{"id":20096,"date":"2024-03-15T09:44:53","date_gmt":"2024-03-15T09:44:53","guid":{"rendered":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=20096"},"modified":"2026-09-30T09:18:46","modified_gmt":"2026-09-30T09:18:46","slug":"subbvenciones-para-investigacion-en-seguridad","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=20096","title":{"rendered":"SUBBVENCIONES PARA INVESTIGACION EN SEGURIDAD"},"content":{"rendered":"<p><span style=\"font-size: 14pt;\"><strong>Orden INT\/247\/2024, de 13 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesi\u00f3n de subvenciones otorgadas por el Centro Universitario de la Guardia Civil, destinadas a financiar la realizaci\u00f3n de actividades de investigaci\u00f3n en el \u00e1mbito de la seguridad y actividades que promuevan la cultura de seguridad.<\/strong><\/span><!--more--><\/p>\n<p>Estos Documentos, con los que puedan modificar o acompa\u00f1ar y su texto \u00edntegro, se han incorporado a los contenidos ya existentes en el siguiente T\u00cdTULO publicado y a su disposici\u00f3n:<br \/>\n<a href=\"https:\/\/dappeditorial.es\/seguridad-publica-y-seguridad-vial\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"><img decoding=\"async\" class=\"alignnone wp-image-6253 size-full\" src=\"https:\/\/normativamunicipal.com\/wp-content\/uploads\/2020\/12\/logo-seguridad-blog.png\" alt=\"\" width=\"339\" height=\"56\" srcset=\"https:\/\/normativamunicipal.com\/wp-content\/uploads\/2020\/12\/logo-seguridad-blog.png 339w, https:\/\/normativamunicipal.com\/wp-content\/uploads\/2020\/12\/logo-seguridad-blog-300x50.png 300w\" sizes=\"(max-width: 339px) 100vw, 339px\" \/><\/a>&gt;<a href=\"https:\/\/dappeditorial.es\/recordatorio-de-claves\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"><img decoding=\"async\" class=\"alignnone size-full wp-image-12810\" src=\"https:\/\/normativaconstruccion.es\/wp-content\/uploads\/2022\/09\/recordatorio-claves.gif\" alt=\"\" width=\"390\" height=\"57\" \/><\/a><\/p>\n<p>BOE de 15 de marzo de 2024<\/p>\n<p>TEXTO ORIGINAL<\/p>\n<p>La Estrategia Espa\u00f1ola de Ciencia, Tecnolog\u00eda y de Innovaci\u00f3n\u00a02021-2027 supone la puesta en marcha de mecanismos eficientes que tienen por objeto la coordinaci\u00f3n de las pol\u00edticas de I+D+i de las Administraciones P\u00fablicas con la Uni\u00f3n Europea, y el resto de pol\u00edticas sectoriales, tratando de buscar sinergias, una corresponsabilidad de todos los actores, espacios de colaboraci\u00f3n y modelos de cofinanciaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Esta estrategia se ha concretado en el Plan Estatal de Investigaci\u00f3n Cient\u00edfica, T\u00e9cnica y de Innovaci\u00f3n\u00a02021-2023 (y continuar\u00e1 en los sucesivos que vayan entrando en vigor), que contempla una acci\u00f3n estrat\u00e9gica de seguridad para la sociedad, desarrollada por el Ministerio del Interior, que se configura como veh\u00edculo tractor y catalizador de los programas tecnol\u00f3gicos tanto en el \u00e1mbito nacional como europeo, con el objeto de promover nuevas oportunidades empresariales a trav\u00e9s del desarrollo de tecnolog\u00edas clave.<\/p>\n<p>El Ministerio del Interior es consciente de la necesidad de invertir en la promoci\u00f3n del talento en la investigaci\u00f3n, desarrollo e innovaci\u00f3n, en el fomento de la investigaci\u00f3n cient\u00edfica y t\u00e9cnica de excelencia, y en las actividades de investigaci\u00f3n.<\/p>\n<p>El Centro Universitario de la Guardia Civil, cuya titularidad reside en el Ministerio del Interior, tiene asignadas, por la Ley\u00a029\/2014, de\u00a028 de noviembre, de R\u00e9gimen del Personal de la Guardia Civil, entre otras funciones, la definici\u00f3n y el desarrollo de l\u00edneas de investigaci\u00f3n consideradas de inter\u00e9s para la seguridad p\u00fablica, en colaboraci\u00f3n con otras entidades y organismos de ense\u00f1anza e investigaci\u00f3n. Para ello, el Centro Universitario cuenta con presupuesto propio y tiene autonom\u00eda econ\u00f3mica y financiera.<\/p>\n<p>En este sentido, la investigaci\u00f3n en el \u00e1mbito de la seguridad se configura como una actividad estructural que interviene en las \u00e1reas de acci\u00f3n prioritarias establecidas por la Direcci\u00f3n General de la Guardia Civil y el Centro Universitario de la Guardia Civil, buscando adicionalmente fomentar la participaci\u00f3n de personal perteneciente a la Guardia Civil, a la Administraci\u00f3n, a las universidades y al sector de la seguridad, tanto p\u00fablico, como privado.<\/p>\n<p>El sistema universitario espa\u00f1ol es esencial para hacer efectiva la cultura de seguridad. Las universidades espa\u00f1olas aportan formaci\u00f3n, transferencia del conocimiento y tecnolog\u00eda al reto com\u00fan que supone alcanzar la promoci\u00f3n del talento y excelencia en la investigaci\u00f3n, desarrollo e innovaci\u00f3n, excelencia orientada a los retos globales de la sociedad.