{"id":14398,"date":"2020-12-23T12:53:31","date_gmt":"2020-12-23T12:53:31","guid":{"rendered":"https:\/\/normativamunicipal.com\/uncategorized\/normas-elaboracion-presupuestos-castilla-leon\/"},"modified":"2020-12-24T10:38:10","modified_gmt":"2020-12-24T10:38:10","slug":"normas-elaboracion-presupuestos-castilla-leon","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=14398","title":{"rendered":"Normas elaboraci\u00f3n Presupuestos CASTILLA LEON"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\"><strong>ORDEN EYH\/181\/2020, de 20 de febrero, por la que se dictan las normas para la elaboraci\u00f3n de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y Le\u00f3n para el a\u00f1o 2020.<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><!--more-->[sc name=\u00bbGu\u00eda del Interventor Municipal\u00bb ]<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Si ya es suscriptor-usuario de este servicio y no recuerda su clave de acceso solic\u00edtenosla en:\u00a0<span style=\"color: #3366ff;\"><em>\u00a0<a href=\"mailto:dapp@dappeditorial.es?body=Deseo%20recordar%20contrase\u00f1a%20de%20acceso%20%Mis%20datos%20personales%20son%3A%0A%0AEmpresa%2FNombre%3A%2F E-mail%3A%0A%0ATel%C3%A9fono%3A\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">dapp@dappeditorial.e<\/a>s<\/em><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\nDe conformidad con el art\u00edculo 102 de la Ley 2\/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector P\u00fablico de la Comunidad de Castilla y Le\u00f3n (en adelante Ley de Hacienda), la presente orden dicta las normas para elaborar los Presupuestos Generales de la Comunidad para 2020, en la que se establecen los criterios de presupuestaci\u00f3n, su \u00e1mbito institucional, la estructura de los ingresos y gastos que lo componen, as\u00ed como las comisiones participantes en el proceso de elaboraci\u00f3n. Asimismo, la orden relaciona la documentaci\u00f3n requerida y sus plazos de cumplimentaci\u00f3n.<br \/>\nComo en a\u00f1os anteriores, los Presupuestos se elaborar\u00e1n de acuerdo con lo dispuesto en el art\u00edculo 3 de la Ley Org\u00e1nica 2\/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, donde se establece que la elaboraci\u00f3n, aprobaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de los Presupuestos y dem\u00e1s actuaciones que afecten a los gastos o ingresos de los distintos sujetos comprendidos en el \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n de esta ley \u2013entre los que se encuentran las Comunidades Aut\u00f3nomas\u2013 se realizar\u00e1n en un marco de estabilidad presupuestaria, coherente con la normativa europea; a\u00f1adiendo el art\u00edculo 4 que tales entes estar\u00e1n sujetos, igualmente, al principio de sostenibilidad financiera, entendido como la capacidad para financiar compromisos de gasto presentes y futuros dentro de los l\u00edmites de d\u00e9ficit y deuda p\u00fablica. L\u00edmites que conforme al art\u00edculo 15 de la Ley Org\u00e1nica 2\/2012, de 27 de abril, han sido propuestos para el conjunto de las Administraciones P\u00fablicas y sus subsectores en el Consejo de Pol\u00edtica Fiscal y Financiera del pasado 7 de febrero y ratificado por el Consejo de Ministros en su reuni\u00f3n del d\u00eda 11 de febrero, proponiendo a las Cortes Generales su aprobaci\u00f3n.<br \/>\nA pesar de que estos objetivos no han sido individualizados para cada Comunidad Aut\u00f3noma, la situaci\u00f3n de pr\u00f3rroga presupuestaria por segundo a\u00f1o consecutivo aconseja iniciar lo antes posible el proceso de elaboraci\u00f3n de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y Le\u00f3n para 2020.<br \/>\nEn consecuencia, y en virtud de lo dispuesto en el Cap\u00edtulo III del T\u00edtulo IV de la Ley 2\/2006, de 3 de mayo, se aprueban las siguientes normas para la elaboraci\u00f3n de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y Le\u00f3n para el a\u00f1o 2020.<br \/>\nCAP\u00cdTULO I<br \/>\nNormas Generales<br \/>\nArt\u00edculo 1. Criterios de presupuestaci\u00f3n.<br \/>\nLos Presupuestos Generales de la Comunidad para 2020 adecuar\u00e1n sus ingresos y gastos al cumplimiento de los objetivos de estabilidad y de deuda p\u00fablica que, conforme al art\u00edculo 16 de la Ley Org\u00e1nica 2\/2012, de 27 de abril, se establezca para la Comunidad Aut\u00f3noma, ajust\u00e1ndose al l\u00edmite de gasto no financiero que aprueben las Cortes de Castilla y Le\u00f3n, conforme al art\u00edculo 7 de la Ley 7\/2012, de 24 de octubre, de Estabilidad y Disciplina Presupuestaria, coherente con la regla de gasto prevista en el art\u00edculo 12 de la Ley Org\u00e1nica 2\/2012, de 27 de abril, y en el art\u00edculo 6 de la Ley 7\/2012, de 24 de octubre.<br \/>\nLa asignaci\u00f3n de los recursos disponibles entre los distintos programas de gasto tendr\u00e1 como l\u00edneas fundamentales la creaci\u00f3n de empleo, la calidad de los servicios p\u00fablicos y el compromiso con el medio rural, incluyendo el reto demogr\u00e1fico. Esta priorizaci\u00f3n se realizar\u00e1 conforme a las directrices de la Junta de Castilla y Le\u00f3n, garantizando, en todo caso, la cobertura de los compromisos ya adquiridos y la realizaci\u00f3n de las actuaciones cofinanciadas con recursos de car\u00e1cter finalista, tanto de la Uni\u00f3n Europea como de otras Administraciones y entes.<br \/>\nArt\u00edculo 2. \u00c1mbito institucional.<br \/>\nLos Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y Le\u00f3n comprender\u00e1n, en los t\u00e9rminos previstos en la secci\u00f3n primera del cap\u00edtulo III del t\u00edtulo IV de la Ley de Hacienda, los presupuestos correspondientes a:<br \/>\n\u2022 a) La Administraci\u00f3n General de la Comunidad.<br \/>\n\u2022 b) La Administraci\u00f3n Institucional de la Comunidad formada por los organismos aut\u00f3nomos y los entes p\u00fablicos de derecho privado.<br \/>\n\u2022 c) Las empresas p\u00fablicas.<br \/>\n\u2022 d) Las fundaciones p\u00fablicas, excepto las constituidas solamente por las universidades p\u00fablicas.<br \/>\n\u2022 e) Aquellas otras entidades u \u00f3rganos del sector p\u00fablico auton\u00f3mico que no formen parte de la Administraci\u00f3n de la Comunidad y que tengan dotaci\u00f3n diferenciada y presupuesto limitativo.<br \/>\nArt\u00edculo 3. Unidad de presupuestaci\u00f3n.<br \/>\nEl presupuesto se elaborar\u00e1 teniendo como unidad de cuenta el euro, expresado en unidades sin decimales.<br \/>\nCAP\u00cdTULO II<br \/>\nEstructura de los Presupuestos<br \/>\nSecci\u00f3n 1.\u00aa<br \/>\nEstructura de los estados de ingresos y gastos de los presupuestos<br \/>\nArt\u00edculo 4. \u00c1mbito de aplicaci\u00f3n.<br \/>\nSe presentar\u00e1n con la estructura contemplada en esta secci\u00f3n los estados de ingresos y gastos de los presupuestos correspondientes a los entes previstos en los apartados a), b) y e) del art\u00edculo 2 de la presente orden.<br \/>\nArt\u00edculo 5. Estructura del estado de ingresos.<br \/>\n1. La estructura del estado de ingresos se har\u00e1 siguiendo la clasificaci\u00f3n org\u00e1nica y econ\u00f3mica en los t\u00e9rminos previstos en los Art. 98, 99 y 100 de la Ley de la Hacienda.<br \/>\n1.1. Clasificaci\u00f3n org\u00e1nica: La clasificaci\u00f3n org\u00e1nica distinguir\u00e1 los ingresos correspondientes por un lado a la Administraci\u00f3n General y las entidades con dotaci\u00f3n diferenciada y presupuesto limitativo y, por otro lado, a cada a una de las entidades de la Administraci\u00f3n Institucional.<br \/>\n1.2. Clasificaci\u00f3n econ\u00f3mica: Los recursos incluidos en los estados de ingresos del presupuesto se ordenar\u00e1n, seg\u00fan su naturaleza econ\u00f3mica, con arreglo a la clasificaci\u00f3n por cap\u00edtulos, art\u00edculos, conceptos, subconceptos y partidas que se adjunta como Anexo III a la presente orden, y se agrupar\u00e1n separando las operaciones corrientes, las de capital y las financieras.