{"id":17591,"date":"2021-08-10T12:52:28","date_gmt":"2021-08-10T12:52:28","guid":{"rendered":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=17591"},"modified":"2026-09-30T09:23:41","modified_gmt":"2026-09-30T09:23:41","slug":"funcionarios-administracion-local-con-habilitacion-nacional","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=17591","title":{"rendered":"FUNCIONARIOS ADMINISTRACION LOCAL CON HABILITACION NACIONAL"},"content":{"rendered":"<p><strong>Resoluci\u00f3n de 28 de mayo de 2021, de la Direcci\u00f3n General de la Funci\u00f3n P\u00fablica, por la que se publican las bases de concurso ordinario y convocatorias espec\u00edficas para la provisi\u00f3n de puestos de trabajo reservados a funcionarios de administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional.<\/strong><\/p>\n<p>Estos Documentos, con los que puedan modificar o les acompa\u00f1an, se han incorporado a los contenidos ya existentes en el siguiente T\u00cdTULO publicado y a su disposici\u00f3n:<br \/>\n<a href=\"https:\/\/dappeditorial.es\/?page_id=369\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"><img decoding=\"async\" class=\"alignnone wp-image-6250 size-full\" src=\"https:\/\/normativamunicipal.com\/wp-content\/uploads\/2020\/12\/logo-interventor-blog.png\" alt=\"\" width=\"372\" height=\"56\" srcset=\"https:\/\/normativamunicipal.com\/wp-content\/uploads\/2020\/12\/logo-interventor-blog.png 372w, https:\/\/normativamunicipal.com\/wp-content\/uploads\/2020\/12\/logo-interventor-blog-300x45.png 300w\" sizes=\"(max-width: 372px) 100vw, 372px\" \/><\/a><\/p>\n<p><!--more-->BOE de 5 de junio de 2021<\/p>\n<p>TEXTO ORIGINAL<\/p>\n<p>El art\u00edculo\u00a092 bis, de la Ley\u00a07\/1985, de\u00a02 de abril, Reguladora de las Bases del R\u00e9gimen Local, ha modificado, en su apartado\u00a06, la regulaci\u00f3n de los sistemas de provisi\u00f3n definitiva de los puestos de trabajo reservados a la escala de funcionarios de administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional. En particular, la citada normativa establece un nuevo porcentaje para la valoraci\u00f3n de los m\u00e9ritos generales, m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica y m\u00e9ritos espec\u00edficos.<\/p>\n<p>Asimismo, el Real Decreto\u00a0128\/2018, de\u00a016 de marzo, por el que se regula el r\u00e9gimen jur\u00eddico de los funcionarios de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional que desarrolla el citado art\u00edculo\u00a092 bis, de la Ley\u00a07\/1985, establece en su disposici\u00f3n transitoria quinta que a los concursos de provisi\u00f3n de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, que se convoquen con anterioridad a la Orden de desarrollo del mismo, les ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n el Real Decreto\u00a01732\/1994, de\u00a029 de julio, sobre provisi\u00f3n de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, y la Orden de\u00a010 de agosto de\u00a01994, por la que se dictan normas sobre concursos de provisi\u00f3n de puestos reservados a funcionarios de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional.<\/p>\n<p>De acuerdo con la anterior normativa, una vez publicadas las convocatorias de los concursos ordinarios en los Diarios Oficiales de las Comunidades Aut\u00f3nomas en cumplimiento de lo dispuesto en el art\u00edculo\u00a019 del Real Decreto\u00a01732\/1994, de\u00a029 de julio y en uso en uso de las atribuciones que le confiere el Real Decreto\u00a0307\/2020, de\u00a011 de febrero, por el que se desarrolla la estructura org\u00e1nica b\u00e1sica del Ministerio de Pol\u00edtica Territorial y Funci\u00f3n P\u00fablica,<\/p>\n<p>Esta Direcci\u00f3n General ha resuelto dar publicidad conjunta, en extracto, en el \u00abBolet\u00edn Oficial del Estado\u00bb a las convocatorias de concursos efectuadas por las Comunidades Aut\u00f3nomas, con sujeci\u00f3n a las siguientes<\/p>\n<p><strong>Bases<\/strong><\/p>\n<p><strong>Primera.\u2003Puestos.<\/strong><\/p>\n<p>Se ofrecen en este concurso los puestos vacantes reservados a personal funcionario de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional en aquellas Corporaciones que han aprobado las bases espec\u00edficas y cuyos Presidentes han efectuado convocatoria de concurso. Todos ellos se recogen en extracto en esta convocatoria.<\/p>\n<p><strong>Segunda.\u2003Participaci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Podr\u00e1n tomar parte en el presente concurso el personal funcionario de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, perteneciente a las subescalas a que se refieren los art\u00edculos\u00a092.bis), apartado\u00a02, de la Ley\u00a07\/1985, de\u00a02 de abril, pudiendo solicitar \u00fanicamente los puestos que, seg\u00fan su clasificaci\u00f3n, correspondan a las subescalas y categor\u00edas a que pertenezcan.<\/p>\n<p>Podr\u00e1n participar asimismo el personal funcionario no integrado en dicha subescalas y categor\u00edas, perteneciente a los extinguidos Cuerpos Nacionales de Secretarios, Interventores y Depositarios de Administraci\u00f3n Local a que se refiere la Disposici\u00f3n Transitoria Tercera, del Real Decreto\u00a0128\/2018, de\u00a016 de marzo, en los t\u00e9rminos siguientes: Los\/as Secretarios\/as de tercera, a puestos reservados a la subescala de Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>2.\u2003No podr\u00e1n concursar:<\/p>\n<p>El personal funcionario inhabilitado y personal suspenso en virtud de sentencia o resoluci\u00f3n administrativa firmes, si no hubiera transcurrido el tiempo se\u00f1alado en ellas.<\/p>\n<p>El personal funcionario destituido, de conformidad con lo dispuesto en el art\u00edculo\u00a092.bis).apartado 11, de la Ley\u00a07\/1985, de\u00a02 de abril, a puestos de la misma Corporaci\u00f3n en la que tuvo lugar la sanci\u00f3n, durante el tiempo que dure la misma.<\/p>\n<p>El personal funcionario en situaci\u00f3n de excedencia voluntaria por inter\u00e9s particular o por agrupaci\u00f3n familiar, si no hubiera transcurrido el plazo de dos a\u00f1os desde el pase a las mismas.<\/p>\n<p><strong>Tercera.\u2003Documentaci\u00f3n y plazo para participar.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003En el plazo de quince d\u00edas h\u00e1biles a partir de la publicaci\u00f3n conjunta de este concurso en el \u00abBolet\u00edn Oficial del Estado\u00bb, el personal funcionario de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional que desee tomar parte en el mismo dirigir\u00e1n a la Corporaci\u00f3n Local a cuyo puesto concursen, la siguiente documentaci\u00f3n:<\/p>\n<p>\u2013\u2002\u00abSolicitud de participaci\u00f3n\u00bb comprensiva de declaraci\u00f3n jurada de no estar incurso en alguna de las circunstancias a que se refiere el art\u00edculo\u00a018.3 del Real Decreto\u00a01732\/1994, de\u00a029 de julio, y<\/p>\n<p>\u2013\u2002Documentaci\u00f3n acreditativa de los m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica para los puestos situados en el \u00e1mbito territorial de las Comunidades Aut\u00f3nomas de Andaluc\u00eda, Arag\u00f3n, Illes Balears, Canarias, Castilla y Le\u00f3n, Castilla-La Mancha, Catalu\u00f1a, Extremadura, Galicia, Comunidad de Madrid, Murcia, La Rioja y Comunitat Valenciana, de acuerdo con lo que establece la base cuarta de la presente Resoluci\u00f3n, as\u00ed como del conocimiento de la lengua propia en las Comunidades Aut\u00f3nomas de las Illes Balears, Catalu\u00f1a, Galicia y Comunitat Valenciana y de los m\u00e9ritos espec\u00edficos de cada puesto en los t\u00e9rminos que se indican en el anexo I.<\/p>\n<p>2.\u2003Los concursantes a dos o m\u00e1s puestos presentar\u00e1n solicitud y documentaci\u00f3n acreditativa del conocimiento de la lengua, en su caso, y m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica en todas las Corporaciones en que soliciten puestos.<\/p>\n<p>Asimismo, los concursantes a dos o m\u00e1s puestos, presentar\u00e1n el orden de prelaci\u00f3n en que han solicitado los puestos, en id\u00e9ntico plazo de quince d\u00edas h\u00e1biles, a trav\u00e9s de la sede electr\u00f3nica del Ministerio de Pol\u00edtica Territorial y Funci\u00f3n P\u00fablica, https:\/\/sede.administracionespublicas.gob.es\/accediendo consecutivamente a los siguientes apartados: Procedimientos\/empleados p\u00fablicos\/funcionarios de administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional\/procedimiento\/orden de prelaci\u00f3n de adjudicaciones del concurso ordinario o directamente en el siguiente enlace: https:\/\/sede.administracionespublicas.gob.es\/procedimientos\/portada\/idp\/311.<\/p>\n<p>El orden de prelaci\u00f3n habr\u00e1 de ser \u00fanico y comprensivo de la totalidad de puestos solicitados, y \u00fanico asimismo si se concursa a una o varias Subescalas y categor\u00edas. La formulaci\u00f3n de orden de prelaci\u00f3n, cuyo objeto es evitar la adjudicaci\u00f3n simult\u00e1nea de varios puestos a un mismo concursante, no sustituir\u00e1 en ning\u00fan caso a la solicitud de participaci\u00f3n dirigida a la Corporaci\u00f3n Local convocante.<\/p>\n<p>3.\u2003La \u00absolicitud de participaci\u00f3n\u00bb habr\u00e1 de presentarse con arreglo al modelo que se adjuntan en el Fs II. El \u00aborden de prelaci\u00f3n de adjudicaciones\u00bb, se cumplimentar\u00e1 y firmar\u00e1 electr\u00f3nicamente directamente a trav\u00e9s del formulario disponible en la sede electr\u00f3nica a trav\u00e9s del enlace recogido en el punto\u00a02.<\/p>\n<p>4.\u2003Los requisitos exigidos as\u00ed como los m\u00e9ritos alegados, deber\u00e1n reunirse a la fecha de la presente Resoluci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>Cuarta.\u2003M\u00e9ritos generales.<\/strong><\/p>\n<p>Los m\u00e9ritos generales por los que se rige este concurso son los comprendidos en la Resoluci\u00f3n de esta misma fecha de esta Direcci\u00f3n General, por la que se da publicidad a la relaci\u00f3n individualizada de m\u00e9ritos generales de los funcionarios de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional y su puntuaci\u00f3n alcanzar\u00e1 hasta el\u00a080 por ciento del total posible conforme al baremo correspondiente (24 puntos).<\/p>\n<p><strong>Quinta.\u2003Conocimiento de la lengua propia y m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica.<\/strong><\/p>\n<p>La puntuaci\u00f3n de los m\u00e9ritos correspondientes a las especialidades de la Comunidad Aut\u00f3noma se fija por cada una de ellas y pudiendo alcanzar hasta un\u00a015\u00a0% del total posible (4,5 puntos).<\/p>\n<p>Los puestos de trabajo situados en las Comunidades Aut\u00f3nomas que se especifican en la base tercera, incluyen baremos de m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica y, en su caso, prescripciones sobre el conocimiento de la lengua propia, en los t\u00e9rminos, que en extracto, se reproducen a continuaci\u00f3n:<\/p>\n<p>A.\u2003Comunidad Aut\u00f3noma de Andaluc\u00eda. (Decreto\u00a064\/2020, de\u00a05 de mayo, por el que se regulan los m\u00e9ritos correspondientes al conocimiento de las especialidades de la organizaci\u00f3n territorial y de la normativa de la Comunidad Aut\u00f3noma de Andaluc\u00eda).<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a03.\u2003M\u00e9ritos auton\u00f3micos.<\/p>\n<p>Los m\u00e9ritos relacionados con el conocimiento de la organizaci\u00f3n territorial y normativa auton\u00f3mica de Andaluc\u00eda son los siguientes:<\/p>\n<p>a)\u2003Experiencia profesional. Se valorar\u00e1 el desempe\u00f1o de puestos de trabajo, como personal funcionario de carrera o interino, en las entidades locales del territorio de Andaluc\u00eda o en la Administraci\u00f3n de la Junta de Andaluc\u00eda, con exclusi\u00f3n de los que formen parte del que forme parte del procedimiento selectivo para el acceso a la funci\u00f3n p\u00fablica, que comporten el conocimiento de las especialidades de la organizaci\u00f3n territorial y de la normativa de la Comunidad Aut\u00f3noma de Andaluc\u00eda. A los efectos de la valoraci\u00f3n de esta experiencia, se incluir\u00e1 la desarrollada en las entidades instrumentales de las referidas Administraciones P\u00fablicas.<\/p>\n<p>b)\u2003Actividades formativas. Se valorar\u00e1 la asistencia y, en su caso, aprovechamiento de las actividades formativas o divulgativas que, teniendo por objeto las especialidades de la organizaci\u00f3n territorial y de la normativa de la Comunidad Aut\u00f3noma de Andaluc\u00eda, est\u00e9n directamente relacionadas con las funciones reservadas al puesto de trabajo que se convoca organizadas u homologadas por el Instituto Andaluz de Administraci\u00f3n P\u00fablica o por el Instituto Nacional de Administraci\u00f3n P\u00fablica, as\u00ed como las titulaciones de M\u00e1ster Oficial que re\u00fanan las citadas condiciones, con exclusi\u00f3n de las que formen parte del procedimiento selectivo para el acceso a la funci\u00f3n p\u00fablica.<\/p>\n<p>c)\u2003Actividad docente. Se considerar\u00e1 como m\u00e9rito el ejercicio de funciones docentes o como ponente en las actividades a las que se refiere el p\u00e1rrafo b), incluidas las que se impartan en los procedimientos selectivos para el acceso a la funci\u00f3n p\u00fablica.<\/p>\n<p>d)\u2003Publicaciones. Se valorar\u00e1n las relativas a las especialidades de la organizaci\u00f3n territorial y de la normativa de la Comunidad Aut\u00f3noma de Andaluc\u00eda, con exclusi\u00f3n de las realizadas por el propio autor.<\/p>\n<p>e)\u2003Desempe\u00f1o ininterrumpido del puesto o puestos de trabajo en las Administraciones P\u00fablicas andaluzas. Se valorar\u00e1 la permanencia ininterrumpida en el desempe\u00f1o del mismo puesto de trabajo en las Administraciones P\u00fablicas andaluzas, cualquiera que sea su forma de provisi\u00f3n siempre que el puesto desde el que se concursa est\u00e9 reservado a la misma subescala correspondiente al puesto al que se concursa o que el instrumento de gesti\u00f3n de personal permita su cobertura por personas integrantes de esta escala funcionarial.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a04.\u2003Ponderaci\u00f3n y criterios de baremaci\u00f3n de los m\u00e9ritos.<\/p>\n<p>1.\u2003La experiencia profesional se pondera con el\u00a045 % del total del m\u00e9rito reservado a la definici\u00f3n por la Comunidad Aut\u00f3noma de Andaluc\u00eda, que, referido a concursos estatales en los que la puntuaci\u00f3n m\u00e1xima a alcanzar sea de\u00a030, se ajustar\u00e1 al baremo siguiente:<\/p>\n<p>a)\u2003Servicios prestados como personal funcionario de carrera o interino en puestos de trabajo reservados a personal funcionario con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, correspondientes a la subescala a la que se concursa: 0,03 puntos por mes.<\/p>\n<p>b)\u2003Servicios prestados como personal funcionario de carrera o interino en puestos de trabajo reservados a personal funcionario con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, de distinta subescala a la que se concursa: 0,02 puntos por mes.<\/p>\n<p>c)\u2003Servicios prestados en puestos de trabajo, correspondientes al Grupo A, no reservados a personal funcionario con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional: 0,01 puntos por mes.<\/p>\n<p>Cuando se desempe\u00f1e un puesto con car\u00e1cter provisional podr\u00e1 optarse entre \u00e9ste o el que, en su caso, se tuviera reservado.<\/p>\n<p>2.\u2003Los cursos de formaci\u00f3n y perfeccionamiento se ponderan con el\u00a022 % del total del m\u00e9rito reservado a la definici\u00f3n por la Comunidad Aut\u00f3noma de Andaluc\u00eda, que, referido a concursos estatales en los que la puntuaci\u00f3n m\u00e1xima a alcanzar sea de\u00a030, se ajustar\u00e1 al baremo siguiente:<\/p>\n<p>a)\u2003Cursos de duraci\u00f3n comprendida entre\u00a015 y\u00a030 horas lectivas: 0,10 puntos por curso.<\/p>\n<p>b)\u2003Cursos de duraci\u00f3n comprendida entre\u00a031 y\u00a050 horas lectivas: 0,30 puntos por curso.<\/p>\n<p>c)\u2003Cursos de duraci\u00f3n comprendida entre\u00a051 y\u00a0100 horas lectivas: 0,60 puntos por curso.<\/p>\n<p>d)\u2003Cursos de duraci\u00f3n de\u00a0101 horas lectivas o m\u00e1s: 0,75 puntos por curso.<\/p>\n<p>En los casos en los que se haya superado prueba de aptitud exigida en la convocatoria del curso correspondiente, la valoraci\u00f3n se incrementar\u00e1 en un\u00a025\u00a0%.<\/p>\n<p>3.\u2003La actividad docente se pondera con el\u00a07 % del total del m\u00e9rito reservado a la definici\u00f3n por la Comunidad Aut\u00f3noma de Andaluc\u00eda, que, referido a concursos estatales en los que la puntuaci\u00f3n m\u00e1xima a alcanzar sea de\u00a030, se ajustar\u00e1 al baremo siguiente: 0,01 puntos por hora impartida.<\/p>\n<p>Solo se valorar\u00e1n los cursos impartidos por una sola vez, aunque se repita su impartici\u00f3n.<\/p>\n<p>4.\u2003Las publicaciones se ponderan con el\u00a05 % del total del m\u00e9rito reservado a la definici\u00f3n por la Comunidad Aut\u00f3noma de Andaluc\u00eda, que, referido a concursos estatales en los que la puntuaci\u00f3n m\u00e1xima a alcanzar sea de\u00a030, se ajustar\u00e1 al baremo siguiente:<\/p>\n<p>a)\u2003Art\u00edculos (hasta\u00a010 p\u00e1ginas): 0,10 puntos.<\/p>\n<p>b)\u2003Ensayos o art\u00edculos extensos (de\u00a011 a\u00a050 p\u00e1ginas) o un cap\u00edtulo o m\u00e1s de un libro: 0,15 puntos.<\/p>\n<p>c)\u2003Libros: 0,22 puntos.<\/p>\n<p>5.\u2003La permanencia en el puesto de trabajo en Administraciones P\u00fablicas andaluzas se pondera con el\u00a021 % del total del m\u00e9rito reservado a la definici\u00f3n por la Comunidad Aut\u00f3noma de Andaluc\u00eda, que, referido a concursos estatales en los que la puntuaci\u00f3n m\u00e1xima a alcanzar sea de\u00a030, se ajustar\u00e1 al baremo siguiente:<\/p>\n<p>a)\u2003Por tres a\u00f1os completos de permanencia ininterrumpida: 0,40 puntos.<\/p>\n<p>b)\u2003Por cuatro a\u00f1os completos de permanencia ininterrumpida: 0,60 puntos.<\/p>\n<p>c)\u2003Por cinco a\u00f1os completos de permanencia ininterrumpida: 0,70 puntos.<\/p>\n<p>d)\u2003Por seis a\u00f1os completos de permanencia ininterrumpida: 0,80 puntos.<\/p>\n<p>e)\u2003Por siete a\u00f1os completos de permanencia ininterrumpida: 0,90 puntos.<\/p>\n<p>f)\u2003Por ocho a\u00f1os completos o m\u00e1s de permanencia ininterrumpida: 1,01 punto.<\/p>\n<p>El nombramiento en comisi\u00f3n de servicios implicar\u00e1 la p\u00e9rdida de la valoraci\u00f3n de la permanencia en el puesto definitivo desde el que se efect\u00faa la comisi\u00f3n, a efectos de concursos.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a05.\u2003Acreditaci\u00f3n de m\u00e9ritos.<\/p>\n<p>Los m\u00e9ritos a los que se refiere este Decreto se acreditar\u00e1n mediante la presentaci\u00f3n de los documentos que los justifiquen adecuadamente, a trav\u00e9s de los medios electr\u00f3nicos habilitados al efecto, salvo que hayan sido elaborados por cualquier Administraci\u00f3n P\u00fablica y la persona interesada haya expresado su consentimiento a que sean consultados o recabados dichos documentos.<\/p>\n<p>B.\u2003Comunidad Aut\u00f3noma de las Illes Balears. (Conocimiento de la lengua catalana (Decreto\u00a02\/2017, de\u00a013 de enero) y m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica de la Comunidad Aut\u00f3noma de las Illes Balears (Decreto\u00a075\/1994, de\u00a026 de mayo).<\/p>\n<p>1.\u2003Conocimiento de la lengua catalana:<\/p>\n<p>La entidad local exigir\u00e1 el requisito de conocimiento de la lengua catalana del nivel B2, si bien podr\u00e1 exigir el requisito de conocimiento de nivel C1 si as\u00ed consta en la relaci\u00f3n de puestos de trabajo o lo ha aprobado el \u00f3rgano competente. Los concursantes deber\u00e1n aportar el certificado acreditativo del nivel requerido por la corporaci\u00f3n local.<\/p>\n<p>Ser\u00e1 considerada m\u00e9rito la acreditaci\u00f3n de niveles superiores al que se exija como requisito del puesto.<\/p>\n<p>2.\u2003M\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica y valoraci\u00f3n:<\/p>\n<p>a)\u2003Conocimiento de la lengua catalana, con un m\u00e1ximo de\u00a02,25 puntos.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Certificado de conocimientos de lenguaje administrativo: 0,50 puntos.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Certificado de nivel C2: 1,75 puntos.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Certificado de nivel C1: 1,50 puntos.<\/p>\n<p>Solamente se valorar\u00e1 el certificado del nivel m\u00e1s alto que se acredite, que no sea requisito para la provisi\u00f3n del puesto de trabajo, adem\u00e1s del certificado de conocimientos del lenguaje administrativo, la puntuaci\u00f3n del cual se acumular\u00e1 a la del otro certificado que se acredite.<\/p>\n<p>b)\u2003Asistencia a cursos, seminarios y jornadas sobre la organizaci\u00f3n territorial de las Illes Balears y la normativa auton\u00f3mica, hasta un m\u00e1ximo de\u00a02,25 puntos. Esta puntuaci\u00f3n se distribuir\u00e1 de acuerdo con el sistema de valoraci\u00f3n establecido en la Resoluci\u00f3n del presidente de la Escuela Balear de Administraci\u00f3n p\u00fablica de\u00a011 de agosto de\u00a02005.<\/p>\n<p>3.\u2003Justificaci\u00f3n de los m\u00e9ritos:<\/p>\n<p>La justificaci\u00f3n de los m\u00e9ritos rese\u00f1ados se llevar\u00e1 a cabo ante cada entidad local mediante la aportaci\u00f3n de la siguiente documentaci\u00f3n:<\/p>\n<p>a)\u2003Conocimiento de la lengua catalana: certificado expedido o reconocido como equivalente por la Direcci\u00f3n General de Pol\u00edtica Ling\u00fc\u00edstica del Gobierno de las Illes Balears. En caso de duda sobre las equivalencias, se solicitar\u00e1 informe a la Direcci\u00f3n General de Pol\u00edtica Ling\u00fc\u00edstica.<\/p>\n<p>b)\u2003Cursos, seminarios y jornadas: certificado expedido por el centro o la instituci\u00f3n que los haya organizado, debidamente homologado por la Escuela Balear de Administraci\u00f3n P\u00fablica. \u00danicamente se deben tener en cuenta los m\u00e9ritos que se acrediten con referencia a la fecha en que se publique la convocatoria conjunta del concurso en el \u00abBolet\u00edn Oficial del Estado\u00bb.<\/p>\n<p>C.\u2003Comunidad Aut\u00f3noma de Canarias. (Decreto\u00a0277\/1997, de\u00a010 de diciembre, de la Consejer\u00eda de Presidencia y Relaciones Institucionales del Gobierno de Canarias. BOC n\u00fam. 170, de\u00a031 de diciembre de\u00a01997).<\/p>\n<p>1.\u2003M\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica:<\/p>\n<p>Tendr\u00e1n la consideraci\u00f3n de m\u00e9ritos correspondientes al conocimiento de las especialidades de la organizaci\u00f3n territorial, del r\u00e9gimen econ\u00f3mico y fiscal, y de la normativa de la Comunidad Aut\u00f3noma de Canarias, los siguientes:<\/p>\n<p>a)\u2003Experiencia profesional.<\/p>\n<p>1.\u2003Experiencia profesional por haber desempe\u00f1ado, durante dos a\u00f1os, con nombramiento legal para el que es necesario estar en posesi\u00f3n de la titulaci\u00f3n de habilitado nacional exigida para la subescala y categor\u00eda a que el puesto pertenece, puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, en el territorio de la Comunidad Aut\u00f3noma de Canarias, que impliquen el conocimiento de las especialidades de su organizaci\u00f3n territorial, de su r\u00e9gimen econ\u00f3mico y fiscal y de su normativa.<\/p>\n<p>2.\u2003Experiencia profesional por haber desempe\u00f1ado, durante dos a\u00f1os, con nombramiento legal, puestos de trabajo reservados a funcionarios propios de las Entidades Locales de los Grupos de clasificaci\u00f3n A y B, en el territorio de la Comunidad Aut\u00f3noma de Canarias, que impliquen el conocimiento de las especialidades de su organizaci\u00f3n territorial, de su r\u00e9gimen econ\u00f3mico y fiscal y de su normativa, y que, con posterioridad, hayan accedido a la titulaci\u00f3n de habilitado nacional.<\/p>\n<p>b)\u2003Los cursos de formaci\u00f3n y perfeccionamiento superados, homologados o reconocidos por el Instituto Canario de Administraci\u00f3n P\u00fablica, que versen sobre las especialidades de la organizaci\u00f3n territorial, r\u00e9gimen econ\u00f3mico y fiscal y normativa de la Comunidad Aut\u00f3noma de Canarias.<\/p>\n<p>c)\u2003La actividad docente en las acciones formativas relacionadas en el apartado b) anterior, as\u00ed como en cursos selectivos, en ponencias, seminarios o conferencias relacionadas con esas mismas materias realizadas en Universidades, Centros de Ense\u00f1anza Superior, Instituto Canario de Administraci\u00f3n P\u00fablica u otros \u00f3rganos competentes en materia de formaci\u00f3n y perfeccionamiento de funcionarios.<\/p>\n<p>d)\u2003Publicaciones relativas a la normativa, r\u00e9gimen econ\u00f3mico y fiscal y organizaci\u00f3n territorial de la Comunidad Aut\u00f3noma de Canarias efectuadas en libros y revistas especializadas, que se valoren de conformidad con el art\u00edculo\u00a05.\u00ba<\/p>\n<p>2.\u2003Valoraci\u00f3n de los m\u00e9ritos.<\/p>\n<p>La proporci\u00f3n que corresponde a cada una de las clases de m\u00e9ritos expresados en el art\u00edculo anterior, dentro del porcentaje del\u00a010 por\u00a0100 de la puntuaci\u00f3n total posible, es la siguiente:<\/p>\n<p>a)\u2003Experiencia profesional.<\/p>\n<p>La experiencia profesional y permanencia se valorar\u00e1 hasta un m\u00e1ximo de\u00a01,5 puntos, seg\u00fan las reglas siguientes:<\/p>\n<p>\u2013\u2002Servicios y permanencia desarrollados en puestos de trabajo reservados a habilitados nacionales, de la subescala y categor\u00eda a la que se concursa: 0,10 por a\u00f1o.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Servicios y permanencia desarrollados en puestos de trabajo reservados a habilitados nacionales, de distinta subescala o categor\u00eda a la que se concursa: 0,05 puntos por a\u00f1o.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Servicios y permanencia desarrollados en puestos de trabajo reservados a funcionarios propios de la Corporaci\u00f3n: 0,02 puntos por a\u00f1o.<\/p>\n<p>b)\u2003Cursos de formaci\u00f3n y perfeccionamiento.<\/p>\n<p>Se valorar\u00e1n hasta un m\u00e1ximo de\u00a01 punto, en funci\u00f3n de la relaci\u00f3n de la materia con las funciones propias de la subescala y categor\u00eda, el grado de dificultad o de especializaci\u00f3n, el n\u00famero de horas lectivas y el sistema de evaluaci\u00f3n que se determine.<\/p>\n<p>Solo se tendr\u00e1n en cuenta los cursos impartidos por el Instituto Canario de Administraci\u00f3n P\u00fablica o, en colaboraci\u00f3n con \u00e9ste, por las Universidades, Centros de Ense\u00f1anza Superior u otros \u00f3rganos competentes en materia de formaci\u00f3n y perfeccionamiento de los funcionarios, siempre que sean homologados por el Instituto Canario de Administraci\u00f3n P\u00fablica, a los efectos de este art\u00edculo.<\/p>\n<p>Las convocatorias de cursos efectuadas por el Instituto Canario de Administraci\u00f3n P\u00fablica indicar\u00e1n la puntuaci\u00f3n otorgada a los efectos de este precepto, tanto para los que se superen con aprovechamiento, si se prev\u00e9 tal circunstancia, como para aquellos en los que \u00fanicamente se valore la asistencia.<\/p>\n<p>Si en la convocatoria no estuviera determinada la puntuaci\u00f3n del curso, se valorar\u00e1 atendiendo a su carga horaria o a su duraci\u00f3n, as\u00ed como al conocimiento de las materias acreditado mediante certificado de aprovechamiento, con arreglo al siguiente baremo:<\/p>\n<p>\u2013\u2002Desde\u00a015 hasta\u00a029 horas de duraci\u00f3n: 0,10 puntos por curso superado con aprovechamiento y\u00a00,05 por curso con asistencia.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Desde\u00a030 hasta\u00a050 horas de duraci\u00f3n: 0,20 puntos por curso superado con aprovechamiento y\u00a00,10 por curso con asistencia.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Superior a\u00a050 horas de duraci\u00f3n: 0,40 puntos por curso superado con aprovechamiento y\u00a00,20 por curso con asistencia.<\/p>\n<p>c)\u2003Actividad docente. La puntuaci\u00f3n m\u00e1xima que podr\u00e1 otorgarse por este apartado ser\u00e1 de\u00a00,25 puntos.<\/p>\n<p>d)\u2003Publicaciones. La puntuaci\u00f3n m\u00e1xima que podr\u00e1 otorgarse por este apartado ser\u00e1 de\u00a00,25 puntos.<\/p>\n<p>3.\u2003Acreditaci\u00f3n de los m\u00e9ritos y otras disposiciones.<\/p>\n<p>a)\u2003Los m\u00e9ritos a que se refieren los art\u00edculos anteriores deber\u00e1n ser acreditados por los concursantes mediante documentos originales o copias compulsadas de los mismos o certificaciones originales. Las copias compulsadas lo ser\u00e1n por el Centro emisor del documento o por el Centro donde sean presentadas.<\/p>\n<p>b)\u2003En los procesos de evaluaci\u00f3n podr\u00e1 recabarse formalmente de los interesados las aclaraciones o, en su caso, la documentaci\u00f3n adicional que se estime necesaria para la comprobaci\u00f3n de los m\u00e9ritos alegados.<\/p>\n<p>A los funcionarios pertenecientes a Cuerpos o Escalas extinguidos que no resultaren integrados en las subescalas en que se estructura la habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, a los que se refiere la Disposici\u00f3n Transitoria Primera, apartado\u00a02, del Real Decreto\u00a01174\/1987, de\u00a018 de septiembre, se les podr\u00e1 reconocer, previa acreditaci\u00f3n, el m\u00e9rito establecido en el art\u00edculo\u00a03, letra a), del Decreto que se transcribe.<\/p>\n<ol>\n<li>Comunidad de Castilla y Le\u00f3n. (Decreto\u00a0185\/1994, de\u00a025 de agosto, de la Consejer\u00eda de Presidencia y Administraci\u00f3n Territorial de la Junta de Castilla y Le\u00f3n).<\/li>\n<\/ol>\n<p>1.\u2003M\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica.<\/p>\n<p>Los m\u00e9ritos de valoraci\u00f3n auton\u00f3mica que implican el conocimiento de las especialidades de la organizaci\u00f3n territorial y de la normativa de la Comunidad Aut\u00f3noma de Castilla y Le\u00f3n, son los siguientes:<\/p>\n<p>a)\u2003Experiencia profesional por los servicios prestados como funcionarios en la Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma de Castilla y Le\u00f3n o en las Entidades Locales que formen parte del territorio de \u00e9sta.<\/p>\n<p>b)\u2003Los cursos de formaci\u00f3n y perfeccionamiento realizados en condici\u00f3n de funcionario de carrera, convocados por la Consejer\u00eda de Presidencia y Administraci\u00f3n Territorial o, en colaboraci\u00f3n con \u00e9sta, por otros Centros Oficiales reconocidos de otras Administraciones P\u00fablicas, que se refieran a materias de Derecho Auton\u00f3mico. Se excluir\u00e1n los cursos que forman parte de los procesos selectivos.<\/p>\n<p>c)\u2003Los cursos, seminarios, jornadas y otras acciones formativas distintas a las anteriores convocadas por cualquier Centro Oficial reconocido o Colegio Profesional, en los que se haya expedido diploma o certificado de asistencia o, en su caso de aprovechamiento, y que versen sobre las materias mencionadas.<\/p>\n<p>d)\u2003La actividad docente en las acciones formativas relacionadas en los dos apartados precedentes, as\u00ed como en Cursos Selectivos en ponencias, seminarios o conferencias relacionadas con esas mismas materias.<\/p>\n<p>e)\u2003Publicaciones relativas a la normativa y organizaci\u00f3n territorial de la Comunidad Aut\u00f3noma de Castilla y Le\u00f3n.<\/p>\n<p>2.\u2003Valoraci\u00f3n de los m\u00e9ritos:<\/p>\n<p>La puntuaci\u00f3n de los m\u00e9ritos expresados en el anterior apartado, es de\u00a03 puntos, de acuerdo con las reglas y criterios siguientes:<\/p>\n<p>Los servicios prestados: se valorar\u00e1n hasta un m\u00e1ximo de\u00a01 punto, distingui\u00e9ndose:<\/p>\n<p>\u2013\u2002Los servicios prestados en puestos de trabajo de superior o igual Grupo funcionarial a aqu\u00e9l al que corresponde la Subescala a que se concursa: 0,02 puntos\/mes.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Los servicios prestados en puestos de trabajo asignados al Grupo de funcionarios inmediatamente inferior al de la Subescala a que se concursa: 0,01 puntos\/mes.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Los cursos de formaci\u00f3n y perfeccionamiento superados: se valorar\u00e1n hasta un m\u00e1ximo de\u00a01,1 puntos, en funci\u00f3n de la relaci\u00f3n de la materia con las funciones propias de la Subescala y Categor\u00eda, el grado de dificultad o de especializaci\u00f3n, el n\u00famero de horas lectivas y el sistema de evaluaci\u00f3n que se determine. En las convocatorias de los cursos que realice la Consejer\u00eda de Presidencia y Administraci\u00f3n Territorial se establecer\u00e1 la puntuaci\u00f3n otorgada a estos efectos.<\/p>\n<p>En el supuesto de que no estuviera determinada la puntuaci\u00f3n en la convocatoria del curso, se valorar\u00e1 atendiendo a la carga horaria o duraci\u00f3n del mismo, de acuerdo con el baremo siguiente:<\/p>\n<ul>\n<li>\u2002Entre\u00a025 y\u00a050 horas lectivas: 0,10 puntos por curso.<\/li>\n<li>\u2002Entre\u00a051 y\u00a0100 horas lectivas: 0,20 puntos por curso.<\/li>\n<li>\u2002Superior a\u00a0100 horas lectivas: 0,30 puntos por curso.<\/li>\n<\/ul>\n<p>\u2013\u2002Otras acciones formativas: se valorar\u00e1n aquellas debidamente acreditadas y no valoradas en el apartado anterior, hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,3 puntos, atendiendo a su carga horaria o duraci\u00f3n, de acuerdo con el siguiente baremo:<\/p>\n<ul>\n<li>\u2002Entre\u00a025 y\u00a050 horas lectivas: 0,03 puntos por curso.<\/li>\n<li>\u2002Entre\u00a051 y\u00a0100 horas lectivas: 0,05 puntos por curso.<\/li>\n<li>\u2002Superior a\u00a0100 horas lectivas: 0,07 puntos por curso.<\/li>\n<\/ul>\n<p>No se valorar\u00e1n las acciones formativas cuya duraci\u00f3n sea inferior a\u00a025 horas lectivas.<\/p>\n<p>\u2013\u2002La actividad docente: se valorar\u00e1 con un m\u00e1ximo de\u00a00,3 puntos, a raz\u00f3n de\u00a00,01 puntos por hora impartida.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Publicaciones: se valorar\u00e1n hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,3 puntos en funci\u00f3n del car\u00e1cter divulgador o cient\u00edfico, de la extensi\u00f3n, la edici\u00f3n en revistas especializadas o cualquier otro elemento que permita evaluar la calidad cient\u00edfica del trabajo o publicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>3.\u2003Acreditaci\u00f3n de m\u00e9ritos:<\/p>\n<p>Los m\u00e9ritos a que se refieren los art\u00edculos anteriores deber\u00e1n ser acreditados por los concursantes mediante documentos originales o copias compulsadas de los mismos o certificaciones originales. Las copias compulsadas lo ser\u00e1n por el Centro emisor del documento o por el Centro donde sean presentadas.<\/p>\n<p>En los procesos de evaluaci\u00f3n podr\u00e1 recabarse formalmente de los interesados las aclaraciones o, en su caso, la documentaci\u00f3n adicional que se estime necesaria para la comprobaci\u00f3n de los m\u00e9ritos alegados.<\/p>\n<p>4.\u2003Valoraci\u00f3n de los m\u00e9ritos por el Tribunal:<\/p>\n<p>El Tribunal de Valoraci\u00f3n del concurso valorar\u00e1 los m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica conforme a las reglas y baremo de puntuaciones establecidos en este Decreto.<\/p>\n<p>E.\u2003Comunidad Aut\u00f3noma de Castilla-La Mancha. (Decreto\u00a081\/2003, de\u00a013 de mayo, de la Consejer\u00eda de Administraciones P\u00fablicas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha).<\/p>\n<p>En el \u00e1mbito de Castilla- La Mancha, el Decreto\u00a081\/2003, de\u00a013 de mayo, por el que se regulan los m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica de aplicaci\u00f3n en los Concursos de funcionarios de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, determina que los m\u00e9ritos correspondientes al conocimiento de las especialidades de la organizaci\u00f3n territorial y de la normativa de la Comunidad Aut\u00f3noma de Castilla-La Mancha en se valorar\u00e1n hasta un diez por ciento de la puntuaci\u00f3n total posible (3 puntos). Por tanto determina un porcentaje inferior al l\u00edmite m\u00e1ximo previsto en el art\u00edculo\u00a092 bis de la Ley\u00a07\/1985, de\u00a02 de abril.<\/p>\n<p>1.\u2003M\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica y valoraci\u00f3n:<\/p>\n<p>Los m\u00e9ritos relacionados con el conocimiento de la organizaci\u00f3n territorial y de la normativa auton\u00f3mica de Castilla\u2013La Mancha son los siguientes:<\/p>\n<p>a)\u2003Experiencia profesional.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Se valorar\u00e1 el desempe\u00f1o de puestos de trabajo en las Entidades Locales de la Comunidad Aut\u00f3noma de Castilla-La Mancha, siempre que se haya permanecido en los puestos referidos un plazo m\u00ednimo de un a\u00f1o. La experiencia se valorar\u00e1 hasta un m\u00e1ximo de\u00a01,25 puntos, seg\u00fan las reglas siguientes:<\/p>\n<ul>\n<li>\u2002Servicios prestados como funcionario de carrera, incluso con nombramiento provisional, en puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional correspondientes a la subescala a la que se concursa: 0,03 puntos por mes.<\/li>\n<li>\u2002Servicios prestados como funcionario de carrera, incluso con nombramiento provisional, en puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional correspondientes a distinto grupo o subescala a la que se concursa: 0,02 puntos por mes.<\/li>\n<\/ul>\n<p>b)\u2003Cursos de formaci\u00f3n y perfeccionamiento.<\/p>\n<p>Se valorar\u00e1 la asistencia y, en su caso, la superaci\u00f3n de los cursos de estas caracter\u00edsticas que tengan por objeto las especialidades de la organizaci\u00f3n territorial y de la normativa de la Comunidad Aut\u00f3noma de Castilla-La Mancha, organizados u homologados por la Consejer\u00eda de Administraciones P\u00fablicas. Estos cursos, que habr\u00e1n de versar sobre las funciones reservadas a los funcionarios de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, se valorar\u00e1n hasta\u00a01,50 puntos seg\u00fan las siguientes reglas:<\/p>\n<p>\u2013\u2002Cursos de hasta\u00a015 horas lectivas: 0,10 puntos por curso.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Cursos de duraci\u00f3n de\u00a015 hasta\u00a040 horas lectivas: 0,40 puntos por curso.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Cursos de duraci\u00f3n de\u00a040 hasta\u00a0100 horas lectivas: 0,60 puntos por curso.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Cursos de duraci\u00f3n de\u00a0101 horas lectivas o m\u00e1s: 0,75 puntos por curso.<\/p>\n<p>c)\u2003Actividad docente.