{"id":18013,"date":"2021-12-28T10:50:06","date_gmt":"2021-12-28T10:50:06","guid":{"rendered":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=18013"},"modified":"2026-09-30T09:22:34","modified_gmt":"2026-09-30T09:22:34","slug":"oferta-de-empleo-publico-comunidad-de-madrid-2","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=18013","title":{"rendered":"Oferta de empleo p\u00fablico COMUNIDAD DE MADRID"},"content":{"rendered":"<p><strong>D<\/strong><strong>ECRETO 241\/2021, de 22 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Oferta de Empleo P\u00fablico de la Comunidad de Madrid para el a\u00f1o 2021.<\/strong><\/p>\n<p>Estos Documentos, con los que puedan modificar o les acompa\u00f1an, se han incorporado a los contenidos ya existentes en el siguiente T\u00cdTULO publicado y a su disposici\u00f3n:<br \/>\n<a href=\"https:\/\/dappeditorial.es\/guia-legal-del-secretario-municipal\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"><img decoding=\"async\" class=\"alignnone wp-image-6252 size-full\" src=\"https:\/\/normativamunicipal.com\/wp-content\/uploads\/2020\/12\/logo-secretario-blog.png\" alt=\"\" width=\"364\" height=\"56\" srcset=\"https:\/\/normativamunicipal.com\/wp-content\/uploads\/2020\/12\/logo-secretario-blog.png 364w, https:\/\/normativamunicipal.com\/wp-content\/uploads\/2020\/12\/logo-secretario-blog-300x46.png 300w\" sizes=\"(max-width: 364px) 100vw, 364px\" \/><\/a><\/p>\n<p><!--more-->Para el ejercicio 2021, mediante Decreto 122\/2020, de 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno, se establecieron los criterios de aplicaci\u00f3n de la pr\u00f3rroga autom\u00e1tica de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2019 hasta la entrada en vigor de los Presupuestos Generales para 2021, tal y como establece el art\u00edculo 51 de la Ley 9\/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid. En la disposici\u00f3n adicional \u00fanica del citado Decreto 122\/2020, de 29 de diciembre, se indica que durante el per\u00edodo de pr\u00f3rroga continuar\u00e1 en vigor el texto articulado de la Ley 9\/2018, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Madrid para 2019, con las adecuaciones temporales correspondientes y con las excepciones derivadas de su adaptaci\u00f3n a lo establecido en normas legales.<\/p>\n<p>Por tanto, con la aprobaci\u00f3n del Decreto 122\/2020, de 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno se mantiene vigente el articulado de la Ley 9\/2018, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el a\u00f1o 2019. La normativa citada, junto a lo establecido en el art\u00edculo 18 de la Ley 1\/1986, de 10 de abril, de la Funci\u00f3n P\u00fablica de la Comunidad de Madrid, en concordancia con lo dispuesto en el art\u00edculo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto B\u00e1sico del Empleado P\u00fablico, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5\/2015, de 30 de octubre, se configuran como t\u00edtulo habilitante para la publicaci\u00f3n de la presente Oferta de Empleo P\u00fablico.<\/p>\n<p>El art\u00edculo 19 de la Ley 11\/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el a\u00f1o 2021, bajo la r\u00fabrica Oferta de Empleo P\u00fablico, contratos y nombramientos temporales del personal del sector p\u00fablico establece en su apartado uno.1 que la incorporaci\u00f3n de personal de nuevo ingreso se sujetar\u00e1 a una tasa de reposici\u00f3n de efectivos del 110 por 100 en los sectores prioritarios y del 100 por 100 en los dem\u00e1s sectores, recogiendo su apartado uno.3 del precitado art\u00edculo los sectores considerados prioritarios a efectos de aplicaci\u00f3n de la mencionada tasa, teniendo car\u00e1cter b\u00e1sico estos apartados y resultando, por tanto, de aplicaci\u00f3n a la totalidad de las Administraciones p\u00fablicas.<\/p>\n<p>Asimismo, en virtud de lo estipulado en el apartado tres.1 de dicho art\u00edculo 19, la tasa de reposici\u00f3n de uno o varios sectores o colectivos prioritarios se podr\u00e1 acumular en otros sectores o colectivos prioritarios e, igualmente, la tasa de reposici\u00f3n de los sectores no prioritarios podr\u00e1 acumularse en los sectores prioritarios.<\/p>\n<p>A estos efectos, el apartado uno.6 del art\u00edculo 19 de la Ley 11\/2020, de 30 de diciembre, se\u00f1ala que no computar\u00e1n para el l\u00edmite m\u00e1ximo de tasa, el personal que se incorpore en ejecuci\u00f3n de ofertas de empleo p\u00fablico de ejercicios anteriores, las plazas que se convoquen por promoci\u00f3n interna y las plazas correspondientes al personal declarado indefinido no fijo por sentencia judicial.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de lo previsto en el p\u00e1rrafo anterior, la disposici\u00f3n adicional vig\u00e9sima tercera de la Ley 11\/2020, de 30 de diciembre, establece que la tasa adicional para la estabilizaci\u00f3n de empleo temporal en los t\u00e9rminos y condiciones que regula el art\u00edculo 19.uno.6 de la Ley 3\/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el a\u00f1o 2017, incluir\u00e1 hasta el 100 por 100 de las plazas que, estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres a\u00f1os anteriores a 31 de diciembre de 2016.