<\/p>\n<p>As\u00ed, con la finalidad de financiar la realizaci\u00f3n de actividades de investigaci\u00f3n en el \u00e1mbito de la seguridad, as\u00ed como otras actividades que promuevan la cultura de seguridad, se fijan la bases reguladoras para la concesi\u00f3n de ayudas otorgadas por el Centro Universitario de la Guardia Civil bajo los principios de libre concurrencia, publicidad, igualdad, transparencia, as\u00ed como de m\u00e1ximo rigor econ\u00f3mico y austeridad, eficiencia en el uso de los recursos disponibles y calidad de los servicios prestados, con plena sujeci\u00f3n a lo dispuesto en la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre, General de Subvenciones, as\u00ed como en su Reglamento, aprobado por el Real Decreto\u00a0887\/2006, de\u00a021 de julio.<\/p>\n<p>Esta orden ha sido informada favorablemente por la Oficina Presupuestaria del Ministerio del Interior, as\u00ed como los servicios jur\u00eddicos del Estado y por la Intervenci\u00f3n Delegada del Ministerio del Interior, de acuerdo con lo dispuesto en el art\u00edculo\u00a017 de la precitada Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre.<\/p>\n<p>Estas subvenciones quedan fuera del \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n del Plan Estrat\u00e9gico de Subvenciones del Ministerio del Interior para el per\u00edodo\u00a02020-2023, dada la inminente finalizaci\u00f3n de su vigencia, y teniendo en cuenta que, en el momento de la redacci\u00f3n de esta Orden, a\u00fan no se ha aprobado el siguiente, todo ello de acuerdo con la excepci\u00f3n prevista en el art\u00edculo\u00a08 de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre.<\/p>\n<p>En su virtud, con la aprobaci\u00f3n previa del Ministro para la Transformaci\u00f3n Digital y la Funci\u00f3n P\u00fablica, dispongo:<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a01.\u2003Objeto.<\/strong><\/p>\n<p>Esta orden tiene como objeto establecer las bases reguladoras para la concesi\u00f3n de subvenciones otorgadas por el Centro Universitario de la Guardia Civil, destinadas a financiar la realizaci\u00f3n de actividades de investigaci\u00f3n en el \u00e1mbito de la seguridad.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a02.\u2003\u00c1mbito de aplicaci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>Se incluyen dentro del \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n de esta orden los proyectos de investigaci\u00f3n relacionados con la seguridad p\u00fablica y encuadrados dentro de las l\u00edneas de investigaci\u00f3n que anualmente se fijen en cada convocatoria.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a03.\u2003Beneficiarios.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Podr\u00e1n ser beneficiarios:<\/p>\n<p>a)\u2003Las personas f\u00edsicas que tengan establecido su domicilio en la Uni\u00f3n Europea.<\/p>\n<p>b)\u2003Las personas jur\u00eddicas que tengan su domicilio social fijado en la Uni\u00f3n Europea.<\/p>\n<p>c)\u2003Las agrupaciones de personas f\u00edsicas o jur\u00eddicas, p\u00fablicas o privadas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad econ\u00f3mica o patrimonio separado, que tengan la posibilidad de llevar a cabo los proyectos que motivan la concesi\u00f3n de la subvenci\u00f3n.<\/p>\n<p>2.\u2003Los beneficiarios deber\u00e1n cumplir los requisitos espec\u00edficos que se recojan en cada convocatoria, y no podr\u00e1n estar incursos en cualquiera de las causas de exclusi\u00f3n establecidas en los apartados\u00a02 y\u00a03 del art\u00edculo\u00a013 de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre, General de Subvenciones, en los t\u00e9rminos previstos en los art\u00edculos\u00a018 a\u00a021, ambos inclusive, del Reglamento de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto\u00a0887\/2006, de\u00a021 de julio.<\/p>\n<p>3.\u2003Asimismo, no podr\u00e1n ser beneficiarios el personal que dependa directa y org\u00e1nicamente de la autoridad que concede las subvenciones, ni deber\u00e1n formar parte de la Comisi\u00f3n de Valoraci\u00f3n prevista en el art\u00edculo\u00a011.<\/p>\n<p>4.\u2003Cuando el beneficiario sea una persona jur\u00eddica, los miembros asociados del beneficiario que se comprometan a efectuar la totalidad o parte de las actividades que fundamentan la concesi\u00f3n de la subvenci\u00f3n en nombre y por cuenta del primero, tendr\u00e1n igualmente la consideraci\u00f3n de beneficiarios y deber\u00e1n cumplir los requisitos exigidos a los mismos.<\/p>\n<p>5.\u2003Cuando se trate de agrupaciones de personas f\u00edsicas o jur\u00eddicas, p\u00fablicas o privadas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad econ\u00f3mica o patrimonio separado, la solicitud que remitan deber\u00e1 recoger:<\/p>\n<p>a)\u2003Los compromisos de ejecuci\u00f3n asumidos por cada miembro del equipo.<\/p>\n<p>b)\u2003El importe de la subvenci\u00f3n a aplicar por cada uno de los componentes del equipo.<\/p>\n<p>c)\u2003La designaci\u00f3n de un representante.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a04.\u2003Principios generales y procedimiento de concesi\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003De conformidad con lo dispuesto en el art\u00edculo\u00a08.3 de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre, la gesti\u00f3n de las subvenciones se realizar\u00e1 de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminaci\u00f3n, eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados, y eficiencia en la asignaci\u00f3n y utilizaci\u00f3n de los recursos p\u00fablicos.