<br \/>\nArt\u00edculo 6. Estructura del estado de gastos.<br \/>\n1. El estado de gastos se estructura teniendo en cuenta la organizaci\u00f3n de los distintos entes, los objetivos que se pretenden conseguir, la naturaleza econ\u00f3mica de los gastos y su distribuci\u00f3n territorial, todo ello seg\u00fan lo previsto en los Art. 93 a 97 de la Ley de la Hacienda.<br \/>\n1.1. La clasificaci\u00f3n org\u00e1nica que se concreta en el Anexo I, agrupa los gastos por centros gestores de los mismos:<br \/>\n\u2022 a) La Administraci\u00f3n General se dividir\u00e1 en secciones y estas a su vez en servicios.<br \/>\n\u2022 b) Los organismos aut\u00f3nomos y los entes p\u00fablicos de derecho privado ser\u00e1n servicios dentro de las secciones correspondientes a las consejer\u00edas a las que est\u00e9n adscritos.<br \/>\n\u2022 c) Los dem\u00e1s entes del sector p\u00fablico auton\u00f3mico que no formen parte de la Administraci\u00f3n de la Comunidad y que tengan dotaci\u00f3n diferenciada y presupuesto limitativo se agruparan en secciones y se podr\u00e1n dividir a su vez en servicios.<br \/>\n1.2. La clasificaci\u00f3n funcional agrupa los cr\u00e9ditos del estado de gastos en funci\u00f3n de los objetivos a conseguir en programas que a su vez se pueden dividir en subprogramas.<br \/>\nLos programas de gasto se concentran, a su vez, en grupos de programas, pol\u00edticas de gasto y \u00e1reas de gasto, de acuerdo con la clasificaci\u00f3n contenida en el Anexo II de esta orden.<br \/>\nLa Direcci\u00f3n General de Presupuestos y Estad\u00edstica, a propuesta de los centros gestores interesados, a trav\u00e9s de las secretar\u00edas generales, podr\u00e1 autorizar modificaciones en los programas y subprogramas de gasto con el fin de adaptarlos a las necesidades de gesti\u00f3n.<br \/>\n1.3. La clasificaci\u00f3n econ\u00f3mica atiende a la naturaleza econ\u00f3mica del gasto y ordena los cr\u00e9ditos en cap\u00edtulos, art\u00edculos, conceptos y subconceptos seg\u00fan se recoge en el Anexo III. Los cap\u00edtulos se agregar\u00e1n en operaciones corrientes, de capital y financieras seg\u00fan corresponda.<br \/>\nLa creaci\u00f3n de nuevos subconceptos en los cap\u00edtulos 4 y 7 ser\u00e1 aprobada por la Direcci\u00f3n General de Presupuestos y Estad\u00edstica a propuesta, en su caso, de los centros gestores interesados a trav\u00e9s de las secretar\u00edas generales.<br \/>\nLos cr\u00e9ditos correspondientes a los cap\u00edtulos 4, 6, 7 y 8 del Estado de Gastos, as\u00ed como todas aquellas dotaciones correspondientes a otros cap\u00edtulos vinculadas a recursos de car\u00e1cter finalista se desagregar\u00e1n en proyectos de gasto.<br \/>\nLos proyectos de gasto que se estime puedan ser financiados con recursos de car\u00e1cter finalista deben tener asignada la fuente de financiaci\u00f3n correspondiente.<br \/>\n1.4. La clasificaci\u00f3n territorial detallar\u00e1 los cr\u00e9ditos del estado de gastos por provincias seg\u00fan Anexo IV adjunto.<br \/>\nSecci\u00f3n 2.\u00aa<br \/>\nEstructura de los presupuestos de explotaci\u00f3n y capital<br \/>\nArt\u00edculo 7. \u00c1mbito de aplicaci\u00f3n.<br \/>\nSe presentar\u00e1n con la estructura prevista en esta secci\u00f3n los presupuestos de explotaci\u00f3n y capital a elaborar por las empresas p\u00fablicas, las fundaciones p\u00fablicas y el Consejo de la Juventud de Castilla y Le\u00f3n.<br \/>\nArt\u00edculo 8. Estructura del presupuesto de explotaci\u00f3n.<br \/>\nEl presupuesto de explotaci\u00f3n coincidir\u00e1, en su estructura, con la cuenta de p\u00e9rdidas y ganancias si bien, tal y como aparece en las fichas FEP 1, en alguno de los ep\u00edgrafes se consignar\u00e1 informaci\u00f3n espec\u00edfica por interesar conocer de forma m\u00e1s desagregada su composici\u00f3n.<br \/>\nArt\u00edculo 9. Estructura del presupuesto de capital.<br \/>\nLa estructura del presupuesto de capital detalla los or\u00edgenes de fondos y las aplicaciones de los mismos, tal y como se especifica en las fichas FEP 2.<br \/>\nArt\u00edculo 10. Documentaci\u00f3n complementaria.<br \/>\nLa documentaci\u00f3n complementaria que ha de acompa\u00f1ar a los presupuestos de explotaci\u00f3n y capital consta de:<br \/>\n\u2022 El balance de situaci\u00f3n.<br \/>\n\u2022 Los objetivos y actuaciones para el a\u00f1o 2020 y sus programas de actuaci\u00f3n plurianual, que reflejar\u00e1n los datos econ\u00f3mico-financieros provisionales para los ejercicios 2020, 2021 y 2022, seg\u00fan las estrategias y objetivos de cada entidad.<br \/>\n\u2022 Memoria explicativa del contenido de los presupuestos para 2020 y de la ejecuci\u00f3n de los ejercicios 2018 y 2019.<br \/>\n\u2022 Adicionalmente remitir\u00e1n relaci\u00f3n de las inversiones a realizar en el ejercicio y territorializaci\u00f3n por provincias cuando proceda.<br \/>\n\u2022 Especificaci\u00f3n de determinadas magnitudes socioecon\u00f3micas y otras informaciones necesarias para la toma de decisiones.<br \/>\nCAP\u00cdTULO III<br \/>\nProceso para la elaboraci\u00f3n y tramitaci\u00f3n del anteproyecto<br \/>\nArt\u00edculo 11. Comisiones participantes en el proceso de elaboraci\u00f3n de los Presupuestos Generales de la Comunidad.<br \/>\n1. Las Comisiones, cuyo funcionamiento ser\u00e1 el de un grupo de trabajo, encargadas de proponer la asignaci\u00f3n de dotaciones de acuerdo con las prioridades y criterios de presupuestaci\u00f3n contenidos en esta orden son:<br \/>\n\u2022 a) La Comisi\u00f3n Funcional del Presupuesto, que est\u00e1 presidida por el titular de la Consejer\u00eda de Econom\u00eda y Hacienda e integrada por los Secretarios Generales de las Consejer\u00edas y por el Director General de Presupuestos y Estad\u00edstica. A propuesta de cualquiera de sus miembros se podr\u00e1 convocar a representantes de los centros directivos cuya presencia se considere oportuna. El Director General de Presupuestos y Estad\u00edstica ejercer\u00e1 las funciones de Vicepresidente de la Comisi\u00f3n.<br \/>\n\u2022 Esta comisi\u00f3n analizar\u00e1 las pol\u00edticas de gasto y teniendo en cuenta los objetivos y los recursos de que se dispone para ello, formular\u00e1 propuestas sobre las prioridades de gasto a incluir en el anteproyecto de presupuestos.<br \/>\n\u2022 b) Las Comisiones de An\u00e1lisis de Programas, presididas por el Director General de Presupuestos y Estad\u00edstica e integradas por los titulares de los centros gestores de programas y los t\u00e9cnicos que, en cada momento, se considere conveniente en funci\u00f3n de los temas que deban tratarse.<br \/>\n\u2022 Corresponde a esta comisi\u00f3n analizar los programas de gasto, el coste que comportan y su coherencia con las directrices marcadas por la Comisi\u00f3n Funcional del Presupuesto y con el grado de cumplimiento de los objetivos previstos en el \u00faltimo ejercicio liquidado.<br \/>\n\u2022 Las Comisiones de An\u00e1lisis de Programas podr\u00e1n solicitar al centro gestor respectivo la informaci\u00f3n que precisen para realizar sus funciones.<br \/>\n2. El Director General de Presupuestos y Estad\u00edstica coordinar\u00e1 las propuestas de los \u00f3rganos directivos de la Consejer\u00eda de Econom\u00eda y Hacienda y de aquellos centros directivos de otras consejer\u00edas o entidades con competencia en materia de ingresos para la realizaci\u00f3n de previsiones y estimaciones que han de ser tenidas en cuenta en la elaboraci\u00f3n de los estados de ingresos del anteproyecto de los presupuestos generales de la Comunidad.<br \/>\nArt\u00edculo 12. Tramitaci\u00f3n del anteproyecto de presupuestos.<br \/>\nLa Direcci\u00f3n General de Presupuestos y Estad\u00edstica, teniendo en cuenta las propuestas formuladas por los distintos centros gestores y su proyecci\u00f3n plurianual, el escenario macroecon\u00f3mico y financiero del presupuesto y la graduaci\u00f3n de prioridades establecida por la Comisi\u00f3n Funcional del Presupuesto, elaborar\u00e1 los estados de gastos del anteproyecto de presupuestos generales de la Comunidad para el a\u00f1o 2020.