<\/p>\n<p>En este sentido, el art\u00edculo 2 del Real Decreto-Ley 14\/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducci\u00f3n de la temporalidad en el empleo p\u00fablico recoge que adicionalmente a lo establecido en los art\u00edculos 19.uno.6 de la Ley 3\/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el a\u00f1o 2017, y 19.uno.9 de la Ley 6\/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el a\u00f1o 2018, se autoriza una tasa adicional para la estabilizaci\u00f3n de empleo temporal que incluir\u00e1 las plazas de naturaleza estructural que, est\u00e9n o no dentro de las relaciones de puestos de trabajo, plantillas u otra forma de organizaci\u00f3n de recursos humanos que est\u00e9n contempladas en las distintas Administraciones P\u00fablicas y estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres a\u00f1os anteriores a 31 de diciembre de 2020, debiendo las ofertas de empleo que articulen estos procesos de estabilizaci\u00f3n aprobarse y publicarse en los respectivos diarios oficiales antes de 31 de diciembre de 2021 y la convocatoria de los correspondientes procesos selectivos producirse antes del 31 de diciembre de 2022, quedando resueltos estos a 31 de diciembre de 2024, todo ello con el objetivo de que la tasa de cobertura temporal se sit\u00fae por debajo del ocho por 100 de las plazas estructurales.<\/p>\n<p>Por otro lado, la disposici\u00f3n adicional novena del Acuerdo Sectorial sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de Administraci\u00f3n y Servicios de la Administraci\u00f3n de la Comunidad de Madrid (2021-2024), con el objeto de potenciar los procesos de promoci\u00f3n interna, en cuanto mecanismo esencial de la carrera administrativa e instrumento de mejora en la cualificaci\u00f3n profesional, ha establecido la inclusi\u00f3n de 150 plazas correspondientes a Cuerpos y Escalas de Administraci\u00f3n General en la Oferta de Empleo P\u00fablico para el a\u00f1o 2021, negoci\u00e1ndose la distribuci\u00f3n de estas plazas entre los diferentes Cuerpos y Escalas en el proceso de elaboraci\u00f3n de la oferta de empleo.<\/p>\n<p>El Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Administraci\u00f3n de la Comunidad de Madrid (2021-2024) ha dispuesto, en su art\u00edculo 84, relativo a los criterios generales de la promoci\u00f3n interna, que en la Oferta de Empleo P\u00fablico anual se establecer\u00e1 el n\u00famero de plazas asignadas a la promoci\u00f3n interna, aprob\u00e1ndose las convocatorias de los procesos selectivos de dichas plazas de manera independiente respecto de las de turno libre de esa misma categor\u00eda profesional, \u00e1rea de actividad y, en su caso, Especialidad, incluy\u00e9ndose a tal efecto en la presente oferta 150 plazas.<\/p>\n<p>Finalmente, como cada a\u00f1o, la Comunidad de Madrid prosigue su tarea de incorporaci\u00f3n de personas con discapacidad, potenciando su participaci\u00f3n al hacer una reserva de, al menos, el 7 por 100 del total de las plazas ofertadas en aquellos Cuerpos y categor\u00edas en que dicha posibilidad tenga cabida y, en aplicaci\u00f3n de lo recogido en el Acuerdo Sectorial sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de Administraci\u00f3n y Servicios de la Administraci\u00f3n de la Comunidad de Madrid y en el Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Administraci\u00f3n de la Comunidad de Madrid y del, se ha procedido a reservar, dentro de las plazas asignadas a promoci\u00f3n interna, un 10 por 100 para personas con discapacidad legalmente reconocida, siempre que tenga cabida por la naturaleza de las funciones a desarrollar y el n\u00famero de plazas resultante de la aplicaci\u00f3n de dicho porcentaje as\u00ed lo posibilite.<\/p>\n<p>Este Decreto se ha negociado en la Mesa General de Negociaci\u00f3n de los Empleados P\u00fablicos de la Administraci\u00f3n de la Comunidad de Madrid, en la reuni\u00f3n mantenida el d\u00eda 10 de diciembre de 2021, con el voto favorable de las organizaciones sindicales CC OO Sector de la Administraci\u00f3n Auton\u00f3mica Fsc-M, FeSP UGT Madrid y CSIF U. A. MADRID.<\/p>\n<p>En virtud de lo expuesto, a propuesta del Consejero de Econom\u00eda, Hacienda y Empleo, y previa deliberaci\u00f3n del Consejo de Gobierno en su reuni\u00f3n del d\u00eda 22 de diciembre de 2021,<\/p>\n<p>DISPONGO<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1<\/p>\n<p>Aprobaci\u00f3n de la Oferta de Empleo P\u00fablico<\/p>\n<p>En cumplimiento de lo dispuesto en el art\u00edculo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto B\u00e1sico del Empleado P\u00fablico, aprobado por el Real Decreto legislativo 5\/2015, de 30 de octubre, en los art\u00edculos 7 y 18 de la Ley 1\/1986, de 10 de abril, de la Funci\u00f3n P\u00fablica de la Comunidad de Madrid, y en el art\u00edculo 22 de la Ley 9\/2018, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el a\u00f1o 2019, prorrogada para el a\u00f1o 2021 por Decreto 122\/2020, de 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno, se aprueba la Oferta de Empleo P\u00fablico Regional para esta anualidad en los t\u00e9rminos que se establecen en el presente Decreto.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2<\/p>\n<p>Cuantificaci\u00f3n de la Oferta de Empleo P\u00fablico<\/p>\n<ol>\n<li>De conformidad con los l\u00edmites y requisitos establecidos para la tasa de reposici\u00f3n de efectivos en el art\u00edculo 19 de la Ley 11\/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el a\u00f1o 2021, las plazas de la Administraci\u00f3n de la Comunidad de Madrid, de sus organismos aut\u00f3nomos y dem\u00e1s entes p\u00fablicos, que se encuentran vacantes y dotadas presupuestariamente y cuya provisi\u00f3n se considera inaplazable o afecta al funcionamiento de los servicios p\u00fablicos esenciales, correspondientes a plazas de personal funcionario, personal laboral, personal estatutario de instituciones sanitarias y personal funcionario docente de ense\u00f1anzas no universitarias, se incluyen en el Anexo I.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Respecto del personal laboral, la singularizaci\u00f3n de las categor\u00edas profesionales y, en su caso, Especialidades, se efectuar\u00e1 en las correspondientes convocatorias de pruebas selectivas.