{"id":20248,"date":"2024-06-03T07:34:51","date_gmt":"2024-06-03T07:34:51","guid":{"rendered":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=20248"},"modified":"2026-09-30T09:18:42","modified_gmt":"2026-09-30T09:18:42","slug":"impulso-demografico-en-asturias","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/normativamunicipal.com\/?p=20248","title":{"rendered":"Impulso Demogr\u00e1fico en ASTURIAS"},"content":{"rendered":"<p><span style=\"font-size: 14pt;\"><strong>Ley 2\/2024, de 30 de abril, de Impulso Demogr\u00e1fico.<\/strong><\/span><!--more--><\/p>\n<p>Estos Documentos, con los que puedan modificar o acompa\u00f1ar y su texto \u00edntegro, se han incorporado a los contenidos ya existentes en el siguiente T\u00cdTULO publicado y a su disposici\u00f3n:<br \/>\n<a href=\"https:\/\/dappeditorial.es\/guia-legal-del-secretario-municipal\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"><img decoding=\"async\" class=\"alignnone wp-image-6252 size-full\" src=\"https:\/\/normativamunicipal.com\/wp-content\/uploads\/2020\/12\/logo-secretario-blog.png\" alt=\"\" width=\"364\" height=\"56\" srcset=\"https:\/\/normativamunicipal.com\/wp-content\/uploads\/2020\/12\/logo-secretario-blog.png 364w, https:\/\/normativamunicipal.com\/wp-content\/uploads\/2020\/12\/logo-secretario-blog-300x46.png 300w\" sizes=\"(max-width: 364px) 100vw, 364px\" \/><\/a>&gt;<a href=\"https:\/\/dappeditorial.es\/recordatorio-de-claves\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"><img decoding=\"async\" class=\"alignnone size-full wp-image-12810\" src=\"https:\/\/normativaconstruccion.es\/wp-content\/uploads\/2022\/09\/recordatorio-claves.gif\" alt=\"\" width=\"390\" height=\"57\" \/><\/a><\/p>\n<p>BOE de 3 de junio de 2024<\/p>\n<p>TEXTO ORIGINAL<\/p>\n<p>EL PRESIDENTE DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS<\/p>\n<p>Sea notorio que la Junta General del Principado de Asturias ha aprobado, y yo en nombre de Su Majestad el Rey, y de acuerdo con lo dispuesto en el art\u00edculo\u00a031.2 del Estatuto de Autonom\u00eda del Principado de Asturias, vengo a promulgar la siguiente Ley del Principado de Asturias de Impulso Demogr\u00e1fico.<\/p>\n<p>PRE\u00c1MBULO<\/p>\n<p>I<\/p>\n<p>1.\u2003El cambio demogr\u00e1fico no es un proceso exclusivo de Asturias. Al contrario, en sus rasgos generales es compartido, con algunas singularidades y diferencias, con otras regiones de Espa\u00f1a y del resto de Europa. El envejecimiento, el descenso de las tasas de natalidad, el despoblamiento, la despoblaci\u00f3n, el abandono del medio rural o los desiguales balances y comportamientos de los movimientos migratorios son algunas de las facetas m\u00e1s destacadas de este fen\u00f3meno.<\/p>\n<p>2.\u2003Nos encontramos, por tanto, ante un estructural y complejo problema y una tendencia generalizada en nuestro entorno que requiere, por una parte, la movilizaci\u00f3n de pol\u00edticas, planes, medidas y acciones que tienen su horizonte principal en el medio y largo plazo y, por otra, la preparaci\u00f3n y la adaptaci\u00f3n de la sociedad asturiana y las instituciones p\u00fablicas para asumir un proceso de largo recorrido ante el que no hay respuestas sencillas, ni inmediatas, y que requerir\u00e1 de un trabajo continuado y perseverante para paliar sus efectos, atenuar sus consecuencias, adaptarse a las nuevas realidades que nos impone y buscar alternativas y soluciones de mejora.<\/p>\n<p>3.\u2003En esencia, el cambio demogr\u00e1fico se manifiesta en dos \u00e1mbitos diferentes y en muchos aspectos relacionados entre s\u00ed. En primer lugar, la propia estructura demogr\u00e1fica de la sociedad y, en segundo lugar, la distribuci\u00f3n de la poblaci\u00f3n en el territorio. En la estructura demogr\u00e1fica destaca en Asturias como uno de los rasgos m\u00e1s evidentes el envejecimiento, como resultado esencialmente de cuatro factores: la historia demogr\u00e1fica de Asturias, especialmente vinculada a la industrializaci\u00f3n de mediados del siglo pasado; la evoluci\u00f3n positiva de la esperanza de vida; la disminuci\u00f3n de las tasas de fecundidad y natalidad, y el desigual balance migratorio, que ha pasado a lo largo de la historia regional por diferentes coyunturas.<\/p>\n<p>4.\u2003El envejecimiento es, con toda probabilidad, el principal rasgo que define la particular demograf\u00eda asturiana. Estamos ante una poblaci\u00f3n envejecida, con un porcentaje actual de personas de\u00a065 a\u00f1os y m\u00e1s del\u00a026,57\u00a0% (seg\u00fan los datos de la Sociedad Asturiana de Estudios Econ\u00f3micos e Industriales SADEI, 2021). La tendencia se ha acelerado en las \u00faltimas d\u00e9cadas y continuar\u00e1 haci\u00e9ndolo durante los pr\u00f3ximos a\u00f1os por la incorporaci\u00f3n del\u00a0<em>baby boom<\/em>\u00a0a este grupo de edad. Este proceso de \u00abgerontocrecimiento\u00bb se producir\u00e1 independientemente de lo que ocurra en los tramos inferiores de la pir\u00e1mide demogr\u00e1fica, incluso, en el mejor de los escenarios posibles, con un aumento de la natalidad, o, incluso, la llegada de nueva poblaci\u00f3n joven migrante, y se har\u00e1 a\u00fan m\u00e1s notable como consecuencia del aumento de la esperanza de vida de la poblaci\u00f3n asturiana, que alcanzaba en\u00a02022 los\u00a085,14 a\u00f1os para las mujeres y\u00a079,65 para los hombres (SADEI, 2022).<\/p>\n<p>5.\u2003Por la parte baja de la pir\u00e1mide demogr\u00e1fica se detectan tambi\u00e9n unas bajas tasas de natalidad (nacimientos por cada mil habitantes), una disminuci\u00f3n de la fecundidad (n\u00famero de hijos por mujer) y un retraso de la llegada a la maternidad de las mujeres. Se puede observar c\u00f3mo desde el tramo\u00a035-39 a\u00f1os hacia abajo disminuye el n\u00famero de efectivos, consecuencia del comienzo del proceso del descenso de la natalidad que arranc\u00f3 a finales de los a\u00f1os setenta del pasado siglo. Una tendencia que, aunque se recuper\u00f3 ligeramente en la primera d\u00e9cada del siglo XXI (v\u00e9ase el incremento en el tramo\u00a05-9 a\u00f1os), volvi\u00f3 a la tendencia regresiva en la segunda d\u00e9cada y en los inicios de la tercera.<\/p>\n<p>6.\u2003A lo largo de las \u00faltimas d\u00e9cadas, por distintas e interrelacionadas razones, se ha producido una continua ca\u00edda de las tasas de natalidad y de los valores de la fertilidad, acompa\u00f1ada de un constante retraso en la edad a la que las mujeres tienen el primer hijo, con una edad media regional de\u00a032,78 a\u00f1os (SADEI, 2022). Obviamente, existe una relaci\u00f3n directa entre ambos par\u00e1metros, en tanto que la disminuci\u00f3n de la fecundidad incide en una baja del n\u00famero de nacimientos, que a su vez hay que poner en relaci\u00f3n con la llegada a la edad f\u00e9rtil de generaciones menos numerosas.<\/p>\n<p>7.\u2003Las dificultades para acceder al empleo y a la vivienda a pesar de tener un empleo o la emigraci\u00f3n juvenil en busca de oportunidades laborales acordes a su calificaci\u00f3n acad\u00e9mica y profesional fuera de la regi\u00f3n constituyen otras de las caracter\u00edsticas de la din\u00e1mica demogr\u00e1fica asturiana, que son, en buena parte y en t\u00e9rminos generales, compartidas con otras regiones espa\u00f1olas con problemas y comportamientos demogr\u00e1ficos similares.<\/p>\n<p>8.\u2003La llegada de nueva poblaci\u00f3n a Asturias, bien sean personas procedentes del extranjero, de otras regiones espa\u00f1olas o retornadas, se manifiesta como una de las v\u00edas m\u00e1s interesantes para contribuir a paliar los efectos de la crisis demogr\u00e1fica, m\u00e1s all\u00e1 de los esfuerzos que se hagan por retener a la poblaci\u00f3n joven en Asturias o mejorar las condiciones socioecon\u00f3micas alentadoras de la natalidad e impulsar la corresponsabilidad en la crianza. Es por eso por lo que ser\u00e1 necesario poner en marcha medidas y actuaciones dirigidas a atraer poblaci\u00f3n, talento e inversiones, a la vez que se debe procurar una mayor atenci\u00f3n e impulso a medidas que favorezcan el asentamiento permanente en la regi\u00f3n de las personas inmigradas, su inclusi\u00f3n social y comunitaria y el arraigo en Asturias.<\/p>\n<p>9.\u2003En definitiva, en la sociedad contempor\u00e1nea asistimos, por una parte, a importantes cambios socioculturales y econ\u00f3micos, a distintos comportamientos reproductivos, a una mayor esperanza de vida, a una gran diversidad de opciones y circunstancias en la conformaci\u00f3n de las familias y a complejos movimientos migratorios y, por otra, a la necesidad de procurar atenci\u00f3n a los diferentes grupos de edad y a las diferentes situaciones y caracter\u00edsticas de cada uno de ellos, lo que requiere la puesta en marcha de una gran variedad de medidas y acciones de conciliaci\u00f3n, acompa\u00f1amiento, incentivo, fomento o ayuda dirigidas a mejorar el bienestar social y a apoyar a las personas en las diferentes etapas de la vida. Todo ello, en conjunto, forma parte de un complejo proceso con significativas repercusiones en la conformaci\u00f3n y gesti\u00f3n de las estructuras demogr\u00e1ficas de las regiones y los pa\u00edses sobre las que hay articular medidas y pol\u00edticas estructurales e innovadoras.<\/p>\n<p>10.\u2003Desde el punto de vista territorial, el Principado de Asturias se organiza en\u00a078 concejos, 857 parroquias y\u00a06968 entidades singulares de poblaci\u00f3n. Asimismo, el Principado se encuentra dividido en ocho comarcas funcionales desde las Directrices Regionales de Ordenaci\u00f3n del Territorio del Principado de Asturias, en vigor desde el a\u00f1o\u00a01991, reparto utilizado en diversos \u00e1mbitos sectoriales, como el de la sanidad y el de los servicios sociales; y existen\u00a039 parroquias rurales que, al amparo de la Ley del Principado de Asturias\u00a011\/1986, de\u00a020 de noviembre, obtuvieron el reconocimiento de personalidad jur\u00eddica propia. La distribuci\u00f3n territorial de la poblaci\u00f3n hace que esta tienda a concentrarse en las ciudades del \u00e1rea central, siendo las zonas rurales del occidente y el oriente las que sufren m\u00e1s intensa y extensamente los problemas de despoblamiento, as\u00ed como las cuencas mineras, aunque estos no se manifiesten de forma homog\u00e9nea y dentro de la ruralidad regional se nos presenten distintas situaciones. No obstante, dos de las principales caracter\u00edsticas territoriales de la regi\u00f3n est\u00e1n relacionadas con la orograf\u00eda esencialmente monta\u00f1osa y la dispersi\u00f3n de los peque\u00f1os n\u00facleos de poblaci\u00f3n, que dificultan extraordinariamente y encarecen la prestaci\u00f3n de los servicios p\u00fablicos y la construcci\u00f3n y el mantenimiento de infraestructuras y, asimismo, condicionan el desarrollo de las actividades socioecon\u00f3micas de la poblaci\u00f3n. Baste pensar que el\u00a071,13\u00a0% de las entidades singulares de poblaci\u00f3n tiene entre\u00a01 y\u00a050 habitantes y representa tan solo el\u00a07,27\u00a0% de la poblaci\u00f3n (SADEI, 2021).<\/p>\n<p>11.\u2003Con respecto a la distribuci\u00f3n de la poblaci\u00f3n se dan en Asturias dos situaciones claramente contrapuestas, con diferentes problem\u00e1ticas: una polarizaci\u00f3n entre un \u00e1rea central urbana, donde se concentra el\u00a080\u00a0% de la poblaci\u00f3n regional, que tambi\u00e9n comienza a dar s\u00edntomas de p\u00e9rdida demogr\u00e1fica y en la que tiene una gran incidencia el fen\u00f3meno de la \u00abciudad difusa\u00bb, y una zona rural, en la que se produce un intenso proceso de despoblamiento, envejecimiento y masculinizaci\u00f3n de la poblaci\u00f3n.<\/p>\n<p>12.\u2003Desde el punto de vista territorial, los mayores problemas se sit\u00faan en la zona rural y de ellos se deriva el riesgo de pobreza y exclusi\u00f3n social: la situaci\u00f3n demogr\u00e1fica \u2013escasez de poblaci\u00f3n, \u00e9xodo de habitantes, masculinizaci\u00f3n y envejecimiento de la poblaci\u00f3n\u2013, la lejan\u00eda al centro de la regi\u00f3n y las zonas econ\u00f3micamente m\u00e1s activas, las carencias de infraestructuras y servicios, las dificultades de conexiones de transporte o los problemas relativos al mercado laboral \u2013tasas de empleo m\u00e1s bajas y desempleo de larga duraci\u00f3n\u2013, la necesidad de enormes inversiones para iniciarse en los sectores tradicionales de la agricultura, la ganader\u00eda y la pesca \u2013que dificultan mucho la entrada de nuevos activos, m\u00e1s all\u00e1 del relevo familiar\u2013 y la percepci\u00f3n de estos sectores por amplia parte de la poblaci\u00f3n joven \u2013no se ven como una opci\u00f3n de empleo o profesi\u00f3n atractiva\u2013 generan un c\u00famulo de circunstancias adversas para sus econom\u00edas locales y estructuras sociales que conducen a su fragilidad y a niveles de renta inferiores a la media regional.<\/p>\n<p>13.\u2003No obstante, el medio rural y el tama\u00f1o medio de las ciudades asturianas ofrecen tambi\u00e9n importantes atractivos para la generaci\u00f3n de nuevas actividades econ\u00f3micas y formas de vida. En los \u00faltimos a\u00f1os se detectan un ligero incremento de la poblaci\u00f3n de algunos concejos rurales y una mayor diversidad de actividades econ\u00f3micas que abren una puerta a cambios de inter\u00e9s que conectan con las nuevas econom\u00edas locales. Ser\u00e1 necesario, por tanto, trabajar los aspectos relacionados con las nuevas posibilidades y funciones ecol\u00f3gicas y econ\u00f3micas de los distintos territorios rurales de Asturias y, asimismo, reforzar el acceso a determinadas infraestructuras y servicios, as\u00ed como un mayor aprovechamiento ecosist\u00e9mico de nuestros recursos, en l\u00ednea con lo establecido en la Ley\u00a045\/2007, de\u00a013 de diciembre, para el Desarrollo Sostenible del Medio Rural.<\/p>\n<p>14.\u2003Las tecnolog\u00edas de banda ancha, el acceso a la red, la digitalizaci\u00f3n, el turismo y las distintas escalas y formas de producci\u00f3n agropecuaria y forestal \u2013que van desde las agriculturas de proximidad a las que propician la gesti\u00f3n paisaj\u00edstica del medio hasta las de exportaci\u00f3n\u2013 ofrecen nuevas oportunidades que permitir\u00edan fomentar la prosperidad econ\u00f3mica de las zonas rurales. Lo mismo puede decirse de los aprovechamientos de las energ\u00edas renovables a trav\u00e9s de comunidades energ\u00e9ticas locales o la creaci\u00f3n de entornos propicios para la diversificaci\u00f3n productiva y el desarrollo del teletrabajo, la creaci\u00f3n art\u00edstica, artesanal o industrial, las empresas de prestaci\u00f3n de servicios y el asentamiento de personas emprendedoras que contribuir\u00e1n decididamente a la consolidaci\u00f3n de unas nuevas econom\u00edas rurales y a mejorar la cohesi\u00f3n social y territorial entre el medio rural y el urbano.<\/p>\n<p>II<\/p>\n<p>15.\u2003El impulso demogr\u00e1fico trasciende los \u00e1mbitos local, auton\u00f3mico y estatal y se manifiesta en la Uni\u00f3n Europea como una cuesti\u00f3n clave que preocupa tanto en su dimensi\u00f3n estructural, con los desequilibrios en la composici\u00f3n de la pir\u00e1mide poblacional o los movimientos migratorios, por citar solo dos aspectos, como por la concentraci\u00f3n demogr\u00e1fica, sea permanente o temporal, y los procesos de despoblamiento rural y la p\u00e9rdida de la cohesi\u00f3n territorial y social entre el medio rural y el urbano.<\/p>\n<p>16.\u2003La Ley de Impulso Demogr\u00e1fico del Principado de Asturias se alinea con las agendas internacionales y los objetivos y planteamientos de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), la Agenda\u00a02030, el Informe de la Comisi\u00f3n al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comit\u00e9 Econ\u00f3mico y Social Europeo y al Comit\u00e9 de las Regiones sobre los efectos del cambio demogr\u00e1fico y los fondos Next Generation de la Uni\u00f3n Europea, el Convenio Europeo del Paisaje y, asimismo, con las agendas nacionales, especialmente, la Agenda Urbana Espa\u00f1ola, la Estrategia Nacional frente al Reto Demogr\u00e1fico y el Plan de Recuperaci\u00f3n: 130 medidas frente al reto demogr\u00e1fico del Gobierno de Espa\u00f1a.<\/p>\n<p>17.\u2003La afectaci\u00f3n de la cuesti\u00f3n demogr\u00e1fica a instituciones y \u00e1mbitos territoriales suprarregionales hace inevitable que se combinen pol\u00edticas y actuaciones que se desplieguen en distintas escalas y en una doble direcci\u00f3n: de abajo arriba y de arriba abajo, as\u00ed como en diferentes escalas de intervenci\u00f3n que van desde los \u00e1mbitos locales a los comunitarios de la Uni\u00f3n Europea. Esta circunstancia hace tambi\u00e9n propicio el establecimiento de relaciones de colaboraci\u00f3n y cooperaci\u00f3n entre distintas instituciones y entidades, tanto p\u00fablicas como privadas, y tanto de los \u00e1mbitos locales, regionales, estatales o europeos, pues es cierto que son numerosas las iniciativas que desde los distintos \u00e1mbitos se est\u00e1n llevando a cabo y eso genera un rico y variado intercambio de experiencias.<\/p>\n<p>18.\u2003Asimismo, y desde distintos \u00f3rganos de la Administraci\u00f3n del Principado de Asturias, se han puesto en marcha planes, programas y estrategias sectoriales, territoriales y transversales, relacionadas directa o indirectamente con el impulso demogr\u00e1fico, que se articulan e integran con la presente ley, la complementan y ampl\u00edan.<\/p>\n<p>19.\u2003Es el caso de la Ley\u00a04\/2021, de\u00a01 de diciembre, de Medidas Administrativas Urgentes, y de nuevas normas que persiguen la simplificaci\u00f3n y agilidad de las tramitaciones administrativas; la Estrategia de Envejecimiento Activo del Principado de Asturias (ESTRENA) o el III Plan Estrat\u00e9gico de Igualdad Entre Mujeres y Hombres y, por extensi\u00f3n, el conjunto de planes que conforman el mapa de estrategias del Principado de Asturias y que desde el marco conceptual y general de la Estrategia Asturias\u00a02030 orienta la acci\u00f3n pol\u00edtica de la regi\u00f3n.<\/p>\n<p>20.\u2003En este sentido, y con menci\u00f3n especial, cabe decir que el\u00a013 de julio de\u00a02022 el Pleno de la Junta General del Principado de Asturias aprob\u00f3 las conclusiones del dictamen elaborado por la Comisi\u00f3n Especial no Permanente sobre el Reto Demogr\u00e1fico, en el que se recoge un total de\u00a0219 propuestas relativas a los \u00e1mbitos del equilibrio territorial; la cohesi\u00f3n social; el medio rural; la econom\u00eda, el empleo y la formaci\u00f3n; la conciliaci\u00f3n y la corresponsabilidad; la familia y la natalidad; la igualdad entre mujeres y hombres; la juventud; el envejecimiento; la fiscalidad; la interculturalidad, las personas migrantes y el retorno, y la cultura, el ocio y el deporte. Dichas propuestas y recomendaciones han sido trasladadas al articulado de la presente ley.<\/p>\n<p>21.\u2003En el \u00e1mbito de la acci\u00f3n de la Administraci\u00f3n del Principado de Asturias cabe destacar la puesta en marcha del Plan Demogr\u00e1fico del Principado de Asturias (2017-2027), que fue aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de\u00a025 de octubre de\u00a02017. La estructura de la estrategia de intervenci\u00f3n del plan se organiza en\u00a07 ejes, que se desglosan en\u00a023 l\u00edneas estrat\u00e9gicas, que se concretan a su vez en\u00a049 medidas y estas, en\u00a0216 acciones de intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>22.\u2003El plan despliega su estrategia de intervenci\u00f3n a trav\u00e9s de siete ejes: dinamizaci\u00f3n econ\u00f3mica y TIC; igualdad de oportunidades, conciliaci\u00f3n y corresponsabilidad para las familias; envejecimiento; relevo generacional; pol\u00edtica migratoria; reequilibrio territorial y, por \u00faltimo, adaptaci\u00f3n al cambio. Y sus objetivos son:<\/p>\n<p>1.\u00ba\u2003Atenuar, y en la medida de lo posible invertir, el continuo proceso de envejecimiento y declive demogr\u00e1fico en el que se encuentra sumida la regi\u00f3n.<\/p>\n<p>2.\u00ba\u2003Avanzar en la correcci\u00f3n de los desequilibrios demogr\u00e1ficos territoriales existentes a nivel interno en la regi\u00f3n.<\/p>\n<p>3.\u00ba\u2003Atender las necesidades de la poblaci\u00f3n derivadas de la situaci\u00f3n presente y futura.<\/p>\n<p>23.\u2003Estos tres objetivos declarativos son imprescindibles para abordar la evoluci\u00f3n del impulso demogr\u00e1fico a trav\u00e9s de su proyecci\u00f3n en el tiempo, pero no son definitivos para su soluci\u00f3n. Son, sin duda, necesarios, pero no son suficientes. Desde el punto de vista de gesti\u00f3n, el Plan Demogr\u00e1fico es sumamente transversal y complejo, pues implica a la totalidad de las consejer\u00edas, direcciones generales y organismos p\u00fablicos.<\/p>\n<p>24.\u2003El tratamiento del impulso demogr\u00e1fico en Asturias obliga a plantear medidas y actuaciones en el corto, medio y largo plazo, unas dirigidas a atender las actuales necesidades de la sociedad y otras tendentes a sentar las bases de un nuevo modelo socioecon\u00f3mico regional para el futuro. Abordar la cuesti\u00f3n demogr\u00e1fica supone tambi\u00e9n gestionar una situaci\u00f3n que tiene muchas incertidumbres y algunas certezas. Entre estas \u00faltimas, que durante las pr\u00f3ximas d\u00e9cadas tendremos que prepararnos para gestionar una poblaci\u00f3n envejecida. Para hacer frente a ello tendremos que poner en pr\u00e1ctica medidas y pol\u00edticas de adaptaci\u00f3n, de mitigaci\u00f3n y de reversi\u00f3n.<\/p>\n<p>25.\u2003Adem\u00e1s del Plan Demogr\u00e1fico, desde la Administraci\u00f3n del Principado de Asturias se puso en marcha y se gestiona el Plan Especial para los Concejos del Suroccidente Asturiano, que afecta a los concejos de Allande, Cangas del Narcea, Dega\u00f1a, Ibias y Tineo y cuyo periodo temporal de aplicaci\u00f3n va desde\u00a02015 a\u00a02025. Como plan especial, ha sido concebido a trav\u00e9s de una programaci\u00f3n estrat\u00e9gica orientada a contribuir a fijar poblaci\u00f3n, combatir el envejecimiento y a la regeneraci\u00f3n econ\u00f3mica por medio de una revalorizaci\u00f3n de las potencialidades locales en un territorio cuyos indicadores y datos demogr\u00e1ficos son significativamente peores que los que se dan en el resto de la regi\u00f3n en lo relativo a la poblaci\u00f3n censal, el elevado envejecimiento, la baja tasa de natalidad y el despoblamiento.<\/p>\n<p>26.\u2003El plan se organiza a trav\u00e9s de seis ejes de intervenci\u00f3n: participaci\u00f3n local y gobernanza; calidad de vida en el medio rural; infraestructuras y transporte; impulso a la econom\u00eda y la capacitaci\u00f3n; patrimonio cultural, ambiental y paisaj\u00edstico y, por \u00faltimo, simplificaci\u00f3n administrativa. A su vez, estos seis ejes se concretan a trav\u00e9s de\u00a014 l\u00edneas estrat\u00e9gicas, 33 medidas y\u00a0183 acciones de intervenci\u00f3n. En el Plan Especial para los Concejos de Suroccidente (2015-2025) intervienen\u00a032 direcciones generales y organismos p\u00fablicos a trav\u00e9s de\u00a041 programas presupuestarios.<\/p>\n<p>27.\u2003Esta ley se adecua a los principios de buena regulaci\u00f3n: principio de necesidad, ya que expone de forma clara los motivos de su aprobaci\u00f3n; de eficacia y proporcionalidad, al resultar el instrumento m\u00e1s adecuado para abordar el impulso demogr\u00e1fico y contener la regulaci\u00f3n imprescindible a tal fin; de seguridad jur\u00eddica, ya que la norma se inserta de forma coherente con el resto del ordenamiento jur\u00eddico; de transparencia, pues contribuye a hacer m\u00e1s previsible y controlable la actuaci\u00f3n administrativa, y de eficiencia, ya que tiende a la utilizaci\u00f3n m\u00e1s adecuada de los recursos p\u00fablicos y a la simplificaci\u00f3n de la relaci\u00f3n de la ciudadan\u00eda con la Administraci\u00f3n.<\/p>\n<p>III<\/p>\n<p>28.