<\/p>\n<p>Se considerar\u00e1 como m\u00e9ritos el ejercicio de actividades docentes en los cursos de formaci\u00f3n y perfeccionamiento a que se ha hecho referencia; y tambi\u00e9n, en aquellos que tengan relaci\u00f3n con las Entidades Locales de la Regi\u00f3n y con las disciplinas impartidas en la Universidad, en la Escuela de Administraci\u00f3n Regional y en la Escuela de Protecci\u00f3n Ciudadana de Castilla-La Mancha. La actividad docente se valorar\u00e1 con un m\u00e1ximo de\u00a00,15 puntos, a raz\u00f3n de\u00a00,01 puntos por hora impartida.<\/p>\n<p>d)\u2003Publicaciones.<\/p>\n<p>Se valorar\u00e1n las relativas a las especialidades de la organizaci\u00f3n territorial y de la normativa de la Comunidad Aut\u00f3noma de Castilla-La Mancha. Se valorar\u00e1n hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,10 puntos en funci\u00f3n del car\u00e1cter innovador, de la extensi\u00f3n, la publicaci\u00f3n en revistas especializadas o cualquier otro elemento que permita evaluar la calidad cient\u00edfica del trabajo.<\/p>\n<p>2.\u2003Acreditaci\u00f3n de m\u00e9ritos:<\/p>\n<p>Los concursantes acreditar\u00e1n los m\u00e9ritos a que se refiere el presente Decreto mediante la presentaci\u00f3n de los documentos originales o copias aut\u00e9nticas de los mismos que los justifiquen adecuadamente.<\/p>\n<p>3.\u2003Valoraci\u00f3n de los m\u00e9ritos por el Tribunal:<\/p>\n<p>El Tribunal de valoraci\u00f3n del concurso valorar\u00e1 los m\u00e9ritos alegados de conformidad con las reglas y puntuaci\u00f3n establecidas en este Decreto y en las normas que lo desarrollen.<\/p>\n<p>4.\u2003Homologaci\u00f3n de Cursos:<\/p>\n<p>La persona titular de la Consejer\u00eda de Administraciones P\u00fablicas homologar\u00e1, a los efectos de este Decreto, los cursos realizados con anterioridad a su entrada en vigor, que se ajusten a las determinaciones se\u00f1aladas en la presente normativa y resulten debidamente acreditados por el solicitante.<\/p>\n<p>F.\u2003Comunidad Aut\u00f3noma de Catalu\u00f1a. (Decreto\u00a0234\/1994, de\u00a013 de septiembre, del Departamento de Gobernaci\u00f3n de la Generalitat de Catalu\u00f1a, desarrollado por la Orden de\u00a05 de enero de\u00a01995 y modificado por el Decreto\u00a074\/1998, de\u00a03 de marzo).<\/p>\n<p>1.\u2003Conocimiento del catal\u00e1n:<\/p>\n<p>El personal funcionario que concurse tiene que acreditar el conocimiento de la lengua catalana mediante el certificado de nivel de suficiencia (C1) de la Direcci\u00f3n General de Pol\u00edtica Ling\u00fc\u00edstica o alguno de los certificados o los t\u00edtulos equivalentes que se mencionan en el anexo de la Orden VCP\/491\/2009, de\u00a012 de noviembre (DOGC\u00a05511, de\u00a023 de noviembre de 2009), por los que se refunden y se actualizan los t\u00edtulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de catal\u00e1n de la Secretar\u00eda de Pol\u00edtica Ling\u00fc\u00edstica, modificada por la Orden VCP\/233\/2010, de\u00a012 de abril (DOGC\u00a05610, de\u00a019 de abril de 2010).<\/p>\n<p>Si alguna persona no tiene el certificado o el t\u00edtulo mencionado, el tribunal de valoraci\u00f3n del concurso evaluar\u00e1 estos conocimientos.<\/p>\n<p>En este caso, los miembros del tribunal estar\u00e1n asesorados, en su caso, por personal con un t\u00edtulo id\u00f3neo para evaluar el conocimiento de la lengua catalana.<\/p>\n<p>2.\u2003M\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica:<\/p>\n<p>Los m\u00e9ritos correspondientes al conocimiento de las especialidades de la organizaci\u00f3n territorial y de la normativa de Catalu\u00f1a, son los siguientes:<\/p>\n<p>a)\u2003Experiencia profesional: consistente en el ejercicio de funciones en la Administraci\u00f3n de la Generalitat de Catalu\u00f1a o en las Entidades Locales de este territorio, que impliquen el conocimiento de las especialidades de la organizaci\u00f3n territorial y de la normativa de Catalu\u00f1a.<\/p>\n<p>b)\u2003Cursos de formaci\u00f3n y perfeccionamiento: superados, homologados o reconocidos por la Escuela de Administraci\u00f3n P\u00fablica de Catalu\u00f1a y que tengan por objeto el aprendizaje de las especialidades de la organizaci\u00f3n territorial y de la normativa de Catalu\u00f1a.<\/p>\n<p>c)\u2003Actividad docente: dirigida a la ense\u00f1anza de las materias sobre organizaci\u00f3n territorial, r\u00e9gimen local, urbanismo y r\u00e9gimen econ\u00f3mico y financiero de las Entidades Locales en cursos organizados por la Generalitat o en colaboraci\u00f3n con \u00e9sta.<\/p>\n<p>d)\u2003Publicaciones: en materias relativas a las especialidades de la organizaci\u00f3n territorial y de la normativa de Catalu\u00f1a.<\/p>\n<p>3.\u2003Valoraci\u00f3n de los m\u00e9ritos:<\/p>\n<p>La proporci\u00f3n que corresponde a cada una de las clases de m\u00e9ritos expresados en el art\u00edculo anterior, dentro del porcentaje del\u00a015 % de la puntuaci\u00f3n total posible asignado para la valoraci\u00f3n del conocimiento de las especialidades auton\u00f3micas, es la siguiente:<\/p>\n<p>a)\u2003Experiencia profesional: hasta un\u00a030 % del total de puntos que, en la puntuaci\u00f3n total correspondan al\u00a015 % atribuido a los m\u00e9ritos por los conocimientos de las especialidades auton\u00f3micas.<\/p>\n<p>b)\u2003Cursos de formaci\u00f3n y perfeccionamiento: hasta un\u00a050 % del total de puntos que, en la puntuaci\u00f3n total correspondan al\u00a015 % atribuido a los m\u00e9ritos por los conocimientos de las especialidades auton\u00f3micas, en funci\u00f3n del nivel acad\u00e9mico del curso.<\/p>\n<p>c)\u2003Actividad docente: hasta un\u00a010 % del total de puntos que, en la puntuaci\u00f3n total correspondan al\u00a015 % atribuido a los m\u00e9ritos por los conocimientos de las especialidades auton\u00f3micas.<\/p>\n<p>d)\u2003Publicaciones: hasta un\u00a010 % del total de puntos que, en la puntuaci\u00f3n total correspondan al\u00a015 % atribuido a los m\u00e9ritos por los conocimientos de las especialidades auton\u00f3micas.<\/p>\n<p>4.\u2003Reglas para la puntuaci\u00f3n de los m\u00e9ritos:<\/p>\n<p>a)\u2003Experiencia profesional: los servicios prestados se valorar\u00e1n de la forma siguiente:<\/p>\n<p>\u2013\u2002Servicios prestados en puestos de trabajo del mismo grupo de funcionarios o superior que el correspondiente a la subescala a la que se concursa: 0,02 puntos\/mes.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Servicios prestados en puestos de trabajo asignados al grupo de funcionarios inmediatamente inferior a la subescala a la que se concursa cuando se trate de la provisi\u00f3n de puestos de la subescala de secretar\u00eda o de intervenci\u00f3n-tesorer\u00eda: 0,01 puntos\/mes.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Servicios prestados en puestos de trabajo asignados a grupos inferiores, no incluidos en el p\u00e1rrafo anterior, en los que se hayan ejercido de forma accidental funciones reservadas a la subescala a la que se concursa: 0,005 puntos\/mes.<\/p>\n<p>b)\u2003Cursos de formaci\u00f3n y perfeccionamiento: la valoraci\u00f3n de los cursos, con exclusi\u00f3n de los que formen parte del proceso selectivo, se efectuar\u00e1 de la forma siguiente:<\/p>\n<p>\u2013\u2002S\u00f3lo se tendr\u00e1n en cuenta los cursos impartidos por la Escuela de Administraci\u00f3n P\u00fablica de Catalu\u00f1a o, en colaboraci\u00f3n con \u00e9sta, por las universidades, centros de ense\u00f1anza superior u otros \u00f3rganos competentes en materia de formaci\u00f3n y perfeccionamiento de los funcionarios, siempre que sean homologados por la Escuela de Administraci\u00f3n P\u00fablica de Catalu\u00f1a, a los efectos de este art\u00edculo.<\/p>\n<p>\u2013\u2002La puntuaci\u00f3n de cada curso dentro de una escala de\u00a00,10 a\u00a01,5, la establecer\u00e1 la Escuela de Administraci\u00f3n P\u00fablica de Catalu\u00f1a en funci\u00f3n de la relaci\u00f3n de la materia impartida con las funciones reservadas a los funcionarios habilitados de car\u00e1cter estatal, el grado de dificultad del curso, el n\u00famero de horas lectivas y el sistema de evaluaci\u00f3n.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Las convocatorias de cursos formuladas por la Escuela de Administraci\u00f3n P\u00fablica de Catalu\u00f1a indicar\u00e1n la puntuaci\u00f3n otorgada a los efectos de este precepto.<\/p>\n<p>c)\u2003Actividad docente: se valorar\u00e1 en funci\u00f3n del car\u00e1cter introductorio o de especializaci\u00f3n de los cursos, del nivel elemental, grado medio o superior, y de cualquier otro elemento que ponga de manifiesto el grado de dificultad de la materia para impartirla.<\/p>\n<p>d)\u2003Publicaciones: las publicaciones se valorar\u00e1n en funci\u00f3n del car\u00e1cter divulgador o cient\u00edfico, de la extensi\u00f3n, de la edici\u00f3n como monograf\u00eda o art\u00edculo en revistas especializadas y de cualquier otro elemento que permita evaluar la calidad cient\u00edfica del trabajo publicado.<\/p>\n<p>5.\u2003Acreditaci\u00f3n de m\u00e9ritos:<\/p>\n<p>Los concursantes deber\u00e1n acreditar los m\u00e9ritos que aleguen mediante la presentaci\u00f3n del certificado correspondiente expedido por el \u00f3rgano competente o la copia del t\u00edtulo debidamente compulsada.<\/p>\n<p>6.\u2003Valoraci\u00f3n de los m\u00e9ritos por el Tribunal:<\/p>\n<p>El tribunal de valoraci\u00f3n del concurso comprobar\u00e1 y valorar\u00e1 los m\u00e9ritos alegados de acuerdo con las reglas y las puntuaciones establecidas en este Decreto.<\/p>\n<p>G.\u2003Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura. (Decreto\u00a06\/1995, de\u00a021 de febrero, de la Consejer\u00eda de Presidencia y Trabajo de la Junta de Extremadura).<\/p>\n<p>1.\u2003M\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica:<\/p>\n<p>Los m\u00e9ritos correspondientes al conocimiento de las especialidades de la organizaci\u00f3n territorial de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura y de su normativa espec\u00edfica son:<\/p>\n<p>a)\u2003La experiencia profesional, consistente en el desempe\u00f1o de un puesto de trabajo en las instituciones propias de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura en situaci\u00f3n de servicios en Comunidades Aut\u00f3nomas, o en las Entidades Locales sitas en su territorio, que implique el conocimiento de las especialidades de la organizaci\u00f3n territorial y de la normativa de Extremadura.<\/p>\n<p>b)\u2003Los cursos de formaci\u00f3n y perfeccionamiento impartidos, superados, homologados o reconocidos por el centro de formaci\u00f3n de funcionarios de la Junta de Extremadura o, en colaboraci\u00f3n con \u00e9ste, por las Universidades, Centros de Ense\u00f1anza Superior u otros \u00f3rganos competentes en materia de formaci\u00f3n y perfeccionamiento de los funcionarios, siempre que sean homologados por el centro de formaci\u00f3n de funcionarios de la Junta de Extremadura a los efectos de este art\u00edculo, y que tengan por objeto las especialidades de la organizaci\u00f3n territorial y de la normativa de Extremadura.<\/p>\n<p>c)\u2003La actividad docente, dirigida a la ense\u00f1anza de las materias sobre normativa de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura, organizaci\u00f3n territorial, r\u00e9gimen local y urbanismo que incida en la legislaci\u00f3n Auton\u00f3mica, en cursos organizados por la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura o en colaboraci\u00f3n con \u00e9sta, por Universidades, Centro de Ense\u00f1anza Superior o en el Instituto Nacional de Administraci\u00f3n P\u00fablica.<\/p>\n<p>d)\u2003Las publicaciones en materia relativas a las especialidades de la organizaci\u00f3n territorial y de la normativa de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura.<\/p>\n<p>2.\u2003Valoraci\u00f3n de los m\u00e9ritos:<\/p>\n<p>a)\u2003Servicios prestados se valorar\u00e1n, hasta un m\u00e1ximo de\u00a01,40 puntos, del modo siguiente:<\/p>\n<p>\u2013\u2002Servicios prestados en la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura como funcionario de la misma, en puestos de trabajo reservados a los grupos A o B: 0,03 ptos.\/mes.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Servicios prestados en las Entidades Locales de Extremadura en puestos de trabajo; de la misma categor\u00eda y subescala en la que se concursa: 0,03 ptos.\/mes; de otras subescalas: 0,03 ptos.\/mes.<\/p>\n<p>b)\u2003Cursos de formaci\u00f3n y perfeccionamiento.<\/p>\n<p>Los cursos de formaci\u00f3n y perfeccionamiento se valorar\u00e1n, en funci\u00f3n del nivel acad\u00e9mico del curso, hasta un m\u00e1ximo de\u00a01 punto, con exclusi\u00f3n de los que formen parte del curso selectivo, del modo siguiente:<\/p>\n<p>\u2013\u2002Solo se tendr\u00e1n en cuenta los cursos impartidos por el centro de formaci\u00f3n de funcionarios de la Junta de Extremadura o, en colaboraci\u00f3n con \u00e9ste, por las Universidades, Centros de ense\u00f1anza Superior u otros \u00f3rganos competentes en materia de formaci\u00f3n y perfeccionamiento de los funcionarios, siempre que sean homologados por el centro de formaci\u00f3n de funcionarios de la Junta de Extremadura, a los efectos de \u00e9ste art\u00edculo.<\/p>\n<p>\u2013\u2002La puntuaci\u00f3n de cada curso, dentro de una escala de\u00a00,10 a\u00a00,60 se establecer\u00e1 en funci\u00f3n de la relaci\u00f3n de la materia impartida con las funciones reservadas a los funcionarios habilitados de car\u00e1cter nacional, el grado de dificultad del curso, el n\u00famero de horas lectivas, nunca inferior a\u00a015, y el sistema de evaluaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Las convocatorias de cursos formuladas por el centro de formaci\u00f3n de funcionarios de la Junta de Extremadura indicar\u00e1n la puntuaci\u00f3n otorgada a los efectos de este art\u00edculo. En caso de no indicar la convocatoria la puntuaci\u00f3n otorgada, estos cursos se puntuar\u00e1n seg\u00fan los criterios de valoraci\u00f3n regulados en la Orden de\u00a010 de agosto de\u00a01994 del Ministerio para las Administraciones P\u00fablicas, sin superar la puntuaci\u00f3n m\u00e1xima de\u00a00,60 puntos a que se refiere el n\u00famero anterior.<\/p>\n<p>c)\u2003Actividad docente.<\/p>\n<p>La actividad docente se valorar\u00e1 hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,30 puntos, en funci\u00f3n del car\u00e1cter introductorio o de especializaci\u00f3n de los cursos impartidos, del nivel elemental, grado medio o superior, y de cualquier otro elemento que ponga de manifiesto el grado de dificultad de la materia impartida.<\/p>\n<p>d)\u2003Publicaciones.<\/p>\n<p>Las publicaciones se valorar\u00e1n hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,30 puntos en funci\u00f3n del car\u00e1cter divulgador o cient\u00edfico, de la extensi\u00f3n, la edici\u00f3n como monograf\u00eda o art\u00edculo en revistas especializadas y cualquier otro elemento que permita evaluar la calidad cient\u00edfica del trabajo publicado.<\/p>\n<p>3.\u2003Acreditaci\u00f3n de m\u00e9ritos:<\/p>\n<p>Los concursantes acreditar\u00e1n los m\u00e9ritos alegados mediante la presentaci\u00f3n del certificado correspondiente, la copia debidamente compulsada o la publicaci\u00f3n a que hiciera referencia.<\/p>\n<p>4.\u2003Valoraci\u00f3n de los m\u00e9ritos por el Tribunal:<\/p>\n<p>El Tribunal de valoraci\u00f3n del concurso comprobar\u00e1 y valorar\u00e1 los m\u00e9ritos alegados de acuerdo con las reglas y las puntuaciones establecidas en este Decreto y normas de desarrollo.<\/p>\n<p>5.\u2003Homologaci\u00f3n de cursos:<\/p>\n<p>La Direcci\u00f3n General de la Funci\u00f3n P\u00fablica de la Junta de Extremadura podr\u00e1 homologar, a estos efectos, cursos realizados con anterioridad a la entrada en vigor del Decreto\u00a06\/1995 de\u00a021 de febrero, siempre que se acrediten suficientemente por el solicitante los requisitos exigidos, e igualmente en tanto se desarrolla la estructura y organizaci\u00f3n del centro de formaci\u00f3n de funcionarios de la Junta de Extremadura, los cursos de formaci\u00f3n y perfeccionamiento sobre normativa auton\u00f3mica de Extremadura y especialidades de su organizaci\u00f3n, impartidos por Universidades y Centros de Ense\u00f1anza Superior.<\/p>\n<p>H.\u2003Comunidad Aut\u00f3noma de Galicia. (Decreto\u00a049\/2009, de\u00a026 de febrero, de la Consejer\u00eda de Presidencia, Administraciones P\u00fablicas y Justicia de la Junta de Galicia).<\/p>\n<p>1.\u2003Conocimiento de la lengua gallega: (Decreto\u00a0103\/2008, de\u00a08 de mayo, de la Consejer\u00eda de Presidencia, Administraciones P\u00fablicas y Justicia de la Junta de Galicia).<\/p>\n<p>El conocimiento de la lengua gallega se acreditar\u00e1 en los t\u00e9rminos se\u00f1alados en el Decreto\u00a0103\/2008, de\u00a08 de mayo, por el que se regula el conocimiento del gallego en los procedimientos para la provisi\u00f3n de puestos de trabajo reservados a funcionarios\/as con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional en el \u00e1mbito territorial de la Comunidad Aut\u00f3noma de Galicia, mediante la presentaci\u00f3n con la solicitud de participaci\u00f3n en el concurso de la documentaci\u00f3n justificativa de estar en posesi\u00f3n del certificado de lengua gallega\u00a04 (Celga\u00a04) o de su equivalente, debidamente homologado por el \u00f3rgano competente en materia de pol\u00edtica ling\u00fc\u00edstica de la Xunta de Galicia.<\/p>\n<p>El tribunal de valoraci\u00f3n realizar\u00e1 una prueba de car\u00e1cter eliminatorio a los\/las aspirantes que no acrediten la posesi\u00f3n del Celga\u00a04 o equivalente. Esta prueba, que se valorar\u00e1 con el resultado de apto o no apto, est\u00e1 destinada a evaluar un grado de conocimiento del gallego equivalente al exigido para la obtenci\u00f3n del Celga\u00a04 o equivalente. Para la realizaci\u00f3n de esta prueba el tribunal de valoraci\u00f3n incorporar\u00e1 asesores\/as especialistas en lengua gallega designados por el \u00f3rgano competente en materia de pol\u00edtica ling\u00fc\u00edstica de la Xunta de Galicia.<\/p>\n<p>2.\u2003M\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica:<\/p>\n<p>Los m\u00e9ritos relacionados con el conocimiento de las especialidades de la organizaci\u00f3n territorial y del derecho propio de Galicia ser\u00e1n incluidos por las corporaciones locales en la respectiva convocatoria.<\/p>\n<p>Para tales efectos, el baremo de m\u00e9ritos auton\u00f3micos est\u00e1 constituido por los siguientes:<\/p>\n<p>\u2013\u2002Experiencia profesional: consistente en el ejercicio de funciones en la Administraci\u00f3n auton\u00f3mica o en las entidades locales de Galicia que impliquen el conocimiento de las especialidades de la organizaci\u00f3n territorial y de la normativa auton\u00f3mica de Galicia.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Cursos de formaci\u00f3n y perfeccionamiento superados, homologados o reconocidos por la Escuela Gallega de Administraci\u00f3n P\u00fablica y que tengan por objeto a aprendizaje de las especialidades de la organizaci\u00f3n territorial y de la normativa de Galicia.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Actividad docente: dirigida a la ense\u00f1anza de las materias sobre organizaci\u00f3n territorial y normativa de Galicia, r\u00e9gimen local, procedimiento administrativo, contrataci\u00f3n p\u00fablica, servicios p\u00fablicos, urbanismo, personal y r\u00e9gimen econ\u00f3mico-financiero de las entidades locales en cursos organizados por la Escuela Gallega de Administraci\u00f3n P\u00fablica o en colaboraci\u00f3n con esta.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Publicaciones: en materias relativas a las especialidades de organizaci\u00f3n territorial y del derecho propio de Galicia.<\/p>\n<p>3.\u2003Valoraci\u00f3n de los m\u00e9ritos:<\/p>\n<p>La proporci\u00f3n que corresponde a cada una de las clases de m\u00e9ritos expresados en el art\u00edculo anterior es la siguiente:<\/p>\n<p>\u2013\u2002Experiencia profesional: hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,90 puntos.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Cursos de formaci\u00f3n y perfeccionamiento: hasta un m\u00e1ximo de\u00a01,50 puntos.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Actividad docente: hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,30 puntos.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Publicaciones: hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,30 puntos.<\/p>\n<p>4.\u2003Reglas para la puntuaci\u00f3n de m\u00e9ritos.<\/p>\n<p>a)\u2003Experiencia profesional: los servicios prestados se valorar\u00e1n de la siguiente manera:<\/p>\n<p>\u2013\u2002Servicios prestados como funcionarios de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional en puestos reservados en las entidades locales de Galicia:<\/p>\n<ul>\n<li>\u2002De la misma subescala y categor\u00eda a la cual se concursa: 0,03 puntos\/mes.<\/li>\n<li>\u2002De distinta subescala y categor\u00eda a la cual se concursa: 0,02 puntos\/mes.<\/li>\n<\/ul>\n<p>\u2013\u2002Servicios prestados en el territorio de la Comunidad Aut\u00f3noma gallega como funcionarios de carrera en puestos no reservados a personal funcionario con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional:<\/p>\n<ul>\n<li>\u2002a.1)\u2003Del subgrupo A1: 0,01 puntos\/mes.<\/li>\n<li>\u2002a.2)\u2003Del subgrupo A2: 0,005 puntos\/mes.<\/li>\n<\/ul>\n<p>M\u00e1ximo: 0,90 puntos.<\/p>\n<p>b)\u2003Cursos de formaci\u00f3n y perfeccionamiento: la valoraci\u00f3n de los cursos, con exclusi\u00f3n de los que formen parte de los procesos selectivos correspondientes, se efectuar\u00e1 de la forma siguiente:<\/p>\n<p>\u2013\u2002Se tendr\u00e1n en cuenta, \u00fanicamente, los cursos impartidos por la Escuela Gallega de Administraci\u00f3n P\u00fablica, universidades y organismos p\u00fablicos dedicados a la formaci\u00f3n y perfeccionamiento del personal al servicio de las administraciones p\u00fablicas, que previamente, hayan sido homologados o reconocidos por la Escuela Gallega de Administraci\u00f3n P\u00fablica a los efectos de este art\u00edculo.<\/p>\n<p>\u2013\u2002S\u00f3lo se valorar\u00e1n aquellos cursos que tengan por objeto el aprendizaje de las especialidades de la organizaci\u00f3n territorial y del derecho propio de Galicia, exceptu\u00e1ndose los que forman parte de los procesos selectivos correspondientes.<\/p>\n<p>\u2013\u2002La puntuaci\u00f3n de cada curso dentro de la escala de\u00a00,10 a\u00a01,5 ser\u00e1 establecida por la Escuela Gallega de Administraci\u00f3n P\u00fablica en funci\u00f3n de la relaci\u00f3n de la materia impartida con las funciones reservadas a los funcionarios con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter estatal, el grado de dificultad del curso, el n\u00famero de horas lectivas y el sistema de evaluaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Las convocatorias de los cursos formuladas por la Escuela Gallega de Administraci\u00f3n P\u00fablica indicar\u00e1n la puntuaci\u00f3n otorgada a los efectos de este precepto.<\/p>\n<p>Para el supuesto de que la puntuaci\u00f3n de los cursos no estuviera determinada en sus convocatorias, la valoraci\u00f3n se har\u00e1 exclusivamente respeto de aquellos cursos en que la materia impartida tenga relaci\u00f3n con las funciones reservadas a los funcionarios con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, de la forma siguiente:<\/p>\n<p>\u2013\u2002Cursos con certificado de asistencia de duraci\u00f3n comprendida entre\u00a020 y\u00a040 horas: 0,10 puntos por curso.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Cursos con certificado de asistencia de duraci\u00f3n superior a\u00a040 horas: 0,20 puntos por curso.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Cursos con certificado de aprovechamiento con duraci\u00f3n comprendida entre\u00a020 y\u00a040 horas: 0,30 puntos por curso.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Cursos con certificado de aprovechamiento de duraci\u00f3n superior a\u00a040 horas: 0,40 puntos por curso.<\/p>\n<p>No se valorar\u00e1n los diplomas relativos a la realizaci\u00f3n de congresos, conferencias, seminarios, jornadas, simposios, encuentros y semejantes, ni aquellos cursos con m\u00e1s de\u00a015 a\u00f1os de antelaci\u00f3n a la fecha de la resoluci\u00f3n por la que se aprueba la convocatoria del concurso.<\/p>\n<p>M\u00e1ximo: 1,5 puntos.<\/p>\n<p>c)\u2003Actividad docente: se valorar\u00e1 con un m\u00e1ximo de\u00a00,30 puntos, a raz\u00f3n de\u00a00,01 puntos por hora impartida en cursos, excluy\u00e9ndose los congresos, conferencias, seminarios, jornadas, simposios, encuentros o semejantes.<\/p>\n<p>d)\u2003Publicaciones de manuales o art\u00edculos sobre materias relativas a las especialidades de la organizaci\u00f3n territorial y del derecho propio de Galicia. Por cada manual: 0,10 puntos; por cada art\u00edculo\u00a00,05 puntos. La puntuaci\u00f3n m\u00e1xima ser\u00e1 de\u00a00,30 puntos. S\u00f3lo se valorar\u00e1n los manuales o art\u00edculos aparecidos en publicaciones con ISBN o ISSN.<\/p>\n<p>5.\u2003Acreditaci\u00f3n de m\u00e9ritos.<\/p>\n<p>Los concursantes acreditar\u00e1n los m\u00e9ritos que aleguen mediante la presentaci\u00f3n del certificado correspondiente o la copia del t\u00edtulo debidamente compulsada.<\/p>\n<p>I.\u2003Comunidad de Madrid. (Resoluci\u00f3n de\u00a01 de abril de\u00a01996, del Director General de Administraci\u00f3n Local de la Consejer\u00eda de Medio Ambiente y Desarrollo Regional de la Comunidad de Madrid).<\/p>\n<p>Los m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica se valorar\u00e1n de conformidad con lo establecido en el art\u00edculo\u00a092.bis apartado\u00a06 de la Ley\u00a07\/1985, de\u00a02 de abril, Reguladora de las Bases de R\u00e9gimen Local y de acuerdo con lo establecido en la Resoluci\u00f3n de\u00a01 de abril de\u00a01996, del Director General de Administraci\u00f3n Local, por la que se regulan los m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica de la Comunidad de Madrid, en los t\u00e9rminos que se detallan a continuaci\u00f3n:<\/p>\n<p>1.\u2003M\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos correspondientes al conocimiento de las especialidades de la organizaci\u00f3n territorial y de la normativa de la Comunidad Aut\u00f3noma de Madrid, son los siguientes:<\/p>\n<p>a)\u2003Experiencia profesional, consistente en el desarrollo de funciones en la Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma de Madrid o en las Entidades Locales de su territorio, que impliquen el conocimiento de las especialidades de la organizaci\u00f3n territorial y de la normativa auton\u00f3mica.<\/p>\n<p>b)\u2003Cursos de Formaci\u00f3n y Perfeccionamiento, que tengan por objeto las especialidades auton\u00f3micas, impartidos por los \u00f3rganos competentes en materia de formaci\u00f3n, y los que habiendo sido impartidos por el Instituto Nacional de Administraci\u00f3n P\u00fablica, Universidades P\u00fablicas y Privadas, as\u00ed como otras entidades de reconocido prestigio, hayan sido reconocidos u homologados por la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local de la Comunidad de Madrid.<\/p>\n<p>Los organismos interesados en que la Comunidad de Madrid reconozca u homologue los cursos por ellos impartidos como m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica deber\u00e1n solicitarlo expresamente a la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local aportando la documentaci\u00f3n necesaria para ello, que como m\u00ednimo ser\u00e1 el programa del curso, profesorado y horas lectivas.<\/p>\n<p>El Director General de Administraci\u00f3n Local otorgar\u00e1 la puntuaci\u00f3n que corresponda mediante Resoluci\u00f3n.<\/p>\n<p>c)\u2003Actividad docente, dirigida a la ense\u00f1anza de las materias sobre organizaci\u00f3n territorial, r\u00e9gimen local, urbanismo, personal, r\u00e9gimen econ\u00f3mico y financiero de las Entidades Locales en cursos impartidos en las mismas Instituciones se\u00f1aladas en el apartado b) de este art\u00edculo; todas ellas relacionadas con especialidades y normativa espec\u00edfica de la Comunidad Aut\u00f3noma de Madrid.<\/p>\n<p>d)\u2003Publicaciones, tanto privadas como institucionales sobre las materias se\u00f1aladas en el apartado c) siempre que se refieran al \u00e1mbito de la Comunidad Aut\u00f3noma de Madrid.<\/p>\n<p>2.\u2003Valoraci\u00f3n de los m\u00e9ritos:<\/p>\n<p>La proporci\u00f3n que corresponde a cada uno de los m\u00e9ritos expresados en el art\u00edculo anterior, dentro del porcentaje del\u00a015 por ciento de la puntuaci\u00f3n total posible asignado para la valoraci\u00f3n del conocimiento de las especialidades auton\u00f3micas (que suponen\u00a03 puntos) es la siguiente:<\/p>\n<p>a)\u2003Experiencia profesional, hasta un\u00a040 por ciento del total de puntos que, en la puntuaci\u00f3n total, correspondan al porcentaje atribuido a los m\u00e9ritos por los conocimientos de las especialidades auton\u00f3micas.<\/p>\n<p>b)\u2003Cursos de Formaci\u00f3n y Perfeccionamiento, hasta un\u00a020 por ciento del total de puntos que, en la puntuaci\u00f3n total, correspondan al porcentaje atribuido a los m\u00e9ritos por los conocimientos de las especialidades auton\u00f3micas, en funci\u00f3n del nivel acad\u00e9mico del curso.<\/p>\n<p>c)\u2003Actividades docentes, hasta un\u00a020 por ciento del total de puntos que, en la puntuaci\u00f3n total, correspondan al porcentaje atribuido a los m\u00e9ritos por los conocimientos de las especialidades auton\u00f3micas.<\/p>\n<p>d)\u2003Publicaciones, hasta un\u00a020 por ciento del total de puntos que, en la puntuaci\u00f3n total, correspondan al\u00a010 por ciento atribuido a los m\u00e9ritos por los conocimientos de las especialidades auton\u00f3micas.<\/p>\n<p>3.\u2003Reglas para la puntuaci\u00f3n de los m\u00e9ritos.<\/p>\n<p>a)\u2003Experiencia Profesional.<\/p>\n<p>Los servicios prestados se valorar\u00e1n de la forma siguiente:<\/p>\n<p>\u2013\u2002Servicios prestados en las Entidades Locales de la Comunidad Aut\u00f3noma de Madrid:<\/p>\n<ul>\n<li>\u2002Por haber prestado servicios en puestos de trabajo reservados a funcionarios de la misma subescala y categor\u00eda a la que se concursa: 0,1 puntos por a\u00f1o o fracci\u00f3n superior a\u00a06 meses.<\/li>\n<li>\u2002Por haber prestado servicios en puestos de trabajo reservados de distinta subescala y\/o categor\u00eda a la que se concursa: 0,05 puntos por a\u00f1o o fracci\u00f3n superior a\u00a06 meses.<\/li>\n<li>\u2002Servicios prestados en la Comunidad de Madrid como funcionario de la misma en puesto de trabajo con categor\u00eda de Jefe de Secci\u00f3n o Superior: 0,05 puntos por a\u00f1o, o fracci\u00f3n superior a\u00a06 meses.<\/li>\n<\/ul>\n<p>La puntuaci\u00f3n por ambos conceptos no podr\u00e1 exceder de\u00a01,20 puntos.<\/p>\n<p>Estos m\u00e9ritos no se tendr\u00e1n en cuenta cuando la Entidad local los incluya como tales en su baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos.<\/p>\n<p>b)\u2003Cursos de Formaci\u00f3n y Perfeccionamiento, la valoraci\u00f3n de los cursos, con exclusi\u00f3n de los que formen parte del proceso selectivo, se har\u00e1 de la forma siguiente:<\/p>\n<p>\u2013\u2002S\u00f3lo se tendr\u00e1n en cuenta los cursos impartidos por las Instituciones o Centros se\u00f1alados en el art\u00edculo\u00a01.b) de este Decreto.<\/p>\n<p>\u2013\u2002La puntuaci\u00f3n de cada curso se establecer\u00e1 en funci\u00f3n de la existencia o no de sistema de evaluaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Sin sistema de evaluaci\u00f3n:<\/p>\n<p>Los cursos por los que se expida certificado de asistencia se valorar\u00e1n por el n\u00famero de horas lectivas:<\/p>\n<p>\u2013\u2002entre\u00a015 y\u00a030 horas: 0,05.<\/p>\n<p>\u2013\u2002entre\u00a031 y\u00a050 horas: 0,10.<\/p>\n<p>\u2013\u2002m\u00e1s de\u00a050 horas: 0,15.<\/p>\n<p>No se tendr\u00e1n en cuenta los inferiores a\u00a015 horas.<\/p>\n<p>Con sistema de evaluaci\u00f3n:<\/p>\n<p>Los cursos que requieran la realizaci\u00f3n y superaci\u00f3n de pruebas de aprovechamiento de los alumnos de acuerdo con las previsiones que establezca su convocatoria ser\u00e1n objeto de valoraci\u00f3n independiente. Consecuentemente, de no obtenerse el diploma o certificado de aprovechamiento se\u00f1alado en la misma no ser\u00e1 objeto de valoraci\u00f3n, en este apartado. Se valorar\u00e1n en funci\u00f3n a su duraci\u00f3n:<\/p>\n<p>\u2013\u2002hasta\u00a050 horas: 0,15.<\/p>\n<p>\u2013\u2002m\u00e1s de\u00a050 horas: 0,20.<\/p>\n<p>La puntuaci\u00f3n por este concepto no podr\u00e1 exceder de\u00a00,60 puntos:<\/p>\n<p>S\u00f3lo se valorar\u00e1n los cursos realizados en los quince a\u00f1os inmediatamente anteriores a la fecha de convocatoria del concurso.<\/p>\n<p>c)\u2003Actividad docente.<\/p>\n<p>Se valorar\u00e1 en funci\u00f3n a las horas lectivas y al grado de dificultad de la materia entendiendo como tal que en el mismo curso se impartan m\u00e1s de\u00a020 horas:<\/p>\n<p>\u2013\u2002por cada hora lectiva: 0,01.<\/p>\n<p>\u2013\u2002por dificultad: 0,05.<\/p>\n<p>La puntuaci\u00f3n por este concepto no podr\u00e1 exceder de\u00a00,60 puntos.<\/p>\n<p>S\u00f3lo se valorar\u00e1n la actividad docente durante el per\u00edodo de quince a\u00f1os expresado en el apartado b).4) de este art\u00edculo.<\/p>\n<p>d)\u2003Publicaciones:<\/p>\n<p>Se valorar\u00e1n exclusivamente si tratan de los temas enumerados en el art\u00edculo\u00a01.c).<\/p>\n<p>En funci\u00f3n de su profundidad y extensi\u00f3n la puntuaci\u00f3n ser\u00e1:<\/p>\n<p>\u2013\u2002art\u00edculos (hasta\u00a010 p\u00e1g.): 0,10.<\/p>\n<p>\u2013\u2002ensayos o art\u00edculos extensos (de\u00a011 a\u00a050 p\u00e1g.): 0,20.<\/p>\n<p>\u2013\u2002libros: 0,30.<\/p>\n<p>La puntuaci\u00f3n por este concepto no podr\u00e1 exceder de\u00a00,60 puntos.<\/p>\n<p>S\u00f3lo se valorar\u00e1n las publicaciones durante el per\u00edodo de quince a\u00f1os expresado en el apartado b).4) de este art\u00edculo.<\/p>\n<p>4.\u2003Valoraci\u00f3n de los m\u00e9ritos por el Tribunal:<\/p>\n<p>El Tribunal de valoraci\u00f3n del concurso, constituido de conformidad con la normativa estatal, sumar\u00e1 la puntuaci\u00f3n que corresponda por m\u00e9ritos generales, la de los m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica y, en su caso, los correspondientes a los m\u00e9ritos espec\u00edficos y elevar\u00e1 la propuesta de Resoluci\u00f3n al \u00f3rgano competente en los t\u00e9rminos establecidos por la normativa estatal.<\/p>\n<p>5.\u2003Registro de m\u00e9ritos auton\u00f3micos:<\/p>\n<p>La Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local llevar\u00e1 un Registro relativo a los funcionarios de habilitaci\u00f3n nacional con m\u00e9ritos auton\u00f3micos en la Comunidad de Madrid, en el que deber\u00e1n inscribirse, para su efectividad todos los m\u00e9ritos de dichos funcionarios. En tanto no se cree el Registro de m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica, ser\u00e1 el Tribunal de Valoraci\u00f3n quien comprobar\u00e1 y valorar\u00e1 los m\u00e9ritos alegados, de acuerdo con las reglas y puntuaciones establecidas en esta Resoluci\u00f3n que se transcribe, y de acuerdo con lo establecido en el art\u00edculo\u00a092 bis, apartado\u00a06, de la Ley\u00a07\/1985, de\u00a02 de abril, reguladora de las Bases de R\u00e9gimen Local.<\/p>\n<p>J.\u2003Comunidad Aut\u00f3noma de la Regi\u00f3n de Murcia. (Decreto\u00a058\/2012, de\u00a027 de abril, de r\u00e9gimen jur\u00eddico de los funcionarios con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter estatal (hoy nacional), de la Consejer\u00eda de Presidencia de la Regi\u00f3n de Murcia).<\/p>\n<p>1.\u2003M\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica:<\/p>\n<p>Los m\u00e9ritos relacionados con el conocimiento de las especialidades de la organizaci\u00f3n territorial y del derecho aplicable en la Regi\u00f3n de Murcia. el baremo de m\u00e9ritos auton\u00f3micos (que se valorar\u00e1 hasta un m\u00e1ximo de\u00a04,5 de conformidad con el art\u00edculo\u00a031 del RD\u00a0128\/2018) se constituye por los siguientes:<\/p>\n<p>a)\u2003Cursos de formaci\u00f3n y perfeccionamiento. Se tendr\u00e1n en cuenta, \u00fanicamente, los cursos impartidos por la Escuela de Administraci\u00f3n P\u00fablica de la Regi\u00f3n de Murcia, Escuela de Administraci\u00f3n Local de la Regi\u00f3n de Murcia, y organismos dedicados a la formaci\u00f3n y perfeccionamiento del personal al servicio de las Administraciones P\u00fablicas, as\u00ed como los impartidos por universidades y otros organismos p\u00fablicos que previamente hayan sido homologados o reconocidos por la Escuela de Administraci\u00f3n P\u00fablica o Escuela de Administraci\u00f3n Local de la Regi\u00f3n de Murcia. S\u00f3lo se valorar\u00e1n aquellos cursos que tengan por objeto el aprendizaje de las especialidades de la organizaci\u00f3n territorial y del derecho aplicable en la Regi\u00f3n de Murcia, exceptu\u00e1ndose los que forman parte de los procesos selectivos correspondientes. No se valorar\u00e1n los diplomas relativos a la celebraci\u00f3n de congresos, conferencias, seminarios, jornadas, simposios, encuentros y semejantes, ni aquellos cursos realizados con m\u00e1s de\u00a015 a\u00f1os de antelaci\u00f3n a la fecha de la resoluci\u00f3n por la que se aprueba la convocatoria del concurso.<\/p>\n<p>b)\u2003Experiencia profesional. Se valorar\u00e1 la experiencia profesional consistente en el ejercicio de funciones en la Administraci\u00f3n auton\u00f3mica o en las Entidades Locales de la Regi\u00f3n de Murcia, que impliquen el conocimiento de la organizaci\u00f3n territorial y de la normativa aplicable en la Regi\u00f3n de Murcia.<\/p>\n<p>c)\u2003Actividad docente. Se valorar\u00e1 cuando vaya dirigida a la ense\u00f1anza de las materias sobre organizaci\u00f3n territorial y normativa aplicable en la Regi\u00f3n de Murcia sobre R\u00e9gimen Local, procedimiento administrativo, contrataci\u00f3n p\u00fablica, servicios p\u00fablicos, urbanismo, personal, r\u00e9gimen econ\u00f3mico y financiero de las Entidades Locales, entre otras materias, en cursos organizados, homologados o reconocidos por las escuelas y organismos citados en el art\u00edculo\u00a025.1 del Decreto\u00a058\/2012, de\u00a027 de abril.<\/p>\n<p>d)\u2003Publicaciones. Se valorar\u00e1n las publicaciones de monograf\u00edas o art\u00edculos sobre materias relativas a las especialidades de la organizaci\u00f3n territorial y del derecho aplicable en la Regi\u00f3n de Murcia.<\/p>\n<p>2.\u2003Valoraci\u00f3n de los m\u00e9ritos:<\/p>\n<p>A efectos de la baremaci\u00f3n de los tres puntos que, de conformidad con la normativa estatal, corresponden a los m\u00e9ritos auton\u00f3micos de los candidatos en el concurso unitario de traslados, se aplicar\u00e1 proporcionalmente lo dispuesto en los art\u00edculos\u00a025 a\u00a028 del Decreto\u00a058\/2012, de\u00a027 de abril.<\/p>\n<p>3.