<\/p>\n<p>En virtud del art\u00edculo 19 uno.1 de la Ley 11\/2020, de 30 de diciembre, se ha aplicado una tasa de reposici\u00f3n de efectivos del 110 por 100 en todos los sectores considerados prioritarios en los t\u00e9rminos recogidos en el apartado uno.3 del precitado art\u00edculo 19, determin\u00e1ndose el n\u00famero de plazas de cada Especialidad en la respectiva convocatoria.<\/p>\n<ol start=\"2\">\n<li>Las plazas destinadas a la promoci\u00f3n interna del personal funcionario y laboral, se incluyen en el Anexo II. Dichas plazas no computan dentro del l\u00edmite m\u00e1ximo de plazas derivado de la tasa de reposici\u00f3n de efectivos.<\/li>\n<li>Las plazas del personal laboral indefinido no fijo mediante sentencia judicial firme, as\u00ed como las correspondientes a la tasa adicional para la estabilizaci\u00f3n de empleo temporal establecida en el art\u00edculo 2 del Real Decreto-Ley 14\/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducci\u00f3n de la temporalidad en el empleo p\u00fablico, del personal funcionario y laboral se relacionan en el Anexo III.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Art\u00edculo 3<\/p>\n<p>Promoci\u00f3n interna<\/p>\n<ol>\n<li>Las convocatorias de procesos selectivos de promoci\u00f3n interna de las plazas de personal funcionario de administraci\u00f3n y servicios, incorporadas en el Anexo II de este Decreto, se realizar\u00e1n de forma independiente de los procesos selectivos para el acceso por el turno libre.<\/li>\n<li>De conformidad con lo dispuesto en el art\u00edculo 84 del Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Administraci\u00f3n de la Comunidad de Madrid (2021-2024), se incorporan 150 plazas para la promoci\u00f3n interna del personal laboral fijo. Su distribuci\u00f3n entre las distintas categor\u00edas profesionales y, en su caso, Especialidades, se negociar\u00e1 en la comisi\u00f3n paritaria. Dicha promoci\u00f3n se efectuar\u00e1 sobre las plazas que queden desiertas por no haber sido solicitadas o vacantes como consecuencia de haber obtenido su ocupante un puesto de trabajo en el primer concurso de traslados en el que se incluyan plazas de dichas categor\u00edas.<\/li>\n<li>Los procesos selectivos de promoci\u00f3n interna, tanto de personal laboral, como de personal funcionario, se regir\u00e1n por los criterios generales negociados en el seno de la Comisi\u00f3n de Seguimiento del Acuerdo Sectorial sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de Administraci\u00f3n y Servicios de la Administraci\u00f3n de la Comunidad de Madrid y en la Comisi\u00f3n Paritaria de vigilancia, control, interpretaci\u00f3n y desarrollo del Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Administraci\u00f3n de la Comunidad de Madrid y acordados en la reuni\u00f3n de estos \u00f3rganos colegiados de fecha 11 de febrero de 2021.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Art\u00edculo 4<\/p>\n<p>Estabilizaci\u00f3n del empleo temporal<\/p>\n<ol>\n<li>Los procesos selectivos de estabilizaci\u00f3n de empleo temporal de las plazas que constan en el Anexo III, tendr\u00e1n car\u00e1cter abierto y garantizar\u00e1n la libre concurrencia, rigi\u00e9ndose por los principios de igualdad, m\u00e9rito, capacidad y publicidad.<\/li>\n<li>Las convocatorias de procesos selectivos de estabilizaci\u00f3n de empleo temporal se realizar\u00e1n de forma diferenciada de las convocatorias de procesos selectivos para el acceso a las plazas correspondientes a la tasa de reposici\u00f3n ordinaria incluidas en el presente Decreto de Oferta de Empleo P\u00fablico, salvo las de personal funcionario de los Cuerpos de Administraci\u00f3n General, Grupo A, Subgrupo A1 y las de personal funcionario de cualquier Cuerpo, Escala y Especialidad de Administraci\u00f3n General y Administraci\u00f3n Especial y de personal laboral de cualquier categor\u00eda y Especialidad en las que se oferte un n\u00famero de plazas inferior a 5, que ser\u00e1n convocados de forma conjunta con los correspondientes a la tasa de reposici\u00f3n ordinaria en el turno de acceso libre y de acuerdo con las condiciones fijadas para \u00e9stos, tal y como se establece en el apartado primero.3 de la Orden 1021\/2021, de 27 de abril, de la Consejer\u00eda de Hacienda y Funci\u00f3n P\u00fablica, por la que se establecen los criterios generales que han de regir las convocatorias del proceso extraordinario de estabilizaci\u00f3n de empleo temporal del personal funcionario de administraci\u00f3n y servicios de la Comunidad de Madrid y del personal laboral al servicio de la Administraci\u00f3n de la Comunidad de Madrid (BOLET\u00cdN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n\u00famero 111, de 11 de mayo), que incorpora los criterios generales negociados en el seno de la comisi\u00f3n de seguimiento del acuerdo sectorial para el personal funcionario de la Comunidad de Madrid y en la comisi\u00f3n paritaria de vigilancia, control, interpretaci\u00f3n y desarrollo del convenio colectivo para el personal laboral de la Comunidad de Madrid y acordados en fecha 11 de febrero de 2021.<\/li>\n<\/ol>\n<p>En todo caso, estas plazas ser\u00e1n convocadas exclusivamente por el turno de acceso libre, de acuerdo con los principios de igualdad, m\u00e9rito, capacidad y publicidad, sin que puedan tener ning\u00fan tipo de car\u00e1cter restringido, sin perjuicio de la reserva de plazas al cupo de discapacidad, ni incluirse en procesos de promoci\u00f3n interna.<\/p>\n<p>En dichas convocatorias, deber\u00e1 indicarse expresamente que las plazas ofertadas se convocan por el proceso de estabilizaci\u00f3n de empleo temporal.