\u2003La ley tiene un total de\u00a081 art\u00edculos y se organiza en un t\u00edtulo preliminar, seis t\u00edtulos, siete disposiciones adicionales, una derogatoria y cuatro finales. Es una ley que se marca como objetivo mejorar la tendencia demogr\u00e1fica de Asturias y pretende ser una herramienta legislativa que trascienda las limitaciones propias de la temporalidad de las legislaturas. Es, por tanto, una ley que nace con el objetivo de estar a la altura de las circunstancias del medio y largo plazo que caracterizan la propia naturaleza de la transici\u00f3n y cambio demogr\u00e1fico al que nos enfrentamos y que busca marcar orientaciones, generales y espec\u00edficas, en lo relativo a la atenci\u00f3n a la poblaci\u00f3n regional, sus necesidades y aspiraciones; la prestaci\u00f3n adecuada de los servicios p\u00fablicos tanto a los distintos territorios como a las comunidades y grupos de edad; el impulso a las distintas funcionalidades de los territorios rurales y urbanos y la cohesi\u00f3n entre los mismos y, por \u00faltimo, a la creaci\u00f3n de nuevas oportunidades tanto para las personas como para los territorios.<\/p>\n<p>29.\u2003El t\u00edtulo preliminar establece el objeto de la ley, su \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n y los principios y criterios generales que la orientan, as\u00ed como las competencias de las distintas Administraciones p\u00fablicas.<\/p>\n<p>30.\u2003El t\u00edtulo I se refiere a la necesidad de establecer una estrategia, una planificaci\u00f3n y una programaci\u00f3n demogr\u00e1fica coordinada para buscar la transversalidad, la concertaci\u00f3n y las sinergias que surgen del despliegue de las distintas pol\u00edticas sectoriales que directa o indirectamente afectan y est\u00e1n implicadas en los asuntos vinculados a la demograf\u00eda. Asimismo, establece la necesidad de contar con una nueva herramienta de evaluaci\u00f3n: el informe de impacto demogr\u00e1fico.<\/p>\n<p>31.\u2003El t\u00edtulo II se refiere a la coordinaci\u00f3n, la cooperaci\u00f3n de las distintas pol\u00edticas p\u00fablicas y la gobernanza, tanto internamente desde el \u00e1mbito de la propia Administraci\u00f3n del Principado de Asturias como de esta externamente con las entidades locales, estatales, europeas y otras comunidades aut\u00f3nomas y con las instituciones y entidades de naturaleza privada y asociativa. El t\u00edtulo se articula a trav\u00e9s de tres cap\u00edtulos: el primero hace referencia a la coordinaci\u00f3n y cooperaci\u00f3n p\u00fablica e institucional, el segundo a la cooperaci\u00f3n p\u00fablico-privada y el tercero a la gobernanza del reto demogr\u00e1fico en los aspectos de la financiaci\u00f3n y de la necesidad de impulsar los nuevos modelos de gobernanza y administraci\u00f3n p\u00fablica que necesitamos para gestionar un problema de tan largo recorrido, con tantas inc\u00f3gnitas como interrelaciones, as\u00ed como de la organizaci\u00f3n y puesta en marcha de una comisi\u00f3n gubernamental de seguimiento, un observatorio y un consejo social para el reto demogr\u00e1fico.<\/p>\n<p>32.\u2003El t\u00edtulo III hace referencia a las relaciones entre la demograf\u00eda y el territorio a trav\u00e9s de tres cap\u00edtulos. El primero se refiere a la organizaci\u00f3n funcional del medio rural asturiano atendiendo a sus caracter\u00edsticas de situaci\u00f3n y posici\u00f3n geogr\u00e1fica y al establecimiento de criterios para su clasificaci\u00f3n. El segundo cap\u00edtulo establece los criterios para la zonificaci\u00f3n territorial por razones demogr\u00e1ficas. Y el tercero plantea los elementos que favorecen y refuerzan la cohesi\u00f3n interna entre los distintos territorios de la regi\u00f3n.<\/p>\n<p>33.\u2003El t\u00edtulo IV se dedica a la estructura de la poblaci\u00f3n y a su organizaci\u00f3n y atenci\u00f3n diferencial por grupos de edad, exposici\u00f3n a la vulnerabilidad y el fomento de la igualdad entre mujeres y hombres. Es el t\u00edtulo que desarrolla los aspectos que relacionan el bienestar social con la demograf\u00eda y el acceso a los servicios p\u00fablicos, as\u00ed como los movimientos migratorios, el fomento de la cohesi\u00f3n social y la igualdad. Se organiza a trav\u00e9s de siete cap\u00edtulos. El primer cap\u00edtulo se refiere a las garant\u00edas de acceso al bienestar social y los servicios p\u00fablicos. El segundo trata m\u00e1s espec\u00edficamente la salud p\u00fablica y el fomento de los h\u00e1bitos saludables. El tercero se centra en la atenci\u00f3n a los distintos grupos de edad. En lo relativo a las pol\u00edticas para las personas mayores deber\u00e1n tomar en consideraci\u00f3n, entre otros aspectos, la solidaridad intergeneracional y la adaptaci\u00f3n a los diferentes tipos de envejecimiento. Otros aspectos que trata este t\u00edtulo tienen que ver con el apoyo a la discapacidad, la dependencia, la vida en soledad, la vida en el h\u00e1bitat rural disperso, el relevo generacional y la promoci\u00f3n de la autonom\u00eda personal. El cuarto se dedica al acceso a la educaci\u00f3n, en especial en lo tocante al medio rural, la transmisi\u00f3n de los conocimientos locales, el acceso a la formaci\u00f3n y la promoci\u00f3n del ocio saludable, la cultura y el deporte. El quinto lo hace al apoyo a la poblaci\u00f3n migrante, el fomento del retorno de los emigrantes, la atenci\u00f3n a los refugiados y la captaci\u00f3n de nuevos residentes. El cap\u00edtulo sexto se centra en aspectos de cohesi\u00f3n social, tales como el acceso a la vivienda, la dinamizaci\u00f3n del movimiento asociativo y la inclusi\u00f3n de los colectivos vulnerables. Por \u00faltimo, el cap\u00edtulo s\u00e9ptimo hace referencia a las pol\u00edticas de igualdad entre mujeres y hombres en el contexto del nuevo impulso demogr\u00e1fico, la conciliaci\u00f3n y la corresponsabilidad en la prestaci\u00f3n de los cuidados.<\/p>\n<p>34.\u2003El t\u00edtulo V se vincula a la econom\u00eda regional y local y sus relaciones con las din\u00e1micas demogr\u00e1ficas, y lo hace tanto en los aspectos de los sectores econ\u00f3micos como en los relativos al desarrollo territorial, con especial inter\u00e9s por el medio rural. La econom\u00eda es un factor esencial para propiciar mejoras y cambios tanto en la estructura demogr\u00e1fica como en las din\u00e1micas territoriales. No es el \u00fanico factor movilizador, pero s\u00ed, probablemente, el m\u00e1s influyente. El t\u00edtulo se despliega a trav\u00e9s de siete cap\u00edtulos. El primero establece las disposiciones comunes. El segundo, el apoyo y el fomento de la actividad empresarial y m\u00e1s espec\u00edficamente la industrial. El tercero lo hace en los aspectos m\u00e1s netamente territoriales alrededor del desarrollo rural. El cuarto, en la digitalizaci\u00f3n y el acceso a las nuevas tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y la comunicaci\u00f3n como uno de los aspectos m\u00e1s transversales y comunes para el fomento de la econom\u00eda regional y local. El quinto se centra en los aspectos relativos al empleo y los emprendedores. El cap\u00edtulo sexto se dedica a la fiscalidad y el s\u00e9ptimo, a las infraestructuras.<\/p>\n<p>35.\u2003El t\u00edtulo VI trata de uno de los aspectos que durante m\u00e1s tiempo y m\u00e1s intensamente nos van a afectar en lo relativo al impulso demogr\u00e1fico: la adaptaci\u00f3n a los cambios que propiciar\u00e1 la evoluci\u00f3n demogr\u00e1fica durante los pr\u00f3ximos lustros. La puesta en marcha de medidas pensadas para adaptarse a esos cambios y de acompa\u00f1amiento para la transici\u00f3n demogr\u00e1fica en la que nos encontramos, as\u00ed como medidas dirigidas a la investigaci\u00f3n y el dise\u00f1o de proyectos experimentales forman parte de este t\u00edtulo.<\/p>\n<p>36.\u2003Las ocho disposiciones adicionales se ocupan del uso del lenguaje no sexista en el articulado; de la supresi\u00f3n de la Comisi\u00f3n del Plan Demogr\u00e1fico del Principado de Asturias, por coincidir sus funciones con las de la Comisi\u00f3n Gubernamental del Reto Demogr\u00e1fico, creada por la presente ley, y del establecimiento de plazos concretos para varios asuntos: dictar las normas reglamentarias necesarias para el desarrollo de la ley; elaborar la estrategia demogr\u00e1fica de intervenci\u00f3n frente al reto demogr\u00e1fico; definir las directrices, criterios, instrucciones y metodolog\u00eda para la elaboraci\u00f3n de los informes de impacto demogr\u00e1fico; desarrollar reglamentariamente el Observatorio y Consejo Social para el Reto Demogr\u00e1fico; fijar los par\u00e1metros que definir\u00e1n la zonificaci\u00f3n regional, y desarrollar el Plan Retorna Asturias. La disposici\u00f3n derogatoria tiene un contenido gen\u00e9rico, dada la novedad de la regulaci\u00f3n. Y en las disposiciones finales se contiene la modificaci\u00f3n de la Ley del Principado de Asturias\u00a03\/2021, de\u00a030 de junio, de garant\u00eda de derechos y prestaciones vitales, la habilitaci\u00f3n normativa para el desarrollo reglamentario de la ley y se establece su entrada en vigor el d\u00eda siguiente al de su publicaci\u00f3n en el \u00abBolet\u00edn Oficial del Principado de Asturias\u00bb .<\/p>\n<p>T\u00cdTULO PRELIMINAR<\/p>\n<p><strong>Disposiciones generales<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a01.\u2003Objeto de la ley.<\/strong><\/p>\n<p>La presente ley tiene por objeto:<\/p>\n<p>a)\u2003El establecimiento de los principios y fundamentos que deben orientar las medidas y actuaciones dirigidas a afrontar el impulso demogr\u00e1fico del Principado de Asturias, en los aspectos relacionados tanto con la estructura de la poblaci\u00f3n como con la distribuci\u00f3n de la misma en el territorio, prestando especial atenci\u00f3n a la p\u00e9rdida de poblaci\u00f3n, el despoblamiento y el abandono rural, a la correcci\u00f3n de los desequilibrios entre grupos de edad, a la vulnerabilidad y la desigualdad de los mismos y a la mejora de la cohesi\u00f3n territorial y social.<\/p>\n<p>b)\u2003La coordinaci\u00f3n de las distintas pol\u00edticas sectoriales de la Administraci\u00f3n del Principado de Asturias con incidencia en la cuesti\u00f3n demogr\u00e1fica.<\/p>\n<p>c)\u2003La promoci\u00f3n de la participaci\u00f3n y la actuaci\u00f3n conjunta tanto con otras Administraciones p\u00fablicas como con entidades del \u00e1mbito social y ciudadano.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a02.\u2003\u00c1mbito de aplicaci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La presente ley ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n a la Administraci\u00f3n del Principado de Asturias y al sector p\u00fablico auton\u00f3mico.<\/p>\n<p>2.\u2003Las disposiciones de esta ley ser\u00e1n tambi\u00e9n aplicables a las entidades locales y al sector p\u00fablico dependiente de las mismas en los t\u00e9rminos indicados en el art\u00edculo\u00a05.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a03.\u2003Principios, criterios rectores y objetivos.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Son principios rectores de la presente ley los siguientes:<\/p>\n<p>a)\u2003La igualdad entre hombres y mujeres y la corresponsabilidad entre ambos.<\/p>\n<p>b)\u2003La especial atenci\u00f3n a la superaci\u00f3n de las desigualdades, sean estas de \u00edndole territorial, social o entre personas, y la especial consideraci\u00f3n a los diferentes colectivos, comunidades o grupos de edad y a aquellas singularidades de los mismos que puedan ocasionar desventajas y dificultades en el desarrollo de sus derechos y obligaciones.<\/p>\n<p>c)\u2003El fomento y el apoyo al desarrollo socioecon\u00f3mico y cultural de los distintos territorios, los colectivos, las comunidades y las personas que los habitan, con especial atenci\u00f3n al respeto del medio ambiente, el fomento de los modelos locales de desarrollo sostenible, la diversidad cultural y natural y la situaci\u00f3n de los territorios con mayores problemas de despoblamiento.<\/p>\n<p>d)\u2003La cohesi\u00f3n, articulaci\u00f3n y reequilibrio territorial y social justo de Asturias, con especial atenci\u00f3n a las relaciones entre las zonas rurales y urbanas, la protecci\u00f3n de la identidad cultural asturiana de las zonas rurales, el empoderamiento de la mujer rural y el uso y normalizaci\u00f3n del asturiano.<\/p>\n<p>e)\u2003La sostenibilidad de la vida en condiciones de dignidad e igualdad como factor del bienestar personal y colectivo en el territorio.<\/p>\n<p>f)\u2003El apoyo a los distintos tipos de familia a trav\u00e9s de ayudas econ\u00f3micas, conciliaci\u00f3n y prestaci\u00f3n de servicios.<\/p>\n<p>g)\u2003La utilizaci\u00f3n de una fiscalidad diferenciada que favorezca el asentamiento y la actividad econ\u00f3mica en las zonas despobladas y en riesgo de despoblamiento.<\/p>\n<p>2.\u2003Son criterios rectores de la ley los siguientes:<\/p>\n<p>a)\u2003El tratamiento integral, coordinado y transversal. Los distintos \u00f3rganos de la Administraci\u00f3n del Principado de Asturias incorporar\u00e1n la perspectiva demogr\u00e1fica en el dise\u00f1o y ejecuci\u00f3n de sus pol\u00edticas, tanto en el \u00e1mbito sectorial como en el alcance territorial de sus competencias. Asimismo, se establecer\u00e1n mecanismos e instrumentos de coordinaci\u00f3n para garantizar una acci\u00f3n concertada, integrada e integral.<\/p>\n<p>b)\u2003La colaboraci\u00f3n y cooperaci\u00f3n institucional. Las Administraciones p\u00fablicas de los distintos \u00e1mbitos y competencias sectoriales o territoriales establecer\u00e1n mecanismos de cooperaci\u00f3n y colaboraci\u00f3n para promover iniciativas relacionadas con el impulso demogr\u00e1fico. Asimismo, se podr\u00e1n establecer iniciativas de colaboraci\u00f3n y cooperaci\u00f3n con asociaciones y otras entidades del \u00e1mbito privado para la consecuci\u00f3n de los objetivos de la presente ley.<\/p>\n<p>c)\u2003El fomento de la eficiencia administrativa. Las Administraciones p\u00fablicas deber\u00e1n promover reformas en su normativa sustancial y procedimental, a los efectos de simplificar y agilizar los procedimientos administrativos que tengan una incidencia favorable en la esfera jur\u00eddica de la ciudadan\u00eda y en sus relaciones interadministrativas e interdepartamentales.<\/p>\n<p>d)\u2003La promoci\u00f3n de la participaci\u00f3n ciudadana. Las Administraciones p\u00fablicas fomentar\u00e1n tanto la cooperaci\u00f3n p\u00fablico-privada como la efectiva participaci\u00f3n de la ciudadan\u00eda y el impulso a sus iniciativas, en favor de los objetivos de la presente ley. Asimismo, se impulsar\u00e1n la participaci\u00f3n activa y la interlocuci\u00f3n entre agentes econ\u00f3micos, culturales y sociales.<\/p>\n<p>e)\u2003La evaluaci\u00f3n y seguimiento de la evoluci\u00f3n de la situaci\u00f3n demogr\u00e1fica y de los distintos planes, medidas y proyectos relacionados con el impulso demogr\u00e1fico.<\/p>\n<p>f)\u2003La investigaci\u00f3n, ensayo y experimentaci\u00f3n, a los efectos de buscar soluciones a los problemas derivados del reto demogr\u00e1fico.<\/p>\n<p>g)\u2003La informaci\u00f3n y sensibilizaci\u00f3n social, a cuyo fin las Administraciones p\u00fablicas favorecer\u00e1n la toma de conciencia y conocimiento por parte de la ciudadan\u00eda de la cuesti\u00f3n demogr\u00e1fica y sus repercusiones en el futuro de Asturias.<\/p>\n<p>3.\u2003Son objetivos de la ley los siguientes:<\/p>\n<p>a)\u2003Garantizar la atenci\u00f3n de la poblaci\u00f3n, tanto en el medio urbano como, especialmente, en el medio rural, cerrando las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres, mejorando la calidad de vida de los diferentes grupos de edad, comunidades y colectivos, as\u00ed como contribuyendo a la viabilidad econ\u00f3mica y social de los mismos y sus expectativas de futuro, con especial atenci\u00f3n a las personas mayores, la protecci\u00f3n de la infancia, el apoyo a las familias y la emancipaci\u00f3n de la juventud.<\/p>\n<p>b)\u2003Apoyar y estimular las pol\u00edticas de igualdad entre mujeres y hombres, necesarias para que las mujeres puedan decidir su maternidad sin poner en riesgo ning\u00fan aspecto de su vida, incluido su desarrollo econ\u00f3mico, profesional y personal.<\/p>\n<p>c)\u2003Atraer nueva poblaci\u00f3n a Asturias, retener la existente y promover el regreso de la emigraci\u00f3n, tanto en las ciudades como en las villas y aldeas del medio rural, mediante el aprovechamiento de los recursos locales, las actividades innovadoras, el est\u00edmulo a las nuevas oportunidades, la mejora de las infraestructuras, los servicios y la calidad de vida y el fomento de nuevos modelos de desarrollo territorial.<\/p>\n<p>d)\u2003Contribuir al reequilibrio y la cohesi\u00f3n social, econ\u00f3mica, demogr\u00e1fica y territorial de Asturias, as\u00ed como a su desarrollo integral, con especial atenci\u00f3n a los distintos escenarios del medio rural.<\/p>\n<p>e)\u2003Favorecer la activaci\u00f3n de un nuevo modelo de desarrollo regional basado en la promoci\u00f3n econ\u00f3mica sostenible e innovadora de las distintas potencialidades, la captaci\u00f3n de nuevas inversiones, la conservaci\u00f3n de los recursos naturales y culturales mediante su gesti\u00f3n, movilizaci\u00f3n y uso pertinente, el justo reparto de los recursos ayudas y subvenciones entre mujeres y hombres y el fomento de los distintos modelos de desarrollo local.<\/p>\n<p>f)\u2003Afrontar las distintas transiciones: energ\u00e9tica, territorial, demogr\u00e1fica, econ\u00f3mica y ecol\u00f3gica, como una oportunidad para definir el nuevo modelo de desarrollo auton\u00f3mico.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a04.\u2003Principios y criterios de actuaci\u00f3n y organizaci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias incorporar\u00e1 la perspectiva demogr\u00e1fica en el ejercicio de sus potestades normativas y en el desarrollo de pol\u00edticas, medidas y acciones dirigidas a atender los principios y objetivos de la presente ley.<\/p>\n<p>2.\u2003Se implantar\u00e1n modelos de gesti\u00f3n p\u00fablica que combinen tanto la coordinaci\u00f3n integrada de distintas pol\u00edticas y medidas relacionadas con los principios, criterios y objetivos de la presente ley como la responsabilidad sectorial de la gesti\u00f3n de cada una de ellas desde el \u00f3rgano con competencias sobre la misma.<\/p>\n<p>3.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias fomentar\u00e1 la cooperaci\u00f3n interinstitucional y participar\u00e1 en el dise\u00f1o y ejecuci\u00f3n de agendas multinivel conjuntas con otras Administraciones.<\/p>\n<p>4.\u2003Asimismo, se abordar\u00e1 la elaboraci\u00f3n de planes demogr\u00e1ficos de car\u00e1cter general o parcial dirigidos a \u00e1mbitos sectoriales o territoriales espec\u00edficos.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a05.\u2003Competencias de las Administraciones p\u00fablicas.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Todos los \u00f3rganos de la Administraci\u00f3n del Principado de Asturias ejercer\u00e1n sus competencias espec\u00edficas teniendo en cuenta las prescripciones de la presente ley, bien en la medida en que incidan de manera directa en su \u00e1mbito competencial, bien coadyuvando a la adecuada gesti\u00f3n del reto demogr\u00e1fico, dado el car\u00e1cter transversal del mismo.<\/p>\n<p>2.\u2003En virtud de la presente ley no se modifica el r\u00e9gimen competencial de las entidades locales del Principado de Asturias, si bien las mismas deber\u00e1n ejercer sus competencias tomando en consideraci\u00f3n, en todo caso, la perspectiva del reto demogr\u00e1fico, siguiendo los principios y criterios rectores de la presente ley y procurando el cumplimiento de sus objetivos.<\/p>\n<p>T\u00cdTULO I<\/p>\n<p><strong>Estrategia y planificaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a06.\u2003Estrategia demogr\u00e1fica.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La estrategia de intervenci\u00f3n frente al reto demogr\u00e1fico, cuya aprobaci\u00f3n corresponde al Consejo de Gobierno, se concibe como un instrumento de orientaci\u00f3n de la acci\u00f3n pol\u00edtica de la Administraci\u00f3n del Principado de Asturias, que determinar\u00e1 los objetivos generales y espec\u00edficos, los ejes, l\u00edneas, medidas de actuaci\u00f3n y acciones a desarrollar, los mecanismos de financiaci\u00f3n, as\u00ed como la evaluaci\u00f3n y seguimiento de la misma a trav\u00e9s de indicadores que permitan medir la consecuci\u00f3n de sus objetivos.<\/p>\n<p>2.\u2003La estrategia de intervenci\u00f3n frente al reto demogr\u00e1fico tendr\u00e1 los siguientes objetivos generales:<\/p>\n<p>a)\u2003Atender las necesidades de la poblaci\u00f3n derivadas de la situaci\u00f3n presente y futura.<\/p>\n<p>b)\u2003Atenuar e invertir el actual proceso de envejecimiento y despoblamiento demogr\u00e1fico.<\/p>\n<p>c)\u2003Avanzar en la correcci\u00f3n de los desequilibrios demogr\u00e1ficos, tanto territoriales como poblacionales.<\/p>\n<p>3.\u2003La puesta en marcha y el desarrollo de la estrategia demogr\u00e1fica se concretar\u00e1 a trav\u00e9s de los correspondientes planes estrat\u00e9gicos.<\/p>\n<p>4.\u2003La estrategia tendr\u00e1 una vigencia temporal determinada, que podr\u00e1 ser revisada y adaptada seg\u00fan evolucionen las coyunturas y los acontecimientos que as\u00ed lo aconsejen.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a07.\u2003Planificaci\u00f3n demogr\u00e1fica.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Los planes demogr\u00e1ficos son los instrumentos operativos que desarrollan la estrategia frente al reto demogr\u00e1fico.<\/p>\n<p>2.\u2003En funci\u00f3n de su \u00e1mbito de intervenci\u00f3n, existir\u00e1n los siguientes tipos de planes demogr\u00e1ficos:<\/p>\n<p>a)\u2003Planes demogr\u00e1ficos generales, cuyo \u00e1mbito de intervenci\u00f3n afecta al conjunto del territorio y la poblaci\u00f3n asturiana.<\/p>\n<p>b)\u2003Planes demogr\u00e1ficos sectoriales, destinados a un \u00e1mbito competencial y pol\u00edtico concreto o a un grupo de edad, comunidad o colectivo determinado.<\/p>\n<p>c)\u2003Planes demogr\u00e1ficos territoriales, cuyo \u00e1mbito de intervenci\u00f3n afecta a un territorio inferior a la comunidad aut\u00f3noma.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a08.\u2003Informe de impacto demogr\u00e1fico.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Los proyectos de ley, decretos y planes estrat\u00e9gicos sectoriales que sean tramitados por la Administraci\u00f3n del Principado de Asturias deber\u00e1n ir acompa\u00f1ados de un informe de impacto demogr\u00e1fico.<\/p>\n<p>2.\u2003Las directrices, criterios, instrucciones y metodolog\u00eda para la elaboraci\u00f3n y tramitaci\u00f3n del citado informe de impacto demogr\u00e1fico ser\u00e1n elaborados y aprobados por el \u00f3rgano de la Administraci\u00f3n del Principado de Asturias competente en materia demogr\u00e1fica, procurando racionalizar y simplificar la emisi\u00f3n de dicho informe.<\/p>\n<p>T\u00cdTULO II<\/p>\n<p><strong>Coordinaci\u00f3n, cooperaci\u00f3n de pol\u00edticas p\u00fablicas y gobernanza<\/strong><\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO I<\/p>\n<p><strong>Principios de aplicaci\u00f3n y orientaciones<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a09.\u2003Contrataci\u00f3n del sector p\u00fablico.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias y el sector p\u00fablico auton\u00f3mico, en el marco de la normativa b\u00e1sica vigente en materia de contrataci\u00f3n p\u00fablica, velar\u00e1n por la incorporaci\u00f3n en los pliegos de prescripciones t\u00e9cnicas, definidores de las obras, servicios y suministros que precisen para el ejercicio de sus competencias, de requisitos y caracter\u00edsticas espec\u00edficas sociales y medioambientales que guarden relaci\u00f3n con el objeto del contrato, sean proporcionales, est\u00e9n motivados en el expediente, mejoren la eficiencia y sostenibilidad de los bienes, obras o servicios que se contraten y redunden en la mejora del medio rural, propiciando las adquisiciones de proximidad, la utilizaci\u00f3n de productos locales, ecol\u00f3gicos, frescos y de temporada, as\u00ed como productos amparados por las marcas de calidad de Asturias, propiciando igualmente la reducci\u00f3n de emisiones de gases de efecto invernadero, la gesti\u00f3n forestal sostenible, las energ\u00edas renovables y el ahorro energ\u00e9tico.<\/p>\n<p>2.\u2003En los contratos menores se invitar\u00e1 preferentemente a la participaci\u00f3n de las peque\u00f1as y medianas empresas, cooperativas y\/o empresarios aut\u00f3nomos, y especialmente a empresas de econom\u00eda social, con capacidad y solvencia adecuada para ejecutar las prestaciones de que se trate. Este criterio podr\u00e1 utilizarse tambi\u00e9n en el procedimiento negociado sin publicidad en los supuestos en los que la ley de contratos de la legislaci\u00f3n b\u00e1sica lo permita.