicios de intervenci\u00f3n, para que puedan atender adecuadamente las necesidades de las personas con discapacidad y otros grupos en situaci\u00f3n de vulnerabilidad\u00bb.<br \/>\nSexto.\u2003Modificaci\u00f3n del Plan estatal de protecci\u00f3n civil ante el riesgo volc\u00e1nico, aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 25 de enero de 2013.<br \/>\nEl Plan estatal de protecci\u00f3n civil ante el riesgo volc\u00e1nico, aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 25 de enero de 2013, queda modificado como sigue:<br \/>\nUno.\u2003En el primer p\u00e1rrafo del apartado 1.3 (Objetivo y funciones b\u00e1sicas) se incorpora un inciso final con la siguiente redacci\u00f3n:<br \/>\n\u00abEn la organizaci\u00f3n y procedimientos de actuaci\u00f3n se tendr\u00e1n en cuenta las necesidades de las personas con discapacidad y otros grupos en situaci\u00f3n de vulnerabilidad\u00bb.<br \/>\nDos.\u2003En el apartado 5 (Operatividad del plan) se incorpora, antes del subapartado 5.1, un \u00faltimo p\u00e1rrafo con la siguiente redacci\u00f3n:<br \/>\n\u00abLos protocolos de actuaci\u00f3n, en todas las fases y situaciones, contemplar\u00e1n aspectos espec\u00edficos para garantizar la asistencia y seguridad de las personas con discapacidad y otros grupos en situaci\u00f3n de vulnerabilidad\u00bb.<br \/>\nTres.\u2003En el apartado 6 (Mantenimiento e implantaci\u00f3n del plan) se incorpora, entre los objetivos del mantenimiento del plan estatal, un \u00faltimo p\u00e1rrafo con la siguiente redacci\u00f3n:<br \/>\n\u00abRealizar acciones de formaci\u00f3n dirigidas a los componentes de los servicios de intervenci\u00f3n, para que puedan atender adecuadamente las necesidades de las personas con discapacidad y otros grupos en situaci\u00f3n de vulnerabilidad\u00bb.<br \/>\nS\u00e9ptimo.\u2003Modificaci\u00f3n del Plan estatal de protecci\u00f3n civil para emergencias por incendios forestales, aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 24 de octubre de 2014.<br \/>\nEl Plan estatal de protecci\u00f3n civil para emergencias por incendios forestales, aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 24 de octubre de 2014, queda modificado como sigue:<br \/>\nUno.\u2003En el primer p\u00e1rrafo del apartado 1.3 (Objetivo y funciones b\u00e1sicas) se incorpora un inciso final con la siguiente redacci\u00f3n:<br \/>\n\u00abEn la organizaci\u00f3n y procedimientos de actuaci\u00f3n se tendr\u00e1n en cuenta las necesidades de las personas con discapacidad y otros grupos en situaci\u00f3n de vulnerabilidad\u00bb.<br \/>\nDos.\u2003En el apartado 5 (Operatividad del plan) se incorpora, antes del subapartado 5.1, un \u00faltimo p\u00e1rrafo con la siguiente redacci\u00f3n:<br \/>\n\u00abLos protocolos de actuaci\u00f3n, en todas las fases y situaciones, contemplar\u00e1n aspectos espec\u00edficos para garantizar la asistencia y seguridad de las personas con discapacidad y otros grupos en situaci\u00f3n de vulnerabilidad\u00bb.<br \/>\nTres.\u2003En el apartado 6 (Mantenimiento e implantaci\u00f3n del plan) se incorpora, entre los objetivos del mantenimiento del plan estatal, un \u00faltimo p\u00e1rrafo con la siguiente redacci\u00f3n:<br \/>\n\u00abRealizar acciones de formaci\u00f3n dirigidas a los componentes de los servicios de intervenci\u00f3n, para que puedan atender adecuadamente las necesidades de las personas con discapacidad y otros grupos en situaci\u00f3n de vulnerabilidad\u00bb.<br \/>\nDisposici\u00f3n final \u00fanica.\u2003Efectos y publicidad.<br \/>\nEste Acuerdo se publicar\u00e1 en el \u00abBolet\u00edn Oficial del Estado\u00bb y surtir\u00e1 efecto a los veinte d\u00edas de su publicaci\u00f3n.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Orden PCI\/1283\/2019, de 27 de diciembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de diciembre de 2019, por el que se modifican directrices b\u00e1sicas de planificaci\u00f3n de protecci\u00f3n civil y planes estatales de protecci\u00f3n civil para la mejora de la atenci\u00f3n a las personas con discapacidad y a otros colectivos en situaci\u00f3n de especial vulnerabilidad ante emergencias.