<\/p>\n<ol start=\"3\">\n<li>Por las correspondientes unidades de personal se proceder\u00e1 a comunicar al personal funcionario y laboral que ocupe una plaza incluida en el Anexo III de este Decreto, que la misma ha sido incorporada a los procesos selectivos de estabilizaci\u00f3n de empleo temporal correspondientes al ejercicio 2021.<\/li>\n<li>Los criterios generales que han de regular estos procesos selectivos se encuentran recogidos en la Orden 1021\/2021, de 27 de abril, de la entonces Consejer\u00eda de Hacienda y Funci\u00f3n P\u00fablica, por la que se establecen los criterios generales que han de regir las convocatorias del proceso extraordinario de estabilizaci\u00f3n de empleo temporal del personal funcionario de administraci\u00f3n y servicios de la Comunidad de Madrid y del personal laboral al servicio de la Administraci\u00f3n de la Comunidad de Madrid y que han sido objeto de negociaci\u00f3n previa en sus respectivos \u00e1mbitos.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Art\u00edculo 5<\/p>\n<p>Estabilizaci\u00f3n cruzada<\/p>\n<ol>\n<li>Los procesos selectivos de estabilizaci\u00f3n de empleo temporal de aquellas plazas de personal laboral al servicio de la Administraci\u00f3n de la Comunidad de Madrid incluidas en Anexo III del presente Decreto que, por la naturaleza de sus funciones deban de ser reservadas para su desempe\u00f1o por personal funcionario, se convocar\u00e1n para su acceso a la condici\u00f3n de personal funcionario de carrera, en los Cuerpos, Escalas, y, en su caso, Especialidades, que correspondan.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Las plazas incluidas en dichas convocatorias se encuentran relacionadas en el correspondiente apartado del Anexo III de este Decreto.<\/p>\n<ol start=\"2\">\n<li>En estos procesos selectivos, entre otros m\u00e9ritos, se valorar\u00e1 con la misma puntuaci\u00f3n en el Cuerpo o Escala objeto de estabilizaci\u00f3n para la adquisici\u00f3n de la condici\u00f3n de personal funcionario, el tiempo de servicios prestados tanto como personal laboral temporal o como funcionario interino, en la categor\u00eda profesional, Cuerpo o Escala objeto de estabilizaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Art\u00edculo 6<\/p>\n<p>Promoci\u00f3n interna espec\u00edfica<\/p>\n<ol>\n<li>Una vez aprobado el cat\u00e1logo definitivo de puestos susceptibles de funcionarizaci\u00f3n, mediante Orden 196\/2021, de 26 de julio, de la Consejer\u00eda de Econom\u00eda, Hacienda y Empleo, se proceder\u00e1 a la convocatoria de los correspondientes procesos selectivos de promoci\u00f3n interna espec\u00edfica al amparo de lo estipulado en la disposici\u00f3n transitoria segunda del texto refundido de la Ley del Estatuto B\u00e1sico del Empleado P\u00fablico, aprobado por el Real Decreto legislativo 5\/2015, de 30 de octubre, cuyas plazas se encuentran incluidas en el Anexo IV de este Decreto.<\/li>\n<li>Los procesos selectivos derivados de lo recogido en el apartado 1 de este art\u00edculo, se convocar\u00e1n de acuerdo con lo establecido en la disposici\u00f3n transitoria segunda del texto refundido de la Ley del Estatuto B\u00e1sico del Empleado P\u00fablico, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5\/2015, de 30 de octubre, en la disposici\u00f3n adicional octava del Acuerdo Sectorial sobre trabajo del personal funcionario de Administraci\u00f3n y Servicios de la Administraci\u00f3n de la Comunidad de Madrid (2021-2024), y en el Decreto 149\/2002, de 29 de agosto, por el que se regula el procedimiento para la adquisici\u00f3n de la condici\u00f3n de funcionario por el personal laboral al servicio de la Administraci\u00f3n de la Comunidad de Madrid.<\/li>\n<li>Los criterios generales que han de regir estos procesos selectivos han sido negociados en el seno de la Comisi\u00f3n de Seguimiento del Acuerdo Sectorial sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de Administraci\u00f3n y Servicios de la Administraci\u00f3n de la Comunidad de Madrid y en la Comisi\u00f3n Paritaria de vigilancia, control, interpretaci\u00f3n y desarrollo del Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Administraci\u00f3n de la Comunidad de Madrid, quedando plasmados en sendos acuerdos de fecha 11 de febrero de 2021.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Art\u00edculo 7<\/p>\n<p>Personas con discapacidad<\/p>\n<ol>\n<li>Las convocatorias de procesos selectivos no establecer\u00e1n exclusiones por limitaciones ps\u00edquicas y\/o f\u00edsicas, sin perjuicio de las incompatibilidades con el desempe\u00f1o de las tareas o funciones correspondientes, y se ajustar\u00e1n, en todo caso, a la normativa vigente en el momento de publicarse aquellas.<\/li>\n<li>Del total de plazas ofertadas, y sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado primero del presente art\u00edculo, se reservar\u00e1 al menos un 7 por 100 para ser cubiertas por personas con discapacidad, teniendo dicha consideraci\u00f3n a estos efectos las definidas en el art\u00edculo 4.2 del Real Decreto Legislativo 1\/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusi\u00f3n social.<\/li>\n<li>En los procesos selectivos de promoci\u00f3n interna de plazas de personal funcionario de administraci\u00f3n y servicios de la Comunidad de Madrid y de personal laboral al servicio de la Administraci\u00f3n de la Comunidad de Madrid, se reservar\u00e1n un 10 por 100 de las plazas para el cupo de personas con discapacidad.<\/li>\n<li>Dentro de las plazas para el cupo de discapacidad, podr\u00e1 reservarse un porcentaje no inferior al 30 por 100 de estas para efectuar convocatorias espec\u00edficas e independientes de las del turno libre y del cupo de discapacidad de dicho turno, destinadas a personas con discapacidad intelectual legalmente reconocida.