\u2003Acreditaci\u00f3n de m\u00e9ritos:<\/p>\n<p>Los concursantes acreditar\u00e1n los m\u00e9ritos que aleguen, en el momento que se indique en la convocatoria, mediante la presentaci\u00f3n de las certificaciones correspondientes o de la copia de los t\u00edtulos debidamente compulsados, as\u00ed como, en su caso, de las publicaciones referidas, no siendo necesario que acrediten aquellos m\u00e9ritos que ya se hayan inscrito en el Registro regulado en el art\u00edculo\u00a011 del Decreto\u00a058\/2012, de\u00a027 de abril.<\/p>\n<p>K.\u2003Comunidad Aut\u00f3noma de La Rioja. (Decreto\u00a050\/1998, de\u00a031 de julio, publicado en el \u00abBolet\u00edn Oficial de La Rioja\u00bb n\u00famero\u00a093, de\u00a04 de agosto de\u00a01998).<\/p>\n<p>1.\u2003M\u00e9ritos objeto de valoraci\u00f3n.<\/p>\n<p>a)\u2003Experiencia profesional. Se valorar\u00e1 el desempe\u00f1o, en condici\u00f3n de funcionario, de puestos de trabajo de la Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma de La Rioja o de las Entidades Locales de su territorio, que implique el conocimiento de las especialidades de la organizaci\u00f3n territorial y de la normativa de dicha Comunidad Aut\u00f3noma.<\/p>\n<p>b)\u2003Cursos de formaci\u00f3n y perfeccionamiento. Se valorar\u00e1 la asistencia y, en su caso, la superaci\u00f3n de cursos organizados u homologados por la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local de la Comunidad Aut\u00f3noma de La Rioja, que tengan por objeto las especialidades de la organizaci\u00f3n territorial y de la normativa de la Comunidad Aut\u00f3noma de La Rioja.<\/p>\n<p>La homologaci\u00f3n de cursos a los efectos previstos en este apartado, deber\u00e1 solicitarse por la entidad organizadora, acompa\u00f1ando al menos el programa detallado de contenidos, profesorado y horas lectivas del curso.<\/p>\n<p>c)\u2003Actividad docente y publicaciones. Se valorar\u00e1n las actividades docentes y las publicaciones, referidas a las especialidades de la organizaci\u00f3n territorial y de la normativa de la Comunidad Aut\u00f3noma de La Rioja.<\/p>\n<p>2.\u2003Reglas de valoraci\u00f3n.<\/p>\n<p>a)\u2003\u00danicamente se valorar\u00e1n los servicios, cursos o actividades realizados en los diez a\u00f1os inmediatamente anteriores a la publicaci\u00f3n de la convocatoria del correspondiente concurso de provisi\u00f3n de puestos en el \u00abBolet\u00edn Oficial del Estado\u00bb.<\/p>\n<p>b)\u2003La suma de puntos por los m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica no superar\u00e1 en ning\u00fan caso el l\u00edmite del\u00a015 por\u00a0100 de la puntuaci\u00f3n total posible (4,5 puntos), seg\u00fan se establece en el art\u00edculo\u00a092.bis, apartado\u00a06, de la Ley\u00a07\/1985, de\u00a02 de abril. En la valoraci\u00f3n de m\u00e9ritos de cada concursante la suma de puntos resultante de la aplicaci\u00f3n del apartado siguiente se adaptar\u00e1 al nuevo l\u00edmite global del citado art\u00edculo\u00a092.bis.<\/p>\n<p>3.\u2003Valoraci\u00f3n de los m\u00e9ritos.<\/p>\n<p>a)\u2003Experiencia profesional. Se valorar\u00e1 hasta un m\u00e1ximo de\u00a01,50 puntos, con arreglo al siguiente baremo:<\/p>\n<p>\u2013\u2002El desempe\u00f1o de puestos de grupo funcionarial igual o superior al que corresponde a la subescala a la que se concursa: 0,03 puntos por cada mes.<\/p>\n<p>\u2013\u2002El desempe\u00f1o de puestos del grupo funcionarial inmediatamente inferior al que corresponde a la subescala a que se concursa: 0,02 puntos por cada mes.<\/p>\n<p>b)\u2003Cursos de formaci\u00f3n y perfeccionamiento. Se valorar\u00e1n hasta un m\u00e1ximo de\u00a01 punto, en la forma siguiente:<\/p>\n<p>\u2013\u2002Cursos con duraci\u00f3n entre quince y treinta horas: 0,25 puntos por cada curso.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Cursos con duraci\u00f3n superior a\u00a030 horas: 0,40 puntos por cada curso.<\/p>\n<p>c)\u2003Actividad docente y publicaciones. Se valorar\u00e1n hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,50 puntos, de acuerdo con los siguientes criterios:<\/p>\n<p>\u2013\u2002Intervenci\u00f3n como docente en cursos que re\u00fanan las condiciones establecidas en los apartados\u00a01.b y\u00a03.b de estas bases: 0,02 puntos por cada hora de clase impartida.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Los trabajos publicados se valorar\u00e1n en funci\u00f3n de su extensi\u00f3n, profundidad y calidad cient\u00edfica.<\/p>\n<p>4.\u2003Acreditaci\u00f3n de los m\u00e9ritos. Los m\u00e9ritos previstos en estas bases se valorar\u00e1n a instancia de los interesados, y con arreglo a lo que por ellos se acredite mediante las correspondientes certificaciones, t\u00edtulos u otros documentos, que habr\u00e1n de aportar en original o en copia compulsada.<\/p>\n<p>L.\u2003Comunitat Valenciana. Decreto\u00a032\/2013, de\u00a08 de febrero, del Consell, modificado por el Decreto\u00a076\/2015, de\u00a022 de mayo (DOCV\u00a07532 de fecha\u00a025.05.2015) en los siguientes t\u00e9rminos:<\/p>\n<p>1.\u2003M\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica:<\/p>\n<p>Tendr\u00e1n la consideraci\u00f3n de m\u00e9ritos correspondientes al conocimiento del valenciano, de las especialidades de la organizaci\u00f3n territorial y de la normativa de la Generalitat Valenciana los siguientes:<\/p>\n<p>a)\u2003Experiencia profesional. A los efectos de este decreto se entender\u00e1 por experiencia profesional la permanencia y el desarrollo de funciones durante los diez a\u00f1os anteriores en las entidades locales del territorio de la Comunitat Valenciana o en la administraci\u00f3n de la Generalitat, por implicar el conocimiento de las especialidades de la organizaci\u00f3n territorial y de la normativa de la Comunitat Valenciana.<\/p>\n<p>b)\u2003Formaci\u00f3n personal. Se valorar\u00e1 la participaci\u00f3n en los cursos de formaci\u00f3n y perfeccionamiento que tengan por objeto las especialidades de la organizaci\u00f3n territorial y normativa de la Comunitat Valenciana, con exclusi\u00f3n de los que formen parte de los procesos selectivos. S\u00f3lo se tendr\u00e1n en cuenta los cursos impartidos u homologados por el Instituto Valenciano de Administraci\u00f3n P\u00fablica, Universidades y \u00f3rganos adscritos a las distintas Consellerias dedicados a la formaci\u00f3n y perfeccionamiento de sus empleados p\u00fablicos.<\/p>\n<p>Aquellas actividades de naturaleza diferente a los cursos, tales como jomadas, mesas redondas, encuentros, debates o an\u00e1logos, no podr\u00e1n ser objeto de valoraci\u00f3n.<\/p>\n<p>c)\u2003Conocimientos de valenciano. De conformidad con la Ley\u00a04\/1983, de\u00a023 de noviembre, de la Generalitat, de Uso y Ense\u00f1anza del Valenciano, se valorar\u00e1 el conocimiento del valenciano como lengua propia de la Comunitat Valenciana, de la Generalitat y de la administraci\u00f3n local.<\/p>\n<p>El conocimiento del valenciano se acreditar\u00e1 mediante el certificado u homologaci\u00f3n expedidos por la Junta Qualificadora de Coneixements del Valencia.<\/p>\n<p>La valoraci\u00f3n del conocimiento del valenciano se entiende sin perjuicio de su consideraci\u00f3n como requisito en las bases espec\u00edficas de las convocatorias que aprueben las entidades locales.<\/p>\n<p>d)\u2003Otros m\u00e9ritos: Se considerar\u00e1n otros m\u00e9ritos la actividad docente, las publicaciones y las colaboraciones, entendi\u00e9ndose por tales los siguientes:<\/p>\n<p>e)\u2003Actividad docente. Ser\u00e1 objeto de valoraci\u00f3n la impartici\u00f3n de cursos de formaci\u00f3n y perfeccionamiento que tengan por objeto las especialidades de la organizaci\u00f3n territorial y normativa de la Comunitat Valenciana. S\u00f3lo se tendr\u00e1n en cuenta los cursos impartidos u homologados por el Instituto Valenciano de Administraci\u00f3n P\u00fablica, las diputaciones provinciales, universidades y \u00f3rganos adscritos a las distintas Conseller\u00edas dedicados a la formaci\u00f3n, perfeccionamiento o selecci\u00f3n de sus empleados y empleadas p\u00fablicos.<\/p>\n<p>La actividad docente en aquellas actividades de naturaleza diferente a los cursos, tales como jomadas, mesas redondas, encuentros, debates o an\u00e1logos, no podr\u00e1n ser objeto de valoraci\u00f3n.<\/p>\n<p>f)\u2003Publicaciones. Se valorar\u00e1n las publicaciones en materias relativas a las especialidades de la organizaci\u00f3n territorial y normativa de la Comunitat Valenciana.<\/p>\n<p>g)\u2003Colaboraciones. Ser\u00e1n objeto de valoraci\u00f3n las colaboraciones con los \u00f3rganos de la Generalitat en materia de r\u00e9gimen local.<\/p>\n<p>2.\u2003Valoraci\u00f3n de los m\u00e9ritos.<\/p>\n<p>a)\u2003Experiencia profesional. La experiencia profesional y permanencia se valorar\u00e1 hasta un m\u00e1ximo de\u00a02 puntos, seg\u00fan las reglas siguientes:<\/p>\n<p>\u2013\u2002Servicios y permanencia desarrollados en puesto de trabajo del mismo grupo y subgrupo de funcionarios que el correspondiente a la subescala de habilitaci\u00f3n nacional a la que se concursa: 0,20 por a\u00f1o.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Servicios y permanencia desarrollados en puestos de trabajo de grupo o subgrupo diferente del correspondiente a la subescala de habilitaci\u00f3n nacional a la que se concursa: 0,10 por a\u00f1o.<\/p>\n<p>b)\u2003Formaci\u00f3n personal. Se valorar\u00e1 hasta un m\u00e1ximo de\u00a01,50 puntos los cursos de formaci\u00f3n y perfeccionamiento que tengan por objeto la formaci\u00f3n en alguna de las \u00e1reas de conocimiento propios de la organizaci\u00f3n territorial y normativa de la Comunitat Valenciana.<\/p>\n<p>La valoraci\u00f3n de cada curso se efectuar\u00e1 en funci\u00f3n de su duraci\u00f3n con arreglo a la siguiente escala:<\/p>\n<p>\u2013\u2002de\u00a0100 o m\u00e1s horas: 1 punto.<\/p>\n<p>\u2013\u2002de\u00a075 o m\u00e1s horas: 0,75 puntos.<\/p>\n<p>\u2013\u2002de\u00a050 o m\u00e1s horas: 0,65 puntos.<\/p>\n<p>\u2013\u2002de\u00a025 o m\u00e1s horas: 0,50 puntos.<\/p>\n<p>\u2013\u2002de\u00a015 o m\u00e1s horas: 0,25 puntos.<\/p>\n<p>c)\u2003Conocimientos de valenciano. El conocimiento de valenciano se valorar\u00e1 hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,75 puntos, con arreglo a la siguiente escala:<\/p>\n<p>\u2013\u2002Conocimiento oral: 0,25 puntos.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Conocimiento de grado elemental: 0,50 puntos.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Conocimiento de grado medio: 0,65 puntos.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Conocimiento de grado superior: 0,75 puntos.<\/p>\n<p>d)\u2003Otros m\u00e9ritos. Estos m\u00e9ritos se valorar\u00e1n hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,25 puntos, atendiendo a los siguientes criterios:<\/p>\n<p>\u2013\u2002La valoraci\u00f3n de la actividad docente ser\u00e1 con arreglo a\u00a00,02 puntos por hora impartida.<\/p>\n<p>\u2013\u2002La valoraci\u00f3n de las publicaciones ser\u00e1 con arreglo a\u00a00,10 puntos por publicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>\u2013\u2002La valoraci\u00f3n de las colaboraciones ser\u00e1 con arreglo a\u00a00,05 puntos por colaboraci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>Sexta.\u2003M\u00e9ritos espec\u00edficos.<\/strong><\/p>\n<p>Los m\u00e9ritos espec\u00edficos para cada puesto de trabajo, alcanzar\u00e1n hasta un\u00a05 % de la puntuaci\u00f3n total, se detallan en el anexo I.<\/p>\n<p><strong>S\u00e9ptima.\u2003Valoraci\u00f3n de m\u00e9ritos.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003El Tribunal de valoraci\u00f3n comprobar\u00e1 la concurrencia en las personas concursantes de los requisitos que figuren en la convocatoria, excluyendo a quienes no los re\u00fanan. A continuaci\u00f3n puntuar\u00e1, respecto de las personas no excluidas, los m\u00e9ritos del siguiente modo:<\/p>\n<p>\u2013\u2002M\u00e9ritos generales, hasta un m\u00e1ximo de\u00a024 puntos, seg\u00fan la relaci\u00f3n individualizada de m\u00e9ritos generales de personal funcionario de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, acreditados e inscritos en el Registro Integrado de Habilitados Nacionales.<\/p>\n<p>\u2013\u2002M\u00e9ritos espec\u00edficos, hasta un total de\u00a01,5 puntos, y m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica, hasta un total de\u00a04,5 puntos, con base en la documentaci\u00f3n acreditativa aportada por las personas concursantes.<\/p>\n<p>La valoraci\u00f3n de m\u00e9ritos generales se obtendr\u00e1 de la relaci\u00f3n publicada en la p\u00e1gina web del Ministerio de Pol\u00edtica Territorial y Funci\u00f3n P\u00fablica, a la misma fecha que la convocatoria conjunta, sin que sea posible acreditaci\u00f3n adicional alguna por parte de las personas concursantes ni valoraci\u00f3n distinta por parte del Tribunal.<\/p>\n<p>La valoraci\u00f3n de m\u00e9ritos espec\u00edficos y de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica se efectuar\u00e1 con base en la acreditaci\u00f3n aportada por las personas concursantes.<\/p>\n<p>Respecto de los puestos en que no existan baremos de m\u00e9ritos espec\u00edficos, el Tribunal asignar\u00e1 \u00fanicamente la puntuaci\u00f3n de m\u00e9ritos generales y de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica si existieran.<\/p>\n<p>2.\u2003El Tribunal podr\u00e1 celebrar, si as\u00ed lo prev\u00e9 la convocatoria espec\u00edfica respectiva, entrevista con la persona concursante o concursantes que considere conveniente, para la concreci\u00f3n de los m\u00e9ritos espec\u00edficos o de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica. Para la celebraci\u00f3n de la entrevista, el Tribunal notificar\u00e1 a las personas afectadas, al menos con seis d\u00edas de antelaci\u00f3n, la fecha, lugar, y hora de su celebraci\u00f3n.<\/p>\n<p>3.\u2003En caso de empate en la puntuaci\u00f3n final de m\u00e9ritos de dos o m\u00e1s personas concursantes, el Tribunal dar\u00e1 prioridad en la propuesta de adjudicaci\u00f3n a aqu\u00e9l que hubiera obtenido mayor puntuaci\u00f3n en m\u00e9ritos espec\u00edficos. De mantenerse el empate, a favor de quien en m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica tenga m\u00e1s alta puntuaci\u00f3n. De persistir \u00e9ste, a favor de quien en m\u00e9ritos generales tenga mayor puntuaci\u00f3n en los apartados a), b), c), d) y e), por dicho orden, del art\u00edculo\u00a015.1 del Real Decreto\u00a01732\/1994, de\u00a029 de julio. En \u00faltima instancia el empate se resolver\u00e1 en base al orden de prelaci\u00f3n en el proceso selectivo.<\/p>\n<p><strong>Octava.\u2003Propuesta de resoluci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>Efectuadas por el Tribunal la exclusi\u00f3n y puntuaci\u00f3n final de las personas concursantes, elevar\u00e1 al \u00f3rgano correspondiente de la Corporaci\u00f3n, que tenga atribuida la competencia de acuerdo con la legislaci\u00f3n vigente, propuesta de resoluci\u00f3n comprensiva de todos las personas no excluidas y sus puntuaciones ordenados de mayor a menor puntuaci\u00f3n, as\u00ed como relaci\u00f3n fundada de personas excluidas.<\/p>\n<p><strong>Novena.\u2003Resoluci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La Corporaci\u00f3n resolver\u00e1 el concurso de acuerdo con la propuesta formulada por el Tribunal de valoraci\u00f3n.<\/p>\n<p>2.\u2003Dicha resoluci\u00f3n ser\u00e1 motivada con referencia al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de convocatoria. En todo caso deber\u00e1n quedar acreditadas, como fundamentos de la resoluci\u00f3n adoptada, la observancia del procedimiento debido y la valoraci\u00f3n final de los m\u00e9ritos de las personas candidatas y comprender, por orden de puntuaci\u00f3n, a la totalidad de las personas concursantes no excluidas.<\/p>\n<p>3.\u2003La resoluci\u00f3n del concurso ser\u00e1 remitida a la Direcci\u00f3n General de la Funci\u00f3n P\u00fablica dentro de los treinta d\u00edas naturales siguientes a la fecha de finalizaci\u00f3n del plazo de presentaci\u00f3n de solicitudes.<\/p>\n<p><strong>D\u00e9cima.\u2003Coordinaci\u00f3n de nombramientos.<\/strong><\/p>\n<p>La Direcci\u00f3n General de la Funci\u00f3n P\u00fablica, transcurrido el plazo a que se refiere la base anterior, proceder\u00e1 a efectuar la coordinaci\u00f3n de resoluciones coincidentes a favor de una misma persona concursante, con adjudicaci\u00f3n final de puestos, atendiendo al orden formulado por las personas interesadas en su solicitud de orden de prelaci\u00f3n y a la puntuaci\u00f3n obtenida en cada uno de los puestos afectados.<\/p>\n<p><strong>Und\u00e9cima.\u2003Formalizaci\u00f3n de nombramientos.<\/strong><\/p>\n<p>De acuerdo con el resultado de la coordinaci\u00f3n en los casos de adjudicaciones m\u00faltiples y de las resoluciones de las Corporaciones en los restantes, la Direcci\u00f3n General de la Funci\u00f3n P\u00fablica proceder\u00e1 a formalizar los nombramientos, y a su publicaci\u00f3n en el plazo de un mes, en el \u00abBolet\u00edn Oficial del Estado\u00bb.<\/p>\n<p><strong>Duod\u00e9cima.\u2003Plazo posesorio.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003El plazo de toma de posesi\u00f3n en los destinos obtenidos en el concurso ser\u00e1 de tres d\u00edas h\u00e1biles si se trata de puestos de trabajo de la misma localidad o de un mes si se trata de primer destino o de puestos de trabajo en localidad distinta.<\/p>\n<p>2.\u2003Dicho plazo empezar\u00e1 a contarse a partir del d\u00eda siguiente al del cese, que deber\u00e1 efectuarse dentro de los tres d\u00edas h\u00e1biles siguientes a la publicaci\u00f3n de la resoluci\u00f3n de nombramientos en el \u00abBolet\u00edn Oficial del Estado\u00bb. Si la resoluci\u00f3n comportara el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesi\u00f3n deber\u00e1 computarse desde dicha publicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>3.\u2003El c\u00f3mputo de plazos posesorios se iniciar\u00e1 cuando finalicen los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados.<\/p>\n<p>4.\u2003Por necesidades del servicio, mediante acuerdo de los Presidentes de las Corporaciones en que haya de cesar y tomar posesi\u00f3n la persona concursante, se podr\u00e1 diferir el cese y la toma de posesi\u00f3n hasta un m\u00e1ximo de tres meses, debiendo el segundo de ellos dar cuenta de este acuerdo a la Comunidad Aut\u00f3noma.<\/p>\n<p>5.\u2003Si la persona que haya resultado adjudicataria se encontrase prestando sus servicios en r\u00e9gimen de comisi\u00f3n de servicios, para que se produzca el diferimiento del cese necesariamente deber\u00e1n mostrar su conformidad las tres administraciones p\u00fablicas afectadas, esto es, el municipio en el que presta sus servicios en comisi\u00f3n, el municipio donde tiene su destino definitivo, y el municipio donde ha obtenido un nuevo destino.<\/p>\n<p><strong>Decimotercera.\u2003Irrenunciabilidad y voluntariedad de los destinos.<\/strong><\/p>\n<p>Los destinos adjudicados ser\u00e1n irrenunciables y tendr\u00e1 car\u00e1cter voluntario, no generando en consecuencia derecho al abono de indemnizaci\u00f3n por traslado.<\/p>\n<p><strong>Decimocuarta.\u2003Cese y toma de posesi\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Las diligencias de cese y toma de posesi\u00f3n de las personas concursantes que accedan a un puesto de trabajo, de acuerdo con la resoluci\u00f3n del concurso, deber\u00e1n ser remitidas a la Comunidad Aut\u00f3noma respectiva, dentro de los tres d\u00edas h\u00e1biles siguientes a aquel en que se produzcan.<\/p>\n<p>2.\u2003La toma de posesi\u00f3n determina la adquisici\u00f3n de los derechos y deberes del personal funcionario inherentes al puesto, pasando a depender la persona funcionaria de la correspondiente Corporaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>Decimoquinta.\u2003Recursos.<\/strong><\/p>\n<p>Los actos administrativos de las Corporaciones Locales y de los Tribunales de valoraci\u00f3n realizados en el procedimiento del concurso, podr\u00e1n ser impugnados conforme a lo previsto en el art\u00edculo\u00a0121 de la Ley\u00a039\/2015, de\u00a01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas.<\/p>\n<p>Contra la presente resoluci\u00f3n, que pone fin a la v\u00eda administrativa, podr\u00e1 interponerse potestativamente, recurso de reposici\u00f3n, en el plazo de un mes, ante esta Direcci\u00f3n General, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los art\u00edculos\u00a0123 y\u00a0124 de la Ley\u00a039\/2015, de\u00a01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas, as\u00ed como en los art\u00edculos\u00a010.1 i) y\u00a014.2 de la Ley\u00a029\/1998, de\u00a013 de julio, Reguladora de la Jurisdicci\u00f3n Contencioso-Administrativa, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que se pudiera interponer.<\/p>\n<p>Madrid, 28 de mayo de\u00a02021.\u2013La Directora General de la Funci\u00f3n P\u00fablica, Mar\u00eda Isabel Borrel Roncales.<\/p>\n<p><strong>ANEXO I<\/strong><\/p>\n<p>COMUNIDAD AUT\u00d3NOMA DE ANDALUC\u00cdA<\/p>\n<p><strong>(Resoluci\u00f3n de\u00a011 de mayo de\u00a02021, de la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local, por la que se da publicidad a las convocatorias de concurso ordinario para la provisi\u00f3n de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional convocados por las entidades locales de la Comunidad Aut\u00f3noma de Andaluc\u00eda, publicada en el \u00abBolet\u00edn Oficial de la Junta de Andaluc\u00eda\u00bb n\u00fam. 93, de\u00a018 de mayo de\u00a02021)<\/strong><\/p>\n<p><em>C\u00e1diz<\/em><\/p>\n<p>Nombre de la Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Ubrique.<\/p>\n<p>Provincia: C\u00e1diz.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del Puesto: Intervenci\u00f3n General.<\/p>\n<p>Subescala y Categor\u00eda: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda, Categor\u00eda Entrada.<\/p>\n<p>Clase: 2.\u00aa<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos y acreditaci\u00f3n: (1,5 puntos como m\u00e1ximo).<\/p>\n<p>Nombre de la Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Ubrique.<\/p>\n<p>Provincia: C\u00e1diz.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del Puesto: Secretar\u00eda General.<\/p>\n<p>Subescala: Secretaria, Categor\u00eda de Entrada.<\/p>\n<p>Clase: 2.\u00aa<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos y acreditaci\u00f3n: (1,5 puntos como m\u00e1ximo).<\/p>\n<p><em>C\u00f3rdoba<\/em><\/p>\n<p>Nombre de la Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Ca\u00f1ete de las Torres.<\/p>\n<p>Provincia: C\u00f3rdoba.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del Puesto: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Subescala y Categor\u00eda: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Clase: 3.\u00aa<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos y acreditaci\u00f3n: (puntuaci\u00f3n hasta un\u00a05 % del total posible: 1,5 puntos como m\u00e1ximo).<\/p>\n<p>Nombre de la Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Conquista.<\/p>\n<p>Provincia: C\u00f3rdoba.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del Puesto: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Clase: 3.\u00aa<\/p>\n<p>Inclusi\u00f3n M\u00e9ritos Espec\u00edficos en la RPT: No se establecen.<\/p>\n<p>Entrevista: No.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos y acreditaci\u00f3n: (1,5 puntos como m\u00e1ximo).<\/p>\n<p>Nombre de la Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Fern\u00e1n N\u00fa\u00f1ez.<\/p>\n<p>Provincia: C\u00f3rdoba.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del Puesto: Tesorero.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Entrevista: No.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos y acreditaci\u00f3n: (1,5 puntos como m\u00e1ximo): No se han fijado.<\/p>\n<p>Nombre de la Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Nueva Carteya.<\/p>\n<p>Provincia: C\u00f3rdoba.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del Puesto: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Subescala y Categor\u00eda: Secretaria-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Clase: 3.\u00aa<\/p>\n<p>Inclusi\u00f3n M\u00e9ritos Espec\u00edficos en la RPT: 29 de enero de\u00a02021.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos y acreditaci\u00f3n: (1,5 puntos como m\u00e1ximo).<\/p>\n<p>A)\u2003Experiencia Profesional: Con un m\u00e1ximo de\u00a01,00 puntos.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Por haber prestado servicios en puestos reservados a funcionarios con Habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter Nacional, de la Subescala de Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n en r\u00e9gimen de nombramiento definitivo en Ayuntamientos de la Comunidad Aut\u00f3noma de Andaluc\u00eda: 0,01 puntos por mes con un m\u00e1ximo de\u00a01,00 puntos.<\/p>\n<p>B)\u2003Formaci\u00f3n y perfeccionamiento: Con un m\u00e1ximo de\u00a00,50 puntos.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Por la realizaci\u00f3n de cursos sobre la responsabilidad administrativa y penal en la gesti\u00f3n del urbanismo, y homologadas por el INAP o IAAP a efectos de baremo de m\u00e9ritos generales o auton\u00f3micos.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Por la realizaci\u00f3n de curso sobre iniciativas de Turismo Sostenible, homologados por el INAP o IAPP a efectos de baremo de m\u00e9ritos generales o auton\u00f3micos.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Por la realizaci\u00f3n de cursos sobre R\u00e9gimen Electoral Local, homologados por el INAP o IAAP a efectos de baremo de m\u00e9ritos generales o auton\u00f3micos.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Por la realizaci\u00f3n de cursos sobre el Recurso de Casaci\u00f3n en la Jurisdicci\u00f3n Contencioso-Administrativa, homologados por el INAP o IAAP a efectos de baremo de m\u00e9ritos generales o auton\u00f3micos.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Por la realizaci\u00f3n de cursos sobre las Tesorer\u00edas Locales, homologado por el INAP o IAAP a efectos de baremo de m\u00e9ritos generales o auton\u00f3micos.<\/p>\n<p>Los cursos se valorar\u00e1n de la siguiente manera:<\/p>\n<p>Hasta\u00a020 horas: 0,10 puntos.<\/p>\n<p>De\u00a021 horas a\u00a050 horas: 0,20 puntos.<\/p>\n<p>De\u00a051 horas en adelante: 0,30 puntos.<\/p>\n<p>C)\u2003Medios para la acreditaci\u00f3n de m\u00e9ritos: Certificado de Servicios prestados y Certificados Cursos.<\/p>\n<p>Nombre de la Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Pozoblanco.<\/p>\n<p>Provincia: C\u00f3rdoba.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del Puesto: Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Clase: Segunda.<\/p>\n<p>Inclusi\u00f3n M\u00e9ritos Espec\u00edficos en la RPT: Sin m\u00e9ritos Espec\u00edficos.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos y acreditaci\u00f3n: (1,5 puntos como m\u00e1ximo).<\/p>\n<p>Nombre de la Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Pozoblanco.<\/p>\n<p>Provincia: C\u00f3rdoba.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del Puesto: Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Clase: 2.\u00aa<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Inclusi\u00f3n M\u00e9ritos Espec\u00edficos en la RPT: Sin M\u00e9ritos Espec\u00edficos.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos y acreditaci\u00f3n: (1,5 puntos como m\u00e1ximo).<\/p>\n<p>Nombre de la Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Santaella.<\/p>\n<p>Provincia: C\u00f3rdoba.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del Puesto: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Subescala y Categor\u00eda: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Clase: 3.\u00aa<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos y acreditaci\u00f3n: (1,5 puntos como m\u00e1ximo).<\/p>\n<p><em>Granada<\/em><\/p>\n<p>Nombre de la Corporaci\u00f3n: Diputaci\u00f3n de Granada.<\/p>\n<p>Provincia: Granada.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del Puesto: Secretario-Interventor S.A.T.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Caracter\u00edsticas Especiales: No.<\/p>\n<p>Inclusi\u00f3n M\u00e9ritos Espec\u00edficos en la RPT: 28\/01\/2016.<\/p>\n<p>Entrevista: No.<\/p>\n<p>Pagos de gastos: No.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos y acreditaci\u00f3n: (1,5 puntos como m\u00e1ximo).<\/p>\n<p>A)\u2003Experiencia Profesional: (1,5 puntos):<\/p>\n<p>Haber desempe\u00f1ado el puesto de trabajo de secretario-interventor en servicios de asistencia a municipios de diputaciones provinciales, cabildos, o consejos insulares o comunidades aut\u00f3nomas uniprovinciales: por cada mes de servicios\u00a00,10 puntos, con un m\u00e1ximo de\u00a01,5 puntos.<\/p>\n<p>B)\u2003Formaci\u00f3n y perfeccionamiento: (0 puntos).<\/p>\n<p>C)\u2003Otros m\u00e9ritos: (0 puntos).<\/p>\n<p>D)\u2003Medios para la acreditaci\u00f3n de los m\u00e9ritos: (mediante certificado expedido por la entidad donde se hayan prestado los servicios).<\/p>\n<p><em>Huelva<\/em><\/p>\n<p>Nombre de la Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Gibrale\u00f3n.<\/p>\n<p>Provincia: Huelva.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del Puesto: Viceintervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Subescala y Categor\u00eda: Secretaria-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Clase: 3.\u00aa<\/p>\n<p>Caracter\u00edsticas Especiales: No se establecen.<\/p>\n<p>Inclusi\u00f3n M\u00e9ritos Espec\u00edficos en la RPT: No se establecen.<\/p>\n<p>Entrevista: Si.<\/p>\n<p>Pago de gastos: Los gastos de desplazamiento que origine la realizaci\u00f3n de la entrevista ser\u00e1 con base a las normas sobre indemnizaci\u00f3n por raz\u00f3n del servicio conforme a lo establecido en el art\u00edculo\u00a034 del RD\u00a0128\/2018, de\u00a016 de marzo.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos y acreditaci\u00f3n: (1,5 puntos como m\u00e1ximo).<\/p>\n<p>A)\u2003Experiencia Profesional: (0,5 puntos): Por haber prestado servicios como interventor\/a o Viceinterventor\/a en Ayuntamientos con un nivel de poblaci\u00f3n igual o superior a\u00a012.500 habitantes, por implicar un mejor conocimiento de las especialidades derivadas de este nivel de organizaci\u00f3n territorial, hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,5 puntos: 0,01 puntos por mes de servicios prestados.<\/p>\n<p>B)\u2003Formaci\u00f3n y perfeccionamiento: (1 punto): Se valorar\u00e1n los cursos de formaci\u00f3n hasta un m\u00e1ximo de\u00a01 punto sobre las siguientes \u00e1reas de conocimientos:<\/p>\n<p>\u2013\u2002Por realizaci\u00f3n de cursos relativos a la Ley\u00a039\/2015, de\u00a01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas y la Ley\u00a040\/2015, del\u00a01 de octubre, de R\u00e9gimen Jur\u00eddico del Sector P\u00fablico, hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,50 puntos.<\/p>\n<p>De\u00a050 a\u00a070 horas: 0,10 por curso.<\/p>\n<p>De m\u00e1s de\u00a071 horas: 0,25 por curso.<\/p>\n<p>C)\u2003Otros m\u00e9ritos: (0 puntos).<\/p>\n<p>D)\u2003Medios para la acreditaci\u00f3n de m\u00e9ritos: Certificado de asistencia y\/o de aprovechamiento expedido por la organizadora donde expresamente conste el n\u00famero de horas.<\/p>\n<p><em>Ja\u00e9n<\/em><\/p>\n<p>Nombre de la Corporaci\u00f3n: Mancha Real.<\/p>\n<p>Provincia: Ja\u00e9n.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del Puesto: Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Subescala y Categor\u00eda: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: 2.\u00aa<\/p>\n<p>Caracter\u00edsticas especiales: No.<\/p>\n<p>Inclusi\u00f3n M\u00e9ritos Espec\u00edficos en la RPT: No.<\/p>\n<p>Entrevista: No.<\/p>\n<p>Pago de gastos: No.<\/p>\n<p>Nombre de la Corporaci\u00f3n: Villanueva del Arzobispo.<\/p>\n<p>Provincia: Ja\u00e9n.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del Puesto: Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Caracter\u00edsticas especiales: No.<\/p>\n<p>Inclusi\u00f3n M\u00e9ritos Espec\u00edficos en la RPT: No.<\/p>\n<p>Entrevista: No.<\/p>\n<p>Pago de gastos: No procede.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos y acreditaci\u00f3n: (1,5 puntos como m\u00e1ximo).<\/p>\n<p>Nombre de la Corporaci\u00f3n: Villanueva del Arzobispo.<\/p>\n<p>Provincia: Ja\u00e9n.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del Puesto: Secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Entrada.<\/p>\n<p>Clase: 2.\u00aa<\/p>\n<p>Caracter\u00edsticas especiales: No.<\/p>\n<p>Inclusi\u00f3n M\u00e9ritos Espec\u00edficos en la RPT: No.<\/p>\n<p>Entrevista: No.<\/p>\n<p>Pago de gastos: No procede.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos y acreditaci\u00f3n: (1,5 puntos como m\u00e1ximo).<\/p>\n<p>Nombre de la Corporaci\u00f3n: Villanueva del Arzobispo.<\/p>\n<p>Provincia: Ja\u00e9n.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del Puesto: Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Entrada.<\/p>\n<p>Clase: 2.\u00aa<\/p>\n<p>Caracter\u00edsticas especiales: No.<\/p>\n<p>Inclusi\u00f3n M\u00e9ritos Espec\u00edficos en la RPT: No.<\/p>\n<p>Entrevista: No.<\/p>\n<p>Pago de gastos: No procede.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos y acreditaci\u00f3n: (1,5 puntos como m\u00e1ximo).<\/p>\n<p><em>M\u00e1laga<\/em><\/p>\n<p>Nombre de la Corporaci\u00f3n: Alhaur\u00edn el Grande.<\/p>\n<p>Provincia: M\u00e1laga.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del Puesto: Viceinterventor.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Clase: 2.\u00aa<\/p>\n<p>Inclusi\u00f3n M\u00e9ritos Espec\u00edficos en la RPT: No hay.<\/p>\n<p>Entrevista: No.<\/p>\n<p>Pago de Gastos: No.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos y acreditaci\u00f3n: (1,5 puntos como m\u00e1ximo):<\/p>\n<p>A)\u2003Experiencia Profesional: (0,75 puntos).<\/p>\n<p>\u2013\u2002Por cada mes de servicios prestados en puestos de colaboraci\u00f3n adscritos a la Subescala de Intervenci\u00f3n, categor\u00eda de Entrada, en municipios de Andaluc\u00eda, con poblaci\u00f3n superior a\u00a020.000 habitantes: 0,05 puntos por cada mes de servicios prestados. (M\u00e1ximos\u00a00,50 puntos).<\/p>\n<p>\u2013\u2002Por cada mes de Servicios prestados en puestos de trabajo correspondientes al Grupo A1, reservados a funcionarios con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter estatal Subescala de Intervenci\u00f3n, categor\u00eda superior, en Ayuntamiento de municipios de la Comunidad Aut\u00f3noma de Andaluc\u00eda con poblaci\u00f3n superior a\u00a020.000 habitantes: 0,03 puntos por mes. (M\u00e1ximo\u00a00,25 puntos).<\/p>\n<p>B)\u2003Actividades Formativas: 0,40 puntos. Formaci\u00f3n y perfeccionamiento (0,25 puntos). Se puntuar\u00e1n hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,25 puntos estar en posesi\u00f3n de los Diplomas, certificados o t\u00edtulos debidamente expedidos por el INAP, IAAP u organismos o colegios oficiales, que acrediten la realizaci\u00f3n de cursos sobre las siguientes \u00e1reas de conocimiento:<\/p>\n<p>\u2013\u2002Cursos de formaci\u00f3n en materia de funciones directivas en las administraciones p\u00fablicas locales impartidas u homologadas por el IAAP o INAP, hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,25 puntos a raz\u00f3n de la siguiente ponderaci\u00f3n:<\/p>\n<p>\u2013\u2002Cursos de duraci\u00f3n comprendida entre\u00a051 y\u00a0150 horas lectivas: 0,05 puntos por cursos.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Cursos de duraci\u00f3n comprendida de\u00a0151 y\u00a0250 horas lectivas: 0,10 puntos por curso.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Cursos de duraci\u00f3n comprendida de\u00a0251 horas lectivas o m\u00e1s: 0,25 puntos por curso.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Cursos de Especializaci\u00f3n en Contabilidad P\u00fablica, impartidos u homologados por el IAAP o INAP, hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,10 puntos a raz\u00f3n de la siguiente ponderaci\u00f3n:<\/p>\n<ul>\n<li>\u2002Cursos de duraci\u00f3n comprendida entre\u00a051 y\u00a099 horas lectivas, 0,05 puntos por cursos.<\/li>\n<li>\u2002Cursos de duraci\u00f3n comprendida entre\u00a0100 o m\u00e1s horas lectivas, 0,10 puntos por curso.<\/li>\n<li>\u2002Cursos en materia de contrataci\u00f3n en el sector p\u00fablico, impartidas u homologadas por el IAAP o INAP, hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,05 puntos a raz\u00f3n de la siguiente ponderaci\u00f3n:<\/li>\n<\/ul>\n<p>\u25cb\u2002Cursos de duraci\u00f3n comprendida de\u00a015 horas lectivas a\u00a020 horas lectivas, 0,02 puntos por curso.<\/p>\n<p>\u25cb\u2002Cursos de duraci\u00f3n comprendida entre\u00a021 o m\u00e1s horas lectivas, 0,05 puntos por curso.<\/p>\n<p>C)\u2003Actividad docente: 0,20 puntos.<\/p>\n<p>Se considerar\u00e1 como m\u00e9rito el ejercicio de funciones docentes o como ponente en las actividades formativas o divulgativas que est\u00e9n directamente relacionadas con las funciones reservadas a la intervenci\u00f3n, como son la contabilidad p\u00fablica, la contrataci\u00f3n p\u00fablica o la fiscalizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Por cada hora impartida: 0,01 puntos.<\/p>\n<p>D)\u2003Publicaciones: 0,15 puntos.<\/p>\n<p>Se valorar\u00e1n como m\u00e9rito las publicaciones relativas a materias que est\u00e9n directamente relacionadas con las funciones reservadas a la Intervenci\u00f3n, como son la contabilidad p\u00fablica, la contrataci\u00f3n p\u00fablica o la fiscalizaci\u00f3n. Se ajustar\u00e1 al baremo siguiente:<\/p>\n<p>a)\u2003Art\u00edculos (hasta\u00a010 p\u00e1ginas): 0,05 puntos.<\/p>\n<p>b)\u2003Ensayos o art\u00edculos extensos (de\u00a011 a\u00a050 p\u00e1ginas) o un cap\u00edtulo o m\u00e1s de un libro: 0,15 puntos.<\/p>\n<p>c)\u2003Libros: 0,15 puntos.<\/p>\n<p>E)\u2003Medios para la acreditaci\u00f3n de m\u00e9ritos:<\/p>\n<p>La experiencia profesional se acreditar\u00e1 mediante certificaciones expedidas por las Administraciones correspondientes en las que se prestaron los servicios en las que se hagan constar los datos que se indican en los m\u00e9ritos a valorar, aportando originales o fotocopia debidamente compulsadas.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n se podr\u00e1 acreditar mediante la presentaci\u00f3n de Certificaci\u00f3n de Servicios expedida por el \u00f3rgano competente del Ministerio de Hacienda y Administraciones P\u00fablicas.<\/p>\n<p>La formaci\u00f3n se acreditar\u00e1 mediante la presentaci\u00f3n del original o copia compulsada de los Certificados y\/o T\u00edtulos de los cursos realizados, y\/o cursos impartidos.<\/p>\n<p>Nombre de la Corporaci\u00f3n: Colmenar.<\/p>\n<p>Provincia: M\u00e1laga.