<br \/>\nAs\u00ed mismo, en coordinaci\u00f3n con los dem\u00e1s \u00f3rganos directivos con competencias en la elaboraci\u00f3n de estimaciones y previsiones de ingresos, elaborar\u00e1 los estados de ingresos del anteproyecto de presupuestos generales de la Comunidad para 2020 y el texto articulado del mismo.<br \/>\nLa Direcci\u00f3n General de Presupuestos y Estad\u00edstica elevar\u00e1 los estados de gastos e ingresos y el texto articulado al titular de la Consejer\u00eda de Econom\u00eda y Hacienda, quien someter\u00e1 al acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y Le\u00f3n el anteproyecto de presupuestos generales de la Comunidad para 2020.<br \/>\nCAP\u00cdTULO IV<br \/>\nDocumentos a cumplimentar y plazos<br \/>\nArt\u00edculo 13. Remisi\u00f3n de documentaci\u00f3n.<br \/>\nSe remitir\u00e1 a la Direcci\u00f3n General de Presupuestos y Estad\u00edstica, dentro de los plazos se\u00f1alados, la documentaci\u00f3n a que se refieren los siguientes art\u00edculos.<br \/>\nArt\u00edculo 14. Texto articulado.<br \/>\nLos Secretarios Generales de las Consejer\u00edas remitir\u00e1n a la Direcci\u00f3n General de Presupuestos y Estad\u00edstica, antes del 6 de marzo de 2020, las propuestas de texto cuya inclusi\u00f3n en el articulado del anteproyecto de ley consideren procedente. Estas propuestas se ajustar\u00e1n al modelo de ficha FT\/20, que deber\u00e1 cumplimentarse como sigue:<br \/>\nEn el encabezado debe rellenarse el art\u00edculo al que se refiere la propuesta, con su n\u00famero y su denominaci\u00f3n en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y Le\u00f3n para 2018.<br \/>\nEn el recuadro correspondiente a la redacci\u00f3n anterior se consignar\u00e1 la que este art\u00edculo tiene en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y Le\u00f3n para 2018. Si la modificaci\u00f3n no afecta al art\u00edculo completo ser\u00e1 suficiente reproducir el texto del o de los p\u00e1rrafos que se vean afectados, precedido de la numeraci\u00f3n de \u00e9stos.<br \/>\nEn el recuadro correspondiente a la redacci\u00f3n propuesta, si se pretende cambiar la denominaci\u00f3n del art\u00edculo, se comenzar\u00e1 por reproducir el n\u00famero del art\u00edculo y la nueva denominaci\u00f3n. Si el t\u00edtulo del art\u00edculo no se va a ver afectado, no es necesario reproducirlo de nuevo.<br \/>\nA continuaci\u00f3n, se transcribir\u00e1 la redacci\u00f3n propuesta insertada dentro de la redacci\u00f3n anterior, de modo que las palabras, frases, p\u00e1rrafos o signos de puntuaci\u00f3n antiguos que se pretende que desaparezcan, aparecer\u00e1n tachados, y las palabras, frases, p\u00e1rrafos o signos de puntuaci\u00f3n que se desee incluir como nuevos, aparecer\u00e1n en color diferente al resto.<br \/>\nFuera de ambos recuadros se har\u00e1 constar el \u00f3rgano que formula la propuesta (consejer\u00eda u organismo aut\u00f3nomo, y direcci\u00f3n general en concreto).<br \/>\nA continuaci\u00f3n se expresar\u00e1 la justificaci\u00f3n de su necesidad y las razones de \u00edndole jur\u00eddica, pr\u00e1ctica o cualquier otra que motivan la propuesta.<br \/>\nArt\u00edculo 15. Variaciones en la estructura funcional.<br \/>\nLas propuestas sobre creaci\u00f3n, supresi\u00f3n o modificaci\u00f3n de programas y subprogramas se remitir\u00e1n a la Direcci\u00f3n General de Presupuestos y Estad\u00edstica por los Secretarios Generales correspondientes antes del 6 de marzo de 2020. Para ello deber\u00e1 cumplimentarse la ficha FE 1\/20 en la que se detallar\u00e1n los c\u00f3digos y denominaciones de los programas o subprogramas del presupuesto actual y las nuevas codificaciones y denominaciones que se propongan para el nuevo ejercicio presupuestario. Cuando la modificaci\u00f3n no afecte a la totalidad del programa o subprograma, o se altere cualquier estructura correspondiente a otra clasificaci\u00f3n no funcional, deber\u00e1 presentarse un presupuesto equivalente seg\u00fan se especifica en el art\u00edculo siguiente.<br \/>\nArt\u00edculo 16. Presupuesto equivalente del ejercicio 2019 respecto de 2020.<br \/>\nCon la finalidad de poder comparar el presupuesto a elaborar en 2020 con los aprobados en ejercicios anteriores, bien por haberse modificado la estructura presupuestaria org\u00e1nica, funcional o econ\u00f3mica, respecto de 2019, se deber\u00e1 recodificar el presupuesto de 2019 y los de los a\u00f1os anteriores con la estructura presupuestaria prevista para 2020. Para ello deber\u00e1 comunicarse a la Direcci\u00f3n General de Presupuestos y Estad\u00edstica estos cambios a trav\u00e9s de la ficha FE\/20, en la que se detallar\u00e1n los datos siguientes:<br \/>\n\u2022 En la primera columna se especificar\u00e1 si la modificaci\u00f3n afecta a los ingresos o a los gastos.<br \/>\n\u2022 En las columnas que conforman el \u00aborigen\u00bb se especificar\u00e1n los datos que presenta la estructura en 2019, modificada en 2020, atendiendo a las distintas clasificaciones: Secci\u00f3n, servicio, programa, subprograma, subconcepto y territorio. Si es la totalidad del servicio, programa, subprograma o cap\u00edtulo lo que se modifica, solamente ser\u00e1 necesario cumplimentar los datos agrupados a esos niveles, sin tener que desglosarlos a otros inferiores.<br \/>\n\u2022 En las columnas de \u00abdestino\u00bb se detallar\u00e1n los datos de la nueva estructura para 2020 siguiendo las mismas normas descritas en el apartado anterior.<br \/>\n\u2022 En la \u00faltima columna se consignar\u00e1 el porcentaje de la cuant\u00eda consignada en 2019 en las estructuras presupuestarias indicadas que se recodifica a las estructuras presupuestarias se\u00f1aladas en 2020 como destino.<br \/>\n\u2022 Se podr\u00e1 utilizar el asterisco para indicar la totalidad de los datos inferiores agrupados.<br \/>\nFecha m\u00e1xima de cumplimentaci\u00f3n: 6 de marzo de 2020.<br \/>\nArt\u00edculo 17. Estados num\u00e9ricos y documentaci\u00f3n explicativa.<br \/>\nLa documentaci\u00f3n se cumplimentar\u00e1 de acuerdo y con sujeci\u00f3n a las asignaciones que se efect\u00faen por la Comisi\u00f3n Funcional del Presupuesto, y se facilitar\u00e1 por los distintos centros gestores, utilizando en su caso la aplicaci\u00f3n inform\u00e1tica implantada al efecto, mediante la confecci\u00f3n de las siguientes fichas:<br \/>\nFD 1\/20: Recoge las partidas del estado de gastos. Los centros gestores introducir\u00e1n progresivamente los ajustes conducentes a la redacci\u00f3n definitiva. En todo caso se considerar\u00e1n, tanto los compromisos adquiridos para el a\u00f1o 2020 y siguientes en ejercicios precedentes, como los cr\u00e9ditos necesarios para la obtenci\u00f3n de recursos vinculados. Los datos se referir\u00e1n al periodo 2020-2022. La Direcci\u00f3n General de Presupuestos y Estad\u00edstica seleccionar\u00e1 los datos al nivel necesario en cada momento. La carga inicial de datos del presupuesto se realizar\u00e1 hasta el 13 de marzo de 2020.<br \/>\nFD 2\/20: Analiza las variaciones que experimentan los cap\u00edtulos de gasto respecto del ejercicio precedente, tanto en el presupuesto de cada secci\u00f3n, como en el correspondiente a cada una de las entidades de la Administraci\u00f3n Institucional (organismo aut\u00f3nomo o ente p\u00fablico de derecho privado). Fecha m\u00e1xima de cumplimentaci\u00f3n: 13 de marzo de 2020.<br \/>\nFD 3\/20 y FD 5\/20: Describen individualmente las transferencias y subvenciones corrientes y de capital, respectivamente, justificando la l\u00ednea en relaci\u00f3n con los objetivos del programa. Para su cumplimentaci\u00f3n deber\u00e1 indicarse la regulaci\u00f3n legal espec\u00edfica en que se ampara la concesi\u00f3n de cada una de las transferencias y subvenciones, los objetivos concretos que se pretenden alcanzar con las mismas y una breve descripci\u00f3n de las actuaciones que se llevar\u00e1n a cabo. Asimismo se indicar\u00e1 el tipo de beneficiarios a quienes van dirigidas. Fecha m\u00e1xima de cumplimentaci\u00f3n: 13 de marzo de 2020.