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[4],"tags":[2269],"class_list":["post-14310","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-novedades-normativas","tag-planes-estatales-proteccion-civil"],"acf":[],"yoast_head":"<!-- This site is optimized with the Yoast SEO plugin v28.6 - https:\/\/yoast.com\/product\/yoast-seo-wordpress\/ -->\n<title>PLANES ESTATALES PROTECCION CIVIL - Normativa Municipal<\/title>\n<meta name=\"robots\" content=\"index, follow, max-snippet:-1, max-image-preview:large, max-video-preview:-1\" \/>\n<link rel=\"canonical\" href=\"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=14310\" \/>\n<meta property=\"og:locale\" content=\"es_ES\" \/>\n<meta property=\"og:type\" content=\"article\" \/>\n<meta property=\"og:title\" content=\"PLANES ESTATALES PROTECCION CIVIL - Normativa Municipal\" \/>\n<meta property=\"og:description\" content=\"Orden PCI\/1283\/2019, de 27 de diciembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de diciembre de 2019, por el que se modifican directrices b\u00e1sicas de planificaci\u00f3n de protecci\u00f3n civil y planes estatales de protecci\u00f3n civil para la mejora de la atenci\u00f3n a las personas con discapacidad y a otros colectivos en situaci\u00f3n de especial vulnerabilidad ante emergencias.\" \/>\n<meta property=\"og:url\" content=\"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=14310\" \/>\n<meta property=\"og:site_name\" content=\"Normativa Municipal\" \/>\n<meta property=\"article:published_time\" content=\"2020-12-23T12:52:57+00:00\" \/>\n<meta name=\"author\" content=\"admin\" \/>\n<meta name=\"twitter:card\" content=\"summary_large_image\" \/>\n<meta name=\"twitter:label1\" content=\"Escrito por\" \/>\n\t<meta name=\"twitter:data1\" content=\"admin\" \/>\n\t<meta name=\"twitter:label2\" content=\"Tiempo de lectura\" \/>\n\t<meta name=\"twitter:data2\" content=\"19 minutos\" \/>\n<script type=\"application\/ld+json\" class=\"yoast-schema-graph\">{\"@context\":\"https:\\\/\\\/schema.org\",\"@graph\":[{\"@type\":\"Article\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/?p=14310#article\",\"isPartOf\":{\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/?p=14310\"},\"author\":{\"name\":\"admin\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/#\\\/schema\\\/person\\\/2ba8b54e5483d680f2bb3b418ba80ba4\"},\"headline\":\"PLANES ESTATALES PROTECCION CIVIL\",\"datePublished\":\"2020-12-23T12:52:57+00:00\",\"mainEntityOfPage\":{\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/?p=14310\"},\"wordCount\":3805,\"commentCount\":0,\"publisher\":{\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/#organization\"},\"keywords\":[\"PLANES ESTATALE|S PROTECCION CIVIL\"],\"articleSection\":[\"Novedades Normativas\"],\"inLanguage\":\"es\",\"potentialAction\":[{\"@type\":\"CommentAction\",\"name\":\"Comment\",\"target\":[\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/?p=14310#respond\"]}]},{\"@type\":\"WebPage\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/?p=14310\",\"url\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/?p=14310\",\"name\":\"PLANES ESTATALES PROTECCION CIVIL - Normativa Municipal\",\"isPartOf\":{\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/#website\"},\"datePublished\":\"2020-12-23T12:52:57+00:00\",\"breadcrumb\":{\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/?p=14310#breadcrumb\"},\"inLanguage\":\"es\",\"potentialAction\":[{\"@type\":\"ReadAction\",\"target\":[\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/?p=14310\"]}]},{\"@type\":\"BreadcrumbList\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/?p=14310#breadcrumb\",\"itemListElement\":[{\"@type\":\"ListItem\",\"position\":1,\"name\":\"Portada\",\"item\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/\"},{\"@type\":\"ListItem\",\"position\":2,\"name\":\"PLANES ESTATALES PROTECCION CIVIL\"}]},{\"@type\":\"WebSite\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/#website\",\"url\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/\",\"name\":\"Normativa