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del Puesto: Secretaria-Intervenci\u00f3n, Clase Tercera.<\/p>\n<p>Subescala y Categor\u00eda: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Entrevista: No.<\/p>\n<p>Pago de Gastos: No.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos y acreditaci\u00f3n: (1,5 puntos como m\u00e1ximo).<\/p>\n<p>A)\u2003Experiencia Profesional:(0,80 puntos como m\u00e1ximo.<\/p>\n<p>1.\u2003Servicios prestados como Funcionario\/a con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, Subescala de Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n, en municipios de Andaluc\u00eda con una poblaci\u00f3n comprendida entre\u00a02.000 y\u00a05.000 habitantes, a raz\u00f3n de\u00a00,04 puntos por mes hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,40 puntos. El desempe\u00f1o efectivo del puesto habr\u00e1 de serlo en virtud de alguno de los modos de provisi\u00f3n ordinarios establecidos en el Real Decreto\u00a0128\/2018, de\u00a016 de marzo, esto es, nombramiento definitivo obtenido por concurso, comisi\u00f3n de servicios o nombramiento provisional.<\/p>\n<p>2.\u2003Al formar parte el municipio de un Parque Natural y dadas las peculiaridades derivadas de la especial protecci\u00f3n en materia medioambiental y urban\u00edstica del suelo protegido por el Parque Natural, se considera primordial que los aspirantes hayan prestado servicios como funcionario\/a con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, Subescala de Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n, en municipio que forme parte de un Parque Natural de la Comunidad aut\u00f3noma de Andaluc\u00eda, a raz\u00f3n de\u00a00,012 puntos por mes, hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,40 puntos. El desempe\u00f1o efectivo del puesto habr\u00e1 de serlo en virtud de alguno de los modos de provisi\u00f3n ordinarios establecidos en el Real Decreto\u00a0128\/2018, de\u00a016 de marzo, esto es, nombramiento definitivo obtenido por concurso, comisi\u00f3n de servicios o nombramiento provisional.<\/p>\n<p>B)\u2003Formaci\u00f3n y perfeccionamiento: (0,70 puntos).<\/p>\n<p>Se puntuar\u00e1 hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,70 puntos estar en posesi\u00f3n de los diplomas, certificados o t\u00edtulos debidamente expedidos por el INAP, IAPP u Organismo o Colegios Oficiales que acrediten la realizaci\u00f3n de cursos sobre las siguientes \u00e1reas de conocimiento:<\/p>\n<p>1.\u2003Cursos en materia de ayudas comunitarias, hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,30 puntos a raz\u00f3n de la siguiente ponderaci\u00f3n:<\/p>\n<p>\u2013\u2002Cursos de duraci\u00f3n comprendida entre\u00a015 y\u00a030 horas: 0,30 puntos.<\/p>\n<p>2.\u2003Cursos en materia de Planes de Prevenci\u00f3n de Riesgos Laborales hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,40 puntos a raz\u00f3n de la siguiente ponderaci\u00f3n:<\/p>\n<p>\u2013\u2002Cursos de duraci\u00f3n comprendida entre\u00a060 o m\u00e1s horas lectivas: 0,40 puntos.<\/p>\n<p>C)\u2003Otros M\u00e9ritos (0 puntos).<\/p>\n<p>D)\u2003Medios para la acreditaci\u00f3n de m\u00e9ritos: mediante certificaciones expedidas por las Administraciones correspondientes en la que se prestaron los servicios en las que se hagan constar los datos que se indican en los m\u00e9ritos a valorar, aportando originales o fotocopias debidamente compulsadas. Tambi\u00e9n se podr\u00e1 acreditar mediante la presentaci\u00f3n de Certificaci\u00f3n de Servicios expedida por el \u00f3rgano compete del Ministerio de Hacienda y Administraciones P\u00fablicas.<\/p>\n<p>Nombre de la Corporaci\u00f3n: Ronda.<\/p>\n<p>Provincia: M\u00e1laga.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del Puesto: Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Subescala y Categor\u00eda: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos y acreditaci\u00f3n: No se establecen.<\/p>\n<p>Nombre de la Corporaci\u00f3n: Torremolinos.<\/p>\n<p>Provincia: M\u00e1laga.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del Puesto: Vicesecretaria.<\/p>\n<p>Clase: 2.\u00aa<\/p>\n<p>Subescala: Secretaria, Categor\u00eda de Entrada.<\/p>\n<p>Entrevista: No.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos y acreditaci\u00f3n: -.<\/p>\n<p><em>Sevilla<\/em><\/p>\n<p>Nombre de la Corporaci\u00f3n: Alcal\u00e1 de Guada\u00edra.<\/p>\n<p>Provincia: Sevilla.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del Puesto: Secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Clase: 1.\u00aa<\/p>\n<p>Caracter\u00edsticas especiales: No.<\/p>\n<p>Inclusi\u00f3n M\u00e9ritos Espec\u00edficos en la RPT: S\u00ed.<\/p>\n<p>Entrevista: No.<\/p>\n<p>Pagos de gastos: No.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos y acreditaci\u00f3n: (1,5 puntos como m\u00e1ximo).<\/p>\n<p>A)\u2003Experiencia Profesional: (1,2 puntos):<\/p>\n<p>Por haber desempe\u00f1ado puesto de trabajo de Secretar\u00eda, reservado a funcionario de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de la subescala de Secretar\u00eda, en Ayuntamiento de la Comunidad Aut\u00f3noma de Andaluc\u00eda con poblaci\u00f3n de m\u00e1s de\u00a050.000 habitantes y que cuente para la gesti\u00f3n directa de alguno de los servicios p\u00fablicos de su competencia con una organizaci\u00f3n especializada sin personalidad jur\u00eddica propia.<\/p>\n<p>Se valorar\u00e1 con\u00a00,05 puntos por mes natural completo en el mismo Ayuntamiento hasta un m\u00e1ximo de\u00a01,2 puntos.<\/p>\n<p>B)\u2003Formaci\u00f3n y perfeccionamiento: (0,3 puntos).<\/p>\n<p>Cursos de formaci\u00f3n y perfeccionamiento impartidos, organizados u homologados por el Instituto Nacional de Administraci\u00f3n P\u00fablica (INAP), o el Instituto Andaluz de Administraci\u00f3n P\u00fablica (IAAP), en las siguientes materias:<\/p>\n<p>1.1\u2003Materias sobre gesti\u00f3n de servicios p\u00fablicos locales hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,15 puntos con arreglo a la siguiente escala:<\/p>\n<p>\u2013\u2002Por cada curso de hasta\u00a010 horas de duraci\u00f3n: 0,05 puntos.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Por cada curso de\u00a011 a\u00a025 horas de duraci\u00f3n: 0,10 puntos.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Por cada curso de m\u00e1s de\u00a025 horas de duraci\u00f3n: 0,15 puntos.<\/p>\n<p>1.2\u2003Materias sobre urbanismo, hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,15 puntos con arreglo a la siguiente escala:<\/p>\n<p>\u2013\u2002Por cada curso de hasta\u00a010 horas de duraci\u00f3n: 0,05 puntos.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Por cada curso de\u00a011 a\u00a025 horas de duraci\u00f3n: 0,10 puntos.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Por cada curso de m\u00e1s de\u00a025 horas de duraci\u00f3n: 0,15 puntos.<\/p>\n<p>C)\u2003Medios para la acreditaci\u00f3n de m\u00e9ritos. Certificados de servicios prestados original o copia de diplomas.<\/p>\n<p>Nombre de la Corporaci\u00f3n: Dos Hermanas.<\/p>\n<p>Provincia: Sevilla.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del Puesto: Interventor General.<\/p>\n<p>Subescala y Categor\u00eda: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda, Categor\u00eda Superior.<\/p>\n<p>Clase: 1.\u00aa<\/p>\n<p>Caracter\u00edsticas especiales: No.<\/p>\n<p>Entrevista: No.<\/p>\n<p>Puntuaci\u00f3n m\u00ednima: No.<\/p>\n<p>Inclusi\u00f3n m\u00e9ritos espec\u00edficos en la RPT: S\u00ed.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos y acreditaci\u00f3n: (1,5 puntos como m\u00e1ximo):<\/p>\n<p>A)\u2003Experiencia Profesional: (1,30 Puntos).<\/p>\n<p>Se puntuar\u00e1 hasta un m\u00e1ximo de\u00a01,30 puntos la experiencia profesional de los concursantes en puestos de trabajo reservados a la subescala de Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda en municipios incluidos en el r\u00e9gimen de organizaci\u00f3n de los municipios de gran poblaci\u00f3n, establecido en el T\u00edtulo X de la Ley\u00a07\/1985, de\u00a02 de abril, reguladora de las bases de R\u00e9gimen Local, desempe\u00f1ando funciones propias de la Intervenci\u00f3n, a raz\u00f3n de\u00a00,03 puntos por cada mes de servicios.<\/p>\n<p>B)\u2003Formaci\u00f3n y perfeccionamiento: (0,2 puntos).<\/p>\n<p>Se puntuar\u00e1 hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,20 puntos los cursos de formaci\u00f3n y perfeccionamiento impartidos, organizados u homologados por el Instituto de Administraci\u00f3n P\u00fablica (INAP) o el Instituto Andaluz de Administraci\u00f3n P\u00fablica (IAAP), sobre materias propias del puesto de Intervenci\u00f3n con arreglo a la siguiente escala:<\/p>\n<p>\u2013\u2002Por cada curso de\u00a015 a\u00a030 horas de duraci\u00f3n: 0,10 puntos.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Por cada curso de m\u00e1s de\u00a030 horas de duraci\u00f3n: 0,20 puntos.<\/p>\n<p>Nombre de la Corporaci\u00f3n: Pedrera.<\/p>\n<p>Provincia: Sevilla.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del Puesto: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Clase: 3.\u00aa<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Entrevista: S\u00ed.<\/p>\n<p>Pagos de gastos: Los gastos de desplazamiento que origine la realizaci\u00f3n de la entrevista, ser\u00e1n estimados con base en las normas sobre indemnizaciones por raz\u00f3n del servicio conforme a lo establecido en el art\u00edculo\u00a034 del Real Decreto\u00a0128\/2018, de\u00a016 de marzo.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos y acreditaci\u00f3n: (1,5 puntos m\u00e1ximo).<\/p>\n<p>Nombre de la Corporaci\u00f3n: Sanl\u00facar La Mayor.<\/p>\n<p>Provincia: Sevilla.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del Puesto: Intervenci\u00f3n, Clase\u00a02.\u00aa<\/p>\n<p>Subescala y Categor\u00eda: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda, categor\u00eda de Entrada.<\/p>\n<p>Caracter\u00edsticas espec\u00edficas: No se establecen.<\/p>\n<p>Inclusi\u00f3n m\u00e9ritos espec\u00edficos en la RPT: No.<\/p>\n<p>Entrevista: No.<\/p>\n<p>Pagos de gastos: No.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos y acreditaci\u00f3n: (1,5 puntos como m\u00e1ximo).<\/p>\n<p>Nombre de la Corporaci\u00f3n: Tocina.<\/p>\n<p>Provincia: Sevilla.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del Puesto: Intervenci\u00f3n, Clase Segunda.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda, categor\u00eda de Entrada.<\/p>\n<p>Caracter\u00edsticas especiales: Ninguna.<\/p>\n<p>Inclusi\u00f3n m\u00e9ritos espec\u00edficos en la RPT: No.<\/p>\n<p>Entrevista: No.<\/p>\n<p>Pagos de gastos: No.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos y acreditaci\u00f3n: (1,5 puntos como m\u00e1ximo).<\/p>\n<p>Nombre de la Corporaci\u00f3n: Tocina.<\/p>\n<p>Provincia: Sevilla.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del Puesto: Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Subescala: Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Caracter\u00edsticas especiales: Ninguna.<\/p>\n<p>Inclusi\u00f3n m\u00e9ritos Espec\u00edficos en la RPT: No.<\/p>\n<p>Entrevista: No.<\/p>\n<p>2.\u2003M\u00e9ritos espec\u00edficos y acreditaci\u00f3n: (1,5 puntos como m\u00e1ximo).<\/p>\n<p>COMUNIDAD AUT\u00d3NOMA DE ARAG\u00d3N<\/p>\n<p><strong>(Orden PRI \/2021, por la que se da publicidad a la convocatoria conjunta, las Bases comunes y espec\u00edficas para la provisi\u00f3n definitiva, mediante Concurso Ordinario, de puestos de trabajo vacantes, reservados a funcionarios de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, convocados por las entidades locales de la Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n, publicada en el \u00abBolet\u00edn Oficial de Arag\u00f3n\u00bb n\u00fam. 89, de\u00a026 de abril de\u00a02021)<\/strong><\/p>\n<p><em>Secretar\u00eda, Categor\u00eda Superior<\/em><\/p>\n<p>Provincia de Zaragoza<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Calatayud (Zaragoza).<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a\u00a031 de diciembre anterior: Superior a\u00a02.000 habitantes.<\/p>\n<p>Puesto: Secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Subescala y categor\u00eda: Secretar\u00eda, categor\u00eda superior.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: No se determinan.<\/p>\n<p>Puntuaci\u00f3n m\u00ednima para concursar al puesto: No se exige.<\/p>\n<p>Prev\u00e9n las bases espec\u00edficas de la convocatoria la realizaci\u00f3n de entrevista: No<\/p>\n<p><em>Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda, Categoria Superior<\/em><\/p>\n<p>Provincia de Zaragoza<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Tarazona (Zaragoza).<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a\u00a031 de diciembre anterior: Superior a\u00a02.000 habitantes.<\/p>\n<p>Puesto: Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Subescala y categor\u00eda: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda, categor\u00eda superior.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: No se determinan.<\/p>\n<p>Puntuaci\u00f3n m\u00ednima para concursar al puesto: No se exige.<\/p>\n<p>Prev\u00e9n las bases espec\u00edficas de la convocatoria la realizaci\u00f3n de entrevista: No<\/p>\n<p><em>Secretar\u00eda, Categor\u00eda de Entrada<\/em><\/p>\n<p>Provincia de Teruel<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Alca\u00f1iz (Teruel).<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a\u00a031 de diciembre anterior: Superior a\u00a02.000 habitantes.<\/p>\n<p>Puesto: Secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Subescala y categor\u00eda: Secretar\u00eda, categor\u00eda de entrada.<\/p>\n<p>Cubierto con titular que se jubilar\u00e1 en los\u00a06 meses siguientes a la publicaci\u00f3n de esta convocatoria: S\u00cd.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: No se determinan.<\/p>\n<p>Prev\u00e9n las bases espec\u00edficas de la convocatoria la realizaci\u00f3n de entrevista: No<\/p>\n<p><em>Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n<\/em><\/p>\n<p>Provincia de Zaragoza<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Comarca Campo de Daroca.<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a\u00a031 de diciembre anterior: &#8211;<\/p>\n<p>Puesto: Secretar\u00eda<\/p>\n<p>Subescala y categor\u00eda: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: No<\/p>\n<p>Prev\u00e9n las bases espec\u00edficas de la convocatoria la realizaci\u00f3n de entrevista: No<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Agrupaci\u00f3n de municipios de Bureta, Albeta y Alberite de San Juan.<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a\u00a031 de diciembre anterior: Inferior a\u00a02.000 habitantes.<\/p>\n<p>Puesto: Secretar\u00eda, clase tercera<\/p>\n<p>Subescala y categor\u00eda: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n<\/p>\n<p>Cubierto con titular que se jubilar\u00e1 en los\u00a06 meses siguientes a la publicaci\u00f3n de esta convocatoria: S\u00cd<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: No<\/p>\n<p>Prev\u00e9n las bases espec\u00edficas de la convocatoria la realizaci\u00f3n de entrevista: No<\/p>\n<p>Provincia de Huesca<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Agrupaci\u00f3n de municipios de Sesa, Alcal\u00e1 del Obispo, Salillas y Argavieso (Huesca).<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a\u00a031 de diciembre anterior: Inferior a\u00a02.000 habitantes.<\/p>\n<p>Puesto: Secretar\u00eda, clase tercera.<\/p>\n<p>Subescala y categor\u00eda: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: No se determinan<\/p>\n<p>Prev\u00e9n las bases espec\u00edficas de la convocatoria la realizaci\u00f3n de entrevista: No<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Agrupaci\u00f3n de municipios de Estadilla y Estada (Huesca).<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a\u00a031 de diciembre anterior: Inferior a\u00a02.000 habitantes.<\/p>\n<p>Puesto: Secretar\u00eda, clase tercera.<\/p>\n<p>Subescala y categor\u00eda: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Cubierto con titular que se jubilar\u00e1 en los\u00a06 meses siguientes a la publicaci\u00f3n de esta convocatoria: S\u00cd<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: No se determinan<\/p>\n<p>Prev\u00e9n las bases espec\u00edficas de la convocatoria la realizaci\u00f3n de entrevista: No<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Lanaja (Huesca).<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a\u00a031 de diciembre anterior: Inferior a\u00a02.000 habitantes.<\/p>\n<p>Puesto: Secretar\u00eda, clase tercera.<\/p>\n<p>Cubierto con titular que se jubilar\u00e1 en los\u00a06 meses siguientes a la publicaci\u00f3n de esta convocatoria: S\u00cd<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: No se determinan<\/p>\n<p>Puntuaci\u00f3n m\u00ednima para concursar al puesto: No se exige.<\/p>\n<p>Prev\u00e9n las bases espec\u00edficas de la convocatoria la realizaci\u00f3n de entrevista: No<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Alcal\u00e1 de Gurrea (Huesca).<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a\u00a031 de diciembre anterior: Inferior a\u00a02.000 habitantes.<\/p>\n<p>Puesto: Secretar\u00eda, clase tercera.<\/p>\n<p>Subescala y categor\u00eda: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Cubierto con titular que se jubilar\u00e1 en los\u00a06 meses siguientes a la publicaci\u00f3n de esta convocatoria: No<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: No se determinan<\/p>\n<p>Prev\u00e9n las bases espec\u00edficas de la convocatoria la realizaci\u00f3n de entrevista: No<\/p>\n<p>COMUNIDAD AUT\u00d3NOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS<\/p>\n<p><strong>(Resoluci\u00f3n de\u00a09 de marzo de\u00a02021, de la Consejer\u00eda de Presidencia, por la que se da publicidad a las bases del concurso ordinario y convocatorias espec\u00edficas para la provisi\u00f3n de puestos de trabajo reservados a funcionarios de administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, publicada en el \u00abBolet\u00edn Oficial del Principado de Asturias\u00bb n\u00fam. 63, de\u00a005 de abril de\u00a02021)<\/strong><\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Llanera.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Secretario\/a.<\/p>\n<p>Subescala y categor\u00eda: Secretar\u00eda, categor\u00eda Superior.<\/p>\n<p>Clase: Primera.<\/p>\n<p>Baremo espec\u00edfico:<\/p>\n<p>1.\u2003Experiencia profesional (0,80 puntos). Se valorar\u00e1 a\u00a00,02 puntos por mes completo la experiencia profesional adquirida por el desempe\u00f1o de puestos de trabajo, en virtud de nombramiento efectuado por la autoridad competente en cualquiera de las formas de provisi\u00f3n previstas en el Real Decreto\u00a0128\/2018, reservados a funcionarios de administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de la subescala de secretar\u00eda y categor\u00eda superior en Ayuntamientos ubicados en la Comunidad Aut\u00f3noma del Principado de Asturias.<\/p>\n<p>2.\u2003Especializaci\u00f3n profesional en materia de derecho administrativo (0,70 puntos). Se valorar\u00e1 la publicaci\u00f3n de libros o de art\u00edculos que cuenten con ISSN en materias relativas al derecho administrativo local (contrataci\u00f3n, personal, urbanismo, medio ambiente, r\u00e9gimen jur\u00eddico y organizativo y patrimonio) a raz\u00f3n de:<\/p>\n<p>0,10 puntos por cada libro.<\/p>\n<p>0,03 puntos por cada art\u00edculo.<\/p>\n<p>Todos los m\u00e9ritos deber\u00e1n acreditarse documentalmente o mediante fotocopias debidamente cotejadas.<\/p>\n<p>Entrevista y aclaraciones: No se prev\u00e9 la celebraci\u00f3n de entrevista con los concursantes, a los efectos de concreci\u00f3n de los m\u00e9ritos espec\u00edficos. En consecuencia, no se prev\u00e9 pago alguno por desplazamiento de los concursantes.<\/p>\n<p>No obstante y una vez constituido, el Tribunal podr\u00e1 recabar de los concursantes las aclaraciones o la documentaci\u00f3n adicional pertinente, cuando de la presentada no resulten suficientemente acreditados los datos alegados en relaci\u00f3n con determinados m\u00e9ritos espec\u00edficos, siempre que ello no suponga suplir el incumplimiento de los requisitos que han de concurrir en los documentos acreditativos de los mismos.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Mancomunidad Comarca de la Sidra.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Secretario\/a.<\/p>\n<p>Subescala y categor\u00eda: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Clase: Tercera.<\/p>\n<p>Baremo espec\u00edfico: No se establece.<\/p>\n<p>COMUNIDAD AUT\u00d3NOMA DE LAS ILLES BALEARS<\/p>\n<p><strong>(Resoluci\u00f3n de la consejera de Presidencia, Funci\u00f3n P\u00fablica e Igualdad por la cual se hacen p\u00fablicas las bases comunes del concurso ordinario y las convocatorias espec\u00edficas para la provisi\u00f3n de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de Administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, publicada en el \u00abBolet\u00edn Oficial de las Illes Balears\u00bb n\u00fam. 59, de\u00a006 de mayo de\u00a02021)<\/strong><\/p>\n<p><em>Intervenci\u00f3n de clase\u00a01.\u00aa<\/em><\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n local: Consejo de Mallorca.<\/p>\n<p>Puesto de trabajo convocado: intervenci\u00f3n adjunta.<\/p>\n<p>Clase: primera.<\/p>\n<p>Subescala: intervenci\u00f3n tesorer\u00eda, categor\u00eda superior.<\/p>\n<p>Requisitos: Nivel de lengua catalana B2. Titulaci\u00f3n seg\u00fan normativa vigente aplicable a habilitados nacionales (Decreto\u00a02\/2017, de\u00a013 de enero, de exigencia del conocimiento de la lengua catalana en los procedimientos de provisi\u00f3n de puestos de trabajo de las entidades locales de las Illes Balears reservados a personal funcionario de Administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional (BOIB n\u00fam. 12, de\u00a028 de enero).<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: No proceden.<\/p>\n<p><em>Intervenci\u00f3n de clase\u00a02.\u00aa<\/em><\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n local: Ayuntamiento de Palma.<\/p>\n<p>Puesto de trabajo convocado: intervenci\u00f3n delegada.<\/p>\n<p>Clase: segunda.<\/p>\n<p>Subescala y categor\u00eda: intervenci\u00f3n tesorer\u00eda, categor\u00eda de entrada.<\/p>\n<p>Requisitos: Nivel de lengua catalana B2.<\/p>\n<p>El conocimiento de la lengua catalana de nivel B2, de acuerdo con el art\u00edculo\u00a01.2 del Decreto\u00a02\/2017, de\u00a013 de enero, de exigencia del conocimiento de la lengua catalana en los procedimientos de provisi\u00f3n de puestos de trabajo de las entidades locales de las Illes Balears reservados a personal funcionario de la Administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional (BOIB n\u00fam. 12, de\u00a028 de enero).<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: No proceden.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n local: Consejo Insular de Menorca.<\/p>\n<p>Puesto de trabajo convocado: Viceintervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Clase: segunda.<\/p>\n<p>Subescala y categor\u00eda: intervenci\u00f3n tesorer\u00eda, categor\u00eda de entrada<\/p>\n<p>Requisitos: Nivel de lengua catalana C1. Titulaci\u00f3n seg\u00fan normativa vigente aplicable a habilitados nacionales (Decreto\u00a02\/2017, de\u00a013 de enero, de exigencia del conocimiento de la lengua catalana en los procedimientos de provisi\u00f3n de puestos de trabajo de las entidades locales de las Illes Balears reservados a personal funcionario de Administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional (BOIB n\u00fam. 12, de\u00a028 de enero).<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: No proceden.<\/p>\n<p>COMUNIDAD AUT\u00d3NOMA DE CANARIAS<\/p>\n<p><strong>(Resoluci\u00f3n de\u00a05 de mayo de\u00a02021, por la que se da publicidad a las convocatorias de concurso ordinario para la provisi\u00f3n de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, vacantes en diversas corporaciones locales de Canarias, publicada en el Bolet\u00edn Oficial de Canarias, n\u00fam. 101, de\u00a018 de mayo de\u00a02021)<\/strong><\/p>\n<p><em>Secretar\u00eda, Categor\u00eda Superior<\/em><\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Ag\u00fcimes.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Secretar\u00eda, clase primera.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Superior.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: se contempla la realizaci\u00f3n de entrevista.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Arrecife.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Secretar\u00eda, clase primera.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Superior.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: en aquellos casos que el Tribunal Calificador considere conveniente, podr\u00e1 convocar la realizaci\u00f3n de entrevista personal con el concursante o concursantes, para la concreci\u00f3n de los m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Ingenio.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Secretar\u00eda, clase primera.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Superior.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: se contempla la realizaci\u00f3n de entrevista para la concreci\u00f3n de m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica, sin previsi\u00f3n de gastos de desplazamiento. La fecha, lugar y hora de su celebraci\u00f3n ser\u00e1 notificada a los aspirantes por el Tribunal al menos con seis d\u00edas de antelaci\u00f3n a su celebraci\u00f3n.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Mog\u00e1n.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Secretar\u00eda, clase primera.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Superior.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: no se contempla.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Oliva, La.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Secretar\u00eda, clase primera.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Superior.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: no se establece.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Puerto del Rosario.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Secretar\u00eda, clase primera.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Superior.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: no se contempla.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Arona.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Secretar\u00eda, clase primera.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Superior.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: no se contempla.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Granadilla de Abona.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Secretar\u00eda, clase primera.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Superior.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: no se contempla.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Icod de los Vinos.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Secretar\u00eda, clase primera.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Superior.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: no se contempla.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Llanos de Aridane (Los).<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Secretar\u00eda, clase primera.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Superior.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista y previsi\u00f3n de gastos de desplazamiento: no se contempla la realizaci\u00f3n de entrevista ni gastos de desplazamiento.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Puerto de la Cruz.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Secretar\u00eda, clase primera.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Superior.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: no se contempla<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Realejos (Los).<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Secretar\u00eda, clase primera.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Superior.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: s\u00f3lo se valorar\u00e1n aquellos m\u00e9ritos, conforme al siguiente baremo, obtenidos o compulsados hasta la fecha de finalizaci\u00f3n del plazo de presentaci\u00f3n de solicitudes, debiendo relacionarse y acreditarse documentalmente.<\/p>\n<p>1.\u2003Alta cualificaci\u00f3n profesional en materia de Derecho P\u00fablico acreditada por la posesi\u00f3n de titulaci\u00f3n acad\u00e9mica oficial distinta de cualquiera de las necesarias para el acceso al Cuerpo de funcionarios de habilitaci\u00f3n estatal, Subescala de Secretar\u00eda General, precisa para la provisi\u00f3n del puesto de trabajo en este Ayuntamiento: 1 punto.<\/p>\n<p>2.\u2003Especializaci\u00f3n profesional en materia de Urbanismo, Administraci\u00f3n Local y Auton\u00f3mica con especial referencia al ordenamiento canario, acreditada mediante diplomas o certificaciones de Cursos, Jornadas o Seminarios impartidos por Universidades, Institutos u Organismos homologados en formaci\u00f3n funcionarial en funci\u00f3n del n\u00famero de horas recibidas con asistencia y aprovechamiento, hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,50 puntos:<\/p>\n<p>\u2013\u2002De\u00a015 a\u00a029 horas de duraci\u00f3n 0,05 puntos por curso superado con aprovechamiento y\u00a00,025 sin aprovechamiento.<\/p>\n<p>\u2013\u2002De\u00a030 a\u00a050 horas de duraci\u00f3n 0,10 por curso superado con aprovechamiento y\u00a00,05 sin aprovechamiento.<\/p>\n<p>\u2013\u2002De\u00a051 horas en adelante 0,20 por curso superado con aprovechamiento y\u00a00,10 sin aprovechamiento.<\/p>\n<p>Todos los cursos de formaci\u00f3n deber\u00e1n haber sido impartidos con posterioridad a\u00a01 de septiembre de\u00a02007, con la finalidad de salvaguardar la vigencia de las materias impartidas.<\/p>\n<p>Forma de acreditar los m\u00e9ritos espec\u00edficos: los m\u00e9ritos indicados en el apartado anterior, ser\u00e1n acreditados por los participantes mediante la presentaci\u00f3n original o fotocopia compulsada de diplomas, expediente personal, certificaciones expedidas por Administraciones P\u00fablicas, Corporaciones, Empresas P\u00fablicas, Instituciones, Organismos o Escuelas Oficiales de Funcionarios donde hubieran adquirido la experiencia o el perfeccionamiento profesional y obtenido los m\u00e9ritos.<\/p>\n<p>Puntuaci\u00f3n m\u00ednima para concursar al puesto: los concursantes habr\u00e1n de contar con una puntuaci\u00f3n m\u00ednima del\u00a025 por\u00a0100 de la puntuaci\u00f3n total para serle adjudicada esta plaza vacante (el Real Decreto\u00a0128\/2018, de\u00a016 de marzo, no contempla la exigencia de una puntuaci\u00f3n m\u00ednima para adjudicar la vacante).<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: s\u00ed se contempla la realizaci\u00f3n de entrevista para la concreci\u00f3n de los m\u00e9ritos espec\u00edficos o de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Cabildo Insular de El Hierro.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Secretar\u00eda, clase primera.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Superior.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: se contempla la realizaci\u00f3n de una entrevista, sin previsi\u00f3n de gastos de desplazamiento.<\/p>\n<p>Puntuaci\u00f3n m\u00ednima: la Corporaci\u00f3n se\u00f1ala que la puntuaci\u00f3n m\u00ednima que habr\u00e1 de obtenerse para la adjudicaci\u00f3n del puesto de trabajo ser\u00e1 de\u00a07,5 puntos. Pero la posibilidad de exigir una puntuaci\u00f3n m\u00ednima no se contempla ya en el Real Decreto\u00a0128\/2018, de\u00a016 de marzo.<\/p>\n<p><em>Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda, Categor\u00eda Superior<\/em><\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Arrecife.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Intervenci\u00f3n, clase primera.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Superior.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: en aquellos casos que el Tribunal Calificador considere conveniente, podr\u00e1 convocar la realizaci\u00f3n de entrevista personal con el concursante o concursantes, para la concreci\u00f3n de los m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Ingenio.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Intervenci\u00f3n, clase primera.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Superior.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: se contempla la realizaci\u00f3n de entrevista para la concreci\u00f3n de m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica, sin previsi\u00f3n de gastos de desplazamiento. La fecha, lugar y hora de su celebraci\u00f3n ser\u00e1 notificada a los aspirantes por el Tribunal al menos con seis d\u00edas de antelaci\u00f3n a su celebraci\u00f3n.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Mog\u00e1n.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Intervenci\u00f3n, clase primera.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Superior.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: no se contempla.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Puerto del Rosario.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Intervenci\u00f3n, clase primera.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Superior.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: no se contempla.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Cabildo Insular de Fuerteventura.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Intervenci\u00f3n, clase primera.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Superior.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: no se establece.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Adeje.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Intervenci\u00f3n, clase primera.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Superior.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Entrevista: no se realizar\u00e1 entrevista.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Arona.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Intervenci\u00f3n, clase primera.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Superior.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: no se contempla.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Granadilla de Abona.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Intervenci\u00f3n, clase primera.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Superior.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: no se contempla.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Icod de los Vinos.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Intervenci\u00f3n, clase primera.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Superior.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: no se contempla.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Llanos de Aridane (Los).<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Intervenci\u00f3n, clase primera.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Superior.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista y previsi\u00f3n de gastos de desplazamiento: no se contempla la realizaci\u00f3n de entrevista ni gastos de desplazamiento.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Realejos (Los).<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Intervenci\u00f3n, clase primera.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Superior.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: s\u00f3lo se valorar\u00e1n aquellos m\u00e9ritos, conforme al siguiente baremo, obtenidos o compulsados hasta la fecha de finalizaci\u00f3n del plazo de presentaci\u00f3n de solicitudes, debiendo relacionarse y acreditarse documentalmente.<\/p>\n<p>1.\u2003Alta cualificaci\u00f3n profesional en materia de Derecho P\u00fablico acreditada por la posesi\u00f3n de titulaci\u00f3n acad\u00e9mica oficial distinta de cualquiera de las necesarias para el acceso al Cuerpo de funcionarios de habilitaci\u00f3n estatal, Subescala de Intervenci\u00f3n, precisa para la provisi\u00f3n del puesto de trabajo en este Ayuntamiento: 1,00 punto.<\/p>\n<p>2.\u2003Especializaci\u00f3n profesional en materia de Derecho Financiero y Derecho Presupuestario, Hacienda P\u00fablica Local y Auton\u00f3mica con especial referencia al ordenamiento canario, acreditada mediante publicaciones en libros o en revistas jur\u00eddicas o econ\u00f3micas: a raz\u00f3n de\u00a00,10 puntos cada publicaci\u00f3n hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,50.<\/p>\n<p>Forma de acreditar los m\u00e9ritos espec\u00edficos: los m\u00e9ritos indicados en el apartado anterior, ser\u00e1n acreditados por los participantes mediante la presentaci\u00f3n original o fotocopia compulsada de diplomas, expediente personal, certificaciones expedidas por Administraciones P\u00fablicas, Corporaciones, Empresas P\u00fablicas, Instituciones, Organismos o Escuelas Oficiales de Funcionarios donde hubieran adquirido la experiencia o el perfeccionamiento profesional y obtenido los m\u00e9ritos.<\/p>\n<p>Puntuaci\u00f3n m\u00ednima para concursar al puesto: los concursantes habr\u00e1n de contar con una puntuaci\u00f3n m\u00ednima del\u00a025 por\u00a0100 de la puntuaci\u00f3n total para serle adjudicada esta plaza vacante. Sin embargo, el Real Decreto\u00a0128\/2018, de\u00a016 de marzo, no contempla la exigencia de una puntuaci\u00f3n m\u00ednima para adjudicar la vacante.<\/p>\n<p>Entrevista: s\u00ed se contempla la realizaci\u00f3n de entrevista para la concreci\u00f3n de los m\u00e9ritos espec\u00edficos o de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Cabildo Insular de El Hierro.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Intervenci\u00f3n, clase primera.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Superior.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: se contempla la realizaci\u00f3n de una entrevista, sin previsi\u00f3n de gastos de desplazamiento.<\/p>\n<p>Puntuaci\u00f3n m\u00ednima: la puntuaci\u00f3n m\u00ednima que habr\u00e1 de obtenerse para la adjudicaci\u00f3n del puesto de trabajo ser\u00e1 de\u00a07,5 puntos. Sin embargo, el Real Decreto\u00a0128\/2018, de\u00a016 de marzo, no contempla la exigencia de una puntuaci\u00f3n m\u00ednima para adjudicar la vacante.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Cabildo Insular de La Palma.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Intervenci\u00f3n, clase primera.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Superior.