<\/p>\n<p>2.\u2003El procedimiento de concesi\u00f3n se tramitar\u00e1 en r\u00e9gimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo dispuesto en los art\u00edculos\u00a022.1 y\u00a023 a\u00a027 de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre, y\u00a058 a\u00a064 de su Reglamento.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a05.\u2003\u00d3rganos competentes para la ordenaci\u00f3n, instrucci\u00f3n y resoluci\u00f3n del procedimiento.<\/strong><\/p>\n<p>El \u00f3rgano instructor del procedimiento ser\u00e1 la Direcci\u00f3n Ejecutiva del Centro Universitario de la Guardia Civil, asistida en las funciones de secretar\u00eda por la Gerencia del mismo, y realizar\u00e1 de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinaci\u00f3n, conocimiento y comprobaci\u00f3n de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resoluci\u00f3n, de acuerdo con lo dispuesto en el art\u00edculo\u00a024 de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre.<\/p>\n<p>El \u00f3rgano competente para la resoluci\u00f3n del procedimiento es la Direcci\u00f3n del Centro Universitario de la Guardia Civil, de acuerdo con lo recogido en el art\u00edculo\u00a010.1 de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a06.\u2003Criterios para la determinaci\u00f3n de las cuant\u00edas de las subvenciones.<\/strong><\/p>\n<p>Las cuant\u00edas m\u00e1ximas de cada subvenci\u00f3n se determinar\u00e1n en cada convocatoria dependiendo de los cr\u00e9ditos presupuestarios disponibles en el Plan de Acci\u00f3n aprobado en la correspondiente sesi\u00f3n del Patronato del Centro Universitario de la Guardia Civil y la Universidad de adscripci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a07.\u2003Convocatoria para la concesi\u00f3n de las subvenciones.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003El procedimiento para la concesi\u00f3n de las subvenciones se iniciar\u00e1 de oficio mediante convocatoria, de periodicidad anual, aprobada por la Direcci\u00f3n del Centro Universitario de la Guardia Civil. La convocatoria deber\u00e1 publicarse en el \u00abBolet\u00edn Oficial de la Guardia Civil\u00bb, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y, un extracto de la misma, en el \u00abBolet\u00edn Oficial del Estado\u00bb.<\/p>\n<p>2.\u2003Cada convocatoria tendr\u00e1 el siguiente contenido:<\/p>\n<p>a)\u2003Indicaci\u00f3n de la orden ministerial por la que se establecen las bases reguladoras.<\/p>\n<p>b)\u2003Cr\u00e9ditos presupuestarios a los que se imputa la subvenci\u00f3n y cuant\u00eda total m\u00e1xima de las subvenciones convocadas dentro de los cr\u00e9ditos disponibles o, en su defecto, cuant\u00eda estimada de las subvenciones.<\/p>\n<p>c)\u2003Objeto, condiciones y finalidad de la concesi\u00f3n de la subvenci\u00f3n.<\/p>\n<p>d)\u2003Expresi\u00f3n de que la concesi\u00f3n se efect\u00faa mediante un r\u00e9gimen de concurrencia competitiva.<\/p>\n<p>e)\u2003Requisitos para solicitar la subvenci\u00f3n y forma de acreditarlos.<\/p>\n<p>f)\u2003Indicaci\u00f3n de los \u00f3rganos competentes para la instrucci\u00f3n y resoluci\u00f3n del procedimiento.<\/p>\n<p>g)\u2003Plazo de presentaci\u00f3n de solicitudes, a las que ser\u00e1n de aplicaci\u00f3n las previsiones contenidas en el art\u00edculo\u00a023.3 de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre.<\/p>\n<p>h)\u2003Plazo de resoluci\u00f3n y notificaci\u00f3n.<\/p>\n<p>i)\u2003Documentos e informaciones que deben acompa\u00f1arse a la petici\u00f3n.<\/p>\n<p>j)\u2003Indicaci\u00f3n de si la resoluci\u00f3n pone fin a la v\u00eda administrativa y, en caso contrario, \u00f3rgano ante el que ha de interponerse recurso de alzada.<\/p>\n<p>k)\u2003Criterios de valoraci\u00f3n de las solicitudes.<\/p>\n<p>l)\u2003Medio de notificaci\u00f3n o publicaci\u00f3n, de conformidad con lo previsto en los art\u00edculos\u00a040 a\u00a046 de la Ley\u00a039\/2015, de\u00a01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Com\u00fan de las Administraciones P\u00fablicas.<\/p>\n<p>3.\u2003Asimismo, la convocatoria concretar\u00e1 el plazo de ejecuci\u00f3n de los proyectos o actividades a subvencionar, que no podr\u00e1 ser superior a un a\u00f1o desde su concesi\u00f3n, y establecer\u00e1 los documentos que deber\u00e1 presentar el solicitante.<\/p>\n<p>4.\u2003En la convocatoria se fijar\u00e1 la cuant\u00eda m\u00e1xima a subvencionar por cada actividad. En ning\u00fan caso se podr\u00e1n trasvasar cantidades sobrantes de una actividad a otra.<\/p>\n<p>5.\u2003En la convocatoria se podr\u00e1 admitir la sustituci\u00f3n de la presentaci\u00f3n de determinados documentos por una declaraci\u00f3n responsable del solicitante.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a08.\u2003Presentaci\u00f3n de las solicitudes.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Las solicitudes de subvenci\u00f3n se dirigir\u00e1n a la Direcci\u00f3n del Centro Universitario de la Guardia Civil en el plazo de quince d\u00edas h\u00e1biles contados a partir del d\u00eda siguiente al que tenga lugar la publicaci\u00f3n en el \u00abBolet\u00edn Oficial del Estado\u00bb del extracto de la convocatoria.