{"id":19432,"date":"2023-05-08T09:45:00","date_gmt":"2023-05-08T09:45:00","guid":{"rendered":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=19432"},"modified":"2026-09-30T09:20:33","modified_gmt":"2026-09-30T09:20:33","slug":"medio-rural-de-aragon","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=19432","title":{"rendered":"Medio rural de ARAGON"},"content":{"rendered":"<p><span style=\"font-size: 14pt;\"><strong>Ley 13\/2023, de 30 de marzo, de dinamizaci\u00f3n del medio rural de Arag\u00f3n.<\/strong><\/span><!--more--><\/p>\n<p>Estos Documentos, con los que puedan modificar o acompa\u00f1ar y su texto \u00edntegro, se han incorporado a los contenidos ya existentes en el siguiente T\u00cdTULO publicado y a su disposici\u00f3n:<br \/>\n<a href=\"https:\/\/dappeditorial.es\/guia-legal-del-secretario-municipal\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"><img decoding=\"async\" class=\"alignnone wp-image-6252 size-full\" src=\"https:\/\/normativamunicipal.com\/wp-content\/uploads\/2020\/12\/logo-secretario-blog.png\" alt=\"\" width=\"364\" height=\"56\" srcset=\"https:\/\/normativamunicipal.com\/wp-content\/uploads\/2020\/12\/logo-secretario-blog.png 364w, https:\/\/normativamunicipal.com\/wp-content\/uploads\/2020\/12\/logo-secretario-blog-300x46.png 300w\" sizes=\"(max-width: 364px) 100vw, 364px\" \/><\/a>&gt;<a href=\"https:\/\/dappeditorial.es\/recordatorio-de-claves\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"><img decoding=\"async\" class=\"alignnone size-full wp-image-12810\" src=\"https:\/\/normativaconstruccion.es\/wp-content\/uploads\/2022\/09\/recordatorio-claves.gif\" alt=\"\" width=\"390\" height=\"57\" \/><\/a><\/p>\n<p>BOE de 6 de mayo de 2023<\/p>\n<p>TEXTO ORIGINAL<\/p>\n<p>En nombre del Rey y como Presidente de la Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n, promulgo esta Ley, aprobada por las Cortes de Arag\u00f3n, y ordeno su publicaci\u00f3n en el \u00abBolet\u00edn Oficial de Arag\u00f3n\u00bb y en el \u00abBolet\u00edn Oficial del Estado\u00bb, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el art\u00edculo\u00a045 del Estatuto de Autonom\u00eda de Arag\u00f3n.<\/p>\n<p>\u00cdNDICE<\/p>\n<p>Pre\u00e1mbulo.<\/p>\n<p>T\u00edtulo I. Disposiciones generales y principios rectores de actuaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo I. Disposiciones generales.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a01.\u2003Objeto.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a02.\u2003\u00c1mbito de aplicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a03.\u2003Fines.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a04.\u2003Objetivos.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo II. Principios rectores de actuaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a05.\u2003Mecanismo rural de garant\u00eda.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a06.\u2003Sensibilizaci\u00f3n y atracci\u00f3n del medio rural.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a07.\u2003Valor ambiental del medio rural.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a08.\u2003Mujeres rurales.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a09.\u2003Inmigraci\u00f3n.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a010.\u2003Cooperaci\u00f3n institucional.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a011.\u2003Participaci\u00f3n social, cooperaci\u00f3n y gobernanza.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a012.\u2003Contrataci\u00f3n.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a013.\u2003Seguridad ciudadana.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a014.\u2003Conectividad.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a015.\u2003Empleo p\u00fablico, descentralizaci\u00f3n y desconcentraci\u00f3n.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a016.\u2003Acceso a equipamientos y servicios b\u00e1sicos en el medio rural.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a017.\u2003Nueva econom\u00eda de cuidados.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a018.\u2003Protecci\u00f3n civil.<\/p>\n<p>T\u00edtulo II.\u2003Delimitaci\u00f3n y zonificaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo I.\u2003Zonificaci\u00f3n y clasificaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a019.\u2003Efectos de la clasificaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a020.\u2003Medio rural.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a021.\u2003Instrumentos de valoraci\u00f3n y clasificaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a022.\u2003Asentamientos de car\u00e1cter rural.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a023.\u2003Clasificaci\u00f3n de los asentamientos de car\u00e1cter rural.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a024.\u2003Municipios de car\u00e1cter rural.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a025.\u2003Clasificaci\u00f3n de los municipios de car\u00e1cter rural.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a026.\u2003Asentamientos y municipios de car\u00e1cter rural ubicados en espacios metropolitanos.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a027.\u2003Asentamientos deshabitados y permanentes aislados.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo II. Clasificaci\u00f3n a efectos fiscales.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a028.\u2003Asentamientos de car\u00e1cter rural a efectos fiscales.<\/p>\n<p>T\u00edtulo III.\u2003Planificaci\u00f3n y programaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a029.\u2003Instrumentos marco de referencia.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a030.\u2003Otros instrumentos de planificaci\u00f3n y programaci\u00f3n del medio rural.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a031.\u2003Disposiciones normativas y planificaci\u00f3n sectorial de la Comunidad Aut\u00f3noma con incidencia en el medio rural.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a032.\u2003Directrices zonales y programas de gesti\u00f3n territorial.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a033.\u2003Adaptaci\u00f3n de la planificaci\u00f3n y programaci\u00f3n a la evoluci\u00f3n del desarrollo territorial.<\/p>\n<p>T\u00edtulo IV.\u2003Dinamizaci\u00f3n y diversificaci\u00f3n econ\u00f3mica.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo I.\u2003Programa de gesti\u00f3n territorial de dinamizaci\u00f3n econ\u00f3mica y social para el medio rural.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a034.\u2003Elaboraci\u00f3n y contenido.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo II.\u2003Fomento y promoci\u00f3n de la cultura emprendedora en el medio rural.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a035.\u2003Objetivos en relaci\u00f3n con el fomento y promoci\u00f3n de la cultura emprendedora.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a036.\u2003Actuaciones en el \u00e1mbito de la cultura emprendedora.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a037.\u2003Territorio emprendedor de Arag\u00f3n.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a038.\u2003Responsabilidad social rural.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo III.\u2003Fomento de la actividad econ\u00f3mica y el empleo en el medio rural<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a039.\u2003Objetivos en relaci\u00f3n con el fomento de la actividad econ\u00f3mica y el empleo en el medio rural.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a040.\u2003Actuaciones en el \u00e1mbito de la actividad econ\u00f3mica y el empleo en el medio rural.<\/p>\n<p>T\u00edtulo V.\u2003Pol\u00edticas p\u00fablicas en el medio rural.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo I.\u2003Orientaci\u00f3n de las pol\u00edticas p\u00fablicas.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a041.\u2003Complementariedad.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo II.\u2003Actividades econ\u00f3micas.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a042.\u2003Fomento de la econom\u00eda social en el medio rural.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a043.\u2003Econom\u00eda verde y sostenible.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a044.\u2003Agricultura y ganader\u00eda.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a045.\u2003Sector forestal.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a046.\u2003Agroindustria.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a047.\u2003Turismo en el medio rural.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a048.\u2003Espacios rurales de actividad econ\u00f3mica y empresarial.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a049.\u2003Internacionalizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a050.\u2003Declaraci\u00f3n de inter\u00e9s auton\u00f3mico.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo III.\u2003Alojamiento. vivienda y nuevos pobladores.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a051.\u2003Urbanismo y vivienda.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo IV.\u2003Equipamientos y servicios.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a052.\u2003Garant\u00eda de accesibilidad a los servicios en el medio rural.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a053.\u2003Disposiciones generales en materia de sanidad.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a054.\u2003Modelo asistencial en el medio rural.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a055.\u2003Atenci\u00f3n comunitaria.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a056.\u2003Organizaci\u00f3n y recursos humanos.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a057.\u2003Disposiciones generales en materia de ense\u00f1anza.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a058.\u2003Oferta educativa y formativa.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a059.\u2003Estabilidad, acceso y permanencia.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a060.\u2003Participaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a061.\u2003Innovaci\u00f3n y difusi\u00f3n.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a062.\u2003Fomento del deporte en el medio rural.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a063.\u2003Proximidad de los servicios sociales.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a064.\u2003Plan de establecimientos de servicios sociales.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a065.\u2003Comercio, servicios de proximidad y multiservicios rurales.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a066.\u2003Accesibilidad a servicios bancarios y otros servicios p\u00fablicos.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a067.\u2003Derechos culturales en el medio rural.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a068.\u2003Promoci\u00f3n y dinamizaci\u00f3n cultural.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a069.\u2003Seguridad ciudadana.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a070.\u2003Sistema p\u00fablico de cuidados.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo V.\u2003Movilidad.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a071.\u2003Movilidad y transporte.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo VI.\u2003Tecnolog\u00edas digitales de comunicaci\u00f3n<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a072.\u2003Fomento de la conectividad rural.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a073.\u2003Inclusi\u00f3n de infraestructuras de soporte para el despliegue de redes de comunicaciones electr\u00f3nicas en los nuevos proyectos de las entidades locales de realizaci\u00f3n de obras p\u00fablicas de tipolog\u00eda lineal.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a074.\u2003Informaci\u00f3n sobre servicios digitales y uso polivalente de espacios.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a075.\u2003Expedici\u00f3n de certificados electr\u00f3nicos.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo VII.\u2003Escenario vital y patrimonio territorial.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a076.\u2003Custodia del territorio.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a077.\u2003Medidas en materia de patrimonio cultural.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo VIII.\u2003Igualdad de g\u00e9nero y medio rural.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a078.\u2003Medidas para favorecer la calidad de vida de las mujeres que viven en el medio rural.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a079.\u2003Medidas de apoyo para el acceso de las mujeres al empleo.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a080.\u2003Empoderamiento de las mujeres rurales.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo IX.\u2003Familias y conciliaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a081.\u2003Medidas de apoyo a las familias.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a082.\u2003Medidas de apoyo a la conciliaci\u00f3n de la vida personal, familiar y laboral y a la corresponsabilidad.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo X.\u2003J\u00f3venes.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a083.\u2003Medidas de apoyo a la juventud.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a084.\u2003Accesibilidad y planes de retorno.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a085.\u2003Universidad.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo XI.\u2003Inmigraci\u00f3n. Inclusi\u00f3n Social.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a086.\u2003Transversalidad.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a087.\u2003Medidas de apoyo a la inclusi\u00f3n social en el medio rural.<\/p>\n<p>T\u00edtulo VI.\u2003Gobernanza, Coordinaci\u00f3n y operadores territoriales.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo I.\u2003Gobernanza institucional.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a088.\u2003Gobernanza y coordinaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a089.\u2003La Comisi\u00f3n delegada del Gobierno para la pol\u00edtica territorial.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a090.\u2003El Observatorio de dinamizaci\u00f3n demogr\u00e1fica y poblacional.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a091.\u2003Grupo t\u00e9cnico de dinamizaci\u00f3n econ\u00f3mica y social para el medio rural.<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo II.\u2003Operadores y agentes rurales.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a092.\u2003Agentes dinamizadores rurales.<\/p>\n<p>T\u00edtulo VII.\u2003Financiaci\u00f3n de las pol\u00edticas de dinamizaci\u00f3n del medio rural y est\u00edmulos econ\u00f3micos.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a093.\u2003Marco presupuestario.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a094.\u2003Ley de presupuestos.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a095.\u2003Ayudas y subvenciones p\u00fablicas.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a096.\u2003Financiaci\u00f3n y apoyo para el trabajo aut\u00f3nomo y el emprendimiento en el medio rural.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a097.\u2003Bonificaciones para el acceso a determinados servicios.<\/p>\n<p>T\u00edtulo VIII.\u2003Fiscalidad diferenciada.<\/p>\n<p>Art\u00edculo\u00a098.\u2003Incentivos fiscales.<\/p>\n<p>Disposici\u00f3n adicional primera.\u2003Clasificaci\u00f3n de las zonas rurales y criterios de adaptaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Disposici\u00f3n adicional segunda.\u2003Programa territorio emprendedor de Arag\u00f3n.<\/p>\n<p>Disposici\u00f3n adicional tercera.\u2003Bonos de impacto rural.<\/p>\n<p>Disposici\u00f3n adicional cuarta.\u2003Plataforma en l\u00ednea para la prestaci\u00f3n de servicios de informaci\u00f3n y asesoramiento.<\/p>\n<p>Disposici\u00f3n adicional quinta.\u2003Programa de relevo generacional.<\/p>\n<p>Disposici\u00f3n adicional sexta.\u2003Plan de digitalizaci\u00f3n en el medio rural.<\/p>\n<p>Disposici\u00f3n adicional s\u00e9ptima.\u2003Academia rural digital.<\/p>\n<p>Disposici\u00f3n adicional octava.\u2003Laboratorios de innovaci\u00f3n rural.<\/p>\n<p>Disposici\u00f3n adicional novena.\u2003Plan de gesti\u00f3n territorial de dinamizaci\u00f3n econ\u00f3mica y social para el medio rural.<\/p>\n<p>Disposici\u00f3n adicional d\u00e9cima.\u2003Desarrollo del estudio de los pol\u00edgonos industriales existentes en el medio rural aragon\u00e9s.<\/p>\n<p>Disposici\u00f3n transitoria primera.\u2003Entidad local de car\u00e1cter metropolitano.<\/p>\n<p>Disposici\u00f3n transitoria segunda.\u2003Revisi\u00f3n de directrices zonales y programas de gesti\u00f3n territorial vigentes.<\/p>\n<p>Disposici\u00f3n derogatoria \u00fanica.\u2003Derogaci\u00f3n normativa.<\/p>\n<p>Disposici\u00f3n final primera.\u2003Modificaci\u00f3n del texto refundido de la Ley de Ordenaci\u00f3n del Territorio de Arag\u00f3n, aprobado por Decreto Legislativo\u00a02\/2015, de\u00a017 de noviembre, del Gobierno de Arag\u00f3n.<\/p>\n<p>Disposici\u00f3n final segunda.\u2003Modificaci\u00f3n del texto refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto Legislativo\u00a01\/2005, de\u00a026 de septiembre, del Gobierno de Arag\u00f3n.<\/p>\n<p>Disposici\u00f3n final tercera.\u2003Desarrollo reglamentario.<\/p>\n<p>Disposici\u00f3n final cuarta.\u2003Entrada en vigor.<\/p>\n<p>PRE\u00c1MBULO<\/p>\n<p>I<\/p>\n<p>El Tratado de la Uni\u00f3n Europea incorpor\u00f3 como uno de los objetivos principales la cohesi\u00f3n territorial, social y econ\u00f3mica y la necesidad de un desarrollo territorial equilibrado. Europa ha sido hist\u00f3ricamente uno de los continentes m\u00e1s poblados, si bien la ralentizaci\u00f3n de su crecimiento demogr\u00e1fico durante las \u00faltimas d\u00e9cadas ha provocado una notable disminuci\u00f3n de peso poblacional en el conjunto del planeta. Adem\u00e1s, se ha producido un declive de las \u00e1reas rurales asociado a un elevado grado de urbanizaci\u00f3n, pues m\u00e1s de las tres cuartas partes de la poblaci\u00f3n europea reside en ciudades.<\/p>\n<p>Los desequilibrios geogr\u00e1ficos y generacionales plantean el reto de crear y mantener servicios de apoyo e infraestructuras de servicio sostenibles que puedan atender a las necesidades de todos, siendo conscientes de que esos servicios e infraestructuras tienen un efecto duradero en la cohesi\u00f3n social y territorial de las zonas rurales.<\/p>\n<p>El cambio demogr\u00e1fico est\u00e1 adquiriendo una especial relevancia en la agenda pol\u00edtica de las instituciones europeas y de los diferentes gobiernos de los territorios, constituyendo el objeto de m\u00faltiples estudios y propuestas para cuantificar su impacto y afrontar los efectos negativos que este cambio supone para la Uni\u00f3n Europea.<\/p>\n<p>La Declaraci\u00f3n de Zaragoza de\u00a010 de noviembre de\u00a02018 define n\u00edtidamente las estrategias para afrontar el reto demogr\u00e1fico que se han dise\u00f1ado desde Arag\u00f3n y desde el Foro de regiones con desaf\u00edos demogr\u00e1ficos en cuanto al papel que deben jugar las instituciones de la Uni\u00f3n Europea y la Administraci\u00f3n General del Estado y recoge la profusa documentaci\u00f3n aportada por el Comit\u00e9 de las Regiones, la Comisi\u00f3n Europea y el Parlamento Europeo. En especial destaca que la Uni\u00f3n Europea debe llevar a cabo una definici\u00f3n precisa del concepto desventajas demogr\u00e1ficas graves y permanentes, recogido en el art\u00edculo\u00a0174 del Tratado de Funcionamiento de la Uni\u00f3n Europea, a una escala adecuada para identificar y poder responder a los desequilibrios realmente existentes en el interior de los estados miembros y las regiones.<\/p>\n<p>El \u00faltimo informe sobre cambio demogr\u00e1fico de la Comisi\u00f3n SEDEC del Comit\u00e9 de las Regiones presentado en sesi\u00f3n plenaria de\u00a025 y\u00a026 de marzo de\u00a02020, se\u00f1ala que constituye uno de los mayores retos que afrontan las regiones, ciudades y n\u00facleos rurales de poblaci\u00f3n de Europa. Y, en ese sentido, el Comit\u00e9 reivindica una estrategia europea global sobre el cambio demogr\u00e1fico y subraya que, para afrontar estos desaf\u00edos, ser\u00e1 preciso adoptar un enfoque global que abarque una amplia gama de \u00e1mbitos pol\u00edticos a fin de ayudar a invertir (enfoque proactivo) o mitigar (enfoque reactivo) los efectos del cambio demogr\u00e1fico.<\/p>\n<p>Considera de vital importancia impulsar los servicios p\u00fablicos en las zonas rurales, especialmente, en las zonas escasamente pobladas o con alta dispersi\u00f3n de la poblaci\u00f3n y en aquellas en las que la poblaci\u00f3n envejece, para favorecer la interconectividad entre campo y ciudad, fomentar el desarrollo rural y reducir la brecha digital. El informe alerta, por lo tanto, del surgimiento de una \u00abgeograf\u00eda del descontento\u00bb, fen\u00f3meno presente en muchos pa\u00edses y regiones de la UE donde las personas se sienten abandonadas a su suerte, lo que a menudo guarda una estrecha relaci\u00f3n con el declive demogr\u00e1fico.<\/p>\n<p>El medio rural se encuentra en un continuo proceso de cambio y adaptaci\u00f3n, relacionado con las nuevas realidades de la sociedad actual, con nuevas formas de vida, nuevas ocupaciones, nuevas necesidades y diferentes tipos de familias. Las familias del medio rural, al igual que el resto, deben afrontar algunos de los retos propios de la sociedad del siglo XXI, y, entre ellos, se encuentran el contar con medidas sectoriales que cubran sus necesidades en diferentes \u00e1mbitos de sus vidas (sanidad, educaci\u00f3n, servicios sociales, vivienda, cultura, etc.), as\u00ed como otras necesidades surgidas de las transformaciones sociol\u00f3gicas, tales como la conciliaci\u00f3n de la vida personal, familiar y laboral, el reparto equilibrado de responsabilidades y la adopci\u00f3n de habilidades de crianza y parentalidad.<\/p>\n<p>Por su parte, el informe de conclusiones del Consejo de Europa sobre \u00abel camino a seguir ante los retos demogr\u00e1ficos\u00bb plantea diversas consideraciones que deben tenerse en cuenta a la hora de analizar el cambio demogr\u00e1fico desde una perspectiva integral.<\/p>\n<p>As\u00ed, el Consejo alerta de que la propagaci\u00f3n de la pandemia de COVID-19 constituye un desaf\u00edo mundial sin precedentes que afecta, de distintas formas, a los diversos sectores de nuestras sociedades, econom\u00edas, mercados de trabajo, sistemas de asistencia sanitaria y social, presupuestos dom\u00e9sticos y en la vida cotidiana de los ciudadanos, \u00e1mbitos que posiblemente propicien nuevos retos demogr\u00e1ficos.<\/p>\n<p>Recuerda que los cambios en el clima, la tecnolog\u00eda y la demograf\u00eda afectan y transforman nuestra sociedad y nuestro modo de vida. Y, dado que el desarrollo sostenible y el crecimiento econ\u00f3mico inclusivo requieren capital humano y nuevas soluciones innovadoras, la renovaci\u00f3n demogr\u00e1fica tiene que recibir apoyo en todos los estados miembros y se le debe conceder la misma prioridad que a la neutralidad clim\u00e1tica y la digitalizaci\u00f3n a escala de la Uni\u00f3n Europea.<\/p>\n<p>El mismo informe advierte de que seg\u00fan sus proyecciones, entre\u00a02023 y\u00a02060, la mano de obra europea (de\u00a020 a\u00a064 a\u00f1os) disminuir\u00e1 un\u00a08,2% (aproximadamente, 19 millones de personas) y que es esta poblaci\u00f3n en edad laboral, cada vez m\u00e1s reducida, la que debe proporcionar los medios a fin de apuntalar el crecimiento econ\u00f3mico. Por tanto, es muy importante invertir en capacidades para fomentar el aumento de la productividad y optimizar en su totalidad la mano de obra disponible, incorporando a las mujeres y los grupos actualmente infrarrepresentados, en particular j\u00f3venes, personas mayores, personas con discapacidad e inmigrantes.<\/p>\n<p>Considera que la clave del \u00e9xito radica en la coordinaci\u00f3n y colaboraci\u00f3n eficaces entre todos los niveles de la Administraci\u00f3n: nacional, regional y local, junto con la participaci\u00f3n de los interlocutores sociales, la sociedad civil y otras partes interesadas, que cooperen a todos los niveles para que funcione.<\/p>\n<p>Finalmente, invita a los estados miembros y a la Comisi\u00f3n Europea a propiciar la disponibilidad de servicios sociales, familiares, sanitarios, de empleo, educativos, culturales, de vivienda, asistenciales y de transporte, que sean asequibles y de alta calidad como factores necesarios para paliar la brecha entre zonas rurales y urbanas.<\/p>\n<p>Es relevante destacar las aportaciones de la Conferencia Europea sobre Desarrollo Rural a trav\u00e9s de la Declaraci\u00f3n de Cork (Irlanda) de\u00a05 y\u00a06 de septiembre de\u00a02016, que ofrece un dec\u00e1logo de orientaciones a la Uni\u00f3n Europea que sirven de gu\u00eda al Gobierno de Arag\u00f3n en su objetivo prioritario de dinamizar el medio rural y luchar contra la despoblaci\u00f3n y para la plasmaci\u00f3n de los objetivos generales de esta ley. Fomentar la prosperidad del medio rural, fortalecer las cadenas de valor rural, invertir en la viabilidad y la vitalidad del medio rural, preservar el medio rural, gestionar los recursos naturales, fomentar el conocimiento y la innovaci\u00f3n y mejorar la gobernanza rural son algunas de sus propuestas. Y para su cumplimiento sugiere promover un mecanismo rural de garant\u00eda que se incorpora en el t\u00edtulo I como principio rector.<\/p>\n<p>M\u00e1s recientemente, la Comisi\u00f3n Europea ha presentado una visi\u00f3n a largo plazo para las zonas rurales de la UE, en la que se indican los retos y problemas a los que se enfrentan y se hace hincapi\u00e9 en algunas de las oportunidades m\u00e1s prometedoras de que disponen estos territorios. Sobre la base de previsiones y amplias consultas con los ciudadanos y otros interlocutores de las zonas rurales, la visi\u00f3n presentada propone un Pacto Rural y un Plan de Acci\u00f3n Rural, con el objetivo de hacer que nuestras zonas rurales sean m\u00e1s fuertes, resilientes, pr\u00f3speras, y conectadas.<\/p>\n<p>II<\/p>\n<p>Por otro lado, la regulaci\u00f3n legal dictada en ejercicio de la competencia estatal sobre las bases y coordinaci\u00f3n de la planificaci\u00f3n general de la actividad econ\u00f3mica atribuida por el art\u00edculo\u00a0149.1.13.\u00aa de la Constituci\u00f3n, se contiene en la Ley\u00a045\/2007, de\u00a013 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural, de car\u00e1cter transversal y orientaci\u00f3n territorial, con una vocaci\u00f3n de conjugar el desarrollo econ\u00f3mico con la preservaci\u00f3n del medio natural, contemplando acciones y medidas para el desarrollo sostenible, tanto de origen nacional como comunitario, aplicable entre las diferentes Administraciones p\u00fablicas de modo concertado, en atenci\u00f3n a sus respectivas competencias.<\/p>\n<p>La efectiva implementaci\u00f3n de dicha ley se desarroll\u00f3 por el Real Decreto\u00a0752\/2010, de\u00a04 de junio, por el que se aprob\u00f3 el primer Programa de Desarrollo Rural Sostenible para el per\u00edodo\u00a02010-2014, que no ha tenido continuidad en sucesivos periodos. En Arag\u00f3n, se aprob\u00f3 el Decreto\u00a084\/2010, de\u00a011 de mayo, del Gobierno de Arag\u00f3n, por el que se establece el marco organizativo para la aplicaci\u00f3n de la Ley\u00a045\/2007, de\u00a013 de diciembre.<\/p>\n<p>Desde Arag\u00f3n es constante la reivindicaci\u00f3n de la necesidad de afrontar los desaf\u00edos demogr\u00e1ficos como una pol\u00edtica de Estado desde hace dos d\u00e9cadas, junto a las comunidades aut\u00f3nomas con desaf\u00edos demogr\u00e1ficos comunes. En la VI Conferencia de Presidentes de enero de\u00a02017, el Gobierno de Espa\u00f1a adquiere como compromiso elaborar y desarrollar una estrategia nacional frente al reto demogr\u00e1fico. En el Consejo de Ministros del\u00a029 de marzo de\u00a02019, se aprobaron las Directrices generales que plantean una estrategia de car\u00e1cter global y transversal, para dise\u00f1ar una respuesta conjunta y de futuro para paliar la problem\u00e1tica del progresivo envejecimiento poblacional y del despoblamiento territorial, todav\u00eda pendiente de aprobaci\u00f3n. Hoy el reto demogr\u00e1fico es uno de los ejes en torno a los cuales gira el Plan de recuperaci\u00f3n y resiliencia de la Uni\u00f3n Europea y los nuevos fondos Next Generation y, en consecuencia, a la Estrategia se le unen nuevos instrumentos, la Agenda Com\u00fan y, a principios de\u00a02021, el Plan de medidas frente al reto demogr\u00e1fico, financiado a trav\u00e9s del Plan de recuperaci\u00f3n, transformaci\u00f3n y resiliencia del Gobierno de Espa\u00f1a.<\/p>\n<p>III<\/p>\n<p>Los precedentes normativos auton\u00f3micos se remontan al a\u00f1o\u00a02000, cuando se present\u00f3 el Plan integral de pol\u00edtica demogr\u00e1fica y contra la despoblaci\u00f3n mediante comunicaci\u00f3n del Gobierno de Arag\u00f3n. Posteriormente se desarroll\u00f3 la legislaci\u00f3n sobre ordenaci\u00f3n del territorio, hoy refundida por Decreto Legislativo\u00a02\/2015, de\u00a017 de noviembre, se aprobaron las Directrices parciales de ordenaci\u00f3n territorial del Pirineo y de la comarca del Matarra\u00f1a y finalmente la Estrategia de Ordenaci\u00f3n Territorial de Arag\u00f3n mediante Decreto\u00a0202\/2014, de\u00a02 de diciembre, que contemplaba la problem\u00e1tica demogr\u00e1fica y, en concreto, la despoblaci\u00f3n que sufren amplias zonas de Arag\u00f3n. De ella se deriva la actual Directriz especial de pol\u00edtica demogr\u00e1fica y contra la despoblaci\u00f3n, instrumento normativo de planeamiento territorial que se aprueba por Decreto\u00a0165\/2017, de\u00a031 de octubre, como documento marco auton\u00f3mico que pauta los objetivos y actuaciones sectoriales en materia de demograf\u00eda y poblamiento y cuyas formulaciones de car\u00e1cter estrat\u00e9gico tienen el valor de criterios determinantes para el ejercicio de las potestades de todas las administraciones p\u00fablicas aragonesas. La presente ley hace referencia de manera intencionada a varios aspectos que ya son objeto de tratamiento en dicha directriz especial. Se pretende con ello contribuir a impulsar su desarrollo junto a los objetivos establecidos en esta ley tendentes a dotar de una mejor funcionalidad a los municipios que m\u00e1s sufren la despoblaci\u00f3n catalogados como dependientes seg\u00fan la estructura de asentamientos de Arag\u00f3n, desde una perspectiva comarcal. El \u00e1mbito de actuaci\u00f3n para la consecuci\u00f3n de una funcionalidad adecuada y con servicios de calidad deben ser las comarcas.<\/p>\n<p>Es abundante la producci\u00f3n normativa aragonesa adem\u00e1s de la citada que espec\u00edfica o parcialmente aborda materias relacionadas con el medio rural: la legislaci\u00f3n sobre comarcalizaci\u00f3n; la normativa reguladora del marco organizativo para la aplicaci\u00f3n de la Ley\u00a045\/2007, de\u00a013 de diciembre; el programa de desarrollo rural en aplicaci\u00f3n de la pol\u00edtica agraria comunitaria; la normativa sobre desarrollo local participativo, asumido por la Uni\u00f3n Europea como modelo de gesti\u00f3n de los fondos estructurales de la EU\u00a02014-2022 y\u00a02023-2027; la referida a los agentes de empleo y desarrollo local y dem\u00e1s profesionales del desarrollo local de Arag\u00f3n y empleo, o a los distintos programas y fondos de ayudas y subvenciones que incorporan medidas de discriminaci\u00f3n positiva para el medio rural. Asimismo, es relevante la especial atenci\u00f3n que la Ley\u00a07\/2018, de\u00a028 de junio, de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en Arag\u00f3n, presta a las mujeres que viven en el medio rural para su acceso a los recursos de todo tipo y su participaci\u00f3n plena, igualitaria y efectiva en la econom\u00eda y en la sociedad.