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos (optativos): no se contemplan m\u00e9ritos espec\u00edficos en la Relaci\u00f3n de Puestos de Trabajo del Cabildo Insular, para este puesto.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: no se prev\u00e9.<\/p>\n<p><em>Tesorer\u00eda<\/em><\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Ag\u00fcimes.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda<\/p>\n<p>Categor\u00eda: sin distinci\u00f3n de categor\u00eda.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: se contempla la realizaci\u00f3n de entrevista.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Aldea de San Nicol\u00e1s (La).<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: sin distinci\u00f3n de categor\u00eda.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: no se contempla realizaci\u00f3n de entrevista.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Antigua.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda<\/p>\n<p>Categor\u00eda: sin distinci\u00f3n de categor\u00eda.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: no se establece.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Ingenio.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: sin distinci\u00f3n de categor\u00eda.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: se contempla la realizaci\u00f3n de entrevista para la concreci\u00f3n de m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica, sin previsi\u00f3n de gastos de desplazamiento. La fecha, lugar y hora de su celebraci\u00f3n ser\u00e1 notificada a los aspirantes por el Tribunal al menos con seis d\u00edas de antelaci\u00f3n a su celebraci\u00f3n.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de P\u00e1jara.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: sin distinci\u00f3n de categor\u00eda.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: no se contempla.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Puerto del Rosario.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: sin distinci\u00f3n de categor\u00eda.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: no se contempla.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Valsequillo de Gran Canaria.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Tesorer\u00eda<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: sin distinci\u00f3n de categor\u00eda.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista y previsi\u00f3n de gastos de desplazamiento: no se prev\u00e9.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Vega de San Mateo.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: sin distinci\u00f3n de categor\u00eda.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: no se prev\u00e9.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Adeje.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: sin distinci\u00f3n de categor\u00eda.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: no se contempla.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Arico.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: sin distinci\u00f3n de categor\u00eda.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: si se contempla entrevista, con los gastos de desplazamiento establecidos en el Real Decreto\u00a0462\/2002, de\u00a024 de mayo, sobre indemnizaciones por raz\u00f3n del servicio, art\u00edculos\u00a029 y siguientes.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Bre\u00f1a Baja.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: sin distinci\u00f3n de categor\u00eda.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: s\u00ed se contempla entrevista con los gastos de desplazamiento establecidos en el Real Decreto\u00a0462\/2002, de\u00a024 de mayo, sobre indemnizaciones por raz\u00f3n del servicio, art\u00edculos\u00a029 y siguientes, en relaci\u00f3n con el anexo IV.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Candelaria.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: sin distinci\u00f3n de categor\u00eda.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: no se establece.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Guancha (La).<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: sin distinci\u00f3n de categor\u00eda.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: no se contempla.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Icod de los Vinos.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: sin distinci\u00f3n de categor\u00eda.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista y previsi\u00f3n de gastos de desplazamiento: no se prev\u00e9.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Llanos de Aridane (Los).<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: sin distinci\u00f3n de categor\u00eda.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista y previsi\u00f3n de gastos de desplazamiento: no se contempla la realizaci\u00f3n de entrevista ni previsi\u00f3n de gastos de desplazamiento.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Paso (El).<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: sin distinci\u00f3n de categor\u00eda.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: no se contempla.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Realejos (Los).<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: sin distinci\u00f3n de categor\u00eda.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos:<\/p>\n<p>1.\u2003Alta cualificaci\u00f3n profesional en materia de Derecho P\u00fablico acreditada por la posesi\u00f3n de titulaci\u00f3n acad\u00e9mica oficial distinta de cualquiera de las necesarias para el acceso al Cuerpo de funcionarios de habilitaci\u00f3n nacional, Subescala de Tesorer\u00eda, precisa para la provisi\u00f3n del puesto de trabajo en este Ayuntamiento: 1,00 punto.<\/p>\n<p>2.\u2003Especializaci\u00f3n profesional en materia de Derecho Financiero y Derecho Presupuestario, Hacienda P\u00fablica Local y Auton\u00f3mica con especial referencia al ordenamiento canario, acreditada mediante publicaciones en libros o en revistas jur\u00eddicas o econ\u00f3micas: a raz\u00f3n de\u00a00,50 puntos cada publicaci\u00f3n hasta un m\u00e1ximo de\u00a02 puntos.<\/p>\n<p>3.\u2003Especializaci\u00f3n profesional en las materias objeto de las funciones asignadas al puesto de trabajo acreditada por la impartici\u00f3n o direcci\u00f3n de Cursos, Seminarios o Jornadas organizadas por Universidades, Institutos de Formaci\u00f3n de Funcionarios y otras entidades dependientes de la Administraci\u00f3n P\u00fablica, as\u00ed como la docencia en Facultades universitarias: valoraci\u00f3n, a valorar por el Tribunal a raz\u00f3n de\u00a00,50 puntos cada uno hasta\u00a02 puntos.<\/p>\n<p>4.\u2003Experiencia acreditada en cooperaci\u00f3n internacional al desarrollo en materia de Administraci\u00f3n Financiera y Contabilidad Local: 1 punto.<\/p>\n<p>5.\u2003Por conocimientos te\u00f3rico-pr\u00e1cticos de aplicaciones inform\u00e1ticas para contabilidad de Administraci\u00f3n Local: 1 punto.<\/p>\n<p>6.\u2003Experiencia en asesoramiento en materia de Derecho Financiero, Hacienda P\u00fablica a Entidades Locales, Comunidades Aut\u00f3nomas, Empresas P\u00fablicas o Instituciones y Corporaciones de Derecho P\u00fablico o Privado: 1 punto.<\/p>\n<p>Forma de acreditar los m\u00e9ritos espec\u00edficos: Los m\u00e9ritos indicados en el apartado anterior, ser\u00e1n acreditados por los participantes mediante la presentaci\u00f3n original o fotocopia compulsada de diplomas, expediente personal, certificaciones expedidas por Administraciones P\u00fablicas, Corporaciones, Empresas P\u00fablicas, Instituciones, Organismos o Escuelas Oficiales de Funcionarios donde hubieran adquirido la experiencia o el perfeccionamiento profesional y obtenido los m\u00e9ritos.<\/p>\n<p>Puntuaci\u00f3n m\u00ednima para concursar al puesto: Los concursantes habr\u00e1n de contar con una puntuaci\u00f3n m\u00ednima del\u00a025 por\u00a0100 de la puntuaci\u00f3n total para serle adjudicada esta plaza vacante. Sin embargo, el Real Decreto\u00a0128\/2018, de\u00a016 de marzo, no contempla la exigencia de una puntuaci\u00f3n m\u00ednima para adjudicar la vacante.<\/p>\n<p>Entrevista: S\u00ed se contempla realizaci\u00f3n de entrevista para la concreci\u00f3n de los m\u00e9ritos espec\u00edficos o de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de San Andr\u00e9s y Sauces.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: sin distinci\u00f3n de categor\u00eda.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: no se contempla.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Villa de Mazo.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: sin distinci\u00f3n de categor\u00eda.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: no se contempla.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Cabildo Insular de El Hierro.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: sin distinci\u00f3n de categor\u00eda.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: se contempla la realizaci\u00f3n de una entrevista, sin previsi\u00f3n de gastos de desplazamiento.<\/p>\n<p><em>Secretar\u00eda, Categor\u00eda de Entrada<\/em><\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Aldea de San Nicol\u00e1s (La).<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Secretar\u00eda, clase segunda.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Entrada.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: no se contempla realizaci\u00f3n de entrevista.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Teguise.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Secretar\u00eda, clase segunda.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Entrada.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista (optativa) y previsi\u00f3n de gastos de desplazamiento: En aquellos casos que el Tribunal lo considere conveniente, podr\u00e1 convocar la realizaci\u00f3n de entrevista personal con el concursante o concursantes, para la concreci\u00f3n de los m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica, con los gastos de desplazamiento establecidos en el Real Decreto\u00a0462\/2002, de\u00a024 de mayo, sobre indemnizaciones por raz\u00f3n del servicio, art\u00edculos\u00a029 y siguientes en relaci\u00f3n con el anexo IV.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Yaiza.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Secretar\u00eda, clase segunda.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Entrada.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: no se prev\u00e9.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Arico.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Secretar\u00eda, clase segunda.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Entrada.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: si se contempla entrevista, con los gastos de desplazamiento establecidos en el Real Decreto\u00a0462\/2002, de\u00a024 de mayo, sobre indemnizaciones por raz\u00f3n del servicio, art\u00edculos\u00a029 y siguientes.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Bre\u00f1a Baja.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Secretar\u00eda, clase segunda.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Entrada.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: s\u00ed se contempla entrevista, con los gastos de desplazamiento establecidos en el Real Decreto\u00a0462\/2002, de\u00a024 de mayo, sobre indemnizaciones por raz\u00f3n del servicio, art\u00edculos\u00a029 y siguientes, en relaci\u00f3n con el anexo IV.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Guancha (La).<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Secretar\u00eda, clase segunda.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Entrada.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: no se establece.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Gu\u00eda de Isora.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Secretar\u00eda, clase segunda.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Entrada.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista y previsi\u00f3n de gastos de desplazamiento: no se contemplan.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Paso (El).<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Secretar\u00eda, clase segunda.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Entrada.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: no se contempla.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de San Andr\u00e9s y Sauces.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Secretar\u00eda, clase segunda.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Entrada.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: no se contempla.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Santa \u00darsula.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Secretar\u00eda, clase segunda.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Entrada.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se transcriben los m\u00e9ritos espec\u00edficos aprobados por la Corporaci\u00f3n, al no tener constancia de que formen parte de la relaci\u00f3n de puestos de trabajo, de acuerdo con el art\u00edculo\u00a034.1, p\u00e1rrafo segundo, del Real Decreto\u00a0128\/2018, de\u00a016 de marzo.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: se contempla la realizaci\u00f3n de entrevista, que servir\u00e1, eventualmente, para la concreci\u00f3n de los m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Tazacorte.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Secretar\u00eda, clase segunda.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Entrada.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Entrevista: no se contempla.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Villa de Mazo.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Secretar\u00eda, clase segunda.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Entrada.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Entrevista: no se contempla.<\/p>\n<p><em>Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda, Categor\u00eda de Entrada<\/em><\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Aldea de San Nicol\u00e1s (La).<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Intervenci\u00f3n, clase segunda.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Entrada.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: no se contempla realizaci\u00f3n de entrevista.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Antigua.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Intervenci\u00f3n, clase segunda.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Entrada.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: no se establece.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Teguise.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Intervenci\u00f3n, clase segunda.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Entrada.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista (optativa) y previsi\u00f3n de gastos de desplazamiento: En aquellos casos que el Tribunal lo considere conveniente, podr\u00e1 convocar la realizaci\u00f3n de entrevista personal con el concursante o concursantes, para la concreci\u00f3n de los m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica, con los gastos de desplazamiento establecidos en el Real Decreto\u00a0462\/2002, de\u00a024 de mayo, sobre indemnizaciones por raz\u00f3n del servicio, art\u00edculos\u00a029 y siguientes en relaci\u00f3n con el anexo IV.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Valsequillo de Gran Canaria.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Intervenci\u00f3n, clase segunda.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Entrada.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista y previsi\u00f3n de gastos de desplazamiento: no se prev\u00e9.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Vega de San Mateo.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Intervenci\u00f3n, clase segunda.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Entrada.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: no se prev\u00e9.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Yaiza.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Intervenci\u00f3n, clase segunda.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Entrada.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: no se prev\u00e9.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Arico.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Intervenci\u00f3n, clase segunda.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Entrada.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: si se contempla entrevista, con los gastos de desplazamiento establecidos en el Real Decreto\u00a0462\/2002, de\u00a024 de mayo, sobre indemnizaciones por raz\u00f3n del servicio, art\u00edculos\u00a029 y siguientes.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Bre\u00f1a Alta.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Intervenci\u00f3n, clase segunda.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Entrada.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: si se contempla entrevista con los gastos de desplazamiento establecidos en el Real Decreto\u00a0462\/2002, de\u00a024 de mayo, sobre indemnizaciones por raz\u00f3n del servicio, art\u00edculos\u00a029 y siguientes en relaci\u00f3n con su anexo IV.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Bre\u00f1a Baja.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Intervenci\u00f3n, clase segunda.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Entrada.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: s\u00ed se contempla entrevista con los gastos de desplazamiento establecidos en el Real Decreto\u00a0462\/2002, de\u00a024 de mayo, sobre indemnizaciones por raz\u00f3n del servicio, art\u00edculos\u00a029 y siguientes en relaci\u00f3n con el anexo IV.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Frontera (La).<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Intervenci\u00f3n, clase segunda.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Entrada.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: no, y, por tanto, no se prev\u00e9 gasto alguno por los gastos de desplazamiento.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Guancha (La).<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Intervenci\u00f3n, clase segunda.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Entrada.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: no se prev\u00e9.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Gu\u00eda de Isora.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Intervenci\u00f3n, clase segunda.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Entrada.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista y previsi\u00f3n de gastos de desplazamiento: no se contemplan.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Paso (El).<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Intervenci\u00f3n, clase segunda.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Entrada.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: no se contempla.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de San Andr\u00e9s y Sauces.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Intervenci\u00f3n, clase segunda.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Entrada.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: no se contempla.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Santa \u00darsula.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Intervenci\u00f3n, clase segunda.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Entrada.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se transcriben los m\u00e9ritos espec\u00edficos aprobados por la Corporaci\u00f3n, al no tener constancia de que formen parte de la relaci\u00f3n de puestos de trabajo, de acuerdo con el art\u00edculo\u00a034.1, p\u00e1rrafo segundo, del Real Decreto\u00a0128\/2018, de\u00a016 de marzo.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: se contempla la realizaci\u00f3n de entrevista, que, eventualmente, servir\u00e1 para la concreci\u00f3n de los m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Tazacorte.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Intervenci\u00f3n, clase segunda.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Entrada.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: no se contempla.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Tegueste.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Intervenci\u00f3n, clase segunda.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Entrada.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: no se contempla.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Villa de Mazo.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Intervenci\u00f3n, clase segunda.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Entrada.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: no se contempla.<\/p>\n<p><em>Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n<\/em><\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Agulo.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n: Secretar\u00eda, clase tercera.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista (optativa) y previsi\u00f3n de gastos de desplazamiento: no se prev\u00e9n.<\/p>\n<p><em>Puesto de Colaboraci\u00f3n, Clase Segunda<\/em><\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Oliva (La).<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n: Vicesecretar\u00eda, clase segunda.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Entrada.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista (optativa) y previsi\u00f3n de gastos de desplazamiento: no se prev\u00e9n.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de P\u00e1jara.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n: Vicesecretar\u00eda, clase segunda.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Entrada.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: no se contempla.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de P\u00e1jara.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n: Viceintervenci\u00f3n, clase segunda.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Entrada.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: no se contempla.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Cabildo Insular de Fuerteventura.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Viceintervenci\u00f3n, clase segunda<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Entrada.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: no se establece.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Arona.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n: Viceintervenci\u00f3n, clase segunda.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Entrada.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: no se contempla.<\/p>\n<p><em>Puesto de Colaboraci\u00f3n, Clase Tercera<\/em><\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Arona.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Secretario\/a delegado\/a de OO.AA., clase tercera.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: no se contempla.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Arona.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Interventor\/a delegado\/a de OO.AA. (INT-F-18), clase tercera.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: no se contempla.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Arona.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Interventor\/a delegado\/a de OO.AA. (INT-F-19), clase tercera.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: no se establecen.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: no se contempla.<\/p>\n<p>COMUNIDAD AUT\u00d3NOMA DE CASTILLA Y LE\u00d3N<\/p>\n<p><strong>(Resoluci\u00f3n de\u00a015 de abril de\u00a02021, de la Direcci\u00f3n de Administraci\u00f3n Local, por la que se da publicidad a las convocatorias y bases espec\u00edficas del concurso ordinario para la provisi\u00f3n de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional en la Comunidad de Castilla y Le\u00f3n, publicada en el \u00abBolet\u00edn Oficial de Castilla y Le\u00f3n\u00bb, n\u00fam. 83, de\u00a03 de mayo de\u00a02021)<\/strong><\/p>\n<p><em>Secretar\u00eda, Categor\u00eda Superior<\/em><\/p>\n<p>Provincia de Soria<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Diputaci\u00f3n Provincial de Soria.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n y clase del puesto: Secretar\u00eda General, Clase\u00a01. \u00aa<\/p>\n<p>Subescala y categor\u00eda: Secretar\u00eda, Categor\u00eda Superior.<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a\u00a031 de diciembre anterior: 89.912 habitantes.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos (optativos), valoraci\u00f3n y medios de acreditaci\u00f3n:<\/p>\n<p>1.\u2003M\u00e9ritos profesionales (hasta un m\u00e1ximo de\u00a01,50 puntos): Por la representaci\u00f3n y defensa de la Administraci\u00f3n ante la Jurisdicci\u00f3n contencioso-administrativa, a raz\u00f3n de\u00a00,15 puntos por a\u00f1o, hasta un m\u00e1ximo de\u00a01,50 puntos.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: No.<\/p>\n<p>Previsi\u00f3n gastos de desplazamiento: No.<\/p>\n<p><em>Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda, Categor\u00eda Superior<\/em><\/p>\n<p>Provincia de \u00c1vila<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de \u00c1vila.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n y clase del puesto: Intervenci\u00f3n, Clase\u00a01.\u00aa<\/p>\n<p>Subescala y categor\u00eda: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda, Categor\u00eda Superior.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos (optativos), valoraci\u00f3n y medios de acreditaci\u00f3n:<\/p>\n<p>1.\u2003Formaci\u00f3n y perfeccionamiento (hasta un M\u00e1ximo de\u00a01, 5 puntos):<\/p>\n<p>Cursos de formaci\u00f3n en auditor\u00eda de cuentas entre\u00a0100 y\u00a0300 horas: 0,25 puntos.<\/p>\n<p>Cursos de formaci\u00f3n en auditor\u00eda de cuentas entre\u00a0301 y\u00a0500 horas: 0,75 puntos.<\/p>\n<p>Cursos de formaci\u00f3n en auditor\u00eda de cuentas de m\u00e1s de\u00a0500 horas: 1,5 puntos.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: No.<\/p>\n<p>Previsi\u00f3n gastos de desplazamiento: No.<\/p>\n<p>Provincia de Palencia<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Palencia.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n y clase del puesto: Viceintervenci\u00f3n, Clase\u00a01.\u00aa<\/p>\n<p>Subescala y categor\u00eda: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda, Categor\u00eda Superior.<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a\u00a031 de diciembre anterior: 77.261 habitantes.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos (optativos), valoraci\u00f3n y medios de acreditaci\u00f3n:<\/p>\n<p>1.\u2003Experiencia profesional: Por servicios prestados como funcionario de carrera, de la misma subescala y categor\u00eda a la del puesto convocado, como Interventor o puestos de colaboraci\u00f3n del mismo en ayuntamientos capital de provincia, con un m\u00e1ximo de\u00a01,00 puntos:<\/p>\n<p>En Ayuntamientos de la Comunidad Aut\u00f3noma de Castilla y Le\u00f3n: 0,017 puntos\/mes.<\/p>\n<p>En Ayuntamientos de otras Comunidades Aut\u00f3nomas: 0,008 puntos\/mes.<\/p>\n<p>2.\u2003Cursos de formaci\u00f3n y perfeccionamiento realizados y organizados por administraciones, entidades o instituciones p\u00fablicas: Por cursos de fiscalizaci\u00f3n y auditor\u00eda de las corporaciones locales, hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,50 puntos, de acuerdo con el siguiente baremo:<\/p>\n<p>Entre\u00a050 y\u00a0100 horas lectivas: 0,10 puntos por curso.<\/p>\n<p>Superior a\u00a0100 horas lectivas: 0,50 puntos por curso.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: No.<\/p>\n<p>Previsi\u00f3n gastos de desplazamiento: No.<\/p>\n<p>Provincia de Salamanca<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Santa Marta de Tormes (Salamanca).<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n y clase del puesto: Intervenci\u00f3n, Clase\u00a01.\u00aa<\/p>\n<p>Subescala y categor\u00eda: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda, Categor\u00eda Superior.<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a\u00a031 de diciembre anterior: 14.719 habitantes.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos (optativos), valoraci\u00f3n y medios de acreditaci\u00f3n:<\/p>\n<p>1.\u2003Cursos de formaci\u00f3n y perfeccionamiento: Los cursos de formaci\u00f3n y perfeccionamiento en materias relacionadas con las funciones asignadas al puesto de trabajo e impartidos y\/o reconocidos por el INAP, IAPP, organismos p\u00fablicos, colegios oficiales o Universidades, se valorar\u00e1n hasta un m\u00e1ximo de\u00a01 punto de acuerdo al baremo siguiente:<\/p>\n<p>Cursos o itinerarios formativos igual o superior a\u00a0150 horas: 1 punto por curso.<\/p>\n<p>Cursos o itinerarios formativos entre\u00a0100-150 horas: 0.50 puntos por curso.<\/p>\n<p>Cursos o itinerarios formativos entre\u00a040-100 horas: 0.20 puntos por curso.<\/p>\n<p>2.\u2003Actividad docente: La actividad docente organizada por las Administraciones P\u00fablicas sobre materias de presupuestos, intervenci\u00f3n y contabilidad p\u00fablica se valorar\u00e1 hasta un m\u00e1ximo de\u00a00.5 puntos atendiendo a la carga horaria o duraci\u00f3n del curso de acuerdo con el siguiente baremo:<\/p>\n<p>Igual o Superior a\u00a030 horas impartidas: 0.30 puntos\/curso.<\/p>\n<p>Entre\u00a010-30 horas impartidas: 0.20 puntos \/curso.<\/p>\n<p>Entre\u00a05-10 horas impartidas: 0.10 puntos\/curso.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: No.<\/p>\n<p>Previsi\u00f3n gastos de desplazamiento: No.<\/p>\n<p>Provincia de Valladolid<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Arroyo de la Encomienda (Valladolid).<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n y clase del puesto: Intervenci\u00f3n, Clase\u00a01.\u00aa<\/p>\n<p>Subescala y categor\u00eda: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda, Categor\u00eda Superior.<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a\u00a031 de diciembre anterior: 20.537 habitantes.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos (optativos), valoraci\u00f3n y medios de acreditaci\u00f3n: No.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: No.<\/p>\n<p>Previsi\u00f3n gastos de desplazamiento: No.<\/p>\n<p><em>Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda, Categor\u00eda de Entrada<\/em><\/p>\n<p><em>Provincia de Segovia<\/em><\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Palazuelos de Eresma (Segovia).<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n y clase del puesto: Intervenci\u00f3n, Clase\u00a02.\u00aa<\/p>\n<p>Subescala y categor\u00eda: Intervenci\u00f3n, Categor\u00eda de Entrada.<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a\u00a031 de diciembre anterior: 5.627 habitantes.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos (optativos), valoraci\u00f3n y medios de acreditaci\u00f3n: No.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: No.<\/p>\n<p>Previsi\u00f3n gastos de desplazamiento: No.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Segovia.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n y clase del puesto: Vicentervenci\u00f3n, Clase\u00a02.\u00aa<\/p>\n<p>Subescala y categor\u00eda: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda, Categor\u00eda de entrada.<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a\u00a031 de diciembre anterior: 52.057 habitantes.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos (optativos), valoraci\u00f3n y medios de acreditaci\u00f3n:<\/p>\n<p>1.\u2003Desempe\u00f1o efectivo de puesto de trabajo de Interventor o puestos de funciones de colaboraci\u00f3n a la Intervenci\u00f3n en municipios de m\u00e1s de\u00a050.000 habitantes. Ser\u00e1 valorado en\u00a00,075 puntos. \/mes hasta un m\u00e1ximo de\u00a01,5 puntos.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: No.<\/p>\n<p>Previsi\u00f3n gastos de desplazamiento: No.<\/p>\n<p>Provincia de Valladolid<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Aldeamayor de San Mart\u00edn (Valladolid).<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n y clase del puesto: Intervenci\u00f3n, Clase\u00a02.\u00aa<\/p>\n<p>Subescala y categor\u00eda: Intervenci\u00f3n, Categor\u00eda de Entrada.<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a\u00a031 de diciembre anterior: 5.648 habitantes.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos (optativos), valoraci\u00f3n y medios de acreditaci\u00f3n: No.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: No.<\/p>\n<p>Previsi\u00f3n gastos de desplazamiento: No.<\/p>\n<p><em>Tesorer\u00eda<\/em><\/p>\n<p>Provincia de Salamanca<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Villamayor (Salamanca).<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n y clase del puesto: Tesorer\u00eda, Clase\u00a02.\u00aa<\/p>\n<p>Subescala y categor\u00eda: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda, Categor\u00eda de Entrada.<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a\u00a031 de diciembre anterior: 7.202 habitantes.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos (optativos), valoraci\u00f3n y medios de acreditaci\u00f3n: No.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: No.<\/p>\n<p>Previsi\u00f3n gastos de desplazamiento: No.<\/p>\n<p><em>Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n<\/em><\/p>\n<p>Provincia de \u00c1vila<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de El Barco de \u00c1vila (Salamanca).<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n y clase del puesto: Secretar\u00eda, Clase\u00a03.\u00aa<\/p>\n<p>Subescala y categor\u00eda: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a\u00a031 de diciembre anterior: 2.330 habitantes.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos (optativos), valoraci\u00f3n y medios de acreditaci\u00f3n:<\/p>\n<p>Dadas las necesidades espec\u00edficas, se establecen los siguientes m\u00e9ritos espec\u00edficos, hasta un m\u00e1ximo de\u00a01,5 puntos, de conformidad con lo previsto en el art\u00edculo\u00a031.3 de Real Decreto\u00a012\/2018, de\u00a016 de marzo, por el que se regula el R\u00e9gimen Jur\u00eddico de los Funcionarios de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional y el art\u00edculo\u00a05 de la Orden del Ministerio de Administraciones P\u00fablicas de\u00a010 de agosto de\u00a01994:<\/p>\n<p>De acuerdo al criterio de especialidad por la normativa urban\u00edstica: Servicios prestados como funcionario de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional perteneciente a la Subescala de Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n, en el puesto de trabajo de Secretario-Interventor como puesto de trabajo principal mediante nombramiento definitivo, provisional o en comisi\u00f3n de servicios, y hasta un m\u00e1ximo de\u00a01,00 puntos distribuidos de acuerdo con este baremo:<\/p>\n<p>1.1\u2003Servicios prestados en Ayuntamientos de municipios que tengan aprobadas Normas Urban\u00edsticas Municipales o Plan General de Ordenaci\u00f3n Urbana, que se encuentre en vigor:<\/p>\n<p>Por mes completo de servicios\u00a00,02 puntos hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,50 puntos.<\/p>\n<p>1.2\u2003Servicios prestados en Ayuntamientos de municipios declarados Bienes de Inter\u00e9s Cultural con la categor\u00eda de Conjunto Hist\u00f3rico Art\u00edstico:<\/p>\n<p>Por mes completo de servicios\u00a00,02 puntos hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,30 puntos.<\/p>\n<p>1.3\u2003Servicios prestados en Ayuntamientos de municipios incluidos en Parques Naturales Protegidos:<\/p>\n<p>Por a\u00f1o completo de servicios\u00a00,05 puntos hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,20 puntos.<\/p>\n<p>2.\u2003Servicios prestados como funcionario de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional perteneciente a la Subescala de Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n, en Ayuntamientos, en el puesto de trabajo de Secretario-Interventor como puesto de trabajo principal mediante nombramiento definitivo, provisional o en comisi\u00f3n de servicios, cuyo presupuesto anual (aprobaci\u00f3n inicial-cr\u00e9ditos iniciales) sea igual o superior a\u00a02.100.000,00 euros y hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,50 puntos distribuidos de acuerdo con este baremo:<\/p>\n<p>2.1\u2003Servicios prestados en Ayuntamientos de municipios que gestionan directamente la recaudaci\u00f3n municipal de todos los impuestos, tasas y precios p\u00fablicos locales:<\/p>\n<p>Por mes completo de servicios\u00a00,02 puntos hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,50 puntos.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: No.<\/p>\n<p>Previsi\u00f3n gastos de desplazamiento: No.<\/p>\n<p>Provincia de Burgos<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Diputaci\u00f3n Provincial de Burgos Servicio Asistencia a Municipios (Burgos).<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n y clase del puesto: Secretar\u00eda, Clase\u00a03.\u00aa<\/p>\n<p>Subescala y categor\u00eda: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a\u00a031 de diciembre anterior: 355.693 habitantes.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos (optativos), valoraci\u00f3n y medios de acreditaci\u00f3n: M\u00e1ximo\u00a01,50 puntos.<\/p>\n<p>Considerando que los m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n general y auton\u00f3mica ya valoran suficientemente los cursos de formaci\u00f3n, se valorara \u00fanicamente el haber desempe\u00f1ado el puesto de trabajo de Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n en servicios similares, dependientes de Diputaciones Provinciales o Comunidades Aut\u00f3nomas uniprovinciales, de asistencia o asesoramiento a las corporaciones locales, por cada mes de servicio\u00a00,1 puntos, hasta un m\u00e1ximo de\u00a01,50 puntos.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: No.<\/p>\n<p>Previsi\u00f3n gastos de desplazamiento: No.<\/p>\n<p>Provincia de Salamanca<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Santa Marta de Tormes (Salamanca).<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n y clase del puesto: Vicesecretar\u00eda, Clase\u00a03.\u00aa<\/p>\n<p>Subescala y categor\u00eda: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a\u00a031 de diciembre anterior: 14.719 habitantes.