<br \/>\nFD 4\/20: Enumera los proyectos que integran cada subprograma de gasto, as\u00ed como sus caracter\u00edsticas y datos esenciales correspondientes a los cap\u00edtulos 4, 6, 7 y 8 y a todas aquellas aplicaciones presupuestarias correspondientes a otros cap\u00edtulos de gasto que cuenten con financiaci\u00f3n vinculada. En los proyectos elegibles para ser financiados con recursos finalistas se deber\u00e1 especificar la fuente de financiaci\u00f3n.<br \/>\nDe acuerdo con lo establecido en la descripci\u00f3n de sistemas y procedimientos, en el manual de procedimiento aplicables a las operaciones cofinanciadas con el Programa Operativo FEDER de Castilla y Le\u00f3n 2014-2020, as\u00ed como en el art\u00edculo 6 y 7 del Decreto 8\/2017, de 15 de junio, que regula la participaci\u00f3n de los Organismos de la Comunidad de Castilla y Le\u00f3n en el desarrollo de las funciones atribuidas a la Junta de Castilla y Le\u00f3n como organismo intermedio del Programa Operativo FEDER 2014-2020, para dichos proyectos se deber\u00e1 hacer la correspondiente propuesta de selecci\u00f3n a la Direcci\u00f3n General de Presupuestos y Estad\u00edstica. A estos efectos, la Consejer\u00eda de Econom\u00eda y Hacienda facilitar\u00e1 las cuant\u00edas correspondientes a la anualidad del periodo 2020-2022 para cada fuente de financiaci\u00f3n, as\u00ed como sus respectivos c\u00f3digos. Fecha m\u00e1xima de cumplimentaci\u00f3n: 13 de marzo de 2020.<br \/>\nFD 6\/20: Detalla la totalidad de los componentes de cada proyecto de inversi\u00f3n financiera. Se relacionar\u00e1n con su c\u00f3digo y descripci\u00f3n cada uno de los proyectos de gasto en los que se distribuye la inversi\u00f3n financiera de que se trate, especificando la previsi\u00f3n presupuestaria para el ejercicio 2020 as\u00ed como lo ya ejecutado con anterioridad y lo que se prevea ejecutar en ejercicios futuros, de tal manera que la suma de las tres columnas coincida con el coste total del proyecto. Fecha m\u00e1xima de cumplimentaci\u00f3n: 13 de marzo de 2020.<br \/>\nFD 7.1\/20, FD 7.2\/20 y FD 7.3\/20: Informan de la previsi\u00f3n de los ingresos que, seg\u00fan los casos, deber\u00e1n ser estimados por los correspondientes centros gestores del gasto, tanto de la Administraci\u00f3n General y de aquellas otras entidades con dotaci\u00f3n diferenciada y presupuesto limitativo, como de la Administraci\u00f3n Institucional, o por determinados \u00f3rganos directivos de la propia Consejer\u00eda de Econom\u00eda y Hacienda. Las estimaciones se referir\u00e1n al periodo 2020-2022. Fecha m\u00e1xima de cumplimentaci\u00f3n: 6 de marzo de 2020.<br \/>\n\u2022<br \/>\no La ficha FD 7.1\/20 se refiere a los ingresos de car\u00e1cter finalista y recoge para cada uno de ellos su c\u00f3digo, denominaci\u00f3n, las fuentes de financiaci\u00f3n asociadas a cada ingreso (tambi\u00e9n con sus c\u00f3digos) y los importes estimados en los distintos a\u00f1os. Ser\u00e1 cumplimentada por los correspondientes centros gestores del gasto.<br \/>\no Cuando las fuentes de financiaci\u00f3n aparezcan por vez primera en los presupuestos a elaborar, el centro gestor cumplimentar\u00e1 asimismo la ficha FD 7.1\/20 bis. Contiene una serie de datos para su completa identificaci\u00f3n y la del correspondiente fondo, forma de intervenci\u00f3n y medida.<br \/>\no La ficha FD 7.2\/20 describe otros ingresos gestionados por el centro gestor y contiene en cada uno de ellos el c\u00f3digo, la denominaci\u00f3n, el importe en euros en el 2018 y en el 2019 (con indicaci\u00f3n de la previsi\u00f3n inicial y la recaudaci\u00f3n efectuada en ambos ejercicios), la previsi\u00f3n de recaudaci\u00f3n en el 2020, 2021 y 2022. Se explicar\u00e1n los motivos de las variaciones entre el presupuesto inicial 2018 y la previsi\u00f3n de recaudaci\u00f3n 2020. Deber\u00e1 ser cumplimentada por los correspondientes centros gestores del gasto.<br \/>\no La ficha FD 7.3\/20 contiene el importe en euros de la totalidad de los ingresos, tanto para el 2019 como la previsi\u00f3n del 2020, 2021 y 2022, as\u00ed como la correspondiente variaci\u00f3n porcentual. Ser\u00e1 cumplimentada por las Direcciones Generales de Tributos y Financiaci\u00f3n Auton\u00f3mica y de Presupuestos y Estad\u00edstica y la Direcci\u00f3n General del Tesoro y de Pol\u00edtica Financiera, cada una en el \u00e1mbito de sus respectivas competencias. En el caso de la Administraci\u00f3n Institucional, cada centro cumplimentar\u00e1 la ficha con los ingresos que le correspondan.<br \/>\nFO1\/20: Resume, para cada secci\u00f3n presupuestaria, las l\u00edneas de actuaci\u00f3n principales que orientar\u00e1n la gesti\u00f3n durante el 2020 y, en su caso, en ejercicios siguientes, as\u00ed como las metas y los programas presupuestarios relativos a cada l\u00ednea. Fecha m\u00e1xima de cumplimentaci\u00f3n: 13 de marzo de 2020.<br \/>\nFO2\/20: Describe brevemente las actuaciones y medidas a realizar en el 2020 con cada uno de los programas presupuestarios del Anexo II, indicando los recursos presupuestarios, as\u00ed como el personal y los medios materiales asignados al programa en el a\u00f1o 2020, con las variaciones respecto al ejercicio anterior. Fecha m\u00e1xima de cumplimentaci\u00f3n: 13 de marzo de 2020.<br \/>\nFO3\/20: Detalla, para cada uno de los programas de la relaci\u00f3n del Anexo II, los objetivos que se pretenden lograr en el 2020 y, en su caso, en ejercicios posteriores; las Direcciones Generales o departamentos similares encargados de su desarrollo, las actividades que se llevar\u00e1n a cabo para la consecuci\u00f3n de cada objetivo, as\u00ed como los indicadores que permitir\u00e1n conocer el grado de cumplimiento de los mismos.<br \/>\n\u2022<br \/>\no Los objetivos de cada programa ser\u00e1n acordes con los aspectos m\u00e1s relevantes de las competencias del \u00f3rgano responsable. Han de ser poco numerosos, coordinados y compatibles, expresados en t\u00e9rminos precisos, cifrados, fechados, y deber\u00e1n cumplir con los dem\u00e1s requisitos establecidos en la Orden de 12 de diciembre de 1997, de la Consejer\u00eda de Econom\u00eda y Hacienda, por la que se regula el sistema de seguimiento de programas.<br \/>\no Los objetivos de los programas de I+D+i y de la Sociedad Digital del Conocimiento (467B y 491A) deber\u00e1n estar en concordancia con los objetivos espec\u00edficos de los programas de la Estrategia Regional de Investigaci\u00f3n e Innovaci\u00f3n para una Especializaci\u00f3n Inteligente (RIS3) de Castilla y Le\u00f3n 2014-2020, y las actividades responder\u00e1n a las prioridades tem\u00e1ticas, \u00e1mbitos de actuaci\u00f3n y objetivos espec\u00edficos recogidos en los Anexos V y VI.<br \/>\no Las actividades de cada objetivo se corresponder\u00e1n con actuaciones concretas y relevantes que contribuyan al cumplimiento del objetivo, describi\u00e9ndose \u00fanicamente aquellas que sean posibles de medir y realizar su seguimiento mediante un indicador.<br \/>\no Los indicadores correspondientes a cada objetivo, ser\u00e1n, de acuerdo con la Orden de 12 de diciembre de 1997, las variables representativas de la naturaleza del objetivo, y deber\u00e1n estar cuantificados con una valoraci\u00f3n, desagregada por cap\u00edtulos si \u00e9sta es relevante, y con fijaci\u00f3n de la fecha prevista para su consecuci\u00f3n. Cada indicador se corresponder\u00e1 con una actividad de las recogidas para el objetivo al que se refiera el indicador.<br \/>\no Fecha m\u00e1xima de cumplimentaci\u00f3n: 13 de marzo de 2020.