Municipal\",\"description\":\"Comentarios doctrinales\",\"publisher\":{\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/#organization\"},\"potentialAction\":[{\"@type\":\"SearchAction\",\"target\":{\"@type\":\"EntryPoint\",\"urlTemplate\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/?s={search_term_string}\"},\"query-input\":{\"@type\":\"PropertyValueSpecification\",\"valueRequired\":true,\"valueName\":\"search_term_string\"}}],\"inLanguage\":\"es\"},{\"@type\":\"Organization\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/#organization\",\"name\":\"Normativa Municipal\",\"url\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/\",\"logo\":{\"@type\":\"ImageObject\",\"inLanguage\":\"es\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/#\\\/schema\\\/logo\\\/image\\\/\",\"url\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/wp-content\\\/uploads\\\/2026\\\/02\\\/logo-municipal-2-light-2.png\",\"contentUrl\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/wp-content\\\/uploads\\\/2026\\\/02\\\/logo-municipal-2-light-2.png\",\"width\":1970,\"height\":221,\"caption\":\"Normativa Municipal\"},\"image\":{\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/#\\\/schema\\\/logo\\\/image\\\/\"}},{\"@type\":\"Person\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/#\\\/schema\\\/person\\\/2ba8b54e5483d680f2bb3b418ba80ba4\",\"name\":\"admin\",\"image\":{\"@type\":\"ImageObject\",\"inLanguage\":\"es\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/secure.gravatar.com\\\/avatar\\\/3e14bec6642dd7dc0c0b739f1cdad9ad44d26b9c3d68d0f3f7a2a173854103af?s=96&d=mm&r=g\",\"url\":\"https:\\\/\\\/secure.gravatar.com\\\/avatar\\\/3e14bec6642dd7dc0c0b739f1cdad9ad44d26b9c3d68d0f3f7a2a173854103af?s=96&d=mm&r=g\",\"contentUrl\":\"https:\\\/\\\/secure.gravatar.com\\\/avatar\\\/3e14bec6642dd7dc0c0b739f1cdad9ad44d26b9c3d68d0f3f7a2a173854103af?s=96&d=mm&r=g\",\"caption\":\"admin\"},\"sameAs\":[\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\"],\"url\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/?author=1\"}]}<\/script>\n<!-- \/ Yoast SEO plugin. -->","yoast_head_json":{"title":"PLANES ESTATALES PROTECCION CIVIL - Normativa Municipal","robots":{"index":"index","follow":"follow","max-snippet":"max-snippet:-1","max-image-preview":"max-image-preview:large","max-video-preview":"max-video-preview:-1"},"canonical":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=14310","og_locale":"es_ES","og_type":"article","og_title":"PLANES ESTATALES PROTECCION CIVIL - Normativa Municipal","og_description":"Orden PCI\/1283\/2019, de 27 de diciembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de diciembre de 2019, por el que se modifican directrices b\u00e1sicas de planificaci\u00f3n de protecci\u00f3n civil y planes estatales de protecci\u00f3n civil para la mejora de la atenci\u00f3n a las personas con discapacidad y a otros colectivos en situaci\u00f3n de especial vulnerabilidad ante emergencias.","og_url":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=14310","og_site_name":"Normativa Municipal","article_published_time":"2020-12-23T12:52:57+00:00","author":"admin","twitter_card":"summary_large_image","twitter_misc":{"Escrito por":"admin","Tiempo de lectura":"19 minutos"},"schema":{"@context":"https:\/\/schema.org","@graph":[{"@type":"Article","@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=14310#article","isPartOf":{"@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=14310"},"author":{"name":"admin","@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/#\/schema\/person\/2ba8b54e5483d680f2bb3b418ba80ba4"},"headline":"PLANES ESTATALES PROTECCION CIVIL","datePublished":"2020-12-23T12:52:57+00:00","mainEntityOfPage":{"@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=14310"},"wordCount":3805,"commentCount":0,"publisher":{"@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/#organization"},"keywords":["PLANES ESTATALE|S PROTECCION CIVIL"],"articleSection":["Novedades