{"id":19112,"date":"2023-01-09T10:11:04","date_gmt":"2023-01-09T10:11:04","guid":{"rendered":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=19112"},"modified":"2026-09-30T09:21:20","modified_gmt":"2026-09-30T09:21:20","slug":"economia-social-de-aragon","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=19112","title":{"rendered":"Econom\u00eda Social de ARAGON"},"content":{"rendered":"<p><strong><span style=\"font-size: 14pt;\">Ley 7\/2022, de 1 de diciembre, de Econom\u00eda Social de Arag\u00f3n.<\/span> <\/strong><\/p>\n<p><!--more--><\/p>\n<p>Estos Documentos, con los que puedan modificar o acompa\u00f1ar y su texto \u00edntegro, se han incorporado a los contenidos ya existentes en el siguiente T\u00cdTULO publicado y a su disposici\u00f3n:<br \/>\n<a href=\"https:\/\/dappeditorial.es\/guia-legal-del-interventor-municipal\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"><img decoding=\"async\" class=\"alignnone wp-image-6250 size-full\" src=\"https:\/\/normativamunicipal.com\/wp-content\/uploads\/2020\/12\/logo-interventor-blog.png\" alt=\"\" width=\"372\" height=\"56\" srcset=\"https:\/\/normativamunicipal.com\/wp-content\/uploads\/2020\/12\/logo-interventor-blog.png 372w, https:\/\/normativamunicipal.com\/wp-content\/uploads\/2020\/12\/logo-interventor-blog-300x45.png 300w\" sizes=\"(max-width: 372px) 100vw, 372px\" \/><\/a><a href=\"https:\/\/dappeditorial.es\/recordatorio-de-claves\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"><img decoding=\"async\" class=\"alignnone size-full wp-image-12810\" src=\"https:\/\/normativaconstruccion.es\/wp-content\/uploads\/2022\/09\/recordatorio-claves.gif\" alt=\"\" width=\"390\" height=\"57\" \/><\/a><\/p>\n<p>BOE \u00a09 de enero de 2023<\/p>\n<p>TEXTO ORIGINAL<\/p>\n<p>En nombre del Rey y como Presidente de la Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n, promulgo esta Ley, aprobada por las Cortes de Arag\u00f3n, y ordeno su publicaci\u00f3n en el \u00abBolet\u00edn Oficial de Arag\u00f3n\u00bb y en el \u00abBolet\u00edn Oficial del Estado\u00bb, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el art\u00edculo\u00a045 del Estatuto de Autonom\u00eda de Arag\u00f3n.<\/p>\n<p>\u00cdNDICE<\/p>\n<p>Pre\u00e1mbulo.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo I.\u2003Disposiciones generales.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a01.\u2003Objeto de la ley.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a02.\u2003\u00c1mbito de aplicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a03.\u2003Definici\u00f3n de econom\u00eda social.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a04.\u2003Principios orientadores de las entidades de econom\u00eda social.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo II.\u2003Entidades de la econom\u00eda social, cat\u00e1logo y organizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a05.\u2003Entidades de la econom\u00eda social de Arag\u00f3n.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a06.\u2003Cat\u00e1logo de entidades de la econom\u00eda social de Arag\u00f3n.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a07.\u2003Organizaci\u00f3n de las entidades de econom\u00eda social.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo III.\u2003Pol\u00edticas p\u00fablicas, fomento y difusi\u00f3n de la econom\u00eda social.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a08.\u2003Pol\u00edticas p\u00fablicas y objetivos.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a09.\u2003Fomento de la econom\u00eda social.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a010.\u2003Pol\u00edticas activas en materia educativa.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a011.\u2003Pol\u00edticas activas en materia de empleo.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a012.\u2003Formaci\u00f3n en el \u00e1mbito de la econom\u00eda social.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a013.\u2003Promoci\u00f3n de las entidades de econom\u00eda social en el medio rural.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a014.\u2003Impulso de la responsabilidad social empresarial y la igualdad en las entidades de la econom\u00eda social de Arag\u00f3n.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a015.\u2003Apoyo a la internacionalizaci\u00f3n de entidades de econom\u00eda social.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a016.\u2003Apoyo a la innovaci\u00f3n de las entidades de la econom\u00eda social.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a017.\u2003Reconocimiento social de las entidades de econom\u00eda social.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo IV.\u2003Medidas de simplificaci\u00f3n normativa y administrativa.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a018.\u2003Principio general.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a019.\u2003Declaraci\u00f3n de inversi\u00f3n de inter\u00e9s auton\u00f3mico de proyectos de econom\u00eda social.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a020.\u2003Plataforma de Econom\u00eda Social.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo V.\u2003Medidas p\u00fablicas y econ\u00f3micas de apoyo a la econom\u00eda social.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a021.\u2003Apoyo econ\u00f3mico de nuevas iniciativas de econom\u00eda social.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a022.\u2003Otras medidas p\u00fablicas de apoyo.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo VI.\u2003Plan Aragon\u00e9s de Impulso de la Econom\u00eda Social.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a023.\u2003Plan Aragon\u00e9s de Impulso de la Econom\u00eda Social.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a024.\u2003Procedimiento y aprobaci\u00f3n del Plan.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo VII.\u2003Consejo Aragon\u00e9s de la Econom\u00eda Social.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a025.\u2003Creaci\u00f3n del Consejo Aragon\u00e9s de la Econom\u00eda Social.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a026.\u2003Funciones.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a027.\u2003Composici\u00f3n.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a028.\u2003Nombramientos y ceses.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a029.\u2003Funcionamiento.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo VIII.\u2003Transparencia y publicidad.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a030.\u2003Divulgaci\u00f3n de la informaci\u00f3n relativa a la econom\u00eda social.<\/p>\n<p>Disposici\u00f3n adicional primera.\u2003T\u00e9rminos gen\u00e9ricos.<\/p>\n<p>Disposici\u00f3n adicional segunda.\u2003Coordinaci\u00f3n con el Consejo Aragon\u00e9s del Cooperativismo.<\/p>\n<p>Disposici\u00f3n adicional tercera.\u2003Adaptaci\u00f3n normativa.<\/p>\n<p>Disposici\u00f3n adicional cuarta.\u2003Plan Aragon\u00e9s de Impulso de la Econom\u00eda Social.<\/p>\n<p>Disposici\u00f3n adicional quinta.\u2003No incremento de consignaciones presupuestarias.<\/p>\n<p>Disposici\u00f3n adicional sexta.\u2003Informatizaci\u00f3n de los registros.<\/p>\n<p>Disposici\u00f3n adicional s\u00e9ptima.\u2003Estad\u00edstica de la econom\u00eda social.<\/p>\n<p>Disposici\u00f3n adicional octava.\u2003Participaci\u00f3n institucional.<\/p>\n<p>Disposici\u00f3n adicional novena.\u2003Fomento de la accesibilidad.<\/p>\n<p>Disposici\u00f3n adicional d\u00e9cima.\u2003Constituci\u00f3n del Consejo Aragon\u00e9s de la Econom\u00eda Social.<\/p>\n<p>Disposici\u00f3n adicional und\u00e9cima.\u2003Dotaci\u00f3n presupuestaria del Plan Aragon\u00e9s de Impulso de la Econom\u00eda Social.<\/p>\n<p>Disposici\u00f3n final primera.\u2003Definici\u00f3n de procedimientos y tr\u00e1mites.<\/p>\n<p>Disposici\u00f3n final segunda.\u2003Habilitaci\u00f3n normativa.<\/p>\n<p>Disposici\u00f3n final tercera.\u2003Modificaci\u00f3n del texto refundido de la Ley de Cooperativas de Arag\u00f3n, aprobado por Decreto Legislativo\u00a02\/2014, de\u00a029 de agosto, del Gobierno de Arag\u00f3n.<\/p>\n<p>Disposici\u00f3n final cuarta.\u2003Modificaci\u00f3n de la Ley\u00a09\/1990, de\u00a09 de noviembre, del Consejo Econ\u00f3mico y Social de Arag\u00f3n.<\/p>\n<p>Disposici\u00f3n final quinta.\u2003Entrada en vigor.<\/p>\n<p>PRE\u00c1MBULO<\/p>\n<p>I<\/p>\n<p>La econom\u00eda social comprende el conjunto de las actividades econ\u00f3micas y empresariales que, en el \u00e1mbito privado, llevan a cabo aquellas entidades que persiguen bien el inter\u00e9s colectivo de sus integrantes, bien el inter\u00e9s general econ\u00f3mico o social, o ambos, todo ello de conformidad con los principios orientadores que son la base de estas entidades. As\u00ed, la primac\u00eda de las personas y del fin social sobre el capital, la gesti\u00f3n aut\u00f3noma, transparente, democr\u00e1tica y participativa, la aplicaci\u00f3n de los resultados obtenidos de la actividad econ\u00f3mica en funci\u00f3n del trabajo aportado y el servicio o la actividad realizada por las socias y socios o por sus miembros, la promoci\u00f3n de la solidaridad interna y con la sociedad, el compromiso con el desarrollo local, la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, la cohesi\u00f3n social, la inserci\u00f3n de personas en riesgo de exclusi\u00f3n social, la generaci\u00f3n de empleo estable y de calidad, la conciliaci\u00f3n de la vida personal, familiar y laboral, el compromiso con el territorio, la sostenibilidad y la independencia respecto a los poderes p\u00fablicos son principios que inspiran el discurrir de estas entidades. Todos estos principios contribuyen a la consecuci\u00f3n de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y al cumplimiento de la Agenda\u00a02030 establecida por las Naciones Unidas.<\/p>\n<p>Diferentes estudios constatan el importante papel que juega la econom\u00eda social en la sociedad actual. Entre otros aspectos, se destaca el rol fundamental que desempe\u00f1an las organizaciones de la econom\u00eda social a nivel econ\u00f3mico y social en los territorios y la capacidad de estas organizaciones para responder de manera satisfactoria al dif\u00edcil contexto socioecon\u00f3mico marcado por las crisis vividas en Espa\u00f1a y Arag\u00f3n. Y es que estas organizaciones surgen hist\u00f3ricamente como una respuesta de las clases sociales m\u00e1s desprotegidas y desfavorecidas que, estructuradas en organizaciones de autoayuda, se unen para hacer frente a las duras condiciones laborales y de vida a las que se enfrentan. Estas entidades han aportado adem\u00e1s soluciones positivas y novedosas a trav\u00e9s de diversas formas y actuaciones, tanto en lo empresarial como en lo social y comunitario, que sirven de ejemplo a otros modelos empresariales que apuestan cada vez m\u00e1s por el principio de desarrollo sostenible en sus tres vertientes: econ\u00f3mica, social y ambiental. Esto se debe a que el sistema de gobernanza de las organizaciones de econom\u00eda social est\u00e1 basado en modelos democr\u00e1ticos y participativos, capaces de generar relaciones y tejido social que favorece la correcci\u00f3n de los desequilibrios territoriales, apoya la aparici\u00f3n de procesos de desarrollo end\u00f3geno en zonas rurales y estimula la revitalizaci\u00f3n de actividades econ\u00f3micas en declive, siendo un aliado fundamental en el desarrollo de pol\u00edticas p\u00fablicas de empleo y emprendimiento.<\/p>\n<p>De hecho, estas organizaciones tienen un n\u00facleo y origen hist\u00f3rico com\u00fan, con una larga tradici\u00f3n en Arag\u00f3n, contando con una amplia presencia de las familias de organizaciones que conforman este sector y llevando a cabo su actividad en los principales sectores del territorio, contribuyendo de esta forma al crecimiento econ\u00f3mico y desarrollo social en nuestra Comunidad Aut\u00f3noma. Los aragoneses y aragonesas se han agrupado en cooperativas y asociaciones con actividad econ\u00f3mica en la pr\u00e1ctica totalidad de los municipios del territorio y son varias las fundaciones y cooperativas agroalimentarias que han superado con solvencia los cien a\u00f1os de antig\u00fcedad. A esto se a\u00f1ade la fortaleza del cooperativismo de cr\u00e9dito con presencia en la comunidad, que ha permitido que la inclusi\u00f3n financiera llegue a los espacios m\u00e1s alejados de los principales n\u00facleos de poblaci\u00f3n. Seg\u00fan datos de CEPES Arag\u00f3n (Asociaci\u00f3n de Econom\u00eda Social de Arag\u00f3n), en la actualidad, m\u00e1s de\u00a020.000 personas trabajan en las entidades del sector y, en general, m\u00e1s de cuatrocientas mil personas participan, colaboran o forman parte de asociaciones, fundaciones, cooperativas, mutuas, sociedades laborales, empresas de inserci\u00f3n y centros especiales de empleo, entre otras entidades, lo que representa que una de cada tres personas aragonesas est\u00e1 vinculada a alguna de las organizaciones que configuran la Econom\u00eda Social.