<\/p>\n<p>2.\u2003Las solicitudes de subvenci\u00f3n podr\u00e1n presentarse en el Registro del Centro Universitario de la Guardia Civil, o en cualquiera de los medios previstos en el art\u00edculo\u00a016.4 de la Ley\u00a039\/2015, de\u00a01 de octubre. Sin embargo, las personas jur\u00eddicas y las agrupaciones definidas en el art\u00edculo\u00a03.1c) en virtud de lo dispuesto en el art\u00edculo\u00a014 de la Ley\u00a039\/2015, de\u00a01 de octubre, estar\u00e1n obligados a presentar su solicitud, en todo caso, a trav\u00e9s de medios electr\u00f3nicos.<\/p>\n<p>3.\u2003Un mismo beneficiario no podr\u00e1 solicitar su participaci\u00f3n, de forma individual o dentro de un grupo, en m\u00e1s de un proyecto dentro de la misma convocatoria. En ese caso se anular\u00e1n todas las solicitudes que realice.<\/p>\n<p>4.\u2003No ser\u00e1n admitidas las solicitudes que incluyan como beneficiario a solicitantes que hayan recibido subvenci\u00f3n en la convocatoria anterior y posteriormente hayan renunciado a la misma o hayan incumplido las condiciones de concesi\u00f3n, salvo causa de fuerza mayor.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a09.\u2003Instrucci\u00f3n del procedimiento.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Corresponder\u00e1 al \u00f3rgano instructor recabar la documentaci\u00f3n requerida en la convocatoria, comprobar las solicitudes y requerir, en su caso, la subsanaci\u00f3n de los errores que contengan, concediendo en tales casos a los solicitantes un plazo de diez d\u00edas h\u00e1biles para su correcci\u00f3n. Si en este plazo no se remitiera la subsanaci\u00f3n de errores, se tendr\u00e1 al solicitante por desistido de su solicitud, de acuerdo con el art\u00edculo\u00a094.1 de la Ley\u00a039\/2015, de\u00a01 de octubre, y previa resoluci\u00f3n dictada al efecto, tal y como establece el art\u00edculo\u00a023.5 de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre.<\/p>\n<p>2.\u2003Una vez acabado el plazo para la subsanaci\u00f3n de errores, se publicar\u00e1 en el portal de internet del Centro Universitario de la Guardia Civil, una resoluci\u00f3n en la que se recojan las solicitudes aceptadas e inadmitidas, indicando los motivos de su exclusi\u00f3n.<\/p>\n<p>3.\u2003En el proceso de evaluaci\u00f3n, el \u00f3rgano instructor podr\u00e1 requerir a los solicitantes informaci\u00f3n adicional sobre el proyecto presentado.<\/p>\n<p>4.\u2003Posteriormente, el expediente se remitir\u00e1 a la Comisi\u00f3n de Valoraci\u00f3n para que elabore el correspondiente informe de valoraci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a010.\u2003Composici\u00f3n y funcionamiento de la Comisi\u00f3n de Valoraci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La Comisi\u00f3n de Valoraci\u00f3n es el \u00f3rgano colegiado encargado de elaborar el informe que servir\u00e1 al \u00f3rgano instructor para elaborar la propuesta de concesi\u00f3n de las subvenciones que posteriormente se remitir\u00e1 al \u00f3rgano concedente.<\/p>\n<p>2.\u2003La Comisi\u00f3n de Valoraci\u00f3n tendr\u00e1 la siguiente composici\u00f3n:<\/p>\n<p>a)\u2003Presidencia: la persona responsable del \u00c1rea de Investigaci\u00f3n del Centro Universitario de la Guardia Civil.<\/p>\n<p>b)\u2003Vicepresidencia: la persona que ocupe el puesto de delegado de la Universidad de adscripci\u00f3n con la que se desarrollen las l\u00edneas de investigaci\u00f3n objeto de la convocatoria. En casos de vacante, ausencia, enfermedad, u otra causa legal, la persona titular de la Presidencia ser\u00e1 sustituido por la persona titular de la Vicepresidencia que corresponda, y en su defecto, por el miembro de la Comisi\u00f3n de mayor jerarqu\u00eda, antig\u00fcedad y edad, por este orden.<\/p>\n<p>c)\u2003Vocal\u00edas: que corresponder\u00e1n a tres profesores de la Universidad de adscripci\u00f3n con la que se desarrollen las l\u00edneas de investigaci\u00f3n objeto de la convocatoria, y tres vocales en representaci\u00f3n de Guardia Civil de rango oficial, de los cuales uno perteneciente a la Direcci\u00f3n Adjunta Operativa, otro al Gabinete T\u00e9cnico y otro a la Jefatura de Ense\u00f1anza.<\/p>\n<p>d)\u2003Secretar\u00eda: actuar\u00e1 como secretario o secretaria de la Comisi\u00f3n, con voz, pero sin voto, la persona encargada de la Secretar\u00eda del Centro Universitario de la Guardia Civil.<\/p>\n<p>3.\u2003Recibido el expediente del \u00f3rgano instructor, la Comisi\u00f3n de Valoraci\u00f3n podr\u00e1 proponer que se declare desierto el procedimiento, o alguna l\u00ednea de subvenci\u00f3n, si estima que los proyectos o actividades no alcanzan el nivel de calidad deseado.<\/p>\n<p>Tanto para valorar los proyectos m\u00e1s id\u00f3neos, como para declarar desierto el procedimiento, se tomar\u00e1n en cuenta los criterios objetivos de valoraci\u00f3n siguientes:<\/p>\n<p>a)\u2003Inter\u00e9s e idoneidad del proyecto. Este criterio supondr\u00e1 hasta el\u00a050 por ciento de la valoraci\u00f3n total. Se valorar\u00e1:<\/p>\n<p>1.\u00ba\u2003Adecuaci\u00f3n del proyecto al objeto y finalidad establecidos en el art\u00edculo\u00a01 (15\u202f%).