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos (optativos), valoraci\u00f3n y medios de acreditaci\u00f3n:<\/p>\n<p>1.\u2003Los cursos de formaci\u00f3n y perfeccionamiento superados en materias relacionadas con las funciones asignadas al puesto de trabajo e impartidos y\/o reconocidos por el INAP, IAPP, organismos p\u00fablicos, colegios oficiales Universidades, se valorar\u00e1n hasta un m\u00e1ximo de\u00a01,5 puntos distribuidos de la siguiente forma:<\/p>\n<p>Cursos en materia de Urbanismo: hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,75 puntos.<\/p>\n<p>Cursos en materia de Recursos Humanos: hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,75 puntos.<\/p>\n<p>Valoraci\u00f3n, se har\u00e1 de acuerdo al baremo siguiente:<\/p>\n<p>Cursos o itinerarios formativos superior a\u00a0150 horas: 1 punto por curso.<\/p>\n<p>Cursos o itinerarios formativos entre\u00a0100-150 horas: 0,50 puntos por curso.<\/p>\n<p>Cursos o itinerarios formativos entre\u00a040-100 horas: 0,20 puntos por curso.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: No.<\/p>\n<p>Previsi\u00f3n gastos de desplazamiento: No.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Villamayor (Salamanca).<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n y clase del puesto: Viceintervenci\u00f3n, Clase\u00a03.\u00aa<\/p>\n<p>Subescala y categor\u00eda: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a\u00a031 de diciembre anterior: 7.202 habitantes.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos (optativos), valoraci\u00f3n y medios de acreditaci\u00f3n: No.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: No.<\/p>\n<p>Previsi\u00f3n gastos de desplazamiento: No.<\/p>\n<p>Provincia de Segovia<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Agrupaci\u00f3n de Ayuntamientos de Ayll\u00f3n, Corral de Ayll\u00f3n y Ribota (Segovia).<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n y clase del puesto: Secretar\u00eda, Clase\u00a03.\u00aa<\/p>\n<p>Subescala y categor\u00eda: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a\u00a031 de diciembre anterior: 1.306 habitantes.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos (optativos), valoraci\u00f3n y medios de acreditaci\u00f3n:<\/p>\n<p>M\u00e9ritos profesionales: Hasta un m\u00e1ximo de\u00a01,5 puntos:<\/p>\n<p>1.1\u20030,2 puntos por mes, m\u00e1ximo\u00a01 punto, servicios prestados en el desempe\u00f1o puesto\/s de trabajo reservados a funcionarios de administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, Subescala secretar\u00eda-intervenci\u00f3n, mediante nombramiento definitivo, provisional o en comisi\u00f3n de servicios, en Ayuntamientos de la Comunidad Aut\u00f3noma de Castilla y Le\u00f3n, que, durante los servicios del funcionario, hayan sido titulares de residencias\/as de ancianos y hayan realizado gesti\u00f3n de l\/as misma\/as, en r\u00e9gimen de gesti\u00f3n directa por la propia entidad local seg\u00fan art\u00edculo\u00a085.2. A)a) de la Ley\u00a07\/1985 Reguladora de las Bases del R\u00e9gimen Local.<\/p>\n<p>No se valorar\u00e1 resto de formas de gesti\u00f3n del citado art\u00edculo\u00a085 (organismo aut\u00f3nomo local, entidad p\u00fablica empresarial local, sociedad mercantil local o gesti\u00f3n indirecta.<\/p>\n<p>1.2\u20030,1 puntos por mes, m\u00e1ximo\u00a00,5 puntos, servicios prestados en el desempe\u00f1o puesto\/s de trabajo reservados a funciones de administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, Subescala secretar\u00eda-intervenci\u00f3n, mediante nombramiento definitivo, provisional o en comisi\u00f3n de servicios, en Ayuntamientos de la Comunidad Aut\u00f3noma de Castilla y Le\u00f3n, que hayan contado durante los servicios del funcionario, con la declaraci\u00f3n como Bien de Inter\u00e9s Cultural, con la categor\u00eda de Conjunto Hist\u00f3rico y con plan especial de protecci\u00f3n del conjunto hist\u00f3rico, aprobado definitivamente y en vigor.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: No.<\/p>\n<p>Previsi\u00f3n gastos de desplazamiento: No.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Bernuy de Porreros (Segovia).<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n y clase del puesto: Secretar\u00eda, Clase\u00a03.\u00aa<\/p>\n<p>Subescala y categor\u00eda: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a\u00a031 de diciembre anterior: 766 habitantes.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos (optativos), valoraci\u00f3n y medios de acreditaci\u00f3n:<\/p>\n<p>Dadas las necesidades espec\u00edficas, se establecen los siguientes m\u00e9ritos, hasta un m\u00e1ximo de\u00a01,5 puntos, de conformidad con lo previsto en el art\u00edculo\u00a031.3 del Real Decreto\u00a0128\/2018, de\u00a016 de marzo por el que se regula el R\u00e9gimen Jur\u00eddico de los Funcionarios de Administraci\u00f3n Local con Habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter Nacional y el art\u00edculo\u00a05 de la Orden del Ministerio de Administraciones P\u00fablicas de\u00a010 de agosto de\u00a01994.<\/p>\n<p>Por Servicios Prestados en puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, subescala de Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n con nombramiento definitivo, en Ayuntamientos de la Comunidad Aut\u00f3noma de Castilla y Le\u00f3n que est\u00e9n afectados por las DOTSE aprobadas por Decreto\u00a074\/2005, de\u00a020 de octubre, por el que se aprueban las Directrices de Ordenaci\u00f3n de \u00c1mbito Subregional de Segovia y Entorno. Justificado por la especialidad urban\u00edstica y medioambiental que establece esa normativa para los ayuntamientos afectados.<\/p>\n<p>Puntuaci\u00f3n (0,20 puntos por cada a\u00f1o completo trabajado, m\u00e1ximo\u00a01,50 puntos).<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: S\u00ed.<\/p>\n<p>Previsi\u00f3n gastos de desplazamiento: No<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Carbonero El Mayor (Segovia).<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n y clase del puesto: Secretar\u00eda, Clase\u00a03.\u00aa<\/p>\n<p>Subescala y categor\u00eda: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a\u00a031 de diciembre anterior: 2.494 habitantes.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos (optativos), valoraci\u00f3n y medios de acreditaci\u00f3n: No.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: No.<\/p>\n<p>Previsi\u00f3n gastos de desplazamiento: No.<\/p>\n<p>Provincia de Valladolid<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Olmedo.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n y clase del puesto: Secretar\u00eda, Clase\u00a03.\u00aa<\/p>\n<p>Subescala y categor\u00eda: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a\u00a031 de diciembre anterior: 3.646 habitantes.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos (optativos), valoraci\u00f3n y medios de acreditaci\u00f3n:<\/p>\n<p>Puntuaci\u00f3n M\u00e1xima: 1,50 puntos.<\/p>\n<p>1.\u2003Experiencia profesional. Se valorar\u00e1 hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,75 puntos, los servicios prestados en puestos reservados a funcionarios de la Administraci\u00f3n Local, de la subescala de Secretar\u00eda Intervenci\u00f3n, en Ayuntamientos de municipios que cuenten con sociedades mercantiles de capital \u00edntegramente local de acuerdo al siguiente baremo: 0,04 puntos\/mes.<\/p>\n<p>Se valorar\u00e1 hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,75 puntos, los servicios prestados en puestos reservados a funcionarios de la Administraci\u00f3n Local, de la subescala de Secretar\u00eda Intervenci\u00f3n en Ayuntamientos de municipios que cuenten con Plan General de Ordenaci\u00f3n Urbana, de acuerdo al siguiente baremo: 0,03 puntos\/mes.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: No.<\/p>\n<p>Previsi\u00f3n gastos de desplazamiento: No.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Diputaci\u00f3n Provincial de Valladolid.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n y clase del puesto: Secretar\u00eda, Clase\u00a03.\u00aa, del SAM.<\/p>\n<p>Subescala y categor\u00eda: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a\u00a031 de diciembre anterior: 520.649 habitantes.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos (optativos), valoraci\u00f3n y medios de acreditaci\u00f3n:<\/p>\n<p>Puntuaci\u00f3n m\u00e1xima: 1,50 puntos.<\/p>\n<p>Teniendo en cuenta que las funciones atribuidas al puesto de trabajo se centran en los siguientes cometidos:<\/p>\n<p>1.\u2003Atenci\u00f3n directa, tanto presencial como telef\u00f3nica, al personal y miembros de las entidades locales en diversas materias (entre otras, contrataci\u00f3n, personal, organizaci\u00f3n, bienes, urbanismo\u2026).<\/p>\n<p>2.\u2003Asistencia directa en las funciones necesarias en todas las Corporaciones Locales y reservadas a funcionarios de Administraci\u00f3n Local con Habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional (funciones de secretar\u00eda, comprensiva de la fe p\u00fablica y el asesoramiento legal preceptivo y, de control y fiscalizaci\u00f3n interna de la gesti\u00f3n econ\u00f3mico-financiera y presupuestaria, y contabilidad, tesorer\u00eda y recaudaci\u00f3n);<\/p>\n<p>3.\u2003Participaci\u00f3n en los tribunales y \u00f3rganos de selecci\u00f3n y mesas de contrataci\u00f3n.<\/p>\n<p>Y teniendo en cuenta que los m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n general y auton\u00f3mica ya valoran suficientemente los cursos de formaci\u00f3n, se valorar\u00e1 \u00fanicamente el haber desempe\u00f1ado el puesto de trabajo de Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n en servicios dependientes de Diputaciones Provinciales o CCAA uniprovinciales de asistencia o asesoramiento a las corporaciones locales, por cada mes de servicio\u00a00,125 puntos hasta un m\u00e1ximo de\u00a01,50 puntos.<\/p>\n<p>Realizaci\u00f3n de entrevista: No.<\/p>\n<p>Previsi\u00f3n gastos de desplazamiento: No.<\/p>\n<p>COMUNIDAD AUT\u00d3NOMA DE CASTILLA-LA MANCHA<\/p>\n<p><strong>(Resoluci\u00f3n de 3 de marzo de 2021, de la Viceconsejer\u00eda de Administraci\u00f3n Local y Coordinaci\u00f3n Administrativa, por la que se da publicidad a las bases del concurso ordinario y a las convocatorias espec\u00edficas, para la provisi\u00f3n de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional para\u00a02021, publicada en el \u00abDiario Oficial de Castilla-La Mancha\u00bb, n\u00fam. 49, de\u00a012 de marzo de\u00a02021 y Correcci\u00f3n de errores de la Resoluci\u00f3n de 3 de marzo de 2021, de la Viceconsejer\u00eda de Administraci\u00f3n Local y Coordinaci\u00f3n Administrativa, por la que se da publicidad a las bases del concurso ordinario y a las convocatorias espec\u00edficas, para la provisi\u00f3n de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional para\u00a02021, publicada en el \u00abDiario Oficial de Castilla-La Mancha\u00bb, n\u00fam. 69, de\u00a013 de abril de\u00a02021)<\/strong><\/p>\n<p>Diputaci\u00f3n de Ciudad Real.<\/p>\n<p>Puesto de trabajo n.\u00ba 2.04.039 (ID\u00a0786), Secretario\/a-Interventor\/a.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos seg\u00fan el art.\u00a034 del Real Decreto\u00a0128\/2018 (m\u00e1ximo\u00a01,5 puntos):<\/p>\n<p>A)\u2003Experiencia profesional (1 punto m\u00e1ximo):<\/p>\n<p>\u2013\u2002Por las peculiaridades y naturaleza propia del puesto como de colaboraci\u00f3n, se valoran hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,10 puntos por mes, los servicios prestados en un puesto de colaboraci\u00f3n a la Intervenci\u00f3n en Ayuntamientos y Diputaciones, mediante nombramiento definitivo, provisional o en comisi\u00f3n de servicios, siempre que se correspondan con el a\u00f1o anterior a la celebraci\u00f3n del concurso.<\/p>\n<p>B)\u2003Cursos de Formaci\u00f3n y Perfeccionamiento: (0,50 puntos m\u00e1ximo).<\/p>\n<p>\u2013\u2002Se puntuar\u00e1n hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,10 puntos por cada uno estar en posesi\u00f3n de diplomas, certificados o t\u00edtulos debidamente expedidos por el INAP, Universidades u organismos oficiales, que acrediten la realizaci\u00f3n de cursos de perfeccionamiento de m\u00e1s de\u00a035 horas realizados con posterioridad a\u00a02016 sobre:<\/p>\n<p>\u2013\u2002Plan General de Contabilidad.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Auditoria p\u00fablica.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Auditoria de Cuentas<\/p>\n<p>\u2013\u2002Control Financiero.<\/p>\n<p>Diputaci\u00f3n de Ciudad Real.<\/p>\n<p>Puesto de trabajo n.\u00ba 2.04.038 (ID\u00a0785), Adjunto\/a a Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: entrada.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos seg\u00fan el art.\u00a034 del Real Decreto\u00a0128\/2018 (m\u00e1ximo\u00a01,5 puntos):<\/p>\n<p>A)\u2003Experiencia profesional (1 punto m\u00e1ximo):<\/p>\n<p>\u2013\u2002Por las peculiaridades y naturaleza propia del puesto como de colaboraci\u00f3n, se valoran hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,10 puntos por mes, los servicios prestados en un puesto de colaboraci\u00f3n a la Intervenci\u00f3n en Ayuntamientos y Diputaciones, mediante nombramiento definitivo, provisional o en comisi\u00f3n de servicios, siempre que se correspondan con el a\u00f1o anterior a la celebraci\u00f3n del concurso.<\/p>\n<p>B)\u2003Cursos de Formaci\u00f3n y Perfeccionamiento: (0,50 puntos m\u00e1ximo).<\/p>\n<p>\u2013\u2002Se puntuar\u00e1n hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,10 puntos por cada uno estar en posesi\u00f3n de diplomas, certificados o t\u00edtulos debidamente expedidos por el INAP, Universidades u organismos oficiales, que acrediten la realizaci\u00f3n de cursos de perfeccionamiento de m\u00e1s de\u00a035 horas realizados con posterioridad a\u00a02016 sobre:<\/p>\n<p>\u2013\u2002Plan General de Contabilidad.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Auditoria p\u00fablica.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Auditoria de Cuentas.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Control Financiero.<\/p>\n<p>Ayuntamiento de Esquivias (Toledo).<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n: Secretar\u00eda intervenci\u00f3n<\/p>\n<p>Valoraci\u00f3n de m\u00e9ritos:<\/p>\n<p>La valoraci\u00f3n de m\u00e9ritos espec\u00edficos se efectuar\u00e1 con base en la acreditaci\u00f3n aportada por los concursantes, con el siguiente detalle:<\/p>\n<p>1.\u2003Por el ejercicio profesional en puestos de trabajo reservados de funcionarios de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, en municipios con presupuesto aprobado superior a\u00a03.300.000,00 euros: Por cada ejercicio econ\u00f3mico\u00a00,25 puntos, con una puntuaci\u00f3n m\u00e1xima total de\u00a01 punto.<\/p>\n<p>La justificaci\u00f3n se acreditar\u00e1 mediante la presentaci\u00f3n del certificado expedido por el Secretario de la Corporaci\u00f3n correspondiente, acreditativa de que se han desempe\u00f1ado efectivamente las funciones indicadas, con expresi\u00f3n delos a\u00f1os de servicio y el importe del presupuesto aprobado, para cada uno de los a\u00f1os a que se haga referencia.<\/p>\n<p>2.\u2003Por la realizaci\u00f3n de cursos impartidos por el INAP, por Universidades u Organismos Oficiales homologados a efectos de baremo de m\u00e9ritos generales o auton\u00f3micos de los funcionarios de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, en materia urban\u00edstica, con una duraci\u00f3n m\u00ednima de\u00a0200 horas: 0,50 puntos por curso con una puntuaci\u00f3n m\u00e1xima de\u00a00,50 puntos.<\/p>\n<p>Ayuntamiento de Tomelloso (Ciudad Real).<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto de trabajo: Interventor del Ayuntamiento, clase primera.<\/p>\n<p>Subescala y categor\u00eda a la que pertenece el puesto: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda, Categor\u00eda Superior. Poblaci\u00f3n superior a\u00a020.000 habitantes.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos optativos: No se establecen m\u00e9ritos espec\u00edficos.<\/p>\n<p>Entrevista: No se establece la realizaci\u00f3n de entrevista.<\/p>\n<p>Ayuntamiento de Tomelloso (Ciudad Real).<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto de trabajo: Tesorero del Ayuntamiento, clase primera.<\/p>\n<p>Subescala y categor\u00eda a la que pertenece el puesto: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n superior a\u00a020.000 habitantes.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos optativos: No se establecen m\u00e9ritos espec\u00edficos.<\/p>\n<p>Entrevista: No se establece la realizaci\u00f3n de entrevista.<\/p>\n<p>COMUNIDAD AUT\u00d3NOMA DE CATALU\u00d1A<\/p>\n<p><strong>(Resoluci\u00f3n PRE\/1159\/2021, de\u00a021 de abril, por la que se publican las bases comunes y las convocatorias del concurso ordinario de Catalu\u00f1a del a\u00f1o\u00a02021 para la provisi\u00f3n de los puestos de trabajo vacantes en las entidades locales reservados a personal funcionario de Administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, publicada en el \u00abDiari Oficial de la Generalitat de Catalunya\u00bb n\u00fam. 8393, de\u00a023 de abril de\u00a02021)<\/strong><\/p>\n<p><em>Secretar\u00eda Superior<\/em><\/p>\n<p>Provincia de Barcelona<\/p>\n<p>Entidad: Ayuntamiento de Malgrat de Mar.<\/p>\n<p>Puesto: Secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Clase: Primera.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Superior.<\/p>\n<p>Nivel de catal\u00e1n: C1.<\/p>\n<p>Entrevista: S\u00ed.<\/p>\n<p>Hace uso del art\u00edculo\u00a016.2 del Decreto\u00a0195\/2008: s\u00ed, puntuaci\u00f3n m\u00ednima de\u00a00,375 puntos.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos:<\/p>\n<p>Experiencia profesional (0,75 puntos):<\/p>\n<p>Por servicios prestados como funcionarios de Administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional en la subescala de secretar\u00eda en cualquier administraci\u00f3n local, hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,75 puntos, de acuerdo con el siguiente baremo:<\/p>\n<p>\u2013\u2002En ayuntamientos u otras entidades locales con una poblaci\u00f3n superior a\u00a020.000 habitantes, a raz\u00f3n de 0,025 puntos por mes de trabajo.<\/p>\n<p>\u2013\u2002En administraciones locales supramunicipales, a raz\u00f3n de\u00a00,010 puntos por mes de trabajo.<\/p>\n<p>Formaci\u00f3n y perfeccionamiento (0,75 puntos):<\/p>\n<p>Por la realizaci\u00f3n de cursos de perfeccionamiento y formaci\u00f3n en materia de gesti\u00f3n de personal, direcci\u00f3n de equipos y habilidades directivas homologados por el Instituto Nacional de Administraci\u00f3n P\u00fablica, la Escuela de Administraci\u00f3n P\u00fablica de Catalu\u00f1a o entidades p\u00fablicas, seg\u00fan el siguiente baremo:<\/p>\n<p>De\u00a050 a\u00a099 horas: 0,030 puntos.<\/p>\n<p>De\u00a0100 a\u00a0199 horas: 0,050 puntos.<\/p>\n<p>De\u00a0200 a\u00a0299 horas: 0,080 puntos.<\/p>\n<p>Superior a\u00a0300 horas: 0,10 puntos.<\/p>\n<p><em>Secretar\u00eda Entrada<\/em><\/p>\n<p>Provincia de Barcelona<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n de la corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Canet de Mar.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto y clase: Secretar\u00eda, clase segunda.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Entrada.<\/p>\n<p>Conocimiento del catal\u00e1n: C1.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos:<\/p>\n<p>Se otorgar\u00e1 hasta un m\u00e1ximo de\u00a01,5 puntos, conforme el que establecen los art\u00edculos\u00a031.3 y\u00a034 del Real Decreto\u00a0128\/2018, de\u00a016 de marzo, por el que se regula el r\u00e9gimen jur\u00eddico de los funcionarios de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, y conforme las reglas siguientes:<\/p>\n<p>1.\u2003Experiencia profesional, hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,8 puntos. Por servicios prestados como funcionarios de Administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional en la subescala de secretar\u00eda, categor\u00eda de entrada, con el siguiente baremo: 0,02 por mes.<\/p>\n<p>2.\u2003Formaci\u00f3n y perfeccionamiento, hasta un m\u00e1ximo\u00a00,7 puntos. Se valorar\u00e1 0,35 puntos por cada Posgrado o M\u00e1ster superado impartidos por Universidades o por la Escuela de Administraci\u00f3n P\u00fablica de Catalu\u00f1a, de materias relacionadas con el puesto de trabajo.<\/p>\n<p>Los m\u00e9ritos espec\u00edficos se tendr\u00e1n que acreditar con la aportaci\u00f3n de diplomas o certificados y las otras acreditaciones justificativas, originales o fotocopias compulsadas expedidos por las instituciones correspondientes.<\/p>\n<p>El tribunal calificador podr\u00e1 acordar, si lo estima conveniente y necesario, la realizaci\u00f3n de una entrevista a los \u00fanicos efectos de concretar los m\u00e9ritos espec\u00edficos.<\/p>\n<p><em>Secretar\u00eda Intervenci\u00f3n<\/em><\/p>\n<p>Provincia de Barcelona<\/p>\n<p>Entidad: Entidad Municipal Descentralizada de Valldoreix.<\/p>\n<p>Puesto: Secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Clase: Tercera.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Entrevista: El tribunal calificador podr\u00e1 acordar, si lo estima conveniente y necesario, la realizaci\u00f3n de una entrevista para la concreci\u00f3n de los m\u00e9ritos espec\u00edficos.<\/p>\n<p>Nivel de Catal\u00e1n: nivel suficiencia C1.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos:<\/p>\n<p>Se otorgar\u00e1 hasta un m\u00e1ximo de\u00a01,5 puntos de acuerdo con las reglas siguientes:<\/p>\n<p>a)\u2003Experiencia profesional, hasta un m\u00e1ximo de\u00a01 punto, de acuerdo con el criterio siguiente:<\/p>\n<p>Se valorar\u00e1 con\u00a00,03 puntos por mes trabajado ocupando el puesto de secretaria intervenci\u00f3n en municipios.<\/p>\n<p>b)\u2003Por haber participado en actividades formativas sobre materias relacionadas con las funciones del puesto de trabajo, hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,5 puntos, de acuerdo con el criterio siguiente:<\/p>\n<p>\u2013\u2002De\u00a015 horas a\u00a019 horas: 0,10 puntos por formaci\u00f3n realizada.<\/p>\n<p>\u2013\u2002De\u00a020 horas a\u00a024 horas: 0,15 puntos por formaci\u00f3n realizada.<\/p>\n<p>\u2013\u2002De m\u00e1s de\u00a025 horas: 0,20 puntos por formaci\u00f3n realizada.<\/p>\n<p>Provincia de Girona<\/p>\n<p>Entidad: Ayuntamiento de Aiguaviva.<\/p>\n<p>Puesto: Secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Clase: Tercera.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Entrevista: El tribunal calificador podr\u00e1 acordar, si lo estima conveniente y necesario, la realizaci\u00f3n de una entrevista para la concreci\u00f3n de los m\u00e9ritos espec\u00edficos.<\/p>\n<p>Nivel de Catal\u00e1n: nivel suficiencia C1.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos:<\/p>\n<p>Se otorgar\u00e1 hasta un m\u00e1ximo de\u00a01,5 puntos de acuerdo con las reglas siguientes:<\/p>\n<p>a)\u2003Experiencia profesional, hasta un m\u00e1ximo de\u00a01 punto, de acuerdo con el criterio siguiente:<\/p>\n<p>Se valorar\u00e1 con\u00a00,03 puntos por mes trabajado ocupante el puesto de secretar\u00eda de la subescala de secretar\u00eda intervenci\u00f3n en cualquier Ayuntamiento o entidad local.<\/p>\n<p>b)\u2003Formaci\u00f3n y perfeccionamiento, hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,5 puntos, de acuerdo con el criterio siguiente:<\/p>\n<p>\u2013\u2002Se valorar\u00e1 con\u00a00,25 puntos los Posgrados impartidos por la Escuela de Administraci\u00f3n P\u00fablica de Catalu\u00f1a o Universidades, cuya materia est\u00e9 relacionada con el puesto de trabajo.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Se valorar\u00e1 con\u00a00,25 puntos los cursos y seminarios de\u00a015 horas o m\u00e1s, la materia de los cuales est\u00e9 relacionada con el puesto de trabajo y sean impartidos por la Escuela de Administraci\u00f3n P\u00fablica de Catalu\u00f1a, centros especializados o colegios profesionales.<\/p>\n<p>Provincia de Lleida<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n de la corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Rossell\u00f3.<\/p>\n<p>Puesto: Secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Clase: Tercera.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Nivel de catal\u00e1n: C1.<\/p>\n<p>Entrevista: El tribunal calificador podr\u00e1 acordar, si lo estima conveniente y necesario.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos. Se otorgar\u00e1 hasta un m\u00e1ximo de\u00a01,5 puntos, de acuerdo con lo que establecen los art\u00edculos\u00a031.3 y\u00a034 del Real Decreto\u00a0128\/2018, de\u00a016 de marzo, por el cual se regula el r\u00e9gimen jur\u00eddico de los funcionarios de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, de acuerdo con las reglas siguientes:<\/p>\n<p>Experiencia profesional:<\/p>\n<p>\u2013\u2002Para haber prestado servicios en puestos de trabajo clasificados en una subescala superior en la cual se provee, reservados a personal funcionario de administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, limitado a los supuestos de nombramiento, definitivo o provisional, en alguna de las formas previstas en el Real Decreto\u00a0128\/2018, de\u00a016 de marzo, en funci\u00f3n del presupuesto de la entidad local en la cual haya prestado sus servicios (m\u00e1ximo\u00a01 punto):<\/p>\n<ul>\n<li>\u2002Entidades locales con presupuesto aprobado con m\u00e1s de\u00a04.000.000 de euros: 0,06 puntos por mes trabajado.<\/li>\n<li>\u2002Entidades locales con presupuesto aprobado entre\u00a02.000.000 y\u00a03.999.999 euros: 0,04 puntos por mes trabajado.<\/li>\n<li>\u2002Por haber prestado servicios en puestos de trabajo reservados a personal funcionario de administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de la subescala del puesto convocado, limitado a los supuestos de nombramiento, definitivo o provisional, en alguna de las formas previstas en el Real Decreto\u00a0128\/2018, de\u00a016 de marzo (m\u00e1ximo\u00a00,5 puntos): 0,02 puntos por mes trabajado.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Entrevista: El tribunal calificador podr\u00e1 acordar, si lo estima conveniente y necesario.<\/p>\n<p><em>Vicesecretar\u00eda Entrada<\/em><\/p>\n<p>Provincia de Barcelona<\/p>\n<p>Entidad: Ayuntamiento de Vilanova i la Geltr\u00fa.<\/p>\n<p>Puesto: Vicesecretar\u00eda.<\/p>\n<p>Clase: Segunda.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Entrada.<\/p>\n<p>Entrevista: El tribunal calificador podr\u00e1 acordar, si lo estima conveniente y necesario, la realizaci\u00f3n de una entrevista a los \u00fanicos efectos de concreci\u00f3n de los m\u00e9ritos espec\u00edficos.<\/p>\n<p>Nivel de catal\u00e1n: C1.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos. Se otorgar\u00e1 hasta un m\u00e1ximo de\u00a01,5 puntos de acuerdo con lo que establece el art\u00edculo\u00a031.3 del Real Decreto 128\/2018, de\u00a016 de marzo, por el que se regula el r\u00e9gimen jur\u00eddico de los funcionarios de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional y de acuerdo con las reglas siguientes:<\/p>\n<p>\u2013\u2002Por haber ejercido de secretario\/a en municipios costeros de categor\u00eda superior, a trav\u00e9s de cualquier tipo de nombramiento v\u00e1lido, como m\u00ednimo durante dos a\u00f1os: 1 punto.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Por haber ejercido de secretario\/a del consejo de administraci\u00f3n de sociedades mercantiles de capital \u00edntegramente p\u00fablico local de municipios de categor\u00eda superior: 0,05 por cada mes hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,5 puntos.<\/p>\n<p>Los m\u00e9ritos profesionales se tendr\u00e1n que acreditar con la presentaci\u00f3n de los correspondientes certificados de servicios prestados.<\/p>\n<p>El tribunal calificador podr\u00e1 acordar, si lo estima conveniente y necesario, la realizaci\u00f3n de una entrevista para la concreci\u00f3n de los m\u00e9ritos espec\u00edficos.<\/p>\n<p><em>Intervenci\u00f3n Superior<\/em><\/p>\n<p>Provincia de Barcelona<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Sant Adri\u00e0 de Bes\u00f2s.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Clase: Primera.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Superior.<\/p>\n<p>Entrevista: No.<\/p>\n<p>Conocimiento del catal\u00e1n: nivel de suficiencia (C1).<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos:<\/p>\n<p>Para los m\u00e9ritos espec\u00edficos determinados por el Ayuntamiento de Sant Adri\u00e0 de Bes\u00f2s, se asignar\u00e1 una puntuaci\u00f3n m\u00e1xima de hasta\u00a01,50 puntos, equivaliendo al\u00a05 % de la puntuaci\u00f3n total de la convocatoria. Esta puntuaci\u00f3n se a\u00f1adir\u00e1 a los m\u00e9ritos generales determinados por el Ministerio de Pol\u00edtica Territorial y Funci\u00f3n P\u00fablica con puntuaci\u00f3n m\u00e1xima de hasta\u00a024 puntos y a los m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica, establecidos por el departamento competente de la Generalitat de Catalunya con puntuaci\u00f3n m\u00e1xima de hasta\u00a03 puntos.<\/p>\n<p>Los m\u00e9ritos espec\u00edficos a valorar son:<\/p>\n<p>a)\u2003Por haber ejercido en Ayuntamientos o entidades locales con una poblaci\u00f3n superior de\u00a015.000 habitantes como funcionario\/a de administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, en la subescala de intervenci\u00f3n-tesorer\u00eda: 0,15 puntos por a\u00f1o completo de servicio o fracci\u00f3n mensual equivalente, hasta un m\u00e1ximo de\u00a01 punto.<\/p>\n<p>Ser\u00e1n puntuables todos los servicios prestados en puestos de trabajo de esta naturaleza, ya sea por nombramiento definitivo, como otras formas de provisi\u00f3n como nombramiento provisional, accidental o comisi\u00f3n de servicio.<\/p>\n<p>Este m\u00e9rito especifico se tendr\u00e1 que acreditar con los certificados de servicios prestados emitidos por la Administraci\u00f3n donde se prestaron los servicios.<\/p>\n<p>b)\u2003Formaci\u00f3n y perfeccionamiento: se valorar\u00e1 hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,5 puntos, a raz\u00f3n de\u00a00,4 puntos por curso o acci\u00f3n formativa.<\/p>\n<p>Ser\u00e1n valorables los t\u00edtulos de master, posgrado o cursos profesionales sobre funci\u00f3n gerencial a la Administraci\u00f3n local, legislaci\u00f3n econ\u00f3mico-financiera, gesti\u00f3n tributaria, fiscalidad municipal, gesti\u00f3n econ\u00f3mico-financiera de la Administraci\u00f3n Local, t\u00e9cnicas de gesti\u00f3n y fiscalizaci\u00f3n presupuestaria, contabilidad p\u00fablica local, racionalizaci\u00f3n y control del gasto p\u00fablica local o t\u00e9cnicas de auditoria, con un m\u00ednimo de\u00a0200 horas lectivas y que hayan estado impartidos u homologados por el lnstituto Nacional de Administraci\u00f3n P\u00fablica (INAP), la Escuela de Administraci\u00f3n P\u00fablica de Catalu\u00f1a (EAPC) o instituci\u00f3n equivalente de otras comunidades aut\u00f3nomas.<\/p>\n<p>Este m\u00e9rito espec\u00edfico se tendr\u00e1 que acreditar con los correspondientes certificados o t\u00edtulos de la acci\u00f3n formativa, emitidos por la instituci\u00f3n donde se realiz\u00f3 y donde consten las horas lectivas.<\/p>\n<p><em>Tesorer\u00eda<\/em><\/p>\n<p>Provincia de Barcelona<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Castellbisbal.<\/p>\n<p>Puesto: Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Subescala Intervenci\u00f3n tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Nivel de catal\u00e1n: Nivel de suficiencia (C1) o equivalente.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos. Experiencia profesional (hasta un m\u00e1ximo de\u00a01 punto):<\/p>\n<p>Por el ejercicio profesional en puestos de trabajo reservados a funcionarios de la Administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, en municipios de categor\u00eda igual en la subescala por la que se concursa (intervenci\u00f3n-tesorer\u00eda): 0,20 puntos por a\u00f1o cumplido, hasta un m\u00e1ximo de\u00a01 punto.<\/p>\n<p>Formaci\u00f3n (hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,50 puntos):<\/p>\n<p>\u2013 Por masters o posgrados universitarios sobre materias relacionadas con la gesti\u00f3n y recaudaci\u00f3n de ingresos p\u00fablicos, de duraci\u00f3n igual o superior a\u00a0300 horas lectivas: 0,20 puntos por cada uno de ellos.<\/p>\n<p>\u2013 Por masters o posgrados universitarios sobre materias relacionadas con la gesti\u00f3n y recaudaci\u00f3n de ingresos p\u00fablicos, de menos de\u00a0300 horas lectivas: 0,10 puntos por cada uno de ellos.<\/p>\n<p>\u2013 Por seminarios o cursos impartidos miedo la Escuela de Administraci\u00f3n p\u00fablica de Catalu\u00f1a, centros especializados o colegios profesionales con aprovechamiento, sobre materias relacionadas con las funciones del puesto de trabajo objeto de provisi\u00f3n de duraci\u00f3n superior a\u00a025 horas lectivas: 0,05 puntos por cada uno de ellos.<\/p>\n<p>El tribunal de valoraci\u00f3n antes de otorgar las calificaciones correspondientes podr\u00e1, si lo cree conveniente, mantener una entrevista con los aspirantes, con la finalidad de concretar los m\u00e9ritos espec\u00edficos acreditados.<\/p>\n<p>COMUNIDAD AUT\u00d3NOMA DE EXTREMADURA<\/p>\n<p><strong>(Resoluci\u00f3n de\u00a016 de abril de\u00a02021, de la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local, por la que se da publicidad a las convocatorias de concurso ordinario para la provisi\u00f3n de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, vacantes en diversas Corporaciones Locales de la Comunidad Aut\u00f3noma de Extremadura, publicada en el \u00abDiario Oficial de Extremadura\u00bb, n\u00fam. 79, de\u00a028 de abril de\u00a02021)<\/strong><\/p>\n<p><em>C\u00e1ceres<\/em><\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n de la Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Plasencia, provincia de C\u00e1ceres.<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n al\u00a031 de diciembre: Superior a\u00a020.000 habitantes.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Viceintervenci\u00f3n.C\u00f3digo RPFHN: 21479.<\/p>\n<p>Subescala: Subescala Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda, categor\u00eda de Entrada.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: No se establecen m\u00e9ritos espec\u00edficos.<\/p>\n<p>Entrevista: No.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n de la Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata, provincia de C\u00e1ceres.<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n al\u00a031 de diciembre: Superior a\u00a010.000 habitantes.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Secretar\u00eda clase primera C\u00f3digo RPFHN: 00585.<\/p>\n<p>Subescala: Subescala Secretar\u00eda Categor\u00eda Superior.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: No se establecen m\u00e9ritos espec\u00edficos.<\/p>\n<p>Entrevista: No<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n de la Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata, provincia de C\u00e1ceres.<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n al\u00a031 de diciembre: Superior a\u00a010.000 habitantes.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Intervenci\u00f3n clase primera. C\u00f3digo RPFHN: 00586.<\/p>\n<p>Subescala: Subescala Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda Categor\u00eda Superior.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: No se establecen m\u00e9ritos espec\u00edficos.<\/p>\n<p>Entrevista: No.<\/p>\n<p><em>Badajoz<\/em><\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n de la Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de La Zarza, provincia de Badajoz.<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n al\u00a031 de diciembre: superior a\u00a02.000 habitantes.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Secretar\u00eda clase tercera (Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n) C\u00f3digo RPFHN: 06126.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: Cursos de formaci\u00f3n, perfeccionamiento y profesionalizaci\u00f3n (m\u00e1ximo\u00a001,50 puntos).<\/p>\n<p>Se valorar\u00e1n los cursos de formaci\u00f3n y perfeccionamiento de car\u00e1cter general o sectorial que, teniendo por objeto de formaci\u00f3n en alguna de las funciones propias del puesto de trabajo que tengan relaci\u00f3n directa con las peculiaridades y caracter\u00edsticas de la Corporaci\u00f3n en concreto los relacionados con la gesti\u00f3n y control de la tesorer\u00eda municipal, de patrimonio y bienes de entidades locales, situaciones administrativas de empleados p\u00fablicos, seguridad social en relaci\u00f3n con los empleados p\u00fablicos y convenios en las entidades locales y administraci\u00f3n electr\u00f3nica impartidos por Universidades, Institutos o Escuelas Oficiales de Formaci\u00f3n de Funcionarios, Diputaciones Provinciales u otras entidades o centros docentes.<\/p>\n<p>Aquellas actividades de naturaleza diferente a los cursos, tales como jornadas, mesas redondas, encuentros, debates o an\u00e1logas, no deber\u00e1n ser objeto de valoraci\u00f3n. Los seminarios s\u00f3lo se valorar\u00e1n si se acredita que tienen la misma naturaleza y metodolog\u00eda que los cursos.<\/p>\n<p>Asimismo, no se deber\u00e1n baremar los cursos, jornadas o seminarios que tengan una duraci\u00f3n inferior a\u00a015 horas.<\/p>\n<p>La valoraci\u00f3n de los cursos se efectuar\u00e1 como sigue:<\/p>\n<p>a)\u2003Cursos de patrimonio y bienes en las entidades locales. Se valorar\u00e1 a partir de\u00a0100 horas con\u00a01,00 puntos.<\/p>\n<p>b)\u2003Cursos de seguridad social en la entidad local. Se valorar\u00e1 a partir de\u00a040 horas, con\u00a00,10 puntos.<\/p>\n<p>c)\u2003Cursos de gesti\u00f3n y control de la tesorer\u00eda municipal. Se valorar\u00e1 a partir de\u00a040 horas con\u00a00,10 puntos. Hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,10 puntos.<\/p>\n<p>d)\u2003Cursos relacionados con la Administraci\u00f3n electr\u00f3nica. Se valorar\u00e1 a partir de\u00a040 horas, con\u00a00.10 puntos.<\/p>\n<p>e)\u2003Cursos sobre convenios en las entidades locales. Se valorar\u00e1 a partir de\u00a040 horas, con\u00a00.10 puntos.<\/p>\n<p>f)\u2003Cursos relacionados con situaciones administrativas de los empleados p\u00fablicos. Se valorar\u00e1 a partir de\u00a040 horas, con\u00a00,10 puntos.<\/p>\n<p>Entrevista: No.