<br \/>\nFP 1\/20, FP 2\/20, FP3\/20 y FP 4\/20: La confecci\u00f3n del Anexo de personal que permite el an\u00e1lisis de los efectivos asignados a cada programa y servicio en correspondencia con las dotaciones del estado de gastos, se encomienda a la Direcci\u00f3n General de Presupuestos y Estad\u00edstica. No obstante, aquella informaci\u00f3n especial no susceptible de obtenerse mediante la explotaci\u00f3n de las bases de datos existentes en los servicios inform\u00e1ticos, habr\u00e1 de ser facilitada expresamente por los centros gestores en la ficha FP 1\/20, debiendo acompa\u00f1arse necesariamente justificaci\u00f3n suficiente de las cantidades que se reflejen, ordenadas de acuerdo con criterios de prioridad. Asimismo, se utilizar\u00e1n las fichas FP 2\/20 y FP 3\/20 para reflejar, por orden de prioridad, las propuestas de variaci\u00f3n de las relaciones de puestos de trabajo y su motivaci\u00f3n. La correspondencia entre la codificaci\u00f3n asignada en las relaciones de puesto de trabajo y la codificaci\u00f3n presupuestaria, se realizar\u00e1 mediante los listados que se facilitar\u00e1n por la Direcci\u00f3n General de Presupuestos y Estad\u00edstica.<br \/>\nAs\u00ed mismo, los centros gestores deben facilitar informaci\u00f3n de los cr\u00e9ditos de cap\u00edtulo 1 financiados con recursos finalistas, cumplimentando la ficha FP 4\/20.<br \/>\nFecha m\u00e1xima de cumplimentaci\u00f3n: 6 de marzo de 2020.<br \/>\nFEP 1.1, FEP 1.2, FEP 2.1 y FEP 2.2; FEP 3.1 y FEP 3.2; FEP 4.1 y FEP 4.2; FEP 5, FEP 6, FEP 7, FEP 8, FEP 9 y FEP 10.<br \/>\nContienen la informaci\u00f3n necesaria para confeccionar los presupuestos de las empresas y fundaciones p\u00fablicas.<br \/>\n\u2022<br \/>\no Las cuatro primeras fichas recogen los presupuestos de explotaci\u00f3n y de capital.<br \/>\no Las dos siguientes, FEP 3.1 y FEP 3.2, ponen de manifiesto la variaci\u00f3n del fondo de maniobra.<br \/>\no Las fichas FEP 4.1 y FEP 4.2 contienen una previsi\u00f3n del balance de situaci\u00f3n que va a constituir la documentaci\u00f3n anexa a los presupuestos indicados anteriormente. Todas estas fichas reflejan a qu\u00edntuple columna datos de ejecuci\u00f3n del \u00faltimo ejercicio liquidado, la ejecuci\u00f3n del ejercicio siguiente y las previsiones tanto del ejercicio a presupuestar como de los dos ejercicios siguientes. Para cada una de estas fichas se ha distinguido entre aquellas que corresponden a empresas p\u00fablicas y otros entes p\u00fablicos de las que corresponden a las fundaciones p\u00fablicas.<br \/>\no Las fichas FEP 5.1 y FEP 5.2 recogen informaci\u00f3n adicional en el ejercicio 2020 sobre aspectos contables de los recursos a percibir e inversiones a realizar. La primera reflejar\u00e1 la imputaci\u00f3n contable de las aportaciones de capital, subvenciones y dem\u00e1s transferencias que se prevea percibir en el ejercicio de cualquier entidad p\u00fablica o privada, con especificaci\u00f3n de la denominaci\u00f3n de la misma. En el caso de tratarse de alguna de las entidades cuyos Presupuestos integren los Generales de la Comunidad, se indicar\u00e1 el c\u00f3digo completo de la partida presupuestaria de la que proceden tales recursos; la segunda, el detalle por conceptos de inversi\u00f3n del saldo inicial del ejercicio, las variaciones que se produzcan en el mismo y el saldo final.<br \/>\no La ficha FEP 6 contiene los objetivos a alcanzar en el ejercicio 2020 y las acciones por las que cada uno de ellos van a desarrollarse, especificando si se trata de proyectos de inversi\u00f3n o de otro tipo de actuaciones, as\u00ed como su evaluaci\u00f3n econ\u00f3mica, individual y por objetivos.<br \/>\no La ficha FEP 7 relaciona las acciones detalladas en la ficha anterior con las provincias en que se desarrollan, con especificaci\u00f3n de la previsi\u00f3n de su coste en 2020 en cada una de las mismas. En el caso de que estas acciones tengan un \u00e1mbito temporal plurianual, es decir, una fecha de iniciaci\u00f3n y conclusi\u00f3n que superen la anualidad, se incluir\u00e1 adem\u00e1s su coste a lo largo de todo el per\u00edodo de realizaci\u00f3n, desde su inicio hasta su total ejecuci\u00f3n.<br \/>\no La ficha FEP 8 incluir\u00e1 una memoria explicativa de los presupuestos de explotaci\u00f3n y de capital del ejercicio 2020, justificando la previsi\u00f3n de las principales partidas de ingresos y gastos del presupuesto de explotaci\u00f3n y la de los or\u00edgenes y aplicaciones de fondos del presupuesto de capital y, en su caso, la cuant\u00eda y motivos por los que se solicita ayuda financiera con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad, o de cualquier otra entidad p\u00fablica o privada, con especificaci\u00f3n de la misma.<br \/>\no La ficha FEP 9 recoge una memoria explicativa de la ejecuci\u00f3n de los presupuestos de explotaci\u00f3n y de capital del ejercicio 2018 y del 2019, incluyendo el an\u00e1lisis de las desviaciones producidas en las principales partidas en ambos ejercicios y un informe sobre el grado de cumplimiento de los objetivos previstos.<br \/>\no La ficha FEP 10, por \u00faltimo, incluye una serie de magnitudes socioecon\u00f3micas que completan la informaci\u00f3n sobre las entidades p\u00fablicas, con datos de ejecuci\u00f3n en 2018 y 2019 y previsi\u00f3n para 2020, 2021 y 2022; en lo que se refiere a las subvenciones de explotaci\u00f3n y de capital, se indicar\u00e1 la entidad que las otorga, especific\u00e1ndose, en el caso de tratarse de la Junta de Castilla y Le\u00f3n, el c\u00f3digo completo del subconcepto presupuestario, con las clasificaciones org\u00e1nica, funcional, econ\u00f3mica y territorial. Los datos consignados en esta ficha deber\u00e1n coincidir con los que figuren en las fichas de presupuestos de explotaci\u00f3n y capital de cada uno de los ejercicios.<br \/>\nComo quiera que la aplicaci\u00f3n inform\u00e1tica incluye el tratamiento de estos datos, algunas de estas fichas podr\u00e1n ser confeccionadas por la Direcci\u00f3n General de Presupuestos y Estad\u00edstica sobre la base de un cuestionario global que incluye un desglose de todas las cuentas seg\u00fan el Plan General Contable tanto de las empresas como de las fundaciones p\u00fablicas. Ello, no obstante requerir\u00e1, que las Consejer\u00edas a las cuales est\u00e9n adscritas las empresas p\u00fablicas de la Comunidad o que ejerzan el protectorado en el caso de las fundaciones p\u00fablicas, presenten estas fichas y verifiquen posteriormente los documentos obtenidos.<br \/>\nFecha m\u00e1xima de cumplimentaci\u00f3n: 13 de marzo de 2020.<br \/>\nSe cumplimentar\u00e1n, adem\u00e1s de las fichas anteriores, las correspondientes a los Anexos siguientes para aportar informaci\u00f3n complementaria al presupuesto:<br \/>\nFA1\/20 Anexo de las delegaciones y transferencias de competencias a entidades locales: Los centros gestores responsables de la direcci\u00f3n y control de competencias delegadas y transferidas a las entidades locales, facilitar\u00e1n los datos necesarios para la confecci\u00f3n de los respectivos anexos. Fecha m\u00e1xima de cumplimentaci\u00f3n: 13 de marzo de 2020.<br \/>\nFA2\/20 Anexo del Plan de Cooperaci\u00f3n Local: Los centros gestores de dotaciones incluidas en el Plan de Cooperaci\u00f3n Local, tanto de la cooperaci\u00f3n econ\u00f3mica local general como de la sectorial, facilitar\u00e1n los datos necesarios para la elaboraci\u00f3n de este Anexo. El mismo ser\u00e1 confeccionado a trav\u00e9s de medios inform\u00e1ticos y ser\u00e1 verificado posteriormente por los centros gestores afectados. Fecha m\u00e1xima de cumplimentaci\u00f3n: 13 de marzo de 2020.<br \/>\nFA3\/20 Anexo de las actuaciones en Ciencia y Tecnolog\u00eda: La ficha cuya cumplimentaci\u00f3n se detalla a continuaci\u00f3n, se refiere a las actuaciones consignadas con cr\u00e9ditos presupuestados en los programas 467B y 491A, y est\u00e1 destinada a la descripci\u00f3n de la actuaci\u00f3n y su adecuaci\u00f3n a la Actualizaci\u00f3n para el periodo 2018-2020 de la Estrategia Regional de Investigaci\u00f3n e Innovaci\u00f3n para una Especializaci\u00f3n Inteligente (RIS3) de Castilla y Le\u00f3n 2014-2020.