Normativas"],"inLanguage":"es","potentialAction":[{"@type":"CommentAction","name":"Comment","target":["https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=14310#respond"]}]},{"@type":"WebPage","@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=14310","url":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=14310","name":"PLANES ESTATALES PROTECCION CIVIL - Normativa Municipal","isPartOf":{"@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/#website"},"datePublished":"2020-12-23T12:52:57+00:00","breadcrumb":{"@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=14310#breadcrumb"},"inLanguage":"es","potentialAction":[{"@type":"ReadAction","target":["https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=14310"]}]},{"@type":"BreadcrumbList","@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=14310#breadcrumb","itemListElement":[{"@type":"ListItem","position":1,"name":"Portada","item":"https:\/\/normativamunicipal.com\/"},{"@type":"ListItem","position":2,"name":"PLANES ESTATALES PROTECCION CIVIL"}]},{"@type":"WebSite","@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/#website","url":"https:\/\/normativamunicipal.com\/","name":"Normativa Municipal","description":"Comentarios doctrinales","publisher":{"@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/#organization"},"potentialAction":[{"@type":"SearchAction","target":{"@type":"EntryPoint","urlTemplate":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?s={search_term_string}"},"query-input":{"@type":"PropertyValueSpecification","valueRequired":true,"valueName":"search_term_string"}}],"inLanguage":"es"},{"@type":"Organization","@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/#organization","name":"Normativa Municipal","url":"https:\/\/normativamunicipal.com\/","logo":{"@type":"ImageObject","inLanguage":"es","@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/#\/schema\/logo\/image\/","url":"https:\/\/normativamunicipal.com\/wp-content\/uploads\/2026\/02\/logo-municipal-2-light-2.png","contentUrl":"https:\/\/normativamunicipal.com\/wp-content\/uploads\/2026\/02\/logo-municipal-2-light-2.png","width":1970,"height":221,"caption":"Normativa Municipal"},"image":{"@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/#\/schema\/logo\/image\/"}},{"@type":"Person","@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/#\/schema\/person\/2ba8b54e5483d680f2bb3b418ba80ba4","name":"admin","image":{"@type":"ImageObject","inLanguage":"es","@id":"https:\/\/secure.gravatar.com\/avatar\/3e14bec6642dd7dc0c0b739f1cdad9ad44d26b9c3d68d0f3f7a2a173854103af?s=96&d=mm&r=g","url":"https:\/\/secure.gravatar.com\/avatar\/3e14bec6642dd7dc0c0b739f1cdad9ad44d26b9c3d68d0f3f7a2a173854103af?s=96&d=mm&r=g","contentUrl":"https:\/\/secure.gravatar.com\/avatar\/3e14bec6642dd7dc0c0b739f1cdad9ad44d26b9c3d68d0f3f7a2a173854103af?s=96&d=mm&r=g","caption":"admin"},"sameAs":["https:\/\/normativamunicipal.com"],"url":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?author=1"}]}},"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/normativamunicipal.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/14310","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/normativamunicipal.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/normativamunicipal.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/normativamunicipal.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/normativamunicipal.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=14310"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/normativamunicipal.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/14310\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/normativamunicipal.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=14310"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/normativamunicipal.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=14310"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/normativamunicipal.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=14310"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}