<\/p>\n<p>3.\u2003En la preparaci\u00f3n de los contratos y en los t\u00e9rminos legalmente establecidos se procurar\u00e1 adaptar el tama\u00f1o de los contratos y su duraci\u00f3n para facilitar la participaci\u00f3n en los mismos de las pymes, micropymes y personas trabajadoras aut\u00f3nomas locales.<\/p>\n<p>4.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias impulsar\u00e1 mecanismos de apoyo a los concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas a trav\u00e9s de la Federaci\u00f3n Asturiana de Concejos para la consecuci\u00f3n y tramitaci\u00f3n de los fondos europeos.<\/p>\n<p>5.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias apoyar\u00e1 a los concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas en la redacci\u00f3n de proyectos y en la elaboraci\u00f3n de pliegos t\u00e9cnicos y administrativos para agilizar los trabajos de los procedimientos de contrataci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a010.\u2003Ayudas y subvenciones.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Las bases reguladoras y convocatorias de ayudas y subvenciones del sector p\u00fablico auton\u00f3mico podr\u00e1n incorporar criterios de incentivaci\u00f3n positiva y medidas de apoyo espec\u00edfico vinculadas al impulso demogr\u00e1fico, siempre que los referidos incentivos sean compatibles con el objeto, finalidad, intensidad y niveles m\u00e1ximos de las ayudas, de acuerdo con la normativa que resulte de aplicaci\u00f3n en la materia.<\/p>\n<p>2.\u2003Se podr\u00e1n aprobar l\u00edneas de ayudas y subvenciones, mediante el procedimiento de concesi\u00f3n directa, destinadas a financiar espec\u00edficamente proyectos que ayuden a afrontar el reto demogr\u00e1fico, en consonancia con la normativa vigente.<\/p>\n<p>3.\u2003Se crear\u00e1 un fondo de apoyo a los concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a011.\u2003Simplificaci\u00f3n, eficiencia y coherencia administrativa.<\/strong><\/p>\n<p>La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias, su sector p\u00fablico y las entidades locales promover\u00e1n la simplificaci\u00f3n administrativa mediante la reducci\u00f3n de las cargas administrativas, la eficiencia, la coherencia y la coordinaci\u00f3n de los requisitos sustantivos y procedimentales exigidos a la ciudadan\u00eda, evitando posibles duplicidades derivadas de la intervenci\u00f3n de diferentes \u00f3rganos o Administraciones, mediante el incremento de la interoperabilidad y la reutilizaci\u00f3n de la informaci\u00f3n, con el objetivo principal de facilitar el desarrollo de proyectos que contribuyan a la revitalizaci\u00f3n econ\u00f3mica y social de los concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a012.\u2003Empleo p\u00fablico.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La planificaci\u00f3n y gesti\u00f3n de los recursos humanos en el \u00e1mbito de la Administraci\u00f3n del Principado de Asturias, su sector p\u00fablico y las entidades locales incluir\u00e1 como objetivos estrat\u00e9gicos:<\/p>\n<p>a)\u2003Facilitar la prestaci\u00f3n de servicios en los concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas y la residencia en ellos de los empleados p\u00fablicos.<\/p>\n<p>b)\u2003Impulsar la formaci\u00f3n en materia demogr\u00e1fica de los empleados p\u00fablicos como contenido transversal de su formaci\u00f3n profesional.<\/p>\n<p>2.\u2003Lo previsto en el apartado anterior deber\u00e1 informar los planes de ordenaci\u00f3n de recursos humanos que se elaboren, as\u00ed como los procedimientos de provisi\u00f3n de puestos de trabajo, los modelos de carrera profesional, el r\u00e9gimen de retribuciones y los actos ordinarios de gesti\u00f3n de personal, en el marco de la legislaci\u00f3n aplicable en materia de empleo p\u00fablico.<\/p>\n<p>3.\u2003Asimismo, la Administraci\u00f3n del Principado de Asturias a trav\u00e9s del departamento con competencias en materia de funci\u00f3n p\u00fablica promover\u00e1 medidas y actuaciones encaminadas a la colaboraci\u00f3n entre Administraciones p\u00fablicas, la eficiencia en la provisi\u00f3n de puestos de trabajo, el apoyo a las corporaciones locales de los concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas, la cooperaci\u00f3n interadministrativa en materia de selecci\u00f3n de personal y la provisi\u00f3n de puestos de trabajo en otras Administraciones p\u00fablicas.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a013.\u2003Acceso a infraestructuras, equipamientos y servicios p\u00fablicos.<\/strong><\/p>\n<p>La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias promover\u00e1 y garantizar\u00e1 la igualdad de derechos entre mujeres y hombres en todo el territorio del Principado de Asturias en el acceso a cualesquiera infraestructuras, equipamientos y servicios p\u00fablicos, as\u00ed como la eliminaci\u00f3n de las discriminaciones territoriales y sociales que a este respecto pudiesen darse, con pol\u00edticas p\u00fablicas vinculadas a garantizar dicha prestaci\u00f3n de servicios con independencia del lugar de residencia y en la medida de las posibilidades de la Administraci\u00f3n.<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO II<\/p>\n<p><strong>Cooperaci\u00f3n p\u00fablico-privada<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a014.\u2003Acceso y fomento de servicios privados de inter\u00e9s p\u00fablico.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Las Administraciones p\u00fablicas velar\u00e1n por el mantenimiento de la prestaci\u00f3n de servicios de titularidad privada esenciales para el bienestar de la ciudadan\u00eda y, especialmente, de las comunidades rurales.<\/p>\n<p>2.\u2003En los casos de servicios de especial relevancia para la ciudadan\u00eda, justificada la necesidad o inter\u00e9s del servicio y las limitaciones de la iniciativa privada para su puesta en marcha o mantenimiento, las Administraciones p\u00fablicas podr\u00e1n promover medidas de apoyo y colaboraci\u00f3n mutua p\u00fablico-privada para la prestaci\u00f3n del servicio o la actividad de que se trate.<\/p>\n<p>3.\u2003Los agentes del sector privado podr\u00e1n implicarse y participar en las pol\u00edticas p\u00fablicas de impulso demogr\u00e1fico mediante programas espec\u00edficos de colaboraci\u00f3n p\u00fablico-privada o la suscripci\u00f3n de convenios de colaboraci\u00f3n.<\/p>\n<p>4.\u2003El Principado de Asturias velar\u00e1 por la obligatoriedad establecida en la normativa estatal de que las entidades financieras que operen en el territorio atiendan en sus estrategias comerciales y de funci\u00f3n financiera al acceso de la poblaci\u00f3n a servicios bancarios a trav\u00e9s de oficinas, cajeros, agentes financieros, oficinas m\u00f3viles o cualesquiera otros medios, con la finalidad de aportar soluciones a aquellas poblaciones que no tengan acceso a estos servicios bancarios. Igualmente, en colaboraci\u00f3n con las entidades locales, se desarrollar\u00e1n actuaciones contra la exclusi\u00f3n financiera para garantizar el acceso a los servicios financieros de todos los ciudadanos con independencia de su lugar de residencia. Se atender\u00e1 en particular a las necesidades de las personas que viven en el medio rural, especialmente a las personas de mayor edad y los ciudadanos residentes en concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas. A estos efectos podr\u00e1n suscribirse convenios o acuerdos.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a015.\u2003Colaboraci\u00f3n p\u00fablico-privada.<\/strong><\/p>\n<p>Adem\u00e1s de la prestaci\u00f3n de servicios privados de inter\u00e9s p\u00fablico recogidos en el art\u00edculo anterior, se podr\u00e1n establecer colaboraciones con entidades del \u00e1mbito privado para el desarrollo de actividades y trabajos relacionados con los objetivos, criterios y principios rectores de la presente ley.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a016.\u2003Sensibilizaci\u00f3n y participaci\u00f3n social.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias garantizar\u00e1 y promover\u00e1 la participaci\u00f3n de la ciudadan\u00eda en las distintas pol\u00edticas que afecten al impulso demogr\u00e1fico para conseguir su implicaci\u00f3n en la b\u00fasqueda de soluciones, la difusi\u00f3n de la informaci\u00f3n y el conocimiento en la materia, as\u00ed como el cumplimiento de las obligaciones que afectan a la tramitaci\u00f3n, informaci\u00f3n y consulta p\u00fablica.<\/p>\n<p>2.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias promover\u00e1 acciones de sensibilizaci\u00f3n social a fin de concienciar a la ciudadan\u00eda de las consecuencias e implicaciones que la cuesti\u00f3n demogr\u00e1fica comporta. Asimismo, velar\u00e1 por la difusi\u00f3n de los datos y distintas estad\u00edsticas demogr\u00e1ficas a trav\u00e9s de los organismos p\u00fablicos con competencia en la materia.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a017.\u2003Medios de comunicaci\u00f3n social.<\/strong><\/p>\n<p>Las Administraciones p\u00fablicas prestar\u00e1n su colaboraci\u00f3n con los medios de comunicaci\u00f3n a trav\u00e9s de los mecanismos, procedimientos e instrumentos oportunos a fin de facilitar la transmisi\u00f3n de conocimientos e informaciones a la sociedad en materia de demograf\u00eda.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a018.\u2003Colaboraci\u00f3n con los Grupos de Desarrollo Rural.<\/strong><\/p>\n<p>La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias, su sector p\u00fablico y las entidades locales promover\u00e1n acuerdos de cooperaci\u00f3n y colaboraci\u00f3n con los Grupos de Desarrollo Rural para desarrollo de actuaciones conjuntas en relaci\u00f3n con los planes demogr\u00e1ficos y de otras medidas y acciones en el marco de esta ley.<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO III<\/p>\n<p><strong>Gobernanza<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a019.\u2003Nuevos modelos de gobernanza y Administraci\u00f3n p\u00fablica.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias promover\u00e1 la gobernanza compartida y multinivel entre las distintas Administraciones p\u00fablicas, as\u00ed como la participaci\u00f3n de la sociedad y la colaboraci\u00f3n p\u00fablico-privada en la planificaci\u00f3n y gesti\u00f3n del impulso demogr\u00e1fico.<\/p>\n<p>2.\u2003A tales efectos, la Administraci\u00f3n del Principado de Asturias crear\u00e1 espacios y \u00f3rganos que garanticen la participaci\u00f3n efectiva de las entidades locales y de los actores econ\u00f3micos y sociales m\u00e1s representativos y participar\u00e1 en los \u00f3rganos y estructuras de \u00e1mbito estatal, suprarregional e internacional que se creen al efecto.<\/p>\n<p>3.\u2003Se fomentar\u00e1n las figuras tradicionales de gobernanza como modos de organizaci\u00f3n y funcionamiento colectivo propios de Asturias.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a020.\u2003Financiaci\u00f3n de las medidas y actuaciones.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias adoptar\u00e1 las medidas fiscales y financieras necesarias para el logro de los objetivos previstos en la presente ley.<\/p>\n<p>2.\u2003Los presupuestos generales del Principado de Asturias recoger\u00e1n los cr\u00e9ditos destinados a la puesta en marcha de las actuaciones que permitan el cumplimiento de los citados objetivos.<\/p>\n<p>3.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias procurar\u00e1 la obtenci\u00f3n de las aportaciones financieras procedentes de la Uni\u00f3n Europea y de la Administraci\u00f3n General del Estado con el fin de poner en marcha medidas frente al reto demogr\u00e1fico.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a021.\u2003Comisi\u00f3n Gubernamental para el Reto Demogr\u00e1fico.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Se crea la Comisi\u00f3n Gubernamental para el Reto Demogr\u00e1fico, como \u00f3rgano de asesoramiento, apoyo y coordinaci\u00f3n de la Administraci\u00f3n del Principado de Asturias en materia de reto demogr\u00e1fico, adscrita a la consejer\u00eda con competencia en dicha materia.<\/p>\n<p>2.\u2003La Comisi\u00f3n Gubernamental para el Reto Demogr\u00e1fico estar\u00e1 integrada por un vocal en representaci\u00f3n de cada una de las consejer\u00edas de la Administraci\u00f3n del Principado de Asturias, designado por la persona titular de cada consejer\u00eda, con nivel org\u00e1nico de direcci\u00f3n general. Su presidencia corresponder\u00e1 al titular de la consejer\u00eda con competencia en materia de impulso demogr\u00e1fico y la secretar\u00eda de la misma ser\u00e1 desempe\u00f1ada por un funcionario de dicha consejer\u00eda.<\/p>\n<p>3.\u2003Corresponder\u00e1n a la Comisi\u00f3n indicada las siguientes funciones:<\/p>\n<p>a)\u2003Analizar la evoluci\u00f3n de la demograf\u00eda regional.<\/p>\n<p>b)\u2003Impulsar y coordinar las actuaciones de los diferentes \u00f3rganos de la Administraci\u00f3n del Principado de Asturias que tengan por objeto la mejora de la situaci\u00f3n demogr\u00e1fica.<\/p>\n<p>c)\u2003Emitir informe en relaci\u00f3n con las estrategias y planes de la Administraci\u00f3n del Principado de Asturias en materia demogr\u00e1fica, y conocer los informes de seguimiento de dichas estrategias y planes, as\u00ed como debatir sobre los mismos.<\/p>\n<p>d)\u2003Formular recomendaciones relativas a acciones, proyectos y medidas orientadas a la mejora de la situaci\u00f3n demogr\u00e1fica.<\/p>\n<p>e)\u2003Constituir un foro de coordinaci\u00f3n e intercambio de experiencias y pr\u00e1cticas administrativas respecto a las pol\u00edticas p\u00fablicas de los distintos \u00f3rganos de la Administraci\u00f3n del Principado de Asturias con incidencia sobre el reto demogr\u00e1fico.<\/p>\n<p>4.\u2003El r\u00e9gimen de funcionamiento de la Comisi\u00f3n ser\u00e1 el establecido para los \u00f3rganos colegiados de las Administraciones p\u00fablicas en la subsecci\u00f3n\u00a01.\u00aa de la secci\u00f3n\u00a03.\u00aa del cap\u00edtulo II del t\u00edtulo preliminar de la Ley\u00a040\/2015, de\u00a01 de octubre, de R\u00e9gimen Jur\u00eddico del Sector P\u00fablico.<\/p>\n<p>5.\u2003La Comisi\u00f3n funcionar\u00e1 en pleno, que se integrar\u00e1 por todos los miembros de la misma, o a trav\u00e9s de los grupos de trabajo que, en su caso, se constituyan en su seno.<\/p>\n<p>6.\u2003La presidencia podr\u00e1 invitar a las reuniones del pleno o de los grupos de trabajo a otros representantes de cualquier consejer\u00eda del Principado de Asturias, as\u00ed como de entidades p\u00fablicas o privadas u organizaciones o asociaciones cuya presencia y opini\u00f3n sean consideradas oportunas por raz\u00f3n de la materia.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a022.\u2003Observatorio y Consejo Social para el Reto Demogr\u00e1fico.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Se crea el Observatorio y Consejo Social para el Reto Demogr\u00e1fico, como foro de participaci\u00f3n y encuentro respecto a las pol\u00edticas p\u00fablicas relacionadas con el reto demogr\u00e1fico.<\/p>\n<p>2.\u2003Entre sus funciones principales se encontrar\u00e1n las relativas al impulso y orientaci\u00f3n de las pol\u00edticas p\u00fablicas relacionadas con el impulso demogr\u00e1fico, tanto en lo referente a la estructura de la poblaci\u00f3n como en lo relativo a la distribuci\u00f3n de la misma en el territorio, con atenci\u00f3n a la igualdad entre hombres y mujeres, la econom\u00eda regional y las econom\u00edas locales, la prestaci\u00f3n de servicios, la participaci\u00f3n ciudadana, la cohesi\u00f3n econ\u00f3mica, social y territorial y, en general, los aspectos relacionados con la mejora demogr\u00e1fica de la regi\u00f3n.<\/p>\n<p>3.\u2003El Observatorio y Consejo Social para el Reto Demogr\u00e1fico deber\u00e1 contar, al menos, con participaci\u00f3n de organizaciones empresariales y sindicales; del movimiento asociativo, especialmente de la zona rural; de la Universidad de Oviedo; de la Federaci\u00f3n Asturiana de Concejos, y de la Federaci\u00f3n Asturiana de Parroquias Rurales.<\/p>\n<p>T\u00cdTULO III<\/p>\n<p><strong>Territorio y demograf\u00eda<\/strong><\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO I<\/p>\n<p><strong>Zonificaci\u00f3n por razones demogr\u00e1ficas<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a023.\u2003Criterios para la zonificaci\u00f3n demogr\u00e1fica.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Para orientar la aplicaci\u00f3n y evaluar los resultados de las pol\u00edticas, planes, programas, medidas y acciones recogidas en la presente ley, se elaborar\u00e1 una zonificaci\u00f3n regional de car\u00e1cter demogr\u00e1fico, utilizando para ello un indicador sint\u00e9tico de estado demogr\u00e1fico.<\/p>\n<p>2.\u2003La unidad de an\u00e1lisis territorial para la zonificaci\u00f3n ser\u00e1 el concejo.<\/p>\n<p>3.\u2003El indicador sint\u00e9tico de estado demogr\u00e1fico utilizado para la zonificaci\u00f3n tendr\u00e1 en cuenta, como componentes m\u00e1s relevantes para la caracterizaci\u00f3n demogr\u00e1fica de cada concejo, las siguientes variables: densidad de poblaci\u00f3n, din\u00e1mica demogr\u00e1fica, masculinidad, envejecimiento, poblaci\u00f3n infantil, natalidad, mortalidad y migraciones. Asimismo, en los trabajos de definici\u00f3n del indicador podr\u00e1 a\u00f1adirse o sustituirse alguna de las variables indicadas por razones debidamente motivadas. En la definici\u00f3n del indicador sint\u00e9tico deber\u00e1n concretarse los componentes que se incluyen en cada categor\u00eda y su modo de valoraci\u00f3n.<\/p>\n<p>4.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias elaborar\u00e1 una zonificaci\u00f3n demogr\u00e1fica de la regi\u00f3n, que se actualizar\u00e1 y revisar\u00e1 en funci\u00f3n de los par\u00e1metros establecidos al menos anualmente.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a024.\u2003Zonificaci\u00f3n demogr\u00e1fica.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003A efectos demogr\u00e1ficos, los concejos asturianos se clasificar\u00e1n en alguno de los siguientes tipos:<\/p>\n<p>a)\u2003Concejos demogr\u00e1ficamente din\u00e1micos. Son aquellos en los que la mayor\u00eda de los componentes que definen las categor\u00edas del indicador sint\u00e9tico de estado demogr\u00e1fico son favorables.<\/p>\n<p>b)\u2003Concejos demogr\u00e1ficamente inestables. Son aquellos que presentan componentes que, en conjunto, no les permiten pertenecer a la tipolog\u00eda anterior, pero que no son tan desfavorables como para pertenecer a las tipolog\u00edas siguientes, bien porque las alteraciones de la poblaci\u00f3n no sean relevantes, bien por contar con valores intermedios, bien porque unos componentes y valores compensen a otros.<\/p>\n<p>c)\u2003Concejos en crisis demogr\u00e1fica. Son aquellos que muestran problemas demogr\u00e1ficos en la mayor\u00eda de los componentes y categor\u00edas del indicador sint\u00e9tico de estado demogr\u00e1fico.<\/p>\n<p>d)\u2003Concejos en riesgo de despoblamiento. Son aquellos en los cuales los componentes, en general, son muy negativos y est\u00e1n sumidos en una reducci\u00f3n severa de la poblaci\u00f3n.<\/p>\n<p>2.\u2003A los efectos de la presente ley, los concejos pertenecientes a las tipolog\u00edas b), c) y d) de este art\u00edculo tendr\u00e1n la consideraci\u00f3n gen\u00e9rica de concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas.<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO II<\/p>\n<p><strong>Tipolog\u00eda del medio rural<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a025.\u2003Criterios para la tipificaci\u00f3n de las zonas rurales.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Las zonas rurales deber\u00e1n ser objeto de atenci\u00f3n espec\u00edfica para combatir tanto los problemas demogr\u00e1ficos como los de abandono de tierras.<\/p>\n<p>2.\u2003En raz\u00f3n de su historia agraria, situaci\u00f3n, posici\u00f3n, caracter\u00edsticas biogeogr\u00e1ficas, econ\u00f3micas y potencialidad agron\u00f3mica, las zonas rurales se clasificar\u00e1n en tres tipos principales, a saber: zonas rurales periurbanas, zonas rurales intermedias y zonas rurales naturalizadas.<\/p>\n<p>3.\u2003La parroquia es la unidad esencial para establecer la tipificaci\u00f3n de las distintas ruralidades o zonas rurales de Asturias, entendida la misma en un sentido geogr\u00e1fico y funcional, no necesariamente coincidente con las entidades locales inframunicipales reguladas por la Ley del Principado de Asturias\u00a011\/1986, de\u00a020 de noviembre, por la que se reconoce la Personalidad Jur\u00eddica de la Parroquia Rural.<\/p>\n<p>4.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias, a trav\u00e9s de los \u00f3rganos competentes en materia de estad\u00edstica, ordenaci\u00f3n del territorio y medio rural, elaborar\u00e1 un mapa de referencia de los tres tipos de zonas rurales y una estrategia orientada a su mejor y m\u00e1s \u00f3ptimo aprovechamiento, uso y gesti\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a026.\u2003Zonas rurales periurbanas.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Constituyen las zonas rurales periurbanas aquellas situadas en la periferia circundante de los n\u00facleos urbanos m\u00e1s densamente poblados y ciudades.<\/p>\n<p>2.\u2003En las zonas rurales periurbanas se arbitrar\u00e1n medidas de regulaci\u00f3n y contenci\u00f3n, para gestionar la expansi\u00f3n y difusi\u00f3n urbana, y de fomento del desarrollo sostenible de la actividad agropecuaria y forestal local, para evitar el asilvestramiento, la matorralizaci\u00f3n y los riesgos de incendios y plagas derivados del abandono de dichas actividades.<\/p>\n<p>3.\u2003La planificaci\u00f3n urbana y la ordenaci\u00f3n del territorio de los concejos de dominancia urbana incluir\u00e1n en sus planes referencias a la ordenaci\u00f3n y el aprovechamiento sostenible del medio rural periurbano y, especialmente, a la conservaci\u00f3n de las funciones y suelos de valor agron\u00f3mico vinculados a la puesta en valor de los sistemas agroalimentarios locales y la agricultura de proximidad. Asimismo, establecer\u00e1n normas e instrumentos de intervenci\u00f3n para contener u ordenar la difusi\u00f3n y la expansi\u00f3n urbana y favorecer el uso multifuncional recreativo, residencial y productivo del medio rural periurbano y la conservaci\u00f3n del medio ambiente, del paisaje y de los ecosistemas.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a027.\u2003Zonas rurales intermedias.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Constituyen las zonas rurales intermedias aquellas en las que la actividad agraria, principalmente de tipo intensivo, tiene una importancia significativa. Dichas zonas son los \u00e1mbitos agrarios de mayor producci\u00f3n, situados en las zonas de mejor accesibilidad, con una orograf\u00eda favorable a la producci\u00f3n en monocultivo, cuyas referencias de proximidad urbana son las villas y las ciudades.<\/p>\n<p>2.\u2003En las zonas rurales intermedias tendr\u00e1n prioridad las pol\u00edticas orientadas a la mejora del medio ambiente, la mejora de la eficiencia productiva y la rentabilidad, la diversificaci\u00f3n de la producci\u00f3n agraria y la compatibilidad de la actividad agraria con otras actividades econ\u00f3micas, culturales o recreativas.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a028.\u2003Zonas rurales naturalizadas.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Constituyen las zonas rurales naturalizadas los \u00e1mbitos territoriales con menor transformaci\u00f3n urbana e industrial, menos intensificados desde el punto de vista agrario, con paisajes en mosaico, predominio de los espacios naturales protegidos y de explotaciones agrarias extensivas, con paisajes y ecosistemas de alto valor natural y cultural, escasa densidad de poblaci\u00f3n, importante aislamiento geogr\u00e1fico, una orograf\u00eda m\u00e1s extrema, dificultades de vertebraci\u00f3n territorial y mayor lejan\u00eda a los centros urbanos. Dichas zonas son los territorios que conservan las trazas geogr\u00e1ficas de la actividad campesina preindustrial, el policultivo del terrazgo y el monte y las entidades de poblaci\u00f3n de menor tama\u00f1o, constituidas mayoritariamente por aldeas.