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, Arag\u00f3n es una de las regiones mejor organizadas y estructuradas en este \u00e1mbito. Las plataformas de la econom\u00eda social son especialmente activas y desarrollan una labor fundamental a trav\u00e9s de diversas actuaciones e iniciativas encaminadas, entre otros fines, a defender los intereses de la econom\u00eda social aragonesa, a fortalecer el desarrollo de la actividad empresarial y profesional de sus entidades, o a favorecer la integraci\u00f3n de la econom\u00eda social en el discurso pol\u00edtico y su promoci\u00f3n desde los entes p\u00fablicos. De acuerdo con los informes publicados por la Universidad de Zaragoza, en Arag\u00f3n existen doce plataformas de referencia que representan y defienden los intereses de las distintas familias de la econom\u00eda social: AREI (Asociaci\u00f3n Aragonesa de Empresas de Inserci\u00f3n); ASES Arag\u00f3n (Asociaci\u00f3n Aragonesa de Cooperativas y Sociedades Laborales); CAA (Cooperativas Agroalimentarias de Arag\u00f3n); CERMI Arag\u00f3n (Comit\u00e9 de Entidades Representantes de Personas con Discapacidad); Consejo Aragon\u00e9s de Fundaciones de la Asociaci\u00f3n Espa\u00f1ola de Fundaciones (AEF); Coordinadora Aragonesa de Voluntariado; FAS (Federaci\u00f3n Aragonesa de Solidaridad); PADIS (Patronal Aragonesa de la Discapacidad); Plataforma de Voluntariado de Arag\u00f3n; REAS Arag\u00f3n (Red de Econom\u00eda Alternativa y Solidaria de Arag\u00f3n); Red EAPN Arag\u00f3n (Red Aragonesa de Entidades Sociales para la Inclusi\u00f3n), y UCEA (Uni\u00f3n de Cooperativas de Ense\u00f1anza de Arag\u00f3n).<\/p>\n<p>En este contexto, la presente ley surge con la vocaci\u00f3n de plasmar un compromiso real y efectivo de la Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n de cara al reconocimiento, promoci\u00f3n y est\u00edmulo de todas las entidades y empresas de la econom\u00eda social que desarrollan su actividad en Arag\u00f3n.<\/p>\n<p>II<\/p>\n<p>La Agenda\u00a02030 de Desarrollo Sostenible que Naciones Unidas adopt\u00f3 en\u00a02015 ha sentado las bases sobre las que construir un modelo de crecimiento inclusivo respetuoso con el planeta. El sector privado tiene una responsabilidad en el logro de todos estos retos y, especialmente, aquellos modelos de empresa transparentes, solidarios, inclusivos y participativos como los de la econom\u00eda social. Por ello, la econom\u00eda social est\u00e1 muy presente en la Agenda\u00a02030, aportando su modelo basado en valores y comprometido especialmente con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) relacionados con el empleo decente y el crecimiento econ\u00f3mico inclusivo y sostenible (ODS\u00a08), la educaci\u00f3n de calidad inclusiva y equitativa (ODS\u00a04) y la igualdad de g\u00e9nero (ODS\u00a05). Adem\u00e1s, destaca su compromiso con las pautas de consumo y de producci\u00f3n sostenibles (ODS\u00a012), la lucha contra el cambio clim\u00e1tico (ODS\u00a013) y el compromiso con la vida saludable y el bienestar para todas las personas (ODS\u00a03).<\/p>\n<p>Las organizaciones de la econom\u00eda social ya est\u00e1n desempe\u00f1ando un papel relevante en la consecuci\u00f3n de los ODS en todo el mundo, como ha sido puesto de manifiesto por diversos organismos internacionales, entre ellos la Task Force de Naciones Unidas de la Econom\u00eda Social y Solidaria (UNTFSSE), la Unidad de Cooperativas y Econom\u00eda Social de la OIT, Social Economy Europe (SEE), Cooperatives Europe y la Alianza Cooperativa Internacional.<\/p>\n<p>Asimismo, las instituciones de la Uni\u00f3n Europea han puesto de manifiesto reiteradamente la importancia de la econom\u00eda social por su contribuci\u00f3n a la creaci\u00f3n de un modelo econ\u00f3mico sostenible e inclusivo, y han formulado diversas propuestas lanzadas en los \u00faltimos a\u00f1os relativas a la necesidad de visibilizar, medir y cuantificar la econom\u00eda social.<\/p>\n<p>En este sentido, la Comisi\u00f3n Europea dedica un lugar especial a la econom\u00eda social dentro de las responsabilidades y acciones dedicadas a la peque\u00f1a y mediana empresa, se\u00f1alando que el principal motivo de las pol\u00edticas dirigidas a la econom\u00eda social es \u00abgarantizar que las entidades de la Econom\u00eda Social puedan competir en sus mercados en iguales t\u00e9rminos que el resto de formas empresariales, sin regulaciones discriminatorias y que respeten sus principios, valores, modo de trabajo, necesidades, \u00e9tica y estilo de trabajo\u00bb.<\/p>\n<p>Por otra parte, el Informe\u00a02008\/2250 (INI), de\u00a026 de enero de\u00a02009, del Parlamento Europeo, consider\u00f3 la econom\u00eda social como agente clave para el logro de los objetivos de Lisboa. Igualmente, el Reglamento (UE) n.\u00ba 1296\/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de\u00a011 de diciembre de\u00a02013, sobre el empleo y la innovaci\u00f3n social, reiter\u00f3 el concepto de empresa social establecido en el Dictamen del CESE sobre \u00abEsp\u00edritu empresarial social y las empresas sociales\u00bb (INT\/589 de\u00a026 de octubre de\u00a02011), como hicieron tambi\u00e9n las Conclusiones del Consejo de la Uni\u00f3n Europea de\u00a07 de diciembre de\u00a02015 sobre la promoci\u00f3n de la econom\u00eda social.<\/p>\n<p>El Consejo Europeo de ministros de Empleo, Pol\u00edtica Social, Sanidad y Consumidores (EPSCO) aprob\u00f3 en\u00a02015 una resoluci\u00f3n para la promoci\u00f3n de la econom\u00eda social como motor clave del desarrollo econ\u00f3mico y social en Europa. Se trata de un documento fundamental para el reconocimiento institucional y el apoyo de la econom\u00eda social en la Uni\u00f3n Europea. Se\u00f1ala dicho documento que la econom\u00eda social contribuye al logro de varios objetivos clave de la UE: un crecimiento inteligente, sostenible e integrador, empleo de alta calidad, cohesi\u00f3n social, innovaci\u00f3n social, desarrollo local y regional, y protecci\u00f3n del medio ambiente.<\/p>\n<p>La importancia de este sector en Europa para el desarrollo econ\u00f3mico y social es innegable y as\u00ed se plasma en el informe publicado en\u00a02017 por el Comit\u00e9 Econ\u00f3mico y Social Europeo titulado \u00abEvoluci\u00f3n reciente de la Econom\u00eda Social en la Uni\u00f3n Europea\u00bb en el que se indica que el sector de la econom\u00eda social engloba\u00a02,8 millones de organizaciones en Europa, que proporcionan empleo directo remunerado a\u00a013,6 millones de personas (alrededor del\u00a06,3% de la poblaci\u00f3n ocupada en la UE-28). Adem\u00e1s, 82,8 millones de personas desarrollan actividades como voluntarias en organizaciones relacionadas con la econom\u00eda social. Por otro lado, existen\u00a0232 millones de miembros asociados a cooperativas, mutuas y organizaciones similares.<\/p>\n<p>III<\/p>\n<p>En Espa\u00f1a, la Ley estatal\u00a05\/2011, de\u00a029 de marzo, de Econom\u00eda Social, estableci\u00f3 el marco jur\u00eddico de la econom\u00eda social en nuestro pa\u00eds, definiendo el concepto de econom\u00eda social y sus principios orientadores, sin sustituir la normativa aplicable a cada una de las entidades que conforman su \u00e1mbito, con el objeto de dotar de un mayor reconocimiento y visibilidad a la econom\u00eda social y otorg\u00e1ndole mayor grado de seguridad jur\u00eddica. En la ley se reconoce, asimismo, como tarea de inter\u00e9s general a desarrollar por todos los poderes p\u00fablicos la promoci\u00f3n, est\u00edmulo y desarrollo de las entidades de la econom\u00eda social y de sus organizaciones representativas. Con base en lo dispuesto en la ley estatal, se ha publicado el Acuerdo del Consejo de Ministros de\u00a029 de diciembre de\u00a02017, por el que se aprueba la Estrategia Espa\u00f1ola de Econom\u00eda Social\u00a02017-2020 con el objetivo de poner en marcha los instrumentos necesarios para impulsar a las entidades de la econom\u00eda social, con especial atenci\u00f3n a las que apoyen el empleo en los sectores m\u00e1s desfavorecidos y con arraigo en su territorio.<\/p>\n<p>La presente ley pretende dar respuesta en Arag\u00f3n a la creciente relevancia de estas entidades con la finalidad de reforzar la apuesta de futuro por la econom\u00eda social y dar un salto cualitativo que permita visibilizar y consolidar el sector en toda su amplitud y reconocer, de esta forma, las importantes aportaciones que la econom\u00eda social realiza a la sociedad, as\u00ed como las oportunidades de mejora econ\u00f3mica y social que ofrece.<\/p>\n<p>En este sentido, hay que destacar que las caracter\u00edsticas de este sector le permiten afrontar las demandas, retos y desaf\u00edos de la sociedad y la econom\u00eda global, adapt\u00e1ndose especialmente bien a las situaciones de crisis. Todas las personas pueden beneficiarse de las ventajas que la econom\u00eda social proyecta sobre la sociedad, el territorio y la realidad econ\u00f3mica. En particular, el colectivo de personas emprendedoras tiene a su disposici\u00f3n una interesante v\u00eda para llevar a cabo su proyecto y crear su propio empleo.<\/p>\n<p>Asimismo, la econom\u00eda social puede contribuir aportando soluciones al complejo panorama demogr\u00e1fico y sociolaboral de Arag\u00f3n, actuando como impulso para la dinamizaci\u00f3n del territorio y est\u00edmulo de entidades, empresas sociales y del autoempleo.<\/p>\n<p>A estas necesidades responde esta Ley de Econom\u00eda Social de Arag\u00f3n que se basa en tres aspectos clave: por un lado, el reconocimiento, impulso y fomento de las entidades de econom\u00eda social de Arag\u00f3n en todos los \u00e1mbitos de la sociedad aragonesa, poniendo en valor este sector econ\u00f3mico, dot\u00e1ndolo de la relevancia que merece por sus aportaciones a la sociedad; en segundo lugar, coordinar e instrumentar pol\u00edticas y medidas de apoyo, incluidas la econ\u00f3micas y las dirigidas a reducir progresivamente las cargas administrativas y burocr\u00e1ticas que dificultan la creaci\u00f3n de empresas y entidades del sector; y, finalmente, integrar el sector, hasta ahora disperso, impulsando la participaci\u00f3n en \u00f3rganos espec\u00edficos \u2013Consejo Aragon\u00e9s de la Econom\u00eda Social\u2013 que permitan aportar soluciones al complejo panorama sociolaboral y constituirse en un est\u00edmulo para la dinamizaci\u00f3n del empleo y del emprendimiento social enraizado en el territorio, teniendo como protagonistas a las personas.<\/p>\n<p>Estos son los ejes de la ley, que se completan con los mecanismos de coordinaci\u00f3n entre los distintos agentes p\u00fablicos y las entidades de econom\u00eda social, los cuales facilitan concretar objetivos y aglutinar esfuerzos e incentivos para el desarrollo del sector.<\/p>\n<p>En definitiva, la ley responde a un compromiso del Gobierno de Arag\u00f3n de promover una renovaci\u00f3n del modelo productivo aragon\u00e9s, basado en el impulso de las entidades de econom\u00eda social como un instrumento que favorezca un desarrollo socioecon\u00f3mico equilibrado y sostenible de nuestra Comunidad Aut\u00f3noma.