<\/p>\n<p>2.\u00ba\u2003Adecuaci\u00f3n a las l\u00edneas de actuaci\u00f3n propuestas en la correspondiente convocatoria (15\u202f%).<\/p>\n<p>3.\u00ba\u2003Innovaciones y aportaciones derivadas del proyecto (10\u202f%).<\/p>\n<p>4.\u00ba\u2003El alcance geogr\u00e1fico de la actividad propuesta y grado de impacto medi\u00e1tico (10\u202f%).<\/p>\n<p>b)\u2003Prestigio, experiencia, capacidad de gesti\u00f3n y grado de fiabilidad del solicitante. Este criterio supondr\u00e1 hasta el\u00a035 por ciento de la valoraci\u00f3n total. Se valorar\u00e1:<\/p>\n<p>1.\u00ba\u2003Las actividades organizadas por universidades y centros asociados, instituciones de car\u00e1cter docente, colegios profesionales, centros de pensamiento u otros con proyecci\u00f3n social (5\u202f%).<\/p>\n<p>2.\u00ba\u2003La participaci\u00f3n activa de miembros de la Guardia Civil y otros miembros de las Fuerzas y Cuerpos de seguridad, as\u00ed como proyectos en los que colaboren personal de diferentes \u00e1mbitos y organismos (10\u202f%).<\/p>\n<p>3.\u00ba\u2003Prestigio y experiencia acreditada del solicitante en la organizaci\u00f3n y realizaci\u00f3n de actividades similares (10\u202f%).<\/p>\n<p>4.\u00ba\u2003Que el solicitante aporte los recursos humanos y materiales suficientes para llevar a cabo directamente el proyecto presentado (10\u202f%).<\/p>\n<p>c)\u2003Eficiencia del estudio econ\u00f3mico presentado y su coste. Este criterio supondr\u00e1 hasta el\u00a015 por ciento de la valoraci\u00f3n total. Se valorar\u00e1 el estudio econ\u00f3mico realizado y su mayor o menor adecuaci\u00f3n de los medios empleados a los logros a obtener.<\/p>\n<p>4.\u2003La cuant\u00eda de la subvenci\u00f3n se concretar\u00e1 en cada convocatoria, trat\u00e1ndose en todo caso de un importe cierto. Queda de cuenta del beneficiario la diferencia de financiaci\u00f3n necesaria para la total ejecuci\u00f3n de la actividad subvencionada, debiendo ser reintegrada en tal caso la financiaci\u00f3n p\u00fablica \u00fanicamente por el importe que rebasara el coste total de dicha actividad.<\/p>\n<p>5.\u2003En lo no previsto en estas bases reguladoras el funcionamiento de la Comisi\u00f3n de Valoraci\u00f3n se ajustar\u00e1 al r\u00e9gimen establecido para los \u00f3rganos colegiados en el cap\u00edtulo II del t\u00edtulo preliminar de la Ley\u00a040\/2015, de\u00a01 de octubre, de R\u00e9gimen Jur\u00eddico del Sector P\u00fablico.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a011.\u2003Propuestas de resoluci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003El \u00f3rgano instructor, a la vista del expediente y del informe de valoraci\u00f3n del \u00f3rgano colegiado, formular\u00e1 la propuesta de resoluci\u00f3n provisional, debidamente motivada, que deber\u00e1 expresar la relaci\u00f3n de beneficiarios, especificando su evaluaci\u00f3n y la cuant\u00eda de la ayuda, en su caso hasta agotar el cr\u00e9dito.<\/p>\n<p>Asimismo, elaborar\u00e1 un informe que recoja que, de la informaci\u00f3n que obra en su poder, se desprende que los beneficiarios cumplen todos los requisitos necesarios para acceder a las mismas.<\/p>\n<p>2.\u2003La propuesta de resoluci\u00f3n provisional, debidamente motivada, se publicar\u00e1 en el portal de internet del Centro Universitario de la Guardia Civil y se conceder\u00e1 un plazo de\u00a010 d\u00edas a los interesados para que puedan presentar alegaciones.<\/p>\n<p>Se podr\u00e1 prescindir del tr\u00e1mite de audiencia cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por los interesados. En este caso, la propuesta de resoluci\u00f3n formulada tendr\u00e1 el car\u00e1cter de definitiva.<\/p>\n<p>3.\u2003La propuesta de resoluci\u00f3n definitiva, se publicar\u00e1 en el portal de internet del Centro Universitario de la Guardia Civil, para que los interesados que hayan sido propuestos como beneficiarios en la fase de instrucci\u00f3n, comuniquen su aceptaci\u00f3n en el plazo de diez d\u00edas.<\/p>\n<p>4.\u2003Las propuestas de resoluci\u00f3n provisional y definitiva no crean derecho alguno a favor del beneficiario propuesto, frente a la Administraci\u00f3n, mientras no se haya publicado la resoluci\u00f3n de concesi\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a012.\u2003Resoluci\u00f3n del procedimiento.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003El \u00f3rgano competente para resolver el procedimiento es la Direcci\u00f3n del Centro Universitario de la Guardia Civil.<\/p>\n<p>2.\u2003La resoluci\u00f3n de concesi\u00f3n se dictar\u00e1 y se publicar\u00e1 en el plazo m\u00e1ximo de seis meses a partir de la publicaci\u00f3n de la correspondiente convocatoria, salvo que la misma posponga sus efectos a una fecha posterior.<\/p>\n<p>3.\u2003La resoluci\u00f3n de concesi\u00f3n habr\u00e1 de ser motivada, y deber\u00e1 contener, al menos:<\/p>\n<p>a)\u2003Los criterios de valoraci\u00f3n de las solicitudes.<\/p>\n<p>b)\u2003Los beneficiarios.<\/p>\n<p>c)\u2003Las cuant\u00edas.<\/p>\n<p>d)\u2003Una desestimaci\u00f3n generalizada de las solicitudes que no hayan resultado beneficiarias.