<\/p>\n<p>2.\u2003En las zonas rurales naturalizadas tendr\u00e1n prioridad las pol\u00edticas integrales e integradas orientadas a la gesti\u00f3n agropecuaria y forestal sostenible, la prevenci\u00f3n del asilvestramiento de los agrosistemas campesinos originales, la producci\u00f3n agroalimentaria de alto valor a\u00f1adido, la conservaci\u00f3n y activaci\u00f3n econ\u00f3mica de los sistemas agroecol\u00f3gicos de alto valor natural, la diversificaci\u00f3n econ\u00f3mica a trav\u00e9s de iniciativas locales, el aprovechamiento sostenible de los sistemas energ\u00e9ticos locales por parte de las comunidades rurales, la atenci\u00f3n social y el apoyo a la cohesi\u00f3n comunitaria en los n\u00facleos rurales.<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO III<\/p>\n<p><strong>Cohesi\u00f3n territorial<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a029.\u2003Ordenaci\u00f3n territorial y urban\u00edstica.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias establecer\u00e1 el modelo y los objetivos territoriales de la comunidad aut\u00f3noma, tendentes a reducir las desigualdades territoriales, mediante la vertebraci\u00f3n y ordenaci\u00f3n equitativa y sostenible del territorio en su vertiente social, econ\u00f3mica y ambiental, sobre la base de la agrupaci\u00f3n territorial en comarcas funcionales u otras figuras an\u00e1logas que regule la normativa de ordenaci\u00f3n del territorio. Asimismo, se impulsar\u00e1n posibles medidas necesarias para que los beneficios y cargas derivados de las actuaciones territoriales, supramunicipales o no, dirigidas a hacer frente al reto demogr\u00e1fico, reviertan en los municipios de toda la comarca funcional o figura an\u00e1loga que la sustituya, fomentando as\u00ed la solidaridad territorial. Dichas agrupaciones territoriales no coincidir\u00e1n, necesariamente, con las entidades locales supramunicipales establecidas en la Ley del Principado de Asturias\u00a03\/1986, de\u00a015 de mayo, por la que se regula el Procedimiento de Creaci\u00f3n de Comarcas.<\/p>\n<p>2.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias dispondr\u00e1 e impulsar\u00e1 los instrumentos y herramientas de ordenaci\u00f3n territorial y urban\u00edstica necesarios para hacer frente al reto demogr\u00e1fico.<\/p>\n<p>3.\u2003Los instrumentos de ordenaci\u00f3n y planificaci\u00f3n urban\u00edstica incorporar\u00e1n objetivos de sostenibilidad social, ambiental y econ\u00f3mica que favorezcan el modelo de ciudad compacta, la capacidad productiva del territorio, la eficiencia energ\u00e9tica, la gesti\u00f3n sostenible de los recursos naturales y la mejora de la calidad ambiental y paisaj\u00edstica.<\/p>\n<p>4.\u2003Se impulsar\u00e1 la cohesi\u00f3n social y econ\u00f3mica en un marco territorial en el que se desarrollen el equilibrio y la complementariedad entre los \u00e1mbitos urbanos y rurales, como principios b\u00e1sicos para luchar contra la despoblaci\u00f3n, fomentando una redistribuci\u00f3n justa y equitativa de los recursos entre ambos.<\/p>\n<p>5.\u2003Se fomentar\u00e1 la rehabilitaci\u00f3n de viviendas y centros degradados de las villas y pueblos mediante ayudas a la reforma y rehabilitaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a030.\u2003Protecci\u00f3n, ordenaci\u00f3n y gesti\u00f3n paisaj\u00edstica.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Las Administraciones p\u00fablicas velar\u00e1n por la protecci\u00f3n del paisaje, entendida como el conjunto de acciones encaminadas a:<\/p>\n<p>a)\u2003La preservaci\u00f3n y conservaci\u00f3n de la estructura, las din\u00e1micas y los elementos m\u00e1s significativos y caracter\u00edsticos de los paisajes, justificados por su valor patrimonial como resultante de su configuraci\u00f3n natural o de la intervenci\u00f3n humana sobre el medio.<\/p>\n<p>b)\u2003La ordenaci\u00f3n del paisaje, entendida como el conjunto de acciones de an\u00e1lisis, diagn\u00f3stico, planificaci\u00f3n y estrategia encaminadas a mantener, mejorar, restaurar o regenerar paisajes.<\/p>\n<p>c)\u2003La gesti\u00f3n del paisaje, entendida como el conjunto de acciones que garanticen el mantenimiento de la identidad y la funcionalidad del paisaje con el fin de orientar las transformaciones inducidas por los procesos sociales, econ\u00f3micos, culturales y ecol\u00f3gicos, desde una perspectiva de uso sostenible del territorio.<\/p>\n<p>2.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias impulsar\u00e1 la ordenaci\u00f3n paisaj\u00edstica del territorio en colaboraci\u00f3n con las entidades locales, a fin de promover el desarrollo de pol\u00edticas comunes, debidamente coordinadas y programadas, que aseguren los objetivos de protecci\u00f3n, ordenaci\u00f3n y gesti\u00f3n del paisaje.<\/p>\n<p>3.\u2003Asimismo, las Administraciones p\u00fablicas integrar\u00e1n la consideraci\u00f3n del paisaje, en los t\u00e9rminos de protecci\u00f3n, ordenaci\u00f3n y gesti\u00f3n, en las pol\u00edticas de ordenaci\u00f3n territorial y urban\u00edstica, as\u00ed como en aquellas pol\u00edticas sectoriales que puedan producir alguna afectaci\u00f3n directa o indirecta sobre el paisaje.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a031.\u2003Movilidad, accesibilidad y transporte p\u00fablico.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias establecer\u00e1 una red de transportes que fomente la movilidad y la conexi\u00f3n de la poblaci\u00f3n para el desarrollo de vida familiar, laboral y personal, creando l\u00edneas de transporte regular en funci\u00f3n de la demanda en el territorio, especialmente en la zona rural y en aquellos concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas.<\/p>\n<p>2.\u2003Las Administraciones p\u00fablicas facilitar\u00e1n una red de transporte p\u00fablico adaptado a personas con problemas de movilidad.<\/p>\n<p>3.\u2003Se impulsar\u00e1 el uso de las nuevas tecnolog\u00edas en el transporte p\u00fablico, aumentando las opciones de movilidad, de optimizaci\u00f3n y de informaci\u00f3n en torno al servicio p\u00fablico de transportes. El impulso al transporte p\u00fablico en todo el territorio en condiciones de equidad abarcar\u00e1 todos los modos de transporte, incluido el desarrollo de servicios de movilidad a demanda en el medio rural.<\/p>\n<p>4.\u2003Asimismo, se impulsar\u00e1n en el territorio unas infraestructuras de transportes y comunicaciones que fomenten la vertebraci\u00f3n entre las localidades del entorno y el conjunto de la regi\u00f3n.<\/p>\n<p>5.\u2003Se impulsar\u00e1 la compatibilidad en la gesti\u00f3n de sistemas de movilidad y prestaci\u00f3n de servicios que compagine atracci\u00f3n y el mantenimiento de poblaci\u00f3n en el medio rural y en los concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas, mediante la mejora de las infraestructuras, la movilidad y la accesibilidad por medio de servicios p\u00fablicos de transporte a disposici\u00f3n de sus habitantes, promoviendo tambi\u00e9n la accesibilidad digital y una vertebraci\u00f3n de servicios entre las localidades del entorno y el conjunto de la regi\u00f3n. Asimismo, se fomentar\u00e1n las iniciativas ciudadanas de organizaci\u00f3n colaborativa, especialmente en el medio rural y en los concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas, para realizar viajes compartiendo veh\u00edculo.<\/p>\n<p>T\u00cdTULO IV<\/p>\n<p><strong>Estructura demogr\u00e1fica, bienestar social, servicios p\u00fablicos e igualdad<\/strong><\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO I<\/p>\n<p><strong>Disposiciones comunes<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a032.\u2003Garant\u00eda de acceso al bienestar social.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias garantizar\u00e1 el acceso a los servicios p\u00fablicos asturianos conforme a los principios de igualdad, equidad y accesibilidad universal, con independencia de la ubicaci\u00f3n geogr\u00e1fica del lugar de residencia. Se prestar\u00e1 especial atenci\u00f3n a los concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas.<\/p>\n<p>2.\u2003Se fomentar\u00e1 la actuaci\u00f3n coordinada de las Administraciones p\u00fablicas que operan en concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas por su dispersi\u00f3n geogr\u00e1fica, para garantizar la prestaci\u00f3n de servicios p\u00fablicos de \u00e1mbito supramunicipal, para preservar la sostenibilidad del sistema y ofrecer soluciones viables que minimicen los desplazamientos y favorezcan la accesibilidad.<\/p>\n<p>3.\u2003Se impulsar\u00e1 un dise\u00f1o innovador de prestaci\u00f3n de servicios p\u00fablicos apoyado por la tecnolog\u00eda, que permita ofrecer una atenci\u00f3n continuada, econ\u00f3mica y ecol\u00f3gica, evitando desplazamientos innecesarios y garantizando la existencia de equipamientos comunitarios de apoyo tecnol\u00f3gico, que faciliten el desarrollo de la sociedad digital asturiana en el acceso a recursos.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a033.\u2003Garant\u00eda de acceso al Sistema P\u00fablico de Servicios Sociales del Principado de Asturias.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003El Sistema P\u00fablico de Servicios Sociales del Principado de Asturias se orientar\u00e1 hacia la garant\u00eda de derechos, la promoci\u00f3n de la cohesi\u00f3n y la coordinaci\u00f3n interinstitucional y con la iniciativa privada, tomando en consideraci\u00f3n las particularidades de los concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas.<\/p>\n<p>2.\u2003Se procurar\u00e1 una informaci\u00f3n real y efectiva de las prestaciones orientadas al bienestar social a las personas usuarias y sus familiares, a los profesionales y a las entidades prestadoras de servicios, as\u00ed como un mejor acceso a las mismas en condiciones de igualdad y transparencia, en todo el territorio del Principado de Asturias. Se potenciar\u00e1 la difusi\u00f3n y orientaci\u00f3n omnicanal del acceso al bienestar, evitando brechas de acceso informacionales, digitales o territoriales.<\/p>\n<p>3.\u2003Se garantizar\u00e1 la accesibilidad universal a las prestaciones y recursos de bienestar social, actualizando la Estrategia de Accesibilidad del Principado de Asturias conforme a los principios, criterios rectores y objetivos de la presente ley.<\/p>\n<p>4.\u2003Se garantizar\u00e1 la aplicaci\u00f3n del principio de igualdad en el acceso al bienestar social, tomando en especial consideraci\u00f3n las situaciones de mujeres en riesgo de exclusi\u00f3n social o que residan en concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas.<\/p>\n<p>5.\u2003Se actualizar\u00e1 la normativa de bienestar social aumentando las prestaciones fundamentales cuyo reconocimiento tiene car\u00e1cter de derecho subjetivo para mejorar la calidad de vida de la poblaci\u00f3n asturiana en su conjunto y alcanzar cotas de bienestar social equitativas, con independencia del lugar de residencia.<\/p>\n<p>6.\u2003La ordenaci\u00f3n territorial del Sistema de Bienestar Social se realizar\u00e1 conforme a los criterios de zonificaci\u00f3n demogr\u00e1fica recogidos en la presente ley, facilitando la permanencia de quienes tienen arraigo en zonas de especial dificultad demogr\u00e1fica y promoviendo la incorporaci\u00f3n de nuevos pobladores atra\u00eddos por un sistema garantista, equitativo y solidario que se preste con un enfoque pr\u00f3ximo, proactivo y personalizado.<\/p>\n<p>7.\u2003Se reforzar\u00e1 el papel del Observatorio Asturiano de Servicios Sociales para garantizar el dise\u00f1o de pol\u00edticas p\u00fablicas de bienestar social informadas por la evidencia, aunando esfuerzos con otras unidades estad\u00edsticas complementarias.<\/p>\n<p>8.\u2003Se potenciar\u00e1n, particularmente en los concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas, aquellos servicios sociales que favorecen la permanencia en el domicilio habitual, con la incorporaci\u00f3n de nuevas tecnolog\u00edas.<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO II<\/p>\n<p><strong>Acceso a los servicios de salud<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a034.\u2003Servicios sanitarios.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003En la atenci\u00f3n primaria y hospitalaria se potenciar\u00e1n los servicios y acciones que puedan ser necesarios para dar respuesta a los problemas de salud de la poblaci\u00f3n, con el fin de hacer m\u00e1s atractivos los concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas.<\/p>\n<p>2.\u2003Las prestaciones sanitarias ofertadas por el Sistema de Salud del Principado de Asturias atender\u00e1n a las necesidades de la poblaci\u00f3n en los concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas mediante el fomento de pol\u00edticas que favorezcan la fijaci\u00f3n de profesionales sanitarios de atenci\u00f3n primaria en entornos rurales, revisando y mejorando las infraestructuras, equipamientos y el cat\u00e1logo de pruebas diagn\u00f3sticas en los centros de atenci\u00f3n primaria, los planes de formaci\u00f3n, las rotaciones externas y la investigaci\u00f3n.<\/p>\n<p>3.\u2003En los concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas se garantizar\u00e1n la atenci\u00f3n primaria y los servicios sanitarios a trav\u00e9s de:<\/p>\n<p>a)\u2003La potenciaci\u00f3n de los centros de atenci\u00f3n primaria, asegurando servicios sanitarios b\u00e1sicos de proximidad mediante una planificaci\u00f3n con acciones positivas.<\/p>\n<p>b)\u2003La orientaci\u00f3n de la acci\u00f3n comunitaria de la atenci\u00f3n primaria mediante la consulta\/domicilio, las intervenciones grupales y la participaci\u00f3n y la conexi\u00f3n de los equipos con las acciones comunitarias de promoci\u00f3n de la salud que se est\u00e9n desarrollando en los territorios.<\/p>\n<p>c)\u2003La potenciaci\u00f3n de la atenci\u00f3n primaria, continuando con el registro y valoraci\u00f3n de las actividades comunitarias, igual que las asistenciales, configurando agendas con orientaci\u00f3n comunitaria.<\/p>\n<p>d)\u2003La facilitaci\u00f3n del acceso de la poblaci\u00f3n a la atenci\u00f3n hospitalaria, reduciendo en lo posible los grandes desplazamientos, mejorando para ello la gesti\u00f3n de casos.<\/p>\n<p>e)\u2003El favorecimiento de las actividades de promoci\u00f3n de salud en toda la poblaci\u00f3n, en particular aquellas dirigidas a los grupos de poblaci\u00f3n afectados por problemas de salud m\u00e1s concretos recogidos en el Plan de Salud del Principado de Asturias, promocionando estilos de vida saludables y conductas seguras, con el compromiso de coordinaci\u00f3n entre el \u00e1mbito sanitario, el familiar y los servicios sociales.<\/p>\n<p>4.\u2003En los concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas se garantizar\u00e1 el acceso a servicios de urgencias y emergencias, atendiendo a las singulares caracter\u00edsticas de estas zonas y organizando la atenci\u00f3n a la demanda urgente para que cualquier usuario pueda ser atendido con independencia de su lugar de residencia, ofreciendo suficiente y adecuada atenci\u00f3n a personas mayores, dependientes y a personas con necesidades espec\u00edficas que les dificulten los desplazamientos.<\/p>\n<p>5.\u2003En los concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas se mejorar\u00e1 la coordinaci\u00f3n entre los servicios p\u00fablicos de transporte y las modalidades de citaci\u00f3n, tanto en atenci\u00f3n primaria como en atenci\u00f3n hospitalaria, con la finalidad de optimizar la asistencia a las consultas y pruebas diagn\u00f3sticas, ofreciendo suficiente y adecuada atenci\u00f3n a personas mayores, dependientes y a personas con necesidades espec\u00edficas que les dificulte los desplazamientos.<\/p>\n<p>6.\u2003Las consejer\u00edas competentes en materias de salud y derechos y servicios sociales, en el marco del Plan Sociosanitario del Principado de Asturias, colaborar\u00e1n para garantizar una adecuada atenci\u00f3n del paciente en su entorno. Dicha atenci\u00f3n se implementar\u00e1, de forma especial, para personas mayores y con enfermedades cr\u00f3nicas discapacitantes.<\/p>\n<p>7.\u2003El SESPA adoptar\u00e1, de manera progresiva, medidas para que las personas que precisen utilizar m\u00e9todos de reproducci\u00f3n asistida puedan disponer de asistencia sanitaria y de los medios precisos para tal fin.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a035.\u2003Asistencia farmac\u00e9utica.<\/strong><\/p>\n<p>La Administraci\u00f3n de Principado de Asturias impulsar\u00e1 el uso de las nuevas tecnolog\u00edas en la atenci\u00f3n farmac\u00e9utica y facilitar\u00e1, en el marco de la Ley del Principado de Asturias\u00a01\/2007, de\u00a016 de marzo, de Atenci\u00f3n y Ordenaci\u00f3n Farmac\u00e9utica, la atenci\u00f3n farmac\u00e9utica en los concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a036.\u2003Fomento de las nuevas tecnolog\u00edas para la asistencia sociosanitaria.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Se incentivar\u00e1n la promoci\u00f3n de la salud y la teleasistencia mediante las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y comunicaci\u00f3n en los concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas.<\/p>\n<p>2.\u2003En concreto, se impulsar\u00e1 la teleasistencia sociosanitaria avanzada, como una herramienta que facilite la promoci\u00f3n de la salud, la atenci\u00f3n y el autocuidado de las personas mayores que vivan solas, especialmente de las que tengan menos recursos y las que est\u00e9n en situaci\u00f3n de dependencia, estableciendo una red digital de acompa\u00f1amiento y seguridad en el hogar, en las actividades de la vida diaria y con especial atenci\u00f3n a la detecci\u00f3n de casos de soledad no deseada, con un sistema tecnol\u00f3gico accesible y adaptado a las circunstancias espec\u00edficas de las personas usuarias.<\/p>\n<p>3.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias apoyar\u00e1 la creaci\u00f3n y desarrollo de empresas de base tecnol\u00f3gica e iniciativas innovadoras, a fin de impulsar los avances cient\u00edfico-tecnol\u00f3gicos orientados a la mejora de la calidad de vida y al envejecimiento activo, favoreciendo su puesta a disposici\u00f3n de la ciudadan\u00eda.<\/p>\n<p>4.\u2003Se potenciar\u00e1n la hospitalizaci\u00f3n a domicilio y las unidades de coordinaci\u00f3n sociosanitaria.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a037.\u2003Promoci\u00f3n de la salud y de los h\u00e1bitos saludables.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Las Administraciones p\u00fablicas del Principado de Asturias integrar\u00e1n la promoci\u00f3n de la salud y los h\u00e1bitos de vida saludables con criterios de equidad en todas sus pol\u00edticas con la finalidad de potenciar el bienestar f\u00edsico, social y mental de las personas durante su vida, especialmente en la vejez.<\/p>\n<p>2.\u2003Como estrategia de promoci\u00f3n de la salud en el \u00e1mbito comunitario, se potenciar\u00e1n los instrumentos de participaci\u00f3n ciudadana y comunitaria y del movimiento asociativo, manteniendo y potenciando actuaciones que tengan en cuenta las condiciones de vida de las personas, con una perspectiva de equidad en los diferentes ejes.<\/p>\n<p>3.\u2003Se elaborar\u00e1 una Estrategia de Acci\u00f3n Comunitaria en Asturias que sume los esfuerzos del \u00e1mbito municipal, de atenci\u00f3n primaria y del movimiento ciudadano y asociativo.<\/p>\n<p>4.\u2003Se impulsar\u00e1n y revitalizar\u00e1n los espacios de participaci\u00f3n en salud en todos los territorios y, en particular, en los concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas con los instrumentos y mecanismos locales disponibles: consejos de salud, mesas intersectoriales, procesos vecinales y de ciudadan\u00eda.<\/p>\n<p>5.\u2003Se reforzar\u00e1 el apoyo interinstitucional entre servicios sociales y sanitarios, con la implementaci\u00f3n de las acciones propuestas en el Plan Sociosanitario del Principado de Asturias.<\/p>\n<p>6.\u2003Se promover\u00e1 el protagonismo de los Consejos de Juventud y las Oficinas de Informaci\u00f3n Juvenil como agentes de animaci\u00f3n sociocultural en aspectos de formaci\u00f3n, investigaci\u00f3n, sensibilizaci\u00f3n, asesoramiento y difusi\u00f3n de tem\u00e1ticas sobre salud y bienestar en poblaci\u00f3n joven.<\/p>\n<p>7.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias impulsar\u00e1 aquellas acciones prioritarias para reducir los factores de riesgo o condicionantes ambientales que pueden afectar negativamente a la salud p\u00fablica. Para ello, se promover\u00e1n medidas y actuaciones orientadas a mejorar el entorno y la calidad de vida, con especial atenci\u00f3n al reciclado de los residuos, la calidad del aire y del agua, el control de las emisiones contaminantes y la protecci\u00f3n de grupos vulnerables seg\u00fan la legislaci\u00f3n y la planificaci\u00f3n vigentes.<\/p>\n<p>8.\u2003Se apoyar\u00e1n medidas orientadas al fomento de la calidad de vida, la promoci\u00f3n de los h\u00e1bitos saludables en los \u00e1mbitos de la educaci\u00f3n, la alimentaci\u00f3n, el trabajo y el ocio y la sustentabilidad econ\u00f3mica, social y ambiental del desarrollo regional y local.<\/p>\n<p>9.\u2003Se impulsar\u00e1 la Escuela Asturiana de Cuidados como instrumento para mejorar la capacidad de autocuidado, implicando a la ciudadan\u00eda en la autogesti\u00f3n de la salud, ofreciendo herramientas y recursos que faciliten un mayor entendimiento y desarrollo de h\u00e1bitos de vida saludables y manejo de la enfermedad.<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO III<\/p>\n<p><strong>Atenci\u00f3n por grupos de edad y colectivos vulnerables<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a038.\u2003Atenci\u00f3n a la infancia y a las familias.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias promover\u00e1 activamente los principios de respeto mutuo, dignidad del ser humano, convivencia democr\u00e1tica, derecho a igual protecci\u00f3n de la ley, igualdad de oportunidades y prohibici\u00f3n de todo tipo de discriminaci\u00f3n para los ni\u00f1os adolescentes y sus familias.<\/p>\n<p>2.\u2003Se promover\u00e1 la participaci\u00f3n de los ni\u00f1os y adolescentes en el dise\u00f1o de las pol\u00edticas p\u00fablicas que afecten a su vida, en especial a los planes de infancia municipales.<\/p>\n<p>3.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias elaborar\u00e1 un programa de apoyo a las familias con especial atenci\u00f3n a las familias numerosas, monoparentales y v\u00edctimas de violencia de g\u00e9nero, con los siguientes principios espec\u00edficos:<\/p>\n<p>a)\u2003Respeto a la diversidad y la libertad de constituci\u00f3n de los distintos modelos de familia.<\/p>\n<p>b)\u2003Solidaridad y apoyo de forma positiva y diferencial con las familias que, por sus caracter\u00edsticas, circunstancias o razones, requieran una consideraci\u00f3n espec\u00edfica, con especial atenci\u00f3n a aquellas familias con ni\u00f1os en situaci\u00f3n de vulnerabilidad, por su situaci\u00f3n de exclusi\u00f3n social, pobreza econ\u00f3mica, su pertenencia a minor\u00edas \u00e9tnicas, su discapacidad o por ser parte de otras familias de especial tratamiento, como son las familias monoparentales, las familias numerosas, las familias v\u00edctimas de violencia de g\u00e9nero y aquellas establecidas en concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas.<\/p>\n<p>c)\u2003B\u00fasqueda de la conciliaci\u00f3n corresponsable de la vida personal con la familiar y la laboral.<\/p>\n<p>d)\u2003Refuerzo a los programas de parentalidad positiva para familias, garantizando una comunidad cuidadora y con apoyos suficientes para desarrollar proyectos familiares con arraigo en todo el territorio asturiano.<\/p>\n<p>e)\u2003Promoci\u00f3n, de forma gradual y vinculada a la situaci\u00f3n socioecon\u00f3mica de las familias receptoras y en su caso del n\u00famero de hijos, de deducciones fiscales, prestaciones y ayudas por nacimiento, adopci\u00f3n o delegaci\u00f3n de guarda con fines de adopci\u00f3n, as\u00ed como de los diversos servicios asistenciales y de atenci\u00f3n que faciliten y mejoren la crianza.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a039.\u2003Atenci\u00f3n a la juventud.