<\/p>\n<p>El art\u00edculo\u00a099 del Estatuto de Autonom\u00eda de Arag\u00f3n, en conexi\u00f3n con el art\u00edculo\u00a038 de la Constituci\u00f3n Espa\u00f1ola, establece que la Comunidad Aut\u00f3noma ejercer\u00e1 las competencias de naturaleza econ\u00f3mica que se le reconocen en el Estatuto de acuerdo con la ordenaci\u00f3n de la actividad econ\u00f3mica general, los objetivos de pol\u00edtica social y econ\u00f3mica del Estado, y dentro del pleno respeto a la libertad de empresa y competencia en el marco de la econom\u00eda de mercado. Por otra parte, el fomento del movimiento cooperativo y de otras modalidades de econom\u00eda social se reconoce como una competencia exclusiva de la Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n en el art\u00edculo\u00a071, 31.\u00aa del Estatuto.<\/p>\n<p>En el ejercicio de dichas atribuciones, el Gobierno de Arag\u00f3n, a trav\u00e9s de sus organismos p\u00fablicos y empresas p\u00fablicas, ha desarrollado en los \u00faltimos a\u00f1os numerosas actuaciones que inciden tanto en el fomento de las entidades de econom\u00eda social aragonesas como en la formaci\u00f3n, asesoramiento y tutorizaci\u00f3n de iniciativas de econom\u00eda social mediante programas gestionados fundamentalmente por el Instituto Aragon\u00e9s de Fomento y el Instituto Aragon\u00e9s de Empleo.<\/p>\n<p>Asimismo, la econom\u00eda social ha sido reconocida a trav\u00e9s de instrumentos territoriales tan relevantes como la Estrategia de Ordenaci\u00f3n Territorial de Arag\u00f3n (EOTA) y la Directriz Especial de Pol\u00edtica Demogr\u00e1fica y contra la Despoblaci\u00f3n, que contienen entre sus objetivos y estrategias la promoci\u00f3n de la econom\u00eda social y de sus empresas en el sistema rural.<\/p>\n<p>En desarrollo y consolidaci\u00f3n de los instrumentos se\u00f1alados, y en el marco del art\u00edculo\u00a099, en que se fundamenta esta norma, y de los t\u00edtulos competenciales exclusivos recogidos en el art\u00edculo\u00a071.31.\u00aa en materia de cooperativas y entidades asimilables, as\u00ed como en el fomento del movimiento cooperativo y de otras modalidades de econom\u00eda social; en el art\u00edculo\u00a071.32.\u00aa en materia de planificaci\u00f3n de la actividad econ\u00f3mica y fomento del desarrollo econ\u00f3mico de la Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n; en el art\u00edculo\u00a071.5.\u00aa en materia de r\u00e9gimen local y en el art\u00edculo\u00a071.17.\u00aa en materia de desarrollo integral del mundo rural, as\u00ed como en las competencias compartidas establecidas en el art\u00edculo\u00a073 en materia de ense\u00f1anza, y en el art\u00edculo\u00a075.12.\u00aa en materia de r\u00e9gimen jur\u00eddico y procedimiento administrativo y en las competencia ejecutivas del art\u00edculo\u00a077.2.\u00aa, en materia de trabajo y relaciones laborales, todos ellos del Estatuto de Autonom\u00eda de Arag\u00f3n, la presente ley tiene por objeto promover, fomentar y consolidar las empresas y entidades de econom\u00eda social en Arag\u00f3n, impulsando un cambio social y el reconocimiento de la importancia que tiene la econom\u00eda social en una sociedad moderna y desarrollada.<\/p>\n<p>IV<\/p>\n<p>Con estos objetivos, la ley desarrolla un texto compuesto por un total de ocho cap\u00edtulos con treinta art\u00edculos, once disposiciones adicionales y cinco finales.<\/p>\n<p>El cap\u00edtulo I recoge las disposiciones generales y en \u00e9l se refleja el objeto de la norma, destacando la voluntad de conseguir un mayor reconocimiento y visibilidad del conjunto de las entidades asociativas que conforman la econom\u00eda social, as\u00ed como la de fomentar su desarrollo. Se define el concepto de econom\u00eda social, los principios orientadores de sus entidades y el \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n de la ley.<\/p>\n<p>El cap\u00edtulo II identifica las entidades que forman parte de la econom\u00eda social en Arag\u00f3n, regula el cat\u00e1logo de entidades de econom\u00eda social de Arag\u00f3n y establece las bases de la organizaci\u00f3n y representaci\u00f3n de estas entidades.<\/p>\n<p>El cap\u00edtulo III se centra en las pol\u00edticas p\u00fablicas y objetivos, y en la promoci\u00f3n, fomento y difusi\u00f3n de la econom\u00eda social, de sus principios y valores, estableciendo las bases para el fomento de la econom\u00eda social en \u00e1mbitos espec\u00edficos tan relevantes en Arag\u00f3n como el sistema educativo y universitario, el medio rural y el empleo. Se completa el cap\u00edtulo con medidas dirigidas a fomentar el impulso y desarrollo de proyectos innovadores o con proyecci\u00f3n internacional, a garantizar la igualdad de oportunidades y evitar la discriminaci\u00f3n, a apoyar la formaci\u00f3n en el sector de la econom\u00eda social y a promover f\u00f3rmulas de colaboraci\u00f3n p\u00fablico-privadas y el asociacionismo para cumplir con el objetivo de fomentar la econom\u00eda social y tutelar las iniciativas en el sector, as\u00ed como el reconocimiento social de las entidades de econom\u00eda social.<\/p>\n<p>El cap\u00edtulo IV tiene por objeto establecer las bases para la racionalizaci\u00f3n normativa y la simplificaci\u00f3n de tr\u00e1mites administrativos en la creaci\u00f3n de empresas de econom\u00eda social para que redunde en un ahorro tanto en los tiempos de constituci\u00f3n de una empresa como en los costes. En el \u00e1mbito de estas medidas, la ley contempla la posibilidad de declarar como inversiones de inter\u00e9s auton\u00f3mico los proyectos que desarrollen las empresas y entidades de econom\u00eda social de Arag\u00f3n y cumplan determinados requisitos, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto-Ley\u00a01\/2008, de\u00a030 de octubre, del Gobierno de Arag\u00f3n, de medidas administrativas urgentes para facilitar la actividad econ\u00f3mica en Arag\u00f3n. Se impulsa tambi\u00e9n la creaci\u00f3n de una Plataforma de Econom\u00eda Social o su integraci\u00f3n en las plataformas existentes en materia de emprendimiento, para agrupar en red toda la informaci\u00f3n que pueda ser de utilidad a las entidades de econom\u00eda social de Arag\u00f3n. En definitiva, se trata de proveer al sector de una herramienta que facilite la creaci\u00f3n de empresas en el \u00e1mbito de la econom\u00eda social, permitiendo el acceso r\u00e1pido y f\u00e1cil a todos los datos de inter\u00e9s que desde los diferentes niveles de la Administraci\u00f3n p\u00fablica y el sector privado se dirijan a estos colectivos, as\u00ed como la coordinaci\u00f3n con las diferentes administraciones.<\/p>\n<p>El cap\u00edtulo V recoge un conjunto de medidas p\u00fablicas y econ\u00f3micas de apoyo a empresas y entidades de econom\u00eda social, con objeto de favorecer la implantaci\u00f3n de instrumentos financieros espec\u00edficos que contribuyan a promover el desarrollo de nuevas iniciativas de econom\u00eda social y el acceso de las entidades a instrumentos financieros que puedan adaptarse a las necesidades de las nuevas iniciativas de la econom\u00eda social, adem\u00e1s de ayudas y subvenciones de car\u00e1cter p\u00fablico o la introducci\u00f3n en la contrataci\u00f3n p\u00fablica de cl\u00e1usulas sociales y cl\u00e1usulas que fomenten el surgimiento o fortalecimiento de iniciativas de econom\u00eda social.<\/p>\n<p>El cap\u00edtulo VI regula el Plan Aragon\u00e9s de Impulso de la Econom\u00eda Social como el instrumento de compilaci\u00f3n de las medidas y pol\u00edticas p\u00fablicas que se desarrollen en materia de econom\u00eda social en Arag\u00f3n, con el objeto de alcanzar la m\u00e1xima eficacia y eficiencia en la consecuci\u00f3n de los objetivos marcados por esta ley.<\/p>\n<p>En el cap\u00edtulo VII se crea el Consejo Aragon\u00e9s de la Econom\u00eda Social, que se define como el m\u00e1ximo \u00f3rgano de coordinaci\u00f3n, interlocuci\u00f3n y participaci\u00f3n en materia de econom\u00eda social en el \u00e1mbito de la Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n, adem\u00e1s de reflejarse su condici\u00f3n de \u00f3rgano de car\u00e1cter consultivo y asesor para las actividades relacionadas con la econom\u00eda social, y tambi\u00e9n en materia de promoci\u00f3n y difusi\u00f3n de la econom\u00eda social.<\/p>\n<p>Su creaci\u00f3n tiene como objeto establecer un foro de comunicaci\u00f3n y di\u00e1logo que favorezca la participaci\u00f3n del conjunto del sector de la econom\u00eda social y que permita una coordinaci\u00f3n de las actuaciones para su fomento y promoci\u00f3n.<\/p>\n<p>Se establece la composici\u00f3n, estructura y funciones de este Consejo, procurando la representaci\u00f3n de los distintos \u00f3rganos de la Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n que se relacionan m\u00e1s directamente con la promoci\u00f3n y fomento de la econom\u00eda social desde una perspectiva sectorial. Se contempla la participaci\u00f3n de la Administraci\u00f3n local, de la Universidad de Zaragoza por su papel central en la investigaci\u00f3n y divulgaci\u00f3n, as\u00ed como la de las organizaciones sindicales y empresariales, de conformidad con la normativa de aplicaci\u00f3n en materia de participaci\u00f3n institucional.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, el cap\u00edtulo VIII incorpora una disposici\u00f3n normativa relativa a fomentar la transparencia e informaci\u00f3n en materia de econom\u00eda social, contemplando un Plan de comunicaci\u00f3n integrado de Econom\u00eda Social para favorecer el conocimiento del sector, as\u00ed como la ejecuci\u00f3n y seguimiento del Plan Aragon\u00e9s de Impulso de la Econom\u00eda Social regulado en esta ley.<\/p>\n<p>La disposici\u00f3n adicional primera establece la cl\u00e1usula de g\u00e9nero a efectos normativos.<\/p>\n<p>En la disposici\u00f3n adicional segunda se contempla la necesaria coordinaci\u00f3n del Consejo Aragon\u00e9s de la Econom\u00eda Social con el Consejo Aragon\u00e9s del Cooperativismo.<\/p>\n<p>La disposici\u00f3n adicional tercera establece la adaptaci\u00f3n normativa de todos los procedimientos administrativos que incidan en la creaci\u00f3n de empresas y entidades de la econom\u00eda social en el plazo de un a\u00f1o.<\/p>\n<p>La disposici\u00f3n adicional cuarta fija el plazo de aprobaci\u00f3n del Plan Aragon\u00e9s de Impulso de la Econom\u00eda Social; la disposici\u00f3n adicional quinta dispone la inexistencia de incremento presupuestario derivada de la creaci\u00f3n y funcionamiento del Consejo Aragon\u00e9s de la Econom\u00eda Social y la disposici\u00f3n adicional sexta promueve la plena integraci\u00f3n de los avances tecnol\u00f3gicos en la gesti\u00f3n de los registros administrativos y jur\u00eddicos, al objeto de agilizar de forma efectiva la tramitaci\u00f3n de los procedimientos y conseguir un importante ahorro de tiempo y la reducci\u00f3n de costes.<\/p>\n<p>Por lo que respecta a la disposici\u00f3n adicional s\u00e9ptima, garantiza una informaci\u00f3n estad\u00edstica actualizada y ajustada al cat\u00e1logo de entidades de econom\u00eda social aragonesas previsto en la ley; la disposici\u00f3n adicional octava hace referencia a la formalizaci\u00f3n de la participaci\u00f3n institucional de las entidades de econom\u00eda social; la disposici\u00f3n adicional novena prev\u00e9 el fomento de la accesibilidad de esta ley; la disposici\u00f3n adicional d\u00e9cima establece un plazo de tres meses para la constituci\u00f3n del Consejo Aragon\u00e9s de la Econom\u00eda Social; y la disposici\u00f3n adicional und\u00e9cima alude a la dotaci\u00f3n presupuestaria del Plan Aragon\u00e9s de Impulso de la Econom\u00eda Social.<\/p>\n<p>La disposici\u00f3n final primera establece un plazo de seis meses para la aprobaci\u00f3n de la relaci\u00f3n de procedimientos y tr\u00e1mites de acuerdo con lo dispuesto en el cap\u00edtulo IV de la ley. Por \u00faltimo, la disposici\u00f3n final segunda habilita al Gobierno para dictar las disposiciones necesarias en desarrollo de esta ley; la disposici\u00f3n final tercera introduce una modificaci\u00f3n en el texto refundido de la Ley de Cooperativas de Arag\u00f3n respecto a la constituci\u00f3n de una federaci\u00f3n de cooperativas; la disposici\u00f3n final cuarta modifica la composici\u00f3n del Consejo Econ\u00f3mico y Social de Arag\u00f3n; y la disposici\u00f3n final quinta establece su entrada en vigor el d\u00eda siguiente al de su publicaci\u00f3n en el \u00abBolet\u00edn Oficial de Arag\u00f3n\u00bb.<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO I<\/p>\n<p><strong>Disposiciones generales<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a01.