<\/p>\n<p>Son numerosos tambi\u00e9n los planes o las estrategias sectoriales de los departamentos de la Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma que aluden de manera espec\u00edfica al impacto de las medidas en funci\u00f3n de la distribuci\u00f3n de la poblaci\u00f3n en el territorio: Estrategia de salud\u00a02030, el Plan estrat\u00e9gico de servicios sociales, los planes estrat\u00e9gicos para la igualdad entre hombres y mujeres en Arag\u00f3n, la Estrategia de emprendimiento\u00a02015-2030, el Plan de desarrollo Industrial\u00a02020, la Estrategia de desarrollo sostenible, la Estrategia aragonesa de recuperaci\u00f3n social y econ\u00f3mica\u00a02020, la Estrategia Arag\u00f3n turismo sostenible\u00a02030, la Estrategia de promoci\u00f3n econ\u00f3mica e industrial de Arag\u00f3n, y otros tantos documentos que proyectan hacia el futuro los objetivos generales del Gobierno de Arag\u00f3n tambi\u00e9n en el medio rural.<\/p>\n<p>Por otro lado, esta ley trata de alinearse con la Agenda\u00a02030 de la Organizaci\u00f3n de Naciones Unidas y los\u00a017 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), una hoja de ruta voluntaria global, de aplicaci\u00f3n universal.<\/p>\n<p>La propia ONU destaca la dimensi\u00f3n territorial de los ODS y la importancia de concretar los planteamientos globales mediante planes espec\u00edficos que tengan en consideraci\u00f3n las caracter\u00edsticas propias de cada regi\u00f3n. De hecho, el ODS\u00a011 de \u00abCiudades y comunidades sostenibles\u00bb atiende al reto demogr\u00e1fico, que conlleva distintas implicaciones en algunas zonas superpobladas del planeta y en zonas como Arag\u00f3n, fuertemente afectadas por la dispersi\u00f3n geogr\u00e1fica.<\/p>\n<p>En todo caso, la Agenda\u00a02030 pone en el foco la necesidad de equilibrar la distribuci\u00f3n de la poblaci\u00f3n en el territorio y asegurar la igualdad de condiciones independientemente de su espacio vital. Y lo hace con la vinculaci\u00f3n del ODS\u00a011 a todos los dem\u00e1s; por ejemplo, \u00abreducci\u00f3n de desigualdades\u00bb (ODS\u00a010), \u00abeducaci\u00f3n de calidad\u00bb (ODS\u00a04), vida de ecosistemas terrestres (ODS\u00a015), \u00abfin de la pobreza\u00bb (ODS\u00a01) o igualdad de g\u00e9nero (ODS\u00a05), que es transversal en otros Objetivos.<\/p>\n<p>El Gobierno de Arag\u00f3n, como muestra de su implicaci\u00f3n con el desarrollo sostenible en sus dimensiones econ\u00f3mica, social y medioambiental, se ha comprometido voluntariamente a tener presente de forma prioritaria la Agenda\u00a02030, territorializando su aplicaci\u00f3n a la realidad de cada asentamiento de la geograf\u00eda aragonesa.<\/p>\n<p>Por ello, las pol\u00edticas p\u00fablicas y medidas espec\u00edficas reguladas en esta ley se orientan hacia el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Organizaci\u00f3n de las Naciones Unidas y se alinean con los principios establecidos en la normativa auton\u00f3mica, estatal y europea reguladora de los objetivos de la Agenda\u00a02030.<\/p>\n<p>Esta ley se integra adem\u00e1s con los objetivos de documentos estrat\u00e9gicos especialmente relevantes por su incidencia e impacto en el medio rural:<\/p>\n<p>\u2013\u00a0La Estrategia Aragonesa del Cambio Clim\u00e1tico Horizonte\u00a02030 (EACC\u00a02030), junto a las estrategias europeas encaminadas a mitigar los efectos del cambio clim\u00e1tico y conseguir una transici\u00f3n ecol\u00f3gica, justa y equitativa.<\/p>\n<p>\u2013\u00a0La Estrategia Aragonesa de Especializaci\u00f3n Inteligente (S3 Arag\u00f3n) para el per\u00edodo\u00a02021-2027. La investigaci\u00f3n, el desarrollo y la innovaci\u00f3n se convierten en elementos esenciales para la dinamizaci\u00f3n del medio rural aragon\u00e9s, como palanca indispensable para el desarrollo sostenible y un mejor futuro de la sociedad aragonesa. En consecuencia, esta ley se posiciona al lado de los instrumentos de planificaci\u00f3n estrat\u00e9gica de I+D+i de \u00e1mbito europeo, estatal y auton\u00f3mico.<\/p>\n<p>En el europeo, se articula con la\u00a0<em>Research and Innovation Strategy Smart Specialization\u00a0<\/em>(RIS3), que cada regi\u00f3n defini\u00f3 para el per\u00edodo\u00a02014-2020 como punto de partida para la actualizaci\u00f3n\u00a0<em>Smart Specialization Strategy<\/em>\u00a0(S3) 2021-2027.<\/p>\n<p>En el \u00e1mbito estatal, se articula con la Estrategia espa\u00f1ola de ciencia, tecnolog\u00eda e innovaci\u00f3n para el per\u00edodo\u00a02021-2027, y con el Plan de choque para la ciencia y la innovaci\u00f3n \u00abHacia una econom\u00eda del conocimiento\u00bb, surgido de la situaci\u00f3n sociosanitaria provocada por la COVID-19 en el a\u00f1o\u00a02020.<\/p>\n<p>En el \u00e1mbito auton\u00f3mico aragon\u00e9s, se articula con las estrategias espec\u00edficas en las diferentes \u00e1reas de la I+D+i aragonesa, previstas en la Ley\u00a017\/2018, de\u00a04 de diciembre, de la Investigaci\u00f3n e Innovaci\u00f3n de Arag\u00f3n, y tambi\u00e9n con el Pacto por la ciencia de Arag\u00f3n, suscrito el\u00a021 de diciembre de\u00a02016, primero en su tipo en Espa\u00f1a.<\/p>\n<p>\u2013\u00a0La Estrategia Arag\u00f3n circular, estrategia econ\u00f3mica que pretende impulsar la econom\u00eda circular en territorio aragon\u00e9s contribuyendo a una transici\u00f3n ecol\u00f3gica justa y a la dinamizaci\u00f3n econ\u00f3mica del medio rural y a la lucha contra la despoblaci\u00f3n.<\/p>\n<p>\u2013\u00a0La Agenda Espa\u00f1a digital\u00a02025 y las directrices del Reglamento de disposiciones comunes de los Fondos Estructurales de la Uni\u00f3n Europea, que reconoce la experiencia del m\u00e9todo del desarrollo local participativo Leader como modelo para la gesti\u00f3n de los fondos estructurales a trav\u00e9s del desarrollo territorial integrado para el periodo\u00a02021-2027, son tambi\u00e9n documentos estrat\u00e9gicos que esta ley impulsa a trav\u00e9s de los objetivos generales establecidos.<\/p>\n<p>\u2013\u00a0El dictamen de la Comisi\u00f3n especial de estudio sobre centros residenciales que, en su Objetivo\u00a01, apartado\u00a04, apuesta por los centros integrados de servicios sociales como centros p\u00fablicos de proximidad que, adem\u00e1s de la atenci\u00f3n residencial, presten apoyo a las personas mayores o dependientes que desean continuar en su hogar, en coordinaci\u00f3n con los servicios sociales generales, a trav\u00e9s de la prestaci\u00f3n de servicios en su domicilio o en otro equipamiento de su entorno, como lavander\u00eda o catering, rehabilitaci\u00f3n, ayuda a domicilio, apoyo al cuidador, entre otros, favoreciendo la permanencia de estas personas en la comunidad en las mejores condiciones de calidad de vida.<\/p>\n<p>IV<\/p>\n<p>El Estatuto de Autonom\u00eda de Arag\u00f3n mandata a los poderes p\u00fablicos promover la correcci\u00f3n de los desequilibrios econ\u00f3micos, sociales y culturales entre los diferentes territorios de Arag\u00f3n, mediante el fomento de su mutua solidaridad, y estimula y ordena el avance en la consecuci\u00f3n de la igualdad territorial en el acceso a las oportunidades y garant\u00edas b\u00e1sicas de la poblaci\u00f3n.<\/p>\n<p>El Gobierno de Arag\u00f3n est\u00e1 plenamente interesado en la aplicaci\u00f3n del principio de igualdad de oportunidades para todas las personas cualquiera que sea el lugar de residencia y en avanzar en accesibilidad y en la consolidaci\u00f3n de los servicios b\u00e1sicos y esenciales. Generar oportunidades de crecimiento, desarrollo socioecon\u00f3mico y empleo en un medio rural territorialmente desarrollado, equilibrado y sostenible es prioridad para el Gobierno de Arag\u00f3n.<\/p>\n<p>En este contexto, y sin desconocer toda la normativa que antecede, Arag\u00f3n necesita dotarse de una ley que regule, ampare, y potencie las v\u00edas de actuaci\u00f3n en torno al medio rural para su dinamizaci\u00f3n o revitalizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Esta ley es complementaria del resto del ordenamiento jur\u00eddico auton\u00f3mico a fin de alcanzar los objetivos planteados en aquellos sectores productivos que permitan reintroducir en el \u00e1mbito rural los recursos que en la actualidad son necesarios, posibilitando de este modo su desarrollo econ\u00f3mico y fijar poblaci\u00f3n.<\/p>\n<p>La presente ley se configura as\u00ed como un instrumento que favorece el desarrollo econ\u00f3mico y social en el medio rural, con el establecimiento de f\u00f3rmulas de cooperaci\u00f3n, coordinaci\u00f3n y, a la vez, con la promoci\u00f3n de iniciativas que impulsen un desarrollo rural sostenible y eficaz que consiga aumentar la presencia de centros productivos y empresariales, actividades comerciales y de servicios, que permitan consolidar y aumentar la poblaci\u00f3n.<\/p>\n<p>En este sentido, es necesario reconocer la contribuci\u00f3n de las mujeres que viven en el medio rural a su desarrollo econ\u00f3mico y social, su trabajo en las explotaciones agrarias, su incorporaci\u00f3n a las actividades industriales y, especialmente, al sector servicios, as\u00ed como todo el trabajo dom\u00e9stico y de cuidados de personas en situaci\u00f3n de dependencia, muchas veces ni visible ni remunerado. Este reconocimiento, junto con su importancia en la fijaci\u00f3n y arraigo de la poblaci\u00f3n en el territorio, y en evitar la masculinizaci\u00f3n y envejecimiento del medio rural, hace que esta ley incorpore diversas medidas para favorecer su calidad de vida, su acceso al empleo y su participaci\u00f3n en igualdad de condiciones, incrementando su empoderamiento, as\u00ed como garantizando los recursos necesarios para corregir las desigualdades y desequilibrios que dificultan su desarrollo.<\/p>\n<p>Asimismo, es necesario destacar y apoyar el trabajo de las personas emprendedoras en el territorio e incentivarlo, ya que son ellas las que, en buena parte, en los n\u00facleos rurales aragoneses, sostienen la actividad econ\u00f3mica y social. Son personas que viven en zonas rurales y que toman la iniciativa para explorar soluciones pr\u00e1cticas a los problemas a los que se enfrentan tratando de sacar partido a las nuevas oportunidades.<\/p>\n<p>Por este mismo motivo, resulta necesario incorporar en esta ley medidas de discriminaci\u00f3n positiva que favorezcan la promoci\u00f3n y fomento de la actividad emprendedora y del autoempleo en el medio rural y la consolidaci\u00f3n de las empresas ya existentes.<\/p>\n<p>V<\/p>\n<p>El Estatuto de Autonom\u00eda de Arag\u00f3n, en su art\u00edculo\u00a020, dentro de los principios rectores de las pol\u00edticas p\u00fablicas, establece que corresponde a los poderes p\u00fablicos aragoneses:<\/p>\n<p>\u00aba)\u2003Promover las condiciones adecuadas para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obst\u00e1culos que impidan o dificulten su plenitud, y facilitar la participaci\u00f3n de todos los aragoneses en la vida pol\u00edtica, econ\u00f3mica, cultural y social.<\/p>\n<p>b)\u2003Impulsar una pol\u00edtica tendente a la mejora y equiparaci\u00f3n de las condiciones de vida y trabajo de los aragoneses, propugnando especialmente las medidas que favorezcan el arraigo y el regreso de los que viven y trabajan fuera de Arag\u00f3n.<\/p>\n<p>c)\u2003Promover la correcci\u00f3n de los desequilibrios econ\u00f3micos, sociales y culturales entre los diferentes territorios de Arag\u00f3n, fomentando su mutua solidaridad.\u00bb<\/p>\n<p>La presente ley tiene un car\u00e1cter transversal, por lo que, adem\u00e1s de dar cumplimiento a los anteriores principios rectores, se fundamenta en distintos t\u00edtulos competenciales recogidos en el Estatuto de Autonom\u00eda. Concretamente, la regulaci\u00f3n contenida en esta ley se dicta al amparo de las competencias exclusivas que el art\u00edculo\u00a071 del Estatuto atribuye a la Comunidad Aut\u00f3noma en las materias siguientes: creaci\u00f3n, organizaci\u00f3n, r\u00e9gimen y funcionamiento de sus instituciones de autogobierno, con arreglo al presente Estatuto (1.\u00aa); lenguas y modalidades ling\u00fc\u00edsticas propias de Arag\u00f3n (4.\u00aa); r\u00e9gimen local (5.\u00aa); ordenaci\u00f3n del territorio (8.\u00aa), urbanismo (9.\u00aa) y vivienda (10.\u00aa); planificaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n y gesti\u00f3n de las obras p\u00fablicas que no tengan calificaci\u00f3n legal de inter\u00e9s general del Estado ni afecten a otra Comunidad Aut\u00f3noma (11.\u00aa); carreteras y otras v\u00edas cuyo itinerario transcurra \u00edntegramente por el territorio de la Comunidad Aut\u00f3noma (13.\u00aa), y, en los mismos t\u00e9rminos, transporte terrestre (15.\u00aa); agricultura y ganader\u00eda, incluido el desarrollo integral del medio rural (17.\u00aa); montes (20.\u00aa); normas adicionales de la legislaci\u00f3n b\u00e1sica sobre protecci\u00f3n del medio ambiente y del paisaje (22.\u00aa); planificaci\u00f3n de la actividad econ\u00f3mica y fomento del desarrollo econ\u00f3mico de la Comunidad Aut\u00f3noma, de acuerdo con los principios de equilibrio territorial y de sostenibilidad (32.\u00aa); acci\u00f3n social (34.\u00aa); pol\u00edticas de igualdad social (37.\u00aa); juventud (38.\u00aa); cultura (43.\u00aa); patrimonio cultural (45.\u00aa); turismo (51.\u00aa); deporte (52.\u00aa); sanidad y salud p\u00fablica (55.\u00aa).<\/p>\n<p>Se ejerce, as\u00ed mismo, la competencia estatutaria en materia de ense\u00f1anza (art\u00edculo\u00a073); las competencias compartidas del art\u00edculo\u00a075 del Estatuto de Autonom\u00eda en materia de protecci\u00f3n del medio ambiente (3.\u00aa) y pol\u00edticas de integraci\u00f3n de los inmigrantes (6.\u00aa), las competencias ejecutivas en materia de trabajo (art\u00edculo\u00a077.2.\u00aa) as\u00ed como la actividad de fomento en las materias de su competencia (art\u00edculo\u00a079).<\/p>\n<p>En relaci\u00f3n con las medidas financieras, atendiendo de nuevo al principio rector contenido en el art\u00edculo\u00a020.c) del Estatuto de Autonom\u00eda, se incluye un t\u00edtulo sobre fiscalidad diferenciada, en ejercicio de la competencia tributaria que recoge el art\u00edculo\u00a0105 del Estatuto de Autonom\u00eda.<\/p>\n<p>La presente ley se compone de\u00a098 art\u00edculos, divididos en ocho t\u00edtulos, agrupados en cap\u00edtulos, as\u00ed como de las disposiciones de la parte final, integrada por diez disposiciones adicionales, dos disposiciones transitorias, la disposici\u00f3n derogatoria \u00fanica y cuatro disposiciones finales.<\/p>\n<p>El t\u00edtulo I, Disposiciones generales y principios rectores, se divide en dos cap\u00edtulos. El cap\u00edtulo I regula el objeto, \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n, fines y objetivos. El cap\u00edtulo II regula los principios rectores de actuaci\u00f3n, que han de inspirar las pol\u00edticas p\u00fablicas, destacando la configuraci\u00f3n del mecanismo rural de garant\u00eda como principio rector de actuaci\u00f3n.<\/p>\n<p>El t\u00edtulo II, Delimitaci\u00f3n y zonificaci\u00f3n, se divide en dos cap\u00edtulos. En el cap\u00edtulo I se recoge la clasificaci\u00f3n de los asentamientos y municipios de car\u00e1cter rural, que se corresponden con los definidos en la estructura del sistema de asentamientos de Arag\u00f3n de la Estrategia de ordenaci\u00f3n territorial, y que ser\u00e1 utilizada preferentemente por las administraciones p\u00fablicas aragonesas para el establecimiento de las medidas de discriminaci\u00f3n positiva reguladas en la presente ley. Los municipios de car\u00e1cter rural se clasifican en los mismos grupos y rangos definidos para los asentamientos de car\u00e1cter rural. El cap\u00edtulo II recoge la clasificaci\u00f3n de los asentamientos de car\u00e1cter rural a efectos fiscales.<\/p>\n<p>El t\u00edtulo III, Planificaci\u00f3n y programaci\u00f3n, establece como instrumentos de referencia para el dise\u00f1o y planificaci\u00f3n de las pol\u00edticas de dinamizaci\u00f3n en el medio rural los instrumentos de planeamiento y gesti\u00f3n territorial contemplados en la legislaci\u00f3n de ordenaci\u00f3n del territorio de Arag\u00f3n. Por otro lado, tanto las disposiciones normativas que tengan una incidencia en el medio rural como los planes y programas sectoriales promovidos por los distintos departamentos de la Administraci\u00f3n auton\u00f3mica se ajustar\u00e1n a los objetivos y medidas regulados en la presente ley. En todo caso, las medidas sectoriales que se planifiquen se complementar\u00e1n con las reguladas en la Directriz especial de pol\u00edtica demogr\u00e1fica y contra la despoblaci\u00f3n.<\/p>\n<p>El t\u00edtulo IV, Dinamizaci\u00f3n y diversificaci\u00f3n econ\u00f3mica, se divide en tres cap\u00edtulos. El cap\u00edtulo I regula el Programa de gesti\u00f3n territorial de dinamizaci\u00f3n econ\u00f3mica y social para el medio rural como instrumento de planificaci\u00f3n de referencia. Dicho programa, previsto en la Directriz especial de pol\u00edtica demogr\u00e1fica y contra la despoblaci\u00f3n, se ampliar\u00e1 y complementar\u00e1 incorporando a las medidas previstas en la Directriz aquellas que se deriven de la aplicaci\u00f3n de los objetivos y estrategias para el fomento y promoci\u00f3n del emprendimiento, el trabajo aut\u00f3nomo y el empleo en el medio rural contenidos en la presente ley. En el cap\u00edtulo II se regulan los objetivos en relaci\u00f3n con el eje del Programa de gesti\u00f3n territorial de dinamizaci\u00f3n econ\u00f3mica y social relativo al fomento y promoci\u00f3n de la cultura emprendedora, as\u00ed como las actuaciones a realizar en dicho \u00e1mbito. El cap\u00edtulo III tiene por objeto el fomento de la actividad econ\u00f3mica y el empleo en el medio rural como otro de los ejes del Programa, a trav\u00e9s de medidas de car\u00e1cter transversal y de actuaciones con el fin de impulsar la creaci\u00f3n y mantenimiento del empleo rural, con especial atenci\u00f3n a colectivos espec\u00edficos como son las mujeres, las personas j\u00f3venes, parados de larga duraci\u00f3n, en riesgo de exclusi\u00f3n y personas con discapacidad.<\/p>\n<p>El t\u00edtulo V, Pol\u00edticas p\u00fablicas en el medio rural, se divide en once cap\u00edtulos. Conforme se recoge en el cap\u00edtulo I, las acciones y medidas reguladas en este t\u00edtulo son complementarias a las establecidas en los documentos de planeamiento territorial de la Comunidad Aut\u00f3noma y orientar\u00e1n las pol\u00edticas p\u00fablicas de los departamentos de la Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma.<\/p>\n<p>El cap\u00edtulo II regula las medidas en relaci\u00f3n con las distintas pol\u00edticas p\u00fablicas como son el fomento de la econom\u00eda social en el medio rural y su integraci\u00f3n con las desarrolladas en las diferentes \u00e1reas de gesti\u00f3n; el fomento de la econom\u00eda verde y sostenible: energ\u00edas renovables, econom\u00eda circular; la agricultura y la ganader\u00eda, y el sector forestal, la agroindustria y el turismo.<\/p>\n<p>El cap\u00edtulo III regula las medidas en relaci\u00f3n con el urbanismo y vivienda.<\/p>\n<p>En el cap\u00edtulo IV, Equipamientos y servicios, se lleva a cabo la regulaci\u00f3n de las medidas en relaci\u00f3n con los distintos \u00e1mbitos sectoriales: sanidad, servicios sociales, ense\u00f1anza, deporte, comercio, cultura, consumo, sistema p\u00fablico de cuidados, as\u00ed como la accesibilidad a los servicios bancarios y otros servicios p\u00fablicos, y la garant\u00eda de su acceso por los habitantes del medio rural.<\/p>\n<p>El cap\u00edtulo V, relativo a la movilidad y transporte, tiene por objeto la promoci\u00f3n de un servicio adecuado de transporte por carretera que garantice la conectividad, fomentando el transporte a demanda y la movilidad compartida.<\/p>\n<p>El cap\u00edtulo VI se dedica a las tecnolog\u00edas digitales de comunicaci\u00f3n. En este \u00e1mbito, se promover\u00e1n las acciones precisas para coordinar, optimizar y completar la extensi\u00f3n de redes y servicios de telecomunicaciones del Gobierno de Arag\u00f3n, con el fin de facilitar el despliegue equilibrado de los servicios de telecomunicaci\u00f3n en el territorio y facilitar la interconexi\u00f3n de todas las administraciones p\u00fablicas que operen en la Comunidad Aut\u00f3noma.<\/p>\n<p>El cap\u00edtulo VII se refiere al patrimonio cultural, etnol\u00f3gico e hist\u00f3rico aragon\u00e9s como v\u00eda de valorizaci\u00f3n econ\u00f3mica y social de la singularidad local del medio rural y del sentido de pertenencia a sus habitantes, e incorpora la custodia del territorio como instrumento de fijaci\u00f3n de la poblaci\u00f3n en el medio rural y herramienta de conservaci\u00f3n del medio ambiente.<\/p>\n<p>En el cap\u00edtulo VIII, Igualdad de g\u00e9nero y medio rural, se contienen medidas para favorecer la calidad de vida de las mujeres que viven en el medio rural; las medidas de apoyo para favorecer su acceso al mercado laboral, as\u00ed como las medidas encaminadas al empoderamiento de la mujer rural.<\/p>\n<p>El cap\u00edtulo IX regula las medidas de apoyo a las familias, as\u00ed como medidas de apoyo a la conciliaci\u00f3n de la vida personal, familiar y laboral y a la corresponsabilidad. El cap\u00edtulo X se dedica a la poblaci\u00f3n joven en el medio rural, y establece los objetivos que han de perseguir las pol\u00edticas p\u00fablicas del Gobierno de Arag\u00f3n en dicho \u00e1mbito, as\u00ed como el acceso a servicios y programas en igualdad de condiciones con independencia del lugar de residencia. Por \u00faltimo, el cap\u00edtulo XI recoge las medidas de apoyo a la inclusi\u00f3n social en el medio rural.<\/p>\n<p>El t\u00edtulo VI, Gobernanza, coordinaci\u00f3n y operadores territoriales, se divide en dos cap\u00edtulos. El cap\u00edtulo I se refiere a la gobernanza institucional, la coordinaci\u00f3n interinstitucional y con el sector privado, con la finalidad de conseguir una aplicaci\u00f3n eficaz y eficiente de las pol\u00edticas sectoriales en el medio rural. Se regula la organizaci\u00f3n administrativa, que gira en torno a la Comisi\u00f3n delegada del Gobierno para la pol\u00edtica territorial y el Observatorio de dinamizaci\u00f3n demogr\u00e1fica y poblacional. El cap\u00edtulo II se dedica a los operadores y agentes rurales, concepto en el que se incluyen todas las personas f\u00edsicas o jur\u00eddicas que trabajan en el \u00e1mbito del desarrollo y dinamizaci\u00f3n del medio rural.<\/p>\n<p>El t\u00edtulo VII, Financiaci\u00f3n y est\u00edmulos econ\u00f3micos, regula la financiaci\u00f3n de las medidas de dinamizaci\u00f3n del medio rural y de la lucha frente a la despoblaci\u00f3n reguladas en la ley.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, el t\u00edtulo VIII, Fiscalidad diferenciada, contempla el impulso por el Gobierno de Arag\u00f3n, en ejercicio de sus competencias tributarias, de las medidas normativas necesarias para establecer una fiscalidad diferenciada en los municipios y asentamientos de las zonas rurales contempladas en la presente ley.<\/p>\n<p>T\u00cdTULO I<\/p>\n<p><strong>Disposiciones generales y principios rectores de actuaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO I<\/p>\n<p><strong>Disposiciones generales<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a01.\u2003Objeto.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Es objeto de esta ley establecer el marco normativo de medidas de discriminaci\u00f3n positiva y de los mecanismos de promoci\u00f3n, desarrollo y dinamizaci\u00f3n que permitan garantizar los servicios p\u00fablicos b\u00e1sicos, los servicios p\u00fablicos esenciales, as\u00ed como los servicios de inter\u00e9s general, e impulsar las actividades socioecon\u00f3micas con el fin de lograr la igualdad de oportunidades y una calidad de vida equivalente para todos los habitantes del territorio aragon\u00e9s cualquiera que sea su lugar de residencia.<\/p>\n<p>2.\u2003As\u00ed mismo, es objeto de esta ley establecer los mecanismos adecuados de gobernanza, coordinaci\u00f3n interinstitucional y con el sector privado en la aplicaci\u00f3n de las pol\u00edticas sectoriales en el medio rural con el fin de alcanzar una acci\u00f3n p\u00fablica coordinada y complementaria que tenga en cuenta las diferentes realidades territoriales dentro del propio \u00e1mbito rural.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a02.\u2003\u00c1mbito de aplicaci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Esta ley es de aplicaci\u00f3n a la Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n, as\u00ed como a sus organismos p\u00fablicos y sociedades mercantiles auton\u00f3micas.<\/p>\n<p>2.\u2003Las disposiciones de esta ley ser\u00e1n tambi\u00e9n aplicables a las administraciones locales de Arag\u00f3n, con respeto a la autonom\u00eda local y su \u00e1mbito competencial.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a03.\u2003Fines.<\/strong><\/p>\n<p>Son fines de la presente ley los siguientes:<\/p>\n<p>a)\u2003Garantizar la sostenibilidad, la multifuncionalidad y una transici\u00f3n ecol\u00f3gica beneficiosa y justa en el medio rural.<\/p>\n<p>b)\u2003Asegurar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, as\u00ed como el fomento del empoderamiento de las mujeres rurales.<\/p>\n<p>c)\u2003Fomentar la actividad econ\u00f3mica continuada y diversificada en el medio rural, manteniendo los sectores tradicionales del mundo rural, mediante el fomento de la cultura emprendedora, la creaci\u00f3n y la promoci\u00f3n del empleo y de la actividad empresarial.<\/p>\n<p>d)\u2003Atraer y retener poblaci\u00f3n en el medio rural con especial atenci\u00f3n al retorno joven, mediante su promoci\u00f3n, la mejora de las infraestructuras y garant\u00eda de acceso a los servicios a disposici\u00f3n de sus habitantes.<\/p>\n<p>e)\u2003Garantizar la plena conectividad territorial de acuerdo con los est\u00e1ndares establecidos por la Uni\u00f3n Europea y la transici\u00f3n digital.<\/p>\n<p>f)\u2003Fomentar el equilibrio territorial y la cohesi\u00f3n social mediante la redistribuci\u00f3n justa, inclusiva y equitativa de los recursos entre el medio rural y urbano.<\/p>\n<p>g)\u2003Ordenar y coordinar las pol\u00edticas p\u00fablicas auton\u00f3micas y fomentar la actuaci\u00f3n conjunta de las administraciones p\u00fablicas y de los distintos interlocutores sociales y econ\u00f3micos del medio rural.<\/p>\n<p>h)\u2003Fomentar la participaci\u00f3n de los agentes sociales y econ\u00f3micos del medio rural en la definici\u00f3n de las pol\u00edticas de dinamizaci\u00f3n del medio rural.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a04.\u2003Objetivos.<\/strong><\/p>\n<p>En cumplimiento de los fines establecidos en esta ley, las pol\u00edticas sectoriales de dinamizaci\u00f3n del medio rural de las administraciones p\u00fablicas aragonesas en el \u00e1mbito de sus competencias se orientar\u00e1n a la consecuci\u00f3n de los siguientes objetivos generales:<\/p>\n<p>a)\u2003Propiciar un nivel de calidad de vida a la poblaci\u00f3n rural en t\u00e9rminos de renta, calidad y bienestar, mediante el desarrollo de pol\u00edticas de discriminaci\u00f3n positiva hacia los habitantes y familias del medio rural teniendo en cuenta la estructura aragonesa de asentamientos y los instrumentos de ordenaci\u00f3n del territorio.<\/p>\n<p>b)\u2003Impulsar la investigaci\u00f3n, el desarrollo y la innovaci\u00f3n como elementos esenciales para la dinamizaci\u00f3n del medio rural aragon\u00e9s, en consonancia con el modelo de desarrollo rural inteligente y con los instrumentos de planificaci\u00f3n estrat\u00e9gica de I+D+i de \u00e1mbito europeo, estatal y auton\u00f3mico.<\/p>\n<p>c)\u2003Impulsar y reforzar programas de orientaci\u00f3n, inserci\u00f3n, formaci\u00f3n y promoci\u00f3n del empleo, emprendimiento econ\u00f3mico y social, difusi\u00f3n de la cultura y de I+D+i adecuados a la realidad rural, y a las oportunidades y valores ligados a un medio rural vivo y de futuro, considerando el fomento del empleo como elemento fundamental para la dinamizaci\u00f3n del medio rural.<\/p>\n<p>d)\u2003Impulsar procesos de racionalizaci\u00f3n administrativa, de manera coordinada con las entidades locales que contemplen medidas de simplificaci\u00f3n y automatizaci\u00f3n progresiva de los procedimientos y erradique los obst\u00e1culos para el desarrollo de proyectos e iniciativas p\u00fablicas y privadas que contribuyan a la reactivaci\u00f3n del medio rural.<\/p>\n<p>e)\u2003Promover el acceso a la cultura en el medio rural, mediante la creaci\u00f3n de redes y plataformas con contenidos culturales espec\u00edficos, la utilizaci\u00f3n de las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y la comunicaci\u00f3n, la creaci\u00f3n art\u00edstica local y la implantaci\u00f3n de industrias culturales, incluyendo en el presupuesto anual de la Comunidad Aut\u00f3noma partidas finalistas espec\u00edficas.<\/p>\n<p>f)\u2003Incentivar la utilizaci\u00f3n del patrimonio territorial natural y cultural, la gesti\u00f3n respetuosa del paisaje y la preservaci\u00f3n y transmisi\u00f3n de los saberes tradicionales como v\u00eda de valorizaci\u00f3n social y econ\u00f3mica de la singularidad del medio rural y como se\u00f1a de identidad de sus habitantes, incluyendo en el presupuesto anual de la Comunidad Aut\u00f3noma partidas finalistas espec\u00edficas.<\/p>\n<p>g)\u2003Promover la realizaci\u00f3n de proyectos de inclusi\u00f3n social en el medio rural para atender las necesidades espec\u00edficas de las personas o colectivos con dificultades de integraci\u00f3n social y facilitar de manera coordinada con las entidades locales la atenci\u00f3n sociosanitaria, la educaci\u00f3n, el acceso a la vivienda y la informaci\u00f3n y orientaci\u00f3n para el empleo.<\/p>\n<p>h)\u2003Impulsar medidas espec\u00edficas e incentivos para fomentar el relevo generacional en el medio rural de los agricultores y ganaderos, empresarios y aut\u00f3nomos para garantizar la continuidad de las explotaciones y de las actividades econ\u00f3micas sostenibles que potencialmente pudieran finalizar por jubilaci\u00f3n en favor de j\u00f3venes, mujeres, personas con discapacidad, migrantes, desempleados de larga duraci\u00f3n o personas en situaci\u00f3n o riesgo de exclusi\u00f3n social.<\/p>\n<p>i)\u2003Impulsar pol\u00edticas de asistencia y de envejecimiento activo y saludable en el medio rural que prevengan la dependencia y promocionen la autonom\u00eda personal para que las personas mayores y las comunidades puedan disponer de calidad de vida y significaci\u00f3n a lo largo de todo su ciclo vital, mediante la oferta de servicios y programas espec\u00edficos a trav\u00e9s de la red propia de centros para personas mayores.<\/p>\n<p>j)\u2003Fomentar, planificar y desarrollar medidas que faciliten la permanencia y el asentamiento de las personas j\u00f3venes en los n\u00facleos rurales, y favorecer la transici\u00f3n hacia la vida adulta a trav\u00e9s del acceso a los recursos sociales, econ\u00f3micos, de vivienda, culturales y formativos en condiciones de igualdad con respecto a la poblaci\u00f3n juvenil urbana y garantizando la protecci\u00f3n del derecho a vivir en el medio rural, en igualdad y no discriminaci\u00f3n, a las personas con diversidad afectiva, sexual y de g\u00e9nero.<\/p>\n<p>k)\u2003Fomentar la participaci\u00f3n p\u00fablica en la elaboraci\u00f3n, implementaci\u00f3n y seguimiento de las pol\u00edticas p\u00fablicas mediante la concienciaci\u00f3n, la participaci\u00f3n y el acceso a la informaci\u00f3n.<\/p>\n<p>l)\u2003Fomentar la competitividad de las empresas del medio rural en el \u00e1mbito de la innovaci\u00f3n, la internacionalizaci\u00f3n, la sostenibilidad ambiental y la digitalizaci\u00f3n mediante la coordinaci\u00f3n de pol\u00edticas p\u00fablicas que las diferentes administraciones pongan en marcha de acuerdo con los propios sectores.<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO II<\/p>\n<p><strong>Principios rectores de actuaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a05.\u2003Mecanismo rural de garant\u00eda.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003El mecanismo rural de garant\u00eda se configura como el principio rector de actuaci\u00f3n en virtud del cual la Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma, impulsar\u00e1 y revisar\u00e1 todas las pol\u00edticas sectoriales y de desarrollo socioecon\u00f3mico, mediante la observaci\u00f3n de la perspectiva del cambio demogr\u00e1fico y de lucha contra la despoblaci\u00f3n, el an\u00e1lisis de sus impactos reales y potenciales y sus efectos en el medio rural, y promover\u00e1 medidas de discriminaci\u00f3n positiva en las zonas rurales que se determinen conforme a los criterios de delimitaci\u00f3n establecidos en el t\u00edtulo II de esta ley.<\/p>\n<p>2.