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Los procesos selectivos para el acceso a las plazas reservadas para personas con discapacidad intelectual se desarrollar\u00e1n y ejecutar\u00e1n de forma independiente del resto de las plazas del Cuerpo, Escala, Especialidad o categor\u00eda correspondiente.<\/p>\n<ol start=\"5\">\n<li>En los anexos de este Decreto, se recoge la reserva de plazas en aquellos Cuerpos, Escalas y Especialidades de personal funcionario cuyas actividades o funciones se consideran compatibles con la existencia de una discapacidad.<\/li>\n<li>La distribuci\u00f3n de la reserva de plazas para personas con discapacidad, del personal funcionario docente no universitario, del personal estatutario de instituciones sanitarias y de personal laboral, incluidas en el Anexo I, se realizar\u00e1 en las correspondientes convocatorias de los procesos selectivos.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Art\u00edculo 8<\/p>\n<p>Tribunales de selecci\u00f3n<\/p>\n<p>Ante demoras injustificadas en el desarrollo de un proceso selectivo, los titulares de la Direcci\u00f3n General de Funci\u00f3n P\u00fablica de la Consejer\u00eda de Econom\u00eda, Hacienda y Empleo, de la Direcci\u00f3n General de Recursos Humanos de la Consejer\u00eda de Educaci\u00f3n, Universidades, Ciencia y Portavoc\u00eda, de la Direcci\u00f3n General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrile\u00f1o de Salud y del \u00f3rgano correspondiente del Ente P\u00fablico Agencia para la Administraci\u00f3n Digital de la Comunidad de Madrid, cada uno dentro del \u00e1mbito respectivo de sus competencias, previa ponderaci\u00f3n de la situaci\u00f3n existente y de los perjuicios derivados de la misma, podr\u00e1n adoptar las medidas que consideren precisas dentro del marco normativo vigente, pudiendo nombrar un nuevo tribunal en sustituci\u00f3n del anterior, conforme al procedimiento establecido, procediendo a informar en este caso a las respectivas organizaciones sindicales.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9<\/p>\n<p>Agilizaci\u00f3n de procesos selectivos<\/p>\n<ol>\n<li>Los \u00f3rganos convocantes podr\u00e1n, dentro del \u00e1mbito de sus competencias, refundir dos o m\u00e1s convocatorias en una sola, a efectos de la agilizaci\u00f3n de los procesos selectivos.<\/li>\n<li>Asimismo, y por razones de eficacia y eficiencia en la gesti\u00f3n de las plazas que se ofertan en este Decreto, estas podr\u00e1n acumularse a las plazas de convocatorias de procesos selectivos correspondientes a ofertas anteriores o que se aprueben con posterioridad.<\/li>\n<li>Las plazas de personal laboral al servicio de la Administraci\u00f3n de la Comunidad de Madrid que se relacionan en el Anexo III, podr\u00e1n acumularse a las plazas incluidas en el Anexo III del Decreto 123\/2020, de 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Oferta de Empleo P\u00fablico de la Comunidad de Madrid para el a\u00f1o 2020 y en el Decreto 15\/2019, de 26 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Oferta de Empleo P\u00fablico de la Comunidad de Madrid para el a\u00f1o 2019, en una \u00fanica convocatoria de proceso selectivo, para cada categor\u00eda profesional, \u00e1rea de actividad y, en su caso, Especialidad de actividad de personal laboral.<\/li>\n<li>Por parte de los \u00f3rganos competentes para convocar y gestionar los correspondientes procesos selectivos se adoptar\u00e1n las medidas necesarias para garantizar su celeridad, a cuyo efecto se podr\u00e1n dictar instrucciones para la gesti\u00f3n de dichos procesos y la actuaci\u00f3n de los \u00f3rganos de selecci\u00f3n orientadas a la consecuci\u00f3n de este fin.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Art\u00edculo 10<\/p>\n<p>Ejecuci\u00f3n de la oferta<\/p>\n<p>La convocatoria de las plazas objeto de esta Oferta de Empleo P\u00fablico deber\u00e1 publicarse en el correspondiente BOLET\u00cdN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID dentro del plazo improrrogable de tres a\u00f1os a contar desde la fecha de publicaci\u00f3n de la presente Oferta de Empleo P\u00fablico.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11<\/p>\n<p>Utilizaci\u00f3n de medios electr\u00f3nicos e informaci\u00f3n de los procesos selectivos<\/p>\n<ol>\n<li>Las personas que participen en los procesos selectivos estar\u00e1n obligadas a relacionarse con la Administraci\u00f3n telem\u00e1ticamente en todas las fases del correspondiente procedimiento, desde la presentaci\u00f3n de solicitudes hasta la elecci\u00f3n de destinos, incluidos, en su caso, las reclamaciones y los recursos administrativos que pudieran interponer, tal y como establece el art\u00edculo 5 del Decreto 188\/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligaci\u00f3n de relacionarse por medios electr\u00f3nicos con la Administraci\u00f3n de la Comunidad de Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivo.<\/li>\n<li>Con el objeto de lograr su mayor difusi\u00f3n posible, la informaci\u00f3n relativa a las convocatorias y sus bases, as\u00ed como el desarrollo de los procesos selectivos que se derive de la presente Oferta de Empleo P\u00fablico, se encontrar\u00e1 disponible a trav\u00e9s del siguiente enlace:\u00a0<a href=\"http:\/\/www.comunidad.madrid\/servicios\/empleo\/empleo-publico\">http:\/\/www.comunidad.madrid\/servicios\/empleo\/empleo-publico<\/a><\/li>\n<\/ol>\n<p>DISPOSICI\u00d3N ADICIONAL \u00daNICA<\/p>\n<p>Necesidad de dotaci\u00f3n previa a la cobertura<\/p>\n<p>Las plazas incluidas en el presente Decreto habr\u00e1n de encontrarse dotadas presupuestariamente en el momento en que haya de tener lugar el nombramiento o contrataci\u00f3n, seg\u00fan corresponda en cada caso, del personal funcionario de carrera, personal laboral fijo, personal funcionario docente de ense\u00f1anzas no universitarias, personal estatutario de instituciones sanitarias, personal laboral de investigaci\u00f3n, personal laboral del Hospital Universitario Fundaci\u00f3n de Alcorc\u00f3n y personal laboral del Ente P\u00fablico Agencia para la Administraci\u00f3n Digital de la Comunidad de Madrid, que pudiera derivarse de los procesos selectivos convocados para la cobertura de dichas plazas. A tal efecto, \u00fanicamente con car\u00e1cter previo a la incorporaci\u00f3n del citado personal, habr\u00e1 de reservarse el cr\u00e9dito necesario para garantizar el ingreso de estos efectivos.<\/p>\n<p>DISPOSICI\u00d3N FINAL \u00daNICA<\/p>\n<p>Entrada en vigor<\/p>\n<p>El presente Decreto entrar\u00e1 en vigor el d\u00eda siguiente al de su publicaci\u00f3n en el BOLET\u00cdN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.<\/p>\n<p>Dado en Madrid, a 22 de diciembre de 2021.<\/p>\n<p>El Consejero de Econom\u00eda, Hacienda y Empleo, JAVIER FERN\u00c1NDEZ-LASQUETTY Y BLANC<\/p>\n<p>La Presidenta, ISABEL D\u00cdAZ AYUSO<\/p>\n<p><strong>Para consultar los ANEXOS a esta norma:<\/strong><\/p>\n<p>Estos Documentos, con los que puedan modificar o les acompa\u00f1an, se han incorporado a los contenidos ya existentes en el siguiente T\u00cdTULO publicado y a su disposici\u00f3n:<br \/>\n<a href=\"https:\/\/dappeditorial.es\/guia-legal-del-secretario-municipal\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"><img decoding=\"async\" class=\"alignnone wp-image-6252 size-full\" src=\"https:\/\/normativamunicipal.com\/wp-content\/uploads\/2020\/12\/logo-secretario-blog.png\" alt=\"\" width=\"364\" height=\"56\" srcset=\"https:\/\/normativamunicipal.com\/wp-content\/uploads\/2020\/12\/logo-secretario-blog.png 364w, https:\/\/normativamunicipal.com\/wp-content\/uploads\/2020\/12\/logo-secretario-blog-300x46.png 300w\" sizes=\"(max-width: 364px) 100vw, 364px\" \/><\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 241\/2021, de 22 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Oferta de Empleo P\u00fablico de la Comunidad de Madrid para el a\u00f1o 2021. Estos Documentos, con los que puedan modificar o les acompa\u00f1an, se han incorporado a los contenidos ya existentes en el siguiente T\u00cdTULO publicado y a su disposici\u00f3n:<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[4,2923,2816],"tags":[3362],"class_list":["post-18013","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-novedades-normativas","category-personal-publico","category-policia-local","tag-oferta-de-empleo-publico-comunidad-de-madrid"],"acf":[],"yoast_head":"<!-- This site is optimized with the Yoast SEO plugin v28.6 - https:\/\/yoast.com\/product\/yoast-seo-wordpress\/ -->\n<title>Oferta de empleo p\u00fablico COMUNIDAD DE MADRID - Normativa Municipal<\/title>\n<meta name=\"robots\" content=\"index, follow, max-snippet:-1, max-image-preview:large, max-video-preview:-1\" \/>\n<link rel=\"canonical\" href=\"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=18013\" \/>\n<meta property=\"og:locale\" content=\"es_ES\" \/>\n<meta property=\"og:type\" content=\"article\" \/>\n<meta property=\"og:title\" content=\"Oferta de empleo p\u00fablico COMUNIDAD DE MADRID - Normativa Municipal\" \/>\n<meta property=\"og:description\" content=\"DECRETO 241\/2021, de 22 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Oferta de Empleo P\u00fablico de la Comunidad de Madrid para el a\u00f1o 2021. Estos Documentos, con los que puedan modificar o les acompa\u00f1an, se han incorporado a los contenidos ya existentes en el siguiente T\u00cdTULO publicado y a su disposici\u00f3n:\" \/>\n<meta property=\"og:url\" content=\"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=18013\" \/>\n<meta property=\"og:site_name\" content=\"Normativa Municipal\" \/>\n<meta property=\"article:published_time\" content=\"2021-12-28T10:50:06+00:00\" \/>\n<meta property=\"article:modified_time\" content=\"2026-09-30T09:22:34+00:00\" \/>\n<meta property=\"og:image\" content=\"https:\/\/normativamunicipal.com\/wp-content\/uploads\/2020\/12\/logo-secretario-blog.png\" \/>\n\t<meta property=\"og:image:width\" content=\"364\" \/>\n\t<meta property=\"og:image:height\" content=\"56\" \/>\n\t<meta property=\"og:image:type\" content=\"image\/png\" \/>\n<meta name=\"author\" content=\"DAPP Editorial\" \/>\n<meta name=\"twitter:card\" content=\"summary_large_image\" \/>\n<meta name=\"twitter:label1\" content=\"Escrito por\" \/>\n\t<meta name=\"twitter:data1\" content=\"DAPP Editorial\" \/>\n\t<meta name=\"twitter:label2\" content=\"Tiempo de lectura\" \/>\n\t<meta name=\"twitter:data2\" content=\"21 minutos\" \/>\n<script type=\"application\/ld+json\" class=\"yoast-schema-graph\">{\"@context\":\"https:\\\/\\\/schema.org\",\"@graph\":[{\"@type\":\"Article\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/?p=18013#article\",\"isPartOf\":{\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/?p=18013\"},\"author\":{\"name\":\"DAPP Editorial\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/#\\\/schema\\\/person\\\/9cfbdc1d1f03a8acfccf2b03e4df3211\"},\"headline\":\"Oferta de empleo p\u00fablico COMUNIDAD DE MADRID\",\"datePublished\":\"2021-12-28T10:50:06+00:00\",\"dateModified\":\"2026-09-30T09:22:34+00:00\",\"mainEntityOfPage\":{\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/?p=18013\"},\"wordCount\":4260,\"publisher\":{\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/#organization\"},\"image\":{\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/?p=18013#primaryimage\"},\"thumbnailUrl\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/wp-content\\\/uploads\\\/2020\\\/12\\\/logo-secretario-blog.png\",\"keywords\":[\"Oferta