<\/p>\n<p>COMUNIDAD AUT\u00d3NOMA DE GALICIA<\/p>\n<p><strong>(Resoluci\u00f3n de\u00a022 de abril de\u00a02021, de la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local, por la que se da publicidad de las convocatorias del concurso ordinario para la provisi\u00f3n de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de Administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, publicada en el \u00abDiario Oficial de Galicia\u00bb, n\u00fam. 83, de\u00a04 de mayo de\u00a02021)<\/strong><\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de B\u00f3veda.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n y clase del puesto: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Subescala y categor\u00eda: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n, clase tercera.<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n en fecha del\u00a01 de enero de\u00a02020: 1.450 habitantes.<\/p>\n<p>* Baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos.<\/p>\n<p>A)\u2003Cursos de formaci\u00f3n y perfeccionamiento (hasta un m\u00e1ximo de\u00a01,00 puntos):<\/p>\n<p>Los cursos se valorar\u00e1n conforme a los siguientes criterios.<\/p>\n<p>Solamente se valorar\u00e1n los cursos impartidos por las administraciones p\u00fablicas (Administraci\u00f3n General del Estado, comunidades aut\u00f3nomas y Administraci\u00f3n local), centros y escuelas p\u00fablicas dedicadas especialmente a la formaci\u00f3n de funcionarios (INAP, EGAP, universidades p\u00fablicas&#8230;) y colegios oficiales de secretarios, interventores y secretarios interventores de la Administraci\u00f3n local cuando sean reconocidos y valorados por las administraciones p\u00fablicas (Administraci\u00f3n general del Estado, comunidades aut\u00f3nomas y Administraci\u00f3n local) o centros y escuelas p\u00fablicas dedicadas especialmente a la formaci\u00f3n de funcionarios (INAP, EGAP, &#8230;).<\/p>\n<p>A los efectos de garantizar la actualizaci\u00f3n de los conocimientos, solo ser\u00e1n valorados aquellos cursos cuya fecha de expedici\u00f3n del diploma acreditativo sea, como m\u00e1ximo, de hace\u00a015 a\u00f1os.<\/p>\n<p>En este apartado se valorar\u00e1n los cursos en materia de direcci\u00f3n, gesti\u00f3n y gerencia p\u00fablica en el \u00e1mbito de la Administraci\u00f3n local. A raz\u00f3n de\u00a00,001 puntos\/hora con un m\u00e1ximo de\u00a01,00 punto.<\/p>\n<p>Los cursos se acreditar\u00e1n mediante copia compulsada de los t\u00edtulos o certificados de asistencia a que se refieren.<\/p>\n<p>Los cursos en materia de direcci\u00f3n, gesti\u00f3n y la gerencia p\u00fablica local aportan al habilitado nacional unos amplios conocimientos para la direcci\u00f3n y gesti\u00f3n del personal municipal, resultando clave a la hora de coordinar la actividad administrativa municipal, en orden a la racionalizaci\u00f3n de recursos y simplificaci\u00f3n administrativa, coordinaci\u00f3n procedimental en la tramitaci\u00f3n de expedientes municipales e impulso de los mismos, desde el inicio, informe de estos, propuestas de resoluci\u00f3n y resoluci\u00f3n de los mismos mediante decreto\/acuerdo plenario\/acuerdo de la Junta de Gobierno Local. Esto resulta trascendental en el Ayunta miento de B\u00f3veda, donde personal funcionario y laboral administrativo convive de forma conjunta en las oficinas municipales, por lo que la coordinaci\u00f3n de las funciones a realizar entre el distinto personal municipal resulta clave por el habilitado nacional que desempe\u00f1e el puesto de Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n en este ayuntamiento.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, se considera que este tipo de cursos versan sobre materias directamente relacionadas con las caracter\u00edsticas y funciones correspondientes al puesto de trabajo de Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n, englobando la direcci\u00f3n, la gesti\u00f3n y la gerencia p\u00fablica local materias como la planificaci\u00f3n de recursos humanos, la negociaci\u00f3n colectiva, la coordinaci\u00f3n de servicios municipales, la gesti\u00f3n econ\u00f3mico-financiera local&#8230;, materias que \u00fanicamente estudiadas de forma conjunta e integral en los distintos cursos de direcci\u00f3n, gesti\u00f3n y gerencia p\u00fablica local, y no de forma individualizada, permiten al habilitado nacional obtener las habilidades directivas precisas y tener unos amplios conocimientos sobre los m\u00e9ritos valorados por este ayuntamiento en este apartado de formaci\u00f3n.<\/p>\n<p>B)\u2003Publicaciones de manuales o art\u00edculos (hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,30 puntos):<\/p>\n<p>El contenido de los manuales o art\u00edculos versar\u00e1n sobre materias relacionadas con el personal, empleo p\u00fablico y gesti\u00f3n de recursos humanos, contrataci\u00f3n p\u00fablica, gesti\u00f3n de servicios p\u00fablicos, gesti\u00f3n econ\u00f3mico-financiera, contabilidad, organizaci\u00f3n y funcionamiento de las entidades locales y administraci\u00f3n electr\u00f3nica. Se valorar\u00e1n solo los manuales y\/o art\u00edculos aparecidos en publicaciones con ISBN o ISSN. Las citadas publicaciones ser\u00e1n valoradas a raz\u00f3n de\u00a00,30 puntos por cada manual o art\u00edculo. Se considera necesario valorar positivamente las publicaciones relacionadas con las materias enumeradas anteriormente, directamente relacionadas con las caracter\u00edsticas y funciones correspondientes al puesto de trabajo de Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n, que implican el estudio en profundidad, la especializaci\u00f3n y la excelencia en las materias anteriormente enumeradas; que al referirse a las propias de la actividad municipal, implican la adquisici\u00f3n de unos conocimientos que resultar\u00e1n positivos para la eficacia y eficiencia municipales.<\/p>\n<p>C)\u2003Actividad docente (hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,20 puntos):<\/p>\n<p>Actividades de direcci\u00f3n, tutorizaci\u00f3n y\/o impartici\u00f3n en acciones formativas (excluyendo congresos, conferencias, jornadas y simposios, encuentros o similares) que versen sobre materias relacionadas con el personal, empleo p\u00fablico y gesti\u00f3n de recursos humanos, contrataci\u00f3n p\u00fablica, gesti\u00f3n de servicios p\u00fablicos, gesti\u00f3n econ\u00f3mico-financiera, contabilidad, organizaci\u00f3n y funcionamiento de las entidades locales y administraci\u00f3n electr\u00f3nica.<\/p>\n<p>Solo ser\u00e1 valorada la actividad docente en acciones formativas homologadas o reconocidas por el INAP o EGAP, a raz\u00f3n de\u00a00,20 puntos por acci\u00f3n formativa impartida, dirigida o tutorizada.<\/p>\n<p>Se acreditar\u00e1 mediante certificado emitido por el organismo competente.<\/p>\n<p>La valoraci\u00f3n de este m\u00e9rito est\u00e1 vinculada directamente a las funciones del puesto, ya que la actividad docente implica el estudio en profundidad, la especializaci\u00f3n y la excelencia en las materias que se imparten; que, al referirse a las propias de la actividad municipal, implican la adquisici\u00f3n de unos conocimientos que resultar\u00e1n positivos para la eficacia y eficiencia municipales.<\/p>\n<p>En ning\u00fan caso se valorar\u00e1n los m\u00e9ritos que no est\u00e9n debidamente justificados en el momento de finalizar el plazo de presentaci\u00f3n de instancias. Tampoco ser\u00e1n tenidos en cuenta aquellos m\u00e9ritos que se basen exclusivamente en afirmaciones vertidas por el solicitante en su instancia o en las aclaraciones que ofrezca, en caso de ser solicitadas posteriormente por el tribunal, ni los que se justifiquen por copias simples.<\/p>\n<p>D)\u2003Entrevista personal. No se prev\u00e9 la realizaci\u00f3n de entrevista personal.<\/p>\n<p>* M\u00e9ritos de valoraci\u00f3n auton\u00f3mica:<\/p>\n<p>La valoraci\u00f3n de los m\u00e9ritos auton\u00f3micos se efectuar\u00e1 de conformidad con lo dispuesto en el Decreto\u00a049\/2009, de\u00a026 de febrero.<\/p>\n<p>* M\u00e9ritos generales:<\/p>\n<p>La valoraci\u00f3n de los m\u00e9ritos generales se efectuar\u00e1 de conformidad con lo dispuesto en la normativa estatal reguladora.<\/p>\n<p>* Conocimiento de la lengua gallega:<\/p>\n<p>De acuerdo con lo establecido en el Decreto\u00a0103\/2008, de\u00a08 de mayo, se exige como requisito el conocimiento de la lengua gallega, que se acreditar\u00e1 mediante la presentaci\u00f3n con la solicitud de participaci\u00f3n en el concurso o de la petici\u00f3n de cobertura del puesto, de la documentaci\u00f3n justificativa de estar en posesi\u00f3n del certificado de la lengua gallega (Celga\u00a04) o de su equivalente.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Silleda.<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n: la poblaci\u00f3n del municipio a\u00a031 de diciembre de\u00a02020 es de\u00a08.861 habitantes.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Intervenci\u00f3n. Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: entrada.<\/p>\n<p>Puesto no cubierto por el titular que se jubile en los\u00a06 meses siguientes a la publicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>A)\u2003M\u00e9ritos espec\u00edficos: No se contemplan.<\/p>\n<p>B)\u2003M\u00e9ritos generales: La valoraci\u00f3n de m\u00e9ritos generales se obtendr\u00e1 de la relaci\u00f3n publicada en la p\u00e1gina web del Ministerio de Hacienda y Funci\u00f3n P\u00fablica, en la misma fecha que la convocatoria conjunta, sin que sea posible acreditaci\u00f3n adicional por parte de los concursantes ni valoraci\u00f3n distinta por parte del tribunal.<\/p>\n<p>C)\u2003M\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica: Los concursantes acreditar\u00e1n los m\u00e9ritos que aleguen, en el momento que se indique en la convocatoria, mediante la presentaci\u00f3n de las certificaciones correspondientes o de la copia de los t\u00edtulos debidamente compulsados, as\u00ed como, en su caso, de las publicaciones referidas.<\/p>\n<p>Dicha aportaci\u00f3n de documentaci\u00f3n podr\u00e1 ser sustituida por la \u00faltima relaci\u00f3n individualizada de m\u00e9ritos auton\u00f3micos publicada en la p\u00e1gina web eidolocal cuando no se aleguen m\u00e1s m\u00e9ritos que los recogidos en la misma.<\/p>\n<p>D)\u2003Conocimiento de la lengua gallega: De acuerdo con lo establecido en el Decreto\u00a0103\/2008, de\u00a08 de mayo, se exige como requisito el conocimiento de la lengua gallega. Este se acreditar\u00e1 mediante la presentaci\u00f3n del certificado de la lengua gallega (Celga\u00a04) o de su equivalente.<\/p>\n<p>Dicha aportaci\u00f3n de documentaci\u00f3n podr\u00e1 ser sustituida por la \u00faltima relaci\u00f3n individualizada de m\u00e9ritos auton\u00f3micos publicada en la p\u00e1gina web eidolocal.<\/p>\n<p>Entrevista: no se contempla.<\/p>\n<p>COMUNIDAD DE MADRID<\/p>\n<p><strong>(Resoluci\u00f3n de 10 de mayo de\u00a02021, de la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local, por la que da publicidad a las bases del concurso ordinario del a\u00f1o\u00a02021 y a las convocatorias espec\u00edficas para la provisi\u00f3n de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administraci\u00f3n Local con Habilitaci\u00f3n de Car\u00e1cter Nacional, acordadas por Corporaciones Locales de la Comunidad de Madrid, publicada en el \u00abBolet\u00edn Oficial de la Comunidad de Madrid\u00bb n\u00fam.117, de\u00a018 de mayo de\u00a02021)<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Entidad Local: Alcorc\u00f3n.<\/p>\n<p>Puesto de trabajo: Titular del \u00d3rgano de Gesti\u00f3n Presupuestaria y Contabilidad.<\/p>\n<p>Subescala\/Categor\u00eda: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: Atendidas las normas contenidas en los art\u00edculos\u00a034 del Real Decreto\u00a0128\/2018, de\u00a016 de marzo, y\u00a05 de la Orden de\u00a010 de agosto de\u00a01994, del Ministerio de Hacienda y Administraciones P\u00fablicas, as\u00ed como en el art\u00edculo\u00a092.Bis\u00a06 de la Ley\u00a07\/1985, de\u00a02 de abril, Reguladora de las Bases de R\u00e9gimen Local, as\u00ed como los requisitos de experiencia y formaci\u00f3n que se estima conveniente que re\u00fana el aspirante que finalmente acceda al puesto cuya provisi\u00f3n se convoca y las necesidades propias de este Ayuntamiento, ponderadas en funci\u00f3n de las caracter\u00edsticas del Municipio y la organizaci\u00f3n del trabajo, se expone:<\/p>\n<p>Que la envergadura econ\u00f3mica del presupuesto a gestionar y la especial complejidad que supone el tratamiento consolidado de los distintos entes integrantes del sector p\u00fablico local requieren una especial aptitud del candidato al puesto, demostrable mediante el desempe\u00f1o de puestos similares caracter\u00edsticas y una formaci\u00f3n especializada en las materias objeto de su actuaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Por todo ello, se establecen los siguientes m\u00e9ritos espec\u00edficos que el Tribunal tendr\u00e1 en cuenta para sus valoraciones:<\/p>\n<p>A)\u2003Experiencia Profesional: Se puntuar\u00e1 hasta un m\u00e1ximo de\u00a01 punto los servicios prestados en entidades locales del \u00e1mbito subjetivo definido en los art\u00edculos\u00a0111 y\u00a0135 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo\u00a02\/2004, de\u00a05 de marzo (TRLHL), con un presupuesto general consolidado igual o superior a\u00a0125.000.000 de euros y que dispongan de un sector p\u00fablico formado por: organismos aut\u00f3nomos o consorcios y sociedades mercantiles o entidades p\u00fablicas empresariales dependientes, a raz\u00f3n de\u00a00,03 puntos por mes acreditado.<\/p>\n<p>B)\u2003Formaci\u00f3n y perfeccionamiento: Se valorar\u00e1n hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,5 puntos, los cursos de formaci\u00f3n, de al menos de\u00a060 horas de duraci\u00f3n, recibidos y acreditados, realizados en los \u00faltimos\u00a05 a\u00f1os en condici\u00f3n de funcionario de carrera, en alguna de las siguientes materias:<\/p>\n<p>\u2013\u2002Contabilidad de Costes.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Presupuestos y contabilidad p\u00fablica.<\/p>\n<p>Acreditaci\u00f3n de los m\u00e9ritos espec\u00edficos:<\/p>\n<p>\u2013\u2002La experiencia profesional, mediante certificado expedido por el Ayuntamiento respectivo, por la Administraci\u00f3n Estatal o Auton\u00f3mica. Se deber\u00e1 certificar, igualmente, el importe del presupuesto consolidado del municipio en los a\u00f1os respecto de los cuales se acredita el ejercicio del puesto y las entidades integrantes del presupuesto consolidado.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Los cursos, mediante origina o copia compulsada del correspondiente diploma, t\u00edtulo o certificado de asistencia, con indicaci\u00f3n de horas lectivas.<\/p>\n<p>2.\u2003Entidad Local: Guadalix de la Sierra.<\/p>\n<p>Puesto de trabajo: Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Subescala\/Categor\u00eda: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda\/Entrada.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: Atendidas las normas contenidas en el art\u00edculo\u00a034 del Real Decreto\u00a0128\/2018, de\u00a016 de marzo, por el que se aprueba el r\u00e9gimen jur\u00eddico de los funcionarios de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, y en la Orden de\u00a010 de agosto de\u00a01994, del Ministerio de Hacienda y Administraciones P\u00fablicas, as\u00ed como en el art\u00edculo\u00a092.bis.6 de la Ley\u00a07\/1985, de\u00a02 de abril, Reguladora de las Bases de R\u00e9gimen Local, as\u00ed como los requisitos de experiencia y formaci\u00f3n que se estima conveniente que re\u00fana el aspirante que finalmente acceda al puesto cuya provisi\u00f3n se convoca y las necesidades propias de este Ayuntamiento, ponderadas en funci\u00f3n de las caracter\u00edsticas del Municipio y la organizaci\u00f3n del trabajo, se expone que el Ayuntamiento de Guadalix de la Sierra tiene el objetivo de potenciar la presencia del municipio de Guadalix en la Comarca de la Cuenca Alta del Manzanares, consiguiendo su presencia en organismos de explotaci\u00f3n y m\u00e1ximo desarrollo de tal patrimonio y fortaleciendo su desarrollo en su aspecto tur\u00edstico, fundamental para la promoci\u00f3n econ\u00f3mica municipal. Asimismo, el Ayuntamiento est\u00e1 realizando un proyecto importante de auditor\u00eda de la gesti\u00f3n municipal, que ya empezara en\u00a02020 y que pretende completar en los pr\u00f3ximos ejercicios.<\/p>\n<p>Por todo ello se establecen los siguientes m\u00e9ritos espec\u00edficos que el Tribunal tendr\u00e1 en cuenta para sus valoraciones:<\/p>\n<p>A)\u2003Experiencia profesional: hasta\u00a01 punto.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Por cada a\u00f1o de servicio completo prestado como Interventor en un municipio integrado en la Comarca de la Cuenca Alta del Manzanares, por implicar un mejor conocimiento de las especialidades territoriales de esta \u00e1rea: 0,06 puntos hasta un m\u00e1ximo de\u00a01 punto.<\/p>\n<p>B)\u2003Formaci\u00f3n: hasta\u00a00,5 puntos.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Por cursos realizados en materia de Auditor\u00eda impartidos u homologados por el INAP:<\/p>\n<p>Por cada curso de al menos\u00a080 horas: 0,3 puntos.<\/p>\n<p>Por cada curso de al menos\u00a095 horas: 0,5 puntos.<\/p>\n<p>3.\u2003Entidad Local: Los Molinos.<\/p>\n<p>Puesto de trabajo: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Subescala\/Categor\u00eda: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: Atendidas las normas contenidas en los art\u00edculos\u00a034.1 del Real Decreto\u00a0128\/2018, de\u00a016 de marzo, por el que se regula el r\u00e9gimen jur\u00eddico de los funcionarios de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional y\u00a05 de la Orden de\u00a010 de agosto de\u00a01994, del Ministerio de Hacienda y Administraciones P\u00fablicas, as\u00ed como en el art\u00edculo\u00a092.bis.6 de la Ley\u00a07\/1985, de\u00a02 de abril, Reguladora de las Bases de R\u00e9gimen Local teniendo en cuenta los criterios fijados por la Subdirecci\u00f3n General de Funci\u00f3n P\u00fablica.<\/p>\n<p>Local del citado Ministerio, as\u00ed como los requisitos de experiencia y formaci\u00f3n que se estima conveniente que re\u00fana el aspirante que finalmente acceda al puesto cuya provisi\u00f3n se convoca y las necesidades propias de este Ayuntamiento, ponderadas en funci\u00f3n de las caracter\u00edsticas del Municipio y la organizaci\u00f3n del trabajo, se expone:<\/p>\n<p>Se valorar\u00e1n aquellos m\u00e9ritos que est\u00e9n relacionados con conocimientos espec\u00edficos para el trabajo a desarrollar en municipios similares tanto en tama\u00f1o, poblaci\u00f3n, presupuesto y realidad urban\u00edstica.<\/p>\n<p>Por todo ello se establecen los siguientes m\u00e9ritos espec\u00edficos que el Tribunal tendr\u00e1 en cuenta para sus valoraciones y que fueron aprobados e incluidos a trav\u00e9s de la Cuarta Modificaci\u00f3n de la Relaci\u00f3n de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Los Molinos (Pleno de fecha\u00a08\/10\/2020).<\/p>\n<p>A)\u2003Experiencia profesional:<\/p>\n<p>\u2013\u2002Por experiencia de los aspirantes en el desempe\u00f1o de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional en municipios afectados en todo o en parte de su t\u00e9rmino municipal por el P.O.R.N. del Guadarrama a raz\u00f3n de\u00a00,02 puntos por mes de servicio (Puntuaci\u00f3n m\u00e1xima posible del presente apartado: 1 punto).<\/p>\n<p>\u2013\u2002Por experiencia de los aspirantes en el desempe\u00f1o de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional en municipios con presupuesto superior a\u00a05.000.000 de euros, mientras ejerc\u00edan el desempe\u00f1o, a raz\u00f3n de\u00a00,01 puntos por mes de servicio (Puntuaci\u00f3n m\u00e1xima posible del presente apartado: 0,5 puntos).<\/p>\n<p>Acreditaci\u00f3n de los m\u00e9ritos: La experiencia profesional, mediante certificaci\u00f3n expedida por el Ayuntamiento respectivo, por la Administraci\u00f3n Estatal o Auton\u00f3mica, en los que se hagan constar las circunstancias que sean objeto de valoraci\u00f3n.<\/p>\n<p>4.\u2003Entidad Local: Manzanares el Real.<\/p>\n<p>Puesto de trabajo: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Subescala\/Categor\u00eda: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: Atendidas las normas contenidas en el art\u00edculo\u00a034 del Real Decreto\u00a0128\/2018, de\u00a016 de marzo, por el que se aprueba el r\u00e9gimen jur\u00eddico de los funcionarios de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, y en la Orden de\u00a010 de agosto de\u00a01994, del Ministerio de Hacienda y Administraciones P\u00fablicas, as\u00ed como en el art\u00edculo\u00a092.bis.6 de la Ley\u00a07\/1985, de\u00a02 de abril, Reguladora de las Bases de R\u00e9gimen Local, as\u00ed como los requisitos de experiencia y formaci\u00f3n que se estima conveniente que re\u00fana el aspirante que finalmente acceda al puesto cuya provisi\u00f3n se convoca y las necesidades propias de este Ayuntamiento, ponderadas en funci\u00f3n de las caracter\u00edsticas del Municipio y la organizaci\u00f3n del trabajo, se expone:<\/p>\n<p>La motivaci\u00f3n para la elaboraci\u00f3n del presente baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos de cara a la cobertura de la plaza de Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n del Ayuntamiento de Manzanares El Real se basa principalmente en la especialidad del puesto en cuanto a las caracter\u00edsticas especiales del municipio por estar integrado en el Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares y en el Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama en relaci\u00f3n las funciones de la Secretar\u00eda en cuestiones de urbanismo, entre otras, as\u00ed como por las funciones de car\u00e1cter econ\u00f3mico que comporta la plaza al tratarse de una Secretar\u00eda- Intervenci\u00f3n y poder realizar funciones propias de la Intervenci\u00f3n y de Tesorer\u00eda:<\/p>\n<p>A)\u2003Experiencia Profesional: El contenido de la Plaza de Secretar\u00eda Intervenci\u00f3n es, entre otras, de asesoramiento jur\u00eddico en cuestiones de urbanismo, por lo que el baremo del apartado A.1 se justifica con la especialidad intr\u00ednseca del puesto debido a que el\u00a0100 % del t\u00e9rmino municipal de Manzanares El Real est\u00e1 integrado en el Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares, y en el Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama, con las dificultades y procedimientos especiales que ello implica, principalmente en cuestiones tales como el Planeamiento General. El fin es requerir una experiencia para asegurar que la persona que opta a la plaza tenga experiencia en todos y cada uno de los instrumentos de planeamiento general.<\/p>\n<p>Asimismo, y al poder realizar tambi\u00e9n funciones de \u00edndole econ\u00f3mica, se hace preciso que la persona que opta a cubrir la plaza en cuesti\u00f3n tenga experiencia previa con presupuestos superiores a\u00a010.000.000 de euros, habiendo realizado las funciones propias de Intervenci\u00f3n en un puesto de igual categor\u00eda a la de la plaza en cuesti\u00f3n.<\/p>\n<p>El fin es requerir experiencia para asegurar que la persona que opta a la plaza tenga experiencia en todos y cada uno de los Estados y documentos a realizar en un ejercicio presupuestario, desde el Presupuesto General, Modificaciones Presupuestarias, la Liquidaci\u00f3n del mismo, as\u00ed como la rendici\u00f3n de las Cuentas Generales, entre otros documentos de daci\u00f3n de cuentas. Asimismo, se hace necesario que el candidato cuente con la experiencia m\u00ednima en tiempo que le haya permitido tramitar planes presupuestarios a medio plazo, planes econ\u00f3micos financieros que afectan a m\u00e1s de un ejercicio econ\u00f3mico.<\/p>\n<p>En cuanto a la parte de Tesorer\u00eda, al tratarse de una funci\u00f3n que con la modificaci\u00f3n del art.\u00a02.c del art\u00edculo\u00a092 bis, de la Ley\u00a07\/1985, otorga a puestos de Secretar\u00eda Intervenci\u00f3n (de clase\u00a03.a) la funci\u00f3n de tesorer\u00eda, se trata con estos m\u00e9ritos de conseguir que la persona que opta a la plaza posea experiencia en estas funciones que hasta ahora no hab\u00edan sido asignadas como funciones propias reservadas los funcionarios de habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de la Subescala de Secretar\u00eda Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>B)\u2003Formaci\u00f3n acad\u00e9mica: En cuanto al baremo del apartado B.1, se hace necesario que la persona a ocupar la plaza cuente con un nivel avanzado de ingl\u00e9s, dado que Manzanares El Real es un municipio con una vocaci\u00f3n eminentemente tur\u00edstica, y que adem\u00e1s cuenta con poblaci\u00f3n empadronada de origen extranjero. Manzanares El Real, adem\u00e1s est\u00e1 inmerso en Proyectos Europeos de gesti\u00f3n directa con Europa (no a trav\u00e9s de la Comunidad Aut\u00f3noma), as\u00ed como adherido al Grupo de Co operaci\u00f3n Territorial Europeo y se han de tramitar por este motivo diversos expedientes en Ingl\u00e9s, as\u00ed como asistir a reuniones con Alcald\u00eda que se realizan en este idioma. Asimismo, se considera adecuada la inclusi\u00f3n de este baremo en la fase de concurso, puesto que, en la fase de oposici\u00f3n para Habilitados Nacionales, tambi\u00e9n se realiza una prueba de idiomas, por lo que se entiende que es algo objetivo y atribuible al puesto.<\/p>\n<p>C)\u2003Cursos de Formaci\u00f3n: Se valora la realizaci\u00f3n de un curso sobre las nuevas competencias en materia de Tesorer\u00eda al tratarse de un municipio de\u00a03.a, por lo que la Secretar\u00eda puede hacerse cargo de la Tesorer\u00eda en virtud del art. n\u00famero\u00a02.c del art\u00edculo\u00a092 bis, de la Ley\u00a07\/1985, de\u00a02 de abril, Reguladora de Bases de R\u00e9gimen Local, (redactado por el art\u00edculo\u00a03 del Real Decreto-Ley\u00a010\/2015, de\u00a011 de septiembre, por el que se conceden cr\u00e9ditos extraordinarios y suplementos de cr\u00e9dito en el presupuesto del Estado y se adoptan otras medidas en materia de empleo p\u00fablico y de est\u00edmulo a la econom\u00eda), en el que se atribuyen, con car\u00e1cter reservado para los municipios de clase\u00a03.a, las funciones de control y la fiscalizaci\u00f3n interna de la gesti\u00f3n econ\u00f3mico-financiera y presupuestaria, y la contabilidad, tesorer\u00eda y recaudaci\u00f3n a los funcionarios de administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, pertenecientes a la Subescala de Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n y como soluci\u00f3n transitoria mientras se adoptan las medidas oportunas de acuerdo a la normativa aplicable para la creaci\u00f3n y provisi\u00f3n de la plaza de Tesorer\u00eda del Ayuntamiento de Manzanares El Real.<\/p>\n<p>Por todo ello se establecen los siguientes m\u00e9ritos espec\u00edficos que el Tribunal tendr\u00e1 en cuenta para sus valoraciones:<\/p>\n<p>A)\u2003Experiencia profesional: 1 punto.<\/p>\n<p>A.1)\u20030,5 puntos: Por experiencia, en puestos reservados a la Subescala de Secretar\u00eda- Intervenci\u00f3n, en municipios en los que se haya llevado a cabo durante ese tiempo la tramitaci\u00f3n y aprobaci\u00f3n de Normas Subsidiarias de Planeamiento o modificaciones de las mismas y tramitaci\u00f3n de Plan General de Manzanares, estando dichos instrumentos de ordenaci\u00f3n o sus modificaciones, aprobadas con arreglo a la Ley\u00a09\/2001, de\u00a017 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.<\/p>\n<p>Se otorgar\u00e1n\u00a00 puntos a aquellos candidatos que no demuestren la experiencia requerida en ambos instrumentos de planeamiento.<\/p>\n<p>Se otorgar\u00e1n\u00a00,04 puntos por cada a\u00f1o de experiencia demostrable hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,5 puntos.<\/p>\n<p>(A estos efectos, se considerar\u00e1n los servicios prestados tanto de car\u00e1cter definitivo como de cualquiera de las formas de provisi\u00f3n de puestos).<\/p>\n<p>A.2)\u20030,625 puntos: Por experiencia en puestos reservados a la Subescala de Secretar\u00eda- Intervenci\u00f3n, ejerciendo funciones propias de la Intervenci\u00f3n y de la Tesorer\u00eda, en un municipio de categor\u00eda tercera, habi\u00e9ndose aprobado durante ese periodo un Presupuesto Municipal superior a\u00a010.000.000 de euros.<\/p>\n<p>(A estos efectos, se considerar\u00e1n los servicios prestados tanto de car\u00e1cter definitivo como de cualquiera de las formas de provisi\u00f3n de puestos).<\/p>\n<p>Por la experiencia en Intervenci\u00f3n: Se otorgar\u00e1n\u00a00,04 puntos por cada a\u00f1o de experiencia demostrable hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,5 puntos.<\/p>\n<p>Por la experiencia en Tesorer\u00eda: Se otorgar\u00e1n\u00a00,04 puntos por cada a\u00f1o de experiencia demostrable hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,125 puntos.<\/p>\n<p>B)\u2003Formaci\u00f3n Acad\u00e9mica: 0,25 puntos.<\/p>\n<p>B.1)\u20030,25 puntos: Por poseer, como m\u00ednimo, un nivel avanzado de Ingl\u00e9s (Advanced C1), demostrable con el t\u00edtulo expedido por la Universidad de Cambridge o similar, siempre que el t\u00edtulo est\u00e9 homologado.<\/p>\n<p>C)\u2003Cursos de Formaci\u00f3n: 0,125 puntos.<\/p>\n<p>C.1)\u2003Se otorgar\u00e1n\u00a00,125 puntos como m\u00e1ximo por haber realizado formaci\u00f3n de nuevas competencias en materia de Tesorer\u00eda, de una duraci\u00f3n m\u00ednima de\u00a040 horas:<\/p>\n<p>\u2013\u2002Cursos de\u00a040 a\u00a080 horas: 0,02 puntos.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Cursos de\u00a081 a\u00a0114 horas: 0,04 puntos.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Cursos de\u00a0115 horas en adelante: 0,125 puntos.<\/p>\n<p>Se admitir\u00e1n los cursos, referentes a dicho tema, impartidos por Administraciones P\u00fablicas o entidades privadas siempre que est\u00e9n homologados.<\/p>\n<p>Acreditaci\u00f3n de los m\u00e9ritos:<\/p>\n<p>\u2013\u2002La experiencia profesional se acreditar\u00e1 mediante el certificado de servicios prestados en el Ayuntamiento correspondiente con indicaci\u00f3n de que concurren las circunstancias que se acreditan.<\/p>\n<p>\u2013\u2002El nivel de ingl\u00e9s se acreditar\u00e1 con una fotocopia compulsada del t\u00edtulo expedido por la Universidad de Cambridge o similar, siempre que el t\u00edtulo est\u00e9 homologado.<\/p>\n<p>\u2013\u2002El curso se acreditar\u00e1 mediante fotocopia compulsada del diploma o certificado del curso expedido por el organismo que haya impartido el curso y con indicaci\u00f3n de las horas celebradas.<\/p>\n<p>5.\u2003Entidad Local: Paracuellos de Jarama.<\/p>\n<p>Puesto de trabajo: Vicesecretar\u00eda.<\/p>\n<p>Subescala\/Categor\u00eda: Secretar\u00eda\/Entrada.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: No se requieren.<\/p>\n<p>6.\u2003Entidad Local: Pinilla del Valle.<\/p>\n<p>Puesto de trabajo: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Subescala\/Categor\u00eda: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: Atendidas las normas contenidas en el art\u00edculo\u00a034 del Real Decreto\u00a0128\/2018, de\u00a016 de marzo, por el que se aprueba el r\u00e9gimen jur\u00eddico de los funcionarios de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, y en la Orden de\u00a010 de agosto de\u00a01994, del Ministerio de Hacienda y Administraciones P\u00fablicas, as\u00ed como en el art\u00edculo\u00a092.bis.6 de la Ley\u00a07\/1985, de\u00a02 de abril, Reguladora de las Bases de R\u00e9gimen Local, as\u00ed como los requisitos de experiencia y formaci\u00f3n que se estima conveniente que re\u00fana el aspirante que finalmente acceda al puesto cuya provisi\u00f3n se convoca y las necesidades propias de este Ayuntamiento, ponderadas en funci\u00f3n de las caracter\u00edsticas del Municipio y la organizaci\u00f3n del trabajo, se expone:<\/p>\n<p>Que la organizaci\u00f3n territorial establecido en la Constituci\u00f3n Espa\u00f1ola, define de forma clara competencias de car\u00e1cter auton\u00f3mico que repercuten de forma notable en la legislaci\u00f3n sectorial de las Comunidades Aut\u00f3nomas.<\/p>\n<p>Igualmente, como se establece en la Circular de la Direcci\u00f3n General de la Funci\u00f3n P\u00fablica sobre los \u00abCriterios para el ejercicio de las funciones de Tesorer\u00eda en Corporaciones Locales de menos de\u00a020.000 habitantes, a partir del\u00a01 de enero de\u00a02017, no existe la obligaci\u00f3n de crear un puesto de tesorer\u00eda como puesto independiente reservado a funcionario de administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, pudiendo ejercerse por el funcionario de administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de la Subescala de secretar\u00eda- intervenci\u00f3n, que desempe\u00f1a el puesto de Secretar\u00eda, clase\u00a03.a.<\/p>\n<p>Por todo ello se establecen los siguientes m\u00e9ritos espec\u00edficos que el Tribunal tendr\u00e1 en cuenta para sus valoraciones:<\/p>\n<p>A)\u2003Experiencia Profesional: Hasta\u00a00,50 puntos.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Servicios prestados como funcionario de carrera con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional perteneciente a la Subescala de Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n, en Ayuntamientos de municipios de la Comunicad de Madrid, en el puesto de trabajo de Secretario-Interventor como puesto de trabajo principal mediante nombramiento definitivo, provisional o en comisi\u00f3n de servicios: 0,05 puntos por mes de servicios desempe\u00f1ados.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Desempe\u00f1o de, adem\u00e1s de las funciones propias de Secretar\u00eda y de Intervenci\u00f3n, las de Tesorer\u00eda: 0,05 puntos adicionales por mes de servicios desempe\u00f1ados.<\/p>\n<p>B)\u2003Formaci\u00f3n: Hasta\u00a01 punto.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Por la asistencia a Cursos, en los \u00faltimos diez a\u00f1os, con una duraci\u00f3n m\u00ednima de\u00a020 horas, relacionados con las funciones del puesto y convocados por Administraciones P\u00fablicas u organismos oficiales relacionados con la Administraci\u00f3n Local u homologados por las Administraciones P\u00fablicas competentes en formaci\u00f3n de empleados p\u00fablicos, hasta\u00a00,50 puntos:<\/p>\n<p>Entre\u00a020 y\u00a050 horas: 0,05 puntos por curso.<\/p>\n<p>Entre\u00a051 y\u00a0100 horas: 0,10 puntos por curso.<\/p>\n<p>M\u00e1s de\u00a0101 horas: 0,25 puntos por curso.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Por asistencia a Cursos, con los mismos requisitos anteriores, de legislaci\u00f3n, normativa o programas espec\u00edficos de la Comunidad de Madrid, adicionalmente, y hasta\u00a00,50 puntos.<\/p>\n<p>Entre\u00a020 y\u00a050 horas: 0,05 puntos por curso.<\/p>\n<p>Entre\u00a051 y\u00a0100 horas: 0,10 puntos por curso.<\/p>\n<p>M\u00e1s de\u00a0101 horas: 0,25 puntos por curso.<\/p>\n<p>Acreditaci\u00f3n de los m\u00e9ritos:<\/p>\n<p>\u2013\u2002La experiencia profesional, mediante certificaci\u00f3n expedida por el Ayuntamiento respectivo.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Los cursos, mediante original o copia compulsada del correspondiente diploma, t\u00edtulo o certificado de asistencia, con indicaci\u00f3n de horas lectivas.<\/p>\n<p>Entrevista: El Tribunal celebrar\u00e1 entrevista con todos los concursantes para la concreci\u00f3n de los m\u00e9ritos espec\u00edficos o de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica. Para la celebraci\u00f3n de la entrevista, el Tribunal notificar\u00e1 a los afectados con al menos seis d\u00edas de antelaci\u00f3n, la fecha, hora y lugar de celebraci\u00f3n.<\/p>\n<p>7.\u2003Entidad Local: San Agust\u00edn del Guadalix.<\/p>\n<p>Puesto de trabajo: Secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Subescala\/Categor\u00eda: Entrada.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: La valoraci\u00f3n de los m\u00e9ritos espec\u00edficos se acreditar\u00e1 por los concursantes y se valorar\u00e1n y comprobar\u00e1n por el Tribunal.<\/p>\n<p>Atendidas las normas contenidas en el art\u00edculo\u00a034 del Real Decreto\u00a0128\/2018, de\u00a016 de marzo, por el que se aprueba el r\u00e9gimen jur\u00eddico de los funcionarios de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, y en la Orden de\u00a010 de agosto de\u00a01994, del Ministerio de Hacienda y Administraciones P\u00fablicas, as\u00ed como en el art\u00edculo\u00a092.bis.6 de la Ley\u00a07\/1985, de\u00a02 de abril, Reguladora de las Bases de R\u00e9gimen Local, as\u00ed como los requisitos de experiencia y formaci\u00f3n que se estima conveniente que re\u00fana el aspirante que finalmente acceda al puesto cuya provisi\u00f3n se convoca y las necesidades propias de este Ayuntamiento, ponderadas en funci\u00f3n de las caracter\u00edsticas del municipio y la organizaci\u00f3n del trabajo, se han establecido por acuerdo plenario de\u00a017 de diciembre de\u00a02020 (publicado en el \u00abBolet\u00edn Oficial de la Comunidad de Madrid\u00bb n\u00famero ***** de ***\/2020) los siguientes m\u00e9ritos espec\u00edficos que el Tribunal tendr\u00e1 en cuenta para sus valoraciones:<\/p>\n<p>A)\u2003Experiencia profesional: m\u00e1ximo\u00a01,30 puntos.<\/p>\n<p>Por haber prestado servicios en puestos de trabajo de Secretar\u00eda, o Secretar\u00eda Intervenci\u00f3n, reservados a funcionarios con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional en la Comunidad de Madrid en los que hayan obtenido dicho puesto de trabajo mediante nombramiento con car\u00e1cter definitivo, a tenor del Real Decreto\u00a0128\/2108 de\u00a016 de marzo.<\/p>\n<p>Baremo: La prestaci\u00f3n de servicios se valorar\u00e1 a raz\u00f3n de\u00a00,45 puntos por cada cuatro a\u00f1os trabajados con nombramiento definitivo en la Comunidad de Madrid en dichos puestos (m\u00e1ximo\u00a01,30 puntos).<\/p>\n<p>B)\u2003Docencia: m\u00e1ximo\u00a00,20 puntos.<\/p>\n<p>Actividades de docencia en cursos que versen sobre urbanismo en la Administraci\u00f3n Local: \u00danicamente se valorar\u00e1n la actividad docente en cursos de m\u00e1s de\u00a020 horas impartidos por la Comunidad de Madrid o la Federaci\u00f3n de Municipios de Madrid al ser el urbanismo una materia propia de la Comunidad de Madrid.<\/p>\n<p>Baremo: dichas actividades docentes ser\u00e1n valoradas a raz\u00f3n de\u00a00,10 puntos por curso (m\u00e1ximo\u00a00,20 puntos).<\/p>\n<p>Acreditaci\u00f3n de los m\u00e9ritos:<\/p>\n<p>\u2013\u2002La experiencia profesional, mediante certificaci\u00f3n expedida por el Ayuntamiento respectivo, por la Administraci\u00f3n Estatal o Auton\u00f3mica.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Los cursos, mediante original o copia compulsada del correspondiente diploma o t\u00edtulo.