\u2003Los planes estrat\u00e9gicos de subvenciones y las bases reguladoras de las subvenciones de los departamentos de la Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma, en el marco de la Ley\u00a05\/2015, de\u00a025 de marzo, de Subvenciones de Arag\u00f3n, incorporar\u00e1n criterios de discriminaci\u00f3n positiva para promover acciones de dinamizaci\u00f3n, desarrollo y lucha contra la despoblaci\u00f3n en las zonas rurales siempre que las medidas resulten compatibles con el objeto y finalidad de las ayudas.<\/p>\n<p>3.\u2003El Gobierno de Arag\u00f3n en el ejercicio de su acci\u00f3n ejecutiva e iniciativa legislativa, tendr\u00e1 en cuenta los fines y medidas reguladas en la presente ley y los ejes, objetivos y medidas establecidas en la Directriz especial de pol\u00edtica demogr\u00e1fica y contra la despoblaci\u00f3n.<\/p>\n<p>4.\u2003La Comisi\u00f3n delegada para la pol\u00edtica territorial y el Observatorio de dinamizaci\u00f3n demogr\u00e1fica y poblacional, en ejercicio de sus atribuciones, garantizan el cumplimiento del mecanismo rural de garant\u00eda con las acciones de seguimiento que se establezcan, de acuerdo con lo previsto en los art\u00edculos\u00a089 y\u00a090.<\/p>\n<p>5.\u2003El Observatorio de dinamizaci\u00f3n demogr\u00e1fica y poblacional proporcionar\u00e1 directrices, criterios y metodolog\u00edas para facilitar la elaboraci\u00f3n del an\u00e1lisis de impacto demogr\u00e1fico.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a06.\u2003Sensibilizaci\u00f3n y atracci\u00f3n del medio rural.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Los poderes p\u00fablicos aragoneses promover\u00e1n pol\u00edticas de sensibilizaci\u00f3n e informaci\u00f3n de la sociedad sobre el potencial de los recursos end\u00f3genos de las zonas rurales que reflejen la amplia variedad de retos y oportunidades en materia econ\u00f3mica, social y medioambiental del medio rural aragon\u00e9s.<\/p>\n<p>2.\u2003Se articular\u00e1n mecanismos de cooperaci\u00f3n con los medios de comunicaci\u00f3n social, priorizando aquellos de titularidad p\u00fablica de la Comunidad Aut\u00f3noma y de las entidades locales de Arag\u00f3n y con los agentes de dinamizaci\u00f3n rural para divulgar y promocionar la identidad, proyectos, valores, recursos e iniciativas de las comunidades rurales y destacar el potencial de crecimiento de estos territorios como lugares atractivos donde vivir, emprender y trabajar en las diferentes etapas de la vida de las personas.<\/p>\n<p>3.\u2003En particular, los medios de comunicaci\u00f3n p\u00fablicos dependientes del Gobierno de Arag\u00f3n promover\u00e1n el conocimiento y reconocimiento de los valores humanos, sociales, econ\u00f3micos, empresariales y ambientales que se creen o tengan continuidad en el medio rural para poner en valor entornos, propuestas y habitantes del medio rural que contribuyan a la construcci\u00f3n de un concepto de ruralidad, despejada de t\u00f3picos e integradora e igualitaria para todo el territorio de la Comunidad Aut\u00f3noma.<\/p>\n<p>4.\u2003Mediante la colaboraci\u00f3n de la Universidad de Zaragoza, escuelas de negocios, del profesorado del medio rural y de otros agentes representativos, se promover\u00e1 la informaci\u00f3n y la formaci\u00f3n de periodistas y profesionales a trav\u00e9s de jornadas, foros y programas de especializaci\u00f3n formativa en el lenguaje, contenidos, tratamientos e im\u00e1genes adecuados para favorecer la dinamizaci\u00f3n del medio rural.<\/p>\n<p>5.\u2003Las administraciones p\u00fablicas promover\u00e1n actuaciones en cooperaci\u00f3n con los grupos de acci\u00f3n local y otros agentes dinamizadores para el desarrollo de su labor de sensibilizaci\u00f3n de la sociedad rural sobre la identidad local y rural, las posibilidades de vivir en las zonas rurales y la puesta en valor de los recursos end\u00f3genos humanos, econ\u00f3micos, sociales y medioambientales de las zonas rurales.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a07.\u2003Valor ambiental del medio rural.<\/strong><\/p>\n<p>Los poderes p\u00fablicos aragoneses impulsar\u00e1n pol\u00edticas de reconocimiento, compensaci\u00f3n y potenciaci\u00f3n del valor social, econ\u00f3mico y medioambiental del medio rural, especialmente de sus recursos naturales, del sector primario, de su vocaci\u00f3n por la econom\u00eda circular y colaborativa, y promover\u00e1n acciones espec\u00edficas para fomentar su especial contribuci\u00f3n al mantenimiento de la biodiversidad, la lucha contra el cambio clim\u00e1tico, la reducci\u00f3n de la generaci\u00f3n de residuos y de la contaminaci\u00f3n y la generaci\u00f3n distribuida de energ\u00edas renovables, fomentando el autoconsumo y la potenciaci\u00f3n de comunidades energ\u00e9ticas.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a08.\u2003Mujeres rurales.<\/strong><\/p>\n<p>Los poderes p\u00fablicos de Arag\u00f3n integrar\u00e1n o intensificar\u00e1n en su caso la perspectiva de g\u00e9nero en todas sus acciones de desarrollo y dinamizaci\u00f3n rural, introduciendo medidas de discriminaci\u00f3n positiva en favor de la mujer que permitan su integraci\u00f3n laboral, as\u00ed como su plena participaci\u00f3n con equidad y contribuyan a una igualdad real de oportunidades entre mujeres y hombres en el medio rural. Para ello, se llevar\u00e1n a cabo acciones de fomento del reparto equilibrado de las responsabilidades familiares para avanzar en la corresponsabilidad y el impulso de los recursos p\u00fablicos de conciliaci\u00f3n de la vida personal, familiar y laboral.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a09.\u2003Inmigraci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>Los poderes p\u00fablicos de Arag\u00f3n promover\u00e1n las acciones oportunas para favorecer la integraci\u00f3n laboral y social de las personas inmigrantes, su enraizamiento en el medio rural aragon\u00e9s y la garant\u00eda de unas condiciones de vida \u00f3ptimas tanto en situaciones de residencia permanente como en estancias temporales por motivos laborales.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a010.\u2003Cooperaci\u00f3n institucional.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003El Gobierno de Arag\u00f3n promover\u00e1 con la Administraci\u00f3n General del Estado y sus organismos o entidades p\u00fablicas dependientes, comunidades aut\u00f3nomas y con las entidades locales aragonesas, la formalizaci\u00f3n de cuantos instrumentos de colaboraci\u00f3n y cooperaci\u00f3n interinstitucional sean necesarios para la aplicaci\u00f3n y gesti\u00f3n de las pol\u00edticas p\u00fablicas de dinamizaci\u00f3n, desarrollo territorial, reto demogr\u00e1fico y lucha contra la despoblaci\u00f3n, procurando la m\u00e1xima eficacia y eficiencia en la prestaci\u00f3n de los servicios.<\/p>\n<p>2.\u2003La Comisi\u00f3n delegada del Gobierno para la pol\u00edtica territorial promover\u00e1 la creaci\u00f3n de las comisiones sectoriales que considere necesarias con las diputaciones provinciales y los consejos comarcales para impulsar de manera coordinada, con pleno respeto a la autonom\u00eda local, los objetivos previstos en esta ley a trav\u00e9s de actuaciones conjuntas de dichas administraciones.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a011.\u2003Participaci\u00f3n social, cooperaci\u00f3n y gobernanza.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Se garantizar\u00e1 la participaci\u00f3n de la ciudadan\u00eda, de los agentes sociales y de las entidades representativas de los diferentes sectores econ\u00f3micos, sociales y medioambientales del medio rural en la planificaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de las pol\u00edticas p\u00fablicas de dinamizaci\u00f3n, desarrollo y lucha contra la despoblaci\u00f3n.<\/p>\n<p>2.\u2003Se promover\u00e1n mecanismos de coordinaci\u00f3n, gobernanza colaborativa y desarrollo local participativo que permitan alinear intereses diversos de los diferentes actores implicados a trav\u00e9s del establecimiento de una misi\u00f3n com\u00fan, de beneficio mutuo, y que facilite la contribuci\u00f3n e implicaci\u00f3n de otras entidades en los programas p\u00fablicos encaminados a dinamizar el medio rural.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a012.\u2003Contrataci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Los poderes p\u00fablicos de Arag\u00f3n, en el marco de las pol\u00edticas de contrataci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma, promover\u00e1n la utilizaci\u00f3n de la contrataci\u00f3n p\u00fablica como instrumento para la lucha contra la despoblaci\u00f3n y el desarrollo territorial equilibrado del medio rural.<\/p>\n<p>2.\u2003La Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n, de conformidad con la normativa en materia de contrataci\u00f3n p\u00fablica, dar\u00e1 un mayor soporte a las pymes y personas aut\u00f3nomas de las \u00e1reas rurales, con el objeto de facilitar su participaci\u00f3n en los procedimientos de contrataci\u00f3n p\u00fablica, e impulsando medidas para facilitar la utilizaci\u00f3n de medios electr\u00f3nicos, con la intenci\u00f3n de que se genere empleo en el medio rural.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a013.\u2003Seguridad ciudadana.<\/strong><\/p>\n<p>El Gobierno de Arag\u00f3n, en el \u00e1mbito de sus competencias, dentro del marco de la legislaci\u00f3n aplicable en materia de seguridad ciudadana y en coordinaci\u00f3n con la Delegaci\u00f3n del Gobierno de Espa\u00f1a en Arag\u00f3n, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y las polic\u00edas locales, promover\u00e1 la aplicaci\u00f3n de todos los recursos humanos y materiales que garanticen los derechos, libertades y seguridad ciudadana en todos los municipios y asentamientos habitados de Arag\u00f3n y, particularmente, en el \u00e1mbito referente a la lucha, prevenci\u00f3n y sensibilizaci\u00f3n contra la violencia machista.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a014.\u2003Conectividad.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003El Gobierno de Arag\u00f3n impulsar\u00e1 las medidas necesarias, a trav\u00e9s de los mecanismos de cooperaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n con la Administraci\u00f3n General del Estado, las entidades locales y la iniciativa privada, para garantizar la plena conectividad digital con par\u00e1metros adecuados de calidad y servicio para toda la poblaci\u00f3n y el acceso de las empresas, hogares e instituciones a los servicios avanzados de la sociedad de la informaci\u00f3n, con objeto de eliminar la brecha digital entre zonas rurales y urbanas en todo el territorio de Arag\u00f3n de acuerdo con las Agendas digitales espa\u00f1ola y europea.<\/p>\n<p>2.\u2003Las administraciones p\u00fablicas de la Comunidad Aut\u00f3noma fomentar\u00e1n, planificar\u00e1n y desarrollar\u00e1n las acciones necesarias para asegurar la conectividad y el acceso asequible e igualitario a internet, superando las barreras de entrada que puedan suponer la utilizaci\u00f3n de medios electr\u00f3nicos, atendiendo a la realidad espec\u00edfica de los entornos rurales y respetando la neutralidad de la red.<\/p>\n<p>3.\u2003El departamento competente en la materia de conectividad publicar\u00e1 anualmente un informe sobre el estado de la conectividad digital, fijando cu\u00e1les son los par\u00e1metros adecuados de calidad y servicio de cada momento, y detallar\u00e1 qu\u00e9 acciones considera necesarias para asegurar la conectividad y el acceso igualitario y asequible a internet.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a015.\u2003Empleo p\u00fablico, descentralizaci\u00f3n y desconcentraci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003El Gobierno de Arag\u00f3n, conforme a la legislaci\u00f3n aplicable en materia de empleo p\u00fablico y dentro del marco de las disposiciones estatales b\u00e1sicas, podr\u00e1 adoptar previa negociaci\u00f3n colectiva medidas espec\u00edficas al objeto de propiciar en las zonas rurales la estabilidad del empleo p\u00fablico, preferentemente en el \u00e1mbito agroambiental, educativo, sanitario y de servicios sociales.<\/p>\n<p>En general se adoptar\u00e1n medidas espec\u00edficas de discriminaci\u00f3n positiva o incentivos administrativos, profesionales y econ\u00f3micos para el personal empleado p\u00fablico que realice su actividad y resida en zonas rurales o cubra puestos de dif\u00edcil cobertura en las zonas rurales que se determinen.<\/p>\n<p>2.\u2003Se plantear\u00e1n medidas enfocadas a la recualificaci\u00f3n profesional y formaci\u00f3n continua del personal t\u00e9cnico que opera en el medio rural para la mejora de sus competencias en torno al empleo, la empleabilidad y orientaci\u00f3n de los usuarios en los nuevos nichos de empleo.<\/p>\n<p>3.\u2003Se procurar\u00e1 que la realizaci\u00f3n de los trabajos para la prestaci\u00f3n de los servicios p\u00fablicos y actividades de la Administraci\u00f3n auton\u00f3mica generen empleo en el medio rural y en especial en los municipios y asentamientos dependientes, conforme a la estructura de asentamientos de n\u00facleos de poblaci\u00f3n establecida en la Estrategia aragonesa de ordenaci\u00f3n territorial.<\/p>\n<p>4.\u2003La Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n impulsar\u00e1 la descentralizaci\u00f3n y desconcentraci\u00f3n administrativa como instrumento de dinamizaci\u00f3n del medio rural y lucha contra la despoblaci\u00f3n, mediante el estudio de las posibilidades de descentralizaci\u00f3n de sus departamentos, organismos aut\u00f3nomos, entidades de derecho p\u00fablico u otras instituciones de \u00e1mbito auton\u00f3mico, previo an\u00e1lisis con criterios de eficacia y eficiencia de las necesidades y disponibilidad de medios t\u00e9cnicos, econ\u00f3micos y humanos y previa negociaci\u00f3n colectiva.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a016.\u2003Acceso a equipamientos y servicios b\u00e1sicos en el medio rural.<\/strong><\/p>\n<p>Los poderes p\u00fablicos aragoneses en ejercicio de sus competencias orientar\u00e1n sus pol\u00edticas sectoriales a dotar al medio rural de las infraestructuras, equipamientos p\u00fablicos y servicios b\u00e1sicos y esenciales necesarios para su desarrollo y progreso en condiciones de igualdad, y a evitar exclusiones en la prestaci\u00f3n de los servicios p\u00fablicos y privados, teniendo en cuenta el sistema de indicadores de desarrollo territorial y las estrategias de planificaci\u00f3n sectorial del Gobierno de Arag\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a017.\u2003Nueva econom\u00eda de cuidados.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003El Gobierno de Arag\u00f3n impulsar\u00e1 pol\u00edticas p\u00fablicas dirigidas a favorecer que las personas mayores o en situaci\u00f3n de dependencia o discapacidad se mantengan en el domicilio de su municipio o asentamiento cuando esta sea su preferencia.<\/p>\n<p>2.\u2003Con este fin se impulsar\u00e1 el mantenimiento de la salud a trav\u00e9s de intervenciones coordinadas entre los sistemas de salud y de servicios sociales, el mantenimiento de entornos seguros y respetuosos, la eliminaci\u00f3n de barreras, el fomento de apoyos sociales que eviten el aislamiento y la soledad, el apoyo a su entorno cuidador y el aumento del personal destinado a la asistencia personal en el medio rural.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a018.\u2003Protecci\u00f3n civil.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003El Gobierno de Arag\u00f3n, dentro del marco espec\u00edfico de protecci\u00f3n civil, garantizar\u00e1 que las actuaciones en el medio rural ante situaciones de emergencia que exijan la movilizaci\u00f3n de medios y recursos de los servicios operativos de protecci\u00f3n civil se realice bajo los principios de proximidad, inmediatez, eficacia, coordinaci\u00f3n y mando \u00fanico.<\/p>\n<p>2.\u2003Dentro del marco espec\u00edfico de protecci\u00f3n civil, se garantizar\u00e1 que la actuaci\u00f3n del sector p\u00fablico auton\u00f3mico se realice teniendo en cuenta las singularidades espec\u00edficas del medio rural ante situaciones de emergencia en materia de anticipaci\u00f3n, prevenci\u00f3n, planificaci\u00f3n, intervenci\u00f3n, rehabilitaci\u00f3n y formaci\u00f3n.<\/p>\n<p>T\u00cdTULO II<\/p>\n<p><strong>Delimitaci\u00f3n y zonificaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO I<\/p>\n<p><strong>Zonificaci\u00f3n y clasificaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a019.\u2003Efectos de la clasificaci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>Las administraciones p\u00fablicas aragonesas utilizar\u00e1n la clasificaci\u00f3n de los asentamientos y municipios de car\u00e1cter rural establecida en este t\u00edtulo, su funcionalidad, la ubicaci\u00f3n en espacios metropolitanos y el valor de su desarrollo territorial, preferentemente, para el establecimiento de las medidas de discriminaci\u00f3n positiva reguladas en esta ley, as\u00ed como en las convocatorias de subvenciones en r\u00e9gimen de concurrencia competitiva cuya finalidad sea la de dinamizar el medio rural aragon\u00e9s.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a020.\u2003Medio rural.<\/strong><\/p>\n<p>A los efectos de esta ley se define como medio rural el conjunto de los asentamientos y municipios aragoneses clasificados como de car\u00e1cter rural. En el caso de los municipios que no se clasifiquen como de car\u00e1cter rural, se considera igualmente como medio rural el suelo clasificado como no urbanizable en el planeamiento urban\u00edstico municipal.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a021.\u2003Instrumentos de valoraci\u00f3n y clasificaci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>Para la definici\u00f3n, valoraci\u00f3n y clasificaci\u00f3n de los asentamientos y municipios rurales se utilizar\u00e1n los siguientes instrumentos establecidos en la normativa aragonesa de ordenaci\u00f3n del territorio:<\/p>\n<p>a)\u2003La estructura del sistema de asentamientos de Arag\u00f3n.<\/p>\n<p>b)\u2003El \u00cdndice Sint\u00e9tico de Desarrollo Territorial (ISDT) que expresa num\u00e9ricamente el desarrollo territorial de los asentamientos y municipios de Arag\u00f3n en relaci\u00f3n a un valor medio que se establece en\u00a0100 puntos.<\/p>\n<p>c)\u2003El \u00cdndice de Funcionalidad que explica el grado de influencia de un municipio sobre el resto del territorio a partir de un conjunto de caracter\u00edsticas representativas de las funciones de car\u00e1cter supramunicipal que se ejercen desde el mismo, siendo ponderadas seg\u00fan la importancia o alcance de las mismas.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a022.\u2003Asentamientos de car\u00e1cter rural.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Son asentamientos de car\u00e1cter rural todos los asentamientos aragoneses contemplados y clasificados en el sistema de asentamientos conforme a la Estrategia de Ordenaci\u00f3n del Territorio de Arag\u00f3n con excepci\u00f3n de las ciudades de Huesca, Teruel con Rango II y Zaragoza con Rango I.<\/p>\n<p>2.\u2003El departamento competente en materia de ordenaci\u00f3n del territorio actualizar\u00e1 anualmente esta relaci\u00f3n, con indicaci\u00f3n de su clasificaci\u00f3n y la publicar\u00e1 en el \u00abBolet\u00edn Oficial de Arag\u00f3n\u00bb.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a023.\u2003Clasificaci\u00f3n de los asentamientos de car\u00e1cter rural.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Los asentamientos de car\u00e1cter rural se clasifican en los grupos y rangos conforme a la estructura de asentamientos de Arag\u00f3n establecida en la Estrategia de Ordenaci\u00f3n del Territorio. Los asentamientos pertenecientes a cada rango, con excepci\u00f3n de los Rangos XI y XII se publicar\u00e1n anualmente por el departamento competente en materia de ordenaci\u00f3n del territorio. La clasificaci\u00f3n de los asentamientos rurales en los rangos y grupos prevista en la Estrategia de Ordenaci\u00f3n del Territorio es la siguiente:<\/p>\n<p>a)\u2003Cabeceras supracomarcales (Grupo de Centralidades y Rango III).<\/p>\n<p>b)\u2003Capitales comarcales (Grupo de Centralidades y Rango IV).<\/p>\n<p>c)\u2003Otras centralidades (Grupo de Centralidades y Rango V).<\/p>\n<p>d)\u2003Autosuficientes A (Grupo de Asentamientos Autosuficientes y Rango VI).<\/p>\n<p>e)\u2003Autosuficientes B (Grupo de Asentamientos Autosuficientes y Rango VII).<\/p>\n<p>f)\u2003Dependientes en transici\u00f3n a la autosuficiencia (Grupo de Asentamientos Dependientes y Rango VIII).<\/p>\n<p>g)\u2003Dependientes (Grupo de Asentamientos Dependientes y Rango IX).<\/p>\n<p>h)\u2003Dependientes de problem\u00e1tica viabilidad (Grupo de Asentamientos Dependientes y Rango X).<\/p>\n<p>i)\u2003Asentamientos deshabitados (Grupo de Otros Asentamientos y Rango XI).<\/p>\n<p>j)\u2003Asentamientos aislados (Grupo de Otros Asentamientos y Rango XII).<\/p>\n<p>2.\u2003El conjunto de asentamientos de poblaci\u00f3n que forman el sistema de asentamientos de Arag\u00f3n (Rangos I al XI) se configura a partir del Nomencl\u00e1tor de poblaci\u00f3n publicado anualmente por el INE. Los asentamientos de poblaci\u00f3n podr\u00e1n tener a sus habitantes distribuidos seg\u00fan los siguientes criterios:<\/p>\n<p>a)\u2003Entidades singulares que contienen solo un n\u00facleo de poblaci\u00f3n en el que se concentran sus habitantes.<\/p>\n<p>b)\u2003Entidades singulares que contienen un solo n\u00facleo de poblaci\u00f3n y sus habitantes entre este y un diseminado. Los habitantes residentes en un diseminado se incluir\u00e1n en los asentamientos constituidos por entidades singulares.<\/p>\n<p>c)\u2003Entidades singulares cuyos habitantes solo residen en un diseminado.<\/p>\n<p>d)\u2003Entidades singulares que contienen m\u00e1s de un n\u00facleo de poblaci\u00f3n donde cada n\u00facleo de poblaci\u00f3n constituye un asentamiento. Los habitantes residentes en posibles diseminados se computar\u00e1n en el asentamiento formado por el n\u00facleo m\u00e1s poblado.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a024.\u2003Municipios de car\u00e1cter rural.<\/strong><\/p>\n<p>Son municipios de car\u00e1cter rural aquellos en los que la totalidad de sus asentamientos son de car\u00e1cter rural.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a025.\u2003Clasificaci\u00f3n de los municipios de car\u00e1cter rural.<\/strong><\/p>\n<p>Los municipios de car\u00e1cter rural se clasifican en los mismos grupos y rangos definidos para los asentamientos de car\u00e1cter rural. Los municipios pertenecientes a cada rango se publicar\u00e1n anualmente por el departamento competente en materia de ordenaci\u00f3n del territorio.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a026.\u2003Asentamientos y municipios de car\u00e1cter rural ubicados en espacios metropolitanos.<\/strong><\/p>\n<p>Son asentamientos y municipios de car\u00e1cter rural ubicados en espacios metropolitanos todos aquellos de car\u00e1cter rural incluidos en las entidades locales metropolitanas que se constituyan en Arag\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a027.\u2003Asentamientos deshabitados y permanentes aislados.<\/strong><\/p>\n<p>Los asentamientos deshabitados y, salvo a efectos fiscales, los asentamientos permanentes aislados, incluidos respectivamente en los Rangos XI y XII de la estructura del sistema de asentamientos de Arag\u00f3n, no est\u00e1n vinculados a las medidas generales contempladas en esta ley, si bien podr\u00e1n ser objeto de actuaciones derivadas de planes y programas espec\u00edficos contemplados en los instrumentos de planeamiento y gesti\u00f3n territorial.<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO II<\/p>\n<p><strong>Clasificaci\u00f3n a efectos fiscales<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a028.\u2003Asentamientos de car\u00e1cter rural a efectos fiscales.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003A los efectos de la aplicaci\u00f3n de las medidas fiscales contenidas en la presente ley se establecen los siguientes grupos de asentamientos de car\u00e1cter rural:<\/p>\n<p>a)\u2003Asentamientos rurales en transici\u00f3n urbana: Incluye el Rango III de la estructura del sistema de asentamientos de Arag\u00f3n que superen los\u00a010.000 habitantes.<\/p>\n<p>b)\u2003Asentamientos rurales funcionales: Incluyen los asentamientos pertenecientes al Rango III de la estructura del sistema de asentamientos de Arag\u00f3n con poblaci\u00f3n inferior a\u00a010.000 habitantes y a los Rangos IV, V, VI y VII cuyo ISDT sea igual o superior a\u00a0101 y cuya poblaci\u00f3n sea igual o superior a\u00a01000 habitantes.<\/p>\n<p>c)\u2003Asentamientos rurales intermedios: Incluyen los asentamientos pertenecientes a los Rangos IV, V, VI y VII de la estructura del sistema de asentamientos de Arag\u00f3n no incluidos en el grupo anterior.<\/p>\n<p>d)\u2003Asentamientos rurales con alto riesgo de despoblaci\u00f3n: Incluyen a los asentamientos que pertenecen al Rango VIII y IX de la estructura del sistema de asentamientos de Arag\u00f3n.<\/p>\n<p>e)\u2003Asentamientos rurales con riesgo extremo de despoblaci\u00f3n: Incluyen a los asentamientos que pertenecen al Rango X de la estructura del sistema de asentamientos de Arag\u00f3n.<\/p>\n<p>2.\u2003Los asentamientos de car\u00e1cter rural ubicados en espacios metropolitanos pertenecientes al grupo de asentamientos dependientes (Rangos VIII, IX y X) se asimilar\u00e1n a los asentamientos rurales intermedios.<\/p>\n<p>3.\u2003Los asentamientos aislados que coincidan con la poblaci\u00f3n en diseminado que figura en el Nomencl\u00e1tor se asimilan, a efectos fiscales, con las entidades singulares a las que pertenezcan. Estas entidades singulares, a su vez, se corresponden con los asentamientos del sistema aragon\u00e9s seg\u00fan lo establecido en el art\u00edculo\u00a023.<\/p>\n<p>T\u00cdTULO III<\/p>\n<p><strong>Planificaci\u00f3n y programaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a029.\u2003Instrumentos marco de referencia.<\/strong><\/p>\n<p>Son instrumentos de referencia como marco estrat\u00e9gico para el dise\u00f1o y planificaci\u00f3n de las pol\u00edticas de dinamizaci\u00f3n y desarrollo en el medio rural los instrumentos de planeamiento y gesti\u00f3n territorial contemplados en la legislaci\u00f3n de ordenaci\u00f3n del territorio.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a030.\u2003Otros instrumentos de planificaci\u00f3n y programaci\u00f3n del medio rural.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La participaci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n en la redacci\u00f3n de documentos de planificaci\u00f3n y programaci\u00f3n integral o espec\u00edfica sobre el medio rural promovidos por otras administraciones p\u00fablicas deber\u00e1 impulsar la integraci\u00f3n en los mismos de los objetivos, estrategias y medidas incluidos en los instrumentos de planificaci\u00f3n territorial auton\u00f3micos.<\/p>\n<p>2.\u2003Los documentos de planificaci\u00f3n y programaci\u00f3n integral o espec\u00edfica sobre el medio rural promovidos y aprobados por otras administraciones p\u00fablicas se integrar\u00e1n en el acervo de planificaci\u00f3n y programaci\u00f3n territorial de la Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n mediante un procedimiento de tramitaci\u00f3n espec\u00edfico que se determinar\u00e1 reglamentariamente.<\/p>\n<p>3.\u2003Las estrategias de desarrollo local participativo que se desarrollen en aplicaci\u00f3n de la normativa comunitaria, por parte de los grupos de acci\u00f3n local, y los planes de zona que se elaboren en aplicaci\u00f3n de la Ley\u00a045\/2007, de\u00a013 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural, podr\u00e1n constituir transitoriamente la referencia en materia de planificaci\u00f3n y programaci\u00f3n territorial zonal de la Comunidad Aut\u00f3noma en tanto no se aprueben las correspondientes directrices zonales y los programas de gesti\u00f3n territorial asociados. Dichas estrategias deber\u00e1n ser informadas favorablemente por el Consejo de Ordenaci\u00f3n del Territorio de Arag\u00f3n previa solicitud de la Comisi\u00f3n delegada del Gobierno para la pol\u00edtica territorial.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a031.\u2003Disposiciones normativas y planificaci\u00f3n sectorial de la Comunidad Aut\u00f3noma con incidencia en el medio rural.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Las disposiciones normativas con incidencia en el medio rural deber\u00e1n alinearse con los objetivos, principios y medidas contenidos en esta ley, correspondiendo al departamento competente en materia de ordenaci\u00f3n del territorio informar sobre el cumplimiento de este precepto. Los proyectos de ley con incidencia en el medio rural ser\u00e1n informados por el Consejo de Ordenaci\u00f3n del Territorio de Arag\u00f3n, actuando el Observatorio de dinamizaci\u00f3n demogr\u00e1fica y poblacional como ponencia t\u00e9cnica.<\/p>\n<p>2.\u2003La planificaci\u00f3n y programaci\u00f3n sectorial promovida por los diversos departamentos de la Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n deber\u00e1 contener, adem\u00e1s del informe sobre coherencia territorial conforme a la legislaci\u00f3n de ordenaci\u00f3n del territorio de Arag\u00f3n, un an\u00e1lisis realizado por el departamento promotor, en su caso, sobre el impacto y valoraci\u00f3n de los diferentes efectos y resultados de la iniciativa con detalle territorial de su alcance en las zonas rurales delimitadas en esta ley, en el marco planteado en el art\u00edculo\u00a05.<\/p>\n<p>3.\u2003Este an\u00e1lisis, que complementar\u00e1 el informe de coherencia territorial, concretar\u00e1 los siguientes aspectos:<\/p>\n<p>a)\u2003Incidencia en la renta de las administraciones p\u00fablicas afectadas (municipios y comarcas).<\/p>\n<p>b)\u2003Incidencia en la renta de los particulares que residen el territorio por efecto de adquisici\u00f3n de terrenos, alquileres, entre otras.<\/p>\n<p>c)\u2003Incidencia en el acceso a los sistemas de telecomunicaciones (fibra \u00f3ptica, telefon\u00eda m\u00f3vil, entre otras).<\/p>\n<p>d)\u2003Incidencia en el acceso a los servicios p\u00fablicos y en la movilidad en el territorio afectado (infraestructuras y servicios de transporte).<\/p>\n<p>e)\u2003Incidencia en la creaci\u00f3n de puestos de trabajo en el territorio distinguiendo los fijos de los temporales y de los susceptibles de ser realizados a distancia de los que requieren una presencia f\u00edsica en el territorio afectado.<\/p>\n<p>f)\u2003Incidencia en la calidad del paisaje, el patrimonio territorial del territorio afectado y los servicios ambientales que este proporciona (biodiversidad, absorci\u00f3n del CO<sub>2<\/sub>, recarga de acu\u00edferos, entre otras).<\/p>\n<p>g)\u2003Incidencia en la contribuci\u00f3n a amortiguar el cambio clim\u00e1tico por la generaci\u00f3n de energ\u00eda renovable.<\/p>\n<p>4.\u2003En todo caso, las medidas sectoriales que se planifiquen en cumplimiento de los objetivos y medidas establecidos en esta ley se complementar\u00e1n con las medidas reguladas en la Directriz especial de pol\u00edtica demogr\u00e1fica y contra la despoblaci\u00f3n y la Estrategia de Ordenaci\u00f3n Territorial de Arag\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a032.\u2003Directrices zonales y programas de gesti\u00f3n territorial.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La elaboraci\u00f3n de directrices zonales deber\u00e1 realizarse, preferentemente, de manera conjunta con el programa de gesti\u00f3n territorial correspondiente.<\/p>\n<p>2.\u2003Las directrices zonales deber\u00e1n incluir en la memoria, adem\u00e1s del contenido previsto en el art\u00edculo\u00a022 del texto refundido de la Ley de ordenaci\u00f3n del territorio de Arag\u00f3n aprobado por Decreto Legislativo\u00a02\/2015, de\u00a017 de noviembre, del Gobierno de Arag\u00f3n, un apartado espec\u00edfico que haga referencia a todos los instrumentos de planificaci\u00f3n con incidencia en el \u00e1mbito territorial de las directrices, as\u00ed como una relaci\u00f3n de los agentes territoriales, p\u00fablicos y privados, que tengan una relevancia significativa en el desarrollo territorial de dicho \u00e1mbito.<\/p>\n<p>3.