<\/p>\n<p>e)\u2003La no concesi\u00f3n por desistimiento, renuncia o imposibilidad material.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, podr\u00e1 incluir una relaci\u00f3n ordenada de beneficiarios suplentes con los proyectos de mayor puntuaci\u00f3n que, habiendo cumplido con las condiciones administrativas y t\u00e9cnicas establecidas para adquirir la condici\u00f3n de beneficiario, no hayan sido estimados.<\/p>\n<p>4.\u2003Si alguno de los beneficiarios renunciase a la subvenci\u00f3n, el \u00f3rgano concedente acordar\u00e1, sin necesidad de aprobar una nueva convocatoria, la concesi\u00f3n de la subvenci\u00f3n al solicitante o solicitantes suplentes siguientes a aquel en orden de puntuaci\u00f3n, y siempre que el trabajo de investigaci\u00f3n pueda realizarse y justificarse en el plazo establecido en la convocatoria.<\/p>\n<p>5.\u2003La resoluci\u00f3n de concesi\u00f3n pone fin a la v\u00eda administrativa, y, contra la misma, se podr\u00e1 interponer recurso potestativo de reposici\u00f3n en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en los art\u00edculos\u00a0123 y\u00a0124 de la Ley\u00a039\/2015, de\u00a01 de octubre; o recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previstos en la Ley\u00a029\/1998, de\u00a013 de julio, reguladora de la Jurisdicci\u00f3n Contencioso-administrativa.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a013.\u2003Obligaciones de los beneficiarios.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003A los beneficiarios de las ayudas le ser\u00e1n exigidas las obligaciones establecidas en el art\u00edculo\u00a014 de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre, y las dem\u00e1s del Reglamento de la Ley General de Subvenciones.<\/p>\n<p>Respecto al cumplimiento de las obligaciones tributarias, la presentaci\u00f3n de la solicitud de subvenci\u00f3n implicar\u00e1 la autorizaci\u00f3n del solicitante para que el \u00f3rgano concedente obtenga de forma directa de la Administraci\u00f3n Tributaria la acreditaci\u00f3n de esta circunstancia, a trav\u00e9s de certificados telem\u00e1ticos, en cuyo caso el solicitante no deber\u00e1 aportar las correspondientes certificaciones. No obstante, el solicitante podr\u00e1 denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces las certificaciones correspondientes.<\/p>\n<p>2.\u2003Como medida de difusi\u00f3n de la subvenci\u00f3n concedida, los beneficiarios incluir\u00e1n la imagen institucional de la Guardia Civil y de la Universidad colaboradora en los distintos materiales impresos y medios electr\u00f3nicos o audiovisuales.<\/p>\n<p>3.\u2003La aceptaci\u00f3n de la subvenci\u00f3n concedida conlleva, por parte del beneficiario, la cesi\u00f3n al Centro Universitario de la Guardia Civil de los derechos de reproducci\u00f3n, comunicaci\u00f3n p\u00fablica y difusi\u00f3n de los trabajos de investigaci\u00f3n subvencionados.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a014.\u2003Gastos subvencionables.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Se consideran gastos subvencionables aquellos que se adecuen a lo dispuesto en el art\u00edculo\u00a031 de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre, y efectivamente se hayan realizado dentro del plazo asignado para la realizaci\u00f3n de las actividades.<\/p>\n<p>2.\u2003Se podr\u00e1n financiar, siempre y cuando se ajusten a lo que se establezca en la convocatoria, los gastos por las siguientes partidas:<\/p>\n<p>a)\u2003Material inventariable, en la parte que se considere amortizada durante el plazo asignado para la realizaci\u00f3n de las actividades.<\/p>\n<p>b)\u2003Material no inventariable.<\/p>\n<p>c)\u2003Locomoci\u00f3n, manutenci\u00f3n y alojamientos de los solicitantes.<\/p>\n<p>d)\u2003Locomoci\u00f3n, manutenci\u00f3n y alojamientos de colaboradores que sean imprescindibles para el desarrollo del proyecto.<\/p>\n<p>e)\u2003Remuneraci\u00f3n de los solicitantes.<\/p>\n<p>f)\u2003Conferenciantes y gastos de asistencias.<\/p>\n<p>3.\u2003Aquellos gastos originados en concepto de locomoci\u00f3n, manutenci\u00f3n y alojamiento podr\u00e1n ser objeto de subvenci\u00f3n, como m\u00e1ximo, en las cuant\u00edas fijadas para el Grupo\u00a02 por el Real Decreto\u00a0462\/2002, de\u00a024 de mayo, sobre indemnizaci\u00f3n por raz\u00f3n del servicio.<\/p>\n<p>En la convocatoria, adem\u00e1s se podr\u00e1n imponer otras limitaciones en las cuant\u00edas referida a determinados tipos de gasto subvencionable.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a015.\u2003Justificaci\u00f3n de las subvenciones.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Los beneficiarios de las subvenciones deber\u00e1n presentar, al final del plazo de ejecuci\u00f3n de la actividad investigadora concedida en la convocatoria, la cuenta justificativa con el contenido que se recoge en el apartado\u00a02 del presente art\u00edculo y que ser\u00e1 comprobada por el \u00f3rgano instructor.<\/p>\n<p>Los beneficiarios deber\u00e1n presentar los justificantes y\/o registros contables que se les soliciten, de conformidad con la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre, pudiendo incurrir, en otro caso, en las responsabilidades y sanciones que al efecto se\u00f1ala la citada ley.