\u2003\u00a0Objeto de la ley.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La presente ley tiene por objeto establecer un marco normativo com\u00fan aplicable al modelo de econom\u00eda social y al conjunto de entidades y colectivos sociales que la integran en Arag\u00f3n, as\u00ed como determinar las acciones de fomento e impulso a favor de estas entidades, potenciando su presencia, crecimiento e influencia en todos los campos de la acci\u00f3n social, econ\u00f3mica y empresarial, con pleno respeto a la normativa espec\u00edfica que se aplica a cada clase de entidades y a la normativa b\u00e1sica estatal.<\/p>\n<p>2.\u2003Sin perjuicio de lo dispuesto en esta ley, las entidades de econom\u00eda social en Arag\u00f3n se regular\u00e1n por sus normas sustantivas espec\u00edficas.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a02.\u2003\u00a0\u00c1mbito de aplicaci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La presente ley resulta de aplicaci\u00f3n al conjunto de entidades de econom\u00eda social cuyo domicilio social se ubique en Arag\u00f3n y desarrollen su actividad empresarial y econ\u00f3mica principalmente en su \u00e1mbito territorial, sin perjuicio de las competencias que pudieran corresponder al Estado.<\/p>\n<p>2.\u2003Se entender\u00e1 que una entidad desarrolla su actividad empresarial y econ\u00f3mica principalmente en Arag\u00f3n cuando est\u00e9 inscrita en el registro aragon\u00e9s que le corresponda en raz\u00f3n a su naturaleza o alguno de sus centros de trabajo radique en el \u00e1mbito territorial de la Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a03.\u2003\u00a0Definici\u00f3n de econom\u00eda social.<\/strong><\/p>\n<p>Se denomina econom\u00eda social al conjunto de las actividades econ\u00f3micas y empresariales que en el \u00e1mbito privado llevan a cabo aquellas entidades que, de conformidad con los principios recogidos en el art\u00edculo\u00a04, persiguen bien el inter\u00e9s colectivo de sus integrantes, bien el inter\u00e9s general econ\u00f3mico o social, o ambos.<\/p>\n<p>A los efectos de esta ley, el concepto de econom\u00eda social incluye asimismo el modelo econ\u00f3mico que abarca al conjunto de entidades y grupos de la sociedad civil que desarrollan actividades econ\u00f3micas, empresariales y sociales, desde el \u00e1mbito privado, regidos por los valores, principios e intereses citados.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a04.\u2003\u00a0Principios orientadores de las entidades de econom\u00eda social.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Las entidades de econom\u00eda social actuar\u00e1n inspiradas por los valores de ayuda mutua, cooperaci\u00f3n, responsabilidad, democracia, igualdad, equidad, solidaridad, honestidad, transparencia, autonom\u00eda, autogesti\u00f3n, sostenibilidad ambiental, responsabilidad social, compromiso con la comunidad, inclusi\u00f3n y preocupaci\u00f3n por las dem\u00e1s personas.<\/p>\n<p>2.\u2003Los principios orientadores que informan la actuaci\u00f3n de las entidades de econom\u00eda social de Arag\u00f3n son los siguientes:<\/p>\n<p>a)\u2003La primac\u00eda de las personas y del fin social sobre el capital, que se concreta en una gesti\u00f3n aut\u00f3noma y transparente, democr\u00e1tica y participativa, que lleva a priorizar la toma de decisiones m\u00e1s en funci\u00f3n de las personas y sus aportaciones de trabajo y servicios prestados a la entidad, o en funci\u00f3n del fin social, que en relaci\u00f3n con sus aportaciones al capital social.<\/p>\n<p>b)\u2003La aplicaci\u00f3n de los resultados obtenidos de la actividad econ\u00f3mica, principalmente en funci\u00f3n del trabajo aportado y del servicio o actividad realizados por sus integrantes, al fin social objeto de la entidad, al servicio de la consecuci\u00f3n de objetivos como el desarrollo sostenible, el inter\u00e9s de los servicios a sus participantes y el inter\u00e9s general.<\/p>\n<p>c)\u2003La promoci\u00f3n de la solidaridad interna y con la sociedad que favorezca la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, la cohesi\u00f3n social, la cooperaci\u00f3n, la inserci\u00f3n de personas con discapacidad, dependencia, y de personas en riesgo o en situaci\u00f3n de exclusi\u00f3n social, la generaci\u00f3n de empleo estable y de calidad, la conciliaci\u00f3n de la vida personal, familiar y laboral, la corresponsabilidad y la sostenibilidad.<\/p>\n<p>d)\u2003La autonom\u00eda de gesti\u00f3n y la independencia con respecto a los poderes p\u00fablicos.<\/p>\n<p>e)\u2003El compromiso con el territorio y el desarrollo local, frente a la despoblaci\u00f3n y el envejecimiento en el medio rural aragon\u00e9s.<\/p>\n<p>f)\u2003El desarrollo sostenible, favoreciendo formas de producci\u00f3n y consumo sostenibles y respetuosas con el medio ambiente.<\/p>\n<p>g)\u2003La participaci\u00f3n y representaci\u00f3n equilibrada de mujeres y hombres.<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO II<\/p>\n<p><strong>Entidades de la econom\u00eda social, cat\u00e1logo y organizaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a05.\u2003\u00a0Entidades de la econom\u00eda social de Arag\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>Forman parte de la econom\u00eda social de Arag\u00f3n las siguientes entidades:<\/p>\n<p>a)\u2003Las sociedades cooperativas.<\/p>\n<p>b)\u2003Las mutualidades.<\/p>\n<p>c)\u2003Las fundaciones y asociaciones que lleven a cabo actividad econ\u00f3mica.<\/p>\n<p>d)\u2003Las sociedades laborales.<\/p>\n<p>e)\u2003Las empresas de inserci\u00f3n.<\/p>\n<p>f)\u2003Los centros especiales de empleo.<\/p>\n<p>g)\u2003Las sociedades agrarias de transformaci\u00f3n.<\/p>\n<p>h)\u2003Las plataformas tecnol\u00f3gicas creadas por aut\u00f3nomos, cooperativas, asociaciones y entidades de econom\u00eda social aragonesas que desarrollen una actividad econ\u00f3mica, empresarial y social, y se rijan por los valores y principios orientadores establecidos en la presente ley.<\/p>\n<p>2.\u2003Asimismo, podr\u00e1n formar parte de la econom\u00eda social de Arag\u00f3n las entidades que realicen actividad econ\u00f3mica y empresarial cuyas reglas de funcionamiento respondan a los principios regulados en el art\u00edculo\u00a04, y que sean incluidas en el Cat\u00e1logo de entidades de la econom\u00eda social de Arag\u00f3n regulado en el art\u00edculo\u00a06.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a06.\u2003\u00a0Cat\u00e1logo de entidades de la econom\u00eda social de Arag\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Corresponde al departamento competente en materia de econom\u00eda social del Gobierno de Arag\u00f3n, previo informe del Consejo Aragon\u00e9s de la Econom\u00eda Social, elaborar y mantener actualizado el cat\u00e1logo de entidades de la econom\u00eda social de Arag\u00f3n, en el cual se incluir\u00e1n los diferentes tipos de entidades de la econom\u00eda social relacionadas en el art\u00edculo\u00a05.<\/p>\n<p>2.\u2003El cat\u00e1logo de entidades de la econom\u00eda social de Arag\u00f3n tendr\u00e1 car\u00e1cter \u00fanico en el \u00e1mbito de la Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n.<\/p>\n<p>3.\u2003El cat\u00e1logo deber\u00e1 ser p\u00fablico y no tendr\u00e1 car\u00e1cter constitutivo, se elaborar\u00e1 de forma coordinada con el cat\u00e1logo de entidades de econom\u00eda social de \u00e1mbito estatal, y su funcionamiento, as\u00ed como el acceso al mismo, se articular\u00e1n a trav\u00e9s de medios electr\u00f3nicos.<\/p>\n<p>4.\u2003La informaci\u00f3n del cat\u00e1logo se adecuar\u00e1 a la normativa de interoperabilidad establecida por el departamento competente en materia de administraci\u00f3n electr\u00f3nica y, en su defecto, por aquella normativa o buenas pr\u00e1cticas establecidas por el Estado e instituciones europeas.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a07.\u2003\u00a0Organizaci\u00f3n de las entidades de econom\u00eda social.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Las entidades de la econom\u00eda social de Arag\u00f3n podr\u00e1n constituir asociaciones en representaci\u00f3n y defensa de sus intereses, pudiendo agruparse entre s\u00ed, de acuerdo con lo previsto en la normativa espec\u00edfica que resulte de aplicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>2.\u2003A tal objeto, el Gobierno de Arag\u00f3n impulsar\u00e1 y promover\u00e1 la creaci\u00f3n y consolidaci\u00f3n de entidades de inclusi\u00f3n del sector, potenciando la vertebraci\u00f3n asociativa y favoreciendo la sostenibilidad de las organizaciones representativas de las entidades, como agentes necesarios para el desarrollo sectorial de la econom\u00eda social y el Plan Aragon\u00e9s de Impulso de la Econom\u00eda Social.<\/p>\n<p>3.\u2003Las organizaciones, federaciones o confederaciones representativas de \u00e1mbito auton\u00f3mico tendr\u00e1n representaci\u00f3n en los \u00f3rganos de participaci\u00f3n institucional de la Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n directamente relacionados con la econom\u00eda social, para materias que versen sobre sus intereses econ\u00f3micos y sociales, en la forma prevista por la normativa auton\u00f3mica.<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO III<\/p>\n<p><strong>Pol\u00edticas p\u00fablicas, fomento y difusi\u00f3n de la econom\u00eda social<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a08.\u2003\u00a0Pol\u00edticas p\u00fablicas y objetivos.<\/strong><\/p>\n<p>Las pol\u00edticas p\u00fablicas a desarrollar por el Gobierno de Arag\u00f3n en el \u00e1mbito de sus competencias, en materia de econom\u00eda social, se llevar\u00e1n a cabo atendiendo a los siguientes retos y objetivos:<\/p>\n<p>a)\u2003Facilitar y apoyar las distintas iniciativas de econom\u00eda social en Arag\u00f3n.<\/p>\n<p>b)\u2003Procurar un mayor reconocimiento y representatividad institucional de las entidades de econom\u00eda social, en especial en los \u00e1mbitos relacionados con la econom\u00eda, el empleo y la acci\u00f3n social.<\/p>\n<p>c)\u2003Impulsar la creaci\u00f3n y fortalecimiento de las empresas y entidades de la econom\u00eda social en Arag\u00f3n, removiendo los obst\u00e1culos que impidan el inicio y desarrollo de una actividad econ\u00f3mica o empresarial o de una actividad no de mercado, sin \u00e1nimo de lucro, de la econom\u00eda social, mediante medidas, entre otras, de simplificaci\u00f3n normativa y administrativa, e incorporaci\u00f3n de soluciones basadas en las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y las comunicaciones.<\/p>\n<p>d)\u2003Promover los valores, principios, conocimientos t\u00e9cnicos y experiencias de la econom\u00eda social en la sociedad en general y en determinados colectivos, incrementando su visibilidad y su comunicaci\u00f3n con otros agentes sociales y econ\u00f3micos.<\/p>\n<p>e)\u2003Fomentar el fortalecimiento de la democracia institucional y econ\u00f3mica y de modelos de gesti\u00f3n democr\u00e1tica y participativa en las entidades de econom\u00eda social aragonesas.<\/p>\n<p>f)\u2003Facilitar a las entidades de la econom\u00eda social el acceso a los procesos de innovaci\u00f3n tecnol\u00f3gica y organizativa.<\/p>\n<p>g)\u2003Reconocer y divulgar la responsabilidad social en la econom\u00eda social.<\/p>\n<p>h)\u2003Fomentar la internacionalizaci\u00f3n de la econom\u00eda social.<\/p>\n<p>i)\u2003Impulsar el emprendimiento social para dar respuesta a las necesidades del territorio y de la sociedad aragonesa mediante la creaci\u00f3n de empresas sociales y de empleos de calidad.<\/p>\n<p>j)\u2003Integrar la econom\u00eda social en las distintas pol\u00edticas de desarrollo socioecon\u00f3mico de nuestro territorio, en particular en las sociales y de empleo.<\/p>\n<p>k)\u2003Favorecer la implantaci\u00f3n y el desarrollo de la econom\u00eda social en el medio rural.<\/p>\n<p>l)\u2003Potenciar el acceso de las personas j\u00f3venes a las empresas de econom\u00eda social.<\/p>\n<p>m)\u2003Impulsar instrumentos de apoyo financiero para estimular la creaci\u00f3n y desarrollo de empresas y entidades de econom\u00eda social.