\u2003Los programas de gesti\u00f3n territorial deber\u00e1n incorporar, adem\u00e1s del contenido previsto en el art\u00edculo\u00a028 del texto refundido de la Ley de ordenaci\u00f3n del territorio de Arag\u00f3n, todas las actuaciones previstas por los agentes dinamizadores rurales que act\u00faen sobre el \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n de los mismos. A estos efectos se deber\u00e1n tener en consideraci\u00f3n el contenido de las estrategias de desarrollo local participativo, as\u00ed como los planes de zona que estuvieran vigentes en el momento de su redacci\u00f3n. Los programas de gesti\u00f3n territorial se ejecutar\u00e1n en colaboraci\u00f3n con los grupos de acci\u00f3n local o de desarrollo rural, o, en su caso, de la entidad representativa mayoritaria de los grupos de acci\u00f3n local Leader.<\/p>\n<p>4.\u2003Las actuaciones contenidas en los programas de gesti\u00f3n territorial que sean de competencia de la Comunidad Aut\u00f3noma deber\u00e1n ser incluidas en los anteproyectos de presupuestos de cada departamento. En el caso de no incorporar actuaciones programadas para la anualidad correspondiente, deber\u00e1 justificarse expl\u00edcitamente en dichos anteproyectos.<\/p>\n<p>5.\u2003El Fondo de Cohesi\u00f3n Territorial u otros fondos espec\u00edficos contribuir\u00e1n a financiar actuaciones que se promuevan en los \u00e1mbitos territoriales afectados y que est\u00e9n incluidos en el programa de gesti\u00f3n territorial aprobado.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a033.\u2003Adaptaci\u00f3n de la planificaci\u00f3n y programaci\u00f3n a la evoluci\u00f3n del desarrollo territorial.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Las directrices zonales y sus correspondientes programas de gesti\u00f3n territorial se revisar\u00e1n cada cuatro a\u00f1os mediante el procedimiento recogido en la normativa de ordenaci\u00f3n del territorio.<\/p>\n<p>2.\u2003Los instrumentos de planeamiento territorial, con excepci\u00f3n de la Estrategia de ordenaci\u00f3n territorial de Arag\u00f3n y los planes y proyectos de inter\u00e9s general de Arag\u00f3n, se revisar\u00e1n anualmente con la finalidad de integrar, en el apartado correspondiente de la memoria de las directrices zonales al que se hace referencia en el art\u00edculo anterior, las modificaciones que se hayan producido en su \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>3.\u2003En el caso de que se produzcan circunstancias de car\u00e1cter excepcional que afecten directamente al desarrollo territorial del \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n de un instrumento de planeamiento o gesti\u00f3n territorial durante su periodo de vigencia, se podr\u00e1 proceder, a instancia de la Comisi\u00f3n delegada del Gobierno para la pol\u00edtica territorial previa solicitud del Consejo de Ordenaci\u00f3n del Territorio de Arag\u00f3n o el Observatorio aragon\u00e9s de dinamizaci\u00f3n demogr\u00e1fica y poblacional, a la revisi\u00f3n urgente y simplificada de las estrategias o medidas contenidas en los mismos, cuya modificaci\u00f3n deber\u00e1 aprobarse en el plazo m\u00e1ximo de tres meses una vez iniciado el procedimiento.<\/p>\n<p>T\u00cdTULO IV<\/p>\n<p><strong>Dinamizaci\u00f3n y diversificaci\u00f3n econ\u00f3mica<\/strong><\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO I<\/p>\n<p><strong>Programa de gesti\u00f3n territorial de dinamizaci\u00f3n econ\u00f3mica y social para el medio rural<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a034.\u2003Elaboraci\u00f3n y contenido.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003El Programa de gesti\u00f3n territorial previsto en la directriz especial de pol\u00edtica demogr\u00e1fica y contra la despoblaci\u00f3n se ampliar\u00e1 y complementar\u00e1 incorporando a las medidas previstas en dicha directriz aquellas que se deriven de la aplicaci\u00f3n de los objetivos y estrategias para el fomento y promoci\u00f3n del emprendimiento, el trabajo aut\u00f3nomo y el empleo en el medio rural contenidos en esta ley.<\/p>\n<p>2.\u2003En la elaboraci\u00f3n del Programa de gesti\u00f3n territorial de dinamizaci\u00f3n econ\u00f3mica y social para el medio rural se tendr\u00e1n en cuenta las siguientes determinaciones:<\/p>\n<p>a)\u2003Se desarrollar\u00e1 por los ejes estrat\u00e9gicos contenidos en la Directriz especial de pol\u00edtica demogr\u00e1fica y contra la despoblaci\u00f3n, as\u00ed como los que se definen expl\u00edcitamente en la presente ley.<\/p>\n<p>b)\u2003Se podr\u00e1 elaborar por bloques homog\u00e9neos tramitados de forma independiente en correspondencia con los ejes estrat\u00e9gicos definidos seg\u00fan la letra anterior.<\/p>\n<p>c)\u2003Dentro de cada uno de los ejes estrat\u00e9gicos considerados se realizar\u00e1 una proyecci\u00f3n comarcal de las actuaciones y proyectos a realizar teniendo en cuenta la estructura del sistema de asentamientos, as\u00ed como el desarrollo territorial de los municipios que integran la comarca.<\/p>\n<p>d)\u2003El desarrollo, aplicaci\u00f3n e implementaci\u00f3n del plan se llevar\u00e1 a cabo en coordinaci\u00f3n con las entidades locales, agentes sociales y operadores territoriales y agentes dinamizadores a que hace referencia el art\u00edculo\u00a092.<\/p>\n<p>e)\u2003Podr\u00e1 incorporar una actualizaci\u00f3n de la informaci\u00f3n territorial que sea necesaria para elaborar la enumeraci\u00f3n de las actuaciones y proyectos que contenga.<\/p>\n<p>f)\u2003Se revisar\u00e1 con una periodicidad de cuatro a\u00f1os<\/p>\n<p>3.\u2003La Comisi\u00f3n delegada del Gobierno para la pol\u00edtica territorial encargar\u00e1 el dise\u00f1o de las actuaciones previstas en este t\u00edtulo al departamento o departamentos que sean competentes en la materia y formar\u00e1n parte del bloque correspondiente del Programa de gesti\u00f3n territorial. En todo caso, el departamento competente en materia de ordenaci\u00f3n del territorio participar\u00e1 en la elaboraci\u00f3n del Programa de gesti\u00f3n territorial.<\/p>\n<p>4.\u2003Las actuaciones y medidas enumeradas en este t\u00edtulo que se consideren complementarias de aquellas que ya figuran en la Directriz especial de pol\u00edtica demogr\u00e1fica y contra la despoblaci\u00f3n se incluir\u00e1n, junto con estas \u00faltimas, en un \u00fanico eje de los contenidos en el Programa de gesti\u00f3n territorial.<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO II<\/p>\n<p><strong>Fomento y promoci\u00f3n de la cultura emprendedora en el medio rural<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a035.\u2003Objetivos en relaci\u00f3n con el fomento y promoci\u00f3n de la cultura emprendedora.<\/strong><\/p>\n<p>Las l\u00edneas contempladas en el Programa de gesti\u00f3n territorial de dinamizaci\u00f3n econ\u00f3mica y social para el medio rural se orientar\u00e1n a la consecuci\u00f3n, entre otros, de los siguientes objetivos relacionados con el fomento y promoci\u00f3n de la cultura emprendedora:<\/p>\n<p>a)\u2003Fomentar el esp\u00edritu emprendedor en el medio rural, sobre todo de los j\u00f3venes, para fijar la poblaci\u00f3n en el territorio.<\/p>\n<p>b)\u2003Elevar los niveles de formaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n de la poblaci\u00f3n del medio rural, con especial atenci\u00f3n a las personas ocupadas en sectores de inter\u00e9s estrat\u00e9gico para la Comunidad Aut\u00f3noma.<\/p>\n<p>c)\u2003Mejorar el atractivo de las actividades econ\u00f3micas y sociales del medio rural, mediante su diversificaci\u00f3n y la promoci\u00f3n de sectores estrat\u00e9gicos para su desarrollo.<\/p>\n<p>d)\u2003Favorecer la introducci\u00f3n, ampliaci\u00f3n y consolidaci\u00f3n de actividades econ\u00f3micas competitivas y sostenibles en el medio rural aprovechando las estructuras de desarrollo existentes a nivel local.<\/p>\n<p>e)\u2003Potenciar las iniciativas con altos niveles de cualificaci\u00f3n, especialmente, las vinculadas a proyectos que permitan la transici\u00f3n hacia una econom\u00eda verde y digital.<\/p>\n<p>f)\u2003Dinamizar el mercado laboral en el medio rural mediante la informaci\u00f3n, el asesoramiento y el seguimiento, dirigidos a las personas desempleadas, emprendedoras y empresas.<\/p>\n<p>g)\u2003Incentivar nuevos modelos econ\u00f3micos y metodolog\u00edas como herramientas de apoyo para la generaci\u00f3n de oportunidades profesionales y econ\u00f3micas, enfocadas al aprovechamiento y explotaci\u00f3n de los recursos end\u00f3genos, y a la incorporaci\u00f3n de innovaci\u00f3n y tecnolog\u00eda en el sistema productivo.<\/p>\n<p>h)\u2003Promover el conocimiento y consecuci\u00f3n de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) para impulsar un desarrollo sostenible innovador e inclusivo del mundo rural.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a036.\u2003Actuaciones en el \u00e1mbito de la cultura emprendedora.<\/strong><\/p>\n<p>El fomento de la cultura emprendedora como eje a incluir dentro del Programa de gesti\u00f3n territorial de dinamizaci\u00f3n econ\u00f3mica y social para el medio rural incorporar\u00e1, al menos, las siguientes actuaciones:<\/p>\n<p>a)\u2003La puesta en marcha de una plataforma en l\u00ednea para la prestaci\u00f3n de servicios de informaci\u00f3n y asesoramiento integral de las iniciativas productivas que surjan en los n\u00facleos rurales. Esta plataforma se implementar\u00e1 por el Instituto Aragon\u00e9s de Fomento en coordinaci\u00f3n con los servicios de asesoramiento a emprendedores y empresas y ser\u00e1 accesible desde la plataforma de emprendimiento y del trabajo aut\u00f3nomo prevista en la Ley\u00a07\/2019, de\u00a029 de marzo, de apoyo y fomento del emprendimiento y del trabajo aut\u00f3nomo. No obstante, para zonas pendientes de conectividad digital, as\u00ed como para aquellas zonas en las que la cobertura sea deficiente, se habilitar\u00e1n las herramientas y los medios adecuados a trav\u00e9s de los cuales los interesados podr\u00e1n acceder a los servicios de informaci\u00f3n y asesoramiento contemplados en este art\u00edculo.<\/p>\n<p>b)\u2003El impulso y consolidaci\u00f3n de la red aragonesa de centros de emprendimiento (Red ARCE) como instrumento para coordinar todas las infraestructuras materiales de apoyo a iniciativas empresariales en el medio rural como viveros empresariales, cotrabajo o incubadoras. Las entidades locales del medio rural podr\u00e1n adherirse a la Red y aprovechar las sinergias y la colaboraci\u00f3n entre entidades locales aragonesas, entidades p\u00fablicas y privadas. La Fundaci\u00f3n Arag\u00f3n emprende como entidad gestora de la Red y el Instituto Aragon\u00e9s de Fomento como promotor y coordinador ser\u00e1n las organizaciones responsables de la Red ARCE.<\/p>\n<p>c)\u2003La promoci\u00f3n a trav\u00e9s del Instituto Aragon\u00e9s de Empleo de programas de formaci\u00f3n para el empleo, como las escuelas taller y los talleres de empleo, enfocados hacia una econom\u00eda multifuncional y circular, para atender a los nichos de empleo del medio rural. Se dirigir\u00e1n, principalmente, a j\u00f3venes, mujeres y desempleados del medio rural, con la finalidad de favorecer su capacitaci\u00f3n, asentamiento y permanencia en el territorio.<\/p>\n<p>d)\u2003El programa de relevo generacional para la transmisi\u00f3n y estabilidad de negocios intergeneracionales, mediante la iniciativa p\u00fablica, para los negocios viables y actividades empresariales en los municipios elegibles en funci\u00f3n de su rango en la estructura del sistema de asentamientos.<\/p>\n<p>e)\u2003El plan de digitalizaci\u00f3n en el medio rural a trav\u00e9s de actuaciones de formaci\u00f3n y apoyo dirigido, por un lado, a la sociedad y, por otro lado, a empresas y emprendedores para promover la comercializaci\u00f3n en l\u00ednea de productos y servicios del medio rural.<\/p>\n<p>f)\u2003La extensi\u00f3n y ampliaci\u00f3n del programa de emprendimiento rural sostenible que desarrolla el Instituto Aragon\u00e9s de Fomento para promover iniciativas innovadoras en los n\u00facleos rurales ligadas a las posibilidades y recursos del territorio<\/p>\n<p>g)\u2003La realizaci\u00f3n de campa\u00f1as de visibilizaci\u00f3n de la contribuci\u00f3n del medio rural al desarrollo econ\u00f3mico y social de Arag\u00f3n, con especial \u00e9nfasis en el papel dinamizador y de consolidaci\u00f3n de la mujer.<\/p>\n<p>h)\u2003Se impulsar\u00e1 la creaci\u00f3n de una academia rural digital para la formaci\u00f3n en el medio rural, mediante el aprovechamiento de las nuevas tecnolog\u00edas aplicadas a la formaci\u00f3n para favorecer un acceso masivo de la poblaci\u00f3n del medio rural a nuevas competencias gen\u00e9ricas como liderazgo, emprendimiento, direcci\u00f3n, gerencia, comercial, marketing, entre otras, y espec\u00edficas como formaci\u00f3n t\u00e9cnica en las diversas actividades y oficios del medio rural: incorporaci\u00f3n a la actividad agraria, actualizaci\u00f3n y reciclaje profesional, entre otras.<\/p>\n<p>i)\u2003El dise\u00f1o y puesta en marcha de un banco digital de ideas, proyectos y oportunidades del medio rural en Arag\u00f3n, para hacer visibles todas las oportunidades que ofrece el medio rural aragon\u00e9s y orientar a los emprendedores locales y a los potenciales emprendedores interesados de fuera de Arag\u00f3n.<\/p>\n<p>j)\u2003La elaboraci\u00f3n de un proyecto de modernizaci\u00f3n y potenciaci\u00f3n de los mercados tradicionales, actividades feriales y promocionales de las producciones del medio rural.<\/p>\n<p>k)\u2003El dise\u00f1o y elaboraci\u00f3n de un proyecto enfocado a favorecer la instalaci\u00f3n en el medio rural de empresas artesanas de transformaci\u00f3n agroindustrial, aglutinando la informaci\u00f3n necesaria para cada contexto territorial, tanto de infraestructuras disponibles como de oportunidades end\u00f3genas, as\u00ed como de los agentes que operan en los sectores y las necesidades y requisitos para el desarrollo de la actividad.<\/p>\n<p>l)\u2003Favorecer la implantaci\u00f3n de talleres artesanos potenciando la capacidad del sector artesanal para generar autoempleo y mantener oficios y t\u00e9cnicas tradicionales de producci\u00f3n y aprovechando el valor que aporta la artesan\u00eda a la sostenibilidad, en lo que se refiere tanto al producto resultante como al proceso productivo.<\/p>\n<p>m)\u2003En colaboraci\u00f3n con las organizaciones empresariales sectoriales, el dise\u00f1o y elaboraci\u00f3n de un proyecto de cooperaci\u00f3n empresarial para facilitar las sinergias entre empresas del medio rural, asociaciones, uniones de productores, entidades p\u00fablicas y privadas de desarrollo y financiaci\u00f3n, entre otros, para estudiar v\u00edas de cooperaci\u00f3n que permitan valorizar la oferta del medio rural, como la comercializaci\u00f3n conjunta de producciones o de servicios. El plan incluir\u00e1 medidas para estimular las redes productivas rurales, las cadenas cortas de producci\u00f3n y el comercio de proximidad.<\/p>\n<p>n)\u2003El desarrollo de un programa de apoyo a la agroindustria mediante la digitalizaci\u00f3n de las \u00e1reas de producci\u00f3n y fabricaci\u00f3n para optimizar la productividad a trav\u00e9s del an\u00e1lisis de los datos de disponibilidad, rendimiento y calidad, aplicaci\u00f3n de la inteligencia de datos para la acumulaci\u00f3n masiva de datos y su an\u00e1lisis inteligente en tiempo real.<\/p>\n<p>\u00f1) El desarrollo de un proyecto dirigido a la puesta en marcha y mantenimiento de laboratorios de innovaci\u00f3n rural, como instrumentos para reflexionar y elaborar propuestas de intervenci\u00f3n con respecto a los retos del territorio concreto en el que se ubique el laboratorio. Los objetivos de estos laboratorios y su trabajo sobre los retos territoriales se enmarcar\u00e1n en el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible. En los laboratorios participaran agentes p\u00fablicos y privados, grupos de la sociedad civil y agentes de dinamizaci\u00f3n previstos en el art\u00edculo\u00a092.<\/p>\n<p>o)\u2003La coordinaci\u00f3n y el impulso de los centros de investigaci\u00f3n aragoneses situados fuera de las grandes capitales, as\u00ed como la promoci\u00f3n de nuevos centros de investigaci\u00f3n en \u00e1mbitos de especial relevancia para el desarrollo de un ecosistema de innovaci\u00f3n e investigaci\u00f3n en el medio rural, orientados especialmente al fomento del empleo de alta cualificaci\u00f3n y a la atracci\u00f3n de talento a las zonas rurales.<\/p>\n<p>p)\u2003Favorecer programas de coordinaci\u00f3n de actuaciones empresariales en el medio rural aragon\u00e9s con iniciativas de otras comunidades aut\u00f3nomas a trav\u00e9s de la vinculaci\u00f3n de las asociaciones empresariales m\u00e1s representativas integradas en entidades supraauton\u00f3micas.<\/p>\n<p>q)\u2003La promoci\u00f3n a trav\u00e9s del Instituto Aragon\u00e9s de Fomento de la figura del mediador de emprendimiento para potenciar la consecuci\u00f3n de acuerdos que impulsen, faciliten, contin\u00faen o finalicen de forma \u00f3ptima la actividad emprendedora en el medio rural.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a037.\u2003Territorio emprendedor de Arag\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Las entidades locales que realicen pol\u00edticas activas para apoyar y fomentar el emprendimiento y el trabajo aut\u00f3nomo o creen en sus territorios de influencia ecosistemas de emprendimiento e innovaci\u00f3n social que permitan a la poblaci\u00f3n, y en especial a los j\u00f3venes, desarrollar sus competencias en materia de emprendimiento, contribuir a generar equipos de trabajo y de gesti\u00f3n de proyectos s\u00f3lidos y mejorar la gesti\u00f3n empresarial, recibir\u00e1n el reconocimiento de territorio emprendedor de Arag\u00f3n.<\/p>\n<p>2.\u2003La declaraci\u00f3n de municipio o territorio emprendedor de Arag\u00f3n ser\u00e1 acordada por el Gobierno de Arag\u00f3n, con la participaci\u00f3n de los \u00f3rganos de representaci\u00f3n de las entidades locales, previo informe favorable del Instituto Aragon\u00e9s de Fomento, y conllevar\u00e1 las medidas de apoyo que reglamentariamente se determinen para el impulso de las acciones encaminadas a tal fin.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a038.\u2003Responsabilidad social rural.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Las administraciones p\u00fablicas aragonesas y los agentes dinamizadores que operan en el territorio fomentar\u00e1n la implicaci\u00f3n de toda la sociedad en el desarrollo sostenible e integrador del medio rural.<\/p>\n<p>2.\u2003En el marco del plan de responsabilidad social de Arag\u00f3n, impulsado por el Instituto Aragon\u00e9s de Fomento, se valorar\u00e1 el componente rural como elemento diferenciador de la responsabilidad social empresarial para la obtenci\u00f3n del sello de responsabilidad social de Arag\u00f3n.<\/p>\n<p>3.\u2003A estos efectos se entender\u00e1 por componente rural (responsabilidad social rural) todas aquellas actuaciones desarrolladas por empresas u organizaciones, dentro de su responsabilidad social corporativa, que supongan un incremento del empleo local, de su calidad, una valorizaci\u00f3n del patrimonio natural y cultural de la zona o una mejora de las condiciones de vida de la poblaci\u00f3n residente en la zona de influencia, incidiendo de este modo en el desarrollo sostenible e integrador del medio rural.<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO III<\/p>\n<p><strong>Fomento de la actividad econ\u00f3mica y el empleo en el medio rural<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a039.\u2003Objetivos en relaci\u00f3n con el fomento de la actividad econ\u00f3mica y el empleo en el medio rural.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Las pol\u00edticas p\u00fablicas de incentivos a la actividad econ\u00f3mica regional, su programaci\u00f3n, y en especial la programaci\u00f3n del desarrollo territorial integrado en el reglamento de los fondos estructurales y de inversi\u00f3n europeos en respuesta a necesidades concretas de los territorios o cualquier tipo de programas o planes financiados por la Administraci\u00f3n auton\u00f3mica para el fomento de la actividad econ\u00f3mica, provenientes de otras administraciones o con fondos propios, incidir\u00e1n de manera espec\u00edfica en las zonas rurales definidas en esta ley.<\/p>\n<p>2.\u2003Se promover\u00e1 e incentivar\u00e1 la diversificaci\u00f3n econ\u00f3mica en el medio rural, con medidas transversales que tengan por objeto:<\/p>\n<p>a)\u2003Establecer bajo la coordinaci\u00f3n del Gobierno de Arag\u00f3n actuaciones concretas de promoci\u00f3n de iniciativas econ\u00f3micas locales procedentes de colectivos espec\u00edficos, sobre la base del enfoque territorial y los mecanismos participativos.<\/p>\n<p>b)\u2003Gestionar y ejecutar programas de empleo espec\u00edficos destinados a colectivos de determinados sectores de actividad, as\u00ed como de cualificaci\u00f3n o cualesquiera otros que promuevan la puesta en marcha de proyectos empresariales o planes concretos dirigidos a la lucha contra la despoblaci\u00f3n, fijaci\u00f3n de la poblaci\u00f3n en zonas rurales o desarrollo estrat\u00e9gico de zonas rurales dependientes.<\/p>\n<p>c)\u2003Promover el marco econ\u00f3mico y social que permita en el medio rural la transici\u00f3n hacia una econom\u00eda innovadora circular.<\/p>\n<p>d)\u2003Incentivar el aprovechamiento social y ambientalmente responsable de los recursos naturales disponibles en la Comunidad Aut\u00f3noma, como los productos forestales, orientando su rentabilidad hacia la lucha contra el cambio clim\u00e1tico, la transici\u00f3n energ\u00e9tica, la gesti\u00f3n y conservaci\u00f3n del patrimonio natural y el paisaje, y la sostenibilidad del capital natural.<\/p>\n<p>e)\u2003Fomentar la econom\u00eda social, con el fin de crear y consolidar empleo inclusivo, estable y de calidad y dar respuesta a las necesidades espec\u00edficas de la poblaci\u00f3n en el medio rural.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a040.\u2003Actuaciones en el \u00e1mbito de la actividad econ\u00f3mica y el empleo en el medio rural.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Con el fin de impulsar la creaci\u00f3n y el mantenimiento del empleo en el medio rural, en especial para mujeres, personas j\u00f3venes, personas desempleadas de larga duraci\u00f3n, personas en situaci\u00f3n o en riesgo de exclusi\u00f3n social y personas con discapacidad, particularmente en zonas menos pobladas, se articular\u00e1n las siguientes medidas dentro del eje correspondiente al fomento de la actividad econ\u00f3mica y el empleo:<\/p>\n<p>a)\u2003El apoyo a la creaci\u00f3n de empleo en las empresas, al autoempleo y al empleo en cooperativas, sociedades laborales y dem\u00e1s formas jur\u00eddicas que conforman la econom\u00eda social, singularmente en los sectores de actividad econ\u00f3mica relacionados con el uso de nuevas tecnolog\u00edas, la econom\u00eda circular, sectores emergentes o actividades relacionadas con el patrimonio, el comercio local, el medio ambiente, el turismo o el aprovechamiento de recursos ociosos o infrautilizados en las zonas que generen los empleos.<\/p>\n<p>En este \u00e1mbito se adoptar\u00e1n medidas que promuevan una participaci\u00f3n activa de la mujer a trav\u00e9s de incentivos o mejoras en las ayudas destinadas a las mismas.<\/p>\n<p>b)\u2003El desarrollo de pol\u00edticas activas de empleo que contribuyan a la mejora constante de la empleabilidad de las personas en el medio rural y la reducci\u00f3n de la temporalidad a trav\u00e9s de medidas que favorezcan un empleo estable y de calidad y la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.<\/p>\n<p>c)\u2003La realizaci\u00f3n de programas de formaci\u00f3n profesional para personas desempleadas y programas mixtos de empleo y formaci\u00f3n, especialmente, en servicios de proximidad y de atenci\u00f3n a personas dependientes.<\/p>\n<p>d)\u2003El fomento de actuaciones para la formaci\u00f3n de los trabajadores del medio rural en materia de relaciones laborales, salud laboral, igualdad de g\u00e9nero, integraci\u00f3n y sostenibilidad, en el marco del dialogo social.<\/p>\n<p>2.\u2003Se articular\u00e1n medidas que promuevan la participaci\u00f3n activa de las entidades locales como entidades colaboradoras estrat\u00e9gicas en el desarrollo de programas de empleo que atiendan a colectivos con especiales dificultades de acceso al empleo por su edad, falta de experiencia o excesivo tiempo de permanencia en situaci\u00f3n de desempleo. Dichas medidas, impulsadas desde el Instituto Aragon\u00e9s de Empleo y en colaboraci\u00f3n con las entidades locales, fomentar\u00e1n el empleo con fines experienciales a trav\u00e9s de proyectos de inter\u00e9s general y social, contribuyendo a la mejora de la empleabilidad de las personas participantes.<\/p>\n<p>3.\u2003En materia de intermediaci\u00f3n, informaci\u00f3n y orientaci\u00f3n profesional, se asegurar\u00e1 la prestaci\u00f3n de estos servicios en las comarcas aragonesas a trav\u00e9s de la red de oficinas de empleo del Instituto Aragon\u00e9s de Empleo, acercando el desarrollo de estas acciones a todas las personas demandantes con la mayor calidad e inmediatez.<\/p>\n<p>4.\u2003Los programas y medidas de fomento de la contrataci\u00f3n indefinida de personas desempleadas, del empleo aut\u00f3nomo y del empleo en cooperativas y sociedades laborales establecer\u00e1n medidas de acci\u00f3n y discriminaci\u00f3n positiva dirigidas a estimular el empleo en el medio rural, con especial atenci\u00f3n a los municipios menos poblados.<\/p>\n<p>5.\u2003En el \u00e1mbito de la inserci\u00f3n profesional se garantizar\u00e1 que las convocatorias p\u00fablicas de los distintos programas de empleabilidad para colectivos con especiales dificultades de inserci\u00f3n en el mercado de trabajo, mujeres, j\u00f3venes menores de\u00a030 a\u00f1os no ocupados y no integrados en los sistemas de educaci\u00f3n o formaci\u00f3n o cualesquiera otros programas experimentales para personas j\u00f3venes desempleadas o mayores de\u00a045 a\u00f1os, incorporen criterios para la adquisici\u00f3n y mejora de competencias y habilidades sociales generando nuevas oportunidades en el medio rural.<\/p>\n<p>T\u00cdTULO V<\/p>\n<p><strong>Pol\u00edticas p\u00fablicas en el medio rural<\/strong><\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO I<\/p>\n<p><strong>Orientaci\u00f3n de las pol\u00edticas p\u00fablicas<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a041.\u2003Complementariedad.<\/strong><\/p>\n<p>Las acciones y medidas recogidas en este t\u00edtulo, complementarias a las establecidas en los documentos de planeamiento territorial de la Comunidad Aut\u00f3noma, orientar\u00e1n las pol\u00edticas p\u00fablicas de los departamentos de la Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma tanto para la elaboraci\u00f3n de sus programaciones sectoriales como para la determinaci\u00f3n de las actuaciones y proyectos que se incluyan en cada uno de los ejes en los que se desarrolle el Programa de gesti\u00f3n territorial de dinamizaci\u00f3n econ\u00f3mica y social para el medio rural.<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO II<\/p>\n<p><strong>Actividades econ\u00f3micas<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a042.\u2003Fomento de la econom\u00eda social en el medio rural.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n fomentar\u00e1 y difundir\u00e1 la econom\u00eda social en territorio aragon\u00e9s y tendr\u00e1 en cuenta especialmente a las entidades de la econom\u00eda social que operan en el medio rural.<\/p>\n<p>2.\u2003El Gobierno de Arag\u00f3n impulsar\u00e1 la integraci\u00f3n de las pol\u00edticas de fomento de la econom\u00eda social con las desarrolladas en las diferentes \u00e1reas de gesti\u00f3n, en especial las de dinamizaci\u00f3n y desarrollo rural, lucha contra la despoblaci\u00f3n, emprendimiento econ\u00f3mico, fomento del empleo, prestaci\u00f3n de servicios sociales, dependencia e integraci\u00f3n social, procurando la efectiva coordinaci\u00f3n entre departamentos y organismos dependientes de la Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a043.\u2003Econom\u00eda verde y sostenible.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n impulsar\u00e1 las medidas de fomento y despliegue de las energ\u00edas renovables, especialmente de autoconsumo, cooperativas energ\u00e9ticas y comunidades energ\u00e9ticas locales, procurando el equilibrio territorial del medio rural, mediante procesos de planificaci\u00f3n y participaci\u00f3n. Para dichos procesos, se tendr\u00e1n en cuenta criterios de sostenibilidad, paisaj\u00edsticos y de conservaci\u00f3n del patrimonio natural, procurando el menor impacto en la biodiversidad y contando con la actividad econ\u00f3mica existente.<\/p>\n<p>2.\u2003Se potenciar\u00e1 el uso de las energ\u00edas renovables como elemento generador de riqueza y empleo en el medio rural y a tal efecto se promover\u00e1n las siguientes medidas:<\/p>\n<p>a)\u2003Priorizar en los programas o l\u00edneas de ayudas e incentivos econ\u00f3micos destinados al fomento de proyectos de energ\u00edas renovables de autoconsumo y comunidades energ\u00e9ticas locales, eficiencia energ\u00e9tica y movilidad sostenible, a las zonas rurales previstas en el t\u00edtulo II, con el fin de propiciar su transici\u00f3n energ\u00e9tica y dar un tratamiento equitativo y solidario al desarrollo territorial.<\/p>\n<p>b)\u2003Fomentar la producci\u00f3n de energ\u00eda, mediante el aprovechamiento de recursos generados en el sector agr\u00edcola y ganadero, as\u00ed como la biomasa forestal.<\/p>\n<p>c)\u2003Promover la sustituci\u00f3n del consumo p\u00fablico y privado de energ\u00edas no renovables, la reducci\u00f3n de las emisiones de CO\u2082 y otros gases de efecto invernadero, el mantenimiento y aumento de las prestaciones de la cubierta vegetal como sumidero de CO\u2082 y la adaptaci\u00f3n al cambio clim\u00e1tico.<\/p>\n<p>d)\u2003Impulsar proyectos de instalaciones de producci\u00f3n y almacenamiento de energ\u00eda el\u00e9ctrica a partir de fuentes de energ\u00eda renovables y comunidades energ\u00e9ticas locales que contribuyan con sus infraestructuras el\u00e9ctricas a la expansi\u00f3n del tejido industrial y empresarial en el medio rural.<\/p>\n<p>e)\u2003Favorecer la puesta en marcha y el funcionamiento de oficinas de transformaci\u00f3n comunitaria (OTC) para la promoci\u00f3n y dinamizaci\u00f3n de las comunidades energ\u00e9ticas locales.<\/p>\n<p>f)\u2003Promover pol\u00edticas p\u00fablicas en el \u00e1mbito territorial donde se ubiquen las instalaciones de generaci\u00f3n renovable que favorezcan un abaratamiento de los precios de la energ\u00eda tanto para los usos dom\u00e9sticos como para las actividades econ\u00f3micas.<\/p>\n<p>g)\u2003Impulsar la formaci\u00f3n profesional de la poblaci\u00f3n rural que capacite para la realizaci\u00f3n de las operaciones de mantenimiento y almacenamiento en energ\u00edas renovables.<\/p>\n<p>h)\u2003Promover que los planes de recuperaci\u00f3n y conservaci\u00f3n de especies de fauna que se vean afectados negativamente por las instalaciones de generaci\u00f3n el\u00e9ctrica sean financiados con ingresos finalistas provenientes de las actividades econ\u00f3micas energ\u00e9ticas.<\/p>\n<p>3.\u2003La Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma en el marco de la Estrategia Arag\u00f3n circular incentivar\u00e1 en el medio rural la implantaci\u00f3n de iniciativas productivas innovadoras que permitan localmente cerrar el c\u00edrculo de los flujos de materiales, energ\u00eda y servicios de las industrias existentes o de nueva implantaci\u00f3n, al objeto de promover en las zonas escasamente pobladas una econom\u00eda innovadora circular, competitiva, eficiente en el uso de los recursos, generadora de riqueza y de empleo de calidad y vertebradora del territorio.<\/p>\n<p>4.\u2003La Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma impulsar\u00e1 el aprovechamiento del potencial existente para el desarrollo de modelos de negocio relacionados con la bioeconom\u00eda circular que permitan generar empleo y riqueza en el medio rural. A tal efecto se promover\u00e1n las siguientes medidas:<\/p>\n<p>a)\u2003Aprovechar las conexiones de la econom\u00eda circular y la bioeconom\u00eda, principalmente entre empresas que se ubiquen en localidades pr\u00f3ximas, especialmente en el tratamiento de residuos ganaderos y agroalimentarios para la fabricaci\u00f3n de biofertilizantes que ayuden a secuestrar carbono en forma de materia org\u00e1nica en el suelo.