<br \/>\nEsta ficha se cumplimentar\u00e1 para actuaciones correspondientes a los cap\u00edtulos 4, 6, 7 y 8. En actuaciones correspondientes al cap\u00edtulo 6 no ser\u00e1 necesario especificar el subconcepto indic\u00e1ndose, en este caso, en el campo \u00abSUBCONCEPTO\u00bb \u00fanicamente \u00abCAP\u00cdTULO 6\u00bb. En este cap\u00edtulo se rellenar\u00e1 el c\u00f3digo PROY al que pertenece cada PEP en la columna correspondiente.<br \/>\nLos campos a rellenar son los siguientes:<br \/>\n\u2022<br \/>\no En primer lugar se describir\u00e1 la \u00abDENOMINACI\u00d3N DE LA ACTUACI\u00d3N\u00bb.<br \/>\no El campo \u00abPRIORIDAD TEM\u00c1TICA\u00bb se seleccionar\u00e1 en la celda desplegable correspondiente y son las que se recogen en el Anexo V. En el caso de que la actuaci\u00f3n descrita no est\u00e9 vinculada a ninguna de las prioridades tem\u00e1ticas, se marcar\u00e1 en la celda la opci\u00f3n \u00ab0. Sin prioridad tem\u00e1tica\u00bb.<br \/>\no En el campo \u00ab\u00c1MBITO DE ACTUACI\u00d3N\u00bb se indicar\u00e1n los \u00e1mbitos de actuaci\u00f3n que concentrar\u00e1n los esfuerzos en cada prioridad tem\u00e1tica. Los \u00e1mbitos de actuaci\u00f3n se seleccionar\u00e1n en la celda desplegable correspondiente y son los que se recogen en el Anexo V.<br \/>\no En el campo \u00abOBJETIVOS ESPEC\u00cdFICOS\u00bb se relacionar\u00e1n los objetivos de la Actualizaci\u00f3n para el periodo 2018-2020 de la Estrategia Regional de Investigaci\u00f3n e Innovaci\u00f3n para una Especializaci\u00f3n Inteligente (RIS3) de Castilla y Le\u00f3n a los que contribuye la actuaci\u00f3n. Los objetivos espec\u00edficos se seleccionar\u00e1n en la celda desplegable correspondiente y son los que se recogen en el Anexo VI.<br \/>\no En el campo \u00abINSTRUMENTO\u00bb se indicar\u00e1 la forma bajo la que se ha instrumentalizado la actuaci\u00f3n, por ejemplo: convocatoria, subvenci\u00f3n directa, convenio, contrato, proyecto realizado internamente, etc.<br \/>\no En el campo \u00abACTIVIDAD FINANCIADA\u00bb se indicar\u00e1 el tipo de actividad que es objeto de la actuaci\u00f3n, por ejemplo: proyectos, infraestructuras, recursos humanos, etc.<br \/>\nPor \u00faltimo, se relacionar\u00e1n los PEP que correspondan a dicha actuaci\u00f3n, y que afecten a la vez a todos los objetivos y prioridades de la RIS3, que utilicen el mismo tipo de instrumento y financien las mismas actividades enumeradas en la ficha. Como norma general, cada PEP deber\u00eda corresponder a una \u00fanica modalidad de actuaci\u00f3n y a un \u00fanico instrumento. Si a pesar de ello, un PEP o grupo de PEP afecta a diferentes objetivos y prioridades de la Actualizaci\u00f3n para el per\u00edodo 2018-2020 de la RIS3 de Castilla y Le\u00f3n o utiliza diferentes instrumentos o tipos de actividades financiadas, se entender\u00e1 que corresponden a actuaciones diferentes y, consecuentemente, deber\u00e1n figurar en fichas separadas.<br \/>\nFecha m\u00e1xima de cumplimentaci\u00f3n: 13 de marzo de 2020.<br \/>\nFA4\/20 Anexo del Plan de Dinamizaci\u00f3n Econ\u00f3mica de los Municipios Mineros de Castilla y Le\u00f3n: La ficha, cuya cumplimentaci\u00f3n se detalla a continuaci\u00f3n, se refiere a las actuaciones correspondientes a 2020 incluidas dentro del Plan de dinamizaci\u00f3n econ\u00f3mica de los municipios mineros de Castilla y Le\u00f3n 2016-2020, publicado en el B.O.C. y L. n.\u00ba 154 de 11 de julio de 2016, a desarrollar en municipios incluidos en el \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n del Plan.<br \/>\nEsta ficha deber\u00e1 cumplimentarse para aquellos proyectos de gasto presupuestados para 2020 que recojan actuaciones a desarrollar en los municipios citados y que afecten a los cap\u00edtulos 6 \u2013inversiones reales\u2013 y 7 \u2013transferencias de capital\u2013 del estado de gastos. Deber\u00e1 detallarse la secci\u00f3n, servicio, subprograma y subconcepto en el que est\u00e9n incluidos. Asimismo se especificar\u00e1 la provincia y municipio a los que corresponde la actuaci\u00f3n as\u00ed como la medida correspondiente seg\u00fan el Anexo VII de esta orden.<br \/>\nFecha m\u00e1xima de cumplimentaci\u00f3n: 13 de marzo de 2020.<br \/>\nFA5\/20 Anexo del Plan de Dinamizaci\u00f3n Econ\u00f3mica y Demogr\u00e1fica de la provincia de Soria: Esta ficha se cumplimentar\u00e1 con las actuaciones de mejora del entorno de la provincia de Soria que se lleven a cabo dentro de las medidas establecidas al efecto en el Acuerdo 15\/2017, de 30 de marzo, de la Junta de Castilla y Le\u00f3n, por el que se aprueba el Plan de Dinamizaci\u00f3n Econ\u00f3mica y Demogr\u00e1fica de la provincia de Soria (B.O.C. y L. n.\u00ba 64 de 3 de abril de 2017).<br \/>\nEsta ficha deber\u00e1 cumplimentarse para aquellos proyectos de gasto presupuestados para 2020 que recojan actuaciones a desarrollar dentro de las medidas que se encuentran recogidas en el Anexo VIII. Deber\u00e1 detallarse, adem\u00e1s de la medida, la secci\u00f3n, servicio, subprograma y subconcepto en el que est\u00e9n incluidos.<br \/>\nFecha m\u00e1xima de cumplimentaci\u00f3n: 13 de marzo de 2020.<br \/>\nFA6\/20 Anexo del Plan de Inversiones Sociales Prioritarias de Castilla y Le\u00f3n: La ficha correspondiente a este Anexo recoger\u00e1 las actuaciones a acometer en los campos sociales de la sanidad, la educaci\u00f3n y los servicios sociales durante el ejercicio 2020, seg\u00fan lo establecido en el Acuerdo 43\/2016, de 14 de julio, de la Junta de Castilla y Le\u00f3n, por el que se aprueba el Plan de Inversiones Sociales Prioritarias de Castilla y Le\u00f3n 2016-2020.<br \/>\nLa ficha deber\u00e1 cumplimentarse para aquellos proyectos de gasto presupuestados para 2020 que recojan actuaciones a desarrollar dentro de las medidas, distribuidas por \u00e1reas, que se encuentran recogidas en el Anexo IX y que afecten a los cap\u00edtulos 6 y 7 del estado de gastos. Asimismo deber\u00e1 detallarse la secci\u00f3n, servicio, subprograma y subconcepto en el que est\u00e9n incluidos. Asimismo se especificar\u00e1 la medida afectada.<br \/>\nFecha m\u00e1xima de cumplimentaci\u00f3n: 13 de marzo de 2020.<br \/>\nCAP\u00cdTULO V<br \/>\nOtra Documentaci\u00f3n<br \/>\nArt\u00edculo 18. Informe de impacto de g\u00e9nero.<br \/>\nA efectos de la elaboraci\u00f3n del informe al que se refiere la Ley 1\/2011, de 1 de marzo, de Evaluaci\u00f3n del Impacto de G\u00e9nero en Castilla y Le\u00f3n, la Comisi\u00f3n Funcional del Presupuesto determinar\u00e1 tanto los programas de gasto respecto de los cuales se elaborar\u00e1 dicho informe como los t\u00e9rminos en que se concrete el contenido del mismo.<br \/>\nLas secciones presupuestarias, conforme a lo dispuesto anteriormente, remitir\u00e1n antes del 13 de marzo a la Direcci\u00f3n General de Presupuestos y Estad\u00edstica un informe analizando el impacto de g\u00e9nero de sus respectivos programas de gasto.<br \/>\nDichos informes constituir\u00e1n la base para la formulaci\u00f3n por parte de la Direcci\u00f3n General de Presupuestos y Estad\u00edstica, con la asistencia del \u00f3rgano competente en materia de igualdad, del informe de impacto de g\u00e9nero que acompa\u00f1ar\u00e1 al anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y Le\u00f3n.<br \/>\nCAP\u00cdTULO VI<br \/>\nSistema de seguimiento de objetivos<br \/>\nArt\u00edculo 19. Informaci\u00f3n sobre el sistema de seguimiento de objetivos.