<\/p>\n<p>n)\u2003Fomentar el estudio y difusi\u00f3n acad\u00e9mica de los valores y principios de la Econom\u00eda Social, as\u00ed como la formaci\u00f3n de personas expertas en la direcci\u00f3n y gerencia de entidades y empresas de econom\u00eda social.<\/p>\n<p>\u00f1)\u2003Introducir contenidos formativos en materia de econom\u00eda social en el curr\u00edculo de las distintas ense\u00f1anzas, en particular en los niveles previos al acceso al mundo laboral y en la formaci\u00f3n para el empleo.<\/p>\n<p>o)\u2003Favorecer la interlocuci\u00f3n con las entidades de la econom\u00eda social en la ejecuci\u00f3n de pol\u00edticas activas de empleo dirigidas a los diferentes \u00e1mbitos que conforman dicha econom\u00eda social, especialmente en favor de los sectores m\u00e1s afectados por el desempleo, mujeres, j\u00f3venes, personas desempleadas de larga duraci\u00f3n, personas con discapacidad y personas en riesgo o en situaci\u00f3n de exclusi\u00f3n social.<\/p>\n<p>p)\u2003Establecer mecanismos de cooperaci\u00f3n y foros permanentes que re\u00fanan a todos los sectores de la econom\u00eda social en Arag\u00f3n.<\/p>\n<p>q)\u2003Impulsar la cooperaci\u00f3n entre empresas e iniciativas de econom\u00eda social y el intercambio de conocimientos y estrategias.<\/p>\n<p>r)\u2003Promover y aplicar la evaluaci\u00f3n social como una herramienta participativa para fortalecer la gobernabilidad democr\u00e1tica, la transparencia y la rendici\u00f3n de cuentas.<\/p>\n<p>s)\u2003Promover en el territorio aragon\u00e9s el consumo colaborativo de la ciudadan\u00eda y tambi\u00e9n ejercerlo entre instituciones.<\/p>\n<p>t)\u2003Fomentar la inclusi\u00f3n de aspectos sociales, \u00e9ticos y ambientales en los procedimientos de contrataci\u00f3n p\u00fablica.<\/p>\n<p>u)\u2003Establecer mecanismos de apoyo a la inversi\u00f3n de proyectos de econom\u00eda social.<\/p>\n<p>v)\u2003Apoyar el fomento empresarial, la creaci\u00f3n y el crecimiento de las actividades econ\u00f3micas y sociales desarrolladas por nuevos emprendedores y emprendedoras.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a09.\u2003\u00a0Fomento de la econom\u00eda social.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003El Gobierno de Arag\u00f3n reconoce de inter\u00e9s general y social la promoci\u00f3n, est\u00edmulo y desarrollo de las entidades de econom\u00eda social y de sus organizaciones representativas, e impulsar\u00e1 f\u00f3rmulas de colaboraci\u00f3n p\u00fablico-privadas y el asociacionismo.<\/p>\n<p>2.\u2003La Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n y las entidades integrantes del sector p\u00fablico auton\u00f3mico fomentar\u00e1n y difundir\u00e1n la econom\u00eda social en el \u00e1mbito territorial de Arag\u00f3n respetando los objetivos previstos en la Ley\u00a05\/2011, de\u00a029 de marzo, de Econom\u00eda Social, y los se\u00f1alados en el art\u00edculo anterior.<\/p>\n<p>3.\u2003El Gobierno de Arag\u00f3n impulsar\u00e1 la integraci\u00f3n de las pol\u00edticas de fomento de la econom\u00eda social con las desarrolladas en las diferentes \u00e1reas de gesti\u00f3n, en especial las de desarrollo rural, emprendimiento econ\u00f3mico, fomento del empleo, prestaci\u00f3n de servicios sociales, dependencia e inclusi\u00f3n social, procurando la efectiva coordinaci\u00f3n entre departamentos y organismos dependientes de la Administraci\u00f3n auton\u00f3mica.<\/p>\n<p>4.\u2003Las correspondientes actuaciones se coordinar\u00e1n por el departamento competente en materia de econom\u00eda social, con el asesoramiento del Consejo Aragon\u00e9s de la Econom\u00eda Social, y sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros departamentos en funci\u00f3n de la actividad empresarial que desarrollen las entidades de econom\u00eda social.<\/p>\n<p>5.\u2003La Administraci\u00f3n local, las universidades y el conjunto de entidades p\u00fablicas que desarrollen su actividad en la Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n procurar\u00e1n la promoci\u00f3n de la econom\u00eda social dentro de sus actuaciones.<\/p>\n<p>6.\u2003Asimismo, se promover\u00e1 la implicaci\u00f3n de las entidades privadas y ciudadanos en general en la labor de promoci\u00f3n y fomento de la econom\u00eda social en Arag\u00f3n mediante la formalizaci\u00f3n de los instrumentos de colaboraci\u00f3n necesarios.<\/p>\n<p>7.\u2003La Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n y las entidades integrantes del sector p\u00fablico impulsar\u00e1n actividades de formaci\u00f3n tendentes a perfeccionar y cualificar en el conocimiento de la econom\u00eda social a los funcionarios de la Administraci\u00f3n auton\u00f3mica y local, as\u00ed como a asesor\u00edas y otros prescriptores externos a la Administraci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a010.\u2003\u00a0Pol\u00edticas activas en materia educativa.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003El departamento competente en materia de econom\u00eda social, en coordinaci\u00f3n con los departamentos competentes en materia de educaci\u00f3n, universidades y formaci\u00f3n profesional, desarrollar\u00e1 y reforzar\u00e1 las pol\u00edticas de apoyo a la econom\u00eda social en el \u00e1mbito educativo, incluido el universitario, con las medidas espec\u00edficas que aquellos aprueben.<\/p>\n<p>2.\u2003Los departamentos competentes en materia de educaci\u00f3n, universidades y formaci\u00f3n profesional impulsar\u00e1n el fomento de la econom\u00eda social en los centros educativos con la finalidad de sensibilizar sobre este modelo participativo atrayendo talento a la econom\u00eda social.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a011.\u2003\u00a0Pol\u00edticas activas en materia de empleo.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n, a trav\u00e9s del Instituto Aragon\u00e9s de Empleo, impulsar\u00e1 medidas de fomento por medio de ayudas y subvenciones para promover la creaci\u00f3n del empleo de calidad en el \u00e1mbito de la econom\u00eda social como sector generador de empresas e iniciativas econ\u00f3micas sostenibles que contribuyen a la creaci\u00f3n de empleos estables y de calidad.<\/p>\n<p>2.\u2003A tales efectos, adoptar\u00e1 medidas de acci\u00f3n positiva destinadas a impulsar el acceso al empleo de calidad en el tejido productivo de la econom\u00eda social de colectivos con dificultades para su incorporaci\u00f3n al mercado de trabajo, como las personas j\u00f3venes, las personas desempleadas de larga duraci\u00f3n, las personas mayores de\u00a045 a\u00f1os, las personas v\u00edctimas de violencia de g\u00e9nero, las personas con discapacidad, o en situaci\u00f3n o riesgo de exclusi\u00f3n social. Estas medidas tendr\u00e1n en cuenta la situaci\u00f3n espec\u00edfica de las mujeres.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a012.\u2003\u00a0Formaci\u00f3n en el \u00e1mbito de la econom\u00eda social.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n impulsar\u00e1 actividades de formaci\u00f3n tendentes a iniciar, perfeccionar y cualificar en el conocimiento de la econom\u00eda social en el conjunto de la sociedad, especialmente en el grupo de poblaci\u00f3n m\u00e1s joven.<\/p>\n<p>2.\u2003Asimismo, el Instituto Aragon\u00e9s de Empleo y el Instituto Aragon\u00e9s de Fomento desarrollar\u00e1n acciones de formaci\u00f3n para emprendedores y personas ocupadas de empresas y entidades de econom\u00eda social que lleven a cabo una actividad econ\u00f3mica, que den respuesta a las necesidades de formaci\u00f3n de las empresas, sin perjuicio de la acci\u00f3n formativa que desarrollen otros departamentos y organismos en este \u00e1mbito.<\/p>\n<p>3.\u2003Para garantizar la eficacia de estos servicios de formaci\u00f3n, el Instituto Aragon\u00e9s de Empleo, en colaboraci\u00f3n con las entidades y empresas de econom\u00eda social, realizar\u00e1 una labor de estudio del mercado de trabajo territorial con objeto de identificar y localizar aquellas necesidades econ\u00f3micas y profesionales que sean demandadas y que puedan ser satisfechas por las entidades de econom\u00eda social.<\/p>\n<p>4.\u2003Para el cumplimiento de estos fines, el Gobierno de Arag\u00f3n, directamente o a trav\u00e9s del Instituto Aragon\u00e9s de Empleo y el Instituto Aragon\u00e9s de Fomento, impulsar\u00e1 la formalizaci\u00f3n de instrumentos de colaboraci\u00f3n con las entidades locales y con todos los agentes socioecon\u00f3micos, en especial con las asociaciones representativas de econom\u00eda social.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a013.\u2003\u00a0Promoci\u00f3n de las entidades de econom\u00eda social en el medio rural.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Las medidas de apoyo a la econom\u00eda social en Arag\u00f3n previstas en la presente ley ser\u00e1n de aplicaci\u00f3n preferente a los proyectos que se desarrollan en el medio rural.<\/p>\n<p>2.\u2003El Instituto Aragon\u00e9s de Empleo, sin perjuicio del desarrollo de actuaciones dirigidas a fomentar el trabajo a trav\u00e9s de entidades de econom\u00eda social en el medio rural, prestar\u00e1 atenci\u00f3n particular a las acciones de formaci\u00f3n en el mismo.<\/p>\n<p>3.\u2003En funci\u00f3n de necesidades previamente identificadas en el Plan Aragon\u00e9s de Impulso de la Econom\u00eda Social, la Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n adoptar\u00e1 medidas para fomentar el conocimiento de la econom\u00eda social adaptada a las especiales circunstancias del medio rural. En especial, se impulsar\u00e1 la generaci\u00f3n de proyectos colaborativos de econom\u00eda social con implantaci\u00f3n territorial, con la participaci\u00f3n de los agentes locales y sectoriales, a trav\u00e9s de la puesta en valor de los recursos y necesidades del territorio.<\/p>\n<p>4.\u2003A tal fin se fomentar\u00e1 la cooperaci\u00f3n interinstitucional para el desarrollo de la econom\u00eda social, promoviendo acuerdos de cooperaci\u00f3n con los municipios a trav\u00e9s de los agentes de desarrollo local.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a014.\u2003\u00a0Impulso de la responsabilidad social empresarial y la igualdad en las entidades de la econom\u00eda social de Arag\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>La Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n impulsar\u00e1 y fomentar\u00e1 la implantaci\u00f3n efectiva de planes de responsabilidad social empresarial y de planes de igualdad en las entidades de la econom\u00eda social de Arag\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a015.\u2003\u00a0Apoyo a la internacionalizaci\u00f3n de entidades de econom\u00eda social.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n impulsar\u00e1 y fomentar\u00e1 las iniciativas dirigidas a prestar asesoramiento y apoyo a las entidades de la econom\u00eda social para que puedan buscar nuevas oportunidades de actividad y de expansi\u00f3n internacional.<\/p>\n<p>2.\u2003En este sentido, se promover\u00e1n y apoyar\u00e1n aquellas acciones formativas que contribuyan a mejorar la competitividad de las entidades y empresas que constituyen la econom\u00eda social.<\/p>\n<p>3.\u2003El Instituto Aragon\u00e9s de Fomento, con la colaboraci\u00f3n, en su caso, de otros departamentos y entidades integrantes del sector p\u00fablico auton\u00f3mico o de las C\u00e1maras de Comercio, Industria y Servicios aragonesas y las organizaciones empresariales m\u00e1s representativas, prestar\u00e1 el asesoramiento integral para el dise\u00f1o de un plan completo de internacionalizaci\u00f3n adaptado a los distintos sectores de las empresas de la econom\u00eda social, e impartir\u00e1, conjuntamente con el Instituto Aragon\u00e9s de Empleo, cursos de formaci\u00f3n dirigidos a las personas trabajadoras de las entidades de econom\u00eda social que les permitan adquirir las habilidades necesarias para su internacionalizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>4.\u2003Asimismo, se proporcionar\u00e1 asesoramiento a las entidades de la econom\u00eda social para desenvolverse en los circuitos y mecanismos particulares de las licitaciones y concursos internacionales, prestando atenci\u00f3n a las demandas espec\u00edficas del sector.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a016.