<\/p>\n<p>b)\u2003Impulsar la formaci\u00f3n, el asesoramiento y la transferencia de conocimiento a los productores primarios sobre las posibilidades que ofrece la bioeconom\u00eda a la hora de obtener nuevas fuentes de ingresos y establecer sinergias con el sector industrial existente en el medio rural.<\/p>\n<p>c)\u2003Potenciar la colaboraci\u00f3n entre los actores que forman parte de la bioeconom\u00eda, tanto del sector agrario, forestal, biotecnol\u00f3gico, industrial y energ\u00e9tico, como del sector investigador y la sociedad, para que toda la cadena de valor aproveche el potencial disponible.<\/p>\n<p>d)\u2003Ampliar los recursos disponibles en investigaci\u00f3n e innovaci\u00f3n para poder lograr el desarrollo de nuevas aplicaciones y productos que puedan trasladarse al sector productor.<\/p>\n<p>e)\u2003Mejorar la coordinaci\u00f3n de proyectos con otros fondos y estrategias que complementan el desarrollo de proyectos de bioeconom\u00eda.<\/p>\n<p>f)\u2003Incorporar la bioeconom\u00eda circular en los contratos p\u00fablicos de la Comunidad Aut\u00f3noma vinculados a la alimentaci\u00f3n con el objeto de potenciar la agroecolog\u00eda y las cadenas cortas de comercializaci\u00f3n que favorezcan y respalden a este sector.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a044.\u2003Agricultura y ganader\u00eda.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003El Gobierno de Arag\u00f3n, en colaboraci\u00f3n con las asociaciones, organizaciones y cooperativas agroalimentarias representativas del sector, impulsar\u00e1 la modernizaci\u00f3n del sector agroganadero como elemento dinamizador y generador de empleo en el medio rural mediante la transferencia de conocimiento e innovaci\u00f3n a las explotaciones agrarias y ganaderas, el favorecimiento del relevo generacional y la incorporaci\u00f3n de la mujer al sector agrario en el marco del modelo social y familiar.<\/p>\n<p>2.\u2003A tal efecto, el departamento competente en materia de agricultura y ganader\u00eda promover\u00e1 los mecanismos necesarios para la ejecuci\u00f3n, entre otras, de las siguientes medidas:<\/p>\n<p>a)\u2003Favorecer el relevo generacional mediante programas de incentivos, relaci\u00f3n actualizada de explotaciones sin relevo y acuerdos de mentor\u00eda y de financiaci\u00f3n.<\/p>\n<p>b)\u2003Configurar un Banco de Tierras que permita concentrar en favor del modelo familiar el patrimonio agrario de la Comunidad Aut\u00f3noma, para facilitar las inversiones privadas sobre ese activo a medio y largo plazo y preservando, en todo caso, la propiedad p\u00fablica del mismo.<\/p>\n<p>c)\u2003Afrontar la dispersi\u00f3n y fragmentaci\u00f3n de la propiedad de la tierra incorporando nuevos instrumentos de concentraci\u00f3n parcelaria, de reordenaci\u00f3n y de gesti\u00f3n de la propiedad, en consonancia con el contexto ambiental y socioecon\u00f3mico actual.<\/p>\n<p>d)\u2003Mejorar la dimensi\u00f3n econ\u00f3mica, la sostenibilidad ambiental, la productividad y la competitividad de las explotaciones familiares agrarias, facilitando su operatividad y acceso a la tecnolog\u00eda, a los conocimientos y a los mercados.<\/p>\n<p>e)\u2003Potenciar el papel de las Comunidades de Regantes en la creaci\u00f3n y modernizaci\u00f3n de regad\u00edos, habilitando nuevas herramientas de apoyo p\u00fablico, siguiendo los principios de eficiencia y sostenibilidad en un contexto de cambio clim\u00e1tico.<\/p>\n<p>f)\u2003Promover medidas de protecci\u00f3n, impulso y reactivaci\u00f3n de la ganader\u00eda extensiva como modelo de garant\u00eda para mantener el paisaje, la cultura y la biodiversidad, los valores culturales, la producci\u00f3n de alimentos naturales ligados al medio rural, la prevenci\u00f3n de incendios forestales con la consiguiente liberaci\u00f3n masiva de CO<sub>2<\/sub>\u00a0a la atm\u00f3sfera, as\u00ed como el almacenamiento de carbono en los suelos.<\/p>\n<p>g)\u2003Impulsar la promoci\u00f3n comercial de los productos agrarios aragoneses y los sistemas de producci\u00f3n ecol\u00f3gica y de calidad diferenciada, como instrumento para incrementar el valor a\u00f1adido de las producciones y el respeto al medio ambiente.<\/p>\n<p>h)\u2003Mejorar la posici\u00f3n de agricultores y ganaderos en la cadena alimentaria y cadenas cortas de comercializaci\u00f3n.<\/p>\n<p>i)\u2003Promover medidas para combatir el abandono de superficies de cultivo, as\u00ed como de nuevos usos para los suelos agrarios ya abandonados.<\/p>\n<p>3.\u2003El Gobierno de Arag\u00f3n, al menos anualmente, analizar\u00e1 la efectividad de las medidas contempladas en este art\u00edculo, que se publicar\u00e1 en la web de transparencia del mismo.<\/p>\n<p>4.\u2003El departamento competente en materia de agricultura y ganader\u00eda elaborar\u00e1 anualmente una memoria sobre las medidas adoptadas en los apartados anteriores, con relaci\u00f3n de los cr\u00e9ditos contemplados en el presupuesto de la Comunidad Aut\u00f3noma.<\/p>\n<p>Esta memoria se remitir\u00e1 a la comisi\u00f3n competente de las Cortes de Arag\u00f3n antes de finalizar el primer trimestre de cada a\u00f1o.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a045.\u2003Sector forestal.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma adoptar\u00e1 las pol\u00edticas necesarias para que los montes de la comunidad aut\u00f3noma cumplan sus funciones medioambientales en relaci\u00f3n con la conservaci\u00f3n de la biodiversidad, como sumidero de carbono y como agente protector del suelo y los acu\u00edferos que subyacen en \u00e9l.<\/p>\n<p>2.\u2003Se fomentar\u00e1 el desarrollo econ\u00f3mico sostenible y la creaci\u00f3n de empleo en el medio rural mediante el aprovechamiento regulado de los recursos forestales, as\u00ed como su uso como espacio de ocio conforme a la normativa vigente. Para ello, se llevar\u00e1n a cabo las siguientes actuaciones:<\/p>\n<p>a)\u2003Fomento de la inversi\u00f3n y el desarrollo de actividades de selvicultura y gesti\u00f3n forestal sostenible, as\u00ed como restauraci\u00f3n de da\u00f1os ocasionados sobre las masas forestales, restauraci\u00f3n hidrol\u00f3gica-forestal, mantenimiento y mejora de las infraestructuras forestales b\u00e1sicas, recuperaci\u00f3n de v\u00edas pecuarias, as\u00ed como el fomento del pastoreo en sistemas extensivos y silvopastorales.<\/p>\n<p>b)\u2003Defensa de una gesti\u00f3n forestal integral que fomente la puesta en valor de los recursos forestales al tiempo que permita mejorar la protecci\u00f3n frente a las amenazas que sufre el monte, as\u00ed como la potenciaci\u00f3n de los trabajos para la prevenci\u00f3n y extinci\u00f3n de incendios forestales gestionados desde la propia Administraci\u00f3n p\u00fablica auton\u00f3mica, mediante un operativo profesional distribuido por todo el territorio y estable durante todo el a\u00f1o, que sirva tambi\u00e9n como herramienta de respuesta ante otras emergencias que puedan implicar un riesgo en el medio rural para vidas humanas, bienes materiales, ecosistemas y la biodiversidad que los habita.<\/p>\n<p>c)\u2003Regulaci\u00f3n y promoci\u00f3n del uso p\u00fablico recreativo, cultural, social, de salud y de ocio, as\u00ed como de las actividades tur\u00edsticas, desarrollado en el medio natural.<\/p>\n<p>d)\u2003Regulaci\u00f3n de la actividad cineg\u00e9tica y la pesca, como actividades de control de fauna y generadoras de desarrollo econ\u00f3mico.<\/p>\n<p>e)\u2003Valorizaci\u00f3n de los productos end\u00f3genos de los montes aragoneses fruto de la producci\u00f3n forestal sostenible.<\/p>\n<p>f)\u2003Fomento de la investigaci\u00f3n ecol\u00f3gica-forestal, as\u00ed como de la investigaci\u00f3n sobre prevenci\u00f3n y tratamiento de plagas y enfermedades forestales.<\/p>\n<p>g)\u2003Potenciaci\u00f3n de la planificaci\u00f3n y certificaci\u00f3n forestal destinada a un mejor uso productivo del monte p\u00fablico, simplificando la tramitaci\u00f3n administrativa para la potenciaci\u00f3n del sector silv\u00edcola aragon\u00e9s.<\/p>\n<p>h)\u2003Desarrollo de la gesti\u00f3n multifuncional de los ecosistemas forestales aragoneses.<\/p>\n<p>i)\u2003Favorecer un modelo de gobernanza en la pol\u00edtica forestal y rural aragonesa que potencie el desarrollo sostenible y respetuoso con el medio ambiente del medio rural, particularmente en aquellos municipios localizados dentro de zonas medioambientalmente protegidas de Arag\u00f3n.<\/p>\n<p>j)\u2003Promover el mantenimiento y creaci\u00f3n de un paisaje en mosaico en las zonas pr\u00f3ximas a los n\u00facleos de poblaci\u00f3n, en el que se potencien los usos agroforestales tradicionales, con el objetivo de reducir el riesgo de sufrir da\u00f1os por incendios forestales en las zonas urbano-forestales.<\/p>\n<p>k)\u2003Regular las condiciones de conservaci\u00f3n que deben tener los montes privados para evitar que sean focos de propagaci\u00f3n de incendios u otras cuestiones.<\/p>\n<p>l)\u2003Protecci\u00f3n de la biodiversidad aragonesa, particularmente de aquellas especies incluidas en el Cat\u00e1logo de Especies Amenazadas de Arag\u00f3n.<\/p>\n<p>3.\u2003El departamento competente en materia de gesti\u00f3n forestal elaborar\u00e1 anualmente una memoria sobre las medidas adoptadas en los apartados anteriores, con relaci\u00f3n de los cr\u00e9ditos contemplados en el presupuesto de la Comunidad Aut\u00f3noma.<\/p>\n<p>Esta memoria se remitir\u00e1 a la comisi\u00f3n competente de las Cortes de Arag\u00f3n antes de finalizar el primer trimestre de cada a\u00f1o.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a046.\u2003Agroindustria.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Los poderes p\u00fablicos aragoneses fomentar\u00e1n el desarrollo de la agroindustria como elemento dinamizador y generador de empleo en el medio rural.<\/p>\n<p>2.\u2003Se establecer\u00e1n medidas de apoyo al sector agroindustrial, en particular, las dirigidas a impulsar la investigaci\u00f3n, la innovaci\u00f3n y transferencia tecnol\u00f3gica, la promoci\u00f3n comercial en el mercado interior y exterior de los productos transformados, la valorizaci\u00f3n de subproductos y reducci\u00f3n de contaminantes y el incremento de la dimensi\u00f3n econ\u00f3mica y creaci\u00f3n de estructuras de comercializaci\u00f3n conjunta, especialmente de los sectores productivos localizados en el medio rural aragon\u00e9s.<\/p>\n<p>3.\u2003La Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma impulsar\u00e1 el dise\u00f1o de sistemas agroalimentarios innovadores, adaptativos y resilientes en todas las etapas de producci\u00f3n, transformaci\u00f3n, distribuci\u00f3n, consumo y valoraci\u00f3n de los residuos, desde el punto de vista de su transici\u00f3n hacia la agroecolog\u00eda y la econom\u00eda circular.<\/p>\n<p>4.\u2003El departamento competente en materia de desarrollo agroalimentario elaborar\u00e1 anualmente una memoria sobre las medidas adoptadas en los apartados anteriores, con relaci\u00f3n de los cr\u00e9ditos contemplados en el presupuesto de la Comunidad Aut\u00f3noma.<\/p>\n<p>Esta memoria se remitir\u00e1 a la comisi\u00f3n competente de las Cortes de Arag\u00f3n antes de finalizar el primer trimestre de cada a\u00f1o.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a047.\u2003Turismo en el medio rural.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La Comunidad Aut\u00f3noma desarrollar\u00e1 las acciones de promoci\u00f3n del turismo en el medio rural, en el marco de la Estrategia Arag\u00f3n turismo sostenible, mediante el impulso de pol\u00edticas medioambientales y econ\u00f3micamente sostenibles que orienten el sector tur\u00edstico hacia la oferta responsable y con el objetivo de situar a Arag\u00f3n como referente del turismo sostenible en Espa\u00f1a y en la Uni\u00f3n Europea.<\/p>\n<p>2.\u2003El departamento competente en materia de turismo desarrollar\u00e1 en el marco del Plan aragon\u00e9s de estrategia tur\u00edstica medidas espec\u00edficas en el \u00e1mbito del turismo sostenible, como f\u00f3rmula de generaci\u00f3n de empleo y oportunidades en el medio rural, especialmente, para las mujeres y los j\u00f3venes.<\/p>\n<p>3.\u2003Se promover\u00e1 la inversi\u00f3n en turismo rural mediante la colaboraci\u00f3n p\u00fablico-privada y el impulso de las medidas de discriminaci\u00f3n positiva que se determinen para las empresas y las personas aut\u00f3nomas del sector teniendo en cuenta el marco del dialogo social.<\/p>\n<p>4.\u2003Las administraciones p\u00fablicas competentes dise\u00f1ar\u00e1n y planificar\u00e1n, en colaboraci\u00f3n con las empresas de turismo existentes en la zona, programas de desestacionalizaci\u00f3n tur\u00edstica con \u00e1mbito preferentemente comarcal que fomenten el reparto equilibrado de visitantes a lo largo del a\u00f1o y una mejor distribuci\u00f3n geogr\u00e1fica por todo el territorio.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a048.\u2003Espacios rurales de actividad econ\u00f3mica y empresarial.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003El Gobierno de Arag\u00f3n, a trav\u00e9s del departamento competente en materia de industria y de la sociedad p\u00fablica Suelo y Vivienda de Arag\u00f3n en colaboraci\u00f3n con la Federaci\u00f3n aragonesa de pol\u00edgonos industriales, fomentar\u00e1 pol\u00edticas p\u00fablicas de reactivaci\u00f3n de pol\u00edgonos industriales en el medio rural como espacios de actividad econ\u00f3mica y empresarial, con el objetivo de promover un desarrollo homog\u00e9neo de ocupaci\u00f3n y uso en todo el territorio aragon\u00e9s, a trav\u00e9s de estrategias activas para atraer industrias a estos suelos y aprovechar las ventajas de localizaci\u00f3n y de calidad de las infraestructuras. Para ello se llevar\u00e1 a cabo un estudio de los pol\u00edgonos industriales existentes en el medio rural, atendiendo a las peculiaridades y necesidades de cada uno de ellos, en colaboraci\u00f3n con los ayuntamientos de los municipios en los que radiquen dichos pol\u00edgonos, en el que se eval\u00fae la ocupaci\u00f3n y usos del mismo, as\u00ed como las potencialidades de cada espacio.<\/p>\n<p>2.\u2003Los departamentos competentes en materia de econom\u00eda e industria promover\u00e1n pol\u00edticas activas de comercializaci\u00f3n para favorecer e impulsar las infraestructuras de comunicaciones a los suelos industriales y en particular el acceso a banda ancha.<\/p>\n<p>3.\u2003La planificaci\u00f3n estrat\u00e9gica industrial se llevar\u00e1 a cabo con la colaboraci\u00f3n de las administraciones locales, para lograr el impulso de planes de movilidad tanto de transporte p\u00fablico como compartido que se adapten a las necesidades reales de los municipios, mejoras en la se\u00f1alizaci\u00f3n interna y de acceso, equipamiento y servicios, adecuaci\u00f3n de los sistemas de iluminaci\u00f3n en calidad y bajo consumo, entre otras medidas.<\/p>\n<p>4.\u2003La red aragonesa de centros de emprendimiento tendr\u00e1 en cuenta las pol\u00edticas p\u00fablicas respecto de los espacios de actividad econ\u00f3mica y empresarial, procurando el aprovechamiento de las infraestructuras y recursos ya existentes.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a049.\u2003Internacionalizaci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003El Gobierno de Arag\u00f3n, mediante la colaboraci\u00f3n de las C\u00e1maras de Comercio, orientar\u00e1 sus pol\u00edticas de internacionalizaci\u00f3n empresarial a la generaci\u00f3n de oportunidades, especialmente, para las empresas de sectores vinculados a los entornos rurales.<\/p>\n<p>2.\u2003El departamento competente en comercio exterior desarrollar\u00e1 acciones de consultor\u00eda, promoci\u00f3n en mercados exteriores, becas y acciones de apoyo a la internacionalizaci\u00f3n que afecten directamente a empresas enclavadas en las zonas rurales despobladas o que dependan de productores rurales o emprendedores del \u00e1mbito agroalimentario.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a050.\u2003Declaraci\u00f3n de inter\u00e9s auton\u00f3mico.<\/strong><\/p>\n<p>En el marco de lo dispuesto en el Decreto-Ley\u00a01\/2008, de\u00a030 de octubre, del Gobierno de Arag\u00f3n, de medidas administrativas urgentes para facilitar la actividad econ\u00f3mica en Arag\u00f3n, podr\u00e1n ser declarados como inversiones de inter\u00e9s auton\u00f3mico para Arag\u00f3n los proyectos de inversi\u00f3n empresariales o cualesquiera otros que se desarrollen por emprendedores, aut\u00f3nomos, microempresas, pymes y empresas de la econom\u00eda social en las zonas rurales definidas en esta ley, que impliquen una aportaci\u00f3n a la cohesi\u00f3n territorial y social, al desarrollo sostenible de estas zonas y al equilibrio demogr\u00e1fico.<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO III<\/p>\n<p><strong>Alojamiento. Vivienda y nuevos pobladores<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a051.\u2003Urbanismo y vivienda.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003El Gobierno de Arag\u00f3n garantizar\u00e1 la asistencia a los municipios aragoneses para la elaboraci\u00f3n de instrumentos de planeamiento urban\u00edstico, con el objetivo de apoyarles en el ejercicio de sus competencias urban\u00edsticas, particularmente, de aquellos con menor poblaci\u00f3n que carecen de los medios personales y t\u00e9cnicos adecuados para ello.<\/p>\n<p>2.\u2003Al objeto de evitar la degradaci\u00f3n de los cascos urbanos del medio rural y el desarrollo de suelos de forma innecesaria, se impulsar\u00e1n convenios de colaboraci\u00f3n entre la Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma y las entidades locales que favorezcan la recuperaci\u00f3n y rehabilitaci\u00f3n de los inmuebles vacantes situados en los mismos, fomentando la preservaci\u00f3n de la arquitectura rural tradicional con el objeto de recuperar y conservar el patrimonio arquitect\u00f3nico rural.<\/p>\n<p>En la planificaci\u00f3n de vivienda se tendr\u00e1n en cuenta las necesidades habitacionales derivadas del envejecimiento.<\/p>\n<p>3.\u2003El departamento competente en materia de vivienda integrar\u00e1 en el Plan aragon\u00e9s de vivienda, en coordinaci\u00f3n con las entidades locales, medidas espec\u00edficas de promoci\u00f3n de vivienda de alquiler asequible y alquiler social o de acceso a la vivienda en los municipios rurales, con el establecimiento de medidas de discriminaci\u00f3n positiva e incentivos a particulares que faciliten su conservaci\u00f3n, rehabilitaci\u00f3n o restauraci\u00f3n, con el objetivo de aflorar viviendas vac\u00edas y facilitar su acceso al mercado.<\/p>\n<p>4.\u2003Establecer\u00e1, en el Plan aragon\u00e9s de vivienda, actuaciones espec\u00edficas para promover y facilitar la adquisici\u00f3n, mejora y rehabilitaci\u00f3n de la vivienda habitual familiar de la poblaci\u00f3n efectivamente residente.<\/p>\n<p>5.\u2003Se promover\u00e1n planes de rehabilitaci\u00f3n de viviendas no tur\u00edsticas destinados al alquiler para favorecer el asentamiento de la poblaci\u00f3n en el medio rural. Para ello, el Gobierno de Arag\u00f3n destinar\u00e1 anualmente una partida presupuestaria que permita adquirir vivienda en poblaciones del mundo rural y rehabilitarla para ponerla a disposici\u00f3n de los municipios, de modo que estos puedan destinarla a vivienda habitual de nuevos pobladores mediante el alquiler.<\/p>\n<p>6.\u2003La Comunidad Aut\u00f3noma impulsar\u00e1, junto a las entidades locales, agentes dinamizadores u otras entidades sin \u00e1nimo de lucro, programas comarcales de gesti\u00f3n que incorporen pol\u00edticas de difusi\u00f3n de los recursos existentes o nuevas figuras habitacionales para facilitar la llegada de nuevos pobladores en el medio rural. A tal efecto promover\u00e1 la creaci\u00f3n de una oficina de fomento de la vivienda rural, encargada de gestionar la bolsa de vivienda rural, que quedar\u00e1 integrada en la red p\u00fablica de vivienda aragonesa, y se gestionar\u00e1 de acuerdo con las disposiciones que regulen la citada red p\u00fablica de vivienda, de tal manera que permita conectar a las personas demandantes de vivienda con la oferta existente.<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO IV<\/p>\n<p><strong>Equipamientos y servicios<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a052.\u2003Garant\u00eda de accesibilidad a los servicios en el medio rural.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003El Gobierno de Arag\u00f3n, en ejercicio de sus competencias, impulsar\u00e1 medidas tendentes a evitar que se produzcan exclusiones en la prestaci\u00f3n de servicios b\u00e1sicos y esenciales, desde las administraciones p\u00fablicas y el sector privado.<\/p>\n<p>2.\u2003La Comunidad Aut\u00f3noma impulsar\u00e1, adem\u00e1s de los ya existentes, sistemas espec\u00edficos de prestaci\u00f3n asistencial en el medio rural basados en las nuevas tecnolog\u00edas, la telemedicina, la asistencia domiciliaria y la promoci\u00f3n de sistemas integrales de asistencia que mejoren la calidad de vida de los habitantes del medio rural y sean nicho de creaci\u00f3n de empleo vinculado a las zonas rurales, especialmente, para mujeres y j\u00f3venes residentes.<\/p>\n<p>3.\u2003Los equipamientos que tengan un car\u00e1cter supramunicipal se instalar\u00e1n preferentemente en los municipios pertenecientes al grupo de centralidades de la estructura del sistema de asentamientos de Arag\u00f3n. Del mismo modo, la prestaci\u00f3n de los servicios b\u00e1sicos se realizar\u00e1 prioritariamente desde estos mismos municipios. El \u00e1mbito comarcal al que pertenezcan los asentamientos de poblaci\u00f3n se considera como la principal referencia para la prestaci\u00f3n de los servicios p\u00fablicos, con excepci\u00f3n de aquellos que tengan un car\u00e1cter supracomarcal, provincial o auton\u00f3mico.<\/p>\n<p>4.\u2003La distribuci\u00f3n de equipamientos y servicios b\u00e1sicos como los educativos, sanitarios y de servicios sociales, as\u00ed como los equipamientos culturales, deportivos y de protecci\u00f3n civil de car\u00e1cter supramunicipal se realizar\u00e1 conforme lo dispuesto en la Estrategia de ordenaci\u00f3n del territorio de Arag\u00f3n, garantizando un tiempo m\u00e1ximo de acceso a los mismos de\u00a030 minutos. Aquellos asentamientos que por sus condiciones geogr\u00e1ficas no puedan alcanzar este tiempo de acceso ser\u00e1n objeto de medidas compensatorias.<\/p>\n<p>5.\u2003En relaci\u00f3n con los equipamientos y servicios de car\u00e1cter no b\u00e1sico como los culturales, deportivos, comerciales, financieros, administrativos, recreativos, entre otros, una Directriz especial de ordenaci\u00f3n territorial o, en su caso, las Directrices zonales podr\u00e1n establecer determinaciones estrat\u00e9gicas sobre el equipamiento m\u00ednimo de \u00e1mbito local para aquellos asentamientos que no figuran en el grupo de las centralidades, en funci\u00f3n de las caracter\u00edsticas de su poblaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a053.\u2003Disposiciones generales en materia de sanidad.<\/strong><\/p>\n<p>El departamento competente en materia de sanidad planificar\u00e1 las acciones necesarias para el cumplimiento de los siguientes objetivos:<\/p>\n<p>a)\u2003Planificar una oferta sanitaria, en particular de atenci\u00f3n primaria, que garantice el acceso a los recursos sanitarios del sistema p\u00fablico de salud a la poblaci\u00f3n de los asentamientos rurales m\u00e1s alejados y de menor tama\u00f1o.<\/p>\n<p>b)\u2003Promover una oferta farmac\u00e9utica espec\u00edficamente dise\u00f1ada para responder a las necesidades de la poblaci\u00f3n rural.<\/p>\n<p>c)\u2003Dotar a los y las profesionales y centros del Servicio Aragon\u00e9s de Salud ubicados en el medio rural de las infraestructuras y recursos necesarios para desarrollar su labor, as\u00ed como de nuevas tecnolog\u00edas sanitarias y, en particular, de la interconsulta virtual y de la telemedicina, asegurando los medios humanos y materiales necesarios para que se pueda acceder a estos servicios, as\u00ed como la conectividad necesaria y la respuesta en los tiempos establecidos.<\/p>\n<p>d)\u2003Garantizar el transporte sanitario urgente en condiciones de igualdad en todo el territorio.<\/p>\n<p>e)\u2003Asegurar la coordinaci\u00f3n interdepartamental para favorecer sinergias que permitan garantizar el derecho a la salud en todo el territorio.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a054.\u2003Modelo asistencial en el medio rural.<\/strong><\/p>\n<p>El Gobierno de Arag\u00f3n, a trav\u00e9s del departamento competente en materia de sanidad, adecuar\u00e1 de manera continuada el modelo organizativo y asistencial de la atenci\u00f3n primaria en el medio rural de Arag\u00f3n teniendo en cuenta el sistema de asentamientos y los indicadores de desarrollo en cada zona b\u00e1sica de salud para la consecuci\u00f3n de los siguientes objetivos:<\/p>\n<p>a)\u2003Garantizar el seguimiento de las personas que viven en las zonas rurales y, en especial, de las vulnerables, dependientes y con enfermedades cr\u00f3nicas, pudiendo completarse con la aplicaci\u00f3n de la conectividad, las nuevas tecnolog\u00edas, la interconsulta virtual y la telemedicina.<\/p>\n<p>b)\u2003Adecuarse a las necesidades sanitarias y sociosanitarias que tiene la poblaci\u00f3n rural garantizando la coordinaci\u00f3n con los servicios sociales, en particular, respecto a servicios como la asistencia domiciliaria, programas de promoci\u00f3n de la autonom\u00eda personal, centros de d\u00eda ocupacionales, estancias en residencias para personas mayores o con discapacidad, a trav\u00e9s de un modelo de salud conectada. Adem\u00e1s, se extender\u00e1n los programas de rehabilitaci\u00f3n o de conservaci\u00f3n de capacidades en atenci\u00f3n primaria.<\/p>\n<p>c)\u2003Garantizar y reforzar la estabilidad de los profesionales que trabajan en las zonas b\u00e1sicas de salud del medio rural.<\/p>\n<p>d)\u2003Garantizar la movilidad de los profesionales para facilitar la prestaci\u00f3n sanitaria en los asentamientos rurales.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a055.\u2003Atenci\u00f3n comunitaria.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003El departamento competente en materia de sanidad potenciar\u00e1 las acciones orientadas a mejorar la salud y el bienestar de las personas de cada zona b\u00e1sica de salud, a trav\u00e9s de la autonom\u00eda y las competencias para la gesti\u00f3n de la propia salud, con el objetivo de reducir la medicalizaci\u00f3n de los problemas personales y sociales, de visibilizar los recursos y activos comunitarios y de corregir las desigualdades sociales en la salud.<\/p>\n<p>2.\u2003Los equipos de atenci\u00f3n primaria, con la participaci\u00f3n de los consejos de salud de zona, definir\u00e1n actuaciones orientadas a detectar y priorizar sus necesidades y problemas de salud, identificando los recursos comunitarios disponibles, jerarquizando las intervenciones y elaborando programas y protocolos orientados a mejorar la salud de la comunidad.<\/p>\n<p>3.\u2003Se fomentar\u00e1 la colaboraci\u00f3n con las entidades locales, los municipios y las comarcas, en la mejora de los servicios y en el aprovechamiento compartido de los recursos en cada zona b\u00e1sica de salud.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a056.\u2003Organizaci\u00f3n y recursos humanos.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003El departamento competente en materia de sanidad impulsar\u00e1 de manera prioritaria en sus planes de recursos humanos la dotaci\u00f3n adecuada y suficiente de profesionales que trabajan en el medio rural, definiendo la configuraci\u00f3n de los equipos de atenci\u00f3n primaria en funci\u00f3n de las caracter\u00edsticas de su zona de actuaci\u00f3n y necesidades asistenciales.<\/p>\n<p>2.\u2003Se procurar\u00e1 adaptar la oferta de servicios a las caracter\u00edsticas de cada zona b\u00e1sica de salud, implementando un mecanismo \u00e1gil que permita la identificaci\u00f3n concreta de los puestos, las categor\u00edas profesionales, las especialidades y los centros que, en cada momento, tengan la consideraci\u00f3n de dif\u00edcil cobertura para aplicar los incentivos previstos en sus planes operativos.<\/p>\n<p>3.\u2003El departamento competente en materia de sanidad dotar\u00e1 a los profesionales del sistema de las herramientas necesarias que favorezcan la innovaci\u00f3n organizativa y la transformaci\u00f3n del modelo asistencial, reforzando su motivaci\u00f3n y autosuficiencia y estimulando el aprendizaje colaborativo como equipo. A tal fin se adoptar\u00e1n las siguientes medidas:<\/p>\n<p>a)\u2003Desarrollo de sistemas que favorezcan la interconsulta virtual, la telemedicina y la colaboraci\u00f3n asistencial entre profesionales de los diferentes centros del Servicio Aragon\u00e9s de Salud.<\/p>\n<p>b)\u2003An\u00e1lisis de las alternativas para favorecer que se vinculen los servicios y las unidades cl\u00ednicas de hospitales comarcales y de hospitales de referencia.<\/p>\n<p>c)\u2003Fomento del pleno uso de todas las capacidades del personal de enfermer\u00eda y del personal no facultativo tanto para el desarrollo de nuevos servicios como para la provisi\u00f3n m\u00e1s eficiente de algunos de los existentes.<\/p>\n<p>d)\u2003Impulsar la vinculaci\u00f3n a centros de referencia de los profesionales que trabajen en otros centros.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a057.\u2003Disposiciones generales en materia de ense\u00f1anza.<\/strong><\/p>\n<p>El Gobierno de Arag\u00f3n a trav\u00e9s del departamento competente en materia de educaci\u00f3n impulsar\u00e1 una ense\u00f1anza p\u00fablica de calidad, inclusiva e innovadora que atienda las necesidades espec\u00edficas del medio rural y orientar\u00e1 sus pol\u00edticas al cumplimiento de los siguientes objetivos:<\/p>\n<p>a)\u2003Garantizar una red de centros educativos p\u00fablicos que atiendan de manera inclusiva las necesidades de escolarizaci\u00f3n en las ense\u00f1anzas obligatorias, mediante la adecuaci\u00f3n de las ratios de alumnado y profesorado a las caracter\u00edsticas espec\u00edficas de los centros, el impulso de medidas que favorezcan la estabilidad del profesorado y la dotaci\u00f3n de recursos materiales y personales necesarios para facilitar el acceso y permanencia en el sistema educativo.<\/p>\n<p>b)\u2003Favorecer el desarrollo y difusi\u00f3n de pr\u00e1cticas innovadoras en el medio rural a trav\u00e9s de la red de formaci\u00f3n del profesorado y la disponibilidad de modalidades en l\u00ednea y mixta de formaci\u00f3n en metodolog\u00edas, contenidos y procesos de adquisici\u00f3n de competencias clave.<\/p>\n<p>c)\u2003Impulsar la participaci\u00f3n de todos los sectores de la comunidad educativa desde los principios de igualdad y de convivencia y en el entorno m\u00e1s pr\u00f3ximo, posibilitando las condiciones y los tiempos necesarios para ello.<\/p>\n<p>d)\u2003Garantizar una oferta formativa de calidad en formaci\u00f3n profesional y en formaci\u00f3n a lo largo de la vida adulta como herramienta para evitar las desigualdades, mediante la actualizaci\u00f3n de todos los conocimientos, habilidades y competencias de los habitantes del medio rural que est\u00e9 coordinada con la formaci\u00f3n para el empleo y con los sectores definidos como estrat\u00e9gicos.<\/p>\n<p>e)\u2003Garantizar la formaci\u00f3n en la lengua propia del alumnado en las zonas de utilizaci\u00f3n hist\u00f3rica.<\/p>\n<p>f)\u2003Colaborar con las entidades locales en el mantenimiento de una oferta adecuada de educaci\u00f3n infantil de primer ciclo.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a058.\u2003Oferta educativa y formativa.<\/strong><\/p>\n<p>El departamento competente en educaci\u00f3n a trav\u00e9s de la planificaci\u00f3n educativa promover\u00e1 en el medio rural las acciones necesarias para garantizar el cumplimiento de las siguientes medidas:<\/p>\n<p>a)\u2003Completar la apertura de escuelas infantiles en los asentamientos pertenecientes a los rangos de las centralidades e impulsar su apertura progresiva en los rangos correspondientes a los asentamientos de los grupos autosuficientes y dependientes mediante convenios de colaboraci\u00f3n con las entidades locales. En las localidades donde no sea posible la apertura de las escuelas infantiles, se promover\u00e1 la escolarizaci\u00f3n anticipada a partir de los\u00a02 a\u00f1os.