<\/strong><\/p>\n<p>La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias promover\u00e1 que la juventud, y especialmente las mujeres j\u00f3venes, pueda disponer de las mismas oportunidades para el desarrollo de sus proyectos vitales y profesionales en todo el territorio de la comunidad aut\u00f3noma. Para ello, pondr\u00e1 en marcha medidas y actuaciones tendentes a:<\/p>\n<p>a)\u2003Apoyar la puesta en marcha de proyectos empresariales o de emprendimiento y acceso al mercado laboral.<\/p>\n<p>b)\u2003Facilitar el acceso a la vivienda, ampliando las ayudas a la compra o alquiler, as\u00ed como la construcci\u00f3n de un parque de vivienda joven.<\/p>\n<p>c)\u2003Incentivar a la juventud mediante la ampliaci\u00f3n de programas de becas y ayudas destinadas a la formaci\u00f3n, as\u00ed como a la adquisici\u00f3n de conocimientos por transferencia de experiencias.<\/p>\n<p>d)\u2003Desarrollar programas, medidas y actuaciones dirigidas a la juventud emigrada tendentes a conocer sus proyectos profesionales y promover su retorno.<\/p>\n<p>e)\u2003Promover el arraigo con sus lugares de nacimiento, en especial en las zonas rurales.<\/p>\n<p>f)\u2003Promover medidas para garantizar el relevo generacional en empresas en funcionamiento con el fin de aprovechar las oportunidades de generaci\u00f3n de empleo.<\/p>\n<p>g)\u2003Promover medidas que faciliten la inversi\u00f3n a j\u00f3venes para iniciarse en los sectores tradicionales del sector primario, m\u00e1s all\u00e1 del relevo familiar, para favorecer la entrada de j\u00f3venes emprendedores.<\/p>\n<p>h)\u2003Desarrollar programas, medidas y actuaciones en materia de informaci\u00f3n, sensibilizaci\u00f3n e intervenci\u00f3n sobre la salud mental en j\u00f3venes.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a040.\u2003Atenci\u00f3n a las personas mayores y al envejecimiento activo.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias promover\u00e1 la participaci\u00f3n de las personas mayores en la sociedad de acuerdo con sus necesidades, expectativas y capacidades, favoreciendo su autonom\u00eda personal, a la vez que les proporcionar\u00e1 la atenci\u00f3n, protecci\u00f3n, seguridad y cuidados adecuados, desplegando aquellas acciones contempladas en el Plan Sociosanitario del Principado de Asturias, la Estrategia de Envejecimiento Activo y la Estrategia para la Transformaci\u00f3n del Modelo de Cuidados de Larga Duraci\u00f3n para Personas Adultas del Principado de Asturias, o en otros instrumentos de planificaci\u00f3n, realizadas de forma intersectorial, con la coordinaci\u00f3n de diferentes \u00f3rganos y con una perspectiva de igualdad y equidad.<\/p>\n<p>2.\u2003Se aumentar\u00e1 la colaboraci\u00f3n del Reference Site Asturias, o de otra iniciativa similar, y se desarrollar\u00e1n acciones coordinadas que permitan mantener el reconocimiento de excelencia otorgado a Asturias por la Comisi\u00f3n Europea por facilitar a las personas mayores recursos y herramientas que contribuyan a la mejora de su bienestar a lo largo de todo el territorio.<\/p>\n<p>3.\u2003Se fomentar\u00e1 la adhesi\u00f3n de todos los concejos asturianos a la Red Mundial de Ciudades y Comunidades Amigables con las Personas Mayores, promovida por la Organizaci\u00f3n Mundial de la Salud.<\/p>\n<p>4.\u2003Se promover\u00e1 el desarrollo de las acciones de I+D+i de la Estrategia de Especializaci\u00f3n Inteligente del Principado de Asturias, o en otro instrumento de planificaci\u00f3n, relativa al \u00e1mbito de envejecimiento activo y saludable, impulsando de forma activa las l\u00edneas de desarrollo competitivo que, adem\u00e1s de mejorar la calidad de vida de la poblaci\u00f3n mayor asturiana, atraiga inter\u00e9s sobre el potencial del ecosistema industrial de este \u00e1mbito.<\/p>\n<p>5.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias, en colaboraci\u00f3n con las entidades locales y otras entidades con finalidades similares, promocionar\u00e1 la atenci\u00f3n a las personas mayores y el envejecimiento activo de la poblaci\u00f3n a trav\u00e9s de programas, medidas y actuaciones tendentes a:<\/p>\n<p>a)\u2003Promover h\u00e1bitos de vida saludables que redunden en el bienestar f\u00edsico y psicosocial de las personas mayores.<\/p>\n<p>b)\u2003Desarrollar itinerarios de acompa\u00f1amiento digital para personas mayores, que reduzcan al m\u00e1ximo la brecha tecnol\u00f3gica y les permitan participar activamente de la sociedad digital.<\/p>\n<p>c)\u2003Propiciar la participaci\u00f3n de las personas mayores y el compromiso comunitario con su entorno como f\u00f3rmula para aprovechar y transmitir sus conocimientos y poner en valor su experiencia.<\/p>\n<p>d)\u2003Apoyar iniciativas intergeneracionales generadoras de espacios de interacci\u00f3n entre la infancia, la juventud y las personas mayores.<\/p>\n<p>e)\u2003Asegurar la especial protecci\u00f3n de las personas mayores en caso de situaciones epidemiol\u00f3gicas de car\u00e1cter extraordinario, especialmente a trav\u00e9s de la aprobaci\u00f3n de protocolos espec\u00edficos de actuaci\u00f3n en los centros de servicios sociales, sanitarios y comunitarios.<\/p>\n<p>f)\u2003Prevenir situaciones de maltrato en personas mayores, ampliando los mecanismos y circuitos de protecci\u00f3n y la coordinaci\u00f3n interinstitucional.<\/p>\n<p>g)\u2003Fomentar la formaci\u00f3n de las personas a lo largo de la vida, apoyando iniciativas como el Programa Universitario para Mayores de la Universidad de Oviedo (PUMUO) y otras iniciativas similares.<\/p>\n<p>h)\u2003Impulsar modelos innovadores de convivencia y prestaci\u00f3n de servicios para personas mayores que resulten sostenibles y generadores de valor, con especial atenci\u00f3n a zonas rurales que puedan resultar menos atractivas para la inversi\u00f3n privada.<\/p>\n<p>6.\u2003Las Administraciones del Principado de Asturias promover\u00e1n programas y acciones tendentes a aprovechar las oportunidades econ\u00f3micas y laborales generadas por el envejecimiento de la poblaci\u00f3n, adoptando medidas de impulso a las empresas y profesionales que ofrezcan productos y servicios destinados a satisfacer las necesidades de la poblaci\u00f3n de mayor edad.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a041.\u2003Promoci\u00f3n de la autonom\u00eda personal y la activaci\u00f3n de proyectos vitales.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Se destinar\u00e1n los recursos necesarios para la promoci\u00f3n de la autonom\u00eda personal y la activaci\u00f3n de proyectos vitales de personas con discapacidad, personas mayores, personas en situaci\u00f3n de dependencia o en riesgo de exclusi\u00f3n social.<\/p>\n<p>2.\u2003Se promover\u00e1 un modelo tendente a la desinstitucionalizaci\u00f3n, con servicios y recursos de proximidad al domicilio, apoyados por las tecnolog\u00edas y que faciliten el mantenimiento del arraigo y el dise\u00f1o de espacios de vida aut\u00f3noma y participativa, con especial atenci\u00f3n al desarrollo de los Entornos Rurales de Promoci\u00f3n de la Autonom\u00eda y el Cuidado, mediante la colaboraci\u00f3n de distintas Administraciones y entidades.<\/p>\n<p>3.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias y las entidades locales habilitar\u00e1n los medios necesarios para el aprovechamiento eficiente del patrimonio inmobiliario p\u00fablico como recursos para el apoyo y atenci\u00f3n de las personas con discapacidad, personas mayores, personas con dependencia o riesgo de exclusi\u00f3n social en las zonas rurales, para mejorar su calidad de vida en su contexto vital habitual. Se apoyar\u00e1n las soluciones y equipamientos domiciliarios que favorezcan la promoci\u00f3n de la autonom\u00eda personal.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a042.\u2003Apoyo a la dependencia y la discapacidad.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias, en materia de dependencia y discapacidad:<\/p>\n<p>a)\u2003Facilitar\u00e1 el reconocimiento \u00e1gil de derechos de discapacidad y de situaci\u00f3n de dependencia, as\u00ed como el acceso a las prestaciones y servicios correspondientes, garantizando el acceso en condiciones de igualdad y en todo el territorio, con especial atenci\u00f3n a las personas radicadas en concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas.<\/p>\n<p>b)\u2003Ejercer\u00e1 sus potestades normativas para mejorar la atenci\u00f3n a personas con discapacidad o en situaci\u00f3n de dependencia, conforme a los avances normativos y los acuerdos alcanzados en el \u00e1mbito estatal y a la Estrategia de Transformaci\u00f3n del Modelo de Cuidados de Larga Duraci\u00f3n a Personas Adultas del Principado de Asturias, as\u00ed como para actualizar los criterios de calidad y acreditaci\u00f3n de los centros y servicios sociosanitarios que operan en este \u00e1mbito.<\/p>\n<p>c)\u2003Promover\u00e1 la mejora de la formaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n de las personas empleadas en el sector de los cuidados, as\u00ed como de la dignificaci\u00f3n del cuidado.<\/p>\n<p>d)\u2003Realizar\u00e1 las inversiones necesarias para adecuar las condiciones arquitect\u00f3nicas de los centros y las ratios de personal a los requerimientos de los nuevos modelos de prestaci\u00f3n de servicios, as\u00ed como para la creaci\u00f3n de dispositivos p\u00fablicos en concejos rurales que carezcan de ellos o que precisen de plazas vacantes para dar respuesta a la demanda de atenci\u00f3n diurna o residencial.<\/p>\n<p>e)\u2003Avanzar\u00e1 en la transformaci\u00f3n digital orientada a la modernizaci\u00f3n de los sistemas de informaci\u00f3n y de gesti\u00f3n de centros y servicios sociosanitarios.<\/p>\n<p>f)\u2003Promover\u00e1 programas, medidas y acciones tendentes a garantizar la inclusi\u00f3n social efectiva de las personas con discapacidad, removiendo los obst\u00e1culos que impidan el desarrollo pleno de proyectos vitales aut\u00f3nomos e impulsando modelos de accesibilidad que beneficien al conjunto de la poblaci\u00f3n asturiana como valor a\u00f1adido.<\/p>\n<p>g)\u2003Potenciar\u00e1 el desarrollo de la econom\u00eda social en la prestaci\u00f3n innovadora de apoyos y cuidados de larga duraci\u00f3n.<\/p>\n<p>2.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias, en el marco de la coordinaci\u00f3n sociosanitaria, promover\u00e1 programas, medidas y actuaciones tendentes a:<\/p>\n<p>a)\u2003Ofrecer servicios coordinados de proximidad que garanticen la continuidad en la atenci\u00f3n en el concejo de residencia.<\/p>\n<p>b)\u2003Apoyar a las personas cuidadoras.<\/p>\n<p>c)\u2003Garantizar el intercambio de sistemas de informaci\u00f3n entre el sistema de salud y el de servicios sociales.<\/p>\n<p>d)\u2003Prestar de forma flexible y personalizada, y en colaboraci\u00f3n con las entidades locales, voluntariado y entidades con finalidades similares, servicios de proximidad complementarios a los asistenciales y sanitarios, como terapia ocupacional, fisioterapia, acceso al centro de d\u00eda, acompa\u00f1amiento y atenci\u00f3n domiciliaria.<\/p>\n<p>e)\u2003Promover las unidades de convalecencia para garantizar la continuidad en la atenci\u00f3n sociosanitaria de las personas.<\/p>\n<p>f)\u2003Activar, en las zonas en las que no existan recursos residenciales o sean insuficientes, otras modalidades de residencia o convivencia para las personas mayores que tengan dificultades para permanecer en su domicilio, carezcan de este o no re\u00fanan las condiciones b\u00e1sicas de habitabilidad o accesibilidad, como son las unidades de convivencia o las familias acogedoras.<\/p>\n<p>g)\u2003Garantizar el acceso a un recurso de atenci\u00f3n residencial, favoreciendo especialmente que las personas mayores puedan permanecer en su entorno y evitar el desarraigo, siempre y cuando no existan circunstancias de emergencia social o de tipo sanitario a las que haya que dar respuesta de manera inmediata e impidan mantener la cercan\u00eda con el domicilio habitual.<\/p>\n<p>h)\u2003Impulsar el desarrollo de servicios relacionados con la atenci\u00f3n al envejecimiento de la poblaci\u00f3n y la dependencia como una oportunidad de desarrollo econ\u00f3mico y yacimiento de empleo.<\/p>\n<p>i)\u2003Aprobar un programa de adaptaci\u00f3n de viviendas espec\u00edfico para personas en situaci\u00f3n de discapacidad o dependencia, con el objetivo de que sus domicilios puedan adaptarse a sus necesidades.<\/p>\n<p>j)\u2003Desarrollar, en el marco del Plan Sociosanitario del Principado de Asturias, acciones coordinadas entre el sistema de servicios sociales y de atenci\u00f3n a la dependencia con el sistema de salud, tanto en atenci\u00f3n primaria como hospitalaria, as\u00ed como la continuidad de cuidados en el concejo de residencia.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a043.\u2003Apoyo a la vida en soledad no deseada o en fragilidad psicosocial.<\/strong><\/p>\n<p>La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias, en situaciones de soledad no deseada y de fragilidad psicosocial:<\/p>\n<p>a)\u2003Fomentar\u00e1 la suscripci\u00f3n de un pacto asturiano de lucha contra la vida en soledad social no deseada, adaptando a la realidad asturiana las medidas internacionales y estatales para paliar esta situaci\u00f3n.<\/p>\n<p>b)\u2003Impulsar\u00e1 programas de detecci\u00f3n, prevenci\u00f3n y atenci\u00f3n a las situaciones de soledad no deseada y de fragilidad psicosocial, atendiendo a las particularidades de las zonas urbanas y rurales, para acomodar el tipo de apoyos y medidas desde soluciones innovadoras.<\/p>\n<p>c)\u2003Reforzar\u00e1 la inversi\u00f3n en servicios consolidados que han demostrado tener impacto en la reducci\u00f3n de la soledad social no deseada o en la fragilidad psicosocial y facilitar\u00e1 la extensi\u00f3n de su metodolog\u00eda a zonas demogr\u00e1ficas equivalentes.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a044.\u2003Relevo generacional.<\/strong><\/p>\n<p>La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias fomentar\u00e1 el relevo generacional en las actividades econ\u00f3micas que potencien los sectores productivos con mayor previsi\u00f3n de generaci\u00f3n de riqueza y atracci\u00f3n de talento y en las actividades vinculadas al \u00e1mbito rural, consider\u00e1ndolos sectores de especial inter\u00e9s para el impulso demogr\u00e1fico, y, asimismo, se considerar\u00e1 prioritario el relevo generacional protagonizado por mujeres, especialmente en el medio rural.<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO IV<\/p>\n<p><strong>Acceso a la educaci\u00f3n, la formaci\u00f3n, la cultura y el deporte<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a045.\u2003Apoyo a la escuela rural.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias prestar\u00e1 especial atenci\u00f3n a los centros docentes ubicados en el \u00e1mbito rural, considerando las peculiaridades de su entorno educativo y la necesidad de favorecer la permanencia en el sistema educativo del alumnado de las zonas rurales. Todo ello, sin perjuicio de que, en la educaci\u00f3n obligatoria, y en aquellas zonas rurales en que se considere aconsejable, se podr\u00e1 escolarizar al alumnado en un concejo pr\u00f3ximo al de su residencia para garantizar la calidad de la ense\u00f1anza. En este supuesto se prestar\u00e1n de forma gratuita los servicios escolares de transporte y, si fuera necesario, comedor y residencia.<\/p>\n<p>2.\u2003En los centros del \u00e1mbito rural se facilitar\u00e1 la dotaci\u00f3n con recursos humanos suficientes y se fomentar\u00e1 la formaci\u00f3n espec\u00edfica del profesorado, favoreciendo su vinculaci\u00f3n e identificaci\u00f3n con los proyectos educativos del centro. Asimismo, se dotar\u00e1 a la escuela rural de los recursos necesarios y sistemas organizativos para atender a sus necesidades derivadas de la residencia en el medio rural y para garantizar la igualdad de oportunidades.<\/p>\n<p>3.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias impulsar\u00e1, mediante becas, la realizaci\u00f3n de pr\u00e1cticas en los centros educativos del medio rural por parte de estudiantes universitarios y de Formaci\u00f3n Profesional.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a046.\u2003Medidas complementarias a la educaci\u00f3n escolar.<\/strong><\/p>\n<p>La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias, como medidas complementarias a la educaci\u00f3n escolar:<\/p>\n<p>a)\u2003Implantar\u00e1 medidas en relaci\u00f3n con el transporte escolar o, en su caso, acceso a residencia escolar, respondiendo a las necesidades, especialmente en el medio rural. En las zonas rurales se transportar\u00e1 al alumnado en funci\u00f3n de las caracter\u00edsticas de sus zonas de residencia al centro educativo m\u00e1s pr\u00f3ximo seg\u00fan la planificaci\u00f3n educativa. Esta respuesta se implementar\u00e1 con autobuses, microbuses, taxis y ayudas individualizadas.\u00a0La planificaci\u00f3n del transporte escolar del alumnado se realizar\u00e1 minimizando el tiempo de desplazamiento y optimizando la prestaci\u00f3n del servicio. Adem\u00e1s, se llevar\u00e1 a cabo una flexibilizaci\u00f3n en los criterios de distancia y paradas en aquellos casos en que, por la singularidad de acceso, se requiera.<\/p>\n<p>b)\u2003Mantendr\u00e1 las rutas preexistentes de transporte escolar en el medio rural para aquellos alumnos de estudios no obligatorios que hayan disfrutado de este servicio durante la etapa obligatoria y\u00a0no puedan acceder a una l\u00ednea ordinaria de transporte p\u00fablico, bien sea por distancia o por horario.<\/p>\n<p>c)\u2003Revisar\u00e1 las necesidades relativas al servicio de comedor escolar para responder a la realidad de las familias y apoyar la escolarizaci\u00f3n del alumnado, especialmente en la zona rural.<\/p>\n<p>d)\u2003Mantendr\u00e1, excepcionalmente en la zona rural, las unidades a partir de\u00a04 alumnos en Educaci\u00f3n Infantil y Educaci\u00f3n Primaria y conservar\u00e1 unidades a partir de\u00a010 alumnos en Educaci\u00f3n Secundaria Obligatoria para garantizar la red de centros de todo el territorio, observando en todo caso las necesidades de apoyo educativo que requieren los concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas.<\/p>\n<p>e)\u2003Habilitar\u00e1 l\u00edneas de ayudas para libros de texto y material did\u00e1ctico en Educaci\u00f3n Infantil, Educaci\u00f3n Primaria, Educaci\u00f3n Secundaria Obligatoria y programas de Garant\u00eda Social.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a047.\u2003Formaci\u00f3n Profesional.<\/strong><\/p>\n<p>La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias, en materia de Formaci\u00f3n Profesional:<\/p>\n<p>a)\u2003Planificar\u00e1 la oferta teniendo en cuenta la estructura productiva del Principado de Asturias, la progresiva eliminaci\u00f3n de los estereotipos de g\u00e9nero y las distintas necesidades y oportunidades de los entornos locales. Para llevar a cabo la planificaci\u00f3n de esta oferta en el territorio se mantendr\u00e1 un cauce de interlocuci\u00f3n con las Administraciones implicadas en colaboraci\u00f3n con los agentes del territorio.<\/p>\n<p>b)\u2003Fomentar\u00e1 la implantaci\u00f3n de ciclos formativos en el territorio, con especial atenci\u00f3n a aquellos que est\u00e9n ligados a la producci\u00f3n de la zona.<\/p>\n<p>c)\u2003Facilitar\u00e1 la ayuda econ\u00f3mica necesaria para acceder y, en su caso, residir en cualquier localidad del Principado de Asturias al alumnado residente en zonas rurales que desee cursar un ciclo formativo o curso de especializaci\u00f3n, as\u00ed como al alumnado residente en zonas urbanas que desee cursar un ciclo formativo o curso de especializaci\u00f3n en el medio rural.<\/p>\n<p>d)\u2003Establecer\u00e1 una reserva de plazas espec\u00edfica para el alumnado residente en la zona rural que desee cursar un ciclo formativo o curso de especializaci\u00f3n, en el marco de lo establecido en la normativa b\u00e1sica en la materia.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a048.\u2003Formaci\u00f3n de adultos e intergeneracional.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias planificar\u00e1 la oferta de formaci\u00f3n destinada a adultos en todo el territorio de la comunidad aut\u00f3noma, con especial atenci\u00f3n de la zona rural.<\/p>\n<p>2.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias desarrollar\u00e1 acciones de Formaci\u00f3n Profesional ligadas al \u00e1mbito rural, con especial atenci\u00f3n a aquellos grados conducentes a completar t\u00edtulos de Formaci\u00f3n Profesional. Asimismo, se facilitar\u00e1 el acceso a la formaci\u00f3n de las personas del \u00e1mbito rural en modalidades semipresencial o virtual, para lo que se pondr\u00e1n en marcha mecanismos que posibiliten la dotaci\u00f3n de los recursos necesarios.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a049.\u2003Promoci\u00f3n de la cultura.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias impulsar\u00e1 proyectos que posibiliten la recuperaci\u00f3n de elementos propios de la cultura asturiana y la puesta en valor del patrimonio cultural, con medidas como la restauraci\u00f3n y rehabilitaci\u00f3n de bienes culturales, su difusi\u00f3n y divulgaci\u00f3n y el impulso de una red de rutas hist\u00f3ricas y culturales por el patrimonio de Asturias, complemento de los itinerarios asturianos del Camino de Santiago. Asimismo, se elaborar\u00e1n planes espec\u00edficos de protecci\u00f3n, conservaci\u00f3n y difusi\u00f3n de bienes culturales de especial relevancia en el \u00e1mbito rural, como son los h\u00f3rreos, paneras y cabazos.<\/p>\n<p>2.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias desarrollar\u00e1 programas espec\u00edficos de rehabilitaci\u00f3n de bienes integrantes del patrimonio hist\u00f3rico.<\/p>\n<p>3.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias tomar\u00e1 las medidas necesarias para poner en valor los recursos de h\u00f3rreos, paneras y cabazos, respetando su car\u00e1cter de patrimonio cultural, de forma que puedan tener un uso que garantice su conservaci\u00f3n.<\/p>\n<p>4.\u2003Las Administraciones p\u00fablicas del Principado de Asturias colaborar\u00e1n en la conservaci\u00f3n del patrimonio documental y el reforzamiento del sistema archiv\u00edstico.<\/p>\n<p>5.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias impulsar\u00e1 pol\u00edticas de mejora del acceso a la cultura en los concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas, mediante la articulaci\u00f3n de circuitos de programaci\u00f3n cultural que contemplen los diferentes \u00e1mbitos de la creaci\u00f3n art\u00edstica y cultural. Estos circuitos se definir\u00e1n de manera coordinada con las entidades locales.<\/p>\n<p>6.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias favorecer\u00e1 el desarrollo de los recursos culturales ubicados en los concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas, para su puesta en valor, e incluir\u00e1 en sus l\u00edneas de ayudas a la creaci\u00f3n y a la programaci\u00f3n cultural medidas concretas de apoyo reforzado a las iniciativas creativas y a la actividad desarrollada en dichos concejos. Dichas ayudas prestar\u00e1n una especial atenci\u00f3n al fomento de la transformaci\u00f3n digital en el \u00e1mbito de la cultura.<\/p>\n<p>7.\u2003Con el objetivo de implementar los servicios culturales en el medio rural, se fomentar\u00e1 el servicio bibliotecario en los concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas, incluyendo medidas tendentes a la implantaci\u00f3n del modelo de biblioteca p\u00fablica de doble uso, escolar y p\u00fablica, a la implantaci\u00f3n del servicio de bibliob\u00fas, y programas de env\u00edo a domicilio de fondos bibliogr\u00e1ficos de las bibliotecas p\u00fablicas, as\u00ed como a propiciar el acceso a servicios virtuales de la Red de Bibliotecas P\u00fablicas del Principado de Asturias.<\/p>\n<p>8.\u2003Se realizar\u00e1n programas de actividades que dinamicen la lectura, especialmente en zonas rurales y concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas.<\/p>\n<p>9.\u2003Igualmente, apoyar\u00e1 en los concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas al tejido cultural a trav\u00e9s de la concesi\u00f3n de ayudas a entidades que tengan como objetivo el desarrollo de actividades culturales, y, asimismo, se apoyar\u00e1 la celebraci\u00f3n de eventos culturales de car\u00e1cter singular vinculados al territorio y a las comunidades locales.