<\/p>\n<p>2.\u2003Sin perjuicio del contenido que pueda determinarse en la convocatoria anual de subvenciones, la cuenta justificativa del proyecto, de acuerdo con lo previsto en el art\u00edculo\u00a072 del Reglamento General de Subvenciones, vendr\u00e1 acompa\u00f1ada de la siguiente documentaci\u00f3n:<\/p>\n<p>a)\u2003Memoria de actuaci\u00f3n donde se incluyan los resultados del trabajo investigador, as\u00ed como una relaci\u00f3n certificada de las distintas actividades y actuaciones investigadoras desarrolladas objeto de subvenci\u00f3n.<\/p>\n<p>b)\u2003Memoria econ\u00f3mica justificativa, que tendr\u00e1 el siguiente contenido m\u00ednimo:<\/p>\n<p>1.\u00ba\u2003Relaci\u00f3n clasificada de los gastos realizados, con identificaci\u00f3n del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisi\u00f3n y su fecha de pago.<\/p>\n<p>2.\u00ba\u2003Facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tr\u00e1fico mercantil, incorporados en la relaci\u00f3n clasificada de los gastos, as\u00ed como la documentaci\u00f3n acreditativa del pago.<\/p>\n<p>3.\u00ba\u2003Relaci\u00f3n detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicaci\u00f3n del importe y su procedencia.<\/p>\n<p>3.\u2003Los adjudicatarios deber\u00e1n comunicar cualquier incidencia que afecte al normal desarrollo y realizaci\u00f3n del proyecto, pudiendo solicitar una pr\u00f3rroga para su ejecuci\u00f3n y entrega cuya concesi\u00f3n ser\u00e1 valorada por el \u00f3rgano concedente. A tal fin deber\u00e1n facilitar cuanta informaci\u00f3n les sea requerida a trav\u00e9s del \u00f3rgano instructor.<\/p>\n<p>4.\u2003El plazo de rendici\u00f3n de la cuenta justificativa expirar\u00e1 al a\u00f1o de la concesi\u00f3n de la subvenci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a016.\u2003Pago de las subvenciones.<\/strong><\/p>\n<p>El pago de las subvenciones, se efectuar\u00e1 en dos fases distintas:<\/p>\n<p>a)\u2003Una vez adjudicada la ayuda, se ingresar\u00e1 en la cuenta designada al efecto el\u00a050\u202f% de las cantidades que figuren en la partida \u00abRemuneraci\u00f3n para el equipo investigador\u00bb del estudio econ\u00f3mico aportado con la solicitud. Este primer pago en ning\u00fan caso podr\u00e1 suponer m\u00e1s de un\u00a030\u202f% del total de la ayuda y tendr\u00e1 la consideraci\u00f3n de anticipo reembolsable.<\/p>\n<p>b)\u2003El segundo pago se efectuar\u00e1 transcurrido el plazo de ejecuci\u00f3n previsto en la convocatoria, tras la entrega del trabajo, y una vez justificados los gastos realizados en la actividad investigadora subvencionada, mediante la aportaci\u00f3n de la cuenta justificativa regulada en el art\u00edculo\u00a015.<\/p>\n<p>En cuanto al r\u00e9gimen de garant\u00edas aplicable a los pagos anticipados, tanto la cuant\u00eda de las subvenciones como las especiales caracter\u00edsticas de los beneficiarios hacen que no sea necesaria su exigencia, quedando suficientemente asegurado el cumplimiento de las obligaciones impuestas por la presente orden.<\/p>\n<p>El pago de las subvenciones concedidas se realizar\u00e1 previa justificaci\u00f3n en los t\u00e9rminos que se contemplan en los apartados anteriores.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a017.\u2003Compatibilidad de las subvenciones.<\/strong><\/p>\n<p>Las subvenciones reguladas por estas bases son compatibles con otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad y proyecto, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes p\u00fablicos o privados, nacionales o internacionales, siempre que el importe de las mismas sea de tal cuant\u00eda que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas, no supere el coste de la actividad subvencionada o implique una disminuci\u00f3n del importe de la financiaci\u00f3n propia exigida, en su caso, al beneficiario para cubrir la actividad subvencionada.<\/p>\n<p>De conformidad con lo establecido en el art\u00edculo\u00a014.1d) de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre, el beneficiario est\u00e1 obligado a comunicar al \u00f3rgano concedente la obtenci\u00f3n de otras subvenciones o ayudas que financien las actividades subvencionadas tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificaci\u00f3n de la aplicaci\u00f3n dada a los fondos percibidos.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a018.\u2003Incumplimiento de las condiciones de concesi\u00f3n y reintegro de las subvenciones.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Toda alteraci\u00f3n de las condiciones tenidas en cuenta para la concesi\u00f3n de la subvenci\u00f3n y, en todo caso, la obtenci\u00f3n concurrente de otras subvenciones o ayudas para la misma actividad otorgadas por organismos p\u00fablicos o privados incumpliendo el r\u00e9gimen previsto en estas bases reguladoras o en la convocatoria y en la resoluci\u00f3n de concesi\u00f3n, podr\u00e1 dar lugar a la modificaci\u00f3n de la resoluci\u00f3n de concesi\u00f3n y a la obligaci\u00f3n de reintegro de las cantidades percibidas.<\/p>\n<p>2.\u2003Podr\u00e1 minorarse el importe de la cantidad a percibir por los solicitantes en los supuestos de incumplimiento de las condiciones impuestas con motivo de la concesi\u00f3n de las subvenciones.