<\/p>\n<p>b)\u2003Garantizar el funcionamiento de los centros educativos con\u00a04 plazas de alumnado y, de forma excepcional, con menos alumnado seg\u00fan las caracter\u00edsticas de la zona.<\/p>\n<p>c)\u2003Ampliar progresivamente la red de centros p\u00fablicos integrados, para completar la oferta de las ense\u00f1anzas obligatorias en el mismo centro educativo.<\/p>\n<p>d)\u2003Garantizar la incorporaci\u00f3n de la perspectiva rural en la realizaci\u00f3n de los instrumentos estrat\u00e9gicos de orientaci\u00f3n profesional y de inserci\u00f3n en el mercado laboral y sus correlativos itinerarios formativos.<\/p>\n<p>e)\u2003Facilitar el acceso de la poblaci\u00f3n residente en el medio rural a toda la oferta formativa de formaci\u00f3n profesional garantizando su acceso a la modalidad a distancia.<\/p>\n<p>f)\u2003Impulsar la digitalizaci\u00f3n de los centros del medio rural que imparten formaci\u00f3n profesional y su incorporaci\u00f3n al campus digital A.0.<\/p>\n<p>g)\u2003Adecuar la oferta formativa de formaci\u00f3n profesional presente en el medio rural facilitando su constante adaptaci\u00f3n a las necesidades de los sectores productivos y de los planes territoriales de dinamizaci\u00f3n, fomentando el despliegue de la formaci\u00f3n profesional dual desarrollada en colaboraci\u00f3n con las empresas y entidades presentes en el territorio.<\/p>\n<p>h)\u2003Establecer y afianzar los mecanismos de cooperaci\u00f3n con entidades locales y comarcales para el fortalecimiento de una red de formaci\u00f3n dirigida a la poblaci\u00f3n adulta.<\/p>\n<p>i)\u2003Dise\u00f1ar un sistema de educaci\u00f3n integrado de ense\u00f1anzas art\u00edsticas en el medio rural que posibilite la formaci\u00f3n intergeneracional de estas materias.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a059.\u2003Estabilidad, acceso y permanencia.<\/strong><\/p>\n<p>El Gobierno de Arag\u00f3n a trav\u00e9s del departamento competente en materia educativa, al objeto de promover la estabilidad de los centros educativos del medio rural y facilitar el acceso y la permanencia en el sistema educativo, impulsar\u00e1 las siguientes medidas:<\/p>\n<p>a)\u2003Adecuaci\u00f3n de los sistemas de provisi\u00f3n de plazas docentes en los centros del medio rural y desarrollo de programas de incentivos al profesorado para favorecer la permanencia en los centros educativos del \u00e1mbito rural.<\/p>\n<p>b)\u2003Establecimiento de servicios complementarios de comedor, transporte y residencia, y el desarrollo de programas educativos que faciliten la conciliaci\u00f3n de las familias del entorno rural.<\/p>\n<p>c)\u2003Impulso de programas y recursos de atenci\u00f3n a la diversidad e implantaci\u00f3n de proyectos curriculares o de innovaci\u00f3n, favoreciendo la actualizaci\u00f3n del profesorado de la escuela rural a trav\u00e9s de una red de formaci\u00f3n adecuada al territorio y fomentando la formaci\u00f3n en l\u00ednea o mixta.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a060.\u2003Participaci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>El departamento competente en materia educativa impulsar\u00e1 la participaci\u00f3n de todos los agentes educativos implicados en el medio rural garantizando el normal desempe\u00f1o de los foros de participaci\u00f3n establecidos y en particular el Observatorio de la escuela rural en Arag\u00f3n, el Seminario permanente y los Seminarios provinciales de educaci\u00f3n en el medio rural y del Observatorio de la convivencia, las mesas de participaci\u00f3n de familias, de alumnado y sobre empleo y formaci\u00f3n profesional de cada territorio.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a061.\u2003Innovaci\u00f3n y difusi\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>El departamento competente en materia de educaci\u00f3n impulsar\u00e1 pol\u00edticas dirigidas a la innovaci\u00f3n educativa en el medio rural, en especial mediante el cumplimiento de las siguientes acciones:<\/p>\n<p>a)\u2003Incorporar al curr\u00edculo contenidos culturales, de patrimonio y sociales del medio rural y espec\u00edficos de la zona donde se habita, mediante la implantaci\u00f3n y desarrollo de programas educativos de divulgaci\u00f3n de la vida en el medio rural y de programas educativos que promocionen y divulguen las lenguas propias de Arag\u00f3n.<\/p>\n<p>b)\u2003Desarrollar programas de innovaci\u00f3n espec\u00edficos y adecuaci\u00f3n de programas de innovaci\u00f3n generales que mejoren la calidad y la equidad de la ense\u00f1anza en el medio rural impulsando la adquisici\u00f3n de las competencias clave, garantizando que ning\u00fan centro perteneciente al medio rural se quede fuera de estos programas por falta de plazas.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a062.\u2003Fomento del deporte en el medio rural.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003El departamento competente en materia de deporte impulsar\u00e1 el fomento de la actividad f\u00edsica y el deporte en el medio rural como activo dinamizador y tur\u00edstico a trav\u00e9s de la cooperaci\u00f3n con las entidades locales, estructuras asociativas, centros educativos y clubes deportivos en la promoci\u00f3n de pr\u00e1cticas deportivas y la realizaci\u00f3n de eventos deportivos.<\/p>\n<p>2.\u2003Al objeto de fomentar la actividad f\u00edsica y el deporte en el medio rural, se impulsar\u00e1n las siguientes medidas:<\/p>\n<p>a)\u2003Desarrollar programas espec\u00edficos dirigidos a centros educativos del medio rural que promocionen la actividad f\u00edsica y deportiva, mediante estrategias para la salud, la formaci\u00f3n en valores, la igualdad y el desarrollo del talento.<\/p>\n<p>b)\u2003Elaborar el Plan de infraestructuras deportivas a partir del diagn\u00f3stico de las infraestructuras deportivas disponibles recogidas en el censo de instalaciones de la Comunidad Aut\u00f3noma y que incluya las necesidades detectadas a cubrir, el mapa de usos y recursos y los espacios no convencionales al ser de especial inter\u00e9s de la Comunidad Aut\u00f3noma.<\/p>\n<p>c)\u2003Fomentar la oficina deportiva de apoyo a municipios y comarcas como apoyo y difusi\u00f3n de todas aquellas pr\u00e1cticas e iniciativas de entidades locales y comarcales<\/p>\n<p>d)\u2003Mejorar la formaci\u00f3n y cualificaci\u00f3n de los t\u00e9cnicos deportivos aragoneses, fomentando la formaci\u00f3n permanente que atienda las verdaderas necesidades de todos los agentes del sistema deportivo rural, al objeto de aumentar la calidad de la gesti\u00f3n del servicio deportivo en las entidades p\u00fablicas y privadas.<\/p>\n<p>e)\u2003Promocionar, a trav\u00e9s de la colaboraci\u00f3n p\u00fablico-privada, actividades y eventos deportivos que puedan generar un desarrollo sostenible y la creaci\u00f3n de empleo y autoempleo en el medio rural.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a063.\u2003Proximidad de los servicios sociales.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003El Gobierno de Arag\u00f3n a trav\u00e9s del departamento competente en servicios sociales impulsar\u00e1 las pol\u00edticas necesarias para que la prestaci\u00f3n de servicios sociales se realice con el mayor nivel de proximidad posible al ciudadano. Para ello mantendr\u00e1 y, en su caso, actualizar\u00e1 los niveles de proximidad de los servicios sociales generales y de los servicios sociales especializados establecidos en la normativa vigente.<\/p>\n<p>2.\u2003Se posibilitar\u00e1, siempre que la naturaleza del servicio y el n\u00famero de personas usuarias o potencialmente beneficiarias lo permitan, la implantaci\u00f3n de los servicios en las zonas rurales para garantizar su prestaci\u00f3n en un \u00e1mbito cercano al lugar de vida habitual de las personas usuarias.<\/p>\n<p>3.\u2003En servicios sociales con niveles de proximidad bajo o medio, para facilitar el acceso de los vecinos del medio rural o cuando no puedan prestarse en el entorno del ciudadano, se activar\u00e1n las medidas necesarias para favorecer el desplazamiento de los ciudadanos al servicio.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a064.\u2003Plan de establecimientos de servicios sociales.<\/strong><\/p>\n<p>El departamento competente en materia de servicios sociales, de acuerdo con el mapa de servicios sociales de Arag\u00f3n, elaborar\u00e1 un plan de establecimientos de servicios sociales que definir\u00e1 el \u00e1mbito territorial, la capacidad y prestaciones de los centros de atenci\u00f3n residencial, de atenci\u00f3n intensiva, de atenci\u00f3n t\u00e9cnica y de los centros integrados de servicios sociales.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a065.\u2003Comercio, servicios de proximidad y multiservicios rurales.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Las administraciones p\u00fablicas de la Comunidad Aut\u00f3noma promover\u00e1n las medidas necesarias para impulsar el comercio de proximidad como motor de la econom\u00eda rural, a trav\u00e9s del mantenimiento y consolidaci\u00f3n de su estructura mediante la creaci\u00f3n de econom\u00edas de escala y la generaci\u00f3n de sinergias con otros sectores de la actividad.<\/p>\n<p>2.\u2003La Comunidad Aut\u00f3noma impulsar\u00e1, en colaboraci\u00f3n con las entidades locales, las asociaciones empresariales y las C\u00e1maras de Comercio, planes comarcales de dinamizaci\u00f3n del comercio rural en las zonas rurales con riesgo demogr\u00e1fico que contemplen las necesidades y medidas necesarias a adoptar para garantizar el acceso de todos los municipios, mediante el impulso a los servicios de proximidad, multiservicios rurales, comercio no sedentario y canales cortos de comercializaci\u00f3n.<\/p>\n<p>3.\u2003El departamento competente en materia de comercio fomentar\u00e1 las acciones de refuerzo de los multiservicios rurales como servicios agrupados de proximidad en las poblaciones que queden desabastecidas. Se facilitar\u00e1n las medidas necesarias para el apoyo de proyectos relacionados con la digitalizaci\u00f3n, la log\u00edstica o la prestaci\u00f3n de servicios b\u00e1sicos.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a066.\u2003Accesibilidad a servicios bancarios y otros servicios p\u00fablicos.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003En el marco de la normativa aplicable, las entidades financieras que operen en la Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n deber\u00e1n prever en sus estrategias de negocio alternativas para garantizar el acceso de la poblaci\u00f3n a servicios bancarios a trav\u00e9s de oficinas, cajeros, agentes financieros, oficinas m\u00f3viles u otros medios, con la finalidad de aportar soluciones a aquellas poblaciones del medio rural que no tengan acceso a estos servicios bancarios o se les excluya de estos.<\/p>\n<p>2.\u2003El Gobierno de Arag\u00f3n cooperar\u00e1 con las entidades financieras que operan en Arag\u00f3n, al objeto de promover que toda la ciudadan\u00eda, con independencia de su lugar de residencia, tenga acceso a los servicios financieros y bancarios en condiciones equivalentes.<\/p>\n<p>3.\u2003Igualmente se impulsar\u00e1 la colaboraci\u00f3n con aquellas entidades que puedan implementar servicios en el medio rural garantizando el acceso a los servicios p\u00fablicos a la poblaci\u00f3n rural en condiciones de igualdad que al resto de personas que viven en las ciudades.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a067.\u2003Derechos culturales en el medio rural.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n establecer\u00e1 peri\u00f3dicamente planes de acci\u00f3n para garantizar los derechos culturales en las zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblaci\u00f3n, a trav\u00e9s del impulso de redes y plataformas culturales que, desde las diferentes disciplinas art\u00edsticas o ramas de actividad, faciliten el acceso y de la actuaci\u00f3n de gestores culturales que incidan en su desarrollo.<\/p>\n<p>2.\u2003El departamento competente en materia de cultura impulsar\u00e1 mecanismos de coordinaci\u00f3n y cooperaci\u00f3n con las entidades locales, para facilitar el acceso a sistemas de informaci\u00f3n normalizados destinados a los equipamientos culturales muse\u00edsticos, archiv\u00edsticos o bibliogr\u00e1ficos, para favorecer el trabajo de los equipamientos culturales del territorio y, en su caso, el acceso de los ciudadanos del medio rural a la informaci\u00f3n vinculada a la difusi\u00f3n del patrimonio cultural. El departamento competente en materia de cultura impulsar\u00e1 la accesibilidad en l\u00ednea a la informaci\u00f3n sobre el patrimonio cultural mediante la digitalizaci\u00f3n del mismo, el uso de licencias abiertas y la colaboraci\u00f3n con asociaciones culturales.<\/p>\n<p>3.\u2003El Gobierno de Arag\u00f3n impulsar\u00e1 el fortalecimiento de la red de bibliotecas de Arag\u00f3n, mediante el fomento y promoci\u00f3n de los sistemas de pr\u00e9stamo, as\u00ed como los sistemas de acceso y de lectura digital.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a068.\u2003Promoci\u00f3n y dinamizaci\u00f3n cultural.<\/strong><\/p>\n<p>El departamento competente en materia de cultura fomentar\u00e1 la promoci\u00f3n y dinamizaci\u00f3n cultural para el medio rural a trav\u00e9s de las siguientes acciones:<\/p>\n<p>a)\u2003Impulsar la visibilizaci\u00f3n de las propuestas culturales promovidas desde las zonas rurales en riesgo de despoblaci\u00f3n mediante el fomento de la utilizaci\u00f3n de tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y la comunicaci\u00f3n vinculadas a la difusi\u00f3n y acceso cultural.<\/p>\n<p>b)\u2003Establecer pol\u00edticas activas de fomento del empleo vinculado a la actividad cultural en el medio rural, mediante el desarrollo de planes espec\u00edficos y la participaci\u00f3n de las empresas culturales radicadas en el mismo en las pol\u00edticas de fomento de las industrias creativas y culturales establecidas por las administraciones p\u00fablicas en el marco del di\u00e1logo social.<\/p>\n<p>c)\u2003Fomentar las actividades de car\u00e1cter cultural y en particular el desarrollo de proyectos cinematogr\u00e1ficos y los rodajes audiovisuales que se desarrollen en los municipios aragoneses.<\/p>\n<p>d)\u2003Establecer mecanismos de coordinaci\u00f3n interadministrativa que optimice y mejore la inversi\u00f3n en cultura de las administraciones p\u00fablicas.<\/p>\n<p>e)\u2003Incluir dentro de las directrices estrat\u00e9gicas los derechos culturales como fundamento b\u00e1sico de desarrollo.<\/p>\n<p>f)\u2003Fomentar la investigaci\u00f3n y publicaci\u00f3n sobre historia, cultura y patrimonio local del mundo rural.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a069.\u2003Seguridad ciudadana.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003El Gobierno de Arag\u00f3n impulsar\u00e1 los mecanismos de colaboraci\u00f3n con el Ministerio del Interior al objeto de hacer efectiva la presencia en el medio rural de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que permita garantizar a los habitantes de las zonas rurales la necesaria protecci\u00f3n en un entorno de baja densidad poblacional. Se promover\u00e1 la instalaci\u00f3n de unidades, al menos, en todos los municipios pertenecientes al grupo de las centralidades.<\/p>\n<p>2.\u2003Se impulsar\u00e1n acciones concretas de sensibilizaci\u00f3n, prevenci\u00f3n y protecci\u00f3n contra la violencia de g\u00e9nero en el medio rural, que permitan garantizar a los habitantes de las zonas rurales la necesaria protecci\u00f3n y la asistencia en un entorno de baja densidad poblacional con los recursos espec\u00edficos y los perfiles profesionales diferenciados necesarios.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a070.\u2003Sistema p\u00fablico de cuidados.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003El Gobierno de Arag\u00f3n impulsar\u00e1 una red de servicios p\u00fablicos de cuidados que se ajuste a las necesidades de las personas que habitan el territorio, en coordinaci\u00f3n con las entidades locales.<\/p>\n<p>2.\u2003Dicha red dar\u00e1 cobertura a todo el territorio e incluir\u00e1 tanto servicios colectivos como servicios individualizados, garantizando la calidad de vida, autonom\u00eda e integraci\u00f3n de las personas vulnerables, con discapacidad o en situaci\u00f3n de dependencia y respondiendo a las necesidades de conciliaci\u00f3n, de respiro de cuidadores y otras que se identifiquen en los planes de zona.<\/p>\n<p>3.\u2003Los equipos de servicios sociales definir\u00e1n actuaciones orientadas a detectar y priorizar las necesidades de apoyo de cada comunidad, contando con la participaci\u00f3n de la misma. Identificar\u00e1n los recursos comunitarios disponibles para dar respuesta a las necesidades detectadas, facilitando su coordinaci\u00f3n, o promoviendo el desarrollo de otros que se identifiquen como necesarios.<\/p>\n<p>4.\u2003El Gobierno de Arag\u00f3n impulsar\u00e1 los cambios normativos necesarios para adaptar o complementar la cartera de servicios y su gesti\u00f3n a las necesidades de la poblaci\u00f3n del medio rural, optimizando los recursos y fomentando la calidad del empleo de cuidados y el reconocimiento del trabajo de cuidados.<\/p>\n<p>5.\u2003El Gobierno de Arag\u00f3n impulsar\u00e1 la profesionalizaci\u00f3n del sector con medidas de fomento de la cualificaci\u00f3n y acreditaci\u00f3n de las personas que puedan trabajar en el sector de los cuidados, as\u00ed como de formaci\u00f3n complementaria para la adquisici\u00f3n de competencias y ampliaci\u00f3n de funciones que permitan adecuarse a los modelos de atenci\u00f3n centrados en la persona y a los perfiles de las personas que requieren de cuidados.<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO V<\/p>\n<p><strong>Movilidad<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a071.\u2003Movilidad y transporte.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003El Gobierno de Arag\u00f3n promover\u00e1 un servicio adecuado de transporte por carretera para garantizar la conectividad y reducci\u00f3n de los tiempos de acceso de los peque\u00f1os municipios con sus cabeceras comarcales y centros de salud y fomentando el transporte a demanda y la movilidad compartida.<\/p>\n<p>2.\u2003Se promover\u00e1 un servicio ferroviario adaptado a las necesidades de la poblaci\u00f3n, garantizando las relaciones ferroviarias declaradas como obligaci\u00f3n del servicio p\u00fablico.<\/p>\n<p>3.\u2003En materia de carreteras, se fomentar\u00e1 la gesti\u00f3n p\u00fablica en la mejora de las v\u00edas de comunicaci\u00f3n aragonesas, mediante la inversi\u00f3n en mantenimiento y mejoras del trazado que aumenten la seguridad vial y la cohesi\u00f3n territorial de Arag\u00f3n. Igualmente se definir\u00e1 el mapa de titularidad de las v\u00edas de comunicaci\u00f3n aragonesas, para garantizar su mantenimiento y acondicionamiento en coordinaci\u00f3n con las diferentes administraciones competentes.<\/p>\n<p>4.\u2003Los instrumentos de planificaci\u00f3n de las infraestructuras de transporte de la Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n incluir\u00e1n programas espec\u00edficos que garanticen la accesibilidad a las zonas escasamente pobladas, mediante el acondicionamiento de la red existente y su adecuado mantenimiento, conservaci\u00f3n y explotaci\u00f3n.<\/p>\n<p>5.\u2003Se establecer\u00e1n las herramientas y acciones necesarias para la integraci\u00f3n de la bicicleta en la movilidad, adem\u00e1s de promocionar su uso como medio de transporte educativo, recreativo, tur\u00edstico o deportivo.<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO VI<\/p>\n<p><strong>Tecnolog\u00edas digitales de comunicaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a072.\u2003Fomento de la conectividad rural.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003El departamento competente en materia de agenda electr\u00f3nica y sociedad de la informaci\u00f3n promover\u00e1 las acciones precisas para coordinar, optimizar y completar la extensi\u00f3n de redes y servicios de telecomunicaciones de la Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma, con el fin de facilitar el despliegue equilibrado de los servicios de telecomunicaci\u00f3n en el territorio y facilitar la interconexi\u00f3n entre todas las administraciones p\u00fablicas que operan en la Comunidad Aut\u00f3noma.<\/p>\n<p>2.\u2003Al objeto de potenciar la conectividad digital y facilitar el acceso en el medio rural a servicios avanzados de telecomunicaciones, las administraciones p\u00fablicas impulsar\u00e1n la inclusi\u00f3n de infraestructuras de soporte para el despliegue de redes de comunicaciones electr\u00f3nicas en los nuevos proyectos de las entidades locales de realizaci\u00f3n de obras p\u00fablicas de tipolog\u00eda lineal.<\/p>\n<p>3.\u2003Las entidades locales realizar\u00e1n un an\u00e1lisis de infraestructuras de soporte ya existentes que podr\u00edan ser susceptibles de aprovechamiento para el despliegue de redes de telecomunicaciones al objeto de que puedan ser conocidas por los agentes, p\u00fablicos o privados, potencialmente interesados en el despliegue de tales redes.<\/p>\n<p>4.\u2003Se impulsar\u00e1n medidas dirigidas a promover y facilitar el desarrollo y mejora de los servicios de la sociedad de la informaci\u00f3n.<\/p>\n<p>5.\u2003Las entidades locales, conforme a la legislaci\u00f3n en materia de protecci\u00f3n de datos, promover\u00e1n la elaboraci\u00f3n de listas de potenciales usuarios de servicios avanzados de telecomunicaciones existentes en su territorio, al objeto de potenciar la atracci\u00f3n de operadores que pudieran realizar inversiones en infraestructuras de telecomunicaciones.<\/p>\n<p>6.\u2003El Gobierno de Arag\u00f3n, a trav\u00e9s de Aragonesa de Servicios Telem\u00e1ticos analizar\u00e1, al menos anualmente o, como m\u00e1ximo, de forma trienal, los servicios de tecnolog\u00eda existentes en la Comunidad Aut\u00f3noma para garantizar su adaptabilidad a las necesidades existentes en cada momento.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a073.\u2003Inclusi\u00f3n de infraestructuras de soporte para el despliegue de redes de comunicaciones electr\u00f3nicas en los nuevos proyectos de las entidades locales de realizaci\u00f3n de obras p\u00fablicas de tipolog\u00eda lineal.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Los nuevos proyectos de las entidades locales de realizaci\u00f3n de obras p\u00fablicas de tipolog\u00eda lineal, tales como construcci\u00f3n o mejora de caminos, canales, redes de transporte de agua, gas, electricidad, redes de alumbrado, de alcantarillado o similares que sean de su competencia, procurar\u00e1n la inclusi\u00f3n, en las correspondientes obras, de las siguientes infraestructuras de soporte para el despliegue de redes de comunicaciones electr\u00f3nicas, salvo que existan ya disponibles otras infraestructuras redundantes an\u00e1logas o se justifique la inviabilidad de su instalaci\u00f3n:<\/p>\n<p>a)\u2003Las canalizaciones que permitan el futuro despliegue, a lo largo de las mismas, de cables de comunicaciones electr\u00f3nicas.<\/p>\n<p>b)\u2003Las superficies o espacios habilitables para la instalaci\u00f3n de estaciones de telecomunicaciones por v\u00eda radioel\u00e9ctrica, tales como repetidores, estaciones base de radiocomunicaci\u00f3n, dispositivos radiantes, elementos para el suministro de energ\u00eda, entre otros, con el fin de facilitar la ampliaci\u00f3n de la cobertura de servicios tales como los de comunicaciones m\u00f3viles u otros an\u00e1logos, en los t\u00e9rminos de la normativa estatal b\u00e1sica aplicable.<\/p>\n<p>2.\u2003Los \u00f3rganos competentes de las entidades locales determinar\u00e1n los supuestos en los que, en funci\u00f3n del itinerario, ubicaci\u00f3n, dimensiones y dem\u00e1s circunstancias espec\u00edficas de las nuevas infraestructuras lineales, los correspondientes proyectos de obras de construcci\u00f3n deber\u00e1n prever o no la inclusi\u00f3n de algunas de las citadas infraestructuras de soporte.<\/p>\n<p>3.\u2003Con el fin de conseguir el mejor desarrollo posible de lo establecido en este art\u00edculo, la Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n, directa o indirectamente a trav\u00e9s de entidades especializadas, prestar\u00e1 soporte y asesoramiento t\u00e9cnico a las entidades locales en materia de instalaciones de telecomunicaciones, cuando fuere solicitada para ello. Igualmente, las diputaciones provinciales lo prestar\u00e1n en materia de obras p\u00fablicas.<\/p>\n<p>4.\u2003Se entiende como nuevo proyecto de obra p\u00fablica aquel que no haya sido aprobado por el \u00f3rgano de contrataci\u00f3n a la entrada en vigor de esta ley.<\/p>\n<p>5.\u2003En el caso de que los proyectos de obras sean declarados de utilidad p\u00fablica, a los efectos de expropiaci\u00f3n forzosa de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento, dicha declaraci\u00f3n llevar\u00e1 impl\u00edcita tambi\u00e9n la de aquellas infraestructuras de soporte previstas en el apartado\u00a01 y que se hayan incluido en los proyectos de obras.<\/p>\n<p>En el caso de que dichos proyectos no tengan declaraci\u00f3n de utilidad p\u00fablica, la aprobaci\u00f3n de los proyectos de obras y dem\u00e1s actuaciones necesarias para el despliegue de infraestructuras de soporte de telecomunicaciones llevar\u00e1 impl\u00edcita la declaraci\u00f3n de utilidad p\u00fablica a los efectos de expropiaci\u00f3n forzosa de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento, teniendo la Administraci\u00f3n local afectada la condici\u00f3n de beneficiaria en los correspondientes procedimientos expropiatorios.<\/p>\n<p>6.\u2003Las citadas infraestructuras de soporte deber\u00e1n ponerse a disposici\u00f3n de los operadores de redes y servicios de comunicaciones electr\u00f3nicas interesados en condiciones equitativas, no discriminatorias, neutrales y orientadas a costes.<\/p>\n<p>7.\u2003Dentro del marco establecido en la normativa aplicable en materia de telecomunicaciones, las entidades pertenecientes a la Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n que est\u00e9n habilitadas como operadoras de telecomunicaciones, as\u00ed como las entidades locales a trav\u00e9s de entidades o sociedades que igualmente est\u00e9n habilitadas como operadoras de telecomunicaciones, podr\u00e1n explotar las infraestructuras de soporte en los t\u00e9rminos previstos en la referida normativa, garantizando el acceso de los restantes operadores p\u00fablicos y privados a las mismas en condiciones de igualdad, neutralidad, transparencia y no discriminaci\u00f3n.<\/p>\n<p>8.\u2003Cuando el despliegue de una infraestructura de telecomunicaciones en el medio rural requiera autorizaciones, licencias o permisos en materia de patrimonio hist\u00f3rico, carreteras o en cualquier otra materia competencia de la Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma, su tramitaci\u00f3n ser\u00e1 preferente.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a074.\u2003Informaci\u00f3n sobre servicios digitales y uso polivalente de espacios.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Las entidades locales facilitar\u00e1n, en la medida de sus posibilidades, informaci\u00f3n sobre la disponibilidad y calidad de los servicios digitales, tales como los de banda ancha u otros. Particularmente, promover\u00e1n la participaci\u00f3n de los habitantes de su territorio en los proyectos colaborativos que se promuevan dirigidos al objetivo de conocer la realidad de la prestaci\u00f3n de dichos servicios.<\/p>\n<p>2.\u2003Las entidades locales facilitar\u00e1n informaci\u00f3n sobre los espacios de uso p\u00fablico, tales como locales, aulas o similares, que podr\u00edan ser empleados, tras las pertinentes adaptaciones e instalaci\u00f3n de equipamiento para su uso digital.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a075.\u2003Expedici\u00f3n de certificados electr\u00f3nicos.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Al objeto de facilitar la realizaci\u00f3n de tr\u00e1mites en el \u00e1mbito de la Administraci\u00f3n electr\u00f3nica por las personas residentes en el medio rural y evitar desplazamientos, se promover\u00e1 el uso de elementos necesarios, como la clave permanente, para la obtenci\u00f3n de certificados electr\u00f3nicos.<\/p>\n<p>2.\u2003Las entidades locales procurar\u00e1n las medidas necesarias para facilitar la obtenci\u00f3n de clave permanente por parte de las personas interesadas en la relaci\u00f3n electr\u00f3nica con la Administraci\u00f3n, procurando reducir la brecha digital y favoreciendo el acceso de todos los ciudadanos a la Administraci\u00f3n electr\u00f3nica. Con esta finalidad, se constituir\u00e1n de forma progresiva oficinas de registro de clave permanente en las oficinas de asistencia en materia de registro y en aquellos otros puntos de atenci\u00f3n a la ciudadan\u00eda existentes en sus territorios.<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO VII<\/p>\n<p><strong>Escenario vital y patrimonio territorial<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a076.\u2003Custodia del territorio.<\/strong><\/p>\n<p>El Gobierno de Arag\u00f3n impulsar\u00e1 la custodia del territorio, en el marco de la Ley de espacios naturales protegidos, como instrumento de apoyo a la conservaci\u00f3n de la biodiversidad y al desarrollo rural. Para ello, promover\u00e1 los acuerdos entre propietarios y entidades de custodia, mediante apoyo t\u00e9cnico, jur\u00eddico, formativo y, en su caso, econ\u00f3mico.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a077.\u2003Medidas en materia de patrimonio cultural.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Las administraciones p\u00fablicas de la Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n incentivar\u00e1n la utilizaci\u00f3n del patrimonio cultural, ling\u00fc\u00edstico, etnol\u00f3gico e hist\u00f3rico propio como v\u00eda de valorizaci\u00f3n econ\u00f3mica y social de la singularidad local del medio rural y del sentido de pertenencia de sus habitantes.<\/p>\n<p>2.\u2003El departamento competente en materia de patrimonio cultural promover\u00e1 la consecuci\u00f3n de los siguientes objetivos:<\/p>\n<p>a)\u2003Fomentar proyectos de conservaci\u00f3n y restauraci\u00f3n del patrimonio hist\u00f3rico-art\u00edstico, etnol\u00f3gico e industrial, as\u00ed como de estudio y difusi\u00f3n del patrimonio inmaterial. Se impulsar\u00e1 el inventario y conservaci\u00f3n de la arquitectura civil vern\u00e1cula, especialmente, en los conjuntos hist\u00f3ricos y en las zonas que cuentan con alg\u00fan tipo de figura de protecci\u00f3n.<\/p>\n<p>b)\u2003Apoyar pol\u00edticas de empleo que favorezcan la formaci\u00f3n de profesionales cualificados para acometer la rehabilitaci\u00f3n del patrimonio, su promoci\u00f3n y divulgaci\u00f3n.<\/p>\n<p>c)\u2003Promover la apertura al p\u00fablico de los monumentos rehabilitados, por atractivo tur\u00edstico o por la puesta en marcha de la actividad a la que hayan sido destinados de forma compatible con su preservaci\u00f3n.<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO VIII<\/p>\n<p><strong>Igualdad de g\u00e9nero y medio rural<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a078.\u2003Medidas para favorecer la calidad de vida de las mujeres que viven en el medio rural.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003El Gobierno de Arag\u00f3n incorporar\u00e1 la perspectiva de g\u00e9nero en las directrices de desarrollo, para lo que deber\u00e1 desarrollar un an\u00e1lisis de impacto de g\u00e9nero de las medidas planteadas antes de su implantaci\u00f3n y otro despu\u00e9s de su desarrollo que eval\u00faen el impacto diferenciado de estas para identificar sesgos en futuras actuaciones. Las evaluaciones y propuestas de correcci\u00f3n y mejora deber\u00e1n incluirse en la actualizaci\u00f3n de la estrategia.<\/p>\n<p>2.\u2003El Gobierno de Arag\u00f3n a trav\u00e9s de su planificaci\u00f3n estrat\u00e9gica en materia de igualdad impulsar\u00e1 medidas tendentes a promover la calidad de vida de las mujeres en el medio rural y en particular las siguientes:<\/p>\n<p>a)\u2003Realizar an\u00e1lisis o actualizar el conocimiento sobre la situaci\u00f3n de las mujeres del medio rural.