<\/p>\n<p>10.\u2003Las Administraciones p\u00fablicas podr\u00e1n ceder con car\u00e1cter gratuito instalaciones p\u00fablicas en desuso para la realizaci\u00f3n de actividades culturales en concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas.<\/p>\n<p>11.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias velar\u00e1 para que sus organismos aut\u00f3nomos dependientes y el resto de su sector p\u00fablico realice parte de sus actividades en los concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas.<\/p>\n<p>12.\u2003Se apoyar\u00e1n especialmente las iniciativas y eventos culturales y creativos que surjan desde el propio entorno, con el objetivo de generar y mantener la actividad econ\u00f3mica en el territorio.<\/p>\n<p>13.\u2003Se potenciar\u00e1n las infraestructuras culturales en los concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas.<\/p>\n<p>14.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias colaborar\u00e1 con las Administraciones locales en la tarea de dinamizar, gestionar y movilizar el \u00e1mbito cultural:<\/p>\n<p>a)\u2003realizando tareas culturales en su territorio;<\/p>\n<p>b)\u2003cofinanciando la realizaci\u00f3n de tareas culturales en su territorio;<\/p>\n<p>c)\u2003incentivando ese \u00e1mbito a trav\u00e9s de la colaboraci\u00f3n con asociaciones culturales de diferente implantaci\u00f3n;<\/p>\n<p>d)\u2003fomentando los contenidos culturales en espacios privados, subvencionando la programaci\u00f3n, gesti\u00f3n y actividades adicionales en salas de gesti\u00f3n privada.<\/p>\n<p>15.\u2003Se promocionar\u00e1 y fomentar\u00e1 la industria cultural y creativa asentada en el propio entorno, como herramienta para retener talento joven y dinamizaci\u00f3n econ\u00f3mica.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a050.\u2003Conservaci\u00f3n y transmisi\u00f3n de los conocimientos locales.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias promover\u00e1 el estudio, conservaci\u00f3n y, en su caso, transmisi\u00f3n, rehabilitaci\u00f3n y actualizaci\u00f3n de los elementos y sistemas de conocimiento local.<\/p>\n<p>2.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias ejercer\u00e1 las medidas de salvaguarda y protecci\u00f3n previstas en la Ley del Principado de Asturias\u00a01\/2001, de\u00a06 de marzo, de Patrimonio Cultural, en relaci\u00f3n con el patrimonio cultural de car\u00e1cter inmaterial, como elemento fundamental en la conformaci\u00f3n de la identidad propia de las comunidades vecinales y locales y de la tradici\u00f3n cultural de Asturias.<\/p>\n<p>3.\u2003Las Administraciones p\u00fablicas promover\u00e1n actuaciones tendentes a evitar la p\u00e9rdida o la erosi\u00f3n de los elementos y sistemas de conocimiento local y, en su caso, se promover\u00e1 su rehabilitaci\u00f3n o actualizaci\u00f3n como activos singulares vinculados los procesos e iniciativas de desarrollo local. Asimismo, las Administraciones p\u00fablicas garantizar\u00e1n de manera especial el desarrollo de pol\u00edticas de estudio, registro y transmisi\u00f3n de las manifestaciones locales del patrimonio cultural inmaterial, colaborando, para ello, con las comunidades locales y con los investigadores. Se promover\u00e1 la difusi\u00f3n de esos conocimientos, as\u00ed como su estudio cient\u00edfico, procurando recoger, transmitir y preservar la lengua en la que se manifiestan esos conocimientos.<\/p>\n<p>4.\u2003Asimismo, las Administraciones p\u00fablicas fomentar\u00e1n acciones pr\u00e1cticas de transmisi\u00f3n y formaci\u00f3n en el uso y manejo de los conocimientos locales entre las personas portadoras de los mismos y las interesadas en su aprendizaje, fomentando las relaciones intergeneracionales, la puesta en pr\u00e1ctica del envejecimiento activo y las relaciones entre las culturas rurales y las urbanas.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a051.\u2003Promoci\u00f3n del deporte.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias impulsar\u00e1 medidas que garanticen el acceso al deporte y a la actividad f\u00edsica en los concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas. A tal efecto, la promoci\u00f3n de la pr\u00e1ctica deportiva incluir\u00e1 la planificaci\u00f3n de infraestructuras b\u00e1sicas que busquen el equilibrio territorial que garantice el efectivo acceso de cualquier persona a la actividad f\u00edsica, especialmente en lo relativo a actividades deportivas dirigidas a la poblaci\u00f3n en edad escolar.<\/p>\n<p>2.\u2003Se fomentar\u00e1 la actividad f\u00edsica en todas las edades, con especial atenci\u00f3n al deporte femenino, as\u00ed como la inclusi\u00f3n del deporte en la promoci\u00f3n del envejecimiento activo de la poblaci\u00f3n. Asimismo, se fomentar\u00e1n la divulgaci\u00f3n y la pr\u00e1ctica de los deportes tradicionales y se promover\u00e1n iniciativas deportivas que contribuyan a la dinamizaci\u00f3n econ\u00f3mica del medio rural, en colaboraci\u00f3n con entidades y organismos competentes en los \u00e1mbitos del patrimonio cultural y natural y del turismo.<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO V<\/p>\n<p><strong>Personas migrantes y retorno<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a052.\u2003Apoyo e inclusi\u00f3n de las personas inmigradas.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias, en el \u00e1mbito de sus competencias, promover\u00e1 programas, medidas y acciones de colaboraci\u00f3n con las personas inmigradas residentes en el Principado de Asturias a los efectos de favorecer su arraigo en la regi\u00f3n, su inclusi\u00f3n social y comunitaria, el intercambio y conocimiento cultural mutuo y la participaci\u00f3n activa en la consecuci\u00f3n de los objetivos de mejora de la situaci\u00f3n demogr\u00e1fica.<\/p>\n<p>2.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias colaborar\u00e1 en los objetivos de atenci\u00f3n, acogida, inclusi\u00f3n y arraigo de las personas inmigradas con los servicios de atenci\u00f3n a la poblaci\u00f3n inmigrada de los ayuntamientos y con los programas con objetivos similares que desarrollan distintas entidades privadas.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a053.\u2003Fomento del retorno y atenci\u00f3n a los emigrantes.<\/strong><\/p>\n<p>Para el fomento del retorno y la atenci\u00f3n a los emigrantes, la Administraci\u00f3n del Principado de Asturias:<\/p>\n<p>a)\u2003Impulsar\u00e1 el Plan Retorna Asturias para ofrecer un acompa\u00f1amiento integral a los asturianos y sus descendientes que hayan retornado o tengan proyecto de retorno a la comunidad aut\u00f3noma. Para ello, se crear\u00e1 una Oficina del Retorno, en la que ofrecer asesoramiento social, laboral, econ\u00f3mico y administrativo, que efectuar\u00e1 una labor de seguimiento de la persona que retorna y de su familia, a fin de facilitar su inclusi\u00f3n social y laboral, con particular atenci\u00f3n a las situaciones de especial vulnerabilidad. Este plan recoger\u00e1 asimismo medidas espec\u00edficas para la juventud, que garanticen a estas personas poder regresar a su tierra de origen con el fin de desarrollar las capacidades y los conocimientos adquiridos.<\/p>\n<p>b)\u2003Impulsar\u00e1 la participaci\u00f3n y el arraigo de las personas asturianas residentes en el exterior en la vida social y cultural de Asturias a trav\u00e9s de los programas vinculados a la identidad e historia de la comunidad aut\u00f3noma, as\u00ed como los intercambios en el \u00e1mbito educativo o econ\u00f3mico que se promuevan.<\/p>\n<p>c)\u2003Colaborar\u00e1 con los centros asturianos en el exterior para realizar campa\u00f1as de promoci\u00f3n, divulgaci\u00f3n y facilitaci\u00f3n del retorno de asturianos en el extranjero.<\/p>\n<p>d)\u2003Habilitar\u00e1 una plataforma integrada de informaci\u00f3n tanto presencial como\u00a0<em>online<\/em>\/multicanal para el asesoramiento de las personas que quieran retornar.<\/p>\n<p>e)\u2003Establecer\u00e1 un plan de ayudas a la vuelta que faciliten el traslado y asentamiento de los asturianos retornados.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a054.\u2003Atenci\u00f3n a las personas refugiadas, solicitantes de asilo y protecci\u00f3n internacional.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado, en el marco de sus competencias, reforzar\u00e1 la coordinaci\u00f3n institucional con las entidades del Sistema de Acogida de Protecci\u00f3n Internacional y Temporal del Gobierno de Espa\u00f1a que gestionan en Asturias los servicios dirigidos a las personas solicitantes de asilo y protecci\u00f3n internacional, para favorecer su inclusi\u00f3n, prevenir situaciones de riesgo y promover la cohesi\u00f3n social en el territorio.<\/p>\n<p>2.\u2003De igual modo, se prestar\u00e1 especial atenci\u00f3n a las personas que se acojan a otros programas de protecci\u00f3n temporal promovidos por el Gobierno de Espa\u00f1a para atender las necesidades b\u00e1sicas motivadas por situaciones de desplazamiento forzado y agravamiento de crisis humanitarias.<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO VI<\/p>\n<p><strong>Fomento de la cohesi\u00f3n social<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a055.\u2003Acceso y permanencia en la vivienda.<\/strong><\/p>\n<p>La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias, en materia de vivienda:<\/p>\n<p>a)\u2003Asegurar\u00e1 la funci\u00f3n social de la vivienda, facilitando que esta sea asequible, accesible y sostenible. Para ello, impulsar\u00e1 la promoci\u00f3n y construcci\u00f3n de viviendas de titularidad p\u00fablica.<\/p>\n<p>b)\u2003Desarrollar\u00e1 mecanismos para garantizar un recurso habitacional para cada persona, acorde a sus medios de subsistencia, accesible y eficiente energ\u00e9ticamente, optimizando el reaprovechamiento de viviendas vac\u00edas o desocupadas en el marco de la econom\u00eda circular. Con este objeto, se fomentar\u00e1n la rehabilitaci\u00f3n, mejora, conservaci\u00f3n y accesibilidad de viviendas en zonas rurales, con especial atenci\u00f3n a los concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas.<\/p>\n<p>c)\u2003Fomentar\u00e1 nuevos modelos de viviendas colaborativas para personas mayores, con discapacidad, necesidades especiales, en situaci\u00f3n de soledad social no deseada o en cualquier otra circunstancia que aconseje participar de un modelo de vivienda compartida o vivienda con apoyos, benefici\u00e1ndose adem\u00e1s de las ventajas que aportan las tecnolog\u00edas para el cuidado y el bienestar. Se apoyar\u00e1n, asimismo, iniciativas compatibles con el\u00a0<em>cohousing<\/em>, como modelos de comunidades autogestionadas que pueden verse beneficiadas de la incorporaci\u00f3n de un enfoque intergeneracional.<\/p>\n<p>d)\u2003Promover\u00e1 la facilitaci\u00f3n de viviendas en alquiler para profesionales que desarrollen su labor en zonas tur\u00edsticas con escasez de vivienda, fomentando la adecuada prestaci\u00f3n de servicios esenciales y minimizando el impacto de la alta rotaci\u00f3n de profesionales en determinados sectores.<\/p>\n<p>e)\u2003Apoyar\u00e1 medidas, planes, programas y acciones de construcci\u00f3n, rehabilitaci\u00f3n y acceso a la vivienda, en especial en los concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas, orientadas a la garant\u00eda habitacional, la lucha contra la exclusi\u00f3n residencial y la rehabilitaci\u00f3n o construcci\u00f3n de casas pasivas siguiendo los criterios de eficiencia energ\u00e9tica, sostenibilidad y confortabilidad que conforman los est\u00e1ndares de vivienda saludable.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a056.\u2003Dinamizaci\u00f3n del movimiento asociativo.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias promover\u00e1 la dinamizaci\u00f3n del movimiento asociativo en colaboraci\u00f3n con las entidades locales y sociales para fomentar el esp\u00edritu de comunidad, el emprendimiento social, la cohesi\u00f3n vecinal y social, la conservaci\u00f3n y desarrollo de los bienes comunales y patrimoniales, el desarrollo local, el trabajo colectivo, la defensa de finalidades e intereses comunes y la colaboraci\u00f3n p\u00fablico-privada.<\/p>\n<p>2.\u2003A tal fin se crear\u00e1 una red de participaci\u00f3n en el Principado de Asturias como canal de informaci\u00f3n, apoyo y colaboraci\u00f3n, cuyos objetivos ser\u00e1n:<\/p>\n<p>a)\u2003Fomentar el asociacionismo promoviendo su creaci\u00f3n, su mantenimiento en el tiempo y facilitando su actividad y las iniciativas que pretenda llevar a cabo para intervenir en su entorno.<\/p>\n<p>b)\u2003Contribuir al establecimiento de v\u00ednculos entre las diferentes entidades asociativas en los concejos asturianos.<\/p>\n<p>c)\u2003Divulgar las actividades que realicen dichas entidades que sean de inter\u00e9s p\u00fablico.<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO VII<\/p>\n<p><strong>Fomento de la igualdad entre mujeres y hombres<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a057.\u2003Igualdad entre mujeres y hombres.<\/strong><\/p>\n<p>Para la mejora de la situaci\u00f3n demogr\u00e1fica y la lucha contra el despoblamiento, las Administraciones p\u00fablicas llevar\u00e1n a cabo las siguientes acciones en materia de igualdad:<\/p>\n<p>a)\u2003Avanzar en la aplicaci\u00f3n y ejercicio del principio de igualdad entre mujeres y hombres en toda la comunidad aut\u00f3noma, especialmente en el medio rural y en los concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas y con mayor desviaci\u00f3n del \u00edndice de masculinidad.<\/p>\n<p>b)\u2003Garantizar el ejercicio efectivo de los derechos de las mujeres, promoviendo su reconocimiento profesional en todos los \u00e1mbitos laborales y el acceso a los derechos derivados de su actividad laboral.<\/p>\n<p>c)\u2003Corregir la discriminaci\u00f3n m\u00faltiple a la que se ven sometidas las mujeres, aplic\u00e1ndose la correcci\u00f3n con mayor intensidad en los concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas.<\/p>\n<p>d)\u2003Fomentar nuevas oportunidades de empleo y la mejora de la calidad de vida de las mujeres, apoyando los procesos y acompa\u00f1amiento a la puesta en marcha de sus propios proyectos vitales o profesionales.<\/p>\n<p>e)\u2003Incrementar la progresiva incorporaci\u00f3n de mujeres en los \u00f3rganos de gobierno de las asociaciones u organizaciones profesionales, empresariales, sindicales o de otra \u00edndole, con la perspectiva de conseguir una participaci\u00f3n paritaria entre mujeres y hombres.<\/p>\n<p>f)\u2003Priorizar hacia las mujeres, en los \u00e1mbitos territoriales de concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas y con mayor desviaci\u00f3n del \u00edndice de masculinidad, los requisitos de acceso a ayudas y subvenciones.<\/p>\n<p>g)\u2003Apoyar el cooperativismo, el asociacionismo y las redes de mujeres, con la finalidad de promover una mayor influencia, liderazgo y presencia de las mujeres en las iniciativas y proyectos comunitarios de desarrollo local de los distintos territorios de la regi\u00f3n y, especialmente, en los concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas y con mayor desviaci\u00f3n del \u00edndice de masculinidad.<\/p>\n<p>h)\u2003Favorecer el acceso de las mujeres a la titularidad o cotitularidad en las explotaciones agrarias.<\/p>\n<p>i)\u2003Realizar acciones espec\u00edficas y concretas destinadas a la puesta en marcha de planes de ocupaci\u00f3n que incluyan la perspectiva de g\u00e9nero, dirigidas a reducir el desequilibro en el acceso al mercado de trabajo, fomentando la igualdad entre mujeres y hombres como factor de desarrollo local y de bienestar de la poblaci\u00f3n en general, con especial atenci\u00f3n al medio rural.<\/p>\n<p>j)\u2003Reforzar los Centros Asesores de la Mujer, especialmente en los concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas y con mayor desviaci\u00f3n del \u00edndice de masculinidad, para acompa\u00f1ar los procesos vitales de las mujeres y, especialmente, para la prevenci\u00f3n de la violencia de g\u00e9nero.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a058.\u2003Conciliaci\u00f3n y corresponsabilidad en los cuidados.<\/strong><\/p>\n<p>Para la mejora de la situaci\u00f3n demogr\u00e1fica y la lucha contra el despoblamiento, las Administraciones p\u00fablicas llevar\u00e1n a cabo las siguientes acciones en materia de conciliaci\u00f3n y corresponsabilidad:<\/p>\n<p>a)\u2003Desarrollar el Plan Asturiano de Corresponsabilidad, con especial atenci\u00f3n al fomento y el estudio de las iniciativas de innovaci\u00f3n, el impulso a los pactos locales por la corresponsabilidad, el desarrollo de campa\u00f1as de informaci\u00f3n y sensibilizaci\u00f3n, la econom\u00eda de los cuidados y de la corresponsabilidad como instrumentos para la consolidaci\u00f3n de un nuevo pacto social en Asturias que permita cerrar las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en los \u00e1mbitos econ\u00f3mico, laboral y de los cuidados.<\/p>\n<p>b)\u2003Prestar especial atenci\u00f3n a las personas encargadas de los cuidados a mayores y a personas con discapacidad.<\/p>\n<p>c)\u2003Impulsar la creaci\u00f3n de \u00abcasas amigas\u00bb como lugares para el cuidado de menores en \u00e1mbitos rurales donde no exista infraestructura p\u00fablica o esta sea insuficiente.<\/p>\n<p>d)\u2003Desarrollar la universalidad de comedores escolares, servicios de madrugadores y actividades extraescolares en los equipamientos educativos. Estas acciones y servicios de conciliaci\u00f3n ser\u00e1n adaptados al calendario laboral y horarios de las familias, con especial atenci\u00f3n a los periodos no lectivos.<\/p>\n<p>e)\u2003Impulsar la creaci\u00f3n de \u00abbebetecas\u00bb como espacios p\u00fablicos destinados al cuidado de menores durante cortos espacios de tiempo necesarios para la conciliaci\u00f3n.<\/p>\n<p>f)\u2003Avanzar en la ampliaci\u00f3n de los permisos de paternidad y maternidad iguales e intransferibles.<\/p>\n<p>g)\u2003Apoyar el emprendimiento de las mujeres a trav\u00e9s de programas de acompa\u00f1amiento en los procesos de empoderamiento econ\u00f3mico, conectando las necesidades de autonom\u00eda econ\u00f3mica con las necesidades de la atenci\u00f3n a los cuidados y las oportunidades del territorio. Y, asimismo, apoyar la consolidaci\u00f3n de las micropymes, las empresas de econom\u00eda social y a las aut\u00f3nomas, especialmente en el medio rural.<\/p>\n<p>h)\u2003Promover la responsabilidad social de las empresas para que incorporen iniciativas de conciliaci\u00f3n familiar y laboral.<\/p>\n<p>i)\u2003Continuar avanzando en la senda de la conciliaci\u00f3n siguiendo los par\u00e1metros europeos en materia de corresponsabilidad, flexibilizaci\u00f3n y racionalizaci\u00f3n de horarios y, asimismo, en las iniciativas que favorecen la prestaci\u00f3n de servicios tanto en el \u00e1mbito de las explotaciones agrarias como en las tareas de cuidado y dom\u00e9sticas.<\/p>\n<p>j)\u2003Prestar especial atenci\u00f3n a las familias monoparentales, familias numerosas, familias v\u00edctimas de violencia de g\u00e9nero y aquellas establecidas en concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas, priorizando el acceso a ayudas, prestaciones econ\u00f3micas y servicios p\u00fablicos.<\/p>\n<p>T\u00cdTULO V<\/p>\n<p><strong>Dinamizaci\u00f3n econ\u00f3mica y demograf\u00eda<\/strong><\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO I<\/p>\n<p><strong>Disposiciones comunes<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a059.\u2003Promoci\u00f3n de la actividad econ\u00f3mica e impulso a los sectores productivos.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias articular\u00e1 aquellas medidas que contribuyan a la generaci\u00f3n de empleo de calidad, proporcionando la base sobre la que asentar la poblaci\u00f3n en el territorio y contribuyendo al equilibrio socioecon\u00f3mico regional.<\/p>\n<p>2.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias incentivar\u00e1 el desarrollo de aquellas actividades y sectores econ\u00f3micos que supongan un fortalecimiento, modernizaci\u00f3n y diversificaci\u00f3n de la estructura econ\u00f3mica de la regi\u00f3n, al mismo tiempo que evitar\u00e1 la divisi\u00f3n sexual del trabajo y la brecha salarial entre mujeres y hombres. A tal fin, se impulsar\u00e1n acciones que incorporen mayor valor a\u00f1adido a los productos y actividades existentes y contribuyan a desarrollar el potencial y las ventajas competitivas del territorio, incorporando como parte de ese valor el respeto al medio ambiente y la conservaci\u00f3n y la activaci\u00f3n del patrimonio cultural local.<\/p>\n<p>3.\u2003Los mecanismos a trav\u00e9s de los que se articular\u00e1 este impulso ser\u00e1n los siguientes:<\/p>\n<p>a)\u2003Incentivos espec\u00edficos de car\u00e1cter singular a las actividades existentes o nuevas que se desarrollen en el territorio y, especialmente, aquellas que apliquen criterios de discriminaci\u00f3n positiva dentro de l\u00edneas ya existentes.<\/p>\n<p>b)\u2003Financiaci\u00f3n de las iniciativas empresariales, canalizada a trav\u00e9s de las figuras existentes, con especial atenci\u00f3n a las promovidas por mujeres en los concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas.<\/p>\n<p>c)\u2003Promoci\u00f3n, a trav\u00e9s de misiones comerciales especiales o mediante participaci\u00f3n diferenciada en las existentes, del acceso de las pymes a los mercados internacionales, con especial atenci\u00f3n a las pymes dirigidas por mujeres y a las ubicadas en los concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas.<\/p>\n<p>d)\u2003Fortalecimiento del relevo generacional con la finalidad de fomentar el mantenimiento y asentamiento de j\u00f3venes en el territorio.<\/p>\n<p>e)\u2003Fomento de la atracci\u00f3n de actividades industriales y, especialmente, hacia los concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas. Se prestar\u00e1 especial atenci\u00f3n a desarrollar los elementos facilitadores de la actividad industrial, como agua, energ\u00eda, acceso a materias primas, gesti\u00f3n de residuos, telecomunicaciones, infraestructuras, suelo y techo industrial, u otros que pudieran ser imprescindibles para el desarrollo de la actividad.<\/p>\n<p>f)\u2003Promoci\u00f3n de mecanismos de asistencia para la adecuaci\u00f3n de los registros p\u00fablicos de bienes inmuebles a la realidad material.<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO II<\/p>\n<p><strong>Industria y actividad empresarial<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a060.\u2003Apoyo a la actividad industrial y a la transformaci\u00f3n y diversificaci\u00f3n del tejido productivo.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La Administraci\u00f3n, en materia de actividad industrial y transformaci\u00f3n y diversificaci\u00f3n del tejido productivo:<\/p>\n<p>a)\u2003Prestar\u00e1 especial apoyo a aquellas actividades econ\u00f3micas, especialmente las industriales, que supongan un aprovechamiento m\u00e1s sostenible de los recursos existentes en el territorio, priorizando en su desarrollo el mantenimiento y la generaci\u00f3n de empleo de calidad, sin sesgos de g\u00e9nero, y la diversificaci\u00f3n sectorial.<\/p>\n<p>b)\u2003Colaborar\u00e1 activamente con el tejido asociativo y los agentes sociales para la creaci\u00f3n de empresas o el autoempleo, dando prioridad a las iniciativas emprendedoras de car\u00e1cter industrial a trav\u00e9s del trabajo aut\u00f3nomo y de la constituci\u00f3n, fortalecimiento y agrupaci\u00f3n de entidades de econom\u00eda social.<\/p>\n<p>c)\u2003Apoyar\u00e1 las iniciativas empresariales de transformaci\u00f3n y diversificaci\u00f3n productiva a trav\u00e9s de medidas y programas que incrementen la capacidad para abordar sus procesos de cambio y para incrementar su capacidad para competir en los mercados internacionales.<\/p>\n<p>d)\u2003Establecer\u00e1 medidas de formaci\u00f3n, asesoramiento y seguimiento que permitan la consolidaci\u00f3n y mejora de la competitividad de los proyectos empresariales industriales.<\/p>\n<p>2.\u2003Los mecanismos a trav\u00e9s de los que se realizar\u00e1 este impulso a la actividad industrial, la transformaci\u00f3n y la diversificaci\u00f3n ser\u00e1n los siguientes:<\/p>\n<p>a)\u2003Autorizaci\u00f3n de puesta en marcha provisional para la realizaci\u00f3n de la actividad tras la presentaci\u00f3n de una declaraci\u00f3n responsable y el pago de las tasas bajo modelo de autoliquidaci\u00f3n. La duraci\u00f3n de esta autorizaci\u00f3n se extender\u00e1 hasta la obtenci\u00f3n de la autorizaci\u00f3n definitiva o la denegaci\u00f3n motivada.