<\/p>\n<p>3.\u2003El \u00f3rgano instructor del expediente valorar\u00e1 los siguientes criterios para determinar el importe a reintegrar por el beneficiario de la subvenci\u00f3n:<\/p>\n<p>a)\u2003Incumplimiento total de los fines, actividades, estudios o proyectos para los que se present\u00f3 la solicitud: 100\u202f%.<\/p>\n<p>b)\u2003Incumplimiento parcial de los fines, actividades, estudios o proyectos para los que se present\u00f3 la solicitud: proporcional al incumplimiento, pudiendo alcanzar hasta un\u00a075\u202f%.<\/p>\n<p>c)\u2003Alteraci\u00f3n de las condiciones tenidas en cuenta para la concesi\u00f3n de la subvenci\u00f3n, en los casos en que dicha alteraci\u00f3n no suponga un incumplimiento de la actividad a realizar por parte del beneficiario: 30\u202f%.<\/p>\n<p>d)\u2003Demora en la presentaci\u00f3n de la cuenta justificativa del gasto en el plazo previsto en el art\u00edculo\u00a015 de la presente orden: 100\u202f%. El reintegro por incumplir esta obligaci\u00f3n se sujetar\u00e1 al r\u00e9gimen y procedimiento previsto en el art\u00edculo\u00a092 del Reglamento General de Subvenciones.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a019.\u2003Control financiero de la subvenci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La Intervenci\u00f3n General de la Administraci\u00f3n del Estado ser\u00e1 competente para el control financiero de las subvenciones, sin perjuicio de las funciones que la Constituci\u00f3n y las leyes atribuyen al Tribunal de Cuentas, teniendo los beneficiarios subvencionados la obligaci\u00f3n de prestar su colaboraci\u00f3n y facilitar cuanta documentaci\u00f3n les sea requerida en el ejercicio de las funciones de control que les correspondan.<\/p>\n<p>2.\u2003La negativa al cumplimiento de esta obligaci\u00f3n se considerar\u00e1 resistencia, excusa, obstrucci\u00f3n o negaci\u00f3n a los efectos de reintegro previsto en el art\u00edculo\u00a037 de la citada Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre, sin perjuicio de las restantes sanciones que puedan corresponder. Los beneficiarios estar\u00e1n sujetos a las actuaciones de comprobaci\u00f3n a efectuar por el \u00f3rgano concedente, as\u00ed como por la Intervenci\u00f3n General de la Administraci\u00f3n del Estado y por el Tribunal de Cuentas.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a020.\u2003Responsabilidad y r\u00e9gimen sancionador.<\/strong><\/p>\n<p>Los beneficiarios de las subvenciones quedar\u00e1n sometidos a las responsabilidades y al r\u00e9gimen sancionador que sobre infracciones administrativas en materia de subvenciones establece el t\u00edtulo IV de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a021.\u2003Remisi\u00f3n de informaci\u00f3n a la Base de Datos Nacional de Subvenciones.<\/strong><\/p>\n<p>Corresponder\u00e1 al Centro Universitario de la Guardia Civil remitir a la Base de Datos Nacional de Subvenciones la informaci\u00f3n sobre la convocatoria y las resoluciones de concesi\u00f3n reca\u00eddas de acuerdo con lo dispuesto en el art\u00edculo\u00a018.2 de la Ley\u00a038\/2003, de\u00a017 de noviembre y con el contenido que se determina en el art\u00edculo\u00a037 de su Reglamento.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n final primera.\u2003T\u00edtulo competencial.<\/strong><\/p>\n<p>Esta orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el art\u00edculo\u00a0149.1.15.\u00aa y\u00a029.\u00aa de la Constituci\u00f3n, que atribuyen respectivamente al Estado la competencia exclusiva en el fomento y coordinaci\u00f3n general de la investigaci\u00f3n cient\u00edfica y t\u00e9cnica, y en la seguridad p\u00fablica.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n final segunda.\u2003Facultades de desarrollo.<\/strong><\/p>\n<p>Se faculta a la persona titular de la Direcci\u00f3n General de la Guardia Civil para dictar cuantas instrucciones sean necesarias para la aplicaci\u00f3n de lo dispuesto en esta orden.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n final tercera.\u2003Entrada en vigor.<\/strong><\/p>\n<p>Esta orden entrar\u00e1 en vigor el d\u00eda siguiente al de su publicaci\u00f3n en el \u00abBolet\u00edn Oficial del Estado\u00bb.<\/p>\n<p>Madrid, 13 de marzo de\u00a02024.\u2013El Ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska G\u00f3mez.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Orden INT\/247\/2024, de 13 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesi\u00f3n de subvenciones otorgadas por el Centro Universitario de la Guardia Civil, destinadas a financiar la realizaci\u00f3n de actividades de investigaci\u00f3n en el \u00e1mbito de la seguridad y actividades que promuevan la cultura de seguridad.<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[4,2981],"tags":[4122],"class_list":["post-20096","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-novedades-normativas","category-seguridad-publica","tag-subbvenciones-para-investigacion-en-seguridad"],"acf":[],"yoast_head":"<!-- This site is optimized with the Yoast SEO plugin v28.6 - 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