\u2003\u00a0Apoyo a la innovaci\u00f3n de las entidades de la econom\u00eda social.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n impulsar\u00e1 y fomentar\u00e1 las iniciativas dirigidas a incentivar la innovaci\u00f3n tecnol\u00f3gica, social y empresarial en las entidades de econom\u00eda social facilitando la implantaci\u00f3n de planes de innovaci\u00f3n en I+D+I, el impulso de la econom\u00eda digital, las nuevas tecnolog\u00edas, incentivando su participaci\u00f3n en los sectores emergentes.<\/p>\n<p>2.\u2003Corresponde al departamento competente en materia de econom\u00eda social, en coordinaci\u00f3n con el departamento competente en materia de innovaci\u00f3n y nuevas tecnolog\u00edas, promover y desarrollar dichas actuaciones.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a017.\u2003\u00a0Reconocimiento social de las entidades de econom\u00eda social.<\/strong><\/p>\n<p>La Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n promover\u00e1 el reconocimiento social de las entidades de econom\u00eda social mediante premios, distinciones, campa\u00f1as de difusi\u00f3n o eventos con la participaci\u00f3n de los principales actores y con la finalidad de dar publicidad a la actividad que desarrollan las entidades de econom\u00eda social aragonesas, incorporando nuevas ideas y nuevos proyectos provenientes del sector y de las Administraciones p\u00fablicas.<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO IV<\/p>\n<p><strong>Medidas de simplificaci\u00f3n normativa y administrativa<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a018.\u2003\u00a0Principio general.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n, en cumplimiento de los principios de eficacia y eficiencia, y con objeto de satisfacer las necesidades de las entidades de econom\u00eda social, llevar\u00e1 a cabo un proceso de racionalizaci\u00f3n normativa y administrativa que contemple la reducci\u00f3n de cargas burocr\u00e1ticas y tr\u00e1mites con la simplificaci\u00f3n en los procedimientos administrativos de creaci\u00f3n y desarrollo de la actividad empresarial de las entidades de econom\u00eda social.<\/p>\n<p>Se podr\u00e1 sustituir la aportaci\u00f3n de documentos y autorizaciones por una declaraci\u00f3n responsable o comunicaci\u00f3n de la persona que ostente la representaci\u00f3n legal de la entidad, con verificaci\u00f3n posterior y pleno respeto a la normativa b\u00e1sica estatal.<\/p>\n<p>2.\u2003Los procedimientos administrativos que incidan o est\u00e9n vinculados a la creaci\u00f3n de empresas y el desarrollo de la econom\u00eda social gozar\u00e1n en todo caso de preferencia en la tramitaci\u00f3n y, a los efectos previstos en el art\u00edculo\u00a096 de la Ley\u00a039\/2015, de\u00a01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas, se considera que impl\u00edcitamente concurren en ellos razones de inter\u00e9s p\u00fablico para su tramitaci\u00f3n simplificada.<\/p>\n<p>3.\u2003La Administraci\u00f3n de la Comunidad de Arag\u00f3n coordinar\u00e1 su actuaci\u00f3n con el resto de Administraciones p\u00fablicas para el impulso de la racionalizaci\u00f3n de los procesos dirigidos a la creaci\u00f3n o transformaci\u00f3n de empresas de econom\u00eda social la mejora de su eficiencia, evitando duplicidades.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a019.\u2003\u00a0Declaraci\u00f3n de inversi\u00f3n de inter\u00e9s auton\u00f3mico de proyectos de econom\u00eda social.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003En el marco de lo dispuesto en el Decreto-Ley\u00a01\/2008, de\u00a030 de octubre, del Gobierno de Arag\u00f3n, de medidas administrativas urgentes para facilitar la actividad econ\u00f3mica en Arag\u00f3n, podr\u00e1n ser declarados como inversiones de inter\u00e9s auton\u00f3mico para Arag\u00f3n los proyectos que sean coherentes con los objetivos de sostenibilidad econ\u00f3mica, social, territorial y medioambiental que se desarrollen por las entidades de econom\u00eda social de Arag\u00f3n, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:<\/p>\n<p>a)\u2003Proyectos que tengan por objeto la inserci\u00f3n laboral de colectivos en riesgo de exclusi\u00f3n, parados de larga duraci\u00f3n o personas con discapacidad.<\/p>\n<p>b)\u2003Proyectos de emprendimiento social generadores de empleo.<\/p>\n<p>c)\u2003Proyectos que se desarrollen en zonas rurales e impliquen una aportaci\u00f3n a la cohesi\u00f3n territorial y al desarrollo de estas zonas.<\/p>\n<p>d)\u2003Proyectos de econom\u00eda social que incorporen procesos de innovaci\u00f3n tecnol\u00f3gica y organizativa.<\/p>\n<p>e)\u2003Proyectos que supongan la implantaci\u00f3n de nuevas actividades econ\u00f3micas de empresas y entidades de econom\u00eda social en sectores emergentes.<\/p>\n<p>2.\u2003Dichos proyectos llevan impl\u00edcita la especial relevancia para el desarrollo econ\u00f3mico, social y territorial en Arag\u00f3n exigida en el art\u00edculo\u00a06 del Decreto-Ley\u00a01\/2008, de\u00a030 de octubre.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a020.\u2003\u00a0Plataforma de Econom\u00eda Social.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Se impulsar\u00e1 la creaci\u00f3n de una Plataforma de Econom\u00eda Social o su integraci\u00f3n en las plataformas existentes en materia de emprendimiento para agrupar en red toda la informaci\u00f3n que pueda ser de utilidad a las entidades de econom\u00eda social de Arag\u00f3n.<\/p>\n<p>2.\u2003La Plataforma de Econom\u00eda Social tiene por objeto facilitar los tr\u00e1mites administrativos para la creaci\u00f3n de empresas y entidades de econom\u00eda social y proporcionar el asesoramiento preciso para el inicio y desarrollo de la actividad, permitiendo el acceso r\u00e1pido y f\u00e1cil a todos los datos de inter\u00e9s que desde los diferentes niveles de la Administraci\u00f3n p\u00fablica y el sector privado se dirijan a estos colectivos.<\/p>\n<p>3.\u2003Para la mayor eficiencia y eficacia en el ejercicio de sus funciones, el Gobierno de Arag\u00f3n incentivar\u00e1 la celebraci\u00f3n de convenios de colaboraci\u00f3n con otras Administraciones p\u00fablicas, entidades privadas y con asociaciones del sector o participar\u00e1 en los que concierte la Administraci\u00f3n General del Estado con los registros de la propiedad, el Consejo General del Notariado, la Agencia Estatal de Administraci\u00f3n Tributaria y los registros mercantiles, los registros de cooperativas, el Registro de Sociedades Agrarias de Transformaci\u00f3n y los registros de asociaciones y fundaciones.<\/p>\n<p>4.\u2003Corresponde al departamento competente en materia de econom\u00eda social adoptar las medidas necesarias para la ejecuci\u00f3n y desarrollo de la Plataforma. La Plataforma estar\u00e1 integrada en la sede electr\u00f3nica de la Administraci\u00f3n P\u00fablica de la Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n, as\u00ed como con las herramientas corporativas de Administraci\u00f3n Electr\u00f3nica de Arag\u00f3n, de acuerdo con los criterios que se se\u00f1alen por la direcci\u00f3n general con competencias en materia de administraci\u00f3n electr\u00f3nica.<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO V<\/p>\n<p><strong>Medidas p\u00fablicas y econ\u00f3micas de apoyo a la econom\u00eda social<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a021.\u2003\u00a0Apoyo econ\u00f3mico de nuevas iniciativas de econom\u00eda social.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003El Gobierno de Arag\u00f3n fomentar\u00e1 en el \u00e1mbito de sus competencias la implantaci\u00f3n de instrumentos financieros espec\u00edficos que contribuyan a promover el desarrollo de nuevas iniciativas de econom\u00eda social mediante la creaci\u00f3n de nuevas entidades o mediante la ampliaci\u00f3n de actividades de las existentes.<\/p>\n<p>2.\u2003Se estimular\u00e1 el acceso de las peque\u00f1as y medianas empresas de la econom\u00eda social de Arag\u00f3n tanto a l\u00edneas de avales de garant\u00eda de operaciones de activo como a programas de microcr\u00e9ditos o fondos de capital riesgo que puedan concertarse espec\u00edficamente para el lanzamiento de nuevas iniciativas de econom\u00eda social y, en general, se promover\u00e1 su acceso a todos aquellos instrumentos financieros que puedan adaptarse a las necesidades de las nuevas iniciativas de la econom\u00eda social, especialmente para la creaci\u00f3n de nuevas empresas del sector y la consolidaci\u00f3n de las existentes.<\/p>\n<p>3.\u2003El Gobierno de Arag\u00f3n promover\u00e1 acuerdos con distintas entidades p\u00fablicas o privadas para posibilitar la financiaci\u00f3n de proyectos de econom\u00eda social.<\/p>\n<p>4.\u2003Asimismo, se impulsar\u00e1n medidas dirigidas al crecimiento, a la cooperaci\u00f3n y a la mejora de la competitividad del tejido de empresas de econom\u00eda social en Arag\u00f3n. Dichas medidas se evaluar\u00e1n anualmente para garantizar su adecuaci\u00f3n a la coyuntura econ\u00f3mica existente en el momento de aplicaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a022.\u2003\u00a0Otras medidas p\u00fablicas de apoyo.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La Administraci\u00f3n de Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n impulsar\u00e1 la creaci\u00f3n y actividad de las entidades y empresas de econom\u00eda social mediante el dise\u00f1o y desarrollo de las diferentes convocatorias de ayudas y subvenciones.<\/p>\n<p>2.\u2003Las ayudas y subvenciones atender\u00e1n a la necesidad de proteger a los colectivos sociales con especiales dificultades de acceso al mercado de trabajo, a la garant\u00eda de la viabilidad futura de los proyectos beneficiarios, as\u00ed como a la exigencia de evaluaci\u00f3n de los efectos de las ayudas econ\u00f3micas sobre los objetivos propuestos.<\/p>\n<p>3.\u2003La Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma promover\u00e1 la inclusi\u00f3n de cl\u00e1usulas que fomenten el surgimiento o fortalecimiento de iniciativas de econom\u00eda social en las diferentes convocatorias p\u00fablicas, as\u00ed como la inclusi\u00f3n de incentivos a la econom\u00eda social en otras pol\u00edticas p\u00fablicas de car\u00e1cter transversal.<\/p>\n<p>4.\u2003En el \u00e1mbito de la contrataci\u00f3n p\u00fablica se fomentar\u00e1 el uso de las cl\u00e1usulas sociales y se reservar\u00e1 la participaci\u00f3n de las entidades de econom\u00eda social en los procesos de licitaci\u00f3n, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa contractual que resulte de aplicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO VI<\/p>\n<p><strong>Plan Aragon\u00e9s de Impulso de la Econom\u00eda Social<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a023.\u2003\u00a0Plan Aragon\u00e9s de Impulso de la Econom\u00eda Social.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003El Plan Aragon\u00e9s de Impulso de la Econom\u00eda Social es el instrumento en el que se compilan las medidas y pol\u00edticas p\u00fablicas que se desarrollen en materia de econom\u00eda social en Arag\u00f3n, con el objeto de alcanzar la m\u00e1xima eficacia y eficiencia en la consecuci\u00f3n de los objetivos marcados por esta ley.<\/p>\n<p>2.\u2003El Plan prestar\u00e1 especial atenci\u00f3n a las entidades de econom\u00eda social de singular arraigo en su entorno y a las que generen empleo de calidad en los sectores m\u00e1s desfavorecidos de Arag\u00f3n y contribuyan a luchar contra la exclusi\u00f3n social y la despoblaci\u00f3n.<\/p>\n<p>3.\u2003El Plan se conformar\u00e1 con el siguiente contenido:<\/p>\n<p>a)\u2003An\u00e1lisis global de la econom\u00eda social en Arag\u00f3n.<\/p>\n<p>b)\u2003Definici\u00f3n de los objetivos estrat\u00e9gicos y operativos de la econom\u00eda social aragonesa, determinando las l\u00edneas de acci\u00f3n prioritarias y el desarrollo de programas, instrumentos y medidas precisas, identificando a los sujetos responsables de su ejecuci\u00f3n.<\/p>\n<p>c)\u2003Medidas de coordinaci\u00f3n interadministrativa y de colaboraci\u00f3n con las iniciativas privadas para el fomento y desarrollo de la econom\u00eda social en Arag\u00f3n.