<\/p>\n<p>b)\u2003Visibilizar socialmente la importancia del trabajo de las mujeres en el medio rural y de sus aportaciones a la econom\u00eda, la cultura y al desarrollo de los territorios.<\/p>\n<p>c)\u2003Impulsar acciones de sensibilizaci\u00f3n y formaci\u00f3n en materia de igualdad de g\u00e9nero.<\/p>\n<p>d)\u2003Establecer recursos p\u00fablicos de cuidado para garantizar la conciliaci\u00f3n de la vida laboral, familiar y personal, y sensibilizaci\u00f3n y formaci\u00f3n para aumentar la corresponsabilidad de las mujeres y los hombres que viven en el medio rural.<\/p>\n<p>e)\u2003Establecer medidas para la atenci\u00f3n a las mujeres que viven solas y con pensiones no contributivas.<\/p>\n<p>f)\u2003Establecer una planificaci\u00f3n en materia de transporte y movilidad que tenga en cuenta las necesidades de las mujeres en el medio rural.<\/p>\n<p>g)\u2003Promover programas formativos y de acceso a las nuevas tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n para superar la brecha digital de las mujeres que residen en el medio rural.<\/p>\n<p>h)\u2003Establecer medidas de prevenci\u00f3n y atenci\u00f3n ante situaciones de violencia de g\u00e9nero.<\/p>\n<p>i)\u2003Apoyar la creaci\u00f3n de empresas sociales que ampl\u00eden la oferta de servicios y generen empleo para mujeres.<\/p>\n<p>j)\u2003Ampliar la oferta de actividades socioculturales y deportivas.<\/p>\n<p>k)\u2003Mejorar la conectividad de las mujeres entre s\u00ed y de estas con la Administraci\u00f3n para optimizar los recursos y facilitar las gestiones administrativas.<\/p>\n<p>l)\u2003Impulsar planes territoriales de igualdad de \u00e1mbito local.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a079.\u2003Medidas de apoyo para el acceso de las mujeres al empleo.<\/strong><\/p>\n<p>La Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma, teniendo en cuenta el marco del di\u00e1logo social, incorporar\u00e1 en su planificaci\u00f3n en materia de empleo y emprendimiento medidas de discriminaci\u00f3n positiva en favor de las mujeres rurales y establecer\u00e1 entre otras las siguientes medidas tendentes a facilitar su incorporaci\u00f3n al mercado laboral:<\/p>\n<p>a)\u2003Promover medidas de formaci\u00f3n con el fin de favorecer su incorporaci\u00f3n al mercado laboral, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia.<\/p>\n<p>b)\u2003Fomentar la contrataci\u00f3n y programas de mejora de la empleabilidad de las mujeres rurales.<\/p>\n<p>c)\u2003Facilitar el acceso a las nuevas tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n, la comunicaci\u00f3n y el conocimiento y a la gesti\u00f3n de empresas de \u00e1mbitos tecnol\u00f3gicos que favorezcan el teletrabajo.<\/p>\n<p>d)\u2003Impulsar la creaci\u00f3n de empresas y cooperativas de transformaci\u00f3n artesana para mujeres y desarrollo de l\u00edneas de financiaci\u00f3n prioritaria para el desarrollo de actividades empresariales llevadas a cabo por mujeres.<\/p>\n<p>e)\u2003Promover nuevas actividades laborales que favorezcan el trabajo de las mujeres en el mundo rural.<\/p>\n<p>f)\u2003Impulsar el observatorio del emprendimiento de mujeres en todos los sectores econ\u00f3micos.<\/p>\n<p>g)\u2003Crear viveros de empresas que favorezcan y apoyen las nuevas iniciativas empresariales innovadoras.<\/p>\n<p>h)\u2003Impulsar el comercio electr\u00f3nico que permita a las emprendedoras del medio rural difundir y vender sus productos.<\/p>\n<p>i)\u2003Establecer ayudas a las mujeres para su instalaci\u00f3n o modernizaci\u00f3n de explotaciones agrarias.<\/p>\n<p>j)\u2003Crear una plataforma para la red de mujeres emprendedoras en el medio rural, como espacio de encuentro donde compartir conocimientos y construir soluciones innovadoras para la mejora de la empleabilidad y de orientaci\u00f3n laboral.<\/p>\n<p>k)\u2003Crear un mapa interactivo a trav\u00e9s del cual se pueda localizar a todas las emprendedoras en las distintas comarcas del territorio aragon\u00e9s, con indicaci\u00f3n de su actividad.<\/p>\n<p>l)\u2003Acordar medidas que faciliten la conciliaci\u00f3n en las empresas.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a080.\u2003Empoderamiento de las mujeres rurales.<\/strong><\/p>\n<p>En el marco de la normativa aragonesa sobre igualdad, las administraciones p\u00fablicas aragonesas dise\u00f1ar\u00e1n y promover\u00e1n actuaciones encaminadas al empoderamiento de la mujer rural a trav\u00e9s de las siguientes medidas:<\/p>\n<p>a)\u2003Impulsar el movimiento asociativo y creaci\u00f3n de redes de asociaciones de las mujeres rurales con el objetivo de su incorporaci\u00f3n en la actividad p\u00fablica, privada y empresarial.<\/p>\n<p>b)\u2003Facilitar el acceso a la titularidad o la cotitularidad por parte de las mujeres de las explotaciones agrarias, u otros proyectos empresariales, y especialmente las de origen familiar, as\u00ed como apoyar el cooperativismo femenino rural con la finalidad de promover una representaci\u00f3n equilibrada de mujeres y hombres.<\/p>\n<p>c)\u2003Establecer medidas para garantizar la presencia y participaci\u00f3n de las mujeres en el \u00e1mbito rural favoreciendo su acceso a puestos de decisi\u00f3n pol\u00edtica, profesional o social.<\/p>\n<p>d)\u2003Fomentar el papel de las mujeres como impulsoras activas del desarrollo rural, apoyando las iniciativas lideradas por ellas y fomentando su presencia en los \u00f3rganos rectores del medio rural.<\/p>\n<p>e)\u2003Impulsar programas de competencias de liderazgo y gerencia de las mujeres que contemplen acciones formativas para el desarrollo de emprendimientos, formaci\u00f3n en el entorno local para la concienciaci\u00f3n en igualdad de oportunidades y acciones de formaci\u00f3n e integraci\u00f3n en actividades infrarrepresentadas.<\/p>\n<p>f)\u2003Aplicar f\u00f3rmulas para una participaci\u00f3n paritaria en el Observatorio aragon\u00e9s de dinamizaci\u00f3n demogr\u00e1fica y poblacional.<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO IX<\/p>\n<p><strong>Familias y conciliaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a081.\u2003Medidas de apoyo a las familias.<\/strong><\/p>\n<p>El Gobierno de Arag\u00f3n impulsar\u00e1 la adopci\u00f3n de medidas espec\u00edficas de apoyo a las familias y, en particular, se llevar\u00e1n a cabo las siguientes actuaciones:<\/p>\n<p>a)\u2003Al objeto de fomentar la natalidad garantizar\u00e1 el apoyo para las familias residentes en asentamientos de las zonas rurales que se determinen en las que se produzca un nacimiento, adopci\u00f3n o delegaci\u00f3n de guarda con fines de adopci\u00f3n, con la finalidad de colaborar en los gastos derivados de estas circunstancias mediante la concesi\u00f3n de bonificaciones, prestaciones y ayudas familiares, que se ampliar\u00e1n en funci\u00f3n de la situaci\u00f3n econ\u00f3mica familiar y del n\u00famero de hijos e hijas, como m\u00ednimo, hasta que el ni\u00f1o o ni\u00f1a cumpla\u00a03 a\u00f1os. Asimismo garantizar\u00e1 la existencia de una red p\u00fablica de cuidado para menores de\u00a03 a\u00f1os accesible en todo el territorio.<\/p>\n<p>b)\u2003Promoci\u00f3n de programas de ayudas espec\u00edficos para municipios de zonas rurales en riesgo de despoblaci\u00f3n destinados a la mejora de la habitabilidad de las viviendas, al ahorro y eficiencia energ\u00e9tica, as\u00ed como a la rehabilitaci\u00f3n integral y a la mejora de la accesibilidad, contemplando un trato diferenciado para las familias con ni\u00f1os, ni\u00f1as o personas dependientes, y, en especial, para las familias numerosas y monoparentales.<\/p>\n<p>c)\u2003Promoci\u00f3n de medidas de discriminaci\u00f3n positiva con la finalidad de apoyar econ\u00f3micamente a las familias del medio rural en el acceso a la red de transporte regular de personas viajeras de uso general. Asimismo, la Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma habilitar\u00e1, en el marco de sus competencias, medidas espec\u00edficas de apoyo para el uso del servicio p\u00fablico de transporte regular de personas viajeras de uso general destinadas como m\u00ednimo a las personas menores de edad residentes en los municipios dependientes.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a082.\u2003Medidas de apoyo a la conciliaci\u00f3n de la vida personal, familiar y laboral y a la corresponsabilidad.<\/strong><\/p>\n<p>El Gobierno de Arag\u00f3n impulsar\u00e1 la adopci\u00f3n de medidas espec\u00edficas y transversales que faciliten la corresponsabilidad y conciliaci\u00f3n de la vida personal, familiar y laboral en las familias del medio rural, promoviendo la coordinaci\u00f3n interinstitucional y la participaci\u00f3n de agentes sociales y econ\u00f3micos. En particular promover\u00e1n las siguientes actuaciones:<\/p>\n<p>a)\u2003Se establecer\u00e1n ayudas dirigidas a las administraciones p\u00fablicas y entidades sin \u00e1nimo de lucro del medio rural para el desarrollo de proyectos y servicios que faciliten la conciliaci\u00f3n de las familias.<\/p>\n<p>b)\u2003Se impulsar\u00e1n recursos y servicios en el \u00e1mbito educativo pr\u00f3ximo que faciliten la conciliaci\u00f3n y la permanencia de los ni\u00f1os y ni\u00f1as en sus municipios.<\/p>\n<p>c)\u2003Se fomentar\u00e1n los servicios de car\u00e1cter social que favorezcan la conciliaci\u00f3n de las familias con menores, mayores, personas con discapacidad o dependencia o que por su configuraci\u00f3n o estructura se encuentren en situaci\u00f3n de vulnerabilidad.<\/p>\n<p>d)\u2003Se apoyar\u00e1 la ampliaci\u00f3n de apertura de los espacios p\u00fablicos en per\u00edodos no lectivos para su uso como recurso de conciliaci\u00f3n.<\/p>\n<p>e)\u2003Se fomentar\u00e1 la formaci\u00f3n y la sensibilizaci\u00f3n en la importancia de la corresponsabilidad en el \u00e1mbito familiar favoreciendo el reparto equilibrado y corresponsable del tiempo de los diferentes miembros de la familia.<\/p>\n<p>f)\u2003Como complemento a la cobertura ofrecida desde la red de servicios p\u00fablicos de cuidados, se establecer\u00e1n ayudas y beneficios para aquellas familias que precisen la adopci\u00f3n de recursos de conciliaci\u00f3n, as\u00ed como la contrataci\u00f3n de servicios externos para el cuidado de familiares, priorizando, en este caso, a las empresas y profesionales del propio entorno.<\/p>\n<p>g)\u2003Se apoyar\u00e1 la implantaci\u00f3n de empresas que dispongan de medidas de conciliaci\u00f3n entre las personas trabajadoras, de manera especial entre aquellas que presenten circunstancias especiales que dificulten dicha conciliaci\u00f3n.<\/p>\n<p>h)\u2003Se promover\u00e1 el trabajo a distancia, as\u00ed como las condiciones que lo faciliten mediante la puesta a disposici\u00f3n de las infraestructuras y equipamientos inform\u00e1ticos y t\u00e9cnicos.<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO X<\/p>\n<p><strong>J\u00f3venes<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a083.\u2003Medidas de apoyo a la juventud.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003El Gobierno de Arag\u00f3n incluir\u00e1 en los planes de gesti\u00f3n territorial planes o estrategias de planificaci\u00f3n, desarrollo y gesti\u00f3n de pol\u00edticas integrales destinadas a la poblaci\u00f3n juvenil en el medio rural para posibilitar la emancipaci\u00f3n juvenil, empleo digno y su participaci\u00f3n en los procesos de desarrollo de las zonas donde habitan, garantizando la cobertura de los servicios y equipamientos necesarios para desarrollar su proyecto vital.<\/p>\n<p>2.\u2003El Instituto Aragon\u00e9s de la Juventud impulsar\u00e1 programas espec\u00edficos de sensibilizaci\u00f3n o actuaciones para la consecuci\u00f3n de los siguientes objetivos:<\/p>\n<p>a)\u2003Contribuir al mantenimiento de servicios, comercios u oficios en extinci\u00f3n y el fomento del relevo generacional en la agricultura y ganader\u00eda aragonesa.<\/p>\n<p>b)\u2003Promover el \u00e1mbito sociocultural de la juventud, incidiendo especialmente en la dinamizaci\u00f3n e informaci\u00f3n juvenil, el ocio educativo y voluntariado, as\u00ed como el deporte y la cultura aragonesa, en particular la historia, el arte y las lenguas y modalidades ling\u00fc\u00edsticas de Arag\u00f3n.<\/p>\n<p>c)\u2003Fomentar el asociacionismo juvenil como m\u00e1ximo exponente de participaci\u00f3n en los diferentes \u00e1mbitos de la sociedad.<\/p>\n<p>d)\u2003Fomentar la autonom\u00eda personal, la emancipaci\u00f3n juvenil, el autoempleo y la inserci\u00f3n social de la juventud.<\/p>\n<p>e)\u2003Fomentar la innovaci\u00f3n y el desarrollo tecnol\u00f3gico entre la poblaci\u00f3n juvenil.<\/p>\n<p>f)\u2003Promover acciones formativas en el \u00e1mbito de la educaci\u00f3n no formal.<\/p>\n<p>g)\u2003Promover campa\u00f1as de sensibilizaci\u00f3n y divulgaci\u00f3n en el \u00e1mbito sociolaboral, educativo, sanitario, medioambiental, de igualdad de trato, no discriminaci\u00f3n y diversidad afectiva, sexual y de g\u00e9nero o cualquier otra materia de inter\u00e9s juvenil.<\/p>\n<p>h)\u2003Elaborar estudios e investigaciones sobre opiniones, percepciones, actitudes, comportamientos y tendencias de la juventud rural con respecto a su futuro personal y profesional y en relaci\u00f3n con sus lugares de origen.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a084.\u2003Accesibilidad y planes de retorno.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003El departamento competente en materia de juventud impulsar\u00e1 en coordinaci\u00f3n con las entidades locales, espacios j\u00f3venes itinerantes que garanticen el acceso a servicios y programas en igualdad de condiciones con independencia del lugar de residencia. A tal efecto, los departamentos competentes en materia de juventud, educaci\u00f3n, cultura y deporte deber\u00e1n coordinarse para evitar duplicidades y generar sinergias en el desarrollo de sus actuaciones.<\/p>\n<p>2.\u2003Se impulsar\u00e1n planes espec\u00edficos de retorno al medio rural que contemplen situaciones de j\u00f3venes aragoneses que habitan tanto fuera de la Comunidad Aut\u00f3noma como en cualquier municipio de Arag\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a085.\u2003Universidad.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Las administraciones p\u00fablicas fomentar\u00e1n junto a la Universidad de Zaragoza pol\u00edticas de retorno y retenci\u00f3n de nuestros j\u00f3venes en la Comunidad Aut\u00f3noma y promover\u00e1n la distribuci\u00f3n homog\u00e9nea en el territorio a trav\u00e9s de los campus perif\u00e9ricos de la Universidad.<\/p>\n<p>2.\u2003La Comunidad Aut\u00f3noma garantizar\u00e1 que aquellos j\u00f3venes que deban desplazarse a las ciudades en las que se ubican los campus universitarios puedan hacerlo mediante el impulso y adaptaci\u00f3n de becas de movilidad, incluyendo en sus bases reguladoras factores que primen a estudiantes provenientes de municipios de las zonas rurales conforme a los criterios establecidos en el t\u00edtulo II.<\/p>\n<p>3.\u2003El departamento competente en materia de universidad promover\u00e1 la realizaci\u00f3n de pr\u00e1cticas universitarias en entornos rurales, y potenciar\u00e1 la realizaci\u00f3n de estudios oficiales de m\u00e1ster en los campus perif\u00e9ricos de la Universidad con ayudas para el estudiantado.<\/p>\n<p>4.\u2003El departamento competente en materia de universidad promover\u00e1 en colaboraci\u00f3n con la Universidad de Zaragoza, la especializaci\u00f3n de los diferentes campus p\u00fablicos, impulsando tanto la impartici\u00f3n de titulaciones oficiales como la investigaci\u00f3n en \u00e1reas de conocimiento con potencial transformador para el medio rural.<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO XI<\/p>\n<p><strong>Inmigraci\u00f3n.\u2003Inclusi\u00f3n social<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a086.\u2003Transversalidad.<\/strong><\/p>\n<p>El Gobierno de Arag\u00f3n orientar\u00e1 sus pol\u00edticas sectoriales de manera transversal hacia la extensi\u00f3n de derechos y deberes de la poblaci\u00f3n migrante desde la \u00f3ptica de la inclusi\u00f3n social, la convivencia y el ejercicio de la ciudadan\u00eda, especialmente en el medio rural, con el fin de superar las situaciones de dificultad y vulnerabilidad mediante el impulso de acciones de acompa\u00f1amiento, informaci\u00f3n, acceso a la vivienda, universalizaci\u00f3n de la sanidad, escolarizaci\u00f3n, documentaci\u00f3n y trabajo digno.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a087.\u2003Medidas de apoyo a la inclusi\u00f3n social en el medio rural.<\/strong><\/p>\n<p>Los departamentos de la Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma impulsar\u00e1n en el \u00e1mbito de sus competencias la adopci\u00f3n de las medidas necesarias para la inclusi\u00f3n social de las personas migrantes en el medio rural, y en particular las siguientes:<\/p>\n<p>a)\u2003Fomentar la sensibilizaci\u00f3n y la atracci\u00f3n del mundo rural a las personas migrantes y, en particular, a aquellas que son atendidas por programas de protecci\u00f3n internacional o atenci\u00f3n humanitaria.<\/p>\n<p>b)\u2003Fomentar los equipamientos b\u00e1sicos de servicios p\u00fablicos y movilidad en el medio rural y facilitar el acceso a los mismos a la poblaci\u00f3n migrante a trav\u00e9s de profesionales y otros medios como la difusi\u00f3n de la informaci\u00f3n en diferentes idiomas con el objetivo de hacerla m\u00e1s accesible.<\/p>\n<p>c)\u2003Favorecer en los proyectos de inclusi\u00f3n social en el medio rural la implantaci\u00f3n de los programas para personas migrantes en situaci\u00f3n de protecci\u00f3n internacional o atenci\u00f3n humanitaria.<\/p>\n<p>d)\u2003Impulsar la econom\u00eda social y la empleabilidad de las personas migrantes.<\/p>\n<p>e)\u2003Fomentar el trabajo coordinado entre las administraciones p\u00fablicas y los agentes implicados para disponer de recursos habitacionales en las \u00e9pocas de campa\u00f1a agr\u00edcola en la que se incrementa el empleo de la poblaci\u00f3n migrante.<\/p>\n<p>f)\u2003Implementar proyectos de integraci\u00f3n e inclusi\u00f3n social para impulsar acciones tendentes a mejorar la percepci\u00f3n social de las migraciones y las personas migrantes y avanzar en una mayor inclusi\u00f3n social.<\/p>\n<p>T\u00cdTULO VI<\/p>\n<p><strong>Gobernanza, coordinaci\u00f3n y operadores territoriales<\/strong><\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO I<\/p>\n<p><strong>Gobernanza institucional<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a088.\u2003Gobernanza y coordinaci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>EL Gobierno de Arag\u00f3n promover\u00e1 los mecanismos de gobernanza y coordinaci\u00f3n interinstitucional y con los agentes activos de promoci\u00f3n econ\u00f3mica y social para la aplicaci\u00f3n eficaz y eficiente de las pol\u00edticas sectoriales en el medio rural, con el fin de alcanzar una acci\u00f3n p\u00fablica coordinada y complementaria que tenga en cuenta las diferentes realidades territoriales dentro del propio \u00e1mbito rural.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a089.\u2003La Comisi\u00f3n delegada del Gobierno para la pol\u00edtica territorial.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La Comisi\u00f3n delegada del Gobierno para la pol\u00edtica territorial es el \u00f3rgano encargado de coordinar las pol\u00edticas sectoriales de dinamizaci\u00f3n del medio rural y de lucha contra la despoblaci\u00f3n reguladas en esta ley, correspondi\u00e9ndole, adem\u00e1s de las que le atribuye la legislaci\u00f3n de ordenaci\u00f3n del territorio, las siguientes funciones:<\/p>\n<p>a)\u2003Establecer las medidas necesarias para incorporar el mecanismo rural de garant\u00eda previsto en el art\u00edculo\u00a05.<\/p>\n<p>b)\u2003Promover e impulsar los fines, objetivos y principios rectores de actuaci\u00f3n regulados en esta ley.<\/p>\n<p>c)\u2003Arbitrar las f\u00f3rmulas necesarias de administraci\u00f3n, cooperaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n para conseguir la mayor eficacia y eficiencia en la aplicaci\u00f3n de las pol\u00edticas de ordenaci\u00f3n del territorio, desarrollo y dinamizaci\u00f3n del medio rural y de lucha contra la despoblaci\u00f3n.<\/p>\n<p>d)\u2003Establecer los cauces efectivos de coordinaci\u00f3n con las entidades locales mediante la constituci\u00f3n de comisiones bilaterales o conferencias sectoriales para una mejor aplicaci\u00f3n de los principios de eficacia, eficiencia y racionalizaci\u00f3n del gasto en las pol\u00edticas de dinamizaci\u00f3n del medio rural y lucha contra la despoblaci\u00f3n.<\/p>\n<p>e)\u2003Promover f\u00f3rmulas de actuaci\u00f3n conjunta de las administraciones competentes para el cumplimiento de los distintos ejes previstos en la Directriz especial de pol\u00edtica demogr\u00e1fica y contra la despoblaci\u00f3n o los principios rectores y medidas establecidos en esta ley.<\/p>\n<p>f)\u2003Coordinar la acci\u00f3n de los distintos departamentos de la Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n en relaci\u00f3n con el medio rural y la lucha contra la despoblaci\u00f3n y en particular con las medidas derivadas de la aplicaci\u00f3n en Arag\u00f3n de la Estrategia nacional frente al reto demogr\u00e1fico, leyes estatales o instrumentos legislativos y programas espec\u00edficos estatales o europeos en materia de desarrollo, dinamizaci\u00f3n del medio rural y reto demogr\u00e1fico<\/p>\n<p>2.\u2003La Comisi\u00f3n se adscribe org\u00e1nicamente al departamento competente en materia de ordenaci\u00f3n del territorio, que prestar\u00e1 la asistencia t\u00e9cnica necesaria para la organizaci\u00f3n de sus reuniones y la gesti\u00f3n administrativa dimanante de sus acuerdos.<\/p>\n<p>3.\u2003La presidencia de la Comisi\u00f3n delegada del Gobierno para la pol\u00edtica territorial corresponde al Presidente del Gobierno de Arag\u00f3n, quien podr\u00e1 delegar su competencia a favor del Vicepresidente del Gobierno de Arag\u00f3n. Ser\u00e1n vicepresidentes de la Comisi\u00f3n las personas titulares de los departamentos competentes en materia de presidencia y de ordenaci\u00f3n del territorio.<\/p>\n<p>4.\u2003Formar\u00e1n parte de la Comisi\u00f3n, como vocales, los titulares de los departamentos competentes en las materias reguladas por esta ley.<\/p>\n<p>5.\u2003La Comisi\u00f3n delegada podr\u00e1 convocar a los responsables de otros departamentos cuando la materia objeto del orden del d\u00eda comprenda la pr\u00e1ctica totalidad de los sectores de la acci\u00f3n p\u00fablica. En tal caso se incorporar\u00e1n como vocales con categor\u00eda de director general los responsables que se designen.<\/p>\n<p>6.\u2003Actuar\u00e1 como secretario de la Comisi\u00f3n, con voz pero sin voto, la persona titular de la direcci\u00f3n general competente en materia de ordenaci\u00f3n del territorio.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a090.\u2003El Observatorio de dinamizaci\u00f3n demogr\u00e1fica y poblacional.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003El Observatorio aragon\u00e9s de dinamizaci\u00f3n demogr\u00e1fica y poblacional se configura como el \u00f3rgano asesor de las administraciones p\u00fablicas de la Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n para la incorporaci\u00f3n de la perspectiva demogr\u00e1fica y poblacional en las pol\u00edticas globales, sectoriales y locales. As\u00ed mismo, desarrollar\u00e1 tareas de seguimiento de los efectos de dichas pol\u00edticas en relaci\u00f3n con el reto demogr\u00e1fico y el medio rural.<\/p>\n<p>2.\u2003La presidencia del Observatorio corresponder\u00e1 a la persona titular del departamento de presidencia y relaciones institucionales y a la persona titular del departamento competente en materia de ordenaci\u00f3n del territorio, a quienes les corresponder\u00e1 la representaci\u00f3n del Observatorio para formalizar los acuerdos de colaboraci\u00f3n que puedan establecerse, as\u00ed como para la comunicaci\u00f3n con los \u00f3rganos administrativos de la Comunidad Aut\u00f3noma.<\/p>\n<p>3.\u2003El Observatorio celebrar\u00e1 una reuni\u00f3n ordinaria una vez al semestre y cuantas reuniones extraordinarias se consideren precisas a iniciativa de la presidencia o a propuesta de un tercio de sus miembros. Se establecer\u00e1n f\u00f3rmulas telem\u00e1ticas de participaci\u00f3n con todos los sectores que se determinen.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a091.\u2003Grupo t\u00e9cnico de dinamizaci\u00f3n econ\u00f3mica y social para el medio rural.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Se crea el grupo t\u00e9cnico de dinamizaci\u00f3n econ\u00f3mica y social para el medio rural adscrito a la Comisi\u00f3n delegada del Gobierno para la pol\u00edtica territorial con funciones de apoyo t\u00e9cnico para la elaboraci\u00f3n, dise\u00f1o y actuaciones relacionadas con la dinamizaci\u00f3n econ\u00f3mica y social previstas en esta ley, que ser\u00e1n implementadas por los departamentos de la Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma y sus entidades dependientes en funci\u00f3n de sus competencias.<\/p>\n<p>2.\u2003La composici\u00f3n y funcionamiento del grupo t\u00e9cnico, que se determinar\u00e1 reglamentariamente, incluir\u00e1 a personas o entidades designadas por la Comisi\u00f3n delegada para la pol\u00edtica territorial a propuesta de los departamentos conforme a su \u00e1mbito competencial. El grupo t\u00e9cnico de dinamizaci\u00f3n econ\u00f3mica y social para el medio rural cooperar\u00e1 con el Observatorio de dinamizaci\u00f3n demogr\u00e1fica y poblacional.<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO II<\/p>\n<p><strong>Operadores y agentes rurales<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a092.\u2003Agentes dinamizadores rurales.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Son operadores o agentes rurales las personas f\u00edsicas o jur\u00eddicas que trabajan en el \u00e1mbito del desarrollo y dinamizaci\u00f3n del medio rural, entre las que se incluyen las administraciones p\u00fablicas de la Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n, las entidades p\u00fablicas dependientes o vinculadas a ella, y las organizaciones y estructuras, p\u00fablicas o privadas que participen activamente, de forma directa o indirecta, en los procesos de promoci\u00f3n, dinamizaci\u00f3n y desarrollo rural de la Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n.<\/p>\n<p>2.\u2003A propuesta de la Comisi\u00f3n delegada para la pol\u00edtica territorial se impulsar\u00e1 la coordinaci\u00f3n de todos los operadores y agentes citados en el apartado anterior.<\/p>\n<p>3.\u2003Las administraciones p\u00fablicas proporcionar\u00e1n los recursos econ\u00f3micos, t\u00e9cnicos y humanos suficientes que permitan establecer los mecanismos de coordinaci\u00f3n para favorecer la cooperaci\u00f3n en proyectos, promover las sinergias e intercambios de buenas pr\u00e1cticas, evitar duplicidad de actuaciones y, en general, para el cumplimiento de las acciones previstas en esta ley.<\/p>\n<p>T\u00cdTULO VII<\/p>\n<p><strong>Financiaci\u00f3n de las pol\u00edticas de dinamizaci\u00f3n del medio rural y est\u00edmulos econ\u00f3micos<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a093.\u2003Marco presupuestario.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La financiaci\u00f3n de las medidas de dinamizaci\u00f3n del medio rural y de la lucha frente a la despoblaci\u00f3n reguladas en esta ley o en otros instrumentos normativos corresponde a la Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma, que complementar\u00e1 con los fondos europeos que sean de aplicaci\u00f3n conforme al desarrollo de las pol\u00edticas comunitarias, as\u00ed como con presupuestos de otras administraciones p\u00fablicas.<\/p>\n<p>2.\u2003El presupuesto de la Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n recoger\u00e1, en los t\u00e9rminos previstos en el art\u00edculo siguiente, los cr\u00e9ditos destinados, en cada una de las secciones y programas, a la puesta en marcha de las actuaciones previstas en los instrumentos de planificaci\u00f3n y reguladas en esta ley y, en todo caso, se identificar\u00e1n como orientados a la dinamizaci\u00f3n del medio rural.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a094.\u2003Ley de presupuestos.<\/strong><\/p>\n<p>El presupuesto de la Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n incluir\u00e1 un anexo espec\u00edfico que en cada ejercicio detallar\u00e1, a nivel comarcal, el importe destinado de los cap\u00edtulos IV, VI y VII del presupuesto de gastos a la finalidad prevista en esta ley. Del mismo modo, se dispondr\u00e1, en un tomo espec\u00edfico del proyecto de ley de presupuestos, de la relaci\u00f3n de partidas presupuestarias que conforman el citado anexo.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a095.\u2003Ayudas y subvenciones p\u00fablicas.<\/strong><\/p>\n<p>Los planes estrat\u00e9gicos de subvenciones de los departamentos de la Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma incorporar\u00e1n medidas de apoyo espec\u00edfico para los solicitantes de zonas rurales expresamente delimitadas en esta ley que podr\u00e1n consistir en:<\/p>\n<p>a)\u2003El establecimiento de l\u00edneas de ayudas espec\u00edficas para estas zonas.<\/p>\n<p>b)\u2003La reserva de una parte del cr\u00e9dito total de las convocatorias para proyectos procedentes de las zonas prioritarias marcadas en la ley. En el caso de que en una convocatoria de ayuda no se agotase la totalidad del cr\u00e9dito reservado para las zonas prioritarias, el cr\u00e9dito no utilizado podr\u00e1 destinarse a incrementar el destinado a proyectos desarrollados en el resto de territorio regional.<\/p>\n<p>c)\u2003Mayor intensidad de apoyo en ayudas y subvenciones cuando se trate de actividades de nueva creaci\u00f3n en el medio rural que resulten estrat\u00e9gicas para la Comunidad, regulando incrementos porcentuales de la intensidad de la ayuda, en funci\u00f3n del rango, nivel de desarrollo o de la funcionalidad del municipio o asentamiento.<\/p>\n<p>d)\u2003Otorgar puntuaci\u00f3n adicional en los procesos de concurrencia competitiva de manera gradual incrementando la puntuaci\u00f3n prevista en funci\u00f3n del nivel de desarrollo de la zona rural en la que tenga lugar la acci\u00f3n sometida a convocatoria conforme a los instrumentos previstos en el art\u00edculo\u00a021.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a096.\u2003Financiaci\u00f3n y apoyo para el trabajo aut\u00f3nomo y el emprendimiento en el medio rural.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Los diferentes mecanismos que el Gobierno de Arag\u00f3n tiene en materia de financiaci\u00f3n e inversi\u00f3n en el marco de la Ley\u00a07\/2019, de\u00a029 de marzo, deber\u00e1n contemplar de manera activa el trabajo aut\u00f3nomo y el emprendimiento en el medio rural, de manera que se facilite el acceso a la financiaci\u00f3n a trav\u00e9s de los instrumentos ya creados, y fortaleciendo espec\u00edficamente mecanismos de microfinanciaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Asimismo, se incentivar\u00e1n instrumentos de financiaci\u00f3n alternativa orient\u00e1ndolos espec\u00edficamente para proyectos del medio rural, como la microfinanciaci\u00f3n colectiva, la financiaci\u00f3n participada, el apadrinamiento inversor o empresarial o los fondos de capital semilla.<\/p>\n<p>2.\u2003El Gobierno de Arag\u00f3n, a trav\u00e9s de los departamentos competentes en materia de econom\u00eda y emprendimiento, desarrollar\u00e1 las medidas de impulso a la financiaci\u00f3n de proyectos empresariales de emprendedores, aut\u00f3nomos y microempresas, en particular, con las acciones siguientes:<\/p>\n<p>a)\u2003Promover acuerdos peri\u00f3dicos con distintas entidades preferentemente p\u00fablicas, de \u00e1mbito estatal o europeo, para posibilitar el acceso al cr\u00e9dito a los emprendedores, aut\u00f3nomos y microempresas.<\/p>\n<p>b)\u2003Crear l\u00edneas de pr\u00e9stamos, incluidos los participativos y los microcr\u00e9ditos, en su caso, con financiaci\u00f3n p\u00fablica, dirigidas a apoyar proyectos de emprendedores, aut\u00f3nomos y microempresas.