<br \/>\nDe acuerdo con la Orden de 12 de diciembre de 1997 de la Consejer\u00eda de Econom\u00eda y Hacienda, los \u00f3rganos gestores responsables de la ejecuci\u00f3n de los programas y actuaciones objeto de seguimiento, finalizado el ejercicio 2020, emitir\u00e1n un balance de resultados anual, en relaci\u00f3n con los objetivos previstos y sus indicadores de seguimiento, acompa\u00f1ado de un informe de gesti\u00f3n, que, seg\u00fan lo dispuesto en el art\u00edculo 4 de la citada orden como m\u00ednimo, contendr\u00e1 el an\u00e1lisis de los costes y rendimientos de los programas, el nivel de realizaci\u00f3n de los objetivos, las desviaciones entre las magnitudes estimadas y las realizadas, para cada uno de los indicadores contenidos en la Ficha FO3 correspondiente, y las causas de estas desviaciones.<br \/>\nEn el ejercicio 2020, dicha documentaci\u00f3n, relativa al sistema de seguimiento de objetivos, se referir\u00e1 a los siguientes programas presupuestarios:<br \/>\n\u2022 Programa 231B. Acci\u00f3n Social.<br \/>\n\u2022 Programa 241B. Empleo y Formaci\u00f3n.<br \/>\n\u2022 Programa 241C. Seguridad y salud laboral, relaciones laborales y econom\u00eda social.<br \/>\n\u2022 Programa 261A. Arquitectura y vivienda.<br \/>\n\u2022 Programa 312A. Asistencia sanitaria.<br \/>\n\u2022 Programa 322A. Ense\u00f1anza escolar.<br \/>\n\u2022 Programa 334A. Promoci\u00f3n, fomento y apoyo a la acci\u00f3n cultural.<br \/>\n\u2022 Programa 414A. Reforma agraria.<br \/>\n\u2022 Programa 431B. Comercio interior.<br \/>\n\u2022 Programa 452A. Abastecimiento y saneamiento de aguas.<br \/>\n\u2022 Programa 453A. Infraestructura del transporte.<br \/>\nDISPOSICIONES FINALES<br \/>\nPrimera. Funciones de elaboraci\u00f3n documental y coordinaci\u00f3n durante el proceso de tramitaci\u00f3n del proyecto de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y Le\u00f3n.<br \/>\nEl Centro de Proceso de Datos, as\u00ed como los \u00f3rganos directivos de la Consejer\u00eda de Econom\u00eda y Hacienda, proveer\u00e1n lo necesario en orden a facilitar la elaboraci\u00f3n del proyecto de presupuestos de la Comunidad, de acuerdo con lo previsto en la presente orden.<br \/>\nLa Direcci\u00f3n General de Presupuestos y Estad\u00edstica llevar\u00e1 a cabo las funciones precisas de coordinaci\u00f3n y elaboraci\u00f3n documental de toda la informaci\u00f3n que sea necesario procesar para la obtenci\u00f3n del documento final del proyecto de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y Le\u00f3n.<br \/>\nSegunda. Autorizaciones a la Direcci\u00f3n General de Presupuestos y Estad\u00edstica.<br \/>\nSe autoriza a la Direcci\u00f3n General de Presupuestos y Estad\u00edstica para:<br \/>\n\u2022 a) Realizar las modificaciones que procedan en lo referente a la clasificaci\u00f3n org\u00e1nica, funcional y econ\u00f3mica y criterios de imputaci\u00f3n de gastos e ingresos.<br \/>\n\u2022 b) Recabar los informes que considere necesarios para determinar la realidad econ\u00f3mica financiera de los centros gestores incluidos en el presupuesto.<br \/>\n\u2022 c) Desarrollar y aclarar las presentes normas, a cuyos efectos podr\u00e1 dictar las instrucciones que se consideren necesarias.<br \/>\nTercera. Entrada en vigor.<br \/>\nLa presente orden entrar\u00e1 en vigor el mismo d\u00eda de su publicaci\u00f3n en el Bolet\u00edn Oficial de Castilla y Le\u00f3n.<br \/>\nValladolid, 20 de febrero de 2020.<br \/>\nEl Consejero<br \/>\nde Econom\u00eda y Hacienda, Fdo.: Carlos Fern\u00e1ndez Carriedo<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>ORDEN EYH\/181\/2020, de 20 de febrero, por la que se dictan las normas para la elaboraci\u00f3n de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y Le\u00f3n para el a\u00f1o 2020.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[4,2812],"tags":[1473],"class_list":["post-14398","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-novedades-normativas","category-presupuestos","tag-castilla-leonelaboracion-presupuestos"],"acf":[],"yoast_head":"<!-- This site is optimized with the Yoast SEO plugin v28.6 - https:\/\/yoast.com\/product\/yoast-seo-wordpress\/ -->\n<title>Normas elaboraci\u00f3n Presupuestos CASTILLA LEON - Normativa Municipal<\/title>\n<meta name=\"robots\" content=\"index, follow, max-snippet:-1, max-image-preview:large, max-video-preview:-1\" \/>\n<link rel=\"canonical\" href=\"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=14398\" \/>\n<meta property=\"og:locale\" content=\"es_ES\" \/>\n<meta property=\"og:type\" content=\"article\" \/>\n<meta property=\"og:title\" content=\"Normas elaboraci\u00f3n Presupuestos CASTILLA LEON - Normativa Municipal\" \/>\n<meta property=\"og:description\" content=\"ORDEN EYH\/181\/2020, de 20 de febrero, por la que se dictan las normas para la elaboraci\u00f3n de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y Le\u00f3n para el a\u00f1o 2020.\" \/>\n<meta property=\"og:url\" content=\"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=14398\" \/>\n<meta property=\"og:site_name\" content=\"Normativa Municipal\" \/>\n<meta property=\"article:published_time\" content=\"2020-12-23T12:53:31+00:00\" \/>\n<meta property=\"article:modified_time\" content=\"2020-12-24T10:38:10+00:00\" \/>\n<meta name=\"author\" content=\"admin\" \/>\n<meta name=\"twitter:card\" content=\"summary_large_image\" \/>\n<meta name=\"twitter:label1\" content=\"Escrito por\" \/>\n\t<meta name=\"twitter:data1\" content=\"admin\" \/>\n\t<meta name=\"twitter:label2\" content=\"Tiempo de lectura\" \/>\n\t<meta name=\"twitter:data2\" content=\"36 minutos\" \/>\n<script type=\"application\/ld+json\" class=\"yoast-schema-graph\">{\"@context\":\"https:\\\/\\\/schema.org\",\"@graph\":[{\"@type\":\"Article\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/?p=14398#article\",\"isPartOf\":{\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/?p=14398\"},\"author\":{\"name\":\"admin\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/#\\\/schema\\\/person\\\/2ba8b54e5483d680f2bb3b418ba80ba4\"},\"headline\":\"Normas elaboraci\u00f3n Presupuestos CASTILLA LEON\",\"datePublished\":\"2020-12-23T12:53:31+00:00\",\"dateModified\":\"2020-12-24T10:38:10+00:00\",\"mainEntityOfPage\":{\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/?p=14398\"},\"wordCount\":7280,\"commentCount\":0,\"publisher\":{\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/#organization\"},\"keywords\":[\"Castilla-Le\u00f3n|Elaboraci\u00f3n Presupuestos\"],\"articleSection\":[\"Novedades Normativas\",\"Presupuestos\"],\"inLanguage\":\"es\",\"potentialAction\":[{\"@type\":\"CommentAction\",\"name\":\"Comment\",\"target\":[\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/?p=14398#respond\"]}]},{\"@type\":\"WebPage\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/?p=14398\",\"url\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/?p=14398\",\"name\":\"Normas elaboraci\u00f3n Presupuestos CASTILLA LEON - Normativa Municipal\",\"isPartOf\":{\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/#website\"},\"datePublished\":\"2020-12-23T12:53:31+00:00\",\"dateModified\":\"2020-12-24T10:38:10+00:00\",\"breadcrumb\":{\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/?p=14398#breadcrumb\"},\"inLanguage\":\"es\",\"potentialAction\":[{\"@type\":\"ReadAction\",\"target\":[\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/?p=14398\"]}]},{\"@type\":\"BreadcrumbList\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/?p=14398#breadcrumb\",\"itemListElement\":[{\"@type\":\"ListItem\",\"position\":1,\"name\":\"Portada\",\"item\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/\"},{\"@type\":\"ListItem\",\"position\":2,\"name\":\"Normas elaboraci\u00f3n Presupuestos CASTILLA LEON\"}]},{\"@type\":\"WebSite\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/#website\",\"url\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/\",\"name\":\"Normativa Municipal\",\"description\":\"Comentarios doctrinales\",\"publisher\":{\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/#organization\"},\"potentialAction\":[{\"@type\":\"SearchAction\",\"target\":{\"@type\":\"EntryPoint\",\"urlTemplate\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/?s={search_term_string}\"},\"query-input\":{\"@type\":\"PropertyValueSpecification\",\"valueRequired\":true,\"valueName\":\"search_term_string\"}}],\"inLanguage\":\"es\"},{\"@type\":\"Organization\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/#organization\",\"name\":\"Normativa