<\/p>\n<p>b)\u2003Priorizaci\u00f3n y acceso a condiciones favorables en la obtenci\u00f3n de suelo y techo industrial existente o planificado.<\/p>\n<p>c)\u2003Acceso prioritario a programas de consolidaci\u00f3n y generaci\u00f3n de empleo.<\/p>\n<p>d)\u2003Refuerzo, en colaboraci\u00f3n con las entidades locales y otros organismos y entidades de apoyo, de las tareas de asesoramiento y tutorizaci\u00f3n al emprendimiento.<\/p>\n<p>e)\u2003Apoyo financiero a las inversiones de las empresas mediante subvenciones a fondo perdido, pr\u00e9stamos participativos y avales ante entidades financieras.<\/p>\n<p>f)\u2003Apoyo a la transformaci\u00f3n digital de las empresas mediante inversiones e iniciativas basadas en las nuevas tecnolog\u00edas y en los nuevos desarrollos de innovaci\u00f3n industrial.<\/p>\n<p>g)\u2003Apoyo a los proyectos de I+D+i, tanto de grandes como de peque\u00f1as empresas.<\/p>\n<p>h)\u2003Apoyo al fomento del empleo femenino.<\/p>\n<p>i)\u2003Apoyo y fomento a las formas de asociacionismo empresarial, cooperativismo y participaci\u00f3n de los propios trabajadores.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a061.\u2003Atracci\u00f3n de inversiones y desarrollo de nuevas actividades.<\/strong><\/p>\n<p>La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias promover\u00e1 el est\u00edmulo de la actividad econ\u00f3mica, al objeto de consolidar y fortalecer el tejido productivo existente y de atraer nuevas inversiones que diversifiquen dicho tejido productivo, favoreciendo con ello el atractivo de Asturias para el desarrollo de nuevas actividades productivas. A tal fin, llevar\u00e1 a cabo las siguientes acciones:<\/p>\n<p>a)\u2003Despliegue de la estrategia de atracci\u00f3n de inversiones a trav\u00e9s de la colaboraci\u00f3n p\u00fablico-privada en la que participan la Administraci\u00f3n del Principado de Asturias, las c\u00e1maras de comercio, las asociaciones empresariales y otras asociaciones destinadas a la promoci\u00f3n y diversificaci\u00f3n del talento y de la promoci\u00f3n econ\u00f3mica.<\/p>\n<p>b)\u2003Apoyo al emprendimiento, a trav\u00e9s de los semilleros y centros de empresas del Principado de Asturias que se encuentran asentados en distintas localidades de la comunidad aut\u00f3noma.<\/p>\n<p>c)\u2003Impulso a las iniciativas innovadoras y de base tecnol\u00f3gica.<\/p>\n<p>d)\u2003Desarrollo y mejora de \u00e1reas industriales, desplegadas por el territorio, propiciando la instalaci\u00f3n de nuevas empresas o el crecimiento de las existentes en todo el territorio asturiano, para favorecer con ello la fijaci\u00f3n de poblaci\u00f3n por medio de la actividad econ\u00f3mica y la generaci\u00f3n de empleo, especialmente el femenino.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a062.\u2003Apoyo a la econom\u00eda de servicios.<\/strong><\/p>\n<p>La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias impulsar\u00e1 el desarrollo del sector de servicios como elemento dinamizador de la econom\u00eda, principalmente en los \u00e1mbitos vinculados a los cuidados de las personas mayores y a la implantaci\u00f3n de nuevas actividades econ\u00f3micas en el medio rural, con especial atenci\u00f3n a los concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a063.\u2003Apoyo al turismo.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias, en el dise\u00f1o y desarrollo de sus estrategias y programas de fomento de la actividad tur\u00edstica, incentivar\u00e1 aquellos proyectos e iniciativas de turismo que contribuyan al bienestar y crecimiento inclusivo y a la vertebraci\u00f3n territorial, la preservaci\u00f3n de los valores y el patrimonio rural, favorezcan la accesibilidad universal de los productos tur\u00edsticos e incidan en la fijaci\u00f3n de poblaci\u00f3n.<\/p>\n<p>2.\u2003En las estrategias y programas indicados se fomentar\u00e1 la promoci\u00f3n del turismo rural como un elemento distintivo de la oferta tur\u00edstica del Principado de Asturias, a trav\u00e9s de una adecuada ordenaci\u00f3n de la oferta y la mejora de la demanda tur\u00edstica, con una atenci\u00f3n preferente al fomento de un turismo sostenible. Asimismo, se impulsar\u00e1n acciones dirigidas al fomento de oportunidades en sectores del turismo cultural, deportivo, de naturaleza y gastron\u00f3mico y se fomentar\u00e1 la digitalizaci\u00f3n y la innovaci\u00f3n del destino tur\u00edstico en las comunidades rurales, con especial atenci\u00f3n a los concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas.<\/p>\n<p>3.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias propiciar\u00e1 la colaboraci\u00f3n con otras Administraciones p\u00fablicas para la promoci\u00f3n y difusi\u00f3n del turismo en el medio rural, especialmente a trav\u00e9s de las entidades locales y de la Red de Oficinas de Turismo del Principado de Asturias. Para ello, se adoptar\u00e1n las medidas necesarias de impulso a los sistemas e instrumentos de informaci\u00f3n tur\u00edstica y se promover\u00e1n actividades de informaci\u00f3n y formaci\u00f3n dirigidas a la poblaci\u00f3n rural.<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO III<\/p>\n<p><strong>Desarrollo rural<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a064.\u2003Captaci\u00f3n, inclusi\u00f3n comunitaria y apoyo a nueva poblaci\u00f3n rural.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias impulsar\u00e1 el desarrollo de estrategias, programas y medidas de car\u00e1cter integral dirigidas a captar nueva poblaci\u00f3n rural y favorecer su inclusi\u00f3n comunitaria en el medio rural, basadas en el respeto y protecci\u00f3n de las costumbres de nuestros pueblos, mediante las siguientes actuaciones:<\/p>\n<p>a)\u2003Dise\u00f1o de pol\u00edticas espec\u00edficas, coordinando, entre otras, las actuaciones en materia de cohesi\u00f3n territorial, igualdad entre mujeres y hombres, pol\u00edtica social, empleo, emprendimiento, formaci\u00f3n, salud, calidad ambiental, turismo, cultura y vivienda, para que las personas consideren el medio rural asturiano como un lugar id\u00f3neo para establecerse y desarrollar su proyecto de vida.<\/p>\n<p>b)\u2003Implementaci\u00f3n de programas de acompa\u00f1amiento y asesoramiento en colaboraci\u00f3n con las entidades locales y las entidades sin \u00e1nimo de lucro, as\u00ed como con los agentes econ\u00f3micos del territorio, para atraer nueva poblaci\u00f3n al medio rural, conocer sus expectativas y necesidades y favorecer su inclusi\u00f3n en las comunidades locales.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a065.\u2003Fomento de la diversificaci\u00f3n econ\u00f3mica en el medio rural.<\/strong><\/p>\n<p>La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias fomentar\u00e1 en el medio rural la diversificaci\u00f3n de actividades econ\u00f3micas complementarias a las agroalimentarias, pesqueras, ganaderas y forestales, para favorecer modelos de econom\u00eda local mixtos, integrados, integradores y sist\u00e9micos en un mismo \u00e1mbito territorial, por medio de medidas transversales que tengan por objeto:<\/p>\n<p>a)\u2003Dinamizar las actuaciones que emanan de las acciones cofinanciadas por fondos procedentes de la Uni\u00f3n Europea y, en particular, las acciones realizadas en respuesta a las necesidades concretas de los territorios rurales.<\/p>\n<p>b)\u2003Apoyar a los bares-tienda y a aquellos otros establecimientos que ejercen una funci\u00f3n de servicio indispensable y centro social en los concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas.<\/p>\n<p>c)\u2003Desarrollar acciones que favorezcan la transmisi\u00f3n generacional de comercios, el impulso a mercados estacionales, la modernizaci\u00f3n y especializaci\u00f3n de comercios rurales de primera necesidad, as\u00ed como actuaciones de promoci\u00f3n y visibilidad comercial de productos aut\u00f3ctonos.<\/p>\n<p>d)\u2003Apoyar tanto el mantenimiento como los nuevos modelos e iniciativas del comercio en el medio rural y local, as\u00ed como la modernizaci\u00f3n de los equipamientos p\u00fablicos comerciales tradicionales: plazas de abastos, mercados, ferias y venta ambulante, con atenci\u00f3n especial a las zonas rurales y aldeas de aquellos concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas.<\/p>\n<p>e)\u2003Fomentar un modelo de turismo rural integrado, racional y sostenible en todos sus \u00e1mbitos, a trav\u00e9s de una adecuada ordenaci\u00f3n de la oferta y la mejora con divulgaci\u00f3n de la demanda tur\u00edstica, con una atenci\u00f3n preferente a nuevos modelos que permitan nuevos usos de edificios tradicionales, en desuso o abandonados, en la zona rural.<\/p>\n<p>f)\u2003Incentivar el aprovechamiento social, econ\u00f3mico y ambientalmente responsable de los recursos naturales del territorio, como son los productos forestales, agrarios, ganaderos, cineg\u00e9ticos y de pesca, orientando su rentabilidad hacia la lucha contra el cambio clim\u00e1tico, la transici\u00f3n energ\u00e9tica, la conservaci\u00f3n del patrimonio natural y el paisaje, como activo de desarrollo.<\/p>\n<p>g)\u2003Promover de manera especial estos modelos de desarrollo en las zonas rurales que, adem\u00e1s, se encuentren enclavadas en espacios naturales protegidos, cualquiera que sea su sistema de protecci\u00f3n, al objeto de incentivar un modelo tradicional de desarrollo humano integrado en estas zonas.<\/p>\n<p>h)\u2003Fomentar la econom\u00eda social y el cooperativismo, con el fin de promover, crear y consolidar empleo inclusivo en el medio rural, actuando tambi\u00e9n con perspectiva de g\u00e9nero.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a066.\u2003Dinamizaci\u00f3n de los sistemas agroecol\u00f3gicos locales.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias impulsar\u00e1 medidas dirigidas a identificar y promover la gesti\u00f3n integral de los sistemas agroecol\u00f3gicos locales con la finalidad de mejorar la gesti\u00f3n del territorio, la conservaci\u00f3n de sistemas agroforestales de alto valor natural, la producci\u00f3n agroalimentaria local, la salud y la alimentaci\u00f3n de calidad, los circuitos cortos de distribuci\u00f3n alimentaria, la seguridad ambiental, la conservaci\u00f3n de la biodiversidad, la revitalizaci\u00f3n de la comunidad local, la creaci\u00f3n de empleo, con especial atenci\u00f3n a las mujeres, y la transmisi\u00f3n de conocimientos sobre el manejo y el cuidado de la tierra. Para ello, se realizar\u00e1n actuaciones como:<\/p>\n<p>a)\u2003Promoci\u00f3n de la colaboraci\u00f3n p\u00fablico-privada en la conservaci\u00f3n de los paisajes rurales de alto valor natural y la activaci\u00f3n de los procesos, pr\u00e1cticas y funciones agroecol\u00f3gicas vinculadas a la actividad agropecuaria y forestal local, que favorezcan el mantenimiento de los paisajes en mosaico y eviten incendios forestales y otros riesgos ambientales.<\/p>\n<p>b)\u2003Impulso de nuevas iniciativas de producci\u00f3n agroecol\u00f3gica y de adaptaci\u00f3n de los sistemas de producci\u00f3n convencionales a los sistemas de producci\u00f3n agroecol\u00f3gica que fomenten la sostenibilidad en el medio rural, tanto en la vertiente productiva como en la vertiente de consumo.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a067.\u2003Dinamizaci\u00f3n de las energ\u00edas renovables y las comunidades energ\u00e9ticas rurales.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias fomentar\u00e1 la implantaci\u00f3n de sistemas de aprovechamiento de energ\u00edas renovables en las zonas rurales, especialmente a trav\u00e9s de las comunidades energ\u00e9ticas locales o colectivas, favoreciendo la producci\u00f3n para el autoabastecimiento y autoconsumo, obtenida esta de la explotaci\u00f3n de recursos energ\u00e9ticos locales, e impulsando as\u00ed la autonom\u00eda energ\u00e9tica de la zona rural y la creaci\u00f3n de empleo, especialmente el femenino.<\/p>\n<p>2.\u2003Asimismo, se impulsar\u00e1 el uso de las energ\u00edas renovables en la agricultura, la ganader\u00eda, la pesca y el sector forestal, tanto a trav\u00e9s de formas colectivas desde cooperativas y cofrad\u00edas de pescadores como de manera individual desde las explotaciones.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a068.\u2003Fomento de la producci\u00f3n agroalimentaria regional.<\/strong><\/p>\n<p>La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias fomentar\u00e1, a trav\u00e9s de la creaci\u00f3n y promoci\u00f3n de marcas alimentarias de garant\u00eda de la regi\u00f3n, la producci\u00f3n agroalimentaria regional y el consumo de estos productos. De igual forma, impulsar\u00e1 las creaciones de sellos de calidad con indicaciones de procedencia de productos agroalimentarios producidos en el Principado de Asturias.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a069.\u2003Apoyo a los sectores agr\u00edcola, ganadero, pesquero y forestal y a las actividades cineg\u00e9tica y pisc\u00edcola.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Con la finalidad de apoyar la actividad agr\u00edcola, ganadera, pesquera y forestal y lograr la equiparaci\u00f3n de su rentabilidad a la de otros sectores econ\u00f3micos, las actuaciones de la Administraci\u00f3n del Principado de Asturias ir\u00e1n orientadas a:<\/p>\n<p>a)\u2003Mejorar la rentabilidad y la creaci\u00f3n de empleo dentro de dichos sectores promoviendo el desarrollo, la consolidaci\u00f3n y el mantenimiento de explotaciones y modelos de gesti\u00f3n adecuados que garanticen su viabilidad y sostenibilidad, tanto econ\u00f3mica como medioambiental y tanto de las explotaciones familiares como de las entidades de econom\u00eda social, incidiendo especialmente en el relevo generacional y en la presencia de las mujeres en la titularidad y la gesti\u00f3n de dichas explotaciones.<\/p>\n<p>b)\u2003Impulsar la modernizaci\u00f3n en los sectores agr\u00edcola, ganadero, pesquero y forestal, as\u00ed como las estructuras de servicios vinculadas a dichos sectores, al objeto de mejorar su competitividad, con especial implicaci\u00f3n en las explotaciones propiedad de titulares j\u00f3venes y que mantengan su estancia efectiva en los concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas.<\/p>\n<p>c)\u2003Apoyar a las explotaciones agrarias, ganaderas y pesqueras de car\u00e1cter familiar y profesional, as\u00ed como mejorar la calidad de vida de las personas trabajadoras, tanto titulares como personas asalariadas de dichas explotaciones, fomentando las pol\u00edticas de igualdad entre mujeres y hombres y la conciliaci\u00f3n.<\/p>\n<p>d)\u2003Favorecer la diversificaci\u00f3n en las actividades agr\u00edcolas, ganaderas, pesqueras y forestales buscando alternativas econ\u00f3micas y nuevos modelos de comercializaci\u00f3n, con especial incidencia en la transformaci\u00f3n y venta directa de productos propios.<\/p>\n<p>e)\u2003Desarrollar f\u00f3rmulas que aseguren la viabilidad econ\u00f3mica y actualizada de las explotaciones agrarias familiares siguiendo el modelo tradicional de \u00abcaser\u00eda\u00bb, como unidad de producci\u00f3n especialmente adecuada para la gesti\u00f3n integral de los sistemas agroecol\u00f3gicos locales, as\u00ed como incentivar el fomento de explotaciones agr\u00edcolas y ganaderas que utilicen f\u00f3rmulas similares, incluidas las cooperativas.<\/p>\n<p>f)\u2003Promover la actividad ganadera como uno de los principales referentes del modelo rural de desarrollo y modelado del territorio. Se incentivar\u00e1 el apoyo a sistemas extensivos y sostenibles de desarrollo de la actividad ganadera tradicional, dentro de las distintas potencialidades de la caba\u00f1a ganadera regional y, en especial, a las razas aut\u00f3ctonas y al modelo tradicional de explotaci\u00f3n familiar. Se promover\u00e1n modelos mixtos de ganader\u00eda tradicional en estabulaci\u00f3n y medio pastoreo para producciones l\u00e1cteas y de derivados, ofreciendo modelos sostenibles de gesti\u00f3n de los residuos ganaderos como elementos ecol\u00f3gicos y sostenibles de abonos tradicionales. Asimismo, se promover\u00e1n modelos tradicionales de ganader\u00eda en extensivo con el ovino y el caprino y otras especies ganaderas de alto valor productivo y medioambiental, promoviendo el pastoreo en espacios forestales y de monta\u00f1a como elemento modulador del paisaje y de prevenci\u00f3n de incendios. Se regular\u00e1n los dobles usos y nuevas finalidades de las instalaciones ganaderas en abandono.<\/p>\n<p>g)\u2003Impulsar la gesti\u00f3n forestal diversificada, sostenible y vinculada a la econom\u00eda local del medio rural, a trav\u00e9s de mecanismos de optimizaci\u00f3n de la cadena de valor del monte que integren la producci\u00f3n, el mercado y al consumidor final. Asimismo, y adem\u00e1s de apoyar a las producciones tradicionales del monte, se impulsar\u00e1n nuevas actividades, tales como las micol\u00f3gicas, frutales, otras producciones o aprovechamientos no maderables y aquellas externalidades a las que se refiere el art\u00edculo\u00a087 de la Ley del Principado de Asturias\u00a03\/2004, de\u00a023 de noviembre, de Montes y Ordenaci\u00f3n Forestal, con el objeto de potenciar la diversificaci\u00f3n y garantizar nuevas oportunidades de actividad econ\u00f3mica en los montes, contando para todo ello con el desarrollo de instrumentos que permitan seguir la trazabilidad de la cadena de custodia.<\/p>\n<p>h)\u2003Promover el uso de la madera de los montes del territorio del Principado de Asturias y sus productos derivados en los elementos constructivos, incorpor\u00e1ndolos en los procesos de compra p\u00fablica sostenible, en consonancia con el fomento de la certificaci\u00f3n forestal en los montes p\u00fablicos y privados de la regi\u00f3n y el impulso a la industria forestal asociada a ellos, con fomento de marcas propias y buscando modelos de comercializaci\u00f3n alternativos.<\/p>\n<p>i)\u2003Fomentar la movilidad sostenible y la innovaci\u00f3n tecnol\u00f3gica, territorial y social tanto en el \u00e1mbito de las explotaciones agropecuarias, pesqueras y forestales como en las comunidades rurales de residencia.<\/p>\n<p>j)\u2003Favorecer el acceso a la financiaci\u00f3n p\u00fablica y privada en condiciones favorables a los proyectos que impliquen la mejora de las explotaciones agrarias, ganaderas, pesqueras y forestales, as\u00ed como las inversiones que redunden en su competitividad mediante el impulso de programas de financiaci\u00f3n a trav\u00e9s de instrumentos financieros desde el sector p\u00fablico auton\u00f3mico, abiertos al apoyo de la iniciativa privada.<\/p>\n<p>k)\u2003Consolidar la prestaci\u00f3n de servicios de sustituci\u00f3n a las peque\u00f1as y medianas explotaciones agrarias como una medida de diversificaci\u00f3n, creaci\u00f3n de empleo y de mejora de los ingresos y la calidad de vida.<\/p>\n<p>2.\u2003Asimismo, y al objeto de conservar y fomentar las actividades cineg\u00e9ticas y pisc\u00edcolas, se promover\u00e1n herramientas de gesti\u00f3n sostenible en ambos sectores, incluida la actividad productiva en centros de cr\u00eda de especies cineg\u00e9ticas y centros de acuicultura, impulsando para ello el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y la actualizaci\u00f3n de los modelos tradicionales de gesti\u00f3n, as\u00ed como la trazabilidad y la comercializaci\u00f3n de los productos cineg\u00e9ticos y pisc\u00edcolas en un marco general de aprovechamiento sostenible y de promoci\u00f3n de los valores de la caza y la pesca como actividades integradas en la conservaci\u00f3n de los ecosistemas, los h\u00e1bitats naturales y el paisaje.<\/p>\n<p>3.\u2003Se pondr\u00e1n en marcha medidas que permitan compatibilizar las actividades agr\u00edcolas y ganaderas con la conservaci\u00f3n de la biodiversidad y con la protecci\u00f3n de la fauna salvaje de Asturias, con actuaciones de car\u00e1cter preventivo en las explotaciones agrarias que permitan proteger al ganado y minimizar los ataques de la fauna salvaje y con la agilizaci\u00f3n de las compensaciones cuando se produzcan da\u00f1os.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a070.\u2003Apoyo a las producciones locales y el consumo de proximidad.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias apoyar\u00e1 las iniciativas de producci\u00f3n alimentaria de proximidad y consumo alimentario responsable y sostenible de productos locales, tanto agroecol\u00f3gicos como de calidad diferenciada.<\/p>\n<p>2.\u2003Asimismo, apoyar\u00e1 a las entidades locales que aborden planes de agricultura periurbana y la creaci\u00f3n de grupos de consumo en el \u00e1mbito de un consumo colaborativo, inclusivo, social y solidario. Tambi\u00e9n se fomentar\u00e1n los canales de distribuci\u00f3n, las redes tradicionales de suministro y la venta directa. Se incentivar\u00e1n la distribuci\u00f3n y el comercio de proximidad, las redes de consumo, la circularidad de las producciones e iniciativas directas del campo a la mesa, con especial incidencia en el \u00e1mbito de la educaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a071.\u2003Relevo generacional en el campo.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias impulsar\u00e1 medidas orientadas a aumentar la calidad de vida de la juventud en las zonas rurales, la mejora del desempe\u00f1o de su actividad profesional y de sus explotaciones para incrementar su competitividad y rentabilidad.<\/p>\n<p>2.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado Asturias apoyar\u00e1 nuevas formas de acceso a la profesi\u00f3n agraria, tanto mejorando las explotaciones familiares como definiendo nuevos modelos de relevo generacional extrafamiliar o cooperativo, en condiciones de igualdad entre mujeres y hombres.<\/p>\n<p>3.\u2003Las bases reguladoras de las ayudas a la incorporaci\u00f3n de j\u00f3venes a la actividad agraria y la mejora y modernizaci\u00f3n de explotaciones agrarias mediante planes de mejora establecer\u00e1n la concesi\u00f3n prioritaria a j\u00f3venes, y especialmente a las mujeres, a las explotaciones agrarias con titularidad compartida y a los nuevos pobladores.<\/p>\n<p>4.\u2003La gesti\u00f3n de los recursos y de los suelos agrarios se orientar\u00e1 de manera preferente hacia el acceso de los j\u00f3venes a los mismos y el fomento de nuevas actividades que ofrezcan la posibilidad de optimizar el uso de las tierras agrarias o forestales, como elemento vertebrador de las nuevas explotaciones, combatiendo el abandono y permitiendo la recuperaci\u00f3n de tierras actualmente en abandono.<\/p>\n<p>5.\u2003Se fomentar\u00e1n acciones para el asesoramiento y acompa\u00f1amiento de los j\u00f3venes en el proceso de establecimiento, antes, durante y en los a\u00f1os de compromiso desde el inicio del establecimiento. Estas acciones ser\u00e1n extensibles no solo a los procesos productivos, sino tambi\u00e9n a la comercializaci\u00f3n de los productos de su explotaci\u00f3n y a la orientaci\u00f3n de los mismos en los mercados agroalimentarios.<\/p>\n<p>6.\u2003Se desarrollar\u00e1n actividades de comunicaci\u00f3n y difusi\u00f3n protagonizadas por los j\u00f3venes rurales y profesionales agrarios para trasladar y visibilizar ante la sociedad urbana la imagen positiva de la actividad agraria.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a072.\u2003Clarificaci\u00f3n de la propiedad, acceso y movilidad de tierras.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias, para un eficaz aprovechamiento de tierras:<\/p>\n<p>a)\u2003Impulsar\u00e1 medidas orientadas a clarificar la propiedad rural, entendiendo como tales todas aquellas medidas cuyo objetivo final sea la delimitaci\u00f3n correcta de las fincas y la determinaci\u00f3n de sus propietarios.<\/p>\n<p>b)\u2003Impulsar\u00e1 medidas orientadas a incrementar la superficie de las explotaciones, optimizando sus dimensiones, en particular, la ordenaci\u00f3n del territorio agrario mediante los procedimientos de concentraci\u00f3n parcelaria, con la finalidad de promover la constituci\u00f3n y el mantenimiento de explotaciones agrarias y forestales de estructura y dimensiones adecuadas, que permitan su mejor aprovechamiento, incrementando su rentabilidad.