<\/p>\n<p>Se promover\u00e1n principalmente los microcr\u00e9ditos a mujeres, j\u00f3venes, mayores de cuarenta y cinco a\u00f1os, migrantes, personas con discapacidad, desempleados de larga duraci\u00f3n y personas en situaci\u00f3n o riesgo de exclusi\u00f3n social que no tengan acceso a otro tipo de financiaci\u00f3n, dando prioridad a la econom\u00eda social y aquellos cuya actividad econ\u00f3mica est\u00e9 centrada en el sector social, agroalimentario, ambiental, forestal, cultural y digital del medio rural o en otros servicios b\u00e1sicos para la poblaci\u00f3n rural.<\/p>\n<p>c)\u2003Propiciar y colaborar con plataformas tecnol\u00f3gicas aragonesas de\u00a0<em>crowdfunding<\/em>\u00a0que permitan la aportaci\u00f3n econ\u00f3mica por parte de particulares y entidades a los nuevos proyectos de emprendimiento de trabajo aut\u00f3nomo, de conformidad con lo previsto para las plataformas de financiaci\u00f3n participativa en la Ley\u00a05\/2015, de\u00a027 de abril, de fomento de la financiaci\u00f3n empresarial.<\/p>\n<p>A tal efecto, la Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma considerar\u00e1 el\u00a0<em>crowdfunding<\/em>\u00a0rural como un m\u00e9todo innovador de financiaci\u00f3n dentro del cat\u00e1logo de l\u00edneas de trabajo habituales de las entidades p\u00fablicas como el Instituto Aragon\u00e9s de Fomento o la Sociedad para el Desarrollo Industrial de Arag\u00f3n, SA.<\/p>\n<p>Asimismo, la Administraci\u00f3n de la Comunidad Aut\u00f3noma deber\u00e1 asegurar la informaci\u00f3n adecuada sobre los riesgos de la inversi\u00f3n en la financiaci\u00f3n colectiva, recordar los l\u00edmites al volumen que cada proyecto puede captar a trav\u00e9s de una plataforma de financiaci\u00f3n participativa, as\u00ed como los l\u00edmites a la inversi\u00f3n m\u00e1xima que un inversor no acreditado puede realizar, fijando las obligaciones de informaci\u00f3n para que toda decisi\u00f3n de inversi\u00f3n haya podido ser debidamente razonada y requiriendo al inversor que manifieste que ha sido adecuadamente advertido de los riesgos.<\/p>\n<p>d)\u2003Facilitar para los proyectos que se desarrollen en el \u00e1mbito de zona rural, seg\u00fan lo dispuesto en el t\u00edtulo II, el acceso al cr\u00e9dito procedente de sociedades de garant\u00eda rec\u00edproca de Arag\u00f3n, dando lugar a l\u00edneas espec\u00edficas de avales para la financiaci\u00f3n de emprendedores, aut\u00f3nomos y para micro y peque\u00f1as empresas, en sus diferentes fases de creaci\u00f3n, consolidaci\u00f3n, internacionalizaci\u00f3n o restructuraci\u00f3n.<\/p>\n<p>e)\u2003Estudiar la creaci\u00f3n de instrumentos de capital riesgo y financiaci\u00f3n preferentemente p\u00fablica o en su defecto p\u00fablico-privada, en el \u00e1mbito del capital semilla, dirigidos a invertir en empresas en fases iniciales, con un alto potencial de creaci\u00f3n de valor y un elevado componente innovador y con condiciones laborales dignas.<\/p>\n<p>f)\u2003Facilitar a los emprendedores aut\u00f3nomos y microempresas a trav\u00e9s del Instituto Aragon\u00e9s de Fomento el an\u00e1lisis y asesoramiento necesarios sobre las fuentes de financiaci\u00f3n m\u00e1s adecuadas a cada proyecto.<\/p>\n<p>g)\u2003Impulsar programas de aprendizaje que, en desarrollo de la Ley\u00a02\/2019, de\u00a021 de febrero, de aprendizaje a lo largo de la vida adulta en la Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n, faciliten la prolongaci\u00f3n o complemento de la educaci\u00f3n en las escuelas, institutos y universidades para abrir nuevas perspectivas de aprendizaje formal e informal encaminadas al emprendimiento en el medio rural y opciones de segunda oportunidad laboral y empresarial.<\/p>\n<p>3.\u2003En este \u00e1mbito, se facilitar\u00e1 el acceso a emprendedores, aut\u00f3nomos y microempresas a las diferentes l\u00edneas de financiaci\u00f3n espec\u00edficas para proyectos rurales desarrolladas por la empresa p\u00fablica auton\u00f3mica Sociedad para el Desarrollo Industrial de Arag\u00f3n, SA\u00a0(SODIAR), y por la mercantil participada Avalia Arag\u00f3n, SGR.<\/p>\n<p>4.\u2003En la ejecuci\u00f3n de estas acciones se priorizar\u00e1n en las l\u00edneas anteriormente mencionadas los proyectos emprendedores con especial potencial de valor a\u00f1adido, tecnol\u00f3gico e innovador; los proyectos con especial implicaci\u00f3n de personas con discapacidad, mujeres, personas en riesgo de exclusi\u00f3n, o iniciativas emprendedoras con especial proyecci\u00f3n internacional en el medio rural<\/p>\n<p>5.\u2003El Gobierno determinar\u00e1, en el presupuesto de la Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n, las dotaciones oportunas para la financiaci\u00f3n de los emprendedores, aut\u00f3nomos, microempresas y de econom\u00eda social, conforme a las medidas descritas en el apartado\u00a02 y dem\u00e1s previstas en esta ley.<\/p>\n<p>6.\u2003Se promover\u00e1 la creaci\u00f3n de fondos e instrumentos espec\u00edficos tanto para el fomento de la actividad emprendedora en el medio rural como para el mantenimiento de las estructuras ya creadas y para la reestructuraci\u00f3n de los negocios en dificultades financieras, al objeto de reorientar su actividad a sectores de mayor valor a\u00f1adido, en zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblaci\u00f3n<\/p>\n<p>7.\u2003El Gobierno de Arag\u00f3n impulsar\u00e1 un sistema de bonos de impacto rural que permita apoyar econ\u00f3micamente intervenciones innovadoras que solucionen problemas rurales concretos. Estos bonos se tramitar\u00e1n mediante acuerdos de financiaci\u00f3n por resultados entre la Administraci\u00f3n p\u00fablica y los emprendedores rurales, al objeto de apoyar las innovaciones dirigidas a solventar necesidades sociales y econ\u00f3micas en las zonas rurales delimitadas en esta ley.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a097.\u2003Bonificaciones para el acceso a determinados servicios.<\/strong><\/p>\n<p>La Comunidad Aut\u00f3noma promover\u00e1 mecanismos de colaboraci\u00f3n con las entidades locales para que los habitantes de municipios con problemas de exclusi\u00f3n y accesibilidad a determinados servicios cuenten con sistemas preferenciales bonificados o con descuentos para acceder a las diversas actividades de ocio, cultura, cine, comercio, movilidad, instalaciones deportivas u otras oportunidades y servicios de los entornos urbanos.<\/p>\n<p>T\u00cdTULO VIII<\/p>\n<p><strong>Fiscalidad diferenciada<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a098.\u2003Incentivos fiscales.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003El Gobierno de Arag\u00f3n, al objeto de contribuir a la dinamizaci\u00f3n de la econom\u00eda y a la fijaci\u00f3n de la poblaci\u00f3n en el medio rural de la Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n, adoptar\u00e1 un conjunto de medidas de incentivos y beneficios fiscales para el establecimiento de un r\u00e9gimen de fiscalidad diferenciada espec\u00edfico de los asentamientos de car\u00e1cter rural a que se refiere el art\u00edculo\u00a028, especialmente, en los \u00e1mbitos que afectan a la natalidad, la dependencia, la vivienda y el emprendimiento.<\/p>\n<p>Los incentivos y beneficios fiscales que se adopten tendr\u00e1n en cuenta el principio de progresividad en relaci\u00f3n con la capacidad contributiva de las personas f\u00edsicas y jur\u00eddicas, as\u00ed como su necesaria contribuci\u00f3n al sostenimiento de los servicios p\u00fablicos.<\/p>\n<p>2.\u2003Las medidas fiscales as\u00ed adoptadas se insertar\u00e1n en el marco normativo de la legislaci\u00f3n dictada por la Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n en materia de tributos cedidos.<\/p>\n<p>3.\u2003Para la implementaci\u00f3n de este r\u00e9gimen de fiscalidad diferenciada podr\u00e1 establecerse un sistema gradual con diferentes escalas o niveles de beneficios fiscales, teniendo en cuenta el sistema de clasificaci\u00f3n de los asentamientos rurales y el \u00edndice sint\u00e9tico de desarrollo territorial, al objeto de favorecer una mayor incidencia de la incentivaci\u00f3n fiscal en aquellos asentamientos m\u00e1s afectados por graves problemas demogr\u00e1ficos o con indicadores negativos de desarrollo.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional primera.\u2003Clasificaci\u00f3n de las zonas rurales y criterios de adaptaci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003El departamento competente en materia de ordenaci\u00f3n del territorio publicar\u00e1 anualmente los criterios de adaptaci\u00f3n de la clasificaci\u00f3n de los asentamientos rurales a las que hace referencia el art\u00edculo\u00a023, con el fin de mantener la coherencia y alineaci\u00f3n con el acuerdo de aplicaci\u00f3n del mapa regional de ayudas del Gobierno de Espa\u00f1a, la clasificaci\u00f3n de las unidades territoriales estad\u00edsticas (NUTS) y con la normativa nacional de aplicaci\u00f3n en el \u00e1mbito del reto demogr\u00e1fico.<\/p>\n<p>2.\u2003En todo caso, el Gobierno de Arag\u00f3n impulsar\u00e1 y priorizar\u00e1 la comarca como unidad territorial inferior a la provincia (NUTS\u00a03) y como espacio geogr\u00e1fico, en su caso, susceptible de incorporar las ayudas previstas y aprobadas por las Directrices sobre ayudas estatales de finalidad regional para el periodo\u00a02022-2027.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional segunda.\u2003Programa territorio emprendedor de Arag\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Las bases del programa territorio emprendedor de Arag\u00f3n ser\u00e1n desarrolladas por el Instituto Aragon\u00e9s de Fomento en el plazo m\u00e1ximo de un a\u00f1o desde la aprobaci\u00f3n de esta ley.<\/p>\n<p>2.\u2003El compromiso de la entidad local se plasmar\u00e1 a trav\u00e9s de un acuerdo de colaboraci\u00f3n con el Instituto Aragon\u00e9s de Fomento en el que se implementar\u00e1n f\u00f3rmulas de colaboraci\u00f3n tendentes a la promoci\u00f3n de medidas locales dirigidas a incentivar la actividad empresarial de los emprendedores y pymes, para conformar un entorno propicio para la creaci\u00f3n y consolidaci\u00f3n de las iniciativas.<\/p>\n<p>3.\u2003La declaraci\u00f3n de territorio emprendedor de Arag\u00f3n ser\u00e1 un criterio general de valoraci\u00f3n que, sin perjuicio de los criterios espec\u00edficos que para cada modalidad de subvenci\u00f3n se establezcan, servir\u00e1 de fundamento para la motivaci\u00f3n de las resoluciones de los procedimientos de concesi\u00f3n de subvenciones y ayudas p\u00fablicas en las que dichos municipios participen, siempre que sean compatibles con la tipolog\u00eda de las acciones subvencionables o la naturaleza de los programas a ejecutar.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional tercera.\u2003Bonos de impacto rural.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003El sistema de bonos de impacto rural previsto en el art\u00edculo\u00a096.7 establecer\u00e1 en cada convocatoria unos retos generales a los que se enfrenta el medio rural aragon\u00e9s o espec\u00edficos de determinadas zonas rurales y solicitar\u00e1 las ideas y propuestas de los emprendedores para resolverlas.<\/p>\n<p>2.\u2003Las propuestas seleccionadas contar\u00e1n con apoyo t\u00e9cnico a nivel de infraestructuras, asesoramiento y formaci\u00f3n y apoyo econ\u00f3mico para el desarrollo de la soluci\u00f3n propuesta. Todos los apoyos aportados por la Administraci\u00f3n configurar\u00e1n el bono de impacto rural.<\/p>\n<p>3.\u2003Los retos se plantear\u00e1n por la Comisi\u00f3n delegada del Gobierno para la pol\u00edtica territorial y pivotar\u00e1n sobre necesidades del medio rural en educaci\u00f3n y formaci\u00f3n, movilidad, agroalimentaci\u00f3n, vivienda sostenible, salud y bienestar, tecnolog\u00eda y comunicaciones, turismo, cultura y deporte, energ\u00eda sostenible, innovaci\u00f3n rural.<\/p>\n<p>4.\u2003Las convocatorias de retos, la instrumentaci\u00f3n de los bonos de impacto rural y el seguimiento y tutorizaci\u00f3n de los proyectos se realizar\u00e1n a trav\u00e9s del Instituto Aragon\u00e9s de Fomento.<\/p>\n<p>5.\u2003La primera convocatoria deber\u00e1 ser realizada en el plazo de un a\u00f1o desde la entrada en vigor de esta ley.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional cuarta.\u2003Plataforma en l\u00ednea para la prestaci\u00f3n de servicios de informaci\u00f3n y asesoramiento.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La plataforma en l\u00ednea prevista en el art\u00edculo\u00a036.a) se implementar\u00e1 a partir de los servicios de asesoramiento a emprendedores, aut\u00f3nomos y empresas del Instituto Aragon\u00e9s de Fomento y deber\u00e1 configurarse en el marco de la plataforma de emprendimiento y del trabajo aut\u00f3nomo prevista en la Ley\u00a07\/2019, de\u00a029 de marzo.<\/p>\n<p>2.\u2003As\u00ed mismo, se incluir\u00e1 en esta plataforma la prevista para la red de mujeres emprendedoras en el medio rural que figura en el art\u00edculo\u00a079.j) y el mapa interactivo de mujeres emprendedoras que se indica en el art\u00edculo\u00a079.k).<\/p>\n<p>3.\u2003El dise\u00f1o y puesta en marcha del banco digital de ideas, proyectos y oportunidades del medio rural en Arag\u00f3n que figura en el art\u00edculo\u00a036.j) se desarrollar\u00e1 e incluir\u00e1 asimismo en la plataforma.<\/p>\n<p>4.\u2003Una vez puesta en funcionamiento la plataforma de emprendimiento y del trabajo aut\u00f3nomo prevista en la Ley\u00a07\/2019, de\u00a029 de marzo, el Instituto Aragon\u00e9s de Fomento estudiar\u00e1, dise\u00f1ar\u00e1 y ejecutar\u00e1 la prevista en esta ley y los servicios conexos, en un plazo m\u00e1ximo de un a\u00f1o desde la entrada en vigor de esta ley.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional quinta.\u2003Programa de relevo generacional.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003El Programa de relevo generacional para la transmisi\u00f3n y estabilidad de negocios intergeneracionales previsto en el art\u00edculo\u00a036.d) se desarrollar\u00e1 vinculado a los programas de sucesi\u00f3n, traspaso de negocios y continuidad empresarial implementados por el Instituto Aragon\u00e9s de Fomento y las iniciativas que en el mismo sentido desarrollan las C\u00e1maras Oficiales de Comercio e Industria aragonesas y las organizaciones empresariales.<\/p>\n<p>2.\u2003Este programa deber\u00e1 implementarse en el plazo de un a\u00f1o desde la entrada en vigor de esta ley.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional sexta.\u2003Plan de digitalizaci\u00f3n en el medio rural.<\/strong><\/p>\n<p>El Gobierno de Arag\u00f3n, a trav\u00e9s de los departamentos y organismos con competencias en la materia, dise\u00f1ar\u00e1, elaborar\u00e1 e implementar\u00e1 un plan de digitalizaci\u00f3n en el medio rural para promover la comercializaci\u00f3n en l\u00ednea de productos y servicios en el medio rural en el plazo de un a\u00f1o desde la entrada en vigor de esta ley.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional s\u00e9ptima.\u2003Academia rural digital.<\/strong><\/p>\n<p>El Gobierno de Arag\u00f3n, a trav\u00e9s de los organismos y entidades p\u00fablicas especializadas en formaci\u00f3n ocupacional y especializadas en formaci\u00f3n empresarial, pondr\u00e1 en marcha el proyecto Academia rural digital que se contempla en el art\u00edculo\u00a036.h). El dise\u00f1o de este proyecto deber\u00e1 iniciarse en el plazo de un a\u00f1o desde la entrada en vigor de esta ley.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional octava.\u2003Laboratorios de innovaci\u00f3n rural.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003En el plazo de un a\u00f1o desde la entrada en vigor de esta ley, el grupo t\u00e9cnico de dinamizaci\u00f3n econ\u00f3mica y social para el medio rural, que se indica en el art\u00edculo\u00a091, deber\u00e1 definir los objetivos y retos territoriales sobre los que deber\u00e1n elaborar propuestas de intervenci\u00f3n los laboratorios de innovaci\u00f3n rural previstos en el art\u00edculo\u00a036.\u00f1).<\/p>\n<p>2.\u2003As\u00ed mismo, el grupo t\u00e9cnico definir\u00e1 a trav\u00e9s de qu\u00e9 organismos y entidades del Gobierno de Arag\u00f3n se crear\u00e1n y ejecutar\u00e1n dichos laboratorios, as\u00ed como el n\u00famero de ellos en cada ejercicio presupuestario.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional novena.\u2003Programa de gesti\u00f3n territorial de dinamizaci\u00f3n econ\u00f3mica y social para el medio rural.<\/strong><\/p>\n<p>La Comisi\u00f3n delegada del Gobierno para la pol\u00edtica territorial, en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta ley, iniciar\u00e1 el procedimiento para la elaboraci\u00f3n del Programa de gesti\u00f3n territorial de dinamizaci\u00f3n econ\u00f3mica y social para el medio rural y designar\u00e1 el grupo t\u00e9cnico que lo desarrollar\u00e1.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional d\u00e9cima.\u2003Desarrollo del estudio de los pol\u00edgonos industriales existentes en el medio rural aragon\u00e9s.<\/strong><\/p>\n<p>En el plazo de\u00a02 a\u00f1os desde la entrada en vigor de esta ley, deber\u00e1 elaborarse el estudio de los pol\u00edgonos industriales existentes en el medio rural aragon\u00e9s conforme a lo dispuesto en el art\u00edculo\u00a048.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n transitoria primera.\u2003Entidad local de car\u00e1cter metropolitano.<\/strong><\/p>\n<p>Mientras no se constituya una entidad local de car\u00e1cter metropolitano, se tomar\u00e1 como referencia para caracterizar los asentamientos de car\u00e1cter rural ubicados en espacios metropolitanos todos aquellos incluidos en los municipios pertenecientes al Consorcio de Transportes del \u00c1rea de Zaragoza.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n transitoria segunda.\u2003Revisi\u00f3n de directrices zonales y programas de gesti\u00f3n territorial vigentes.<\/strong><\/p>\n<p>El procedimiento de revisi\u00f3n de las directrices zonales y de los correspondientes programas de gesti\u00f3n territorial que se encuentren vigentes a la entrada en vigor de esta ley se iniciar\u00e1 dentro del a\u00f1o siguiente al de dicha fecha.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n derogatoria \u00fanica.\u2003Derogaci\u00f3n normativa.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Quedan derogadas las siguientes disposiciones:<\/p>\n<p>\u2013\u2002El art\u00edculo\u00a03 del Decreto\u00a0101\/1999, de\u00a03 de septiembre, del Gobierno de Arag\u00f3n, por el que se crea la Comisi\u00f3n Delegada del Gobierno de Arag\u00f3n para la Pol\u00edtica Territorial.<\/p>\n<p>\u2013\u2002El art\u00edculo\u00a07 y el apartado\u00a01 del art\u00edculo\u00a09 del Decreto\u00a071\/2018, de\u00a024 de abril, por el que se crea y regula el Observatorio Aragon\u00e9s de Dinamizaci\u00f3n Demogr\u00e1fica y Poblacional.<\/p>\n<p>2.\u2003Quedan asimismo derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a esta ley.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n final primera.\u2003Modificaci\u00f3n del texto refundido de la Ley de Ordenaci\u00f3n del Territorio de Arag\u00f3n, aprobado por Decreto Legislativo\u00a02\/2015, de\u00a017 de noviembre, del Gobierno de Arag\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>Uno.\u2003Se a\u00f1ade la letra c) al apartado\u00a02 del art\u00edculo\u00a022, con el siguiente contenido:<\/p>\n<p>\u00abc)\u2003Un apartado espec\u00edfico que haga referencia a todos los instrumentos de planificaci\u00f3n con incidencia en el \u00e1mbito territorial de las directrices, as\u00ed como una relaci\u00f3n de los agentes dinamizadores rurales que tengan una relevancia significativa en el desarrollo territorial de dicho \u00e1mbito\u00bb.<\/p>\n<p>Dos.\u2003Se a\u00f1ade la letra g) al apartado\u00a02 del art\u00edculo\u00a028, con el siguiente contenido:<\/p>\n<p>\u00abg)\u2003Las actuaciones previstas por los agentes territoriales que act\u00faen sobre el \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n de los mismos. A estos efectos se deber\u00e1 tener en consideraci\u00f3n el contenido de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo, as\u00ed como los Planes de Zona que estuvieran vigentes en el momento de su redacci\u00f3n\u00bb.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n final segunda.\u2003Modificaci\u00f3n del texto refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto Legislativo\u00a01\/2005, de\u00a026 de septiembre, del Gobierno de Arag\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>Se modifica el cap\u00edtulo VI del t\u00edtulo I del texto refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n en materia de tributos cedidos, aprobado por Decreto Legislativo\u00a01\/2005, de\u00a026 de septiembre, del Gobierno de Arag\u00f3n, con la siguiente redacci\u00f3n:<\/p>\n<p>\u00abCAP\u00cdTULO VI<\/p>\n<p><strong>R\u00e9gimen Especial de Fiscalidad Diferenciada del Medio Rural de Arag\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a0160-1.\u2003R\u00e9gimen especial de fiscalidad diferenciada.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Se establece un r\u00e9gimen de fiscalidad diferenciada en los impuestos sobre la Renta de las Personas F\u00edsicas, sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jur\u00eddicos Documentados y sobre Sucesiones y Donaciones en consideraci\u00f3n del sistema de asentamientos de Arag\u00f3n y el \u00edndice sint\u00e9tico de desarrollo territorial, al objeto de contribuir a la dinamizaci\u00f3n de la econom\u00eda rural y a la fijaci\u00f3n de la poblaci\u00f3n en el medio rural de la Comunidad Aut\u00f3noma de Arag\u00f3n.<\/p>\n<p>2.\u2003Con car\u00e1cter general, los beneficios del r\u00e9gimen especial de fiscalidad diferenciada establecidos en los art\u00edculos siguientes se aplicar\u00e1n a personas y bienes que residan o se hallen radicados en alguna de las dos categor\u00edas siguientes y siempre que les corresponda un valor inferior a\u00a0100 en el \u00cdndice Sint\u00e9tico de Desarrollo Territorial elaborado conforme a la Estrategia de Ordenaci\u00f3n Territorial de Arag\u00f3n:<\/p>\n<p>\u2013 Asentamientos rurales con alto riesgo de despoblaci\u00f3n, que incluyen a los asentamientos que pertenecen a los Rangos VIII y IX de la estructura del sistema de asentamientos de Arag\u00f3n.<\/p>\n<p>\u2013 Asentamientos rurales con riesgo extremo de despoblaci\u00f3n, que incluyen a los asentamientos que pertenecen al Rango X de la estructura del sistema de asentamientos de Arag\u00f3n.<\/p>\n<p>No obstante, el beneficio establecido en el apartado\u00a08 del art\u00edculo\u00a0160-2 se aplicar\u00e1 a quienes, durante el tiempo establecido en el apartado\u00a03 de este art\u00edculo, residan en asentamientos rurales con riesgo extremo de despoblaci\u00f3n, que incluyen a los asentamientos que pertenecen al Rango X de la estructura del sistema de asentamientos de Arag\u00f3n.<\/p>\n<p>3.\u2003Podr\u00e1 acogerse a este r\u00e9gimen especial quien tenga su residencia habitual, durante el a\u00f1o natural en que se devengue la correspondiente obligaci\u00f3n tributaria y en los cuatro siguientes, en alguno de los asentamientos rurales contemplados en el apartado\u00a02 de este art\u00edculo. En el supuesto de un matrimonio que opte por la tributaci\u00f3n conjunta, este requisito se entender\u00e1 cumplido cuando esta circunstancia concurra en cualquiera de los c\u00f3nyuges.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de lo previsto en el p\u00e1rrafo anterior, deber\u00e1n cumplirse las condiciones que se establecen a continuaci\u00f3n en los siguientes supuestos:<\/p>\n<p>1.\u00ba\u2003Cuando el beneficio fiscal se reconozca en funci\u00f3n de la adquisici\u00f3n o mantenimiento de un determinado bien, si se trata de un inmueble, el mismo deber\u00e1 radicar asimismo en alguno de los citados asentamientos rurales. Si la adquisici\u00f3n o mantenimiento se refiriese a bienes afectos a una actividad empresarial o profesional, la mayor parte del inmovilizado material de la misma deber\u00e1 radicar en dichos asentamientos.<\/p>\n<p>2.\u00ba\u2003Cuando el beneficio fiscal se reconozca en funci\u00f3n de su destino al inicio de una actividad empresarial o profesional, la mayor parte del inmovilizado material de dicha actividad deber\u00e1 radicar en uno de los asentamientos rurales contemplados en este art\u00edculo.<\/p>\n<p>4.\u2003Con car\u00e1cter exclusivo respecto de los beneficios que se reconozcan en funci\u00f3n de la adquisici\u00f3n de inmuebles o que atiendan a que los bienes adquiridos se destinen al inicio de una actividad empresarial o profesional, podr\u00e1n igualmente acogerse a este r\u00e9gimen especial quienes, adem\u00e1s de las condiciones del apartado anterior referidas a la ubicaci\u00f3n de los inmuebles o del inmovilizado material, trasladen su residencia habitual a alguno de los asentamientos rurales contemplados en el apartado\u00a02 de este art\u00edculo y la mantengan durante un plazo de cuatro a\u00f1os, contados a partir del momento de la adquisici\u00f3n del inmueble o de aquel en que se destine lo obtenido a la adquisici\u00f3n de activos afectos a la actividad econ\u00f3mica respectivamente.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a0160-2.\u2003Beneficios fiscales en el Impuesto sobre la Renta de las Personas F\u00edsicas.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Deducci\u00f3n de la cuota \u00edntegra auton\u00f3mica del impuesto por nacimiento o adopci\u00f3n del tercer hijo o sucesivos.<\/p>\n<p>La deducci\u00f3n prevista en el art\u00edculo\u00a0110-2 de este texto refundido se incrementar\u00e1 un\u00a020 por\u00a0100 cuando resulte aplicable el r\u00e9gimen de fiscalidad diferenciada.<\/p>\n<p>2.\u2003Deducci\u00f3n de la cuota \u00edntegra auton\u00f3mica del impuesto en atenci\u00f3n al grado de discapacidad de alguno de los hijos.<\/p>\n<p>La deducci\u00f3n prevista en el art\u00edculo\u00a0110-3 de este texto refundido se incrementar\u00e1 un\u00a020 por\u00a0100 cuando resulte aplicable el r\u00e9gimen de fiscalidad diferenciada.<\/p>\n<p>3.\u2003Deducci\u00f3n de la cuota \u00edntegra auton\u00f3mica para las adopciones internacionales.<\/p>\n<p>La deducci\u00f3n prevista en el art\u00edculo\u00a0110-4 de este texto refundido se incrementar\u00e1 un\u00a020 por\u00a0100 cuando resulte aplicable el r\u00e9gimen de fiscalidad diferenciada.<\/p>\n<p>4.\u2003Deducci\u00f3n de la cuota \u00edntegra auton\u00f3mica del impuesto por el cuidado de personas dependientes.<\/p>\n<p>La deducci\u00f3n prevista en el art\u00edculo\u00a0110-5 de este texto refundido ser\u00e1 de\u00a0300 euros cuando resulte aplicable el r\u00e9gimen de fiscalidad diferenciada.<\/p>\n<p>5.\u2003Deducci\u00f3n de la cuota \u00edntegra auton\u00f3mica del impuesto por adquisici\u00f3n o rehabilitaci\u00f3n de vivienda habitual en n\u00facleos rurales o an\u00e1logos.<\/p>\n<p>La deducci\u00f3n prevista en el art\u00edculo\u00a0110-10 de este texto refundido ser\u00e1 del\u00a07,5 por\u00a0100 cuando resulte aplicable el r\u00e9gimen de fiscalidad diferenciada.<\/p>\n<p>6.\u2003Deducci\u00f3n de la cuota \u00edntegra auton\u00f3mica del impuesto por adquisici\u00f3n de libros de texto y material escolar.<\/p>\n<p>6.1\u2003La deducci\u00f3n prevista en el punto\u00a02.1 del art\u00edculo\u00a0110-11 de este texto refundido se incrementar\u00e1 un\u00a020 por\u00a0100 cuando resulte aplicable el r\u00e9gimen de fiscalidad diferenciada.<\/p>\n<p>6.2\u2003La deducci\u00f3n prevista en el punto\u00a02.2 del art\u00edculo\u00a0110-11 de este texto refundido se incrementar\u00e1 un\u00a020 por\u00a0100 cuando resulte aplicable el r\u00e9gimen de fiscalidad diferenciada.<\/p>\n<p>7.\u2003Deducci\u00f3n de la cuota \u00edntegra auton\u00f3mica del impuesto por gastos de guarder\u00eda de hijos menores de\u00a03 a\u00f1os.<\/p>\n<p>Los l\u00edmites establecidos en el art\u00edculo\u00a0110-17 de este texto refundido se incrementar\u00e1n un\u00a020 por\u00a0100 cuando resulte aplicable el r\u00e9gimen de fiscalidad diferenciada.<\/p>\n<p>8.\u2003Deducci\u00f3n de la cuota \u00edntegra auton\u00f3mica del impuesto por residencia en determinados municipios.<\/p>\n<p>Los contribuyentes a los que se refiere el \u00faltimo p\u00e1rrafo del apartado\u00a02 del art\u00edculo\u00a0160-1 de este texto refundido podr\u00e1n deducir\u00a0600 euros de la cuota \u00edntegra auton\u00f3mica del impuesto si la suma de su base liquidable general y de la base liquidable del ahorro es inferior a\u00a035.000 euros en declaraciones individuales, e inferior a\u00a050.000 euros en declaraciones conjuntas, siempre que la base imponible del ahorro, sea cual sea la modalidad de declaraci\u00f3n, no supere los\u00a04.000 euros. En el supuesto de tributaci\u00f3n conjunta, la cuant\u00eda de la deducci\u00f3n ser\u00e1 aplicable por cada uno de los contribuyentes que cumpla los requisitos establecidos.<\/p>\n<p>9.\u2003Las medidas contenidas en este art\u00edculo ser\u00e1n de aplicaci\u00f3n desde el\u00a01 de enero de\u00a02023.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a0160-3.\u2003Beneficios fiscales en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jur\u00eddicos Documentados.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Bonificaci\u00f3n en cuota aplicable a la adquisici\u00f3n de vivienda habitual por familias numerosas.<\/p>\n<p>Cuando, concurriendo las circunstancias y requisitos se\u00f1alados en el art\u00edculo\u00a0121-5 de este texto refundido, resulte aplicable el r\u00e9gimen especial de fiscalidad diferenciada, el importe de la bonificaci\u00f3n en las transmisiones de aquellos inmuebles que vayan a constituir la vivienda habitual de una familia numerosa ser\u00e1 del\u00a060 por\u00a0100.<\/p>\n<p>2.\u2003Tipo reducido aplicable a la adquisici\u00f3n de inmuebles para iniciar una actividad econ\u00f3mica.<\/p>\n<p>Cuando, concurriendo las circunstancias y requisitos se\u00f1alados en el art\u00edculo\u00a0121-11 de este texto refundido, resulte aplicable el r\u00e9gimen especial de fiscalidad diferenciada, el tipo de gravamen aplicable a las adquisiciones onerosas de inmuebles que se afecten como inmovilizado material al inicio de una actividad econ\u00f3mica ser\u00e1 del\u00a00,75 por\u00a0100.<\/p>\n<p>3.\u2003Bonificaci\u00f3n en cuota aplicable a la adquisici\u00f3n de vivienda habitual por familias numerosas.<\/p>\n<p>Cuando, cumpli\u00e9ndose las circunstancias y requisitos se\u00f1alados en el art\u00edculo\u00a0122-3 de este texto refundido, resulte aplicable el r\u00e9gimen especial de fiscalidad diferenciada, la cuota tributaria del concepto \u00abActos jur\u00eddicos documentados\u00bb en las primeras copias de escrituras que documenten las transmisiones de bienes inmuebles que vayan a constituir la vivienda habitual de una familia numerosa, se obtendr\u00e1 aplicando una bonificaci\u00f3n del\u00a070 por\u00a0100.\u00bb<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n final tercera.\u2003Desarrollo reglamentario.<\/strong><\/p>\n<p>Se autoriza al Gobierno de Arag\u00f3n para dictar las disposiciones reglamentarias necesarias en desarrollo y aplicaci\u00f3n de esta ley.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n final cuarta.\u2003Entrada en vigor.<\/strong><\/p>\n<p>Esta ley entrar\u00e1 en vigor el d\u00eda siguiente al de su publicaci\u00f3n en el \u00abBolet\u00edn Oficial de Arag\u00f3n\u00bb.<\/p>\n<p>Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a los que sea de aplicaci\u00f3n esta Ley, que la cumplan, y a los tribunales y autoridades a los que corresponda, que la hagan cumplir.<\/p>\n<p>Zaragoza, 30 de marzo de\u00a02023.\u2013El Presidente de Arag\u00f3n, Javier Lamb\u00e1n Monta\u00f1\u00e9s.<\/p>\n<p><em>(Publicada en el \u00abBolet\u00edn Oficial de Arag\u00f3n\u00bb n\u00famero\u00a072, de\u00a017 de abril de\u00a02023)<\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Ley 13\/2023, de 30 de marzo, de dinamizaci\u00f3n del medio rural de Arag\u00f3n.<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[4,3045],"tags":[],"class_list":["post-19432","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-novedades-normativas","category-organizacion-municipal"],"acf":[],"yoast_head":"<!-- This site is optimized with the Yoast SEO plugin v28.6 - 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