Municipal\",\"url\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/\",\"logo\":{\"@type\":\"ImageObject\",\"inLanguage\":\"es\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/#\\\/schema\\\/logo\\\/image\\\/\",\"url\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/wp-content\\\/uploads\\\/2026\\\/02\\\/logo-municipal-2-light-2.png\",\"contentUrl\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/wp-content\\\/uploads\\\/2026\\\/02\\\/logo-municipal-2-light-2.png\",\"width\":1970,\"height\":221,\"caption\":\"Normativa Municipal\"},\"image\":{\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/#\\\/schema\\\/logo\\\/image\\\/\"}},{\"@type\":\"Person\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/#\\\/schema\\\/person\\\/2ba8b54e5483d680f2bb3b418ba80ba4\",\"name\":\"admin\",\"image\":{\"@type\":\"ImageObject\",\"inLanguage\":\"es\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/secure.gravatar.com\\\/avatar\\\/3e14bec6642dd7dc0c0b739f1cdad9ad44d26b9c3d68d0f3f7a2a173854103af?s=96&d=mm&r=g\",\"url\":\"https:\\\/\\\/secure.gravatar.com\\\/avatar\\\/3e14bec6642dd7dc0c0b739f1cdad9ad44d26b9c3d68d0f3f7a2a173854103af?s=96&d=mm&r=g\",\"contentUrl\":\"https:\\\/\\\/secure.gravatar.com\\\/avatar\\\/3e14bec6642dd7dc0c0b739f1cdad9ad44d26b9c3d68d0f3f7a2a173854103af?s=96&d=mm&r=g\",\"caption\":\"admin\"},\"sameAs\":[\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\"],\"url\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/?author=1\"}]}<\/script>\n<!-- \/ Yoast SEO plugin. -->","yoast_head_json":{"title":"Normas elaboraci\u00f3n Presupuestos CASTILLA LEON - Normativa Municipal","robots":{"index":"index","follow":"follow","max-snippet":"max-snippet:-1","max-image-preview":"max-image-preview:large","max-video-preview":"max-video-preview:-1"},"canonical":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=14398","og_locale":"es_ES","og_type":"article","og_title":"Normas elaboraci\u00f3n Presupuestos CASTILLA LEON - Normativa Municipal","og_description":"ORDEN EYH\/181\/2020, de 20 de febrero, por la que se dictan las normas para la elaboraci\u00f3n de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y Le\u00f3n para el a\u00f1o 2020.","og_url":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=14398","og_site_name":"Normativa Municipal","article_published_time":"2020-12-23T12:53:31+00:00","article_modified_time":"2020-12-24T10:38:10+00:00","author":"admin","twitter_card":"summary_large_image","twitter_misc":{"Escrito por":"admin","Tiempo de lectura":"36 minutos"},"schema":{"@context":"https:\/\/schema.org","@graph":[{"@type":"Article","@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=14398#article","isPartOf":{"@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=14398"},"author":{"name":"admin","@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/#\/schema\/person\/2ba8b54e5483d680f2bb3b418ba80ba4"},"headline":"Normas elaboraci\u00f3n Presupuestos CASTILLA LEON","datePublished":"2020-12-23T12:53:31+00:00","dateModified":"2020-12-24T10:38:10+00:00","mainEntityOfPage":{"@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=14398"},"wordCount":7280,"commentCount":0,"publisher":{"@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/#organization"},"keywords":["Castilla-Le\u00f3n|Elaboraci\u00f3n Presupuestos"],"articleSection":["Novedades Normativas","Presupuestos"],"inLanguage":"es","potentialAction":[{"@type":"CommentAction","name":"Comment","target":["https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=14398#respond"]}]},{"@type":"WebPage","@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=14398","url":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=14398","name":"Normas elaboraci\u00f3n Presupuestos CASTILLA LEON - Normativa Municipal","isPartOf":{"@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/#website"},"datePublished":"2020-12-23T12:53:31+00:00","dateModified":"2020-12-24T10:38:10+00:00","breadcrumb":{"@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=14398#breadcrumb"},"inLanguage":"es","potentialAction":[{"@type":"ReadAction","target":["https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=14398"]}]},{"@type":"BreadcrumbList","@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=14398#breadcrumb","itemListElement":[{"@type":"ListItem","position":1,"name":"Portada","item":"https:\/\/normativamunicipal.com\/"},{"@type":"ListItem","position":2,"name":"Normas elaboraci\u00f3n Presupuestos CASTILLA LEON"}]},{"@type":"WebSite","@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/#website","url":"https:\/\/normativamunicipal.com\/","name":"Normativa Municipal","description":"Comentarios doctrinales","publisher":{"@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/#organization"},"potentialAction":[{"@type":"SearchAction","target":{"@type":"EntryPoint","urlTemplate":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?s={search_term_string}"},"query-input":{"@type":"PropertyValueSpecification","valueRequired":true,"valueName":"search_term_string"}}],"inLanguage":"es"},{"@type":"Organization","@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/#organization","name":"Normativa Municipal","url":"https:\/\/normativamunicipal.com\/","logo":{"@type":"ImageObject","inLanguage":"es","@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/#\/schema\/logo\/image\/","url":"https:\/\/normativamunicipal.com\/wp-content\/uploads\/2026\/02\/logo-municipal-2-light-2.png","contentUrl":"https:\/\/normativamunicipal.com\/wp-content\/uploads\/2026\/02\/logo-municipal-2-light-2.png","width":1970,"height":221,"caption":"Normativa Municipal"},"image":{"@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/#\/schema\/logo\/image\/"}},{"@type":"Person","@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/#\/schema\/person\/2ba8b54e5483d680f2bb3b418ba80ba4","name":"admin","image":{"@type":"ImageObject","inLanguage":"es","@id":"https:\/\/secure.gravatar.com\/avatar\/3e14bec6642dd7dc0c0b739f1cdad9ad44d26b9c3d68d0f3f7a2a173854103af?s=96&d=mm&r=g","url":"https:\/\/secure.gravatar.com\/avatar\/3e14bec6642dd7dc0c0b739f1cdad9ad44d26b9c3d68d0f3f7a2a173854103af?s=96&d=mm&r=g","contentUrl":"https:\/\/secure.gravatar.com\/avatar\/3e14bec6642dd7dc0c0b739f1cdad9ad44d26b9c3d68d0f3f7a2a173854103af?s=96&d=mm&r=g","caption":"admin"},"sameAs":["https:\/\/normativamunicipal.com"],"url":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?author=1"}]}},"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/normativamunicipal.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/14398","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/normativamunicipal.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/normativamunicipal.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/normativamunicipal.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/normativamunicipal.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=14398"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/normativamunicipal.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/14398\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":15032,"href":"https:\/\/normativamunicipal.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/14398\/revisions\/15032"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/normativamunicipal.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=14398"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/normativamunicipal.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=14398"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/normativamunicipal.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=14398"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}