<\/p>\n<p>Entrevista: El Tribunal podr\u00e1 celebrar, si as\u00ed lo prev\u00e9 la convocatoria espec\u00edfica respectiva, entrevista con concursante o concursantes que considere conveniente, para la concreci\u00f3n de los m\u00e9ritos espec\u00edficos o de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica. Para la celebraci\u00f3n de la entrevista, el Tribunal notificar\u00e1 a los afectados, al menos con seis d\u00edas de antelaci\u00f3n, la fecha, hora y lugar de su celebraci\u00f3n.<\/p>\n<p>8.\u2003Entidad Local: San Lorenzo de El Escorial.<\/p>\n<p>Puesto de trabajo: Secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Subescala\/Categor\u00eda: Secretar\u00eda\/Superior.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: Atendidas las normas contenidas en el art\u00edculo\u00a034 del Real Decreto\u00a0128\/2018, de\u00a016 de marzo, por el que se aprueba el r\u00e9gimen jur\u00eddico de los funcionarios de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, as\u00ed como los requisitos de experiencia y formaci\u00f3n que se estima conveniente que re\u00fana el aspirante que finalmente acceda al puesto cuya provisi\u00f3n se convoca y las necesidades propias de este Ayuntamiento, ponderadas en funci\u00f3n de las caracter\u00edsticas del municipio y la organizaci\u00f3n del trabajo.<\/p>\n<p>Por ello, se han establecido en la relaci\u00f3n de puestos de trabajo de este Ayuntamiento, aprobada por Pleno en sesi\u00f3n celebrada el d\u00eda\u00a025 de enero de\u00a02018, los m\u00e9ritos espec\u00edficos que luego se dir\u00e1n, y que obedecen a la conveniencia que el titular del puesto de Secretar\u00eda general tenga experiencia en el desempe\u00f1o del cargo en Ayuntamientos de municipios que gocen de iguales caracter\u00edsticas, sobre todo a las que ata\u00f1en a las m\u00faltiples protecciones que afectan al municipio de San Lorenzo de El Escorial, fundamentalmente de car\u00e1cter hist\u00f3rico cultural y ambiental, que matizan el perfil profesional requerido para el desempe\u00f1o de la Secretar\u00eda general del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial.<\/p>\n<p>En consecuencia, los m\u00e9ritos espec\u00edficos, que, seg\u00fan el contenido de la relaci\u00f3n de puestos de trabajo, se valorar\u00e1 en el concurso ordinario para la provisi\u00f3n del puesto de Secretar\u00eda General del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial, son los siguientes:<\/p>\n<p>A)\u2003Experiencia Profesional:<\/p>\n<p>\u2013\u2002 Servicios prestados en igual puesto en municipios de igual categor\u00eda en cuyo t\u00e9rmino municipal radiquen monumentos declarados Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO: 0,04 puntos por mes de servicio o fracci\u00f3n, hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,30 puntos.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Servicios prestados en igual puesto en municipios de igual categor\u00eda de la Comunidad de Madrid, con declaraci\u00f3n de bien de Inter\u00e9s Cultural en la categor\u00eda de Territorio hist\u00f3rico: 0,07 puntos por mes de servicio o fracci\u00f3n, hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,60 puntos.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Servicios prestados en igual puesto en municipios de igual categor\u00eda de la Comunidad de Madrid, con declaraci\u00f3n de Red Natura\u00a02000 y est\u00e9n incluidos como paisaje protegido en el plan de Ordenaci\u00f3n Urbana de los Recursos Natural de la Sierra de Guadarrama: 0,07 puntos por mes de servicio o fracci\u00f3n, hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,60 puntos.<\/p>\n<p>Acreditaci\u00f3n de los m\u00e9ritos: La experiencia profesional se acreditar\u00e1 mediante certificaci\u00f3n expedida por el Ayuntamiento correspondiente en el que se har\u00e1 constar: a) el tiempo de servicios prestados, b) el puesto de trabajo en que se prestaron; c) la disposici\u00f3n de la que resulta caracter\u00edstica el municipio que determinar\u00e1 la valoraci\u00f3n de los servicios prestados en el mismo.<\/p>\n<p>9.\u2003Entidad Local: Torrelodones.<\/p>\n<p>Puesto de trabajo: Vicesecretar\u00eda.<\/p>\n<p>Subescala\/Categor\u00eda: Secretar\u00eda\/Entrada.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: No se requieren.<\/p>\n<p>10.\u2003Entidad Local: Venturada.<\/p>\n<p>Puesto de trabajo: Vicesecretar\u00eda-Intervenci\u00f3n y Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Subescala\/Categor\u00eda: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: No se requieren.<\/p>\n<p>11.\u2003Entidad Local: Villanueva de la Ca\u00f1ada.<\/p>\n<p>Puesto de trabajo: Viceintervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Subescala\/Categor\u00eda: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda\/Entrada.<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: Atendidas las normas contenidas en el art\u00edculo\u00a034 del Real Decreto\u00a0128\/2018, de\u00a016 de marzo, por el que se aprueba el r\u00e9gimen jur\u00eddico de los funcionarios de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, as\u00ed como los requisitos de experiencia y formaci\u00f3n que se estima conveniente que re\u00fana el aspirante que finalmente acceda al puesto cuya provisi\u00f3n se convoca y las necesidades propias de este Ayuntamiento, ponderadas en funci\u00f3n de las caracter\u00edsticas del municipio y la organizaci\u00f3n del trabajo.<\/p>\n<p>Por todo ello, se establecen los siguientes m\u00e9ritos espec\u00edficos que el Tribunal tendr\u00e1 en cuenta para sus valoraciones:<\/p>\n<p>a)\u2003Experiencia: Haber prestado servicios en puestos de colaboraci\u00f3n a la Intervenci\u00f3n General o la Tesorer\u00eda de Corporaciones Locales, reservados a funcionarios con habilitaci\u00f3n estatal, de la Subescala de Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda, categor\u00eda de entrada, en municipios de la Comunidad de Madrid, con poblaci\u00f3n entre\u00a020.000 y\u00a050.000 habitantes.<\/p>\n<p>Se valorar\u00e1 a raz\u00f3n de\u00a00,04 por mes, fij\u00e1ndose la puntuaci\u00f3n m\u00e1xima para este apartado en\u00a00,50 puntos.<\/p>\n<p>(A efectos de la valoraci\u00f3n de servicios prestados, ser\u00e1n considerados aquellos de car\u00e1cter definitivo como de cualquiera de las formas de provisi\u00f3n previstas en el Real Decreto\u00a0128\/2018).<\/p>\n<p>b)\u2003Formaci\u00f3n acad\u00e9mica y cursos de perfeccionamiento:<\/p>\n<p>\u2013\u2002Tener formaci\u00f3n acad\u00e9mica de posgrado con categor\u00eda m\u00e1ster, relacionado con el contenido espec\u00edfico de puestos reservados a funcionarios habilitados de car\u00e1cter nacional: 0,50 puntos.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Haber realizado cursos espec\u00edficos en materia de subvenciones p\u00fablicas con un m\u00ednimo de\u00a050 horas lectivas: Se valorar\u00e1 con\u00a00,005 puntos por hora lectiva, hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,50 puntos.<\/p>\n<p>Puntuaci\u00f3n total m\u00e1xima por m\u00e9ritos espec\u00edficos: 1,50 puntos.<\/p>\n<p>Acreditaci\u00f3n de los m\u00e9ritos:<\/p>\n<p>\u2013\u2002Los servicios efectivos prestados se acreditar\u00e1n mediante certificado de servicios expedido por la Entidad correspondiente donde hayan sido prestados los servicios, indicando el puesto de trabajo efectivamente desempe\u00f1ado y el per\u00edodo o per\u00edodos de desempe\u00f1o efectivo de los servicios.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Los documentos acreditativos de los m\u00e9ritos espec\u00edficos a que se refieren los apartados anteriores deber\u00e1n acreditarse por los candidatos, junto con la instancia de solicitud para tomar parte en el concurso, mediante documentos originales, o mediante fotocopias acompa\u00f1ando el correspondiente original para su cotejo, o mediante fotocopias ya compulsadas por un Organismo oficial de la Administraci\u00f3n P\u00fablica.<\/p>\n<p>REGI\u00d3N DE MURCIA<\/p>\n<p><strong>(Resoluci\u00f3n de\u00a030 de marzo de\u00a02021 del Director General de Administraci\u00f3n Local de la Consejer\u00eda de Presidencia y Hacienda, por la que se da publicidad a la convocatoria y bases espec\u00edficas del concurso ordinario para la provisi\u00f3n de puestos de trabajo reservados a los funcionarios de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, convocado por Entidades Locales de la Comunidad Aut\u00f3noma de la Regi\u00f3n de Murcia, publicada en el \u00abBolet\u00edn Oficial de la Regi\u00f3n de Murcia\u00bb n\u00fam. 90, de\u00a021 de abril de\u00a02021)<\/strong><\/p>\n<p><em>Secretar\u00eda<\/em><\/p>\n<p>Clase primera<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n de la Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Yecla (Murcia).<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n oficial: 34.834 habitantes.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Secretar\u00eda de clase primera.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Superior.<\/p>\n<p>Baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos: No se establecen.<\/p>\n<p><em>Intervenci\u00f3n<\/em><\/p>\n<p>Clase primera<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n de la Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Yecla (Murcia).<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n oficial: 34.834 habitantes.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Intervenci\u00f3n de clase primera.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Superior.<\/p>\n<p>Baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos: No se establecen..<\/p>\n<p>Clase segunda<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n de la Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Santomera (Murcia).<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n oficial: 16.270 habitantes (1 enero de\u00a02020).<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Intervenci\u00f3n de clase segunda.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Entrada.<\/p>\n<p>Baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos: No se establecen.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n de la Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Bullas (Murcia).<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n oficial: 11.553 habitantes (1 enero de\u00a02020).<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Interventor General.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Entrada.<\/p>\n<p>Baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos: No se establecen.<\/p>\n<p><em>Tesorer\u00eda<\/em><\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n de la Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Yecla (Murcia).<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n oficial: 34.834 habitantes.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos: No se establecen.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n de la Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Bullas (Murcia).<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n oficial: 11.553 habitantes (1 enero de\u00a02020).<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Tesorero.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos: No se establecen.<\/p>\n<p>COMUNIDAD AUT\u00d3NOMA DE LA RIOJA<\/p>\n<p><strong>(Resoluci\u00f3n\u00a08\/2021, de\u00a018 de febrero, de la Direcci\u00f3n General de Pol\u00edtica Local, por la que se da publicidad a las convocatorias del concurso ordinario correspondiente al a\u00f1o\u00a02021, para la provisi\u00f3n de puestos de trabajo vacantes en las Corporaciones Locales de la Comunidad Aut\u00f3noma de La Rioja, reservados a funcionarios de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, publicada en el Bolet\u00edn Oficial de La Rioja n\u00fam.37, de\u00a022 de febrero de\u00a02021 y Correcci\u00f3n de errores de la Resoluci\u00f3n\u00a0812021, de\u00a018 de febrero, de la Direcci\u00f3n General de Pol\u00edtica Local, por la que se da publicidad a las convocatorias del concurso ordinario correspondiente al a\u00f1o\u00a02021, para la provisi\u00f3n de puestos de trabajo vacantes en las Corporaciones Locales de la Comunidad Aut\u00f3noma de La Rioja, reservados a funcionarios de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, publicada en el \u00abBolet\u00edn Oficial de La Rioja\u00bb n\u00fam. 38, de\u00a023 de febrero de\u00a02021)<\/strong><\/p>\n<p><em>Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n<\/em><\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Agrupaci\u00f3n de municipios de Nestares y Torrecilla en Cameros.<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a\u00a031 de diciembre de\u00a02020: superior a\u00a0500 habitantes.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Subescala y categor\u00eda del puesto: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>*M\u00e9ritos espec\u00edficos locales: No se establecen.<\/p>\n<p>*Acreditaci\u00f3n de los m\u00e9ritos: No procede.<\/p>\n<p>*M\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica: Los establecidos en el Decreto\u00a050\/1998, de\u00a031 de julio, del Gobierno de La Rioja (\u00abBolet\u00edn Oficial de La Rioja\u00bb n\u00famero\u00a093, de\u00a04 de agosto de\u00a01998).<\/p>\n<p>\u2013\u2002La convocatoria espec\u00edfica no prev\u00e9 celebraci\u00f3n de entrevista con los concursantes para la concreci\u00f3n de los m\u00e9ritos espec\u00edficos o de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica.<\/p>\n<p>Corporaci\u00f3n: Ayuntamiento de Agoncillo.<\/p>\n<p>Poblaci\u00f3n a\u00a031 de diciembre de\u00a02020: superior a\u00a01.000 habitantes.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Subescala y categor\u00eda del puesto: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>*M\u00e9ritos espec\u00edficos locales:<\/p>\n<p>A)\u2003Experiencia profesional: con un m\u00e1ximo de\u00a01.5 puntos.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Por haber prestado servicios en puestos reservados a funcionarios con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de la subescala de Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n en r\u00e9gimen de nombramiento definitivo en ayuntamientos de la Comunidad Aut\u00f3noma de La Rioja con poblaci\u00f3n de derecho superior a\u00a01000 habitantes, en los\u00a05 a\u00f1os inmediatamente anteriores a la convocatoria de concurso en el BOE. 0,2 puntos por a\u00f1o completo, con un m\u00e1ximo de\u00a01 punto.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Por haber prestado servicios en puestos no reservados a funcionarios con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional en administraciones auton\u00f3micas o provinciales, en funciones de asesoramiento o asistencia a municipios, grupo A1. 0,10 puntos por a\u00f1o, con un m\u00e1ximo de\u00a00,5 puntos.<\/p>\n<p>*Forma de acreditaci\u00f3n y valoraci\u00f3n de los m\u00e9ritos espec\u00edficos:<\/p>\n<p>Mediante la presentaci\u00f3n de certificado expedido por la entidad en que se hayan prestado los servicios, as\u00ed como nombramiento o cualquier otro documento justificativo de las funciones ejercidas.<\/p>\n<p>*M\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica: Los establecidos en el Decreto\u00a050\/1998, de\u00a031 de julio, del Gobierno de La Rioja (\u00abBolet\u00edn Oficial de La Rioja\u00bb n\u00famero\u00a093, de\u00a04 de agosto de\u00a01998).<\/p>\n<p>*La convocatoria espec\u00edfica no prev\u00e9 celebraci\u00f3n de entrevista con los concursantes para la concreci\u00f3n de los m\u00e9ritos espec\u00edficos o de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica.<\/p>\n<p>COMUNITAT VALENCIANA<\/p>\n<p><strong>(Resoluci\u00f3n de\u00a014 de mayo de\u00a02021, de la Direcci\u00f3n General de Administraci\u00f3n Local, por la cual se procede a la publicaci\u00f3n de las bases y convocatorias del concurso ordinario del a\u00f1o\u00a02021 para la provisi\u00f3n de puestos de trabajo reservados a los funcionarios de administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, publicada en el \u00abDiari Oficial de la Comunitat Valenciana\u00bb, n\u00fam. 9093, de\u00a026 de mayo de\u00a02021)<\/strong><\/p>\n<p>Ayuntamiento: Aldaia.<\/p>\n<p>Provincia: Valencia.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Viceinterventor\/a.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Situaci\u00f3n actual: vacante.<\/p>\n<p>Requisito del conocimiento del valenciano: Nivel C1.<\/p>\n<p>Ayuntamiento: Alfarp.<\/p>\n<p>Provincia: Valencia.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Subescala: secretaria-intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Requisito del conocimiento del valenciano: de conformidad con lo previsto en la relaci\u00f3n de puestos de trabajo de esta corporaci\u00f3n se establece como requisito para el acceso a esta plaza el conocimiento del valenciano en su grado C1.<\/p>\n<p>Baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos: No se establecen.<\/p>\n<p>Ayuntamiento: Algemes\u00ed.<\/p>\n<p>Provincia: Valenciana.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Secretar\u00eda de clase primera.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Superior.<\/p>\n<p>Requisito del conocimiento del valenciano: No se establece.<\/p>\n<p>Baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos:<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de los m\u00e9ritos generales de preceptiva valoraci\u00f3n establecidos por la administraci\u00f3n del Estado en el real decreto\u00a0128\/2018 de\u00a016 de marzo y de los m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica aprobados por la Generalitat en el decreto\u00a032\/2013 de\u00a08 de febrero, ser\u00e1 de se aplicar\u00e1 el siguiente baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos que podr\u00e1 llegar hasta\u00a01,5 puntos y que fueron aprobados por acuerdo plenario en sesi\u00f3n de fecha\u00a025 de febrero de\u00a02021.<\/p>\n<p>Seg\u00fan el dicho acuerdo plenario se puntuar\u00e1 con\u00a01,5 puntos estar en posesi\u00f3n de M\u00e1ster impartido por escuelas o Institutos de Administraci\u00f3n P\u00fablica o por Universidades en materia de liderazgo y direcci\u00f3n p\u00fablica de al menos\u00a060 cr\u00e9ditos *ECTS (Sistema Europeo de Transferencia y Acumulaci\u00f3n de cr\u00e9ditos)<\/p>\n<p>Ayuntamiento: Almenara.<\/p>\n<p>Provincia: Castell\u00f3n.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Secretar\u00eda Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Secretar\u00eda de clase tercera.<\/p>\n<p>Requisito del conocimiento del valenciano: No se establece.<\/p>\n<p>Baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos:<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de los m\u00e9ritos generales de preceptiva valoraci\u00f3n establecidos por la Administraci\u00f3n del Estado en el Real Decreto\u00a01732\/1994, de\u00a029 de julio, de los m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica regulados en el Decreto\u00a032\/2013, de\u00a08 de febrero, ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n el siguiente baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos que podr\u00e1 alcanzar hasta\u00a01,5 puntos y que forman parte de la relaci\u00f3n de puestos de trabajo de este ayuntamiento, o que han sido objeto de aprobaci\u00f3n por acuerdo plenario.<\/p>\n<p>Se incluyen a continuaci\u00f3n los m\u00e9ritos espec\u00edficos aprobados por este ayuntamiento en la sesi\u00f3n plenaria de fecha\u00a03 de febrero de\u00a02021:<\/p>\n<p>Estar en posesi\u00f3n o en condiciones de obtener el T\u00edtulo Universitario Oficial de M\u00e1ster (m\u00ednimo\u00a060 cr\u00e9ditos) en las \u00e1reas de Derecho, Empresa y Ciencias Pol\u00edticas que incluya la superaci\u00f3n de materias relacionadas con habilidades directivas\/nuevas tecnolog\u00edas: 1,50 puntos, equivalentes al\u00a0100 % de la puntuaci\u00f3n m\u00e1xima correspondiente a los m\u00e9ritos espec\u00edficos que puede fijar el Ayuntamiento.<\/p>\n<p>Ayuntamiento: Crevillent.<\/p>\n<p>Provincia: Alicante.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Superior.<\/p>\n<p>Requisito del conocimiento del valenciano: No se exige.<\/p>\n<p>Baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos: No se establecen.<\/p>\n<p>Ayuntamiento: Cullera.<\/p>\n<p>Provincia: Valencia.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Vice-Interventor\/a.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda\/Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: \u2013.<\/p>\n<p>Requisito del conocimiento del valenciano: no se exige.<\/p>\n<p>Baremo de m\u00e9ritos:<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de los m\u00e9ritos generales de preceptiva valoraci\u00f3n establecidos por la Administraci\u00f3n del Estado; de los m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica regulados en el Decreto\u00a032\/2013, de\u00a08 de febrero, ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n el siguiente baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos que podr\u00e1 alcanzar hasta\u00a01,5 puntos y que forman parte de la relaci\u00f3n de puestos de trabajo de este ayuntamiento, o que han sido objeto de aprobaci\u00f3n por acuerdo plenario.<\/p>\n<p>Se incluyen a continuaci\u00f3n los m\u00e9ritos espec\u00edficos aprobados por este Ayuntamiento en sesi\u00f3n plenaria de fecha\u00a023 de diciembre de 2020:<\/p>\n<p>A.\u2003Experiencia profesional (0,60 puntos).<\/p>\n<p>Por servicios prestados en municipios con un nivel de poblaci\u00f3n superior a\u00a020.000 habitantes en puestos de trabajo de Vice-Intervenci\u00f3n\/Colaborador de Intervenci\u00f3n, reservados a funcionarios con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, subescala de Secretaria-Intervenci\u00f3n, valor\u00e1ndose a raz\u00f3n de\u00a00,10 puntos por mes de servicios: m\u00e1ximo\u00a00,60 puntos. El desempe\u00f1o efectivo del puesto habr\u00e1 de serlo en virtud de alguno de los modos de provisi\u00f3n ordinarios establecidos en el R.D. 128\/2018 de\u00a016 de marzo, esto es, nombramiento definitivo obtenido por concurso, comisi\u00f3n de servicios o nombramiento provisional.<\/p>\n<p>B.\u2003Cursos de formaci\u00f3n y perfeccionamiento (0,90 puntos).<\/p>\n<p>Por estar directamente relacionados con el \u00e1mbito de funciones adscritas a la plaza de Vice-Intervenci\u00f3n\/Colab-Intervenci\u00f3n del Ayuntamiento de Cullera se valorar\u00e1n hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,90 puntos:<\/p>\n<p>\u2013\u2002Cursos en materia de Control Financiero Permanente en Peque\u00f1os y Medianos Municipios.<\/p>\n<p>La duraci\u00f3n de estos cursos no podr\u00e1 ser inferior a\u00a040 horas, valor\u00e1ndose a raz\u00f3n de\u00a00,45 puntos por curso.<\/p>\n<p>\u2013\u2002Cursos en materia de Endeudamiento de las EE. LL.<\/p>\n<p>La duraci\u00f3n de estos cursos no podr\u00e1 ser inferior a\u00a040 horas, valor\u00e1ndose a raz\u00f3n de\u00a00,45 puntos por curso.<\/p>\n<p>Ayuntamiento: L&#8217;Eliana.<\/p>\n<p>Provincia: Valencia.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Vicesecretar\u00eda.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: \u2013.<\/p>\n<p>Requisito del conocimiento del valenciano: de conformidad con lo previsto en la relaci\u00f3n de puestos de trabajo de esta corporaci\u00f3n se establece como requisito para el acceso a esta plaza el conocimiento del valenciano en su grado MITJ\u00c0.<\/p>\n<p>Baremo de m\u00e9ritos:<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de los m\u00e9ritos generales de preceptiva valoraci\u00f3n establecidos por la Administraci\u00f3n del Estado en la Orden de\u00a010 de agosto de\u00a01994; de los m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica regulados en el Decreto\u00a032\/2013, de\u00a08 de febrero, ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n el siguiente baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos que podr\u00e1 alcanzar hasta\u00a01,5 puntos y que forman parte de la relaci\u00f3n de puestos de trabajo de este ayuntamiento, o que han sido objeto de aprobaci\u00f3n por acuerdo plenario.<\/p>\n<p>Se incluyen a continuaci\u00f3n los m\u00e9ritos espec\u00edficos aprobados por este ayuntamiento en la sesi\u00f3n plenaria de fecha\u00a028 de enero de\u00a02021:<\/p>\n<p>M\u00e9ritos espec\u00edficos: (m\u00e1ximo\u00a01,50 puntos).<\/p>\n<p>1.\u2003Experiencia: 1,5 puntos.<\/p>\n<p>Haber prestado servicios en puestos de colaboraci\u00f3n con el puesto de Secretar\u00eda en Ayuntamientos cuya secretar\u00eda est\u00e9 clasificada de clase primera, desempe\u00f1ando por delegaci\u00f3n del titular de la Secretar\u00eda del Ayuntamiento las funciones reservadas en las materias de Servicios Jur\u00eddicos, Contrataci\u00f3n, Patrimonio y Responsabilidad Patrimonial.<\/p>\n<p>El m\u00e9rito se tendr\u00e1 por acreditado mediante la presentaci\u00f3n de certificaci\u00f3n expedida por quien ostente la funci\u00f3n reservada en el Ayuntamiento en el que se hayan desempe\u00f1ado dichos servicios, identificando a la persona que acredita el m\u00e9rito, el tiempo de prestaci\u00f3n de servicios, la transcripci\u00f3n literal de la resoluci\u00f3n o resoluciones de delegaci\u00f3n de funciones reservadas, as\u00ed como el tiempo de vigencia de dicha resoluci\u00f3n.<\/p>\n<p>El m\u00e9rito computar\u00e1 a raz\u00f3n de\u00a00.25 puntos por mes completo de servicios. Las fracciones computar\u00e1n proporcionalmente.<\/p>\n<p>Entidad: Mancomunidad de municipios de la Safor.<\/p>\n<p>Provincia: Valencia.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Subescala. Secretaria Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Requisito del conocimiento del valenciano: No se exige.<\/p>\n<p>Baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos:<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de los m\u00e9ritos generales de preceptiva valoraci\u00f3n establecidos en el Real Decreto\u00a01732\/1994, de\u00a029 de julio, de los m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica regulados en el Decreto\u00a032\/2013 de\u00a08 de febrero, ser\u00e1 aplicable lo siguiente baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos que podr\u00e1 llegar hasta\u00a01,5 puntos y que forman parte de la relaci\u00f3n de puestos de trabajo de esta Mancomunidad y han sido objeto de aprobaci\u00f3n por acuerdo plenario:<\/p>\n<p>Se incluyen a continuaci\u00f3n los m\u00e9ritos espec\u00edficos aprobados por esta Mancomunidad en sesi\u00f3n plenaria en fecha\u00a025 de enero de\u00a02021.<\/p>\n<p>1.\u2003Experiencia profesional\u00a01,50 puntos: En atenci\u00f3n a las peculiaridades propias de este tipo de entidad.<\/p>\n<p>Por haber desarrollado cualquier que sea la forma de provisi\u00f3n, puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, de la subescala de Secretar\u00eda Intervenci\u00f3n, en mancomunidades de municipios con una poblaci\u00f3n de derecho igual o superior a\u00a060.000 habitantes.<\/p>\n<p>Se valorar\u00e1 un m\u00e1ximo de\u00a01,50 puntos, el servicio prestado en los dichos puestos de trabajo computado de fecha a fecha, en atenci\u00f3n en la siguiente escala:<\/p>\n<p>\u2013\u2002De m\u00e1s de cuatro a\u00f1os: 1,50 puntos.<\/p>\n<p>\u2013\u2002De tres a cuatro a\u00f1os: 1 punto..<\/p>\n<p>No se valorar\u00e1n los servicios prestados de menos de tres a\u00f1os en los lugares mencionados anteriormente y que no re\u00fanan las caracter\u00edsticas se\u00f1aladas.<\/p>\n<p>Este m\u00e9rito se acreditar\u00e1 mediante certificado de servicios, original o copia aut\u00e9ntica, prestados expedido por el \u00f3rgano competente o entidad local correspondiente.<\/p>\n<p>Ayuntamiento: Muro de Alcoy.<\/p>\n<p>Provincia: Alicante.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: \u2013.<\/p>\n<p>Requisito del conocimiento del valenciano: No se exige.<\/p>\n<p>Baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos: No se establecen.<\/p>\n<p>Ayuntamiento: Muro de Alcoy.<\/p>\n<p>Provincia: Alicante.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Entrada.<\/p>\n<p>Requisito del conocimiento del valenciano: No se exige.<\/p>\n<p>Baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos: No se establecen.<\/p>\n<p>Ayuntamiento: Petrer.<\/p>\n<p>Provincia: Alicante.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Tesorero\/a.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Requisito del conocimiento del valenciano: No se exige.<\/p>\n<p>Baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos: No se establecen.<\/p>\n<p>Ayuntamiento: Ribesalbes.<\/p>\n<p>Provincia: Castell\u00f3n.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Requisito del conocimiento del valenciano: No se exige.<\/p>\n<p>Baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos:<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de los m\u00e9ritos generales de preceptiva valoraci\u00f3n establecidos por la Administraci\u00f3n del Estado en el Real Decreto\u00a01732\/1994, de\u00a029 de julio, de los m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica regulados en el Decreto\u00a032\/2013, de\u00a08 de febrero, ser\u00e1 aplicable lo siguiente baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos que han sido objeto de aprobaci\u00f3n por acuerdo plenario de fecha\u00a014 de abril de\u00a02021.<\/p>\n<p>1.\u2003Antig\u00fcedad y experiencia. Se valorar\u00e1 hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,4 puntos.<\/p>\n<p>a)\u2003Por haber trabajado en la administraci\u00f3n p\u00fablica, mediante una relaci\u00f3n administrativa de naturaleza definitiva o temporal a raz\u00f3n de\u00a00,05 puntos, por cada a\u00f1o completo de servicio activo en el subgrupo A1.<\/p>\n<p>Deber\u00e1 acreditarse mediante certificado de servicios prestados, expedido por las unidades de personal correspondiente.<\/p>\n<p>A este respecto no se tendr\u00e1n en cuenta las fracciones de tiempo inferiores a un a\u00f1o completo.<\/p>\n<p>2.\u2003Titulaciones acad\u00e9micas oficiales. La puntuaci\u00f3n m\u00e1xima que se podr\u00e1 obtener en este apartado ser\u00e1 de\u00a00,4 puntos.<\/p>\n<p>a)\u2003Por cada titulaci\u00f3n universitaria de licenciatura o grado: 0,2 puntos.<\/p>\n<p>b)\u2003Por cada titulaci\u00f3n de m\u00e1ster oficial o t\u00edtulo de doctor: 0,2 puntos.<\/p>\n<p>3.\u2003Cursos de formaci\u00f3n y perfeccionamiento. Hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,4 puntos.<\/p>\n<p>a)\u2003Gen\u00e9rica: Solo se valorar\u00e1n los cursos de formaci\u00f3n y perfeccionamiento, congresos, seminarios o jornadas t\u00e9cnicas, cuyo contenido se considere de aplicaci\u00f3n transversal a toda organizaci\u00f3n, tales como: Igualdad de g\u00e9nero, prevenci\u00f3n de riesgos laborales, participaci\u00f3n ciudadana, recursos humanos, protecci\u00f3n de datos, procedimientos administrativo y contrataci\u00f3n, recibidos o impartidos, que hayan sido convocados, gestionados, u homologados por el Instituto Valenciano de Administraci\u00f3n P\u00fablica, por centros de formaci\u00f3n de personal del empleado p\u00fablico o por las organizaciones sindicales y otros promotores dentro del marco de los acuerdos de formaci\u00f3n para el empleo de las Administraciones P\u00fablicas, vigentes en el momento de su realizaci\u00f3n, o por las distintas universidades, hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,4 puntos.<\/p>\n<p>1.\u2003De\u00a0100 o m\u00e1s horas: 0,2 puntos.<\/p>\n<p>2.\u2003De\u00a075 o m\u00e1s horas: 0,1 puntos<\/p>\n<p>3.\u2003De\u00a050 o m\u00e1s horas: 0,05 puntos<\/p>\n<p>4.\u2003De\u00a025 o m\u00e1s horas: 0,05 puntos.<\/p>\n<p>En ning\u00fan caso se puntuar\u00e1n en los presentes subapartados los cursos de valenciano y de idiomas, por los que se haya obtenido el nivel del idioma que se acredita en el apartado siguiente, ni los cursos pertenecientes a una carrera universitaria, cursos de doctorado y los de los diferencies institutos de las universidades cuando forman parte del plan de estudios del centro, ni los cursos derivados de procesos selectivos, promoci\u00f3n interna, plantes de empleo y adaptaci\u00f3n al r\u00e9gimen jur\u00eddico y a la naturaleza de los puestos que se ocupan.<\/p>\n<p>4.\u2003Conocimiento de lenguas cooficial y lenguas comunitarias. La puntuaci\u00f3n m\u00e1xima a obtener en el presente apartado ser\u00e1 de: 0,3 puntos.<\/p>\n<p>El conocimiento del valenciano se valorar\u00e1 hasta un m\u00e1ximo de\u00a00,3 puntos previa la acreditaci\u00f3n de estar en posesi\u00f3n del correspondiente certificado de la Junta Cualificadora de Coneiximents del Valenci\u00e0, escuelas oficiales de idiomas, universidades, ministerios o cualquier organismo acreditado, con arreglo a la siguiente escala.<\/p>\n<p>a)\u2003Nivel A2: 0,05 puntos.<\/p>\n<p>b)\u2003Nivel B1: 0,10 puntos.<\/p>\n<p>c)\u2003Nivel B2: 0,15 puntos.<\/p>\n<p>d)\u2003Nivel C1: 0,20 puntos.<\/p>\n<p>e)\u2003Nivel C2: 0,30 puntos.<\/p>\n<p>La valoraci\u00f3n del conocimiento del valenciano, se efectuar\u00e1 puntuando, exclusivamente, el nivel m\u00e1s alto obtenido y siempre y cuando no constituya un requisito del puesto debidamente establecido en la convocatoria.<\/p>\n<p>Ayuntamiento: Simat de la Valldigna.<\/p>\n<p>Provincia: Valencia.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda-Intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Tercera.<\/p>\n<p>Requisito del conocimiento del valenciano: De conformidad con el que prev\u00e9 la relaci\u00f3n de puestos de trabajo de esta corporaci\u00f3n se establece como requisito para el acceso a esta plaza el conocimiento del valenciano en su grado medio. (BOP n\u00fam. 297 de 12 de diciembre de 2005).<\/p>\n<p>Baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos:<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de los m\u00e9ritos generales de preceptiva valoraci\u00f3n establecidos por la Administraci\u00f3n del Estado en el Real Decreto\u00a01732\/1994, de\u00a029 de julio, de los m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica regulados en el Decreto\u00a032\/2013, de\u00a08 de febrero, ser\u00e1 aplicable lo siguiente baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos que podr\u00e1 llegar hasta\u00a01,5 puntos y que forman parte de la relaci\u00f3n de puestos de trabajo de este ayuntamiento que han sido objeto de aprobaci\u00f3n por acuerdo plenario de fecha\u00a025 de enero de\u00a02021.<\/p>\n<p>a)\u2003Experiencia profesional (1,50 puntos).<\/p>\n<p>Por servicios prestado en lugares reservados a funcionarios de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional de la subescala de Secretar\u00eda- Intervenci\u00f3n, en municipios con poblaci\u00f3n superior a\u00a03.000,00 habitantes que tengan la declaraci\u00f3n de municipio tur\u00edstico, valor\u00e1ndose a raz\u00f3n de\u00a00,05 puntos por mes de servicios prestados. El ejercicio efectivo del lugar tendr\u00e1 que serlo en virtud de alguna de las formas de provisi\u00f3n establecidas en el RD\u00a0128\/2018 de\u00a016 de marzo, por el cual se regula lo regimos jur\u00eddico de los funcionarios de Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional.<\/p>\n<p>Dadas las caracter\u00edsticas espec\u00edficas, y peculiaridades de la gesti\u00f3n que implica la declaraci\u00f3n de municipio tur\u00edstico, se considera necesaria la valoraci\u00f3n de la experiencia profesional en este tipo de municipios.<\/p>\n<p>Ayuntamiento: Sueca.<\/p>\n<p>Provincia: Valencia.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n\u2013Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Requisito del conocimiento del valenciano: No se exige.<\/p>\n<p>Baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos:<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de los m\u00e9ritos generales de preceptiva valoraci\u00f3n establecidos por la Administraci\u00f3n del Estado en el Real Decreto\u00a01732\/1994, de\u00a029 de julio; de los m\u00e9ritos de determinaci\u00f3n auton\u00f3mica regulados en el Decreto\u00a032\/2013, de\u00a08 de febrero, ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n el siguiente baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos que podr\u00e1 alcanzar hasta\u00a01,5 puntos y que forman parte de la relaci\u00f3n de puestos de trabajo de este ayuntamiento, o que han sido objeto de aprobaci\u00f3n por acuerdo plenario.<\/p>\n<p>Se incluyen a continuaci\u00f3n los m\u00e9ritos espec\u00edficos aprobados por este ayuntamiento en la sesi\u00f3n plenaria de fecha 4 de febrero de 2021:<\/p>\n<p>Servicios prestados como funcionario de la Administraci\u00f3n Local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional, subescala intervenci\u00f3n \u2013 tesorer\u00eda, en un ayuntamiento que en su t\u00e9rmino municipal exista Entidad Local Menor y cuente con entidad dependiente Organismo Aut\u00f3nomo.<\/p>\n<p>Se puntuar\u00e1 a raz\u00f3n de\u00a00,05 puntos\/mes trabajado, teni\u00e9ndose en cuenta solamente cada mes completo.<\/p>\n<p>Ayuntamiento: Villajoyosa.<\/p>\n<p>Provincia: Alicante.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Interventor\/a.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda..<\/p>\n<p>Categor\u00eda: Superior.<\/p>\n<p>Requisito del conocimiento del valenciano: No se exige.<\/p>\n<p>Puntuaci\u00f3n m\u00ednima: La puntuaci\u00f3n m\u00ednima que habr\u00e1 de obtenerse para la adjudicaci\u00f3n del puesto de trabajo ser\u00e1 5 puntos.<\/p>\n<p>Baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos: No se establecen m\u00e9ritos espec\u00edficos.<\/p>\n<p>Ayuntamiento: Villena.<\/p>\n<p>Provincia: Alicante.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Tesorero\/a.<\/p>\n<p>Subescala: Intervenci\u00f3n-Tesorer\u00eda.<\/p>\n<p>Categor\u00eda: -.<\/p>\n<p>Requisito del conocimiento del valenciano: No se exige.<\/p>\n<p>Baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos: No se establecen m\u00e9ritos espec\u00edficos.<\/p>\n<p>Ayuntamiento: Villena.<\/p>\n<p>Provincia: Alicante.<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n del puesto: Vicesecretario\/a interventor\/a.<\/p>\n<p>Subescala: Secretar\u00eda-intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Requisito del conocimiento del valenciano: No se exige.<\/p>\n<p>Baremo de m\u00e9ritos espec\u00edficos: No se establecen m\u00e9ritos espec\u00edficos.<\/p>\n<p><strong>ANEXO II<\/strong><\/p>\n<p><strong>Solicitud de participaci\u00f3n (1)<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Resoluci\u00f3n de 28 de mayo de 2021, de la Direcci\u00f3n General de la Funci\u00f3n P\u00fablica, por la que se publican las bases de concurso ordinario y convocatorias espec\u00edficas para la provisi\u00f3n de puestos de trabajo reservados a funcionarios de administraci\u00f3n local con habilitaci\u00f3n de car\u00e1cter nacional. 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