<\/p>\n<p>d)\u2003Medidas de impulso en el acceso a la innovaci\u00f3n tecnol\u00f3gica por parte de las entidades de la econom\u00eda social.<\/p>\n<p>e)\u2003Metodolog\u00eda e instrumento de evaluaci\u00f3n que incluya un sistema de indicadores, de proceso y resultado, que posibiliten el correcto desarrollo del Plan y el conocimiento del grado de ejecuci\u00f3n de los objetivos planteados.<\/p>\n<p>f)\u2003Definici\u00f3n del \u00e1mbito temporal. Cronograma de ejecuci\u00f3n del Plan, con desglose temporal de car\u00e1cter anual.<\/p>\n<p>g)\u2003Presupuesto interanual desglosado por ejercicio, objetivos, medidas y agentes responsables de su ejecuci\u00f3n.<\/p>\n<p>4.\u2003El Plan tendr\u00e1 una periodicidad trienal, y se evaluar\u00e1 y revisar\u00e1 con la misma periodicidad, sin perjuicio de lo previsto en el art\u00edculo siguiente.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a024.\u2003\u00a0Procedimiento y aprobaci\u00f3n del Plan.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003El Plan ser\u00e1 aprobado por acuerdo del Gobierno de Arag\u00f3n, previa propuesta del departamento competente en materia de econom\u00eda social e informe preceptivo del Consejo Aragon\u00e9s de la Econom\u00eda Social.<\/p>\n<p>2.\u2003El Plan Aragon\u00e9s de Impulso de la Econom\u00eda Social se publicar\u00e1 en el \u00abBolet\u00edn Oficial de Arag\u00f3n\u00bb y se remitir\u00e1 a las Cortes de Arag\u00f3n para su conocimiento.<\/p>\n<p>3.\u2003El Plan ser\u00e1 objeto de seguimiento y evaluaci\u00f3n por el Consejo Aragon\u00e9s de la Econom\u00eda Social, que elaborar\u00e1 un informe anual sobre la ejecuci\u00f3n de sus medidas y el grado de cumplimiento de los objetivos contemplados en \u00e9l.<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO VII<\/p>\n<p><strong>Consejo Aragon\u00e9s de la Econom\u00eda Social<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a025.\u2003\u00a0Creaci\u00f3n del Consejo Aragon\u00e9s de la Econom\u00eda Social.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Se crea el Consejo Aragon\u00e9s de la Econom\u00eda Social como m\u00e1ximo \u00f3rgano de coordinaci\u00f3n, interlocuci\u00f3n y participaci\u00f3n en materia de econom\u00eda social en el \u00e1mbito de la Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n, revistiendo, asimismo, el car\u00e1cter de \u00f3rgano consultivo y asesor de la Administraci\u00f3n aragonesa para las actividades relacionadas con la econom\u00eda social, especialmente en el \u00e1mbito de la promoci\u00f3n y difusi\u00f3n de la econom\u00eda social.<\/p>\n<p>2.\u2003Este \u00f3rgano colegiado quedar\u00e1 adscrito al departamento del Gobierno de Arag\u00f3n competente en materia de econom\u00eda social.<\/p>\n<p>3.\u2003El Consejo tendr\u00e1 su sede en la ciudad donde radiquen los servicios centrales del departamento al que se encuentre adscrito. No obstante, las convocatorias podr\u00e1n fijar un lugar diferente, incluso en distinta localidad, para la celebraci\u00f3n de sus sesiones.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a026.\u2003\u00a0Funciones.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Corresponden al Consejo Aragon\u00e9s de la Econom\u00eda Social las siguientes funciones:<\/p>\n<p>a)\u2003Fomentar y difundir los valores y principios propios de la econom\u00eda social.<\/p>\n<p>b)\u2003Defender los intereses leg\u00edtimos de las entidades aragonesas de dicho sector.<\/p>\n<p>c)\u2003Informar, con car\u00e1cter preceptivo, el Plan Aragon\u00e9s de Impulso de la Econom\u00eda Social y su seguimiento.<\/p>\n<p>d)\u2003Realizar propuestas, estudios e informes facultativos y no vinculantes sobre cuestiones concernientes al \u00e1mbito de la econom\u00eda social en Arag\u00f3n.<\/p>\n<p>e)\u2003Asesorar, cuando sea requerido para ello, en las actuaciones de fomento, promoci\u00f3n y difusi\u00f3n de la econom\u00eda social, as\u00ed como en su integraci\u00f3n y coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s pol\u00edticas p\u00fablicas auton\u00f3micas, especialmente con las dirigidas a la creaci\u00f3n de empleo de calidad, el fomento del emprendimiento y el desarrollo local y rural.<\/p>\n<p>f)\u2003Informar con car\u00e1cter preceptivo propuestas de incorporaci\u00f3n o exclusi\u00f3n en el Cat\u00e1logo de entidades de la econom\u00eda social de Arag\u00f3n.<\/p>\n<p>g)\u2003Favorecer la creaci\u00f3n de redes y la cooperaci\u00f3n entre las entidades que forman parte de la econom\u00eda social y de estas con aquellas entidades p\u00fablicas y privadas que faciliten la transferencia de conocimiento a las entidades de econom\u00eda social en el \u00e1mbito de la Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n.<\/p>\n<p>h)\u2003Todas aquellas funciones que le sean atribuidas por disposiciones legales o reglamentarias.<\/p>\n<p>Los informes preceptivos a que se refiere el presente apartado deber\u00e1n emitirse en el plazo de quince d\u00edas desde su solicitud.<\/p>\n<p>2.\u2003Al Consejo Aragon\u00e9s de la Econom\u00eda Social le corresponde designar a las personas que hayan de tener la representaci\u00f3n de las entidades de econom\u00eda social en los \u00f3rganos de participaci\u00f3n institucional de car\u00e1cter general o espec\u00edfico, de conformidad con lo que establezcan las normas reguladoras del funcionamiento de estos, as\u00ed como la designaci\u00f3n de personas interlocutoras y representantes de la econom\u00eda social de Arag\u00f3n en los \u00e1mbitos en que proceda.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a027.\u2003\u00a0Composici\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Integran el Consejo Aragon\u00e9s de la Econom\u00eda Social:<\/p>\n<p>a)\u2003La presidencia, que la ocupar\u00e1 la persona titular del departamento competente en materia de econom\u00eda social, o persona en quien delegue.<\/p>\n<p>b)\u2003La vicepresidencia primera, que la ocupar\u00e1 la persona titular de la direcci\u00f3n general competente en materia de econom\u00eda social, o persona en quien delegue.<\/p>\n<p>c)\u2003La vicepresidencia segunda, que ser\u00e1 ocupada por la persona elegida mayoritariamente por las personas miembros del Consejo Aragon\u00e9s de la Econom\u00eda Social representantes de las entidades de la econom\u00eda social, de entre ellas.<\/p>\n<p>d)\u2003Siete personas en representaci\u00f3n de las entidades de econom\u00eda social de \u00e1mbito auton\u00f3mico, a propuesta de las asociaciones intersectoriales representativas de \u00e1mbito auton\u00f3mico que agrupen conjuntamente asociaciones de entidades de econom\u00eda social.<\/p>\n<p>e)\u2003Una persona en representaci\u00f3n de todas las entidades aragonesas que, sin relacionarse en el art\u00edculo\u00a05.1, se incluyan en el cat\u00e1logo referido en el art\u00edculo\u00a06.<\/p>\n<p>f)\u2003Diez personas en representaci\u00f3n de la Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n, designadas a propuesta de las personas titulares de cada uno de los departamentos:<\/p>\n<p>1.\u00ba\u2003Una persona representante del departamento competente en materia de empleo.<\/p>\n<p>2.\u00ba\u2003Una persona representante del departamento competente en materia de cooperativas.<\/p>\n<p>3.\u00ba\u2003Una persona representante del departamento competente en materia de desarrollo rural.<\/p>\n<p>4.\u00ba\u2003Una persona representante del departamento competente en materia de educaci\u00f3n.<\/p>\n<p>5.\u00ba\u2003Una persona representante del departamento competente en materia de Universidades.<\/p>\n<p>6.\u00ba\u2003Una persona representante del departamento competente en materia de fundaciones y asociaciones.<\/p>\n<p>7.\u00ba\u2003Una persona representante del departamento competente en materia de servicios sociales.<\/p>\n<p>8.\u00ba\u2003Una persona representante del departamento competente en materia de innovaci\u00f3n.<\/p>\n<p>9.\u00ba\u2003Una persona representante del departamento competente en materia de ordenaci\u00f3n del territorio.<\/p>\n<p>10.\u00ba\u2003Una persona representante del departamento competente en materia de agricultura.<\/p>\n<p>11.\u00ba\u2003Una persona representante del Instituto Aragon\u00e9s de Fomento.<\/p>\n<p>g)\u2003Una persona representante de los municipios de Arag\u00f3n propuesta por la Federaci\u00f3n Aragonesa de Municipios, Comarcas y Provincias.<\/p>\n<p>h)\u2003Una persona representante por cada una de las organizaciones sindicales y empresariales m\u00e1s representativas de Arag\u00f3n, a propuesta de cada una de estas entidades.<\/p>\n<p>i)\u2003Una persona representante de la Universidad de Zaragoza propuesta por la misma.<\/p>\n<p>j)\u2003Una persona representante de las C\u00e1maras de Comercio de Arag\u00f3n propuesta por el Consejo Aragon\u00e9s de C\u00e1maras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios.<\/p>\n<p>2.\u2003La Secretar\u00eda ser\u00e1 ocupada por una persona funcionaria propuesta por la direcci\u00f3n general competente en materia de econom\u00eda social, que actuar\u00e1 con voz, pero sin voto.<\/p>\n<p>3.\u2003La composici\u00f3n y organizaci\u00f3n del Consejo, as\u00ed como de sus \u00f3rganos, se realizar\u00e1 atendiendo al principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres en su composici\u00f3n total.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a028.\u2003\u00a0Nombramientos y ceses.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Las personas titulares y suplentes integrantes del Consejo Aragon\u00e9s de la Econom\u00eda Social ser\u00e1n nombradas y cesadas por la persona titular del departamento competente en materia de econom\u00eda social, a propuesta de la entidad u \u00f3rgano al que le corresponde o de las decisiones derivadas del propio Consejo.<\/p>\n<p>2.\u2003La duraci\u00f3n del mandato de las personas integrantes del Consejo Aragon\u00e9s de la Econom\u00eda Social ser\u00e1 de cuatro a\u00f1os, renov\u00e1ndose a la finalizaci\u00f3n de este per\u00edodo, sin perjuicio de su reelecci\u00f3n.<\/p>\n<p>3.\u2003Las personas integrantes del Consejo Aragon\u00e9s de la Econom\u00eda Social podr\u00e1n ser sustituidas a iniciativa de la entidad u \u00f3rgano al cual le corresponde realizar la propuesta de nombramiento.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a029.\u2003\u00a0Funcionamiento.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003El Consejo funcionar\u00e1 en Pleno y a trav\u00e9s de comisiones de trabajo.<\/p>\n<p>2.\u2003Corresponde al Pleno el ejercicio de las funciones previstas en el art\u00edculo\u00a026, aprobar las normas de r\u00e9gimen interno, constituir comisiones de trabajo y cualesquiera otras funciones que resulten precisas para el cumplimiento de sus objetivos.<\/p>\n<p>3.\u2003Podr\u00e1n crearse comisiones de trabajo para el estudio de cuestiones concretas y la elaboraci\u00f3n de informes y dict\u00e1menes. Su creaci\u00f3n y extinci\u00f3n se acordar\u00e1n expresamente por el Pleno.<\/p>\n<p>4.\u2003El Pleno del Consejo se reunir\u00e1 en sesi\u00f3n ordinaria dos veces al a\u00f1o y, en sesi\u00f3n extraordinaria, cuando as\u00ed sea convocado por la Presidencia a iniciativa propia o a petici\u00f3n de, al menos, ocho vocales.<\/p>\n<p>Para la v\u00e1lida constituci\u00f3n, a efectos de la celebraci\u00f3n de las sesiones plenarias, se requerir\u00e1 la asistencia de las personas que ostenten la Presidencia y Secretar\u00eda, o de quienes las sustituyan, y de la mitad, al menos, de los restantes integrantes.<\/p>\n<p>5.\u2003El Pleno adoptar\u00e1 los acuerdos, cuando as\u00ed proceda, por mayor\u00eda de los votos v\u00e1lidamente emitidos por los presentes en la sesi\u00f3n. Quienes mantengan una posici\u00f3n distinta de la mayoritaria podr\u00e1n expresar su voto reservado o su opci\u00f3n discrepante, que se recoger\u00e1 en el acta junto con la decisi\u00f3n mayoritaria.<\/p>\n<p>6.\u2003El funcionamiento del Consejo se ajustar\u00e1 a lo dispuesto en la presente ley, en la Ley\u00a040\/2015, de\u00a01 de octubre, de R\u00e9gimen Jur\u00eddico del Sector P\u00fablico, y en la Ley\u00a05\/2021, de\u00a029 de junio, de Organizaci\u00f3n y R\u00e9gimen Jur\u00eddico del Sector P\u00fablico Auton\u00f3mico de Arag\u00f3n, y se complementar\u00e1 con las normas de r\u00e9gimen interno aprobadas por el Pleno del Consejo.