de empleo p\u00fablico\\\/COMUNIDAD DE MADRID\"],\"articleSection\":[\"Novedades Normativas\",\"Personal p\u00fablico\",\"Polic\u00eda local\"],\"inLanguage\":\"es\"},{\"@type\":\"WebPage\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/?p=18013\",\"url\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/?p=18013\",\"name\":\"Oferta de empleo p\u00fablico COMUNIDAD DE MADRID - Normativa Municipal\",\"isPartOf\":{\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/#website\"},\"primaryImageOfPage\":{\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/?p=18013#primaryimage\"},\"image\":{\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/?p=18013#primaryimage\"},\"thumbnailUrl\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/wp-content\\\/uploads\\\/2020\\\/12\\\/logo-secretario-blog.png\",\"datePublished\":\"2021-12-28T10:50:06+00:00\",\"dateModified\":\"2026-09-30T09:22:34+00:00\",\"breadcrumb\":{\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/?p=18013#breadcrumb\"},\"inLanguage\":\"es\",\"potentialAction\":[{\"@type\":\"ReadAction\",\"target\":[\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/?p=18013\"]}]},{\"@type\":\"ImageObject\",\"inLanguage\":\"es\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/?p=18013#primaryimage\",\"url\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/wp-content\\\/uploads\\\/2020\\\/12\\\/logo-secretario-blog.png\",\"contentUrl\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/wp-content\\\/uploads\\\/2020\\\/12\\\/logo-secretario-blog.png\",\"width\":364,\"height\":56},{\"@type\":\"BreadcrumbList\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/?p=18013#breadcrumb\",\"itemListElement\":[{\"@type\":\"ListItem\",\"position\":1,\"name\":\"Portada\",\"item\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/\"},{\"@type\":\"ListItem\",\"position\":2,\"name\":\"Oferta de empleo p\u00fablico COMUNIDAD DE MADRID\"}]},{\"@type\":\"WebSite\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/#website\",\"url\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/\",\"name\":\"Normativa Municipal\",\"description\":\"Comentarios doctrinales\",\"publisher\":{\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/#organization\"},\"potentialAction\":[{\"@type\":\"SearchAction\",\"target\":{\"@type\":\"EntryPoint\",\"urlTemplate\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/?s={search_term_string}\"},\"query-input\":{\"@type\":\"PropertyValueSpecification\",\"valueRequired\":true,\"valueName\":\"search_term_string\"}}],\"inLanguage\":\"es\"},{\"@type\":\"Organization\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/#organization\",\"name\":\"Normativa Municipal\",\"url\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/\",\"logo\":{\"@type\":\"ImageObject\",\"inLanguage\":\"es\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/#\\\/schema\\\/logo\\\/image\\\/\",\"url\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/wp-content\\\/uploads\\\/2026\\\/02\\\/logo-municipal-2-light-2.png\",\"contentUrl\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/wp-content\\\/uploads\\\/2026\\\/02\\\/logo-municipal-2-light-2.png\",\"width\":1970,\"height\":221,\"caption\":\"Normativa Municipal\"},\"image\":{\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/#\\\/schema\\\/logo\\\/image\\\/\"}},{\"@type\":\"Person\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/#\\\/schema\\\/person\\\/9cfbdc1d1f03a8acfccf2b03e4df3211\",\"name\":\"DAPP Editorial\",\"image\":{\"@type\":\"ImageObject\",\"inLanguage\":\"es\",\"@id\":\"https:\\\/\\\/secure.gravatar.com\\\/avatar\\\/dc228c6eb293dd24da0a37410afef02fceeb3d3404900d1b14baa456bc3b9748?s=96&d=mm&r=g\",\"url\":\"https:\\\/\\\/secure.gravatar.com\\\/avatar\\\/dc228c6eb293dd24da0a37410afef02fceeb3d3404900d1b14baa456bc3b9748?s=96&d=mm&r=g\",\"contentUrl\":\"https:\\\/\\\/secure.gravatar.com\\\/avatar\\\/dc228c6eb293dd24da0a37410afef02fceeb3d3404900d1b14baa456bc3b9748?s=96&d=mm&r=g\",\"caption\":\"DAPP Editorial\"},\"url\":\"https:\\\/\\\/normativamunicipal.com\\\/?author=3\"}]}<\/script>\n<!-- \/ Yoast SEO plugin. -->","yoast_head_json":{"title":"Oferta de empleo p\u00fablico COMUNIDAD DE MADRID - Normativa Municipal","robots":{"index":"index","follow":"follow","max-snippet":"max-snippet:-1","max-image-preview":"max-image-preview:large","max-video-preview":"max-video-preview:-1"},"canonical":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=18013","og_locale":"es_ES","og_type":"article","og_title":"Oferta de empleo p\u00fablico COMUNIDAD DE MADRID - Normativa Municipal","og_description":"DECRETO 241\/2021, de 22 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Oferta de Empleo P\u00fablico de la Comunidad de Madrid para el a\u00f1o 2021. Estos Documentos, con los que puedan modificar o les acompa\u00f1an, se han incorporado a los contenidos ya existentes en el siguiente T\u00cdTULO publicado y a su disposici\u00f3n:","og_url":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=18013","og_site_name":"Normativa Municipal","article_published_time":"2021-12-28T10:50:06+00:00","article_modified_time":"2026-09-30T09:22:34+00:00","og_image":[{"width":364,"height":56,"url":"https:\/\/normativamunicipal.com\/wp-content\/uploads\/2020\/12\/logo-secretario-blog.png","type":"image\/png"}],"author":"DAPP Editorial","twitter_card":"summary_large_image","twitter_misc":{"Escrito por":"DAPP Editorial","Tiempo de lectura":"21 