<\/p>\n<p>c)\u2003Impulsar\u00e1 medidas para incentivar la transmisi\u00f3n de las tierras o su intercambio entre propietarios con el objetivo de minimizar los problemas derivados del minifundismo.<\/p>\n<p>d)\u2003Favorecer\u00e1, en casos de abandono de tierras, su transmisi\u00f3n a personas emprendedoras o profesionales del sector.<\/p>\n<p>e)\u2003Pondr\u00e1 en marcha campa\u00f1as publicitarias y de concienciaci\u00f3n al p\u00fablico en general y a los titulares pr\u00f3ximos a la jubilaci\u00f3n sobre el inter\u00e9s de la puesta a disposici\u00f3n de sus fincas.<\/p>\n<p>2.\u2003La Comisi\u00f3n Regional del Banco de Tierras del Principado de Asturias constituir\u00e1 la entidad centralizadora de la oferta de tierras y mediadora entre demandantes y oferentes de tierra, as\u00ed como la dinamizadora del aprovechamiento de los recursos naturales que est\u00e9n infrautilizados en aras de la incentivaci\u00f3n del mercado de la tierra y de la promoci\u00f3n del relevo generacional.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a073.\u2003Apoyo a la bioeconom\u00eda.<\/strong><\/p>\n<p>La Administraci\u00f3n del Principado Asturias, en atenci\u00f3n al potencial que el desarrollo de la bioeconom\u00eda supone para la econom\u00eda regional, promover\u00e1 actuaciones y medidas que favorezcan la creaci\u00f3n de nuevas industrias y actividades econ\u00f3micas derivadas de producciones naturales del Principado de Asturias y basadas en la transformaci\u00f3n de recursos de tipo biol\u00f3gico y en el desarrollo de nuevos bioproductos y servicios. Asimismo, se pondr\u00e1 especial atenci\u00f3n en la atracci\u00f3n de inversiones, proyectos empresariales y recursos humanos cualificados para el desarrollo de la bioeconom\u00eda.<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO IV<\/p>\n<p><strong>Tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y la telecomunicaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a074.\u2003Acceso a las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y la telecomunicaci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias potenciar\u00e1 el uso de las nuevas tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y la telecomunicaci\u00f3n con medidas destinadas a:<\/p>\n<p>a)\u2003Impulsar la conectividad territorial con una adecuada cobertura de internet de banda ancha y una adecuada cobertura de m\u00f3vil. Para ello, se favorecer\u00e1 la extensi\u00f3n de las redes de telecomunicaciones y de antenas de telefon\u00eda, prestando especial atenci\u00f3n al medio rural y a las \u00e1reas m\u00e1s despobladas, para reducir la brecha digital y conseguir una mayor cohesi\u00f3n territorial y social en la comunidad aut\u00f3noma.<\/p>\n<p>b)\u2003Mejorar la calidad del servicio de las nuevas tecnolog\u00edas en los diversos sectores de actividad econ\u00f3mica, con especial atenci\u00f3n a los concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas.<\/p>\n<p>c)\u2003Impulsar la capacitaci\u00f3n de la ciudadan\u00eda en competencias digitales en las zonas rurales, especialmente, en las zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblaci\u00f3n.<\/p>\n<p>d)\u2003Fomentar iniciativas de digitalizaci\u00f3n de empresas.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a075.\u2003Administraci\u00f3n digital.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Las actuaciones de la Administraci\u00f3n del Principado de Asturias y de las personas interesadas en los procedimientos administrativos de competencia de esta Administraci\u00f3n podr\u00e1n realizarse a trav\u00e9s de sistemas digitales que, mediante la videoconferencia u otro sistema similar, permitan la comunicaci\u00f3n bidireccional y la interacci\u00f3n visual, auditiva y verbal en tiempo real entre el interesado y el \u00f3rgano actuante en el procedimiento.<\/p>\n<p>2.\u2003A los efectos anteriores, se consideran sistemas digitales v\u00e1lidos las audioconferencias, videoconferencias, u otros sistemas tecnol\u00f3gicos o audiovisuales que garanticen adecuadamente la seguridad tecnol\u00f3gica, la efectiva participaci\u00f3n de la persona interesada, la transmisi\u00f3n y la recepci\u00f3n seguras de los documentos que aporte el interesado o, en su caso, recojan el resultado de las actuaciones realizadas, asegurando su autor\u00eda, autenticidad e integridad. La validez de estos medios ser\u00e1 determinada por el \u00f3rgano de la Administraci\u00f3n del Principado de Asturias competente en materia de seguridad y estrategia digital.<\/p>\n<p>3.\u2003La utilizaci\u00f3n de estos sistemas digitales se producir\u00e1 siempre y cuando lo solicite la ciudadan\u00eda y lo acuerde el \u00f3rgano actuante de la Administraci\u00f3n del Principado de Asturias en atenci\u00f3n a la distancia, dificultad del desplazamiento de la persona interesada, enfermedad o circunstancias personales del mismo o por cualquier otra causa de an\u00e1logas caracter\u00edsticas resulte imposible o muy gravosa la comparecencia presencial de las personas en las oficinas de la Administraci\u00f3n del Principado de Asturias.<\/p>\n<p>4.\u2003La utilizaci\u00f3n de estos sistemas habilitados por la Administraci\u00f3n del Principado de Asturias tambi\u00e9n permitir\u00e1 identificar y dotar de identidad digital a las personas que lo soliciten de conformidad con lo establecido en las normas b\u00e1sicas que dicten la Administraci\u00f3n General del Estado o la Uni\u00f3n Europea.<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO V<\/p>\n<p><strong>Empleo<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a076.\u2003Fomento del empleo y apoyo a la emprendedur\u00eda.<\/strong><\/p>\n<p>La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias impulsar\u00e1, en el \u00e1mbito de las pol\u00edticas de activaci\u00f3n para el empleo, el desarrollo de programas y actuaciones orientadas a la creaci\u00f3n y mantenimiento del empleo, al desarrollo profesional de las personas trabajadoras y a la detecci\u00f3n de las emprendedoras. Para las diferentes tipolog\u00edas demogr\u00e1ficas y rurales se podr\u00e1n desarrollar programas y actuaciones espec\u00edficas, con especial atenci\u00f3n a las mujeres y los j\u00f3venes. Estos programas y actuaciones tendr\u00e1n por objeto:<\/p>\n<p>a)\u2003Identificar las necesidades del mercado laboral en el medio rural y en los concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas y determinar nuevas posibilidades de empleo, estableciendo los perfiles profesionales m\u00e1s adecuados para dar respuesta a las mismas.<\/p>\n<p>b)\u2003Asegurar el acceso de todas las personas a la informaci\u00f3n y a la orientaci\u00f3n profesional adaptadas a la realidad, necesidades y potencialidad de sus entornos locales.<\/p>\n<p>c)\u2003Potenciar la Formaci\u00f3n Profesional y los programas experienciales, adoptando en su desarrollo las medidas de adaptaci\u00f3n y flexibilizaci\u00f3n necesarias para garantizar la prestaci\u00f3n de servicios en los territorios, de cara a la mejora la cualificaci\u00f3n o a la recualificaci\u00f3n de sus habitantes.<\/p>\n<p>d)\u2003Favorecer el mantenimiento de puestos de trabajo en actividades productivas locales y significativas en el medio rural, as\u00ed como la creaci\u00f3n de empleo en actividades emergentes relacionadas con las nuevas tecnolog\u00edas, la sostenibilidad, la innovaci\u00f3n medioambiental, la diversificaci\u00f3n, la creaci\u00f3n y la econom\u00eda de los cuidados.<\/p>\n<p>e)\u2003Promover la captaci\u00f3n de talento, facilitando la permanencia o traslado a las zonas rurales de personas tituladas con el impulso de medidas que permitan su desarrollo profesional en ellas, favoreciendo su contrataci\u00f3n, la actividad emprendedora o la continuidad de la formaci\u00f3n.<\/p>\n<p>f)\u2003Atender a los n\u00f3madas digitales, promoviendo su atracci\u00f3n y asentamiento en los concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas mediante la mejora de la conectividad y el impulso de espacios para realizar su labor profesional.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a077.\u2003Formaci\u00f3n profesional estrat\u00e9gica.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias a trav\u00e9s de su Servicio P\u00fablico de Empleo podr\u00e1 declarar estrat\u00e9gicas determinadas acciones de Formaci\u00f3n para el Empleo vinculadas a proyectos empresariales y orientadas al fomento y consolidaci\u00f3n de empleo de calidad, combinando la cualificaci\u00f3n profesional de las personas trabajadoras incluidas en el proyecto con la creaci\u00f3n de empleo y la ruptura de estereotipos de g\u00e9nero.<\/p>\n<p>2.\u2003La repercusi\u00f3n positiva de la Formaci\u00f3n Profesional planteada por esos proyectos empresariales en la adquisici\u00f3n de una formaci\u00f3n de calidad, en la mejora de la empleabilidad de las personas que residen en el medio rural o en los concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas, representar\u00e1 una circunstancia preferente para su calificaci\u00f3n como estrat\u00e9gica.<\/p>\n<p>3.\u2003El procedimiento para la declaraci\u00f3n como estrat\u00e9gica de la Formaci\u00f3n Profesional en el \u00e1mbito del Principado de Asturias ser\u00e1 regulado reglamentariamente.<\/p>\n<p>4.\u2003La previa declaraci\u00f3n como estrat\u00e9gica de la formaci\u00f3n propuesta establecer\u00e1 el inter\u00e9s p\u00fablico del proyecto, determinando su car\u00e1cter singular, y habilitar\u00e1 a la Administraci\u00f3n a conceder de forma directa las subvenciones necesarias para su ejecuci\u00f3n.<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO VI<\/p>\n<p><strong>Fiscalidad<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a078.\u2003Medidas tributarias frente al reto demogr\u00e1fico.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Dentro de su \u00e1mbito competencial, la Administraci\u00f3n del Principado de Asturias establecer\u00e1 beneficios fiscales espec\u00edficamente dirigidos a contribuyentes que residan en concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas.<\/p>\n<p>2.\u2003Asimismo, por razones demogr\u00e1ficas, podr\u00e1 establecer beneficios fiscales a determinados grupos sociales o colectivos, as\u00ed como medidas tendentes a afrontar el problema del reto demogr\u00e1fico en cualquiera de sus facetas.<\/p>\n<p>CAP\u00cdTULO VII<\/p>\n<p><strong>Infraestructuras<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a079.\u2003Infraestructuras b\u00e1sicas.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias garantizar\u00e1 la accesibilidad a los servicios p\u00fablicos de las personas independientemente de su lugar de residencia mediante unas infraestructuras b\u00e1sicas acondicionadas para tal fin y planificando adecuadamente su mantenimiento, conservaci\u00f3n y explotaci\u00f3n, especialmente en la zona rural y concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas.<\/p>\n<p>2.\u2003El transporte p\u00fablico en el medio rural y en los concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas se prestar\u00e1 principalmente a trav\u00e9s del transporte sensible a la demanda, de acuerdo con la normativa estatal y auton\u00f3mica que se establezca en la materia, sin menoscabo de la existencia de transporte regular de \u00e1mbito superior al comarcal y del transporte discrecional, estableciendo una red de conexi\u00f3n interna en la regi\u00f3n, que permita la movilidad a los principales n\u00facleos de prestaci\u00f3n de servicios, pero tambi\u00e9n relacionada con una vialidad externa que permita viajar fuera de la regi\u00f3n, dar movilidad a producciones del territorio del Principado de Asturias, recibir servicios y atraer visitantes.<\/p>\n<p>3.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias velar\u00e1, dentro de sus medios y conforme a esa demanda, para que la prestaci\u00f3n de los servicios de transporte del apartado anterior tenga la m\u00e1xima cobertura para la poblaci\u00f3n a un precio asequible, que permita el acceso a los servicios y actividades ofrecidas en todo el territorio y que facilite el desplazamiento a personas mayores o con problemas de movilidad mediante veh\u00edculos adaptados.<\/p>\n<p>4.\u2003En los concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas, una vez implantado el transporte sensible a la demanda, se podr\u00e1 proceder a la adaptaci\u00f3n de los contratos de concesi\u00f3n de servicio p\u00fablico regular de uso general de personas viajeras en cuanto a las rutas, calendarios y horarios. La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias promover\u00e1 la implantaci\u00f3n de un sistema adaptado de contrataci\u00f3n de servicios que garantice la reserva de las plazas, as\u00ed como la gesti\u00f3n y control de incidencias, y la informaci\u00f3n de los servicios.<\/p>\n<p>T\u00cdTULO VI<\/p>\n<p><strong>Adaptaci\u00f3n al cambio demogr\u00e1fico<\/strong><\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a080.\u2003Transici\u00f3n y adaptaci\u00f3n al cambio demogr\u00e1fico.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias promover\u00e1, con car\u00e1cter general, programas, medidas e iniciativas de adaptaci\u00f3n, mitigaci\u00f3n y reversi\u00f3n relacionadas con la transici\u00f3n demogr\u00e1fica que estar\u00e1n enfocadas a gestionar los ciclos demogr\u00e1ficos y los cambios de car\u00e1cter social, cultural y de estilos de vida consustanciales a la evoluci\u00f3n demogr\u00e1fica.<\/p>\n<p>2.\u2003En dichos programas, iniciativas y medidas relacionados con la transici\u00f3n demogr\u00e1fica se actuar\u00e1 en el horizonte temporal del medio y largo plazo, prestando tambi\u00e9n atenci\u00f3n al corto plazo y a la gesti\u00f3n cotidiana en la prestaci\u00f3n de servicios y atenci\u00f3n a la poblaci\u00f3n.<\/p>\n<p>3.\u2003Las medidas de transici\u00f3n y adaptaci\u00f3n al cambio demogr\u00e1fico se plantear\u00e1n en dos escenarios: un primer escenario de gesti\u00f3n de la presente realidad demogr\u00e1fica y un segundo escenario tendente a sentar las bases de futuro de un nuevo modelo socioecon\u00f3mico de la comunidad aut\u00f3noma con una nueva expresi\u00f3n demogr\u00e1fica.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo\u00a081.\u2003Investigaci\u00f3n, experimentaci\u00f3n e innovaci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias, desde sus diferentes \u00f3rganos y \u00e1mbitos competenciales, promover\u00e1 el estudio de la demograf\u00eda regional y sus repercusiones y cambios, pudiendo colaborar con las instituciones universitarias, los centros de investigaci\u00f3n y de an\u00e1lisis estad\u00edstico y las entidades vinculadas a la problem\u00e1tica demogr\u00e1fica.<\/p>\n<p>2.\u2003Asimismo, la Administraci\u00f3n del Principado de Asturias, en el marco de sus competencias, desarrollar\u00e1 actuaciones espec\u00edficas dirigidas al impulso de la investigaci\u00f3n cient\u00edfica y t\u00e9cnica y del desarrollo e innovaci\u00f3n tecnol\u00f3gica al objeto de mantener y mejorar las oportunidades de desarrollo del medio rural y de los concejos con especiales dificultades demogr\u00e1ficas.<\/p>\n<p>3.\u2003La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias prestar\u00e1 apoyo a la innovaci\u00f3n en los sectores econ\u00f3micos presentes en el medio rural, a trav\u00e9s de instrumentos que faciliten el desarrollo de proyectos innovadores y de cooperaci\u00f3n entre los diferentes agentes para contribuir a fijar poblaci\u00f3n en el medio rural y mejorar la actividad econ\u00f3mica y la calidad de vida de las personas y del entorno.<\/p>\n<p>4.\u2003En las zonas en las que se entienda prioritario el impulso demogr\u00e1fico se promover\u00e1n mecanismos de cooperaci\u00f3n entre las Administraciones p\u00fablicas que permitan desarrollar espacios de innovaci\u00f3n y fortalecer los v\u00ednculos relacionales entre los actores sociales y econ\u00f3micos del territorio, para la mejora de la eficiencia y productividad de las actividades socioecon\u00f3micas.<\/p>\n<p>5.\u2003Al objeto de explorar nuevas soluciones y nuevos modelos de acercamiento a la problem\u00e1tica demogr\u00e1fica, la Administraci\u00f3n del Principado de Asturias promover\u00e1 proyectos piloto de experimentaci\u00f3n e innovaci\u00f3n.<\/p>\n<p>6.\u2003Los estudios e investigaciones desarrollados en el \u00e1mbito de la promoci\u00f3n p\u00fablica o p\u00fablico-privada ser\u00e1n objeto de transferencia y difusi\u00f3n para conocimiento general de la ciudan\u00eda.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional primera.\u2003Uso de lenguaje no sexista.<\/strong><\/p>\n<p>De conformidad con el art\u00edculo\u00a014.11 de la Ley Org\u00e1nica\u00a03\/2007, de\u00a022 de marzo, para la Igualdad Efectiva entre Mujeres y Hombres, y el art\u00edculo\u00a05 de la Ley del Principado de Asturias\u00a02\/2011, de\u00a011 de marzo, para la Igualdad de Mujeres y Hombres y la Erradicaci\u00f3n de la Violencia de G\u00e9nero, las referencias que en el texto de esta ley se hagan, en virtud del principio de econom\u00eda del lenguaje, mediante el uso del masculino gen\u00e9rico se entender\u00e1n realizadas tanto en g\u00e9nero femenino como en masculino.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional segunda.\u2003Plazo para dictar normas reglamentarias necesarias para el desarrollo de la ley.<\/strong><\/p>\n<p>La Administraci\u00f3n del Principado de Asturias, en el plazo m\u00e1ximo de doce meses desde la entrada en vigor de esta ley, dictar\u00e1 las normas reglamentarias necesarias para su desarrollo.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional tercera.\u2003Estrategia demogr\u00e1fica.<\/strong><\/p>\n<p>La estrategia demogr\u00e1fica de intervenci\u00f3n frente al reto demogr\u00e1fico prevista en el art\u00edculo\u00a06 deber\u00e1 estar elaborada en el plazo de doce meses.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional cuarta.\u2003Directrices, criterios, instrucciones y metodolog\u00eda para la elaboraci\u00f3n de los informes de impacto demogr\u00e1fico.<\/strong><\/p>\n<p>Las directrices, criterios, instrucciones y metodolog\u00eda para la elaboraci\u00f3n de los informes de impacto demogr\u00e1fico a que se refiere el art\u00edculo\u00a08 deber\u00e1n estar definidos en el plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de esta ley.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional quinta.\u2003Supresi\u00f3n de la Comisi\u00f3n del Plan Demogr\u00e1fico del Principado de Asturias.<\/strong><\/p>\n<p>Se suprime la Comisi\u00f3n del Plan Demogr\u00e1fico del Principado de Asturias, asumiendo sus funciones la Comisi\u00f3n Gubernamental del Reto Demogr\u00e1fico, que se crear\u00e1 en el plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de la ley.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional sexta.\u2003R\u00e9gimen del Observatorio y Consejo Social para el Reto Demogr\u00e1fico.<\/strong><\/p>\n<p>Las funciones y composici\u00f3n del Observatorio y Consejo Social para el Reto Demogr\u00e1fico previsto en el art\u00edculo\u00a022 deber\u00e1n ser desarrolladas reglamentariamente en el plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de la ley.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional s\u00e9ptima.\u2003Par\u00e1metros para la zonificaci\u00f3n regional de car\u00e1cter demogr\u00e1fico.<\/strong><\/p>\n<p>Los par\u00e1metros que definir\u00e1n la zonificaci\u00f3n regional de car\u00e1cter demogr\u00e1fico a que se refiere el art\u00edculo\u00a023 deber\u00e1n estar fijados con criterios cuantitativos en el plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de esta ley.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n adicional octava.\u2003Plan Retorna Asturias.<\/strong><\/p>\n<p>El Plan Retorna Asturias previsto en el art\u00edculo\u00a053 deber\u00e1 ser desarrollado en el plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de la ley.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n derogatoria \u00fanica.\u2003Derogaci\u00f3n normativa.<\/strong><\/p>\n<p>Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente ley.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n final primera.\u2003Modificaci\u00f3n de la Ley del Principado de Asturias\u00a03\/2021, de\u00a030 de junio, de Garant\u00eda de Derechos y Prestaciones Vitales.<\/strong><\/p>\n<p>Se modifica la Ley del Principado de Asturias\u00a03\/2021, de\u00a030 de junio, de Garant\u00eda de Derechos y Prestaciones Vitales, a\u00f1adiendo una nueva disposici\u00f3n adicional segunda, con la siguiente r\u00fabrica y texto:<\/p>\n<p><strong>\u00abDisposici\u00f3n adicional segunda.\u2003Comunicaci\u00f3n de informaci\u00f3n por las comercializadoras de referencia a la Administraci\u00f3n del Principado de Asturias y la habilitaci\u00f3n de desarrollo normativo para la gesti\u00f3n, resoluci\u00f3n y pago del bono social t\u00e9rmico.<\/strong><\/p>\n<p>1.\u2003Con el \u00fanico fin de poder determinar el importe de la ayuda directa y proceder al pago del bono social t\u00e9rmico, previsto en el art\u00edculo\u00a05 del Real Decreto Ley\u00a015\/2018, de\u00a05 de octubre, de medidas urgentes para la transici\u00f3n energ\u00e9tica y la protecci\u00f3n de los consumidores y destinado a paliar la pobreza energ\u00e9tica en consumidores vulnerables, las comercializadoras de referencia deber\u00e1n remitir a la consejer\u00eda con competencias en materia de servicios sociales u \u00f3rgano competente en la concesi\u00f3n y pago de estas ayudas, antes del\u00a031 de enero de cada a\u00f1o, un listado de aquellos clientes cuyos puntos de suministros se encuentren en el Principado de Asturias que sean beneficiarios del bono social el\u00e9ctrico a\u00a031 de diciembre del a\u00f1o anterior, en el que conste la siguiente informaci\u00f3n:<\/p>\n<p>1.\u00ba\u2003Nombre, apellidos y documento nacional de identidad o NIE de la persona beneficiaria.<\/p>\n<p>2.\u00ba\u2003Domicilio completo del suministro, indicando v\u00eda, n\u00famero, c\u00f3digo postal y municipio.<\/p>\n<p>3.\u00ba\u2003Domicilio completo a efectos de notificaci\u00f3n, indicando v\u00eda, n\u00famero, c\u00f3digo postal y municipio.<\/p>\n<p>4.\u00ba\u2003Si tiene la consideraci\u00f3n de consumidor vulnerable, vulnerable severo o en riesgo de exclusi\u00f3n social.<\/p>\n<p>5.\u00ba\u2003Datos de la cuenta bancaria.<\/p>\n<p>6.\u00ba\u2003Tel\u00e9fono de contacto o direcci\u00f3n de correo electr\u00f3nico, en su caso.<\/p>\n<p>2.\u2003Excepcionalmente, en el a\u00f1o\u00a02024, la informaci\u00f3n relativa a los beneficiarios del bono social el\u00e9ctrico, a\u00a031 de diciembre del a\u00f1o\u00a02023, cuyo punto de suministro se encuentre en el Principado de Asturias, deber\u00e1 ser remitida por los comercializadores de referencia a la consejer\u00eda competente en materia de servicios sociales en el plazo de un mes desde la entrada en vigor de la presente ley.\u00bb<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n final segunda.\u2003Desarrollo reglamentario.<\/strong><\/p>\n<p>Se habilita al Consejo de Gobierno para dictar cuantas disposiciones reglamentarias exijan la aplicaci\u00f3n y desarrollo de la presente ley.<\/p>\n<p><strong>Disposici\u00f3n final tercera.\u2003Entrada en vigor.<\/strong><\/p>\n<p>La presente ley entrar\u00e1 en vigor el d\u00eda siguiente al de su publicaci\u00f3n en el \u00abBolet\u00edn Oficial del Principado de Asturias\u00bb.<\/p>\n<p>Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a quienes sea de aplicaci\u00f3n esta Ley, coadyuven a su cumplimiento, as\u00ed como a todos los Tribunales y Autoridades que la guarden y la hagan guardar.<\/p>\n<p>Oviedo, 30 de abril de\u00a02024.\u2013El Presidente del Principado de Asturias, Adri\u00e1n Barb\u00f3n Rodr\u00edguez.<\/p>\n<p><em>(Publicada en el \u00abBolet\u00edn Oficial del Principado de Asturias\u00bb n\u00famero\u00a091, de\u00a010 de mayo de\u00a02024)<\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Ley 2\/2024, de 30 de abril, de Impulso Demogr\u00e1fico.<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[4,3045],"tags":[4177],"class_list":["post-20248","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-novedades-normativas","category-organizacion-municipal","tag-impulso-demografico-en-asturias"],"acf":[],"yoast_head":"<!-- This site is optimized with the 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