<\/p>\n<p>En todo caso, a las reuniones del Pleno o de las comisiones de trabajo podr\u00e1n asistir, sin derecho a voto, una persona asesora por cada una de las entidades de la econom\u00eda social, de la Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma, de los municipios de Arag\u00f3n y de las universidades de Arag\u00f3n, representadas en el Consejo Aragon\u00e9s de la Econom\u00eda Social, as\u00ed como las personas que autorice el correspondiente \u00f3rgano.<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO VIII<\/p>\n<p><strong>Transparencia y publicidad<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a030.\u2003\u00a0Divulgaci\u00f3n de la informaci\u00f3n relativa a la econom\u00eda social.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La informaci\u00f3n relativa a la econom\u00eda social se centralizar\u00e1 a trav\u00e9s de la Plataforma de Econom\u00eda Social prevista en el art\u00edculo\u00a020, como modo de divulgaci\u00f3n y difusi\u00f3n de la misma, sin perjuicio de las obligaciones en materia de transparencia y acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica establecidas en la legislaci\u00f3n en la materia.<\/p>\n<p>2.\u2003En fomento de la divulgaci\u00f3n de la informaci\u00f3n relativa a la econom\u00eda social se desarrollar\u00e1, integrado en el Plan Aragon\u00e9s de Impulso a la Econom\u00eda Social, un plan de comunicaci\u00f3n, de car\u00e1cter complementario a los planes y acciones de comunicaci\u00f3n que desarrollen las diferentes entidades de la econom\u00eda social en Arag\u00f3n en su \u00e1mbito de actuaci\u00f3n, con el objeto de favorecer el conocimiento del sector.<\/p>\n<p>3.\u2003Conforme a lo previsto en el cap\u00edtulo VI, el seguimiento y evaluaci\u00f3n de la ejecuci\u00f3n de las medidas y pol\u00edticas p\u00fablicas en materia de econom\u00eda social previstas del Plan Aragon\u00e9s de Impulso de la Econom\u00eda Social ser\u00e1 llevado a cabo por el Consejo Aragon\u00e9s de la Econom\u00eda Social, d\u00e1ndose publicidad de sus informes a trav\u00e9s de la Plataforma de Econom\u00eda Social.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional primera.\u2003T\u00e9rminos gen\u00e9ricos.<\/strong><\/p>\n<p>Las menciones gen\u00e9ricas en masculino que aparecen en el articulado de la presente ley se entender\u00e1n referidas tambi\u00e9n a su correspondiente femenino.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional segunda.\u2003Coordinaci\u00f3n con el Consejo Aragon\u00e9s del Cooperativismo.<\/strong><\/p>\n<p>El Consejo Aragon\u00e9s del Cooperativismo coordinar\u00e1 sus actuaciones con las del Consejo\u00a0Aragon\u00e9s de la Econom\u00eda Social en la forma que se determine reglamentariamente.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional tercera.\u2003Adaptaci\u00f3n normativa.<\/strong><\/p>\n<p>Se proceder\u00e1 a la adaptaci\u00f3n normativa de todos los procedimientos administrativos que incidan en la creaci\u00f3n de empresas y entidades de econom\u00eda social de acuerdo con las previsiones de esta ley y la normativa espec\u00edfica que resulte de aplicaci\u00f3n, en el plazo de un a\u00f1o computado a partir del cumplimiento del mandato previsto en la disposici\u00f3n final primera.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional cuarta.\u2003Plan Aragon\u00e9s de Impulso de la Econom\u00eda Social.<\/strong><\/p>\n<p>En el plazo de un a\u00f1o desde la efectiva constituci\u00f3n y funcionamiento del Consejo Aragon\u00e9s de la Econom\u00eda Social, el departamento competente en materia de econom\u00eda social elevar\u00e1, para su aprobaci\u00f3n por el Gobierno de Arag\u00f3n, el Plan Aragon\u00e9s de Impulso de la Econom\u00eda Social.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional quinta.\u2003No incremento de consignaciones presupuestarias.<\/strong><\/p>\n<p>La constituci\u00f3n, puesta en marcha y funcionamiento del Consejo Aragon\u00e9s de la Econom\u00eda Social no generar\u00e1 incrementos de las consignaciones presupuestarias del departamento al que se adscribe, as\u00ed como tampoco de los departamentos del Gobierno de Arag\u00f3n a los que est\u00e9n afectos los diferentes participantes que lo componen.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional sexta.\u2003Informatizaci\u00f3n de los registros.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Se promover\u00e1 la plena integraci\u00f3n de los avances tecnol\u00f3gicos en la gesti\u00f3n de los registros de entidades de la econom\u00eda social, en particular la incorporaci\u00f3n de los medios y procedimientos inform\u00e1ticos.<\/p>\n<p>2.\u2003La tramitaci\u00f3n de los procedimientos relativos a los registros administrativos establecidos normativamente de aquellas entidades de econom\u00eda social, como el relativo a las cooperativas, sociedades laborales, centros especiales de empleo y empresas de inserci\u00f3n, se realizar\u00e1 por medios telem\u00e1ticos en la medida en que lo permita la implantaci\u00f3n de la administraci\u00f3n electr\u00f3nica. Asimismo, se impulsar\u00e1n mecanismos de colaboraci\u00f3n con las dem\u00e1s Administraciones p\u00fablicas, notar\u00edas y resto de registros que aseguren la interoperabilidad y seguridad de los sistemas y soluciones adoptadas por cada una de ellas, garantizando la protecci\u00f3n de datos de car\u00e1cter personal.<\/p>\n<p>3.\u2003Los datos p\u00fablicos de los registros contemplados en esta disposici\u00f3n adicional se publicar\u00e1n en formato abierto y reutilizable de acuerdo con la normativa interoperabilidad establecida por el Departamento competente en materia de administraci\u00f3n electr\u00f3nica y, en su defecto, por aquella normativa o buenas pr\u00e1cticas establecidas por la Administraci\u00f3n General del Estado y la Uni\u00f3n Europea.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional s\u00e9ptima.\u2003Estad\u00edstica de la econom\u00eda social.<\/strong><\/p>\n<p>La Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n adoptar\u00e1 medidas de coordinaci\u00f3n entre sus departamentos y con la Administraci\u00f3n General del Estado con competencia en materia registral de la econom\u00eda social para garantizar una informaci\u00f3n estad\u00edstica actualizada y ajustada al cat\u00e1logo regulado en el art\u00edculo\u00a06.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional octava.\u2003Participaci\u00f3n institucional.<\/strong><\/p>\n<p>Las normas reguladoras del funcionamiento de los \u00f3rganos consultivos de car\u00e1cter econ\u00f3mico y social, en particular del Consejo Econ\u00f3mico y Social de Arag\u00f3n, as\u00ed como de los \u00f3rganos que se creen espec\u00edficamente para la participaci\u00f3n institucional en la definici\u00f3n de pol\u00edticas activas de empleo y de desarrollo en los planos econ\u00f3mico y social, determinar\u00e1n la forma en la cual participar\u00e1n en ellos las entidades de la econom\u00eda social, cuya representaci\u00f3n ser\u00e1 designada por las entidades que integran el Consejo Aragon\u00e9s de la Econom\u00eda Social.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional novena.\u2003Fomento de la accesibilidad.<\/strong><\/p>\n<p>Tanto la publicaci\u00f3n como los procesos, objetos, instrumentos, herramientas y dispositivos que se desarrollen en virtud de esta ley se llevar\u00e1n a cabo en documento de lectura f\u00e1cil, de acuerdo con lo establecido en la disposici\u00f3n adicional primera de la Ley\u00a02\/2022, de\u00a019 de mayo, de aplicaci\u00f3n y desarrollo de la Ley\u00a01\/2021, de\u00a011 de febrero, de simplificaci\u00f3n administrativa.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional d\u00e9cima.\u2003Constituci\u00f3n del Consejo Aragon\u00e9s de la Econom\u00eda Social.<\/strong><\/p>\n<p>En el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de esta ley, se proceder\u00e1 a la constituci\u00f3n del Consejo Aragon\u00e9s de la Econom\u00eda Social en los t\u00e9rminos y conforme al procedimiento establecido en la misma.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional und\u00e9cima.\u2003Dotaci\u00f3n presupuestaria del Plan Aragon\u00e9s de Impulso de la Econom\u00eda Social.<\/strong><\/p>\n<p>El Plan Aragon\u00e9s de Impulso de la Econom\u00eda Social contar\u00e1 con una dotaci\u00f3n presupuestaria acorde a la relevancia que la econom\u00eda social tiene en el \u00e1mbito aragon\u00e9s y se incorporar\u00e1 en el presupuesto de pol\u00edticas econ\u00f3micas de la Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n final primera.\u2003Definici\u00f3n de procedimientos y tr\u00e1mites.<\/strong><\/p>\n<p>Para la correcta aplicaci\u00f3n de lo dispuesto en el cap\u00edtulo IV y en aras de la seguridad jur\u00eddica, el Gobierno de Arag\u00f3n, en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta ley, aprobar\u00e1 una relaci\u00f3n detallada de los procedimientos y tr\u00e1mites relacionados con la creaci\u00f3n de empresas y entidades de econom\u00eda social.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n final segunda.\u2003Habilitaci\u00f3n normativa.<\/strong><\/p>\n<p>Se faculta al Gobierno de Arag\u00f3n para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo de la presente ley.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n final tercera.\u2003Modificaci\u00f3n del texto refundido de la Ley de Cooperativas de Arag\u00f3n, aprobado por Decreto Legislativo\u00a02\/2014, de\u00a029 de agosto, del Gobierno de Arag\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>Se modifica el apartado\u00a02 del art\u00edculo\u00a093 del texto refundido de la Ley de Cooperativas de Arag\u00f3n, aprobado por Decreto Legislativo\u00a02\/2014, de\u00a029 de agosto, del Gobierno de Arag\u00f3n, que queda redactado del siguiente modo:<\/p>\n<p>\u00ab2.\u2003Diez o m\u00e1s cooperativas, activas, de la misma clase, individualmente o agrupadas en uniones, podr\u00e1n constituir una federaci\u00f3n de cooperativas siempre que integren, al menos, al treinta por ciento de esta clase de cooperativas. Su \u00e1mbito territorial deber\u00e1 extenderse a toda la Comunidad Aut\u00f3noma. Si no existiera otra federaci\u00f3n de ese tipo de cooperativas, dispondr\u00e1n de un plazo de cinco a\u00f1os para integrar al m\u00ednimo del treinta por ciento anteriormente indicado.\u00bb<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n final cuarta.\u2003Modificaci\u00f3n de la Ley\u00a09\/1990, de\u00a09 de noviembre, del Consejo Econ\u00f3mico y Social de Arag\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>Se a\u00f1ade una nueva letra d) en el art\u00edculo\u00a05 de la Ley\u00a09\/1990, de\u00a09 de noviembre, del Consejo Econ\u00f3mico y Social de Arag\u00f3n, con la siguiente redacci\u00f3n:<\/p>\n<p>\u00abd)\u2003Uno en nombre de las entidades de econom\u00eda social designado por el Consejo Aragon\u00e9s de la Econom\u00eda Social, de entre ellas.\u00bb<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n final quinta.\u2003Entrada en vigor.<\/strong><\/p>\n<p>Esta ley entrar\u00e1 en vigor el d\u00eda siguiente al de su publicaci\u00f3n en el \u00abBolet\u00edn Oficial de Arag\u00f3n\u00bb.<\/p>\n<p>Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a los que sea de aplicaci\u00f3n esta Ley, que la cumplan, y a los tribunales y autoridades a los que corresponda, que la hagan cumplir.<\/p>\n<p>Zaragoza, 1 de diciembre de\u00a02022.\u2013El Presidente de Arag\u00f3n, Javier Lamb\u00e1n Monta\u00f1\u00e9s.<\/p>\n<p><em>(Publicada en el \u00abBolet\u00edn Oficial de Arag\u00f3n\u00bb n\u00famero\u00a0244, de\u00a020 de diciembre de\u00a02022)<\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Ley 7\/2022, de 1 de diciembre, de Econom\u00eda Social de Arag\u00f3n.<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[3134,4],"tags":[3759],"class_list":["post-19112","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-bienes-y-servicios","category-novedades-normativas","tag-economia-social-de-aragon"],"acf":[],"yoast_head":"<!-- This site is optimized with the Yoast SEO plugin v28.6 - 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