minutos"},"schema":{"@context":"https:\/\/schema.org","@graph":[{"@type":"Article","@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=18013#article","isPartOf":{"@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=18013"},"author":{"name":"DAPP Editorial","@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/#\/schema\/person\/9cfbdc1d1f03a8acfccf2b03e4df3211"},"headline":"Oferta de empleo p\u00fablico COMUNIDAD DE MADRID","datePublished":"2021-12-28T10:50:06+00:00","dateModified":"2026-09-30T09:22:34+00:00","mainEntityOfPage":{"@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=18013"},"wordCount":4260,"publisher":{"@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/#organization"},"image":{"@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=18013#primaryimage"},"thumbnailUrl":"https:\/\/normativamunicipal.com\/wp-content\/uploads\/2020\/12\/logo-secretario-blog.png","keywords":["Oferta de empleo p\u00fablico\/COMUNIDAD DE MADRID"],"articleSection":["Novedades Normativas","Personal p\u00fablico","Polic\u00eda local"],"inLanguage":"es"},{"@type":"WebPage","@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=18013","url":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=18013","name":"Oferta de empleo p\u00fablico COMUNIDAD DE MADRID - Normativa Municipal","isPartOf":{"@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/#website"},"primaryImageOfPage":{"@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=18013#primaryimage"},"image":{"@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=18013#primaryimage"},"thumbnailUrl":"https:\/\/normativamunicipal.com\/wp-content\/uploads\/2020\/12\/logo-secretario-blog.png","datePublished":"2021-12-28T10:50:06+00:00","dateModified":"2026-09-30T09:22:34+00:00","breadcrumb":{"@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=18013#breadcrumb"},"inLanguage":"es","potentialAction":[{"@type":"ReadAction","target":["https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=18013"]}]},{"@type":"ImageObject","inLanguage":"es","@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=18013#primaryimage","url":"https:\/\/normativamunicipal.com\/wp-content\/uploads\/2020\/12\/logo-secretario-blog.png","contentUrl":"https:\/\/normativamunicipal.com\/wp-content\/uploads\/2020\/12\/logo-secretario-blog.png","width":364,"height":56},{"@type":"BreadcrumbList","@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=18013#breadcrumb","itemListElement":[{"@type":"ListItem","position":1,"name":"Portada","item":"https:\/\/normativamunicipal.com\/"},{"@type":"ListItem","position":2,"name":"Oferta de empleo p\u00fablico COMUNIDAD DE MADRID"}]},{"@type":"WebSite","@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/#website","url":"https:\/\/normativamunicipal.com\/","name":"Normativa Municipal","description":"Comentarios doctrinales","publisher":{"@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/#organization"},"potentialAction":[{"@type":"SearchAction","target":{"@type":"EntryPoint","urlTemplate":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?s={search_term_string}"},"query-input":{"@type":"PropertyValueSpecification","valueRequired":true,"valueName":"search_term_string"}}],"inLanguage":"es"},{"@type":"Organization","@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/#organization","name":"Normativa Municipal","url":"https:\/\/normativamunicipal.com\/","logo":{"@type":"ImageObject","inLanguage":"es","@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/#\/schema\/logo\/image\/","url":"https:\/\/normativamunicipal.com\/wp-content\/uploads\/2026\/02\/logo-municipal-2-light-2.png","contentUrl":"https:\/\/normativamunicipal.com\/wp-content\/uploads\/2026\/02\/logo-municipal-2-light-2.png","width":1970,"height":221,"caption":"Normativa Municipal"},"image":{"@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/#\/schema\/logo\/image\/"}},{"@type":"Person","@id":"https:\/\/normativamunicipal.com\/#\/schema\/person\/9cfbdc1d1f03a8acfccf2b03e4df3211","name":"DAPP Editorial","image":{"@type":"ImageObject","inLanguage":"es","@id":"https:\/\/secure.gravatar.com\/avatar\/dc228c6eb293dd24da0a37410afef02fceeb3d3404900d1b14baa456bc3b9748?s=96&d=mm&r=g","url":"https:\/\/secure.gravatar.com\/avatar\/dc228c6eb293dd24da0a37410afef02fceeb3d3404900d1b14baa456bc3b9748?s=96&d=mm&r=g","contentUrl":"https:\/\/secure.gravatar.com\/avatar\/dc228c6eb293dd24da0a37410afef02fceeb3d3404900d1b14baa456bc3b9748?s=96&d=mm&r=g","caption":"DAPP Editorial"},"url":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?author=3"}]}},"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/normativamunicipal.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/18013","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/normativamunicipal.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/normativamunicipal.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/normativamunicipal.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/normativamunicipal.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=18013"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/normativamunicipal.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/18013\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":18014,"href":"https:\/\/normativamunicipal.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/18013\/revisions\/18014"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/normativamunicipal.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=18013"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/normativamunicipal.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=18013"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/normativamunicipal.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=18013"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}